Tolerancia y Estado Laico en El Liberalismo de Locke - Julio Alvear

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    Tolerancia y Estado laico en el liberalismo

    de John Locke: un desposorio incmodo

    Julio Alvear Tllez*

    Departamento Ciencias del Derecho

    Facultad de Derecho

    UNIVERSIDADDELDESARROLLO

    En la edicin pasada de Actualidad Jurdicaanalizamos el pensamiento deHobbes en cuanto antecedente doctrinario de lo que hoy conocemos comoEstado laico. En el presente artculo intentaremos forjar similar anlisis cen-trndonos en uno de los elementos principales del liberalismo poltico de JohnLocke (1632-1704): su doctrina de la tolerancia.

    A diferencia de Hobbes, Locke vivi una parte importante de su vida enfrascadoen las luchas polticas contingentes. De hecho, su trayectoria de pensador vaunida a su carrera poltica. No es una voz solitaria, perseverante en mantener

    tesis impopulares, como Hobbes. Es, por el contrario, un hombre que representala opinin comn de muchos de sus coterrneos, y que ser beneficiado polticay econmicamente por favorecer esa misma opinin. Locke no presenta ni laprofundidad ni la coherencia de Hobbes, pero le supera en la habilidad parapresentar a sus contemporneos una sntesis inteligente de las vas polticas defuturo que seran promisorias para la Inglaterra protestante y el futuro Imperiobritnico.

    Lo que figura inscrito en su epitafio es un smbolo elocuente de su vida: Hicjuxta situs est JOHANNES LOCKE. Si qualis fuerit rogas, mediocritate sua contentumse vixesse respondet. Literis innutritus eo usque tantum profecit, ut veritati unicelitaret. Hoc ex scriptis illius disce, quae quod de eo reliquum est majori fide tibeexhibebunt, quam epitaphii suspecta elogia. Virtutes si quas habuit, minores sanequam sibi laudi duceret tibi in exemplum proponeret; vita una sepeliantur. Morumexemplum si squaeras in Evangelio habes: vitiorum utinam nusquam: mortalitatiscerte (quod prosit) hic et ubique. Natum Anno Dom. 1632 Aug. 29. Mortuum AnnoDom. 1704 Oct. 28. Memorat haec tabula brevi et ipse interitura.1

    * Becario Alban (Doctorado) de la Unin Europea. Colaborador honorario de la Facultad de Derechode la Universidad Complutense de Madrid (Departamento de Filosofa del Derecho, Moral y Poltica I)1 Detente, viajero. Aqu yace John Locke. Si te preguntas qu clase de hombre era, l mismo te dira que

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    Las obras fundamentales de Locke son las siguientes:

    Primer Tratado de Gobierno(The English Tract, 1660, manuscrito pstu-mo)

    Segundo Tratado de Gobierno(The Latin Tract, 1662, manuscrito pstu-mo)

    Cuestiones acercas de la ley natural (Questions Concerning the Law ofNature, texto definitivo en latn, 1664, manuscrito pstumo).

    Ensayo sobre la tolerancia(Essay Concerning Toleration, 1667, manuscritopstumo)

    Carta sobre la tolerancia(Epistola de tolerantia, 1689) Ensayo sobre el entendimiento humano (Essay concerning human under-

    standing, 1690) Tratados sobre el gobierno civil(Two treatises of government, 1690) Algunas consideraciones sobre las consecuencias de la baja del inters y el

    aumento del valor de la moneda(Some Considerations of the Consequencesof the Lowering of Interest and Raising the Value of Money, 1691)

    Pensamientos sobre la educacin (Some thoughts concerning education,1693)

    El cristianismo racional(Reasonableness of Christianity, as delivered in theScriptures, 1695).2

    Como ya lo hemos adelantado, no vamos a estudiar aqu los escritos principalesde Locke, sino algo que, por paradoja, es un apndice de su sistema filosfico-poltico. Apndice, no obstante, de un tal carcter simblico, que lo ha hechomerecedor de la mxima atencin en la historia del pensamiento poltico. Setrata de su Carta de la tolerancia.

    Antes de entrar de lleno en el pensamiento de nuestro autor, es oportuno apar-tar algunos obstculos de peso que perjudican una lograda inteligencia de sudoctrina sobre la tolerancia. Es lo que abordaremos a continuacin.

    alguien contento con su mediana. Alguien que, aunque no fue tan lejos en las ciencias, slo busc la verdad.Esto lo sabrs por sus escritos. De lo que l deja, ellos te informarn ms fielmente que los sospechosos elogiosde los epitafios. Virtudes, s las tuvo, no tanto como para alabarlo ni para que lo pongas de ejemplo. Vicios,algunos con los que fue enterrado. Si buscas un ejemplo que seguir, en los Evangelios lo encuentras; si unode vicio, ojal en ninguna parte; si uno de que la mortalidad te sea de provecho, aqu y por doquier. Quenaci el 29 de agosto del ao de Nuestro Seor de 1632, y que falleci el 28 de octubre del ao de NuestroSeor de 1704, este epitafio, el cual tambin perecer pronto, es un registro.2 Sus obras completas han sido editadas en The Works of John Locke, a cargo de L. J. Churchill, 3

    volmenes, Londres 1714 y en The Works of John Locke, 9 volmenes, Londres 1853.

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    1. La ambivalencia del liberalismo poltico de Locke: qu es lonuevo y que es lo antiguo? Cul es el elemento puramente li-beral y cul el tradicional que ha quedado cubierto por lo queengaosamente se atribuye in toto al liberalismo?

    Desde una perspectiva histrico-crtica, es importante esclarecer lo que denuevoaporta la filosofa poltica de Locke y lo que heredade la tradicin polticainglesa. Entramos de este modo en la espinosa cuestin, tan propia del libe-ralismo, entre lo que se afirma explcitamente como nuevo, pero es antiguo;entre lo que se supone implcitamente como antiguo, pero es novel, y lo quese aplica como consecuencia de ambos.

    Las libertades pblicas inglesas junto a un rgimen moderado de poder poltico,en lo que tienen de ms fundamental, no son una creacin ni de Locke ni dela Revolucin Gloriosa. No hace falta crear teorticamente el pacto social nibuscar un idlico estado de naturaleza para sustentar tales principios polticosen los que toda civilizacin est de acuerdo, con los enriquecimientos propiosde cada peculiaridad cultural. Los principios esenciales de la libertad polticano son frutos del liberalismo, sino de la tradicin poltica medieval.

    Al respecto, comenta G. Sabine: A travs de Hooker, (Locke) enlazaba con lalarga tradicin del pensamiento poltico medieval que llega hasta Santo Toms

    en la que eran axiomticas la realidad de las restricciones morales al poder, laresponsabilidad de los gobernantes para con las comunidades por ellos regidas yla subordinacin del gobierno al derecho.

    La tradicin medieval que Locke recogi a travs de Hooker constituye una parteesencial de los ideales constitucionales (...) Los aos de las guerras civiles lo habancambiado, pero no destruido.3

    Dicha tradicin medieval sostena que el Gobierno especficamente el rey, perono en menor medida el propio Parlamento y todos los rganos polticos es respon-sable ante el pueblo o la comunidad a los que rige; su poder est limitado a la vezpor la ley moral y por las tradiciones y convenciones constitucionales inherentes ala historia del reino. El gobierno es indispensable y su derecho es, por consiguiente,inviolable en un cierto sentido, pero es tambin derivado, ya que existe para elbienestar de la nacin. Este argumento presupone claramente la realidad social ycorporativa de la comunidad, supuesto no difcil en una poca en que la sociedadestaba regulada por la costumbre.4

    3 George Sabine, A History of Political Theory, edicin castellana del Fondo de Cultura EconmicaEspaa, Madrid, 1978, p. 3864 dem, p. 387

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    Locke incorpor estos elementos tradicionales a su teora. Por tanto, el equi-librio constitucional entre el Parlamento y el rey con ligero predominio delParlamento no era ms que volver a los ideales del pasado, si bien remozadosante las nuevas circunstancias histricas. De este modo, el liberalismo de Loc-ke resulta engaoso en este punto, al menos cuando se le plantea como unaconquista de la modernidad poltica, pues, en realidad, a travs de lo nuevohay una transmisin de lo viejo, que haba quedado cuestionado por las teorasabsolutistas contra las cuales nuestro autor se enfrent.

    Es ms. Conociendo bien las premisas filosficas de Locke, uno tiene la tentacinde afirmar que los genuinos ideales de libertad poltica, tan caros al mundomedieval, quedaron subordinados en su teora a las exigencias del sensismo

    antimetafsico y del liberalismo individualista.

    De ah que lo propio del liberalismo de nuestro pensador radique en la crea-cin artificiosa de una sociedad civil de origen contractual, en la referencia aun estado de naturaleza asocial que nunca nadie conoci realmente,5y en laapologa de unos derechos y libertades individualesformulados en trminosde vida, libertad y posesin(estate), con la propertycomo derecho tipo, paracuya realizacin y goce existe la sociedad.6

    La tensin entre el bien comna cargo de los dirigentes de la sociedad y el goce

    individual de las libertades, que han de garantizar tambin los gobernantes, noes fcil de resolver. De ah las varias lecturas de Locke. Algunos, siguiendo eltalante liberal de sus sucesores, la resuelven identificando el bien de la socie-dad con la garanta de las libertades individuales. Otros aseguran que dichatensin no es ms que el fruto de una mascarada; en realidad, lo que Lockehabra defendido son las posesiones y libertades de la alta nobleza y la bur-

    5 Locke es conciente de este problema: a quienes dicen que nunca hubo hombres en el estado denaturaleza, no slo me opongo recurriendo a la autoridad del juicioso Hocker (Eccl. Pol.i, Seccin 10) (...)

