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Las NIC’s Definición NIC 2 NIC 12

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Las NICs

Las NICsDefinicinNIC 2NIC 12

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Informacin introductoria

Las Normas Internacionales de Contabilidad NIC o IFRS (International Financial Reporting Standards) son un conjunto de estndares creados en Londres, por el IASB que establecen la informacin que deben presentarse en los estados financieros y la forma en que esa informacin debe aparecer, en dichos estados. Las NIC no son leyes fsicas o naturales que esperaban su descubrimiento, sino ms bien normas que el hombre, de acuerdo con sus experiencias comerciales, sigue creyendo que esto es verdad ha considerado de importancia en la presentacin de la informacin financiera.Las NIC'sGarca, Salvatierra, Varela2

Quines estn obligados a adaptarse a las Normas Internacionales de contabilidad?El Consejo Europeo aprob el Reglamento de aplicacin de las Normas Internacionales de Contabilidad, que requiere que los grupos cotizados, incluyendo bancos y compaas de seguros, preparen sus estados financieros consolidados correspondientes a ejercicios que comiencen en el ao 2005 con Normas Internacionales de Contabilidad. Los estados miembros de la Unin Europea tienen la potestad de extender los requisitos de este Reglamento a compaas no cotizadas y a los estados financieros individuales.Ahora es el momento de adecuar la contabilidad empresarial porque conseguir una mayor transparencia y comparabilidad de la informacin que se utiliza en nuestros mercados financieros, lo que a la larga ser una ventaja competitiva para su empresa. No debe esperar a la fecha lmite para iniciar la fase de planificacin de la adaptacin, porque aunque la exigencia de presentar las cuentas anuales segn las normas internacionales se fija a partir de 2005, estas incluirn informacin comparativa por lo que, al menos a efectos internos, ser necesario adelantar un ao la adopcin de las NIC.

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Cundo puedo empezar a aplicar las Normas Internacionales de Contabilidad? No, a parte de conllevar consecuencias sobre los resultados y sobre el patrimonio de las compaas, el proceso de adaptacin afectar a la prctica totalidad de los departamentos de su empresa, siendo necesario preparar sus recursos humanos y tecnolgicos. Por tanto, es importante que todos sean conscientes del proceso de adaptacin y entiendan la importancia y el alcance de un cambio fundamental en la forma en que su empresa medir sus resultados y se presentar al mundo exterior.

Afectar el proceso de adaptacin slo al departamento de contabilidad de la empresa? La adaptacin a las Normas Contables Internacionales es un proceso paulatino, no un acontecimiento aislado, que tardar varios aos en implantarse por completo.

Cundo entran en vigor?El 1 de enero del 2008, por lo tanto, las empresas debern aplicar las nuevas normas en los ejercicios que comiencen en 2008.

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Nic 12

La NIC 12 se aplicar a la contabilizacin del impuesto sobre las ganancias. El trmino impuesto sobre las ganancias incluye todos los impuestos (nacionales o extranjeros) que se relacionan con las ganancias sujetas a imposicin. El impuesto sobre las ganancias incluye otros tributos, por ejemplo, las retenciones sobre dividendos que se pagan por parte de una empresa dependiente, asociada o negocio conjunto, cuando proceden a distribuir ganancias a la empresa que presenta los estados financieros.

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AlcanceEsta Norma debe ser aplicada en la contabilizacin del impuesto sobre las ganancias.Para los propsitos de esta Norma, el trmino impuesto sobre las ganancias incluye todos los impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, que se relacionan con las ganancias sujetas a imposicin. El impuesto sobre las ganancias incluye tambin otros tributos, como las retenciones sobre dividendos que se pagan por parte de una empresa dependiente, asociada o negocio conjunto, cuando proceden a distribuir ganancias a la entidad que presenta los estados financieros.Esta Norma no aborda los mtodos de contabilizacin de las subvenciones oficiales (vase la NIC 20, Contabilizacin de las subvenciones oficiales e informacin a revelar sobre ayudas pblicas), ni de los crditos fiscales por inversiones. Sin embargo, la Norma se ocupa de la contabilizacin de las diferencias temporarias que pueden derivarse de tales subvenciones o deducciones fiscales.

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DefinicionesLos siguientes trminos se usan, en la presente Norma, con el significado que a continuacin se especifica:Resultado contablees la ganancia o la prdida del ejercicio antes de deducir el gasto por el impuesto sobre las ganancias.Ganancia (prdida) fiscales la ganancia (prdida) de un ejercicio, calculada de acuerdo con las reglas establecidas por la autoridad fiscal, sobre la que se calculan los impuestos a pagar (recuperar).Gasto (ingreso) por el impuesto sobre las gananciases el importe total que, por este concepto, se incluye al determinar la ganancia o prdida del ejercicio, conteniendo tanto el impuesto corriente como el diferido.Impuesto corrientees la cantidad a pagar (recuperar) por el impuesto sobre las ganancias relativa a la ganancia (prdida) fiscal del ejercicio.Pasivos por impuestos diferidosson las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en ejercicios futuros, relacionadas con las diferencias temporarias imponibles.

