Resolución 045-2015-SERVIR-GG

15
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Lima, 2 8 SET, 2015 N' CW -2015-SE RVIR-GG Vistos; los Memorandos N' 893 y 1012-2015-SERVIR/GG-OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas, el Informe N' 0223-2015-SERVIR/GG-OGAF-LOG de la Subjefatura de Logística, la Resolución N' 1801-2015-TCE-S3 del Tribunal de Contrataciones del OSCE y el Informe Legal Nº 189-2015-SERVIR/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, con fecha 11 de mayo de 2015, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en adelante SERVIR, convocó el proceso de selección denominado Concurso Público N' 0001-2015-SERVIR para la "Contratación del Servicio de Soporte Técnico de Servidores, Comunicaciones y Computación Personal", por un Valor Referencia! total de S/. 1'816,704.99 (Un Millón Ochocientos Dieciséis Mil Setecientos Cuatro con 99/100 Nuevos Soles); Que, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), se registraron cinco (5) participantes, de los cuales solo dos (2) presentaron propuestas: HIGH SERVICE INTERNATIONAL S.A.C., en adelante HIGH S.A.C. y SERVICIO DE COMPUTO TELECOMUNICACIONES Y ELECTRICIDAD S.A.C., en adelante SERCOTEL S.A.C., siendo que la Presentación de Propuestas se llevó a cabo el 22 de junio de 2015 a las 16:00 horas, en acto público que se realizó en la Sala 3 de SERVIR, ubicada en Pasaje Francisco de Zela 150 Piso 10, Jesús María, contándose con la participación de la señora Notaria de Lima Dra. Loudelvi Yáñez Aspilcueta; Que, de acuerdo con el Acta de Evaluación Técnica del 30 junio de 2015, el Comité Especial declaró admitida la propuesta de SERCOTEL S.A.C. y no admitida la propuesta de HIGH S.A.C. al no cumplir con acreditar los documentos de presentación obligatoria referidos al cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos; Que, el 30 de junio de 2015, el Comité Especial encargado de conducir el proceso de selección otorgó la Buena Pro al postor SERCOTEL S.A.C. al obtener un puntaje total de 100 puntos; Que, mediante Cédula de Notificación N' 37827/2015.TCE, la Secretaria del Tribunal de Contrataciones del Estado, pone en conocimiento a SERVIR que el 10 de julio de 2015, subsanado el 13 julio de 2015, la empresa HIGH S.A.C. presentó recurso : de apelación contra el otorgamiento de la buena pro del Concurso Público N' 0001- 2015-SERVIR así como contra la descalificación de su propuesta; Que, en el Toma Razón del Expediente N' 01916-2015-TCE, se encuentra registrada la Resolución N' 1801-2015-TCE-S3, que declara infundado el recurso de 1 15

Transcript of Resolución 045-2015-SERVIR-GG

Page 1: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL

Lima, 2 8 SET, 2015

N' CW -2015-SE RVIR-GG

Vistos; los Memorandos N' 893 y 1012-2015-SERVIR/GG-OGAF de la Oficina

General de Administración y Finanzas, el Informe N' 0223-2015-SERVIR/GG-OGAF-LOG

de la Subjefatura de Logística, la Resolución N' 1801-2015-TCE-S3 del Tribunal de

Contrataciones del OSCE y el Informe Legal Nº 189-2015-SERVIR/GG-OAJ de la Oficina

de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 11 de mayo de 2015, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en

adelante SERVIR, convocó el proceso de selección denominado Concurso Público N'

0001-2015-SERVIR para la "Contratación del Servicio de Soporte Técnico de Servidores,

Comunicaciones y Computación Personal", por un Valor Referencia! total de S/.

1'816,704.99 (Un Millón Ochocientos Dieciséis Mil Setecientos Cuatro con 99/100

Nuevos Soles);

Que, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), se

registraron cinco (5) participantes, de los cuales solo dos (2) presentaron propuestas:

HIGH SERVICE INTERNATIONAL S.A.C., en adelante HIGH S.A.C. y SERVICIO DE

COMPUTO TELECOMUNICACIONES Y ELECTRICIDAD S.A.C., en adelante SERCOTEL

S.A.C., siendo que la Presentación de Propuestas se llevó a cabo el 22 de junio de 2015

a las 16:00 horas, en acto público que se realizó en la Sala 3 de SERVIR, ubicada en

Pasaje Francisco de Zela 150 Piso 10, Jesús María, contándose con la participación de

la señora Notaria de Lima Dra. Loudelvi Yáñez Aspilcueta;

Que, de acuerdo con el Acta de Evaluación Técnica del 30 junio de 2015, el

Comité Especial declaró admitida la propuesta de SERCOTEL S.A.C. y no admitida la

propuesta de HIGH S.A.C. al no cumplir con acreditar los documentos de presentación

obligatoria referidos al cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos;

Que, el 30 de junio de 2015, el Comité Especial encargado de conducir el

proceso de selección otorgó la Buena Pro al postor SERCOTEL S.A.C. al obtener un

puntaje total de 100 puntos;

