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Este documento fue construido por la comunidad de El Salado, corregimiento de Carmen de Bolívar en el marco del proceso pilotos de Reparación Colectiva adelantado por la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación desde el año 2008 con el apoyo de la Agencia del Gobierno de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

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Tabla de contenido

Plan de de Reparación Colectiva El Salado

Introducción

1. Resumen Ejecutivo

2. Marco Normativo

3. Sujeto de Reparación Colectiva

4. Resumen de hechos y daños

5. Medidas de reparación colectiva

6. Recomendaciones a la Institucionalidad

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INTRODUCCIÓN

El presente documento, contiene los aspectos fundamentales del Plan de Reparación Colectiva construido por la comunidad del Corregimiento de El Salado, Carmen de Bolívar. Constituye el resultado de tres años de trabajo desarrollados con el acompañamiento de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR) y con el apoyo de la Agencia del Gobierno de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). El ejercicio desarrollado permitió identificar los daños sufridos por la comunidad con ocasión de los graves hechos de violencia que se presentaron en el corregimiento y en la zona de los Montes de María, así como las afectaciones derivadas de las acciones u omisiones del estado, representadas en las faltas al deber de protección, la inasistencia en materia de derechos humanos y prestación de servicios sociales, así como los largos años de impunidad frente a estos hechos. El documento contiene información respecto del contexto regional y comunitario, el proceso de intervención adelantado por la CNRR, el marco normativo a partir del cual se construye el plan, la presentación del corregimiento de El Salado como sujeto colectivo, el resumen de los hechos de violencia y los daños ocasionados por estos, así como las medidas de reparación construidas por la comunidad. Información que se incluye en el mismo con el objetivo de entregar al lector un panorama completo de los aspectos necesarios para comprender el Plan de Reparación Colectiva. El esfuerzo realizado por la comunidad constituye además un importante instrumento de trabajo y consulta, puesto que además de constituir la hoja de ruta para la implementación del Plan de Reparación en el Corregimiento de El Salado, es insumo para la construcción de las recomendaciones que la CNRR deberá entregar al Gobierno Nacional para la implementación del Programa Institucional de Reparaciones Colectivas. De ahí que la Reparación Colectiva tiene un reto enorme pues busca coordinar la acción estatal para producir efectos reparadores sostenidos en sujetos colectivos que han soportado diversas formas de violencia y afectación de derechos frente a la ausencia o con la coadyuvancia del Estado. Para que la política de reparación colectiva tenga significado no puede reemplazar ni repetir lo que puede y debe ser alcanzado por la política de reparación individual a cargo del Estado. Por eso la Reparación Colectiva debe orientarse de manera exclusiva a la reversión de las afectaciones colectivas, que no es lo mismo que la suma de reparaciones individuales. La implementación del Plan de Reparaciones Colectiva del Corregimiento de El Salado debe convertirse en un modelo de articulación adecuada de políticas estatales de reforma institucional, de recuperación de la institucionalidad, de atención psicosocial, de participación política, de focalización de política pública y de inversión, de medidas de rehabilitación y de satisfacción en el Corregimiento de El Salado. Con ello no solo se propende por la racionalización de la política pública, sino por la garantía pronta y efectiva de los distintos objetivos a los cuales apunta la política de víctimas del país, bajo el entendido de que la garantía de los derechos de las víctimas y la no repetición de los hechos son tanto presupuestos básicos como instrumentos para la reconciliación y la paz duradera.

Se espera entonces, obtener el compromiso de la institucionalidad del Estado Colombiano, en los niveles local, regional y nacional, para la materialización del Plan de Reparación Colectiva propuesto.

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1. RESUMEN EJECUTIVO

Los Montes de María son una región que cobija municipios de Sucre y Bolívar, en donde la población civil se ha visto afectada por pugnas y combates entre diversos grupos ilegales, y entre ellos y fuerzas legales. En esta zona se encuentra el corregimiento de El Salado (El Carmen de Bolívar). Dicho corregimiento se constituyó durante largos años como el centro económico más importante de la zona, gracias a su producción tabacalera y a la existencia de redes comerciales y sociales.

