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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO ¨ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REFORESTACIÓN EN LOS LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EN EL ÁREA RURAL¨ Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADA Sierra Araujo Evelyn Abigail TUTOR: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc. Quito, Marzo - 2016

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

¨ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REFORESTACIÓN EN LOS

LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO METROPOLITANO

DE QUITO EN EL ÁREA RURAL¨

Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADA

Sierra Araujo Evelyn Abigail

TUTOR: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.

Quito, Marzo - 2016

ii

DEDICATORIA

Dedico este presente trabajo a ese Dios eterno que no me ha dejado en el trascurso de

mi vida.

A mis padres David y Alexandra, que de manera incondicional han sabido apoyarme y

alentarme en mi formación personal y profesional.

De igual manera a mis hermanos Aarón, Raquel y Daniel.

Y a mis amigos que forman parte fundamental en la vida de cada ser humano.

iii

AGRADECIMIENTO

Agradezco este presente trabajo a ese Dios eterno que ha cuidado de mí y ha bendecido

mi vida.

A mis padres por su gran apoyo incondicional a lo largo de mi vida.

A mí querida Universidad Central del Ecuador.

A mi Director de Proyecto quien con su paciencia y apoyo me guio en la elaboración

de este trabajo.

A los docentes y amigos que forje en las aulas de la Universidad.

iv

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

SIERRA ARAUJO EVELYN ABIGAIL, autor del presente trabajo de titulación

profesional, con cédula de ciudadanía 1719896060-8, libre y voluntariamente

DECLARO, que el proyecto de investigación titulado: "Ordenanza Municipal para la

Reforestación en los linderos de las “UPAS” del Distrito Metropolitano De Quito

en el Área Rural", es de mi plena autoría, reviste la característica de original y no

constituye plagio o copia alguna, constituyéndose en un trabajo de titulación único,

como mandan los principios de la investigación científica y la honestidad académica,

de ser comprobado lo contrario, me someto a las disposiciones legales pertinentes.

Es todo cuanto puede decir en honor a la verdad. Atentamente,

………………............

Evelyn Abigail Sierra Araujo

C.C. 171989606-8

Telf:0998899005

Correo: [email protected]

v

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIA INTELECTUAL

Yo, SIERRA ARAUJO EVELYN ABIGAIL, en calidad de autora del Proyecto de

Investigación titulado: "Ordenanza Municipal para la Reforestación en los linderos

de las “Upas” del Distrito Metropolitano De Quito en el Área Rural", por la

presente autorizo a la Universidad Central del Ecuador, hacer uso de los contenidos de

este Proyecto de Investigación con fines estrictamente académicos o de investigación.

Los derechos que como autora me corresponden, con excepción de la presente

autorización, seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los

artículos 5, 6, 8, 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su

Reglamento.

Atentamente,

Evelyn Abigail Sierra Araujo

C.C. 171989606-8

Telf:0998899005

Correo: [email protected]

vi

APROBACIÓN DEL TUTOR

vii

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO

Los miembros del tribunal calificador aprueban el trabajo de investigación titulado:

"Ordenanza Municipal para la Reforestación en los linderos de las “Upas” del

Distrito Metropolitano De Quito en el Área Rural", de acuerdo con las disposiciones

reglamentarias de la Carrera de Derecho de la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias

Políticas y Sociales de la Universidad Central del Ecuador para títulos de pregrado.

Quito, Marzo del 2016

Para constancia firman:

TRIBUNAL CALIFICADOR

F/_________________

F/_________________ F/_________________

viii

ÍNDICE DE CONTENIDO

DEDICATORIA ............................................................................................................... ii

AGRADECIMIENTO ..................................................................................................... iii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ..................................................................... iv

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIA INTELECTUAL ................................................ v

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO ........................................................... vii

ÍNDICE DE CONTENIDO ........................................................................................... viii

ÍNDICE DE ANEXOS ................................................................................................... xii

ÍNDICE DE CUADROS ............................................................................................... xiii

RESUMEN .................................................................................................................... xiv

ABSTRACT ................................................................................................................... xv

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 1

CAPÍTULO I .................................................................................................................... 4

1. PROBLEMA ................................................................................................................ 4

1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ........................................................... 4

1.2. UBICACIÓN DEL PROBLEMA ....................................................................... 6

1.3. DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA ................................................................ 7

1.4. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ................................................................ 7

1.5. SISTEMATIZACION DEL PROBLEMA ......................................................... 7

1.6. PREGUNTAS DIRECTRICES........................................................................... 8

1.7. OBJETIVOS........................................................................................................ 8

1.7.1. Objetivo general ......................................................................................... 8

1.7.2. Objetivos específicos .................................................................................. 9

1.8. JUSTIFICACIÓN.............................................................................................. 10

CAPÍTULO II ................................................................................................................. 13

2. MARCO TEÓRICO ................................................................................................... 13

2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ............................................... 13

2.2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA- DOCTRINARIA ..................................... 14

2.2.1. Definición de “UPAS” ............................................................................. 14

2.2.2. El ambiente ............................................................................................... 14

2.2.3. Derecho ambiental .................................................................................... 15

ix

2.2.4. Daño ambiental ......................................................................................... 15

2.2.5. Impacto ambiental por la deforestación.................................................... 16

2.2.5.1. Definición de impacto ambiental .......................................................... 16

2.2.5.2. Causas de impacto de ambiental ........................................................... 16

2.2.5.3. Clases de responsabilidad por daño ambiental ..................................... 17

2.2.6. Desarrollo sustentable............................................................................... 18

2.2.7. La deforestación ....................................................................................... 19

2.2.7.1. Causas de la deforestación .................................................................... 20

2.2.7.2. Agentes de la deforestación .................................................................. 21

2.2.8. La reforestación ........................................................................................ 22

2.2.9. La naturaleza y el ambiente en la constitución ecuatoriana. .................... 23

2.2.9.1. Derechos de la naturaleza en la costitucion-2008 ................................. 23

2.2.9.2. Participación ciudadana en materia ambiental. ..................................... 24

2.3. FUNDAMENTACIÓN LEGAL ....................................................................... 24

2.3.1. Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD ....................... 24

2.3.2. Ley de Régimen del Distrito Metropolitano de Quito. ............................. 25

2.3.3. Constitución de la República del Ecuador ................................................ 25

2.3.4. Ley de Gestión Ambiental ........................................................................ 28

2.3.5. Ordenanza Municipal 213 ........................................................................ 30

2.4. PLANTEAMIENTO IDEOLÓGICO A DEFENDER ...................................... 31

2.5. Caracterización de las variables ........................................................................ 32

2.5.1. Variable Independiente ............................................................................. 32

2.5.1.1. Causas ................................................................................................... 32

2.5.2. Variable Dependiente ............................................................................... 33

2.5.2.1. Efectos .................................................................................................. 33

2.6. Definición de términos básicos ......................................................................... 33

2.6.1. Términos jurídicos .................................................................................... 33

CÁPITULO III ............................................................................................................... 43

3. METODOLOGÍA ....................................................................................................... 43

3.1. DEFINICIÓN DE LOS MÉTODOS ................................................................. 43

3.1.1. Métodos Empíricos ................................................................................... 43

3.1.2. Métodos Teóricos ..................................................................................... 44

x

3.2. DISEÑOS DE LA INVESTIGACIÓN ............................................................. 46

3.3. MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES ................. 47

3.4. POBLACIÓN O MUESTRA ............................................................................ 48

3.4.1. Población .................................................................................................. 48

3.4.2. Muestra ..................................................................................................... 51

3.5. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN ....................... 51

3.5.1. Definición de las técnicas ......................................................................... 51

3.5.2. Definición de los instrumentos ................................................................. 51

3.6. VALIDEZ Y CONFIABILIDAD DE LOS INSTRUMENTOS....................... 52

3.7. TÉCNICAS DE PROCESAMIENTO .............................................................. 52

CAPÍTULO IV ............................................................................................................... 53

4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ...................................................... 53

4.1. Conclusiones ..................................................................................................... 53

4.2. Recomendaciones .............................................................................................. 55

CAPITULO V ................................................................................................................ 57

5. PROPUESTA ............................................................................................................. 57

5.1. DATOS INFORMATIVOS ................................................................................. 57

5.1.1. Localización.............................................................................................. 57

5.1.2. Beneficiarios ............................................................................................. 57

5.2. JUSTIFICACIÓN.............................................................................................. 57

5.3. OBJETIVOS...................................................................................................... 59

5.5.1. Objetivo general ....................................................................................... 59

5.5.2. Objetivos Específicos ............................................................................... 59

5.5.3. Resultado Esperados ................................................................................. 59

5.4. DESARROLLO DE LA PROPUESTA ............................................................ 60

5.4.1. Planificación de actividades tiempo y recurso .............................................. 60

5.4.2. Recursos humanos ......................................................................................... 60

5.4.3. Recursos técnicos .......................................................................................... 60

5.4.4. Recursos materiales ....................................................................................... 61

5.4.5. Presupuesto y Financiamiento ....................................................................... 62

5.5. FUNDAMENTACIÓN DOCTRINARIA Y JURÍDICA DE LA

PROPUESTA .......................................................................................................... 63

xi

5.5.1. Ordenanza a ser Propuesta ........................................................................ 63

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ........................................................................... 75

xii

ÍNDICE DE ANEXOS

ANEXO 1: REPORTAJES DE PRENSA ...................................................................... 80

ANEXO 2: MAPAS DEL DISTRITO METROLIPOLITANO DE QUITO ................. 92

xiii

ÍNDICE DE CUADROS

Cuadro 1: Parroquias rurales de Quito .......................................................................... 10

Cuadro 2: Categorías de uso principal del suelo ............................................................ 49

Cuadro 3: Planificación de actividades .......................................................................... 60

Cuadro 4: Presupuesto .................................................................................................... 62

xiv

TEMA: ¨Ordenanza Municipal para la reforestación en los linderos de las “UPAS” del

Distrito Metropolitano de Quito en el área rural¨

Autor: Evelyn Abigail Sierra Araujo

Tutor: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.

RESUMEN

La reforestación en los linderos de las “UPAS” del Distrito Metropolitano de Quito

en el área rural, tiene impactos en el ambiente, con la restitución de la flora, la fauna

silvestre, la restitución de los sistemas hídricos del cantón, la preservación del suelo

frente a la erosión, causada por la escorrentías del agua en los inviernos, los vientos y la

escases de árboles maderables que aceleran la erosión de la capa arable que es

fundamental para la siembra de productos que proveen y dinamizan la economía rural

en beneficio de la aprovisionamiento de alimentos de la canasta familiar especialmente

de la ciudad capital. En lo social con este proyecto se ocuparía la mano de obra

disponible en el Distrito Metropolitano de Quito, como la aplicación de la nueva matriz

productiva que añadiría el valor agregado a las industrias alimenticias y maderables para

la provisión inclusive de productos exportables. La absorción de CO2 por los millones

de plantas y árboles a sembrarse es demostrativo de la restauración de la naturaleza

contemplado en la Constitución en los Art.- 71, 72, 73. Además de ser un atractivo

turístico con la restitución del paisaje natural que bordea de los páramos al sub-trópico,

generando divisas para esta gran industria que está evolucionando en el cantón Quito.

PALABRAS CLAVE: ORDENANZA MUNICIPAL / REFORESTACIÓN /

IMPACTO AMBIENTAL / DERECHO AMBIENTAL / “UPAS” (UNIDAD DE

PRODUCCIÓN AGROPECUARIAS) / PLAN NACIONAL DE FORESTACIÓN Y

REFORESTACIÓN (P.N.F.R)

xv

TITLE: “Municipal Ordinance to reforect on the borders of “UPAS” of the

Metropolitan Disrict of Quito in the rural área”

Author: Evelyn Abigail Sierra Araujo

Tutor: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.

ABSTRACT

Reforestation on the border of “UPAS” of the metropolitan District of Quito, in the rural

area has an impact on the environment, due to restitution of wild flora and fauna,

restitution of hydric systems of the canton, preserbation of soil against erosion, caused

by water currents occurrents in winters, winds and scarceness of timber trees that in

turn provide and boost rural economy through the supply of food, mostly to the capital

city. In the social field, the current project is intended to use labor available in the

metropolitan District of Quito, in order to contribute to the application of a new

productive matrix by products. Absorption of CO2 by millions of plants and trees to be

planted is a restoration of the nature provided in the constitution, Artivle 71, 71 and

73.In addition to being a touristic attrantion, whit the recovery of the natural lansscape

surrounding high plateaus to sub-tropical soil, which generates foreign exchange for that

relevant industry that is growing in Quito canton.

