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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 194 2.3. FORMULACION COMPONENTE URBANO DEL PBOT MUNICIPIO DE LA VEGA El componente urbano de los Planes Básicos de Ordenamiento Territorial, debe estar constituido por las políticas, acciones, programas y normas para encauzar y administrar el desarrollo físico urbano, como mínimo a 6 años, por lo que se debe señalar y delimitar en forma detallada por lo menos la localización de los siguientes aspectos: 1. Áreas de conservación y protección de los recursos naturales. 2. Conjuntos urbanos, históricos y culturales. 3. Áreas expuestas a amenazas y riesgos. 4. Infraestructura para vías y transporte. 5. Redes de servicios públicos. 6. Equipamientos colectivos y espacios públicos libres para parques y zonas verdes y el señalamiento de las cesiones urbanísticas gratuitas correspondientes a dichas infraestructuras. 7. La estrategia de mediano plazo para el programa de vivienda de interés social. 8. Planes parciales y unidades de actuación urbanística. En esta etapa se presentan las decisiones adoptadas en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, en concordancia con los problemas identificados en el diagnóstico municipal, el documento técnico y la proyección futura que desea el municipio. 2.3.1. OBJETIVO GENERAL 1. El objetivo general del componente urbano es lograr la consolidación del área actual, así como dotarla de la infraestructura necesaria para la consecución de los objetivos planteados dentro del componente general. 2.3.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS 2. Consolidar el perímetro urbano y sus zonas de expansión urbana. 3. Sectorizar el área urbana para efectos de generar unidades de manejo funcional, que garanticen la descentralización de actividades y faciliten la planificación en la prestación de servicios y equipamientos. 4. Clasificar el territorio urbano y sus respectivas zonas por actividades: de vivienda, comerciales, institucionales, de uso mixto e industrial, para garantizar el racional uso del suelo urbano de acuerdo a su funcionalidad. 5. Proteger y mejorar el medio ambiente urbano, para lograr la consolidación de la malla ambiental urbana. 6. Determinar las zonas de amenazas y riesgos en el suelo urbano, con el propósito de garantizar y proteger la vida de los habitantes. 7. Asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios, para garantizar una mejor calidad de vida a la población y a la vez consolidar los objetivos planteados en el componente general. 8. Dotar a la ciudad de una estructura de equipamientos, coherente con sus necesidades actuales y futuras, que le aseguren su competitividad a nivel interno y regional. 9. Generar y construir un sistema vial articulado reconociendo la autopista de carácter

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 194

2.3. FORMULACION COMPONENTE URBANO DEL PBOT MUNICIPIO DE LA VEGA El componente urbano de los Planes Básicos de Ordenamiento Territorial, debe estar constituido por las políticas, acciones, programas y normas para encauzar y administrar el desarrollo físico urbano, como mínimo a 6 años, por lo que se debe señalar y delimitar en forma detallada por lo menos la localización de los siguientes aspectos:

1. Áreas de conservación y protección de los recursos naturales. 2. Conjuntos urbanos, históricos y culturales. 3. Áreas expuestas a amenazas y riesgos. 4. Infraestructura para vías y transporte. 5. Redes de servicios públicos. 6. Equipamientos colectivos y espacios públicos libres para parques y zonas verdes y el

señalamiento de las cesiones urbanísticas gratuitas correspondientes a dichas infraestructuras.

7. La estrategia de mediano plazo para el programa de vivienda de interés social. 8. Planes parciales y unidades de actuación urbanística.

En esta etapa se presentan las decisiones adoptadas en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, en concordancia con los problemas identificados en el diagnóstico municipal, el documento técnico y la proyección futura que desea el municipio. 2.3.1. OBJETIVO GENERAL

1. El objetivo general del componente urbano es lograr la consolidación del área actual, así como dotarla de la infraestructura necesaria para la consecución de los objetivos planteados dentro del componente general.

2.3.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS

2. Consolidar el perímetro urbano y sus zonas de expansión urbana. 3. Sectorizar el área urbana para efectos de generar unidades de manejo funcional, que

garanticen la descentralización de actividades y faciliten la planificación en la prestación de servicios y equipamientos.

4. Clasificar el territorio urbano y sus respectivas zonas por actividades: de vivienda, comerciales, institucionales, de uso mixto e industrial, para garantizar el racional uso del suelo urbano de acuerdo a su funcionalidad.

5. Proteger y mejorar el medio ambiente urbano, para lograr la consolidación de la malla ambiental urbana.

6. Determinar las zonas de amenazas y riesgos en el suelo urbano, con el propósito de garantizar y proteger la vida de los habitantes.

7. Asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios, para garantizar una mejor calidad de vida a la población y a la vez consolidar los objetivos planteados en el componente general.

8. Dotar a la ciudad de una estructura de equipamientos, coherente con sus necesidades actuales y futuras, que le aseguren su competitividad a nivel interno y regional.

9. Generar y construir un sistema vial articulado reconociendo la autopista de carácter

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 195

nacional Medellín – Bogotá como su eje principal, dando soluciones a las amenazas generadas por esta.

10. Generar y rediseñar el espacio público necesario al interior del suelo urbano, para dar respuesta a las expectativas de sus habitantes y que corresponda a su vocación turística y de funcionalidad como centro de abastecimiento y acopio regional.

2.3.3. POLITICA 1. Recuperar y conservar las estructuras urbanas que representan valores de identidad de

carácter urbano, arquitectónico y cultural. 2. Reubicar las comunidades localizadas en zonas de alto riesgo y adelantar programas de

recuperación de estas áreas. 3. Identificar y reservar terrenos adecuados para programas de vivienda de interés social

para ofertar a la población más activa y vulnerable. 4. Diseñar y poner en práctica el conjunto orgánico de normas y sus instituciones de

control como medios para inducir el desarrollo urbano. 5. Propender por una administración que garantice la ejecución del Plan, mediante

instrumentos ágiles y atractivos que incentiven las inversiones. 6. Buscar la reordenación del municipio configurando un modelo funcional, físico y

socialmente más equilibrado. 7. Propender por la armonía y control del uso del suelo urbano promocionando la

especialización en áreas con vocación específica. 8. Propiciar la ocupación racional y ordenada del suelo. 9. Planificar el crecimiento físico del municipio de la Vega, precisando las acciones a

adelantar y promover en las áreas urbanas y de expansión las actuaciones tendientes a lograr una integración regional armónica.

10. Establecer, conservar, regular, amoblar y mantener el espacio público, especialmente el sistema vial y red de zonas verdes.

11. Garantizar el abastecimiento del recurso agua con la calidad y la cantidad acorde con el crecimiento poblacional.

12. Fomentar el desarrollo urbanístico buscando que el uso y la ocupación del suelo equilibre los requerimientos de vivienda para las diferentes estratos de la población.

13. Dotar el área urbana de la infraestructura de equipamientos de educación 14. Promover y propiciar la participación de la comunidad en la ejecución, seguimiento y

control de los programas y proyectos formulados a través de los mecanismos creados para tal fin.

2.2.4. ESTRATEGIAS 1. Aplicar los instrumentos de gestión del suelo para distribuir equitativamente los costos y

beneficios de las acciones urbanas. 2. Mejoramiento y construcción de la infraestructura física, administrativa y de recursos

humanos en los sectores educativos, de salud, culturales, recreativos y administrativos. 3. Aumento en la cobertura de prestación de los servicios públicos domiciliarios. 4. Creación de programas de carácter regional en asocio con los demás municipios en los

temas de tratamiento e residuos sólidos, matadero municipal y centro de acopio. 5. Propender por campañas de cultura del agua para un adecuado manejo del recurso. 6. Mejoramiento y ampliación de la cobertura de alcantarillado. 7. Propender por un adecuado sistema para el tratamiento y disposición de aguas

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 196

residuales. 8. Optimización de la red vial existente. 9. Defensa del espacio público. 10. Optimización del manejo y comercialización de los productos agropecuarios. En la tabla No. 16 se presentan las metas, programas, proyectos, subproyectos, acciones, responsables y plazos de la formulación urbana. En el Mapa No F15, se presentan los proyectos especiales de la Zona urbana.

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 197

Tabla No. 16 Metas, programas y proyectos componente urbano

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

Incluir los predios referenciados al perímetro urbano en el término de un año

Ampliación del perímetro urbano

Legalización de predios adyacentes al perímetro urbano en la zona sur oriental del área urbana

Inclusión de los predios enunciados en el perímetro urbano

- Gestionar ante el IGAC los procesos correspondientes a su nuevo uso urbano - Usar las actuaciones urbanísticas como medio para reglamentar el desarrollo futuro de estos predios

x Administración municipal, Propietarios de predios IGAC

Administración municipal, Propietarios de predios

Reglamentar los usos del suelo urbano para asegurar un desarrollo racional del área urbana

Consolidación de usos del suelo urbano

Reglamentación de usos del suelo urbano

Generar la reglamentación del uso del suelo urbano

- Crear el acuerdo de reglamentación de uso del suelo rural - Talleres informativos a la comunidad sobre la reglamentación de uso del suelo

x Administración municipal

Administración municipal, comunidad

Disminuir los riesgos que presentan ciertas áreas de la zona urbana a mediano plazo

Manejo de zonas de amenazas y riesgos

- Reubicación de familias del barrio La Gloria

- Trabajar concertadamente con la comunidad asentada en estas zonas - Gestionar los recursos financieros necesarios para la consecución de las respectivas obras - A través del proyecto de Vivienda de Interés social facilitar el proceso de reubicación de familias

- Elaborar el estudio pertinente para la reubicación de familias- Concertar con las familias el proceso para su reubicación

x x x Administración municipal, comunidad, Red solidaridad, Gobernación de Cundinamarca

Administración municipal, comunidad, Gobernación de Cundinamarca

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 198

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

Mitigación del riesgo generado en la Cl 23 entre Cr 1 y 3 en la ronda de la quebrada Catica

Manejo adecuado del sistema de alcantarillado de aguas lluvias y residuales

x x x Administración municipal, comunidad, Red solidaridad, Gobernación de Cundinamarca

Administración municipal, comunidad, Gobernación de Cundinamarca

Reubicación de familias en la zona de invasión de la ronda del río Ila en el parque la Zoraida

- Elaborar el estudio pertinente para la reubicación de familias- Concertar con las familias el proceso para su reubicación

x x x x x x Administración municipal, comunidad, Red solidaridad, Gobernación de Cundinamarca

Administración municipal, comunidad, Gobernación de Cundinamarca

Recuperación de áreas de reserva ambiental

- Recuperación de la ronda hídrica de la Q. Reyes (15.24 Ha) - Recuperación de la ronda hídrica de la Q. Catica (4.18 Ha) - Recuperación de la ronda hídrica del río Ila (12.10 Ha) - Reforestación de la zona de vivienda de interés social ubicada en el área de alta pendiente 13.3 Ha

- Trabajar concertadamente con la comunidad, propietarios, y demás entidades involucradas en el proyecto - Gestión de recursos financieros para ejecutar los proyectos planteados - Creación de incentivos y estímulos que beneficien a la comunidad

- Inventario de predios que están invadiendo la ronda - Conciliación con los propietarios de los predios - Obras físicas de recuperación del espacio

X x

X x

x

x

X

x x

x

x

x

Administración municipal, comunidad, Red solidaridad, Gobernación de Cundinamarca UMATA CAR

Administración municipal, comunidad, Gobernación de Cundinamarca

Garantizar un nuevo desarrollo de ciudad en la zona urbana planificada a

Suelo de expansión urbano

Ciudad Butulú - Armonizar todas las actividades de ciudad urbanísticamente equilibrada cuya

- Elaborar e implementar el plan parcial de suelo de expansión urbano

x x x x x x x x x x x x Administración municipal, Comunidad

Administración municipal, Comunidad

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 199

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

largo plazo vocación principal es el turismo - Concertar con la comunidad la elaboración del plan - Hacer el desarrollo respectiva a medida que se vaya creando la necesidad de nuevo suelo urbano a corto, mediano y largo plazo

Plan maestro de acueducto urbano

- Utilizar el marco de la ley 142/94 y demás normas que rigen la prestación de los servicios públicos - Gestionar ante entidades y fondos pertinentes la financiación de los proyectos estipulados en el plan

- Terminar la ejecución de las obras proyectadas en el plan

x x x X Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

Mejorar la calidad de la prestación del servicio en la zona urbana a corto plazo

Acueducto urbano

Optimización de redes de captación

- Gestionar ante entidades y fondos pertinentes la financiación del proyecto

- Terminar construcción de bocatoma - Renovación de 3325 mt de redes de acueducto

x x Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 200

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

Plan maestro de alcantarillado urbano

- Utilizar el marco de la ley 142/94 y demás normas que rigen la prestación de los servicios públicos - Gestionar ante entidades y fondos pertinentes la financiación de los proyectos estipulados en el plan

Terminar las obras establecidas en el plan

x x x Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

Lograr una cobertura del 100% en el área urbana

Alcantarillado urbano

Optimización de redes alcantarillado urbano

- Gestionar ante entidades y fondos pertinentes la financiación

- Construcción red de alcantarillado San Juan-Hotel Capri - Construcción red de alcantarillado Gualivá - Construcción red de alcantarillado Barrio la Isla - La Y

- Construcción emisario final red de alcantarillado desde la Y matadero hasta la planta de tratamiento de aguas residuales

-

x x Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

Construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales *

- Gestionar ante entidades y fondos pertinentes la financiación del proyectos

- Realizar el respectivo estudio y diseño para la construcción de la planta - Compra del

predio donde se va a localizar la planta

x x x Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

Administración municipal, Empresas de Servicios Públicos del municipio

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 201

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

- Construcción - Mantenimiento y operación de la planta

Implementar el sistema de residuos sólidos de la provincia

Aseo urbano Recolección y disposición de residuos sólidos

Consolidar la acción de los municipios de la región mediante el convenio celebrado para tal fin

- Ejecución de los estudios de diagnóstico, diseño detallado del sistema y selección del predio - Compra del

predio - Implementación

del sistema - Capacitación a usuarios en la separación y reciclaje de residuos sólidos -

X x

x

x

x

Administraciones municipales, CAR, Gobernación de Cundinamarca

Administraciones municipales, CAR, Gobernación de Cundinamarca

Ampliar la cobertura de electrificación al 100% en la zona urbana a mediano plazo

Energía y alumbrado público

- Alumbrado público - Mantenimiento y reposición de redes

Coordinar las acciones pertinentes con las empresas prestadoras del servicio para desarrollar el proyecto

- Construcción de redes de media tensión en 3 hilos y redes de baja tensión en 5 hilos - Compra de transformadores monofásicos de 25 kv y de 15 kv - Compra de postes en concreto de 10 y 12 m de longitud - Reposición de lámparas que estén en mal estado

x x x x Administración municipal

Administración municipal Comunidad

Ampliar la cobertura del servicio de telefonía urbana en un 33% a corto plazo

Telefonía urbana

Extensión de redes telefónicas

Gestionar adecuadamente ante TELECOM la instalación de las líneas

Instalar 133 líneas anualmente - Instalación de 400 líneas telefónicas

x x x TELECOM Administración municipal

TELECOM Administración municipal

Contar con el servicio de gas natural para la

Gas domiciliario

Instalación de redes de gas domiciliario

Gestionar ante la empresa encargada de

Realizar de un diagnóstico y estudio para la distribución y

x x x x x Empresa privada Administración

Empresa privada Administración

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 202

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

zona urbana en cinco años

prestar el servicio la instalación de las redes

comercialización del suministro de gas por red Instalación de las redes

municipal

municipal

Mantenimiento y mejoramiento De la planta física del ancianato San Cayetano

Garantizar la sostenibilidad física de la institución para contribuir con el bienestar de sus moradores

Realizar una valoración del estado actual de la infraestructura de la institución Desarrollar las obras físicas pertinentes para el mejoramiento de dicha planta

x Administración municipal

Administración municipal

Relocalización del hospital San Antonio

- Utilización de una parte del predio de la actual escuela Olaya Herrera para la construcción del hospital - Gestionar los recursos faltantes ante las entidades de cofinanciación para la ejecución del proyecto

Construcción del hospital

x x x x x Administración municipal Gobernación de Cundinamarca

Administración municipal Gobernación de Cundinamarca

Dotar al municipio de la Vega de una infraestructura de equipamientos de excelente funcionalidad para convertirlo a largo plazo en un centro turístico educativo, cultural, de acopio y comercialización de productos dentro de la provincia

Mejoramiento construcción y adecuación de equipamientos urbanos

Terminación de la planta física de la ciudadela estudiantil y deportiva Ricardo Hinestroza Daza

Buscar la cofinanciación para la terminación del proyecto ante las entidades competentes

Ejecutar las obras de mejoramiento y construcción de la ciudadela Dotación de equipos, material didáctico, recurso humano y demás implementos que se puedan necesitar

x x x x Administración municipal Gobernación de Cundinamarca

Administración municipal Gobernación de Cundinamarca

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 203

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

Remodelación casa de la cultura

- Habilitar la casa de la cultura para poner en funcionamiento la Oficina de cultura y turismo de la Vega - coordinar esfuerzos con la Fundación Luis A. Balbuena

