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DOCUMENTO INTEGRADOR
MODELOS O MIRADAS SOBRE LA DISCAPACIDAD
En las clases de las Dras. Agustina Palacios y Patricia Brogna recorrimos los
modelos de construccin social en relacin con la discapacidad. Pero esos
modelos no son secuenciales ya que en la actualidad se observa la coexistencia
de distintas posturas y miradas. Muchas prcticas y polticas persisten
representando los diferentes modelos, a pesar de que el Modelo Social de la
Discapacidad ha sido adoptado en la Convencin sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, desde la perspectiva de los Derechos Humanos (en
adelante, DDHH).
Esos modelos o miradas sobre la discapacidad, pueden esquematizarse del
siguiente modo:
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CONVENCIN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CONDISCAPACIDAD
La Convencin sobre los derechos de las personas con discapacidad y suProtocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de
las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo
de 2007.
La CDPD fue la Convencin que ms cantidad de ratificaciones tuvo en menor
tiempo. Hoy cuenta con 150 ratificaciones.
Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI y la
primera convencin de derechos humanos que se abre a la firma de las
organizaciones regionales de integracin.
Seala un cambio paradigmtico de las actitudes y enfoques respecto de las
personas con discapacidad.
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En nuestro pas, la CDPD fue aprobada por ley 26.378, en el ao 2008. Nuestro
sistema constitucional adopta la solucin monista, al establecer que los tratados
internacionalesratificados por el pas son ley suprema de la Nacin (art. 31 de laConstitucin Nacional), es decir, quedan incorporados al derecho interno desde su
aprobacin y con el carcter de ley suprema. Adems, por el art. 75, inc 22 de la
Constitucin Nacional, los tratados tienen jerarqua superior a las leyes.
Es decir que desde su aprobacin, la CDPD tiene jerarqua superior a la Ley
Nacional de Educacin.
Sin embargo, algunos tratados tienen an una mayor jerarqua: son algunos delos tratados internacionales de Derechos Humanos. La reforma constitucional del
ao 1994 incorpor en el art 75 inc 22 una lista de tratados de derechos humanos
a los que les confiri jerarqua constitucional. Esto quiere decir que deben
entenderse complementarios de los derechos y garantas reconocidos por la
Constitucin Nacional y que ninguna ley puede contradecirlos, bajo pena de ser
inconstitucional.
Para que un tratado de derechos humanos tenga jerarqua constitucional, hace
falta una ley que as lo declare. Pero no una ley cualquiera: una ley aprobada con
una mayora agravada, una mayora ms importante que la que requiere
cualquier otra ley. Esa mayora es de las dos terceras partes de los miembros de
cada Cmara del Congreso Nacional.
Hasta noviembre de 2014, tenan jerarqua constitucional: La Declaracin
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaracin Universal deDerechos Humanos; la Convencin Americana sobre Derechos Humanos; el
Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales; el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Polticos y su Protocolo Facultativo; la
Convencin sobre la Prevencin y la Sancin del Delito de Genocidio; la
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Convencin Internacional sobre la Eliminacin de todas las Formas de
Discriminacin Racial;la Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de
Discriminacin contra la Mujer; la Convencin contra la Tortura y otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;la Convencin sobre los Derechos del
Nio.
En noviembre de 2014 se sancion la ley 27044 que dio jerarqua
constitucional a la CDPD.
Por eso, la CDPD integra lo que se llama el bloque de constitucionalidad de la
Repblica Argentina y complementa todos los derechos y garantas reconocidos
por la Constitucin Nacional.
Entoncesy para referirnos solo al tema que nos convoca, esto es, educacin- el
derecho de ensear y de aprender (reconocido en el art. 14 de la Constitucin
Nacional) debe ser entendido como derecho de ensear y aprender en sistemas
de educacin inclusivos; la facultad y consecuente obligacin del Congreso de la
Nacin de: Proveer lo conducente a la prosperidad del pas, al adelanto y
bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustracin, dictando planes
de instruccin general y universitaria (art 75, inc 18 de la Constitucin Nacional),
debe ser entendido como dictar: planes de instruccin general y universitaria en
sistemas de educacin inclusiva.
Muchos de nosotros consideramos que los tratados internacionales son algo
lejano, algo que hace a la relacin entre pases y que no nos tocan en lo ms
mnimo. Otros pensamos que son declaraciones de principios sin mayores
consecuencias prcticas. Pero no es as. Y saberlo nos empodera como
ciudadanos.