KEYWORDS: MUNICIPAL ORDENANCE / REFORESTATION /

ENVIRONMENTAL IMPACT / ENVIRONMENTAL LAW / “UPAS”

(AGRARIAN PRODUCTION UNITS) / FORESTATION AND REFORESTATION

NATIONAL PLAN (F.R.N.P.)

1

INTRODUCCIÓN

La presente investigación titulada ¨ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA

REFORESTACIÓN EN LOS LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO EN EL ÁREA RURAL¨, se sustenta en la

inducción y deducción como estructura del método científico con antecedentes

históricos en el tiempo y en el lugar de los hechos. Se complementará con

observaciones directas, soportes de estudios específicos de reforestación apoyadas por

instituciones especializadas en el análisis del problema sobre la deforestación en el

Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha- Ecuador.

La forestación en el Ecuador está claramente amparada tanto en la Constitución

vigente como el de los deferentes reglamentos del Derecho ambiental en el Ecuador, sin

embargo, es realmente notorio el daño que se ha producido en lo largo de la historia a

nivel ambiental; a consecuencia de los incendios, contaminación y tala de nuestros

bosques.

En la presente investigación se analizará el daño efectuado a causa de la

deforestación y se propondrá la creación de una Ordenanza, a fin de que por medio de

ella se de una salida a la deforestación y de esa manera logra reducir el índice de la

misma en el Distrito Metropolitano de Quito, sector rural.

2

Con la finalidad de evidenciar la necesidad de instaurar una "Ordenanza

Municipal para la Reforestación en los linderos de las “Upas” del Distrito Metropolitano

De Quito en el Área Rural", la investigación se estructura del siguiente modo:

CAPÍTULO I, PROBLEMA: Determinación del fenómeno, diagnóstico de la

situación actual, preguntas directrices, identificación del fenómeno, objetivos: general y

específicos.

CAPÍTULO II, MARCO TEORICO: Marco teórico: antecedentes de la

investigación, fundamentación teórico – doctrinaria, fundamentación legal,

planteamiento ideológico a defender, determinación de las variables independientes y

dependientes.

CAPÍTULO III, METODOLOGÍA: Marco metodológico: determinación de las

unidades de observación, definición de los métodos, definición de las técnicas,

definición de los instrumentos y matriz de operacionalización de las variables.

CAPÍTULO IV, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: Conclusiones y

recomendaciones obtenidas del desarrollo de la investigación, y de la puesta en

evidencia de la posible solución de este problema.

CAPÍTULO V, PROPUESTA: Propuesta con su respectiva solución al problema;

en propuesta tendrá en su desarrollo los datos informativos tales como la localización y

los beneficiarios; constaran los antecedentes de la propuesta; estará debidamente

3

fundamentado; tendrá objetivos, además de los resultados esperado; por otro lado se

desarrolla la propuesta, estableciendo la planificación en actividades, tiempos y recursos,

al igual que se plantea el presupuesto y la fundamentación teórica y jurídica de la

propuesta; y para finalizar se plantean la bibliografía y los anexos.

4

CAPÍTULO I

1. PROBLEMA

¨ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REFORESTACIÓN EN LOS

LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

EN EL ÁREA RURAL¨

El desarrollo del presente proyecto pretende brindar un análisis a la crisis ambiental que

está afrontando el Distrito Metropolitano de Quito, como consecuencia de la

deforestación que desde hace décadas han sufrido las zonas rurales en las que están

asentadas las UPAS y cuales han sido las acciones que ha tomado el Municipio de Quito

para afrontar este problema.

1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Uno de los problemas más serios que vive la humanidad es el desequilibrio

ambiental, porque históricamente ni el mundo capitalista, ni el mundo socialista se ha

preocupado por cumplir los acuerdos y tratados firmados para evitar y minimizar los

impactos ambientales producidos por el crecimiento económico.

La biosfera de donde proviene la vida está siendo atacada a escala planetaria, que

pone en peligro a la supervivencia de la especie humana por la emisión de gases que

impide el reflejo de las radiaciones solares, causando el cambio de climas por el

llamado el efecto invernadero; por la emisión de CFC (cloro flúor-hidrocarbonos) que al

ascender a la atmosfera por la radiación ultravioleta desprende el cloro que ataca a la

capa de ozono de la estratosfera.

5

En el Ecuador desde los años 60 a la presente fecha se ha destruido casi todo el

bosque húmedo tropical y el bosque seco, las camaroneras han destruido los manglares

en donde se reproduce la vida marina y en callejón interandino ha desaparecido la

mayor parte del bosque endémico y se registran los niveles más graves de erosión y

desertificación del suelo, concluyendo en la amazonia especialmente con CHEVRON la

contaminación del suelo y el agua, la colonización y la ganadería que están afectando la

biodiversidad valorada entre las más ricas del planeta.

En el Ecuador se tala bosques en 100 mil hectáreas anuales y este es el problema

principal que debemos atacar desde la participación ciudadana de acuerdo al buen vivir.

En la Constitución de 2008 y El Código Orgánico de Organización Territorial

Autonomía y Descentralización “COOTAD”, los gobiernos autónomos descentralizados

al asumir sus competencias, deben dirigir sus acciones y actividades como el manejo de

residuos sólidos, forestación y reforestación, protección de espacios verdes,

sensibilización y participación ciudadana entre otros, si esto es así los Consejos

Provinciales, los Distritos Metropolitanos, los Municipios y las juntas Parroquiales, son

factores importantes para promover un modelos de desarrollo sustentable y sostenible

que garantice el Sumak kawsay.

La (Constitución de la República del Ecuador, 2008), en actual vigencia en el Articulo

14, segundo inciso indica: “Declara de interés público la preservación de ambiente, la

conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio

genético, la prevención del daño ambiental, y la recuperación de los espacios naturales

6

degradados”, a fin de que se garantice la sustentabilidad para el buen vivir o Sumak

kawsay.

Por lo que considero necesario la promulgación de una norma en la que se establezca la

necesidad de reforestar los linderos de las ares rurales en las que están asentadas las

UPAS, a fin de contrarrestar la crisis ambiental que afronta el Distrito Metropolitano de

Quito como consecuencia de la deforestación.

1.2. UBICACIÓN DEL PROBLEMA

La deforestación en el Distrito Metropolitano de Quito se inicia a raíz de la

promulgación de la Ley de reforma Agraria y Colonización, que contempla la

introducción de pastos, cultivos específicos y la utilización de maquinaria agrícola para

la preparación de suelos que amerita la tala de árboles y bosques que sirven a demás

para las industrias de la madera que se elaboran en la ciudad de Quito y que se consume

también en esos tiempos para la elaboración del carbón y leña para el consumo de los

campesinos.

La empresa PLAYWOOD S.A. desarrolla la gran industria de aglomerados y

exportación de madera a Estados Unidos, pagando de 100 a 200 sucres (año 1970) por

árbol de DAP (Diámetro a la altura del pecho) de 0,50 centímetros a más 1,70

centímetros, que fueron cortados y arrastrados por el suelo con tractores que dañaron la

capa arable. La deficiencia de programas de reforestación de los gobiernos neoliberales

que desconocían las políticas de ambiente con presupuestos muy bajos e insuficientes y

7

con falta de organización suficiente y técnica para el cumplimiento de los programas de

forestación y reforestación.

El área deforestada bruta anual de Pichincha 1990- 2000 es de 69.3 Km2

(Conservación Internacional Ecuador 2000).

1.3. DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

De este modo, el desarrollo del presente proyecto de investigación se enfocara

únicamente en el estudio de las UPAS ubicadas en el Distrito Metropolitano de Quito y

los peligros ambientales que esta causa, poniendo en riesgo la salud de quienes aquí

habitan.

1.4. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿Existe daño ambiental en el Distrito Metropolitano de Quito por la deforestación

generada en los linderos de las áreas rurales en las que están ubicadas las UPAS, debido

a la ausencia de una norma que regule la deforestación de las especies vegetales que

habitan en estas zonas?

1.5. SISTEMATIZACION DEL PROBLEMA

Para realizar la sistematización del problema, es necesario realizar preguntas directrices

que ayuden a establecer parámetros para el desarrollo del proyecto investigativo.

8

1.6. PREGUNTAS DIRECTRICES

¿Cuál es la definición de “UPAS”?

¿Cuáles son las causas de la deforestación en el Distrito Metropolitano de Quito?

¿Cómo se reduce el impacto ambiental a causa de la deforestación?

¿Cuáles son las causas del impacto ambiental generado por la deforestación en el

Distrito Metropolitano de Quito?

¿De qué manera afecta la deforestación de la UPAS al Distrito Metropolitano de

Quito?

¿Cómo contribuiría la re forestación de las UPAS al ambiente del Distrito

Metropolitano de Quito?

¿Cómo afecta la falta de una norma que regule la deforestación de las UPAS en

el Distrito Metropolitano de Quito?

¿Es necesaria la implementación de una norma que establezca la re forestación

urgente de las UPAS en el Distrito Metropolitano de Quito?

1.7. OBJETIVOS

1.7.1. Objetivo general

Disminuir la deforestación en el Distrito Metropolitano de Quito, mediante la

reforestación de las 20.000 “UPAS” y así cumplir lo que contempla la Constitución

de la República del Ecuador en los art 14 y 15 respeto al ambiente sano, y el Sumak

kawsay.

9

1.7.2. Objetivos específicos

Implementar con la reforestación la restitución del paisaje natural para la

preservación de la flora y la fauna de las diferentes micro-cuencas que tiene el

Distrito Metropolitano de Quito.

Con la reforestación se almacenará el agua subterránea que sirve para alimentar

las fuentes de agua que componen el sistema hídrico de las micro-cuencas del

Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha.

Contribuir en el mejoramiento de un ambiente equilibradamente sano en el

Distrito Metropolitano de Quito.

Plantear una ordenanza Municipal para la reforestación en los linderos de las

“UPAS” en el Distrito Metropolitano de Quito, para de esta manera disminuir el

impacto ambiental en la zona y así cumplir con lo dispuesto en la Constitución

respecto al derecho a un Ambiente sano.

Estas son las parroquias rurales del cantón Quito Distrito Metropolitano

beneficiarias de la presente propuesta de reforestación.

10

Cuadro 1: Parroquias Rurales de Quito

Parroquias Rurales de Quito DM

Alangasí Amaguaña Atahualpa

Calacalí Calderón Conocoto

Cumbayá Chavezpamba Checa

El Quinche Gualea Guangopolo

Guayllabamba La Merced Llano Chico

Lloa Nanegal Nanegalito

Nayón Nono Pacto

Perucho Pifo Pintag

Pomasqui Puéllaro Puembo

San Antonio de

Pichincha

San Jose de Minas Tababela

Tumbaco Yaruquí Zámbiza

Autora: Sierra Araujo Evelyn Abigail

1.8. JUSTIFICACIÓN

Con el transcurso del tiempo se ha ido perdiendo gran cantidad de áreas boscosas

que poseía el Distrito Metropolitano de Quito debido a la creación de urbanizaciones,

división de suelos etc., en la actualidad no contamos con una ley u ordenanza que ejerza

un efecto coercitivo para frenar con este lamentable hecho.

En la actualidad dentro del territorio del Distrito Metropolitano de Quito, no existe

una norma que ejerza un efecto coercitivo que regule la deforestación que sufren los

linderos de las áreas rurales en donde esta ubicadas las UPAS, por lo que el desarrollo

de este proyecto es necesario a fin de ubicar con claridad cuáles son los efectos

ambientales de esta deforestación, sus causas y se establecería una solución viable para

este problema.

11

El desarrollo de este proyecto investigativo es importante porque al reforestar las

áreas rurales con relación a las UPAS del Distrito Metropolitano de Quito, se ejecutaría

lo establecido en el Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017, debido a que se

desarrollaría actividades de forestación y reforestación con especies nativas y adaptadas

a las zonas afectadas por proceso de erosión del suelo.

Para el desarrollo del presente proyecto de investigación se hizo y se hará uso de

herramientas electrónicas, sitios web, revistas, diarios de periódicos, libros,

investigaciones de otros autores relaciones al mismo tema, intercambios de ideas con

profesionales conocedores del tema.

Todos los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito y los ciudadanos en

general, son los que mayor interés tienen en el desarrollo de este proyecto de

investigación, ya que serían los principales beneficiados en virtud de que se

desenvolverían en una ambiente sano y ecológicamente equilibrado tal como lo

garantiza la Constitución de la República del Ecuador.

