Resolucion Ere Inter Panel 06.02.2012-2

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    li~ Junta de~8 Castilla y Le6nDeleqaclon Territorial de ZamoraOficina Territorial de Trabajo

    ANTONIO CASTRO VELICIAS,representante de los trabajadores de la empresa "Interpanel, S. A."

    CI Canoniga, sin.49696-SANTA MARiA DE LA VEGA (Zamora).

    Notif. Resolucien R.E. 2/12.

    RELACIONES LABORALES Y RECURSOS.Expte.: 2/12. Suspension contratos de trabajo.Empresa: INTERPANEL, S. A.Asunto: Notificaci6n Resoluci6n Regulaci6n de Empleo.R fU . PMD/CLC.

    .JUNTA DE CASTILLA Y LE(JN.DELEGACION T. EN Z,~MORA.OfIG!NA TER.RITORiAL DE TRABA.JOS a l l t l a N " . 2 0 1 2 4 & S 0 0 0 0 6 3 9

    0610212012 1 0 : 2 4 : 2 ;

    De conformidad con 1 0 dispuesto en el art. 58 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Regimen Juridico de las Administraciones Publicas y delProcedimiento Administrativo Comun (BOE del 27), damos traslado de laResolucion dictada por e a Ocina Territorial, en fecha 0610212012 , por laque se resuelve AUTO TZAR Lasolicitud de suspension de contratos detrabajo efectuada por I empresa d e referencia.

    lbornos.

    Avda. Requejo, 4 planta 2"-3a 49071 ZAMORA. Telefono 980 557544. FAX 980 536027

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    Deleqaclon Territorial de ZamoraOficina Territorial de TrabajoRELACIONES LABORALES Y RECURSOS.Expte.: 2112.- Suspensi6n de contratos de trabajo. Causas tecnicas y productivas.Empresa: INTERPANEL, S.A.Rf'.: ASA/MVR

    VISTO el escrito presenl'ldb por D. Ernesto Jarabo Gil de Bernabe, en calidad de Consejero Delegadode la empresa INTERP' ~'~~!3 licada ala actividad de "fabricaci6n tablero M.D.F.", con domicilio enCarretera Nacional VI '~" ,1 )1Ai f t r~~I~de Villabrazaro (Zamora)

    - r.: " J ' , , , . . . , 4>'~;::: ~-:., o....Y . d ~r.;.:-,. j tr ' 1 ' 1 Il~.tenien 0 er ~Ita, .:.";"~)_~lll,e,~ IW- :' .. ' ,i' i: ;' itrl j ! J ""l .~ - s ~ II E C II 0 S(o O\~1r'" ,PRIMERO.- Con4~2n~ 12012 tuvo entrada en el Registro de esta Oficina Territorial de Trabajo

    solicitud, formulada por D. Ernesto Jarabo Gil de Bernabe de autorizaci6n para proceder a la suspensi6n de loscontratos, durante un periodo de 84 dias a 1 0 largo del afio 2012, a 114 trabajadores que forman parte de suplantilla.Fundamenta su petici6n en causas de naturaleza tecnica y productiva. La planta esta en situaci6n deparada de producci6n desde el pasado mes de noviembre, como consecuencia de la falta de suministro electrico,1 0 que hace tecnicamente imposible la arrancada del proceso. La suspensi6n de los contratos de trabajo a 1 0largo del afio 2012, servira de herramienta para garantizar el futuro de la empresa ante cualquier situaci6n quepudiera llevar a una paralizaci6n de la actividad productiva de la planta, y al mismo tiempo disminuir, en lamedida de 1 0 posible, los inconvenientes que pudieran causarse por este motivo a los trabajadores.

