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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
¨ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REFORESTACIÓN EN LOS
LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO METROPOLITANO
DE QUITO EN EL ÁREA RURAL¨
Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:
ABOGADA
Sierra Araujo Evelyn Abigail
TUTOR: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.
Quito, Marzo - 2016
ii
DEDICATORIA
Dedico este presente trabajo a ese Dios eterno que no me ha dejado en el trascurso de
mi vida.
A mis padres David y Alexandra, que de manera incondicional han sabido apoyarme y
alentarme en mi formación personal y profesional.
De igual manera a mis hermanos Aarón, Raquel y Daniel.
Y a mis amigos que forman parte fundamental en la vida de cada ser humano.
iii
AGRADECIMIENTO
Agradezco este presente trabajo a ese Dios eterno que ha cuidado de mí y ha bendecido
mi vida.
A mis padres por su gran apoyo incondicional a lo largo de mi vida.
A mí querida Universidad Central del Ecuador.
A mi Director de Proyecto quien con su paciencia y apoyo me guio en la elaboración
de este trabajo.
A los docentes y amigos que forje en las aulas de la Universidad.
iv
DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD
SIERRA ARAUJO EVELYN ABIGAIL, autor del presente trabajo de titulación
profesional, con cédula de ciudadanía 1719896060-8, libre y voluntariamente
DECLARO, que el proyecto de investigación titulado: "Ordenanza Municipal para la
Reforestación en los linderos de las “UPAS” del Distrito Metropolitano De Quito
en el Área Rural", es de mi plena autoría, reviste la característica de original y no
constituye plagio o copia alguna, constituyéndose en un trabajo de titulación único,
como mandan los principios de la investigación científica y la honestidad académica,
de ser comprobado lo contrario, me someto a las disposiciones legales pertinentes.
Es todo cuanto puede decir en honor a la verdad. Atentamente,
………………............
Evelyn Abigail Sierra Araujo
C.C. 171989606-8
Telf:0998899005
Correo: [email protected]
v
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIA INTELECTUAL
Yo, SIERRA ARAUJO EVELYN ABIGAIL, en calidad de autora del Proyecto de
Investigación titulado: "Ordenanza Municipal para la Reforestación en los linderos
de las “Upas” del Distrito Metropolitano De Quito en el Área Rural", por la
presente autorizo a la Universidad Central del Ecuador, hacer uso de los contenidos de
este Proyecto de Investigación con fines estrictamente académicos o de investigación.
Los derechos que como autora me corresponden, con excepción de la presente
autorización, seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los
artículos 5, 6, 8, 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su
Reglamento.
Atentamente,
Evelyn Abigail Sierra Araujo
C.C. 171989606-8
Telf:0998899005
Correo: [email protected]
vii
APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO
Los miembros del tribunal calificador aprueban el trabajo de investigación titulado:
"Ordenanza Municipal para la Reforestación en los linderos de las “Upas” del
Distrito Metropolitano De Quito en el Área Rural", de acuerdo con las disposiciones
reglamentarias de la Carrera de Derecho de la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias
Políticas y Sociales de la Universidad Central del Ecuador para títulos de pregrado.
Quito, Marzo del 2016
Para constancia firman:
TRIBUNAL CALIFICADOR
F/_________________
F/_________________ F/_________________
viii
ÍNDICE DE CONTENIDO
DEDICATORIA ............................................................................................................... ii
AGRADECIMIENTO ..................................................................................................... iii
DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ..................................................................... iv
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIA INTELECTUAL ................................................ v
APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO ........................................................... vii
ÍNDICE DE CONTENIDO ........................................................................................... viii
ÍNDICE DE ANEXOS ................................................................................................... xii
ÍNDICE DE CUADROS ............................................................................................... xiii
RESUMEN .................................................................................................................... xiv
ABSTRACT ................................................................................................................... xv
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 1
CAPÍTULO I .................................................................................................................... 4
1. PROBLEMA ................................................................................................................ 4
1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ........................................................... 4
1.2. UBICACIÓN DEL PROBLEMA ....................................................................... 6
1.3. DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA ................................................................ 7
1.4. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ................................................................ 7
1.5. SISTEMATIZACION DEL PROBLEMA ......................................................... 7
1.6. PREGUNTAS DIRECTRICES........................................................................... 8
1.7. OBJETIVOS........................................................................................................ 8
1.7.1. Objetivo general ......................................................................................... 8
1.7.2. Objetivos específicos .................................................................................. 9
1.8. JUSTIFICACIÓN.............................................................................................. 10
CAPÍTULO II ................................................................................................................. 13
2. MARCO TEÓRICO ................................................................................................... 13
2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ............................................... 13
2.2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA- DOCTRINARIA ..................................... 14
2.2.1. Definición de “UPAS” ............................................................................. 14
2.2.2. El ambiente ............................................................................................... 14
2.2.3. Derecho ambiental .................................................................................... 15
ix
2.2.4. Daño ambiental ......................................................................................... 15
2.2.5. Impacto ambiental por la deforestación.................................................... 16
2.2.5.1. Definición de impacto ambiental .......................................................... 16
2.2.5.2. Causas de impacto de ambiental ........................................................... 16
2.2.5.3. Clases de responsabilidad por daño ambiental ..................................... 17
2.2.6. Desarrollo sustentable............................................................................... 18
2.2.7. La deforestación ....................................................................................... 19
2.2.7.1. Causas de la deforestación .................................................................... 20
2.2.7.2. Agentes de la deforestación .................................................................. 21
2.2.8. La reforestación ........................................................................................ 22
2.2.9. La naturaleza y el ambiente en la constitución ecuatoriana. .................... 23
2.2.9.1. Derechos de la naturaleza en la costitucion-2008 ................................. 23
2.2.9.2. Participación ciudadana en materia ambiental. ..................................... 24
2.3. FUNDAMENTACIÓN LEGAL ....................................................................... 24
2.3.1. Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD ....................... 24
2.3.2. Ley de Régimen del Distrito Metropolitano de Quito. ............................. 25
2.3.3. Constitución de la República del Ecuador ................................................ 25
2.3.4. Ley de Gestión Ambiental ........................................................................ 28
2.3.5. Ordenanza Municipal 213 ........................................................................ 30
2.4. PLANTEAMIENTO IDEOLÓGICO A DEFENDER ...................................... 31
2.5. Caracterización de las variables ........................................................................ 32
2.5.1. Variable Independiente ............................................................................. 32
2.5.1.1. Causas ................................................................................................... 32
2.5.2. Variable Dependiente ............................................................................... 33
2.5.2.1. Efectos .................................................................................................. 33
2.6. Definición de términos básicos ......................................................................... 33
2.6.1. Términos jurídicos .................................................................................... 33
CÁPITULO III ............................................................................................................... 43
3. METODOLOGÍA ....................................................................................................... 43
3.1. DEFINICIÓN DE LOS MÉTODOS ................................................................. 43
3.1.1. Métodos Empíricos ................................................................................... 43
3.1.2. Métodos Teóricos ..................................................................................... 44
x
3.2. DISEÑOS DE LA INVESTIGACIÓN ............................................................. 46
3.3. MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES ................. 47
3.4. POBLACIÓN O MUESTRA ............................................................................ 48
3.4.1. Población .................................................................................................. 48
3.4.2. Muestra ..................................................................................................... 51
3.5. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN ....................... 51
3.5.1. Definición de las técnicas ......................................................................... 51
3.5.2. Definición de los instrumentos ................................................................. 51
3.6. VALIDEZ Y CONFIABILIDAD DE LOS INSTRUMENTOS....................... 52
3.7. TÉCNICAS DE PROCESAMIENTO .............................................................. 52
CAPÍTULO IV ............................................................................................................... 53
4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ...................................................... 53
4.1. Conclusiones ..................................................................................................... 53
4.2. Recomendaciones .............................................................................................. 55
CAPITULO V ................................................................................................................ 57
5. PROPUESTA ............................................................................................................. 57
5.1. DATOS INFORMATIVOS ................................................................................. 57
5.1.1. Localización.............................................................................................. 57
5.1.2. Beneficiarios ............................................................................................. 57
5.2. JUSTIFICACIÓN.............................................................................................. 57
5.3. OBJETIVOS...................................................................................................... 59
5.5.1. Objetivo general ....................................................................................... 59
5.5.2. Objetivos Específicos ............................................................................... 59
5.5.3. Resultado Esperados ................................................................................. 59
5.4. DESARROLLO DE LA PROPUESTA ............................................................ 60
5.4.1. Planificación de actividades tiempo y recurso .............................................. 60
5.4.2. Recursos humanos ......................................................................................... 60
5.4.3. Recursos técnicos .......................................................................................... 60
5.4.4. Recursos materiales ....................................................................................... 61
5.4.5. Presupuesto y Financiamiento ....................................................................... 62
5.5. FUNDAMENTACIÓN DOCTRINARIA Y JURÍDICA DE LA
PROPUESTA .......................................................................................................... 63
xi
5.5.1. Ordenanza a ser Propuesta ........................................................................ 63
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ........................................................................... 75
xii
ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO 1: REPORTAJES DE PRENSA ...................................................................... 80
ANEXO 2: MAPAS DEL DISTRITO METROLIPOLITANO DE QUITO ................. 92
xiii
ÍNDICE DE CUADROS
Cuadro 1: Parroquias rurales de Quito .......................................................................... 10
Cuadro 2: Categorías de uso principal del suelo ............................................................ 49
Cuadro 3: Planificación de actividades .......................................................................... 60
Cuadro 4: Presupuesto .................................................................................................... 62
xiv
TEMA: ¨Ordenanza Municipal para la reforestación en los linderos de las “UPAS” del
Distrito Metropolitano de Quito en el área rural¨
Autor: Evelyn Abigail Sierra Araujo
Tutor: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.
RESUMEN
La reforestación en los linderos de las “UPAS” del Distrito Metropolitano de Quito
en el área rural, tiene impactos en el ambiente, con la restitución de la flora, la fauna
silvestre, la restitución de los sistemas hídricos del cantón, la preservación del suelo
frente a la erosión, causada por la escorrentías del agua en los inviernos, los vientos y la
escases de árboles maderables que aceleran la erosión de la capa arable que es
fundamental para la siembra de productos que proveen y dinamizan la economía rural
en beneficio de la aprovisionamiento de alimentos de la canasta familiar especialmente
de la ciudad capital. En lo social con este proyecto se ocuparía la mano de obra
disponible en el Distrito Metropolitano de Quito, como la aplicación de la nueva matriz
productiva que añadiría el valor agregado a las industrias alimenticias y maderables para
la provisión inclusive de productos exportables. La absorción de CO2 por los millones
de plantas y árboles a sembrarse es demostrativo de la restauración de la naturaleza
contemplado en la Constitución en los Art.- 71, 72, 73. Además de ser un atractivo
turístico con la restitución del paisaje natural que bordea de los páramos al sub-trópico,
generando divisas para esta gran industria que está evolucionando en el cantón Quito.
PALABRAS CLAVE: ORDENANZA MUNICIPAL / REFORESTACIÓN /
IMPACTO AMBIENTAL / DERECHO AMBIENTAL / “UPAS” (UNIDAD DE
PRODUCCIÓN AGROPECUARIAS) / PLAN NACIONAL DE FORESTACIÓN Y
REFORESTACIÓN (P.N.F.R)
xv
TITLE: “Municipal Ordinance to reforect on the borders of “UPAS” of the
Metropolitan Disrict of Quito in the rural área”
Author: Evelyn Abigail Sierra Araujo
Tutor: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.
ABSTRACT
Reforestation on the border of “UPAS” of the metropolitan District of Quito, in the rural
area has an impact on the environment, due to restitution of wild flora and fauna,
restitution of hydric systems of the canton, preserbation of soil against erosion, caused
by water currents occurrents in winters, winds and scarceness of timber trees that in
turn provide and boost rural economy through the supply of food, mostly to the capital
city. In the social field, the current project is intended to use labor available in the
metropolitan District of Quito, in order to contribute to the application of a new
productive matrix by products. Absorption of CO2 by millions of plants and trees to be
planted is a restoration of the nature provided in the constitution, Artivle 71, 71 and
73.In addition to being a touristic attrantion, whit the recovery of the natural lansscape
surrounding high plateaus to sub-tropical soil, which generates foreign exchange for that
relevant industry that is growing in Quito canton.