Que, mediante Cédula de Notificación N' 37827/2015.TCE, la Secretaria del

Tribunal de Contrataciones del Estado, pone en conocimiento a SERVIR que el 10 de

julio de 2015, subsanado el 13 julio de 2015, la empresa HIGH S.A.C. presentó recurso

:

de apelación contra el otorgamiento de la buena pro del Concurso Público N' 0001-

2015-SERVIR así como contra la descalificación de su propuesta;

Que, en el Toma Razón del Expediente N' 01916-2015-TCE, se encuentra

registrada la Resolución N' 1801-2015-TCE-S3, que declara infundado el recurso de

1 15

Page 2: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

apelación en el extremo referido a la no admisión de la propuesta del impugnante e

improcedente respecto de la calificación de la propuesta y el otorgamiento de la buena

pro del proceso al adjudicatario; así como, hacer de conocimiento la Resolución al

Titular de la Entidad, a fin que ejerza sus facultades establecidas en el artículo 56' de la

Ley de Contrataciones del Estado, conforme a lo expuesto en el fundamento 22 de la

parte considerativa;

Que, en el fundamento 22 de la precitada Resolución, el Tribunal señaló que en

tanto se está desestimando la apelación interpuesta por el Impugnante contra el

otorgamiento de la buena pro por no revertir su descalificación, y dado que SERVIR

informó al Tribunal mediante Oficio N" 403-2015-SERVIR/GG-OGAF e Informe N' 0223-

2015-SERVIR/GG-OGAF-LOG, que tanto HIGH S.A.C. y SERCOTEL S.A.C. habrían

presentado documentación falsa o información inexacta, correspondía hacer de

conocimiento la presente Resolución al Titular de la Entidad, a fin que ejerza las

facultades que le han sido conferidas en el artículo 56' de la Ley de Contrataciones del

Estado;

Que, a propósito de los informes solicitados por el Tribunal de Contrataciones

del Estado para resolver el recurso de apelación interpuesto por HIGH S.A.C., la Oficina

General de Administración y Finanzas con Informe Nº 054-2015-SERVIR/GG-OGAF,

respecto de la presunta documentación falsa presentada en el proceso, señaló que

"(...) al haber tomado conocimiento de los documentos de la propuesta técnica del

postor ganador de la buena que serían falsos, la administración de la Entidad ha

procedido a solicitar al Órgano Encargado de las Contrataciones (DEC) de SERVIR, en

atención al numeral 1.16 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del

Procedimiento Administrativo General, realice la fiscalización posterior de las

propuesta técnicas de los postores que presentaron propuesta al proceso de selección";

Que, mediante Memorándum N' 893-2015-SERVIR/GG-OGAF, el Jefe de la

Oficina General de Administración y Finanzas informa que la Sub Jefatura de Logística

de la Oficina General de Administración y Finanzas de SERVIR ha concluido el proceso

de fiscalización posterior realizada a la documentación presentada por SERCOTEL

S.A.C. y HIGH S.A.C. en el Concurso Público N' 0001-2015-SERVIR, cuyos resultados se

encuentran contenidos en el Informe N' 0223-2015-SERVIR/GG-OGAF-LOG,

concluyendo que: "Los postores HIGH SERVICE INTERNATIONAL S.A.C. y SERVICIO DE

COMPUTO, TELECOMUNICACIONES Y ELECTRICIDAD SERCOTEL S.A.C. han presentado

documentación falsa y/o inexacta en el proceso de selección Concurso Público N' 0001-

2015-SERVIR para la Contratación del servicio de Soporte Técnico de Servidores,

Comunicaciones y Computación Personal";

Que, el artículo 61 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,

aprobado mediante Decreto Supremo 184-2008-EF y modificatorias — en adelante el

Reglamento, señala que, para que una propuesta sea admitida deberá incluir, cumplir

y, en su caso, acreditar la documentación de presentación obligatoria que se

establezca en las Bases y los requerimientos técnicos mínimos;

2115

Page 3: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

Que, el artículo 70 del mencionado Reglamento ha establecido el

procedimiento general de calificación y evaluación de las propuestas, precisando que,

a efecto de la admisión de las propuestas técnicas, el Comité Especial verificará que las

ofertas cumplan con los requisitos de admisión de las propuestas establecidos en las

Bases; y sólo una vez admitidas las propuestas, el Comité Especial aplicará los factores

de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes,

conforme a los criterios establecidos para cada factor y a la documentación

sustentatoria presentada por el postor;

Que, el artículo 42 del Reglamento dispone lo siguiente:

"Artículo 42.- Especificación del Contenido de los sobres de propuesta

Las bases establecerán el contenido de los sobres de propuesta para los procesos de

selección. El contenido mínimo será el siguiente:

1. Propuesta Técnica:

a) Documentación de presentación obligatoria

i. Declaración jurada simple declarando que:

a. No tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para

contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley;

b. Conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del

proceso de selección;

c. Es responsable de la veracidad de los documentos e información que

presenta para efectos del proceso;

d. Se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección y a

suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y

e. Conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en

la Ley

N9 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

ii. Declaración jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los

requerimientos técnicos mínimos (...)";

Que, el numeral 2.5 de la Sección Específica Condiciones Especiales del Proceso

de Selección de las Bases Integradas del Concurso Público N' 001-2015 establece:

"2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1 SOBRE N' 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y una copia.