    Yo voy ms all y afirmo que los hombres se hallan naturalmente en un estado as, y que en l permanecenhasta que por su propio consentimiento se hacen a s mismos miembros de alguna sociedad poltica; y nodudo que en lo que sigue del presente discurso ello quedar muy claro(Cfr. Segundo Tratado sobre elGobierno Civil, versin de Carlos Mellizo, Alianza Editorial, Madrid, p. 45).6 En contrario, hay quienes sostienen que Locke no posee una concepcin individualista de la sociedad,fundados en el presupuesto de que el individualismo no es una categora progresiva en las formacionesde las sociedades modernas. En el medio hispanoparlante ha desarrollado esta postura Helio Gallardo(Cfr.John Locke y Norberto Bobbioen Revista de Filosofa de la Universidad de Costa Rica, XLIII N108(enero-abril 2005), pp.97-110. La cita figura en p.107). El autor, en este sentido, formula una cidacrtica a la lectura que Bobbio hace del Segundo Tratado del Gobierno Civil de Locke en El tiempo delos derechos(Versin castellana de Sistema, Madrid, 1991). Sin embargo, la razn parece estar conBobbio, pues ms all de los diversos matices que se pueden establecer acerca del individualismo deLocke segn las distintas interpretaciones (que dependen del ngulo del sistema de Locke sobre el quese parta), no se puede desmentir un individualismo tan claramente reflejado en las palabras del filsofo

    ingls, en virtud de un osado parti pride significado contrario a la evidencia.

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    guesa adinerada (protestante); para ellas y solo para ellas habla in concretodelas libertades individuales.7

    Estas controversias las indicamos solo de paso porque creemos que no seresuelven apelando slo a la filosofa poltica de nuestro pensador. Tienen enrealidad una raz ms honda que se encuentra en el empirismo y sensismo delautor. Para Locke, dado que lo nico comprobable en el entendimiento huma-no son las ideas en cuanto reflejan inmediatamente las sensaciones,8y el restoson lo que llamaramos hoy da subjetividades, la verdad poltica y religiosa noexiste. Solo puede existir la libertad para que cada cual exprese como quierasu pensamiento, y la garanta de la sociedad a dicha libertad. Locke no sacainmediatamente esta conclusin, pues resulta an para su tiempo demasiado

    extrema, aunque es fcilmente deducible a partir de lo que para l viene a serla verdad y el estatuto epistemolgico que da a las ideas universales. Pero lafilosofa liberal anglosajona llegar pronto a tal afirmacin y la convertir enaxioma del liberalismo moderno.9

    2. Un segundo obstculo para comprender la teora de la tole-rancia de Locke: su espacio receptivo a la intolerancia doctrinaria

    y prctica

    A nadie se le oculta la diferencia y hasta la contradiccin que se da entre lo quese piensa y lo que se practica. Sin llegar al vicio de la hipocresa, la tensin entrelo ideal y lo real es algo muy humano y nos acompaa generalmente desde elnacimiento hasta la muerte. La coherencia respecto de s mismo a lo largo dela vida es privilegio de no muchos. Para el resto, parece subsistir la apelacin ala debilidad de nuestras pasiones frente al mundo de la razn o de la fe.

    El problema de la incoherencia entre lo que se piensa en el orden moral ypoltico y lo que se practicase vuelve mucho ms agudo si tal disparidad tie-ne repercusiones en el mbito de las sistematizaciones doctrinarias. Un caso

    7 Es aproximativamente la polmica tesis de C.B. Macpherson, The Political Theory of Possessive Indi-vidualism, versin espaola con el ttulo de La Teora poltica del individualismo posesivo. De Hobbes aLocke, Ed. Fontanella, Barcelona, 2aedicin, 1979. Ha sido discutida por Bobbio, en Thomas Hobbes,edicin espaola del Fondo de Cultura Econmica, Mxico, 1992.8 Se puede comprobar sin esfuerzo el sensismode Locke con la sola lectura del Tratado del Enten-dimiento Humano, especialmente el Libro II, cap. 1, De las ideas en general, y de su origen; cap. II, Delas ideas simples(en relacin con los captulos 3, 5, 6, 7, 8, 9 y 10), cap. 12 De las ideas complejas(enrelacin con los captulos 13, 14, 17, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 29) y cap.32 De las ideas verdaderasy falsas (en relacin con los captulos 30, 31 y 33).9 El tema lo hemos tratado ms ampliamente en John Locke y la libertad religiosa padre del liberalismoo apologeta de la intolerancia?, en Ars Boni et Aequi, Revista jurdica de la Universidad Bernardo

    OHiggins, N 4 (2008), pp.141-155.

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    histrico caracterstico es la teorizacin y el uso del trmino toleranciaporparte de la Ilustracin dieciochesca. Quienes han revisado retrospectivamentelos escritos de los ms altos representantes del pensamiento ilustrado se hanllevado la sorpresa de que no slo no eran ms tolerantes que el resto de sussemejantes, sino que sistemticamente se dedicaban a despreciar al pueblo

    y a calumniar a quienes no pensaban como ellos.10El caso de Voltaire es pa-radigmtico, porque su intolerancia hacia el cristianismo (que era profesadopor ms del 90% de la poblacin francesa) raya en lo extremo por su siste-mtico apego a la injuria.11Realmente crean los ilustrados en la toleranciaque predicaban o era slo un subterfugio propagandstico para difundir susideas a travs de estratagemas?

    Anlogas preguntas se han planteado en la actualidad respecto del liberalismodecimonnico, que tom cuenta de los Estados europeos del siglo XIX, y quecon una mano predicaba el catlogo de las libertades modernas y con la otrapersegua ideolgicamente a quienes no compartan su credo.12Simple in-coherencia entre lo que se piensa y lo que practica, o maquillaje poltico paraimponer la ideologa liberal de espaldas a la tradicin del pueblo?

    No pretenderemos nosotros responder a esta cuestin. Solo levantamos lasinterrogantes. Quizs la respuesta pasa, en parte, por identificar los fenmenosmodernos de la ideologa y de la revolucin, y distinguirlos de la mera formu-

    lacin doctrinaria. Aquellas no son nicamente doctrinas sino movimientosterico-prcticos de palingenesia de la sociedad, que tienen por objeto cambiartodala realidad segn sus propios postulados.13

    10 Jean Svilla,Historiquement correct, Plon, Pars, 2003. En su versin espaola de Ciudadela, Madrid,2006, es til particularmente el captulo VII titulado La Ilustracin y la tolerancia(pp.161-182) conabundantes referencias bibliogrficas de la actual historiografa francesa.11 Voltaire es autor de un famoso Tratado de la tolerancia, en el que opone la intolerancia del os-

    curantismo y la supersticin a la tolerancia de la ilustracin. Un estudio de las ambivalencias deVoltaire en Ren Ponceau, Voltaire, Seuil, Pars, 1989.12 En virtud de sus propias implicaciones doctrinarias, el liberalismo continental entr en lucha conel catolicismo a lo largo de todo el siglo XIX en Europa, con medidas persecutorias que ocasionaronencarnizadas luchas y resistencias polticas en Francia y los reinos germnicos, as como guerras civilesen la pennsula ibrica, cual es el caso de las guerras carlistas. El liberalismo encarn entonces la pre-tensin moderna de querer instaurar plenamente el regnum hominissobre la tierra (...) la victoria delinmanentismo sobre el trascendentalismo, la libertad sobre la Revelacin, la razn sobre la autoridadCfr.Nicola Matteucci, en Norberto Bobbio, Nicola Matteucci, y Gianfranco Pasquino (Eds.), Diccionariode la poltica, versin de Editora UNB, Brasilia, 1983, Vol. I (11 edicin), p. 695.13 Sobre el fenmeno de la Revolucin y la ideologa, y desde diferentes ngulos de estudio: Jean Bae-chler, Les phnomnes rvolutionnaires, PUF, Paris, 1970; Carlo Mongardini, y Maria Luisa Maniscalco,LEuropa moderna e lidea di Revoluzione, Bulzoni, Roma, 1990; Charles Tilly, European Revolutions1492-1992, Blackwell, Oxford, 1993; A. del Noce, Tramonto o eclissi dei valori tradizionali, Rusconi,

    Milo, 1971; Hannah Arendt, On Revolution, Faber & Faber, Londres, 1963.

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    Es en este horizonte que se debe plantear, a nuestro juicio, la intolerancia deLocke, tanto a nivel tericocomo prctico. S, debemos hablar de intoleranciaapesar de lo que los hagigrafos modernos de nuestro pensador divulguen sobrel, menos interesados en la verdad que en mantener inclume el mito del origeninocente del liberalismo poltico. De cualquier forma, a diferencia de Hobbes,nuestro filsofo no se nos presenta con una coherencia monoltica. Tanto ensu vida prctica como en su obra sobre la tolerancia hay espacios abiertos a laintolerancia. Debilidad humana e incoherencia sistmica accidental o hay pordetrs una doctrina ms de fondo, no necesariamente explicitada? Si es estoltimo cul es esa doctrina?