- Realizar obras de mejoramiento en la planta física - Dotación de implementos y equipos la casa de la cultura

x Administración municipal Casa de la Cultura

Casa de la cultura

Construcción del centro cultural y artístico de la Vega

- Promover y divulgar el patrimonio cultural de la Vega así como los valores artísticos para la recuperación de su identidad y consolidar el sector turístico

- Recolección del material de patrimonio histórico y cultural de la Vega - Adecuación y dotación del lugar sede del museo y centro

x x x Administración municipal Of de cultura y turismo

Administración municipal Of de cultura y turismo

Instalación del mercado de las pulgas

Motivar a la comunidad para que participen en el proyecto

- El mercado funcionará en el parque central del municipio todos los domingos - Coordinar el horario de funcionamiento con el de la feria artesanal

x Oficina de cultura y turismo

Oficina de cultura y turismo

Reubicación del palacio municipal

Buscar la financiación del proyecto a través de los fondos de cofinanciación

- Estudio para el diseño y construcción del palacio de gobierno

- - Determinar la nueva ubicación

- Ejecución del proyecto

x x Administración municipal

Administración municipal

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 204

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

Construcción del centro de abastecimiento

A través de este proyecto promover la reactivación de la comercialización de productos en el municipio para convertirlo en centro abastecedor de la provincia Buscar la financiación del proyecto a través de entidades como FEDECAFE, DRI, Bancomercio, Banco Agrario

- Adquisición de predios - Realizar estudio de suelos y levantamiento topográfico - Realizar el diseño arquitectónico -Elaborar un plan de manejo de residuos sólidos y líquidos

x x x x Administración del municipio

Administración del municipio Gobernación de Cundinamarca

Construcción del matadero regional

Concertar mediante convenios regionales las acciones pertinentes para la construcción del matadero Mejorar las condiciones sanitarias y ambientales de los municipios involucrados

Determinación de la ubicación más apropiada del matadero Elaborar los estudios, diseño y construcción del matadero

x x x Administraciones municipales

Administraciones municipales Gobernación de Cundinamarca CAR comunidad

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 205

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

Construcción del terminal de transporte

Coordinar esfuerzos con la Corporación Financiera del Transporte para el desarrollo del proyecto El proyecto debe cumplir las normas ambientales vigentes

- Diseño arquitectónico- Ejecución del proyecto

x x x Administración municipal

Administración municipal Corporación financiera para el transporte Comunidad

Fortalecer la Oficina de Planeación municipal

Realizar convenios con las instituciones nacionales para la capacitación y actualización de los funcionarios de la oficina

- Capacitación al personal de la oficina. - Apoyo logístico y técnico por parte de la misma administración

x x Administración municipal

Administración municipal

Mejorar la calidad de los servicios prestados por las instituciones para lograr una optima administración de los recursos del municipio y cumplir las metas expuestas por el P.O.T.

Desarrollo institucional

Fortalecer la UMATA

A través de la Secretaria de Agricultura de Cundinamarca llevar a cabo la constante actualización y capacitación del personal de la Unidad Gestionar la transferencia de tecnología necesaria por medio del SINTAP Y PRONATA para el eficiente desempeño de la Unidad

Selección adecuada del personal Capacitación y actualización del personal de la UMATA en las últimas tendencias tecnológicas para mejorar su desempeño Dotación técnica y financiera

x x Administración municipal Secretaria de Agricultura de Cundinamarca

Administración municipal Secretaria de Agricultura de Cundinamarca

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 206

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

Fortalecer la Oficina de Medio Ambiente

Realizar convenios con las instituciones nacionales para la capacitación y actualización de los funcionarios de la oficina

Capacitación sobre aspectos biofísicos, relaciones interpersonales y estructura y funciones de instituciones nacionales y regionales a los funcionarios de las oficina

x x Administración municipal Secretaría del medio ambiente de Cundinamarca

Administración del municipio

Fortalecer la empresa de Servicios Públicos del municipio

Apoyar a la empresa para que cumpla con eficiencia su labor y así mismo se mejore la calidad de los servicios prestados

Dotar de recursos humanos, técnicos y financieros la empresa

x x Administración municipal

Administración municipal Comunidad

Fortalecer la Oficina de Cultura y turismo

A través del programa de Asistencia Técnica en planificación Turística capacitar al personal encargado de la oficina

Dotar de las herramientas necesarias (equipos, recursos financieros, personal etc)a la oficina para cumplir con sus responsabilidades

Administración municipal Oficina de Cultura y turismo del departamento

Administración municipal Oficina de Cultura y turismo del departamento

Fomento y fortalecimiento a la participación ciudadana

Promover y fomentar las acciones de la veeduría ciudadana como medio de control de la inversión municipal

- Apoyar las Veedurías ciudadanas - ,Apoyar la creación de los comités de control - Divulgar a la comunidad los mecanismos de participación ciudadana

x x Personería municipal

Personería municipal

Mejorar el sistema de infraestructura vial urbana para lograr la

Infraestructura vial urbana

Mejoramiento de la malla vial urbana del municipio

Poner en ejecución el plan vial Gestionar los recursos en la

- Construcción, mejoramiento y pavimentación de las vías urbanas - Construcción de

x x x x x x Oficina obras públicas del municipio

Oficina obras públicas del municipio Comunidad

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 207

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

consolidación de la vocación turística y beneficiar a la población

Gobernación de Cundinamarca Y Fondo Nacional de Regalías

puentes peatonales y vehiculares - Mantenimiento y rehabilitación del anillo vial urbano

Recuperación y mejoramiento del espacio público de la Vega

Plan parcial para el mejoramiento del espacio público

Coordinar las acciones de las autoridades municipales, los sectores de carácter público y privado (propietarios de los predios que componen el sistema de espacio público) Gestionar los recursos ante los fondos de cofinanciación para el desarrollo de los proyectos

Contratar la elaboración del plan parcial de mejoramiento de espacio público Implementación del plan

x x x x x x Recuperar y mejorar las áreas constitutivas como espacio público para embellecer la zona urbana en su conjunto y reforzar la vocación turística del municipio

Construcción del parque de recreación pasiva “Andes de la Vega”

Utilizar el área de alta pendiente de la zona destinada a vivienda de interés social para su protección y adecuación como un parque Hacer gestión ante la CAR para conseguir los recursos necesarios para el desarrollo del proyecto

- Realizar un diseño paisajístico - Siembra de árboles - Incorporación de amoblamiento urbano

x x Administración municipal

Administración municipal

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 208

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

Lograr un mejoramiento en las condiciones de calidad de vida de la población de la inspección el vino, promoviendo el uso racional de sus recursos

Mejoramiento de la inspección el Vino

Plan parcial de mejoramiento integral de la inspección el vino

- Utilizar la s directrices y parámetros expuestos en el POT de la Vega para su elaboración - Elaboración del plan en conjunto con la administración, el sector público, privado , los propietarios de predios de la inspección y en general con la comunidad - Detener el crecimiento de la inspección el vino debido a las condiciones de amenaza y riesgo que presenta - Gestionar la participación del sector público y privado para el financiamiento de los proyectos planteados por el plan

Elaborar e implementar el plan parcial de mejoramiento integral de la inspección Realizar talleres y mesas de trabajo para la exposición de los lineamientos enunciados en el plan

x x x x x x Administración municipal Población de la Inspección el vino

Administración municipal comunidad

Propiciar el desarrollo de la vivienda de interés social como un elemento generador de empleo y desarrollo para

Vivienda Construcción de vivienda de interés social

- Promover la ejecución y desarrollo de programas de mejoramiento de vivienda y vivienda nueva, a través de las Juntas de Acción comunal

- Coordinar y facilitar los procesos que conllevan a la construcción y mejoramiento de viviendas para que la población más vulnerable tenga acceso a ellos

x x x x x x Administración municipal INURBE, Entidades financieras

Administración municipal INURBE, Entidades financieras

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 209

PLAZO META PROGRAMA PROYECTO ESTRATEGIA ACCIONES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0 11

12

RESPONSABLE SEGUIMIENTO

el bienestar de la población de la Vega

- Gestionar con entidades del sistema financiero del orden internacional, nacional, públicas y privadas con el fin de obtener más recursos para los proyectos que se realicen con respecto a vivienda

- Diseñar programas de VIS que llenen las expectativas en cuanto a cobertura y calidad de vida de la población

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 210

En la tabla No. 17 Se muestra un resumen de los programas y sus correspondientes proyectos, subproyectos, costos y plazo para realizarlos Tabla No. 17 Resumen programas, proyectos y costos aproximados formulación urbana PROGRAMA PROYECTO SUBPROYECTO COSTO

(Miles pesos) PLAZO

Ampliación del perímetro urbano

Legalización de predios adyacentes al perímetro urbano en la parte suroriental

- 1 años

Consolidación de usos del suelo urbano

Reglamentación de usos del suelo urbano

- 1 año

Manejo de zonas de amenaza y riesgos

- Reubicación de familias del Barrio la gloria

- Mitigación del riesgo generado en la cl 23 entre la Cr 1 y 3 en la ronda del río Catica

- Reubicación de familias en la zona de invasión del río Ila en el parque la Zoraida

**

**

**

3 años 3 años 6 años

Recuperación de áreas de reserva ambiental

- Recuperación de la ronda hídrica de la Q. Reyes

- Recuperación de la ronda hídrica Q. Catica

- Recuperación de la ronda hídrica del río Ila en el barrio Villa del río

- Reforestación de 13,7 Ha de la zona de vivienda de interés social ubicada en área de alta pendiente

**

**

**

239.400.000

4 años 2 años 4 años 2 años

Suelo de expansión urbana

Ciudad Butulú ** 12 años

Acueducto urbano

- Plan maestro de acueducto urbano

- Optimización de redes de captación

1.000.000.000 4 años 2 años

Alcantarillado urbano

- Plan maestro de alcantarillado urbano

- Optimización de redes de alcantarillado - Construcción de la planta de

tratamiento de aguas residuales *

800.000.000

1.000.000.000

3 años 2 años 3 años

Aseo urbano Sistema integrado de recolección y disposición final de residuos sólidos *

** 4 años

Energía y alumbrado público

- Extensión de redes de alumbrado público - Mantenimiento y reposición de redes de energía

800.000.000 4 años

Telefonía urbana

Extensión de redes telefónicas 200.000.000 3 años

Gas domiciliario

Instalación de redes de gas domiciliario (diagnóstico)

20.000.000 5 años

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PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 211

PROGRAMA PROYECTO SUBPROYECTO COSTO (Miles pesos)

PLAZO

Mejoramiento construcción y adecuación de equipamientos urbanos

Mantenimiento y mejoramiento de la planta física del ancianato San Cayetano

30.000.000 1 año

Relocalización del hospital San Antonio

814.831.360 5 años

Terminación de la planta física de la ciudadela estudiantil y deportiva Ricardo Hinestroza Daza *

6.200.000.000 4 años

Remodelación y adecuación de la casa de la cultura

35.000.000 1 año

Construcción del centro cultural y artístico

600.000.000 3 años

Instalación mercado de las pulgas 8.000.000 1 año Reubicación del palacio de gobierno municipal

300.000.000 2 años

Construcción del centro de abastecimiento

1.409.534.750 4 años

Construcción del matadero regional

** 4 años

Construcción del terminal de transporte

176.061.370 3 años

Desarrollo institucional

Fortalecimiento Empresa de Servicios Públicos

20.000.000 2 años

Fortalecimiento UMATA 30.000.000 2 años Fortalecimiento Of. Medio Ambiente

20.000.000 2 años

Fortalecimiento Of. Cultura y turismo

20.000.000 2 años

Fomento y fortalecimiento a la participación ciudadana

3.000.000 2 años

Infraestructura vial urbana

Mejoramiento de la malla vial 1.000.000.000 6 años

Plan parcial para el mejoramiento del espacio público

** 6 años Recuperación y mantenimiento del espacio público

Construcción del parque de recreación pasiva “Andes de La Vega”

250.000.000 2 años

Mejoramiento de la inspección del Vino

Plan parcial para el mejoramiento integral de la inspección el Vino

** 6 años

Construcción de VIS en el área urbana

400.000.000 3 años Vivienda

Mejoramiento de vivienda urbana 300.000.000 6 años * Proyectos inscritos en el banco de programas y proyectos de la Gobernación de Cundinamarca ** Los costos de estos proyectos se deben definir de acuerdo a la realización de estudios específicos que no son posibles de realizar dentro del POT. - Proyectos que realiza las dependencias de la administración o que solo se realiza la gestión ante las entidades competentes. DESCRIPCION DE PROYECTOS COMPONENTE URBANO A continuación se describirán los proyectos estratégicos denominados megaproyectos en

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 212

el componente urbano NOMBRE DEL PROYECTO TERMINAL DE TRANSPORTE PARA EL MUNICIPIO DE LA VEGA RESPONSABLE MUNICIPIO

JUSTIFICACION El mal servicio y el desorden que se genera en el municipio a causa de no contar con un espacio para el parqueo de los vehículos; ha inducido un desarrollo de comercio y otras actividades en forma desorganizada, lo cual no es llamativo para el arribo de otras empresas transportadoras y menos aún para el turista, pensando así en la construcción de esta infraestructura ya que por otro lado ayudaría a consolidar la vocación turística de La Vega. ENTIDADES PARTICIPANTES Municipio Gobernación de Cundinamarca Corporación Financiera de Transporte Gremio de transportadores OBJETIVOS Generar un espacio para el desarrollo de actividades del sector transporte con el fin de descongestionar las vías del municipio Ofrecer a los turistas y a la población un mejor servicio en cuanto a transporte Consolidar y organizar las empresas que prestan los servicios de transporte que conllevará a un mejor desarrollo del turismo ya que se contará con un transporte más eficiente, confortable y con precios competitivos DESCRIPCION DEL PROYECTO Teniendo en cuenta las necesidades de las empresas que actualmente prestan el servicio y de las que formarían parte integral del mismo, se plantea la construcción del terminal con los siguientes servicios: - Zona administrativa: Oficinas de administración tanto de las empresas como del terminal 60 m2 - Zona de servicio público: Teléfonos, Baños públicos y un cuarto de aseo 40 m2 - Zona de servicios auxiliares: Taquillas y sala de espera para unas 50 personas aprox. 80 m2 - Zona de servicios complementarios: parqueadero público, cafetería, restaurante 90 m2 - Zona operacional: 400 m² - Área total construida del proyecto aprox. 670 m² El predio estipulado para la localización del terminal no es el más óptimo ya que no presenta vías para la salida de los vehículos lo cual conllevaría a la construcción de dichas vías; incurriendo en más costos, por esta razón el POT determina otro sitio para su posible ubicación (predio No. 010280024000) ACTIVIDADES Definición de la estructura vial del sector Adquisición del predio Elaboración y aprobación del diseño Ejecución de la obra TIEMPO EJECUCION 3 años COSTO DEL PROYECTO $ 176.061.370 FUENTES DE RECURSOS Fondos de cofinanciación, Corporación financiera de transporte

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 213

NOMBRE DEL PROYECTO RELOCALIZACION Y CONSTRUCCION DEL HOSPITAL SAN ANTONIO DE LA VEGA RESPONSABLE MUNICIPIO JUSTIFICACION Según el estudio de factibilidad para el proyecto de reubicación del Hospital de 1er nivel de atención de La Vega Cundinamarca del 27 de mayo de 1999, se llegó a la conclusión de que se debe reubicar el hospital ya que: - Se encuentra ubicado en zona de alto riesgo de inundación por invadir en un 90% la ronda del Río Ila - Localización del hospital en un meandro de tal forma que la dirección de la corriente produce horadado

permanente en la rivera y en el muro de contención ocasionando agrietamientos. - Las actuales instalaciones presentan incumplimiento a las normas hospitalarias y escasa funcionalidad

(iluminación y ventilación natural en el área de trabajo y permanencia de personal y pacientes, áreas de circulación, vestíbulos, esperas, accesos, escaleras, paisaje y ambientación en general)

- Estructura de la edificación es deficiente. ENTIDADES PARTICIPANTES Municipio Gobernación de Cundinamarca Entidades financieras del proyecto OBJETIVOS Construir un hospital de 2º. Nivel que presente una buena funcionalidad y un buen servicio garantizando así el desarrollo óptimo de la población del municipio y de la Región Garantizar el cumplimiento de las normas hospitalarias y ambientales en el desarrollo del proyecto Fomentar el proceso de recuperación de la ronda hídrica del Río Ila DESCRIPCION DEL PROYECTO El predio para la actual localización del hospital será donde funciona la actual escuela Olaya Herrera El diseño arquitectónico que se plantea es de dos plantas con el fin de dejar un 50% del lote para áreas libres.El nuevo hospital está planteado para 15 camas con desarrollo y proyección de 21camas hospitalarias del primer nivel de atención, pero en las cuales se puede desarrollar actividades de segundo nivel de atención. Así mismo se sectorizaron los servicios ambulatorios, intermedios o de diagnóstico y los servicios generales; para ubicarlos en el primer piso. Los servicios de hospitalización, quirúrgicos y administrativos se ubicaron en el segundo piso. Todas las unidades hospitalarias y ambientes conexos están diseñados en relación funcional cumpliendo con las normas hospitalarias expedidas por el Ministerio de Salud. El área construida del proyecto es de 2800 m² ACTIVIDADES Ejecución de la obra COSTO DEL PROYECTO $ 814.831.360 TIEMPO EJECUCION 5 años FUENTES DE RECURSOS Fondos de cofinanciación, Gobernación de Cundinamarca

