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2,4~ 00M^ AN AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES Subdirección de Evaluación y Seguimiento Bogotá D.C., Señora DELCY HOYOS ABAD Secretaria General Comisión Quinta Constitucional Permanente Secretaría General CONGRESO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Carrera 7 No. 8-68 Ofic. 239B Correo: [email protected] Ciudad AUTORIDAD NACIONAL DE UCENCIAS AMBIENTALES. 161912014 16:135 F0U0523 ANEXO&0 AL CONTESTAR CITE: 4120-E247555 flPO REMITE3fUPo ARCHIVO Y CORRE&P0L)ENGIA DESTINATARIO CON8R SO DE LA REPUBUCA DE C OLOMBIA Ref.: DPE-4666-14 / 4820-14/ 4821-14 / 4875-14 Radicado 4120-El-47555/ 4l20-El-491491 4120-El-491 02/4120-El -49103/4 120-El -49804 Respuesta cuestionario Proposición No. 26 de 2014 Expediente 4090 Respetada Doctora Hoyos: En atención al oficio de la referencia, mediante el cual remite el cuestionario de la Proposición No. 26 de 2014, respetuosamente nos permitimos dar respuesta a cada uno de los interrogantes formulados en el documento antes mencionado, frente a los temas de competencia propios de esta Entidad: CUESTIONARIO PARA LA SEÑORA DIRECTORA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA 1. ¿Por qué la Autoridad Nacional para Licencias Ambientales - ANLA- autoriza a la empresa EMGESA S.A. E.S.P, contratar los servicios de un tercero (universidad Nacional), usurpando competencias de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (A. U. N.A. P) que es el organismo idóneo para emitir estos conceptos? Dónde está el organismo que las regula y verifica el cumplimiento de sus funciones? RESPUESTA DE LA ANLA: EMGESA S.A. E.S.P, ' en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Segundo del Auto 607 del 5 de marzo 2013, contrató a la Universidad Nacional para realizar un Modelo Ecohidrológico integrado del complejo Quimbo-Río Magdalena-Betania, con el propósito de comprender los efectos ecológicos e hidrológicos que tendrá la reducción de caudal del río Magdalena durante el llenado del embalse de El Calle 37 No. 8 —40 Bogotá, D.C. Edificio anexo PBX: 57 (1) 2540111 Línea Gr atuita Nacional 018000112998 PROSPERIDAD www.anla.gov.co i 1 PARA TODOS Página 1de 44

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2,4~00M^ANAUTORIDAD NACIONAL

DE LICENCIAS AMBIENTALES

Subdirección de Evaluación y Seguimiento

Bogotá D.C.,

SeñoraDELCY HOYOS ABADSecretaria GeneralComisión Quinta Constitucional PermanenteSecretaría GeneralCONGRESO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIACarrera 7 No. 8-68 Ofic. 239BCorreo: [email protected]

AUTORIDAD NACIONAL DE UCENCIAS AMBIENTALES.161912014 16:135 F0U0523 ANEXO&0AL CONTESTAR CITE: 4120-E247555flPOREMITE3fUPo ARCHIVO Y CORRE&P0L)ENGIA

DESTINATARIO CON8R SO DE LA REPUBUCA DE COLOMBIA

Ref.: DPE-4666-14 / 4820-14/ 4821-14 / 4875-14Radicado 4120-El-47555/ 4l20-El-491491 4120-El-491 02/4120-El -49103/4 120-El -49804Respuesta cuestionario Proposición No. 26 de 2014Expediente 4090

Respetada Doctora Hoyos:

En atención al oficio de la referencia, mediante el cual remite el cuestionario de la Proposición No. 26 de2014, respetuosamente nos permitimos dar respuesta a cada uno de los interrogantes formulados en eldocumento antes mencionado, frente a los temas de competencia propios de esta Entidad:

CUESTIONARIO PARA LA SEÑORA DIRECTORA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIASAMBIENTALES - ANLA

1. ¿Por qué la Autoridad Nacional para Licencias Ambientales - ANLA- autoriza a la empresa EMGESAS.A. E.S.P, contratar los servicios de un tercero (universidad Nacional), usurpando competencias de laAutoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (A. U. N.A. P) que es el organismo idóneo para emitir estosconceptos? Dónde está el organismo que las regula y verifica el cumplimiento de sus funciones?

RESPUESTA DE LA ANLA:

EMGESA S.A. E.S.P,'

en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Segundo del Auto 607 del 5 demarzo 2013, contrató a la Universidad Nacional para realizar un Modelo Ecohidrológico integrado delcomplejo Quimbo-Río Magdalena-Betania, con el propósito de comprender los efectos ecológicos ehidrológicos que tendrá la reducción de caudal del río Magdalena durante el llenado del embalse de El

Calle 37 No. 8 —40 Bogotá, D.C. Edificio anexoPBX: 57 (1) 2540111Línea Gratuita Nacional 018000112998 PROSPERIDADwww.anla.gov.co i 1 PARA TODOS

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AUTORIDAD NACIONALDE LICENCIAS AMBIENTALES

Quimbo en el tramo aguas abajo de la presa hasta el embalse de Betania, para lo cual es necesarioconocer la condición actual de ese cuerpo de agua.

Dentro de las funciones de AUNAP, creada mediante Decreto 4181 de 2011, no se encuentra la emisiónde conceptos de tipo ambiental. En lo que tiene que ver con investigaciones, aparece en el numeral "3.Promover, coordinar y apoyar las investigaciones sobre los recursos pesqueros y los sistemas deproducción acuícola."

En reunión que se llevó a cabo el 17 de marzo del presente año en las oficinas de la ANLA, conrepresentantes de los productores, la AUNAP y la Gobernación del Huila, al llegar al punto de lasrecomendaciones de la AUNAP, quedó claro que aunque provienen de una autoridad, no obedecen alanálisis de las condiciones actuales con base en monitoreos actuales de los diferentes cuerpos de aguay clima, e incluso algunas de ellas serían inconvenientes al tenor de las previsiones técnicas para elllenado de embalses.

También se recordó que la modelación adelantada por Hidrósfera en 2002, con base en la cual se tomacomo capacidad de carga la cantidad de 22.000 toneladas/año, advierte que "El modelo WASTE tieneque ser calibrado y validado para aplicarlo de la mejor forma posible a las condiciones exactas delembalse de Betania." "( ... ) Con el fin de mejorar los resultados, varias partes del modelo deben serrecalculadas periódicamente. Por ejemplo, anualmente cuando los piscicultores se acerquen a la CAM arenovar su licencia de funcionamiento, ellos deben suministrar un formulario (previamente diseñado) enel que se solicitarán como mínimo los siguientes datos de utilidad para el modelo: ( ... )". "De igual formala CAM debe llevar a cabo ciertos muestreos in situ de los parámetros recomendados en el plan demonitoreo y, a su vez, llevar a cabo experimentos de campo para obtención de datos reales."

Las anteriores recomendaciones y otras complementarias para la actualización del modelo WASTE nose llevaron a cabo, perdiéndose de esta forma la oportunidad de calibración y validación del mismoanualmente.

Para finalizar, el 3 de junio del presente año se llevó a cabo una reunión en la Gobernación del Huilacon el mismo propósito, con participación de la Directora de la Autoridad Nacional de LicenciasAmbientales, del Asesor presidencial para la competitividad y proyectos estratégicos, del Gobernadordel Huila, el Viceministro de Energía, la Viceministra de Desarrollo Empresarial, el Viceministro deAsuntos Agropecuarios, un representante de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, el GerenteGeneral de Emgesa, un representante de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena,representantes de los productores piscícolas en el embalse de Betania y el Diputado Andrés MauricioMuñoz.

En dicha reunión se confirmó que la producción piscícola en el Embalse de Betania no es sostenibledebido al uso exagerado del medio acuático, ante lo cual los mismos piscicultores plantean el trasladode parte de su actividad a estanques en tierra y se acordaron compromisos relacionados con la entregade estrategias a corto, mediano y largo plazo a los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural, y de

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AUTORIDAD NACIONALDE UCENOAS AMBIENTALES

Comercio, Industria y Turismo; el seguimiento permanente a la hidrología del área y una interventoría alestudio que adelanta la Universidad Nacional.

"SUSTRACCIÓN:

2. Con relación a las obligaciones de EMGESA S.A. E.S.P. relacionadas con la sustracción,indicadas en el artículo 1 0 PARA GRAFO de la Resolución No. 899 de 2009; explique:

2.1. ¿Cuántos informes a presentado EMGESA a la ANLA?"

RESPUESTA DE LA ANLA:

Ha presentado informe sobre las obligaciones relacionadas con la sustracción de la reserva de laamazonia en todos y cada uno de los Informes de Cumplimiento Ambiental desde el N°1 que abarca elperíodo del 24 de septiembre de 2009 al 24 de marzo de 2010, hasta el N°9 que abarca el período del 1de septiembre de 2013 al 28 de febrero de 2014.

"2.2. ¿ Cuántos informes han sido aprobados, y cuántos y cuáles no han sido aprobados?"

RESPUESTA DE LA ANLA:

Dentro del esquema jurídico establecido en el Artículo 39 del Decreto 2820 de 2010, los informespresentados por los titulares de licencias son objeto de la respectiva verificación vía seguimientoambiental, pudiéndose establecer los requerimientos que la Autoridad considere necesarios dentro deldesempeño ambiental del proyecto.

La ANLA mediante el Artículo Primero del Auto 3476 del 6 de noviembre de 2012, aprobó la propuestatécnica del Plan de Restauración del Bosque Seco Tropical, elaborado por la Fundación Natura paraEMGESA, por tanto hasta esa fecha la Empresa no había contado con la aprobación necesaria parainiciar labores en las áreas de compensación. Mediante el numeral 4 del Artículo Primero del Auto 607del 5 de marzo de 2013 se requirió información acerca de la programación e inicio de las actividadescorrespondientes.

En respuesta a los requerimientos del Auto 607 del 5 de marzo de 2013, Emgesa indicó que de acuerdocon el plan de restauración aprobado, se iniciarán las actividades con el establecimiento de 140ensayos piloto sobre 140 ha. Para hacerlo, se elaboraron las especificaciones técnicas y con base enellas se abrió una licitación en la que participaron 11 oferentes. Como resultado del proceso, el 28 demarzo de 2014, la Empresa firmó el contrato CEQ616 con la Fundación Natura y se firmó el acta deinicio del mismo el 14 de abril de 2014.

Con posterioridad, mediante el numeral 2 del Artículo Primero del Auto 0390 del 11 de febrero de 2014,se hizo el siguiente requerimiento:

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ANLA

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AUTORIDAD NADE

"2. Teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa sobre superposición de áreas del ProyectoHidroeléctrico El Quimbo con polígonos de Hocol y Emeraid, según lo cual existe una sobreposición decampos de hidrocarburos con licencia ambiental otorgada a HO COL en 7.702 hectáreas de la zonaprevista y aprobada para la ejecución del Plan de Restauración (11.079 hectáreas, la Empresa deberápresentar la información acerca de las acciones que tenga previstas para el cumplimiento de laobligación establecida mediante la Resolución 1814 del 17 de septiembre de 2010, confirmada por laResolución 2767 del 30 de diciembre de 2010, cumpliendo con las condiciones de área, ubicación,continuidad y demás características que sirvieron como base para determinar la zona A como área paraejecutar el Plan de Restauración."

"2.3. ¿En cuáles zonas?"

RESPUESTA DE LA ANLA:

Como ya se mencionó, en la zona A del estudio adelantado por la Fundación Natura sobre 81.127hectáreas en parte de los municipios de Agrado, Altamira, Garzón, Gigante, Paicol, Pita¡, Tarqui yTesalia.

La Zona A se encuentra en parte de los municipios de Gigante, Agrado y Paicol, en áreas aledañas alpróximo embalse de El Quimbo, sobre la margen izquierda del río Magdalena.

ILEGALIDAD DEL TITULO MINERO EMGESA S.A. E.SP.:

3. Teniendo en cuenta que en la construcción del embalse de "El Quimbo" el volumen licenciadoen metros cúbicos de materiales de construcción fue de doce millones ciento setenta y dos miltrescientos doce (12.172,312) y ante la deficiencia y mal cálculo de EMGESA S.A. E.S.P., éstaempresa solicitó al ANLA una ampliación del área concesionada para obtener seiscientos diezmil ochocientos ochenta (610.880) metros cúbicos adicionales de materiales bajo la excusa quees una actividad menor a pesar que la licencia fue otorgada por un área menor. Bajo la premisatécnica que cualquier explotación de más de doscientos cuarenta mil (240.000) metros cúbicosse considera actividad de gran minería y que sólo puede ser concesionada por la AgenciaNacional Minera (ANM), explique:

3.1. ¿La ANLA usufructo funciones de la Agencia Nacional Minera para beneficiar a EMGISA S.A.E.S.P. evitando el trámite del título minero?

Respuesta de la ANLA:

Al respecto, es importante resaltar que la Agencia Nacional Minera (ANM) otorgó un polígono deexplotación de concesión No. K19-08302X, con un área total de 2337 ha, el cual contempla toda la zonade obras del proyecto y cuenta con Certificado de Registro Minero.