KEYWORDS: MUNICIPAL ORDENANCE / REFORESTATION /
ENVIRONMENTAL IMPACT / ENVIRONMENTAL LAW / “UPAS”
(AGRARIAN PRODUCTION UNITS) / FORESTATION AND REFORESTATION
NATIONAL PLAN (F.R.N.P.)
1
INTRODUCCIÓN
La presente investigación titulada ¨ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA
REFORESTACIÓN EN LOS LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO EN EL ÁREA RURAL¨, se sustenta en la
inducción y deducción como estructura del método científico con antecedentes
históricos en el tiempo y en el lugar de los hechos. Se complementará con
observaciones directas, soportes de estudios específicos de reforestación apoyadas por
instituciones especializadas en el análisis del problema sobre la deforestación en el
Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha- Ecuador.
La forestación en el Ecuador está claramente amparada tanto en la Constitución
vigente como el de los deferentes reglamentos del Derecho ambiental en el Ecuador, sin
embargo, es realmente notorio el daño que se ha producido en lo largo de la historia a
nivel ambiental; a consecuencia de los incendios, contaminación y tala de nuestros
bosques.
En la presente investigación se analizará el daño efectuado a causa de la
deforestación y se propondrá la creación de una Ordenanza, a fin de que por medio de
ella se de una salida a la deforestación y de esa manera logra reducir el índice de la
misma en el Distrito Metropolitano de Quito, sector rural.
2
Con la finalidad de evidenciar la necesidad de instaurar una "Ordenanza
Municipal para la Reforestación en los linderos de las “Upas” del Distrito Metropolitano
De Quito en el Área Rural", la investigación se estructura del siguiente modo:
CAPÍTULO I, PROBLEMA: Determinación del fenómeno, diagnóstico de la
situación actual, preguntas directrices, identificación del fenómeno, objetivos: general y
específicos.
CAPÍTULO II, MARCO TEORICO: Marco teórico: antecedentes de la
investigación, fundamentación teórico – doctrinaria, fundamentación legal,
planteamiento ideológico a defender, determinación de las variables independientes y
dependientes.
CAPÍTULO III, METODOLOGÍA: Marco metodológico: determinación de las
unidades de observación, definición de los métodos, definición de las técnicas,
definición de los instrumentos y matriz de operacionalización de las variables.
CAPÍTULO IV, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: Conclusiones y
recomendaciones obtenidas del desarrollo de la investigación, y de la puesta en
evidencia de la posible solución de este problema.
CAPÍTULO V, PROPUESTA: Propuesta con su respectiva solución al problema;
en propuesta tendrá en su desarrollo los datos informativos tales como la localización y
los beneficiarios; constaran los antecedentes de la propuesta; estará debidamente
3
fundamentado; tendrá objetivos, además de los resultados esperado; por otro lado se
desarrolla la propuesta, estableciendo la planificación en actividades, tiempos y recursos,
al igual que se plantea el presupuesto y la fundamentación teórica y jurídica de la
propuesta; y para finalizar se plantean la bibliografía y los anexos.
4
CAPÍTULO I
1. PROBLEMA
¨ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REFORESTACIÓN EN LOS
LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
EN EL ÁREA RURAL¨
El desarrollo del presente proyecto pretende brindar un análisis a la crisis ambiental que
está afrontando el Distrito Metropolitano de Quito, como consecuencia de la
deforestación que desde hace décadas han sufrido las zonas rurales en las que están
asentadas las UPAS y cuales han sido las acciones que ha tomado el Municipio de Quito
para afrontar este problema.
1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Uno de los problemas más serios que vive la humanidad es el desequilibrio
ambiental, porque históricamente ni el mundo capitalista, ni el mundo socialista se ha
preocupado por cumplir los acuerdos y tratados firmados para evitar y minimizar los
impactos ambientales producidos por el crecimiento económico.
La biosfera de donde proviene la vida está siendo atacada a escala planetaria, que
pone en peligro a la supervivencia de la especie humana por la emisión de gases que
impide el reflejo de las radiaciones solares, causando el cambio de climas por el
llamado el efecto invernadero; por la emisión de CFC (cloro flúor-hidrocarbonos) que al
ascender a la atmosfera por la radiación ultravioleta desprende el cloro que ataca a la
capa de ozono de la estratosfera.
5
En el Ecuador desde los años 60 a la presente fecha se ha destruido casi todo el
bosque húmedo tropical y el bosque seco, las camaroneras han destruido los manglares
en donde se reproduce la vida marina y en callejón interandino ha desaparecido la
mayor parte del bosque endémico y se registran los niveles más graves de erosión y
desertificación del suelo, concluyendo en la amazonia especialmente con CHEVRON la
contaminación del suelo y el agua, la colonización y la ganadería que están afectando la
biodiversidad valorada entre las más ricas del planeta.
En el Ecuador se tala bosques en 100 mil hectáreas anuales y este es el problema
principal que debemos atacar desde la participación ciudadana de acuerdo al buen vivir.
En la Constitución de 2008 y El Código Orgánico de Organización Territorial
Autonomía y Descentralización “COOTAD”, los gobiernos autónomos descentralizados
al asumir sus competencias, deben dirigir sus acciones y actividades como el manejo de
residuos sólidos, forestación y reforestación, protección de espacios verdes,
sensibilización y participación ciudadana entre otros, si esto es así los Consejos
Provinciales, los Distritos Metropolitanos, los Municipios y las juntas Parroquiales, son
factores importantes para promover un modelos de desarrollo sustentable y sostenible
que garantice el Sumak kawsay.
La (Constitución de la República del Ecuador, 2008), en actual vigencia en el Articulo
14, segundo inciso indica: “Declara de interés público la preservación de ambiente, la
conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio
genético, la prevención del daño ambiental, y la recuperación de los espacios naturales
6
degradados”, a fin de que se garantice la sustentabilidad para el buen vivir o Sumak
kawsay.
Por lo que considero necesario la promulgación de una norma en la que se establezca la
necesidad de reforestar los linderos de las ares rurales en las que están asentadas las
UPAS, a fin de contrarrestar la crisis ambiental que afronta el Distrito Metropolitano de
Quito como consecuencia de la deforestación.
1.2. UBICACIÓN DEL PROBLEMA
La deforestación en el Distrito Metropolitano de Quito se inicia a raíz de la
promulgación de la Ley de reforma Agraria y Colonización, que contempla la
introducción de pastos, cultivos específicos y la utilización de maquinaria agrícola para
la preparación de suelos que amerita la tala de árboles y bosques que sirven a demás
para las industrias de la madera que se elaboran en la ciudad de Quito y que se consume
también en esos tiempos para la elaboración del carbón y leña para el consumo de los
campesinos.
La empresa PLAYWOOD S.A. desarrolla la gran industria de aglomerados y
exportación de madera a Estados Unidos, pagando de 100 a 200 sucres (año 1970) por
árbol de DAP (Diámetro a la altura del pecho) de 0,50 centímetros a más 1,70
centímetros, que fueron cortados y arrastrados por el suelo con tractores que dañaron la
capa arable. La deficiencia de programas de reforestación de los gobiernos neoliberales
que desconocían las políticas de ambiente con presupuestos muy bajos e insuficientes y
7
con falta de organización suficiente y técnica para el cumplimiento de los programas de
forestación y reforestación.
El área deforestada bruta anual de Pichincha 1990- 2000 es de 69.3 Km2
(Conservación Internacional Ecuador 2000).
1.3. DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA
De este modo, el desarrollo del presente proyecto de investigación se enfocara
únicamente en el estudio de las UPAS ubicadas en el Distrito Metropolitano de Quito y
los peligros ambientales que esta causa, poniendo en riesgo la salud de quienes aquí
habitan.
1.4. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
¿Existe daño ambiental en el Distrito Metropolitano de Quito por la deforestación
generada en los linderos de las áreas rurales en las que están ubicadas las UPAS, debido
a la ausencia de una norma que regule la deforestación de las especies vegetales que
habitan en estas zonas?
1.5. SISTEMATIZACION DEL PROBLEMA
Para realizar la sistematización del problema, es necesario realizar preguntas directrices
que ayuden a establecer parámetros para el desarrollo del proyecto investigativo.
8
1.6. PREGUNTAS DIRECTRICES
¿Cuál es la definición de “UPAS”?
¿Cuáles son las causas de la deforestación en el Distrito Metropolitano de Quito?
¿Cómo se reduce el impacto ambiental a causa de la deforestación?
¿Cuáles son las causas del impacto ambiental generado por la deforestación en el
Distrito Metropolitano de Quito?
¿De qué manera afecta la deforestación de la UPAS al Distrito Metropolitano de
Quito?
¿Cómo contribuiría la re forestación de las UPAS al ambiente del Distrito
Metropolitano de Quito?
¿Cómo afecta la falta de una norma que regule la deforestación de las UPAS en
el Distrito Metropolitano de Quito?
¿Es necesaria la implementación de una norma que establezca la re forestación
urgente de las UPAS en el Distrito Metropolitano de Quito?
1.7. OBJETIVOS
1.7.1. Objetivo general
Disminuir la deforestación en el Distrito Metropolitano de Quito, mediante la
reforestación de las 20.000 “UPAS” y así cumplir lo que contempla la Constitución
de la República del Ecuador en los art 14 y 15 respeto al ambiente sano, y el Sumak
kawsay.
9
1.7.2. Objetivos específicos
Implementar con la reforestación la restitución del paisaje natural para la
preservación de la flora y la fauna de las diferentes micro-cuencas que tiene el
Distrito Metropolitano de Quito.
Con la reforestación se almacenará el agua subterránea que sirve para alimentar
las fuentes de agua que componen el sistema hídrico de las micro-cuencas del
Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha.
Contribuir en el mejoramiento de un ambiente equilibradamente sano en el
Distrito Metropolitano de Quito.
Plantear una ordenanza Municipal para la reforestación en los linderos de las
“UPAS” en el Distrito Metropolitano de Quito, para de esta manera disminuir el
impacto ambiental en la zona y así cumplir con lo dispuesto en la Constitución
respecto al derecho a un Ambiente sano.
Estas son las parroquias rurales del cantón Quito Distrito Metropolitano
beneficiarias de la presente propuesta de reforestación.
10
Cuadro 1: Parroquias Rurales de Quito
Parroquias Rurales de Quito DM
Alangasí Amaguaña Atahualpa
Calacalí Calderón Conocoto
Cumbayá Chavezpamba Checa
El Quinche Gualea Guangopolo
Guayllabamba La Merced Llano Chico
Lloa Nanegal Nanegalito
Nayón Nono Pacto
Perucho Pifo Pintag
Pomasqui Puéllaro Puembo
San Antonio de
Pichincha
San Jose de Minas Tababela
Tumbaco Yaruquí Zámbiza
Autora: Sierra Araujo Evelyn Abigail
1.8. JUSTIFICACIÓN
Con el transcurso del tiempo se ha ido perdiendo gran cantidad de áreas boscosas
que poseía el Distrito Metropolitano de Quito debido a la creación de urbanizaciones,
división de suelos etc., en la actualidad no contamos con una ley u ordenanza que ejerza
un efecto coercitivo para frenar con este lamentable hecho.
En la actualidad dentro del territorio del Distrito Metropolitano de Quito, no existe
una norma que ejerza un efecto coercitivo que regule la deforestación que sufren los
linderos de las áreas rurales en donde esta ubicadas las UPAS, por lo que el desarrollo
de este proyecto es necesario a fin de ubicar con claridad cuáles son los efectos
ambientales de esta deforestación, sus causas y se establecería una solución viable para
este problema.
11
El desarrollo de este proyecto investigativo es importante porque al reforestar las
áreas rurales con relación a las UPAS del Distrito Metropolitano de Quito, se ejecutaría
lo establecido en el Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017, debido a que se
desarrollaría actividades de forestación y reforestación con especies nativas y adaptadas
a las zonas afectadas por proceso de erosión del suelo.
Para el desarrollo del presente proyecto de investigación se hizo y se hará uso de
herramientas electrónicas, sitios web, revistas, diarios de periódicos, libros,
investigaciones de otros autores relaciones al mismo tema, intercambios de ideas con
profesionales conocedores del tema.
Todos los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito y los ciudadanos en
general, son los que mayor interés tienen en el desarrollo de este proyecto de
investigación, ya que serían los principales beneficiados en virtud de que se
desenvolverían en una ambiente sano y ecológicamente equilibrado tal como lo
garantiza la Constitución de la República del Ecuador.