La finalización del presente tema de investigación se vería plasmado al recuperar

ciertas zonas verdes del Distrito Metropolitano de Quito, con el cual se aplicaran

normas u ordenanzas que nos permitan superar los casos de contaminación, donde se

establecerán derechos y deberes de los ciudadanos quienes serán los responsables de

lograr un cambio radical para el beneficio del ambiente, de tal manera que será un

impacto sobre los recursos naturales como el agua, la flora y la fauna dando lugar al

incremento en todos los niveles, tanto económicos como paisajísticos que dieran lugar a

12

la industria del turismo en desarrollo en este cantón, cumpliendo de esta manera los

lineamientos del plan de desarrollo y del buen vivir, Sumak Kawsay.

13

CAPÍTULO II

2. MARCO TEÓRICO

2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

La presente tesis fue realizada en el año 2012 en la Universidad Técnica de

Babahoyo, con el tema: “Derecho Ambiental: Ordenanzas Municipales que determinen

el control de la tala Indiscriminada de árboles en el cantón Babahoyo", realizada por el

señor (Jácome Vera, 2012), como requisito previo a obtener el título de Abogado de los

Tribunales de la República del Ecuador.

Conforme al análisis la tesis mencionada se estable que con la creación de dicha

ordenanza se beneficiarían a todos los pobladores del cantón, en razón de que se

establece y se garantiza en nuestra constitución que todos tenemos derechos a vivir en

un ambiente sano, como estipula en su artículo 14.- “se reconoce el derecho de la

población a vivir en un ambiente sano ecológicamente equilibrado que garantice la

sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay”.

Por otra parte, la tesis que en el año 2015 en la Universidad Central del Ecuador con

el tema: “La deforestación de los bosques protectores como un atentado al Derecho al

Buen Vivir en la Legislación Ecuatoriana”, realizada por el (Jara Jara, 2015), como

requisito previo para la obtención del título de Abogado de los Tribunales de la

República del Ecuador. Manifiesta que a pesar de la abundante clase de especies que

14

tiene el Ecuador en flora, y siendo que más de la mitad del suelo tiene vocación de

manera irónica por la tala indiscriminada de ciertas especies estas corren el peligro de

desaparecer.

2.2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA- DOCTRINARIA

2.2.1. Definición de “UPAS”

Se define como “UPAS” a las Unidades de Producción Agropecuarias, la cual es una

extensión de tierra de 500 m2 o más, dedicada total o parcialmente a la producción

agropecuaria, considerada como una unidad económica.

2.2.2. El ambiente

Definición:

Según (Iturrspe, Tomás, & Donna, 2011, pág. 39) “Por ambiente, entorno o medio,

se entiende la sistematización de distintos valores, fenómenos y procesos naturales,

sociales y culturales que condicionan en un momento y espacio determinado de la vida

y el desarrollo de los organismos y el estado de los elementos inertes, en una conjunción

integradora, sistemática y dialéctica de relaciones de intercambio entre el hombre y los

diferentes recursos”; por otro lado (Valls, 2008, pág. 3) nos dice, “Originalmente, el

ambiente es un conjunto de elementos naturales que circunda al hombre, lo sustenta y

padece su impacto, pero también lo condiciona, lo limita, lo agrede y lo modifica”.

15

Entonces en palabras sencillas podemos decir que ambiente es todo lo que nos rodea,

y ayuda a una co-existencia entre el ser humano, la flora y fauna y de esa manera

obtener un equilibrio mediante la colaboración de todos los que habitamos el planeta

tierra.

2.2.3. Derecho ambiental

El derecho ambiental norma la creación, modificación, trasformación y

extinción de las relaciones jurídicas que condicionan al disfrute, la

preservación y el disfrute del ambiente. Tiene por objeto condicionar la

conducta humana respecto de ese disfrute, preservación y mejoramiento

induciendo acciones y abstenciones a favor de la protección del ambiente. Su

contenido es difuso, ya que abarca las relaciones normadas por todo el

espectro jurídico en cuanto esas relaciones condicionan el ambiente. (Valls,

2008, pág. 73)

El Derecho ambiental nos ayuda a normal el comportamiento del hombre para con la

naturaleza, para que de esta manera exista un aprovechamiento por parte del mismo

pero evitando los excesos y abusos por parte del mismo; de esta manera condiciona el

uso del mismo y salvaguarda a la naturaleza como tal.

2.2.4. Daño ambiental

El daño ambiental no es un daño común, si puede usarse esta expresión para

aludir a perjudicar cuya realidad es fácilmente comprobable. Daño actual o

daño futuro cierto.

Por la materia sobre la cual recae, por el bien jurídico comprometido, encaja

difícilmente en las clasificaciones tradicionales: daño patrimonial o daño

16

extra patrimonial, daño cierto o incierto, daño actual o futuro, y daño

personal o ajeno.

De donde, preliminarmente, debemos señalar que las notas caracterizantes

del daño, según la concepción mayoritaria: cierto, personal y directo, son

puestas en grave aprieto… (Iturrspe, Tomás, & Donna, 2011, pág. 87)

El daño ambiental se lo puede denominar también un daño colateral ya que no solo nos

afecta en el presente si no que su daño es mucho más intenso con el pasar del tiempo, es

decir que va a ser mucho más grande el daño que sufrirán las futuras generaciones que

las que los que ya se presentan en la actualidad, es por ello que decimos que el daño

ambiental es un daño presente y un daño futuro.

2.2.5. Impacto ambiental por la deforestación

2.2.5.1.Definición de impacto ambiental

El impacto ambiental causado por la deforestación en la capital se lo puede reducir

mediante la reforestación de dichas zonas afectadas, tomando en cuenta que los

resultados no son inmediatos y esto sería un avance progresivo pero efectivo y positivo

para el DM Quito.

2.2.5.2.Causas de impacto de ambiental

Mediante esta investigación y a su vez la creación de dicha ordenanza de podría mitigar

en gran parte la deforestación y sus impactos, ya que si de manera obligatoria los

17

habitantes del DM Quito reforestan las zonas cercanas el daño ambiental se reduce

notoriamente y a su vez se mantiene un equilibrio ambiental y armonía con la naturaleza

que es lo que nos ordena la carta magna.

2.2.5.3.Clases de responsabilidad por daño ambiental

A partir de la promulgación de la Constitución del 2008, el respeto integral a

la existencia de la naturaleza, a sus procesos de regeneración y a su

restauración son derechos que la propia carta mangana le reconoce al

ambiente en concordancia con el Art. 10 que expresamente lo ubica como

sujeto de derechos; por tanto el estado también le garantiza al ambiente el

pleno ejercicio de sus derechos y la tutela efectiva para que quien actué en su

representación pueda demandar los daño a la naturaleza, aun cuando no

existan daños patrimoniales particulares. Para brindar tutela jurídica al

patrimonio natural, el derecho tiene dos derechos de responsabilidad:

Responsabilidad subjetiva: consiste en que todo el peso dela

reparación y/o recomposición ante el daño ocasionado sea atribuido

únicamente ante la existencia debidamente probada por la parte

afectada por el hecho dañoso, de una conducta negligente o culposa

el demandado.

Responsabilidad Objetiva: es aquella en que el agente del daño viene

obligado a repararlo, aunque no haya culpa, si sobreviene a

consecuencia de su actuación o de cosas que le pertenecen o están

bajo su guarda. (Narváez & Narváez, 2012, pág. 317)

Las personas que realizan una actividad en la que implica riesgo está obligada a

responder por los daños derivados de esa actividad, y esto se encuentra establecido en la

Constitución de la República del Ecuador.

18

Con la creación de la Constitución del 2008 el estado declara su responsabilidad y el

deber de reparar el daño ambiental o también puede actuar mediante delegación por la

prestación de entidades públicas.

Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten

los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En

caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque

no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas

protectoras eficaces y oportunas.

La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al

ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la

obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las

personas y comunidades afectadas.

Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución,

comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad

directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los

daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental

permanente.

Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán

imprescriptibles. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)

2.2.6. Desarrollo sustentable

La Comisión Mundial para el Ambiente y el Desarrollo, establecida por las Naciones

Unidas en 1983, definió el desarrollo sustentable como el "desarrollo que satisface las

necesidades del presente sin comprometer las capacidades que tienen las futuras

generaciones para satisfacer sus propias necesidades" (ONU, 1983); y para que exista

un verdadero desarrollo sustentable debe existir varios elementos como son:

19

Sustentabilidad económica, sustentabilidad ecológica, sustentabilidad energética,

sustentabilidad social, sustentabilidad cultural, sustentabilidad científica.

Por otro lado, los autores (Iturrspe, Tomás, & Donna, 2011, pág. 81) nos dice lo

siguiente “Es casi imposible, o bien tarea vana, querer precisar los límites, márgenes o

contornos del “daño ambiental”, sin antes habernos puesto de acuerdo sobre un tema

íntimamente relacionado: el desarrollo sustentable”

Y decimos que el desarrollo sustentable para que exista como tal no tiene que afectar

con los recursos de las futuras generaciones y manejar los recursos de cada generación

de manera independiente, lamentablemente no se ha pensado en las futuras generaciones

y la mayor parte del tiempo se ha utilizado recursos que no correspondían para poder

satisfacer a esta generación.

2.2.7. La deforestación

La deforestación es la destrucción a gran escala de los bosques por la acción humana.

Anualmente millones de hectáreas se degradan o destruyen. Ya sea por la tala o quema

de las mismas, esto equivale aproximadamente a la superficie de un campo de fútbol

cada dos segundos. “Este daño avanza a pasos agigantados, cada año 17 millones de

hectáreas se pierden – el equivalente a una superficie que supera a la de Inglaterra, o a

su vez Gales e Irlanda del Norte juntas”. (García Calvache, 2012). Cada año la pérdida

es más grande ya que los más frondosos bosques tropicales se están perdiendo.

Los bosques desempeñan un papel clave en el almacenamiento del carbono, pues

20

son los pulmones de la Tierra. Cuando se destruyen, el exceso de dióxido de carbono en

la atmósfera contribuye al calentamiento global de la Tierra, y esto comporta multitud

de efectos secundarios problemáticos.

2.2.7.1. Causas de la deforestación

Entre las causas directas más importantes de la deforestación figuran la conversión

del bosque a la agricultura y a la cría de ganado, la urbanización y la construcción de

carreteras, la actividad de las empresas madereras, la minería, la explotación petrolera,

la construcción de oleoductos y gasoductos, la cría industrial de camarón (en el caso de

los bosques de manglar), los incendios y la construcción de grandes represas

hidroeléctricas. Las grandes plantaciones forestales para abastecer a diferentes

industrias de materia prima barata, son también causa directa de deforestación en la

medida que estos cultivos son precedidos generalmente por la corta del ecosistema

forestal nativo.

Sin embargo, el verdadero motor, causante de que todas estas actividades se realicen

en forma depredadora e insustentable es el modelo de "desarrollo" vigente. Este implica

la explotación irrestricta de la totalidad de los recursos del planeta, con el objetivo de

alimentar un siempre creciente mercado consumidor, en particular en los países del

Norte industrializado. La desigualdad de los términos de intercambio entre el Norte y el

Sur, que ha generado una creciente e impagable deuda externa que obliga a extraer y

exportar cada vez más recursos, sólo para pagar sus intereses, ha acrecentado la

devastación.

21

El Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, los bancos multilaterales

regionales y la Organización Mundial de Comercio han sido fundamentales en todo el

proceso, impulsando y apoyando financieramente desde la construcción de carreteras y

de represas hidroeléctricas, hasta forzando a los gobiernos a centrar sus esfuerzos en

orientar la producción hacia la exportación, con el objetivo de poder cumplir con el

servicio de la deuda externa. Además, el ajuste estructural impuesto por esos

organismos ha implicado el "achique" del Estado, una de cuyas consecuencias ha sido la

falta de recursos humanos y financieros a nivel del Estado para atender a la protección y

manejo sustentable de los bosques.

Las principales causas de deforestación que se han presentado en el Distrito

Metropolitano de Quito en los últimos años son:

Incendios provocados en los bosques de la capital.

Tala indiscriminada de árboles nativos de la zona.

La creciente población que va en aumento en el DM Quito.

2.2.7.2. Agentes de la deforestación

Se entiende por agentes de la deforestación:

Las personas

Las corporaciones

Los organismos gubernamentales o proyectos de desarrollo que talan los

bosques.

22

2.2.8. La reforestación

Parar poder comprender la reforestación tendremos que definirla y se dice que “La

reforestación es la conversión de un área que estuvo forestada, pero fue deforestada a

través de la plantación, semillado o promoción inducida por el hombre de la

regeneración natural.”