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 214

NOMBRE DEL PROYECTO PROGRAMA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL RESPONSABLE MUNICIPIO JUSTIFICACION En la actualidad existen proyectos de vivienda de interés social que no llenan las expectativas en cuanto a la cobertura y calidad física de la construcción. Actualmente se presentan los problemas de invasión de las orillas del río Ila y zonas de alto riesgo de deslizamientos, debido a que estas familias no tienen acceso a estos programas y proyectos por no contar con los recursos ni medios suficientes, por tanto se debe pensar en la solución para la reubicación de éstas familias. ENTIDADES PARTICIPANTES Municipio Gobernación de Cundinamarca Entidades financieras del proyecto OBJETIVOS Dar soluciones de vivienda a la población de escasos recursos Fomentar el bienestar y mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del municipio Aportar soluciones al problema que se genera al reubicar familias que se encuentran en zonas de riesgo o en rondas hídricas DESCRIPCION DEL PROYECTO La zona que se ha destinado para el proyecto estará conformada por: - Espacios privados los destinados a la vivienda y complementarios - Los espacios públicos como vías peatonales, vehiculares, plazas, estacionamientos, parques y zonas

verdes - Espacios para servicios comunales los destinados para comercios tipo 1 y 2, Se destinarán 3 Ha para los

espacios públicos y servicios complementarios - La densidad de esta zona será máximo 100 viv/Ha - Los predios que se requieren para el proyecto son: 010020102 5.9 Ha- 010020101 4.2 Ha - 010020269 5.1 Ha- 010020103 7.0 Ha. Con un área útil de 8.9 Ha. En total. ACTIVIDADES Adquisición de los predios por parte de la administración Levantamiento topográfico Elaboración del diseño arquitectónico Estructura vial y de servicios Iniciación de obras COSTO DEL PROYECTO $ 400.000.000 TIEMPO EJECUCION 3 años

FUENTES DE RECURSOS Fondos de cofinanciación, Gobernación de Cundinamarca

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 215

NOMBRE DEL PROYECTO MATADERO REGIONAL RESPONSABLE MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DEL GUALIVA JUSTIFICACION Se ha llegado a la conclusión de que la actual localización del matadero es un foco de contaminación ya que no se cuenta con un adecuado manejo de residuos sólidos y líquidos y por no contar con los recursos suficientes no se puede lograr su traslado a otro sitio. Otro factor importante a considerar es que en el municipio el volumen de sacrificios es bajo (30 reses a la semana) por lo cual se tomó la decisión de construir un matadero a nivel regional ENTIDADES PARTICIPANTES Municipios ( La Vega, Villeta, Nocaima, Sasaima, Albán, Quebrada negra, San Francisco, Supatá, Utica, Vergara, Nimaima y La peña Gobernación de Cundinamarca Entidades financieras del proyecto OBJETIVOS Contribuir con la preservación del medio ambiente del municipio de la Vega y de los demás municipios participantes en el proyecto Dotar a la provincia de un matadero para que satisfaga las necesidades de la región en cuanto al abastecimiento de carne ACTIVIDADES Determinación del predio Elaboración de estudio de suelos, Levantamiento topográfico y diseño arquitectónico Ejecución de la obra TIEMPO EJECUCION 4 años

COSTO DEL PROYECTO FUENTES DE RECURSOS Fondos de cofinanciación, Gobernación de Cundinamarca

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 216

NOMBRE DEL PROYECTO CENTRO DE ABASTECIMIENTO DE LA VEGA RESPONSABLE MUNICIPIO JUSTIFICACION La actual plaza de mercado funciona como un cuerpo descentralizado, debido a que las carnes y panela se venden en el pabellón de las carnes y la panela a tres cuadras de la plaza de mercado. Las acciones de comercialización y mercadeo generadas multiplican la participación del intermediario, en detrimento del consumidor local. El día domingo es cuando se manifiesta la mayor congestión vehicular. La zona de comida que existe actualmente está mal adecuada debido a que no se realizó un estudio adecuado para su ubicación. No existen bahías de parqueo por lo cual se contribuye a la invasión de las vías y espacio público. ENTIDADES PARTICIPANTES Municipio Gobernación de Cundinamarca Entidades financieras del proyecto OBJETIVOS Centralizar los espacios adecuados para un correcto desarrollo de un sistema de abastecimiento, armónico y acorde al desarrollo de la provincia Facilitar un sistema de mercadeo para los productos provenientes de las zonas rurales permitiendo una libre e inmediata transacción entre el proveedor y consumidor Colaborar con la rehabilitación y organización de la ciudad, ofreciendo un espacio suficiente y descongestionado para las actividades de comercialización de los productos DESCRIPCION DEL PROYECTO El centro de abastecimiento estará conformado por : - Plaza de mercado 581.93m² - Pabellón de la panela 244.80 m² - Plaza campesina 375 m² - Zona administrativa 100 m² - Restaurantes 60 m² - Centro de acopio 1600 m² - Area de parqueo 1250 m² - Servicios complementarios 600 m² - Area circulación 30% 906 m² - Cargue y descargue y maniobras 5120 m² Los siguientes predios son los seleccionados para la construcción del centro: 100002500010001 - 100002500020001 - 100002500030001 - 100002500040001 - 100002500050001 - 100002500060001 - 100002500070001 - 100002500080001 - 10000250090001 en la zona urbana y en la zona rural : 000100020384000 - 000100020385000 - 000100020386000 con un área total de 14532 Ha. El proyecto requiere un área total construida de 10837 Ha. En la zona de parqueo se prevee la ubicación de los vehículos que forman parte de las cooperativas transportadoras del transporte interveredal y las empresas que tienen rutas a Nocaima. ACTIVIDADES Adquisición de los predios por parte de la administración Levantamiento topográfico Elaboración del diseño arquitectónico Estructura vial y de servicios Iniciación de obras TIEMPO EJECUCION 4 años

COSTO DEL PROYECTO $ 1.409.534.750

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 217

FUENTES DE RECURSOS Fondos de cofinanciación, Gobernación de Cundinamarca

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 218

NOMBRE DEL PROYECTO PROGRAMA RECUPERACION DE AREAS DE RESERVA AMBIENTAL RESPONSABLE MUNICIPIO JUSTIFICACION A lo largo de las riberas del río Ila y quebrada Reyes se encuentran focos de contaminación producidas por basuras, excrementos de animales, vertimientos de aguas negras y en algunas zonas invadidas por viviendas en precarias condiciones ENTIDADES PARTICIPANTES Municipio Gobernación de Cundinamarca Entidades financieras del proyecto CAR OBJETIVOS Recuperar las rondas del río Ila, las quebradas Catica y Reyes para evitar la proliferación de focos de contaminación a lo largo de estas riberas Propender por la reforestación de las zonas donde se necesite, con un manejo adecuado de flora nativa Recuperar y mantener las zonas que presentan riesgos de deslizamientos para la comunidad DESCRIPCION DEL PROYECTO Se pretende conformar un cinturón verde para el casco urbano mediante arborización nativa y en algunos casos utilizar vegetación aromatizante. El área que se va a recuperar en el río Ila es de 12.10 Ha y la quebrada Reyes 15.24 Ha Así mismo se pretende arborizar 13,3 Ha de la zona destinada a Vivienda de interés social para mitigar los riesgos y dejarla como zona de reserva ambiental en el área urbana ACTIVIDADES Elaborar un inventario de predios ubicados en las rondas Adquisición de los predios que forman la ronda hídrica Elaborar el plan de reforestación Iniciación de obras de reforestación con participación ciudadana TIEMPO EJECUCION 12 años COSTO DEL PROYECTO FUENTES DE RECURSOS Fondos de cofinanciación, Gobernación de Cundinamarca, CAR

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 219

NOMBRE DEL PROYECTO CONSTRUCCION DEL CENTRO CULTURAL Y ARTISTICO DE LA VEGA RESPONSABLE MUNICIPIO JUSTIFICACION Con la construcción del Centro deportivo y educativo RIHDA se abre un gran espacio para el desarrollo físico e intelectual de la población estudiantil del municipio, pero la cultura y el patrimonio histórico de la Vega, el arte y los deportes de salón aún no cuentan con un sitio funcional para su desarrollo; al igual que la población en general no tendría un acceso directo a los servicios que brinda el colegio. Teniendo en cuenta estos motivos y las opiniones de la comunidad y de la Oficina de cultura y turismo del municipio se plantea la construcción de este centro. ENTIDADES PARTICIPANTES Municipio Gobernación de Cundinamarca Entidades financieras del proyecto CAR OBJETIVOS Promover y fortalecer el patrimonio cultural de la Vega para la recuperación de su identidad cultural y colaborar con la consolidación del sector turístico Dotar al municipio de un espacio para su desarrollo cultural, artístico y deportivo y a su vez propender por el embellecimiento de la zona urbana. Fomentar el aprovechamiento del tiempo libre de la población veguna con la práctica de deportes como el ajedrez, ping pong, etc. DESCRIPCION DEL PROYECTO Se pretende construir en un solo espacio una infraestructura en donde funcionarán el centro de educación física el cual estará dotado de salones para las prácticas de deportes de salón y a su vez unos habitaciones para servir de hospedaje a deportistas que vengan de otros municipios. El centro artístico y cultural donde funcionaran un cine club, un centro de artesanías, un salón para dictar cursos de capacitación, el museo y el centro de memoria cultural de la Vega. El resto del área destinada para el proyecto se adecuará para un parque permitiendo la utilización de la ronda de la quebrada reyes como un sitio de esparcimiento para la población del municipio y los turistas. La ubicación del proyecto será en los predios 100006700010001 1756 m² – 100006700020001 760 m² – 100006700030001 945 m²– 100006700040001 381 m² – 100006700160001359 m² – 100006700050001 164 m²– 100006700060001 502 m²– 100006700070001251 m², con un área total de 5118 m2. El área aproximada de la planta física es de 600 m² construidos. ACTIVIDADES Adquisición de los predios que forman parte del proyecto Realizar el diseño arquitectónico y paisajístico Elaborar el plan de reforestación y adecuación del parque Iniciación de obras TIEMPO EJECUCION 3 años COSTO DEL PROYECTO $ 600.000.000

FUENTES DE RECURSOS Fondos de cofinanciación, Gobernación de Cundinamarca,

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NOMBRE DEL PROYECTO CONSTRUCCION DEL PARQUE DE RECREACION PASIVA “ANDES DE LA VEGA” RESPONSABLE MUNICIPIO JUSTIFICACION En la zona destinada a vivienda de interés social se presenta un área de pendientes muy altas que no es apta para hacer construcciones, por lo tanto se recomienda dejarla como zona de protección ambiental y realizar obras de reforestación y adecuación para desarrollar en ese espacio un uso recreativo pasivo por parte de la población. ENTIDADES PARTICIPANTES Municipio Gobernación de Cundinamarca Entidades financieras del proyecto CAR OBJETIVOS Dotar al municipio de un parque en donde se permita el goce, disfrute, esparcimiento y aprovechamiento del tiempo libre de la comunidad en general Conjuntamente con los parques del municipio crear un circuito de parques y zonas verdes que permitan consolidar la malla ambiental del municipio y el embellecimiento del mismo. DESCRIPCION DEL PROYECTO Se genera una gran área para el uso de parque donde principalmente se reúnan los conceptos de recreación pasiva y se encuentren espacios propios para la contemplación, igualmente rescatar los valores paisajísticos del municipio. Los predios que entrarán a formar parte del proyecto son: 010020107 1.2 Ha – 010020108 2.9 Ha – 010020109 0.45 Ha – 010020110 2.8 Ha - 010020317 0.125 Ha – 010020319 0.350 Ha. Con un total de 8.52 Ha. ACTIVIDADES Adquisición de los predios que forman parte del proyecto Realizar el diseño paisajístico Elaborar el plan de reforestación y adecuación del parque Iniciación de obras TIEMPO EJECUCION 2 años COSTO DEL PROYECTO $ 250.000.000

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 221

FUENTES DE RECURSOS Fondos de cofinanciación, CAR,

2.3.5. SECTORIZACIÓN URBANA 2.3.5.1. DESCRIPCIÓN Entiéndase por sectorización la subdivisión por sectores del área urbana de la Vega: como una unidad de manejo funcional, para efectos de descentralización de actividades, prestación de servicios y equipamiento, como se indica en el Mapa No F12 Oficial de Sectorización y conforme a la siguiente descripción: SECTOR UNO (1) Por el Norte: Desde el punto Nº1 del perímetro urbano, partiendo de la intersección de la autopista a Medellín carrera 4 con el predio identificado con el número catastral 01-003-0333 y en dirección general suroccidente, hasta el predio identificado con el número catastral 00-001-0052 en su intersección con el río Ila, sigue la línea paralela al río en sentido suroriente, hasta la calle 21A., gira al nororiente siguiendo la línea paralela a la calle 21 A, hasta la carrera 4A. dobla al occidente y sigue la línea paralela a la carrera 4A, hasta la calle 23., siguiendo la línea paralela a la calle 23 hasta la carrera 2, desde esta intersección, en dirección noroccidente - oriente hasta el punto Nº 15 del perímetro urbano, de ahí en dirección occidente, por el lindero de los predios que se incorporaron al perímetro urbano como zona de expansión urbana, hasta el punto Nº 16 del perímetro urbano, en dirección occidente, hasta la intersección con la carrera 3 punto Nº 18 del perímetro urbano, hasta el encuentro con la autopista a Medellín y de ahí cierra en el punto Nº 1. SECTOR DOS (2) Por el Norte: Desde el punto No. 15 del perímetro urbano ubicado en el costado norte del predio del cementerio y en dirección general oriente sigue la línea del perímetro urbano hasta el punto No. 14, de éste, ubicado en la intersección del vértice nor-oriente (N-0) del predio rural No. 01-002-388 con la vía que conduce a la laguna, lindando en este recorrido con zona rural hasta el punto Nº 13, de ahí en dirección oriente hasta encontrar el punto Nº 12 del perímetro urbano, siguiendo en línea paralela por la poligonal del perímetro urbano hasta el punto Nº 11, girando en dirección occidente hasta la intersección con la calle 18 , en línea paralela por la calle 18 en dirección sur hasta el vértice con la carrera 5 y siguiendo en línea paralela en dirección occidente hasta encontrar el río Ila y de ahí en línea paralela al río, hasta la intersección con la calle 21A y siguiendo en línea paralela a la calle 21A hasta el cruce con la carrera 5 y en dirección occidente hasta el cruce con la calle 23 y siguiendo en línea paralela por la calle 23 hasta cerrar en el punto Nº 15 del perímetro urbano. SECTOR TRES (3) Por el Norte: Desde la intersección de la calle 18 con el predio identificado con número catastral 01-002-0395, de ahí en dirección oriente, en línea paralela a la poligonal del perímetro urbano hasta la intersección de la quebrada reyes con la calle 13, y en dirección sur, hasta encontrar el cruce con la transversal 3 y en línea paralela por la calle 11 hasta la intersección con el río Ila, en forma paralela al río y en dirección occidente hasta el cruce con la carrera quinta en la esquina nor - occidente del predio del Hospital, regresando en

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SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 222

dirección oriente hasta la calle 18 hasta cerrar, en el punto inicial.

