Documento Inicial Estratégico Plan GIRA 2016-2022

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE ARAGÓN PLAN GIRA 2016-2022 Abril de 2016

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE ARAGÓN

PLAN GIRA 2016-2022 Abril de 2016

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES .................................................................................................................... 3

1.- OBJETIVOS DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE ARAGÓN, PLAN GIRA 2016-2022 ............................................................................................................................................................................. 5

2.- ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLAN Y DE SUS ALTERNATIVAS ............................................................. 8

2.1.- ALCANCE, VIGENCIA Y CONTENIDO DEL PLAN GIRA 2016-2022 .................................................... 8

2.2.- ALTERNATIVAS DEL PLAN GIRA 2016-2022 ......................................................................................... 9

3.- DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN.........................................................................................................11

4.- DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL MEDIO AMBIENTE ANTES DEL DESARROLLO DEL PLAN EN EL ÁMBITO TERRITORIAL AFECTADO ....................................................................................14

4.1 INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................14

4.2 MEDIO SOCIOECONÓMICO ........................................................................................................................14

4.3 MEDIO ABIÓTICO .........................................................................................................................................17

4.4 MEDIO BIÓTICO ............................................................................................................................................20

5.- EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES ......................................................................................................27

5.1 EFECTOS AMBIENTALES ...........................................................................................................................27

5.2 ÁREAS AFECTADAS....................................................................................................................................33

6.- EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES CONCURRENTES. ...................................................................................................................................................35

7.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD SOCIAL DEL PLAN GIRA. .....................................................40

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INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES

La Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de prevención y protección ambiental de Aragón,

supone la adaptación de la normativa aragonesa al marco jurídico del estado español en lo que se

refiere a la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, denominada en esta Ley como

evaluación ambiental estratégica (EAE). Esta evaluación, regulada en el capítulo I del título I de la

citada Ley, tiene como objetivos promover el desarrollo sostenible, conseguir un elevado nivel de

protección del medio ambiente y contribuir a la integración de los aspectos ambientales en la

elaboración y adopción de planes y programas.

En concreto, en el artículo 13 se recoge la tramitación de la denominada EAE ordinaria,

estableciendo en el apartado 1 los trámites necesarios y en el 2 el contenido del documento inicial

estratégico (DIE) que el promotor del plan o programa debe presentar con la solicitud de inicio ante

el órgano ambiental junto con el borrador del referido plan. Este documento contendrá la siguiente

información:

a) Los objetivos de la planificación.

b) El alcance y contenido del plan o programa propuesto y de sus alternativas.

c) El desarrollo previsible del plan o programa.

d) Un diagnóstico de la situación del medio ambiente antes del desarrollo del plan o

programa en el ámbito territorial afectado.

e) Los efectos ambientales previsibles.

f) Los efectos previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.

g) La justificación de su sostenibilidad social.

Por otra parte, el marco jurídico de la Unión Europea para la gestión de residuos está

regulado por la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre,

sobre los residuos (Directiva Marco de Residuos, DMR). En esta Directiva comunitaria se configura

la planificación en materia de residuos como un instrumento fundamental en la política de residuos.

La DMR se traspuso al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 22/2011, de 28 de

julio, de residuos y suelos contaminados, que establece en sus artículos 14 y 15 la obligación de

elaborar planes de gestión de residuos y programas de prevención de residuos, respectivamente.

La ley prevé la elaboración por la Administración Central del Estado del Plan estatal de gestión de

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residuos, que determinará los objetivos mínimos a cumplir de prevención, preparación para la

reutilización, reciclado, valorización y eliminación.

El 12 de diciembre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 16

de noviembre de 2015, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural,

por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de noviembre de 2015, por el que se

aprueba el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022.

El PEMAR 2016-2022 contiene la estrategia general de la política de residuos, las

orientaciones y la estructura a la que deben ajustarse los planes autonómicos conforme a lo

previsto en la Ley 22/2011, de 28 de julio. En este Plan se establece el compromiso de España a

disponer del Plan Estatal y de los planes autonómicos antes de finalizar el año 2016 con el fin de

asegurar el cumplimiento de la condicionalidad ex ante. Es por ello que la Comunidad Autónoma de

Aragón deberá aprobar el Plan GIRA 2016-2022 adaptado a la planificación nacional en el plazo

indicado.

El periodo de vigencia del Plan GIRA 2009-2015, finalizaba el 31 de diciembre de 2015. Por

ello, y mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de Aragón de 15 de diciembre de 2015, se

acordó prorrogar la vigencia del Plan GIRA 2009-2015 hasta su adaptación al PEMAR 2016-2022.

La revisión de la planificación que ahora se inicia pretende seguir una línea de continuidad

de las previsiones y actuaciones del Plan GIRA vigente (2009-2015), incorporando las pertinentes

adaptaciones a la Directiva, a la Ley de Residuos, a la normativa específica sobre diferentes flujos

de residuos y al PEMAR 2016-2022.

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1.- OBJETIVOS DEL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE ARAGÓN, PLAN GIRA 2016-2022

El Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón 2016-2022 tiene como principal objetivo

el cumplimiento de la normativa estatal y comunitaria en materia de residuos, por lo que todos los

objetivos fijados en la Directiva Marco de Residuos, en la Ley 22/2011, de 28 de julio, y en la

normativa derivada serán objetivos prioritarios del Plan GIRA.

La ley básica de residuos obligaba en su artículo 15.1 a la aprobación de un plan de

prevención de residuos antes del 12 de diciembre del 2013. Con fecha 13 de Diciembre de 2013, el

Consejo de Ministros aprobó a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio

Ambiente (MAGRAMA), el programa Estatal de Prevención de residuos 2014-2020. La entonces

Dirección General de Calidad Ambiental manifestó en su momento que la Comunidad Autónoma de

Aragón se adhería al Programa Estatal de Prevención de Residuos y que daba por reproducido en

su totalidad dicho programa, formulando las prioridades de actuación en el Programa de

Prevención de Residuos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En la Ley de residuos se establecen otra serie de objetivos que el Plan GIRA hace suyos,

como son:

Establecer antes de 2015 una recogida separada para, al menos, los materiales

siguientes: papel, metales, plástico y vidrio.

Antes de 2020, la cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la

preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales,

vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en

conjunto, como mínimo el 50% en peso.

Antes de 2020, la cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición

destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de

materiales, (…) deberá alcanzar como mínimo el 70% en peso de lo producido.

En relación a los objetivos nacionales establecidos en la disposición adicional segunda de la

Ley 22/2011, relativa a la sustitución de las bolsas de un solo uso de plástico no biodegradables,

procede significar que esta disposición ha sido modificada por el artículo 3 de la Ley 11/2012, de 19

de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, que prevé su precisión

mediante un desarrollo reglamentario.

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Por otra parte, en relación a las competencias administrativas de las Entidades Locales en

materia de residuos domésticos y teniendo en cuenta lo recogido en la disposición transitoria

segunda de la citada Ley, las entidades locales debían aprobar las ordenanzas en las que se

regulara la gestión de estos residuos en el plazo de 2 años desde la publicación de la referida Ley,

estableciendo que en su ausencia serán de aplicación las normas que apruebe la administración

autonómica. En cumplimiento de este mandato, desde el entonces Departamento de Agricultura y

Medio Ambiente se promovió ya a principios de 2014 la tramitación de un Decreto por el que se

aprueba el reglamento de recogida de residuos domésticos y de residuos comerciales no

peligrosos en la Comunidad Autónoma de Aragón, que actualmente se encuentra pendiente de

informes jurídicos.

Otra normativa a tener en cuenta es el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el

que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, el cual obliga en su

artículo 5.2.c a que antes del 16 de julio de 2016, la cantidad total en peso de los residuos urbanos

biodegradables destinados a vertedero no supere el 35% de la cantidad total de residuos

biodegradables generados en 1995.

Además, y en lo que respecta a los residuos de origen agrícola y ganadero, debe citarse

como razón de urgencia derivada del régimen transitorio, la adaptación de las explotaciones

ganaderas intensivas a lo dispuesto en la disposición adicional novena de la actualmente derogada

Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, que se corresponde con la

disposición adicional quinta de la vigente Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de prevención y

protección ambiental de Aragón. En cumplimiento de este mandato, desde el entonces

Departamento de Agricultura y Medio Ambiente se promovió en 2014 la tramitación de un Decreto

por el que se regula la gestión de estiércoles y residuos generados en las explotaciones

ganaderas, y los procedimientos de acreditación y control coordinado sobre la aplicación de

materia orgánica fertilizante en terrenos agrarios, que en la actualidad se encuentra pendiente de

informes jurídicos.

Hasta ahora se han detallado las razones derivadas de la propia planificación y de la

normativa de aplicación en materia de residuos, pero no hay que olvidar otras razones que motivan

la presente revisión del plan GIRA.

Entre ellas cabe destacar la adaptación y revisión del modelo de servicios públicos de

gestión de residuos a las nuevas definiciones y obligaciones legales de operaciones de valorización

y a la aplicación del principio de jerarquía. Los servicios públicos también deben adaptarse a la

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actual situación económica, a la disminución de la demanda de vertido derivada del impulso de las

operaciones de valorización, a la problemática del rechazo social ante determinados proyectos e

instalaciones y a las competencias estatales en la aplicación del principio de autosuficiencia y

proximidad.

