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1 UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO" CONVENIO UCLA - UCAT AUTOR: OMAR ENRIQUE MONTES PEÑA TUTOR: LUIS A. MENDOZA BASTIDAS ANÁLISIS DEL PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN DE EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DEL SENIAT. BARQUISIMETO ESTADO LARA,2001 Barquisimeto, 2002

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UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO" CONVENIO UCLA - UCAT

AUTOR: OMAR ENRIQUE MONTES PEÑA TUTOR: LUIS A. MENDOZA BASTIDAS

ANÁLISIS DEL PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN DE EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DEL SENIAT. BARQUISIMETO

ESTADO LARA,2001

Barquisimeto, 2002

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UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO" DECANATO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA

COORDINACIÓN GENERAL DE POSTGRADO ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA TRIBUTARIA

CONVENIO UCLA - UCAT

ANÁLISIS DEL PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN DE EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DEL SENIAT. BARQUISIMETO

ESTADO LARA,2001

Trabajo Presentado para optar al grado de Especialista

AUTOR: OMAR ENRIQUE MONTES PEÑA TUTOR: LUIS A. MENDOZA BASTIDAS

Barquisimeto, 2002

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ANALISIS DEL PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN DE EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DEL SENIAT. BARQUISIMETO ESTADO

LARA, 2.001. Autor: Omar Montes Tutor: Luis Mendoza

RESUMEN El presente estudio es una investigación descriptiva de diseño documental que persigue el análisis de la aplicación del Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas por parte del SENIAT a los establecimientos nocturnos de Barquisimeto durante el año 2001, en relación al cumplimiento de las disposiciones legales establecidas en la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas y su Reglamento. La información necesaria para dar respuesta al tema de estudio fue obtenida de los Informes de Producción de Fiscalización y los Informes de Control de Gestión ( Módulo Licores), que son los documentos concluyentes de la aplicación del Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas, donde se enumeran detalladamente las infracciones detectadas en dicho operativo, la normativa legal contravenida y la sanción impuesta de acuerdo a cada caso en particular. La información obtenida de esta fuente fue confrontada, durante la investigación , con el “Deber Ser” del Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas en sus contenidos legales y procedimentales para analizar posteriormente la correspondencia entre ambos. La presente investigación evalúa la necesidad y concluye con la recomendación de revisar y completar los procedimientos del Programa y en la posibilidad de contar con un personal especializado en este tipo de tributo, entrenado para la aplicación del Programa de una manera más eficaz y eficiente.

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INDICE

CAPÍTULO P.P.

INDICE DE CUADROS Y GRÁFICOS v

RESUMEN vi

INTRODUCCIÓN 1

I LA SITUACIÓN 3

Planteamiento de la Situación 3

Objetivos 6

Objetivo General 6

Objetivos Específicos 6

Justificación 6

Delimitación y Alcance 8

II MARCOTEÓRICO 9

Antecedentes 9

Bases Teóricas 12

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria 12

Marco Referencial 12

Estructura Organizacional del SENIAT 13

Nivel Normativo o nivel Central 14

Nivel Operativo 16

División de Fiscalización 18

Programas de Fiscalización de Expendio de Bebidas Alcohólicas 19

Estrategias 20

Cobertura 20

Duración 20

Recursos 20

Responsabilidades 21

Gerencia de Fiscalización 21

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CAPÍTULO P.P.

Gerencias Regionales de Tributos Internos 21

Jefe de Fiscalización 22

Supervisores de Grupo 22

Funcionarios Fiscales 23

Funcionarios del Resguardo Nacional Tributario 24

Programas 24

Fiscalización 24

Programas de Fiscalización 25

Bebidas Alcohólicas 26

Expendio de Bebidas Alcohólicas 26

Bases Legales 27

GLOSARIO 34

III MARCO METODOLÓGICO 36

Naturaleza de la Investigación 36

Tema de Estudio 36

Técnicas de recolección de información 37

Procesamiento y análisis de la información recolectada 37

IV ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS 40

V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 47

BIBLIOGRAFÍA 52

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INDICE DE CUADROS Y GRÁFICOS

P.P.

CUADRO N° 1 Resultados de la aplicación del Programa de Fiscalización

a Expendios de Bebidas Alcohólicas en Barquisimeto,

durante el año 2001.

40

GRÁFICO N° 1 Infracciones detectadas durante la aplicación del Programa

de Fiscalización de Expendio de Bebidas Alcohólicas.

43

GRÁFICO N° 2 Aplicación del Programa de Fiscalización de Expendio de

Bebidas Alcohólicas.

49

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INTRODUCCIÓN.

Nuestro país ante el agotamiento de un modelo económico rentista que depende

de las variaciones del comercio internacional de hidrocarburos, se ha visto en la

necesidad de diversificar las fuentes de ingresos para tratar de solucionar el inmenso

hueco fiscal que presenta nuestra economía actualmente.

Ante esta situación, el sistema tributario venezolano ha sido modernizado, con la

finalidad de construir un sistema operativo y funcional tendente a realizar una

efectiva labor de recaudación del mayor numero de intereses generales para atender

las necesidades colectivas; las cuales con el transcurrir de los años, se han hecho mas

diversas y onerosas.

En este sentido el Estado, a través del Servicio Nacional de Administración

Aduanera y Tributaria (SENIAT), ejerce un control fiscal sobre las empresas

productoras y comercializadoras de especies alcohólicas a través de una serie de

instrumentos y normativas legales (Deberes Formales) que deben cumplir

obligatoriamente.

En ese orden de ideas, el SENIAT ha implementado los operativos de

fiscalización, entre los cuales se encuentra el Operativo de Fiscalización de

Expendios de Bebidas Alcohólicas, el cual se aplicó durante el año 2001 en la ciudad

de Barquisimeto y que constituye el tema de estudio del presente trabajo. Este

operativo se refiere a la investigación de las normas y principios comunes a toda

actividad tendente a evaluar al cumplimiento de los distintos deberes formales

establecidos en la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, su

Reglamento y la Ley de Timbre Fiscal.

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El Operativo de Fiscalización de Expendios de Bebidas alcohólicas, se aplica

entonces, con la finalidad de incrementar la recaudación a través de sus multas y

sanciones como consecuencia del incumplimiento de la normativa legal vigente que a

través de él se determinen. Y por otra parte persigue propósitos de salud y de orden

públicos dentro de la comunidad, regulando la cantidad de expendios por densidad

de la población, controlando sus horarios de funcionamiento y velando por el

cumplimiento de todas las normas que regulan sete tipo de comercio.

El estudio está estructurado tal como se presenta a continuación:

En el Capítulo I, se plantea la situación, justificación e importancia de la

investigación, los objetivos, así como el alcance y la delimitación de la investigación.

En el Capítulo II, se presenta el Marco Teórico, que contiene los antecedentes ,

las consultas de trabajos precedentes relacionados con el objetivo del presente

estudio; así como el basamento legal que rige el ejercicio de la actividad licorera.

Finalmente en este capítulo se describen los diferentes pasos del Programa de

Fiscalización de Expendio de Bebidas Alcohólicas y se detallan las obligaciones

tributarias que en el se analizan

El Capítulo III, se muestra la metodología a utilizar para realizar la

investigación, las técnicas de recolección de información, así como el procesamiento

y análisis de la información recolectada.

En el Capítulo IV, se analiza e interpreta la información recolectada para

finalmente llegar a las conclusiones y recomendaciones en el Capítulo V.

Finalmente se presenta la bibliografía utilizada en el propósito de dar respuesta al tema

de estudio planteado.

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CAPITULO I

LA SITUACION

Planteamiento de la Situación

Nuestro país durante las últimas cuatro décadas, ha configurado su economía sobre la base del sector primario, relacionado con la exploración, explotación, transformación y distribución del petróleo, constituyendo más el 75% de los ingresos fiscales. La dependencia de los ingresos ordinarios de un solo producto pone en riesgo permanente la estabilidad del sistema económico, social y hasta político de un Estado. En Venezuela la marcada dependencia del petróleo, los índices de crecimiento, solo se hacen visible cuando las coyunturas económicas internacionales repuntan en un alza del producto natural. Sin embargo muchos países han despertado de ese sueño peligroso y casi mortal. Favorablemente ha sido así en el caso venezolano.

El modelo rentista petrolero es insostenible porque ya el petróleo no puede mantener

su preponderancia en la generación de los recursos que el país exige para un crecimiento

estable, y al juzgar por los resultados, ha quedado plenamente demostrado que el esquema

rentista es incapaz de impulsar la modernización y la competitividad que es necesaria para

que el país pueda participar con éxito en la economía global.

Venezuela es un país petrolero y lo seguirá siendo por muchos años más. Sin

embargo, no se pueden controlar esos ingresos que dependen del comportamiento del

mercado internacional de hidrocarburos.

Por lo expresado anteriormente es indispensable contar con fuentes de ingresos

internos, seguros, estables, crecientes y alternos para lograr y mantener el equilibrio de las

finanzas públicas y hacer menos dependientes los presupuestos fiscales de los vaivenes de

los ingresos petroleros.

La captación de ingresos ordinarios diferentes a los petroleros a través de los tributos

exige la presencia de una política fiscal tributaria que sea eficaz y eficiente en la búsqueda

de los recursos económicos que se requieran y que permitan una recaudación realizada bajo

los principios de legalidad, honestidad, equidad y respeto a los contribuyentes.

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Durante el siglo XVIII, se formularon los Principios Administrativos de la Imposición,

que consisten en normas de buena y prudente administración financiera, los cuales

permanecen vigentes hasta hoy en día. Uno de ellos es la certeza tributaria, que hace

referencia a la claridad y Precisión que debe poseer el contribuyente con respecto a la tasa

o porción de impuesto que se debe pagar, el período de pago, la forma y cantidad de pago

que ha de realizarse de una manera cierta y no arbitraria.

Por otra parte, la necesidad de generar recursos económicos, en concordancia con lo

establecido en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, la cual

consagra el deber tributario de los ciudadano, permite la creación de nuevos impuestos, la

reforma de algunos ya existentes, el interés de fomentar la cultura tributaria, de tal manera

que el contribuyente cumpla voluntariamente con sus obligaciones tributarias y aumentar los

mecanismos coercitivos de control por parte del Estado sobre aquellos contribuyentes que

incumplan con sus obligaciones.