Calle 37 No. 8 —40 Bogotá, D.C. Edificio anexoPBX: 57 (1) 2540111 ,. PROSPERIDADLínea Gratuita Nacional 018000112998 -.www.anla.gov.co PARA TODOS

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AUTORIDAD NACIONALDE UCENCAS AMWETALES

De igual manera, el Certificado de Registro Minero corresponde al N° No. K19-08302X y no al N° K19-08320X, el cual en el transcurso de la transcripción fue incorporado erróneamente dentro del ArtículoSegundo de la Resolución 2766 del 30 de diciembre de 2010.

Por otra parte, esta Autoridad considera pertinente aclarar que el proyecto solicitó nuevas fuentes dematerial de arrastre ya que las requeridas en la Licencia Ambiental, no aportaron los esfimafivos dematerial requerido, y debido a la prospección arqueológica de la zona 21, que no se ha podidoaprovechar.

Adicionalmente, las fuentes aprobadas se encuentran dentro de la zona del proyecto y amparadas porel título minero No. Kl9-08302X; lo cual desde el punto de vista de la Ley 685 de 2001 y el Decreto 2820de 2010, hace válida la solicitud de la empresa en relación con la explotación de materiales deconstrucción requeridos para el proyecto; además vale la pena precisar que algunas de estas zonas deextracción quedarán incorporadas al cuerpo de agua del embalse, por lo que las afectaciones al entornono corresponden a nuevos impactos ya que los mismos se tienen contemplados dentro de la LicenciaAmbiental.

De acuerdo con lo anterior, esta Autoridad en ningún momento ha usurpado las funciones de la AgenciaNacional Minera ANM, sino que se ha ceñido al procedimiento establecido en la normafividad vigentesobre licenciamiento ambiental.

3.2 ¿Existe detrimento patrimonial en contra del Estado al evadirse el trámite formal del títulominero?

Respuesta de la ANLA:

Como ya se explicó anteriormente, las áreas licenciadas para el aprovechamiento de material dearrastre, están inmersas en el título minero Kl9-08302X otorgado por la Agencia Nacional Minera(ANM), con un área total de 2337 ha, el cual contempla toda la zona de obras del proyecto y cuenta conCertificado de Registro Minero.

CONSTRUCTORES:

4, La extracción de materiales de playa para la construcción es el sustento de más de 1.000familias, por tal razón explique:

De acuerdo a la información reportada por la empresa, se tiene conocimiento que la población afectadapor esta actividad corresponde a un total de 175 personas dedicadas a la construcción entre paleros yvolqueteros, así:

• Paleros 92, los cuales ya firmaron acuerdos de compensación con la Empresa; sin embargo,están pendientes por acuerdo 4 de ellos, que no aceptan la formación de capital semilla con el

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RDADNA.S í

Sena, sino que pretenden que la Empresa les entregue sin realizar dicha capacitación el dinerode capital semilla.

• Volqueteros 83, de los cuales 81 ya han sido compensados con la formación capital semilla,quedando pendientes 2, por las razones antes señaladas.

4.1 ¿Cuál es la ubicación de las zonas o sitios para la extracción de materiales de playa para laconstrucción?

Respuesta de la ANLA:

Estas fuentes de materiales se encuentran incorporadas en el titulo minero No. K19-08302X otorgadopor el Ministerio de Minas y Energía corresponden a las siguientes:

-- \-_ '•'-:

- --

- -.---- :;-.

. .

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ANL A

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AUTORIDAD NACIONALDE LICENCIAS AMWENTALES

ZONAS DE _EXPLOTACIÓN

ZONA DE EXPLOTACION VOLUMEN LICENCIADO (m 3) VOLUMEN REAL (m3)

7 540.690 399.468

9 473.356 283.746

11 220.000 186.608

12 72.000 -

14 3.600.000 1.315.313

14A 1.567.239 840.758

15 512.000 246.566

21 1.613.978 -

22 318.679 123.161

13 1184370 453983El Quimbo 112.391 -

4.2 ¿ Cuál es la destinación y adecuación de las zonas o sitios para la extracción de materiales deplaya para la construcción?

Respuesta de la ANLA:

Los materiales de estas fuentes aluviales son necesarios para la construcción de la presa, dique ypara las obras en concreto del proyecto, los bancos de material se localizan en los planos deinundación de los ríos Magdalena y Páez, conformando playones, barras de meandros y terrazas.

El material de excavación no útil para el desarrollo de las obras (material estéril) es acopiadointernamente para su posterior utilización en la restauración paisajística de la zona de explotación.

La fase de explotación en la zona 21 no se ha realizado debido a la presencia y extracción dematerial existente en la terraza alta del costado norte y un área del costado oriental que estáactualmente restringido por haberse encontrado material de potencial interés arqueológico,situación que está siendo revisada por el equipo de arqueología a cargo, para determinar si esviable su posterior liberación y así poder continuar con la extracción de material en este sector.

Por otra parte, las zonas otorgadas no contaban con el potencial inicialmente calculado. Debido alas anteriores razones ha sido necesario autorizar nuevas fuentes de materiales; sin embargotodas las zonas están amparadas con el título minero No. K19-08302X otorgado por la AgenciaNacional de Minería.

Ahora bien, frente al cuestionario dirigido al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, es deseñalar que de acuerdo con el Decreto 3573 de 2011, esta Autoridad tiene la función de seguimientode la Licencia Ambiental otorgada para el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, y se da respuesta aaquellas que corresponden a la competencia de esta Entidad.

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PROSPERIDADPARA TODOS

PçNLA

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AUTCRJAD NACO \LDE LICENCIAS

CUESTIONARIO PARA EL SEÑOR MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

SUSTRACCIÓN:

1. De acuerdo a las obligaciones de EMGESA S.A. E.S.P. relacionadas con la sustracción,indicadas en el artículo lo de la Resolución No. 899 de 2009, explique:

1.1 ¿Cuál programa presentó EMGESA S.A. E.S.P.?

RESPUESTA DE LA ANLA:

Emgesa mediante radicado 4120-El-41485 de¡ 6 de abril de 2010 presentó el Programa deCompensación estructurado y concertado con la CAM y la UAESPNN.

La Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente yDesarrollo Sostenible, mediante radicado 4120-El-48743 del 24 de septiembre de 2012, remitió a laANLA copia del concepto técnico mediante el cual aprobó la propuesta elaborada por la FundaciónNatura y presentada por Emgesa.

La ANLA mediante el Auto 3476 de 6 de noviembre de 2012 acogió el concepto de la Dirección deBosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del MADS, en el sentido de aprobar un Plan deRestauración Ecológica y tomar otras determinaciones.

1.2 ¿Cuántas hectáreas y qué zonas ha reforestado?

RESPUESTA DE LA ANLA:

Las obligaciones de EMGESA S.A. E.S.P. relacionadas con la sustracción, indicadas en el artículo lode la Resolución No. 899 de 2009, no consisten en un plan de reforestación, sino en un plan derestauración ecológica que de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 1814 del 17 de septiembre de2010 quedó en los siguientes términos:

"ARTÍCULO PRIMERO.- Ajustar el numeral 1.1.1 del artículo primero de la Resolución 899 del 15 demayo de 2009, modificado por el artículo primero de la Resolución 1628 del 21 de agosto de 2009, elcual quedará así:

"1.1.1 Plan de restauración de una superficie de 11.079,6 hectáreas de bosque seco tropical, ubicadopreferiblemente al interior del área de reserva forestal de la Amazonia. De esta superficie, 7.482,4hectáreas corresponderán al total de la medida de compensación por sustracción del área de reservaforestal de la Amazonia y un área no menor de 3.597,2 hectáreas corresponderá a la medida de

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Subdirección de Evaluación y SeguimientoAUTORIDAD NACIONAL

CE LICENCIAS AMIMENTALES

compensación por aprovechamiento forestal. Este plan de restauración deberá considerar los siguientesaspectos:

a) Compra de la totalidad de los predios de propiedad pública o privada.

b) Localización georeferenciada del área propuesta para la restauración.

c) Estrategia de restauración que se implementará.

d) Costos y el cronograma de implementación de la propuesta.

e) Propuesta de mecanismo legal para la entrega de/ (os) predio (s) alas autoridades ambientalescon jurisdicción en el área o en su defecto a la Unidad Administrativa Especial del Sistema deParques Nacionales Naturales- UAESPNN."

En cumplimiento de esta actividad, la empresa titular de la licencia ambiental contrató los estudiosnecesarios para identificar áreas alrededor del futuro embalse, que cumplan con las característicassolicitadas.

En desarrollo de los mismos, se hizo un cubrimiento del orden de 80.000 hectáreas agrupadas endiferentes bloques.

Con base en los conceptos de la CAM, la UAESPNN y de la Dirección de Ecosistemas, se aprobó lapropuesta. De acuerdo con el plan de restauración aprobado, EMGESA elaboró las especificacionestécnicas para el Plan Piloto con el que se deben iniciar las actividades, y con base en ellas se abrió unalicitación en la que participaron 11 oferentes.

Como resultado del proceso, el 28 de marzo de 2014, la Empresa firmó el contrato CEQ616 con laFundación Natura y se firmó el acta de inicio del mismo el 14 de abril de 2014.

Las actividades iniciales consisten en el establecimiento de 140 ensayos piloto sobre 140 ha. El PlanPiloto, tiene previsto un tiempo total de ejecución de 4 años, distribuidos en 1.5 años para adelantar lacaracterización y 2.5 años para el seguimiento y evaluación, después de lo cual la ejecución del plantendrá un horizonte total de ejecución de 20 años.

En lo que tiene que ver con la siembra de especies arbóreas, está previsto que el contratista debediseñar, construir y operar un vivero temporal que debe contar con capacidad suficiente para efectuar laóptima propagación, mantenimiento y rusificación ordenada del germoplasma de especies nativas deBosque Seco Tropical necesarias para ser utilizadas en los ensayos piloto de restauración ecológica delárea de compensación.

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ANLÁ

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UADEU ES

Dicho vivero está construido en un 80% a la fecha y de acuerdo con lo programado debe entrar enoperación al final de septiembre, para producir un total de 76000 plántulas de 40 especies, para lo cualya llevó a cabo la recolección de las semillas necesarias.

1.3 ¿Qué está haciendo el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Ambiente y DesarrolloSostenible para que esto se cumpla?

RESPUESTA DE LA ANLA:

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 39 de¡ Decreto 2820 de 2010, la Autoridad Nacional deLicencias Ambientales ANLA, es la competente para adelantar el seguimiento al cumplimiento de lodispuesto en la Licencia ambiental y demás actos administrativos posteriores. Es así y en virtud de ladisposición antes mencionada, desde el año 2010, la ANLA, viene adelantando de manera continua ypermanente el seguimiento del proyecto, incluidas las obligaciones relacionadas con la compensaciónpor la sustracción de la reserva forestal de la Amazonia.

2. ¿De acuerdo al artículo 9" de la Resolución No. 899 de 2009, explique:

Resolución 0899 del 15 de mayo de2009

"ARTÍCULO NOVENO.- No se autoriza a EMGESA S.A. E.S.P. la extracción de material de cantera yarrastre, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de/presente acto administrativo.

La Empresa podrá comprar materiales de cantera y arrastre a un tercero, siempre y cuando cuente conlas autorizaciones ambientales y mineras correspondientes, copia de las cuales deberán ser remitidas aeste Ministerio con destino al expediente 4090.0

Esta obligación fue modificada por el Artículo Segundo de la Resolución 2766 de 2010, luego desurtirse un procedimiento reglado de modificación de la Licencia Ambiental, autorizando a la Empresa laexplotación de este tipo de material

Resolución 2766 del 30 de diciembre de 2010:

"ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar Artículo Noveno de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, elcual quedará así:

"ARTÍCULO NOVENO.- Autorizar a la empresa EMGESA S.A. E.S.P. la extracción de material decantera y arrastre, ubicado en contrato único de concesión No. K19-08302X expedido por elINGEOMINAS, localizado en las siguientes zonas y con las características que se describen acontinuación (...)."

Este artículo fue Modificado mediante el Artículo Segundo de la Resolución 0971 de 2011, en el sentidode adicionar nuevas fuentes de materiales de arrastre a las ya licenciadas por esta Autoridad.

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AUTORIDAD NACIONALDE LICENCIAS AMBIENTALES

A su vez la Resolución 0971 de 2011, fue modificada mediante el Artículo 2 del Resolución 181 del 28de febrero de 2014, donde se incluyen nuevas fuentes de material de arrastre. Estas actuacionesadministrativas se hicieron siguiendo estrictamente el procedimiento establecido en los artículos 29 a 31del Decreto 2820 de 2010, respecto de la modificación de licencias ambientales

Resolución 181 del 28 de febrero de 2014:

"ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el Artículo Noveno de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009,modificado por el Artículo Segundo de la Resolución 2766 del 30 de diciembre de 2010 aclarada con laResolución 310 de/ 22 de febrero de 2011, en el sentido de que las fuentes de aprovechamiento dematerial de arrastre son las consignadas en el siguiente cuadro": ver el cuadro "Zonas de Explotación".

2.2 ¿De dónde ha extraído EMGESA S.A. E.S.P. el material de cantera y arrastre?

RESPUESTA DE LA ANLA:

ZONAS _DE_EXPLOTACIÓN

ZONA DE EXPLOTACION VOLUMEN LICENCIADO m 3) VOLUMEN REAL (ma)

5Y6 2.070.000 972.523

7 540.690 399.468

9 473.356 283.746

11 220.000 186.608

12 72.000 -

14 3.600.000 1.315.313

14A 1.567.239 840.758

15 512.000 246.566

21 1.613.978 -

22 318.679 123.161

13 1184370 453983

El Quimbo 112.391 -

2.3 ¿Con cuáles empresas contrató EMGESA S.A E.S.P. la extracción de material de cantera yarrastre?