Por otra parte, durante el periodo de aplicación del plan GIRA se han detectado ciertas

carencias y demandas que deben tenerse en cuenta en la presente revisión. Muestra de ello es la

dificultad de implantación de instalaciones destinadas a la eliminación de residuos no peligrosos de

origen no industrial o no doméstico ni agrario, que además no estaban sujetos al ámbito de

aplicación de los servicios públicos. No obstante, este aspecto fue corregido a través de la Ley

10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de

Aragón, cuyo artículo 34 modifica la Ley 26/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias y

Administrativas, en lo relativo a la definición del servicio público de gestión de residuos no

peligrosos. Más recientemente, mediante la Ley 2/2013, de 4 de abril, de modificación de la referida

Ley 26/2003 (BOA nº 75, de 18 de abril de 2013), se vuelven a delimitar los ámbitos de los

servicios públicos de gestión de residuos, y en particular el de escombros queda reducido a la

eliminación de aquellos que no procedan de obras menores de construcción y reparación

domiciliaria.

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2.- ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLAN Y DE SUS ALTERNATIVAS 2.1.- ALCANCE, VIGENCIA Y CONTENIDO DEL PLAN GIRA 2016-2022

El Plan GIRA 2016-2022 se aplicará a todos los residuos generados en el territorio de la

Comunidad Autónoma de Aragón y a los gestionados en ella, dentro del marco que establece la

Ley de residuos, con las excepciones contempladas en la misma, así como de la Planificación

estatal en la materia, PEMAR 2016-2022.

La referida Ley establece en su artículo 14.5 que los planes y programas de gestión de

residuos deberán evaluarse y revisarse, al menos, cada 6 años, periodo que coincide

aproximadamente con la vigencia propuesta y que además, por cuestión de coherencia y

coordinación, se hace coincidir con la del PEMAR. Por tanto, el Plan GIRA 2016-2022 estará

vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, debiendo ser objeto de revisión antes de la finalización

de dicho plazo.

El contenido de los planes de gestión de residuos se establece en el artículo 14.2 y en el

Anexo V de la ley de residuos. Resumidamente, los planes autonómicos deben contener:

- tipo, cantidad y fuente de residuos producidos, así como los flujos territoriales y su

evolución

- sistemas existentes de recogida de residuos y principales instalaciones de tratamiento,

especialmente para el caso de los residuos peligrosos

- evaluación de las necesidades de nuevas infraestructuras y sus inversiones

- criterios de ubicación y capacidad de las futuras instalaciones

- políticas de gestión de residuos, incluidas las tecnologías y los métodos

En coherencia con el contenido y la estructura del PEMAR 2016-2022, el plan GIRA 2016-

2022 plantea una modificación y reestructuración de algunos de los programas incluidos en los

planes anteriores, ajustándose la nueva estructura al siguiente esquema de programas:

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PEMAR 2016-2022 Borrador Plan GIRA 2016-2022 (ADAPTADO A PEMAR)1. Introducción. 1. Introducción.2. Orientaciones comunitarias de la política de residuos. 2. Orientaciones comunitarias y nacionales de la política de residuos.

3. Novedades de la ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y sueloscontaminados.

3. Bases para la revisión del plan GIRA

4. Descripción general de la gestión de los residuos en los últimosaños.

4. Descripción general de la gestión de los residuos en Aragón

5. Estructura de los planes autonómicos y contribución alcumplimiento de los objetivos.

5. Estructura y programas del plan

6. PROGRAMA DE PREVENCIÓN7. PROGRAMA DE VALORIZACIÓN8. PROGRAMA DE CONTROL

6. Residuos domésticos y comerciales. Estrategia de reducción devertido de residuos biodegradables.

9. PROGRAMA DE RESIDUOS DOMÉSTICOS Y COMERCIALES

7. ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES 10. PROGRAMA DE RESPONSABILIDAD AMPLIADA DEL PRODUCTORDEL PRODUCTO10.4 RAP en materia de envases y residuos de envases10.5 RAP en materia de envases de medicamentos10.6 RAP en materia de envases fitosanitarios

8. RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS 10.7 RAP en materia de residuos de pilas y acumuladores9. VEHÍCULOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL 10.8 RAP en materia de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos10. NEUMÁTICOS AL FINAL DE SU VIDA ÚTIL (NFU) 10.9 Neumáticos al final de su vida útil, (NFU) sujetos a responsabilidad

ampliada y otros.11. ACEITES USADOS 10.10 RAP en materia de aceites industriales usados12. PILAS Y BATERÍAS 10.11 RAP en materia de vehículos fuera de uso13. RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN 11. RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN14. LODOS DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES 12. LODOS DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES15. PCBs y PCTs 13. PROGRAMA DE RESIDUOS PELIGROSOS16. RESIDUOS AGRARIOS 14. RESIDUOS AGRARIOS17. RESIDUOS DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS 15. RESIDUOS DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS18. RESIDUOS INDUSTRIALES (sin legislación específica) 16. RESIDUOS NO PELIGROSOS (sin legislación específica)19. BUQUES Y EMBARCACIONES LA FINAL DE SU VIDA ÚTIL 17. BUQUES Y EMBARCACIONES 20. RESIDUOS SANITARIOS 18. RESIDUOS SANITARIOS21. Depósito de residuos en vertederos. 19. Depósito de residuos en vertederos.22. Importaciones/exportaciones de residuos. 20. Importaciones, exportaciones, traslados y movimientos de

residuos.23. Suelos contaminados. 21. Suelos contaminados.24. Seguimiento y actualización del Plan. 22. Seguimiento y actualización del Plan.25. Financiación. 23. Estimaciones presupuestarias. Medidas e instrumentos

económicos. Tabla 2.1.- Comparativa Plan Estatal Marco de Residuos 2016-2022 y Borrador de Plan GIRA 2016-2022

2.2.- ALTERNATIVAS DEL PLAN GIRA 2016-2022

La evaluación de alternativas que se realiza en este documento se enfoca principalmente en

los aspectos novedosos o que se modifican respecto el plan GIRA vigente (2009-2015),

considerando que aquellos aspectos a los que se les da continuidad ya fueron sometidos a su

correspondiente evaluación de planes y programas.

Así, el modelo que figura en el Plan GIRA vigente (2009-2015) será la “alternativa cero”,

frente a cualquiera de los modelos alternativos que se evalúen en el proceso. La “alternativa cero”

o de no actuación no permitiría el obligado cumplimiento de la normativa europea y estatal en

materia de residuos, especialmente de los objetivos ineludibles establecidos en las mismas. En el

anexo II Datos e Indicadores del Borrador de Plan GIRA 2016-2022, se puede comprobar que

mediante las actuaciones realizadas hasta la fecha de acuerdo al plan GIRA vigente no es posible

cumplir los objetivos legales. A esto hay que añadir la necesidad de adaptación de la planificación

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autonómica al Plan Estatal Marco de Residuos aprobado en el año 2015. Por todo ello, la

elaboración de un nuevo Plan antes de que finalice el año 2016, resulta inexcusable.

Una vez reflejada la necesidad de elaborar esta planificación y sobre todo su adaptación al

Plan estatal y a la normativa, se pueden plantear algunas alternativas ya dentro de cada programa,

si bien todas ellas deben ir encaminadas a cumplir los objetivos legales aludidos en el apartado

anterior. En esta línea, los programas que más modificaciones necesitan y que en consecuencia

resulta más necesario su estudio son el programa de residuos domésticos y comerciales, el

programa de residuos de construcción y demolición y el programa de residuos no peligrosos. Para

realizar un correcto análisis de estos programas y como información adicional a lo que se detalla en

el borrador de Plan GIRA 2016-2022, se incluyen los siguientes anexos:

ANEXO 2.- ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS SOBRE MODELOS DE GESTIÓN DE RESIDUOS DOMÉSTICOS EN PLANTAS DE SEPARACIÓN EN DESTINO - UBICACIÓN DE PLANTAS DE TRATAMIENTO MECÁNICO BIOLÓGICO

ANEXO 3.- ANÁLISIS DE POSIBLES UBICACIONES PARA INSTALACIONES DE GESTIÓN DE ESCOMBROS

ANEXO 4.- ESTUDIO DE UN NUEVO MODELO DE GESTIÓN PARA LOS RESIDUOS NO PELIGROSOS.

Por todo lo expuesto, se considera como alternativa 1 la revisión del Plan GIRA vigente

para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la normativa comunitaria y estatal y su

adaptación al Plan Estatal marco de Residuos (2016-2022), de tal manera que se pongan en marcha las actuaciones previstas en el borrador de Plan GIRA 2016-2022 para cada uno de los

flujos de residuos. No obstante, para dar cumplimiento a estos preceptos se deben considerar

distintas actuaciones para cada programa del Plan GIRA.

En este análisis se considerará como alternativa 2, el cumplimiento de objetivos más

ambiciosos que los establecidos en la normativa estatal y comunitaria vigente, llevando a la

máxima la aplicación del principio de jerarquía.

El análisis detallado de las distintas alternativas a valorar se realizará en el Estudio

Ambiental Estratégico, en el que se describirán todas las alternativas consideradas para alcanzar

los objetivos del plan o programa.