Todo lo dicho anteriormente muestra la necesidad que existe en Venezuela de reducir

la dependencia del recurso natural del petróleo y de desarrollar otras fuentes de ingresos, y

es así, como en un momento histórico (Agosto-1.994) surge el Servicio Nacional Integrado

de Administración Aduanera y Tributaria “SENIAT” como un servicio autónomo sin

personalidad jurídica, dependiente del Ministerio de Hacienda (hoy Ministerio de Finanzas),

cuya finalidad radica en contribuir con la formulación de la política fiscal-tributaria,

modernizar y administrar el sistema tributario haciéndolo mas eficiente y eficaz. El SENIAT

dirige sus políticas a la educación del contribuyente mediante el desarrollo de la cultura

tributaria, automatización de puntos estratégicos como son las gerencias y divisiones de

contribuyentes especiales, para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y el

establecimiento de controles realizados a través de los operativos de fiscalización.

De esta manera surge la necesidad de diseñar operativos de fiscalización que permitan

controlar y disminuir los niveles de evasión que afectan en forma negativa la recaudación tan

necesaria para cumplir con las necesidades del país.

En ese orden de ideas, el SENIAT ha implementado los operativos de fiscalización,

entre los cuales se encuentra el Operativo de Fiscalización de Expendios de Bebidas

Alcohólicas el cual se aplicó durante el año 2.001 y está referido a la investigación de las

normas y principios comunes a toda actividad tendente al cumplimiento de los distintos

deberes formales establecidos en la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas

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y su Reglamento y la Ley de Timbre Fiscal. Este operativo permite ejercer presencia fiscal

sobre contribuyentes en diversas zonas de Barquisimeto con el fin de verificar el

cumplimiento de deberes formales tipificados en los artículos 126 y 127 del Código

Orgánico Tributario vigente así como la existencia de defraudación señalada en el artículo

94 y 95 del mismo Código.

Objetivos

Objetivo General Analizar la aplicación del programa de fiscalización de expendios de bebidas

alcohólicas por parte del SENIAT a los contribuyentes de Barquisimeto en relación al

cumplimiento de las disposiciones legales establecidas en la Ley de Impuesto sobre Alcohol

y Especies Alcohólicas y su Reglamento durante el año 2.001.

Objetivos Específicos.

1. Analizar la aplicación de los aspectos sancionatorios del Programa de Fiscalización de

Expendios de Bebidas Alcohólicas aplicado en Barquisimeto durante el año 2.001.

2. Evaluar el cumplimiento del procedimiento de aplicación del Programa de

Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas y su fuerza fiscalizadora en

Barquisimeto durante el año 2.001.

Justificación

La situación económica del país plantea la necesidad del aumento de los ingresos por

la vía tributaria para estabilizar el déficit presupuestario que tanto nos afecta. Actualmente el

nuevo Código Orgánico Tributario publicado en Gaceta Oficial No.37.305 en fecha 17 de

Octubre del 2001, recoge en su artículo 108 todas las infracciones contenidas en la Ley de

Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas y su Reglamento y en la Ley de Timbre

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Fiscal con los objetos de unificar en un solo cuerpo normativo las sanciones establecidas

para los ilícitos relativos a las especies gravadas y la actualización (incremento) de tales

sanciones. En el Código Orgánico Tributario anterior (01-07-1994) la penas por

defraudación en materia de licores consistian en el comiso de las especies alcohólicas,

aparatos de destilación y suspensión de la actividad respectiva; y hoy según el nuevo

Código, se aplican además de las referidas sanciones, penas pecuniarias claramente

establecidas que pueden llegar hasta las 350 U.T. (Bs 5.180.000,00 actualmente). Por otra

parte el SENIAT plantea aumentar la recaudación a través de los impuestos ya existentes

incrementando su acción fiscalizadora como mecanismo más importante en la disminución

de la evasión fiscal.

En las condiciones actuales de recesión económica, y dadas las altas tasas de evasión

fiscal que se han logrado cuantificar, el SENIAT es mas partidario de mejorar la recaudación

vía esfuerzos masivos de fiscalización, que de crear nuevos impuestos o aumentar los ya

existentes ya que esto último, antes de aumentar significativamente la recaudación, se

traduciría en un aumento en la presión tributaria soportada por los sectores que cumplen

apropiadamente sus obligaciones tributarias.

Del mismo modo Marrero Evelin (1.996), acota que esta amplísima facultad de

fiscalización constituye el instrumento más importante que posee la Administración

Tributaria para el logro del cumplimiento de las leyes tributarias. Por ello, fiscalizar conlleva

de suyo el poder de investigar todos los hechos y datos declarados y no declarados o que

debieron serlo, así como para pesquisar todos los elementos que directa o indirectamente

revelen la existencia de hechos o situaciones que puede calificarse como hechos

imponibles. Es esencial el estudio de estos operativos de fiscalización para determinar en

que forma el contribuyente viene cumpliendo con sus obligaciones tributarias.

Así se tiene entonces, que los esfuerzos y campañas de fiscalización redundan en

notable aumento de la recaudación que permite alcanzar las metas trazadas por el SENIAT

e incluso superarlas a nivel nacional.

La información resultante de la aplicación del Operativo de Fiscalización de Expendios

de Bebidas alcohólicas durante el año 2.001 representa la posibilidad de observar, analizar

y medir el cumplimiento de los deberes tributarios por parte de los contribuyentes que son

esenciales para obtener la recaudación tan necesaria para cubrir el déficit fiscal existente.

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Este estudio constituye un valioso aporte para el SENIAT como mecanismo para observar el cumplimiento de las leyes tributarias determinando así si las políticas aplicadas han sido las más apropiadas o si es necesario aplicar correctivos; por otra parte permitirá revisar las medidas sancionatorias aplicadas en cuanto al contenido legal (apego a la norma), oportunidad de aplicación y repuesta de pago por parte de los contribuyentes.

Delimitación y Alcance

El estudio se delimita en espacio a los expendios de bebidas alcohólicas ubicados en la

ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, y se circunscribe cronológicamente a la aplicación del

Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas en los operativos

realizados durante el año 2.001.

El presente estudio tiene como alcance analizar el contenido legal y la aplicación del

Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas con la finalidad de detectar

sus posibles errores y puntos débiles en el ámbito administrativo, para llegar

fundamentalmente al aporte de propuestas que contribuyan a mejorar su eficacia y

recaudación.

CAPITULO II

Marco Teórico

Antecedentes Los antecedentes del presente estudio, están constituidos por investigaciones que de

manera directa o indirecta están relacionados con los procesos de fiscalización del SENIAT.

Una de las experiencias previas al presente trabajo de investigación es la realizada por

Mendoza, Luis y otros(2000), donde las conclusiones señalan que los contribuyentes

consideran que las medidas de control fiscal y las sanciones son necesarias para el

cumplimiento de las obligaciones tributarias. Razón por la cual el autor considera, que

proviniendo esta opinión de los mismos sujetos pasivos controlados, es importante estudiar

la fiscalización del SENIAT en el cumplimiento de los deberes formales como indicador veraz

de dicha actividad. Por otra parte el sujeto activo, que es el SENIAT con mayor razón

entiende la importancia de establecer mecanismos de control fiscalizadores que permitan

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mantener al contribuyente cumpliendo con sus obligaciones, disminuyendo la evasión y por

ende aumentando la recaudación.

La variable de estudio sobre el control fiscal, presenta experiencias anteriores a nivel

mundial como la expuesta por Casanegra y otros (1.992). En el trabajo titulado El control

fiscal y los derechos del contribuyente. Entre otras conclusiones en este trabajo menciona

que no obstante el derecho que existe sobre las garantías de los contribuyentes, no debe

debilitar el poder de control de la Administración. La misma tiene como misión asegurar la

recaudación de impuesto y verificar que la ley sea correctamente aplicada. Por lo tanto, se

debe contar con los medios para lograr esa misión.

En el trabajo titulado La Lucha Contra el Fraude Tributario Internacional, realizado por

el Servicio Interno de Rentas de Estados Unidos de América (1998), se habla de que el

fraude tributario internacional es injusto para los contribuyentes cumplidores, ya que puede

causar serios impactos presupuestarios y distorsionar la competencia internacional.

Asimismo se indica que con la creciente sofisticación del contribuyente, la dificultad para

identificar y compensar la elusión y evasión se hace cada día más problemática. Las

Administraciones Tributarias deben estar vigilantes para fortalecer, cuando sea posible, sus

disposiciones legales, reguladoras y administrativas, así como sus poderes de investigación.

Se deben hacer esfuerzos continuos para facilitar, mejorar y expandir los intercambios de

información bajo los convenios internacionales existentes, y procurar nuevos acuerdos de

carácter bilateral y multinacional para responder a las necesidades no satisfechas y así

llevar a cabo acciones a nivel gubernamental.

Ese mismo autor señala la experiencia en Latinoamérica la cual se encuentra

centrada en el trabajo titulado Bases Legales para un control fiscal eficaz, realizado por la

Dirección General Impositiva de Argentina, la experiencia les ha demostrado que un control

fiscal eficiente, medido en términos de recaudación, también puede repuntarse eficaz si se

logra un cambio profundo en el comportamiento de la comunidad, de modo que esta llegue

al convencimiento de que sólo mediante un legítimo combate contra la evasión fiscal es

factible lograr justicia tributaria.

Por último en Venezuela, en el trabajo titulado Inteligencia y Control Fiscal realizado

por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT),se

recopilan todos los documentos de la conferencia técnica del Centro Interamericano de

Administradores Tributarios, en los cuales se trata el tema del Control Fiscal y sus diferentes

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acepciones y formas de ejercerlo. Se concluye en este trabajo que las Administraciones

Tributarias más avanzadas y modernas llevan a cabo, fundamentalmente, controles masivos

apoyados en sistemas informáticos dirigidos a lograr una amplia cobertura, una mayor

presencia fiscal, y controles individuales mediante acciones de investigación profunda a

través de auditorias dirigidas a un universo de contribuyentes cuidadosamente

preseleccionadas, normalmente con el apoyo de sistemas informáticos.

En el mismo trabajo se sostiene que los controles masivos tienen el propósito de

realizar un control básico de todas las declaraciones presentadas, sometiéndolas a un

control informático para detectar errores aritméticos e ingresos no declarados identificados

por cruces de información con datos en poder de la administración y aplicar controles para

verificar límites de deducciones y otras situaciones que merezcan un control fiscal

específico. Asimismo, dentro de este concepto pueden adoptarse medidas de control masivo

dirigida a grupos de contribuyentes especiales y sectores económicos a fin de verificar,

mediante visitas domiciliarias y acciones rápidas de los fiscales, el cumplimiento de

determinados aspectos concretos de las normas tributarias. De esta forma la Administración

Tributaria logra una importante y necesaria presencia fiscal en el universo de los

contribuyentes.