La reforestación es la acción de poblar o repoblar con especies arbóreas o arbustivas,

mediante plantación, regeneración manejada o siembra, cualquier tipo de terreno.

También se define una plantación forestal como una masa boscosa producto de la

reforestación. Esta definición involucra la intervención de la gente, por lo que la

reforestación es un proceso que requiere del compromiso por parte de la gente de

realizar la actividad con diferentes fines.

En el sentido forestal puro, las reforestaciones pueden ser de dos tipos: productoras

o protectoras.

Las productoras: son aquellas conocidas también como comerciales, en donde se

pretenden conseguir bienes directos como la madera, leña, resina, frutos u otros

productos.

Las protectoras: son aquellas con las que se pretende conseguir beneficios indirectos

derivados de la simple existencia de la vegetación. Para el caso que nos ocupa, las más

importantes son las que pretenden reducir los riesgos de erosión del suelo y proteger los

23

cuerpos de agua, pero también las que intentan reducir los riesgos de erosión eólica, y

aumentar condiciones de desarrollo de la vida silvestre.

En el programa de reforestación, se tiene un enfoque de protección del recurso; sin

embargo, también se tiene un componente productivo con el objeto de contribuir con la

seguridad alimenticia y promover mejores prácticas de producción que aumenten los

rendimientos y se proteja el ambiente.

2.2.9. La naturaleza y el ambiente en la constitución ecuatoriana.

El interés por preservar el ambiente sano y equilibrado, nace de la ansias por conservar

la naturaleza; el cual podamos disfrutar ahora y sobre todo que las futuras generaciones

puedan de igual manera regocijarse con aire puro, agua limpia y cristalina y sobre todo

tierras fértiles, y en este sentido el estado ecuatoriano ha adaptado a nuestra

Constitución de la República del Ecuador en el su Registro oficial No 449 del 20 de

octubre del año 2008, la responsabilidad compartida entre el estado, gobiernos

seccionales y los ciudadanos para el cuidado y protección del ambiente.

2.2.9.1. Derechos de la naturaleza en la costitucion-2008

La constitución de la republica del ecuador expedida en el año 2008 parte de ser una

Constitución Garantista de Derechos, la cual obliga prácticamente al cumplimiento de

dicha normativa; sin embargo en materia ambiental podemos observar claramente que a

pesar de dicha normativa existen ciertos vacíos que lamentablemente no permiten llegar

a ese equilibrio con la naturaleza que se espera. Y podemos observar que (Narváez &

24

Narváez, 2012, pág. 183) menciona al respecto

Considerando que la Constitución es normativa, garantista y rígida, ella

mismo es norma jurídica aplicable en forma directa y ante cualquier

aperador jurídico competente. En este sentido, y al margen de cualquier

criterio técnico-jurídico respecto a la necesidad de crear una ley para regular

los derechos de la naturaleza, empieza a prevalecer el criterio de no hacerlo,

y más bien apelar a la propia Constitución en forme directa a fin de no

reducir el nivel político de los derechos de la naturaleza consagrados en ella.

2.2.9.2.Participación ciudadana en materia ambiental.

La participación ciudadana es primordial frente al daño ambiental y en materia

ambiental en general, es un derecho que faculta al ciudadano a ser parte activa de la

sociedad y a su vez una manera de expresar la vulneración de sus derechos ya sea por

acción u omisión realizada por el propio hombre, en la (Constitución de la República

del Ecuador, 2008), en su Art. 99 nos expresa:

Art. 99.- La acción ciudadana se e ercerá en forma individual o en

representación de la colectividad, cuando se produzca la violación de un

derecho o la amenaza de su afectación; será presentada ante autoridad

competente de acuerdo con la ley. El ejercicio de esta acción no impedirá las

demás acciones garantizadas en la Constitución y la ley.

2.3. FUNDAMENTACIÓN LEGAL

2.3.1. Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD

“Art. 57.- Atribuciones del concejo municipal.- Al concejo municipal le

corresponde:

25

a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del

gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de

ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;” (Código Orgánico de

Organización Territorial - COOTAD , 2010 - 2016)

2.3.2. Ley de Régimen del Distrito Metropolitano de Quito.

Art. 8.- Le corresponde especialmente, al Concejo Metropolitano:

1) Decidir, mediante Ordenanza, sobre los asuntos de interés general,

relativos al desarrollo integral y a la ordenación urbanística del

Distrito, a la prestación de servicios públicos y a la promoción

cultural de la comunidad, así como las cuestiones referentes a otras

materias que según la Ley sean de competencia municipal; 2)

Aprobar el plan de desarrollo metropolitano y establecer, mediante

Ordenanza y con competencia exclusiva y privativa dentro del

Distrito, normas generales para la regulación del uso y

aprovechamiento del suelo, así como para la prevención y el control

de la contaminación ambiental; (Ley de régimen del Distrito

Metropolitano de Quito, 1993)

Le corresponde al Consejo Metropolitano mediante ordenanza puede aprobar el plan

de desarrollo metropolitano para así prevenir y controlar la contaminación ambiental,

es por ello que se propone la creación de esta ordenanza para que de esta manera se

cumpla con lo establecido que es prevenir y controlar la contaminación ambiental.

2.3.3. Constitución de la República del Ecuador

Artículo 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente

sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen

vivir, sumak kawsay.

26

Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación

de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético

del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios

naturales degradados. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)

La Constitución al garantizar el buen vivir se conectan directamente con los derechos

a la naturaleza, tales como un ambiente sano y equilibrado que no vulneren ni agredan a

la naturaleza.

El buen vivir o sumak kawsay, enmarca directamente un desarrollo integral del

individuo puesto que, si la naturaleza se encuentra en armonía, el entorno que lo rodea

se desarrollara de la misma o mejor manera, siendo esto de interés público todos los

ciudadanos y ciudadanas deben involucrase para salvaguardar dichas garantías.

Es por eso que la propuesta se enmarca directamente con las garantías establecidas

en el Art. anteriormente mencionado y complementa dicha normativa.

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

26 El derecho a la propiedad en todas sus formas, con función y

responsabilidad social y ambiental. El derecho al acceso a la propiedad se

hará efectivo con la adopción de políticas públicas, entre otras medidas.

En el Art. 66 en su numeral 26 se enmarca notoriamente en las “UPAS” ya que el

estado garantiza el derecho de las personas a la propiedad en todas sus formas y una de

ellas son las Unidades de Producción Agrícola.

27

“Art. 83.- Son deberes y responsabilidades. Respetar los derechos de la naturaleza,

preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional

sustentable y sostenible.”

Es una gran responsabilidad el respetar los derechos de la naturaleza a su vez el

preservar un ambiente sano, sus recursos naturales nos alientan a ser más respetuosos

con la madre naturales y a su vez crear medidas que ayuden a la preservación de dicho

medio; siendo un deber la reforestación es una excelente opción dentro de las medidas

que puede tomar el ser humano como ayuda a la naturaleza para su preservación.

Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:

1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo,

ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural,

que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural

de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de

las generaciones presentes y futuras. (Constitución de la República

del Ecuador, 2008)

Como principio ambiental y garantía constitucional el art. 395 menciona que es una

obligación por parte del estado conservar la biodiversidad, y sobre todo asegurar la

satisfacción de las necesidades de generaciones presentes y futuras es decir que al

garantizar el modelo sustentable este a su vez debe ir de la mano con un modelo

responsable para que de esa manera llegue a mantener el equilibro que entre la

naturaleza y el ser humano.

28

2.3.4. Ley de Gestión Ambiental

Art. 1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política

ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de

participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y

señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. (Ley de

Gestión Ambiental, 2004)

La Ley de Gestión Ambiental en su Artículo primero nos establece claramente los

parámetros que enmarca esta ley dentro del tema ambiental, ya sean las prohibiciones

deberes y obligaciones que tenemos los ciudadanos para con la naturaleza, señalando

los límites permisibles controles y sanciones en esta materia.

Art. 4.- Los reglamentos, instructivos, regulaciones y ordenanzas que,

dentro del ámbito de su competencia, expidan las instituciones del Estado en

materia ambiental, deberán observar las siguientes etapas, según

corresponda: desarrollo de estudios técnicos sectoriales, económicos, de

relaciones comunitarias, de capacidad institucional y consultas a organismos

competentes e información a los sectores ciudadanos. (Ley de Gestión

Ambiental, 2004)

Se debe tomar en cuenta que al momento de la creación de la ordenanza que se

propone en este proyecto de investigación todo el proceso establecido en el art. 4 de esta

ley, y de esa manera lograr el objetivo trazado con la creación de este proyecto.

Art. 12.- Son obligaciones de las instituciones del Estado del Sistema

Descentralizado de Gestión Ambiental en el ejercicio de sus atribuciones y

en el ámbito de su competencia, las siguientes:

a) Aplicar los principios establecidos en esta Ley y ejecutar las acciones

específicas del medio ambiente y de los recursos naturales; b) Ejecutar y

verificar el cumplimiento de las normas de calidad ambiental, de

29

permisibilidad, fijación de niveles tecnológicos y las que establezca el

Ministerio del ramo; c) Participar en la ejecución de los planes, programas y

proyectos aprobados por el Ministerio del ramo; d) Coordinar con los

organismos competentes para expedir y aplicar las normas técnicas

necesarias para proteger el medio ambiente con sujeción a las normas legales

y reglamentarias vigentes y a los convenios internacionales; e) Regular y

promover la conservación del medio ambiente y el uso sustentable de los

recursos naturales en armonía con el interés social; mantener el patrimonio

natural de la Nación, velar por la protección y restauración de la diversidad

biológica, garantizar la integridad del patrimonio genético y la permanencia

de los ecosistemas; f) Promover la participación de la comunidad en la

formulación de políticas para la protección del medio ambiente y manejo

racional de los recursos naturales; y, g) Garantizar el acceso de las personas

naturales y jurídicas a la información previa a la toma de decisiones de la

administración pública, relacionada con la protección del medio ambiente.

(Ley de Gestión Ambiental, 2004)

Siendo una obligación de la administración del Distrito Metropolitana de Quito al ser

un órgano autónomo y descentralizado es la obligación del mismo aplicar las normas y

emplear los medios necesarios para guardar las garantías constitucionales de la

naturaleza, para de esa manera conservar el ambiente y su entorno en general.

Art. 13.- Los consejos provinciales y los municipios, dictarán políticas

ambientales seccionales con sujeción a la Constitución Política de la

República y a la presente Ley. Respetarán las regulaciones nacionales sobre

el Patrimonio de Áreas Naturales Protegidas para determinar los usos del

suelo y consultarán a los representantes de los pueblos indígenas, afro

ecuatorianos y poblaciones locales para la delimitación, manejo y

administración de áreas de conservación y reserva ecológica.

Las políticas ambientales claramente serán dictadas de manera seccional esto nos

quiere decir que únicamente el municipio que le corresponda podrá dictar ya sean

30

ordenanza y resoluciones las cuales regirán de igual manera al distrito o cuidad que

corresponda.

2.3.5. Ordenanza Municipal 213

Capítulo VIII, protección del patrimonio natural y establecimiento del subsistema de

áreas naturales protegidas del Distrito Metropolitano de Quito

Art. 384.- OBJETO.- El presente Capítulo regula los principios rectores,

mecanismos centrales y marco institucional para la protección del

patrimonio o capital natural del Distrito Metropolitano de Quito y de sus

elementos sobresalientes. Complementariamente, en el marco del Sistema

Nacional de Áreas Protegidas, previsto en el artículo 86, numeral 3, de la

Constitución Política de la República, se establece el Subsistema

Metropolitano de Áreas Naturales Protegidas (SMANP). En este sentido,

prevé las políticas y el procedimiento para la declaratoria de las Áreas

Naturales Protegidas en esta circunscripción. Las disposiciones y

mecanismos aquí regulados se aplicarán en concordancia con las políticas,

marco institucional y normativo que rige la planificación del uso y

ocupación del suelo metropolitano. (Ordenanza Municipal 213 , 1999)

Si bien es cierto, esta ordenanza está enmarcada en salvaguardar el uso del suelo en

el distrito metropolitano de Quito, y más en este artículo donde norma directamente la

protección de las cuencas hidrográficas, pero lamentablemente existe la ausencia de

una normativa clara de normar la reforestar obligatoria para el distrito metropolitano de

quito la zona rural; es por ello que en la propuesta se plantea en directamente el

complemento siendo que ya existe una que protege el uso de las Cuencas hidrográficas

con la reforestación el trabajo seria complementario y beneficiosos para los habitantes

del Distrito Metropolitano de Quito.

