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ESTADO DE SONORA ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. 11.-26-01/16 PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (PROSAN) ANEXO DE EJECUCIÓN NÚMERO II.-26-01/16 QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL ATRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA YPOR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA CON EL OBJETO DE FORMALIZAR LAS ACCIONES RELATIVAS AL PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (PROSAN). ANTECEDENTES 1.- Con fecha 15 de Enero de 2014 el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sonora, celebraron un Convenio de Coordinación Marco, con el objeto de conjuntar recursos y formalizar acciones en materia de: infraestructura hidroagrícola, de agua potable alcantarillado y saneamiento, así como de cultura del agua, para fomentar el desarrollo regional en la entidad, en cuya cláusula Segunda se estableció que para la ejecución de los programas correspondientes se suscribirían Anexos de Ejecución. 2, Con fecha 29 de diciembre del año 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación para los Programas de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento y Tratamiento de Aguas Residuales a cargo de la WGLASn? nTpAri^Mfa ?'ICableS a Part¡r dd añ° 2016 (en ,0 suces¡v° LAS REGLAS DE OPERACIÓN), en las que se establece la normatividad bajo la cual se regirá el programa Tratamiento de Aguas Residuales (PROSAN), cuyo objeto es incrementar y fortalecer la capacidad instalada e incentivar el tratamiento de aguas residuales municipales en las entidades federativas del país con el cuernnfH. ^°^ '*, Prevención y/o control de la contaminación de los apn ab e *Y ap°yar el cumP,lmient0 d* '* normatividad I. Objeto. SaIes3(SPRoTaN). re'atÍVaS a' PR°GRAMA °E ^AMIENTO DE AGUAS

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  • ESTADO DE SONORA

    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. 11.-26-01/16

    PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES(PROSAN)

    ANEXO DE EJECUCIÓN NÚMERO II.-26-01/16 QUE CELEBRA POR UNA PARTE ELEJECUTIVO FEDERAL ATRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE YRECURSOSNATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA YPOR LAOTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE SONORA CON EL OBJETODE FORMALIZAR LAS ACCIONES RELATIVAS AL PROGRAMA DE TRATAMIENTO DEAGUAS RESIDUALES (PROSAN).

    ANTECEDENTES

    1.- Con fecha 15 de Enero de 2014 el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaríade Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional delAgua, y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Sonora, celebraron unConvenio de Coordinación Marco, con el objeto de conjuntar recursos yformalizaracciones en materia de: infraestructura hidroagrícola, de agua potablealcantarillado y saneamiento, así como de cultura del agua, para fomentar eldesarrollo regional en la entidad, en cuya cláusula Segunda se estableció que parala ejecución de los programas correspondientes se suscribirían Anexos deEjecución.

    2, Con fecha 29 de diciembre del año 2015 se publicaron en el Diario Oficial de laFederación las Reglas de Operación para los Programas de Agua PotableAlcantarillado ySaneamiento yTratamiento de Aguas Residuales a cargo de laWGLASn? nTpAri^Mfa ?'ICableS aPart¡r dd añ° 2016 (en ,0 suces¡v° LASREGLAS DE OPERACIÓN), en las que se establece la normatividad bajo la cual seregirá el programa Tratamiento de Aguas Residuales (PROSAN), cuyo objeto esincrementar y fortalecer la capacidad instalada e incentivar el tratamiento deaguas residuales municipales en las entidades federativas del país con elcuernnfH. ^°^ ™'*, Prevención y/o control de la contaminación de losapn ab e ™ *Yap°yar ™el cumP,lmient0 d* '* normatividad

    I. Objeto.

    SaIes3(SPRoTaN). re'atÍVaS a' PR°GRAMA °E ^AMIENTO DE AGUAS

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    II. Participantes.