La finalización del presente tema de investigación se vería plasmado al recuperar
ciertas zonas verdes del Distrito Metropolitano de Quito, con el cual se aplicaran
normas u ordenanzas que nos permitan superar los casos de contaminación, donde se
establecerán derechos y deberes de los ciudadanos quienes serán los responsables de
lograr un cambio radical para el beneficio del ambiente, de tal manera que será un
impacto sobre los recursos naturales como el agua, la flora y la fauna dando lugar al
incremento en todos los niveles, tanto económicos como paisajísticos que dieran lugar a
12
la industria del turismo en desarrollo en este cantón, cumpliendo de esta manera los
lineamientos del plan de desarrollo y del buen vivir, Sumak Kawsay.
13
CAPÍTULO II
2. MARCO TEÓRICO
2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
La presente tesis fue realizada en el año 2012 en la Universidad Técnica de
Babahoyo, con el tema: “Derecho Ambiental: Ordenanzas Municipales que determinen
el control de la tala Indiscriminada de árboles en el cantón Babahoyo", realizada por el
señor (Jácome Vera, 2012), como requisito previo a obtener el título de Abogado de los
Tribunales de la República del Ecuador.
Conforme al análisis la tesis mencionada se estable que con la creación de dicha
ordenanza se beneficiarían a todos los pobladores del cantón, en razón de que se
establece y se garantiza en nuestra constitución que todos tenemos derechos a vivir en
un ambiente sano, como estipula en su artículo 14.- “se reconoce el derecho de la
población a vivir en un ambiente sano ecológicamente equilibrado que garantice la
sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay”.
Por otra parte, la tesis que en el año 2015 en la Universidad Central del Ecuador con
el tema: “La deforestación de los bosques protectores como un atentado al Derecho al
Buen Vivir en la Legislación Ecuatoriana”, realizada por el (Jara Jara, 2015), como
requisito previo para la obtención del título de Abogado de los Tribunales de la
República del Ecuador. Manifiesta que a pesar de la abundante clase de especies que
14
tiene el Ecuador en flora, y siendo que más de la mitad del suelo tiene vocación de
manera irónica por la tala indiscriminada de ciertas especies estas corren el peligro de
desaparecer.
2.2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA- DOCTRINARIA
2.2.1. Definición de “UPAS”
Se define como “UPAS” a las Unidades de Producción Agropecuarias, la cual es una
extensión de tierra de 500 m2 o más, dedicada total o parcialmente a la producción
agropecuaria, considerada como una unidad económica.
2.2.2. El ambiente
Definición:
Según (Iturrspe, Tomás, & Donna, 2011, pág. 39) “Por ambiente, entorno o medio,
se entiende la sistematización de distintos valores, fenómenos y procesos naturales,
sociales y culturales que condicionan en un momento y espacio determinado de la vida
y el desarrollo de los organismos y el estado de los elementos inertes, en una conjunción
integradora, sistemática y dialéctica de relaciones de intercambio entre el hombre y los
diferentes recursos”; por otro lado (Valls, 2008, pág. 3) nos dice, “Originalmente, el
ambiente es un conjunto de elementos naturales que circunda al hombre, lo sustenta y
padece su impacto, pero también lo condiciona, lo limita, lo agrede y lo modifica”.
15
Entonces en palabras sencillas podemos decir que ambiente es todo lo que nos rodea,
y ayuda a una co-existencia entre el ser humano, la flora y fauna y de esa manera
obtener un equilibrio mediante la colaboración de todos los que habitamos el planeta
tierra.
2.2.3. Derecho ambiental
El derecho ambiental norma la creación, modificación, trasformación y
extinción de las relaciones jurídicas que condicionan al disfrute, la
preservación y el disfrute del ambiente. Tiene por objeto condicionar la
conducta humana respecto de ese disfrute, preservación y mejoramiento
induciendo acciones y abstenciones a favor de la protección del ambiente. Su
contenido es difuso, ya que abarca las relaciones normadas por todo el
espectro jurídico en cuanto esas relaciones condicionan el ambiente. (Valls,
2008, pág. 73)
El Derecho ambiental nos ayuda a normal el comportamiento del hombre para con la
naturaleza, para que de esta manera exista un aprovechamiento por parte del mismo
pero evitando los excesos y abusos por parte del mismo; de esta manera condiciona el
uso del mismo y salvaguarda a la naturaleza como tal.
2.2.4. Daño ambiental
El daño ambiental no es un daño común, si puede usarse esta expresión para
aludir a perjudicar cuya realidad es fácilmente comprobable. Daño actual o
daño futuro cierto.
Por la materia sobre la cual recae, por el bien jurídico comprometido, encaja
difícilmente en las clasificaciones tradicionales: daño patrimonial o daño
16
extra patrimonial, daño cierto o incierto, daño actual o futuro, y daño
personal o ajeno.
De donde, preliminarmente, debemos señalar que las notas caracterizantes
del daño, según la concepción mayoritaria: cierto, personal y directo, son
puestas en grave aprieto… (Iturrspe, Tomás, & Donna, 2011, pág. 87)
El daño ambiental se lo puede denominar también un daño colateral ya que no solo nos
afecta en el presente si no que su daño es mucho más intenso con el pasar del tiempo, es
decir que va a ser mucho más grande el daño que sufrirán las futuras generaciones que
las que los que ya se presentan en la actualidad, es por ello que decimos que el daño
ambiental es un daño presente y un daño futuro.
2.2.5. Impacto ambiental por la deforestación
2.2.5.1.Definición de impacto ambiental
El impacto ambiental causado por la deforestación en la capital se lo puede reducir
mediante la reforestación de dichas zonas afectadas, tomando en cuenta que los
resultados no son inmediatos y esto sería un avance progresivo pero efectivo y positivo
para el DM Quito.
2.2.5.2.Causas de impacto de ambiental
Mediante esta investigación y a su vez la creación de dicha ordenanza de podría mitigar
en gran parte la deforestación y sus impactos, ya que si de manera obligatoria los
17
habitantes del DM Quito reforestan las zonas cercanas el daño ambiental se reduce
notoriamente y a su vez se mantiene un equilibrio ambiental y armonía con la naturaleza
que es lo que nos ordena la carta magna.
2.2.5.3.Clases de responsabilidad por daño ambiental
A partir de la promulgación de la Constitución del 2008, el respeto integral a
la existencia de la naturaleza, a sus procesos de regeneración y a su
restauración son derechos que la propia carta mangana le reconoce al
ambiente en concordancia con el Art. 10 que expresamente lo ubica como
sujeto de derechos; por tanto el estado también le garantiza al ambiente el
pleno ejercicio de sus derechos y la tutela efectiva para que quien actué en su
representación pueda demandar los daño a la naturaleza, aun cuando no
existan daños patrimoniales particulares. Para brindar tutela jurídica al
patrimonio natural, el derecho tiene dos derechos de responsabilidad:
Responsabilidad subjetiva: consiste en que todo el peso dela
reparación y/o recomposición ante el daño ocasionado sea atribuido
únicamente ante la existencia debidamente probada por la parte
afectada por el hecho dañoso, de una conducta negligente o culposa
el demandado.
Responsabilidad Objetiva: es aquella en que el agente del daño viene
obligado a repararlo, aunque no haya culpa, si sobreviene a
consecuencia de su actuación o de cosas que le pertenecen o están
bajo su guarda. (Narváez & Narváez, 2012, pág. 317)
Las personas que realizan una actividad en la que implica riesgo está obligada a
responder por los daños derivados de esa actividad, y esto se encuentra establecido en la
Constitución de la República del Ecuador.
18
Con la creación de la Constitución del 2008 el estado declara su responsabilidad y el
deber de reparar el daño ambiental o también puede actuar mediante delegación por la
prestación de entidades públicas.
Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten
los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En
caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque
no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas
protectoras eficaces y oportunas.
La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al
ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la
obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las
personas y comunidades afectadas.
Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución,
comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad
directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los
daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental
permanente.
Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán
imprescriptibles. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
2.2.6. Desarrollo sustentable
La Comisión Mundial para el Ambiente y el Desarrollo, establecida por las Naciones
Unidas en 1983, definió el desarrollo sustentable como el "desarrollo que satisface las
necesidades del presente sin comprometer las capacidades que tienen las futuras
generaciones para satisfacer sus propias necesidades" (ONU, 1983); y para que exista
un verdadero desarrollo sustentable debe existir varios elementos como son:
19
Sustentabilidad económica, sustentabilidad ecológica, sustentabilidad energética,
sustentabilidad social, sustentabilidad cultural, sustentabilidad científica.
Por otro lado, los autores (Iturrspe, Tomás, & Donna, 2011, pág. 81) nos dice lo
siguiente “Es casi imposible, o bien tarea vana, querer precisar los límites, márgenes o
contornos del “daño ambiental”, sin antes habernos puesto de acuerdo sobre un tema
íntimamente relacionado: el desarrollo sustentable”
Y decimos que el desarrollo sustentable para que exista como tal no tiene que afectar
con los recursos de las futuras generaciones y manejar los recursos de cada generación
de manera independiente, lamentablemente no se ha pensado en las futuras generaciones
y la mayor parte del tiempo se ha utilizado recursos que no correspondían para poder
satisfacer a esta generación.
2.2.7. La deforestación
La deforestación es la destrucción a gran escala de los bosques por la acción humana.
Anualmente millones de hectáreas se degradan o destruyen. Ya sea por la tala o quema
de las mismas, esto equivale aproximadamente a la superficie de un campo de fútbol
cada dos segundos. “Este daño avanza a pasos agigantados, cada año 17 millones de
hectáreas se pierden – el equivalente a una superficie que supera a la de Inglaterra, o a
su vez Gales e Irlanda del Norte juntas”. (García Calvache, 2012). Cada año la pérdida
es más grande ya que los más frondosos bosques tropicales se están perdiendo.
Los bosques desempeñan un papel clave en el almacenamiento del carbono, pues
20
son los pulmones de la Tierra. Cuando se destruyen, el exceso de dióxido de carbono en
la atmósfera contribuye al calentamiento global de la Tierra, y esto comporta multitud
de efectos secundarios problemáticos.
2.2.7.1. Causas de la deforestación
Entre las causas directas más importantes de la deforestación figuran la conversión
del bosque a la agricultura y a la cría de ganado, la urbanización y la construcción de
carreteras, la actividad de las empresas madereras, la minería, la explotación petrolera,
la construcción de oleoductos y gasoductos, la cría industrial de camarón (en el caso de
los bosques de manglar), los incendios y la construcción de grandes represas
hidroeléctricas. Las grandes plantaciones forestales para abastecer a diferentes
industrias de materia prima barata, son también causa directa de deforestación en la
medida que estos cultivos son precedidos generalmente por la corta del ecosistema
forestal nativo.
Sin embargo, el verdadero motor, causante de que todas estas actividades se realicen
en forma depredadora e insustentable es el modelo de "desarrollo" vigente. Este implica
la explotación irrestricta de la totalidad de los recursos del planeta, con el objetivo de
alimentar un siempre creciente mercado consumidor, en particular en los países del
Norte industrializado. La desigualdad de los términos de intercambio entre el Norte y el
Sur, que ha generado una creciente e impagable deuda externa que obliga a extraer y
exportar cada vez más recursos, sólo para pagar sus intereses, ha acrecentado la
devastación.
21
El Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, los bancos multilaterales
regionales y la Organización Mundial de Comercio han sido fundamentales en todo el
proceso, impulsando y apoyando financieramente desde la construcción de carreteras y
de represas hidroeléctricas, hasta forzando a los gobiernos a centrar sus esfuerzos en
orientar la producción hacia la exportación, con el objetivo de poder cumplir con el
servicio de la deuda externa. Además, el ajuste estructural impuesto por esos
organismos ha implicado el "achique" del Estado, una de cuyas consecuencias ha sido la
falta de recursos humanos y financieros a nivel del Estado para atender a la protección y
manejo sustentable de los bosques.
Las principales causas de deforestación que se han presentado en el Distrito
Metropolitano de Quito en los últimos años son:
Incendios provocados en los bosques de la capital.
Tala indiscriminada de árboles nativos de la zona.
La creciente población que va en aumento en el DM Quito.
2.2.7.2. Agentes de la deforestación
Se entiende por agentes de la deforestación:
Las personas
Las corporaciones
Los organismos gubernamentales o proyectos de desarrollo que talan los
bosques.
22
2.2.8. La reforestación
Parar poder comprender la reforestación tendremos que definirla y se dice que “La
reforestación es la conversión de un área que estuvo forestada, pero fue deforestada a
través de la plantación, semillado o promoción inducida por el hombre de la
regeneración natural.”