    Para desbrozar el problema hay que revisar algunos rasgos biogrficos relacio-

    nados con la obra filosfico-poltica de Locke.14Apuntemos sumariamente quesus dos Tratados sobre el gobierno civilaparecieron en 1690 con el propsitode defender la Revolucin Gloriosade 168915a travs de la cual el protestan-tismo ingls invit formalmente al holands y calvinista Guillermo de Orangea invadir Inglaterra, a fin de expulsar al monarca catlico Jacobo II, ltimo reyde la dinasta de los Estuardos que gobern la isla.

    El Segundo tratado sobre el Gobierno Civil que es el que hoy se edita y leecontiene tesis generales que superan en mucho su origen coyuntural, al puntode constituir el rgano fundamental de su teora poltica. Pero no al punto de

    olvidar su contexto histrico, pues variadas afirmaciones sobre la legitimidado ilegitimidad de un gobierno (vr. gr. cap. XVIII, sec.199-210, dedicado a latirana) van destinadas a que el lector de la poca extraiga dos conclusionespoltico-contingentes: la primera, que Jacobo II cuya legitimidad era intacha-ble se haba convertido en un rey ilegtimo; la segunda, que Guillermo deOrange cuya ilegitimidad era asimismo evidente era rey legtimo.

    En otros trminos, Locke, que hoy es tenido como uno de los fundadores de lamoderna teora constitucional britnica, ayer ampar la violacin de las leyessucesorias fundamentales del constitucionalismo ingls. Nuestro pensador lohizo con una habilidad toda inglesa, con mesura y pragmatismo, incorporando

    14 Hay un cmulo de obras dedicadas a esta cuestin. Mencionemos las siguientes: Maurice Cranston,John Locke: A Biography, Oxford University Press, Oxford, 1985; Richard Ashcraft, Revolutionary Politics andLockes Two Treatises of Government. Princeton University Press, Princeton, New Jersey, 1986; John Dunn,The Political Thought of John Locke. Cambridge University Press, Cambridge, London, New York, 1969;A. John Simmons, The Lockean Theory of Rights, Princeton University Press, Princeton, New Jersey, 1992;James Tully, Approach to Political Philosophy: Locke in Contexts, Cambridge University Press, Cambridge,1993. Desde una postura ms crtica: J. W. Gough,John Lockes Political Philosophy, Oxford UniversityPress, Oxford, 1950, y John D. OConnor, John Locke. A Critical Introduction, Baltimore, 1972.15 Este propsito es estudiado por P. Laslett, The English Revolution and Lockes Two Treatises of Gover-

    nment, in Cambridge Historical Journal, vol. VII (1956), pp. 40 ss.

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    a su teora, en primer lugar, la doctrina medieval de la distincin entre sociedady gobierno, haciendo suponer que antes de la llegada de Guillermo, el reyJacobo II no haba servido a la sociedad inglesa. Y en segundo lugar, evitandoanalizar in concreto la violacin a las leyes fundamentales del Reino que cons-titucionalmente signific la coronacin de Guillermo y su esposa como reyestras la Revolucin Gloriosa.16

    Ms all de sus momentos de intolerancia personal, Locke elabora precisamenteen su Carta sobre la tolerancia una doctrina de la intolerancia como principiode gobierno, que me imagino que no muchos han ledo hasta el final.17

    16 Hemos tratado ampliamente este tema en el artculo citado John Locke y la libertad religiosa. Enl ponderamos que se discute histricamente el grado de compromiso de Locke con el presupuestoanglicano de persecucin al catolicismo. Los pensadores liberales admiradores de Locke suelen callarestos hechos tan comprometedores incluso para la doctrina poltica del filsofo, que teoriza acerca deuna monarqua temperada por el poder legislativo en beneficio de las libertades individuales de lossbditos siempre que sean protestantes.Sin entrar en la controversia, debemos dar por sentado que los bigrafos del pensador ingls convienenen los siguientes hechos:1) Locke no se opuso al actade prueba que privaba al sbdito catlico, por el solo hecho de serlo, desus derechos polticos. Incluso, a nivel especulativo, en su segundo Tratado sobre el Gobierno y ensu Carta sobre la Tolerancia, parece justificar esta exclusin;2) Locke trab ntima amistad y sirvi a John Ashley Cooper, Conde de Shaftesbury, a lo largo de todasu vida poltica. El Conde de Shaftesbury fue Lord Chancellor del Reino en la poca de Carlos II. Perocuando el hermano del rey, el futuro Jacobo II anuncia su conversin al catolicismo, el Conde de Shaf-tesbury presenta tres proyectos sucesivos de ley (1679, 1680 y 1691) para excluir del trono al herederocatlico. Nuestro filsofo apoya fuertemente la iniciativa, junto a James Tyrrel y Algernon Sydney.3) El fracaso de la va legal para detener el ascenso de Jacobo Estuardo abri un segundo escenario. Enesta fase interviene otro factor, que estaba operando desde larga data. La oposicin a Jacobo Estuardo sehaba acercado al duque de Monmouth, hijo ilegtimo del Carlos II, para apoyar su pretensin al trono.Monmouth haba recibido grandes muestras de predileccin por parte de Carlos II, pero cuando ste se diocuenta de sus aspiraciones hizo una declaracin oficial y solemne para establecer la inviolabilidad de lalnea de sucesin, que haca recaer el trono en su hermano Jacobo. Monmouth no acept esta decisin desu padre y particip en la conspiracin llamada Rye House plot, que contemplaba el asesinato del rey y suhermano. La conspiracin fracas y Monmouth fue apresado y enviado al exilio poco despus que se iniciarala represin real (21 de junio de 1683). En cambio, los cabecillas de la sedicin y sus principales partcipes,entre los cuales se incluy a Algernon Sydney, fueron condenados a muerte y ejecutados. Con algunos mesesde anterioridad al desmantelamiento del complot, Shaftesbury, asediado por los servicios judiciales y policialesdel rey, haba abandonado Inglaterra. Asilado en Holanda, no tard en morir. Locke, por su parte, sali al

    exilio (a Holanda) dos semanas antes del operativo real contra los conspiradores. Mientras en Inglaterra sedesarrollaban los juicios contra los conspiradores, el gobierno de Carlos II demand al gobierno holandsla detencin y extradicin de Locke, razn por la cual ste se sumergi en el anonimato(Oscar Godoy A.,Absolutismo, tirana y resistencia civil en el pensamiento poltico de John Locke, en Revista EstudiosPblicosN 96, Santiago de Chile, 2004, pp. 247-280).4) En 1689, Locke regresa a Inglaterra tras el triunfo de la Revolucin Gloriosa. En los prximos aossalen a luz sus ms maduras obras de filosofa poltica, a las que ya hemos hecho referencia. Entre1694 y 1700 se convierte en consejero de Lord Somers, principal figura del gobierno, quien ocupa elcargo de Lord Canciller de 1697 hasta 1700. Particip Locke, de alguna manera, en los proyectos derepresin religiosa y poltica de Irlanda y Escocia? La pregunta la dejamos abierta.17 Del atesmo, dice nuestro autor: Por ltimo, no han de ser tolerados en modo alguno aquellos quenieguen la existencia de Dios. Las promesas, los pactos y juramentos, que son los lazos que unen a la socie-dad, no significan nada para el ateo. Al apartarse de Dios, aun en su espritu, se disgrega todo. Asimismo,aquellos que no creen en nada, al socavar y destruir toda religin, no pueden tener pretexto religioso alguno

    para pretender el privilegio de la tolerancia. De la Iglesia Catlicasostiene, entre otras cosas: Estos,

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    3. El significado de la doctrina de la tolerancia en Locke

    Atendidos los obstculos presentados en los acpites 1 y 2, cul es el signi-ficado definitivo de la doctrina de la tolerancia de Locke? Hemos visto queen nuestro pensador hay un monolito de intolerancia inconmovible. Y quesu pensamiento no puede separarse de su sistema filosfico-poltico liberal,ni de sus presupuestos sensistas y empiristas. Debemos profundizar entoncesel significado terico de la tolerancia lockeana, pues no parece factible quela irrupcin de intolerancia haya de atribuirse a simples motivos pasionalestotalmente lejanos a su sistema de pensamiento.

    Citaremos a continuacin los textos de la Carta sobre la toleranciaque nos

    parecen ms relevantes a efectos de sistematizar la doctrina de fondo de nues-tro pensador.