En la actualidad, existe la posibilidad de realizar fiscalizaciones desde la propia sede del SENIAT gracias a la existencia de nuevas herramientas que permiten controlar masivamente el cumplimiento de los deberes formales desde la propia sede de la Administración Tributaria, en este sentido, el Dr. Alejandro Villegas Castillo Gerente Centro-occidental del SENIAT(2.002) declara: En cuanto a la entrada en vigencia del Código Orgánico Tributario, cuyo articulado está totalmente aceptado, salvo lo relativo a la defraudación y la no suspensión automática de los actos administrativos en sede jurisdiccional, precisó que se podrá combatir eficazmente la evasión fiscal utilizando los procedimientos más expeditos. Citó como ejemplo el procedimiento de verificación que consiste en la posibilidad que tiene la Administración Tributaria de verificar las declaraciones presentadas y liquidar las diferencias procedentes, además la verificación del cumplimiento de los deberes formales, establecer las multas correspondientes y todo desde su misma sede, sin necesidad de trasladarse al negocio o contribuyente investigado. Agregó el gerente regional del SENIAT, que esto constituye una fortaleza que no se tenía anteriormente. Existen además otras herramientas como la posibilidad de sancionar como caso específico las ventas de especies gravadas (licor) a establecimientos o personas no autorizadas para su comercialización o expendio. Las sanciones para dichos ilícitos oscilan entre 100 y 300 unidades tributarias.( El Impulso, 2.002, p. C-8).

Bases Teóricas

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Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, SENIAT. Marco Referencial.

El SENIAT ha fundamentado su discurso en la premisa del agotamiento del modelo

rentista petrolero y en la necesidad de hacer énfasis en la recaudación de los impuestos

nacionales como una alternativa para el desarrollo económico del país. Esta acción decidida

del gobierno nacional es loable en el sentido que ha tomado en serio por primera vez en la

historia democrática, la necesidad de cambiar de rumbo. Cambiar de una economía rentista

a una economía competitiva y hacer que los ciudadanos contribuyan con los cargos

públicos y el desarrollo económico del país.

Sin embargo, los esfuerzos y las iniciativas del SENIAT deben estar enmarcadas dentro

de las realidades nacionales. Una economía que muestra señas preocupantes de

estancamiento desde hace aproximadamente diez años. Una inversión extranjera que no

termina de concretarse producto en cierta forma de un control de cambios sin políticas

claras y una política de privatización que no ha dado los resultados que toda la población

esperaba.

Como resultado de una percepción de una realidad a la fecha de su creación, el

SENIAT determinó su razón de ser al enunciar su misión como la de “contribuir activamente

con la formulación de la política fiscal y tributaria, modernizar y administrar eficaz y

eficientemente el sistema de recaudación de los tributos nacionales propiciando el

desarrollo de una cultura tributaria, bajo los principios de legalidad, honestidad, equidad y

respeto al contribuyente con el fin de mejorar la calidad de vida de la población”. De la

misma manera se enuncia la posición ideal de la organización en la que se denomina la

posición del futuro: “ ser reconocido como un organismo de sólido prestigio, confianza y

credibilidad nacional e internacional, en virtud de su gestión transparente, de sus elevados

niveles de productividad, la alta calidad de sus sistemas de información, el profesionalismo y

excelencia de sus recursos humanos, la atención y el respeto a los contribuyentes”.

El SENIAT como servicio autónomo dependiente del Ministerio de Hacienda (hoy

Ministerio de Finanzas) con autonomía funcional y patrimonial ha sido concebido dentro de

un concepto moderno de Administración Tributaria para responder a las necesidades que

tiene el país de mejorar sustancialmente el sistema de recaudación tributaria, atendiendo a

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fondo las causas de los altos índices de evasión y fraude fiscal, a fin de compensar el

deterioro del ingreso petrolero con ingresos provenientes de la tributación general sobre

las actividades productivas nacionales.

Estructura Organizacional del SENIAT

Esta nueva organización desarrolla sus funciones y potestades con un Nivel Central o Normativo y un Nivel Operativo regido por los instrumentos jurídicos que se señalan a continuación: Decreto 310 del 01-08-1994, publicado en Gaceta Oficial No. 35.525 del 16-08-1.994 (

creación del SENIAT).

Decreto 363 del 28-09-1994 publicado en Gaceta Oficial No. 35.558 del 30-09-1.994

(Estatuto Reglamentario del SENIAT).

Resolución 2802 del 20-03-1.995 ( Reglamento Interno del SENIAT).

Resolución 32 del 24-03-1.995 ( organización, atribuciones y funciones del SENIAT).

Decreto No. 594 del 21-12-1999; Gaceta Oficial No. 312.228 del 05-01-2.000 (cambia

el nombre del SENIAT y establece las intendencias de tributos internos y de aduanas).

Decreto 682 publicado en Gaceta Oficial No. 368992 del 15-02-2.000 (modifica Nos.

10, 29 y 30 del decreto anterior).

Ley del Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria publicado en

Gaceta Oficial No. 37.320 del 08-11-2.001 ( regula y desarrolla la organización y

funcionamiento del SENIAT ).

Nivel Normativo o Nivel Central. 1. La Superintendencia Nacional Tributaria; tiene el carácter de Inspectoría Fiscal

General de Hacienda Pública Nacional, tiene a su cargo el ejercicio de todas las funciones y

potestades que correspondan a la administración de los tributos internos y aduaneros, así

como otorgar contratos y ordenar gastos inherentes a la Administración del Sistema

Profesional de Recursos Humanos y a la autonomía funcional y financiera del servicio, así

como también planificar, dirigir, ejecutar, y supervisar el desarrollo de las actividades y

procedimientos de recaudación, fiscalización y determinación de las obligaciones tributarias,

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las relacionadas con estudios económicos y estadísticos de su competencia y realizar su

divulgación.

2. La Gerencia General de Desarrollo Tributario; dirige, planifica, coordina y evalúa las

actividades de la gestión técnica y administrativa de las Gerencias e imparte instrucciones

para la ejecución de las funciones correspondientes; le corresponde también, participar y

elaborar propuestas para definir la política aduanera, su incidencia en el comercio exterior y

dictar las pautas para su ejecución conforme a las leyes. Recaudar los tributos internos y

aduaneros, derechos, intereses, recargos y accesorios. Supervi sar y controlar los servicios

aduaneros. Estimar y fijar las metas de recaudación, así como la realización de planes y

procedimientos conducentes al mejor cumplimiento de los fines que le son propios.

3. La Gerencia General de Informática; dirige, supervisa, controla y evalúa las

actividades relacionadas con la gestión de la gerencia e imparte las instrucciones para la

ejecución de las funciones correspondientes; aprueba los planes, presupuestos y

programas de sus gerencias y oficinas, y evalúa su gestión, así como lo correspondiente al

mantenimiento, operación, seguridad y planificación de la informática en todo el servicio.

4. La Gerencia General de Administración; le compete la supervisión, control y

evaluación de la gestión técnica y administrativa de las gerencias adscritas e impartir las

instrucciones para la ejecución de las funciones correspondientes, coordina y supervisa el

desarrollo de la aplicación y administración de las normas sobre el almacenamiento y

comercialización de los bienes adjudicados a la entidad, la corresponde además la

administración de las especies fiscales, formularios o planillas oficiales así como la

verificación de sus expendios y existencias. También administra todos los bienes asignados

a las diferentes dependencias del SENIAT.

5. Comités Asesores:

Comité Asesor de Dirección y Planificación; asesora a la Superintendencia en la

adopción de políticas generales en aspectos tributarios, administrativos y legales.

Comité Asesor de Contratación, Presupuesto y Fondo de Gestión; estudia el presupuesto y los gastos, autoriza el uso de recursos para el nombramiento de funcionarios, determina las metas de recaudación anuales, aprueba la distribución de los recursos del fondo de gestión y la determinación de políticas para el manejo de los mismo.

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Nivel Operativo Estructura Organizativa: 1. Gerencia de Tributos Internos Región Capital; integrada por el área metropolitana de Caracas, Distrito Federal y Estado Miranda, con sede en Caracas. 2. Gerencia de Tributos Internos Región Central; integrada por los Estados Carabobo y Aragua, con sede en Valencia. 3. Gerencia de Tributos Internos Región los Llanos; integrada por los Estados Guárico, Cojedes, Apure y los Distritos Arismendi del Estado Barinas y Urdaneta del Estado Aragua, con sede en Calabozo. 4. Gerencia de Tributos Internos Región Centro Occidental; está integrada por los Estados Lara, Portuguesa, Falcón, y Yaracuy, con sede en Barquisimeto. 5. Gerencia de Tributos Internos Región Zuliana; integrada por el Estado Zulia, con sede en Maracaibo. 6.- Gerencia de Tributos Internos Región los Andes; integrada por los Estados Táchira, Mérida, Trujillo, Barinas y Distrito Apure del Estado Apure, con sede en San Cristóbal. 7. Gerencia de Tributos Internos Región Nor-Oriental; integrada por los Estados Anzoátegui, Monagas y Sucre con sede en Barcelona.

8.- Gerencia de Tributos Internos Región Insular; Integrada por el Estado Nueva Esparta y las Dependencias Federales, con sede en Porlamar.

9.- Gerencia de Tributos Internos Región Guayana; integrada por los Estados Bolívar, Amazona y Delta Amacuro con sede en Ciudad Bolívar. 10.-Gerencias de Aduanas Principales ubicadas en las regiones siguientes: Capital: La Guaira, Maiquetía. Central: Puerto Cabello.

Centro Occidental: Las Piedras -Paraguaná y Barquisimeto.

Los Llanos: Llanos centrales.

Zuliana: Maracaibo.

Los Andes: San Antonio del Táchira.

Nor-Oriental: Guanta-Puerto La Cruz, Puerto Sucre, Carúpano y Guiria.

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Insular: El Guamache.

Guayana: Ciudad Guayana, Puerto Ayacucho.

Aduanas Subalternas: ubicadas en todo el territorio nacional.