    A. La Comisión Nacional del Agua, en lo sucesivo "CONAGUA", declara:

    1.- Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la AdministraciónPública Federal, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es ladependencia del Poder Ejecutivo Federal encargada del despacho de asuntosrelativos a fomentar la protección, restauración y conservación de losecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales, con el fin depropiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable; administrar, controlary reglamentar el aprovechamiento de cuencas hidráulicas, vasos, manantialesy aguas de propiedad nacional y de las zonas federales correspondientes conexclusión de los que se atribuya expresamente a otras dependencias;establecer yvigilar el cumplimiento de las condiciones particulares que debansatisfacer las descargas de aguas residuales, cuando sean de jurisdicciónfederal; regular yvigilar la conservación de las corrientes, lagos y lagunas dejurisdicción federal en la protección de cuencas alimentadoras y las obras decorrección torrencial.

    2.- Que es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de MedioAmbiente y Recursos Naturales, con las atribuciones que en materia derecursos hídricos le confieren la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento yelReglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua.

    3.- Que el C. Ing. César Alfonso Lagarda Lagarda, en su carácter de DirectorGeneral del Organismo de Cuenca Noroeste de la Comisión Nacional del Aguacuenta con atribuciones suficientes para celebrar el presente Anexo deEjecución, conforme a lo dispuesto por los artículos 12 BIS 12 BIS 1 12 BIS 2fracción 1,12 BIS 6fracciones Vil, VIII yXXII de la Ley de Aguas Nacionales 16párrafos segundo, cuarto yúltimo fracción II, 7, 9párrafo primero fracción ll'10 11 apartado "B", 65 y73 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional'del Agua;

    4.- Que tiene como domicilio el ubicado en Paseo de la Cultura yComonfort SNColono Villa de Seris, Hermosillo Sonora, CP 83280, mismo que señala para todoslos fines y efectos del presente instrumento.

    B. El Estado Libre ySoberano de Sonora, en lo sucesivo el "ESTADO", declara:

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    1- Que es un Estado Libre y Soberanoque forma parte de la Federación, conformelo establecen los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos y 25, 79 fracción XVI y 82 de la Constitución Política delEstado Libre ySoberano deSonora, artículos 2o fracciones I, Vy VI, artículos 6,8, 18,22 Inciso A fracción XII, inciso Bfracción III, inciso C fracción V, artículo60 fracción III, 61 y 75 fracción III de la Ley de Agua del Estado de Sonora.

    2.- Que el C Ing. Sergio Ávila Ceceña en su carácter de Vocal Ejecutivo de laComisión Estatal del Agua está facultado para celebrar el presente Anexo deEjecución de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, 28 fraccionesI, II y XI de la Ley de Agua del Estado de Sonora y artículos 34 y 35 delReglamento Interior de la Comisión Estatal del Agua.

    3.- Que tiene como domicilio el ubicado en Calle Ocampo Número 49de la ColoniaCentenario, C.P. 83260, en la Ciudad de Hermosillo, Sonora, mismo que señalapara todos los fines y efectos del presente instrumento.

    III. Fundamento Jurídico.

    Artículos 4párrafo sexto 26 Apartado "A", 27 párrafo quinto, 115 fracción III inciso a)y 116 párrafo segundo fracción Vil de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; 17 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal- 3379 Y8 «? mtl invfffV:?' 4rí f^acdón '"' 6' 23 Prlmer Párraf0> 54> 74> 75''i ó? ¿?f -y m°-7 de lafey Federal de ^supuesto yResponsabilidad Hacendaría;i'il \6,yr?oC1,onJ'1'nciso cX 64' 65 acciones I, II yIII, 66, 67, 68, 85,170, 171 174¿rÍ¡ 17VhV23' 22A226' 284' 285 V287 de su Reglamento; 29 y 30 deín£r£?XrSto.í fgceSíS de a Federación P^a el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el7Bi fr?rri!?n ífí F,edefrac,ón el 27 de noviembre de 2015; 1, 4, 7fracciones VI yVN/ bis fracción III, 9 párrafos primero, segundo ytercero apartado "b" de la Lev de AguasNacionales; 191 de la Ley Federal de Derechos; 1, 3, 9, 18, 25, 26 28 40 41 y42 vSector PúNi'/n5 YaPJ¡Ca,bleS de la Ley de Ad

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    Estado Libre ySoberano de Sonora; 3o, 9o y 22 fracción II de la Ley Orgánica del PoderEjecutivo del Estado de Sonora; Io, 7o, 8o, 22,35y 36 de la Ley de Planeación del Estadode Sonora, 2o fracciones I, Vy VI, Artículos 6, 8 ,18, 22 Inciso Afracción XII, Inciso Bfracción III, inciso Cfracción V, 28 fracciones I, III y XI, 60 fracción III, 61 y 75 fracciónIII de la Ley de Agua del Estado de Sonora, asícomo Artículos 34 y 35 del ReglamentoInterior de la Comisión Estatal del Agua.