El desarrollo de la confrontación armada en Bolívar ha estado determinado en gran medida por la presencia y consolidación de los grupos guerrilleros en el departamento desde los años ochenta: las FARC y el ELN principalmente en la zona norte y centro, y el ELN y el ERP hacia el sur. La incursión de grupos paramilitares ocurrió a finales de los noventa. Desde 1997 se elevó la frecuencia de los enfrentamientos protagonizados por las guerrillas y los grupos paramilitares. Desde 1997 hasta 2000, la guerrilla ejerce el control sobre El Salado aprovechando la ausencia del puesto de policía. Durante este período desaparecen entre 10 y 15 miembros de la comunidad.

La primera masacre ocurre en el amanecer del 23 de marzo de 1997, cuando las AUC se toman el pueblo y con lista en mano colocan boca abajo a las víctimas en la plaza principal, dando muerte a una profesora, cuatro campesinos y causando el primer éxodo de los saladeros, este hecho ocurrió en Semana Santa convirtiendo a El Salado en un pueblo fantasma puesto que se produce el primer desplazamiento masivo, en el cual salen 7.000 personas del corregimiento. En junio de ese mismo año retorna aproximadamente el 60% de la población originaria.

En febrero de 2000, la población de El Salado se convierte nuevamente en víctima de actos violatorios de sus derechos humanos individuales y colectivos, con un total de 60 víctimas fatales, 52 hombres y 8 mujeres, entre los cuales se encontraban en su mayoría jóvenes entre los 18 y 35 años. Se reportaron 10 adultos mayores como asesinados. La masacre ocasionó un éxodo de más de 600 familias, de las cuales 369 se desplazaron hacia El Carmen de Bolívar y otro tanto a Sincelejo, Barranquilla y Cartagena. El retorno se ha dado de manera gradual. Entre 2002 y 2003 se da el retorno de familias que quieren establecerse nuevamente en El Salado, pues no encuentran oportunidades ni formas de vida dignas en las ciudades a las que han llegado.

En el año 2008, la comunidad de El Salado acordó con la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación convertirse en uno piloto de reparación colectiva. El trabajo que se emprendió consistió en que la comunidad realizará un proceso participativo con el fin de saber qué era lo que había ocurrido, cuáles eran los daños que había sufrido por causa del accionar de los grupos armados ilegales y formulará las medidas de reparación para esos daños.

En ese momento se identificaron además algunas de las necesidades más urgentes de la comunidad relacionadas con la salud, la educación, la vivienda, la atención a la población desplazada, la atención psicosocial, la restitución de tierras y bienes, alimentación para poblaciones vulnerables, acueducto y seguridad.

Con el apoyo de USAID – OIM, se desarrollaron en El Salado las siguientes obras como respuesta a las solicitudes de la comunidad: Sala de sistemas de la Escuela de El Salado, el equipo de cómputo, el mejoramiento de la batería sanitaria y la compra de algunos aparatos y accesorios; reconstrucción del Puesto de Salud; acompañamiento para la compra de tierras, proyectos productivos y para el Subsidio Integral de Tierras de INCODER.

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A partir de agosto del año 2010, se dio inicio a la segunda fase del piloto de reparación colectiva en el cual se han llevado a cabo acciones de formación y discusión de las medidas de reparación colectiva. Las medidas de reparación construidas deberán ser implementadas por el gobierno colombiano, con participación de los niveles nacional, regional y local. Son medidas de carácter administrativo y su función es reparar los daños que sufrió la comunidad entendida como colectivo y no excluye la reparación judicial ni la reparación administrativa individual.

Los daños identificados son: 1) Perdida de redes productivas, comerciales y económicas; 2) Daño o pérdida de la infraestructura de servicios públicos (acueducto y energía eléctrica); 3) Daño a las redes de apoyo social, a las organizaciones sociales, al buen nombre, la dignidad de las víctimas y a la seguridad comunitaria; 4) Daño en los servicios y la infraestructura educativa; y 5) Daño en los servicios e infraestructura de salud.

Las medidas construidas por la comunidad son las siguientes:

Medida 1

Restituir y garantizar el goce efectivo del derecho a la educación en las dimensiones en que pudo haberse limitado por causa del conflicto armado, a través de la recomposición del cuerpo docente, el mejoramiento y construcción de infraestructura educativa, la dotación de instrumentos y elementos necesarios para el desarrollo de actividades culturales y la generación de condiciones para la permanencia de los estudiantes.