    SEGUNDO.- La empresa presenta, acompafiando su solicitud, la documentaci6n acreditativa de laexistencia de causas motivadoras del expediente, de conformidad a 1 0 establecido en el art. 51, en relaci6n conel 47, del Real Decreto Legislativo 111995, de 24 de marzo (BOE del 29) por el que se aprueba el textoRefundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en los arts. 5 y 22 del Real Decreto 80112011 , de lOdejunio (BOE del 14) por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de Regulaci6n de Empleo y deActuaci6n Adrninistrativa en materia de traslados colectivos, asi como memoria explicativa de las causasalegadas y los motivos de las medidas pretendidas y otra documentaci6n sobre la concurrencia de las causastecnicas y productivas.

    TERCERO.- A la vista de los hechos planteados y en base a 1 0 dispuesto en el art. 51.3 del TextoRefundido del Estatuto de los Trabajadores, se solicit6 informe de la Inspecci6n de Trabajo y Seguridad Social,procediendose asimismo a comunicar al Servicio Publico de Empleo Estatalla iniciaci6n del expediente.

    CUARTO.- El dia 3110112012 , la Representaci6n de la Empresa presenta en esta Oficina Territorial deTrabajo Acta de Acuerdo de la finalizaci6n del periodo de consultas firmada poria empresa y por sietemiembros del Comite de Empresa de la misma en fecha 25/0112012.

    QUINTO.- Se envia el acta de acuerdo a la Inspecci6n Provincial de Trabajo.SEXTO.- Con fecha 03102/2012 tiene entrada el informe emitido por la Inspecci6n Provincial de

    Trabajo en el que la Inspectora de Trabajo y Seguridad Social actuante despues de las actuaciones realizadas,informa favorablemente la autorizaci6n de 10 solicitado, por NO apreciar de oficio 0 a instancia de parte laexistencia de fraude, dolo, coacci6n 0 abuso de derecho en la conclusi6n del acuerdo en el que constaexpresamente:

    Avda. Requejo, 4 planta 2a_3a .49012 ZAMORA. Telefono 980 557544 FAX 980 536027

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    ~,- - - - -l 1 i ~ ~,~~ Junta de~fi Castilla y LeonDeleqacion Territorial de ZamoraOficina Territorial de Trabajo

    "Los distintos aspectos que forman parte del acuerdo deben ser respetados por la empresa para queesta pueda aplicar 0 seguir aplicando la medida suspensiva desde el momenta en que se proceda a suautorizacion.

    El numero de dias en que se podra suspender el contrato de trabajo a los afectados por el expedientesera como maximo de 84.

    Con independencia del numero de dias en que se haya suspendido el contrato, los trabajadores tendranderecho a 28 dias de vacaciones como minimo.

    Los trabajadores no afectados por el expediente son: los jubilados parcialmente, los vinculados porcontrato eventual por circunstancias de la produccion, los trabajadores con reduce ion de jornada por cuidadode hijos, la trabajadora en situacion de baja por riesgo durante el embarazo y los mayores de 55 aiios (nopodran resultar afectados los que ya tengan dicha edad al dictarse la resolucion ni los que cumplan esos aiios,y desde el momenta en que 1 0 hagan, durante elperiodo de suspension autorizado)".

    SEPTIMO.- En la tramitacion del presente expediente se han observado las prescripciones legales yreglamentarias de)~~1!i~iCaCi6n.

    ~ OR 'l(,A los ~ ~ s . . J J . 1 ] q _ G . de aplicacion los siguientes,'S o 'A=~ l~~1~-,.~~ ; ~ FUNDAMENTOS DE DERECHO. . . . . . 1 . 2 l~~I~'rI ~;;jPR, 'JlJ~Y~rfbdf~i a Territorial de Trabajo es competente para conocer y resolver la presente

    solicitud en viltll$ ~ ido en el art. 51 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el quese aprueba el Texto . erundid0 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 80112011, de 10 dejunio, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Regulacion de Empleo y de ActuacionAdministrativa en materia de Traslados Colectivos y el Real Decreto 83111995, de 30 de mayo, sobre traspasode funciones y servicios de la Administracion del Estado a la Comunidad de Castilla y Leon en materia detrabajo y art. 3.e) de la Orden de 21.11.96 de las Consejerias de Presidencia y Administracion Territorial eIndustria, Comercio y Turismo, por las que se desarroIIa la estructura organica y se definen las funciones de lasOficinas Territoriales de Trabajo.