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ANtA

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kD NAC)NALDE UC S A 'TALES

RESPUESTA DE LA ANLA:

Como complemento del material extraído para los llenos de la presa del proyecto hidroeléctrico elQuimbo - PHEQ y para la construcción de las vías sustitutivas, se contó con dos fuentes externas, unadenominada Cantera Malpaso ubicada en la Hacienda Paisito en la Vereda el Espinal del Municipio deTesalia, la cual posee título minero y licencia ambiental para la explotación de material de construcciónsobre el cauce del Río Páez.

Este material es explotado y transportado en crudo hacia el interior de la obra, en el predio denominadoDomingo Arias, por la empresa MASSEQ PROYECTOS E INGENIERIA S.A.S, con Nit 900.341.710-11;quienes presentaron las autorizaciones de orden minero y ambiental expedidos por los entesencargados para tal fin, como se presenta en los soportes del ICA 8, para posteriormente ser trasladadopor el contratista de obras principales hasta el sitio de presa para la conformación de las etapas 313 y3C.

CONSTRUCTORES:

3. La extracción de materiales de playa para la construcción es el sustento de más de 1.000familias, por tal razón explique:

De acuerdo a la información reportada por la empresa, se tiene conocimiento que la población afectadapor esta actividad corresponde a un total de 175 personas dedicadas a la construcciones entre palerosy volqueteros, así:

• Paleros 92, los cuales ya firmaron acuerdos de compensación, sin embargo están pendientespor acuerdo 4 de ellos, que no aceptan la formación de capital semilla con el Sena, si no quepretenden que la empresa les entregue sin realizar dicha capacitación el dinero de capitalsemilla.

• Volqueteros 83, de los cuales 81 ya han sido compensados con la formación capital semilla,quedando pendientes 2, por las razones antes señalada.

3.1 ¿Cuál es la ubicación de las zonas o sitios para la extracción de materiales de playa para laconstrucción?

Respuesta:

Estas fuentes de materiales se encuentran incorporadas en el titulo minero No. K19-08302Xotorgado por la Agencia Nacional de Minería y corresponden a las siguientes:

Estas fuentes de materiales se encuentran incorporadas en el titulo minero No. K19-08302Xotorgado por la Agencia Nacional de Minería corresponden a las siguientes:

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ANLA/'

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AUTORIDAD NAClONítE LICENCIAS AMBIENTALES

- - I---

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3,2 ¿Cuál es la destinación y adecuación de las zonas o sitios para la extracción de materiales deplaya para la construcción?

RESPUESTA DE LA ANLA:

Como se mencionó con anterioridad, los materiales de estas fuentes aluviales son necesarios para laconstrucción de la presa, dique y para las obras en concreto del proyecto, los bancos de material selocalizan en los planos de inundación de los ríos Magdalena y Páez, conformando playones, barras demeandros y terrazas.

El material de excavación no útil para el desarrollo de las obras (material estéril) es acopiadointernamente para su posterior utilización en la restauración paisajística de la zona de explotación.

La fase de explotación en la zona 21 no se ha realizado debido a la presencia y extracción de materialexistente en la terraza alta del costado norte y un área del costado oriental que está actualmenterestringido por haberse encontrado material de potencial interés arqueológico, situación que está siendorevisada por el equipo de arqueología a cargo, para determinar si es viable su posterior liberación y asípoder continuar con la extracción de material en este sector.

Estos factores son por los cuales ha sido necesario otorgar nuevas fuentes de materiales, al igual quelas zonas otorgadas no contaban con el potencial inicialmente calculado, sin embargo todas las zonasestán amparadas con el título minero No. K19-08302X otorgado por el Ministerio de Minas y Energía.

VÍAS SUSTITUTIVAS:

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AL IDAD. AL

4.¿Cuál es el avance en la construcción de! Viaducto en la vía sustitutiva entre los Municipios deGarzón y El Agrado, denominado Puente sobre el Río Magdalena - Viaducto?

RESPUESTA DE LA ANLA

Tramo III - Viaducto en la vía sustitutiva entre los Municipios de Garzón y El Agrado

De acuerdo con la información consignada en el Informe de Cumplimiento Ambiental - ICA 8, se realizómantenimiento del carreteable entre la vía departamental y la zona de explotación quebrada laYaguilga.

Se realizaron actividades ambientales (ahuyentamiento, trampeo, tala y aprovechamiento forestal) entrelas pilas 7, 8 y 9 del viaducto Balseadero. Adicionalmente, se realizó el descapote de esta zona, elcontratista COQ inició con el traslado y disposición final del material vegetal a la zona de bodegasdispuestas para esta actividad.

A partir del 24 de agosto, se bloqueó el acceso al sector del Tramo III específicamente a los frentesInstalaciones de faena del Contratista, instalaciones del Inspector Jefe y vías industriales del tramo IIIpor parte de la comunidad de la vereda La Escalereta.

Las labores constructivas se encuentran en la fase intermedia, (adecuación e instalación de las pilas delpuente) y adecuación del nuevo trazado de la vía con la instalación de las diferentes obras de artenecesarias en el trazado.

"APROVECHAMIENTO FORESTAL

5. Como medida de compensación, para desarrollar programas de manejo y conservación debosques naturales, estímulo de la regeneración natural y revegetalización con especies nativaspropias de cada ecosistema, explique:

5.1 ¿Cuántos predios ha comprado EMGESA S.A, E, S.P,?5.2 ¿Cuántas hectáreas ha reforestado?5.3 ¿Cuántas hectáreas faltan?"

RESPUESTA DE LA ANLA:

De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 1814 del 17 de septiembre de 2010, la obligación a quehace referencia la pregunta 5.1 quedó en los siguientes términos:

"ARTICULO SEGUNDO-. Ajustar los párrafos 2 y 3 del numeral 3.1.2 del artículo quinto de laResolución 899 del 15 de mayo de 2009, modificado por el artículo sexto de la Resolución 1628 del 21de agosto de 2009, los cuales quedarán así:

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AUT(\D

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NACIONAL

UCE S AM8ENTA1ES

De las 11.079,6 hectáreas impuestas por este Ministerio como compensación por el aprovechamientoforestal, 3.59 7,2 hectáreas se incorporarán al plan de restauración de bosque seco tropical.

Las restantes 7.482,4 hectáreas podrán ser compensadas con la compra de áreas adicionales a lasestablecidas en la franja de vegetación de protección perimetral y contiguas a la misma. Estainformación deberá ser presentada en los respectivos Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA) con elfin de realizar la verificación vía seguimiento. Si los resultados de los pilotos establecidos en e! Plan deRestauración no logran los objetivos planteados, con los recursos económicos previstos para el fondode implementación de dicho plan, se deberán comprar las áreas restantes a la compensación poraprovechamiento forestaL"

EMGESA ha supeditado el cumplimiento de esta obligación a la aprobación del Plan de Restauración;no obstante, este plan es una medida de compensación diferente, por tanto, tal como ya se manifestó ala Empresa mediante el radicado 4120-E2-25919 del 15 de marzo de 2012:

"(...) la cantidad total de hectáreas que debe comprar la empresa EMGESA S.A. para la compensaciónpor el aprovechamiento forestal y la restauración ecológica por la sustracción de la Reserva Forestal dela Amazonía (Ley ? de 1959) es de 18.561,40, de las cuales 11.079 Ha corresponden a laRestauración Ecológica y 7.482,40 corresponden a la compensación por aprovechamiento forestal".

La ANLA por medio del Auto 954 del 30 de marzo de 2012, en su numeral 2 del Artículo Tercero,requirió a EMGESA que "en cumplimiento del proyecto de Compensación por aprovechamiento decobertura vegetal por flora (recuperación de hábitats), de los numerales 3.1.2.1 y 3.1.2.2 del ArtículoQuinto de la Resolución 899 del 15 de mayo de 2009, ajustados mediante e! Artículo Segundo de laResolución 1814 del 17 de septiembre de 2010 y de los Artículos Séptimo y Octavo de la Resolución1628 de! 2 de agosto de 2009, informe a esta Autoridad sobre la programación e inicio de estasactividades".

Luego, mediante el numeral 1 del Artículo Primero del Auto 607 del 5 de marzo de 2013, se reiteró aEMGESA informar a la ANLA sobre la programación e inicio de las actividades correspondientes a estaobligación.

En respuesta a los requerimientos del Auto 607 del 5 de marzo de 2013, EMGESA insistió en susargumentos que indican que esta obligación se cumple con la ejecución del plan de restauraciónecológica.

Por lo anterior y dada la no ejecución de la obligación hasta el momento, se solicitó a la Oficina AsesoraJurídica de la ANLA mediante memorando 4120-3-27749 del 3 de julio de 2013 evaluar la pertinencia deadelantar una investigación ambiental en contra de EMGESA S.A. E.S.P., por no presentar loestablecido en el numeral 1 del Artículo Primero del Auto 607 del 5 de marzo de 2013.

Mediante el Auto 4418 del 23 de diciembre de 2013, se inició la investigación sancionatoria ambientalcorrespondiente.

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ANtA

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API ` DNA

"6. De acuerdo con las medidas propuestas para controlarla tala y aprovechamiento ilegal desdela negociación de los predios hasta el llenado, explique:

6.1 ¿EMGESA S.A. E.S.P. ha cumplido con las medidas, de no ser así, cuáles no ha cumplido?6.2 ¿ Cuáles son los mecanismos utilizados por EMGESA S.A. E S.P.?"

RESPUESTA DE LA ANLA

Está previsto desde la Licencia Ambiental, que una de formas para controlar la tala y aprovechamientoilegal desde la negociación de los predios y hasta el llenado, la Empresa deberá dejar plasmado en eldocumento de compra-venta la obligatoriedad del vendedor de respetar y hacer respetar el inventarioforestal del predio mientras permanezca en él (cuando así se pacte por las partes).

La evidencia de cumplimiento de dicha obligación se reportó en el anexo 23 de¡ Informe deCumplimiento Ambiental N° 3, donde la Empresa remitió copia de la minuta de escritura final utilizadaen la negociación de predios para el proyecto, dentro de la cual aparece: 'PARÁGRAFO SEGUNDO: LAVENDEDORA se obliga a respetar y hacer respetar el inventario forestal del predio mientraspermanezca en él, en cualquier condición, y no podrá realizar ningún aprovechamiento forestal sinautorización previa y escrita del COMPRADOR".

Por otra parte, mediante el Numeral 3.3 del Artículo Quinto de la Resolución 0899 del 15 de mayo de2009, el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial incluyó dentro de los requerimientos dela licencia ambiental que "La Empresa deberá establecer puntos de control permanente de movilizaciónde madera para las 3 principales vías de salida del área (Puerto Seco, La Jagua y Puente río Páez-Paícol) del área a inundar hasta el inicio del aprovechamiento forestal de Proyecto."

Como Anexo 26 del Informe de Cumplimiento Ambiental N° 3, la empresa presentó copia de lascomunicaciones dirigidas al Comandante del Departamento de Policía del Huila el 24 de diciembre de2010 y el 7 de marzo de 2011, solicitando la viabilidad para establecer un convenio para elestablecimiento de tres puntos de control permanente. Dichas solicitudes no tuvieron una respuestapositiva.

Entre tanto, se iniciaron las actividades de aprovechamiento forestal del proyecto, por lo cual perdióvigencia la obligación establecida inicialmente.

Dentro de las actividades de seguimiento ambiental al proyecto, en atención a la evidente necesidad deadelantar el control de la movilización de productos forestales en el área, la ANLA mediante el numeral3 del Artículo Tercero del Auto 594 del 30 de marzo de 2012, requirió a Emgesa S.A. "Presentar lasalternativas para adelantar el control permanente a la movilización de madera hasta la finalización delas actividades de aprovechamiento forestal."

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Subdirección de Evaluación y Seguimiento')RIDAD NACIONAL

DE LICENCIAS AMBIENTALES

En respuesta a dicho requerimiento, Emgesa mediante radicado 4120-E1-36255 de 2012 remitió lasiguiente propuesta:

"Teniendo en cuenta la imposibilidad de contar con un convenio con las autoridades pertinentes parafijar tres puntos de control con presencia física y permanente de personal en cada uno de los puestosde control, debido a los riesgos de seguridad que conlleva, EMGESA propone a la Autoridad Nacionalde Licencias Ambientales, mientras dure la ejecución de las actividades establecidas dentro del Plan deAprovechamiento Forestal (fecha de inicio enero de 2013), establecer un convenio con la PolicíaNacional del departamento del Hulla que contemple la instalación de tres (3) cámaras de video en lossectores establecidos en numeral 3.3. de/Artículo Quinto de la Resolución 0899 de 15 de mayo de 2009y que corresponden a Puerto Seco, La Jagua y puente río Páez - Paicol, las cuales serán de monitoreopermanentemente desde las instalaciones de la Policía en NeWa y acorde con lo evidenciado seestablezcan operativos de monitoreo, seguimiento y control para el tráfico ¡legal de madera.