Las Gerencias Regionales de Tributos Internos cumplen las funciones de aplicación de

las normas y disposiciones que regula las obligaciones y el procedimiento de la Renta

Interna, los procesos de administración, recaudación, control, fiscalización, determinación,

liquidación e inspección de los Tributos Nacionales, dentro de la jurisdicción que le

corresponda, de acuerdo a las normativas vigentes.

Las Gerencias Regionales de Tributos Internos están limitadas a obedecer

instrucciones del Nivel Normativo Central en cuanto al cumplimiento de las funciones

administrativas relacionadas con los Tributos Internos; la adopción y aplicación de las

medidas necesarias para que los sujetos pasivos de su competencia cumplan con los

deberes y obligaciones tributarias, la aplicación de los sistemas de organización,

administración financiera y de recursos humanos.

Las Gerencias Regionales de Tributos Internos estarán a cargo de los Gerentes Regionales de Tributos Internos quienes son los encargados de: dirigir, planificar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la gestión administrativa y técnica de las áreas y divisiones a su mando e impartir las instrucciones para la ejecución de las funciones y actividades correspondiente, cumpliéndose a través de las siguientes Divisiones: Asistencia al Contribuyente

Administración

Recaudación

Fiscalización

Sumario Administrativo

Jurídico Tributario

Tramitaciones

Contribuyentes Especiales

División de Fiscalización Esta División está dirigida por un Jefe de División que controla las áreas de

Fiscalización General y Avalúos. La División de Fiscalización cumple las funciones de dirigir,

planificar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con los

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programas de investigación fiscal que se realicen a los sujetos pasivos en materia de:

Impuesto sobre la Renta, Impuesto a los Activos Empresariales, Impuesto al Consumo

Suntuario y a las Ventas al Mayor, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto al Débito Bancario,

Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones e Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas;

cumpliendo así con las funciones de fiscalización, determinación, liquidación, recaudación e

inspección de los Tributos Internos.

La División de Fiscalización de Tributos Internos ejerce la aplicación de Programas de

Fiscalización a los contribuyentes con los objetivos de:

1. Determinar la evasión fiscal.

2. Aplicar multas y sanciones.

3. Promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias(cultura tributaria).

Programas de Fiscalización de Expendio de Bebidas Alcohólicas

Dentro de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera

y Tributaria (SENIAT), está la de fiscalizar todos los tributos nacionales dentro de los cuales

se encuentra la Renta de Licores. Este impuesto ha sido relegado por la creación de otros

tributos que aportan mayor recaudación al Fisco Nacional, pero ante la presente situación

económica del país, la Administración Tributaria ha retomado el interés de velar por el

cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley de Impuesto sobre Alcohol y

Especies Alcohólicas y su Reglamento con el fin de detectar la evasión fiscal y determinar

las infracciones que se cometen en el ejercicio de la explotación de esta rama del comercio y

la aplicación de sanciones adecuadas para cada caso según la legislación vigente que rige

la materia.

Este Programa de Fiscalización de Expendio de Bebidas Alcohólicas persigue también

la orientación al contribuyente y el fomento de la conciencia tributaria, lo cual redundará en

el incremento de la recaudación. Así se llega a los objetivos generales de este programa, a

saber:

1. Verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, respecto a la normativa legal que rige el expendio de bebidas alcohólicas, con la finalidad de incrementar la recaudación. 2. Fomentar la cultura tributaria en los contribuyentes, en materia de licores.

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3. Levantar información a los efectos de conformar una base de datos actualizada y

confiable relacionada con la renta de licores.

El Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas, en estudio, está

caracterizado en las siguientes generalidades:

Estrategias:

Aplicación del Programa mediante la técnica de barrida, tomando en consideración las

verificaciones nocturnas a los establecimientos, y en días feriados, siempre que se habilite al

funcionario para tal fin.

Aplicación de un procedimiento único por parte de los funcionarios actuantes a nivel

nacional.

Cobertura:

Este Programa es ejecutado por todas las Gerencias Regionales de Tributos Internos.

Duración:

Este Programa se aplica desde el 02 de Febrero de 1.998, y tiene carácter

permanente, incluyendo los días sábado, domingo y feriados.

Recursos:

El Gerente Regional de Tributos Internos utiliza los funcionarios adscritos a la División

de Fiscalización, atendiendo la disponibilidad de su fuerza fiscalizadora; igualmente se

integran a los funcionarios del Resguardo Nacional Tributario en calidad de apoyo. El Nivel

Operativo provee el material, equipos y viáticos u otro recurso a utilizar.

Responsabilidades:

Gerencia de Fiscalización:

Difundir el Programa a las Gerencias Regionales de Tributos Internos.

Inducir y asesorar a los funcionarios para la ejecución del Programa.

Recibir de las Gerencias de Tributos Internos, los resultados de la aplicación del

Programa ( Control de Gestión Regional ).

Evaluar, controlar y consolidar los resultados.

Informar mensualmente a la Gerencia General de Desarrollo Tributario sobre los

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resultados de la ejecución del Programa a nivel nacional.

Gerencias Regionales de Tributos Internos:

Seleccionar y coordinar con el jefe de la División de Fiscalización las zonas a visitar.

Firmar conjuntamente con el jefe de la División de Fiscalización la Autorización y la

Resolución de Imposición de Multas.

Coordinar conjuntamente con el Resguardo Nacional Tributario la asignación de los

funcionarios que participarán en la ejecución del Programa.

Recibir el Reporte de Gestión Semanal por parte del jefe de la División de

Fiscalización.

Remitir a las unidades de Resguardo Nacional Tributario las actuaciones, que en

materia de contrabando, sean detectadas.

Enviar a la Gerencia de Fiscalización, a través del Control de Gestión Regional, los

resultados mensuales obtenidos durante la aplicación del programa.

Jefe de Fiscalización:

Coordinar con el Gerente Regional de Tributos Internos las zonas a visitar.

Firmar conjuntamente con el Gerente Regional de Tributos Internos, la Autorización del

funcionario y las Resoluciones de Imposición de Multas.

Designar los supervisores de grupo y asignar las zonas.

Seleccionar los funcionarios fiscales que ejecutarán el Programa.

Asignar a los funcionarios del Resguardo Nacional Tributario a los respectivos grupos.

Enviar a la División de Sumario Administrativo los casos que aperturen Sumario y a la

División de Recaudación los expedientes con Resolución de Imposición de Multas a los fines

de su liquidación.

Remitir a la División de Recaudación las Fichas de Control de Expendios de Bebidas

Alcohólicas.

Orientar y apoyar a los supervisores de grupo en la ejecución del Programa.

Recibir y revisar los Reportes de Gestión Semanal de los supervisores de grupo.

Elaborar el Reporte de Gestión Semanal y enviar los resultados al Gerente Regional

de Tributos Internos.

Recibir las Autorizac iones después de culminado el Programa y anularlas.

Supervisores de Grupo:

Recibir del jefe de División de Fiscalización, la documentación detallada en el

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procedimiento y entregarlas a los funcionarios.

Asignar las zonas correspondientes a cada funcionario.

Apoyar, supervisar y controlar la labor de los funcionarios .

Recibir todos aquellos documentos no utilizados en la ejecución del Programa.

Revisar, conjuntamente con en fiscal, los expedientes de aquellos contribuyentes a los

cuales se les impondrán las multas por Deberes Formales y prestar especial atención a los

expedientes instruidos por defraudación.

Enviar al jefe de División de Fiscalización, los proyectos de Resoluciones de

Imposición de Multas para la respectiva transcripción.

Enviar al jefe de División de Fiscalización, los resultados del Programa semanalmente

acompañados de las Fichas de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas.

Entregar al fiscal las Resoluciones de Imposición de Multas ya transcritas para su

revisión.

Remitir al jefe de la División de Fiscalización los expedientes conformados por

incumplimiento de los deberes formales y defraudación.

Elaborar el Reporte de Gestión Semanal por grupo (con la información obtenida de los

fiscales) y enviar al jefe de la División de Fiscalización.

Recibir del fiscal y remitir Autorizaciones al jefe de la División de Fiscalización una vez

concluido el Programa.

Funcionarios Fiscales Recibir del supervisor carpeta con la documentación (detallada del procedimiento)

necesaria para aplicar el Programa.

Visitar a los contribuyentes en la zona asignada, cumpliendo con la totalidad de las

visitas programadas de acuerdo al procedimiento del Programa.

Levantar Constancia de Incumplimiento para aquellos casos de inobservancia de

Deberes Formales.

Informar a los Supervisores la gestión realizada mediante reporte semanal.

Conformar un expediente por cada contribuyente infractor.

Revisar conjuntamente con cada Supervisor los expedientes de aquellos

contribuyentes a los cuales se le impondrán las multas.

Elaborar Proyectos de Resolución de Imposición de Multas y entregar al Supervisor del

grupo.

Levantar el Acta de Infracción para los casos que aperturen el Sumario Administrativo.

Elaborar la Ficha de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas y remitirlas al

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Supervisor de grupo.

Devolver Autorización al Supervisor de grupo, una vez finalizado el programa.

Funcionarios del Resguardo Nacional Tributario:

Presentarse conjuntamente con el Funcionario Fiscal en el establecimiento del

contribuyente expendedor de bebidas alcohólicas.

Apoyar y prestar el auxilio al Funcionario en la verificación de los documentos

presentados por el contribuyente

Programas.

Según el Diccionario Salvat, Editores S.A. 1.999, un programa es un conjunto de actividades o tareas elegidas y dispuestas secuencialmente que permiten, a través de su implementación, el logro de un objetivo o propósito determinado.

Fiscalización

El término fiscalización según Soane, citado por Laya, J(1.989) en su libro Lecciones

de Finanzas Públicas y Derecho Fiscal, se usa para designar las funciones y tareas que

permiten el control de las actividades económicas de un organismo determinado, en lo

concerniente a los hechos o acontecimientos así como a las personas que intervienen en

ellos y a los actos que los mismos realizan.

La Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional en su artículo 92, establece que la

diferencia existente entre inspección y fiscalización radica que en la primera la

Administración Pública ejerce el control sobre sus propias actuaciones y sobre los

empleados públicos que las realizan, mientras que en la fiscalización se controla a los

particulares en su comportamiento como contribuyentes o responsables (sujeto pasivo).