    SEGUNDO: Este expediente de regulacion de empleo ha sido tramitado conforme a 10 dispuesto en elart. 51, en relacion con el 47, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real DecretoLegislativo 1/1995 y de acuerdo con el Real Decreta 80112011, de 10 de junio, por el que se aprueba elReglamento de los procedimientos de regulacion de empleo y de actuacion administrativa en materia detraslados colectivos.

    TERCERO: POl' su parte, y en cuanto al procedimiento que se ha de seguir en este tipo de expedientes,el art. 51.5 del mismo texto legal recoge que, cuando el periodo de consultas concluya con acuerdo, la AutoridadLaboral dictara Resolucion autorizando la medida solicitada por la Empresa, salvo que se apreciara de oficio 0 ainstancia de parte la existencia de fraude, dolo, coaccion 0 abuso de derecho en la conclusion del acuerdo, encuyo caso procederia su remision a la Autoridad Judicial, a efectos de su posible declaracion de nulidad, consuspension de plazo para resolver.

    CUARTO: POl'todo 10 expuesto, teniendo en cuenta el acuerdo alcanzado entre la empresa solicitante yel Comite de Empresa de la misma, el informe emitido poria Inspeccion de Trabajo y Seguridad Social,estimando la procedencia de la medida suspensiva por NO apreciar de oficio 0 a instancia de parte la existenciade fraude, dolo, coaccion 0 abuso de derecho en la conclusion del acuerdo,

    Avda. Requejo, 4 planta 2a_3a .49012 ZAMORA. Telefono 980 557544 FAX 980 536027

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    I~I. . . . . . . . . .a~ Junta de.~.n Castilla y LeonDelegaci6n Territorial de ZamoraOficina Territorial de Trabajo

    Esta Oficina Territorial de Trabajo RESUELVE:PRIMERO.- AUTORIZAR a la empresa INTERP ANEL, S.A. la suspension de los contratos de

    trabajo, respecto a los contratos que mantiene con los 106 trabajadores cuyas circunstancias personalesfiguran en el Anexo I de la presente resolucion, durante un periodo de 84 dias hasta el 31 de diciembre de2012, a contar desde la fecha de notificacion de la presente autorizacion, todo ella segun 1 0 sefialado en el actade acuerdo que pone fin al periodo de consultas. A tal efecto, debera comunicar a esta Oficina las fechas inicialy final del citado periodo.

    Segundo.- De conformidad a 1 0 dispuesto en el art 1.3 de Real Decreto 625/1985 (redactado por ladisposicion final segunda del citado Real Decreto 80112011, de de 10 de junio) se declara la situacion legal dedesempleo de los trabajadores afectados por el expediente, que se acredita mediante la presente resolucion deregulaci6n de empleo, 1 0 cual confiere a aquellos el derecho a solicitar de Servicio Publico de Empleo Estatal(INEM) el reconocimiento de las prestaciones por desempleo que Ie correspondan.

    TERCERO.- Durante el tiempo de suspension de los contratos de trabajo, la empresa INTERP ANEL,S.A. ingresara la aportacion que le corresponda a la Seguridad Social, de conformidad con 1 0 previsto en lanormativa anteriormente citada.

    CUARTO.- REQUERIR a la empresa INTERPANEL, S.A. para que notifique a esta AutoridadLaboral, en el plazo de DIEZ DIAS, la fecha en que hace uso de la autorizacion de suspension de los contratosde trabajo.Igualmente debera remitir a la Direccion Provincial del Servicio Publico de Empleo Estatal lacomunicacion antes sefialada, que necesariamente ira acompafiada de los correspondientes certificados deempresa y documentos de cotizacion actualizados referidos a los trabajadores afectados.