El sobre N-9 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente

documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

(...) b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos

Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección (Anexo N9 2).

Adicionalmente, el postor deberá respaldar lo declarado mediante la

presentación de la siguiente documentación:

(...) b.2) Perfil del Personal Propuesto:

Para el servicio se requiere que el postor acredite el perfil del siguiente personal:

• Coordinador del Servicio en General

Cantidad: 01

3 l 15

Page 4: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

Nivel educativo: Ingeniero de Sistemas, Computación, Electrónica o afines.

Experiencia laboral: mínimo de 05 años en labores de supervisión, coordinación

o jefatura de áreas de Tecnologías de Información o similares.

Conocimientos avanzados: Gestión de Proyectos, Service Desk.

Conocimientos básicos: Centro de Datos, SOA, ECM e IT&LIBRE

Nota:

o Los grados de estudios y títulos del personal, serán acreditados mediante

copia simple del grado o título profesional universitario, según

corresponda.

o La experiencia del personal profesional, deberán ser acreditados mediante

la presentación de copia simple de, i) contratos u orden de servicios con su

respectiva conformidad o ii) constancias o iii) certificados o iv) cualquier

otro documento que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del

personal propuesto.

o Los conocimientos del personal, se acreditaran con certificados o

constancias de estudios, diplomas, u otros que acrediten los conocimientos

solicitados. Los documentos deberán ser emitidos por un centro de estudios

dedicado a la enseñanza de los conocimientos requeridos, no se aceptarán

documentos emitidos por el postor. "Asimismo, se aceptará como

documentos de acreditación de los conocimientos avanzados aquellos

emitidos por el fabricante y/o empresas integradoras".

(...) IMPORTANTE:

• La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no

admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del

Reglamento".

Que, para que la propuesta técnica de SERCOTEL S.A.C. fuera admitida,

correspondía que la misma cumpla con los requisitos y documentación obligatoria

exigida en el numeral 2.5.1 de las Bases Integradas;

Que, de acuerdo al Acta de Evaluación Técnica que obra en el expediente del

Concurso Público N' 0001-2015-SERVIR, SERCOTEL S.A.C. declaró cumplir con los

requerimientos técnicos mínimos [mediante declaraciones juradas y documentos

(Títulos, certificados, diplomas, etc.)), por lo cual el Comité Especial declaró admitida

su propuesta;

Que, sin embargo, la Sub Jefatura de Logística de la Oficina General de

Administración y Finanzas de SERVIR, ha informado que SERCOTEL S.A.C. ha

presentado documentación falsa y/o inexacta en el Concurso Público N' 0001-2015-

SERVIR;

Que, la documentación falsa o inexacta se encuentra referida al personal

propuesto para realizar el servicio y por consiguiente a la Declaración jurada de

cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos (Folio 4 de su propuesta

4 115

Page 5: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

N'

REQUERIMIENTO TÉCNICO

MÍNIMO O FACTORES DE

EVALUACIÓN OPCIONALES

INCUMPLIMIE

NTO

*DOCUMENTO

PRESENTADO RESULTADO DE LA FISCALIZACIÓN

N'

DE

FOLI

O DE

P.T.

1

,-; 5

D„

COORDINADOR DEL El nivel

educativo

exigido en los

requerimiento

s técnicos

mínimos.

Título

Profesional de

Ing. de

Computación y

Sistemas, a favor

del Sr. Hernán

Villanueva

Zavala

Respuesta el Oficio N' 366-2015-GT-SG-

USMP, a través de la cual nos informan "1)

El ciudadano Hernán Villanueva Zavala,

figura registrado en los archivos de la

Oficina de Grados y Títulos de la

Universidad como sigue: Título Profesional

de Ingeniero de Computación y Sistemas,

Registro: Folio 205-C, Libro de Títulos N'

18, dado y firmado: 04.03.2009, Resolución

Decanal N' 108-2009-FIA (25.02.2009) y

Resolución Rectora! N' 258-2009-CU R-

USMP (04.03.2009). 2) La fotocopia de un

supuesto "Título Profesional de Ingeniero

de Computación y Sistemas" a nombre de

Hernán Villanueva Zavala, registrado a

folios 122-H, del libro de Títulos N' 17,

corresponde al Título de Abogado del Sr.

Vladimir Miodrag Basadur Romani, dado y

firmado el veintitrés (23) de marzo de

2007, aprobado por Resolución Decanal N'

098-2007-CU-R-USMP (23.03.2007), el

calígrafo del diploma NO ES CONFORME".