Programas de Fiscalización La Administración Pública a través de su fuerza fiscalizadora y mediante la aplicación de programas de fiscalización, controla sus ingresos fiscales mediante la aplicación de programas que incluyen métodos de auditoria y exámenes de cuentas a través de métodos convencionales para la determinación de los tributos internos y sus accesorios de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que

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rijan la materia tributaria, con la finalidad de lograr la correcta y oportuna recaudación de los ingresos y combatir la evasión y demás ilícitos tributarios. El proceso de fiscalización está constituido por todos los mecanismos legales, técnicos

y administrativos que utiliza el Estado para evitar la evasión, la elusión y prescripción de los

tributos.

Tal y como se deja señalado en los párrafos anteriores la Administración persigue, con

la aplicación de programas de fiscalización de tributos, comprobar el cumplimiento de las

obligaciones tributarias y sus deberes formales de acuerdo a la normativa legal vigent e.

Persigue entonces, la comprobación de la exactitud y veracidad de los datos contenidos en

las declaraciones presentadas por los sujetos pasivos y que sirvieron de base para la

determinación de las obligaciones tributarias así como investigar la existencia de hechos

imponibles no declarados o declarados de manera parcial o falsa; y por otra parte permite

detectar y sancionar las infracciones al ordenamiento legal al que estuvieren sometidos.

La Administración canaliza la eficacia de sus leyes impositivas en la creación y

aplicación de una serie de programas de fiscalización que va adaptando y perfeccionando en

la medida en que la Administración, la economía y la propia recaudación de los tributos se

va haciendo más compleja y en la medida también que van surgiendo nuevas tendencias

evasionistas y elusionistas de impuestos.

Bebidas Alcohólicas El Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas en sus

artículos 2 y 4 numeral 9 define como bebidas alcohólicas a los productos que contienen

alcohol etílico en solución cuya graduación alcohólica no exceda de 50 °GL y se encuentren

tipificados, en la normativa precitada, de acuerdo al proceso de elaboración y a los

componentes utilizados. Se exceptúa de esta definición, a los fines previstos en el artículo

17 de la Ley, los perfumes, las preparaciones farmacéuticas y los demás productos

industriales no atinentes a la industria licorera.

Expendios de bebidas alcohólicas Son los establecimientos destinados a la venta de bebidas alcohólicas al público.

Estos establecimientos pueden ejercer otras actividades complementarias como restaurante,

salón de baile, centros recreacionales, etc.

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El Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas en su artículo 194 presenta la siguiente clasificación de expendios de bebidas alcohólicas: Al por Mayor, los destinados al expendio de especies alcohólicas en sus envases

originales, en cantidades mayores de tres (03) litros en volumen real por operación.

Al por Menor, los destinados al expendio de especies alcohólicas en sus envases

originales, en cantidades que no excedan de tres (03) litros en volumen real por operación.

Cantinas, los negocios que expenden toda clase de bebidas alcohólicas, para ser

consumidas dentro de su propio recinto. Podrán también efectuar ventas al por menor en

sus envases originales, hasta por tres (03) litros en cada operación.

Expendios temporales, los que, con ocasión de faenas, verbenas, festejos públicos y

otros motivos análogos, se autoricen para detallar bebidas alcohólicas destinadas a ser

consumidas en el propio negocio, así como también para efectuar ventas en envases

originales, hasta por tres (03) litros en volumen real en cada operación.

Expendios de cervezas y vinos naturales nacionales, los negocios que expenden

dichas especies para consumo dentro de su propio recinto. Podrán también efectuar ventas

al por menor en sus envases originales hasta por tres (03) litros en cada operación.

Expendios de alcohol etílico de 90 o más grados G.L., los autorizados para expedir

dicho producto en cantidades mayores de tres (03) litros en volumen real por operación.

Expendios de alcohol etílico de 90 o más grados G.L. en farmacias, cuya expedición

no podrá ser mayor de un (01) litro en volumen real en cada operación.

Expendios de alcohol etílico desnaturalizado, los destinados a la expedición del mismo

en cantidades mayores de tres (03) litros en volumen real por operación.

Bases Legales

La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela,

publicada en Gaceta Oficial No. 36860 de fecha 30-12-1999.

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La actividad financiera del Estado se refleja a través de la obtención de riquezas,

con el objeto de distribuirlas para satisfacer necesidades públicas. El Estado es el

sujeto activo de la actividad financiera o de la resolución jurídico-tributario,

aludiendo a su poder de imposición establecido en el artículo 156 de La Constitución

Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.

En esta relación el sujeto pasivo está representado por los contribuyentes,

personas naturales ó jurídicas, obligadas al deber financiero; las cuales con ss

operaciones económica, aportan los recursos necesarios para el funcionamiento de

las finanzas públicas.

La distribución de las cargas públicas en Venezuela es menester del sistema

tributario; tal como lo establece el artículo 316 de La Constitución Nacional de la

República Bolivariana de Venezuela. “El Sistema Tributario procurará la justa

distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la

contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la

economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población, y se sustentará

para ello en sistema eficiente de recaudación de los tributos”.

El artículo 156 en su numeral 12° de La Constitución Nacional de la República

Bolivariana de Venezuela le da al Poder Público Nacional la competencia para la

creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre

la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la

producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes ala

importación y exportación de bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre el

consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás

manufacturas del tabaco y los demás impuestos, tasa, y rentas no atribuidas a los

Estados y Municipios por la propia Constitución.

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Es entonces el Poder Público Nacional el que goza en Venezuela de una potestad

directamente excluyente, en cuanto ala disponibilidad de gravar al alcohol y a las

especies alcohólicas; razón por la cual, esta norma constituye el basamento legal de

la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas (L.I.S.A.E.A.) que fue

publicada en Gaceta Oficial No. 3468 de fecha 21-11-1984.

Esta Ley se presenta con una serie de normativas que indican, especifican y

controlan, todo o referente al Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas,

comenzando por el artículo 1, que expresa lo relativo a las especies alcohólicas

nacionales e importadas. “El Alcohol Etílico y las Especies Alcohólicas de

producción nacional o importadas, destinadas al consumo en el país, quedan sujetas

al Impuesto que establece esta Ley...”.

Esta Ley impera sobre el ejercicio de la Industria y del Comercio del Alcohol

Etílico y de las Especies Alcohólicas, establece las exoneraciones, liquidaciones y

procedimientos, disposiciones penales y pecuniarias así como también las

disposiciones finales y temporales.

Explica esta Ley entonces, que existe una relación directa entre el Estado, la

producción y la comercialización de las especies alcohólicas a través de este

impuesto.

Código Orgánico Tributario.

Es una Ley Orgánica que se reformó según Decreto No. 189 del 25-05-1994 y

entró en vigencia el 1° de Julio de 1994, con la finalidad de regir el funcionamiento

de las leyes tributarias, aplicando sus disposiciones a los tributos nacionales y a las

relaciones jurídicas derivadas de ellas.

El artículo 19, ejusdem establece: “El sujeto pasivo es el obligado al

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cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de

responsable; cuando ocurra el hecho imponible, es decir cuando nace la obligación”.

En el artículo 36, de Código en comento, se considera ocurrido el hecho

imponible cuando existan situaciones de hecho, desde el momento en que se hayan

realizado las circunstancias materiales necesarias para que produzca los efectos que

normalmente les corresponden y en las situaciones jurídicas desde el momento en

que estén definitivamente constituidas de conformidad con el derecho aplicable. El

COT regula el comportamiento que debe ser observado por todo sujeto, que por

mandato expreso de dicho instrumento se encuentre vinculado a la relación Estado-

Contribuyente, señalándose cuales son los deberes de estas personas y cuales son las

sanciones aplicables en el supuesto de incumplir con esos deberes.

De esta forma se tiene que en el capítulo III de este documento legal se indican

los Deberes Formales de los contribuyentes, responsables y terceros.

El Sistema Sancionatorio Venezolano establece sanciones pecuniarias y penas

privativas de libertad, tal es el caso de la Legislación Aduanera, la Ley de Impuesto

sobre Alcohol y Especies Alcohólicas (L.I.S.A.E.A.), el Impuesto sobre la Renta

(L.I.S.L.R.)en el artículo referido a retenciones. Las sanciones en un principio no

eran muy representativas por cuanto las mismas se determinaban en bolívares,

situación esta que fue corregida en la modificación que se le aplicó en el año 1994,

incorporando la Unidad Tributaria como mecanismo de actualización permanente

frente a la inflación, sin tener que acudir a la modificación del cuerpo legal para el

ajuste de las multas y sanciones.

Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas.

Antecedentes

Para los años 20 los comerciantes de especies alcohólicas no tenían licencias o

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permisos para ejercer la actividad licorera otorgadas por un organismo centralizado;

sino matrículas o permisos asignados por un ente estatal, tampoco existía personal

especializado en el ramo y el liquido se vendía en barricas o garrafones.

En los años 40 se introduce la Ley Orgánica de la Renta de Licores, y comienzan

a darse una serie de cambios administrativos como la creación de la Sala de

Inspección y Fiscalización en el Ministerio de Hacienda, la cual organiza el control

del Impuesto al Alcohol y Especies Alcohólicas.

Para los años 60, se crea la Ley Orgánica de Licores, que fija el control de la

producción y de la comercialización del alcohol y especies alcohólicas; se crea la

banda de Garantía para las especies alcohólicas y se forma un personal

especializado que se asignan a las plantas productoras, teniendo como

responsabilidad el calculo de los impuestos causados.

La Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas fue publicada en

Gaceta Oficial No. 3468 extraordinaria de fecha 24-11-1984 y regula el ejercicio de

la industria y del comercio del alcohol etílico y especies alcohólicas de producción

nacional e importada. Dado los efectos nocivos que el consumo de estos productos

provocan en la salud pública. Es facultad del Ejecutivo Nacional; según lo establece

el artículo 4 de la Ley, el dictar las normas generales para regular el establecimiento

de industrias y expendios de alcohol y especies alcohólicas y su importación,

instalando medidas de seguridad y sistemas de control, tomando en cuenta la salud

pública, la moral, el orden público y las buenas costumbres.

De acuerdo a esta Ley, la administración del impuesto y el control fiscal serán

establecidos por el Ministerio de Hacienda ( hoy Ministerio de Finanzas ), quien

velará por la organización y funcionamiento de las oficinas que tengan a su cargo la

administración, liquidación y fiscalización de los impuestos establecidos en esta Ley.

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Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional, artículos 94 y 96.