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SECTOR CUATRO (4) Por el Norte: Desde la intersección entre la quebrada reyes en el costado nor - occidente y en dirección sur siguiendo la línea paralela de la calle 13, hasta encontrara la intersección con la transversal 3 y en línea paralela por la calle 11 hasta encontrar el río Ila. Desde ese punto y siguiendo la poligonal del perímetro urbano cierra. 2.3.6. EL ÁREA CENTRAL En la formulación del Plan Parcial para mejoramiento de Espacio Público se hace necesario unificar criterios de manejo arquitectónico de sus inmuebles para que cumpla y reoriente su vocación turística, ofreciendo al visitante un centro de ciudad atractivo, así como actuaciones concertadas y conjuntas entre el sector público y privado. 2.3.7. USOS DEL SUELO URBANO Y DENOMINACION Para garantizar un correcto manejo del suelo urbano del municipio de la Vega se determina que a partir de la aprobación del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, todo predio sin excepción sea de carácter público, privado o mixto respetará para su desarrollo las determinantes ambientales emanadas de la Corporación Autónoma Regional C.A.R., en su acuerdo número 16 de fecha septiembre 2 de 1998, así como las demás normas que regulen la materia y las que sean expedidas con posterioridad, con el propósito de detener el daño causado al medio ambiente municipal y fortalecer el principio de la primacía del interés general sobre el particular. Los predios con un impacto significativo al interior del perímetro urbano no desarrollados a la fecha, en su propuesta de desarrollo urbanístico deberán presentar para su aprobación la Licencia Ambiental de la C.A.R. en su calidad de autoridad ambiental. Para efectos del ordenamiento urbano, se encuentran seis (6) actividades principales de usos Determinadas En La Ordenanza Departamental “Por la cual se adoptan las directrices y Orientaciones para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Cundinamarca”: Zona Urbana de Vivienda (ZUV); Zona Urbana de Uso Mixto (ZUM); Zona Urbana Comercial (ZUC); Zona Urbana Institucional (ZUI), Zona Urbana Industrial (ZUIN), y Zona Urbana de Industria Pesada (ZUIP), de que se encuentran referenciadas específicamente en el Mapa de Zonificación (Ver Mapa No. F13 Zonificación Uso del Suelo Urbano). El Suelo Urbano Se Denominará de Acuerdo Con Su Uso, Así:

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2.3.7.1. ZONA URBANA DE VIVIENDA (ZUV); destinadas principalmente al uso residencial. Se clasifican dentro de esta zona urbana cuatro (4) clases de zonas con el propósito de facilitar

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el ordenamiento Territorial, así: NOMBRE ABREVIATURA Zona de Vivienda de Interés Social V.I.S. Zona de Vivienda Densidad Alta V.D.A. Zona de Vivienda Densidad Media V.D.M. Zona de Vivienda Densidad Baja V.D.B. 2.3.7.1.1. ZONAS DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL: Se ha denominado Vivienda de Interés Social (V.I.S.) a todas aquellas soluciones de vivienda, cuyo precio de adquisición o adjudicación sea o haya sido, en la fecha de su adquisición: a.) Inferior o igual a cien (100) salarios mínimos legales mensuales , en las ciudades que, según el último censo DANE, cuenten con cien mil (100.000) habitantes o menos (ley 9 de 1989). igualmente a las delimitadas en el Plano Oficial de Zonificación, constituida fundamentalmente por vivienda unifamiliar, bifamiliar o multifamiliar caracterizadas por contar o estar previstas para albergar un alto número de personas por hectárea, con densidades promedio, mayores de hasta 450 habitantes por hectárea para vivienda unifamiliar; hasta 700 habitantes por hectárea para vivienda bifamiliar; y hasta 900 habitantes por hectárea, para multifamiliares. Características que seguirán conservando y, para los cuales regirán las siguientes normas: Uso Principal: Vivienda unifamiliar, y bifamiliar, apareadas y/o continuas, agrupaciones o conjuntos de vivienda; continuos o aislados; y, vivienda multifamiliar en altura, allí donde lo señale específicamente el Plano Oficial de Zonificación. Usos compatibles: Comercio Local C-1, o tienda, para la venta al detal de artículos de consumo diario tales como: pan, frutas, víveres, bebidas, periódicos, lecherías, expendios de carnes, etc., venta al detal de bienes o servicios de consumo periódico tales como: venta de revistas, misceláneas, reparación de calzado, peluquerías, salones de belleza, floristerías, lecherías, papelerías, etc., actividades socioculturales, tales como: establecimientos de preescolar, primaria, secundaria no mayores de una hectárea, instalaciones asistenciales pequeñas, asociaciones cívicas, áreas libres, parques, bibliotecas, clubes sociales o deportivos no mayores de una hectárea, Labores domésticas tales como: modistería, cerámica, decoración, estética facial, fotografía, reparación de electrodomésticos, radio, t.v.; artesanía en general siempre que sea desempeñada por los residentes, sin emplear más de un ayudante, que no sea visible desde la calle, que no cause molestias a los vecinos; que no se consuma más de 3 caballos de fuerza (3HP) y que en términos generales no cause descompensación a las redes del sector; que no se produzca o cause deterioro a las redes municipales de alcantarillado; y, que se cumplan las medidas de seguridad, de acuerdo a las disposiciones vigentes de otros organismos (bomberos) distintas a las contempladas en este Estatuto. Usos condicionados: Son todos aquellos que siendo compatibles con el uso principal, están sujetos a requisitos especiales y restricciones para su aprobación. Los usos condicionados serán permitidos por la Alcaldía, previa evaluación y aprobación por parte del Director de la oficina de Planeación Municipal, y en todo caso se sujetaran a los criterios establecidos en el

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presente Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Densidades: Será máximo de 450 habitantes por hectárea, para vivienda unifamiliar: hasta 700 habitantes por hectárea, para vivienda bifamiliar; y para vivienda multifamiliar será máximo de 900 habitantes por hectárea. Máxima densidad de vivienda: Para vivienda unifamiliar será de 100 viviendas por hectárea (100 viv/ha); para bifamiliares, 150 viviendas por hectárea (150 viv/ha) y para multifamiliares, 200 viviendas por hectárea (200 viv/ha). Áreas y frentes mínimos del lote: Para vivienda unifamiliar, el área mínima de lote será de 84 metros cuadrados y frente mínimo de 6 metros; para bifamiliares, el área mínima del lote será de 120 metros cuadrados y frente mínimo de 7 metros; y para multifamiliares, el área mínima del lote será de 200 metros cuadrados y frente mínimo de 8 metros. En agrupaciones o conjuntos el área mínima exigida para cada caso, podrá disminuirse en un veinte por ciento (20%). Indice de Ocupación: Para unifamiliares, será permitida la ocupación hasta un máximo del 0.701 de la superficie total del terreno; para bifamiliares, hasta un 0.70 y para multifamiliares hasta un 0.70. Para actividades socioculturales de tipo institucional, el área de ocupación no será mayor del 0.35 de la superficie total del lote. Indice de construcción: Para unifamiliares, será hasta el 1.50 de la superficie total del lote; para bifamiliares hasta el 1.9 y para multifamiliares hasta el 2.1 de la superficie total del lote. Las normas sobre alturas, aislamientos, patios, estacionamientos, voladizos, avisos, cerramientos, etc., están contemplados en el Capítulo sobre “Normas Generales” Lo anterior queda estrictamente supeditado a las regulaciones de carácter nacional, por pertenecer la Vivienda de Interés Social a una política Nacional. Para otorgar la favorabilidad de las normas aquí consignadas para la Vivienda de Interés Social el Departamento de Planeación Municipal exigirá el lleno de los requisitos de Ley que la clasifique como tal. 1 Ordenanza Departamental “Por la cual se adoptan las Directrices y Orientaciones para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Cundinamarca.

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Según el Capítulo 6 de la Ley 546 del 23 de diciembre de 1999, en su artículo 26, los municipios deberán contemplar zonas amplias y suficientes para la construcción de todos los tipos de vivienda de interés social, de tal manera que se garantice el cubrimiento del déficit habitacional. Los desarrollos de Vivienda de Interés Social en el Casco Urbano se tienen previstos en el extremo norte del perímetro urbano municipal y en los predios consignados en el Acuerdo 10 de 1997 designados para este fin. Con una extensión aproximada de 15.2 Ha. Si consideramos la necesidad actual en materia de V.I.S. de aproximadamente 600 unidades, de las cuales están en proceso aproximadamente 200 soluciones de vivienda principalmente a nivel de grupos humanos asociados que persiguen este propósito, tendríamos a hoy un déficit de 400 unidades, que proyectado a 10 años a la tasa del 3.6% anual equivaldría aproximadamente a 570 unidades de vivienda necesarias en ese lapso de tiempo. A la tasa máxima de densidad por hectárea en vivienda unifamiliar establecida en el acuerdo 10/97 de 100 viv./Ha. Se necesita prever suelo en una extensión de 5.7 hectáreas aproximadamente. Lo que da una proporción en el suelo previsto (15.2 Ha.) de una ocupación del 37.5% del suelo, la que supera los índices necesarios para soluciones viables en esta materia. Las zonas de invasión como la presentada en inmediaciones del parque La Zoraida sobre en la ronda del río Ila debe ser manejada puntualmente en el “PLAN PARCIAL PARA MEJORAMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO” entendiéndose que la recuperación de la ronda considerada como espacio público dará las alternativas de solución a los habitantes de la zona de invasión. 2.3.7.1.2. ZONAS DE VIVIENDA DE DENSIDAD ALTA: Se ha denominado Vivienda Densidad Alta (V.D.A.) a las zonas delimitadas en el Plano Oficial de Zonificación, constituidas fundamentalmente por vivienda unifamiliar, bifamiliar o multifamiliar caracterizadas por contar o estar previstas para albergar un alto número de personas por hectárea, con densidades promedio, hasta de 300 habitantes por hectárea para vivienda unifamiliar; hasta 450 habitantes por hectárea para vivienda bifamiliar; y hasta 750 habitantes por hectárea, para multifamiliares. Característica que seguirán conservando y, para los cuales regirán las siguientes normas: Uso Principal: Vivienda unifamiliar y bifamiliar, apareadas y/o continuas, agrupaciones o conjuntos de vivienda; continuos o aislados; y, vivienda multifamiliar en altura (VDA) allí donde lo señale específicamente el Plano Oficial de Zonificación. Usos compatible: Comercio Local C-1, o tienda, para la venta al detal de artículos de consumo diario tales como: pan, frutas, víveres, bebidas, periódicos, lecherías, expendios de carnes, etc., venta al detal de bienes o servicios de consumo periódico tales como: venta de revistas, misceláneas, reparación de calzado, peluquerías, salones de belleza, floristerías, lecherías, papelerías, etc., actividades socioculturales, tales como: establecimientos de preescolar, primaria, secundaria no mayores de una hectárea, instalaciones asistenciales pequeñas, asociaciones cívicas, áreas libres, parques, bibliotecas, clubes sociales o deportivos no mayores de una hectárea.

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Oficinas, estudios o labores domésticas tales como: modistería, cerámica, decoración, estética facial, fotografía, reparación de electrodomésticos, radio, t.v; artesanía en general, siempre que sea desempeñada por los residentes, sin emplear más de un ayudante. Que no sea visible desde la calle, que no cause molestias a los vecinos; que no se consuma más de 3 caballos de fuerza (3HP) y que en términos generales no cause descompensación a las redes del sector; que no se produzca o cause deterioro a las redes municipales de alcantarillado; y, que se cumplan las medidas de seguridad, de acuerdo a las disposiciones vigentes de otros organismos (bomberos) distintas a las contempladas en este Estatuto. Usos condicionados: Son todos aquellos que siendo compatibles con el uso principal, están sujetos a requisitos especiales y restricciones para su aprobación. Los usos condicionados serán permitidos por la Alcaldía, previa evaluación y aprobación por parte del Director de la oficina de Planeación Municipal, y en todo caso se sujetaran a los criterios establecidos en el presente Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Densidades: Será máximo de 300 habitantes por hectárea, para vivienda unifamiliar: hasta 450 habitantes por hectárea, para vivienda bifamiliar; y para vivienda multifamiliar será máximo de 750 habitantes por hectárea. Máxima densidad de vivienda: Para vivienda unifamiliar será de 65 viviendas por hectárea (65 viv/ha); para bifamiliares, 100 viviendas por hectárea (100 viv/ha) y para multifamiliares, 165 viviendas por hectárea (165 viv/ha). Áreas y frentes mínimos del lote: Para vivienda unifamiliar, el área mínima de lote será de 98 metros cuadrados y frente mínimo de 7 metros; para bifamiliares, el área mínima del lote será de 140 metros cuadrados y frente mínimo de 8 metros; y para multifamiliares, el área mínima del lote será de 300 metros cuadrados y frente mínimo de 12 metros. En agrupaciones o conjuntos el área mínima exigida para cada caso, podrá disminuirse en un quince por ciento (15%). Índice de Ocupación: Para unifamiliares, será permitida la ocupación hasta un máximo del 0.70 de la superficie total del terreno; para bifamiliares, hasta un 0.70 y para multifamiliares hasta un 0.70 Para actividades socioculturales de tipo institucional, el área de ocupación no será mayor del 0.35 de la superficie total del lote. Indice de construcción:

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Para unifamiliares, será hasta el 1.5 de la superficie total del lote; para bifamiliares, hasta el 1.4 y para multifamiliares hasta el 2.1 de la superficie total del lote. Las normas sobre alturas, aislamientos, patios, estacionamientos, voladizos, avisos, cerramientos, etc., están contemplados en el Capítulo sobre “Normas Generales”. 2.3.7.1.3. ZONAS DE VIVIENDA DE DENSIDAD MEDIA: Se ha denominado Vivienda Densidad Media (V.D.M.) a las zonas delimitadas por el Plano Oficial de Zonificación. Constituidos fundamentalmente por viviendas unifamiliares, bifamiliares y multifamiliares y agrupaciones o conjuntos con densidades hasta 200 habitantes por hectárea, para unifamiliares; hasta 300 habitantes por hectárea para bifamiliares y hasta 450 habitantes por hectárea para multifamiliares, para los cuales regirán las siguientes normas: Uso Principal: Vivienda unifamiliar, bifamiliar y multifamiliar, continuas, apareadas o aisladas; como también, agrupaciones o conjuntos de vivienda. Usos compatibles: Iguales a los previstos en las zonas de vivienda de densidad alta (V.D.A.). Usos condicionados: Iguales a los previstos en las zonas de vivienda de densidad alta (V.D.A..). Densidades: Para vivienda unifamiliar deberá ser hasta 200 habitantes por hectárea; para bifamiliares hasta 300 habitantes por hectárea; y para vivienda multifamiliar hasta 450 habitantes por hectárea. Máxima densidad de vivienda: Para vivienda unifamiliar será de 40 unidades de vivienda por hectárea; para bifamiliares, de 60 unidades de vivienda y para multifamiliares, será de 100 unidades de vivienda por hectárea. Áreas y frentes mínimos del lote: Para vivienda unifamiliar, el área mínima de lote será de 200 metros cuadrados y frente mínimo de 10 metros; para bifamiliares, el área mínima del lote será de 300 metros cuadrados y frente no menor de 12 metros; y para multifamiliares, el área mínima del lote será de 450 metros cuadrados y frente mínimo de 15 metros. En agrupaciones o conjuntos, se podrá disminuir el área mínima del lote, por vivienda hasta en un quince por ciento (15%). Indice de Ocupación:

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Para unifamiliares, será de un 0.60 del área del lote; para bifamiliares, hasta un 0.60 y para multifamiliares hasta un 0.60. de la superficie del lote; para uso institucional, un máximo de 0.35. En los lotes de esquina el Indice de ocupación puede ser aumentada en un 5%. Indice de construcción: Para unifamiliares; aislados o conjuntos de vivienda, será hasta el 1.10 de la superficie del terreno; para bifamiliares, será hasta el 1.20 y para multifamiliares será hasta el 1.60 de la superficie total del lote. 2.3.7.1.4. ZONAS DE VIVIENDA DENSIDAD BAJA: Se ha denominado vivienda densidad baja (V.D.B.) a las zonas delimitadas por el Plano Oficial de Zonificación, constituidas fundamentalmente por viviendas unifamiliares aisladas o en agrupaciones o conjuntos, con densidades promedio hasta un máximo de 120 habitantes por hectárea, para unifamiliares únicamente, para los cuales regirán las siguientes normas:. Uso Principal: Vivienda unifamiliar aislada, o en agrupaciones o conjuntos aislados o apareados. Usos compatible: Iguales a los previstos para las zonas de vivienda de densidad alta (V.D.A.). Usos condicionados : Iguales a los previstos para las zonas de vivienda de densidad alta (V.D.A.). Densidades: Para vivienda unifamiliar, aislada, agrupaciones o conjuntos, será hasta un máximo de 120 habitantes por hectárea. Máxima densidad de vivienda: Para vivienda unifamiliar será de 20 unidades de vivienda por hectárea. Áreas y frentes mínimos del lote: Para vivienda unifamiliar, el área mínima de lote será de 400 metros cuadrados y frente mínimo de 15 metros. Se podrá disminuir el área del lote por vivienda, hasta en un quince por ciento (15%). Índice de Ocupación: 0.50 para unifamiliares.

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Índice de construcción: Para unifamiliares, el 0.80 del área del lote. 2.7.3.2. ZONA URBANA DE USO MIXTO (ZUM); son aquellas donde se presentan diferentes usos compatibles entre si, (comercial, institucional, recreacional). Localización: Se determina su localización en los sectores dos (2) y tres (3), delimitados en la Sectorización Urbana. A ambos lados de la Autopista Medellín – Bogotá, en los predios con frente sobre esta y el zona central aledaña a l parque principal. Uso Principal: Residencial; institucional como servicos culturales, educacionales a excepción de universidades y cementerios; comerciales de tipo C-1 y C-2. Uso Compatible: Clubes, parques, zonas verdes y de servicios. Usos Condicionados: Industrial, así como los comerciales o institucionales que implique labores de cargue y descargue, nuevos servicos funerarios. Usos prohibidos: Estaciones de servicio, servitecas y similares; talleres de mecánica y cerrajeráis; locales destinados a labores de bodega y depósitos. 2.3.7.3. ZONA URBANA COMERCIAL (ZUC); son aquellas en donde el uso principal es el comercio de alto impacto (especializado), centros comerciales, supermercados, restaurantes, cines, droguerías. 2.3.7.3.1. Zona de Comercio Local C-1: Se ha denominado Uso o Zona de Comercio Local C-1, a los lotes o grupos de lotes, utilizados fundamentalmente para establecimientos dedicados a la venta de artículos de primera necesidad y al detal, para las zonas de vivienda inmediatas, es un comercio de consumo diario y algunas veces periódico, generalmente aislado o como parte de la vivienda y algunas veces conforman una zona específica llamada Zona de Comercio Local para las cuales regirán las siguientes normas: Uso Principal: Venta al detal de artículos de consumo inmediato; en general, venta de artículos y servicios que no resulten molestos para actividades de la zona, tales como los compatibles de la vivienda, además venta de artículos de consumo periódico y prestación de servicios tales como: restaurantes, heladerías, fuentes de soda, farmacias, droguerías, reparaciones eléctricas, lavanderías, sastrerías, boutiques y pequeños talleres de moda. Usos compatibles: Administrativos; actividades socioculturales tales como: colegios, salas culturales, teatros, previsión social. Asistencia pública, parques, etc., servicios profesionales; sucursales bancarias; cines, clubes, discotecas; vivienda unifamiliar, bifamiliar, multifamiliar, parqueaderos para uso del comercio y de la vivienda. Se permitirán los usos compatibles de las zonas de vivienda donde se encuentran las zonas comerciales.