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Activos por impuestos diferidosson las cantidades de impuestos sobre las ganancias a recuperar en ejercicios futuros, relacionadas con:las diferencias temporarias deducibles; la compensacin de prdidas obtenidas en ejercicios anteriores, que todava no hayan sido objeto de deduccin fiscal; y la compensacin de crditos no utilizados procedentes de ejercicios anteriores.

Diferencias temporarias son las divergencias que existen entre el importe en libros de un activo o un pasivo y el valor que constituye la base fiscal de los mismos. Las diferencias temporarias pueden ser:diferencias temporarias imponibles, que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades imponibles al determinar la ganancia (prdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado; o diferencias temporarias deducibles, que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades que son deducibles al determinar la ganancia (prdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.

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Base FiscalLa base fiscal de un activo es el importe que ser deducible, a efectos fiscales, de los beneficios econmicos que obtenga la entidad en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios econmicos no tributan, la base fiscal ser igual a su importe en libros.

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Reconocimientos de activos y pasivos por impuestos corrientes El impuesto corriente, correspondiente al ejercicio presente y a los anteriores, debe ser reconocido como una obligacin de pago en la medida en que no haya sido liquidado. Si la cantidad ya pagada, que corresponde al ejercicio presente y a los anteriores, excede del importe a pagar por esos ejercicios, el exceso debe ser reconocido como un activo. El importe a cobrar que corresponda a una prdida fiscal, si sta puede ser retrotrada para recuperar las cuotas corrientes satisfechas en ejercicios anteriores, debe ser reconocido como un activo.Cuando una prdida fiscal se utilice para recuperar el impuesto corriente pagado en ejercicios anteriores, la entidad reconocer tal derecho como un activo en el mismo ejercicio en el que se produce la citada prdida fiscal, puesto que es probable que la entidad obtenga el beneficio econmico derivado de tal derecho, y adems este beneficio puede ser valorado de forma fiable.

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Nic 2Segn (Normas Internacionales de Contabilidad, s/f) la parte normativa de este Pronunciamiento, que aparece en letra cursiva negrita, debe ser entendida en el contexto de las explicaciones y directrices relativas a su aplicacin, as como en consonancia con el Prlogo a las Normas Internacionales de Contabilidad. No se pretende que las Normas Internacionales de Contabilidad sean de aplicacin en el caso de partidas no significativas (vase el prrafo 12 del Prlogo).

Ingresos ordinarios

Esta norma explica el tratamiento que se le debe dar a las existencias, la cantidad de coste que ser reconocido como activo y el tratamiento hasta que los correspondientes ingresos ordinarios sean reconocidos. La norma da las pautas para determinar ese coste, as como para el posterior reconocimiento como un gasto del ejercicio.Las NIC'sGarca, Salvatierra, Varela12

objetivoLos ingresos son definidos, en el Marco Conceptual para la Preparacin y Presentacin de Estados Financieros, como incrementos en los beneficios econmicos producidos a lo largo del ejercicio en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como disminuciones de los pasivos, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto y no estn relacionados con las aportaciones de los propietarios de la empresa. El concepto de ingreso comprende tanto los ingresos ordinarios en s, como las ganancias. Los ingresos ordinarios, propiamente dichos, surgen en el curso de las actividades ordinarias de la empresa y adoptan una gran variedad de nombres, tales como ventas, comisiones, intereses, dividendos y regalas. El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de los ingresos ordinarios que surgen de ciertos tipos de transacciones y otros eventos.

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Alcance1. Esta Norma debe ser aplicada al contabilizar los ingresos ordinarios procedentes de las siguientes transacciones y sucesos:la venta de productos;la prestacin de servicios; yel uso, por parte de terceros, de activos de la empresa que produzcan intereses, regalas y dividendos.2. Esta Norma deroga la anterior NIC 18, Reconocimiento de los Ingresos Ordinarios, aprobada en 1982.3. El trmino "productos" incluye tanto los producidos por la empresa para ser vendidos, como los adquiridos para su reventa, tales como las mercaderas de los comercios al por menor o los terrenos u otras propiedades que se tienen para revenderlas a terceros.4. La prestacin de servicios implica, normalmente, la ejecucin, por parte de la empresa, de un conjunto de tareas acordadas en un contrato, con una duracin determinada en el tiempo. Los servicios pueden prestarse en el transcurso de un nico ejercicio o a lo largo de varios ejercicios. Algunos contratos para la prestacin de servicios se relacionan directamente con contratos de construccin, por ejemplo aqullos que realizan los arquitectos o la gerencia de los proyectos. Los ingresos ordinarios derivados de tales contratos no son abordados en esta Norma, sino que se contabilizan de acuerdo con los requisitos que, para los contratos de construccin, se especifican en la NIC 11, Contratos de Construccin.