    QUINTO.- ADVERTIR a la empresa de la obligacion que tiene de comunicar a esta Autoridad Laboraly al Servicio Publico de Empleo EstataI, con caracter previo, Ia suspensi6n temporal 0 definitiva de laautorizaci6n concedida, es decir, la fecha de reanudacion de las actividades y consiguientemente la fecha de altade los trabajadores afectados.

    Notifiquese la presente Resolucion a las partes afectadas, haciendoles saber que contra el presente acto,de conformidad con los articulos 11 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Regimen Juridico de lasAdministraciones Publicas y del Pilocedimie to Administrativo Comun (B.O.E. del 27) en su redacci6n dadapor la Ley 4/1999 de 13 de enero (B E del 14), e podra interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. DelegadoTerritorial de la Junta de Castilla y ~[l en .Zar ra, en el plazo de un mes contado desde el dia siguiente a lanotificaci6n de la presente resoluci6n.

    Avda. Requejo, 4 planta 2a_3a .49012 ZAMORA. elefono 980 557544 FAX 980 536027

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    ANEXOI

    TRABAJADORES AFECTADOS EXPTE. 2/12.

    FERNANDEZ BOYA JESUS MANUELALVAREZ DELGADO MANUELALONSO GARCIA FELIX ANGELMENENDEZ GARCIA JOSE MARIAALVAREZ ALONSO JOSE LUISMENDEZ NUEVO JUAN AGUSTINRODRIGUEZ CUESTA FERNANDO JOSERAMOS ROMERO MIGUEL VICENTEFURONES ALVAREZ MIGUEL ANGELMEDIAVILLA SANZ JESUS MANUELVARA VARA ENRIQUEFERNANDEZ DEL RIO DANIELMARTINEZ MARTINEZ ALBERTOSASTRE PICAZO JOSE JAVIERANTA VEGA EUSEBIOREAL VAZQUEZ RAMON MANUELMELGAR SANTOS FRANCISCOALVAREZ DOMINGUEZ MANUELMANRIQUE SANZ CELESTINOVELADO FERNANDEZ DOMINGOMARTIN CABEZAS MARCOSFERNANDEZ CERVINO JOSE ENRIQUEAPARICIO GARCIA ANDRESNUNEZ MARTINEZ ORLANDOCIDON BLANCO ANDRESSANTIAGO VILLAR NEMESIOGARCIA MARCOS VICTORINOALONSO VAQUERO JESUSMELGAR SANTOS FELIXJUEZ HUELMO JUAN ALBERTOCONDE ESTEBAN SANTOSALONSO RAMIREZ JORGEVINAS RAMOS JUANGERAS MARTINEZ GUSTAVOGARCIA RAMOS JOSE ANTONIOPEREIRAS MACEIRA MANUELMELGAR SANTOS SIMONMORALES GAMAZO JUAN CARLOSPACIOS FERNANDEZ AZUCENAHERNANDO RODRIGUEZ CRISTINAFERNANDEZ VIDALES FRANCISCO JAVIEFERNANDEZ GARCIA JOSE MARIASALSON RIOS MIGUEL ANGELLERA BERCIANO JOSE ANTONIOBLANCO FIDALGO CARLOS MANUELGONZALEZ RODRIGUEZ EDUARDOGARCIA NATAL MARIA MONTSERRATDIEZ RAMOS TEOFILOMIELGO RAMOS ALFONSONUNEZ RABANO DONATO