Con la implementación de esta medida se tendrán las siguientes ventajas:

a) Cumplimiento de lo establecido en el numeral 3.3. del Artículo Quinto de la Resolución 0899 de15 de mayo de 2009 en el sentido de establecer puntos de control permanente de movilizaciónde madera.

b) Si durante el monitoreo se sospecha de tráfico ilegal de flora y fauna, se activa de manerainmediata un operativo de inspección (retén) en las poblaciones cercanas al sitio de ubicaciónde la cámara, garantizando reacción inmediata y seguimiento del posible infractor.

c) Comunicación permanente entre la Policía Nacional, La Corporación Autónoma Regional delAlto Magdalena (como autoridad ambiental regional) y EMGESA ante la evidencia deincumplimientos de la legislación ambiental relacionada en el tráfico ilegal de flora y fauna.

d) Apoyo permanente a la Red de control tráfico ilegal tanto de flora como de fauna de laCorporación Autónoma Regional del Alto Magdalena."

Ante la anterior propuesta, la CAM manifestó que solo aceptará puntos de control con personal en losmismos.

Con base en lo anterior, el día 17 de julio de 2012, en el Centro de Convenciones José Eustacio Riverade la ciudad de Neiva, en la mesa de trabajo relacionada con el tema ambiental, Emgesa S.A. secomprometió a remitir a la CAM una nueva propuesta sobre la instalación de retenes de control demovilización de productos forestales.

Como resultado del compromiso adquirido el 17 de julio de 2012, la empresa envió la propuestacorrespondiente y el día 1 de agosto de 2012 se instalaron tres (3) puestos de control de tráfico ilegal deflora y fauna silvestre, con apoyo de efectivos del Batallón Especial Energético Vial N° 12 e inspectoresambientales de Emgesa.

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ANA7

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CAS A' -

Dichos puestos de control se ubicaron en los sectores de Puerto Seco, Río Loro y La Jagua, y tendránuna operación rotativa de dos o tres puestos funcionando en forma alterna durante 24 horas diariashasta cuando la hidroeléctrica entre en operación.

El sistema cuenta con tres inspectores ambientales, expertos en el monitoreo y control deaprovechamiento y comercialización ilegal de las especies de flora y fauna silvestres, los cuales serotan en turnos de 8 horas cada uno. Las actividades de control están reforzadas con seis inspectoresde predios y ocho observadores viales, que trabajan dentro de la zona de influencia del proyecto.

Es pertinente aclarar que los mismos pueden ser fijos o móviles de acuerdo con las necesidades ylogística necesaria, por tanto los mismos no están ubicados todas las veces en el mismo punto. Suobjetivo principal está enfocado a verificar la procedencia del aprovechamiento donde se identifique elorigen, destino, volumen y recaudo de tasas de dichos aprovechamientos

Se tiene previsto que cuando se presente un caso de tráfico ilegal, Emgesa reportará a la CAM losucedido, para que la autoridad ambiental proceda a la incautación correspondiente.

La empresa, en cada uno de los Informes de Cumplimiento Ambiental que debe presentar cada 6meses, describe las diferentes incautaciones realizadas en el periodo, incluye copia de los radicados delos informes de operación de los puestos de control a la CAM y a la ANLA, y reporta tanto lasactividades de capacitación al personal del ejército, como la inspección a vehículos, mediante informessemanales y acumulados mensuales, así como los informes de las visitas a predios de los municipiosdel área de influencia directa, además de las denuncias de talas ilegales y producción de carbónvegetal, realizadas con el apoyo del ejército nacional, todo ello apoyado con la correspondenciaentregada a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM..

Es importante aclarar que la obligación requiere la instalación de puestos de control en Puerto Seco, LaJagua y Puente río Páez-Paicol, pero en atención a que en agosto de 2012, cuando se instalaron lostres puestos de control iniciales, no estaba habilitada la vía a ser controlada mediante el puesto Puenterío Páez-Paicol, se estableció el tercer puesto en Rioloro. Una vez restablecido el tráfico vehicular por elpuente El Colegio, se habilitó como cuarto puesto de control el punto Puente río Páez-Paicol, ubicadoexactamente frente al predio Las Mercedes, antes de llegar al puente El Colegio. En los informes deEMGESA se encuentra como Puesto de Control Las Mercedes.

Desde su instalación, se mantiene la operación de los 4 puestos de control de tráfico ilegal de flora yfauna, ya mencionados, más 8 inspectores de predios que hacen recorridos permanentes, gracias a loscuales se pueden evidenciar las actividades ilegales, para detenerlas o denunciarlas según el caso.

Con base en lo anterior, se considera que EMGESA está adelantando las actividades necesarias parael cumplimiento de la obligación.

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ANLÁ7 Subdireccion de Evaluación y SeguimientoAUTORIDAD NACIONAL

DE LICENCIAS AMBIENTALES

TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS:

7. ¿Qué controles ha realizado el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para elcumplimiento de lo establecido en el artículo 70 de la Resolución No. 899 de 2009 por parte deEMGESA S.A. E.S.P., con relación al almacenamiento, recolección, transporte y disposición delos residuos generados por: el proyecto?

RESPUESTA DE LA ANLA

Inmerso en la información reportada dentro de los Informes de Cumplimiento Ambiental - ICAs ycorroborado durante las diferentes visitas de seguimiento ambiental al proyecto realizados por la ANLA,la gestión integral para el manejo de los residuos generados, es verificada en cada uno de los frentesde trabajo, con énfasis en el cumplimiento de los procedimientos de segregación, transporte ydisposición final de los materiales que se generan en los diferentes frentes.

La empresa realiza charlas de concientización del personal, las cuales se centran en ampliar elconocimiento de segregación en la fuente a través del programa de educación ambiental, divulgadospor los inspectores ambientales en cada frente de obra, para lo cual se ha realizado un protocoloconsignado en el documento de Educación Ambiental anexo en el Informe de Cumplimiento AmbientalICANo8.

En el documento se observa que se nombró un coordinador denominado - CASC el cual se refiere alcontratista de construcción, instalación y puesta en marcha de los equipos electromecánicos para lacentral hidroeléctrica El Quimbo.

Durante el desarrollo de las actividades del Proyecto se han establecido 92 puntos ecológicos en losfrentes de obra, campamentos operativos y de vivienda, distribuidos de la siguiente forma:

- Obras civiles: 78 puntos ecológicos.- Campamentos: 8 puntos ecológicos- EMGESA (oficinas-Finca Finlandia): 6 puntos ecológicos.

Este programa es de monitoreo continuo, se desarrollaron inducciones en temas ambientalespreviamente al ingreso del personal nuevo en obra, a su vez fortaleciendo éstos temas en distintascharlas por las diferentes zonas de obra, con el fin de resaltar y transmitir conciencia ambientalenfocada a prevenir, mitigar, controlar y restaurar impactos ambientales que eviten un deterioroambiental.

La disposición final de los residuos es realizada por la empresa Incinerados del Huila INCIHUILA S.A.E.S.P, cuentan con un convenio con CIUDAD LIMPIA S.A. E.S.P., empresa operadora del rellenosanitario Los Ángeles para la disposición de los residuos ordinarios, en la ciudad de Neiva.

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ANLA Subdirección de Evaluación y Seguimiento

DE TALES

Las certificaciones de recolección, transporte y disposición final de los residuos cuantificados en losanteriores numerales, se encuentran en el ICA 8, en el anexo 7-2-5- MANEJO-RESIDUOS, se presentala fundamentación y documentación soporte a este numeral.

8.¿Qué aspectos ha incumplido EMGESA S.A. E.S.P., con relación al artículo 70 de la ResoluciónNo. 899 de 20092i

RESPUESTA DE LA ANLA

"ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se autoriza a EMGESA S.A. E.S.P. el manejo, tratamiento y disposición finalde los residuos sólidos generados por el proyecto, de acuerdo a lo especificado en el Plan de ManejoAmbiental. (..)

Hasta el momento y con ocasión del seguimiento y control ambiental realizado por esta Autoridad no sehan detectado incumplimientos con relación a esta obligación.

9.¿Qué acciones ha llevado a cabo el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para que laEmpresa cumpla con lo establecido en el artículo 7o de la Resolución No. 899.de 2009?

RESPUESTA DE LA ANLA:

Inmerso en la información reportada dentro de los Informes de Cumplimiento Ambiental - ICAs ycorroborado durante las diferentes visitas de seguimiento ambiental al proyecto realizados por la ANLA,la gestión integral para el manejo de los residuos generados, es verificada en cada uno de los frentesde trabajo, con énfasis en el cumplimiento de los procedimientos de segregación, transporte ydisposición final de los materiales que se generan en los diferentes frentes.

LINEA BASE

10. Con relación a la población ubicada en las Áreas de Influencia Directa (AID) y en las Áreasde Influencia Indirecta (All), afectadas por la presión migratoria, base económica, Social ycultural, explique:

10.1 ¿Cuáles el último censo presentado por EMGESA S.A. E.S.P.?

De acuerdo con los requerimientos de la Licencia Ambiental, Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009,El último censo socioeconómico de 2012, corresponde a las personas que deben de ser compensadasy que se encuentran registradas en el censo de predios de reasentamiento y del área de restauraciónambiental, se realizó del 22 al 31 de mayo de 2012, en el área de influencia directa del proyecto.

A partir del 22 de mayo de 2012 la Empresa realizó el censo socioeconómico en los predios NuevaVilla, La Laguna, Las Acacias, Las Brumas, Villa Fatima, Las Delicias, Utica, los cuales están ubicados

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Subdirección de Evaluación y SeguimientoAtJTORDAD Nl )NAL

DE. LICENCIAS A 4TALES

en la vereda Llano de la Virgen (Municipio de Altamira), adquiridos por EMGESA para el reasentamientode la comunidad de la vereda La Escalereta.

Así mismo el 14 de mayo se realizó el censo socioeconómico de los predios Morrito Peña Alta, SalemLote 1 y 2 y Salem lote 3, predios adquiridos por EMGESA para el reasentamiento de las veredas LaEscalereta y San José de Belén.

Finalmente el 9 de Julio de 2012 se fijó edicto en las Personerías municipales, Alcaldías municipales,Defensoría del Pueblo y Procuraduría Judicial, Ambiental y Agraria del Huila y en las oficinas deEmgesa de los municipios de Garzón y Gigante, tuvo como fin informar a las familias residentes, noresidentes, propietarios y/o trabajadores, que se consideraran influenciada por tener algún tipo derelación directa exclusivamente con los predios de reasentamiento o restauración biótica, ubicados enlos municipios de Altamira, Garzón y Gigante, dando un plazo de 10 días para que adjuntaran losdocumentos que soportan su condición, casos que a la fecha se encuentran en revisión.

Es de mencionar que los predios Salem y Morrito Peña Alta no fueron adquiridos para elreasentamiento de san José de Belén por cuanto la comunidad manifestó su interés de reasentarse enla vereda La Galda.

Por otro lado, la Sentencia T-1 35113 de la Corte Constitucional establece los alcances del nuevo censoadelantado por la Empresa EMGESA S.A. E.S.P, el cual está enfocado a toda la población que sesienta afectada directamente por la construcción del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo. De estasolicitud fue notificada la Empresa en el mes de febrero de 2014. La Empresa cuenta con un tiempoperentorio de seis (6) meses para hacer el censo socioeconómico de la población posiblementeafectada por el Proyecto Hidroeléctrico el Quimbo, los cuales se cumplen en el mes de septiembre de2014.

10.2 ¿ Cuántas personas hacen parte del último censo?

Del censo socioeconómico de 2012, aproximadamente 184 personas del área de influencia directa delproyecto.

Del nuevo censo socioeconómico de la población posiblemente afectada por el Proyecto Hidroeléctricoel Quimbo, ordenado por Sentencia T-135113 de la Corte Constitucional, se registran aproximadamente30.000 personas inscritas; cada caso de se revisará y analizará de manera individual para determinar sise tiene derecho a la compensación y su modalidad.

10.3 ¿Qué hallazgos encontraron?

Ninguno

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ANLA

Subdirección de Evaluación y Seguimiento

AUIORIDE LCEN ENT S

10.4 ¿Cuáles son las medidas de manejo para prevenir mitigar, corregir o compensar losimpactos sociales y efectos ambientales causados por la construcción del ProyectoHidroeléctrico El Quimbo?

Para su conocimiento la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, se guía de los siguientesdocumentos que le permiten hacer seguimiento a los compromisos del proyecto:

1. El estudio de impacto ambiental EIA: contiene información sobre la localización del proyecto, ylos elementos abióticos, bióticos y socioeconómicos del medio que puedan sufrir deterioro porla respectiva obra o actividad, para cuya ejecución se pide licencia, y la evaluación de losimpactos que puedan producirse. Además Incluye el diseño de los planes de prevención,corrección, mitigación y compensación de los Impactos (Plan de Manejo Ambiental)

2. Plan de Manejo Ambiental PMA3. Licencia Ambiental - Resolución 0899 del 15 de mayo de 20094. Modificaciones a la licencia ambiental.5. Diseños y estudios específicos que son complementarios6. Censo socioeconómico escritura pública7. Seguimiento a 20 de los 30 compromisos ambientales de los acuerdos de las Mesas de

concertación

Frente a lo ejecutado dentro del proyecto, es de señalar que con el propósito de mitigar y compensar losposibles impactos sobre el medio biótico, físico y socioeconómico, la Licencia Ambiental otorgada poresta Autoridad estableció los siguientes Programas y Proyectos:

COMPONENTE BIOTICO

PROGRAMA DE MANEJO DE COBERTURA VEGETAL Y HÁBITATS TERRESTRES

• Proyecto Establecimiento franja de protección perimetral.• Proyecto Conservación, restauración y compensación de cobertura vegetal.• Proyecto Restauración de zonas de obras.• Proyecto de Desarrollo y fomento de ecosistemas y especies de flora en peligro crítico, veda o

especies no identificadas.