Antes que nada, los tratados no son indiferentes en la vida de cada ciudadano,
porque ante cualquier conflicto que llegue a los tribunales, los jueces deben hacer
http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT003http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT003http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT004http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT004http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT005http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT005http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT006http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT006http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT006http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT006http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT005http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT005http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT004http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT004http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT003http://www.infojus.gob.ar/nacional-constitucion-nacional-constitucion-nacion-argentina-lns0002665-1994-08-22/123456789-0abc-defg-g56-62000scanyel#CT003 -
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no slo el control de constitucionalidad (ver si la ley aplicable es ajustada a la
Constitucin, si el acto impugnado o controvertido ante el juez se ajusta o no a la
Constitucin), sino tambin un control de convencionalidad: es decir, si se ajusta
a los tratados internacionales de derechos humanos.
Y adems, porque el incumplimiento de un tratado internacional puede acarrear
responsabilidades para el Estado que no lo cumple. Son diversos los
mecanismos. As, en el caso de la CDPD, existe la posibilidad de denunciar
violaciones del Estado ante el rgano de control (Comit para los Derechos de las
Personas con Discapacidad), tal cual lo dispone el Protocolo Facultativo a la
Convencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Pero este
mecanismo requiere el agotamiento de los recursos internos del Estadodemandado. Es decir, hay que litigar primero dentro del pas, cumplir con todas
las instancias, y recin luego llegar al organismo internacional.
Otro mecanismo es el del propio control que el Comit de los Derechos de las
Personas con Discapacidad realiza sobre cada pas firmante de la Convencin.
En efecto, cada cierta cantidad de aos, los pases deben presentar un informe
sobre el grado de cumplimiento de la CDPD. Este informe se realiza siguiendo
artculo por artculo de la CDPD.
A su vez, la sociedad civil puede presentar un informe alternativo, en el que
generalmente mientras los Estados en sus informes dicen todo lo bueno se
indica cunto no se ha hecho por cumplir la CDPD.
En el caso de Argentina, el primer (y hasta ahora nico) informe del Comit sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, ha dicho de nuestro pas, en
materia de educacin:
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Es importante conocer esto pues, dado que la interpretacin del alcance y
significado de los derechos y obligaciones establecidas por los tratados del
sistema universal corresponde en ltima instancia al rgano designado por los
respectivos tratados en el caso de la Convencin sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, el Comit de Derechos de las Personas conDiscapacidad, los jueces nacionales deben tener en cuenta esa interpretacin
ante una controversia en sede interna. De no hacerlo, los jueces podran provocar
la determinacin de un incumplimiento de las obligaciones del Estado en sede
internacional. Otras fuentes de interpretacin emanadas del Comit sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad son las llamadas Observaciones
Educacin (artculo 24)
37. El Comit toma nota de que el marco legislativo que regula la educacin en elEstado parte contiene de manera expresa el principio de la educacin inclusiva(artculo 11 de la Ley N. 26206). Sin embargo, observa con preocupacin que laimplementacin de este principio se ve limitada, en la prctica, por la falta deadecuacin de los programas y planes de estudio a las caractersticas de loseducandos con discapacidad, as como por la prevalencia de barreras de todo tipoque impiden que las personas con discapacidad accedan al sistema educativo encondiciones de igualdad y no discriminacin con el resto de estudiantes. El Comitexpresa su gran preocupacin por el elevado nmero de nios y nias condiscapacidad atendidos en escuelas especiales y por la ausencia de centros derecursos educativos que apoyen la inclusin efectiva de los estudiantes condiscapacidad.
38.El Comit recomienda al Estado parte que desarrolle una poltica pblica deeducacin integral que garantice el derecho a la educacin inclusiva y que asignerecursos presupuestarios suficientes para avanzar en el establecimiento de unsistema de educacin incluyente de estudiantes con discapacidad. Igualmente, elComit insta al Estado Parte a intensificar sus esfuerzos para asegurar laescolarizacin de todos los nios y nias con discapacidad en la edad obligatoriaestablecida por el Estado parte, prestando atencin a las comunidades de lospueblos indgenas y a otras comunidades rurales. Asimismo, urge al Estado partea tomar las medidas necesarias para que los estudiantes con discapacidadinscritos en escuelas especiales se incorporen a las escuelas inclusivas y a ofrecerajustes razonables a los estudiantes con discapacidad en el sistema educativogeneral.