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    VARA DEL RIO ROMANFERNANDEZ ALiJA ALBERTOGARCIA CAMPO ANGEL LUISFERNANDEZ CERVINO JORGEPOSE VILAS JUAN MANUELLOPEZ MARTINEZ BENIGNOCASTRO VELICIAS ANTONIOFERRERO MIELGO UBALDOBLANCO BLANCO JOSE MARIAVICENTE DIEZ JOSE MANUELMUNIZ RODRIGUEZ JAVIERALONSO FERRERO ANGELHIDALGO RIESCO AQUILINOVEGA APARICIO JOSE ALBERTOMAYO COLINAS AGAPITODOMINGUEZ GOMEZ JOSE MIGUELCARRICAJO FERNANDEZ ANGELNUNEZ MARTINEZ RUBENMUELAS DEZA JUAN CARLOSSAN ROMAN GAGO FRANCISCO JAVIERCASTRO VELICIAS SANTIAGOPARRA ORDONEZ ISRAELDE PAZ FERRERO ESTEBANLABRA FERNANDEZ MARCO ANTONIOHUERGA GONZALEZ FRANCISCO JAVIERARIAS ALONSO SEVERIANOSANTIAGO BARRIO JULIOSANCHEZ CIFUENTES JOSE MANUELFERNANDEZ ROMERO JOSE MIGUELHUERGA LUQUE MARIA TERESAMARTINEZ VALVERDE ALBERTOVIEJO FERNANDEZ JOSE IGNACIOFERNANDEZ CASASNOVAS ANTONIO ADOLFOFERNANDEZ GONZALEZ CARLOSSUTIL PEREZ CESARLOPEZ RELLAN MARIA MERCEDESMARTINEZ GUIMAREY MIGUEL ANGELARIAS ARIAS EMILIOGALLEGO TABOADA JESUSCRUZ CORDERO DALMACIOGARCIA CAMARZANA JOSE PEDRORODRIGUEZ DOMINGUEZ VICTORINOVILLAFANE FIDALGO LUCASCABALLERO NUNEZ JESUSGARCIA SOBRAL DANIELMELERO GARCIA JOSE ALBERTOBLANCO ALVAREZ PEDROGARCIA LLAMAS MONTSERRATPEREIRAS MACEIRA CARLOSVELADO LOBATO ALICIALOPEZ MARTiNEZ SILVIAMARTINEZ GARCIA ROBERTOMENENDEZ GARCIA JOSE ANTONIOMELGAR GARCIA JONATHANMENDEZ GUERRA RODRIGOGARCIA PASTOR MARCOS

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    ACTA DE ACUERDO ENTRE LOS REPRESENTANTES DE LOSTRABAJADORES Y LA DIRECCION DE LA EMPRESA INTERPANEL, S.A.PARA LA SOLICITUD DE EXPEDIENTE DE REGULACION TEMPORAL DE

    EMPLEO (Suspension temporal de contratos)

    En Villabrazaro a 25 de enero de 2012, se reunen las personas que se relacionana continuacion, y que representan de una parte a los trabajadores y de otra a la direccionde la empresa INTERP ANEL, s.a.

    Repl'esentantes de los trabajadoresNombre D.N.I.CASTRO VELICIAS, ANTONIO 10202915T

    CRUZ DIAZ, BALBINO 33808025AGARCIA RAMOS, JOSE ANTONIO 11388580SHUERGA GONZALEZ, FRANCISCO JAVIER 11934596BLOPEZ MARTINEZ, BENIGNO 10185550TPOSE VILAS, JUAN MANUEL 32784870AVELADO FERNANDEZ, DOMINGO 09727039V

    -

    I ' Representantes de la EmpressNombre D.N.I

    Ernesto Jarabo Gil de Bernabe 33845963Z

    Primero.-Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad suficiente para obligarsepor el presente documento, en la representacion que ostentan y en los terminosexpresados en e1 presente Acuerdo.Como resultado de las negociaciones mantenidas, ambas partes acuerdan ponerfin al perlodo de consultas iniciado e1 pasado 13 de enero del presente afio y aprobar elacuerdo sobre las condiciones que regiran la regulacion temporal de empleo que sepresentara ante la Autoridad Laboral competente, para, si es menester, sea aprobado por

    lamisma.Segundo.-

    La empresa ha expuesto las causas productivas que justifican la decision derealizar una suspension temporal-de contratos, con el objeto de ajustar los periodos deproduccion, de tal forma que no se produzcan desajustes graves de tesoreria que podrianponer en peligro la viabilidad del proyecto.