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3.- DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN

De acuerdo a la herramienta de Evaluación Ambiental Estratégica de planes y programas,

según las orientaciones de la Directiva 2001/42/CE, de 27 de junio, relativa a la evaluación de las

repercusiones de determinados planes y programas en el medio ambiente, traspuesta en su

momento mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, y cuya regulación se recoge actualmente en la

Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en la Ley 11/2014, de Prevención y

Protección ambiental de Aragón, es voluntad del Departamento de Desarrollo Rural y

Sostenibilidad, como promotor del Plan GIRA, seguir una metodología de toma de decisiones

basada, desde las fases iniciales, en el contraste de los primeros documentos técnicos de

planificación con los análisis ambientales preliminares que orienten el desarrollo de las actuaciones

propuestas. Asimismo, se pretende una participación pública efectiva y global en todo el proceso,

de modo que se garantice que el Plan finalmente aprobado sea tan ambientalmente exigente como

la sociedad reclama, cumpliendo con lo exigido por las leyes anteriores, por la Ley 27/2006, de 18

de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y

de acceso a la justicia en materia de medio ambiente y por la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de

Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

El Borrador del Plan junto con el presente Documento Inicial Estratégico (DIE), son

necesarios para solicitar el inicio del procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria.

En una primera fase, el órgano ambiental en la Comunidad Autónoma, el Instituto Aragonés de

Gestión Ambiental (INAGA), y una vez consultados, los organismos, sectores y público interesado, se pronunciará sobre los aspectos sustantivos y sobre el alcance que deberá contener el estudio

ambiental estratégico, determinando cuestiones tales como la amplitud o el nivel de detalle de

dicho informe. En este estudio, por tanto, se identificarán, describirán y evaluarán las repercusiones

ambientales de la implementación del futuro plan de gestión de residuos. Por ello, no es objeto del

presente documento anticiparse a dicha evaluación de efectos sino servir de base para un

adecuado pronunciamiento del órgano ambiental sobre el alcance del análisis a realizar en una

fase posterior.

A continuación se detalla el cronograma de actuaciones previsto para la tramitación

ambiental del Plan:

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 12

Fecha prevista Plazo máximo

Abril 2016

Junio 2016

15 meses

4 meses

Octubre 2016 SEDE ELECTRÓNICA BOA

Diciembre 2016

LEYENDA:

INAGAOTROS

APROBACIÓN DEL PLAN

PUBLICACIÓN EN EL BOA

DOCUMENTO RESUMEN INTEGRACIÓN

ASPECTOS AMBIENTALES EN EL PLAN

RESULTADO I.P. Y CONSULTAS

DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

INTEGRACION DE LOS ASPECTOS

AMBIENTALES EN EL PLAN

(1) Concreta la amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación de la la información que debe contener el Estudio Ambiental Estratégico. Se pondrá a

disposición del público a través de la sede electrónica del órgano ambiental y del órgano sustantivo

(2) Identificación, descripción y evaluación de los potenciales efectos en el medio ambiente; fases y posibles alternativas evaluadas con criterios de

sostenibilidad ambiental

D.G. de Sostenibilidad

Borrador del Plan GIRA

RESPUESTAS A CONSULTAS

ALEGACIONES

DOCUMENTO DE ALCANCE DEL ESTUDIO

AMBIENTAL ESTRATÉGICO (1)

RESPUESTAS A CONSULTAS PREVIAS

CONSULTAS PREVIAS (1 mes)

INFORMACIÓN PÚBLICA

SOLICITUD DE INICIO

(mín. 45 días hábiles)

CONSULTAS

Agosto 2016

Julio-Agosto

2016

Abril 2016

Junio 2016

Documento inicial estratégicoDocumentación adicional exigible

Mayo 2016

3 meses

Septiembre

2016

ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO (2)

PROPUESTA INICIAL DEL PLAN

PROPUESTA FINAL DE PLAN ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO

Figura 3.1.- Tramitación ambiental de la revisión y adaptación del Plan GIRA al PEMAR, según la Ley 11/2014, de 4 de

diciembre, de prevención y protección ambiental de Aragón.

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 13

En particular, este documento recoge la información relativa al tipo de plan que se pretende

elaborar y sus características, contextualizándolo en el marco de la normativa de residuos.

Igualmente, se recogen las líneas fundamentales del diagnóstico en el que se apoya el borrador del

Plan y sus principales objetivos.

Una vez aprobado y publicado el Plan, su implementación será inmediata teniendo en

cuenta que se trata de una revisión y adaptación de un Plan de gestión de residuos ya existente y

en aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón desde hace más de 10 años, siendo además

urgente la ejecución de determinadas actuaciones previstas en el mismo debido a la necesidad de

alcanzar los objetivos legales antes referidos.

Las acciones afectarán a todo el territorio de la comunidad autónoma, especialmente las

correspondientes a la aplicación de los programas de residuos domésticos y comerciales y de

construcción y demolición, teniendo en cuenta su generación en todos los municipios, siendo

además de los programas donde más novedades se introducen respecto a la planificación vigente

hasta la fecha por la necesidad de alcanzar los objetivos fijados en la normativa europea. Para

cumplir con estas obligaciones legales, es necesario adoptar una serie de decisiones, a nivel local

y autonómico, para modificar la zonificación existente en Aragón en lo referente a la gestión de los

residuos referidos, teniendo en cuenta criterios de economía de escala, operatividad y eficiencia de

las acciones e instalaciones a implantar.

Considerando todo lo anterior, cabe señalar que las acciones y decisiones incluidas en el

ámbito del Plan GIRA deben estar dirigidas a prevenir o reducir al mínimo posible las afecciones

ambientales producidas por la gestión de las diferentes fracciones de residuos, por lo que el

desarrollo de este Plan redundará en una mejora del medio ambiente así como en la calidad de

vida y de la salud de las personas.

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4.- DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL MEDIO AMBIENTE ANTES DEL DESARROLLO DEL PLAN EN EL ÁMBITO TERRITORIAL AFECTADO 4.1 INTRODUCCIÓN

El ámbito geográfico de aplicación del plan de gestión de residuos es la Comunidad

Autónoma de Aragón, por lo que en este apartado se realiza un breve análisis ambiental de partida,

en el que se describen algunos de los rasgos principales de la región y sus condiciones

ambientales y se destacarán las prioridades de conservación o gestión ambiental de la Comunidad

Autónoma. Para conocer en profundidad las características y evolución de la región, hay que hacer

mención de documentos muy detallados que se publican periódicamente por el Gobierno de

Aragón. Hay que destacar, además de otros documentos sectoriales, las publicaciones del Instituto

Aragonés de Estadística (datos básicos de Aragón, indicadores estadísticos), del Consejo

Económico y Social de Aragón (boletines trimestrales de coyuntura, informe anual sobre situación

económica y social), del actual Departamento de Economía, Industria y Empleo (balance

energético anual, boletines semestrales de coyuntura energética) y del Departamento de Desarrollo

Rural y Sostenibilidad (informe anual del estado del medio ambiente).

4.2 MEDIO SOCIOECONÓMICO

De acuerdo con la documentación señalada, podemos destacar que la Comunidad

Autónoma de Aragón, situada en el cuadrante nordeste de la Península Ibérica, tiene una población

de 1.317.847 habitantes (a 1 de enero de 2015, IAE). Su superficie es de 47.720 Km2, lo que

representa el 9,4% del total de España y el 1% del territorio de la UE-28. De esta superficie, el

36,2% corresponde a la provincia de Zaragoza, el 32,8% a Huesca y el 31% a Teruel; asimismo, se

reparte en 33 comarcas y 731 municipios, de los cuales 293 están calificados como zonas de

montaña (40,1% del total de municipios).

El reparto territorial de la población es muy desigual: mientras Zaragoza capital tiene una

densidad de 329 hab/Km2, tan solo una comarca supera los 50 hab/ Km2 (Ribera Alta del Ebro),

otras 5 comarcas presentan densidades entre los 25 y los 50 hab/ Km2; 13 cuentan con densidades

entre 10 y 25 hab/ Km2 y las otras 14 comarcas no alcanzan ni siquiera los 10 hab/ Km2. La

despoblación es característica de las comarcas del norte y del sur (Prepirineo, Gúdar-Javalambre,

Sierra de Albarracín), mientras que la mayor parte de los asentamientos densos se concentran en

el Valle del Ebro.

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 15

De estos datos se deduce una primera característica regional particularmente relevante, una

baja densidad demográfica. Para la gestión de residuos, especialmente los residuos domésticos y

comerciales, esta baja densidad constituye un problema económico añadido debido al elevado

número de rutas requerido. Un segundo rasgo es el desequilibrio con el que se distribuyen en el

territorio la actividad económica y la población, concentrándose en la capital y su entorno, de tal

manera que hasta el 92% de los municipios aragoneses tienen un carácter rural y sin embargo su

población solo alcanza un 17 % del total. Consecuencia de las dos cuestiones anteriores es la

despoblación que sufre la Comunidad Autónoma, por lo que, en conclusión, se puede decir que

Aragón es un territorio extenso donde la población es escasa y está muy dispersa y concentrada en

zonas urbanas, principalmente en Zaragoza, con escasísimos municipios de tamaño medio y

grande.

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 16

Figura 4.1 Densidad de población a Aragón. Fuente: Datos básicos Aragón 2015. IAEST.

Respecto a la actividad económica, la región aragonesa generó el 3,13% del Producto

Interior Bruto español en el año 2014. La estructura productiva es la de una economía desarrollada:

peso mayoritario del sector terciario, y una actividad primaria y secundaria de menor peso

específico, pues de hecho el sector primario (agricultura, ganadería, selvicultura,…) apenas supone

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 17

el 4% del PIB aragonés, ocupando al 5,3% de la población activa. Una característica de la

economía aragonesa es su alto peso entre la población activa del sector servicios (70,4%, similar al

71% de España), siendo algo mayor el peso del sector energético e industrial (18,4% frente al

16%), lo que también tiene consecuencias en la producción de determinados tipos de residuos. La

concentración de la actividad económica se produce en la provincia de Zaragoza y en especial en

su capital.