Medida 2

Garantizar la recuperación y mejoramiento del acceso a los servicios de salud integral de la comunidad urbana y rural del corregimiento de el salado, a través de la implementación del programa de atención psicosocial y salud integral a víctimas de el salado.

Medida 3

Restitución de la libertad religiosa y de cultos.

Medida 4

Apoyo y fortalecimiento para la recuperación de las organizaciones del corregimiento (Junta del Acueducto, Asocampesinos por la Paz, ASODESBOL, la Comunidad Educativa, Madres Comunitarias y Mujeres Unidas). Medida 5

Construcción, mejoramiento y mantenimiento de las redes e infraestructura de los servicios públicos que fueron deterioradas por efectos del conflicto y garantía de prestación del servicio.

Medida 6

Programa de restitución colectiva de las redes productivas, comerciales y económicas de la comunidad de El salado.

Medida 7

Programa de dignificación de las víctimas, verdad colectiva, y memoria.

Medida 8

Garantías para ejercicio de los derechos de verdad, justicia y garantías de no repetición.

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No obstante, es necesario aclarar que para el Plan de Reparación Colectiva no es suficiente la reconstrucción de lo que se destruyó, porque si no se cambia el contexto, la institucionalidad comprometida con la ilegalidad y no se garantiza que no haya repetición de los hechos, no se habrá reparado, porque lo más probable es que la comunidad de El Salado vuelvan a ser victimizada.

El plan de reparación debe promover el diseño de pactos políticos entre los diversos actores. Estos pactos, en primer lugar deben hacer un reconocimiento de lo que pasó y un compromiso de que Nunca Más puede volver a suceder. Ello debe involucrar de manera contundente a la institucionalidad del Estado, en los niveles nacional, regional y local con una determinada voluntad política, con medidas suficientes para garantizar la no repetición de los hechos. Con ello el plan de reparación colectiva no solo se entrelaza con las garantías de no repetición, sino que adquiere un propósito transformador de las relaciones que permitieron que las violaciones fueran cometidas.

Para que la política de reparación colectiva tenga significado no puede reemplazar ni repetir lo que puede y debe ser alcanzado por la política de reparación individual a cargo del Estado. Por eso la Reparación Colectiva debe orientarse a la reversión de las afectaciones colectivas, que no es lo mismo que la suma de reparaciones individuales.

2. MARCO NORMATIVO

La normatividad nacional en el Artículo 8º de la Ley 975 de 2005 establece que la reparación colectiva debe “orientarse a la reconstrucción sicosocial de las poblaciones afectadas por la violencia. Este mecanismo se prevé de manera especial para las comunidades afectadas por la ocurrencia de hechos de violencia sistemática”.

El conflicto en Colombia ha afectado a instituciones, comunidades y territorios enteros. Para enfrentar este problema, el artículo 49 de la Ley 975 de 2005 creó la obligación de establecer un Programa Institucional de Reparación colectiva que respondiera a tres objetivos: la Recuperación de la institucionalidad propia del Estado Social de Derecho, la recuperación de los derechos de los ciudadanos y la dignificación de las víctimas.

La fijación de estos objetivos parte del reconocimiento del impacto de la violencia, no solo a nivel individual o del goce individual de los derechos de los ciudadanos, sino en la dimensión colectiva del ejercicio de los mismos. Igualmente, reconoce que las acciones de los grupos armados al margen de la ley afectaron tanto a los habitantes del territorio colombiano, como a las instituciones y al territorio mismo. Es importante advertir que las formas de afectación fueron diversas, puesto que son los grupos y organizaciones sociales y políticas o los habitantes del territorio, lo que pueden identificarse como víctimas de la violación a los derechos humanos. Por su parte, la institucionalidad resultó afectada e incluso suprimida en sus principios, bien sea por la omisión de sus responsabilidades, o por la connivencia abierta y evidente con la ilegalidad o por el ataque directo en su contra de los grupos armados ilegales.

En el país ocurrieron hechos como la cooptación de la ilegalidad de funcionarios o autoridades locales, la desviación de los recursos públicos que en numerosos municipios fueron empleados para el financiamiento o simple enriquecimiento de los grupos armados en lugar de invertirse en el desarrollo económico y social de los habitantes del territorio, votaciones atípicas asociadas a la presión de estos mismos grupos sobre los ejercicios democráticos, y un importante número de congresistas comprometidos con grupos paramilitares, entre otros.