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    Tereero.-

    El objeto de la medida adoptada es, por un lado garantizar la viabilidad delproyeeto empresarial, y al mismo tiempo mantener el empleo estable de la totalidad dela plantilla.

    ACUERDO REGULACI0N TEM PORAL DE EMPLEO.-

    1- Duraei6n de la Regulaci6n Temporal de Empleo.2- Personal afeetado3- C6mputo de dias de desempleo por trabajador.4- Preaviso.5- Complementos salariales.6- Vacaciones.7- Contrataciones8- Gesti6n SEPE.9- Proeedimiento.10- Compromisos de negociaei6n futura.11- Formaei6n

    1- DURACr6N DE LA REGULA:CION TEMPORAL DE EMPLEO.-El inicio de la Regulaei6n temporal comenzara en el mes de enero de 2012 y se

    prolongara hasta diciembre de 2012.El mimero de dias maximo de suspensi6n de eontrato por trabajador no superaralos 84 dias.El mimero de dias de parada mensual sera de 7 tornado como media dereferencia, pudiendo ser mas 0 menos dependiendo de las eireunstancias de la demandaen eada momento, respetando siempre los limites estableeidos en el presente Acuerdo.Los dias de suspensi6n de contrato se distribuiran entre el personal afectado deforma equitativa, sin que ningun trabajador pueda estar en esta situaci6n menos de 7dias y mas de 14 dias en e 1 mismo mes (2 semanas).Si la situaci6n actual, de corte de suministro electrico perdura, el 100% de lostrabajadores que afeeta este E.R.E. pasara a la suspensi6n de eontratos, respetando

    siembre los servicios minimos.

    2- PERSONAL AFECTADO.-La regulacion temporal de empleo afectara a todos los trabajadores de la

    plantilla, excluyendo a aquellos que se eneuentren en situaei6n de Jubilaei6n parcial,los trabajadores eon contrato en vigor por eircunstaneias de la produeei6n, aquellostrabajadores mayores de 55 aiios, y a los trabaj.adores eon reducci6n de jomada, poreuidado de hijos.'!?Y,I,~

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    En cada periodo de parada por Regulacion de empleo, se determinara y aprobarapor parte de la Comision de Seguimiento y control, el personal necesario para garantizarlos servicios minimos imprescindibles dentro de la fabrica:

    Bascula.Recepcion de madera.Carga y gestion de producto terminado para los clientes.Mantenimiento y vigilancia.En caso de mantenerse el corte de energfa electrica, el 100% de los trabajadores

    afectados por este ERE, pasara a la suspension de contratos, siendo los serviciosminimos en este caso:

    Bascula: 1 trabajador.Recepcion de madera: 1 trabajador.Carga y gestion de producto terminado: 1trabajador.Vigilancia: 2 trabajadores.

    3 - COMPUTO DE DlAS DE DESEMPLEO POR TRABAJADOR.-Teniendo en cuenta la disposicion final tercera del RD 1300/2009 de 31 de julio,por el que se modifica el RD 625/1985 de 2 de abril de proteccion de desempleo, sepacta que el consumo de dias de desempleo sera de 7 dias por cada 5 dias habiles de

    trabajo, para inc1uir la parte proporcional del descanso semanal.

    Disposicion final tercera. Modificacion del Real Decreto 62511985, de 2 de abril, por elque se desarrolla la Ley 3111984, de 2 de agosto, de proteccion por desempleo.Se incorpora un nuevo apartado 6 al articulo 22 del Real Decreto 62511985, de 2 deabril, por el que se desarrolla la Ley 3111984, de 2 de agosto, de proteccion pordesempleo, con la siguiente redaccion:6. En los supuestos de suspension de la relacion laboral en virtud de expediente deregulacion de empleo, 0 de resolucion judicial en el senD de un procedimientoconcursal, cuando el periodo de suspension se refiera exclusivamente a dias laborables,a efectos del pago y consumo de las prestaciones por desempleo, a fin de computar laparte proporcional del descanso semanal, dichos dias laborables se multiplicartin porel coeficiente 1,25, salvo en el supuesto de que la suspension afecte a cinco 0seis diaslaborables consecutivos, en que se abonaran y consumirdn siete dias.Dicho coeficiente se aplicard sobre el total de los dias laborables del mes, sin que enningun caso la suma de los dias a percibir por el trabajador en concepto de salarios yde prestaciones por desempleo puedan superar los dias naturales de dicho mes.