Reglamento del Resguardo Nacional Tributario según Decreto No. 555 de fecha 08

de Febrero de 1.995, publicado en Gaceta Oficial No.35.658 de fecha 21 de Febrero de

1.995.

Ley de Timbre Fiscal publicada en Gaceta Oficial No. 4.727 Extraordinaria de fecha 25

de Mayo de 1.994.

Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas ,

publicado en Gaceta Oficial No. 3.665 Extraordinaria de fecha 05 de Diciembre de

1.985.

Los Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, su Reglamento y el

Código Orgánico Tributario, son utilizados en la aplicación del Programa de

Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas en lo que se refiere a la

determinación de las infracciones y la imposición de sanciones según el siguiente

cuadro:

INFRACCION DETECTADA DURANTE

LA VISITA FISCAL

LEY

(art)

RGMTO

(art.)

SANCION

C.O.T.(art.)

No poseer Registro y Autorización para el

expendio de bebidas alcohólicas.

45 30,36 94,95

No poseer la autorización para presentar

talento vivo

69 209 94,95

No registrar las guías o facturas guías en

el libro respectivo

47,64 247,221 108

No poseer las facturas guías o

documentos que amparen las bebidas

alcohólicas

47,64 247,211 94,95

Utilizar documentos falsos o adulterados 65,66 94,95

Consumo interno en expendios al por

menor o al por mayor

196,207 108

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menor o al por mayor

Permitir la circulación de bebidas

alcohólicas sin facturas guías

54 240 108

Efectuar fraccionamiento de los bares sin

autorización

69 206 94,95

INFRACCION DETECTADA DURANTE

LA VISITA FISCAL LEY

(art) RGMTO

(art.)

SANCION

C.O.T.(art.)

Expender bebidas alcohólicas a los

menores de edad o a personas en estado

de embriaguez

4 211 108

Efectuar ventas de bebidas alcohólicas

fuera del horario establecido para cada

caso

55 212,224 108

No haber realizado los traspasos de los

Registros y Autorización en caso de

adquisición de fondos de comercio

278 94,95

Efectuar modificaciones en el

establecimiento de expendio de bebidas

alcohólicas capaces de alterar las

características, índole o naturaleza del

local, sin haber obtenido la autorización

debida

69 209 94,95

Poseer o expender bebidas alcohólicas no

autorizadas para la venta, adulteradas, de

procedencia ilegal o provenientes de

territorio de régimen aduanero especial

42,74 210 93y95

aduanas

Venta de bebidas alcohólicas en

panaderías, confiterías, rosticerías,

bombonerías y similares

208

Mudar los expendios de bebidas

alcohólicas sin la autorización

correspondientes

217,252 94,95

No llevar libros de ingresos y egresos de

especies alcohólicas para los casos que

correspondan

47 221 106

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No poseer placa de identificación del

establecimiento

267 108

Arrendamiento de fondos de comercio 279 108

No haber participado a la Gerencia

Regional el fallecimiento del propietario

del expendio.

277 108

Oponerse a la fiscalización 70 103

Visibilidad del consumo de bebidas

alcohólicas desde la vía pública

206

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GLOSARIO

Contribución: Alemán (1.994) “Cantidad en dinero o especies que debe pagar el

contribuyente por concepto de un beneficio realmente obtenido o por la prestación de un

servicio de eminente carácter social y que se impone para atender las necesidades del

Estado, de los Estados o Municipios.”

Contribuyente: Guarismos (1.998) “ Son los sujetos pasivos sobre quienes recae la

obligación de abonar un impuesto conforme a la ley que lo reglamente”

Fiscalización: Alemán (1.994) “ Facultad que otorga la ley para examinar, comprobar,

ver, constatar, revisar libros, registros y otros. Es el mecanismo que crea la ley para hacer

efectiva la recaudación del tributo. Por medio de este sistema se tiene un control y

supervisión con carácter de autoridad.”

Impuesto: Fariñas (1.980) “ Es una prestación monetaria directa de carácter definitivo y sin contraprestación recavada por el Estado de los particulares, compulsivamente y de acuerdo a reglas fijas, para financiar servicios de interés general u obtener finalidades económicas o sociales.” Ingreso Fiscal: Alemán (1.994) “ Son los ingresos que percibe el sector público y

generalmente se consolidan en el presupuesto nacional. Son utilizados por el Estado para

hacerle frente a los gastos del gobierno central y de sus diferentes organismos.”

Jurisprudencia: Alemán (1.994) “Conjunto de acciones y fallos emanados de las

autoridades judiciales. La jurisprudencia uniforme y reiterada contribuye a una mayor

interpretación y aplicación de las leyes y de los reglamentos, también sirve para llenar vacíos

o lagunas jurídicas que pudieran presentarse en la practica.”

Multa: Alemán (1.994) “ Es el pago de dinero en concepto de retribución del delito o de

la infracción cometida, constituyendo una fuente de ingresos para el Estado.”

Obligación Tributaria: Alemán (1.994) “ Constituye un vínculo jurídico en virtud de la

cual el Estado puede exigir de los particulares el pago de una determinada suma de dinero,

a título de tributo o por la voluntad de la ley.

Pago : Guarismos (1.998) “Es el cumplimiento de la prestación que constituye el objeto

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de la relación jurídica tributaria principal lo que presume la existencia de un crédito por la

suma exigible a favor del fisco.”

Recaudación: Alemán (1.994) “ Es la cobranza de rentas públicas mediante la

percepción de pagos por parte de los contribuyentes con el fin de obtener ingresos.”

Sistema Tributario: Fariña (1.980) “Está constituido por el conjunto de tributos vigentes en un país, en una determinada época fundamentalmente el conjunto de impuestos, pero también las tasas y demás tributos especiales y su estudio tiene por objeto examinar ese conjunto como objeto unitario de conocimiento, más que analizar en forma separada los distintos gravámenes que lo constituyen. Sujeto Activo: Guarismos (1.998) “Son los entes públicos autorizados por la Ley,

Nación, Estado y Municipios.”

Sujeto Pasivo: Guarismos (1.998) “Es el obligado al cumplimiento de las prestaciones

tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsables.”

Tributo: Alemán (1.994)“Son las prestaciones comúnmente en dinero que el Estado

exige en su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley

para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines.”

CAPITULO III

Marco Metodológico

El marco metodológico de la presente investigación esta conformado por el modelo de

investigación descriptiva-documental.

Naturaleza de la Investigación

El presente estudio se ubica según el nivel de la investigación en la modalidad de

investigación descriptiva por que apunta a la caracterización del Programa de Fiscalización

de Expendios de Bebidas Alcohólicas con la finalidad de analizar su contenido legal y

procedimientos de aplicación y sancionatorio para llegar finalmente a establecer su

estructura y comportamiento.

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Según el diseño de la investigación, el presente estudio se clasifica como una

investigación documental debido a que la estrategia a utilizar para responder al problema

planteado es la obtención y análisis de datos de materiales impresos ya existentes como

los informes fiscales de producción de los operativos de licores aplicados durante el año

2.001. Es decir el estudio se basará en fuentes documentales con el propósito de ampliar y

profundizar los conocimientos sobre la naturaleza del problema para llegar a las posibles

alternativas de solución, si procedieran, a las dificultades y limitaciones derivadas del

problema investigado.

Tema de Estudio.

Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas

Técnicas de recolección de información.

La información a analizar, con la cual se pretende dar respuesta al problema en

estudio, se obtendrá de la revisión y análisis de los informes de producción de fiscalización,

los informes de control de gestión: (módulo licores), que son los reportes concluyentes de la

aplicación del programa de fiscalización de expendios de bebidas alcohólicas, donde se

enumeran detalladamente las infracciones detectadas en dicho operativo, la normativa legal

contravenida y la sanción impuesta de acuerdo a cada caso en particular.

Procesamiento y análisis de la información recolectada.

El procesamiento de la información se hará utilizando la técnica lógica de análisis para

confrontar y estudiar la correspondencia legal, oportuna y apropiada entre:

1. La situación fiscal detectada al momento de la visita fiscal (inspección).

2. La normativa legal (Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas

y su Reglamento y l Ley de Timbre Fiscal).

3. Procedimiento Fiscal aplicado.

4. La base legal (Código Orgánico Tributario), utilizado para sancionar y

multar las infracciones detectadas.

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La información obtenida de las fuentes ya referidas será vaciada ordenadamente en el cuadro que se muestra en la página siguiente, con la finalidad de favorecer su manejo y análisis. CUADRO No. 1 Evaluación de la aplicación del Programa de Fiscalización a Expendios de Bebidas Alcohólicas en Barquisimeto, durante el año 2001.

IMPOSICIÓN DE SANCION

SI

INFRACCION DETECTADA DURANTE LA

VISITA FISCAL Acuerdo

Programa

Desacuerd

o

Programa

NO

No poseer Registro y Autorización para el

expendio de bebidas alcohólicas.

No poseer la autorización para presentar talento

vivo

No registrar las guías o facturas guías en el libro

respectivo

No poseer las facturas guías o documentos que

amparen las bebidas alcohólicas

Utilizar documentos falsos o adulterados

Consumo interno en expendios al por menor o al

por mayor

Permitir la circulación de bebidas alcohólicas sin

facturas guías

Efectuar fraccionamiento de los bares sin

autorización

Expender bebidas alcohólicas a los menores de

edad o a personas en estado de embriaguez

Efectuar ventas de bebidas alcohólicas fuera del

horario establecido para cada caso

No haber realizado los traspasos de los Registros

y Autorización en caso de adquisición de fondos

de comercio

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39

Efectuar modificaciones en el establecimiento de

expendio de bebidas alcohólicas capaces de

alterar las características, índole o naturaleza del

local, sin haber obtenido la autorización debida

IMPOSICIÓN DE SANCION

SI

INFRACCION DETECTADA DURANTE LA

VISITA FISCAL Acuerdo

Programa

Desacuerd

o

Programa

NO

Poseer o expender bebidas alcohólicas no

autorizadas para la venta, adulteradas, de

procedencia ilegal o provenientes de territorio de

régimen aduanero especial

Venta de bebidas alcohólicas en panaderías,

confiterías, rosticerías, bombonerías y similares

Mudar los expendios de bebidas alcohólicas sin

la autorización correspondientes

No poseer placa de identificación del

establecimiento

No llevar libros de ingresos y egresos de

especies alcohólicas para los casos que

correspondan

No haber participado a la Gerencia Regional el

fallecimiento del propietario del expendio de

bebidas alcohólicas

Arrendamiento de fondos de comercio

Oponerse a la fiscalización

Visibilidad del consumo de bebidas alcohólicas

desde la vía pública

TOTAL........