Comit sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad - Observaciones finalessobre el informe inicial de Argentina, aprobadas por el Comit en su octavo perodo desesiones (17 a 28 de septiembre de 2012)
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Generales (documentos interpretativos de disposiciones de la Convencin
adoptadas por el Comit para guiar a los Estados partes).
Recordemos, adems, que el art. 4, incs a y b de la CDPD, obliga a los Estados a
adecuar toda su legislacin interna a la CDPD: a) Adoptar todas las medidas
legislativas, administrativas y de otra ndole que sean pertinentes para hacer
efectivos los derechos reconocidos en la presente Convencin; b) Tomar todas las
medidas pertinentes, incluidas medidas legislativas, para modificar o derogar
leyes, reglamentos, costumbres y prcticas existentes que constituyan
discriminacin contra las personas con discapacidad.
En tal sentido, nos preguntamos, la Ley Nacional de Educacin esadecuada a la CDPD?
LEY NACIONAL DE EDUCACIN
Para una rpida revisin, analizamos el art 11 inc n de la LNE (sugerimos tener a
mano el texto de la ley)
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La LNE estructura el sistema educativo en modalidades. As, encontramos:
Las modalidades, segn la LNE, son:
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Pero luego encontramos que, especficamente para la Modalidad Educacin
Especial, la LNE establece:
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Entonces, concluimos que:
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INFORME TEMTICO SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIN DE LASPERSONAS CON DISCAPACIDAD (ONU-Diciembre 2013)
En diciembre de 2013, la Oficina de la Alta Comisionada para los DDHH de
Naciones Unidas emiti un Informe Temtico sobre el Derecho a la Educacin de
las Personas con Discapacidad. Vimos ese informe en la clase del Dr. Facundo
Chvez Penillas.
De all podemos extraer que la educacin inclusiva fue adoptada por la CDPD
como el mejor sistema para acoger tambin a las personas con discapacidad, con
base en anteriores desarrollos e instrumentos internacionales.
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MDULO EDUCACIN INCLUSIVA
La oferta educativa puede asumir alguna de estas formas, que se relacionan con
alguno de los modelos sobre discapacidad que ya vimos.
Modelo Mdico
Modelo de Prescindencia Modelo Mdico Modelo Social
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Como vimos, la Educacin inclusiva contempla y brinda apoyos que benefician a
TODXS lxs estudiantes.
Dispositivos de apoyospara la educacin inclusivaLas ayudas o apoyos para aprender se vinculan con la categora denominada
zona de desarrollo prximo (ZDP) propuesta en 1931 por el psiclogo ruso Lev
Vygotsky (1896-1934). Vygotsky considera el aprendizaje como una actividad
social y lo inscribe en un contexto de colaboracin. La ZDP ha sido muy trabajada
en la literatura y prctica educativa y se relaciona en la actualidad con la
educacin inclusiva ya que por lo general se vincula con la distancia entre el nivel
de desarrollo del alumnx y el desarrollo potencial mediado por los docentes ycompaerxs a travs de todos los saberes que fluyen en la escuela comn. Este
concepto puede guiar la incidencia de la accin educativa.La zona de desarrollo
prximo plantea desafos concretos acerca de cmo se llega a interiorizar la
cultura por la mediacin de los dems.
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Las propuestas de Vygotsky abrieron la puerta a la importancia del contexto social
en el proceso educativo y el papel vital de los procesos de autorregulacin de los
propios procesos de conocimiento. Este tipo de abordajes ponen el foco no slo
en la enseanza de contenidos sino tambin en las propias estrategias
metacognitivas puestas en juego para el aprendizaje. En todos los casos, el
docente tiene un rol muy activo, brindando informacin, ofreciendo claves y
ayudas ajustadas a las caractersticas del alumnx, realizando intervenciones que
supongan una retroalimentacin para el estudiante, brindando seguridad en el
proceso y al tiempo que estimula al alumnx a participar activamente en l. Cuando
son necesarios apoyos especficos, estos pueden consistir en dispositivos de
andamiaje, donde lo que es esencial para un alumnx es til para todxs (Ver Valdez
2007, 2009). Las ayudas o apoyos son llevadas a cabo por uno o varios docentes,y a veces tambin por otros actores del sistema educativo y consisten en
estrategias didcticas que permiten crear entornos significativos y comprensiones
compartidas. Las ayudas para aprender son herramientas que permiten disminuir
barreras para el aprendizaje y la participacin.
Los andamiajes se refieren al tipo, calidad y cantidad de apoyos. Los sistemas
alternativos/aumentativos de comunicacin (SAAC) son algunos de los apoyos
posibles.