    4- PREA VISO.-La empresa comunicara el inicio y el fin de la suspension de contratos a losafectados y a la Representacion de los trabaj adores con una antelacion de, al menos,

    cuatro dias, Asi mismo se trasladara al Comite de Em resa de forma mensual lainformacion relativa a estamedida, __-r

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    5- COMPLEMENTOS SALARIALES.-5.1- La Empresa abonara para el afio 2012 un complemento sobre la prestacion dedesempleo que garantice el 95% de la base de cotizacion por contingencias comunes(en la cual se inc1uye la parte proporcional de las pagas extraordinarias), tomadacomo media los 6 ultimos meses anteriores a la aprobacion del expediente,exceptuando el plus de puesto de trabajo, de cada trabajador.5.2 - Los fines de semana correspondientes al Expediente de regulacion, secomplementaran al 100% en la medida indicada en los apartados 5.1.

    6 - VACACIONES.-Durante el periodo en que los trabajadores esten en suspension temporal de

    contratos, no se devengaran vacaciones, exceptuando los dias que correspondan al fin desemana.Si del calculo resultante para fijar el mrmero de dias de vacaciones resultara un

    mimero no entero, se estaria al entero mayorSe garantizara un numero de dias de vacaciones independientemente de la

    afectacion del Expediente no inferior a 28 dias.

    7 - CONTRATACIONES.-Durante el periodo que dure la suspension temporal de contratos, podran

    realizarse contrataciones de caracter temporal, con la finalidad de atender las peticionesde paso a Jubilacion Parcial realizadas por los trabajadores. Se dara prioridad a lostrabajadores con contratos temporales dentro de la empresa.

    En caso de producirse vacantes por situaciones derivadas de interinidad, se daracontinuidad a los contratados temporales que esten dentro de la organizacion, siempreque sea posible en funcion del puesto a cubrir.

    Mientras dure esta medida, no se podra derivar trabajo propio de los trabajadoresde Interpanel a empresas extemas, a excepcion de la parada tecnica de verano y la deNavidad, si esto ocurriera se comunicara a la Autoridad laboral.

    La gestion de las citcunstancias expresadas en los parrafos anteriorescorrespondera a la Comision de Seguimiento y Control en 1 0 que atafie a su aprobacion,

    8- GESTION INEM.-La empresa facilitara todas aquellas gestiones que sea necesario realizar ante el

    organismo del SEPE competente para el reconocimiento y cobro de las prestaciones dedesempleo de todos los trabajadores afectados por la Regulacion Temporal de empleo.

    Los trabajadores autorizaran en modo conveniente a la empresa y de formavoluntaria, para que en su nombre y representacion, pueda realizar la presentacion decuantos documentos sean necesarios para agilizar la gestion y cobro de las prestacionespor desempleo.

    Con el fin de abonar de manera correcta los complementos salariales pactados,. mediante el presente acuerdo, los trabajadores autorizaran, en la manera que seaJ ., adecuada, a la empresa a que pueda solicitarjlel SE los importes reconocidos en~ . . . . --/, ~ ~ ~ . -~ 1 t . ~ ~ . ,- ,% , . , , ~ ~ _ - _ - '_ . _Pagina4

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    concepto de prestacion por desempleo a cada uno de los afectados por la Resolucion, Ensu defecto los trabajadores deberan comunicar al departamento de personal los datosreferidos a la cuantia de la prestacion reconocida por el SEPE.

    Una vez que se haya aprobado el Expediente de Regulacion de Empleo por laAutoridad Laboral competente y siempre que la empresa no continue con su actividadproductiva normal y siempre que los trabajadores no tengan una ocupacion efectiva, seprocedera a pasar a los mismos a situacion de Suspension Temporal.