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Por lo tanto, y para avanzar en la superación de esta profunda ruptura entre sociedad y Estado y entre los propios ciudadanos y ciudadanas, la reparación colectiva debe ser una política de Estado de la que participen todas las instituciones del poder público en un ejercicio institucional coordinado internamente, en los niveles nacional, departamental y local y con los habitantes de las zonas más afectadas por la violencia, los grupos sociales y políticos y los grupos étnicos. Desde la perspectiva de los ciudadanos, entendidos como sujetos colectivos, la reparación colectiva debe llevar al fortalecimiento de sus capacidades para participar activamente de sus derechos políticos y colectivos. Se trata de la construcción de un nuevo pacto que incluya a todos los actores del territorio y que tenga como resultado un conjunto de medidas de reparación de carácter político, material y simbólico que deberán implementarse de manera coordinada y simultanea para que alcancen los objetivos planteados. Dicho pacto además deberá constituir la garantía de no repetición necesaria para que todo ejercicio de reparación tenga sentido.

A su vez, la Resolución 60/147 del 16 de diciembre de 2005 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece que “además del acceso individual a la justicia, los Estados han de procurar establecer procedimientos para que grupos de víctimas puedan presentar demandas de reparación y obtener reparación, según proceda.”1

Entre las finalidades de esas medidas está el reconocimiento de las víctimas, pero también reafirmar la validez de las normas generales infringidas (y de esa forma, indirectamente, la importancia de los derechos en general, incluidos, naturalmente los de las víctimas y reafirmando así la condición de éstas, no sólo como tales víctimas sino también como titulares de derechos).

Las reparaciones colectivas no son sólo simbólicas; algunas son materiales, como cuando se construye una escuela o un hospital en calidad de reparación, o se destinan a un grupo determinado (…)

En resumen, los programas complejos permiten convertir a más víctimas en beneficiarios que los sencillos, por un costo general análogo y, lo que es más importante, pueden ser también mejores. Responden a una mayor variedad de necesidades de las víctimas, pero también a la necesidad de salud, educación y, mediante beneficios simbólicos, a la de dar sentido a un pasado traumático.”

Por todo esto, la reparación colectiva de carácter administrativo deberá ser un proceso de iniciativa del Estado colombiano, orientado a reconocer públicamente y a subsanar el daño que tuvo en lo público, en lo político y en el proyecto de vida colectivo de comunidades, grupos, pueblos y organizaciones, la violencia sistemática y/o generalizada en el marco de la cual se vulneraron derechos individuales y/o colectivos.

En resumen, la reparación colectiva debe ser entendida como las acciones orientadas a subsanar el daño causado por el conflicto armado ya fuera efectuado de manera colectiva, a un sujeto colectivo o de manera sistemática, debiendo incluir tanto los elementos de la reparación integral (indemnización, restitución, satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición); así como los objetivos del artículo 49 de la ley 975 de 2005 (recuperación de la institucionalidad, rehabilitación sicosocial y promoción de derechos); y que a su vez debe ser transformadora en el sentido que permita superar los impactos y daños que se hayan tenido en lo público, lo político y en el proyecto de vida colectivo.

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3. SUJETO DE REPARACION COLECTIVA

El corregimiento de El Salado es un sujeto de reparación colectiva ya que puede caracterizarse como una comunidad campesina, cuya identidad y autoreconocimiento e historia común parte de esa definición histórica, económica y social. La actividad campesina, la forma de vida, la autoregulación social, la tributación voluntaria y comunitaria para satisfacer las necesidades colectivas y el autoreconocimiento de estos rasgos identitarios por parte de la comunidad, hacen de El Salado un sujeto de reparación colectiva. El Salado con su forma de organización colectiva, redes sociales, económicas, comerciales y su participación política pudo tener un acueducto propio, casa cultural del pueblo, energía eléctrica y alumbrado público, un centro de salud con instalaciones adecuadas, equipos óptimos, dotación de medicinas y personal; una escuela de primaria, un colegio de bachillerato, hogares comunitarios, organizaciones sociales y políticas. Además de un puesto de policía hasta mediados de los años 90, bodegas tabacaleras de acopio, selección, prensa y empacado del tabaco con una base laboral femenina. Esta estructura física dotaba de sentido y complementaba el proyecto político y comunitario de los saladeros, que se orientaba a tener un mayor número de jóvenes universitarios, profesionales saladeros y un plan para constituirse en municipio con la capacidad tributaria y de infraestructura de servicios públicos necesarias para ello. Los hogares encuestados pertenecientes a El Salado, corregimiento de El Carmen de Bolívar, los cuales se encuentran retornados, se encuentran distribuidos de la siguiente manera: 171 hogares, 17 personas solas (5 mujeres y 12 hombres) para un total de 188 encuestados y 730 personas2.