    IV. Acciones a Realizar.

    Los recursos federales asignados al PROSAN se destinarán a apoyar financiera ytécnicamente a los organismos operadores de los municipios y de las entidadesfederativas, para el incremento y rehabilitación de su capacidad instalada y para quetrate sus aguas residuales cumpliendo con los parámetros establecidos en su permisode descarga, en la norma oficial mexicana correspondiente.

    El detalle de las acciones a realizar deberá especificarse en los Anexos Técnicos paraInfraestructura ypara Incentivos, mismos que deberán ser firmados por la CONAGUA,el ESTADO y el Municipio u Organismo Operador como instancia responsable de suejecución yque de conformidad con lo que establecen las REGLAS DE OPERACIÓN, sesuscribirán por cada uno de los siguientes apartados:

    a) Infraestructura

    b) Incentivos al tratamiento de aguas residuales

    En dichos Anexos Técnicos se especificará para el caso de las acciones deinfraestructura.- el monto de las aportaciones de la CONAGUA, del ESTADO y/oMunicipio y/u Organismo Operador, la descripción de las obras, proyectos yaccionessu locahzacion, estructura financiera, metas, instancias responsables de su ejecución ycalendario de licitación, ypor lo que respecta alos incentivos al tratamiento de aguasrnMArff; e,ntrrc°rtrA°S aSpeCt0S se esPec¡fícará: el monto de las aportaciones de laCONAGUA, del ESTADO y/o Municipio y/u Organismo Operador la descripción de laplanta, capacidad, calidad, volumen tratado, monto de apoyo y trimestrescorrespondientes yforman parte de este Anexo de Ejecución.

    V. Recursos y Modalidades de Ejecución.

    1. Para la realización del programa objeto de este Anexo de Ejecución se orevé unac~a vlc:$ V' 545'11415 (S°n: Cüarente yCUatí°^

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    a apoyar a los organismos operadores de los municipios y de las entidadesfederativas en los conceptos que se señalan en el numeral "6.4. Incentivos alTratamiento de aguas residuales" yque cuyo objetivo esencial es coadyuvar enel tratamiento de las aguas residuales cumpliendo con los parámetrosestablecidos en su permiso de descarga, en la norma oficial mexicanacorrespondiente o en el estudio de clasificación de corrientes en lo concernientea la Demanda Bioquímica de Oxígeno determinada al quinto día (DBOs) y losSólidos Suspendidos Totales (SST). Los detalles de estos apoyos se indican en losAnexos Técnicos correspondientes, conforme a la siguiente estructura:

    a) La "CONAGUA" aportará la cantidad de $38, 701,844.00 (Son: treinta yocho millones setecientos un mil ochocientos cuarenta ycuatro pesos00/100 M.N.), proveniente de los recursos aprobados al Ramo 16 en elPresupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016 delos cuales la cantidad de $ 5, 896,932.23 (Son: cinco millonesochocientos noventa yseis mil novecientos treinta ydos pesos 23/100M.N.) se destinarán exclusivamente a la ejecución de las acciones delnumeral "6.3. Infraestructura" y la cantidad de 32, 804,911.77 (Son:treinta y dos millones ochocientos cuatro mil novecientos once pesos77/100 M.N.) a las acciones del numeral "6.4. Incentivos al tratamientode aguas residuales", de las REGLAS DE OPERACIÓN.

    b) El "ESTADO" aportará la cantidad de $5,843,270.15 (Son: cinco millonesochocientos cuarenta ytres mil doscientos setenta pesos 15/100 MN)proveniente de recursos propios y en su caso, del Municipio y deGeneración Interna de Caja del Organismo Operador, mismos que sedestinaran a la ejecución de las acciones señaladas en el numeral 63-Infraestructura de las REGLAS DE OPERACIÓN.