    Textos de la Carta sobre la tolerancia

    i) Sabemos que la Carta sobre la toleranciase escribe con ocasin de los con-flictos polticos que afectan a Inglaterra, marcados por la por la falta de libertadde los sbditos frente al poder del gobierno y a la imposibilidad de alcanzarla unidad y la paz poltica. Una de las causas determinantes de esta situacinconflictiva radica en la falta de tolerancia en materia religiosa, en una poca en

    que han proliferado las diversas confesiones protestantes, a la sombra de lareligin oficial, cual es la anglicana, en torno a la cual, no obstante, se fundala unidad poltica de la Corona:

    Creo, en realidad, que no existe nacin bajo el cielo en la cual se haya dichoms sobre ese tema (la tolerancia) que en la nuestra. Pero, sin embargo, noexiste tampoco pueblo que tenga, como nosotros, mayor necesidad de que sediga y que se haga algo ms acerca de este punto. Nuestro gobierno no slo hasido parcial en materias de religin, sino que incluso quienes ms han sufrido poresta parcialidad, y ms se han esforzado a travs de sus escritos por justificarsus propios derechos y libertades, en su mayora lo han hecho basndose enprincipio estrechos, apropiados slo a los intereses de sus propias sectas.18

    por lo tanto, que atribuyen a los piadosos, religiosos y ortodoxos, en otras palabras, a s mismos, privilegiosespeciales de poder en materias civiles sobre los dems mortales, o aquellos que, bajo pretexto de religin,reclaman para s toda forma de autoridad sobre los que no participan de su comunin eclesistica, stos,sostengo, no tienen derecho alguno a ser tolerados por el gobernante... Adems, la iglesia que est constituidasobre estas bases no puede pretender la tolerancia del gobernante, ya que todos los que ingresen a ella seentregan ipso facto a la proteccin y servicio de otro prncipe. Por estos medios, el gobernante dara lugaral establecimiento de una jurisdiccin extraa en su pas y permitira que sus propios sbditos se alistaranmilitarmente, por as decirlo, en contra de su propia patria.18 John Locke, Carta de la tolerancia, edicin del Centro de Estudios Pblicos, Santiago de Chile (s/f),

    cuya traduccin ha tenido como base la versin publicada en 1977 (segunda edicin undcima ti-

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    ii) El principio del liberalismo poltico es el remedio definitivo a los problemaspolticos de Inglaterra. Si el poder poltico se rige por tal principio, las tensionesfundamentales entre autoridad, libertad y proliferacin de confesiones religiosasque aquejan a Inglaterra cesarn:

    Necesitamos remedios ms efectivos que los que hemos usado hastaahora en nuestra enfermedad (...) La libertad absoluta, la libertad justa yverdadera, igual e imparcial, es aquello que necesitamos en efecto. Ahorabien, aun cuando esto ha sido muy discutido, dudo que haya sido biencomprendido. Estoy seguro de que no ha sido practicado ni por nuestrosgobernantes frente al pueblo en general ni por los grupos disidentes delpueblo entre s.19

    iii) Pero el principio del liberalismo no slo se impone por razones coyunturales,sino por el inters general y permanente de la nacin:

    No puedo, por lo tanto, sino esperar que esta disertacin, que aborda estetema en forma breve, pero ms precisa de lo que hemos visto hasta ahora,al demostrar tanto la equidad como la viabilidad de esto, sea consideradaaltamente oportuna por todos los hombres que posean un espritu lo suficien-temente amplio como para preferir el verdadero inters pblico al de un grupoparticular.20

    iv) El principio liberal exige que la religin sea considerada como un asuntomeramente subjetivo. No hay propiamente una sociedad religiosaparitariaa la sociedad civil y temporal con derechos y prerrogativas que nacen deuna misin objetiva, sino una esfera religiosa fundada en las creencias par-ticulares de cada cual. De ah que la iglesia no sea una nica sociedad, sinouna agrupacin voluntaria de los que quieren subjetivamente salvarse de lamisma manera, frente a otros que intentan lo mismo de diverso modo. Frente

    rada) por The Bobbs-Merrill Co. Inc., Indianpolis (Indiana), USA., p. 2 (Prefacio). Este principio es aquslo esbozado, aunque el autor ya lo ha desarrollado en sus lneas elementales en sus dos Tratados delGobierno(1660, 1662) que no llegaron a ser publicados en vida. Su doctrina liberal ya madura serexpuesta un ao ms tarde en sus Tratados sobre el gobierno civil. El primer tratado tiene por objetorefutar la postura monrquica patriarcal y absolutista de Sir Richard Filmer. El manuscrito de Filmer eravisto por Locke como una solucin peligrosa a los problemas polticos ingleses y un intento de justificacindel poder de la monarqua frente a las limitaciones del Parlamento. El segundo tratado, que lleva comosubttulo un ensayo acerca del verdadero origen, alcance y fin del Gobierno civil,desenvuelve ampliamenteel principio poltico liberal, concebido no simplemente como una forma de convivencia sino comobase constitutiva, nica y determinante de la organizacin poltica, segn se desprende con particularacento de los captulos I, VII, VIII y IX acerca del estado de naturaleza (pp. 36-45), la sociedad polticay civil(pp. 96-110), el origen de las sociedades polticas(pp. 111-132) y los fines de la sociedad polticay del gobierno (pp. 133-137), respectivamente (Cfr. Segundo Tratado sobre el Gobierno civil, cit.).19 John Locke, Carta de la tolerancia, ed. cit., p. 2 (Prefacio).20 dem.

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    al poder poltico, hay siempre una pluralidad de confesiones religiosas que sereducen a la vida de la conciencia de sus seguidores, y cuya funcin en la vidapblica solo puede ser indirecta: formar ciudadanos virtuosos en el mbito delos intereses del gobierno civil. El Estado no reconoce, por tanto, un poderjurisdiccional eclesistico vlido en s mismo, de naturaleza jurdica externa alderecho establecido por el gobierno civil. La Iglesia no es una institucin divina,un dato inviolable, previo a la sociedad poltica, sino una asociacin voluntariacomo muchas otras.

    El cuidado del alma de cada persona y de las materias celestiales, queno pertenecen al Estado ni estn sujetas a l, debe quedar enteramenteentregado a ella misma. De este modo, la comunidad poltica fue creada

    para proteger la vida de los hombres y las cosas pertenecientes a esta viday el gobernante tiene el deber de preservar tales cosas a sus dueos, nopudiendo, por lo tanto, quitrselas a un individuo o grupo y darlas a otro,ni aun bajo pretexto de religin, que nada tiene que ver con el gobernantecivil, ni podr tampoco despojarlos de su propiedad ni siquiera por ley, porcausas que no se relacionen con los fines del gobierno civil, es decir, por sureligin, que sea verdadera o falsa, no perjudica los intereses terrenales desus sbditos, que son los nicos que pertenecen a la tutela del Estado.21

    Veamos ahora lo que es una iglesia. Considero que sta es una sociedad

    voluntaria de hombres que se renen de mutuo acuerdo para rendir cultopblico a Dios en la forma que ellos juzguen que le es aceptable y eficientepara la salvacin de sus almas. Repito, es una sociedad libre y volunta-ria.22

    El cuidado del alma de todo hombre slo le pertenece a l.23 Todohombre tiene un alma inmortal, capaz de felicidad o miseria, y su salvacindepende de que ste crea y practique las cosas terrenales necesarias paralograr el favor de Dios, que son las que estn prescritas por El para tal fin.De esto se sigue que () el hombre no viola el derecho de otros a travsde sus opiniones erradas y su forma indebida de culto, pues su perdicinser algo ajeno si no causa dao al prjimo; es as como el cuidado de supropia salvacin pertenece a cada individuo en particular.24

    21 dem, p. 31.22 dem, p. 8.23 dem, p. 16. De ah que la materia religiosa se reduzca bastante, incluso en una religin reveladacomo la cristiana: dem, p. 22.24 dem, p. 29.

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    Toda la existencia y el poder de la verdadera religin consisten en la persuasininterior y completa del espritu; y la fe no es tal sin la creencia. Aunque hagamoscualquier profesin, o nos sometamos a cualquier culto externo, si no estamosplenamente convencidos de que aqulla es la verdad y ste agradable a Dios,tal profesin y tal culto, en lugar de constituir un progreso, sern de hechograndes obstculos para nuestra salvacin.25

    El cuidado de las almas no puede pertenecer al magistrado civil, ya quesu poder consiste slo en su fuerza externa, pero como la reunin de variosmiembros en esta sociedad eclesistica es absolutamente libre y espontnea,se concluye necesariamente de esto que la potestad de elaborar sus leyes slopuede pertenecer a la sociedad misma, o a aquellos a quienes la sociedad de

    comn acuerdo ha autorizado para establecerlas.26

    v) La independencia-separacinentre la sociedad civil y la esfera de lo religiosoes esencial al liberalismo poltico y presupuesto del rgimen de tolerancia:

    Aun cuando algunos disfracen su espritu de persecucin y crueldad pococristiana con el pretexto del bienestar pblico y de la observancia de las leyes,y otros pretendan que con la excusa de la religin queden impunes su liberti-naje y licencias, estimo que nadie debe engaarse a s mismo ni a los otros conrazones de lealtad y obediencia al prncipe o de ternura y sinceridad hacia el

    culto de Dios; y considero que es necesario, por sobre todo, distinguir la esferadel gobierno civil de la esfera de la religin y establecer los lmites exactos entreuna y otra. Si no se hace esto, jams tendrn fin las controversias que surgenpermanentemente entre los que las tienen.27

    En lo que respecta a la sociedad civil y poltica: La repblica es una sociedadde hombres construida slo para procurar, preservar y hacer progresar suspropios intereses civiles. Llamo intereses civiles a la vida, la libertad, la salud,la quietud del cuerpo y la posesin de cosas externas tales como el dinero, lastierras, las casas, los muebles y otras similares.28

    Es deber de todo gobernante, mediante la ejecucin imparcial de las mismasleyes, garantizar a todos en general, y a cada uno de sus sbditos en particular,la posesin justa de las cosas que pertenecen a esta vida. Si alguno pretende

    25 dem, p. 7. Cada cual se une voluntariamente a la sociedad en que cree que ha encontrado aquellaprofesin y culto que es verdaderamente aceptable a Dios(dem, p. 9).26 dem, p. 9. El cuidado de las almas no puede pertenecer al magistrado civil, ya que su poder consisteslo en su fuerza externa, pero la religin verdadera y redentora consiste en la persuasin interior, sin la cualnada puede ser aceptable para Dios(dem, p. 7).27 dem, p. 6.28 dem, p. 6.