52

SERVICIO EN GENERAL

Nivel educativo: Ingeniero

de Sistemas, Computación,

Electrónica o afines.

(.-.)

3

F. 11

ZAS c) z :-

ESPECIALISTA SENIOR DE 1. Conoci mientos

avanzados en

seguridad

perimetral.

1Certificado otorgado a favor

de Don Enrique

Manuel Ruíz

Palomino, por el

curso de

Implementación

de Sistemas de

Seguridad

Perimetral, de

fecha

05.05.2011.

1. / la Carta Respuesta S N de fecha 21 de

agosto de 2015, a través de la cual nos

señalan que lamentan comunicarnos, "que

el mencionado documento es totalmente

falso, el señor en mención no trabaja ni ha

recibido ningún tipo de capacitación de su

empresa".

76

74

REDES Y SERVIDORES

(..-)

- ó r

Conocimientos avanzados:

Sistemas Operativos de

Servidores Windows,

Virtualización, Networking,

Internetworking, Cableado

estructurado, Seguridad

Perimetral, soluciones de

correo electrónico en la

nube, soluciones Antivirus y

herramientas de seguridad,

gestión de Proyectos,

2. Certificado

emitido a favor

de Don Enrique

Ruíz Palomino,

por haber

culminado el

curso de

estudios

requerido y

aprobado los

exámenes de

2. Respuesta el correo electrónico de fecha

21 de agosto de 2015, a través del cual

señalan, "gracias por su consulta, el

certificado adjunto es una falsificación. No

es válido. No tienen una certificación por

ese nombre."

técnica), conforme al siguiente detalle por cada incidencia advertida en la propuesta

técnica de SERCOTEL S.A.C.:

5115

Page 6: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

Service Desk, IT&LIBRE. certificación

requeridos y por

lo tanto ha sido

admitido a la

designación TCO:

Configuraciones

de Routers

Certificados para

interconexión de

redes

3. Documento a

través del cual

otorgaron

reconocimiento

a Don Enrique

Manuel Ruíz

Palomino, por

haber concluido

satisfactoriamen

te el Curso:

3. Respuesta el correo electrónico del Ing.

Ubaldo Acosta, fundador de

GlobalMentoring.com.mx, quien

manifestó que "el documento es similar a

los que ellos entregan, pero no es su firma,

ni tampoco es un curso que ellos

impartieran, tampoco conocen al alumno

no teniendo registro alguno, finalmente

manifiesta que nadie de su empresa ha

emitido ese documento".

93

Programación de

Linux Java+Jboss

3 C.1. MEJORA OFRECIENDO La mejora en Certificados Respuesta la Carta S/N de fecha 25 de 58,

CERTIFICACIÓN ITIL su totalidad se otorgados a los agosto de 2015, en la que dicha empresa 91,

Criterio: incumple. señores: Hernán manifiesta que "de la relación de once (11) 121,

Se otorgará puntaje al Conocimiento Villanueva personas solo dos (02) personas llevaron el 129,

postor que ofrezca que todo en ITIL Zavala, Roy curso por lo que pueden concluir que no 160,

el personal propuesto para (Information Carrasco García, coinciden con la documentación que se 173,

el servicio (11 Technology Enrique Ruíz encuentran en sus archivos con aquellas 187,

profesionales), cuente con Infrastructure Palomino, Yuri remitidas con nuestra misiva, por lo que en 195,

conocimiento en ITIL Library Guerrero Elera, consecuencia, la documentación restante 202,

(Information Technology Roger Fabiani es falsa". 210,

Fl Infrastructure Library) ,

Mallqui

Pacheco, Jairo

225

,pes requeridas para la gestión y

5 o n

operación de la

infraestructura de

Chávez Palma,

Walter Sonco -

. •4

tecnologías de la Tena, Luis

información de SERVIR. Robles

Acreditación: Collantes,

Saturnino

i.. QSZ

Mediante la presentación

de copia simple del

ertificado Básico

Morales

Calderón,

Jhonny Ramírez undation Certificate) de Galindo y

'SO mi a uno de los Alfredo Alvarado 45 ofesionales propuestos al Castillo, por servicio. haber

(--.) participado en el

Curso de ITIL

Foundation, los

días 12, 14, 19 y

24 de marzo de

• 2014.

6 15

Page 7: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

4 ROGER FABIANI MALLQUI ROGER 1. Certifica

do a favor de

Don Roger

Fabiani Mallqui

Pacheco, por

haber cumplido

satisfactoriame

nte el Programa

Integral de

Routers y Redes

Respuesta la Carta N' TECSUP DPDE ASC-

15-0974, por la cual se refiere que "el Sr.