La reforestación es la acción de poblar o repoblar con especies arbóreas o arbustivas,
mediante plantación, regeneración manejada o siembra, cualquier tipo de terreno.
También se define una plantación forestal como una masa boscosa producto de la
reforestación. Esta definición involucra la intervención de la gente, por lo que la
reforestación es un proceso que requiere del compromiso por parte de la gente de
realizar la actividad con diferentes fines.
En el sentido forestal puro, las reforestaciones pueden ser de dos tipos: productoras
o protectoras.
Las productoras: son aquellas conocidas también como comerciales, en donde se
pretenden conseguir bienes directos como la madera, leña, resina, frutos u otros
productos.
Las protectoras: son aquellas con las que se pretende conseguir beneficios indirectos
derivados de la simple existencia de la vegetación. Para el caso que nos ocupa, las más
importantes son las que pretenden reducir los riesgos de erosión del suelo y proteger los
23
cuerpos de agua, pero también las que intentan reducir los riesgos de erosión eólica, y
aumentar condiciones de desarrollo de la vida silvestre.
En el programa de reforestación, se tiene un enfoque de protección del recurso; sin
embargo, también se tiene un componente productivo con el objeto de contribuir con la
seguridad alimenticia y promover mejores prácticas de producción que aumenten los
rendimientos y se proteja el ambiente.
2.2.9. La naturaleza y el ambiente en la constitución ecuatoriana.
El interés por preservar el ambiente sano y equilibrado, nace de la ansias por conservar
la naturaleza; el cual podamos disfrutar ahora y sobre todo que las futuras generaciones
puedan de igual manera regocijarse con aire puro, agua limpia y cristalina y sobre todo
tierras fértiles, y en este sentido el estado ecuatoriano ha adaptado a nuestra
Constitución de la República del Ecuador en el su Registro oficial No 449 del 20 de
octubre del año 2008, la responsabilidad compartida entre el estado, gobiernos
seccionales y los ciudadanos para el cuidado y protección del ambiente.
2.2.9.1. Derechos de la naturaleza en la costitucion-2008
La constitución de la republica del ecuador expedida en el año 2008 parte de ser una
Constitución Garantista de Derechos, la cual obliga prácticamente al cumplimiento de
dicha normativa; sin embargo en materia ambiental podemos observar claramente que a
pesar de dicha normativa existen ciertos vacíos que lamentablemente no permiten llegar
a ese equilibrio con la naturaleza que se espera. Y podemos observar que (Narváez &
24
Narváez, 2012, pág. 183) menciona al respecto
Considerando que la Constitución es normativa, garantista y rígida, ella
mismo es norma jurídica aplicable en forma directa y ante cualquier
aperador jurídico competente. En este sentido, y al margen de cualquier
criterio técnico-jurídico respecto a la necesidad de crear una ley para regular
los derechos de la naturaleza, empieza a prevalecer el criterio de no hacerlo,
y más bien apelar a la propia Constitución en forme directa a fin de no
reducir el nivel político de los derechos de la naturaleza consagrados en ella.
2.2.9.2.Participación ciudadana en materia ambiental.
La participación ciudadana es primordial frente al daño ambiental y en materia
ambiental en general, es un derecho que faculta al ciudadano a ser parte activa de la
sociedad y a su vez una manera de expresar la vulneración de sus derechos ya sea por
acción u omisión realizada por el propio hombre, en la (Constitución de la República
del Ecuador, 2008), en su Art. 99 nos expresa:
Art. 99.- La acción ciudadana se e ercerá en forma individual o en
representación de la colectividad, cuando se produzca la violación de un
derecho o la amenaza de su afectación; será presentada ante autoridad
competente de acuerdo con la ley. El ejercicio de esta acción no impedirá las
demás acciones garantizadas en la Constitución y la ley.
2.3. FUNDAMENTACIÓN LEGAL
2.3.1. Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD
“Art. 57.- Atribuciones del concejo municipal.- Al concejo municipal le
corresponde:
25
a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del
gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de
ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;” (Código Orgánico de
Organización Territorial - COOTAD , 2010 - 2016)
2.3.2. Ley de Régimen del Distrito Metropolitano de Quito.
Art. 8.- Le corresponde especialmente, al Concejo Metropolitano:
1) Decidir, mediante Ordenanza, sobre los asuntos de interés general,
relativos al desarrollo integral y a la ordenación urbanística del
Distrito, a la prestación de servicios públicos y a la promoción
cultural de la comunidad, así como las cuestiones referentes a otras
materias que según la Ley sean de competencia municipal; 2)
Aprobar el plan de desarrollo metropolitano y establecer, mediante
Ordenanza y con competencia exclusiva y privativa dentro del
Distrito, normas generales para la regulación del uso y
aprovechamiento del suelo, así como para la prevención y el control
de la contaminación ambiental; (Ley de régimen del Distrito
Metropolitano de Quito, 1993)
Le corresponde al Consejo Metropolitano mediante ordenanza puede aprobar el plan
de desarrollo metropolitano para así prevenir y controlar la contaminación ambiental,
es por ello que se propone la creación de esta ordenanza para que de esta manera se
cumpla con lo establecido que es prevenir y controlar la contaminación ambiental.
2.3.3. Constitución de la República del Ecuador
Artículo 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen
vivir, sumak kawsay.
26
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación
de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético
del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
La Constitución al garantizar el buen vivir se conectan directamente con los derechos
a la naturaleza, tales como un ambiente sano y equilibrado que no vulneren ni agredan a
la naturaleza.
El buen vivir o sumak kawsay, enmarca directamente un desarrollo integral del
individuo puesto que, si la naturaleza se encuentra en armonía, el entorno que lo rodea
se desarrollara de la misma o mejor manera, siendo esto de interés público todos los
ciudadanos y ciudadanas deben involucrase para salvaguardar dichas garantías.
Es por eso que la propuesta se enmarca directamente con las garantías establecidas
en el Art. anteriormente mencionado y complementa dicha normativa.
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:
26 El derecho a la propiedad en todas sus formas, con función y
responsabilidad social y ambiental. El derecho al acceso a la propiedad se
hará efectivo con la adopción de políticas públicas, entre otras medidas.
En el Art. 66 en su numeral 26 se enmarca notoriamente en las “UPAS” ya que el
estado garantiza el derecho de las personas a la propiedad en todas sus formas y una de
ellas son las Unidades de Producción Agrícola.
27
“Art. 83.- Son deberes y responsabilidades. Respetar los derechos de la naturaleza,
preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional
sustentable y sostenible.”
Es una gran responsabilidad el respetar los derechos de la naturaleza a su vez el
preservar un ambiente sano, sus recursos naturales nos alientan a ser más respetuosos
con la madre naturales y a su vez crear medidas que ayuden a la preservación de dicho
medio; siendo un deber la reforestación es una excelente opción dentro de las medidas
que puede tomar el ser humano como ayuda a la naturaleza para su preservación.
Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:
1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo,
ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural,
que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural
de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de
las generaciones presentes y futuras. (Constitución de la República
del Ecuador, 2008)
Como principio ambiental y garantía constitucional el art. 395 menciona que es una
obligación por parte del estado conservar la biodiversidad, y sobre todo asegurar la
satisfacción de las necesidades de generaciones presentes y futuras es decir que al
garantizar el modelo sustentable este a su vez debe ir de la mano con un modelo
responsable para que de esa manera llegue a mantener el equilibro que entre la
naturaleza y el ser humano.
28
2.3.4. Ley de Gestión Ambiental
Art. 1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política
ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de
participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y
señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. (Ley de
Gestión Ambiental, 2004)
La Ley de Gestión Ambiental en su Artículo primero nos establece claramente los
parámetros que enmarca esta ley dentro del tema ambiental, ya sean las prohibiciones
deberes y obligaciones que tenemos los ciudadanos para con la naturaleza, señalando
los límites permisibles controles y sanciones en esta materia.
Art. 4.- Los reglamentos, instructivos, regulaciones y ordenanzas que,
dentro del ámbito de su competencia, expidan las instituciones del Estado en
materia ambiental, deberán observar las siguientes etapas, según
corresponda: desarrollo de estudios técnicos sectoriales, económicos, de
relaciones comunitarias, de capacidad institucional y consultas a organismos
competentes e información a los sectores ciudadanos. (Ley de Gestión
Ambiental, 2004)
Se debe tomar en cuenta que al momento de la creación de la ordenanza que se
propone en este proyecto de investigación todo el proceso establecido en el art. 4 de esta
ley, y de esa manera lograr el objetivo trazado con la creación de este proyecto.
Art. 12.- Son obligaciones de las instituciones del Estado del Sistema
Descentralizado de Gestión Ambiental en el ejercicio de sus atribuciones y
en el ámbito de su competencia, las siguientes:
a) Aplicar los principios establecidos en esta Ley y ejecutar las acciones
específicas del medio ambiente y de los recursos naturales; b) Ejecutar y
verificar el cumplimiento de las normas de calidad ambiental, de
29
permisibilidad, fijación de niveles tecnológicos y las que establezca el
Ministerio del ramo; c) Participar en la ejecución de los planes, programas y
proyectos aprobados por el Ministerio del ramo; d) Coordinar con los
organismos competentes para expedir y aplicar las normas técnicas
necesarias para proteger el medio ambiente con sujeción a las normas legales
y reglamentarias vigentes y a los convenios internacionales; e) Regular y
promover la conservación del medio ambiente y el uso sustentable de los
recursos naturales en armonía con el interés social; mantener el patrimonio
natural de la Nación, velar por la protección y restauración de la diversidad
biológica, garantizar la integridad del patrimonio genético y la permanencia
de los ecosistemas; f) Promover la participación de la comunidad en la
formulación de políticas para la protección del medio ambiente y manejo
racional de los recursos naturales; y, g) Garantizar el acceso de las personas
naturales y jurídicas a la información previa a la toma de decisiones de la
administración pública, relacionada con la protección del medio ambiente.
(Ley de Gestión Ambiental, 2004)
Siendo una obligación de la administración del Distrito Metropolitana de Quito al ser
un órgano autónomo y descentralizado es la obligación del mismo aplicar las normas y
emplear los medios necesarios para guardar las garantías constitucionales de la
naturaleza, para de esa manera conservar el ambiente y su entorno en general.
Art. 13.- Los consejos provinciales y los municipios, dictarán políticas
ambientales seccionales con sujeción a la Constitución Política de la
República y a la presente Ley. Respetarán las regulaciones nacionales sobre
el Patrimonio de Áreas Naturales Protegidas para determinar los usos del
suelo y consultarán a los representantes de los pueblos indígenas, afro
ecuatorianos y poblaciones locales para la delimitación, manejo y
administración de áreas de conservación y reserva ecológica.
Las políticas ambientales claramente serán dictadas de manera seccional esto nos
quiere decir que únicamente el municipio que le corresponda podrá dictar ya sean
30
ordenanza y resoluciones las cuales regirán de igual manera al distrito o cuidad que
corresponda.
2.3.5. Ordenanza Municipal 213
Capítulo VIII, protección del patrimonio natural y establecimiento del subsistema de
áreas naturales protegidas del Distrito Metropolitano de Quito
Art. 384.- OBJETO.- El presente Capítulo regula los principios rectores,
mecanismos centrales y marco institucional para la protección del
patrimonio o capital natural del Distrito Metropolitano de Quito y de sus
elementos sobresalientes. Complementariamente, en el marco del Sistema
Nacional de Áreas Protegidas, previsto en el artículo 86, numeral 3, de la
Constitución Política de la República, se establece el Subsistema
Metropolitano de Áreas Naturales Protegidas (SMANP). En este sentido,
prevé las políticas y el procedimiento para la declaratoria de las Áreas
Naturales Protegidas en esta circunscripción. Las disposiciones y
mecanismos aquí regulados se aplicarán en concordancia con las políticas,
marco institucional y normativo que rige la planificación del uso y
ocupación del suelo metropolitano. (Ordenanza Municipal 213 , 1999)
Si bien es cierto, esta ordenanza está enmarcada en salvaguardar el uso del suelo en
el distrito metropolitano de Quito, y más en este artículo donde norma directamente la
protección de las cuencas hidrográficas, pero lamentablemente existe la ausencia de
una normativa clara de normar la reforestar obligatoria para el distrito metropolitano de
quito la zona rural; es por ello que en la propuesta se plantea en directamente el
complemento siendo que ya existe una que protege el uso de las Cuencas hidrográficas
con la reforestación el trabajo seria complementario y beneficiosos para los habitantes
del Distrito Metropolitano de Quito.