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    violar las leyes de la justicia pblica y de la equidad que estn establecidaspara la preservacin de estas cosas, su pretensin deber ser frenada bajo laamenaza de castigos que consistan en la privacin o disminucin de aquellosintereses civiles o bienes de los cuales podra gozar en caso contrario.29Todoel poder del gobierno est slo relacionado a los intereses civiles de los hombres;est limitado al cuidado de las cosas de este mundo y nada tiene que ver conel mundo que ha de venir.30

    En lo que atae a la sociedad religiosa:El fin de una sociedad religiosa, comoya se ha dicho, es la adoracin pblica de Dios y, mediante ella, la obtencinde la vida eterna.31

    La funcin de la verdadera religin es completamente diferente. No ha sidocreada para producir una pompa externa, ni para obtener un dominio ecle-sistico ni tampoco para el ejercicio de la fuerza compulsiva; sino que para laregulacin de la vida de los hombres en conformidad a las reglas de la virtudy de la piedad. Quienquiera que se aliste bajo el estandarte de Cristo, deber,en primer lugar y por sobre todo, combatir contra sus propias avideces y vi-cios. En vano pretenden algunos usurpar el nombre de cristianos sin poseer lasantidad de vida, la fortaleza de costumbres y la benignidad y mansedumbrede espritu.32

    No me incumbe indagar sobre la fuente del poder o dignidad del clero. Sola-mente deseo sealar que cualquiera sea el origen de su autoridad, al ser ecle-sistica, debera estar limitada a la esfera de la Iglesia, y no extenderse a losasuntos civiles, puesto que la iglesia es, en s misma, algo completamente apartey diferenciado del Estado. Los lmites de ambas partes son fijos e inamovibles.Confunde lo celestial con lo terrestre, que son tan opuestos y remotos, quienmezcla estas sociedades, tan peculiares en su origen, finalidad e intereses, ytan infinitamente diversas entre s.33

    vi) Los fundamentosde la independenciaseparacin entre la sociedad civil yla esfera religiosa se formulan de modo positivo y negativo, es decir, no soloatribuyendo toda competencia temporal a la potestad poltica, negando lapotestad religiosa indirecta en materia temporal (por motivos de pecado) , sino

    29 dem, p. 6. En el mismo sentido: Toda jurisdiccin del gobernante alcanza slo a aquellos aspectosciviles, y que todo poder, derecho o dominio civil est vinculado y limitado a la sola preocupacin de promoverestas cosas; y que no puede ni debe ser extendido en modo alguno a la salvacin de las almas(loc. cit.).30 dem, p. 8.31 dem, p. 10.32 dem, p. 3. De este presupuesto de la religin reducida a las creencias subjetivas, se deduce latolerancia mutua de las confesiones religiosas en sus manifestaciones externas.33 dem, p. 14.

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    tambin subrayando su incompetencia religiosa, y el hecho de que la esferade lo religioso remite a lo subjetivo.

    a) La esfera de lo religioso es un asunto de competencia subjetiva, sobre la cualno tiene competencia el Estado, pero tampoco de por s ninguna organizacinreligiosa, cuya autoridad es siempre consentida:

    El cuidado de las almas no est asignado al gobernante, como tampoco loest a otros hombres.34

    A estas sociedades religiosas las denomino iglesias, y afirmo que el gobernantedebera tolerarlas, ya que el objetivo de estas asambleas del pueblo no es otro

    que lo que es la legtima incumbencia para cada individuo en particular: esdecir, la salvacin de sus almas, y en este caso no existira tampoco ningunadiferencia entre la iglesia nacional y las dems confesiones separadas.35

    Os ruego observar cun grandes han sido las divisiones aun entre aquellosque ponen tanto nfasis en la divina institucin y en la sucesin continuadade un cierto orden de gobernantes de la iglesia. Porque su misma disensinnos coloca inevitablemente en la necesidad de deliberar y, en consecuencia,nos permite una libertad para elegir aquello que preferimos sobre la base denuestra reflexin. En esta forma se preservar la libertad eclesistica en todas

    partes y ningn hombre tendr un legislador que le sea impuesto, sino aquelque l mismo elija.36

    b) El poder eclesistico no tiene potestad jurdica para imponer sancionescoactivas ni hacerlas imponer. Inversamente, la potestad civil es radicalmenteincompetenteen materia religiosa, por lo que tampoco puede profesar una fe

    y un culto externo determinado:

    Una cosa es persuadir y otra es ordenar, una cosa es presionar con argumentosy otra es hacerlo con castigos. Slo el poder civil tiene derecho a hacer esto; alpoder eclesistico la benevolencia le es suficiente autoridad.37

    34 dem, p. 6. Sobre la incompetencia del gobierno Locke precisa: Pero concedamos a estos fanticosque condenan todo lo que difiere de su opinin, el que de todas estas circunstancias surjan diversos caminosque lleven a fines diferentes. Qu debemos entonces concluir de todo esto? Entre todas estas cosas slohay una que constituye el verdadero camino hacia la eterna felicidad? Sin embargo, en esta diversidad desenderos que siguen los hombres, an dudamos cul es el verdadero; mas ciertamente no ser el cuidadodel Estado ni su derecho a promulgar leyes lo que hagan este camino hacia el cielo ms evidente para elmagistrado que para el particular, cuya bsqueda e investigacin lo hacen descubrirlo dentro de s mismo.(dem, p. 17).35 dem, p. 20.36 dem, p. 10.37 dem, p. 7.

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    El poder del magistrado no es extensivo al establecimiento de ningn artculode fe, o formas de culto, por la sola fuerza de sus leyes. Puesto que las leyescarecen de toda fuerza si no se acompaan con sanciones, y stas no son enabsoluto pertinentes en este caso, porque no sirven para convencer al intelecto.Ni la profesin de un artculo de fe ni tampoco la conformidad a una formaexterna de culto, como ya lo hemos dicho, pueden ser tiles para la salvacinde las almas, salvo que la verdad de una y la aceptabilidad de la otra ante Diossean ntegramente credas por aquellos que las profesan y practican.38

    El poder civil es el mismo en todo lugar, y ese poder, en manos de un prncipecristiano, no confiere una mayor autoridad a la iglesia, que la que le confiereen manos de un prncipe pagano; es decir, exactamente ninguna.39

    Algunos de estos dogmas religiosos son de orden prctico y otros de ordenespeculativo. Ahora bien, si ambos persiguen el conocimiento de la verdad,los especulativos lindan con el entendimiento y los prcticos influyen sobre lavoluntad y las costumbres. Las opiniones especulativas, por lo tanto, y los art-culos de fe que slo requieren ser credos, no pueden ser impuestos a ningunaiglesia mediante la ley civil; porque es absurdo que se prescriban por medio deleyes cosas que no pueden ser cumplidas, puesto que creer que algo es o noes verdadero no depende de nuestra voluntad.40Adems, el gobernante nodebe prohibir la prdica o la profesin de opiniones especulativas en el seno de

    ninguna iglesia, ya que stas no guardan relacin con los derechos civiles delos sbditos.41

    c) Como hay varias religiones, es decir, varias confesiones cristianas, ha deimperar entre ellas la tolerancia,que es el distintivo que las debe caracterizar:

    La tolerancia es el distintivo y la caracterstica principal de la verdadera igle-sia.42

    La tolerancia hacia aquellos que difieren de otros en materias de religin estan conforme al Evangelio de Jesucristo y a la razn genuina de la humanidad,que parece monstruoso que los hombres sean tan ciegos como para no percibirclaramente la necesidad y ventaja de ello.43

    38 dem, pp. 7-8.39 dem, p. 13.40 dem, p. 28.41 dem.42 dem, p. 3.43 dem, p. 5.

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    Se me dir: Si una iglesia (sic) es idlatra, debe ser tambin tolerada por elgobernante? A esto contesto preguntando: Qu poder puede ser otorgado algobernante para suprimir una iglesia idlatra, que no sea el mismo que en otraocasin o lugar pueda usar para destruir a una iglesia ortodoxa? Pienso queno debe olvidarse que el poder civil es igual en todas partes y que el prncipeconsidera que su religin es la ortodoxa. Por lo tanto, si se confiere tal poderen asuntos espirituales al gobernante, como en Ginebra, por ejemplo, ste po-dra extirpar con violencia sanguinaria la religin que all se considere idlatra.Haciendo uso de esta misma regla, otro gobernante de un pas vecino puedeoprimir a la religin reformada, o en India a la cristiana. El poder civil, o tienepotestad de cambiarlo todo en materia de religin segn le plazca, o no tienepoder alguno para modificar nada. Si se le permite modificar algo en materias

    religiosas, mediante leyes y sanciones, nadie podr ya limitarle, y del mismomodo le ser legtimo cambiarlo todo, de acuerdo a las normas de verdad que lse haya forjado. Nadie puede, por lo tanto, ser privado de sus goces terrenalesbajo pretextos religiosos.44

    vii) En qu consiste la tolerancia religiosa y a qu mbitos se extiende:

    a) Nadie puede ser forzado a actuar contra su propia conciencia en materiareligiosa, en el fuero interno y externo. Materialmenteeste punto no constituyenovedad, pues hace parte de la doctrina clsica tradicional de la libertad del

    acto de fe. Pero formalmentelas razones aducidas para fundarla son novedosas:apelan al mero subjetivismo y no a la libertad ordenada a la bsqueda de unaverdad objetiva.