31

Art. 384.1.- FINES.- Son fines del presente Capítulo:

a) La protección del patrimonio natural mediante la gestión integral y

sistémica de la diversidad biológica, sus componentes y servicios

ambientales en el Distrito Metropolitano de Quito;

b) La conservación de los espacios naturales más representativos o sensibles

de la biodiversidad en el Distrito, así como de sus elementos sobresalientes,

manteniendo su conectividad;

c) Garantizar el derecho colectivo de la población a vivir en un ambiente

sano y ecológicamente equilibrado, así como el manejo compartido de la

diversidad biológica con las comunidades campesinas, indígenas y

propietarios privados.

d) Promocionar y estimular la conservación de los espacios naturales del

distrito, así como la concienciación y corresponsabilidad ciudadana en el

cuidado de la naturaleza. (Ordenanza Municipal 213 , 1999)

Lo derechos a una naturales equilibrada es colectiva sin embargo gracias a la

ausencia de la normativa la reforestación es muy escasa en el distrito metropolitano y si

a esto se le suma los abundantes incendios en los bosques y la tala indiscriminada la tasa

de deforestación de vuelve demasiado alta volviéndose casi imposible el cumplimiento

de cumplir, al crear una manera coercitiva mediante una ordenanza este cumplimiento

es mucho más sencillo de cumplir ya que de manera obligatoria los ciudadanos como

una norma directa reforestarían y se restablecería el ambiente equilibrado que es el fin

común que perseguimos.

2.4. PLANTEAMIENTO IDEOLÓGICO A DEFENDER

La reforestación en los linderos de las “UPAS” en el Distrito Metropolitano de Quito

restituiría el equilibrio ecológico preservando la flora y la fauna del lugar, con el

32

almacenamiento del agua subterránea que alimenta las vertientes hídricas, detenido la

erosión de la capa arable que es muy necesaria para los cultivos que generan la

dinámica económica del sector rural del Distrito Metropolitano de Quito, y de esa

manera cumplimos con lo estipulado en el Plan Nacional del Buen Vivir enmarcados en

derecho al cumplimiento de los derecho de la naturaleza.

2.5. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES

2.5.1. Variable Independiente

Daño ambiental en el Distrito Metropolitano de Quito por la deforestación generada en

los linderos de las áreas rurales en las que están ubicadas las UPAS.

2.5.1.1. Causas

Deforestación en parte se produjo, por la deficiente aplicación de las normativas

de la Ley de Reforma Agraria y Colonización de 1964.

Explotación de las Empresas Madereras como PLAYWOOD.S.A, que pagaba a

los agricultores especialmente del subtrópico, de 100 a 200 sucres (año 1970)

por árbol (DAP) de 0,40 cm hasta 2,50 cm, explotando el bosque primario, con

las consecuencias de alteración del medio ecológico del cantón Quito.

Tala de árboles para el consumo humano, pues en esos tiempos eran escasas las

cocinas de queroseno, diésel y gasolina.

Extensión de la frontera agrícola, para el cultivo de alimentos, que demandaba la

expansión de la economía, producida por la explotación petrolera.

33

2.5.2. Variable Dependiente

Ausencia de una norma que regule la deforestación de las especies vegetales que

habitan en las áreas rurales en donde están ubicadas las UPAS en Distrito Metropolitano

de Quito.

2.5.2.1. Efectos

Restituirían el equilibrio ecológico preservando la flora y la fauna del lugar.

Almacenamiento del agua subterránea, que alimenta las vertientes hídricas.

Detención de la erosión de la capa arable, que es muy necesaria para los

cultivos.

Generación de la dinámica, de la industria turística que ya ha empezado su

despegue.

Utilización de la mano de obra disponible en el sector rural, especialmente de

jóvenes desempleados.

Industrialización de las hierbas medicinales a sembrarse en los linderos de los

predios, que tiene demanda nacional e internacional, generando un valor

agregado importante, (en fundas de tres, esencias y frutas secas).

2.6. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS

2.6.1. Términos jurídicos

AMBIENTE. -En la Teoría general de sistemas, un ambiente es un

34

complejo de factores externos que actúan sobre un sistema y determinan su

curso y su forma de existencia. Un ambiente podría considerarse como un

supe conjunto en el cual el sistema dado es un subconjunto. Puede constar de

uno o más parámetros, físicos o de otra naturaleza. El ambiente de un

sistema dado debe interactuar necesariamente con los seres vivos.

ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL. - Es la organización que establece un

Estado para llevar a cabo la gestión ambiental. Comprende la estructura y

funcionamiento de las instituciones para orientar y ejecutar los procesos, la

determinación de procedimientos y la operación de las acciones derivadas.

APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE. - Es la utilización de

organismos, ecosistemas y otros recursos naturales en niveles que permitan

su renovación, sin cambiar su estructura general.

CALIDAD AMBIENTAL. - El control de la calidad ambiental tiene por

objeto prevenir, limitar y evitar actividades que generen efectos nocivos y

peligrosos para la salud humana o deterioren el ambiente y los recursos

naturales.

CONSERVACIÓN. - Es la administración de la biósfera de forma tal que

asegure su aprovechamiento sustentable.

CONTAMINACIÓN. - Es la presencia en el ambiente de sustancias,

elementos, energía o combinación de ellas, en concentraciones y

35

permanencia superiores o inferiores a las establecidas en la legislación

vigente.

CONTROL AMBIENTAL. - Es la vigilancia, inspección y aplicación de

medidas para mantener o recuperar características ambientales apropiadas

para la conservación y mejoramiento de los seres naturales y sociales.

COSTO AMBIENTAL. - Son los gastos necesarios para la protección,

DAÑO AMBIENTAL. - Es toda pérdida, disminución, detrimento o

menoscabo significativo de las condiciones preexistentes en el ambiente o

uno de sus componentes. Afecta al funcionamiento del ecosistema o a la

renovabilidad de sus recursos.

DAÑOS SOCIALES. - Son los ocasionados a la salud humana, al paisaje, al

sosiego público y a los bienes públicos o privados, directamente afectados

por actividad contaminante.

DEFORESTACIÓN. - 1.-Eliminación permanente de las áreas de

vegetación boscosa. 2.- Desmonte de la masa forestal y su reemplazo por

otros usos no forestales de la tierra. 3.- Proceso de eliminación de la

cobertura vegetal producida por la tala de árboles en las selvas o bosques

naturales. 4.- Tala o destrucción del bosque. Provoca la pérdida del hábitat

de los animales y aumento de la erosión del suelo como consecuencia de la

eliminación de la cubierta vegetal. 5.- Destrucción y/o eliminación de un

36

bosque o una masa forestal.

DERECHO AMBIENTAL. - Parte del derecho que tiene como objeto de

protección el derecho humano a un ambiente sano, mediante la protección de

un ordenamiento jurídico destinado a regular la conducta del hombre en su

relación con el ambiente.

DERECHOS AMBIENTALES COLECTIVOS. - Son aquellos

compartidos por la comunidad para gozar de un ambiente sano y libre de

contaminación. Involucra valores estéticos, escénicos, recreativos: de

integridad física y mental y en general de la calidad de vida.

DERECHO AL BUEN VIVIR, EN AMBIENTE SANO. - SUMAK

KAWSAY: Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente

sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen

vivir, sumak kawsay.

Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación

de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético

del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios

naturales degradados.

DESARROLLO SUSTENTABLE. - Es el mejoramiento de la calidad de la

vida humana dentro de la capacidad de carga de los ecosistemas; implican la

satisfacción de las necesidades actuales sin comprometer la satisfacción de

las necesidades de las futuras generaciones.

37

ECOSISTEMA. - Es la unidad básica de integración organismo - ambiente,

que resulta de las relaciones existentes entre los elementos vivos e

inanimados de un área dada.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. - Son estudios técnicos que

proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los

impactos ambientales. Además, describen las medidas para prevenir,

controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales significativas.

EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. - Es el procedimiento

administrativo de carácter técnico que tiene por objeto determinar

obligatoriamente y en forma previa, la viabilidad ambiental de un proyecto,

obra o actividad pública o privada. Tiene dos fases; el estudio de impacto

ambiental y la declaratoria de impacto ambiental. Su aplicación abarca desde

la fase de pre factibilidad hasta la de abandono o desmantelamiento del

proyecto, obra o actividad pasando por las fases intermedias.

GESTIÓN AMBIENTAL. - Conjunto de políticas, normas, actividades

operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control

estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la

sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una óptima calidad de

vida.

38

IMPACTO AMBIENTAL. - Es la alteración positiva o negativa del

ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en

un área determinada.

INFORMACIÓN AMBIENTAL. - Es toda la información calificada que

procesa la Red Nacional de Información y Vigilancia Ambiental. La

información ambiental se sustenta en sistemas de monitoreo y otras acciones

de inspección y vigilancia; es de carácter público y debe difundirse

periódicamente.

INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL. - Para efectos de esta

Ley constituyen los mecanismos de orden técnico, jurídico, o de otro tipo

conducentes a lograr racionalidad y eficiencia en la gestión ambiental, a

través de los instrumentos técnicos y legales se establecen las obligaciones

de las personas respecto al ambiente.

MAGAP. - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

MEDIO AMBIENTE. - Sistema global constituido por elementos naturales

y artificiales, físicos, químicos o biológicos, socioculturales y sus

interacciones, en permanente modificación por la naturaleza o la acción

humana, que rige la existencia y desarrollo de la vida en sus diversas

manifestaciones.

39

MEJORAMIENTO. - Es el incremento de la capacidad de un ecosistema o

de una población para satisfacer una función particular o para rendir un

producto determinado. PRECAUCIÓN. - Es la adopción de medidas eficaces

para impedir la degradación del ambiente.

MANEJO DE CUENCAS. - Utilización, aprovechamiento beneficioso,

regulación y control tecnológico de los recursos naturales de una cuenca

hidrográfica para garantizar su desarrollo y uso sustentable.

MANEJO FORESTAL SUSTENTABLE. - Conjunto de acciones

antrópicas y naturales, que conduce a un aprovechamiento económico de

productos madereros y no madereros, fundamentos en la tasa de crecimiento

y/o reposición anual de esos productos.

ORDENANZA MUNICIPAL. - Der. Son cuerpos normativos de carácter

especial dictados por los consejos cantonales (municipios), que se refieren a

aspectos específicos de la vía cantonal (cobro de tasa y contribuciones

especiales, usos de las calles, etc.). algunos cantones del país expedido

ordenanzas municipales relativas a asuntos forestales (control de los

cinturones protectores de las ciudades, forestación de parques y avenidas,

etc.), las cuales deben ser conocidas y evaluadas por los funcionarios de los

distritos respectivos a fin de establecer si al Ministerio del Ambiente le

correspondería ejecutar algún aspecto de dichas ordenanzas.

40

PRESERVACIÓN DE LA NATURALEZA. - Es el conjunto de políticas,

planes, programas, normas y acciones destinadas a asegurar el

mantenimiento de las condiciones que hacen posible el desarrollo de los

ecosistemas la protección del ambiente que comprende las medidas

adoptadas o previstas para alcanzas dichos objetivos y, en caso necesario, los

plazos fijados para la aplicación de tales medios.

PROGRAMA AMBIENTAL. - Planificación de las actividades y de los

objetivos específicos de una entidad para asegurar la protección del ambiente

que comprende las medidas adoptadas o previstas para alcanzar dichos

objetivos y, en caso necesario, los plazos fijados para la aplicación de tales

medias.

PROGAMA DE APROVECHAMIENTO FORESTAL

SUSTENTABLE. - Instrumento que determina en detalle las actividades a

ser ejecutadas y el nivel de intervención, para el aprovechamiento de los

productos forestales maderables y la ejecución de tratamientos salvo cultural

en bosques nativos, y que cumple con los requisitos Del Libro del Régimen

Forestal y con la normativa especial que el Ministerio del Ambiente

establezca para el efecto.

PROGAMA DE MANEJO AMBIENTAL. - Documento en el que se

señala cuáles son las medidas que se han previsto con el objeto de minimizar

los impactos adversos sobre el ambiente y para incrementar los beneficios

ambientales de un proyecto.

41

PROTECCIÓN AMBIENTAL. - 1.- Cualquier acción orientada a

mantener o restablecer la calidad del medio ambiente. 2.- Toda acción

personal o comunitaria, pública o privada, que tienda a defender, mejorar o

potenciar la calidad de los recursos naturales, los términos de los usos

beneficiosos directos o indirectos para la comunidad actual y con justicia

prospectiva.

PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. - Es el conjunto de políticas,

planes, programas, normas y acciones destinadas a prevenir y controlar el

deterioro del medio ambiente. Incluye tres aspectos: conservación del medio

natural, prevención y control de la contaminación ambiental y manejo

sustentable de los recursos naturales. La protección ambiental, es tarea

conjunta del Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y

sector privado.

RECURSOS NATURALES. - Son elementos de la naturaleza susceptibles

de ser utilizados por el hombre para la satisfacción de sus necesidades o

intereses económicos, sociales y espirituales. Los recursos renovables se

pueden renovar a un nivel constante. Los recursos no renovables son

aquellos que forzosamente perecen en su uso.

REPOSICIÓN. - Es la acción de reponer el medio ambiente o uno de sus

componentes a una calidad similar a la que tenían con anterioridad al daño

causado; o en caso de no ser ello posible restablecer sus prioridades básicas.

42

RESTAURACIÓN. - Es el retorno a su condición original de un ecosistema

o población deteriorada.

SECTOR. - Para efectos de la gestión ambiental se considera sector al área

de gestión relacionada con la conservación de los ecosistemas y la

biodiversidad, integración del patrimonio genético, control y prevención de

la contaminación ambiental, aprovechamiento de los recursos naturales,

ambiente humano, desarrollo de actividades productivas y de servicios,

mitigación de riegos y desastres naturales antrópicos y otros.

SUBSISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL. - Está conformado por

organismos y entidades de la Administración Pública Central, institucional y

seccional, que individual o conjuntamente se encargan de administrar

sectores específicos de la gestión ambiental, tales como: el manejo de los

recursos de agua, aire, suelo, fauna y biodiversidad, dentro de los principios

generales que rige el Sistema de Gestión Ambiental.

VALOR ECOLÓGICO DE LOS RECURSOS NATURALES. - Es el

valor económico que el Estado asigna a los recursos naturales y que

constarán en cuentas especiales, a cargo del Ministerio de Finanzas y Crédito

Público.

43

CÁPITULO III

3. METODOLOGÍA

3.1. DEFINICIÓN DE LOS MÉTODOS

3.1.1. Métodos Empíricos

Observación participante

Se utilizó en la visita que se realizó al “MAGAP” y al Municipio del Distrito

Metropolitano de Quito, se pudo observar información de los registros que existen sobre

los índices de deforestación y el número de “UPAS” existentes; de acuerdo al último

censo realizado en el año 2000, como también información relacionada con la

reforestación y deforestación.

Se reforestarían en los linderos de 20.OOO “UPAS”, excluyendo las UPAS de menos 2

has, que ascienden aproximadamente a 7000. Por cuanto por su tamaño, no son

rentables en este proyecto.

DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO ÁREA RURAL.

Comprende 27.054 “UPAS” con una superficie de 221.820 hectáreas y que

comprende categorías principales del uso del suelo, que han permitido tener cultivos

permanentes, cultivos transitorios y de barbecho, suelos en descanso con pastos

cultivados y también pastos naturales con una importante extensión en páramos

44

añadiendo superficies en montes y bosques y otros usos según se demuestra en el cuadro

N° 2 que se encuentra en los Anexos de mapas y cuadros.

3.1.2. Métodos Teóricos

Método científico

La investigación científica se encarga de producir conocimiento. El conocimiento

científico se caracteriza por ser:

Sistemático

El método sintético es un proceso de razonamiento que tiende a reconstruir un todo,

a partir de los elementos distinguidos por el análisis; se trata en consecuencia de hacer

una explosión metódica y breve, en resumen. (Fuente Eumet.net)

Ordenado

Que clasifica, cuantifica y cualifica los datos, los hechos reales del fenómeno a

tratarse.

Metódico

Que sistematiza rigurosamente las peculiaridades del fenómeno en cuestión,

estableciendo las categorías del análisis.

Racional / Reflexivo

Parte de las reglas de la Lógica, para concluir y establecer las leyes que determina el

45

fenómeno a tratarse.

Crítico / Subversivo

Se sitúa desde la óptica, de las relaciones en movimiento con la naturaleza en el

tiempo y el espacio, que se produce el hecho o fenómeno a tratarse; y como propuesta

de establecer un ritmo contrario a lo establecido, para explorar nuevos caminos y

soluciones ante la problemática de esa sociedad, que espera soluciones y cambios.

Método inductivo – deductivo

Se compone de una primera etapa que se caracteriza por la inducción de

principios explicativos a partir de los fenómenos observados, y después en una segunda

etapa, sobre estos principios se construyen enunciados que los contengan y se refieran a

los fenómenos. Es decir, que la primera parte del proceso consiste en la creación de un

cuerpo teórico que explique, a través de unos principios elementales, los fenómenos, y

la segunda parte del proceso consiste en deducir leyes generales para los fenómenos,

constituidas por el cuerpo teórico formado y válidas para explicar/aplicar los

fenómenos.

Método analítico - sintético

Es la reunión de las partes o elementos para analizar dentro de un todo su

naturaleza y comportamiento con el propósito de identificar las características del

fenómeno observado, siguiendo un fenómeno similar al del análisis. El método analítico

consiste en la separación de las partes de un todo para estudiarles en forma individual, y

la reunión nacional de elementos dispersos para estudiarlos en su totalidad. Este método

46

será usado para hacer posible la comprensión de todo hecho, fenómeno, idea, caso, etc.

Dedico este presente trabajo a ese Dios eterno que no me ha dejado en el trascurso de

mi vida., respecto del caso Restrepo Arismendy. El analítico servirá para analizar los

aspectos concretos de la presente investigación, la cual permitirá conocer, comprender y

aplicar, sobre la base de la descomposición de todo en sus partes. El sintético se

utilizará para realizar la síntesis de los conceptos descritos, y de los cuadros de

frecuencias.

3.2. DISEÑOS DE LA INVESTIGACIÓN

La presente investigación de carácter descriptivo, analítico y bibliográfico. Describe

la problemática desprendida de la deforestación la cual se presente de una manera muy

latente en el Distrito Metropolitano de Quito, quebrantando totalmente los derecho de la

naturaleza los cuales los garantiza nuestra carta magna. Dentro del desarrollo del

presente proyecto se utiliza el método inductivo, puesto que con este se analiza la

problemática obligatoria transmisión de derechos ambientales mencionados a partir de

causas particulares y procesos individuales para llegar a conclusiones generales.

47

3.3. MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES

Cuadro 2: Matriz de Operacionalización de Variables

VARIABLE

INDEPENDIENTE

DIMENSIÓN

INDICADOR

NÚMERO

DE ITEM

TÉCNICA O

INSTRUMENTO

Daño ambiental en el Distrito

Metropolitano de Quito por la

deforestación generada en los

linderos de las áreas rurales

en las que están ubicadas las

UPAS.

Ámbito

Constitucional

Ámbito

Ambiental

Ámbito

Normativo

Municipal

-Restituirían el

equilibrio ecológico

preservando la flora y

la fauna del lugar en

las micro cuencas del

sector rural del

Distrito Metropolitano

de Quito.

-En 27.064

“Upas”

distribuidas

en 33

Parroquias

Rurales.

Se tomó en cuenta el

último Censo

Agropecuario

Nacional 2000 (INEC-

MAG-SICA)

VARIABLE

DEPENDIENTE

DIMENSIÓN

INDICADOR

NÚMERO

DE ITEM

TÉCNICA O

INSTRUMENTO

Ausencia de una norma que

regule la deforestación de las

especies vegetales que

habitan en las áreas rurales en

donde están ubicadas las

UPAS en Distrito

Metropolitano de Quito.

Ámbito

Constitucional

Ámbito

Ambiental

Ámbito

Normativo

Municipal

- Restituirían el

equilibrio ecológico

preservando la flora y

la fauna del lugar.

-Detención de la

erosión de la capa

arable, que es muy

necesaria para los

cultivos.

- Generación de la

dinámica, de la

industria turística que

ya ha empezado su

despegue.

En 27.064

“Upas”

distribuidas

en 33

Parroquias

Rurales.

Se tomó en cuenta el

último Censo

Agropecuario

Nacional 2000 (INEC-

MAG-SICA)

Autor: SIERRA ARAUJO EVELYN ABIGAIL

FUENTE: Censo Agropecuario Nacional 2000 (INEC-MAG-SICA)

48

3.4. POBLACIÓN O MUESTRA

Para efectos del presente estudio será necesario contar con un tipo de población

especializada y conocedor del tema planteado, es por ello que se tomara en cuenta

únicamente a los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito.

3.4.1. Población

La población del sector rural del cantón Quito, es de 631.457 habitantes de los cuales

su gran mayoría residen en las “UPAS”.

Las parroquias rurales están categorizadas por el uso del suelo en los siguientes

cultivos: Cultivos permanentes, cultivos transitorios y barbecho, terrenos en descanso,

pastos cultivados, pastos naturales, una importante superficie en páramos como también

montes y bosques y tierra de otros usos.

49

Cuadro 3: Categorías de uso principal del suelo

Autor: SIERRA ARAUJO EVELYN ABIGAIL

FUENTE: Censo Agropecuario Nacional 2000 (INEC-MAG-SICA)

CANTÓN

TOTAL

CATEGORÍAS DE USO PRINCIPAL DEL SUELO

CULTIVOS

PERMANENTES

CULTIVOS

TRANSITORIOS

Y BARBECHO

DESCANSO PASTOS

CULTIVADOS

PASTOS

NATURALES

PÁRAMOS MONTES Y

BOSQUES

OTROS USOS

UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA UPAS HA

TOTAL

PICHINCHA

64.025 925.740 19.689 107.195 47.725 69.753 10.013 28.938 20.168 359.388 13.960 62.066 1.000 67.792 13.727 202.742 58.080 27.865

Quito 27.064 221.820 6.095 9.355 22.504 22.219 3.858 5.622 5.795 53.141 7.109 34.892 285 18.546 4.341 68.868 24.293 9.177

50

Además, los mapas que constan en el anexo indican el uso del suelo, y demás factores

que hacen posible la reforestación para restituir los paisajes ecológicos del sistema

hidrográfico y todo lo que exige la Ley Ambiental en lo referente a la conservación de

cuencas y micro cuencas. Esto nos explica que nuestra propuesta es factible para todo

tipo de árboles maderables, frutales, especies endémicas y hierbas medicinales, que

aportarían una base importante en la aplicación de la nueva matriz productiva, con

generación del valor agregado, utilización de tecnologías y por último el desarrollo

económico de estas parroquias.

Total 20.000 “UPAS” que corresponden a los siguientes rangos:

- 500 m2

-2-3 hectáreas

-3-5 hectáreas

-5-10 hectáreas

-20 -50 hectáreas

-50 a100 hectáreas

-100-500 hectáreas

Total 20.00 “UPAS” a reforestarse en los linderos. Se ha tomado estos rangos porque

menores a dos hectáreas las “UPAS” pertenecen a viviendas con sus respectivos patios

que no es rentable la reforestación y es costosa para dichos propietarios, que

generalmente son de recursos insuficientes.

51

Se ha calculado preliminarmente que la reforestación entre árboles frutales y

maderables alcanzaría a 1'600.000 plántulas, añadiéndose unos 3'000.000 de plántulas

de hierbas medicinales.

3.4.2. Muestra

No es necesario ninguna muestra por cuanto está determinado el número de “UPAS” su

superficie y, tamaños en los cantones de la provincia de Pichincha, indicando

claramente el número de “UPAS” del Distrito Metropolitano de Quito, según el Censo

Agropecuario del Ecuador del año 2000. Fuente (INEC-MAG-SICA).

3.5. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN

3.5.1. Definición de las técnicas

I. Recolección de la información (INEC-MAG-SICA)

II. Argumentación del Censo Agropecuario del 2000

III. Recolección y comparación de cuadros estadísticos

IV. Análisis de los documentos de apoyo en esta investigación.

3.5.2. Definición de los instrumentos

I. Método Científico para el análisis del fenómeno de la deforestación en el

Distrito Metropolitano de Quito, estableciendo causa, efectos y proyecciones.

II. Censo Agropecuario 2000. Instrumento de estudio, análisis y precisiones, que

determinan la realidad agropecuaria del Ecuador.

52

III. Políticas de Estado sobre el medio Ambiente: Instrumento que tiene leyes,

reglamentos, planes y programas, para desarrollar las propuestas de

reforestación del país

IV. Ley del Ambiente. Instrumento que rige las políticas, reglamentos y proyectos

para la preservación del ambiente en el Ecuador-

V. Ley de Gestión Ambiental: Es la aplicación del conjunto de instrumentos legales

que trata sobre el Ambiente.