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Usos condicionados: Además de los anotados en las Zonas de Vivienda, se incluyen las clínicas, la industria artesanal y liviana que no cause molestia a las vecindades por ruidos, olores vibraciones o cualquier otra molestia; las casas de velación, siempre y cuando no se encuentren sobre vías arterias principales V-1. V-2, heliografos, fotocopiadoras, imprentas de pequeño tamaño, pequeñas lavanderías y hoteles que no causen un impacto urbanístico. Áreas y frentes Mínimos del Lote: Regirán las normas establecidas para las zonas de vivienda, de las cuales forman parte. Si se trata de agrupaciones o conjuntos comerciales, no se exigirá lote mínimo. Se deberá cumplir con el proyecto aprobado por el Director de Planeación Municipal. Índice de Ocupación: Se podrá ocupar hasta un 0.80 de la superficie del terreno, en la primera planta o primer piso y 0.70 en el resto de pisos. Indice de Construcción: El área de construcción para usos comerciales exclusivamente, será de un máximo de 1.4 del área del lote. Para usos residenciales y mixtos (comercio y vivienda) se utilizarán los porcentajes previstos en las zonas de vivienda de densidad alta (V.D.A.) para multifamiliares. En las zonas residenciales ya desarrolladas y que caracterizan al comercio local, se permitirá el uso comercial en los primeros pisos, en los lotes localizados preferencialmente en las esquinas de las manzanas. 2.3.7.3.2. Zonas de Comercio - C-2: Se han denominado Zonas de Comercio (C-2), a las zonas, constituidas fundamentalmente, por establecimientos dedicados a la venta de bienes y servicios al nivel de Ciudad, o Zona Centro, caracterizada por la ubicación de actividades estrechamente relacionadas con los servicios y el equipamiento que demanda la población de la región, el municipio y la ciudad, por lo tanto, su comercio es eminentemente especializado y para el cual rigen las siguientes normas: Usos Principales: El uso principal está relacionado con el comercio, la banca, la empresa, la administración, los insumos para las actividades agrícolas e industriales, la administración, los servicios profesionales, además el comercio y los servicios que no resulten molestos para las actividades de la zona tales como: joyerías, relojerías, platerías; ventas al detal y reparación de artículos eléctricos; venta de confecciones; venta de artículos para el hogar; fotografías; laboratorios y estudio de fotografía; agencias de turismo, empleo, oficinas de correos y Telecom; lavanderías, tintorerías, consultorios profesionales, clubes privados, galerías de arte, cines, teatros, juegos de bolo, billares, bares, cafés, café concierto, almacenes de antigüedades, juguetes, regalos, artículos deportivos; casas ópticas; ferreterías; venta de artículos médicos, ortopédicos, quirúrgicos, laboratorios; salas de exposición o venta de vehículos o motos y repuestos, centros de diagnóstico, sincronización, alineación y reparaciones eléctricas de vehículos livianos sin ocupación del espacio público; compraventas, edificios para la prestación de servicios administrativos, culturales, religiosos, filantrópicos, centros educacionales no tradicionales y casas de velación con espacios para

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estacionamiento, junto con las actividades recreativas y turísticas, tales como: comercio especializado; confecciones en general, boutiques, casas ópticas, telas y sedas, aparatos electrodomésticos, calzado, regalos, cristalería, artículos de cuero, muebles, artículos de deportes, librerías, discos, cafeterías, fuentes de soda, heladerías, supermercados, centros comerciales, comercio por departamentos, farmacias, floristerías, sastrerías, lavanderías, tintorerías, víveres, rancho, licores, etc. Servicios: profesionales, financieros, bancarios, oficinas comerciales, corporaciones financieras, finca raíz, agencias de viaje o turismo. Vivienda en multifamiliares de densidad media y alta, hoteles, residencias, almacenes o locales para la venta de artículos para el turista; restaurantes, discotecas, pizzerías, tabernas, oficina de correos y telégrafo; consultorios y/o centros médicos, odontológicos y de laboratorios. Usos compatible: Vivienda bifamiliar y multifamiliar; establecimientos industriales de tipo liviano y mediano, que no causen problemas al resto de actividades de la zona y con dimensión controlada (venta al detal, no más de 10 obreros, que no ocasione ruidos, olores, vibraciones, etc., nocivos o molestos para los vecinos); que no utilice más de 7 caballos de fuerza (10HP) que el taller de producción no sea visible desde la calle y que cuente con un espacio suficiente, interno, para cargue y descargue de mercancías o insumos. Las industrias livianas y medianas, no molestas, tales como: reparación de equipos de oficina, confección de prendas de vestir, talabarterías, confección de artículos higiénicos tales como toallas, servilletas, fabricación de espejos y biseles, tipografías, litografías, editoriales, talleres de encuadernación, preparación de comestibles, talleres de reparación de radio y tv. Usos condicionados: Clínicas, casas de velación sobre vía V-1 y V-2, funerarias, complejos educacionales, complejos industriales o artesanales, grandes depósitos; mercados, pescaderías, parqueaderos públicos, pequeños talleres, edificios civico-culturales y de administración pública; depósitos de artículos y materiales no explosivos y agencias de trasteos (sin derecho a ocupar la vía y/ o espacio público). Áreas y frentes mínimos de lote: El área mínima será de 98 metros cuadrados y un frente mínimo de 7 metros para uso exclusivo de la actividad comercial y en general el área y los frentes mínimos de la zona C-2, no podrán ser menores que los exigidos para las zonas de vivienda correspondiente y según lo indicado en el Plano Oficial de Zonificación. Índice de Ocupación: Se podrá ocupar hasta un 0.8 del área del lote. Los lotes de esquina tendrán un aumento del 5% de ocupación y del Indice de construcción permitida.. Indice de Construcción:

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En las dos primeras plantas el 1.40 del área del lote; para lotes que dan sobre vías de más de 15 metros de ancho; 1.5 para lotes que dan sobre vías de más de 30 metros de ancho, o sobre plazas, parques o zonas verdes podrán alcanzar el 1.6 de la superficie del lote, siempre y cuando las condiciones que se logren mediante diseño (iluminación y ventilación) sean satisfactorias. Cuando se trate de lotes de más de 1.500 metros cuadrados que permitan agrupaciones o soluciones de conjunto, el Director de Planeación Municipal podrá, previa aprobación del Alcalde, autorizar áreas densidades o usos distintos a los previstos, siempre y cuando las justificaciones técnicas y las soluciones propuestas, a criterio de el D.P.M. así lo demanden y contribuyan a la conformación de un entorno urbano agradable. Los lotes de esquina tendrán un aumento del 5% del total del área de construcción permitida. Se exigirán las mismas áreas de construcción establecidas para la zona de vivienda densidad alta (V.D.A.) para multifamiliares. Además existirá una bonificación de un 20% del área de construcción, para los lotes con superficie mayor de 1.000 metros cuadrados y 25 metros de frente; y del 30% para los lotes mayores de 1.800 metros cuadrados y frentes mayores de 35 metros. Las alturas, los aislamientos, los patios, los cerramientos, estacionamientos, etc., se regirán por las disposiciones contempladas en el Capítulo sobre Normas Generales. Localización: Se determina su localización en los sectores dos (2) y tres (3), delimitados en la Sectorización Urbana. A ambos lados de la Autopista Medellín – Bogotá, en los predios con frente sobre esta. 2.3.7.4. ZONAS URBANAS INSTITUCIONALES (ZUI); Son aquellas con fines administrativos, institucionales ó de utilidad pública (hoteles, puestos de salud, colegios, parques, campos deportivos escuelas y similares). se clasifican en tres grupos: TIPO 1: Establecimientos compatibles y complementarios con el uso residencial que no producen impactos en cuanto al tráfico urbano y entre estas actividades se encuentran las asistenciales, como salacunas, jardines infantiles, puestos de salud, tiendas comunales y guarderías, culturales (bibliotecas, salas comunales y teatros), educacionales, recreativos(parques infantiles y de barrio) y de seguridad (Comandos de policía, C.A.I). TIPO 2: Establecimientos con cubrimiento de toda la ciudad, que por su magnitud o actividad producen impacto en el tráfico urbano; este grupo está conformado por instalaciones de la administración pública, clínicas, hospitales, ancianatos, Universidades, Institutos de secundaria o especializados, instalaciones para la recreación y el deporte, centros culturales y sociales y subestaciones de servicios públicos. TIPO 3: Establecimientos considerados especiales por su carácter único dentro de la ciudad y que por su magnitud de sus actividades producen impacto en el tráfico urbano y para su localización requieren de estudios específicos y la aprobación de la oficina de Planeación y la autoridad ambiental respectiva. Está conformado por la plaza de mercado, matadero, plaza de feria, plaza de toros, cementerio, áreas de disposición final de desechos, estación de bomberos,

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instalaciones militares y de policía, cárcel y centrales de servicios públicos. Localización: Se determina su localización en los sectores dos (2) y tres (3), delimitados en la Sectorización Urbana. A ambos lados de la Autopista Medellín – Bogotá, en los predios con frente sobre esta. 2.3.7.5. ZONAS URBANAS INDUSTRIALES (ZUIN); Son aquellas donde se desarrolla la actividad industrial de bajo impacto ambiental, cuya materia prima no produce efectos tóxicos o contaminantes, su elaboración no produce ruidos ni requiere controles especiales para el tratamiento de desechos. (artesanías, industrias familiares, manufacturas en pequeña escala). Se clasifican en dos grupos: TIPO 1: Establecimientos compatibles y complementarios con el uso de vivienda, pero no producen contaminación atmosférica, acústica o a las alcantarillas y no requieren más de 15 kilovatios de fuerza para sus equipos y maquinaria, como por ejemplo, panaderías, zapaterías, sastrerías y artesanías. Area máxima de lote de 500 m2 y 10 empleados Usos condicionado: Cuando por no causar molestias mayores, se solicita la localización de este tipo de industrias en zonas de vivienda o residenciales y/o comerciales, la licencia caducara si se superan las restricciones exigidas y produzcan por tal motivo, algún grado de molestia, perturbación o peligro no remediable. También, cuando, superando las características de liviana (por volúmenes, manufacturación, número de empleados y espacio que ocupe) no causa molestias y se solicita localización en la Zona de Industria Liviana. Área y Frente Mínimo del Lote: El área mínima del lote será de 300 metros cuadrados con frente mínimo de 10 metros. Indice de Ocupación: 0.7 del área del lote, como máximo. Indice de Construcción: 1.2 del área del lote. Otras normas específicas: 1. Se deberán prever pisos pavimentados o asfaltados y con desagües: en los talleres de reparación de autos se deberá prever la instalación de una trampa de grasas para los desagües. 2. Las zonas de trabajo, maniobras y estacionamientos deberán ser internas (en el interior del lote, no pueden efectuarse en el espacio público). 3. Teniendo residuos sólidos, líquidos o gaseosos, deberán recibir tratamiento previo en la medida de lo prescrito por las normas vigentes (Empresas Públicas Municipales, Saneamiento Ambiental o CAR). 4. Se deberá cumplir con las medidas de seguridad y salubridad que eliminen el riesgo para la vida y salud de los trabajadores de la zona y la seguridad de los inmuebles de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia (bomberos, oficina de atención y prevención de desastres OPAD, CAR), requisito ineludible para autorizar la Licencia de Construcción. (El D.P.M. se informará sobre los requisitos exigidos por las entidades respectivas y exigirá su cumplimiento para, en consecuencia, otorgar licencia de construcción.

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TIPO 2: Industria con máximo 20 empleados y área máxima de 1.500 m2. Son aquellas que producen impacto al tráfico urbano y requieren instalaciones adaptadas para su funcionamiento, producen alguna contaminación acústica y/o atmosférica, estos usos requieren de una ubicación restringida para no incomodar otros usos; están las carpinterías, aserraderos, talleres de mecánica y ornamentación, fábricas menores de textiles y alimentos y bebidas. Localización: Restringida y Concertada entre la Administración Municipal, él o los propietarios del predio o predios objeto de la propuesta y los propietarios de los predios vecinos al predio o predios objeto de la propuesta. 2.3.7.5.1. ZONAS URBANAS DE INDUSTRIA PESADA (ZUIP); Son aquellas donde se desarrolla la actividad industrial a gran escala, esta zona es incompatible con algunos usos urbanos. Zona de Industria pesada. Se ha denominado Industria Pesada (I.P.) a las constituidas fundamentalmente por industrias que por su volumen, su impacto urbanístico o rural, amerita localizarse en lugares especiales, previo concepto emitido por la CAR, según tipo de actividad. En el área urbana no se permitirá este tipo de industria, sin embargo de presentarse propuestas para el establecimiento en el territorio municipal de estas industrias se evaluará y se podrán generar exclusivamente al interior de los suelos suburbanos y rurales de acuerdo a las determinantes expedidas por la CAR en el acuerdo 16 de 1998, y demás normas que regulen la materia. 2.3.8. EL MEDIO NATURAL DEL ÁREA URBANA Y ZONAS DE CONSERVACIÓN 2.3.8.1. PROTECCIÓN Y MEJORAMIENTO AMBIENTAL En el área urbana del Municipio de LA VEGA la contaminación hídrica es cada día más alta debido principalmente al vertimiento indiscriminado sobre las quebradas Catica y reyes y el río Ila de los desechos sólidos y líquidos, para ello se plantean algunas medidas preventivas y correctivas para evitar este fenómeno ( Ver Mapa No F14): 2.3.8.2. PROGRAMA DE PROTECCIÓN DE LAS RONDAS Con el fin de establecer acciones conducentes al manejo de las rondas en el área urbana construida se establece un programa de Protección de las Rondas el cual será desarrollado por el municipio y la comunidad en general, siguiendo los siguientes lineamientos:

• Recuperación de cauces naturales. • Recuperación y delimitación de rondas como espacio público par los cual, en las

zonas urbanas construidas se definirá dicha ronda de conformidad con un estudio específico sobre las áreas de inundación de los elementos hídricos, de acuerdo a lo

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que se disponga en el plan parcial de mejoramiento de espacio público, donde los asentamientos ubicados en dichas zonas serán objeto de reubicación, como se mencionó en las amenazas naturales de la zona urbana.

• Igualmente se establecerá en las rondas, la conformación de bulevares con amoblamiento urbano y zonas verdes arborizadas como se estipuló en el plan parcial de mejoramiento de espacio público.

2.3.8.3. SANEAMIENTO DE FUENTES HÍDRICAS Al existir baja cobertura en la prestación de algunos servicios públicos domiciliarios, la población descarga tanto los desechos sólidos como líquidos a fuentes de agua cercanas a sus predios, por esto se deben tomar algunos correctivos como los siguientes:

• La aplicación de multas a las personas que contaminen cauces y rondas de quebradas, mediante un seguimiento, control y vigilancia de las mismas.

La conformación y respeto de la ronda de los ríos y quebradas, 30 metros a lado y lado, no otorgar licencias de construcción y urbanismo en las zonas de ronda; en caso de su invasión la reubicación de esta población en áreas dedicadas para tal fin, reforestación de las márgenes de estas rondas con especies adecuadas para su protección y mantenimiento. El municipio tiene proyectado la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales, para descontaminar el río Ila y la quebrada Reyes, dicha planta se localizará en el predio que técnicamente garanticen su optima localización y construcción.

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2.3.9. AMENAZAS Y RIESGOS EN EL SUELO URBANO La zona urbana del municipio de La Vega, se encuentra dentro de la zona de amenaza moderadamente alta a inundaciones, como se observa en el estudio de amenazas, presentado en la visión Urbano – Regional, debido a que el río Ila, la quebrada Reyes y Catica, forman parte de la zona urbana como elementos estructurales, generando problemas principalmente en época de invierno. En la visión urbana regional se presenta el análisis de amenazas para todo el municipio y se explica como fue determinada. En el mapa No 48 se aprecian las zonas de riesgo del casco urbano. Algunos proyectos que se plantean para este caso son los siguientes:

• Fortalecer logística y financieramente el actual comité de Prevención y Atención de Desastres del municipio, de acuerdo a su conformación por decreto No. 035 de 1995 (marzo 23).

• Se adelantará con la coordinación del comité de Prevención de Desastres, el plan de

Prevención y Contingencia, tanto para el casco urbano como para el área rural, en el caso de presentarse una eventual emergencia, el cual se relaciona en la formulación del Componente General.