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CAPITULO IV

Análisis e Interpretación de Resultados

El Cuadro No. 1 y el gráfico No. 1 muestran los resultados de la aplicación del Programa de Fiscalización a Expendios de Bebidas Alcohólicas durante el año 2001, a un total de treinta y tres (33) establecimientos nocturnos ubicados en la ciudad de Barquisimeto. Estos resultados fueron tomados de los Informes de Producción Fiscal e Informes de Gestión (Módulo Licores), suministrados por la División de Fiscalización de la Región Centro-occidental de Tributos Internos (SENIAT). CUADRO No. 1 Resultados de la aplicación del Programa de Fiscalización a Expendios de Bebidas Alcohólicas en Barquisimeto, durante el año 2001

IMPOSICIÓN DE SANCION

SI

INFRACCION DETECTADA DURANTE LA

VISITA FISCAL Acuerdo

Programa

Desacuerd

o

Programa

NO

Ninguna 04 No poseer Registro y Autorización para el

expendio de bebidas alcohólicas. 03

No poseer la autorización para presentar talento

vivo

No registrar las guías o facturas guías en el libro

respectivo 12

No poseer las facturas guías o documentos que

amparen las bebidas alcohólicas

Utilizar documentos falsos o adulterados

IMPOSICIÓN DE SANCION

SI

INFRACCION DETECTADA DURANTE LA

VISITA FISCAL

Acuerdo

Programa

Desacuerd

o

Programa

NO

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Consumo interno en expendios al por menor o al

por mayor

Permitir la circulación de bebidas alcohólicas sin

facturas guías

Efectuar fraccionamiento de los bares sin

autorización

Expender bebidas alcohólicas a los menores de

edad o a personas en estado de embriaguez

Efectuar ventas de bebidas alcohólicas fuera del

horario establecido para cada caso

No haber realizado los traspasos de los Registros

y Autorización en caso de adquisición de fondos

de comercio

Efectuar modificaciones en el establecimiento de

expendio de bebidas alcohólicas capaces de

alterar las características, índole o naturaleza del

local, sin haber obtenido la autorización debida

08

Poseer o expender bebidas alcohólicas no

autorizadas para la venta, adulteradas, de

procedencia ilegal o provenientes de territorio de

régimen aduanero especial

Venta de bebidas alcohólicas en panaderías,

confiterías, rosticerías, bombonerías y similares

Mudar los expendios de bebidas alcohólicas sin

la autorización correspondientes

No poseer placa de identificación del

establecimiento 02

No llevar libros de ingresos y egresos de

especies alcohólicas para los casos que

correspondan

IMPOSICIÓN DE SANCION

INFRACCION DETECTADA DURANTE LA

VISITA FISCAL

SI

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VISITA FISCAL Acuerdo

Programa

Desacuerd

o

Programa

NO

No haber participado a la Gerencia Regional el

fallecimiento del propietario del expendio de

bebidas alcohólicas

Arrendamiento de fondos de comercio Oponerse a la fiscalización Visibilidad del consumo de bebidas alcohólicas

desde la vía pública 01

No renovar anualmente el Registro y Autorización

de Expendio de Bebidas Alcohólicas 03

TOTAL........ 19 10 04

Fuente: Informes de Producción Fiscal e Informes de Gestión (Módulo Licores, SENIAT).

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GRAFICO No 1.

El análisis de la información contenida en el Cuadro No. 1 y Gráfico No. 1 es la siguiente: Cuatro (04) establecimientos (12 %) resultaron sin objeciones formuladas. Es decir, que luego de la aplicación del Programa de Fiscalización durante la visita fiscal practicada que estaban enteramente ajustadas a derecho. En doce (12) establecimientos (37 %) se pudo constatar que no se registraban de manera actualizada las guías o facturas guías de compra de especies alcohólicas en el libro de ingresos y egresos de las especies alcohólicas. Esta situación contraviene lo establecido en los artículos 47 y 64 de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas y artículos 247 y 221 de su Reglamento. Ante esta contravención determinada en la aplicación del Programa, resultó aplicable la sanción establecida en el artículo 108 del Código Orgánico Tributario vigente desde el 01-07-1994. Fue sancionado según Programa de Fiscalización a Expendios de Bebidas Alcohólicas.

Infracciones detectadas durante la aplicación del Programa de Fiscalización de Expendios de

Bebidas Alcohólicas

12%

9%

37%

24%

6%3%

9%

Ninguna

No poseer Registro yAutorización

No registrar las guías

Efectuar modificaciones sinautorización

No poseer placa de identificación

Visibilidad de consumo desde lavía pública

No renovar anualmente elRegistro y Autorización

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En uno (01) de los establecimientos visitados (3%) se determinó que el consumo de bebidas alcohólicas en el interior del mismo era visible desde la vía pública lo que contraviene lo establecido en el artículo 206 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas y causó la aplicación de la sanción establecida en el artículo 108 del Código Orgánico Tributario vigente desde el 01-07-1994. Fue sancionado según Programa de Fiscalización a Expendios de Bebidas Alcohólicas. Durante la aplicación del Programa de Fiscalización a Expendios de Bebidas Alcohólicas, se encontró en dos (02) establecimientos (6 %) la ausencia de la placa o rótulo de identificación del establecimiento que muestra además del nombre del expendio, el número del Registro y Autorización en lugar visible, generalmente en la parte externa del establecimiento. Este hecho contraviene lo establecido en el artículo 207 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas y le corresponde la sanción prevista en el artículo 108 del Código Orgánico Tributario vigente como incumplimiento de cualquier otro deber formal. Fue sancionado según Programa de Fiscalización a Expendios de Bebidas Alcohólicas. Se pudo constatar durante la aplicación del Programa que tres (03) de los contribuyentes visitados (9 %) tenían pendiente la renovación anual de la Autorización de Expendio de Bebidas Alcohólicas; hecho este que contraviene el artículo 10 numeral 12 de la Ley de Timbre Fiscal y fue sancionado según el Programa con el artículo 108 del Código Orgánico Tributario. Además del cálculo de los intereses moratorios según artículo 59 ejusdem. De los treinta y tres (33) contribuyentes visitados se encontró que :

1- Tres (03) establecimientos (9 %) no poseían Registro y Autorización para el expendio de bebidas alcohólicas.

2- Ocho (08) de ellos (24 %) habían efectuado modificaciones en sus establecimientos capaces ,de alterar las características, índole o naturaleza de los locales sin haber obtenido la debida autorización.

Las infracciones determinadas en ambos casos fueron penalizadas de la siguiente manera: En el primero de los casos se aplicó la retención preventiva de las especies alcohólicas y la sanción prevista en el artículo 105 del Código Orgánico Tributario el cual establece una multa desde 50 UT a 150 UT para quienes estando obligados a inscribirse en los registros que llevare la Administración no lo hicieren. En el segundo de los casos se efectuó la retención preventiva de las especies alcohólicas y la sanción prevista en el artículo 108 del Código Orgánico Tributario el cual establece una multa desde 10 UT a 50 UT por el incumplimiento de cualquier otro deber formal sin sanción específica.

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Ahora bien, estas sanciones aplicadas no se corresponden con las estipuladas en el Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas el cual establece para ambos casos, la aplicación de las penas por defraudación contenidas en los artículos 94, 95 y 96 del Código Orgánico Tributario vigente desde el 01-07-1994, los cuales establecen una multa de dos (02) a cinco (05) veces el monto del tributo omitido; el comiso de las especies alcohólicas; la clausura del establecimiento hasta por un máximo de seis (06) meses y prisión de tres (03) meses a dos (02) años para los contribuyentes o responsables. En cuanto al comiso de las especies alcohólicas, no pudo aplicarse debido a la inexistencia de:

1- Un espacio físico donde almacenar las especies alcohólicas. 2- Personal necesario para efectuar la carga, traslado y descarga de las mismas. 3- Un procedimiento para retornar las especies alcohólicas al contribuyente

cuando este se ajustare a las normas.

La clausura fue una medida sancionatoria contemplada en el Programa que no se pudo aplicar debido a que el mismo no define los instrumentos legales y administrativos para llevar a cabo la suspensión del Registro y Autorización y por ende al cierre del establecimiento. Asimismo no contiene los procedimientos ni los formatos impresos mediante los cuales se proceda a retener el Registro y Autorización de Expendio de Bebidas Alcohólicas, mucho menos el de la custodia por parte de la Administración de dicho Registro, ni tampoco el mecanismo para devolverlo al contribuyente cuando este haya legalizado su situación. Todo esto sin considerar el perjuicio que se le causaría al contribuyente con esta media sancionatoria, una vez que el se ajuste a derecho y la Administración no sea diligente con el factor tiempo. En cuanto a la sanción pecuniaria que va de dos (02) a cinco (05) veces el monto del tributo omitido no fue aplicada debido a que los supervisores del Operativo de Licores aplicado en Barquisimeto, sostuvieron el criterio que no era considerado como tributo omitido las ciento cincuenta (150) Unidades Tributarias que el contribuyente debía cancelar por la obtención o transformación de sus respectivos Registros y Autorizaciones.

CAPITULO V

Conclusiones y Recomendaciones

El control de expendios de bebidas alcohólicas tiene su importancia en la búsqueda del incremento de la recaudación y en la persecución propósitos de salud y orden público dentro de la comunidad, regulando la cantidad de expendios por densidad de población, controlando sus horarios de funcionamiento y velando por el

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cumplimiento de todas las normas que regulan este tipo de comercio. Conclusiones Según el análisis que se efectuó en el presente estudio , sobre la aplicación del Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas en Barquisimeto durante el 2001, se concluye: 1.- El Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas, debe ser revisado en el contenido de sus procedimientos sancionatorios, debido a que sus procedimientos no alcanzan a cubrir la totalidad de las infracciones y sanciones previstas en su contenido. Así, se tienen establecimientos donde se constataron ciertas infracciones que deben ser sancionadas con penas de defraudación que abarcan una multa de dos (02) a cinco (05) veces el monto del tributo omitido; el comiso de las especies alcohólicas; la clausura del establecimiento hasta por un máximo de seis (06) meses y prisión de tres (03) meses a dos (02) años para los contribuyentes o responsables. Dichas infracciones son las siguientes:

- No poseer Registro y Autorización para el Expendio de Bebidas Alcohólicas.