VI. Ley Forestal: Contempla las normas que relaciona la tierra, la cobertura arbórea,

el financiamiento y el desarrollo campesino.

Ordenanza Municipal: En lo pertinente a la forestación, propone articulados,

programas, zonificaciones y elementos técnicos para cumplir con el propósito de

reforestar el cantón Quito. DMQ.

3.6. VALIDEZ Y CONFIABILIDAD DE LOS INSTRUMENTOS

La Validez y Confiabilidad del Instrumento se refieren a la capacidad de cuantificar,

analizar y detectar el problema observado. Para su validación y confiabilidad se contará

con la revisión del Director del Proyecto de Investigación.

3.7. TÉCNICAS DE PROCESAMIENTO

Se utilizará las siguientes técnicas:

Análisis e Interpretación.

53

CAPÍTULO IV

4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

4.1. CONCLUSIONES

1.- Podemos encontrar que la mayoría de los países desarrollados al rededor del mundo,

poseen excelentes leyes destinadas para la protección del ambiente y su entorno que se

desarrolla en ella. De hecho, empresas que extraen recursos de la naturaleza están

obligados a reponerla, ya sea reforestando la zona afectada, o bien cesar sus actividades

por un tiempo hasta que la tierra se reponga y el daño sea restituido.

2.- Mientras que en Distrito Metropolitano de Quito no existe una ordenanza que

permita la reforestación de las “UPAS”, debemos recordar que los árboles son de vital

importancia ya que su función en el ambiente es primordial y como tal no podemos

prescindir de ellos, siendo los principales purificadores de aire entre otras virtudes.

3.- Ante la falta de interés ciudadano y a su vez la ausencia de denuncias, no se aplican

medida que eviten la deforestación.

4.- A pesar de las campañas realizadas por el Municipio del Distrito Metropolitano de

Quito y de manera general por el Gobierno Nacional para evitar la deforestación por

incendios provocados o la tala indiscriminada de los árboles en la capital, no se

evidencia una conciencia ciudadana sobre la deforestación y sus consecuencias.

54

5.- La población del Distrito Metropolitano de Quito no se involucra de manera

voluntaria y constante en los programas de reforestación y recuperación de los

ecosistemas.

6.- Con la deforestación de cierta flora algunas especies que en ellos habitan tienen que

migrar y en la mayoría de los casos se ocasiona la extinción de esas especies puesto que

les cuesta la adaptación causando su muerte y extinción.

55

4.2. RECOMENDACIONES

1. Alrededor del mundo podemos observar varios métodos para frenar la deforestación

de manera radical. Por un lado la participación ciudadana es indispensable en dicho

plan ya sea en su conservación o mantenimiento, mediante campañas o a su vez

ordenanzas que obliguen al ciudadano al cumplimiento de dicha norma.

2. De igual manera el estado deberá proporcionar estudios los cuales permitan el

mejoramiento de las técnicas de reforestación, para que de esa manera la

participación ciudadana vaya de la mano con el desarrollo que proporcione los

gobiernos, como fomentar la investigación y dar a conocer los resultados de las

distintas disciplinas.

3. Incentivar la participación ciudadana mediante políticas de estado que ayuden a que

el ciudadano participe de manera constante en la reforestación.

4. Es importante implementar estudios sobre las causas de la deforestación y

degradación ambiental en nuestro país específicamente en el Distrito Metropolitano

de Quito, a su vez se debe fomentar la cooperación en temas de restitución del

ambiente.

5. Buscar nuevas técnicas para el estado esté involucrado de manera activa a constante

en la reforestación, e implementar incentivos para que de esa manera el ciudadano

participe y se involucre de igual manera.

6. Teniendo claro que la deforestación no se podrá evitar de un día para el otro sin

56

embargo si se toma conciencia este puede ir disminuyendo de manera paulatina, ya

que si bien es cierto que la explotamos irracionalmente los bosques y selvas de

nuestro país nos dan un beneficio a corto plazo, con la reforestación se podrá

obtener beneficios a corto, mediano y largo plazo de esa manera obtener un

desarrollo sustentable sin comprometer recurso de las futuras generaciones.

57

CAPITULO V

5. PROPUESTA

TÍTULO

“ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA REFORESTACIÓN EN LOS

LINDEROS DE LAS “UPAS” DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

EN EL ÁREA RURAL”

5.1. DATOS INFORMATIVOS

5.1.1. Localización

Esta propuesta regiría para la Provincia de Pichincha únicamente en el Distrito

Metropolitano de Quito, en donde se va a ejecutar dicha ordenanza.

5.1.2. Beneficiarios

Los beneficiarios de la propuesta serán directamente todos los habitantes del Distrito

Metropolitano de Quito, debido que con la implementación de vegetación en las UPAS,

se otorgando un ambiente sano y equilibrado.

5.2. JUSTIFICACIÓN

Mi propuesta se justifica, en la necesidad de crear una Ordenanza Municipal debido

a la carencia de la misma, y permita regular los linderos de las UPAS e implementar la

reforestación en aquellas zonas, en razón de que cada vez se evidencia la falta de flora

en el Distrito Metropolitano de Quito; ya sea por la deforestación de la zona con la tala

indiscriminada de los árboles o simplemente por los incendios ocasionados por el ser

58

humano o de manera accidental etc.; actualmente las leyes que rigen nuestro país no

alcanzan a ejercer un efecto coercitivo para frenar este hecho lamentable que nos atañe a

todos como parte de un mismo conglomerado social; al ser los arboles los productores

de oxígeno ejercen un papel muy importante en nuestro entorno, ya que ellos purifican

el aire, y en el verano ayudan a evaporar el agua y de esa manera bajan la temperatura

hasta 4ºC, nos dan sombra, y sirven como anidamiento de las aves.

Para dar estricto cumplimiento a la establecido en la Constitución de la República del

Ecuador con relación a la preservación del ambiente, los ecosistemas, la biodiversidad y

la prevención de la contaminación ambiental, así como el aseguramiento de las medidas

que permitan reparar los daños provocados a la naturaleza y prevenirlos se debería

establecer una ordenanza municipal que regule los linderos de las UPAS en el Distrito

Metropolitano de Quito, de tal manera que con la reforestación se obtendría una mejor

variedad de fauna siendo esta indispensables para la vida ya que Sus flores dan néctar,

polen, y sirven de alimento para varios animales. La mayoría de sus hojas son utilizadas

como medicamentos naturales y sus frutos son una gran fuente de alimentación para el

ser humano. Mediante la fijación de los suelos evita la erosión del mismo.

Dependiendo de su especie estos son fuente turística ya que por su belleza atraen al

turismo. Siendo que nos brindan tantas bondades, tienen el derecho a la vida siendo

ellos los dueños de la tierra donde nosotros co-habitamos.

59

5.3. OBJETIVOS

5.5.1. Objetivo general

Crear una ordenanza Municipal que regule y controle la reforestación en las UPAS del

Distrito Metropolitano de Quito.

5.5.2. Objetivos Específicos

Contribuir al manejo sustentable del ambiente y de los recursos

naturales.

Impulsar la regeneración de las zonas verdes en las UPAS del Distrito

Metropolitano de Quito.

Restituir el equilibrio ecológico de la flora y la fauna del Distrito

Metropolitano de Quito.

5.5.3. Resultado Esperados

Se espera que con la creación de la ordenanza municipal para el Distrito Metropolitano

de Quito los índices de deforestación se reduzcan notoriamente y así de esa manera

poco a poco alcanzar el fin que se persigue que es el de obtener un ambiente sano al

100% y siendo sano se obtiene un equilibrio en el mismo.

60

5.4. DESARROLLO DE LA PROPUESTA

5.4.1. Planificación de actividades tiempo y recurso

Cuadro 4: Planificación de actividades

No.

Actividades

Año 2016

Enero Febrero Marzo

1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

1 Elaboración de la Propuesta

2 Antecedentes de la Propuesta

3 Justificación

4 Objetivos

5 Desarrollo de la Propuesta

6 Conclusiones y

recomendaciones de la

Propuesta

Autora: Sierra Araujo Evelyn Abigail

5.4.2. Recursos humanos

Investigadora: Sierra Araujo Evelyn Abigail, encargada del proceso investigativo,

recolección de datos y resultados de la investigación.

Director del Proyecto: Dr. Diego Galarraga, encargado del seguimiento y

evaluación del Proyecto de Investigación.

5.4.3. Recursos técnicos

Constitución de la República del Ecuador

Ley de Gestión Ambiental

Plan Nacional del Buen Vivir

Propuesta del Cambio de la Matriz Productiva

61

Ordenanza Municipal 213

El Gobierno Nacional propone el cambio de la matriz productiva; generando

productos básicos como: las maderas, los frutales y las hierbas medicinales que

contempla esta propuesta para transformarles en productos elaborados y dar inicio a la

industria confeccionada de la madera, a la industria de mermeladas y frutas secas muy

apetecidas en el mercado internacional como también la calidad de los tés, extraídas de

las hierbas medicinales consumidas en el primer mundo cumpliendo de esta manera la

generación de la nueva economía rural en el Ecuador.

5.4.4. Recursos materiales

Los recursos empleados en la siguiente investigación fueron los siguientes a detallar a

continuación:

Computadora

Saldo en minutos.

Internet.

Libros.

Copias.

Flash memory.

CDS.

62

5.4.5. Presupuesto y Financiamiento

Cuadro 5: Presupuesto

Recursos Cantidad Costo Unitario Costo Total

Computadora 1 1200 1200

Saldo en Minutos 10 2 20

Internet 6 (meses) 30 210

Transporte Público

Cantonal

20 0,25 5

Transporte Público

Provincial

20 2,75 55

Alimentación 30 5 150

Resmas de Hojas 5 5 25

Impresiones 1000 0,05 50

Fotocopias 200 0,02 40

SUBTOTAL 1.755

IMPREVISTOS (10%) 175,50

TOTAL $1.930,50 Autor: Sierra Araujo Evelyn Abigail

FUENTE: Cálculos Personales

63

5.5. FUNDAMENTACIÓN DOCTRINARIA Y JURÍDICA DE LA

PROPUESTA

5.5.1. Ordenanza a ser Propuesta

PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA LAS UPAS DEL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO

El proceso constituyente que vivió el Ecuador ha implicado entre otras cosas la

reorganización del ejercicio de la gestión pública, principalmente a través del Código

Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD), que

es la norma legal que define las competencias y ámbitos de acción de cada nivel de

gobierno. En el caso de los municipios, el COOTAD permite a sus órganos legislativos

establecer mediante ordenanza los procedimientos de regularización de la reforestación

de las UPAS en el Distrito Metropolitano de Quito.

EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO

Expedido por la Comisión de Ambiente.

CONSIDERANDO

Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que:

“Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y

ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir,

sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la

conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio

64

genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los

espacios naturales degradados”.

Que, el artículo 71 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que:

“La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene

derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y

regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad

pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e

interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la

Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales

y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el

respeto a todos los elementos que forman un ecosistema”.

Que, el artículo 395 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador,

determina que: “La Constitución reconoce los siguientes principios

ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo,

ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve

la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y

asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y

futuras”.

Que, el artículo 409 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador,

determina que: “Es de interés público y prioridad nacional la conservación del

65

suelo, en especial su capa fértil. Se establecerá un marco normativo para su

protección y uso sustentable que prevenga su degradación, en particular la

provocada por la contaminación, la desertificación y la erosión. En áreas

afectadas por procesos de degradación y desertificación, el Estado desarrollará

y estimulará proyectos de forestación, reforestación y revegetación que eviten el

monocultivo y utilicen, de manera preferente, especies nativas y adaptadas a la

zona”.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

en el literal d) del artículo 4, determina: “Fines de los gobiernos autónomos

descentralizados.- Dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales son

fines de los gobiernos autónomos descentralizados: d) La recuperación y

conservación de la naturaleza y el mantenimiento de medio ambiente sostenible

y sustentable”;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

en el literal a) del artículo 57, determina: “Atribuciones del concejo municipal.-

Al concejo municipal le corresponde: a) El ejercicio de la facultad normativa en

las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal,

mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones”

Que, el artículo 410 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador,

determina que: “El Estado brindará a los agricultores y a las comunidades

rurales apoyo para la conservación y restauración de los suelos, así como para

66

el desarrollo de prácticas agrícolas que los protejan y promuevan la soberanía

alimentaria”.

Que, la Ley Orgánica de Régimen Para el Distrito Metropolitano de Quito, en su

artículo 2, determina: “Finalidad.- Además de las contempladas en la Ley de

Régimen Municipal, el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito cumplirá

las finalidades siguientes: 1) Regulará el uso y la adecuada ocupación del suelo

y ejercerá control sobre el mismo con competencia exclusiva y privativa. De

igual manera regulará y controlará, con competencia exclusiva y privativa las

construcciones o edificaciones, su estado, utilización y condiciones”.