• Reubicación de los asentamientos que se encuentran en zona de riesgo de acuerdo

al mapa de riesgo, a zonas destinadas de vivienda de interés social.

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Para la reubicación de asentamientos ubicados en zonas de amenazas naturales no mitigables, se deben prever las siguientes acciones prioritarias:

• Formulación de un programa de reubicación de asentamientos humanos ubicados en áreas de riesgos no mitigable, el cual debe contener:

• Levantamiento del diagnóstico socioeconómico de los hogares que se encuentren localizados en los asentamientos ubicados en zona de riesgo.

• Actualización catastral de los predios de la zona área ubicar, estableciendo su estado en cuanto ala propiedad, las viviendas y sus materiales, los servicios públicos y en general el entorno de las mismas.

• Concertación entre el municipio y los hogares que deben reubicarse. • Identificación de tipos de vivienda y oferta de las mismas. • Selección de alternativas por parte de la comunidad afectada. • Definición de estrategias específicas de gestión financiera que permita reunir y unificar

los recursos provenientes de la participación en la plusvalía, de títulos de derecho adicionales de construcción y desarrollo, de fondos de compensación obtenidos por transferencia de derechos de construcción y desarrollo, etc.

• Para los proyectos de reubicación de los hogares localizados en zonas de riego, el municipio podrá adquirir los inmuebles, utilizando el procedimiento de expropiación por vía administrativa, previsto ene l capítulo VIII de la Ley 3888 de 1997.

2.3.10. PLAN PARCIAL DE EXPANSION URBANA Las áreas planteadas son las que relacionadas con el uso del suelo y la facilidad de actuación en ellas (Pendientes bajas, zonas de riesgo nulas o moderadas, etc.) hacen posible que correspondan a los suelos más aptos circundantes al perímetro urbano actual y que garantizan que la construcción de la nueva ciudad turística pueda ser una realidad en el tiempo, construida coherentemente por etapas o fases de desarrollo y además sin desconocer las demás áreas circundantes a estas, de la mano con el éxito o fracaso, dependiente de la estructura de gestión responsable, que se fundamentará necesariamente en un esquema gerencial de alto nivel. Se establece por lo tanto la necesidad de la elaboración de “PLANES PARCIALES DE EXPANSIÓN URBANA” de acuerdo a lo establecido en la ley 388/97 y sus decretos reglamentarios, en especial el Decreto número 1507 del 4 de agosto de 1998 “Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a Planes Parciales y a Unidades de Actuación Urbanística contenidas en la ley 388 de 1997”, tanto para estas áreas como para las demás áreas propuestas ante la autoridad municipal por las comunidades o particulares interesados en su desarrollo. El Procedimiento para su elaboración será el siguiente:

• Los Planes parciales serán elaborados por las comunidades o particulares interesados en su desarrollo.

• El plan básico de Ordenamiento territorial de la Vega incluye las siguientes directrices y parámetros para los Planes parciales de expansión urbana y definición de: acciones urbanísticas, actuaciones, instrumentos. de financiación. y otros procedimientos

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aplicables2. DIRECTRICES: PLANES PARCIALES DE EXPANSIÓN URBANA: para incorporación de suelo de expansión urbana al suelo urbano. serán necesarios para todo proceso de incorporación.3 PARÁMETROS:

• Ley 388/97, Decreto Reglamentario 1507 de 1998, DOT. Departamental. • Coordinación y apoyo para su elaboración de la Administración Municipal en cabeza

del Alcalde y la Oficina de Planeación Municipal en cabeza de su director, quienes ofrecerán los mecanismos para su elaboración.

• Participación de los propietarios de los predios que conforman las áreas de suelo de expansión urbana.

Definición de: a. Acciones Urbanísticas:

• Integración de la voluntad política y el permanente apoyo: Presidencia de la República, Gobernación y Alcaldía.

• Concertación con las Empresas de servicios públicos • Mantenimiento de una filosofía en torno a la vocación municipal • La Organización y Articulación de propietarios del suelo de expansión y empresarios de

la industria de la construcción b. Actuaciones:

• Localización de la tierra que garantice unificación de predios • Diseño Urbanístico y técnico con visión de futuro • Construcción de proyectos semilla • Infraestructuras con excelentes especificaciones

c. Instrumentos de Financiación

• Convenio con la Banca Nacional • Fiducia Mercantil entre los propietarios de terrenos y el sistema financiero que respalde

la realización del o los proyectos específicos. • Participación directa del sector privado.

d. Otros procedimientos aplicables Creación de una Junta de alto nivel que garantice y articule los diferentes escenarios dada la magnitud de este Plan Parcial, que se comprometa entre otros, a:

• Vigilar y garantizar el cumplimiento de los compromisos pactados • Establecer políticas generales para mantener en vigencia los términos acordados

2 Parágrafo del Artículo 1 del decreto 1507/98 3 Artículo 10 Decreto 1507/98

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• Servir de garante de los intereses de nivel Nacional, Departamental., y Distrital 2.3.11. ATRIBUTO INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS Se entiende pro Sistemas de Servicios Públicos Domiciliarios el conjunto de infraestructura de Redes e instalaciones complementarias requeridas para la dotación y prestación de servicios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, telefonía, recolección de basuras y barrido de calles y necesarias para el desenvolvimiento de las actividades urbanas. “No es posible la construcción de una ciudad turística competitiva sin una excelencia en la prestación de los servicios públicos domiciliarios”. 2.3.11.1. SISTEMA DE ACUEDUCTO URBANO, ALCANTARILLADO Y ASEO URBANO Se debe volver realidad en el área urbana del municipio la excelencia en la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo municipal como prioridad para hacer posible la construcción de la ciudad turística deseada por sus habitantes. Por esto el municipio de La Vega debe tener como proyecto prioritario el concentrar sus esfuerzos en el fortalecimiento y reestructuración de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado, para que esta sea eficiente en la prestación y calidad de los servicios y pueda responder no solamente a los objetivos del POT, sino también con las expectativas de la comunidad en general. Dentro del sistema de acueducto de la zona urbana es prioritario la realización de estudios y la ejecución del Plan Maestro de Acueducto. Con relación al servicio de alcantarillado urbano, es prioritaria la terminación del Plan Maestro de Alcantarillado, con todos sus componentes, incluidos emisario final y planta de tratamiento. Así como realizar los estudios pertinentes para la ampliación del mismo en los tramos que actualmente no contempla el Plan Maestro y dimensionado de una vez el sistema de alcantarillado para la zona de expansión, proyecto este que debe ejecutarse en el corto plazo para lograr emprender la acciones tendientes a la consolidación de dicha zona. Adicionalmente debe considerarse como de carácter obligatorio, y garantizar una permanente revisión y actualización en el tiempo, de los sistemas de abastecimiento de servicios públicos que además permita disponer de un catastro general y de redes también permanente y actualizado, que consienta tomar decisiones de carácter técnico y de inversión para enfrentar oportunamente y de la manera más eficiente su labor en términos de gestión y resultados. Para garantizar inversiones en el sector por parte del Departamento de Cundinamarca se debe cumplir como compromiso ineludible la reducción en las pérdidas de agua en el acueducto municipal urbano, en un mínimo del 15% anual, requisito que se debe cumplir la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de La Vega. Como se mencionó en el documento técnico de soporte el acueducto municipal tiene la capacidad de brindar agua hasta tres veces la población actual de la Vega en la zona

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urbana, por lo que es fundamental garantizar la adecuada organización y gestión de la empresa de S.P. de la Vega, para consolidar la zona de expansión propuesta. La Planta de Depuración y Tratamiento de aguas residuales se convierte en uno de los proyectos de mayor jerarquía, por lo que concertadamente con la Autoridad Ambiental, la Administración municipal y la comunidad, se deben continuar los esfuerzos tendientes a la definición de su localización, sus características de índoles diversos, que den garantía de un manejo apropiado y sano para sus habitantes y además intente reversar el daño incalculable causado en el territorio. Los municipios deberán exigir, para el otorgamiento de la licencia de urbanismo, construcción o parcelación para vivienda , que se destine un área mínima de 0.2 metros cuadrados por habitante potencial, para garantizar el tratamiento primario de las aguas residuales domésticas4 La exigencia en el manejo y tratamiento de los residuos hospitalarios como forma de carácter independiente debe ser garantizada y duramente sancionada en el evento de su incumplimiento. La formulación en el tema del aseo urbano se centrará principalmente en los siguientes términos: Priorizar el convenio con la Secretaría de Medio Ambiente para el establecimiento del sitio adecuado para la ubicación del sistema de manejo de residuos sólidos para la Provincia del Gualivá, especialmente para los municipios de Supatá, La Vega, San Francisco, Nimaima, Vergara, Villeta y Nocaima, garantizando los recursos que deba aportar el municipio en el corto plazo. Se debe contemplar en el acuerdo municipal del Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Que en el evento de que el predio escogido para este propósito, quede en la jurisdicción de La Vega sea declarado como de utilidad pública y facilitar su respectiva negociación con los propietarios. Logrando con esta solución regional minimizar los altos costos de operación , debida principalmente a los costo de funcionamiento de la volqueta por concepto de transporte al botadero mondoñedo. Adicionalmente se debe propender por la ejecución de programas de reciclaje, manejo y de reutilización de los desechos sólidos, no solo del área urbana, sino también vincular el sector rural.. 2.3.11.2 SISTEMA DE ENERGÍA URBANO, TELEFONÍA Y GAS DOMICILIARIO. Los sistemas de Energía, Telefonía y Gas, por ser su regulación centralizada en decisiones de orden principalmente Nacional, limitan considerablemente al municipio para una actuación directa sobre ellos. Sin embargo en lo concerniente a estrategias concertadas directamente con las empresas encargadas de la prestación de los servicios se debe realizar un trabajo en conjunto de manera inmediata (Municipio – Empresas). En el caso del sistema de energía se hace necesario que la Administración Municipal de La

4 Ordenanza Departamental “Directrices y Orientaciones para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Cundinamarca”.

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Vega en asocio con los municipios vecinos, especialmente con Nocaima y Villeta gestionen junto con las empresas prestadoras de este servicio (CODENSA – EMPRESA DE ENERGIA DE CUNDINAMARCA). Los proyectos necesarios para que en asocio generen una mejor calidad del servicio en la región. Lo anterior como conclusión de la reunión celebrada en el municipio de La Vega el día 13 de marzo del 2000 con la participación del Ing. Alejandro Marín en representación de Codensa y el Ing. Luis Isnardo Velandia en representación de la E.E.E.C., miembros de la Administración municipal, representantes de la comunidad, y el equipo consultor para la elaboración del Plan Básico de Ordenamiento Territorial. Deben incentivarse las aplicaciones de formas alternativas de energía, con miras a romper la dependencia de formas tradicionales y reducir los costos a los consumidores5. Para los sistemas de Telefonía y Gas, Se propone seguir el esquema propuesto en el sistema de energía urbano y se implemente con similares características, para que con un eficiente manejo de la gestión pública y privada se posibiliten avances significativos en el mejoramiento de estos. Por lo tanto se implementará el programa de fortalecimiento institucional que contempla el fortaleciendo de la Empresa de Servicios Públicos para el mejoramiento en la prestación de los servicios públicos domiciliarios. 2.3.12. ATRIBUTO EQUIPAMIENTO 2.3.12.1. EQUIPAMIENTOS ASISTENCIALES 2.3.12.1.1. EQUIPAMIENTOS DE BIENESTAR SOCIAL Centro de Atención del I.C.B.F., y Ancianato San Cayetano. Garantizar su sostenibilidad física y económica. 2.3.12.1.2. EQUIPAMIENTOS DE SALUD De acuerdo al diagnóstico municipal la infraestructura de salud correspondiente al Hospital San Antonio debe ser relocalizada en el tiempo con el propósito de superar el escenario de riesgos y amenazas a que esta sometido, sin esperar por lo tanto se cumplan tragedias anunciadas como las ocurridas en el país en el pasado con saldos inmensos en perdidas humanas. Es indispensable la intervención y concurso de los entes de carácter nacional, departamental y municipal que haga viable esta decisión, por cuanto la magnitud económica de este tipo de proyectos supera las capacidades de ejecución a nivel municipal. LOCALIZACIÓN: se posibilitan dos escenarios para su localización. 1.- Con el traslado del equipamento Educativo del municipio y la concentración del mismo en los predios del Colegio Hinestrosa Daza, se posibilita su relocalización en parte del predio 5 Ordenanza Departamental “Directrices y Orientaciones para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Cundinamarca”.

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donde funciona actualmente la concentración escolar Olaya Herrera y que cuenta con un área aproximada de 1.15 Ha. 2.- La generación por efecto del cobro de plusvalía del predio necesario al interior del suelo de expansión urbana. 2.3.12.2. EQUIPAMIENTOS DE EDUCACIÓN Teniendo como base los datos del Sisben consolidados de los años 1998 y 1999 se concluye que la atención en este sector muestra un ofrecimiento equilibrado de la educación a sus habitantes en materia de cobertura de carácter físico. La realización con apoyo gubernamental por parte del departamento de Cundinamarca, posible gracias a la gestión y financiación liderada por el actual gobernador Dr. Andrés González Díaz, del proyecto integral de carácter regional para la “CIUDADELA EDUCATIVA Y DEPORTIVA RICARDO HINESTROSA DAZA”, con un impacto en el suelo urbano de aprox. 17 Ha., habilitará el escenario municipal de la educación con un potencial tanto en infraestructura física como humana para el fortalecimiento del nivel municipal, Departamental y Nacional. Articular el sector Educativo con el sector Turístico de vocación municipal, con el compromiso educativo de énfasis hacia Mercadotecnia, Hotelería y turismo y Agroindustria. El traslado de la Concentración Escolar Olaya Herrera para su integración con la ciudadela deportiva, y el debilitamiento de la propuesta consignada en el acuerdo 10/97 que planteó los predios del mercado de la panela, de las carnes y adyacentes como suelos para equipamento de educación, permite disponer de estos para reorientarlos a usos de carácter institucional y de generación de espacio público en el área central. En el área destinada para vivienda de interés social localizada al norte del área urbana se debe generar el área suficiente por los mecanismos de cesión y efecto plusvalía sobre el lote propuesto en el acuerdo 10/97 denominado El Chircal y los predios adyacentes al mismo. Lo anterior da garantía para la elaboración y ejecución de proyectos para el sector educativo que en largo plazo refuerce la oferta educativa y dé respuesta a la demanda posible en ese sector con carácter zonal y local. 2.3.12.3. EQUIPAMIENTOS CULTURALES: Es indispensable elevar al nivel de gerencia el manejo Administrativo en el municipio del Turismo y la Cultura, para garantizar al visitante una organización acorde con la vocación municipal y no el de carácter parroquial usado en la actualidad, que garantice una estructura fortalecida; humana, económica y administrativamente, dotada además de las herramientas adecuadas para el logro de una excelente gestión que se responsabilice de los resultados esperados. El municipio debe habilitar dignamente la casa de la cultura actual para ofrecer un espacio físico con las calidades de sede para la gerencia de la “Oficina de Cultura y Turismo de La Vega”.