31
Art. 384.1.- FINES.- Son fines del presente Capítulo:
a) La protección del patrimonio natural mediante la gestión integral y
sistémica de la diversidad biológica, sus componentes y servicios
ambientales en el Distrito Metropolitano de Quito;
b) La conservación de los espacios naturales más representativos o sensibles
de la biodiversidad en el Distrito, así como de sus elementos sobresalientes,
manteniendo su conectividad;
c) Garantizar el derecho colectivo de la población a vivir en un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, así como el manejo compartido de la
diversidad biológica con las comunidades campesinas, indígenas y
propietarios privados.
d) Promocionar y estimular la conservación de los espacios naturales del
distrito, así como la concienciación y corresponsabilidad ciudadana en el
cuidado de la naturaleza. (Ordenanza Municipal 213 , 1999)
Lo derechos a una naturales equilibrada es colectiva sin embargo gracias a la
ausencia de la normativa la reforestación es muy escasa en el distrito metropolitano y si
a esto se le suma los abundantes incendios en los bosques y la tala indiscriminada la tasa
de deforestación de vuelve demasiado alta volviéndose casi imposible el cumplimiento
de cumplir, al crear una manera coercitiva mediante una ordenanza este cumplimiento
es mucho más sencillo de cumplir ya que de manera obligatoria los ciudadanos como
una norma directa reforestarían y se restablecería el ambiente equilibrado que es el fin
común que perseguimos.
2.4. PLANTEAMIENTO IDEOLÓGICO A DEFENDER
La reforestación en los linderos de las “UPAS” en el Distrito Metropolitano de Quito
restituiría el equilibrio ecológico preservando la flora y la fauna del lugar, con el
32
almacenamiento del agua subterránea que alimenta las vertientes hídricas, detenido la
erosión de la capa arable que es muy necesaria para los cultivos que generan la
dinámica económica del sector rural del Distrito Metropolitano de Quito, y de esa
manera cumplimos con lo estipulado en el Plan Nacional del Buen Vivir enmarcados en
derecho al cumplimiento de los derecho de la naturaleza.
2.5. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES
2.5.1. Variable Independiente
Daño ambiental en el Distrito Metropolitano de Quito por la deforestación generada en
los linderos de las áreas rurales en las que están ubicadas las UPAS.
2.5.1.1. Causas
Deforestación en parte se produjo, por la deficiente aplicación de las normativas
de la Ley de Reforma Agraria y Colonización de 1964.
Explotación de las Empresas Madereras como PLAYWOOD.S.A, que pagaba a
los agricultores especialmente del subtrópico, de 100 a 200 sucres (año 1970)
por árbol (DAP) de 0,40 cm hasta 2,50 cm, explotando el bosque primario, con
las consecuencias de alteración del medio ecológico del cantón Quito.
Tala de árboles para el consumo humano, pues en esos tiempos eran escasas las
cocinas de queroseno, diésel y gasolina.
Extensión de la frontera agrícola, para el cultivo de alimentos, que demandaba la
expansión de la economía, producida por la explotación petrolera.
33
2.5.2. Variable Dependiente
Ausencia de una norma que regule la deforestación de las especies vegetales que
habitan en las áreas rurales en donde están ubicadas las UPAS en Distrito Metropolitano
de Quito.
2.5.2.1. Efectos
Restituirían el equilibrio ecológico preservando la flora y la fauna del lugar.
Almacenamiento del agua subterránea, que alimenta las vertientes hídricas.
Detención de la erosión de la capa arable, que es muy necesaria para los
cultivos.
Generación de la dinámica, de la industria turística que ya ha empezado su
despegue.
Utilización de la mano de obra disponible en el sector rural, especialmente de
jóvenes desempleados.
Industrialización de las hierbas medicinales a sembrarse en los linderos de los
predios, que tiene demanda nacional e internacional, generando un valor
agregado importante, (en fundas de tres, esencias y frutas secas).
2.6. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS
2.6.1. Términos jurídicos
AMBIENTE. -En la Teoría general de sistemas, un ambiente es un
34
complejo de factores externos que actúan sobre un sistema y determinan su
curso y su forma de existencia. Un ambiente podría considerarse como un
supe conjunto en el cual el sistema dado es un subconjunto. Puede constar de
uno o más parámetros, físicos o de otra naturaleza. El ambiente de un
sistema dado debe interactuar necesariamente con los seres vivos.
ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL. - Es la organización que establece un
Estado para llevar a cabo la gestión ambiental. Comprende la estructura y
funcionamiento de las instituciones para orientar y ejecutar los procesos, la
determinación de procedimientos y la operación de las acciones derivadas.
APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE. - Es la utilización de
organismos, ecosistemas y otros recursos naturales en niveles que permitan
su renovación, sin cambiar su estructura general.
CALIDAD AMBIENTAL. - El control de la calidad ambiental tiene por
objeto prevenir, limitar y evitar actividades que generen efectos nocivos y
peligrosos para la salud humana o deterioren el ambiente y los recursos
naturales.
CONSERVACIÓN. - Es la administración de la biósfera de forma tal que
asegure su aprovechamiento sustentable.
CONTAMINACIÓN. - Es la presencia en el ambiente de sustancias,
elementos, energía o combinación de ellas, en concentraciones y
35
permanencia superiores o inferiores a las establecidas en la legislación
vigente.
CONTROL AMBIENTAL. - Es la vigilancia, inspección y aplicación de
medidas para mantener o recuperar características ambientales apropiadas
para la conservación y mejoramiento de los seres naturales y sociales.
COSTO AMBIENTAL. - Son los gastos necesarios para la protección,
DAÑO AMBIENTAL. - Es toda pérdida, disminución, detrimento o
menoscabo significativo de las condiciones preexistentes en el ambiente o
uno de sus componentes. Afecta al funcionamiento del ecosistema o a la
renovabilidad de sus recursos.
DAÑOS SOCIALES. - Son los ocasionados a la salud humana, al paisaje, al
sosiego público y a los bienes públicos o privados, directamente afectados
por actividad contaminante.
DEFORESTACIÓN. - 1.-Eliminación permanente de las áreas de
vegetación boscosa. 2.- Desmonte de la masa forestal y su reemplazo por
otros usos no forestales de la tierra. 3.- Proceso de eliminación de la
cobertura vegetal producida por la tala de árboles en las selvas o bosques
naturales. 4.- Tala o destrucción del bosque. Provoca la pérdida del hábitat
de los animales y aumento de la erosión del suelo como consecuencia de la
eliminación de la cubierta vegetal. 5.- Destrucción y/o eliminación de un
36
bosque o una masa forestal.
DERECHO AMBIENTAL. - Parte del derecho que tiene como objeto de
protección el derecho humano a un ambiente sano, mediante la protección de
un ordenamiento jurídico destinado a regular la conducta del hombre en su
relación con el ambiente.
DERECHOS AMBIENTALES COLECTIVOS. - Son aquellos
compartidos por la comunidad para gozar de un ambiente sano y libre de
contaminación. Involucra valores estéticos, escénicos, recreativos: de
integridad física y mental y en general de la calidad de vida.
DERECHO AL BUEN VIVIR, EN AMBIENTE SANO. - SUMAK
KAWSAY: Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen
vivir, sumak kawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación
de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético
del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados.
DESARROLLO SUSTENTABLE. - Es el mejoramiento de la calidad de la
vida humana dentro de la capacidad de carga de los ecosistemas; implican la
satisfacción de las necesidades actuales sin comprometer la satisfacción de
las necesidades de las futuras generaciones.
37
ECOSISTEMA. - Es la unidad básica de integración organismo - ambiente,
que resulta de las relaciones existentes entre los elementos vivos e
inanimados de un área dada.
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. - Son estudios técnicos que
proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los
impactos ambientales. Además, describen las medidas para prevenir,
controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales significativas.
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. - Es el procedimiento
administrativo de carácter técnico que tiene por objeto determinar
obligatoriamente y en forma previa, la viabilidad ambiental de un proyecto,
obra o actividad pública o privada. Tiene dos fases; el estudio de impacto
ambiental y la declaratoria de impacto ambiental. Su aplicación abarca desde
la fase de pre factibilidad hasta la de abandono o desmantelamiento del
proyecto, obra o actividad pasando por las fases intermedias.
GESTIÓN AMBIENTAL. - Conjunto de políticas, normas, actividades
operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control
estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la
sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una óptima calidad de
vida.
38
IMPACTO AMBIENTAL. - Es la alteración positiva o negativa del
ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en
un área determinada.
INFORMACIÓN AMBIENTAL. - Es toda la información calificada que
procesa la Red Nacional de Información y Vigilancia Ambiental. La
información ambiental se sustenta en sistemas de monitoreo y otras acciones
de inspección y vigilancia; es de carácter público y debe difundirse
periódicamente.
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL. - Para efectos de esta
Ley constituyen los mecanismos de orden técnico, jurídico, o de otro tipo
conducentes a lograr racionalidad y eficiencia en la gestión ambiental, a
través de los instrumentos técnicos y legales se establecen las obligaciones
de las personas respecto al ambiente.
MAGAP. - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
MEDIO AMBIENTE. - Sistema global constituido por elementos naturales
y artificiales, físicos, químicos o biológicos, socioculturales y sus
interacciones, en permanente modificación por la naturaleza o la acción
humana, que rige la existencia y desarrollo de la vida en sus diversas
manifestaciones.
39
MEJORAMIENTO. - Es el incremento de la capacidad de un ecosistema o
de una población para satisfacer una función particular o para rendir un
producto determinado. PRECAUCIÓN. - Es la adopción de medidas eficaces
para impedir la degradación del ambiente.
MANEJO DE CUENCAS. - Utilización, aprovechamiento beneficioso,
regulación y control tecnológico de los recursos naturales de una cuenca
hidrográfica para garantizar su desarrollo y uso sustentable.
MANEJO FORESTAL SUSTENTABLE. - Conjunto de acciones
antrópicas y naturales, que conduce a un aprovechamiento económico de
productos madereros y no madereros, fundamentos en la tasa de crecimiento
y/o reposición anual de esos productos.
ORDENANZA MUNICIPAL. - Der. Son cuerpos normativos de carácter
especial dictados por los consejos cantonales (municipios), que se refieren a
aspectos específicos de la vía cantonal (cobro de tasa y contribuciones
especiales, usos de las calles, etc.). algunos cantones del país expedido
ordenanzas municipales relativas a asuntos forestales (control de los
cinturones protectores de las ciudades, forestación de parques y avenidas,
etc.), las cuales deben ser conocidas y evaluadas por los funcionarios de los
distritos respectivos a fin de establecer si al Ministerio del Ambiente le
correspondería ejecutar algún aspecto de dichas ordenanzas.
40
PRESERVACIÓN DE LA NATURALEZA. - Es el conjunto de políticas,
planes, programas, normas y acciones destinadas a asegurar el
mantenimiento de las condiciones que hacen posible el desarrollo de los
ecosistemas la protección del ambiente que comprende las medidas
adoptadas o previstas para alcanzas dichos objetivos y, en caso necesario, los
plazos fijados para la aplicación de tales medios.
PROGRAMA AMBIENTAL. - Planificación de las actividades y de los
objetivos específicos de una entidad para asegurar la protección del ambiente
que comprende las medidas adoptadas o previstas para alcanzar dichos
objetivos y, en caso necesario, los plazos fijados para la aplicación de tales
medias.
PROGAMA DE APROVECHAMIENTO FORESTAL
SUSTENTABLE. - Instrumento que determina en detalle las actividades a
ser ejecutadas y el nivel de intervención, para el aprovechamiento de los
productos forestales maderables y la ejecución de tratamientos salvo cultural
en bosques nativos, y que cumple con los requisitos Del Libro del Régimen
Forestal y con la normativa especial que el Ministerio del Ambiente
establezca para el efecto.
PROGAMA DE MANEJO AMBIENTAL. - Documento en el que se
señala cuáles son las medidas que se han previsto con el objeto de minimizar
los impactos adversos sobre el ambiente y para incrementar los beneficios
ambientales de un proyecto.
41
PROTECCIÓN AMBIENTAL. - 1.- Cualquier acción orientada a
mantener o restablecer la calidad del medio ambiente. 2.- Toda acción
personal o comunitaria, pública o privada, que tienda a defender, mejorar o
potenciar la calidad de los recursos naturales, los términos de los usos
beneficiosos directos o indirectos para la comunidad actual y con justicia
prospectiva.
PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. - Es el conjunto de políticas,
planes, programas, normas y acciones destinadas a prevenir y controlar el
deterioro del medio ambiente. Incluye tres aspectos: conservación del medio
natural, prevención y control de la contaminación ambiental y manejo
sustentable de los recursos naturales. La protección ambiental, es tarea
conjunta del Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y
sector privado.
RECURSOS NATURALES. - Son elementos de la naturaleza susceptibles
de ser utilizados por el hombre para la satisfacción de sus necesidades o
intereses económicos, sociales y espirituales. Los recursos renovables se
pueden renovar a un nivel constante. Los recursos no renovables son
aquellos que forzosamente perecen en su uso.
REPOSICIÓN. - Es la acción de reponer el medio ambiente o uno de sus
componentes a una calidad similar a la que tenían con anterioridad al daño
causado; o en caso de no ser ello posible restablecer sus prioridades básicas.
42
RESTAURACIÓN. - Es el retorno a su condición original de un ecosistema
o población deteriorada.
SECTOR. - Para efectos de la gestión ambiental se considera sector al área
de gestión relacionada con la conservación de los ecosistemas y la
biodiversidad, integración del patrimonio genético, control y prevención de
la contaminación ambiental, aprovechamiento de los recursos naturales,
ambiente humano, desarrollo de actividades productivas y de servicios,
mitigación de riegos y desastres naturales antrópicos y otros.
SUBSISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL. - Está conformado por
organismos y entidades de la Administración Pública Central, institucional y
seccional, que individual o conjuntamente se encargan de administrar
sectores específicos de la gestión ambiental, tales como: el manejo de los
recursos de agua, aire, suelo, fauna y biodiversidad, dentro de los principios
generales que rige el Sistema de Gestión Ambiental.
VALOR ECOLÓGICO DE LOS RECURSOS NATURALES. - Es el
valor económico que el Estado asigna a los recursos naturales y que
constarán en cuentas especiales, a cargo del Ministerio de Finanzas y Crédito
Público.
43
CÁPITULO III
3. METODOLOGÍA
3.1. DEFINICIÓN DE LOS MÉTODOS
3.1.1. Métodos Empíricos
Observación participante
Se utilizó en la visita que se realizó al “MAGAP” y al Municipio del Distrito
Metropolitano de Quito, se pudo observar información de los registros que existen sobre
los índices de deforestación y el número de “UPAS” existentes; de acuerdo al último
censo realizado en el año 2000, como también información relacionada con la
reforestación y deforestación.
Se reforestarían en los linderos de 20.OOO “UPAS”, excluyendo las UPAS de menos 2
has, que ascienden aproximadamente a 7000. Por cuanto por su tamaño, no son
rentables en este proyecto.
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO ÁREA RURAL.
Comprende 27.054 “UPAS” con una superficie de 221.820 hectáreas y que
comprende categorías principales del uso del suelo, que han permitido tener cultivos
permanentes, cultivos transitorios y de barbecho, suelos en descanso con pastos
cultivados y también pastos naturales con una importante extensión en páramos
44
añadiendo superficies en montes y bosques y otros usos según se demuestra en el cuadro
N° 2 que se encuentra en los Anexos de mapas y cuadros.
3.1.2. Métodos Teóricos
Método científico
La investigación científica se encarga de producir conocimiento. El conocimiento
científico se caracteriza por ser:
Sistemático
El método sintético es un proceso de razonamiento que tiende a reconstruir un todo,
a partir de los elementos distinguidos por el análisis; se trata en consecuencia de hacer
una explosión metódica y breve, en resumen. (Fuente Eumet.net)
Ordenado
Que clasifica, cuantifica y cualifica los datos, los hechos reales del fenómeno a
tratarse.
Metódico
Que sistematiza rigurosamente las peculiaridades del fenómeno en cuestión,
estableciendo las categorías del análisis.
Racional / Reflexivo
Parte de las reglas de la Lógica, para concluir y establecer las leyes que determina el
45
fenómeno a tratarse.
Crítico / Subversivo
Se sitúa desde la óptica, de las relaciones en movimiento con la naturaleza en el
tiempo y el espacio, que se produce el hecho o fenómeno a tratarse; y como propuesta
de establecer un ritmo contrario a lo establecido, para explorar nuevos caminos y
soluciones ante la problemática de esa sociedad, que espera soluciones y cambios.
Método inductivo – deductivo
Se compone de una primera etapa que se caracteriza por la inducción de
principios explicativos a partir de los fenómenos observados, y después en una segunda
etapa, sobre estos principios se construyen enunciados que los contengan y se refieran a
los fenómenos. Es decir, que la primera parte del proceso consiste en la creación de un
cuerpo teórico que explique, a través de unos principios elementales, los fenómenos, y
la segunda parte del proceso consiste en deducir leyes generales para los fenómenos,
constituidas por el cuerpo teórico formado y válidas para explicar/aplicar los
fenómenos.
Método analítico - sintético
Es la reunión de las partes o elementos para analizar dentro de un todo su
naturaleza y comportamiento con el propósito de identificar las características del
fenómeno observado, siguiendo un fenómeno similar al del análisis. El método analítico
consiste en la separación de las partes de un todo para estudiarles en forma individual, y
la reunión nacional de elementos dispersos para estudiarlos en su totalidad. Este método
46
será usado para hacer posible la comprensión de todo hecho, fenómeno, idea, caso, etc.
Dedico este presente trabajo a ese Dios eterno que no me ha dejado en el trascurso de
mi vida., respecto del caso Restrepo Arismendy. El analítico servirá para analizar los
aspectos concretos de la presente investigación, la cual permitirá conocer, comprender y
aplicar, sobre la base de la descomposición de todo en sus partes. El sintético se
utilizará para realizar la síntesis de los conceptos descritos, y de los cuadros de
frecuencias.
3.2. DISEÑOS DE LA INVESTIGACIÓN
La presente investigación de carácter descriptivo, analítico y bibliográfico. Describe
la problemática desprendida de la deforestación la cual se presente de una manera muy
latente en el Distrito Metropolitano de Quito, quebrantando totalmente los derecho de la
naturaleza los cuales los garantiza nuestra carta magna. Dentro del desarrollo del
presente proyecto se utiliza el método inductivo, puesto que con este se analiza la
problemática obligatoria transmisión de derechos ambientales mencionados a partir de
causas particulares y procesos individuales para llegar a conclusiones generales.
47
3.3. MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES
Cuadro 2: Matriz de Operacionalización de Variables
VARIABLE
INDEPENDIENTE
DIMENSIÓN
INDICADOR
NÚMERO
DE ITEM
TÉCNICA O
INSTRUMENTO
Daño ambiental en el Distrito
Metropolitano de Quito por la
deforestación generada en los
linderos de las áreas rurales
en las que están ubicadas las
UPAS.
Ámbito
Constitucional
Ámbito
Ambiental
Ámbito
Normativo
Municipal
-Restituirían el
equilibrio ecológico
preservando la flora y
la fauna del lugar en
las micro cuencas del
sector rural del
Distrito Metropolitano
de Quito.
-En 27.064
“Upas”
distribuidas
en 33
Parroquias
Rurales.
Se tomó en cuenta el
último Censo
Agropecuario
Nacional 2000 (INEC-
MAG-SICA)
VARIABLE
DEPENDIENTE
DIMENSIÓN
INDICADOR
NÚMERO
DE ITEM
TÉCNICA O
INSTRUMENTO
Ausencia de una norma que
regule la deforestación de las
especies vegetales que
habitan en las áreas rurales en
donde están ubicadas las
UPAS en Distrito
Metropolitano de Quito.
Ámbito
Constitucional
Ámbito
Ambiental
Ámbito
Normativo
Municipal
- Restituirían el
equilibrio ecológico
preservando la flora y
la fauna del lugar.
-Detención de la
erosión de la capa
arable, que es muy
necesaria para los
cultivos.
- Generación de la
dinámica, de la
industria turística que
ya ha empezado su
despegue.
En 27.064
“Upas”
distribuidas
en 33
Parroquias
Rurales.
Se tomó en cuenta el
último Censo
Agropecuario
Nacional 2000 (INEC-
MAG-SICA)
Autor: SIERRA ARAUJO EVELYN ABIGAIL
FUENTE: Censo Agropecuario Nacional 2000 (INEC-MAG-SICA)
48
3.4. POBLACIÓN O MUESTRA
Para efectos del presente estudio será necesario contar con un tipo de población
especializada y conocedor del tema planteado, es por ello que se tomara en cuenta
únicamente a los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito.
3.4.1. Población
La población del sector rural del cantón Quito, es de 631.457 habitantes de los cuales
su gran mayoría residen en las “UPAS”.
Las parroquias rurales están categorizadas por el uso del suelo en los siguientes
cultivos: Cultivos permanentes, cultivos transitorios y barbecho, terrenos en descanso,
pastos cultivados, pastos naturales, una importante superficie en páramos como también
montes y bosques y tierra de otros usos.
49
Cuadro 3: Categorías de uso principal del suelo
Autor: SIERRA ARAUJO EVELYN ABIGAIL
FUENTE: Censo Agropecuario Nacional 2000 (INEC-MAG-SICA)
CANTÓN
TOTAL
CATEGORÍAS DE USO PRINCIPAL DEL SUELO
CULTIVOS
PERMANENTES
CULTIVOS
TRANSITORIOS
Y BARBECHO
DESCANSO PASTOS
CULTIVADOS
PASTOS
NATURALES
PÁRAMOS MONTES Y
BOSQUES
OTROS USOS
UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA
TOTAL
PICHINCHA
64.025 925.740 19.689 107.195 47.725 69.753 10.013 28.938 20.168 359.388 13.960 62.066 1.000 67.792 13.727 202.742 58.080 27.865
Quito 27.064 221.820 6.095 9.355 22.504 22.219 3.858 5.622 5.795 53.141 7.109 34.892 285 18.546 4.341 68.868 24.293 9.177
50
Además, los mapas que constan en el anexo indican el uso del suelo, y demás factores
que hacen posible la reforestación para restituir los paisajes ecológicos del sistema
hidrográfico y todo lo que exige la Ley Ambiental en lo referente a la conservación de
cuencas y micro cuencas. Esto nos explica que nuestra propuesta es factible para todo
tipo de árboles maderables, frutales, especies endémicas y hierbas medicinales, que
aportarían una base importante en la aplicación de la nueva matriz productiva, con
generación del valor agregado, utilización de tecnologías y por último el desarrollo
económico de estas parroquias.
Total 20.000 “UPAS” que corresponden a los siguientes rangos:
- 500 m2
-2-3 hectáreas
-3-5 hectáreas
-5-10 hectáreas
-20 -50 hectáreas
-50 a100 hectáreas
-100-500 hectáreas
Total 20.00 “UPAS” a reforestarse en los linderos. Se ha tomado estos rangos porque
menores a dos hectáreas las “UPAS” pertenecen a viviendas con sus respectivos patios
que no es rentable la reforestación y es costosa para dichos propietarios, que
generalmente son de recursos insuficientes.
51
Se ha calculado preliminarmente que la reforestación entre árboles frutales y
maderables alcanzaría a 1'600.000 plántulas, añadiéndose unos 3'000.000 de plántulas
de hierbas medicinales.
3.4.2. Muestra
No es necesario ninguna muestra por cuanto está determinado el número de “UPAS” su
superficie y, tamaños en los cantones de la provincia de Pichincha, indicando
claramente el número de “UPAS” del Distrito Metropolitano de Quito, según el Censo
Agropecuario del Ecuador del año 2000. Fuente (INEC-MAG-SICA).
3.5. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN
3.5.1. Definición de las técnicas
I. Recolección de la información (INEC-MAG-SICA)
II. Argumentación del Censo Agropecuario del 2000
III. Recolección y comparación de cuadros estadísticos
IV. Análisis de los documentos de apoyo en esta investigación.
3.5.2. Definición de los instrumentos
I. Método Científico para el análisis del fenómeno de la deforestación en el
Distrito Metropolitano de Quito, estableciendo causa, efectos y proyecciones.
II. Censo Agropecuario 2000. Instrumento de estudio, análisis y precisiones, que
determinan la realidad agropecuaria del Ecuador.