Roger Fabiani Mallqui Pacheco, no ha

participado en su institución en el

Programa Integral de Routers y Redes

Extendidas Internetworking y tampoco en

ha participado en el Programa Integral

Cableado Estructurado, así también

manifiesta que el Sr. Jairo Chávez Paima,

no ha participado en su institución en el

106

PACHECO: FABIANI

MALLQUI

PACHECO:

Extendidas Programa Integral de Electrónica de

Internetworkin

g, desarrollado

del 08.06.2007.

al 26.10.2007,

con una

duración de 114

horas, de fecha

Sistemas de Cómputo, Administración y

Mantenimiento de Impresoras, en relación

al Sr. Jhonny Ramírez Galindo, tampoco ha

participado en su institución en el

Programa de Especialización Redes Lan

Wan".

07.11.2007.

ESPECIALISTA SENIOR DE 1. 2. Certifica 107

REDES Y SERVIDORES Conocimientos do a favor de

(---) Avanzados en Don Roger

Internetworkin

g.

Fabiani Mallqui

Pacheco, por

haber

culminado

satisfactoriame

nte el Programa

Integral

Cableado

Estructurado de

Q

/

180 horas de

duración, de

fecha

Conocimientos avanzados: 2.

13.01.2007,

c Certifica 192

Sistemas Operativos de Conocimiento do a favor de

Servidores Windows,

'1Virtualización, Networking, l internetworking, Cableado

estructurado, Seguridad

avanzado en

tableado

estructurado.

Don Jairo

Chávez Paima,

por haber

asistido al

Perimetral, soluciones de

correo electrónico en la

nube, soluciones Antivirus y

herramientas de seguridad,

gestión de Proyectos,

Service Desk, IT& LIBRE.

Modulo N' 1 del

Programa

Integral de

Electrónica de

Sistemas de

Cómputo,

Administración

)

y

Mantenimiento

de Impresoras,

de 20 horas de

duración, de

fecha

27.01.2007, y

7115

Page 8: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

JAIRO MANUEL

CHÁVEZ PAIMA

3.

Conocimientos

avanzados en

Ensamblaje de

Computadoras,

Manejo de

Impresoras

Conocimientos

avanzados en

Service Desk.

1.Conocimient

os avanzados

en IT&LIBRE

Certificado

otorgado a favor

de Don Roger

Fabiani Mallqui

Pacheco, por su

participación en

el Seminario

Taller Mesa de

ayuda y Service

Desk

208 Certifica

do a favor de

Don Jhonny

Ramírez

Galindo, por

haber

culminado

satisfactoriame

nte el Programa

de

Especialización

Redes Lan Wan,

de 150 horas de

duración, de

fecha

31.07.2008.

111

JAIRO MANUEL CHAVEZ

PAIMA Y JHONNY RAMÍREZ

GALINDO

Conocimientos avanzados:

Ensamblaje de

Computadoras, Manejo de

Impresoras, Redes

informáticas, software de

diagnóstico y optimización

de equipos computaciones.

Conocimiento y Manejo en

instalación y configuración;

en Aplicaciones

gubernamentales (SPIJ,

SAGU, SIAF)

(-1

ESPECIALISTA SENIOR DE

EDES Y SERVIDORES

Conocimientos avanzados:

Sistemas Operativos de

Servidores Windows,

Virtualización, Networking,

Internetworking, Cableado

estructurado, Seguridad

Perímetral, soluciones de

correo electrónico en la

be, soluciones Antivirus y

Ifrramientas de seguridad,

stión de Proyectos,

ervice Desk, IT&LIBRE.

(—)

ROGER FABIANI MALLQUI

PACHECO:

ESPECIALISTA SENIOR DE

REDES Y SERVIDORES

(—)

Respuesta el correo electrónico de fecha

19 de agosto de 2015, donde adjuntan la

Carta S/N de la misma fecha, a través de la

cual señalan que la "Asociación Centro de

Desarrollo Empresarial — CEDE, desde su

creación (año 1996) a la fecha no dictó el

Seminario Taller Mesa de Ayuda y Service

Desk. Por lo tanto, el certificado

presentado por el Sr. Roger Mallqui

Pacheco no se ajusta a la verdad".

Respuesta el Oficio N' 0376-CINFO-2015, a

través del cual dicha institución nos

manifiesta que la información solicitada de

los señores Roger Fabiani Mallqui y Roy

Carrasco García, donde la Unidad

Académica señala que los certificados de

8l 15

Page 9: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

estudios del taller: Herramientas de

Monitoreo y Mesa de Ayuda IT&Libre y del

Curso: Herramientas Informáticas para

Diagnóstico Resolución y Optimización de

PC'S, no fueron emitidos por el Centro de

Informática — UNMSM.

Respuesta la Carta Nr 180-2015-INICTEL-

UNI-DCTT, a través de la que señalan que la

Institución "no cuenta con los siguientes

programas de post grado: Redes Man,

Wan, Internetworking, Especialista en

Redes Informáticas y ni el curso: Servicios

de Telecomunicaciones en Redes IP".

115

171

132

Conocimientos avanzados:

Sistemas Operativos de

Servidores Windows,

Virtualización, Networking,

Internetworking, Cableado

estructurado, Seguridad

Perimetral, soluciones de

correo electrónico en la

nube, soluciones Antivirus y

herramientas de seguridad,

gestión de Proyectos,

Service Desk, IT&LIBRE.