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2.3.12.4. EQUIPAMIENTOS TURÍSTICOS: Para lograr el sueño colectivo de convertir el territorio municipal de la Vega en una de las empresas turísticas más rentables del país, social y económicamente, sus habitantes deben prepararse con el ánimo de colocarla en el escenario internacional como meta final y consolidarla como un emporio económico que de solución a las necesidades y expectativas de sus habitantes. La Gerencia que conduzca al éxito a la “Oficina de Cultura y Turismo de La Vega” debe ser la más importante en el ámbito municipal. Su labor puntual de inicio debe ser la generación del Plan Turístico Municipal unida a la decisión político administrativa de respaldo total, de lo contrario se pone en riesgo el esquema soñado. Variables estratégicas necesarias para el fortalecimiento:

• Determinación de los sitios para el ecoturismo, agroturismo y el turismo urbano • Plan Turístico • Apoyo Administrativo

Retos:

• Acondicionamiento de la Infraestructura Existente • Financiación al Sector

El Plan propuesto decidirá los proyectos y su nivel prioritario, como por ejemplo: Expedición Butulú - Tabacal “Mitos y Leyendas” 2.3.12.5. EQUIPAMIENTOS ADMINISTRATIVO Y DE SEGURIDAD 2.3.12.5.1. PALACIO MUNICIPAL Equilibrio de las necesidades administrativas como una decisión de carácter político enmarcada en el logro de la efectividad y eficiencia de sus funcionarios para no superar las necesidades de espacio físico. Puesto que los Indices de ocupación y de construcción de sus instalaciones han llegado ya al 100% 2.3.12.5.2. NOTARÍA ÚNICA DEL CIRCULO Es de singular importancia la Articulación entre la Administración Municipal, La Notaría Única del circulo con sede en la Vega y la Oficina de Instrumentos Públicos con sede en la ciudad de Facatativa que cubre al municipio de acuerdo a su jurisdicción, para que de una manera eficiente y coordinada, se cumpla con las determinaciones tomadas en el presente Plan Básico de Ordenamiento Territorial, tendientes a la regulación e implantación de los usos del suelo dentro del marco del conocimiento público de derechos de propiedad y demás derechos reales sobre los terrenos e inmuebles que conforman el territorio municipal, en sus diferentes suelos: Urbanos, de expansión urbana, rurales, suburbanos y de protección. Para que esto sea posible se debe generar una base de datos a nivel catastral para la

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correcta identificación y regulación de los predios y que permita además hablar en un lenguaje unificado entre las diferentes instituciones participantes, lo anterior nos enmarca en la necesidad de estructurar el proyecto regional “SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRAFICO MUNICIPAL” 2.3.12.6. EQUIPAMIENTOS RECREATIVOS Y DEPORTIVOS El sector adquiere una singular importancia desde la óptica de contribuir al fortalecimiento Turístico del Municipio, puesto que al visitante o al transeúnte puede ofrecérsele como escenario adicional este tipo de equipamientos y de esta manera garantizar el nivel de competitividad y atracción de nuestro territorio. Se debe contar para esto con el decidido apoyo Administrativo y Político para hacer la labor en el tiempo que requiere preparar a nuestros niños y jóvenes en lograr las calidades para su intervención en competencias de orden nacional e internacional, para en un mediano plazo consolidar propuestas como la de ser sede de los “Juegos Departamentales”. Al articular las instalaciones de la “Ciudadela Educativa y Deportiva, Ricardo Hinestrosa Daza”, con su calidad y capacidad se debe crear el “CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO”. Es necesario gestionar que los espacios deportivos que se creen al interior de la Ciudadela RHIDA, especialmente el estadio y el coliseo cubierto debe contemplarse como un lugar abierto al público , por lo que se plantea que sea administrado por el ente deportivo municipal y debe proyectarse como un centro deportivo regional. Igualmente se plantea la idea de un proyecto especial para la construcción o adaptación de un centro de Educación Física, en parte del lote de la actual escuela Olaya Herrera, aprovechando la infraestructura actual. 2.3.12.7. EQUIPAMIENTOS DE ABASTECIMIENTO Dentro de la zona urbana se encuentran en esta categoría la Plaza de mercado, el pabellón de las carnes y de la panela. El del Acuerdo 10 de 1997 plantea un proyecto especial para la conformación del Centro de Abastecimiento y Comercialización, localizado en la manzana 23 sobre el costado oriental de la carrera 1ª. Entre la vía que conduce a la laguna de El Tabacal y la que conduce al cementerio (calle 23), que se une a la anterior, así como la integración de predios adyacentes al proyecto. Dejando previsto un área aproximada de 6.68 Ha. y que corresponden a los predios relacionados y comprometidos en el acuerdo 10/97 Los servicios iniciales para su establecimiento en el sitio y que se sustentarían con los proyectos respectivos, serían:

• Plaza de Mercado existente y su planeación progresiva, plaza Campesina, restaurantes de plaza y servicios complementarios

• Centro de Acopio

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• Pabellón de la Panela • Pabellón de las Carnes • Zonas de Espectáculos • Áreas de estacionamiento que además permitan generar el espacio necesario

requerido para absorber el parqueo de los automotores que intervengan al momento de la creación y consolidación de la empresa de servicio público urbano así como los vehículos de las empresas que atienden la zona rural y los que cubren las rutas a Nocaima y San Francisco

El Plan Básico de Ordenamiento territorial de la Vega retoma el concepto general planteado y enfocado a la integración inmobiliaria para posibilitar su desarrollo con implicaciones de carácter municipal y regional, con el propósito además de permitir movilidad tanto de carácter político y administrativo para no generar camisas de fuerza que obstaculicen el complejo proceso de llevarlo a la realidad en el corto, mediano y largo plazo. Se propone además el manejo integral similar al adoptado en la “Ciudadela Educativa y Deportiva” 2.3.12.8. EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS URBANOS ESPECIALES 2.3.12.8.1. MATADERO La Ordenanza Departamental “Por la cual se adoptan las Directrices y Orientaciones para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Cundinamarca”, en su capítulo VIII Relacionado con la creación de empresas regionales de servicios públicos, determina a nivel general que para poder alcanzar las coberturas requeridas en condiciones competitivas, es necesario acometer grandes proyectos que beneficien a varias comunidades; por lo tanto, se considera que el tema de los servicios públicos debe tratarse con visión regional. Por lo anterior estima que la construcción de nuevos mataderos deberá ser de ámbito regional, y estar localizados en zona rural, su ubicación será preestablecida concertadamente por los municipios asociados, garantizando el adecuado manejo de los desechos y el cumplimiento de los requisitos establecidos por la autoridad ambiental y el municipio. Dada la actual localización del matadero municipal en el costado occidental de la carrera tercera entre la calle 23A y los predios en donde se construye el plan de vivienda “AME”, y con nomenclatura urbana actual Carrera 3ª. No. 21A-525, inmerso en la zona donde se desarrollan programas de vivienda de interés social lo cual produce incompatibilidad de usos del suelo. En consecuencia el Plan Básico de Ordenamiento Territorial de La Vega estima conveniente la concertación a nivel de la provincia, para concretar un proyecto a nivel regional sobre el matadero, lo que beneficiaría a las administraciones municipales, por que se reduce los efectos nocivos al medio ambiente y a la comunidad en general por el mal manejo que se está dando actualmente a los mataderos municipales, además disminuiría los costos de funcionamiento. Este proyecto debe concretarse y hacerse realidad en un tiempo no mayor a dos (2) años. Los siguientes son los proyectos estratégicos que contribuirán con el ordenamiento territorial y urbano propuestos, los cuales están señalados en el Mapa F15, de proyectos Especiales de la

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Zona Urbana. PROYECTOS ESTRATÉGICOS:

1. Centro de abastecimiento y Comercialización. 2. Culminación de la Ciudadela Educativa y Recreativa Ricardo Hinestrosa Daza. 3. Proyectos ambientales:

Recuperación de rondas hídricas. 4. Parque 5. Comando de policía y Bomberos. 6. Reubicación del Hospital San Antonio. 7. Construcción del terminal de Transporte. 8. Proyectos viales. 9. Plan Parcial de espacio Público.

2.3.12.9. ATRIBUTO TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA VIAL 2.3.12.9.1. El sistema vial Las Directrices y Orientaciones para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Cundinamarca unifican la clasificación vial de la siguiente manera, y será adoptada en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de La Vega, así: NORMAS Y ESPECIFICACIONES VIALES: VIA REGIONAL PRINCIPAL (VRP): Retrocesos : 15 metros a partir del borde de la calzada. Estacionamiento : Sobre bahías. Tipo de Vía : Acceso y abastecimiento a los centros urbanos, sin penetrar al área urbana. Dentro de esta clasificación se tienen las siguientes vias: (VRP) VIA NACIONAL O AUTOPISTA MEDELLÍN (VRP) VIA TRONCAL CAFETERA (VRP) VIA NACIONAL O AUTOPISTA MEDELLÍN: Tramo al interior del Perímetro Urbano. Ancho Total : 30 metros Retrocesos : 5 metros a partir del borde de la calzada. Podrá ser utilizado como bahía. Estacionamiento : Sobre bahías. Vía de comunicación interdepartamental, de tráfico Nacional, que atraviesa el Municipio longitudinalmente y se constituye en el eje del sistema vial y articulador de la estructura urbana. Sobre el eje vial Nacional o Autopista Medellín, el municipio de la Vega contara con dos (2)

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intersecciones viales tipo glorieta en cada uno de sus extremos y tres (3) tipo intersección a nivel, distribuidas equitativamente entre las anteriores y que hagan posible el cruce vehicular a lado y lado de la autopista.

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LOCALIZACIÓN: Extremo Sur Oriental del área Urbana: Se establecen dos (2) posibles sitios que serán evaluados en detalle en el Plan parcial para el mejoramiento de espacio público. 1.- En la intersección existente entre la Autopista Medellín – Bogotá y la calle primera (1ª.) 2.- En la intersección existente entre la Autopista Medellín – Bogotá y la calle tercera (3ª.) Extremo Nor Occidente del área Urbana: 1.- En la intersección existente entre la Autopista Medellín – Bogotá y la carrera tercera (3ª.) Con el propósito de enfrentar el alto índice de accidentalidad en la autopista, se plantea quede limitado el cruce vehicular en el trayecto de la autopista en el área urbana y entre las glorietas planteadas a solamente tres (3), los cuales serán evaluados y concertados con la comunidad en el Plan parcial para el mejoramiento de espacio público. Para que lo anterior sea posible se debe integrar como mobiliario urbano separadores prefabricados en concreto ya existentes en el mercado, que limiten al conductor y le obliguen e impidan irrespetar los cruces permitidos. Esta alternativa además de ser económica y practica, permite en el futuro su adaptabilidad a otras decisiones viales sin la necesidad de demoler las construcciones fijas con la consecuente perdida de la inversión efectuada. La responsabilidad de presentar propuestas viables en concordancia con la posibilidad económica real del municipio lleva a proponer esta alternativa como la más aterrizada, debido a que otras propuestas sugeridas y discutidas con la comunidad, como la ejecución de puentes Vehiculares-peatonales y ser considerado su costo-beneficio, como sus dificultades técnicas por las elevadas áreas requeridas para este tipo de solución que las hacen prácticamente irrealizables en el escenario económico actual real. Los puentes peatonales aprobados y concertados entre La Gobernación de Cundinamarca, INVIAS y el Municipio de La Vega. (Dos para la zona urbana y uno para la inspección de El Vino), deben ser articulados con el escenario vial vehicular en el Plan parcial para el mejoramiento de espacio público. Se aclara que en conversaciones realizadas con INVIAS se estimo la imposibilidad de la construcción de separadores de carácter fijo. Además de la imposibilidad de intervenir en las construcciones existentes al día de hoy realizadas con anterioridad a la vigencia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial de La Vega debido al impacto económico y social que generaría obligar a sus propietarios el demoler y reconstruir sus inmuebles. Se deja en claro la sujeción a las normas de las futuras construcciones e intervenciones urbanas que se propongan realizar con posterioridad a la vigencia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial de La Vega y la obligatoriedad en el cumplimiento de los

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compromisos pactados él. A partir de los retrocesos de las vías VRP, VRS Y VPR, no se permitirá la localización de ninguna actividad distinta a las permitidas por la Autoridad Ambiental. El gobierno Departamental reglamentará la localización y retrocesos de las vallas publicitarias que se instalen en los corredores viales, buscando la descontaminación visual y reducir la afectación del paisaje natural. En las vías Departamentales solo se permitirá la localización de vallas y avisos en las zonas comprendidas entre un kilometro antes y uno después de los centros poblados y de cruces de caminos. VIA URBANA DE PRIMER ORDEN (VU-1): Interconecta los centros donde discurren las principales actividades urbanas con los diferentes barrios. Ancho total : 15 metros mínimo. Ancho y número de calzadas : 2 calzadas de siete metros cada una. Ancho separador central : 1 metro Ancho de andenes : 3 metros mínimo en las zonas centrales y comerciales. 2 metros en zonas de vivienda. Radio mínimo de empate : 5 metros. Retrocesos : En zonas comerciales: 2 metros. Mínimo. En zonas de vivienda : 5 metros. a partir del paramento propuesto para antejardín. Se permite estacionamiento en un sólo costado. Dentro de esta clasificación se tienen las siguientes vias: - Ampliación de la Cr 5 desde la Cl 18 hasta la Cl 19 desde donde se proyectará su

construcción hasta la Cl 21 A en 440 m hasta intersectar la autopista Medellín. - Ampliación de la Tv 3 (Cr 3 ) hasta la Cl 18 en 700 m, subiendo por ésta hasta la Cr 1 en 120

m, se tomará toda la Cr 1 330 m bajando por la Cl 23, 250 m hasta la Cr 3, hasta interceptar con la Autopista Medellín.

- Se conectará el puente de la Cl 23 con la Cr 4 atravesando la autopista mediante la proyección de una vía de 30 m. Facilitando un punto de cruce de la autopista Medellín y que afectará el predio 01-0029-005.

- Cl 8 desde la autopista Medellín hasta su intersección con el río Ila y luego con la vía al Cural. Mediante la ampliación de la vía El Cural hasta su intersección con la Cl 3.

- Ampliación del tramo de la Cl 11 desde la Cr 3 pasando por la autopista hasta su intersección con la Cr 5.

- Cl 15 desde la Cr 5 pasando por el río Ila vía Sasaima. - Cl 1 desde la autopista vía a San Juan VIA URBANA DE SEGUNDO ORDEN (VU-2): Penetra en los diferentes sectores urbanos y los límites de comunidades. Ancho total : 10 metros mínimo.

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Ancho y número de calzadas : 1calzada de 7 metros. Ancho de andenes : 1.50 metros mínimo. Radio mínimo de empate : 5 metros. Retrocesos : En zonas comerciales: 2 metros mínimo. En zonas de vivienda : 3 metros a partir del paramento propuesto. Se permite estacionamiento en un solo costado. Dentro de esta clasificación se tienen las siguientes vias: - Desde la intersección de la Cr 3 con la Cl 18, se proyectará la continuación de la Cl 18

hasta el sur en 200 m hasta unirse con la Cr 5, afectando los predios 01-0-0012-004, 017, 033,016, 039, 01-0-015-004, 01-00-039-003 donde ya se intercepta la Cr 5.

- Cr 2 desde la Cl 18 continuando por la vía hacia la Laguna. - Cl 21 A desde la Cr 3 hasta el Río Ila. - Construcción del tramo de la Cl 23 Bis. entre autopista Medellín y Cr 3 afectando el predio

destinado para el terminal. - Cr 3 entre Cl 23 y Cl 18 - Cr 3 A entre la Cl 20 y 16. - Cl 22 entre Cr 2 y 3. - Cl 21 entre Cr 1 y 3. - Cl 20 entre Cr 2 y la Autopista. - Cl 19 entre Cr 2 y 5. - Cl 17 desde la Cr 3 A hasta la Cr 5. - Cl 16 entre Tv 3 y Cr 5 - Cl 14 entre Tv 3 y Cr 5. VIA URBANA DE TERCER ORDEN (VU-3): Interconecta los barrios entre sí. Ancho total : 9 metros. Ancho y número de calzadas : 1 de 6 metros. Ancho de andenes : 1.50 metros. Radio mínimo de empate : 5 metros. Retrocesos : 2 metros a partir del paramento. Estacionamiento en un solo costado. Dentro de esta clasificación se tienen las siguientes vias: - Cl 2 desde la Q. Reyes hasta la Autopista - Cr 2 intersectando con la Autopista Medellín. - Cl 5 A hasta la intersección con la Autopista. - Cl 7 desde la Urbanización Ma. Paz Gaviria hasta la intersección con la Autopista. - Cl 8 A, 9 y 10 desde la Q. Reyes hasta la Autopista Medellín. - Cl 13 desde la Q. Reyes hasta la intersección con la Autopista, Cr 5 y el Río Ila. - Cr 4 A entre Cl 12 y 13 A. - Cl 13 A y 13 B entre Cr 5 Hasta la Autopista Medellín. - Cl 12 desde la autopista Medellín pasando por la Cr 5 hasta el río Ila. - Cl 8 A y 8 B desde la autopista hasta el barrio el bosque. - Cl 8C y 9 desde la autopista hasta el Barrio Villa del Río. - Cl 10 desde la autopista hasta el condominio Villa Claudia. - Cr 5 B desde la Cl 13 hasta la Cl 11.

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- Cr 5 A entre la Cl 11 y el Barrio Gaitán. - Construcción de la vía que atraviesa la zona de VIS al nororiente del casco urbano. - Cl 23 A, 23B, 23C y 23C del Barrio Centenario. - Cl 24 entre la autopista Medellín el río Ila. Y demás vías que interconecten los barrios entre sí. VIA URBANA PEATONAL (VU-4): Cuya función es la de permitir el desplazamiento peatonal dentro de las diversas zonas de un mismo barrio. Ancho total : 6 metros. Ancho de andenes : 1.50 metros. Retrocesos : En zonas comerciales 2 metros para voladizos. No se permiten estacionamientos. Este tipo de vía no se tiene en cuenta en el área urbana. Para las nuevas construcciones e intervenciones urbanas a partir de la aprobación y vigencia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio de la Vega, regirán las afectaciones determinadas y reglamentadas en la Ordenanza “Por la cual se adoptan las Directrices y Orientaciones para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Cundinamarca”, según la localización del respectivo predio sobre el tipo de vía que más se asemeje a lo determinado. Todas las vías urbanas vehiculares deberán tener señales de tránsito. En la construcción de nuevas vías donde se tenga previsto la movilización en bicicleta se debe incluir un carril independiente que sirva de ciclovía. 2.3.12.9.2. Sistema de Transporte La propuesta presentada en el acuerdo 10/97, correspondiente a la intervención urbana sobre un predio con un área de aproximadamente 22.211 M2 (2.22 Ha.), se encuentra sobre dimensionada por las siguientes consideraciones: Se presentan dos esquemas de transporte de diferentes cualidades y calidades con requerimientos tanto de espacio como de especificaciones que determinan sitios y condiciones diferentes, así:

• El Transporte de nivel Urbano y Rural prestado directamente desde el interior del área urbana que hoy tiene un parque automotor de 87 unidades (Cootransgualiva: 32 Und. Y Cootransvilla Leal: 55 Und.) y que para efectos prácticos lo aproximaremos a 100 unidades. Estos vehículos requerirían un área de parqueo (parqueo, circulación y maniobras 20 M2 x vehículo) de 2.000 M2 (0.20 Ha.) al 100% de ocupación. Para efectos de diseño en el tiempo trabajamos con 50 vehículos como si estuvieran permanentemente en el espacio diseñado o en horas nocturnas fueran parqueados por sus propietarios, lo que nos da el máximo índice de ocupación a hoy. A la rata de crecimiento anual del 3.6% a 10 años tendríamos aproximadamente necesidad de espacio para 72 vehículos, de nuevo para efectos de cálculo los aproximamos a la cifra de 100 unidades, por lo tanto concluimos que con un área real de trabajo serían 2.000 M2 (0.20 Ha.) para suplir esta necesidad a hoy y proyectada.