Un rasgo distintivo de la producción industrial es que Aragón es una región eminentemente

energética, tanto por su recurso fósil autóctono, el carbón, como por el potencial de recursos

renovables. Aragón se sitúa entre las Comunidades que generan una mayor producción de energía

eléctrica, siendo una región netamente exportadora. La producción de energía eléctrica a partir de

energías renovables respecto del total de producción de energía eléctrica se sitúa en un 38,68%,

siendo el consumo de energía primaria procedente de fuentes renovables de un 25,2% respecto

del total, especialmente eólica e hidroeléctrica (año 2013 Boletín de Coyuntura energética de

Aragón).

En cuanto al sector agrario, teniendo en cuenta su relevancia por la diversa tipología y

cantidades de residuos producidos, cabe señalar que en el 2013 existían 49.059 explotaciones

agrarias que reunían una superficie útil total de 2.275.356 Ha. Dentro del sector ganadero, destaca

en cuanto al número de cabezas el ganado porcino, con más de 6,3 millones en 2014, así como los

4,8 millones de gallinas ponedoras y 1,8 millones de ganado ovino (Datos Básicos de Aragón

2015).

4.3 MEDIO ABIÓTICO

Del total de la superficie de Aragón, el 27,6% se sitúa entre los 601 y 1.000 metros y el

31,2% por encima de los 1.000 metros. Estos breves datos ya proporcionan una idea de las

dificultades geográficas y socioeconómicas que suponen estos condicionantes para la planificación

y ejecución de un Plan de residuos como éste.

Por lo que al clima se refiere, se pueden citar hasta 7 tipos de clima diferentes presentes en

el territorio aragonés:

Tipos de climas presentes en Aragón T media anual

ºC Precipitación

mm. Evapotranspiración

anual Estepario seco 15 300-350 1.200 Mediterráneo continental 14 380-450 1.200 a 1.300

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 18

Submediterráneo continental cálido 13-14 350-450 1.000 a 1.200 Submediterráneo continental frío 10 450 1.200 Submediterráneo húmedo 15 900 1.250 Transición mediterráneo-oceánico - 1.100 1.000 De montaña 5 1.500-1.600 770 Tabla 4.1.- Tipos de clima en Aragón

Respecto a las cuencas hidrográficas, la mayor parte de la superficie de Aragón se incluye

en la del río Ebro (88%), mientras que un 11,8% corresponde a la del Júcar; en mucha menor

proporción encontramos que un 0,2% de la superficie pertenece a la cuenca del Tajo y apenas un

0,05% al Garona.

En relación con la calidad del aire, y de acuerdo con lo establecido en las Directivas

europeas, en enero de 2001 finalizó la Evaluación Preliminar de la Calidad del Aire en Aragón, que

divide el territorio en cinco zonas. A partir de ese momento se realiza cada año una Evaluación de

la Calidad del Aire. En el año 2008 y de acuerdo con las exigencias de la Directiva 2004/107/CE

traspuesta a la legislación española por el Real Decreto 812/2007, de 22 de junio, sobre evaluación

y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el arsénico, el cadmio, el mercurio, el

níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos, se crea la zona 6 para la evaluación de los

mismos, que comprende todo el territorio de Aragón a excepción del municipio de Zaragoza. Esta

misma zonificación se ha establecido para el CO desde el año 2013.

La evaluación de la calidad del aire ambiente del año 2014 en Aragón, refleja una buena

calidad para los valores de SO2, NO2/NOx, PM10, CO, metales pesados y benceno, en los que los

límites se han mantenido inferiores a los establecidos en la legislación vigente. En cuanto al ozono,

no se han superado en ninguna ocasión ni el umbral de ozono de información a la población ni el

umbral de ozono de alerta a la población. En relación con los valores objetivo, se observa que

durante el año 2014 no se supera el “valor objetivo para la protección de la salud humana” pero si

“el valor objetivo para la protección de la vegetación” en estaciones de la comunidad autónoma,

especialmente en aquellas de carácter rural, por sus características climatológicas y de irradiación

solar. El ozono troposférico es un contaminante secundario que se forma a partir de contaminantes

primarios (COV´s, óxidos de nitrógeno…) en presencia de radiación solar. La reducción de este

contaminante es uno de los objetivos del Plan Nacional de Mejora de la Calidad del Aire aprobado

en 2011.

Las emisiones de gases de efecto invernadero –medidas como CO2 equivalente- ascienden

en el año 2012 a 17.526 Kt CO2/año lo que supone un 5,1% de las emisiones totales de España. La

contribución porcentual mayor corresponde al proceso de producción de energía con un 55,3%,

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 19

seguido del sector de la agricultura y ganadería con un 21,3% y del transporte con un 15,6%.

(Inventario Nacional de Emisiones, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente).

Sabido es el déficit hídrico de la mayor parte del territorio aragonés y de la importancia que

se le otorga al agua en esta Comunidad Autónoma. Las Confederaciones Hidrográficas, como

organismos competentes, vienen realizando desde hace varias décadas un control sistemático de

la calidad físico-química y microbiológica de los cursos de agua superficiales, haciendo públicos

sus resultados con periodicidad. Pero más allá, dentro de un objetivo estratégico y de acuerdo con

la Directiva 2000/60/CE marco del agua, se vienen realizando los estudios necesarios que

permitirán definir, de un modo homogéneo, la situación en que se encuentran las aguas y

programar, en consecuencia, las medidas que lleven a subsanar las deficiencias identificadas.

La administración de la Comunidad Autónoma, centra sus esfuerzos en la depuración de las

aguas urbanas a través de planes de depuración, lo que resulta indicativo del interés estratégico

del agua como recurso. A finales del año 2013, en Aragón existían 191 EDAR distribuidas en las

provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza, las cuales dan servicio a 1.199.257 habitantes, lo que

supone un 89,02% de la población aragonesa (EMA 2013).

En lo que se refiere a residuos, en la Comunidad Autónoma de Aragón, durante el año 2014

se eliminaron en vertedero 392.774 toneladas de residuos domésticos y comerciales. En total se

generaron 4.027.735 toneladas de residuos no peligrosos, cifra muy superior a las 74.283

toneladas de Residuos Peligrosos generados en Aragón ese mismo año.

En cuanto al antiguo vertedero de Bailín, a raíz del desmantelamiento y traslado de residuos

de HCH a la nueva celda durante el verano de 2014, se produjeron incrementos de la

concentración de HCH en el río Gállego con superaciones de los parámetros normativos de

potabilización, que provocaron la prohibición de la toma de agua de los municipios abastecidos por

este cauce. Dicha situación se corrigió mediante limpiezas de suelos y sedimentos del cauce del

barranco de Bailín, con la construcción de una nueva depuradora y con la colocación de un sistema

de filtros estáticos de carbón en la salida del barranco. Estas actuaciones se complementaron con

la dotación de un sistema de tratamiento de carbono activo en las potabilizadoras de los municipios

afectados. Durante 2015 se produjeron 2 superaciones puntuales, considerándose en estos

momentos que la situación, salvo incidentes imprevistos, está bajo control. En la actualidad se

siguen controlando y tratando todas las aguas afectadas procedentes del barranco, y se continúa

con las labores de descontaminación de las instalaciones de Bailín.

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 20

4.4 MEDIO BIÓTICO

La integración del territorio (relieve, geología, suelos, etc.) y las condiciones climáticas da

como resultado la presencia en Aragón de dos regiones biogeográficas diferentes: la Mediterránea,

que ocupa un total de 44.204 Km2 (93%) y la Alpina, que ocupa 3.516 Km2 (7%).

Figura 4.2.- Regiones biogeográficas. Fuente: Datos básicos Aragón 2015. IAEST

De acuerdo con los últimos datos disponibles (Corine Land Cover 2006), en cuanto a

ocupación y usos del suelo, el 98,5% del territorio aragonés es agrícola o forestal, un 0,7%

ecosistemas acuáticos (embalses principalmente) y un 0,8% está ocupado por superficies

artificiales (ciudades, carreteras, áreas industriales, etc.).

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 21

En Huesca y Teruel domina la superficie forestal (56,7% y 59% respectivamente) y en

Zaragoza domina el uso agrícola (62% frente al 35,3% de uso forestal). Dentro del uso agrícola, la

predominancia es el secano frente al regadío. El 38,3% del uso forestal corresponde a bosques, un

55,5% a vegetación arbustiva y herbácea y el 6,1% espacios abiertos con escasa o nula

vegetación. Entre los tipos de bosques destacan, por este orden, los de coníferas, frondosas y

mixtos.

En lo que respecta a la red de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, hay que destacar

el aumento de la superficie declarada en 12.419 Ha respecto el año 2007, correspondientes a la

declaración del Paisaje Protegido de las Fozes de Fago y Biniés (2010), de los Monumentos

Naturales de los Órganos de Montoro (2010) y Nacimiento del Río Pitarque (2009) y del Paisaje

Protegido de la Sierra Santo Domingo (2015), lo que supone un total de 167.790 Ha. Estos

espacios, junto con los propuestos para formar parte de la Red Natura 2000 (LIC y ZEPA)

representan un 28,53% de la superficie regional. En su conjunto, y sin tener en cuenta el Dominio

Público Forestal, la Red Natural de Aragón totaliza 1.372.331 Ha (el 28,80% de la superficie de

Aragón). Con la superficie aproximada de Montes de Utilidad Publica no incluida en otros espacios

de la Red Natural de Aragón, se alcanza una superficie total de 1.825.889 Ha (algo más del 38%

de la superficie de Aragón), comprometida a la conservación de sus valores naturales mediante

distintas figuras legales de protección.