PROGRAMA DE MANEJO DE FAUNA SILVESTRE

• Actualización de inventarios de fauna terrestre.• Rescate de fauna y definir sitios de reubicación.• Proyecto de salvamento contingente de fauna durante la inundación.• Dinámica de las especies de mamíferos, anfibios, reptiles y aves durante el rescate de fauna y

los posteriores monitoreos.• Estudio sobre la dinámica poblacional de la nutria (Lontra longicaudis), la tortuga morrocoy

Calle 37 No. 8 —40 Bogotá, D.C. Edificio anexoPBX: 57 (1) 2540111 f::rr%

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AUTORIDAD NACIONALDE LICENCIAS AMBIENTALES

(Geochelene carbonaria), la tortuga blanca (Podocnemis lewyana) y el mono nocturno (Aotusgriseimembra).

. Rescate de peces.

PROGRAMA PARA MANEJO Y PROTECCIÓN DEL RECURSO ÍCTICO Y PESQUERO

• Optimización de hábitats reproductivos y de desarrollo de peces.• Mitigación por pérdida de zonas de desove.• Repoblamiento ictico.• Seguimiento a la actividad reproductiva de las especies migratorias en la cuenca alta del río

Magdalena• Apoyo a la operación de estaciones piscícolas.• Manejo ictico del embalse.• Monitoreo a la actividad pesquera en el área de influencia del proyecto.• Plan de ordenamiento pesquero y acuícola (POPA).

PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO DE LA COBERTURA VEGETAL Y HÁBITATSTERRESTRES

• Adecuación de las áreas en el vaso del embalse.• Restauración de la cobertura vegetal en áreas de canteras, botaderos, taludes de vías e

instalaciones temporales.• Ecología del paisaje.• Establecimiento de viveros.• Recuperación de germoplasma.• Reforestación.• Evaluación de supervivencia.• Manejo de suelos y revegetalización.• Desarrollo de mapas de coberturas vegetales en las áreas compensadas

PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO DE LAS COMUNIDADES HIDROBIOLÓGICAS

• Peces.• Fitoplancton.• Zooplancton.• Bentos.

PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AL COMPONENTE ÍCTICO

• Monitoreo al rescate de peces durante el llenado.• Monitoreo al repoblamiento de especies de peces migratorios en la cuenca alta del río

Magdalena.

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COMPONENTE FÍSICO.

A continuación se presentan en forma general y resumida los diferentes programas que conforman elPlan de Manejo Ambiental PMA en el componente Físico.

PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS EXCEDENTES DE EXCAVACIÓN.

• Realizar una actualización de las condiciones ambientales de las áreas seleccionadas comozonas de depósito de materiales excedentes de excavación (ZODME).

• Adecuar el área de disposición de material excedente de excavación, de acuerdo a lossiguientes aspectos:

• Disposición de excedentes de excavación.• Revegetalización de los terraplenes y taludes finales del relleno.

MANEJO DEL RECURSO HÍDRICO

• Selección de fuentes de suministro. La selección de las fuentes de suministro obedece a lanecesidad de contar con fuentes confiables de carácter permanente que garanticen elsuministro en todas las épocas del año.

• Tratamiento de agua para consumo.• El tratamiento de potabilización deberá garantizar una calidad mínima admisible de acuerdo con

lo estipulado en la Resolución 2115 de 2007.• Caudales de diseño. Considerando una dotación de 150 11hab/día para una población de 500

habitantes, que estaría localizada de manera permanente en los campamentos y una dotaciónde 80 l/s para una población flotante de 3200 habitantes.

- Caudal medio diario - Qmd. El caudal medio diario por consumo humano (Qmd) se obtuvo delproducto entre la dotación bruta y la población de diseño. Para el campamento el caudal medio esde 4,0 l/s.

- Caudal máximo diario - QMD. El caudal máximo diario (QMD) se obtiene de aumentar el caudalmedio diario (Qmd) por un factor de 1,20, siendo entonces de 4,8 l/s.

- Caudal máximo horario - QMH. El caudal máximo horario (QMH), se obtiene de aumentar elcaudal máximo diario (QMD) por un factor de 1,50, con el fin de garantizar un adecuado suministroen las horas de máxima demanda. Para el campamento el caudal máximo horario es de 7,2 l/s.

- Caudal captación. El caudal de diseño de las captaciones equivale a dos veces el caudal máximodiario (QMD), para el campamento el caudal de diseño de la captación es de 9,6 l/s quecorresponde al 0,02% del caudal mínimo para un periodo de retorno de 100 años del ríoMagdalena.

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ANL' Subdirección de Evaluación y SeguimientoAUTORIDAD NACIONAL

CE LICENCIAS AMBIENTALES

Caudal de tratamiento de agua potable. El caudal de diseño de la planta de tratamiento de aguapara consumo corresponde al caudal medio diario (Qmd), más el agua requerida para aseo en lazona de campamentos y la limpieza y mantenimiento de vehículos y maquinaria en el área deltaller.Se debe realizar uso racional de las aguas captadas y concesionadas, de acuerdo con lo indicadoen el decreto de uso eficiente y ahorro del agua.

PROGRAMA DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE SITIOS CRÍTICOS SENSIBLES O VULNERABLESDURANTE LA OPERACIÓN DEL PROYECTO, EN EL BORDE DEL EMBALSE.

• Elaboración del inventario de las zonas inestables, potencialmente inestables y afectadas porerosión.

• Identificación de las causas o factores generadores de inestabilidad y erosión.• Elaboración de cronogramas de inspección y de control y/o medidas de protección necesarias.

• A partir de la operación del embalse (segundo año de operación deben alcanzarse lassiguientes metas:

• Actualización del inventario de zonas inestables, potencialmente inestables y afectadas porerosión, mediante la ejecución del programa de inspecciones

• Implementación de obras o medidas para el control de la erosión, según cronogramaestablecido.

• Evaluación de la evolución de las zonas inestables, potencialmente inestables y afectadas porerosión, verificando causas y/o eficiencia de las obras o medidas de protección ejecutadas.

PROGRAMA DE RESTAURACIÓN EN ZONAS DE USO TEMPORAL.

• Una vez finalizadas las actividades de construcción, se iniciará el desmontaje de loscampamentos, talleres, zona de producción de concretos y zonas de parqueo de maquinaria.

• El contratista procederá a retirar toda la infraestructura temporal y la maquinaria vinculada alproyecto con excepción de la que será usada para desarrollar las actividades del programa demanejo.

MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS.

• Residuos sólidos Domésticos.• Residuos especiales.

MANEJO DE FUENTES DE EMISIONES Y RUIDO.

Manejo y control de material particulado.Manejo y control de gases de fuentes móviles.Manejo y control del ruido

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MANEJO DE SUELOS

• Protección a los suelos no intervenidos y expuestos a daño en su calidad• Conformación de bancos de suelo• Rehabilitación de zonas de depósito, áreas de fuentes de materiales e instalaciones

temporales.

MANEJO AMBIENTAL DE VOLADURAS

• Una vez se determina la zona de voladura y por protocolo de seguridad, solamente el personalque realiza las voladuras permanece en el área. El personal que labora con explosivos harecibido capacitación para evitar la contaminación de fuentes hídricas.

• Actualmente se han colocado avisos explicativos invitando a la protección de especies, y laprohibición de arrojo de basura, caza, pesca y tala en dichas áreas.

• El personal que realiza el manejo de explosivos conoce el protocolo de seguridad y ha recibidocapacitación en el manejo de los mismos por parte de la Fuerzas Militares. Los estopines einiciadores de carga se almacenan separadamente del Indugel para evitar que accidentalmenteuna carga se pueda activar.

PROGRAMA DE MANEJO DE CALIDAD DE AGUAS EN EL EMBALSE Y AGUAS ABAJO.

Se desarrollara en la etapa de operación del Embalse.

COMPONENTE SOCIOECÓNÓMICO

Dentro de los programas que componen el Plan de Gestión Socioeconómico y Cultural, están lossiguientes:

• PROGRAMA DE INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN• PROGRAMA DE REASENTAMIENTO

• PROYECTO DE RESTABLECIMIENTO DEL TEJIDO SOCIAL• PROYECTO ACOMPAÑAMIENTO Y ASESORÍAS• PROYECTO DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN VULNERABLE• PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA• PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL Y SUMINISTRO DE SERVICIOS DURANTE LA

CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO• PROGRAMA MANEJO PARA LA REACTIVACIÓN PRODUCTIVA EN ÁREAS ALEDAÑAS E

INCLUSIVE EN EL ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA

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AUTORIDAD NACIONALDE LICENCIAS AMBIENTALES

• PROGRAMA DE FOMENTÓ DE LA ACTIVIDAD PISCíCOLA EN EL EMBALSE• PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL• PROYECTO DE APOYO A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA LOCAL Y REESTRUCTURACIÓN

DE LOS ESQUEMAS Y PLANES DE ORDENAMIENTO• PROYECTO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A LA PRESIÓN MIGRATORIA• PROGRAMA DE SALUBRIDAD Y SANEAMIENTO BÁSICO PARA LA COMUNIDAD DEL

ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO• PROGRAMA DE SALUBRIDAD Y SANEAMIENTO BÁSICO PARA TRABAJADORES

VINCULADOS AL PROYECTO• PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL.• PLAN DE GESTIÓN SOCIAL DURANTE LA ETAPA DE OPERACIÓN DEL PROYECTO

10.5 ¿Cuál es el seguimiento que ha realizado el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sosteniblea éste censo?

Sobre el tema de información del censo de 2012, se evidencia mediante soportes presentados que laEmpresa envió información escrita a la administración municipal sobre el inicio del censosocioeconómico en predios para restauración, ubicados en la vereda de Matambo en el municipio deGigante, el cual se realizó de¡ 22 al 31 de mayo de 2012.

Se realizó, visita a los sitios públicos en los que se fijaron las listas de personas censadas con elobjeto de hacer seguimiento al tema de la fijación y desfijación de las listas del censo de 2012, quecorresponde a las personas que deben de ser compensadas y que se encuentran registradas en elcenso de predios de reasentamiento y del área de restauración ambiental.

Al respecto, está Autoridad precisa, que el instrumento de recolección de información, fue aplicado a lasfamilias residentes y personas no residentes que generan sus ingresos en el área, así como a lospropietarios, poseedores o población vulnerable localizada en la zona de predios de reasentamiento delárea de restauración ambiental.

Igualmente, como parte de la metodología del censo, para que todas las personas del área de influenciade los predios de reasentamiento y del área de restauración ambiental fueran registradas en el censo,EMGESA procedió a fijar las listas de las personas censadas mediante un edicto que se inició el día 9de julio de 2012 a las 9 am y se terminó el día 24 de julio a las 5 pm, en las Personerías de los seismunicipios del área de influencia del proyecto.

El objetivo de la participación de las Personerías en la funcionalidad del edicto para la transparencia delcenso es el de actuar como ente de control en esta actividad y que luego no se generen reclamoscomo los que se presentan actualmente con el censo del año 2009.

Esta Autoridad consultó a la Personera municipal de Gigante, si se había acercado a su despachoalguna persona que se creyera afectada y que no hubiera sido incluida en el censo de predios dereasentamiento del área de restauración ambiental, y la Personera, manifiesta que a la fecha, no asistió

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ANC

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ninguna persona que debía ser incluida en este censo y que ella realizó seguimiento a las personas queestaban en la lista.

FOTOGRAFIAS No. 9-10

FECHA: 24 de mayo de 2012

LUGAR: Alcaldía Municipal de Gigante

OBSERVACIONES: Seguimiento a la desfijación del edicto del listado del censo de 2012 con la personera Municipal

Adicionalmente, la Corte Constitucional mediante Sentencia T-135-13, ordenó a la empresa EMGESAS.A. E.S.P., la realización de un nuevo censo, y que para su ejecución la empresa, tuvo en cuenta lasiguiente información:

• El nuevo censo ordenado por la Corte Constitucional está enfocado a la población que se sientaafectada directamente por la construcción del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo.

• La persona inscrita en el nuevo censo debe cumplir con los parámetros establecidos en laLicencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009.

• La inscripción de solicitantes, se realizó durante el periodo comprendido entre 6 de mayo al 5de julio de 2014, la entrega de documentos debía hacerse personalmente por quien estabainteresado, es decir no se requería de intermediarios.

• La inscripción en el nuevo censo no tenía costo alguno para los interesados.• La Empresa cuenta con un tiempo perentorio de seis (6) meses para hacer el censo

socioeconómico de la población posiblemente afectada por el Proyecto Hidroeléctrico elQuimbo, los cuales se cumplen en el mes de septiembre de 2014.

• Terminado el plazo antes mencionado, la Empresa debe entregar un informe a la CorteConstitucional, relacionado con el cumplimiento de lo ordenado en la sentencia T-1 35113.

• EMGESA S.A. E.S.P. realizará el análisis y estudio de cada caso (30.000 personas inscritasaproximadamente), surtiendo de esta manera la verificación de los documentos entregados endicha inscripción, teniendo en cuenta que la carga de la prueba está bajo la responsabilidad deEmpresa, tal como lo ordena la sentencia referida.