- No poseer la Autorización para presentar talento en vivo. - No poseer las facturas guías o documentos que amparen las bebidas

alcohólicas. - Utilizar documentos falsos o adulterados. - Efectuar fraccionamientos de las barras sin la autorización de la

Administración. - No haber realizado los traspasos de los Registros y Autorizaciones en caso

de adquisición de Fondos de Comercio. - Efectuar modificaciones en el establecimiento de expendio de bebidas

alcohólicas capaces de alterar las características, índole o naturaleza del local sin haber obtenido la debida autorización.

- Poseer o expender bebidas alcohólicas no autorizadas para la venta, adulteradas, de procedencia ilegal o provenientes de territorios de regímenes aduaneros especiales.

- Mudar los expendios de bebidas alcohólicas sin la autorización correspondiente.

Ahora bien, el Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas

Alcohólicas establece que las mencionadas infracciones deben ser sancionadas con las penas de defraudación, y sin embargo, el mismo Programa no cuenta con los procedimientos necesarios para tal fin.

Lo dicho anteriormente explica las razones por las cuales no se pudo aplicar el Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas al 30% de los treinta

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y tres (33) establecimientos fiscalizados durante los Operativos de Licores aplicados en Barquisimeto durante el año 2001; tal y como se demuestra en el Gráfico No. 2 de la página siguiente.

GRAFICO No. 2

Aplicación del Programa de Fiscalización de Expendio de Bebidas Alcohólicas

70%

30% Acuerdo Programa

Desacuerdo alPrograma

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2.- El Servicio Nacional de Administración Tributaria Región Centro Occidental (Barquisimeto) actualmente no cuenta con un cuerpo de fiscalización especializado en el Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas para la aplicación de este tipo de operativos. La fuerza fiscalizadora utilizada en la aplicación del Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas es tomada del equipo de fiscalización general, en donde ya son insuficientes en cantidad para la aplicación de auditorías fiscales al Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto sobre la Renta, Impuesto a los Activos Empresariales, Registro de Activos Revaluados e Impuesto al Débito Bancario. Esto impide que el Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas pueda aplicarse de una manera más periódica y se explica porque durante el año 2.001 fueron fiscalizados solamente treinta y tres (33) establecimientos nocturnos en Barquisimeto. Recomendaciones. 1.- El Programa de Fiscalización de Expendios de Bebidas Alcohólicas debe ser revisado en cuanto a las infracciones a las que les corresponden sanciones por defraudación e incluirle los procedimientos que permitan la aplicación de tales sanciones. Estos procedimientos son los siguientes:

1- Procedimiento para clausurar el establecimiento, ¿por medio de un Acta, Providencia o Autorización?

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2- Procedimiento para verificar que los establecimientos clausurados

permanezcan cerrados.

3- Procedimiento en el cual la Administración autoriza al contribuyente a abrir el establecimiento una vez que haya regularizado su situación.

4- Procedimiento para la suspensión del Registro y Autorización de Expendio

de Bebidas Alcohólicas.

5- Procedimiento de custodia del Registro y Autorización de expendio de bebidas alcohólicas suspendidas.

6- Procedimiento para devolver Registro y Autorización de expendio de

bebidas alcohólicas al contribuyente una vez que este legalice su situación (en caso de suspensión de la licencia).

7- Procedimiento que debe seguir la Administración para verificar que el

contribuyente no hizo uso de las bebidas retenidas preventivamente. 8- Procedimiento en el que se le comunica al contribuyente que puede hacer

uso de la mercancía que fue retenida preventivamente. 2.- La Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro – Occidental debe crear una unidad especializada de fiscalización de expendios de bebidas alcohólicas adscrita al área de Fiscalización General, que se encargue de planificar, organizar y coordinar la aplicación del programa de fiscalización en este tipo de contribuyentes en forma permanente. Esta unidad deberá estar en un intercambio continuo de información con el área de licores. Esta unidad debe contar con su propio equipo de fiscales capacitados, entrenados e instruidos en el contenido de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas y su Reglamento, además de las Sentencias y Doctrinas emitidas por la Administración Tributaria, en el contenido de su Programa de Fiscalización y sus procedimientos de aplicación; mediante la realización de cursos, talleres, seminarios, conferencias y mesas de trabajo que permitan el intercambio de opiniones, el bombardeo de dudas y sobre todo la unificación de criterios.

BIBLIOGRAFÍA ACEDO, GERMÁN. 1995. La elusión y la evasión fiscal. Legis Lec Editores. Caracas

(Venezuela). (69).

Page 50: UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO …bibadm.ucla.edu.ve/edocs_baducla/tesis/P267.pdf · RESUMEN El presente estudio es una investigación descriptiva e diseño documental que d

50

AGUILAR, ALICIA. 1996. Acaba con derecho a la defensa, proyecto de Reforma del Código Orgánico Tributario es inconstitucional. www.el-nacional.com. Archivo: Evasión fiscal.

ALVARADO ROSA Y OTROS. 1996. Incidencia de las Reformas Tributarias en las

empresas manufactureras ubicadas en la Zona Industrial I de Barquisimeto. Trabajo de Grado para optar al título de Licenciados en Contaduría Pública. Decanato de Administración y Contaduría. Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Mecanografiado. Barquisimeto (Venezuela).

BAPTISTA, RAFAEL. 1997. La evasión fiscal en materia del Impuesto al Consumo

Suntuario y a las Ventas al Mayor. Trabajo de Grado para optar al título de Especialista en Derecho Tributario. Decanato Investigación, Extensión y Postgrado. Vicerrectorado Académico. Universidad Bicentenaria de Aragua. Mecanografiado. Barquisimeto (Venezuela).

CABANELLAS, GUILLERMO. 1986. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Editorial

Heliastra. Buenos Aires (argentina). CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO. 1994. Gaceta Oficial Nº 4727, Extraordinario del 27

de mayo de 1994. Caracas (Venezuela). CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. 1999. Gaceta

Oficial Nº 36.860, del 30 de diciembre de 1999. Caracas (Venezuela). DECRETO Nº 594: CAMBIO DE NOMBRE DEL SENIAT Y ESTABLECIMIENTO DE LAS

INTEDENCIAS NACIONALES DE TRIBUTOS INTERNOS Y ADUANAS. 21/ 12/199. Gaceta Oficial Nº 312.228 del 05 de enero del 2000.

DIARIO EL IMPULSO.2002. pg. C-8, Barquisimeto Estado Lara. GARCÍA, GUSTAVO, RAFAEL RODRÍGUEZ Y SILVIA SALVATO. 1996. Revista

Venezolana de Ciencias Tributarias (TRIBUTUM). Editorial Universidad Católica del Táchira Centro de Desarrollo Empresarial. San Cristóbal (Venezuela). I.

GOMEZ, JORGE. 1971. Derecho y Legislación Fiscal. Especial referencia a la Legislación

Venezolana. Universidad Central de Venezuela. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales. Caracas.

GUILLÉN, RAYMOND Y JEAN VINCENT. 1986. Diccionario Jurídico. Editorial Temis.

Bogotá (Colombia). HACIENDO SENIAT Nº 29. Año 3 julio 1997. Caracas (Venezuela). HACIENDO SENIAT Nº 31. Año 3 septiembre 1997. Caracas (Venezuela). KHOLER, ERIC. 1979. Diccionario para Contadores. Unión Tipográfica Editorial Hispano -

Americana (UTEHA) México. LAYA, JUAN. 1989. Lecciones de Fianzas Públicas y Derecho Fiscal. Paredes Editores.

Caracas. I.

Page 51: UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO …bibadm.ucla.edu.ve/edocs_baducla/tesis/P267.pdf · RESUMEN El presente estudio es una investigación descriptiva e diseño documental que d

51

LEY ORGÁNICA DE HACIENDA PÚBLICA NACIONAL. 1974. Eduven. Caracas

(Venezuela). MARRERO, EVELYN. 1996. Deberes formales y Procedimientos en el Código Orgánico

tributario. El Sistema tributario Venezolano. XXI Jornadas "J. M. Domínguez". MAZA, DOMINGO. 1996. La Reforma del Código Orgánico Tributario. www.el-

nacional.com. Archivo: Evasión fiscal. MENDOZA, LUIS Y OTROS. 1996. La información que proporciona el SENIAT a los

contribuyentes especiales de Barquisimeto y la Repercusión en la recaudación de tributos. Trabajo de Grado para optar al título de Licenciados en Contaduría Pública. Decanato de Administración y Contaduría. Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Mecanografiado. Barquisimeto (Venezuela).

MORENO, AURORA. 1997. La Administración Tributaria como función Estatal. Revista de

Derecho Tributario. Legis Lec Editores. Caracas (Venezuela). (79). PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN DE EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. Enero

1998. Gerencia de Fiscalización Caracas (Venezuela). PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN SENIAT IV FASE I REGIONAL. 1997. Barquisimeto

(Venezuela). PROGRAMA SENIAT IV. 1997. Caracas (Venezuela). PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN DE LAS

ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS DE LOS MINISTERIOS DE LOS PAÍSES PRESTATARIOS MIEMBROS DEL BID. 1997. La Experiencia Española En La Lucha Contra El Fraude. Querétaro (México).

ROCHE, EMILIO. 1996. La Reforma Tributaria ni asegura la recaudación ni elimina la

evasión. www.el-nacional.com. Archivo: Evasión fiscal. SABINO , CARLOS. 1979. El Proceso de Investigación. El Cid Editor. Buenos Aires

(Argentina). SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y

TRIBUTARIA.1997. Inteligencia y control fiscal. (SENIAT) SERVICIO INTERNO DE RENTAS DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 1998. La

lucha contra el fraude tributario internacional. TORREALBA, GLADYS. 1997. Nivel de efectividad de los controles en la Recaudación de

Impuestos de la División de Contribuyentes Especiales de Barquisimeto. Trabajo de Grado para optar al título de Especialista en Gerencia Financiera. Decanato de Administración y Contaduría. Coordinación General de Postgrado. Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Mecanografiado. Barquisimeto (Venezuela).

VILLEGAS, HÉCTOR. 1992. Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario.

Ediciones Depalma. Buenos Aires (Argentina).

Page 52: UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO …bibadm.ucla.edu.ve/edocs_baducla/tesis/P267.pdf · RESUMEN El presente estudio es una investigación descriptiva e diseño documental que d

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