Por otra parte, y de acuerdo con el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, el

número de especies incluidas en el mismo asciende a 228 en total, repartidas como se indica

seguidamente:

Categoría Flora Fauna Total

En peligro de extinción 15 11 26 Sensibles a la alteración del hábitat 20 19 39

Vulnerables 45 21 66 Interés especial 56 41 97

Total especies amenazadas 136 92 228 Tabla 4.2.- Especies amenazadas en Aragón En estos momentos, se cuenta con un total de siete Planes de Recuperación para especies

declaradas en Peligro de Extinción, un plan de Conservación para el Al-arba (catalogado como

Vulnerable) y dos planes de Conservación del Hábitat, para el cernícalo primilla y para el Urogallo

pirenaico. Cuatro de los planes de recuperación afectan a especies de fauna y tres planes han sido

elaborados para especies vegetales.

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 22

Planes de protección de especies amenazadas Plan de Recuperación de Borderea chouardii, aprobado por Decreto 239/1994 Plan de Recuperación del Crujiente aragonés, aprobado por Decreto 92/2003 Plan de Recuperación del Zapatito de dama, aprobado por Decreto 234/2004 Plan de Recuperación de Austropotamobius pallipes, aprobado por Decreto 127/2006 y modificado por Orden de 10 de septiembre de 2009 Plan de Recuperación de Margaritifera auricularia, aprobado por Decreto 187/2005 modificado por Orden de 5 de noviembre de 2012 Plan de Recuperación del Quebrantahuesos, aprobado por Decreto 45/2003

Plan de Recuperación del águila azor perdicera (Hieraetus fasciatus), aprobado por Decreto 326/2011

Plan de Conservación del Hábitat del Urogallo Pirenaico, aprobado por Decreto 300/2015 Plan de Conservación para el Al-arba, aprobado por Decreto 93/2003 Plan de Conservación del Hábitat para el cernícalo primilla, aprobado por Decreto 233/2010

Tabla 4.3.- Planes de protección de Especies amenazadas en Aragón Los territorios afectados por los ámbitos de aplicación de los planes para las especies

vegetales y por las áreas críticas para el caso de las especies animales, se han representado en el

mapa de áreas ambientalmente sensibles (figura 4.3) y se han tenido en cuenta como criterios de

exclusión establecidos con carácter previo para la ubicación de infraestructuras para la gestión de

residuos.

Entre las actuaciones que más impacto tendrán sobre los distintos elementos del medio, y

especialmente sobre el biótico, se encuentra la construcción de las nuevas infraestructuras

necesarias para completar las existentes y permitir cumplir los objetivos previstos en la propuesta

de Plan GIRA 2016-2022, infraestructuras que corresponden principalmente a los programas de

Residuos Domésticos y Comerciales, Residuos de Construcción y Demolición y Residuos no

peligrosos.

Como ya se ha expuesto, Aragón cuenta con 167.790 Has que corresponden a Espacios

Naturales Protegidos con el más elevado grado de protección. Otras zonas de especial sensibilidad

son aquellas afectadas por planes de acción de especies amenazadas como planes de

recuperación, planes de conservación y planes de conservación del hábitat. Por otro lado, están los

espacios que pertenecen a la Red Natura 2000, que abarca un total de 1,36 millones de Has

(28,5% del territorio), Reservas de la Biosfera, Humedales Ramsar o Lugares de Interés Geológico

que ya se han inventariado.

En el caso en que no exista otra alternativa mejor, y siempre de acuerdo a lo establecido en

la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se podrá estudiar la posibilidad

de ubicar infraestructuras en estas zonas.

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 23

No obstante, a la hora de seleccionar los futuros emplazamientos de estas instalaciones, se

ha utilizado como criterio fundamental la no afección a estos espacios y también la exclusión de

aquellas parcelas públicas que se encuentren incluidas en Montes declarados de Utilidad Pública y

en Vías Pecuarias.

La superposición de todos estos espacios se refleja en el MAPA DE ÁREAS

AMBIENTALMENTE SENSIBLES, que nos muestra las áreas (en blanco) donde la ubicación de las

nuevas infraestructuras presentaría las menores afecciones posibles sobre los valores ambientales,

y todo ello sin menoscabo de lo que concluyan los procedimientos de Evaluación de Impacto

Ambiental ordinaria o simplificada que sean preceptivos en cada caso, en cuyos trámites de

información pública y consultas personalizadas se podrán evaluar posibles afecciones adicionales

sobre el Patrimonio Arqueológico o cualquier otro aspecto que se estime oportuno.

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DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO- PLAN GIRA 2016-2022 Abril 2016 24

Figura 4.3.- Mapa de áreas ambientalmente sensibles (a fecha 26 de febrero de 2016).

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25 de 43

Existen algunas cabeceras de comarca (tal es el caso de Cantavieja y

Albarracín, en las Comarcas del Maestrazgo y Sierra de Albarracín respectivamente)

que tienen buena parte de su territorio de titularidad pública incluido en las áreas

ambientalmente sensibles y para los que, por lo tanto, resulta complicado seleccionar

emplazamientos para ubicar instalaciones de gestión de residuos que no afecten estos

espacios, debiendo afectarse como mínimo a MUP o a parcelas que se encuentran

dentro de la Red Natura 2000; no obstante, las superficies necesarias para estas

instalaciones no superan las 5-10 Has. En este caso, los impactos resultantes deberán

evaluarse de acuerdo a lo establecido en la Ley de Prevención y Protección Ambiental

de Aragón

A continuación se incorporan unas tablas-resumen por ámbitos temáticos que

sintetizan los resultados del análisis de la situación actual del medio ambiente, así

como los previsibles efectos del Plan GIRA 2016-2022. VEGETACIÓN, FAUNA, ECOSISTEMAS Y BIODIVERSIDAD

Problemas ambientales existentes

- Disminución de la biodiversidad en los distintos ecosistemas como consecuencia de las diferentes afecciones sobre el territorio - Elevado número de especies en régimen de protección. - Fragmentación de hábitats por ocupación de otros usos - Tendencia al deterioro de las masas forestales - Incendios forestales

Efectos ambientales del Plan GIRA 2016-2022

- Mejora de los ecosistemas y de la biodiversidad por la eliminación de vertidos ilegales - Mínima incidencia sobre la Red Natural de Aragón al ubicar las infraestructuras de gestión de residuos

SUELO Y PAISAJE

Problemas ambientales existentes

- Erosión y desertificación - Contaminación de suelo - Baja calidad paisajística por presencia de espacios degradados con residuos

Efectos ambientales del Plan GIRA 2016-2022

- Ocupación de suelo por infraestructuras - Pérdidas puntuales de calidad del paisaje por infraestructuras de gestión de residuos - Mejora paisajística notable al reducir el número de espacios degradados por residuos y al llevar a cabo su restauración - Reducción de cargas contaminantes en suelos

AIRE Y CLIMA

Problemas ambientales existentes

- Aragón no presenta graves problemas de contaminación atmosférica - El sector de los residuos (y en concreto los vertederos) apenas contribuye a la emisión de gases de efecto invernadero

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Efectos ambientales del Plan GIRA 2016-2022

- Se prevé un incremento moderado de emisiones por efecto del transporte, si se basa en el empleo de combustibles fósiles - Una aplicación adecuada del principio de jerarquía, reducirá notablemente el depósito de residuos (especialmente orgánicos) en vertedero y por tanto disminuirán las emisiones - No hay efectos significativos sobre el clima

AGUAS SUPERFICIALES Y SUBTERRÁNEAS

Problemas ambientales existentes

- Escasez de agua en gran parte del territorio - Contaminación y sobreexplotación de acuíferos - Empeoramiento cuantitativo y cualitativo de las aguas: eutrofización por exceso de nutrientes - Deficientes caudales ecológicos - Problemas de dotación para abastecimiento

Efectos ambientales del Plan GIRA 2016-2022

- Con la adecuada impermeabilización de los vertederos y el correcto sellado de las instalaciones ilegales, mejorará la calidad por menor contaminación tanto de las aguas superficiales como de las subterráneas. - La fertilización de los cultivos con dosis más ajustadas de materia orgánica residual, reduce la contaminación de los acuíferos.

PATRIMONIO GEOLÓGICO Y CULTURAL

Problemas ambientales existentes - Pérdida de patrimonio cultural por despoblación

Efectos ambientales del Plan GIRA 2016-2022

- No hay efectos significativos sobre el patrimonio geológico. - No se prevén efectos significativos sobre el patrimonio cultural

POBLACION Y SALUD HUMANA

Problemas ambientales existentes - Despoblación y envejecimiento - Fuerte desequilibrio territorial de la población

Efectos ambientales del Plan GIRA 2016-2022

- Mejoras en la salud debidas a una gestión más eficiente de los residuos y a un mayor control - Creación de puestos de trabajo

USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS

Problemas ambientales existentes - La eliminación requiere grandes espacios disponibles - Aumento en el consumo de recursos naturales

Efectos ambientales del Plan GIRA 2016-2022

- Disminuye las necesidades de espacios para vertido al aplicar el principio de jerarquía - Se alarga la vida de las instalaciones - Se reduce la eutrofización por el uso más ajustado de los fertilizantes de origen ganadero - Fomento de la economía circular: uso de residuos como recursos.

Tabla 4.4.- Resumen sobre la situación actual del medio ambiente y de los previsibles efectos del Plan GIRA.