Tabla No. 1

HABITANTES DEL CORREGIMIENTO POR RANGOS DE EDAD Y PORCENTAJE RANGOS DE EDADES No. PERSONAS % 0-5 años 86 12 6 - 12 años 115 16 13 - 17 años 86 12 18 - 24 años 67 9 25 - 60 años 292 40 61 y más años 72 10 NR 12 2 Totales 730 100 Fuente: Encuesta Acción Social, 20, 21 y 22 de abril de 2009.

En El Salado se mantiene un fuerte espíritu colectivo, se han mantenido y creado organizaciones sociales que constituyen la base de las redes sociales del corregimiento, tales entes son: Junta del Acueducto, Asocampesinos por la Paz, ASODESBOL, la Comunidad Educativa, Madres Comunitarias y Mujeres Unidas.

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Como se señaló anteriormente y como se presenta en el análisis siguiente, esta comunidad fue objeto de graves y sistemáticas violaciones a de los Derechos Humanos que afectaron la vida en comunidad y el proyecto de vida colectivo. La población universo del Plan de Reparación Colectiva de El Salado comprende tanto la población retornada como la no retornada, sobre estos últimos se debe agregar que están organizados o en proceso de organización en Cartagena, Sincelejo, Barranquilla y El Carmen de Bolívar.

4. RESUMEN DE HECHOS Y DAÑOS El derecho a la reparación de un sujeto colectivo surge cuando se ha producido un daño colectivo de naturaleza resarcible, como consecuencia de la vulneración de un derecho, interés o bien jurídico colectivo. Cuando se presenta un daño colectivo la víctima es la colectividad, los individuos sufren un perjuicio en la medida que son miembros de esa sujeto. Para identificar los daños colectivos a resarcir a la comunidad de El Salado se trabajó con sus habitantes en la identificación de estos daños y se lograron determinar en categorías, como se explica a continuación.

a. Daño socioeconómico - profundización de la pobreza por perdida de oportunidades laborales y de generación de ingresos - pérdida de capacidad de autoabastecimiento para satisfacción de necesidades básicas - daño de las redes productivas, comerciales y económicas

La actividad económica tabacalera le garantizaba a los saladeros un empleo productivo y comercial que les permitió tener 33 tiendas, almacenes, depósitos y una droguería. Este desarrollo fue la base de la participación comunitaria que sostenía con una tributación privada y voluntaria parte de la infraestructura y servicios (salud, acueducto y otros). Las compañías tabacaleras abandonaron El Salado tras la masacre de 1997. En El Salado se presentó el saqueo de viviendas; vandalismo; abandono masivo y forzado de bienes; limitaciones físicas al acceso a la tierra por el desplazamiento forzado; restricción al libre ejercicio del trabajo; cierre obligado de tiendas y destrucción de las fuentes de trabajo de la comunidad. Este daño afectó de manera diferenciada a la población más vulnerable de la comunidad: mujeres, adultos mayores, niños y niñas debido a que quedaron privados del sustento de sus familiares asesinados. El accionar paramilitar creó las condiciones para desarticular la existencia y la viabilidad de la economía campesina, y transformó completamente la estructura agraria preexistente en la región de los Montes de María, en un proceso en el cual se desencadenaron varios hechos:

a) Los pequeños y medianos propietarios, ante la imposibilidad de regresar a sus propiedades por la situación de orden público, decidieron vender a muy bajos precios sus propiedades; b) Los campesinos no propietarios que accedían a la tierra a través de las modalidades de aparcería y arrendamiento, perdieron su acceso a ésta por la oposición de los nuevos propietarios que ahora buscan consolidar latifundios ganaderos o implementar proyectos de agricultura comercial; c) Los campesinos sujetos de la reforma agraria que nunca legalizaron su predio, se vieron enfrentados a los usurpadores que exigen títulos de propiedad