52
III. Políticas de Estado sobre el medio Ambiente: Instrumento que tiene leyes,
reglamentos, planes y programas, para desarrollar las propuestas de
reforestación del país
IV. Ley del Ambiente. Instrumento que rige las políticas, reglamentos y proyectos
para la preservación del ambiente en el Ecuador-
V. Ley de Gestión Ambiental: Es la aplicación del conjunto de instrumentos legales
que trata sobre el Ambiente.
VI. Ley Forestal: Contempla las normas que relaciona la tierra, la cobertura arbórea,
el financiamiento y el desarrollo campesino.
Ordenanza Municipal: En lo pertinente a la forestación, propone articulados,
programas, zonificaciones y elementos técnicos para cumplir con el propósito de
reforestar el cantón Quito. DMQ.
3.6. VALIDEZ Y CONFIABILIDAD DE LOS INSTRUMENTOS
La Validez y Confiabilidad del Instrumento se refieren a la capacidad de cuantificar,
analizar y detectar el problema observado. Para su validación y confiabilidad se contará
con la revisión del Director del Proyecto de Investigación.
3.7. TÉCNICAS DE PROCESAMIENTO
Se utilizará las siguientes técnicas:
Análisis e Interpretación.
53
CAPÍTULO IV
4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
4.1. CONCLUSIONES
1.- Podemos encontrar que la mayoría de los países desarrollados al rededor del mundo,
poseen excelentes leyes destinadas para la protección del ambiente y su entorno que se
desarrolla en ella. De hecho, empresas que extraen recursos de la naturaleza están
obligados a reponerla, ya sea reforestando la zona afectada, o bien cesar sus actividades
por un tiempo hasta que la tierra se reponga y el daño sea restituido.
2.- Mientras que en Distrito Metropolitano de Quito no existe una ordenanza que
permita la reforestación de las “UPAS”, debemos recordar que los árboles son de vital
importancia ya que su función en el ambiente es primordial y como tal no podemos
prescindir de ellos, siendo los principales purificadores de aire entre otras virtudes.
3.- Ante la falta de interés ciudadano y a su vez la ausencia de denuncias, no se aplican
medida que eviten la deforestación.
4.- A pesar de las campañas realizadas por el Municipio del Distrito Metropolitano de
Quito y de manera general por el Gobierno Nacional para evitar la deforestación por
incendios provocados o la tala indiscriminada de los árboles en la capital, no se
evidencia una conciencia ciudadana sobre la deforestación y sus consecuencias.
54
5.- La población del Distrito Metropolitano de Quito no se involucra de manera
voluntaria y constante en los programas de reforestación y recuperación de los
ecosistemas.
6.- Con la deforestación de cierta flora algunas especies que en ellos habitan tienen que
migrar y en la mayoría de los casos se ocasiona la extinción de esas especies puesto que
les cuesta la adaptación causando su muerte y extinción.
55
4.2. RECOMENDACIONES
1. Alrededor del mundo podemos observar varios métodos para frenar la deforestación
de manera radical. Por un lado la participación ciudadana es indispensable en dicho
plan ya sea en su conservación o mantenimiento, mediante campañas o a su vez
ordenanzas que obliguen al ciudadano al cumplimiento de dicha norma.
2. De igual manera el estado deberá proporcionar estudios los cuales permitan el
mejoramiento de las técnicas de reforestación, para que de esa manera la
participación ciudadana vaya de la mano con el desarrollo que proporcione los
gobiernos, como fomentar la investigación y dar a conocer los resultados de las
distintas disciplinas.
3. Incentivar la participación ciudadana mediante políticas de estado que ayuden a que
el ciudadano participe de manera constante en la reforestación.
4. Es importante implementar estudios sobre las causas de la deforestación y
degradación ambiental en nuestro país específicamente en el Distrito Metropolitano
de Quito, a su vez se debe fomentar la cooperación en temas de restitución del
ambiente.
5. Buscar nuevas técnicas para el estado esté involucrado de manera activa a constante
en la reforestación, e implementar incentivos para que de esa manera el ciudadano
participe y se involucre de igual manera.
6. Teniendo claro que la deforestación no se podrá evitar de un día para el otro sin
56
embargo si se toma conciencia este puede ir disminuyendo de manera paulatina, ya
que si bien es cierto que la explotamos irracionalmente los bosques y selvas de
nuestro país nos dan un beneficio a corto plazo, con la reforestación se podrá
obtener beneficios a corto, mediano y largo plazo de esa manera obtener un
desarrollo sustentable sin comprometer recurso de las futuras generaciones.
57
CAPITULO V
5. PROPUESTA
TÍTULO
“ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REFORESTACIÓN EN LOS
LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
EN EL ÁREA RURAL”
5.1. DATOS INFORMATIVOS
5.1.1. Localización
Esta propuesta regiría para la Provincia de Pichincha únicamente en el Distrito
Metropolitano de Quito, en donde se va a ejecutar dicha ordenanza.
5.1.2. Beneficiarios
Los beneficiarios de la propuesta serán directamente todos los habitantes del Distrito
Metropolitano de Quito, debido que con la implementación de vegetación en las UPAS,
se otorgando un ambiente sano y equilibrado.
5.2. JUSTIFICACIÓN
Mi propuesta se justifica, en la necesidad de crear una Ordenanza Municipal debido
a la carencia de la misma, y permita regular los linderos de las UPAS e implementar la
reforestación en aquellas zonas, en razón de que cada vez se evidencia la falta de flora
en el Distrito Metropolitano de Quito; ya sea por la deforestación de la zona con la tala
indiscriminada de los árboles o simplemente por los incendios ocasionados por el ser
58
humano o de manera accidental etc.; actualmente las leyes que rigen nuestro país no
alcanzan a ejercer un efecto coercitivo para frenar este hecho lamentable que nos atañe a
todos como parte de un mismo conglomerado social; al ser los arboles los productores
de oxígeno ejercen un papel muy importante en nuestro entorno, ya que ellos purifican
el aire, y en el verano ayudan a evaporar el agua y de esa manera bajan la temperatura
hasta 4ºC, nos dan sombra, y sirven como anidamiento de las aves.
Para dar estricto cumplimiento a la establecido en la Constitución de la República del
Ecuador con relación a la preservación del ambiente, los ecosistemas, la biodiversidad y
la prevención de la contaminación ambiental, así como el aseguramiento de las medidas
que permitan reparar los daños provocados a la naturaleza y prevenirlos se debería
establecer una ordenanza municipal que regule los linderos de las UPAS en el Distrito
Metropolitano de Quito, de tal manera que con la reforestación se obtendría una mejor
variedad de fauna siendo esta indispensables para la vida ya que Sus flores dan néctar,
polen, y sirven de alimento para varios animales. La mayoría de sus hojas son utilizadas
como medicamentos naturales y sus frutos son una gran fuente de alimentación para el
ser humano. Mediante la fijación de los suelos evita la erosión del mismo.
Dependiendo de su especie estos son fuente turística ya que por su belleza atraen al
turismo. Siendo que nos brindan tantas bondades, tienen el derecho a la vida siendo
ellos los dueños de la tierra donde nosotros co-habitamos.
59
5.3. OBJETIVOS
5.5.1. Objetivo general
Crear una ordenanza Municipal que regule y controle la reforestación en las UPAS del
Distrito Metropolitano de Quito.
5.5.2. Objetivos Específicos
Contribuir al manejo sustentable del ambiente y de los recursos
naturales.
Impulsar la regeneración de las zonas verdes en las UPAS del Distrito
Metropolitano de Quito.
Restituir el equilibrio ecológico de la flora y la fauna del Distrito
Metropolitano de Quito.
5.5.3. Resultado Esperados
Se espera que con la creación de la ordenanza municipal para el Distrito Metropolitano
de Quito los índices de deforestación se reduzcan notoriamente y así de esa manera
poco a poco alcanzar el fin que se persigue que es el de obtener un ambiente sano al
100% y siendo sano se obtiene un equilibrio en el mismo.
60
5.4. DESARROLLO DE LA PROPUESTA
5.4.1. Planificación de actividades tiempo y recurso
Cuadro 4: Planificación de actividades
No.
Actividades
Año 2016
Enero Febrero Marzo
1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4
1 Elaboración de la Propuesta
2 Antecedentes de la Propuesta
3 Justificación
4 Objetivos
5 Desarrollo de la Propuesta
6 Conclusiones y
recomendaciones de la
Propuesta
Autora: Sierra Araujo Evelyn Abigail
5.4.2. Recursos humanos
Investigadora: Sierra Araujo Evelyn Abigail, encargada del proceso investigativo,
recolección de datos y resultados de la investigación.
Director del Proyecto: Dr. Diego Galarraga, encargado del seguimiento y
evaluación del Proyecto de Investigación.
5.4.3. Recursos técnicos
Constitución de la República del Ecuador
Ley de Gestión Ambiental
Plan Nacional del Buen Vivir
Propuesta del Cambio de la Matriz Productiva
61
Ordenanza Municipal 213
El Gobierno Nacional propone el cambio de la matriz productiva; generando
productos básicos como: las maderas, los frutales y las hierbas medicinales que
contempla esta propuesta para transformarles en productos elaborados y dar inicio a la
industria confeccionada de la madera, a la industria de mermeladas y frutas secas muy
apetecidas en el mercado internacional como también la calidad de los tés, extraídas de
las hierbas medicinales consumidas en el primer mundo cumpliendo de esta manera la
generación de la nueva economía rural en el Ecuador.
5.4.4. Recursos materiales
Los recursos empleados en la siguiente investigación fueron los siguientes a detallar a
continuación:
Computadora
Saldo en minutos.
Internet.
Libros.
Copias.
Flash memory.
CDS.
62
5.4.5. Presupuesto y Financiamiento
Cuadro 5: Presupuesto
Recursos Cantidad Costo Unitario Costo Total
Computadora 1 1200 1200
Saldo en Minutos 10 2 20
Internet 6 (meses) 30 210
Transporte Público
Cantonal
20 0,25 5
Transporte Público
Provincial
20 2,75 55
Alimentación 30 5 150
Resmas de Hojas 5 5 25
Impresiones 1000 0,05 50
Fotocopias 200 0,02 40
SUBTOTAL 1.755
IMPREVISTOS (10%) 175,50
TOTAL $1.930,50 Autor: Sierra Araujo Evelyn Abigail
FUENTE: Cálculos Personales
63
5.5. FUNDAMENTACIÓN DOCTRINARIA Y JURÍDICA DE LA
PROPUESTA
5.5.1. Ordenanza a ser Propuesta
PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA LAS UPAS DEL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO
El proceso constituyente que vivió el Ecuador ha implicado entre otras cosas la
reorganización del ejercicio de la gestión pública, principalmente a través del Código
Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD), que
es la norma legal que define las competencias y ámbitos de acción de cada nivel de
gobierno. En el caso de los municipios, el COOTAD permite a sus órganos legislativos
establecer mediante ordenanza los procedimientos de regularización de la reforestación
de las UPAS en el Distrito Metropolitano de Quito.
EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO
Expedido por la Comisión de Ambiente.
CONSIDERANDO
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que:
“Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir,
sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la
conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio
64
genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los
espacios naturales degradados”.
Que, el artículo 71 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que:
“La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene
derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y
regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad
pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e
interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la
Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales
y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el
respeto a todos los elementos que forman un ecosistema”.
Que, el artículo 395 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina que: “La Constitución reconoce los siguientes principios
ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo,
ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve
la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y
asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y
futuras”.
Que, el artículo 409 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina que: “Es de interés público y prioridad nacional la conservación del
65
suelo, en especial su capa fértil. Se establecerá un marco normativo para su
protección y uso sustentable que prevenga su degradación, en particular la
provocada por la contaminación, la desertificación y la erosión. En áreas
afectadas por procesos de degradación y desertificación, el Estado desarrollará
y estimulará proyectos de forestación, reforestación y revegetación que eviten el
monocultivo y utilicen, de manera preferente, especies nativas y adaptadas a la
zona”.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
en el literal d) del artículo 4, determina: “Fines de los gobiernos autónomos
descentralizados.- Dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales son
fines de los gobiernos autónomos descentralizados: d) La recuperación y
conservación de la naturaleza y el mantenimiento de medio ambiente sostenible
y sustentable”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
en el literal a) del artículo 57, determina: “Atribuciones del concejo municipal.-
Al concejo municipal le corresponde: a) El ejercicio de la facultad normativa en
las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal,
mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones”
Que, el artículo 410 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina que: “El Estado brindará a los agricultores y a las comunidades
rurales apoyo para la conservación y restauración de los suelos, así como para
66
el desarrollo de prácticas agrícolas que los protejan y promuevan la soberanía
alimentaria”.