ROY CARRASCO GARCÍA:

ESPECIALISTA

COMPUTACIÓN PERSONAL

Y HELP DESK

(..-) Conocimientos

Ensamblaje

Computadoras,

avanzados:

de

Manejo de

Impresoras, Redes

formáticas, software de

¡agnóstico y optimización

de equipos computaciones.

nocimiento y Manejo en

ir-11 alación y configuración;

Aplicaciones

bernamentales (SPIJ,

SAGU, SIAF)

(---)

WALTER SONCO TENA

.ESPECIALISTA JUNIOR DE

REDES Y SERVIDORES

WALTER

SONCO TENA

1. Certificado

otorgado a favor

del señor Roger

Fabiani Mallqui

Pacheco, de

fecha

20.06.2008, por

haber aprobado

el Taller:

Herramientas de

Monitoreo y Mesa de Ayuda

IT&Libre

2. Certificado

otorgado a favor

del señor Roy

Carrasco García,

de fecha

20.01.2011, por

haber aprobado

el Curso de

Herramientas

Informáticas

para Diagnóstico

Resolución y

Optimización de

PC'S

1 Diploma

otorgado a favor

del señor Walter

Sonco Tena, por

haber aprobado

satisfactoriamen

te el Programa

de Postgrado

"Redes Man,

Wan,

Internetworking

", de fecha

01.04.2005.

9115

Page 10: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

136

200

134 1. Experiencia

Laboral en

administración

de equipos de

conectividad

LAN/WAN

Experiencia laboral: mínimo

de 02 años en el área de

Tecnologías de la

Información o similares,

realizando actividades

relacionadas con backup de

información, seguridad

informática, administración

de servidores,

administración de equipos

de conectividad LAN/WAN,

herramientas web, Sistemas

de comunicaciones de Voz y

datos, Sistemas de

Virtualización, software de

monitoreo de red, Sistemas

de gestión documental,

sistemas de

interoperabilidad y otros de

acuerdo con las necesidades

propias del servicio

2. Constancia

otorgada a favor

del Señor Walter

Sonco Tena, por

haber seguido el

Curso "Sistemas

de Cableado

Estructurado",

de fecha

14.10.1999.

3. Constancia

otorgada a favor

del señor Walter

Sonco Tena, por

haber seguido el

Curso de "Diseño

y Mantenimiento

de Redes de

Fibra Óptica", de

fecha

09.12.1999.

3. Certificado

otorgado a favor

del señor Luis

Robles Collantes,

por haber

participado en el

Curso "Servicios

de

Telecomunicacio

nes en Redes IP",

de fecha

28.02.2012.

Conocimientos

avanzados en

Internetworkin

g

2. Conocimient

os avanzados

en sistema de

cableado

estructurado.

Conocimientos avanzados:

*PL Sistemas Operativos de

ervidores Windows,

$flVirtualización, Networking,

Internetworking, Cableado

estructurado, Seguridad

Perimetral, soluciones de

correo electrónico en la

nube, soluciones Antivirus y

erramientas de seguridad,

estión de Proyectos,

ervice Desk, IT&LIBRE.

LUIS ROBLES COLLANTES

ESPECIALISTA

COMPUTACIÓN PERSONAL

Y HELP DESK

Nivel educativo: Ingeniero,

Bachiller y/o Técnico

titulado en Sistemas,

Computación, Electrónica o

afines.

10 1 15

Page 11: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

215

220

ALFREDO

CESAR

ALVARADO

CASTILLO:

4.

Conocimientos

avanzados en

Redes

Informáticas

Conocimientos

avanzados en

Linux y

Experiencia laboral: mínimo

de 02 años en áreas de

Tecnología de Información o

similares, realizando

actividades relacionadas

con mesa de ayuda (help

desk), atención a problemas

computaciones de los

usuarios finales,

computación personal,

herramientas de atención

remota, soporte de

tableado estructurado,

insta lación/desinstalación

de software, ensamblaje de

computadoras, sistemas de

mesa de ayuda, elaboración

de reportes y estadísticas

propias de las actividades.

Conocimientos avanzados:

Ensamblaje

de

Computadoras, Manejo de

Impresoras, Redes

informáticas, software de

diagnóstico y optimización

de equipos computaciones.

Conocimiento y Manejo en

instalación y configuración;

en Aplicaciones

gubernamentales (SPIJ,

SAGU, SIAF).

ALFREDO CESAR ALVARADO

g':p ASTILLO:

SPECIALISTA EN

EGURIDAD INFORMÁTICA

(...)

Conocimientos avanzados:

Redes Informáticas, ethical

e hacking, hacking de VoIP,

s-loftware para evaluar

N:tu1nerabilidades y testing

de red, certificado en Red

„Hat Administrador, Watch

Guard, Linux y Windows

Server, Conocimiento de

equipos de seguridad

perimetral Watch Guard y

Check Point, así como

Ethescope. Optenet y

Exinda.