    Si alguien sostiene que los hombres deben ser obligados a fuero y espadaa profesar determinadas doctrinas, y a acatar uno u otro culto externo, sinrespeto alguno por sus principios morales; si alguien se esfuerza por convertira aquellos que yerran en la fe, forzndolos a profesar cosas en que no creen,y permitindoles practicar otras que no son permitidas por el Evangelio, nopuede dudarse entonces, en realidad, de que tal persona slo desea reuniruna asamblea numerosa que profese lo mismo que l; pero sera increble quepretendiese intentar por tales medios la constitucin de una verdadera Iglesiacristiana.45

    b) Nadie puede ser impedido de actuar en materia religiosa en su fuero ex-terno si sigue su propia conciencia. Esto permite fundar un rgimen de libertadreligiosa.

    44 dem, p. 25.

    45 dem, p. 5.

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    No hay, por lo tanto, ni individuos ni iglesias ni Estados que tengan justificacinpara invadir los derechos civiles y los bienes terrenales de cada cual bajo pretextode religin. Quienes no concuerdan con esto, haran bien en meditar sobre losperniciosos grmenes de discordia y de guerra, en cun poderosa provocacinpara interminables odios, rapias y asesinatos proporcionan a la humanidad.No habr paz ni seguridad ni amistad entre los hombres mientras prevalezcala opinin en orden a que el seoro est basado en la gracia y que la religindebe ser propagada por la fuerza de las armas.46

    Lo que digo con respecto a la tolerancia mutua entre individuos que difierenen religin, lo estimo igualmente en referencia a las iglesias particulares, quetienen entre s la misma relacin que existe entre los individuos singulares, los

    cuales tampoco pueden pretender ninguna especie de jurisdiccin sobre losotros, ni siquiera si el magistrado civil, como es habitual, llega a pertenecer asta u otra doctrina. Porque no corresponde, por lo tanto, al gobierno civil darningn nuevo derecho a la iglesia ni a sta otorgrselo tampoco al gobiernocivil.47

    c) La libertad religiosano solo tiene un contenido negativo inmunidad decoaccin externa, sino tambin afirmativo: la facultad de profesar la religinque se quiera, dentro de los lmites del bienestar pblico.

    En esto vemos la diferencia entre la Iglesia y la comunidad poltica. Lo que eslegtimo para el Estado, no puede ser prohibido por el gobernante a la Iglesia.Aquello que permite el gobernante a cualquiera de sus sbditos para su usocorriente, por qu podra entonces serle negado a cualquier secta en sus ritosreligiosos? Si un hombre puede legtimamente comer pan o beber vino en supropia casa, ya sea sentado o de rodillas, la ley no debera limitar su libertad dehacerlo en su servicio religioso, aunque en la iglesia se d al pan y al vino un usomuy diferente al aplicarlos a los misterios de la fe y a los ritos de la adoracindivina. Pero aquellas cosas que son perjudiciales para toda la comunidad en su

    46 dem, p. 14.47 dem, p. 12. Algunos preguntarn qu sucedera si un gobernante requiere con su potestad algoque parezca ilegtimo a la conciencia de un individuo en particular? A esto contesto que es muy difcil queello suceda si el gobierno est administrado sabiamente y si sus resoluciones miran al bienestar pblico. Siesto llegara a acontecer, empero, tal individuo deber abstenerse de los actos que juzga ilcitos, y debersometerse al castigo que no le es ilcito sufrir, porque el juicio privado de cualquier persona respecto de unaley promulgada para el bien pblico en asuntos polticos, no suprime la obligatoriedad de esa ley ni dalugar a exencin. Pero si la ley se refiere a algo fuera del marco de la autoridad del magistrado (como, porejemplo, que el pueblo o alguna parte de l sea forzado a abrazar una religin extranjera y a asistir al cultoy ceremonias de otras iglesias), en tal caso digo: los hombres no estn obligados contra su conciencia portales leyes, puesto que la sociedad poltica no fue instituida para otro fin que el de asegurar a cada cual la

    posesin de los bienes de esta vida (dem, pp. 30-31).

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    uso corriente, no deberan ser permitidas a las iglesias en sus ritos sagrados. Sinembargo, el gobernante debe estar atento a no hacer mal uso de su autoridady no llegar a oprimir a ninguna iglesia bajo el pretexto del bien pblico.48

    viii) La tolerancia es un principio de convivencia social y poltica, pero tieneuna raz doctrinaria: que ninguna confesin religiosa puede decirse poseedora dela verdad.

    Algunos se jactan sobre la antigedad de los lugares y nombres, o sobre lapompa de su culto externo, y otros sobre la forma de su doctrina; y todos sobrela ortodoxia de su fe puesto que todos se consideran ortodoxos ante s mismo,estas cosas, y todas las dems de igual naturaleza, son ms bien caractersticas

    de la lucha de los hombres por el poder y por el dominio sobre los dems, quedistintivos de la iglesia de Cristo. Aun cuando todos sostengan su derecho sobreestas cosas, si carecen de caridad, mansedumbre y buena voluntad hacia lahumanidad, y aun hacia aquellos que no son cristianos, ciertamente estarnmuy lejos de ser verdaderos cristianos.49

    Toda iglesia es ortodoxa frente a s misma, pero a la vez es hertica frente alas otras. Todo lo que profesa una iglesia es para ella lo verdadero y todo locontrario a su fe es lo errneo. De modo que la controversia entre estas dosiglesias acerca de la verdad de sus doctrinas y la pureza de sus cultos, es equi-

    valente en ambas, y no hay juez ni en Constantinopla ni en ningn lugar delmundo que pueda emitir una sentencia al respecto.50

    Una vez liberados los hombres del mutuo dominio en materias de religin,veamos lo que les corresponde hacer. Todos saben y reconocen que Dios debeser adorado en pblico. Por qu otra razn podran obligar unos a otros aconcurrir a las reuniones pblicas? Como en toda iglesia, deben considerarsedos cosas, en especial: las formas y ritos externos del culto y las doctrinas y

    48 dem, p. 24.Se me dir: Si una iglesia es idlatra, debe ser tambin tolerada por el gobernante? Aesto contesto preguntando: Qu poder puede ser otorgado al gobernante para suprimir una iglesia idlatra,que no sea el mismo que en otra ocasin o lugar pueda usar para destruir a una iglesia ortodoxa? Piensoque no debe olvidarse que el poder civil es igual en todas partes(dem, p. 25).49 dem, p. 3.50 dem, p..13. En anlogo sentido: Quien pretenda ser sucesor de los apstoles y asuma la tarea deadoctrinar, estar obligado tambin a exhortar a sus oyentes acerca de los deberes de la paz y benevolenciahacia todos los hombres, sean stos herticos u ortodoxos; a los que difieren de ellos en religin y culto,como asimismo a aquellos que los compartan; y es asimismo su deber exhortar diligentemente a todos loshombres, sean stos individuos comunes o gobernantes, si es que los hay en su iglesia, al ejercicio de lacaridad, la mansedumbre, la tolerancia, y esforzarse acuciosamente en aquietar y templar toda esa ira yaversin que, el ardiente celo por su iglesia o los artificios de otros, han encendido en su corazn contra los

    disidentes(dem, p. 15).

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    dogmas de fe; estas materias deben llevarse en forma claramente diferenciadaa fin de que as pueda hacerse ms evidente y comprensible todo este tema dela tolerancia.51

    En lo que respecta al culto externo, digo en primer lugar que el gobernantecarece de poder para imponer por medio de leyes ni en su iglesia ni muchomenos en otras la prctica de ningn rito o ceremonia para la adoracin deDios, y esto no slo porque estas iglesias son sociedades libres, sino porque todolo que se practica en el culto de Dios slo es justificable en la medida en queaquellos que lo practican estn convencidos sinceramente de que es aceptablea Dios.52

    ix) El Estado es absolutamente incompetente en materia religiosa: se trata deuna incompetencia epistemolgicaque imposibilita a sus representantes el re-conocer el carcter veritativo de alguna religin. De ah que sea imposible, enel sistema de Locke, justificar la existencia de un Estado confesional. El Estado,se deduce, es necesariamente laico, porque es radicalmente incompetente enmateria religiosa.

    Ni el derecho ni la aptitud para gobernar envuelven necesariamente el cono-cimiento de otras materias, ni mucho menos el de la verdadera religin, ya quesi fuese as, por qu los soberanos de este mundo difieren tanto en materias

    religiosas?.53

    Si algo no es til para la comunidad, por muy indiferente que sea, no puedeser establecido por ley. Pero aun ms: cosas que pueden ser tan indiferentescomo se quieran en su naturaleza, al ser asignadas a la iglesia y al culto de Dios,salen de la jurisdiccin del gobernante, ya que en semejante uso son ajenas alos asuntos civiles. El nico oficio de la iglesia es la salvacin de las almas y noconcierne en manera alguna al Estado ni a ninguno de sus miembros imponerel uso de tal o cual ceremonia; tampoco el uso u omisin de cualquiera de estasceremonias en las asambleas pblicas, beneficia o perjudica en absoluto a lavida, la libertad o los bienes de ningn hombre.54

    Como el gobernante no tiene la facultad de imponer legalmente el uso deningn rito o ceremonia a iglesia alguna, tampoco tiene la potestad de prohibir

    51 dem, p. 20.52 dem, p. 21.53 dem, p. 18.54 dem, p. 21. En un sentido anlogo: Vemos, por consiguiente, que las cosas indiferentes, aun cuandoestn bajo la potestad del gobernante, no pueden ser introducidas por ste en el mbito de la religin e impues-tas en las asambleas religiosas; puesto que al entrar al culto de Dios, dejan de ser cosas indiferentes(dem,

    p. 23).