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27 de 43

5.- EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES 5.1 EFECTOS AMBIENTALES

En el apartado anterior, se identifican de forma general aquellos efectos

ambientales, tanto positivos como negativos, que podrían producirse por el desarrollo

y aplicación del plan de gestión de residuos.

Un plan de residuos en un contexto europeo debe establecer un modelo de

gestión que reduzca la generación de residuos y organice su correcto tratamiento. Por

ello podemos distinguir, en una primera aproximación, dos tipos de efectos

ambientales: aquellos derivados de la reducción del volumen de residuos generados y

los que se derivan de la implantación de unos sistemas de gestión de residuos

concretos.

Podemos decir que el fomento del objetivo de la no producción de residuos, la

prevención en la generación, tendrá los siguientes efectos favorables:

- Disminución del consumo de recursos naturales no renovables y utilización

de los recursos renovables dentro de los límites de su capacidad de

regeneración.

La producción de bienes o productos que con el uso se transforman en

residuos supone un consumo de recursos, materiales o energéticos,

renovables o no.

Asimismo, en la elaboración de determinados bienes o productos, con el

consiguiente consumo de materiales y energía, pueden producirse, de

manera indeseada determinados residuos que es necesario tratar o

eliminar. El objetivo de la menor generación de residuos tiene como

consecuencia directa e inmediata un menor consumo de recursos.

- Menores afecciones directas a elementos del medio. La implantación y

funcionamiento de las instalaciones para la transformación de materias

primas y energía en bienes de consumo tiene consecuencias directas en

las condiciones ambientales del entorno inmediato de dichas instalaciones.

Cuanto menor sea la producción de residuos, menores serán estas

afecciones.

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Por otra parte, el objetivo -necesario en el contexto europeo- de control

administrativo sobre las operaciones de tratamiento de residuos evita conductas

impropias. Los efectos ambientales indeseados derivados de una gestión incorrecta, o

incluso un abandono de los residuos en el medio, son:

- Contaminación y degradación de los suelos, afecciones sobre parcelas de

uso singular, destrucción de espacios de interés.

- Contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, deterioro de los

cauces y reducción de la calidad de las aguas.

- Contaminación atmosférica, emisión de contaminantes con efectos

inmediatos o transfronterizos, cambio climático.

- Destrucción y alteración de especies, hábitats y paisajes.

- Riesgos para la salud humana.

La implantación de sistemas concretos de gestión de residuos con la

construcción de los equipamientos necesarios, minimiza los efectos ambientales

descritos en el párrafo anterior.

La elección del modelo se debe hacer teniendo en cuenta las características

socioeconómicas del territorio donde se va a implantar (población, actividades

económicas, distancias y nivel de comunicaciones entre núcleos generadores,

disponibilidad y usos del suelo), así como el balance de efectos favorables y

desfavorables del sistema y tecnologías a establecer.

Por último, la determinación de las tecnologías concretas y las zonas

específicas para ubicar las infraestructuras e instalaciones para la gestión de los

residuos, deberá realizarse minimizando los efectos potencialmente adversos sobre:

MEDIO BIÓTICO:

Red Natura 2000 y Red Natural de Aragón

Especies de flora amenazadas (planes de protección)

Especies de fauna amenazadas (planes de protección)

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MEDIO ABIÓTICO

Suelo y afecciones a dominio público forestal, pecuario e hidráulico

Calidad del aire

Geomorfología

Factores climáticos

Calidad de las aguas

MEDIO PERCEPTUAL

Paisaje y calidad visual

MEDIO SOCIOECONÓMICO

Patrimonio cultural

Población

Territorio

Salud humana y calidad de vida

Uso sostenible de recursos y gestión de residuos

Las consecuencias más destacadas que se prevén va a tener el nuevo Plan GIRA

2016-2022 pueden concretarse en tres puntos esenciales, dos de los cuales tienen

una clara incidencia sobre el medio:

- Una disminución del número y tamaño de las infraestructuras a

construir y explotar con respecto a lo previsto en el Plan anterior, tanto en el

programa de residuos de construcción y demolición (RCD) como en el de

eliminación de residuos no peligrosos, con la consiguiente disminución en

cuanto a la ocupación del suelo. En este caso, el efecto global es

beneficioso.

- Un aumento del transporte de residuos, tanto en número de viajes como

en las distancias a recorrer hasta los puntos finales de tratamiento o

vertido, con el consiguiente efecto perjudicial para la calidad del aire que se

puede minimizar si se realiza recurriendo al consumo de energías

renovables.

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30 de 43

- Mediante la aportación de terrenos de titularidad pública para ubicar

dichas infraestructuras, se evita tener que recurrir a la expropiación forzosa,

siendo en cualquier caso necesario evaluar los efectos ambientales y

socioeconómicos en el máximo número de alternativas posibles.

A continuación se resumen los principales efectos ambientales sobre los

distintos medios que derivan de las actuaciones propuestas en el Plan GIRA 2016-

20221:

Sobre el medio biótico, no se prevén impactos importantes ya que las principales

actuaciones que podrían afectar a las especies derivan de la construcción de nuevas

infraestructuras necesarias para el tratamiento de residuos domésticos y comerciales y

para la eliminación de residuos de construcción y demolición y de residuos no

peligrosos, así como la apertura de las nuevas vías de acceso que estas

infraestructuras requieran. Como se ha expuesto, el número de infraestructuras será

inferior, de menor tamaño, serán explotadas durante menos tiempo y se ubicarán en

zonas excluidas del mapa de sensibilidad ambiental.

Sobre el medio abiótico, las afecciones al suelo son importantes al tenerse que

construir infraestructuras necesarias para completar la red de puntos de tratamiento y

eliminación, pero se han propuesto criterios de selección previa para los terrenos que

vayan a ser afectados. Con la aplicación de estos criterios se pretende evitar la

afección a la Red Natural de Aragón. La menor ocupación de suelo que deriva de la

aplicación del principio de jerarquía y del menor tamaño y número de las

infraestructuras redunda en un menor impacto sobre dicho medio.

Se observan también importantes efectos negativos sobre la calidad del aire, todos

ellos derivados de las mayores necesidades de transporte así como de las distancias

más largas a recorrer derivadas de un planteamiento más centralizador. No cabe duda

que las emisiones a la atmósfera aumentarán por efecto del transporte, pero este

efecto negativo se compensa en buena parte por el notable ahorro económico de

costes que supone el menor número de infraestructuras, lo que redunda en impactos 1 Documento basado en la “Propuesta de Plan GIRA 2014-2019”, resultado del primer procedimiento de

revisión del GIRA 2009-2015, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado tercero del Acuerdo de Consejo de

Gobierno de 15 de diciembre de 2015, y a la que hace referencia en el apartado 1 del borrador de Plan

GIRA 2016-2022.

Page 31: Documento Inicial Estratégico Plan GIRA 2016-2022

31 de 43

positivos por la menor ocupación de suelo y también en costes más bajos para los

usuarios de las instalaciones. A ello hay que sumar la viabilidad del transporte

recurriendo a combustibles de origen renovable y de suministro asegurado, como es el

caso del biometano obtenido de la digestión anaerobia de los propios biorresiduos

domésticos (único caso indiscutible de biocombustibles que no compiten con la

producción de alimentos y otros recursos), y la viabilidad de que los principales flujos

de transporte de residuos hagan uso de los ferrocarriles existentes, en particular

utilizando energía eléctrica en periodos valle de demanda.

Se ha valorado, así mismo, un ligero efecto negativo sobre la calidad de las aguas.

Este efecto se considera derivado, entre otras cuestiones, de los mayores tiempos de

almacenamiento que supone el empleo de equipos móviles para la valorización in situ

de los residuos de construcción y demolición. Como contrapartida, esta valorización in

situ reduce el volumen de materiales que habrá que transportar a los puntos de

eliminación, influyendo así positivamente sobre las emisiones y sobre la vida media de

las instalaciones. En todo caso, el Plan GIRA expone la viabilidad del auto-suministro

de combustible renovable de automoción, al menos en la cantidad suficiente como

para contrarrestar e incluso disminuir dichas emisiones respecto al modelo vigente.

Las nuevas infraestructuras que se proponen tienen también un efecto negativo sobre el paisaje, efecto que será muy localizado y, en todo caso, menor que la propuesta del

Plan GIRA anterior y que se compensa parcialmente con el mayor control y

planificación en materia de residuos de construcción y demolición y con la sinergia que

se logrará unificando en lo posible los puntos de eliminación de escombros de obra

menor y de obra mayor, con las miras puestas en solucionar el problema que suponen

estos residuos para los pequeños municipios, competentes en lo que respecta a los

escombros de obras menores, y consecuentemente en la reducción del número de

espacios degradados existentes actualmente en muchos municipios de Aragón.

Otro aspecto a tener en cuenta es el de la contaminación difusa de suelos y acuíferos, generada principalmente por el sector agrícola y ganadero. Dos son las

fuentes principales de este problema, por un lado las posibles dosis excesivas de

abonos minerales y sintéticos que se utilizan en agricultura y, por otro, las

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inadecuadas aplicaciones de estiércoles (principalmente purines) sobre parcelas

agrarias.

El Plan GIRA aborda solamente la segunda de estas fuentes de contaminación, dado

que es la que se corresponde con el Programa de Residuos Agrarios. Las actuaciones

se refieren a residuos agrícolas y ganaderos y pretenden introducir y/o mejorar las

condiciones de autorización de las instalaciones ganaderas así como los controles que

actualmente se llevan a cabo sobre las aplicaciones de los subproductos que generan

(estiércoles).