    Los recursos federales que se aporten, estarán sujetos a la disponibilidad delPresupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016 ya las^^^aS^^0^que en su momento emlta ,a Secretaría de Hac¡enda yCrédito Pub ico. Dichos recursos se consideran públicos para efectos de transoarenciayf.sca zacion yson subsidios que otorga el Gobierno Federal ypor^ío3e^naturaleza jurídica de recursos públicos federales y su ejercicio se regirá bato alegislación federal aplicable en la materia, yen consecuencia, son sujetos deTs accionesde control, v.g.lanc.a yevaluación por parte de las instancias federal» y^estatalesfacultadas para tal efecto, independientemente de que los recursos s^eierdd^gobiernos estatales, municipales uorganismos operadores J P

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    Las acciones de control, vigilancia, seguimiento y evaluación, información ydocumentación de los recursos federales a que se refiere el presente instrumentocorresponderá a la Comisión Nacional del Agua, a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, al Órgano Fiscalizador Federal competente, a la Auditoria Superior de laFederación, y en su caso, a las que realice el Órgano Estatal de Control, laSecretaría dela Contraloría General del Estado de Sonora.

    Las responsabilidades administrativas, civiles o penales derivadas de afectaciones a laHacienda Pública Federal en que en su caso incurran los servidores públicos federales olocales serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.

    2. Con el propósito de propiciar la transparencia y rendición de cuentas, agilizar laejecución del programa, y mejorar la distribución de los recursos federales, la"CONAGUA" radicará los recursos conforme a la disponibilidad presupuesta!,directamente a los ejecutores a las cuentas bancarias proporcionadas, lo cual esaceptado por el "ESTADO" mediante la firma del presente Anexo de Ejecución y susrespectivos Anexos Técnicos.

    VI. Instancias participantes en la ejecución del programa.

    1. La "CONAGUA" se compromete a:

    a) Aportar los recursos económicos federales en los montos y términosseñalados en el inciso "a)" del numeral 1 del apartado V. Recursos yModalidades de Ejecución.

    b) Otorgar al "ESTADO" la asistencia técnica que le solicite para la ejecucióneficiente del programa objetode este instrumento.

    O Llevar a cabo la supervisión normativa y el seguimiento del programa,actualizando de forma mensual y coordinada con el "ESTADO" lainformación referente a los avances del programa en el Sistema deInformación de Servicios Básicos del Agua (SISBA).

    d) Proporcionar al "ESTADO" el Esquema y la Guía Operativa para laimplementación, promoción yoperación de las Actividades de ContraloríaSocial en las localidades beneficiadas con el programa.

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    e) Proporcionar trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, al Órgano Fiscalizador Federal competente o a la AuditoríaSuperior de la Federación, la información y documentación de quedisponga y que le sea requerida en relación con la aplicación de esosrecursos a los fines específicos para los cuales fueron otorgados.

    f) Publicar el presente Anexo de Ejecución y sus respectivos AnexosTécnicos en la página de Internet de la "CONAGUA", en la siguientedirección electrónica: www.conagua.gob.mx.

    2. El "ESTADO" se compromete a:

    a) Suscribir con las instancias correspondientes los instrumentos necesariospara la ejecución del programa.

    b) Aportar los recursos económicos señalados en el inciso "b)" del numeral 1del apartado V. Recursos y Modalidades de Ejecución y cumplir con laasignación de recursos a las instancias ejecutoras conforme se estableceen las REGLAS DE OPERACIÓN.

    c) Aplicar y ejercer los recursos económicos establecidos en los AnexosTécnicos, única y exclusivamente para la realización de cada una de lasacciones, proyectos y obras que se indican en los mismos.

    d) Solicitar por escrito a la "CONAGUA" la asistencia técnica que se requierapara la adecuada realización del programa objeto de este instrumento.