Que, la Ley Orgánica de Régimen Para el Distrito Metropolitano de Quito, en su

artículo 26, determina: “Competencia exclusiva.- La decisión sobre el destino del

suelo y su forma de aprovechamiento dentro del territorio distrital, compete,

exclusivamente, a las autoridades del Distrito Metropolitano”.

En ejercicio de sus atribuciones legales constantes en los artículos 7, 57, letra a) y 87

literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización; y, 8 de la Ley Orgánica de Régimen para el Distrito Metropolitano

de Quito.

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EXPIDE LA SIGUIENTE

ORDENANZA QUE REGULA LAS UPAS DEL DISTRITO METROPOLITANO

DE QUITO

Capítulo I

Generalidades

Artículo 1.- Objeto. - El objeto de la presente Ordenanza es establecer los procesos y

procedimientos para la regularización de la reforestación de las “UPAS” de

conformidad con el Plan Ambiental y Desarrollo Sustentable, planes parciales y demás

disposiciones de regularización expedidas por el Distrito Metropolitano de Quito.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación. - La presente Ordenanza rige en el ámbito

ambiental del Distrito Metropolitano de Quito para obtener la reforestación de los

linderos de las “UPAS”, dentro del marco de la planificación aplicados a los principios

del buen vivir.

Artículo 3.- Definiciones. - Con el propósito de homogeneizar el entendimiento y la

aplicación de la presente Ordenanza, se establecen las siguientes definiciones:

a) Lindero.- Es la línea que separa una propiedad de otra. Es el límite o límites hasta

los cuales superficialmente se extiende la finca o el dominio sobre la misma.

b) Persona jurídica.- Ente ficticio u organización de personas que tiene un

reconocimiento legal como organización.

c) Persona natural.- Es el ser humano que tiene derechos y obligaciones dentro de la

organización de un Estado.

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d) Poseedor.- Quien posee o tiene algo en su poder, con graduación jurídica que se

extiende del simple tenedor al propietario.

e) Regularización. - Es el conjunto de procesos y procedimientos tendientes a

reforestar las UPAS, es decir sembrar alrededor de los linderos, productos que

ayuden a obtener un desarrollo sustentable para obtener un ambiente sano y

equilibrado.

Artículo 4.- Componentes del proceso integral de regularización. - El proceso

integral de regularización de las UPAS tendrá dos componentes.

a) Regularización. - Es el proceso cuyo objetivo es reforestar los linderos de las

“UPAS” del Distrito Metropolitano de Quito, el cual busca disminuir la

contaminación ambiental, regularización y mejoramiento ambiental, de tal manera

que se mitigue el daño ambiental.

b) Reforestación. – Mediante el proceso de siembra en los linderos de las “UPAS” del

Distrito Metropolitano de Quito se busca la disminución daño ambiental provocado

por la deforestación existente.

Capítulo II

De la reforestación

Sección Primero

Artículo 5.- Censo de los asentamientos. - La dependencia municipal rectora en temas

de ambiente, en coordinación con la unidad técnica especializada en procesos de

regularización, deberá identificar los asentamientos forestales, a fin de que se incluyan

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en el proceso. El resultado de este censo será presentado ante el Concejo

Metropolitano, para su aprobación hasta el 31 de diciembre del 2016. Sobre esta base

se realizarán los procesos de reforestación, no pudiendo incluirse más sectores en este

proceso.

Artículo 6.- Casos de aplicación. - La presente Ordenanza será aplicada en los

procesos de regularización de asentamientos forestales ubicados en predios rurales, que

justifiquen ser dueños de tierras de 500 m2 o más, dedicados total o parcialmente a la

producción agropecuaria.

Artículo 7.- Asentamientos no susceptibles de reforestación. - No podrán ser objeto

del proceso de regularización los asentamientos forestales, ubicados en áreas verdes, los

declarados de utilidad pública o interés social y los ubicados en franjas de derecho de

vías, zonas de riesgo no mitigable, zonas de protección ecológica, los bienes que

pertenezcan al patrimonio forestal y de áreas naturales del Estado, ni a las tierras del

patrimonio del Ministerio del Ambiente.

Sección Segunda

Del procedimiento y requisitos para la reforestación

Artículo 8.- Calificación.- Todos los propietarios de tierras de 500 m2 o más,

dedicados total o parcialmente a la producción agropecuaria deberán ingresar al

procesos de regularización de reforestación, como requisito primordial para el pago del

impuesto predial.

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Artículo 9.- Mesa Institucional para el Proceso de Reforestación.- Para el

cumplimiento de la presente Ordenanza se crea la Mesa Institucional para el Proceso de

reforestación en cada zona administrativa; compuesta con delegados de: (i) unidad

técnica especializada en procesos de reforestación de la Zona; (ii) Secretaria de

Ambiente; (iii) Dirección Jurídica de la Zona. Esta Mesa Institucional será responsable

de los procesos de reforestación del Distrito Metropolitano de Quito y tendrán despacho

preferencial en cada uno de sus procesos.

Artículo 10.- Elaboración y aprobación del proyecto de ordenanza.- Con los

informes correspondientes, más el informe de la Mesa Institucional para el Proceso de

Reforestación, la unidad técnica especializada en procesos de reforestación, en el

término de cinco días contados de la recepción del proceso, remitirá para conocimiento

de la Comisión Ambiente del Concejo, el expediente debidamente organizado que

deberá contener los informes correspondientes, la exposición de motivos y el proyecto

de ordenanza de regularización.

Una vez conocido el expediente por parte de la Comisión de Ambiente, con el dictamen

respectivo y en el término de cinco días, lo remitirá para conocimiento y resolución del

pleno del Concejo Metropolitano de Quito.

Artículo 11.- Partición administrativa.- Una vez que el Concejo Metropolitano haya

resuelto, mediante ordenanza, la regularización de la reforestación de los linderos de las

“UPAS”, y no existiendo acuerdo sobre su partición, el alcalde a través de los órganos

administrativos de la Municipalidad, de oficio o a petición de parte, queda facultado

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para ejercer la partición administrativa, siguiendo el procedimiento determinado en la

ley.

Artículo 12.- Obligaciones de los beneficiarios.- Cuando haya finalizado el proceso de

reforestación, los beneficiarios deberán cumplir con los plazos y condiciones

determinadas en la ordenanza de regularización correspondiente.

Artículo 13.- Excepción de caducidad.- Las ordenanzas de regularización que se

hallen dentro del plazo para ejecución de las obras, no caducarán.

Sección Tercera

De la unidad procesos de reforestación

Artículo 14.- Responsabilidad sobre el proceso de regularización.- Para el

cumplimiento de los objetivos de la presente Ordenanza, se asignará la responsabilidad

a una unidad técnica especializada en procesos de reforestación, la cual será el

organismo operativo encargado del todo el procedimiento previo el conocimiento del

órgano legislativo.

Artículo 15.- Funcionamiento básico de la unidad técnica especializada en procesos

de reforestación.- La unidad actuará en forma concentrada y coordinada, a través de un

equipo técnico, jurídico y socio-organizativo; el cual tendrá las siguientes

responsabilidades:

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a) técnica: elaborar los informes técnicos; revisar de los planos presentados, colaborar

en la elaboración de ordenanzas; realizar inspecciones de campo; presentar los

informes del levantamiento a la unidad de reforestación, asesorar y atender consultas

de funcionarios, autoridades y público en general.

a) jurídico: elaborar los informes jurídicos; establecer acuerdos con otras instancias

municipales; realizar inspecciones de campo; y, asesorar y atender consultas

jurídicas de funcionarios, autoridades y público en general.

b) socio-organizativa: elaborar los informes socio-organizativo; realizar censos

socioeconómicos y ambientales; actúa como facilitador del proceso; socializador;

recabar información; representar al Municipio en la organización del asentamiento;

realizar inspecciones de campo; encargado de las notificaciones; y, asesorar y

atender consultas de funcionarios, autoridades y público en general.

Artículo 16.- Financiamiento del proceso.- El Municipio del Distrito Metropolitano

de Quito, por medio de la unidad técnica especializada en procesos de regularización,

asignará al inicio de cada año fiscal, en base a su planificación anual, los recursos

económicos necesarios para su efectiva ejecución.

Capítulo III

De los procedimientos para la reforestación

Artículo 17.- Plazos para la reforestación de los linderos de las “UPAS”.- Una vez

que se haya inscrito la ordenanza de reforestación y se tengan los números de “UPAS”

individuales, los beneficiarios de los procesos de reforestación tendrán el plazo de tres

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meses contados a partir de la inscripción en el Registro Oficial de dicha ordenanza de

reforestación, para realizar la plantación correspondiente de en los linderos de las

“UPAS”.

El plazo para el cumplimento de la plantación podrá ser prorrogado por un plazo

máximo de seis meses, siempre que se justifique documentadamente la necesidad de su

ampliación y que las causas de su retardo no son imputables a los beneficiarios.

Capítulo IV

De los incentivos a razón de la reforestación

Artículo 18.- Incentivos.- Aquellos beneficiarios del proceso de reforestación que

cumplan con el desarrollo del plan de reforestación, antes de los plazos establecidos,

serán incluidos en la disminución del pago del impuesto predial, de la siguiente manera:

aquellos que lo hagan dentro del 1er mes del plazo disminución del 50%

aquellos que lo hagan dentro del 3er mes del plazo disminución del 25%

aquellos que lo hagan dentro del 4to mes del plazo disminución del 10%

Capítulo V

De los reclamos y recursos administrativos

Artículo 19.- Recursos administrativos.- Si la resolución es en contra del solicitante,

éste podrá intentar el recurso de reposición o revisión en la vía administrativa en los

términos establecido en el COOTAD.

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Artículo 20.- Sanción.- En caso de encontrar irregularidades en el proceso de

reforestación, se impondrá las sanciones correspondientes, establecidas en las leyes y

ordenanzas pertinentes, sin perjuicio de las acciones judiciales que ameriten.

Disposiciones Generales

Primera: Déjese sin efecto jurídico toda ordenanza, norma, disposición o resolución

municipal de igual o menor jerarquía que se oponga a los fines de la presente ordenanza.

Segunda: Sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial la presente Ordenanza

entrará en vigencia a partir de su sanción.

Disposiciones Transitorias

Primera: En un plazo de 60 días, la Secretaría de Ambiente, presentará para

conocimiento del Concejo Metropolitano, el plan para la realización del censo de

asentamientos del que se habla en el artículo 5 de esta Ordenanza. Dicho plan debe

contener como mínimo el equipo responsable, el cronograma, con actividades

principales y señalamiento de las “UPAS” a incluir, y el presupuesto.

Dada, en la Sala de Sesiones del Concejo Metropolitano de Quito, el XX de XXXX de

2016.

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CERTIFICADO DE DISCUSIÓN

La infrascrita Secretaria General del Concejo Metropolitano de Quito, certifica que la

presente ordenanza fue discutida y aprobada en dos debates, en sesiones de XX y XX de

XXXXXX de 2016.- Quito,

Dr. Mauricio Bustamante Holguín

SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO

ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO.- Distrito Metropolitano de

Quito,

EJECÚTESE:

Dr. Mauricio Rodas Espinel

ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

CERTIFICO, que la presente ordenanza fue sancionada por el Dr. Mauricio Rodas

Espinel, Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, el

.- Distrito Metropolitano de Quito,

Dr. Mauricio Bustamante Holguín

SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

76

BIBLIOGRAFÍA:

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determinen el control de la tala Indiscriminada de árboles en el cantón

Babahoyo", . Babahoyo.Universidad Técnica de Babahoyo.

Jara Jara, J. C. (2015). “La deforestación de los bosques protectores como un atentado

al Derecho al Buen Vivir en la Legislación Ecuatoriana”, . Quito.Universidad

Central del Ecuador.

Narváez, I., & Narváez, M. J. (2012). Derecho Ambiental en Clave Neoconstitucional.

Quito. FLACSO

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Valls, M. F. (2008). Derecho Aambiental. Buenos Aires. Abeledo Perrot.

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NORMATIVA LEGAL:

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Constitución de la República del Ecuador. (2008). Quito. Registro Oficial 449.

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febrero de 2016.

ANEXOS

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ANEXOS

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ANEXO 1: REPORTAJES DE PRENSA

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ANEXO 2: MAPAS DEL DISTRITO METROLIPOLITANO DE

QUITO

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