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AN' Subdireccíón de Evaluación y SeguimientoAUTORIDAD NACIONAL

DE UCENCAS , NT; ES

• Una vez finalizada la actividad antes mencionada la Empresa deberá dar respuesta por escritoa cada uno de los inscritos en dicho censo.

• La solicitud de inclusión en el censo, no representa automáticamente el reconocimiento dealguna medida de compensación de acuerdo con lo contemplado en la Licencia Ambiental delproyecto hidroeléctrico El Quimbo (Res. 0899/ 090).

• Es de tener en cuenta que frente a las compensaciones para la población afectada en AID delproyecto y conforme lo establece la licencia ambiental, la responsable de determinar a quién lecorresponden estas compensaciones, es la titular del proyecto, esto es, EMGESA S.A. E.S.P.

• El seguimiento y control establecido en el Artículo 39 del Decreto 2820 de 2010, sólo puedehacer exigibles las obligaciones contendidas en la Licencia Ambiental, sus modificaciones ydemás actos administrativos de seguimiento que se expidan durante la ejecución del proyecto

Así mismo la Sentencia T-135-13, estableció que los organismos encargados de la verificación a larealización del mismo son la Procuraduría Regional del Huila y la Autoridad Nacional de LicenciasAmbientales. Dicho censo se finalizó el 5 de septiembre de 2014.

Frente al cuestionario para la CAM

Revisado el cuestionario de la Proposición 26 de 2014, es preciso señalar que la sección dirigida a laCAM, corresponde a temas que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 39 del Decreto 2820 de2010, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, es la competente para dar respuesta a lasmismas, exceptuándose lo relacionado con el tema consistente en la Tasa de AprovechamientoForestal. Es así y en virtud de la disposición antes mencionada, desde el año 2010, la ANLA, vieneadelantando de manera continua y permanente el seguimiento del proyecto, tal como se indica en lasiguiente información:

Seguimiento Ambiental:

A la fecha se han desarrollado visitas de seguimiento desde el año 2010, debido a la complejidad delproyecto, en promedio cada dos meses.

Año 2010 (1)Del 9alll de junio de2ülü

Año 2011 (2)Del 22 de agosto al 5 de septiembre de 2011Del 12 al 16 de diciembre de 2011

Año 2012 (11 visitas)Del 5 al 6 de enero de 2012Del 2 al 6 de marzo de 2012 Del 11 al 13 de marzo de 2012Del 16 al 19 de abril de 2012Del 22 al 27 de mayo de 2012

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AUTOR!DAÚ NP' ;' LDE LICENCIAS

13 de julio de 2012Del 29 al 31 de agosto de 2012Del 3 al 8 de octubre de 201225 de octubreDel 13 al 17 de noviembre de 2012Del 19 a 24 de noviembre de 201229 de noviembre de 2012

Año 2013 (10)3 de febrero de 2013Del 25 de febrero al 2 de marzo de 201310 de abril de 2013Delli all5de abril de20l3Del 15 al 20 de abril de 2013De¡ 11 all5de junio de20l315 de julio de 2013Del 22 al 27 de julio de 2013Del 16 al 21 de septiembre de 201325 al 30 de noviembre de 2013.

Año 2014 (7)

18 a 21 de febrero de 2014.4 al 7 de abril de 20148a11 de abril de 2014.18 al 21 de marzo de 201417 al 20 de Junio de 2014.15 al 18 de Julio de 201411 al 15 de agosto de 2014.17 al 20 de agosto de 2014

Actos Administrativos: (Resoluciones- Licencia Ambiental y modificaciones)

Resolución Fecha Entidad Asunto

Por la cual se otorga una Licencia Ambiental para el1 0899 1510512009 MAVDT Proyecto Hidroeléctrico El Quimba.

Por la cual se Resuelve un Recurso de Reposición

2 1628 2110812009 MAVDTmodificando unos numerales de la Resolución No. 899del l5de Mayo de2009,CT 1317, 1331 1340.

3 1814 1710912010 MAVDT Por la cual se toman medidas de ajuste a lasresoluciones 899 del 15 de mayo y 1628 del 26 de agosto

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AUTORIDAD NACIONALDE 1ICENCAS AMBIENTALES

Resolución Fecha Entidad Asunto

de 2009 y se adoptan otras decisiones

Por la cual se modifica la Resolución 0899 de 2009, en el

4 2766 3011212010 MAVDTsentido de autorizar los permisos de extracción demateriales, ocupación de cauces.

Por la cual se resuelve un Recurso de Reposición contra

5 2767 3011212010 MAVDTla Resolución 1814 de 2010, confirmándola en todas suspartes.

Por la cual se aclara el artículo segundo de la Resolución2766 de 2010 en el sentido de determinar que el número

6 0310 2210212011 MAVDT del contrato de concesión expedido por el INGEOMINAScorresponde al número K19-08302X.

Por la cual se modificó la licencia ambiental del proyecto,en el sentido de autorizar la construcción de una vía, la

7 0971 2710512011 explotación de material de arrastre y de adicionar unosMAVDT permisos para el uso, aprovechamiento y/o afectación de

recursos naturales renovables.

Por la cual se resuelve Recurso de Reposición en contra8 0012 14/10/2011

MAVDTde la Resolución 971 del 27 de mayo de 2011.

Por la cual se modificó la Licencia Ambiental autorizan larealización de obras en el sitio de presa en la margen

9 0306 3011212012 ANLA izquierda del río Magdalena, sujetos a estrictoseguimiento para verificar el cumplimiento de loslineamientos exigidos por esta Autoridad.

Por la cual se modificó la licencia ambiental en el numeral2.2.3.3. (Optimización de Hábitats Reproductivos y deDesarrollo de Peces), numeral 2.2.3.4 (Mitigación porPérdida de Zonas de Desove), numeral 2.2.3.8(Monitoreo a la actividad pesquera en el área deinfluencia del proyecto Hidroeléctrico El Quimbo), 2.2.3.5

10 0589 2610712012 ANLA (Repoblamiento con Especies de Peces Migratorios en laCuenca Alta del Río Magdalena), numeral 2.2.3.6 delArtículo Décimo de la Resolución 0899 de 15 de mayo de2009, (Apoyo a la Operación de Estaciones Piscícolas),numeral 2.2.3.9 (Proyecto de seguimiento a la actividadreproductiva de las especies migratorias en la cuencaalta del Río Magdalena). Asimismo, revocar el numeral

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ANL,ÓZ

Subdirección de Evaluación y Seguimiento

'DAD NACCALDEENCAS AE

Resolución Fecha Entidad Asunto

2.2.3.10 del Artículo Décimo de la Resolución 0899 de 15de mayo de 2009, acogiendo el Concepto Técnico 880del 08 de junio de 2012.

Por la cual esta Autoridad resolvió el recurso dereposición interpuesto por la empresa EMGESA S.A.E.S.P., mediante oficio con radicado 4120-E1-43979 del21 de agosto de 2012, contra la Resolución 0589 del 26de julio de 2012, modificando el Artículo Primero de laResolución 0589 del 26 de julio de 2012, concretamente

11 0945 13/11/2012 ANLA respecto del literal a) del numeral 2.2.35, del ArticuloDécimo de la Resolución 0899 del 15 de mayo de 2012,en el sentido de prorrogar en un (1) año más el plazoestablecido para dar inicio a las actividades de siembrade alevinos de especies nativas para el repoblamientoíctico, es decir iniciar su ejecución a partir del mes deagosto de 2013.

Por la cual esta Autoridad modificó la licencia ambientalotorgada a la empresa EMGESA S.A. E.S.P., medianteResolución 0899 del 15 de mayo de 2009, para laejecución del "Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo",localizado en jurisdicción de los municipios de Garzón,Gigante, El Agrado, Paicol, Tesalia y Altamira, en elDepartamento del Huila, la Resolución 1628 del 21 de

12 1142 2811212012 ANLA agosto de 2009, Resolución 2766 del 31 de diciembre de2010, Resolución 0971 del 27 de mayo de 2011yResolución 0306 del 30 de diciembre de 2011, en loreferente a la conformación de los depósitos (ZODME),permisos de ocupación de cauces, de aprovechamientoforestal y concesiones de agua.

Por la cual se resuelve un Recurso de ReposiciónANLA interpuesto contra la Resolución 1142 de 2012,

13 0283 2210312013 incluyendo unas actividades.

Por la cual esta Autoridad modificó la Licencia Ambientalotorgada a la empresa EMGESA S.A. E.S.P., mediante

14 0395 0210512013 ANLA Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009, para laejecución del "Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo",localizado en jurisdicción de los municipios de Garzón,

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PROSPERIDAD. PARATODOS

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Subdirección de Evaluación y Seguimiento

AUTORIDAD NACIONALDE LICENCIAS AMBIENTALES

Resolución Fecha Entidad Asunto

Gigante, El Agrado, Paicol, Tesalia y Altamira, en elDepartamento del Huila, modificada la Resolución 1628de¡ 21 de agosto de 2009, Resolución 2766 del 31 dediciembre de 2010, Resolución 0971 del 27 de mayo de2011, Resolución 0306 del 30 de diciembre de 2011,Resolución 1142 del 28 de diciembre de 2012,modificada por la Resolución 0283 del 22 de abril de2013, en lo referente a la construcción de víassustitutivas, disposición de materiales en zonas dedepósito, permisos de ocupación de cauces,concesiones, vertimientos y aprovechamiento forestal.

Se proyecta modificación de licencia ambiental en elsentido de autorizar el permiso de explotación de lasfuentes de material aluvial localizadas en el predio El

15 0181 2810212014 ANLA Quimbo, en jurisdicción del Municipio de Gigante. Seentrega ajustada. Acoge el Ct 6642 del 19 de febrero de2014.

Actos Administrativos de seguimiento al proyecto (Se expiden autos de seguimiento y control, através del cual se imponen requerimientos, frente a la verificación del cumplimiento por parte de laempresa a cada una de las obligaciones establecidas en los actos administra

tivos expedidos dentro de

la ejecución del proyecto, lo cual se hace generalmente con visita al proyecto y por otro lado medianterevisión documental del expediente).

AUTOSAUTO Fecha Entidad Asunto

Por el cual se hace un seguimiento y control ambiental. Acoge el CT2930 2810712010 MAVDT No.1128del 1 d julio de 2010 CT No. 1133 del 4 d julio de 2010.

Por el cual se hacen unos requerimientos. Acoge Memorando No. 2100-3-3563 2310912010 MAVDT 117452-14/09/2010, de la Dirección de Ecosistemas

Por el cual se hace un seguimiento y control ambiental. Acoge el CI No. CT3609 2710912010 MAVDT No. 1384 del 6 de agosto de 2010.

2049 3010612011 MAVDT Por el cual se hace un seguimiento y control ambiental. Acoge el CT No. CINo. 879 del 30 de junio de 2011.

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CK)NLLC AMBEN1ES

AUTOS

Por el cual se hace un seguimiento y control al proyecto, acogiendo el CT954 3010312012 ANLA No. 17 del 13 de enero de 2012

2543 1410812012 ANLAPor el cual se hace un seguimiento y control al proyecto, acogiendo elconcepto técnico 1086 del 09 de julio de 2012Por el cual se realiza un seguimiento al inventario forestal. Acoge CT 1187

2553 1410812012. ANLA del 25 de julio de 2012.

Por el cual se acepta el plan de restauración ecológica. Memorando 4120-3476 0611112012 ANLA E1-48743 del 24 de septiembre de 2012, de la Dirección de Ecosistemas.

Por el cual se hace un seguimiento y control. Se realizan unos

3511 13/11/2012 ANLArequerimientos - Gestión Social y Reforestación. Acoge CT 1715 del 10 deoctubre de 2012.

Por el cual se hacen un seguimiento socioeconómico. Acoge CT 1869 del3512 13/11/2012 ANLA lüde octubre de20l2.

0607 0510312013 ANLAPor el cual se hace un seguimiento y control acogiendo CT 599 de 2013-ICA 5 y 6 Biotico. (sin visita)Por el cual se hace un seguimiento y control acogiendo el CT 2234 de 2013,

1707 0710612013 ANLAPrograma ¡ctico y Pesquero. (Sin visita)

Por el cual se hace un seguimiento y control Programas de Gestión Social

1740 0710612013 ANLAe ICA 6, acogiendo el CI 2312 del 30 de mayo de 2013.

Por el cual se hace un seguimiento y control Componente Biótico,

2157 1210712013 ANLAacogiendo el CI No. 2641 de 2013, Componente Biótico - Auto 607 de

Por el cual se hace un seguimiento y control, acogiendo CI 2732 de 2013,

2161 1210712013 ANLADique Auxiliar y casa de máquinas.

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AUTORIDAD NACIONALDE UCENCAS AMBIENTALES

AUTOSSe proyecta auto de seguimiento Programa Gestión Social ICA 7, y se

3894 15/11/2013 ANLA hacen unos requerimientos. C.T. No 4069— 1610912013.

Se proyecta auto de seguimiento ICA-7 - Acoge CT 5791 —20130390 1110212014 ANLA

Se elabora Auto de Seguimiento Documental Inversión del 1%, radicados4120-E1- 45924 del 22 de octubre de 2013 y 4120-E1-49407 de¡ 13 de

2064 2910512014 ANLA noviembre de 2013, de la empresa EMGESA S.A E.S.P. Se acoje CT 8564-22-05-2014.