La enseanza est constantemente ligada a la evaluacin, ya sea del trabajo
diario que cada docente realiza, reajustando su prctica en base al desarrollo de la
clase y la participacin de los alumnos, como la evaluacin de procesos que
refieren los alumnos.
Mucho se ha escrito acerca de la evaluacin. Una de las posibles definiciones la
concibe como un proceso sistemtico que implica recoleccin de informacin con
el objeto de describir la realidad y justifica esta prctica en razn de la necesidad
de realizar un anlisis continuo tanto de los procesos como de los resultados, para
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poder indagar los progresos que va haciendo cada alumno, como as tambin
acerca de los saberes enseados y los aprendidos.
Desde esta perspectiva, la evaluacin puede ser concebida como un proceso
continuo por el cual se pueden percibir los posibles cambios en los estudiantes; en
este sentido, las actividades de evaluacin estn presentes en cada una de las
actividades de enseanza. Se puede evaluar en distintos contextos y, modificando
las situaciones, de formas variadas. En todos estos procesos, los educadores
deben saber apreciar aquello que los estudiantes han logrado y estos a su vez,
tienen la oportunidad de poder dimensionar y reconocer lo que aprendieron.
Sin embargo, es muy frecuente confundir la evaluacin con la acreditacin. Laevaluacin concebida como premio/castigo parece ser la estructura ms difcil de
movilizar en el campo de la enseanza.
Para lex Kozulin (2000: 88-89) la aparicin de la evaluacin dinmica est
vinculada con los siguientes principios cognitivos:
1. Los procesos cognitivos son muy modificables. Por esta razn, la tarea
de evaluar consiste en determinar el grado de modificabilidad en lugar del
nivel manifiesto de rendimiento.
2. La evaluacin interactiva que incluye la fase de aprendizaje proporciona
una comprensin mejor de la capacidad de aprendizaje del nio que la
ejecucin sin ayuda.
3. El objetivo de la evaluacin es poner de manifiesto el potencial de
aprendizaje del nio y proponer intervenciones pedaggicas orientadas a
potenciar y hacer realidad este potencial. Por supuesto que en este tipo de
dispositivos de evaluacin, el evaluador no es neutro u objetivo sino que
est explcitamente comprometido con la tarea y con el alumno, brindando
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retroalimentaciones, comentarios sobre la marcha, claves anticipatorias y
distintos tipos y grados de ayudas.
Estos cuestionamientos sobre la evaluacin llevan a pensar en las estrategias de
enseanza, en las prcticas educativas en forma ms global. Por ello nos
centraremos en el Diseo Universal de Aprendizaje.
Diseo Universal de Aprendizaje
Esta denominacin que refiere tambin a la diversificacin de estrategias de
enseanza. Se basa en la concepcin, avalada por las neurociencias que
muestran que las maneras en que cada unx aprende son diferentes y propias de
cada persona. Por lo tanto, el enfoque, diseo y desarrollo de un currculum, el
Proyecto Educativo Institucional y la planificacin debera, desde el vamos,
disearse adaptndose a la diversidad.
Entoncesqu implica disear una planificacin o Proyecto pensando en la
diversidad?
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El Proyecto institucional y el ndice de inclusin
Una de las formas ms importantes de entender la educacin inclusiva es verla
como el proceso sistemtico de llevar determinados valores a la accin. Se trata
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de un compromiso con valores particulares que representan el deseo de superar la
exclusin que sufren millones de nixs en todo el mundo.
El marco de valores que procede de la obra de Tony Booth y Mel Ainscow (2011),
y que en su conjunto apoyan el desarrollo inclusivo de la educacin, est formado
por una cuidadosa unin de piezas, relativas a temas relacionados con la
igualdad, los derechos, la participacin de la comunidad, el respeto a la diversidad,
la sostenibilidad, la no violencia, la confianza, la compasin, la honestidad, la
valenta, la alegra, el amor, la esperanza el optimismo y la belleza.
Cada una de estas palabras representa un valor, que slo puede ser entendido a
travs de la descripcin ms detallada de su significado. Cada valor resume unrea de accin amplia y la aspiracin a una educacin y una sociedad ms justa.
Todos los valores son necesarios para el desarrollo educativo inclusivo pero, como
nos sealan sus autores, cinco de ellos -igualdad, participacin, comunidad,
respeto a la diversidad y sostenibilidad- pueden contribuir ms que los dems a
establecer estructuras, procedimientos y actividades inclusivas.