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para su devolución; d) Los históricos poseedores de hecho, que nunca tuvieron acceso a las instituciones para legalizar su propiedad ni recibieron reclamo del propietario durante su posesión, ahora se enfrentaron a la legalización del despojo; y e) Los ocupantes que tomaron posesión de las tierras después del desplazamiento forzado usurparon los derechos de todos los anteriores3

La anterior situación, ha generado un deterioro progresivo de sus condiciones de vida por el despojo de la tierra, de los medios de producción y de generación de ingresos; la pérdida del hogar y de la seguridad alimentaria. La imposibilidad de acceder a la tierra como fuente de cultivo del tabaco –el producto tradicional y representativo de la comunidad–, restringió el derecho al trabajo, téngase en cuenta que este tipo de cultivos eran fundamentales para el sostenimiento de la comunidad. Se debe resaltar la pérdida de la fuente del trabajo femenino en labores relacionadas con la siembra y alistamiento del tabaco. Se destruyeron las redes de intercambio económico y de trabajo tras la pérdida de alrededor de mil hectáreas de tabaco y la ganadería, el cultivo de la yuca, maíz, auyama, ajonjolí y la caza de animales de monte. La localización estratégica de El Salado lo convertía en centro comercial y de aprovisionamiento de la zona baja de los Montes de María por ser equidistante a los sectores agrícolas de los municipios de Córdoba, Zambrano, Canutal, Guaimaral, San Pedro y El Carmen de Bolívar.

En resumen, para todo el colectivo se perdió la posibilidad de disponer libremente de los bienes y el acceso a la propiedad. Lo que llevó al cierre y pérdida de la capacidad crediticia con el Banco Agrario que tenían los saladeros y la destrucción por abandono forzado de los accesos viales carreteables que eran parte indispensable del ciclo productivo, de siete caminos a direcciones distintas por todo el corregimiento. La vereda La Sierra gozaba de cuatro salidas a El Salado y Carmen, Guaymaral, a Sincelejo y Córdoba, a Plato Magdalena y San Andrés, y a Magangue, vías El Salado conducen a Carmen de Bolívar, Canutalito, Guaymara-La Sierra (vía a Flor del Monte) y Tacaloa. Por las dinámicas de cambio predial, productivo y económico de la zona, y la desaparición de algunas veredas estos carreteables son imposibles de recuperar.

Según datos recopilados luego del retorno, antes del desplazamiento, 61 familias manifiestan haber tenido tierras para trabajar, mientras que 127 familias indican no haber tenido tierras. De las 36 familias de las que manifiestan haber tenido tierra la dedicaban a la agricultura y 23 a esta actividad combinada con la ganadería, solo dos familias utilizaban la tierra para otra actividad. 39 de 61 familias que poseían tierras manifiestan haber sido propietarias, 9 en calidad de poseedores, 6 arrendatarios, 2 aparceros y 1 en otra calidad. Sólo 6 familias de las encuestadas manifiesta deseo de permutar su tierra, 36 expresaron su negativa ante esta pregunta y 31 no respondió; lo que nos dice que por lo menos el 59% de los encuestados desean permanecer en sus tierras para trabajarlos, esta cifra es un buen indicador en cuanto a sostenibilidad del retorno4.

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b. Pérdida de acceso a los servicios públicos de agua y energía - daño a la infraestructura de servicios públicos.