Investigación Sancionatoria Ambiental:

Como consecuencia de los presuntos incumplimientos evidenciados, la Autoridad Nacional de LicenciasAmbientales ANLA, ha dado aplicación al procedimiento establecido en la Ley 1333 de 2009, Por lacual se establece el procedimiento sancionatorio y ambiental y se dictan otras disposiciones".

A continuación se enuncian los procesos sancionatorios adelantados durante la ejecución del proyecto:

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PçNLA

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Al r JACiONALDEL

1 Acto Administrativo Fecha Entidad AsuntoSe ordenar apertura de investigación contra la empresaEMGESA S.A E.S.P., identificada con el NIT. 830037250 - 6,por presuntamente iniciar la construcción del proyectohidroeléctrico "El Quimbo", localizado en jurisdicción de los

1 Resolución 2339 1611212008 MAVDT municipios de Garzón, Gigante, Agrado y Altamira, en eldepartamento del Huila, sin contar con Licencia Ambiental,incumplimiento con dicho hecho la normavidad ambientalvigente. Acoge CT 228412008.

- Por la cual se formula a la empresa EMGESA S.A. E.S.P.,identificada con el NIT. 830.037.250 - 6, el siguiente cargo:Cargo Único: Presuntamente adelantar obras y actividadesque forman parte integral del Proyecto Hidroeléctrico ElQuimbo, consistentes en la excavación de un túnel o galeríade inspección, la adecuación de una zona de botadero parael almacenamiento del material estéril generado, y la

2 Resolución 0227 1110212009 MAVDTadecuación de accesos y construcción de obras anexas (eninmediaciones del predio Boquerón, vereda Matambo,municipio de Gigante, Departamento del Huila), sin haberobtenido previamente la correspondiente licencia ambiental,incumpliendo con lo establecido en el numeral 3 del articulo52 de la Ley 99 de 1993 y los numerales 3 y 4 literal a) delartículo 8 del Decreto 1220 de 2005. CT 123 de 2009.

- Se ordena la apertura del periodo probatorio dentro delprocedimiento administrativo sancionatorio iniciado por esteMinisterio contra la Empresa EMGESA S.A. E.S.P., mediante

3 Auto 1575 2910512009 MAVDT la Resolución N° 2339 del 16 de Diciembre de 2008, por eltermino de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha deejecutoría del presente acto administrativo.

- Se declara a la empresa EMGESA S.A E.S.P. exonerada deresponsabilidad del cargo único formulado mediante laResolución 227 del 11 de febrero de 2009, y se ordena el

4 Resolución 2188 0611112009 MAVDT archivo de la investigación ambiental correspondiente, en elmomento en que quede en firme el acto administrativo. AcogeCT. 1752 del 14 de octubre de 2009.

- Por el cual se impone una medida preventiva de suspensiónde actividades entre ellas la obtención de materiales de

5 Resolución 1096 1410612011 MAVDT construcción exceptuando las acvidades dirigidas alreasentamiento involucradas en el proyecto. Acoge C.T. 879DEL 13-06-11.

Cal; -3 ,Io. 0 —40 Bogotá, DA. Edificio anexo

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ANLA

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AUIORIDAD NACIONALDE UCENCAS AMRIENTALES

- Levantan las medidas preventivas impuestas mediante elartículo segundo de la Resolución 1096 de¡ 14 de junio de

6 Resolución 1826 1210912011 ANLA 2011 (MAVDT) y mediante los artículos segundo a octavo dela Resolución 1349 del 14 de junio de 2011 (CAM). C.T. 136604-09-11.

- Ordena la apertura de investigación ambiental contra laempresa EMGESA S.A. E.S.P., identificada con NIT.860063875-8, con el fin de verificar las acciones u omisiones

7 Auto 2970 1310912011 ANLA constitutivas de infracción ambiental, en el marco delProyecto HidroeIéctco El Quimbo, como consecuencia delas medidas preventivas impuestas por medio de lasResoluciones 1096 y 1349 del 14 de junio de 2011.

- Aclara Auto numerado en su versión física con el 2870, en el8 Auto 2976 1310912011 ANLA sentido de que el número correcto es el 2970 del 13 de

septiembre de 2011.Impone medida preventiva de amonestación escrita en contra

9 Resolución 0025 2611012011 ANLA de EMGESA S.A. E.S.P. por no presentar oportunamente losajustes al estudio de vulnerabilidad.

- Resolución por la cual se levanta la medida preventiva desuspensión de la compra y negociación de predios impuesta

10 Resolución 0123 29/11/2011 ANLA mediante el articulo primero de la Resolución 1096 del 14 dejunio de 2011. Acoge C.T. 1884 del 25 de noviembre de2011.

- Apertura de Investigación, pues de acuerdo con el conceptotécnico 2641 del2l de junio de 2013e, EMGESA S.4., puedeestar infringiendo actos administrativos emanados de laautoridad ambiental, porque, al parecer, no ha cumplido conlo establecido en el numeral 1 del Auto 0607 del 5 de maro de2013, al no haber informado a la ANLA sobre la programación

11 Auto 4418 2311212013 ANLA e inicio de las actividades correspondientes al Proyecto deCompensación por aprovechamiento de cobertura vegetal porflora, conforme lo requiere el numeral 2 del artículo 3' delAuto 954 de 2012.Asi mismo, podría no estar observando lasobligaciones del articulo 2" dela Resolución 1814 de 2010.

- Ordena apertura de Investigación.12 Auto 1595 0510512014 ANLA

- Impone medida preventiva de suspensión de actividades

13 Resolución 0470 1610512014 ANLAaprovechamiento forestal vías sustitutivas.

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A, N, Subdirección de Evaluación y Seguimiento

AUTORDAD

DE L.CNCA TALES

OTRAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO

Reportes de gestión:

- Mesas de seguimiento- Rescate contingente de peces- Reporte respecto a la compensación al gremio de constructores- Puestos de control de tráfico ilegal de fauna y flora- Programa de manejo y protección del recurso ícflco y pesquero

Seguimiento a los compromisos de las mesas de concertación.

Esta Autoridad precisa que ni el MADS ni la ANLA son actores involucrados en los acuerdos suscritos, apesar de que algunos de sus delegados acompañaron algunas de las cinco mesas celebradas.

Los actores involucrados en el acuerdo final son:

• Gobernación del Departamento del Huila• Municipio de/Agrado• Municipio de Garzón• Municipio de Altamira• Municipio de Gigante• Municipio de Paicol• Municipio de Tesalia• Ministerio de Minas y Energía• Ministerio de Agricultura• EMGESA S.A. E.S.P.

En la copia del documento que reposa en la ANLA, no aparece la firma de los Ministerio de Minas y deAgricultura, pero hay compromisos de dichas carteras.

Cómo están involucrado el MADS y la ANLA en las mesas de concertación?

Los 48 compromisos del acuerdo están clasificados de la siguiente manera:

Gobernación: 5 compromisosMinisterio de Minas y Energía: 2 compromisos (no firmó)Ministerio de Agricultura:6 compromisos (no firmó)Municipios: 5 compromisos.EMGESA S.A. E.S.P.: 30 compromisos, de los cuales 16 compromisos son de carácter

ambiental y se incluyeron en el artículo décimo segundo de la licencia ambiental del proyecto(Res. 899 del 15-05-09) y que son objeto de seguimiento por parte de esta Autoridad.

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/IsU Subdarecciori de Evaluación y SeguimientoANLAAUTORIDAD NACIONAL

DE LICENCIAS AMBIENTALES

"MEDIDAS DE MANEJO AMBIENTAL:

11. EMGESA S.A. E.S.P. de acuerdo a la Resolución No. 899 de 2009 artículo 10 numeral 2.2.1.1.2,debió entregar un estudio al iniciar el tercer año de construcción del Embalse sobre elordenamiento de la ronda de la franja de protección perimetral para darle respectivo usoconforme a una zonificación ambiental, donde se definen los usos para embarcaderos, áreas deprotección, áreas de recreación, áreas turísticas, etc., garantizando el manejo adecuado durantela vida útil del proyecto. Teniendo en cuenta lo anterior, explique:

11.1 ¿El estudio presentado por la Empresa está aprobado por el Ministerio?"

RESPUESTA: En cumplimiento de esta obligación, EMGESA presentó dentro del anexo 7.4.7.Fortalecimiento Institucional" del Informe de Cumplimiento Ambiental N°7, el "Documento OrdenaciónZona de Ronda Embalse", el cual se terminó en septiembre del 2012.

Dicho documento incluye la zonificación ambiental, con el plan de usos del suelo de la ronda deprotección del embalse de El Quimbo, y con los detalles de pendiente, conformación suelos y posiblesaccesos a 11 posibles sitios para los embarcaderos.

Con base en lo anterior y lo presentado por la Empresa durante las visitas de seguimiento ambiental alproyecto, la ANLA considera que la Empresa cumplió con la obligación.

"11.2 ¿Qué correcciones se realizaron al estudio?"

RESPUESTA: No está dentro de las funciones de la ANLA el realizar correcciones a los estudiosrequeridos a las empresas dentro de la Licencia Ambiental. En caso de considerar errados oinsuficientes los estudios presentados, lo procedente de acuerdo con el Decreto 2820 de 2010, esrequerir la información que se considere faltante. En este caso, la información presentada se considerósuficiente para el cumplimiento de la obligación.

"11.3 ¿Cuáles medidas ha tomado el Gobierno para que la Empresa cumpla con lo solicitado enéste numeral?"

RESPUESTA: En cumplimiento de la función de seguimiento al cumplimiento de las obligaciones de laLicencia Ambiental y actos administrativos posteriores, la ANLA hace lo correspondiente en lo que tieneque ver con esta obligación, y continuará haciéndolo hasta que se completen las actividades previstasen su totalidad.

"12. ¿Cuántas hectáreas ha adquirido EMGESA S.A. E.S.P, en zonas localizadas en losecosistemas de bosque seco tropical y bosque muy seco tropical?"

RESPUESTA: De acuerdo con lo informado por EMGESA, con corte de información a 3 de septiembrede 2014, las siguientes son las cantidades de predios y áreas adquiridos y escriturados a su nombre en

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los ecosistemas de bosque seco tropical y bosque muy seco tropical en cumplimiento de lasobligaciones relacionadas con el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo:

Compra de Área en Bosque Seco y Muy Seco Tropical PHEQ

Zona Requerida Total de Área Adquirida! Área RequeridaPredios (ha) para Actividad

Restauración 79 7506,64 4857,39Franja de Protección 240 744,26 265,64

TOTAL 319 8250,90 5123,03

"13. De acuerdo al seguimiento del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a! Proyectode Educación Ambiental, previsto en el manejo social de! Plan de Manejo Ambiental, explique:

13.1 ¿Cuántos talleres ha realizado la Empresa con las comunidades locales, con el fin dedivulgarla importancia de los usos y los servicios ambientales que prestan las áreas protectorasde hábitats?

13.2 ¿En qué zonas del departamento de Huila?"

RESPUESTA: Según lo reportado por la Empresa con fotos, listados de asistencia y contenidos,durante el contrato con la Universidad del Tolima para desarrollo del componente fauna en la zona dereubicación de fauna silvestre y plan de rescate en el vaso del embalse adelantado de noviembre de2012 a febrero de 2013, el equipo de dicha entidad adelantó las siguientes actividades de educaciónambiental:

N° Taller Veredas participantes N° AsistentesRioloro 12

1 Conservación de anfibios, reptiles y aves Veracruz 13(Noviembre) Balseadero 9

San José de Belén 11

2 Conservación de mamíferos y cartografía Balseadero 15

social (Diciembre) San José de Belén 103 Conservación de flora (Enero) Balseadero 11

Actividad de cierre y taller de socialización con Balseadero 11La Escalereta (Marzo) Escalereta 16

Total 108

El material didáctico desarrollado por la universidad para los mencionados talleres, se está utilizandotambién por parte del componente social, para las actividades de capacitación ambiental dirigido a lasinstituciones educativas y población adulta de las áreas de influencia directa del Proyecto.

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AUTORIDAD NACIONALDE LICENCIAS ABIENTALES

Dichas actividades están incluidas dentro de un Plan de Capacitación integral dirigido a niños, niñas yjóvenes del AID, que ha venido desarrollando talleres curriculares y jornadas recreativas, deportivas yculturales con el objetivo de capacitar la población infantil y juvenil del AID, articulados a los ProyectosEducativos Institucionales - PEI y como complemento a las actividades curriculares de las InstitucionesEducativas, de acuerdo a las concertaciones realizadas con directivos y docentes.

El Plan de Capacitación Integral fue desarrollado con una cobertura de 10 veredas en tres municipiosdel AID y en las Instituciones y Centros Educativos existentes en ellos: Municipio de El Agrado en lasveredas: La Cañada, El Pedernal, Yaguilga, La Escalereta y San José de Belén; Municipio de Giganteen el Centro Poblado Río loro; Municipio de Garzón en las veredas Balseadero y Jagualito, y losCentros Poblados de Majo y La Jagua, en total se realizaron 39 eventos del Plan de Capacitación, conuna asistencia de 1510 personas, con un índice de participación del 83%.