Paralelamente, las medidas propuestas para los lodos de estaciones depuradoras de

aguas residuales deben permitir controlar cualesquiera duplicidades en el uso del

terreno agrario como destino para su valorización y redundará sin duda en un mejor

control y una reducción posterior de la contaminación difusa que no ha cesado de

crecer en los últimos años, como lo demuestran las últimas declaraciones de Zonas

Vulnerables a la contaminación por nitratos.

En el medio socioeconómico destacar la gran cantidad de afecciones positivas sobre

el uso sostenible de recursos, derivado de la aplicación generalizada del principio de

jerarquía que obliga en todos los programas a conseguir mayores porcentajes de

valorización. También se logran importantes efectos positivos sobre la salud humana,

derivados principalmente de las mejoras propuestas en materia de estiércoles y lodos

EDAR y el impulso a la dotación de instalaciones de gestión de residuos no peligrosos,

de construcción y demolición y de residuos domésticos suficientes para todo el

territorio. En lo que a población se refiere, se ha valorado positivamente todas aquellas

actuaciones que tienden a la creación de puestos de trabajo, especialmente si estos

se distribuyen más o menos uniformemente por todo el territorio, mientras que la

afección negativa se atribuye principalmente al aumento de costes por la creación de

nuevos impuestos y tasas, justificadas por las exigencias derivadas de la aplicación

del principio de jerarquía: mayores porcentajes de reciclaje y valorización suponen un

coste más elevado de la gestión de los residuos que la simple eliminación mediante

depósito en vertedero.

En lo que al territorio se refiere, se consideran negativas aquellas medidas que

tienden a centralizar la actividad económica y sus puestos de trabajo asociados,

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mientras que se valora positivamente la tendencia opuesta así como la intensificación

de las acciones de control, puesto que ello requiere un mayor número de jornadas de

trabajo.

5.2 ÁREAS AFECTADAS

En este punto del proceso de evaluación del Plan GIRA 2016-2022, no se

pueden concretar las áreas afectadas por los efectos citados anteriormente. No

obstante la ubicación exacta de las instalaciones que resulten de este plan tendrán en cuenta el Mapa de Áreas Ambientalmente Sensibles del apartado anterior sin

perjuicio de lo que establece la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de

Aragón en cuanto a Evaluación de impacto ambiental de proyectos.

Entrando más en detalle, el plan de infraestructuras que se propone en materia de RCD, cuyo modelo se basa en que cada delimitación comarcal de Aragón tenga al

menos una instalación de gestión para los RCD de obra mayor, en la que podrán

tratarse también los de obra menor destinados a eliminación procedentes de los

municipios de la delimitación, pretende resolver uno de los mayores problemas

paisajísticos que tiene actualmente nuestro territorio, consecuencia del elevado

número de espacios degradados que hay actualmente y que se corresponden en su

gran mayoría con depósitos de escombros, todos ellos destinados a su restauración

ambiental.

A fecha actual, estas tramitaciones ambientales sobre las posibles ubicaciones

de las instalaciones correspondientes al servicio público de eliminación de escombros

(evaluaciones de impacto ambiental simplificadas, según la Ley 11/2014, de 4 de

diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón), ya se han realizado para

la práctica totalidad de las comarcas de las provincial de Huesca y Teruel y también se

han iniciado ya en algún caso para las de Zaragoza. El resultado de estos

procedimientos se detalla en el Anexo 3.-Análisis de Ubicaciones para Instalaciones

de Gestión de Escombros.

El número, la ubicación y la construcción de nuevas instalaciones para el tratamiento de la fracción resto de los residuos domésticos y comerciales, deberá

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determinarse en el marco de un proceso de toma de decisiones que implica de manera

singular a las entidades locales competentes. En el Anexo 2 se incluye un análisis de

distintas alternativas.

En materia de Residuos no peligrosos, se propone una revisión de las zonas

establecidas para la gestión del servicio público de eliminación de estos residuos, con

el fin de completar las instalaciones de transferencia y/o eliminación necesarias para

cubrir todo el territorio autonómico. En el Anexo 4 “Estudio de un nuevo modelo de

gestión para el servicio público de eliminación de residuos no peligrosos (RNP)”, se

analiza el nuevo modelo propuesto.

Finalmente, las propuestas contenidas en el borrador del Plan GIRA aportan mejoras

sustanciales para el medio ambiente con respecto a las propuestas que se formularon

en el Plan GIRA 2009-2015. El objetivo es lograr dichas mejoras como resultado de la

intensificación en la aplicación del principio de jerarquía en primer lugar, así como del

mayor control que supondrá la intensificación inspectora y la publicación periódica de

los indicadores previstos para su seguimiento.

La consideración de los efectos anteriormente citados y la adecuada

evaluación de los mismos, deberá enfocar el proceso de toma de decisiones en esta

Evaluación Ambiental que ahora comienza. Para ello, se determinarán de forma

detallada las características de los efectos de acuerdo a lo establecido en el Anexo III

de la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón

Junto con la consideración de los efectos, se diseñará un sistema de

seguimiento basado en un sistema de datos e indicadores y en la Comisión de

seguimiento del GIRA.

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6.- EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES CONCURRENTES. Existen numerosos instrumentos de carácter planificador y/o estratégicos vigentes que

interaccionan con el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón a nivel

comunitario, estatal y autonómico, según se detalla a continuación.

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REFERENTES ESTRATÉGICOS COMUNITARIOSVII Programa de Acción Comunitaria en materia de medio ambienteEstrategia 2020 "Hoja de ruta hacia una Europa eficiente".Estrategia temática sobre la prevención y el reciclado de residuosEstrategia europea para un desarrollo sostenibleEstrategia europea de medio ambiente y saludEstrategia temática para la protección del suelo

REFERENTES ESTRATÉGICOS ESTATALESPlan Estatal marco de Residuos 2016-2022Programa Estatal de Prevención de Residuos 2014-2020Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia energéticaEstrategia Española de Movilidad SosteniblePlan Estratégico de Infraestructuras y TransporteEstrategia española de Cambio Climático y Energía LimpiaPlan Nacional de Adapatación al Cambio ClimáticoPlan de Energía Renovables (PER) 2011-2020Plan de Acción Nacional de Energías Renovables de España2011-2020Plan Hidrológico Nacional y Planes Hidrológicos de las Cuencas del Ebro, Tajo y JúcarPlan Nacional de Calidad de las aguas.Plan Nacional de Lodos de depuradoras de aguas residualesPlan de Acción Nacional para el uso sostenible de productos f itosanitarios 2013-2017Estrategia Española de Desarrollo SostenibleEstrategia española para la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica.Plan Estratégico de Patrimonio Natural y Biodiversidad 2011-2017Estrategia de conservación de especies amenzadasDirectrices de conservación de la Red Natura 2000Plan Estratégico Español para la Conservación y Usos Racional de los HumedalesEstrategia Forestal Española y Plan Forestal EspañolPlan Estratégico Nacional de Desarrollo RuralEstrategia Española de Calidad del Aire

REFERENTES ESTRATÉGICOS AUTONÓMICOSEstrategia Aragonesa de Cambio Climático y Energías LimpiasEstrategia Aragonesa de Educación AmbientalCatálogo de especies amenazadas aprobado por Decreto 49/1995 y modif icado por eldecreto 181/2005 del Gobierno de Aragón.Planes de Ordenación de Recursos NaturalesPlanes Rectores de Uso y GestiónPlanes de conservación y recuperación de especies amenazadasDirectrices Parciales de Ordenación Territorial del Pirineo AragonésCódigo de Buenas Prácticas Agrarias de la Comunidad Autónoma de AragónPrograma de Actuación sobre las Zonas Vulnerables a la contaminación producida pornitratos procedentes de feuntes agrarias designadas en la Comunidad Autónoma deAragónEstrategia de Ordenación Territorial de AragónPlan de depuración de aguas residuales de AragónPlan Energético de Aragón 2013-2020Programa de Desarrollo Rural de AragónSistema de Información de Patrimonio Cultural Aragonés

Tabla 6.1 Estrategias, planes y programas a nivel comunitario, estatal y autonómico.

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La aplicación de las medidas contenidas en el borrador de Plan GIRA 2016-

2022 contribuirá a la consecución de algunos objetivos contemplados en los planes

citados.

A nivel comunitario es importante destacar la Estrategia 2020 ”la Hoja de ruta hacia

una Europa Eficiente en el uso de los recursos” y el VII Programa general de acción

de la Unión en Materia de Medio Ambiente “Vivir bien, respetando los límites de

nuestro planeta”

El Plan GIRA, basado en la Directiva 2008/98/CE y en la Ley de Residuos, contribuye

específicamente a la consecución de sus objetivos y a los objetivos establecidos en el

Programa de Prevención de Residuos y en el Plan Estatal Marco de Residuos 2016-

2022.

Por otra parte, debe destacarse que la Política de Cohesión para el periodo 2014-

2020, incluye como nueva condición para la financiación europea de inversiones, el

cumplimiento de determinados requisitos (la denominada “Condicionalidad ex ante”) al

objeto de asegurar la eficacia de las inversiones a financiar.