Que, la Ley Orgánica de Régimen Para el Distrito Metropolitano de Quito, en su
artículo 2, determina: “Finalidad.- Además de las contempladas en la Ley de
Régimen Municipal, el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito cumplirá
las finalidades siguientes: 1) Regulará el uso y la adecuada ocupación del suelo
y ejercerá control sobre el mismo con competencia exclusiva y privativa. De
igual manera regulará y controlará, con competencia exclusiva y privativa las
construcciones o edificaciones, su estado, utilización y condiciones”.
Que, la Ley Orgánica de Régimen Para el Distrito Metropolitano de Quito, en su
artículo 26, determina: “Competencia exclusiva.- La decisión sobre el destino del
suelo y su forma de aprovechamiento dentro del territorio distrital, compete,
exclusivamente, a las autoridades del Distrito Metropolitano”.
En ejercicio de sus atribuciones legales constantes en los artículos 7, 57, letra a) y 87
literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización; y, 8 de la Ley Orgánica de Régimen para el Distrito Metropolitano
de Quito.
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EXPIDE LA SIGUIENTE
ORDENANZA QUE REGULA LAS UPAS DEL DISTRITO METROPOLITANO
DE QUITO
Capítulo I
Generalidades
Artículo 1.- Objeto. - El objeto de la presente Ordenanza es establecer los procesos y
procedimientos para la regularización de la reforestación de las “UPAS” de
conformidad con el Plan Ambiental y Desarrollo Sustentable, planes parciales y demás
disposiciones de regularización expedidas por el Distrito Metropolitano de Quito.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. - La presente Ordenanza rige en el ámbito
ambiental del Distrito Metropolitano de Quito para obtener la reforestación de los
linderos de las “UPAS”, dentro del marco de la planificación aplicados a los principios
del buen vivir.
Artículo 3.- Definiciones. - Con el propósito de homogeneizar el entendimiento y la
aplicación de la presente Ordenanza, se establecen las siguientes definiciones:
a) Lindero.- Es la línea que separa una propiedad de otra. Es el límite o límites hasta
los cuales superficialmente se extiende la finca o el dominio sobre la misma.
b) Persona jurídica.- Ente ficticio u organización de personas que tiene un
reconocimiento legal como organización.
c) Persona natural.- Es el ser humano que tiene derechos y obligaciones dentro de la
organización de un Estado.
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d) Poseedor.- Quien posee o tiene algo en su poder, con graduación jurídica que se
extiende del simple tenedor al propietario.
e) Regularización. - Es el conjunto de procesos y procedimientos tendientes a
reforestar las UPAS, es decir sembrar alrededor de los linderos, productos que
ayuden a obtener un desarrollo sustentable para obtener un ambiente sano y
equilibrado.
Artículo 4.- Componentes del proceso integral de regularización. - El proceso
integral de regularización de las UPAS tendrá dos componentes.
a) Regularización. - Es el proceso cuyo objetivo es reforestar los linderos de las
“UPAS” del Distrito Metropolitano de Quito, el cual busca disminuir la
contaminación ambiental, regularización y mejoramiento ambiental, de tal manera
que se mitigue el daño ambiental.
b) Reforestación. – Mediante el proceso de siembra en los linderos de las “UPAS” del
Distrito Metropolitano de Quito se busca la disminución daño ambiental provocado
por la deforestación existente.
Capítulo II
De la reforestación
Sección Primero
Artículo 5.- Censo de los asentamientos. - La dependencia municipal rectora en temas
de ambiente, en coordinación con la unidad técnica especializada en procesos de
regularización, deberá identificar los asentamientos forestales, a fin de que se incluyan
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en el proceso. El resultado de este censo será presentado ante el Concejo
Metropolitano, para su aprobación hasta el 31 de diciembre del 2016. Sobre esta base
se realizarán los procesos de reforestación, no pudiendo incluirse más sectores en este
proceso.
Artículo 6.- Casos de aplicación. - La presente Ordenanza será aplicada en los
procesos de regularización de asentamientos forestales ubicados en predios rurales, que
justifiquen ser dueños de tierras de 500 m2 o más, dedicados total o parcialmente a la
producción agropecuaria.
Artículo 7.- Asentamientos no susceptibles de reforestación. - No podrán ser objeto
del proceso de regularización los asentamientos forestales, ubicados en áreas verdes, los
declarados de utilidad pública o interés social y los ubicados en franjas de derecho de
vías, zonas de riesgo no mitigable, zonas de protección ecológica, los bienes que
pertenezcan al patrimonio forestal y de áreas naturales del Estado, ni a las tierras del
patrimonio del Ministerio del Ambiente.
Sección Segunda
Del procedimiento y requisitos para la reforestación
Artículo 8.- Calificación.- Todos los propietarios de tierras de 500 m2 o más,
dedicados total o parcialmente a la producción agropecuaria deberán ingresar al
procesos de regularización de reforestación, como requisito primordial para el pago del
impuesto predial.
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Artículo 9.- Mesa Institucional para el Proceso de Reforestación.- Para el
cumplimiento de la presente Ordenanza se crea la Mesa Institucional para el Proceso de
reforestación en cada zona administrativa; compuesta con delegados de: (i) unidad
técnica especializada en procesos de reforestación de la Zona; (ii) Secretaria de
Ambiente; (iii) Dirección Jurídica de la Zona. Esta Mesa Institucional será responsable
de los procesos de reforestación del Distrito Metropolitano de Quito y tendrán despacho
preferencial en cada uno de sus procesos.
Artículo 10.- Elaboración y aprobación del proyecto de ordenanza.- Con los
informes correspondientes, más el informe de la Mesa Institucional para el Proceso de
Reforestación, la unidad técnica especializada en procesos de reforestación, en el
término de cinco días contados de la recepción del proceso, remitirá para conocimiento
de la Comisión Ambiente del Concejo, el expediente debidamente organizado que
deberá contener los informes correspondientes, la exposición de motivos y el proyecto
de ordenanza de regularización.
Una vez conocido el expediente por parte de la Comisión de Ambiente, con el dictamen
respectivo y en el término de cinco días, lo remitirá para conocimiento y resolución del
pleno del Concejo Metropolitano de Quito.
Artículo 11.- Partición administrativa.- Una vez que el Concejo Metropolitano haya
resuelto, mediante ordenanza, la regularización de la reforestación de los linderos de las
“UPAS”, y no existiendo acuerdo sobre su partición, el alcalde a través de los órganos
administrativos de la Municipalidad, de oficio o a petición de parte, queda facultado
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para ejercer la partición administrativa, siguiendo el procedimiento determinado en la
ley.
Artículo 12.- Obligaciones de los beneficiarios.- Cuando haya finalizado el proceso de
reforestación, los beneficiarios deberán cumplir con los plazos y condiciones
determinadas en la ordenanza de regularización correspondiente.
Artículo 13.- Excepción de caducidad.- Las ordenanzas de regularización que se
hallen dentro del plazo para ejecución de las obras, no caducarán.
Sección Tercera
De la unidad procesos de reforestación
Artículo 14.- Responsabilidad sobre el proceso de regularización.- Para el
cumplimiento de los objetivos de la presente Ordenanza, se asignará la responsabilidad
a una unidad técnica especializada en procesos de reforestación, la cual será el
organismo operativo encargado del todo el procedimiento previo el conocimiento del
órgano legislativo.
Artículo 15.- Funcionamiento básico de la unidad técnica especializada en procesos
de reforestación.- La unidad actuará en forma concentrada y coordinada, a través de un
equipo técnico, jurídico y socio-organizativo; el cual tendrá las siguientes
responsabilidades:
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a) técnica: elaborar los informes técnicos; revisar de los planos presentados, colaborar
en la elaboración de ordenanzas; realizar inspecciones de campo; presentar los
informes del levantamiento a la unidad de reforestación, asesorar y atender consultas
de funcionarios, autoridades y público en general.
a) jurídico: elaborar los informes jurídicos; establecer acuerdos con otras instancias
municipales; realizar inspecciones de campo; y, asesorar y atender consultas
jurídicas de funcionarios, autoridades y público en general.
b) socio-organizativa: elaborar los informes socio-organizativo; realizar censos
socioeconómicos y ambientales; actúa como facilitador del proceso; socializador;
recabar información; representar al Municipio en la organización del asentamiento;
realizar inspecciones de campo; encargado de las notificaciones; y, asesorar y
atender consultas de funcionarios, autoridades y público en general.
Artículo 16.- Financiamiento del proceso.- El Municipio del Distrito Metropolitano
de Quito, por medio de la unidad técnica especializada en procesos de regularización,
asignará al inicio de cada año fiscal, en base a su planificación anual, los recursos
económicos necesarios para su efectiva ejecución.
Capítulo III
De los procedimientos para la reforestación
Artículo 17.- Plazos para la reforestación de los linderos de las “UPAS”.- Una vez
que se haya inscrito la ordenanza de reforestación y se tengan los números de “UPAS”
individuales, los beneficiarios de los procesos de reforestación tendrán el plazo de tres
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meses contados a partir de la inscripción en el Registro Oficial de dicha ordenanza de
reforestación, para realizar la plantación correspondiente de en los linderos de las
“UPAS”.
El plazo para el cumplimento de la plantación podrá ser prorrogado por un plazo
máximo de seis meses, siempre que se justifique documentadamente la necesidad de su
ampliación y que las causas de su retardo no son imputables a los beneficiarios.
Capítulo IV
De los incentivos a razón de la reforestación
Artículo 18.- Incentivos.- Aquellos beneficiarios del proceso de reforestación que
cumplan con el desarrollo del plan de reforestación, antes de los plazos establecidos,
serán incluidos en la disminución del pago del impuesto predial, de la siguiente manera:
aquellos que lo hagan dentro del 1er mes del plazo disminución del 50%
aquellos que lo hagan dentro del 3er mes del plazo disminución del 25%
aquellos que lo hagan dentro del 4to mes del plazo disminución del 10%
Capítulo V
De los reclamos y recursos administrativos
Artículo 19.- Recursos administrativos.- Si la resolución es en contra del solicitante,
éste podrá intentar el recurso de reposición o revisión en la vía administrativa en los
términos establecido en el COOTAD.
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Artículo 20.- Sanción.- En caso de encontrar irregularidades en el proceso de
reforestación, se impondrá las sanciones correspondientes, establecidas en las leyes y
ordenanzas pertinentes, sin perjuicio de las acciones judiciales que ameriten.
Disposiciones Generales
Primera: Déjese sin efecto jurídico toda ordenanza, norma, disposición o resolución
municipal de igual o menor jerarquía que se oponga a los fines de la presente ordenanza.
Segunda: Sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial la presente Ordenanza
entrará en vigencia a partir de su sanción.
Disposiciones Transitorias
Primera: En un plazo de 60 días, la Secretaría de Ambiente, presentará para
conocimiento del Concejo Metropolitano, el plan para la realización del censo de
asentamientos del que se habla en el artículo 5 de esta Ordenanza. Dicho plan debe
contener como mínimo el equipo responsable, el cronograma, con actividades
principales y señalamiento de las “UPAS” a incluir, y el presupuesto.
Dada, en la Sala de Sesiones del Concejo Metropolitano de Quito, el XX de XXXX de
2016.
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CERTIFICADO DE DISCUSIÓN
La infrascrita Secretaria General del Concejo Metropolitano de Quito, certifica que la
presente ordenanza fue discutida y aprobada en dos debates, en sesiones de XX y XX de
XXXXXX de 2016.- Quito,
Dr. Mauricio Bustamante Holguín
SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO
ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO.- Distrito Metropolitano de
Quito,
EJECÚTESE:
Dr. Mauricio Rodas Espinel
ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
CERTIFICO, que la presente ordenanza fue sancionada por el Dr. Mauricio Rodas
Espinel, Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, el
.- Distrito Metropolitano de Quito,
Dr. Mauricio Bustamante Holguín
SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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BIBLIOGRAFÍA:
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determinen el control de la tala Indiscriminada de árboles en el cantón
Babahoyo", . Babahoyo.Universidad Técnica de Babahoyo.
Jara Jara, J. C. (2015). “La deforestación de los bosques protectores como un atentado
al Derecho al Buen Vivir en la Legislación Ecuatoriana”, . Quito.Universidad
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NORMATIVA LEGAL:
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Registro Oficial Suplemento 303.
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ANEXOS