Ingenieria de Transito

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO INSTITUTO DE CIENCIAS BÁSICAS E INGENIERÍA LICENCIATURA EN INGENIERÍA CIVIL INGENIERÍA DE TRANSITO ‘‘EL CAMINO’’ INTEGRANTES: LÓPEZ LIMÓN ANA LAURA MELO PÉREZ ADRIANA MARISOL ORTIZ PIÑA SANDRA LUZ ORTIZ UIROGA CARLOS HUMBERTO PIÑA CANO ISAURO IVAN RAMIREZ PADRON NANCY RAMIREZ ALVARADO VICTOR HUGO CAMARGO ANGELES ALDO

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO

DE HIDALGO

INSTITUTO DE CIENCIAS BÁSICAS E

INGENIERÍA

LICENCIATURA EN INGENIERÍA CIVIL

INGENIERÍA DE TRANSITO

‘‘EL CAMINO’’

INTEGRANTES:

• LÓPEZ LIMÓN ANA LAURA

• MELO PÉREZ ADRIANA MARISOL

• ORTIZ PIÑA SANDRA LUZ

• ORTIZ UIROGA CARLOS HUMBERTO

• PIÑA CANO ISAURO IVAN

• RAMIREZ PADRON NANCY

• RAMIREZ ALVARADO VICTOR HUGO

• CAMARGO ANGELES ALDO

CAMINO• Es la faja de terreno acondicionado para el tránsito de vehículos, (calles,

caminos, brechas, carreteras, autopistas etc.).-recuperado de http://www.lapaz.gob.mx/seguridadytto/educvial/elementosconformantransito.html

EN LA LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

Se entenderá por caminos o carreteras:

• a) Los que entronquen con algún camino de país extranjero.

• b) Los que comuniquen a dos o más estados de la Federación; y

• c) Los que en su totalidad o en su mayor parte sean construidos por la Federación; con fondos federales o mediante concesión federal por particulares, estados o municipios.

ESQUEMA BÁSICO DE LA VÍA PÚBLICA

•Guarnición.•Banqueta o acera.•Línea de contención o parada.•Línea divisoria de carriles.•Línea discontinua o segmento.•Zona peatonal.•Arroyo de circulación.•Punto de intersección.•Camellón.

SIGNIFICADO DE LOS COLORES EN GUARNICIONES

Los vehículos no podrán ser estacionados fuera de los lugares señalados al efecto, ni a menos de ocho metros de las bocacalles (esquinas) se encuentre o no marcada la limitación correspondiente para tal objeto.

Según la ley de caminos, puentes y auto transporte federal

Los Caminos constituyen vías generales de comunicación; así como los servicios de autotransporte federal que en ellos operan, sus servicios auxiliares y el tránsito en dichas vías.

Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

Caminos o carreteras:

a) Los que entronquen con algún camino de país extranjero.

b) Los que comuniquen a dos o más estados de la Federación; y

c) Los que en su totalidad o en su mayor parte sean construidos por la Federación; con fondos federales o mediante concesión federal por particulares, estados o municipios.

Como parte elemental de un camino se debe de considerar el Derecho de vía, el cual se define como la Franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación, cuya anchura y dimensiones fija la Secretaría, la cual no podrá ser inferior a 20 metros a cada lado del eje del camino. Tratándose de carreteras de dos cuerpos, se medirá a partir del eje de cada uno de ellos.

Son parte de las vías generales de comunicación los terrenos necesarios para el derecho de vía, las obras, construcciones y demás bienes y accesorios que integran las mismas.

Basados en la necesidad de comunicacion se han desarrollado diversos métodos para la construcción de caminos, desde los caminos a base de piedra y aglomerante hasta nuestra época con métodos perfeccionados basándose en la experiencia que conducen a grandes autopistas de pavimento flexible o rígido.

CAMINOS Y CARRETERAS.

Algunos acostumbran denominar CAMINOS a las vías rurales, mientras que el nombre de CARRETERAS se lo aplican a los caminos de características modernas destinadas al movimiento de un gran numero de vehículos.

La carretera se puede definir como la adaptación de una faja sobre la superficie terrestre que llene las condiciones de ancho, alineamiento y pendiente para permitir el rodamiento adecuado de los vehículos para los cuales ha sido acondicionada.