Entre estas condiciones ex ante se incluye la existencia de planes de gestión de

residuos de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Directiva Marco de

Residuos, así como la adopción de las medidas necesarias para alcanzar los objetivos

sobre reutilización, reciclado y valorización establecidos en el artículo 11 de la citada

Directiva Marco. España se comprometió a la Comisión Europea mediante un Plan de

Acción a aprobar el Plan estatal marco antes de finales de 2015 y a adaptar los planes

autonómicos a lo establecido en el Plan Estatal antes de finales de 2016. Este

compromiso establece que el periodo de revisión y adaptación del Plan GIRA deberá

finalizar antes del 31 de diciembre de 2016.

El plan GIRA 2016-2022 está relacionado con otros planes, programas o estrategias

cuyo objeto principal no es la gestión de residuos aunque la mayoría de ellos están

relacionados de una u otra forma con la protección del medio ambiente. La coherencia

del plan que nos ocupa, con los planes y programas de urbanismo, desarrollo rural,

energía, biodiversidad, espacios naturales, patrimonio o calidad ambiental, entre otros,

tiene una importancia máxima para la consecución, de forma global, del cumplimiento

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de todos los objetivos. Para lograrlo, todos los programas que integran el Plan deberán

tener en cuenta los aspectos contemplados en las distintas estrategias comunitarias,

estatales y autonómicas.

Con la aplicación del Plan se pretende conseguir la disminución de emisiones

contaminantes, reducción del consumo de recursos y un menor consumo energético,

lo cual está en coherencia absoluta con varios de los planes y/o estrategias citados en

la Tabla 1 como son el VII Programa de Acción Comunitaria en materia de medio

ambiente, la Estrategia europea para un desarrollo sostenible, la Estrategia europea

de medio ambiente y salud y la Estrategia temática para la protección del suelo a nivel

europeo y otros planes y programas como la Estrategia Española de Calidad del Aire o

la Estrategia Aragonesa de Cambio Climático y Energías Limpias.

En coherencia con el Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia

Energética, la Estrategia Española de Movilidad Sostenible, el Plan Estratégico de

Infraestructuras y Transporte y el Plan Energético de Aragón, el Plan GIRA 2016-2022

propone el uso de ferrocarril eléctrico para el transporte de residuos no peligrosos y/o

residuos domésticos y el uso de biometano obtenido a partir de digestión anaerobia de

residuos domésticos como combustible para los camiones de recogida de residuos y

otras flotas de vehículos.

Los objetivos de aplicación de energías renovables al transporte o a los combustibles

de automoción, precisan la aplicación de medidas de suficiente peso, en un contexto

técnico con una alta resistencia a su evolución tecnológica. La viabilidad del empleo de

biometano obtenido de la digestión anaerobia de los biorresiduos domésticos como

combustible en las flotas cautivas necesarias para la recogida y transporte de todos

los residuos domésticos, podría contribuir de forma sensible a este objetivo.

Durante el proceso de revisión del Plan GIRA instruido entre los años 2013 y 2014,

otros planes se sometieron al proceso de evaluación ambiental de planes y programas

en sus distintas fases. La entonces D.G. de Calidad Ambiental del Gobierno de

Aragón, con el fin de coordinar éstos con el plan GIRA, participó de forma activa

mediante la presentación de alegaciones u otras formas de consulta y coordinación en

la elaboración del Plan Estatal de Prevención de Residuos, el Plan Energético de

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Aragón 2013-2020, el Plan de Desarrollo Rural 2014-2020 y la Estrategia de

Ordenación del Territorio de Aragón.

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7.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD SOCIAL DEL PLAN GIRA.

En la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, en su artículo 4 se define Sostenibilidad social como aquella que busca

fomentar las relaciones entre los individuos y el uso colectivo de lo común, conjugando

crecimiento económico y respeto medioambiental con bienestar social, fomentando el

mantenimiento y la creación de empleo, protegiendo la seguridad y la salud de las

personas, asegurando la reducción de la pobreza y las desigualdades, y evitando las

situaciones de exclusión social. Junto con el ambiental y el económico, es uno de los

tres aspectos en que puede dividirse conceptualmente el desarrollo sostenible.

En base a la definición anterior, la mayor justificación social del Plan GIRA es

asegurar la protección de la salud humana y del medio ambiente mediante la correcta

gestión de los residuos en Aragón. Esto permite obtener una serie de beneficios

ambientales, económicos y sociales como son la protección de los ecosistemas, la

mayor eficiencia en el uso de los recursos y la generación de empleo.

A nivel comunitario, en el marco de la Estrategia 2020 “la Hoja de ruta hacia

una Europa Eficiente en el uso de los recursos” recoge los objetivos y los medios, para

transformar la economía actual basada en el uso intensivo de los recursos, en un

nuevo modelo de economía circular basado en el uso eficiente de los recursos. En

este nuevo modelo en el que los residuos son una etapa del ciclo productivo se basa

el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón. El desarrollo de la economía circular debe ayudar a disminuir el consumo de recursos

naturales, a reducir la producción de residuos y a limitar el consumo de energía,

impulsando a su vez una reorientación productiva de los países. Por ello, la actividad

emergente basada en este modelo en la que se incluye la gestión y tratamiento de

residuos, es generadora de empleo en todo el conjunto del territorio y su desarrollo

debe permitir obtener una ventaja competitiva.

El potencial de creación de empleo en el sector de los residuos es muy elevado; de

hecho, según datos de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) se estima que

entre los años 2000 y 2007 el empleo relacionado con el reciclaje en países europeos

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aumentó un 45%. La Comisión Europea estima que si los Estados Miembros aplicaran

en su totalidad la normativa vigente en residuos, se crearían más de 400.000 empleo

en la Unión Europea, de los que 52.000 se localizarían en España.

En línea a lo anterior, el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente

(PNUMA) define “economía verde” como la que se traduce en una mejora del

bienestar del ser humano y la equidad social, al tiempo que reduce significativamente

los riesgos ambientales y los impactos ecológicos. En Aragón, se estima que en el año

2012 este sector estaba integrado por 493 empresas que empleaban de forma directa

aproximadamente a 23.960 trabajadores; de todas estas empresas, entorno a un 14%

correspondía al subsector de gestión y tratamiento de residuos (CESA, 2013). Con la

implantación de los modelos de gestión de residuos propuestos en el borrador de Plan

GIRA 2016-2022, estas cifras se incrementarían de forma importante.

Además, en la Ley 22/2011 de Residuos y suelos contaminados, se otorga un papel

especial a las entidades de economía social, que en el borrador de Plan GIRA se

consideran principalmente en algunas de las medidas establecidas en materia de

Prevención y en lo relativo a la preparación para la reutilización especialmente.

Por otro lado y con el fin de adaptarse al desequilibrio poblacional y económico del

territorio de Aragón, el Plan GIRA incluye el Principio de compensación territorial. En

base a este principio, se mantiene el criterio de unidad de tarifa en la prestación de los

servicios públicos autonómicos de gestión de residuos, entre otros criterios que

contribuyen a evitar riesgos de desvertebración territorial o distorsiones en la

competitividad empresarial, modelo que puede extenderse a otros servicios públicos

de titularidad local, siempre que se avale en este proceso de consultas.

En las cuestiones relativas a la protección del medio ambiente, y concretamente en la

gestión de residuos, es de vital importancia la concienciación, sensibilización y

formación de la población. Esto adquiere mayor relevancia cuando además se

plantean modelos de gestión que suponen cambios en el comportamiento de los

ciudadanos. En el borrador del Plan GIRA 2016-2022 se debe resaltar como novedad

el modelo de gestión de biorresiduos de origen doméstico, el cual se basa en la

recogida separada de materia orgánica mediante el “quinto” contenedor, el compostaje

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doméstico individual o comunitario y la recogida de materia orgánica en grandes

generadores. El éxito de gran parte de estas medidas dependerá de una adecuada

coordinación entre las administraciones públicas implicadas y los ciudadanos, y sobre

todo de la implicación y voluntariedad de la población.

La implantación de determinadas instalaciones de tratamiento y/o eliminación de

residuos en el territorio, tiene respuestas en la sociedad que pueden resultar en

muchas ocasiones contrapuestas. Mientras en algunas poblaciones estas

instalaciones se perciben como inversiones a realizar en su área socio-económica y

como fuentes generadoras de empleo, en otros lugares la respuesta mayoritaria se

centra en una oposición social a estas infraestructuras por los posibles impactos sobre

el medio ambiente y la seguridad y salud de las personas. Por ello, es de vital

importancia la participación ciudadana en este tipo de planes, que establecen un

marco para la autorización en el futuro de proyectos susceptibles de ser sometidos a

evaluación de impacto ambiental.

Para garantizar la sostenibilidad social, y de acuerdo a lo establecido en artículo 9 de

la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se realizarán

consultas específicas a todas las entidades locales para que se pronuncien

expresamente sobre el contenido del Plan GIRA 2016-2022, sin perjuicio del proceso

de participación, consultas e información pública que igualmente establece la citada

Ley.

A todo lo anterior, hay que añadir la denominada condicionalidad ex ante, la cual

obliga, en el marco del al Política de Cohesión para el periodo 2014-2020, a disponer

de planes de gestión de residuos de conformidad con lo establecido en el artículo 28

de la DMR, así como la adopción de medidas necesarias para alcanzar los objetivos

sobre reutilización, reciclado y valorización del artículo 11 de la citada Directiva. El incumplimiento de estas condiciones ex ante puede comprometer la financiación de

estas inversiones. Ello puede suponer un gran perjuicio social, al ser la Comunidad

autónoma de Aragón perceptora de algunos de estos fondos.

El borrador del Plan GIRA 2016-2022 establece medidas en sus distintos

programas que permiten cumplir estas condiciones respetando los principales pilares

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