    e) Promover y ejecutar por sío por las instancias responsables de la ejecuciónel PROSAN, con estricto apego a lo establecido en las REGLAS DEOPERACIÓN, el Manual de Operación y Procedimientos del PROSAN ydemás disposiciones aplicables, así como realizar la implementación,promoción y operación de las actividades de Contraloría Social en laslocalidades beneficiadas, con base en el Esquema y la Guía Operativa quele proporcione la "CONAGUA" para el efecto.

    f) Administrar los recursos federales transferidos en cuentas bancariasespecíficas que se aperturen para tal fin, de manera tal que se puedarealizar el seguimiento y fiscalización de los recursos asignados. Cuando lainstancia ejecutora no sea la Entidad Federativa, sino los Municipios uOrganismos Operadores, los Municipios u Organismos Operadoresaperturarán cuentas bancarias específicas a efecto de dar seguimiento y

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    fiscalizar los recursos federales que la Entidad Federativa o la "CONAGUA"les transfiera; invariablemente la instancia ejecutora asumirá elcompromiso de la administración de los recursos, conforme a lasdisposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos.

    g) Cuando los recursos sean administrados por una instancia estataldiferente a la que ejecuta el PROSAN, deberá garantizar el flujo oportunode recursos para la realización del mismo, asignando los recursos querequieran las instancias ejecutoras conforme a lo establecido en lasREGLAS DE OPERACIÓN.

    h) Efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución de lasacciones previstas; recabar y custodiar la documentación comprobatoriade las erogaciones derivadas de la ejecución de las acciones del programacontempladas en los Anexos Técnicos.

    i) Cumplir con las metas indicadas para cada acción, de conformidad con loestablecido en los Anexos Técnicos correspondientes.

    j) Proporcionar al Organismo de Cuenca Noroeste dentro de los primerostres días hábiles de cadames la información correspondiente a los avancesde las acciones y ejercicio de los recursos materia del presenteinstrumento, para que se incorporen en el SISBA, asícomo proporcionar ladocumentación e información adicional que se le requiera para el debidoseguimiento del programa.

    k) Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturalessiguientes al cierre del ejercicio, los recursos federales que no se hayanaplicado a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscaldel año 2016 no se hayan ejercido.

    I) Presentar al Organismo de Cuenca Noroeste, a más tardar el último díahábil del mes de enero de 2017, el cierre del ejercicio de las operacionesrealizadas, recursos ejercidos conforme a lo reportado como ejercido en elsistema financiero de la "CONAGUA", metas alcanzadas del ejercicio quese informe, en su caso los comprobantes de reintegro de los recursosfederales no ejercidos y productos financieros por reintegroextemporáneo de dichos recursos. Este documento deberá ser conciliadoy firmado por las autoridades responsables del Programa en el GobiernoEstatal y en el Organismo de Cuenca o Dirección Local de la "CONAGUA"

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    correspondiente, dicha información será la fuente para la integración delInforme de Cuenta Pública Anual.

    m) Remitir a la Secretaría de la Contraloría General del Estado de Sonora,copia del presente Anexo de Ejecución con sus respectivos AnexosTécnicos en cuanto se concluya el proceso de su suscripción.

    Vil. Modificaciones.

    Con objeto de agilizar la adecuada operación del PROSAN se podrán suscribir anexostécnicos modificatorios para la reasignación de los recursos federales, en los que seestablecerá que dichos recursos quedarán sujetos a la disponibilidad presupuestal y sufecha de ejecución será convenida por la instancia responsable de su ejecución con la"CONAGUA". Para las modificaciones al programa que no requieran de un presupuestoadicional se elaborarán Cédulas de Traspaso, las cuales una vez firmadas formaránparte integrante del Anexo Técnico correspondiente.