    9 - PROCEDIMIENTO.-9.1 - Comision de seguimiento y control.-

    Se acuerda la creacion de una Comision de seguimiento y control delExpediente de regulacion de empleo temporal formada por tres representantes de laEmpresa, tres miembros del Comite de Empresa y tres trabajadores que serandesignados por el Comite de Empresa

    La Comision recibira por parte de la Empresa la relacion mensual relativa ala suspension decontratos con referencia al mimero de trabajadores afectados y losdias correspondientes a cada uno.La Comision, ademas del seguimiento y control de la suspension temporal decontratos, hara un analisis tanto de la situacion general del sector como de la

    situacion particular de la empresa, de forma trimestral.La Comision de seguimiento y control podra reunirse a peticion de

    cualquiera de las partes cuando estas 1 0 estimen oportuno.

    9.2 - Autoridad Laboral.-Ambas partes se comprometen a suscribir los documentos correspondientes ya realizar las gestiones y tramites necesarios para que la Resolucion administrativa

    que homologue el Acuerdo alcanzado entre las partes, pueda llevarse a buentermino.

    10- COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LA EMPRESA.-La Empresa se compromete a hacer el pago de la nomina del mes de noviembreantes de la finalizacion del mes de enero, siendo el dia 25 de enero, la fechalimite para el mencionado pago. Asi mismo, la nomina de diciembre, se abonaraen la primera quincena del mes de febreroLa Empresa hace constar su compromiso de hacer efectivas durante el aiio 2012las restantes cantidades pendientes de abono correspondientes al afio 2011,segun la siguiente planificacion: La paga extra de julio se abonara prorrateada, hasta finales del mes de junio,y la de diciembre hasta finales del mes de noviembre. En caso de mejora en el

    estado de la tesoreria, la empresa abonara las cantidades anteriores antes delos fijados plazos.La Ayuda Escolar, se procedera a pagarla en tres plazos antes del mes dejulio, especificando en la nomina este con to.

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    Asi mismo, la empresa se compromete a la normalizaci6n en el abono de lasnominas del 2012 a 10 largo de los prim eros 4 meses del afio, intentandomejorar siempre la situaci6n a 15 de febrero que implicaria un retraso de unan6mina y media.

    En el plazo mas breve posible se procedera a dar soluci6n, via negociaci6n entrelos Asesores juridicos de las partes (aceptando las partes la decisi6n que se tomede esta intermediacion), a todos aquellos temas que esten pendientes a dia dehoy, destacando por encima de otros:

    1. Absentismo Laboral.2. Pluses congelados en 2011.

    10- FORMACION.-La empresa junto con los Representantes de los trabajadores, estableceran un programade formaci6n para el afio 2012 con el objetivo de acometer acciones que:

    Incrementar la polivalencia de los trabajadores dentro de la organizaci6n, si estase realiza fuera de las horas efectivas de trabajo, la empresa abonara las horasextraordinarias y el kilometraje de ida y vuelta que tenga el trabajador desde sudomicilio habitual, segun el Acuerdo - convenio que figura en la actualidad.Incrementar la capacidad futura de acceder al mercado de trabajo por parte delos trabajadores que asi 1 0 desearan, siendo los gastos de tiempo ydesplazamiento por cuenta del trabajador.

    En los dos casos anteriores, la realizaci6n de la formaci6n, tendra caracter voluntario,salvo aquel tipo de formaci6n relacionada con prevenci6n de riesgos que seraobligatoria.

    Y en prueba de conformidad, la Empresa y la Representaci6n de los trabajadoresfirman la presente Acta de Acuerdo en ellugar y fecha al principio indicados, haciendoconstar la total convicci6n de la idoneidad de las medidas adoptadas como vehlculo parasalir de la coyuntura de crisis financiera actual.

    Por la Repr~(i.m_tl1'ion- - - -