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5. El uso, por parte de terceros, de activos de la empresa, da lugar a ingresos ordinarios que adoptan la forma de:(a) intereses - cargos por el uso de efectivo, de otros medios equivalentes al efectivo o por el mantenimiento de deudas con la empresa; (b) regalas - cargos por el uso de activos a largo plazo de la empresa, tales como patentes, marcas, derechos de autor o aplicaciones informticas; y(c) dividendos - distribuciones de ganancias a los poseedores de participaciones en la propiedad de las empresas, en proporcin al porcentaje que tal participacin suponga sobre el capital o sobre una clase particular del mismo.6. Esta Norma no trata de los ingresos ordinarios procedentes de:(a) contratos de arrendamiento financiero (vase la NIC 17, Arrendamientos);(b) dividendos provenientes de inversiones financieras contabilizadas segn el mtodo de la participacin (vase la NIC 28 Inversiones en entidades asociadas);(c) contratos de seguro que estn dentro del alcance de la NIIF 4 Contratos de seguro;(d) cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros, o productos derivados de su venta(vase la NIC 39, Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Valoracin);(e) cambios en el valor de otros activos corrientes;(f) reconocimiento inicial y cambios en el valor razonable de los activos biolgicos relacionados con la actividad agrcola;(g) reconocimiento inicial de los productos agrcolas (vase la NIC 41, Agricultura), y(h) extraccin de minerales en yacimientos.(vase la NIC 41, Agricultura)

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Definiciones

Los siguientes trminos se emplean, en la presente Norma, con el significado que a continuacin se especifica: Ingreso ordinario es la entrada bruta de beneficios econmicos, durante el ejercicio, surgidos en el curso de las actividades ordinarias de una empresa, siempre que tal entrada d lugar a un aumento en el patrimonio neto que no est relacionado con las aportaciones de los propietarios de ese patrimonio.

Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo, entre un comprador y un vendedor, interesados y debidamente informados, en una transaccin libre.

Los ingresos ordinarios comprenden solamente las entradas brutas de beneficios econmicos recibidos y por recibir, por parte de la empresa, por cuenta propia. Las cantidades recibidas por cuenta de terceros, tales como impuestos sobre las ventas, sobre productos o servicios o sobre el valor aadido, no constituyen entradas de beneficios econmicos para la empresa y no producen aumentos en su patrimonio neto. Por tanto, estas entradas se excluirn de los ingresos ordinarios. De la misma forma, en una relacin de comisin, entre un principal y un comisionista, las entradas brutas de beneficios econmicos del comisionista incluyen importes recibidos por cuenta del principal, que no suponen aumentos en el patrimonio neto de la empresa. Los importes recibidos por cuenta del principal no constituirn ingresos ordinarios, aunque s lo ser el importe de las comisiones.

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Valoracin de los ingresos ordinariosLa valoracin de los ingresos ordinarios debe hacerse utilizando el valor razonable de la contrapartida recibida o por recibir, derivada de los mismos.

El importe de los ingresos ordinarios derivados de una transaccin se determina, normalmente, por acuerdo entre la empresa y el vendedor o usuario del activo. Se valorarn por el valor razonable de la contrapartida recibida o por recibir, teniendo en cuenta el importe de cualquier descuento, bonificacin o rebaja comercial que la empresa pueda otorgar.

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Instrumentos financierosCuando se intercambien o permuten bienes o servicios por otros bienes o servicios de naturaleza similar, tal cambio no se considerar como una transaccin que produce ingresos ordinarios. Con frecuencia, ste es el caso de mercaderas como el aceite o la leche, en las que los proveedores intercambian o permutan sus existencias en diversos lugares, con el fin de satisfacer pedidos en un determinado lugar. Cuando los bienes se vendan, o los servicios se presten, recibiendo en contrapartida bienes o servicios de naturaleza diferente, el intercambio se considera como una transaccin que produce ingresos ordinarios. Estos ingresos ordinarios se valoran por el valor razonable de los bienes o servicios recibidos, ajustado en el importe de la cantidad de efectivo u otros medios equivalentes transferidos en la operacin. En el caso de no poder valorar con fiabilidad el valor de los bienes o servicios recibidos, los ingresos ordinarios se valorarn segn el valor razonable de los bienes o servicios entregados, ajustado igualmente en el importe de la cantidad de efectivo u otros medios equivalentes al efectivo transferidos en la operacin.

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Anlisis de la encuestaPreguntas Edad SexoQue son las NIC?Qu significan las siglas NIC?Cundo entr en vigencia la aplicacin de esta norma?Por qu es necesario que existan normas contables nicas?De qu trata la NIC 12?De que trata la NIC 18?Mencione una de las transacciones que debe ser aplicada con esta norma.Cuales son los instrumentos financieros?

Anlisis de la encuestaSegn los datos obtenidos de la encuesta la mayora de personas conocen sobre nuestro tema de investigacin. El 73% de los encuestados conocen el significado de las siglas NIC, el 36% conoca la fecha de vigencia de estas normas y sobre que se trata la NIC 2 y 12.

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