CLASIFICACIÓN DE CAMINOS

• POR SU ASPECTO FISICO:

- Rectos

- Curvos

• POR SU CIRCULACION:

- Brecha

- Terracería

- Revestidos

- Pavimentados

• Brecha: Caminos que no tienen un trazo definido, en los que se aprovechan las características favorables del terreno. Comunican pequeños poblados entre sí o con la carretera principal.

• Terracería: Tienen un trazo definido más amplio que la brecha y aplanados con máquinas, pero no tienen superficie dura que facilite la circulación de vehículos.

• Revestidos: Tienen secciones de asfalto de poco espesor, permiten que los vehículos desarrollen mayor velocidad y brindan mayor seguridad a la circulación vehicular.

• Pavimentados: Definidos con un trazo adecuado y mayor amplitud, su superficie de rodamiento es dura y presenta mayor espesor de asfalto y concreto, permite la circulación de todo tipo de vehículos a velocidad constante.

• POR SU ADMINISTRACION:

- Federales

- Estatales

- Vecinales

- Rurales de acceso

- Privados

- Consecionados

• Caminos federales: son financiados por la SCT de cuota federal. A cargo de caminos y puentes federales y servicios conexos por medio del peaje.

• Caminos estatales: colaboración bipartita, ya que el 50% lo aporta la federación y el otro 50% lo aporta el estado involucrado, todo a cargo de las juntas locales de caminos.

• Caminos vecinales: también llamados de cooperación tripartita ya que un 33% lo aporta la federación, otra parte igual el estado involucrado y el último tercio los particulares beneficiados.

• Rurales de acceso: solo para pequeñas poblaciones, financiados por la federación y utilizando la mano de obra de la región

• Privados: cumplen funciones específicas para determinados organismos, posteriormente pasan a manos de la federación.

• Privados concesionados: operan bajo un criterio mercantil o lucrativo, sujetos a las condiciones que marca la ley de caminos, puentes y el autotransporte federal.

CLASIFICACION TÉCNICA OFICIAL

Esta clasificación permite distinguir en forma precisa la categoría física del camino, ya que toma en cuenta los volúmenes de transito sobre el camino al final del periodo económico del mismo (20 años) y las especificaciones geométricas aplicadas. En México la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (S.C.T.) clasifica técnicamente a las carreteras de la manera siguiente:

Tipo especial: para transito promedio diario anual superior a 3,000 vehículos, equivalente a un transito horario máximo anual de 360 vehículos o más (o sea un 12% de T.P.D.) estos caminos requieren de un estudio especial, pudiendo tener corona de dos o de cuatro carriles en un solo cuerpo, designándoles A2 y A4, respectivamente, o empleando cuatro carriles en dos cuerpos diferentes designándoseles como A4, S.

Tipo A: para un transito promedio diario anual de 1,500 a 3,000 equivalente a un transito horario máximo anual de 180 a 360 vehículos (12% del T.P.D.).

Tipo B: para un transito promedio diario anual de 500 a 1,500 vehículos, equivalente a un transito horario máximo anual de 60 a 180 vehículos (12% de T.P.D.)

Tipo C: para un transito promedio diario anual de 50 a 500 vehículos, equivalente a un transito horario máximo anual de 6 a 60 vehículos (12% del T.P.D.)

En la clasificación técnica anterior, que ha sufrido algunas modificaciones en su implantación, se ha considerado un 50% de vehículos pesados igual a tres toneladas por eje.

El numero de vehículos es total en ambas direcciones y sin considerar ninguna transformación de vehículos comerciales a vehículos ligeros.

(En México, en virtud a la composición promedio del transito en las carreteras nacionales, que arroja un 50% de vehículos comerciales, de los cuales un 15% esta constituido por remolques, se ha considerado conveniente que los factores de transformación de los vehículos comerciales a vehículos ligeros en caminos de dos carriles, sea de dos para terreno plano, de cuatro en lomeríos y de seis en terrenos montañosos.)

CAPUFE (CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS)

• Es un organismo público descentralizado del Gobierno Federal de México, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que opera y da mantenimiento mayor y menor a los caminos y puentes federales.

SUS FUNCIONES SON:

• Conservar, reconstruir, mejorar, administrar y explotar por sí o a través de terceros los caminos y puentes a su cargo.

• Coadyuvar a solicitud de la SCT en la inspección de carreteras y puentes federales concesionados y, en su caso, en la operación de estos últimos.