ESPECIALISTA EN

SEGURIDAD INFORMÁTICA

4. Diploma

otorgado a favor

del señor

Alfredo Cesar

Alvarado

Castillo, por

haber aprobado

satisfactoriamen

te el Programa

de Postgrado

Especialista en

Redes

Informáticas, de

fecha 05.05.2003

Certificado, de

fecha 08.2003,

otorgado a favor

Respuesta la Carta N' 0004-2015-D-

IESTPABACO-CHICLAYO de fecha 25 de

agosto de 2015, por el cual señalan que el

Page 12: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

Conocimientos avanzados:

Redes Informáticas, ethical

hacking, hacking de VolP,

software para evaluar

vulnerabilidades y testing

de red, certificado en Red

Hat Administrador, Watch

Guard, Linux y Windows

Server, Conocimiento de

equipos de seguridad

perimetral Watch Guard y

Check Point, así como

Ethescope, Optenet y

Exinda.

(---)

Windows

Server

de Don Alfredo

Cesar Alvarado

Castillo, por

haber aprobado

el curso de

"Administración

de Servidores

Windows y

Linux"

Sr. Alfredo Cesar Alvarado Castillo no se

encuentra registrado en su base de datos.

9

E¿ s , 4` 0,

i'. . ,

ESPECIALISTA Experiencia

laboral:

mínimo de 02

años.

de reportes y estadísticas

Certificado de

Trabajo de fecha

23 de agosto de

2012, a favor de

Don Jairo

Emanuel Chávez

Paima.

electrónico".

Respuesta el correo electrónico de fecha

21 de agosto de 2015, donde dicha

empresa nos manifiesta que "el certificado

que se adjuntó a nuestra misiva está

equivocado en el año de inicio de labores

del Sr. Chávez, por lo que el certificado de

trabajo oficial es el que adjunta a su correo

196

COMPUTACIÓN PERSONAL

Y HELP DESK

t'

(--)

Experiencia laboral:

mínimo de 02 años en

áreas de Tecnología de

Información o similares,

realizando actividades

relacionadas con mesa de

ayuda (help desk), atención

a problemas computaciones

de los usuarios finales,

computación personal,

herramientas de atención

remota, soporte de

cableado estructurado,

5 stalación/desinstalación

I e software, ensamblaje de

computadoras, sistemas de

mesa de ayuda, elaboración

propias de las actividades.

(-1

10 ESPECIALISTA Conocimientos

avanzados en

Ensamblaje de

Computadoras,

Manejo de

Impresoras

Ensamblaje de

Computadoras

Diagnóstico y

Certificado

otorgado a favor

de Don Luis

Miguel Robles

Collantes, por

haber

participado en

los Cursos de la

Academia:

Utilitarios de

Optimización de

Respuesta la Carta S/N de fecha 13 de

agosto de 2015, por la que dicha

institución nos informa que "no han

emitido certificado a favor de don Luis

Miguel Robles Collantes por el concepto de

Ensamblaje de Computadoras Utilitarios de

Diagnóstico y Optimización de PC's,

operación y soporte de Impresoras Láser".

199

COMPUTACIÓN PERSONAL

11) .

B

Y HELP DESK

1 ) ocimientos avanzados:

i samblaje de

omputadoras, Manejo de

Impresoras, Redes

informáticas, software de

diagnóstico y optimización

de equipos computaciones.

Conocimiento y Manejo en

instalación y configuración;

en Aplicaciones

12 I 15

Page 13: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

gubernamentales (SPIJ,

SAGU, SIAF).

(---)

11 ESPECIALISTA COMPUTACIÓN PERSONAL Y HELP DESK

(---)

Experiencia laboral:

mínimo de 02 años en

áreas de Tecnología de

Información o similares,

realizando actividades

relacionadas con mesa de

ayuda (help desk), atención

a problemas computaciones

de los usuarios finales, computación personal,

herramientas de atención

remota, soporte de

cableado estructurado,

instalación/desinstalación

de software, ensamblaje de

computadoras, sistemas de

mesa de ayuda, elaboración

de reportes y estadísticas

propias de las actividades.

(--)

Experiencia

laboral:

mínimo de 02

años

Constancia de

Trabajo, de

fecha 31 de

enero de 2011,

otorgada a favor

de Don Jhonny

Ramírez Galindo

Respuesta la Carta S/N de fecha 21 de 212

agosto de 2015, en la que nos manifiesta

entre otras cosas que "no conocen a dicha

persona, jamás trabajó y lo que es más no

pueden de ninguna manera validar un

documento que no fue suscrito por la

empresa y que la firma tampoco coincide

con la del representante de su empresa".