• El área propuesta vista al interior del Proyecto Centro de Abastecimiento y

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Comercialización cuya intervención en área es de 66.715 M2 (6.68 Ha.), representa en el área total de este un porcentaje de tan solo 2.99%.

Lo anterior clarifica la propuesta presentada de lograr el sitio al interior de este proyecto para la solución de espacio físico para las empresas de transporte municipal. El transporte de carácter Regional, de espera y de tránsito en el área Urbana puntualmente localizado sobre la autopista Medellín – Bogotá y que no involucra la necesidad de grandes áreas, sino más bien de soluciones al interior del Espacio Público involucrando el Mobiliario Urbano correspondiente y que debe ser generado adyacente a la vía para que cumpla con su propósito adecuado, en donde el impacto de permanecer por poco tiempo sobre la vía permita la clarificación del uso y no genere el desorden y caos como es el caso del actual esquema por carecer del sitio y las áreas respectivas. Parque automotor (tipo bus) permanente en el sitio como máximo en horas pico de 6 unidades (Flota Santa Fé: 2 und., Flota Aguila que incluye a Tisquesuza: 4 Und.) y que para efectos prácticos lo aproximaremos a 10 unidades. Estos vehículos requerirían un área de parqueo (parqueo, circulación y maniobras 50 M2 x vehículo) de 500 M2 (0.05 Ha.) al 100% de ocupación. Para efectos de diseño en el tiempo se trabaja con 10 vehículos como si estuvieran permanentemente en el espacio diseñado o en horas nocturnas fueran parqueados por sus propietarios, lo que nos da el máximo índice de ocupación a hoy. A la rata de crecimiento anual del 3.6% a 10 años tendríamos aproximadamente necesidad de espacio para 15 vehículos, de nuevo para efectos de cálculo los aproximamos a la cifra de 20 unidades, por lo tanto concluimos que con un área real de trabajo serían 1.000 M2 (0.10 Ha.) para suplir esta necesidad a hoy y proyectada. Se plantea el establecimiento de un terminal que cumpla con todas las normas ambientales de tal forma que no genere impactos negativos en el predio identificado con el número catastral: 2.3.13. ATRIBUTO ESPACIO PUBLICO 2.3.13.1. PLAN PARCIAL PARA MEJORAMIENTO DE ESPACIO PUBLICO se establece la elaboración del “PLAN PARCIAL PARA MEJORAMIENTO DE ESPACIO PUBLICO” de acuerdo a lo establecido en la ley 388/97 y sus decretos reglamentarios, en especial el Decreto número 1507 del 4 de agosto de 1998 “Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a Planes Parciales y a Unidades de Actuación Urbanística contenidas en la ley 388 de 1997”. El Procedimiento para su elaboración será el siguiente:

El plan parcial será elaborado en conjunto por la autoridad municipal, y los sectores de carácter público y privado propietarios del suelo que compone el sistema de espacio público. El plan básico de Ordenamiento territorial de la vega incluye las siguientes directrices y parámetros para el Plan Parcial Para Mejoramiento De Espacio Publico y definición de: acciones urbanísticas, actuaciones, instrumentos. de financiación. y otros procedimientos

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aplicables6. DIRECTRICES: PLAN PARCIAL PARA MEJORAMIENTO DE ESPACIO PUBLICO: sectores que requieran de la creación o transformación de elementos del espacio publico. 7 PARÁMETROS:

• Ley 388/97, Decreto Reglamentario 1507 de 1998, DOT. Departamental. • Ordenanza 062 Asamblea Departamental “Red de Caminos de Cundinamarca” • Coordinación y apoyo para su elaboración de la Administración Municipal en cabeza

del Alcalde y la Oficina de Planeación Municipal en cabeza de su director, quienes ofrecerán los mecanismos para su elaboración.

• Participación de los propietarios de los predios que conforman las áreas de suelo susceptibles de incorporación al sistema de espacio público de La Vega.

Definición de: a. Acciones Urbanísticas

1. Escalas de trabajo: Sistema Regional y el de escala zonal y local 2. Estructura ambiental hídrica y Orográfica. 3. Concertación con las Empresas de servicios públicos. 4. Participación directa de la autoridad ambiental. 5. Mantenimiento de una filosofía en torno a la vocación municipal 6. La Organización y Articulación con propietarios del suelo.

b. Actuaciones:

1. Localización de la tierra que garantice unificación de predios 2. Diseño Urbanístico y técnico con visión de futuro 3. Diseño de Mobiliario Urbano 4. Garantizar Infraestructuras con excelentes especificaciones 5. Concertación con propietarios de predios en rondas ocupadas para viabilizar

porcentajes de recuperación. 6. Intervención en las rondas para la generación de senderos peatonales como parques,

en especial la quebrada reyes como eje central y atractivo peatonal. 7. Habilitar el parque la Zoraida para ofrecerlo al público. 8. Integrar los predios del pabellón de las carnes y mercado de la panela al sistema de

espacio público para el área central. 9. Incluir el predio del actual matadero como área para espacio público para equilibrar

la zona debido a su alta densidad en construcción. c. Instrumentos de Financiación

1. Convenio con inversionistas y sector financiero para garantizar su ejecución 2. Fiducia Mercantil entre los propietarios de terrenos y el sistema financiero que respalde

6 Parágrafo del Artículo 1 del decreto 1507/98 7 Artículo 10 Decreto 1507/98

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la realización del o los proyectos específicos. 3. Participación directa del sector privado.

d. Otros procedimientos aplicables

1. Invitación a organismos Nacionales e internacionales para su vinculación en el desarrollo del tema

2.3.15. INSPECCION DEL VINO Plan Parcial Inspección El Vino, para la que se propone para su elaboración el siguiente procedimiento: El plan parcial será elaborado en conjunto por la administración municipal, y los sectores de carácter público y privado propietarios del suelo al interior del área delimitada. El plan básico de Ordenamiento territorial de la vega incluye las siguientes directrices y parámetros para el Plan parcial de Mejoramiento Integral y definición de: acciones urbanísticas, actuaciones, instrumentos. de financiación. y otros procedimientos aplicables8. DIRECTRICES: “PLAN PARCIAL DE MEJORAMIENTO INTEGRAL DE LA INSPECCION DE EL VINO”: sectores de la ciudad desarrollados de forma incompleta o con condiciones deficitarias en la provisión de equipamientos, zonas recreativas. y servicios públicos, entre otros.9 PARÁMETROS:

• Ley 388/97, Decreto Reglamentario 1507 de 1998, DOT. Departamental • Coordinación y apoyo para su elaboración de la Administración Municipal en cabeza

del Alcalde y la Oficina de Planeación Municipal en cabeza de su director, quienes ofrecerán los mecanismos para su elaboración.

• Participación de los propietarios de los predios que conforman el área de suelo objeto del Plan Parcial.

Definición de: Acciones Urbanísticas:

• Planeación del área correspondiente a la Inspección El Vino. • Dotación de Equipamiento • Detener su crecimiento debido a las condiciones de amenaza y riesgo de la zona.

Actuaciones: Concertadas y conjuntas entre el sector público y privado. Instrumentos de Financiación:

8 Parágrafo del Artículo 1 del decreto 1507/98 9 Artículo 10 decreto 1507/98

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Participación conjunta sector público y sector privado entendido este como los propietarios de suelo en el área objeto del plan parcial. Otros procedimientos aplicables: Apoyo en los mecanismos de concertación para garantizar la gestión y ejecución del plan propuesto. 2.3.14. LA PLUSVALIA De conformidad con lo dispuesto por el artículo 82 de la Constitución Política, las acciones urbanísticas que regulan la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano incrementando su aprovechamiento, generan beneficios que dan derecho a las entidades públicas a participar en las plusvalías resultantes de dichas acciones. Esta participación se destinará a la defensa y fomento del interés común a través de acciones y operaciones encaminadas a distribuir y sufragar equitativamente los costos del desarrollo urbano, así como mejoramiento del espacio público y, en general, de la calidad urbanística del territorio municipal. El Concejo Municipal establecerá mediante acuerdos de carácter general, las normas para la aplicación de la participación en la plusvalía ene l municipio de la Vega. 2.3.14.1. HECHOS GENERADORES DE PLUSVALÍA Constituyen hechos generadores de la participación en la plusvalía de que trata el artículo anterior, las decisiones administrativas que configuran acciones urbanísticas de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1599 de 1998 en el artículo 1 y en la Ley 388 de 1998 en su articulo 8, y que autorizan específicamente ya sea a destinar el inmueble a uso más rentable, o bien incrementar el aprovechamiento del suelo permitiendo una mayor área edificada, de acuerdo con lo que se estatuya formalmente en el Plan Básico de ordenamiento o en los instrumentos que lo desarrollen. Son hechos generadores los siguientes:

1. La incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana o la consideración de parte del suelo rural como suburbano.

2. El establecimiento o modificación del régimen o la zonificación de usos del suelo. 3. La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación, bien sea

elevando el índice de ocupación o el índice de construcción, o ambos a la vez. 4. Conforme al artículo 87 de la Ley 388 de 1997, la ejecución de obras públicas

previstas en el Plan de ordenamiento territorial o en los instrumentos que lo desarrollen que generen mayor valor en predios en razón de las mismas y no haya utilizado para su financiación la contribución de valorización,

Para la determinación de los efectos de la plusvalía, su cálculo y la forma de pago, seguirá lo establecido en la Ley 388 de 1997 y su decreto reglamentario 1599 de 1998, y todas las disposiciones legales posteriores. Para el municipio de la Vega se presentan los siguientes hechos generadores de Plusvalía el Mapa F16 y F16A, Áreas Generadoras de Plusvalía.

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1. Predios vinculados a la zona de expansión urbana. 2. Predios adicionados al perímetro urbano. 3. Predios del suelo rural que entraron a hacer parte de suelo suburbano. 4. Por cambio de Uso, del corredor de la Autopista Medellín de Vivienda a uso

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Mixto. 5. Mayores densidades e índices de ocupación, en uso de vivienda, el precio de

referencia individual será el determinado en la zona de vivienda de densidad baja.

2.3.14.2. DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE LA PLUSVALÍA El producto de la participación en a plusvalía a favor del municipio se destinará a los siguientes fines:

1. Compra de predios o inmuebles para desarrollar planes o proyectos de vivienda de interés social.

2. Construcción o mejoramiento de infraestructura vial, de servicios públicos domiciliarios, áreas de recreación y equipamientos sociales para la adecuación de asentamientos urbanos en condiciones de desarrollo incompleto o inadecuado.

3. Ejecución de proyectos y obras de recreación, parques y zonas verdes y expansión y recuperación de los centros y equipamientos que conforman el espacio público urbano.

4. Financiamiento de infraestructura vial y de sistema de transporte masivo de interés general.

5. Actuaciones urbanísticas en macroproyectos, programas de renovación urbana u otros proyectos que se desarrollen a través de unidades de actuación urbanística.

6. Pago de precio o indemnizaciones por acciones de adquisición voluntaria o expropiación de inmuebles, para programas de renovación urbana.

7. Fomento de la creación cultural y al mantenimiento del patrimonio cultural del municipio o distrito, mediante la mejora, adecuación o restauración de bienes inmuebles catalogados como patrimonio cultural, especialmente en las zonas de las ciudades declaradas como de desarrollo incompleto o inadecuado.

2.3.15. LICENCIAS La licencia es el acto por el cual se autoriza a solicitud del interesado la adecuación de terrenos o la realización de obras. Las licencias podrán ser de urbanismo o de construcción. 2.3.15.1. LICENCIA DE URBANISMO Y SUS MODALIDADES Se entiende por licencia de urbanismo, la autorización para ejecutar en un predio la creación de espacios abiertos públicos o privados y las obras de infraestructura que permitan la construcción de un conjunto de edificaciones acorde con el Plan de ordenamiento territorial. Son modalidades de la licencia de urbanismo las autorizaciones que se concedan para la parcelación de un predio en suelo rural o de expansión urbana, para el loteo o subdivisión de predios para urbanización o parcelación y el encerramiento temporal durante la ejecución de las obras autorizadas. 2.3.15.2. LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN Y SUS MODALIDADES:

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Se entiende por licencia de construcción la autorización para desarrollar un predio con construcciones, cualquiera que ellas sean, acordes con el plan de ordenamiento territorial y las normas urbanísticas del municipio o distrito. Son modalidades de la licencia de construcción las autorizaciones para ampliar, adecuar, modificar, cerrar y demoler construcciones. 2.3.15.3. SOLICITUD DE LICENCIAS El estudio, trámite y expedición de licencias, se hará solo a solicitud de quienes puedan ser titulares de las mismas. La expedición de la licencia conlleva por parte de la autoridad competente para su expedición la realización de las siguientes actuaciones, entre otras: el suministro de información sobre las normas urbanísticas aplicables a los predios objeto del proyecto, la rendición de los conceptos que sobre las normas urbanísticas aplicables se soliciten, el visto bueno de los planos necesarios para la construcción y los reglamentos de propiedad horizontal, la citación y notificación a vecinos y la gestión ante la entidad competente para la asignación, rectificación y certificación de la nomenclatura de los predios y construcciones con sujeción a la información catastral correspondiente. 2.3.15.3.1. DOCUMENTOS QUE DEBE ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE LICENCIA Toda solicitud de licencia debe acompañarse de los siguientes documentos:

1. Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, cuya fecha de expedición no sea anterior en más de tres (3) meses a la fecha de la solicitud.

2. Si el solicitante dela licencia fuera una persona jurídica, deberá acreditarse la existencia y representación de la misma mediante documento idóneo.

3. Copia del recibo de pago del último ejercicio fiscal del impuesto predial del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud donde figure la nomenclatura alfanumérica del predio.

4. Plano de localización e identificación del predio o predios objeto de la solicitud. 5. La relación de la dirección de los vecinos del predio o predios objeto de la solicitud

y su fuere posible el nombre de ellos. Se enciende por vecinos las personas titulares de derechos reales, poseedoras o tenedoras de los inmuebles colindantes con el predio o predios sobre los cuales se solicita la licencia de urbanismo o construcción o alguna de sus modalidades.

6. La constancia de pago de la plusvalía si el inmueble o inmuebles objeto de la solicitud se encontrara afectada por este beneficio.

7. La manifestación de si el proyecto sometido a consideración se destinará o no a vivienda de interés social, de los cuales se dejará constancia en el acto que resuelve la vivienda.

2.3.15.3.2. DOCUMENTOS ADICIONALES PARA LICENCIAS DE URBANISMO Cuando se trate de licencias de urbanismo además de los documentos señalados en los numerales 1 a 7, del artículo 155, del presente Acuerdo, deben acompañarse:

Page 68: 2.3. FORMULACION COMPONENTE URBANO DEL PBOT MUNICIPIO DE ...cdim.esap.edu.co/BancoMedios/Documentos PDF/2pot - plan de... · nacional Medellín – Bogotá como su ... y de funcionalidad

PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE LA VEGA

SERVICIOS E INGENIERIA LTDA 261

1. Tres (3) copias heliográficas del proyecto urbanístico debidamente firmados por un

arquitecto, quien se hará responsable legalmente de la veracidad de la información contenida en ellos.

2. Certificación expedida por la autoridad o autoridades municipales competentes, acerca de al disponibilidad de servicios públicos en el predio o predios objeto de la licencia, dentro del término de vigencia de la licencia.

2.3.15.3.3. DOCUMENTOS ADICIONALES PARA LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN Para las solicitudes de las licencias de construcción, además de los documentos exigidos en los numerales 1 a 7 del artículo 155, del presente Acuerdo, deberá acompañarse de :

1. Tres (3)juegos de la memoria de los cálculos estructurales, de los diseños estructurales, de las memorias de otros diseños no estructurales y de los estudios geotécnicos y de suelos que sirvan para determinar la estabilidad de la obra, elaborados de conformidad con las normas de construcción sismo resistentes vigentes al momento dela solicitud, en especial las contenida en el capítulo A.11 del título A del Decreto 33 de 1998, debidamente firmados o rotulados con un sello seco por los profesionales facultados para ese fin, quienes se harán responsables legalmente de los diseños y de la información contenidos en ellos.

2. Tres (3) copias heliográficas del proyecto arquitectónico debidamente firmadas o rotuladas por un arquitecto, quien se hará responsable legalmente de los diseños y de la información contenido en ellos.