El desplazamiento forzado de los saladeros originó limitaciones de acceso al corregimiento para efectuar el mantenimiento del acueducto comunitario y todas las fuentes de agua, que llevó al deterioro y mal funcionamiento del mismo. Esto se ve agravado por la ubicación de las fosas -donde se vieron obligados a inhumar a las víctimas asesinadas- cercanas a las fuentes de agua que abastecen el acueducto, los pozos la Trampa y el Pindán, al igual, que las fuentes de agua de las veredas. El 20 de febrero de 2000, los sobrevivientes cavaron fosas comunes para enterrar a los muertos por el avanzado grado de descomposición que tenían, esto se hizo en las áreas cercanas al parque principal. Por las dinámicas de cambio territorial, de relaciones de tenencia y predial que se dio en el corregimiento por el abandono forzado del mismo desaparecieron fuentes de agua y otras han sido objeto de cerramientos por sus nuevos propietarios. Se presentó la ruptura de la capacidad de integración de la comunidad para la acción colectiva, se deterioraron los bienes colectivos y su acumulado de inversión comunitaria a lo largo de la historia. Además se dio la destrucción y el deterioro del tendido eléctrico, así como la comunidad tuvo que asumir los pagos por las cuentas del uso del servicio hecho por los paramilitares en el tiempo que ocuparon la población. En la zona veredal y del área de influencia de El Salado quedó inconcluso el proyecto de electrificación municipal con ISA tras el primer desplazamiento en 1997. Lo que llevo a que los materiales, redes y demás infraestructura eléctrica a instalar y poner en funcionamiento se dañaron por el bodegaje.

c. Daño a las redes de apoyo social, a las prácticas religiosas y espirituales. El desplazamiento forzado colectivo generó el abandono y el progresivo deterioro de la infraestructura (cementerio e iglesias) que sirven de base material a la vida religiosa y espiritual de los saladeros. En El Salado se acabaron las celebraciones de las fiestas de San Juan, junio 24, San Pedro y San Pablo. El terror se escenificó en un lugar público, profanando los sitios de reunión, de la vida social y cultural. Se han presentado alteraciones en los sistemas de creencias y referentes de autoridad: Iglesia, Estado y familia. La afectación emocional y otras secuelas han hecho que el colectivo haya optado por prácticas de encierro y aislamiento, permaneciendo en sus casas y limitando así sus vínculos sociales, dejando a un lado sus prácticas públicas religiosas y de culto.

d. Daño a las redes de apoyo social, a las organizaciones sociales, al buen nombre, la dignidad de las víctimas, a la institucionalidad y a la seguridad comunitaria.

La estigmatización de la población como guerrillera o auxiliadora de la guerrilla la hizo blanco de ataques, prácticas de control e intimidación, actos de tortura, tratos crueles, actos de violencia sexual, actos de servilismo, esclavitud, actos de trasgresión a la cultura mediante el uso cruel de elementos identitarios. También se dio la restricción de las prácticas culturales funerarias y religiosas que se agravaron con el deterioro de la iglesia y el cementerio, que se une al trato inhumano brindado a los cadáveres de las víctimas de los paramilitares y la imposibilidad de los familiares y de la comunidad de velarlos de acuerdo a sus propios rituales y cultos religiosos.

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Si el estigma está en los orígenes de la masacre, su remoción es uno de los imperativos de la reparación….El Estado debe jugar un papel protagónico en la reversión de la marca criminalizante, sobre todo cuando desde algunas de sus instituciones, o de sus agentes, se contribuyó a su propagación, antes y después de la masacre. Desmontar la sospecha sobre la población saladera es una responsabilidad del Estado, que exige también compromisos de la sociedad5.