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    el ejercicio de tales ritos y ceremonias que cada iglesia ha recibido, aprobadoy practicado, puesto que, si lo hiciese, destruira a esa iglesia, cuya nica fina-lidad es adorar a Dios con libertad, segn su propia conviccin. Diris que, alseguir esta regla, si algunas congregaciones concibieran el sacrificio de nios,o (como se acusaba injustamente a los primeros cristianos) la corrupcin en lapromiscuidad y la lujuria, o la prctica de otros excesos similares correspondera,entonces, al gobernante tolerarlos, ya que se desarrollan en el mbito de unacongregacin religiosa? A esto contesto en forma negativa. Tales cosas no sonlegtimas en el curso ordinario de la vida ni tampoco lo son en la adoracin deDios ni en ninguna asamblea religiosa. Mas, sin duda, si algunos se renen porrazones de religin y quisieran sacrificar un becerro, niego que esto pudiera serprohibido mediante una ley.55

    Una buena vida, lo que no es materia de poca monta en la religin y la verda-dera piedad, atae tambin al gobierno civil y en ella descansa la seguridad delas almas y de la comunidad. Las acciones morales pertenecen, por ello, tanto ala jurisdiccin externa como a la interna, vale decir, a la esfera del gobernantecivil y a la domstica, lo que significa finalmente a la del prncipe y a la de laconciencia.56

    Habiendo ya explicado esto, es fcil entender cules son los fines que guan ylimitan al Poder Legislativo, el que no puede legislar sino para el bien temporal

    y la prosperidad material de la sociedad, que son las nicas razones para quelos hombres se unan a ella y el solo propsito que buscan y persiguen en sta.Asimismo, es evidente que los hombres conservan su libertad en lo referente a susalvacin eterna, es decir, que todos deben hacer lo que en conciencia estimenque es grato al Todopoderoso, ya que de su buena disposicin y consentimientodepende la salvacin eterna.57

    Tal vez algunos dirn que no piensan que el juicio infalible, que todos los hom-bres deben seguir en religin, pertenezca al magistrado civil, sino a la iglesia. Loque dictamina la iglesia es refrendado por el magistrado mediante su autoridad;y sta prescribe que nadie acte o crea en materias religiosas sino lo que laiglesia ha ordenado; coloca finalmente todo juicio acerca de estas materias enmanos de sta; y el gobernante al someterse a ella exige la misma obedienciade los dems. A este argumento respondo: () La estrecha senda que conduceal cielo no es ms conocida por el gobernante que por cualquier otro individuoy, en consecuencia, no puedo confiarme en su gua, ya que probablemente l

    55 dem, pp. 23-24.56 dem, p. 2957 dem, p. 30.

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    desconozca esta senda tanto como yo, y con seguridad se preocupar menospor mi salvacin que yo mismo.58

    De acuerdo a lo que hemos expuesto, la llave de solucin para armonizar laintoleranciatolerancia de Locke est en considerar sus premisas filosficasantimetafsicas y sensistas que niegan a priorila posibilidad del entendimientohumano de conocer una realidad metaemprica como es la verdad religiosa.No existe en este mbito una verdad que conocer y amar, sino simples creen-cias subjetivas, sin contenido dogmtico seguro, basadas muy prximamenteen la fe fiducial luterana, trasformada en emocin y sentimiento de salvacinpersonal. Lgicamente, no hay en este cuadro Iglesia, sino que iglesias,con minscula, pues son formadas por la voluntad del hombre. De qu modo

    se puede fundar en esta doctrina el Estado laico?

    4. De la tolerancia al Estado laico

    La tolerancia defendida por Locke no es tan inocente como sus divulgadoresacostumbran a presentarla. Y es porque desde un punto de vista histrico laapologa de Locke se sita en el vrtice de la transicin en el mundo protestanteespecficamente anglicano del Estado confesional al laicismo de Estado.

    Precisemos. No se afirma que el rey haya dejado de ser la cabeza de la Iglesiaen Inglaterra, lo que histricamente sera inexacto, pues incluso hasta el dade hoy la reina Isabel II mantiene el ttulo de defensora de la fe. Se trata msbien de que la libertad religiosa basada en la tolerancia sirve como instrumentopara establecer gradualmente el Estado laico como modelo constitucional enlas relaciones poder pblico-esfera religiosa. Tericamente, esta conclusin esinequvoca si se tiene en cuenta que la doctrina de la tolerancia lockeana afirma,a modo de escala que sube hasta las puertas del laicismo, las siguientes tesis:

    (i) La independencia-separacin entre el Estado y la(s) iglesia(s)ii) La negacin de que la Iglesia sea una sociedad perfecta con potestad indi-

    recta sobre los negocios temporales.iii) La reduccin consecutiva del gnero de lo religioso a una pluralidad de

    confesiones, iguales entre s, sin pretensiones de origen divino, definidaspor la asociacin voluntaria de quienes comparten unas mismas creenciassubjetivas, sin contenido dogmtico definido.

    iv) La incompetencia del Estado en materia religiosa, no en razn del recono-cimiento de la trascendencia de la finalidad eclesistica, sino en virtud dela sealada subjetividad.

    58 dem, pp. 23-24.

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    v) La verdad religiosa no existe hablando en trminos propios. Es imposible,por tanto, que el Estado est al servicio de una tal especie de verdad a travs dela profesin de una fe y un culto pblico y oficial. A lo ms, ello puede existirpor una razn histrica, pero sin justificacin filosfica.

    Locke, en consecuencia, es un precursor del Estado laico. Valerio Zanoneconstata a este propsito: El concepto moderno de laicismo abarca no apenasla distincin entre Estado e Iglesia, sino tambin la concepcin de la Iglesia comosiendo una asociacin voluntaria. Estos dos elementos aparecen en el pensamientode los puritanos ingleses, en los escritos de John Milton sobre la libertad religiosa yde John Locke sobre la tolerancia. El principio segn el cual el Estado nada puedeen materia puramente espiritual, y la Iglesia nada puede en materia temporal es

    afirmado por Locke en la Epistola de tolerantia (1689): el poder poltico no debeemitir juicios sobre la religin, no teniendo competencia para dar definiciones enmateria de fe; de su lado la Iglesia debe mantener la propia autoridad en el campoespiritual que le es propio. Como la finalidad de la religin es llevar al hombre aalcanzar la vida eterna mediante el culto prestado a Dios, las leyes eclesisticas nodeben hacer referencia a los bienes terrenos ni apelar a la fuerza, que pertenecenicamente al magistrado civil; la nica fuerza de la cual el poder eclesistico eslegtimamente depositario es la fuerza de la persuasin, que tiene por objetivopromover la libre adhesin de la conciencia individual, y la nica sancin para losque no concordaren es que, colocndose contra la Iglesia, ellos no podrn perte-

    necer ms a ella.El enfoque de la recproca autonoma que Locke da a la relacin entre religin ypoltica se encuentra en los sucesivos escritores polticos que buscaron la conciliacinentre el liberalismo y la doctrina cristiana.59

    Zanone no penetra del todo en el fondo de los presupuestos lockeanos, puesno basta con afirmar que nuestro autor es un precedente del Estado laico, sinoque hay que precisar qu grado de lo laico asume. Esta pista est disponiblea partir de ciertas rectificaciones que se pueden hacer a las palabras de Zanonerecin citadas:

    i) La doctrina clsica tambin sustenta la autonoma del orden poltico y delorden religioso, por lo que hablar simplemente de autonomade lo temporalno basta para caracterizar al Estado laico. Es necesario precisar si se trata deuna autonoma de distincin-subordinacino una autonoma de separacin-independencia. La primera es una autonoma en razn de la materia,no en

    59 Valerio Zanone, voz Laicismo,en Norberto Bobbio, Nicola Matteucci, y Gianfranco Pasquino (Eds.),

    Diccionario de la poltica, op. cit., p. 671.

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    relacin al finabsoluto y trascendente al que esa materia est subordinada.Esta autonoma es el sustrato de la doctrina gelasiana que el laicismo rechaza:por causa del fin ltimo universal para todos los hombres, que es eterno yest al cuidado de la Iglesia, el Estado, que es autnomo en materia temporal,no slo no puede obstaculizar la posibilidad de alcanzar ese fin desde la vidatemporal, sino que a su modo debe favorecerlo. El Estado neutro es ya unmodo de no favorecerlo.