14.¿Cuáles son los criterios técnicos que sustentan la inclusión inicial del embalse de Betaniacomo área de influencia directa en el estudio de impacto ambiental, elaborado por la mismaempresa, únicamente durante la etapa de construcción, y posteriormente es excluido durante lasetapas de llenado y operación?

RESPUESTA: A diferencia de lo planteado en la pregunta, el embalse de Betania si ha sido tenido encuenta como área de influencia directa desde el punto de vista de CALIDAD DE AGUAS, durante elllenado y operación, desde el Estudio de Impacto Ambiental, con base en el siguiente texto tomado dedicho estudio:

"El área de influencia directa comprende el vaso del embalse y las zonas de obras (vías de acceso a lossitios de obras, zonas de vías y obras, áreas de campamentos y talleres, así mismo las zonas depréstamo ubicadas en playas y vegas de los ríos Magdalena y Páez, vías sustitutivas), se incluye dentrodel área de influencia directa el río Magdalena aguas abajo del sitio de presa y el embalse de Betanía,desde el punto de vista de calidad de aguas, aspecto que es analizado como impacto potencial delproyecto, durante el llenado y operación. ( ... )."

"PISCICULTURA:

15.¿Bajo qué supuestos fácticos y técnicos se determina que no se va a afectar el embalse deBetania durante las etapas de llenado y operación, cuando los impactos no identificados pero síprevisibles técnicamente demuestran que la alteración de caudales y la calidad de aguas,afectan de manera grave la producción piscícola del dicho embalse?"

RESPUESTA:

En desarrollo de la misión que incluye la evaluación, seguimiento y control de los proyectos, obras oactividades sujetos a licenciamiento, permisos o trámites ambientales, se otorgó la licencia ambientalcon base en el análisis de la información aportada por la empresa, la cual indica que para la modelación

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ANÁ

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NALU x 1.

en Betania, consideró el tiempo de llenado y un (1) año más para analizar con un horizonte más ampliola variación en la calidad del agua.

Tal como puede encontrar en el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, "El modelo de simulaciónde calidad del agua, se calibró con los registros de Betania obtenidos durante el 2007 relacionados concaudales de entrada, niveles del embalse y caudales turbinados, así como la calidad del agua típica deacuerdo con los seguimientos períódicos realizados por Emgesa en el embalse y sus tributarios encumplimiento de su Plan de Manejo Ambiental."

Lo anterior, así como lo indica el EIA, tuvo en cuenta las condiciones del medio con la carga piscícolade la época (año 2007).

"16.¿Por qué el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible no ha desplegado los mediostécnicos necesarios para asegurar que el plan de llenado de la hidroeléctrica "E! Quimbo" noafecta los desarrollos piscícolas del embalse de Betania?"

RESPUESTA: En atención a que tanto las condiciones de clima previstas para el llenado, como lascondiciones generales del área han cambiado desde la fecha de la modelación que aparece en elEstudio de Impacto Ambiental, la ANLA consideró pertinente llevar a cabo una nueva modelación conbase en las condiciones actuales, para lo cual Emgesa contrató a la Universidad Nacional de Colombia;el 24 de octubre de 2013 se llevó a cabo en Neiva la socialización de las actividades a desarrollar.

Con base en los resultados de los estudios que se encuentran en ejecución, se podrá definir el efectodel llenado y operación del embalse de El Quimbo sobre la actividad piscícola en Betania.

"17.¿Por qué las contingencias previsibles y no identificadas no aparecen en el estudio deimpacto ambiental de EMGESA S.A. E.S.P., ni en la licencia ambiental otorgada por elMinisterio?"

RESPUESTA: En primer lugar, es importante anotar que en el año 2007 no estaba previsto uncrecimiento exponencial y descontrolado de la producción piscícola en el embalse de Betania.

Por otra parte, en atención a su preocupación por el sector, es importante tener en cuenta quetradicionalmente se ha venido haciendo eco de la sostenibilidad de la actividad piscícola en el embalsede Betania, sin mencionar en ningún momento la necesaria sostenibilidad de la calidad del medio comosoporte de la actividad productiva.

En ese contexto, es oportuno tener en cuenta que desde el año 2005, los administradores de laHidroeléctrica de Betania con base en los monitoreos de calidad de agua en el embalse, han reportadoa la CAM sobre el progresivo deterioro de la calidad de agua, en relación con el aumento de laproducción piscícola en ese cuerpo de agua.

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Subdirección de Evaluación y SeguimientoAUTORIDAD NACIONAL

DE LICENCIAS AMBIENTALES

La tendencia al deterioro en la calidad de agua, implica que el medio (embalse de Betania) comenzó amostrar deterioro de su sostenibilidad a largo plazo desde esa época, en la cual la producción anualreportada fue del orden de 4.500 toneladas/año, de acuerdo con lo presente en el Informe de GestiónPiscicultura 2011 de la Secretaria Técnica Cadena Piscícola del Huila.

Esto quiere decir que si de acuerdo con lo reportado en diferentes instancias la producción durante losaños 2012 y 2013, ha superado las 34.000 toneladas/año, las principales consecuencias nocivas onegativas para la biomasa o peces del embalse de Betania, obedece hasta el momento en primer lugara la exagerada utilización del medio acuático.

"18.El Ministerio de! Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible conminó a EMGESA S.A. E.S.P. alcumplimiento de ciertas obligaciones dentro del "Plan de gestión social" que hasta ahora no sehan cumplido por parte de la empresa. ¿Dónde está la auditoría del Ministerio para asegurar elcumplimiento de sus directrices en megaproyectos que involucran sectores clave como laexplotación sostenible de recursos energéticos?"

RESPUESTA: En primer lugar, es importante aclarar que no está dentro de las funciones del Ministeriode Ambiente y Desarrollo Sostenible el adelantar auditorías en megaproyectos.

De conformidad con lo establecido en el Numeral 2 del Artículo Tercero del Decreto 3573 de 2011, porel cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA— y se dictan otras disposiciones,es función de la ANLA "Realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales".

En cumplimiento de lo dispuesto en la Licencia Ambiental (Resolución 899 del 15 de mayo de 2009) ydemás actos administrativos relacionados, EMGESA informa sobre el cumplimiento de cada proyecto yactividad, por medio de los Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA) cada seis meses.

Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones presentes en la Licencia Ambiental y actosadministrativos posteriores, esta Autoridad en desarrollo de sus funciones, hace el seguimientocorrespondiente, tanto mediante la revisión de los ICA, como mediante la confirmación de la informacióndurante las visitas de seguimiento al Proyecto.

"19.En respuesta al derecho de petición interpuesto ante la A.N.L.A., el 27 de Mayo de 2014, elsubdirector de evaluación y seguimiento dr. Mauricio Maldonado Chaya, responsabiliza alMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de ser quien: sacó al embalse de Betania del áreade influencia directa de la licencia ambiental, ¿En Colombia, quién asume la responsabilidadjurídica y patrimonial por hechos que han podido prevenirse pero que han escapado decontroles por parte del Estado, en este caso del Ministerio de Ambiente y DesarrolloSostenible?"

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ANLA

Subdirección de Evaluación y Seguimiento

;RDAO '\CONADE JC S /''HE TAfS

RESPUESTA: No se encontró un Derecho de Petición relacionado con la pregunta y radicado el 27 demayo de 2014. Al no contar con un dato preciso para ubicar el documento en mención, es imposiblecontar con los elementos necesarios para responder.

"20.El derecho a la participación de los grupos de población potencialmente afectados porcausa de megaproyectos, constituye una de las formas en las que el Estado puede y debeprevenir que visiones generales de! "interés general" generen graves afectaciones a losderechos de las personas, por esto no se entiende ¿Por qué el Ministerio del Medio Ambiente yDesarrollo Sostenible responsable a nivel nacional de esta cartera no ha hechopronunciamientos oficiales encaminados a darle solución a esta situación que afecta la industriapiscicultora que produce e! 40% de la carga pesquera que se consume y se exporta en el país?."

RESPUESTA: Como se mencionó con anterioridad, de conformidad con lo establecido en el Numeral 2del Artículo Tercero del Decreto 3573 de 2011, por el cual se crea la Autoridad Nacional de LicenciasAmbientales —ANLA— y se dictan otras disposiciones, es función de la ANLA "Realizar el seguimiento delas licencias, permisos y trámites ambientales".

En desarrollo de dicha función, la ANLA ha emitido múltiples pronunciamientos oficiales al respecto,tanto al responder a solicitudes de particulares y de diferentes entidades, como durante las reunionesllevas a cabo sobre el tema, las cuales son de conocimiento del gremio de los piscicultores.

"21.Dentro de la estructura de nuestro Estado Socia! de Derecho, el principio de protección almedio ambiente, como fin y deber social a cargo de! Estado, se erige como uno de los valoresmás importantes de nuestro ordenamiento jurídico, ante lo cual, e! Estado, cuenta con las másamplias facultades para proteger las riquezas naturales de la Nación y garantizar el derecho a unambiente sano sin perjuicio que, en el uso de tales facultades, el Estado pueda lograr que eldesarrollo económico sea compatible con las políticas encaminadas a la defensa del derecho alambiente sano, por tanto el Estado debe fijar unos límites para la ejecución de obras yactividades de gran magnitud que conllevan un peligro de afectación grave a los recursosnaturales, al ambiente y a la población en general. ¿Ha sido el Ministerio eficiente al no trazarlímites ni establecerlos criterios que van a regular juridicamente hablando un proyecto que tieneun impacto socioeconómico alto como lo es la hidroeléctrica "El Quimbo"?"

RESPUESTA: Al respecto, es de señalar que existe un instrumento de control y manejo ambiental quees la Licencia Ambiental, sus modificaciones y el respectivo seguimiento que hace la ANLA, todo elloenmarcado dentro de las regulaciones ambientales vigentes, con lo cual se fijan límites y compromisosrelacionados con la ejecución de las obras de gran magnitud y se asegura su cumplimiento.

"22.A través de diversas resoluciones expedidas por el Ministerio de! Medio Ambiente se ha idoestableciendo cómo el Ministerio ha tratado de subsanar los errores cometidos mediante actos

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AUTORIDAD NACIONALDE LICE'C fAS AMBIENTALES

administrativos sucesivos, en este caso la pregunta es: ¿Hasta qué punto el Ministerio ha sidonegligente en el ejercicio de sus funciones?"

RESPUESTA: En primer lugar, es importante anotar que la afirmación anterior a la pregunta carece decualquier argumento técnico y jurídico válido. Por otra parte, el hecho de expedir actos administrativosposteriores a la Licencia (Resoluciones de Modificación de la Licencia Ambiental), lejos de implicarnegligencia, obedece a lo previsto en el Artículo 29 del Decreto 2820 del 5 de agosto de 2010, por elcual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales en los siguientestérminos:

"Artículo 29°. Modificación de la licencia ambiental. La licencia ambiental deberá ser modificada en lossiguientes casos:

1. Cuando el titular de la Licencia Ambiental pretenda modificar el proyecto, obra o actividad de formaque se generen impactos ambientales adicionales a los ya identificados en la licencia ambiental;

2. Cuando al otorgarse la licencia ambiental no se contemple el uso, aprovechamiento o afectación delos recursos naturales renovables, necesarios o suficientes para el buen desarrollo y operación delproyecto, obra o actividad;

3. Cuando se pretendan variar las condiciones de uso, aprovechamiento o afectación de un recursonatural renovable, de forma que se genere un mayor impacto sobre los mismos respecto de loconsagrado en la licencia ambiental;

4. Cuando el titular del proyecto, obra o actividad solicite efectuar la reducción del área licenciada o laampliación de la misma con áreas lindantes al proyecto;

5. Cuando el proyecto, obra o actividad cambie de autoridad ambiental competente por efecto de unajuste en el volumen de explotación, el calado, la producción, el nivel de tensión y demás característicasdel proyecto;

6. Cuando como resultado de las labores de seguimiento, la autoridad identifique impactos ambientalesadicionales a los identificados en los estudios ambientales y requiera al licencíatario para que ajustetales estudios.

7.Cuando las áreas objeto de licenciamiento ambiental no hayan sido intervenidas y éstas áreas seandevueltas a la autoridad competente por parte de su titular;

8.Cuando se pretenda integrar la licencia ambiental con otras licencias ambientales."

Por tanto, al hacer las modificaciones se ha cumplido con la normavidad sobre licenciamientoambiental, sin negligencia en el ejercicio de las funciones.

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Cualquier información adicional estaremos atentos a suministrarla.

Cordialmente,

MA R IO MALDONADO CHAYASubdirector de Evaluación y Seguimiento

CC. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dr. Andrés Alvarado, Asesor Despacho Ministro, Calle 37 No. 8-40, Bogotá D.C.Ministerio de Minas y Energía, Calle 43 No 57 - 31 CAN - Bogotá Colombia- PBX (571) 2200300 —CAN

Proyectó: Carmina Imbachi Ceron. - Profesional Jurídico Especializado - ANLA1 -Ana Leonor Porras Rodríguez - Profesional Social - Sector Energía - AN&lFabio Garzón Botero - Profesional Biótico - Sector Energía - ANLAAndres Alarcón Rozo - Profesional Técnico Físico - Sector Energía - A LA

Revisó: Silvia Vanegas Pinzón - Profesional Especializado - con funciones de Coordinadora Técnica - Sector Energía - ANJIA,.Javier Alfredo Molina Roa - Líder Jurídico - Sector Energía - Subdirección de Evaluación y Seguimiento - ANL..

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