PC's, operación y

soporte de

Impresoras Láser

*Nota: Cabe mencionar que la fiscalización posterior practicada a las propuestas de ambas empresas, fue realizada sobre la totalidad de documentos presentados, por lo tanto, en la columna "Documento Presentado" figuran resaltados en

, , ,,a \tas aquellos que importan un incumplimiento conforme lo señalan los requerimientos técnicos mínimos de las Bases

(NI\ceso y, respecto de los cuales, la columna "Incumplimiento" también resalta; siendo que, por otra parte, aquellos

r ip.• c. untos presentados por SERCOTEL pero no resaltados, en tanto fueron incluidos en la fiscalización, las instituciones adas también se pronunciaron.

Que, de lo señalado precedentemente, se desprende que los documentos a folios 52,

74, 76, 93, 58, 91, 121, 129, 160, 173, 187, 195, 202, 210, 225, 106, 107, 192, 208, 111, 115,

171, 132, 134, 136, 200, 215, 220, 196, 199 y 212 de la propuesta técnica de SERCOTEL S.A.C.

son falsos;

o Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso c) del literal a) del artículo 42 del

<Í Reglamento, el postor es responsable de la veracidad de los documentos e información

que presenta para efectos del proceso;

Que, si bien durante el desarrollo del Concurso Público N' 0001-2015-SERVIR, el

Comité Especial, al amparo del principio de presunción de veracidad supuso que las

declaraciones y documentos eran veraces, esto es que, asumió la buena fe en la

actuación de SERCOTEL S.A.C.; sin embargo, dicha presunción no es absoluta, sino que

admite prueba en contrario, y precisamente es que producto de la fiscalización

realizada por la entidad se ha determinado que SERCOTEL S.A.C. presentó

documentación falsa y/o con información inexacta;

13 15

Page 14: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

Que, la consecuencia de la falsedad en las declaraciones y documentación

presentada por SERCOTEL S.A.C. en el Concurso Público N° 0001-2015-SERVIR, no es

otra que considerar no satisfecha la exigencia de los documentos de presentación

obligatoria así como aquellos documentos que acreditaban el cumplimiento de los

requerimientos técnicos mínimos; por lo que, la propuesta de SERCOTEL S.A.C. rio solo

no habría cumplido con el numeral 2.5.1 de las Bases, sino con lo establecido en el

artículo 61 del Reglamento, por lo que, consecuentemente no correspondería el

otorgamiento de la Buena Pro;

Que, el OSCE con Opinión N' 071-2012/DTN ha señalado: "En esa medida, si

luego de otorgada la buena pro, y antes de la celebración del contrato, una Entidad

realiza la fiscalización posterior de la propuesta ganadora y determina que la

documentación presentada por el postor es falsa, el Titular de la Entidad tiene la

facultad de declarar la nulidad del proceso de selección y retrotraerlo hasta la etapa de

evaluación y calificación de propuestas, a efectos de descalificar dicha propuesta";

Que, consecuentemente, al haberse verificado que la documentación

presentada por SERCOTEL S.A.C. afecta sustancialmente la validez del proceso de

selección, corresponde declarar la nulidad del Concurso Público N' 0001-2015-SERVIR,

debiendo retrotraerse el mismo a la Etapa de Evaluación y Calificación de Propuestas,

a efectos de que el Comité Especial proceda de acuerdo a sus funciones;

Que, según lo establecido en el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1023 que

crea SERVIR concordado con el artículo 11 del Reglamento de Organización y

Funciones de SERVIR, el Gerente General ejerce la titularidad del pliego presupuestal y

asume las responsabilidades administrativas de la Institución;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado,

aprobada por Decreto Legislativo N2 1017 y modificatorias, y su Reglamento, aprobado

por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias, y el Decreto Legislativo N'

1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Rectora del Sistema

Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Con los vistos de la Oficina General de Administración y Finanzas y la Oficina de

Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 12.- Declarar de oficio la nulidad del Concurso Público N' 0001-2015-

SERVIR para la "Contratación del Servicio de Soporte Técnico de Servidores,

Comunicaciones y Computación Personal", y por ende, sin efecto el otorgamiento de la

Buena Pro del referido proceso de selección a favor de la empresa SERVICIO DE

COMPUTO TELECOMUNICACIONES Y ELECTRICIDAD S.A.C., debiéndose retrotraer a la

Etapa de Evaluación y Calificación de Propuestas.

14 1 15

Page 15: Resolución 045-2015-SERVIR-GG

... MkICELO

Gerente General AUTORIDAD NACIONAL DEL

SERVICIO CIVIL

Artículo 22.- Disponer que la Oficina General de Administración registre la

Resolución a expedirse en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE),

en la fecha de su expedición.

Artículo 39.- Disponer que la Oficina General de Administración y Finanzas

notifique la Resolución a expedirse al Comité Especial del Concurso Público N' 0001-

2015-SERVIR.

Artículo 42.- Disponer que el Comité Especial proceda a elaborar las actas

correspondientes.

Artículo 52.- Disponer que la Oficina General de Administración y Finanzas,

remita al Tribunal del OSCE los antecedentes del Concurso Público N' 0001-2015-

SERVIR, de conformidad con lo establecido en la normativa.

Regístrese y comuníquese.

15 I 15