    Locke evidentemente rechaza esta doctrina de la autonoma distincin-subordinacin, que hace parte del patrimonio cristiano, en cuanto estableceuna autonoma no solo de materia,sino de fin; en otras palabras, establece laindependencia del Estado respecto de la religin revelada, que en su caso es

    encarnada por la iglesia anglicana, que en todo caso es una institucin asociativavoluntaria basada en las creencias subjetivas. Locke, en consecuencia, defiendeuna autonoma de separacin-independencia, tan cara al laicismo.

    ii) La doctrina clsica nunca ha atribuido a la Iglesia la capacidad de imponerdirecta e inmediatamente penas con el uso de la fuerza. La fuerza est entre-gada, al principio, al poder poltico. Por ello, la doctrina de Locke no puedeformularse del modo que Zanone expone, aun cuando el mismo Locke en msde una ocasin cae en este lenguaje equvoco. En realidad, lo que nuestro fil-sofo sustenta es la negacin de la potestad indirectade la Iglesia en los asuntos

    temporales mediando razn de pecado, en virtud de lo cual el poder polticoqueda al servicio de la Iglesia para la ejecucin de ciertas sanciones mediante eluso de la fuerza dentro de ciertos lmites. Y en un plano ms amplio, la legalidadhumano-positiva del Estado queda sujeta al definitivo juicio de valor de la Iglesia,tutora de la ley natural, en materias sustancialmente morales. Ambas cosas sonnegadas por Locke. Y ambas negaciones son propiedades del laicismo.

    Qu laicismo y cul Estado laico puede fundarse desde la doctrina de Locke?El laicismo positivo, neutro o negativo? El Estado laico fundado en la laicidado en el estricto laicismo?

    Para dar con una respuesta satisfactoria, es interesante observar que en suCarta de la toleranciaLocke habla slo una vez de la libertad religiosa comoderecho natural.60El resto de las veces habla de tolerancia. Asimismo, emplea

    60 Nuestro autor se refiere propiamente a la libertad de conciencia en materia de religin y a suproyeccin externa: Estas acusaciones cesaran muy pronto si la ley de la tolerancia se determinase en talmodo que todas las iglesias se obligaran a proclamar que la tolerancia es el fundamento de su propia libertady a ensear que la libertad de conciencia es un derecho natural del hombre, que pertenece por igual a losdisidentes como a ellos mismos, y que nadie puede ser obligado en materias de religin, ni por ley ni por lafuerza. Si estableciramos estos principios, desaparecera toda causa de agravios y tumultos por razn de

    conciencia(Cfr. Carta sobre la tolerancia, op. cit., p.34)Diccionario de la poltica, op. cit., p. 671.

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    de modo bastante cuestionable en cuanto al rigor exegtico citas bblicaspara fundar un derecho que se supone natural (para el que no hara falta citarlas Escrituras), o a veces apela al comportamiento general de la humanidadnuevamente a travs del modelo de la tolerancia. Pero no hay rigurosamenteun intento de demostracin de por qu la libertad religiosa es un derechonatural y cul es su fundamento.61

    Es claro el escepticismo de Locke en estos temas. Sus convicciones destasse traslucen como fogatas en la noche a lo largo de su opsculo. La religinpositivapara l cumple una funcin en la sociedad desde un punto de vistameramente pragmtico, no veritativo:

    (a)La religin, genricamente considerada, es tratada slo como un dato so-ciolgico, y en cuanto tal ha de ser tenida en cuenta en la teora poltica comoexpresin de la libertades individuales. Pero no correspondiendo a nada real,no existiendo una religin objetiva, como la vida objetiva o las posesionesmateriales objetivas, cada cual puede elegir o renunciar a la forma de cultoque quiera.62

    (b)La religin, especficamente la cristiana, no se ha de distinguir esencial-mente por su elemento dogmtico las verdades que hay que creer ni deculto manera de honrar a Dios, la liturgia, etc., sino por su moral, en cuanto

    incentiva a los sbditos a practicar ciertas virtudes caridad, mansedumbre,etc. que son beneficiosas para la convivencia civil. Es decir, la religin es algovalioso en la misma medida en que ayude a moralizar las relaciones socialesdesde el mbito privado.

    (c)Dado que en Inglaterra existe una religin oficial el credo anglicano, cuyacabeza es el rey, pero diversos credos protestantes menores, es necesario queimpere la ley de la toleranciaentre ellos. Locke apela al argumento de la esenciadel cristianismo, cual sera amar al hermano (que reduccin ms elemental!),parecindole absurdo que se luche por cuestiones de credo o culto, cuandotodos son hijos de un mismo padre.

    61 Locke, en general, se muestra reacio a formular tal tipo de demostraciones. Al analizar las libertadesindividuales lo hace nicamente con el derecho de propiedad (Cfr. Segundo Tratado del Gobierno Civil,Cap. IV, Nos25 a 51. En el N 41 habla explcitamente de demostracin), de ah el malentendido dealgunos tratadistas que han considerado que la propiedad es el nico derecho fundamental en Locke,lo que es un error.62 Ningn hombre est por naturaleza ligado a ninguna iglesia o secta en particular, sino que cada cualse une voluntariamente a la sociedad en que cree que ha encontrado aquella profesin y culto que es verda-deramente aceptable a Dios. Las esperanzas de salvacin, al ser la sola causa de su ingreso a esa comunin,deben ser tambin la nica razn de su permanencia en ella(Cfr. Carta sobre la tolerancia, op. cit.,

    pp. 8-9).

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    Es claro que un cristianismo genricocarente de dogma y de culto, como loconcibe Locke, no es propiamente elcristianismo, sino, a lo ms, un humani-tarismo sentimental y desvado.En razn de lo expresado en las letras (a), (b) y (c), creemos que el pensamientode Locke se aviene ms con un laicismo neutro, al menos en su universo histricode las religiones protestantes. No obstante, su intolerancia con el catolicismoes una manifestacin clara de laicismo negativo, en una postura extremista deluso del poder poltico que ni el mismo Hobbes se atrevi a formular en un casoconcreto, por cierto tan universal. Esto hace difcil determinar qu modelo deEstado laico encuentra su antecedente en Locke. El laicismo negativo es inherenteal Estado laico fundado en el laicismo estricto. El laicismo neutrode indiferencia,

    como tambin se manifiesta en Locke, es propio del Estado laico fundado en lalaicidad. Quizs pueda decirse que Locke, por el conjunto de su doctrina, seaun precursor del segundo, teniendo en cuenta que, como advertimos, ambosson parte de un mismo movimiento pero de velocidades distintas. Ambostipos de laicismo funcionan sin embargo como puntales del Estado neutrocontemporneo, que de cualquier forma no es un Estado rbitro, sino unEstado totalizador, feliz de no encontrar fuera de s ningn lmite intangible.Slo resta una sociedad desarticulada por el individualismo desmenuzador.

    Desde un punto de vista histrico, Marcel Gauchet ha mostrado cmo la

    trayectoria de la laicidad est ntimamente ligada a la historia del Estado, entanto que ste se convierte en uno de los principales operadores del procesode privatizacin de lo religioso. La tolerancia, articulada tericamente por Loc-ke (y por Bayle) solo pudo ser elevada a principio constitucional en la mismamedida que el Estado laico se erigi sobre una base absolutista en materia dereligin.63Massimo Jasonni observa que Despus del siglo XVIII, eliminadostodos los residuos del poder de carcter feudal y burocrtico, el Estado, inspiradoen concepciones racionalistas, como el laicismo y el agnosticismo, llama a s a todala esfera de los derechos y obligaciones de los sbditos, afirmando su competenciaen la propia regulacin del fenmeno religioso. Invertidos los trminos, es ahora elEstado que se arroga la llamada competencia de las competencias o la autoridadde definir qu es propio de sus atribuciones y lo que eventualmente podr caber ala Iglesia. Tal forma de Estado, que encontrar en el hegelianismo su culminacinterica y en la realidad poltica se concretizar en expresiones antitticas, como, porejemplo, el Estado autoritario o el Estado democrtico.64 En ese plano, hoy cobra

    63 Marcel Gauchet, La religion dans la dmocratie: Parcours de la lacit, Gallimard, Paris, 1998. Delmismo autor, Le Dsenchantement du monde. Une histoire politique de la religion, Gallimard, Paris, 1985y La condition historique, Stock, coll. Les essais, Paris, 2003.64 Norberto Bobbio, Nicola Matteucci y Gianfranco Pasquino (eds.), Diccionario de la poltica, versin

    de Editora UNB, Brasilia, 1983, Vol. I (11 edicin), p. 216.

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    nueva vida la tesis de Carl Schmitt, endosada a su modo por H. Blumenberg,R. Koselleck y K. Lwith de que todos los conceptos significativos de la teoramoderna del Estado son conceptos teolgicos secularizados.65

    De cualquier forma, la doctrina de la tolerancia de Locke se ofrece hoy embri-dada al servicio del liberalismo poltico y del Estado laico en declinio. Nuestroautor articul la panoplia de su desposorio, pero no vio en prospectiva lo quetempranamente Hegel cal en perspectiva, segn la cita que a su pesar traeJrgen Habermas en las pginas de su Discurso filosfico de la modernidad:La gloriosa victoria que la razn ilustrada ha cosechado sobre aquello que con-forme al escaso grado de su visin religiosa consideraba como fe, es decir, comolo opuesto de s; cuando se miran las cosas ms atentamente no ha consistido

    sino en que ni ha quedado en pie lo positivo contra lo que la razn emprendi sulucha, es decir, la religin, ni tampoco ha quedado en pie el vencedor, es decir,la razn.66

    65 C. Schmitt, Politische Theologie. Vier Kapitel zur Lehre von der Souvernitt, Berln [1922]; Duncker &Humbolt 1996, p. 43. Existe traduccin al espaol por Struhart & CIA, 1998.66 Jrgen Habermas, El discurso filosfico de la modernidad, Taurus, Madrid, 1993, pp. 37-38.