Como han sealado Booth y Ainscow (2011), no hay una lista cerrada de valores
inclusivos y es posible, adems, que su relevancia sea diferente segn las
circunstancias, pero la experiencia investigadora que sustenta esta propuesta
resalta la importancia de algunos de ellos en particular, como la igualdad, el
derecho, la participacin, etc.
Estos valores no son independientes, sino entrelazados e interdependientes.
El Index for inclusion (Booth y Ainscow, 2000, 2002, 2011) se presenta como un
conjunto de materiales diseados para apoyar a los centros educativos en el
proceso de avance hacia instituciones inclusivas, teniendo en cuenta los puntos de
vista de la comunidad.
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Es un material que ha sido traducido en ms de 60 idiomas. En castellano ha sido
traducido como Gua para la evaluacin y mejora de la educacin inclusiva por el
consorcio en educacin inclusiva (http://www.consorcio-educacion-inclusiva.es/)
La dimensin Cultura est orientada hacia la reflexin sobre la necesidad de la
creacin de una comunidad educativa segura, acogedora y colaboradora.
Pretende ayudar a analizar hasta qu punto existen valores inclusivos,
http://www.consorcio-educacion-inclusiva.es/http://www.consorcio-educacion-inclusiva.es/http://www.consorcio-educacion-inclusiva.es/http://www.consorcio-educacion-inclusiva.es/ -
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compartidos por todo el profesorado, el alumnado, las familias u otros miembros
de la comunidad.
La dimensin Polticas ayuda a analizar los planes generales y las medidas de
organizacin y funcionamiento que condicionan las actuaciones de mejora del
aprendizaje y de la participacin de todo el alumnado.
Por ltimo, la tercera dimensin, Prcticas, se centra en explorar si las
actividades especficas que se desarrollan alientan el acceso, el aprendizaje y la
participacin de todos.
Con respecto a la construccin de comunidades colaborativas de aprendizaje, sepropone formar redes de apoyo, confianza y seguridad, de manera de conformar
una malla bien entrelazada donde todos los actores tengan participacin:
profesores, alumnos, familias, voluntarios, profesionales externos. Esto implica
tambin que los estudiantes colaboren con sus pares, que los docentes hagan
circular sus saberes prcticos, que las escuelas se abran a otras escuelas y a la
comunidad, conformando un verdadero sistema.
Las escuelas constituyen realidades complejas y sern los mismos actores
quienes deban explorar las necesidades reales ni bien comienza el ciclo escolar y
realizando los ajustes pertinentes a lo largo del ao.
El ndice para la inclusin constituye una autoevaluacin en relacin con la cultura,
las polticas y las prcticas, en un proceso que no tiene fin. No implica una receta
ya que siempre pueden aparecer nuevas barreras para el aprendizaje y un anlisis
para mejorar la participacin de lxs alumnxs. De TODXS los alumnxs.
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APNDICE SOBRE LENGUAJE
Se dice No se dice PorquePersona condiscapacidad
Discapacitado Minusvlido Incapacitado - Deficiente
Esa es la maneraen la que laspersonas condiscapacidad, alcelebrarse laCDPD, eligieronser llamadas
Sustantivar implicaponer toda la cargaen la persona,olvidando que ladiscapacidad esuna construccinsocial.
Las personas condiscapacidad son,precisamente,personas: sujetosde derechos.
Persona condiscapacidadvisual/Persona ciega
No videnteCiego
Usamos personacon discapacidadvisual porque la
persona puedetener baja visinsin ceguera.
Si la persona esciega, no hay nadade malo en decirPersona ciega,siempre queantepongamospersona
Nadie se define por
la negativa: de unapersona morocha,no decimos es norubia
Se dice No se dice PorquePersona condiscapacidad intelectual
RetardadoRetrasado
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Tarado
Persona condiscapacidad
Persona con capacidadesdiferentes
Decir personas concapacidadesdiferentes parecealudir acapacidadesextraordinarias:volar, traspasarparedes.
Se trata de uneufemismo: y loseufemismos seusan cuandoqueremos evitarnombrar algo queconsideramos maloo tab
Persona condiscapacidad
Seres especiales,personas especiales
Todos somos especiales.Se reitera el concepto deeufemismo
Persona condiscapacidad
Necesidades educativasespeciales
Hay personas condiscapacidad queno tienennecesidadeseducativasespeciales
Hay personas sindiscapacidad quetienen necesidadeseducativasespeciales
No son conceptoshomologables.
Persona condiscapacidadintelectual/Persona consndrome de down
MoglicoEl down