    VIII. Vigilancia e interpretación.

    1. Las partes convienen en destinar el dos al millar del monto total de los recursosaportados y especificados en los Anexos Técnicos, a favor de la Secretaría delaContraloría General del Estado deSonora, paraqueéste realice lavigilancia,inspección, control y evaluación sobre las acciones y obraspúblicas ejecutadaspor administración directa con dichos recursos, quien los ejercerá conforme alos lincamientos que determine el Órgano Fiscalizador Federal competente. Laministración de dichos recursos se realizará proporcionalmente, conforme alcalendario programado para el ejercicio de los mismos; es decir, que del totalde recursos que se aporten, se restará el dos al millar paraeste concepto y ladiferencia se aplicará a las acciones que se detallan en los Anexos Técnicoscorrespondientes, o bien se tomen de los intereses financieros de la cuentabancada aperturada específicamente para tal efecto. Para el caso de obraspúblicas ejecutadas por contrato aplicará lo dispuesto en el Artículo 191 de laLey Federal de Derechos.

    2. La Comisión de Regulación y Seguimiento (CÓRESE) será la encargada de darseguimiento y evaluar las acciones del presente instrumento, misma queestará integrada por un Presidente que es el representante del "ESTADO", elcual tiene voto de calidad, un Secretario Ejecutivo que es el Director General

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    del Organismo de Cuenca Noroeste; como Vocales paritariamente losresponsables del programa; como invitados permanentes las Dependencias delGobierno del Estado involucradas en la formalización, ejecución, seguimientoy control de los Anexos; y los Municipios y Organismos Operadoresinvolucrados en el programa.

    3. Las partes convienen en que el Órgano Fiscalizador Federal competente podráverificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargodel "ESTADO", el Municipio y/o el Organismo Operador, en los términos delpresente instrumento.

    4. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento,la "CONAGUA" y el "ESTADO" se comprometen a revisar periódicamente sucontenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlacey la comunicación requerida para el debido seguimiento a los compromisosasumidos.

    5. Las partes convienen en suspender las aportaciones especificadas en elpresente Instrumento cuando se presenten condiciones económicasextraordinarias e imprevisibles o por caso fortuito o de fuerza mayor, que encualquier forma sean ajenas a la voluntad de los otorgantes.

    6. Las partes manifiestan su conformidad para que en caso de duda sobre lainterpretación de este Anexo de Ejecución respecto a su instrumentación,formalización y cumplimiento, se esté a lo previsto en el Convenio deCoordinación Marco y en las REGLAS DE OPERACIÓN.

    IX. Transparencia.

    1. La "CONAGUA" y el "ESTADO" convienen elevar los niveles de transparenciaen el ejercicio de los recursos derivados del presente instrumento; para talefecto la información deberá estara disposición del público a través de mediosremotos o locales de comunicación electrónica de los proyectos financiados,incluyendo sus avances físicos-financieros y de metas, asimismo deproporcionar apoyo a los usuarios que lo requieran y proveer todo tipo deasistencia respecto de los trámites y servicios prestados.

    2. Las partes convienen que en toda la papelería y documentación oficial dedifusión, así como la publicidad y promoción de los apoyos de la "CONAGUA"

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    ANEXO DE EJECUCIÓN NUM. II.-26-01/16

    y de los ejecutores, deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa espúblico, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para finesdistintos a los establecidos en el programa".

    X. Vigencia.

    La vigencia del presente Anexo de Ejecución será a partir del día de su firma y hasta el31 de diciembre de 2016, y se podrá modificar o cancelar de común acuerdo por laspartes. Dichas modificaciones deberán constar por escrito mediante el instrumentocorrespondiente.

    Leído que fue por las partes que en el presente Anexo de Ejecución intervienen yenteradas de su contenido y alcance legal, lo firman al margen y al calce en tresejemplares en laCiudad de Hermosillo, Sonora, a los treinta y undías del mes de marzodel año dos mil dieciséis.

    POR EL EJECUTIVO FEDERAL

    SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE YRECURSOS NATURALES

    COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA

    EL DIRECTOR GENERAL DELORGANISMO DE CUENCA

    IN0TCESAR A. LAGARDA LAGARDA

    POR EL EJECUTIVO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA

    VOCAL EJECUTIVO DE LA COMISIÓN ESTATALDEL AGUA

    ING. SERGIO AVILA'CECEÑA

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