Para cometer los crímenes se usaron instrumentos representativos para la identidad de la comunidad y se insertó a los saladeros en una lógica de control injustificada y desconfianza entre la población derivadas de la injerencia de los diversos grupos ilegales en la vida de las personas y de las entidades de la región. Los sentimientos de confianza y estima de la comunidad hacia personas que cumplían roles de bienestar social no solo fueron objeto de un profundo daño sino que se destruyó cualquier posibilidad de cumplir esos roles dentro de la comunidad por convertirse de alto riesgo. Lo que se ha traducido en un temor generalizado y sensación de imposibilidad de volver a convivir en tranquilidad como comunidad. Las afectaciones psicosociales tuvieron mayor impacto en las mujeres, adultos mayores, niños y niñas. Se acabaron las celebraciones de las fiestas patronales, fiestas de toros, corralejas, 5, 6, 7 de enero, fiestas de San Juan, junio 24, San Pedro y San Pablo. No se volvieron a hacer estas fiestas. “Después de la primera ejecución, los paramilitares, quienes habían sacado los instrumentos musicales de la comunidad que estaban en la Casa de la Cultura, comenzaron a tocar una tambora6.” El terror se escenificó en un lugar público, profanando los sitios de reunión, de la vida social y cultural: el parque principal, la plaza, en cercanías de la iglesia, en la cancha de microfútbol. “Todo lo que se desenvuelve en el espacio público, el juego, la fiesta y la reunión, quedó re-significado por el terror; se operó una confiscación del espacio público7”. El terror asumió una perspectiva de género, según los datos del GMH de 2505 masacres en el período 1982 – 2007, el 74,2% de las víctimas son hombres y el 25,7% son mixtas. La masacre de El Salado en el 2000 tuvo un total de 60 víctimas fatales, 52 hombres y 8 mujeres. Es decir, hay un alto número de mujeres victimizadas 8 en comparación con la mayoría (83,3%) en los que se cuentan 1 o 2 mujeres como víctimas fatales. Los paramilitares empalaron, insultaron e interrogaron a las mujeres sobre sus vínculos afectivos y logísticos con la guerrilla. Se dio la ruptura de los lazos que ligaban a la comunidad con el territorio, generando a su vez un impacto en el tejido social y afectando la cohesión de la comunidad. Lo que se manifiesta con diferencias por género y edad en eventos como: • Miedo a estar solos • Personas que consideran que requieren de ayuda terapéutica • Llanto repentino y sin causa aparente • Durante el desplazamiento los hombres se sintieron indefensos, no podían dar sustento a sus hijos

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• Zonas de miedo, por temor a apariciones o por respeto a posibles fosas • Confusión en la narración de los eventos y sus actores, especialmente por parte de los niños y niñas. Se dañó la vida organizativa porque se perdieron las acciones colectivas y la gestión comunitaria para el mantenimiento de la infraestructura del corregimiento y la satisfacción de necesidades básicas en ausencia de entidades públicas. Los líderes fueron asesinados y los sobrevivientes fueron sujeto de eventos de captura, amenazas y persecución. Hoy persiste la sensación de aislamiento y confinación por la precariedad del sistema de comunicaciones y vías que conectan a El Salado con el casco urbano del municipio, y las difíciles condiciones geográficas les impiden hacer llamadas por vía de telefonía fija y celular en el corregimiento. En el colectivo de El Salado existe una persistencia en la sensación de angustia que produce el hecho de las casas vacías, la ausencia del vecino, la precariedad económica y social, y la imposibilidad de adaptarse a una vida sin lo amado y de tramitar la experiencia de lo perdido. Los miembros del colectivo han realizado algunas atribuciones causales que vinculan enfermedades somáticas como presión alta, dolores de cabeza, alteraciones del hambre y del sueño como producto de los hechos violentos.

e. Pérdida de las oportunidades educativas, daño en los servicios y la infraestructura educativa

Se presentó la pérdida de los servicios educativos durante el desplazamiento forzado, el desplazamiento forzado de los docentes, el abandono y la destrucción de la infraestructura educativa. Se trata de dos colegios construidos en 1970, de cobertura educativa de 350 alumnos en la escuela rural, 100 en el centro nocturno y el colegio de bachillerato Elmer Alfredo Vega Berrío, construido en 1985, con 150 estudiantes en los grados 6º a 9º, con laboratorio y un cuerpo calificado de docentes, que eran licenciados y profesionales. De la misma forma se truncaron los proyectos educativos de menores y jóvenes que hoy ya son adultos, quienes tenían el interés de ingresar a la universidad.

f. Pérdida del acceso al servicio de salud y daños en la infraestructura de salud

En El Salado se presentó la pérdida del servicio de salud que incluía el centro de salud construido en 1961 con servicio de primeros auxilios, sala de maternidad, equipo de odontología, con médico, promotora y auxiliar de enfermería; 15 madres comunitarias que atendían 225 niños y 5 hogares familiares, así como la capacidad económica de la comunidad de sostener el servicio de salud, los hogares comunitarios y el acceso a los medicamentos. Se dio la destrucción de la dotación del puesto de salud: nevera, aire acondicionado, camillas, farmacia, equipo de parto, suturas, equipo de oxígeno, camilla de parto, ambulancia y personal médico (médico rural de lunes a viernes, promotora de salud de la comunidad y enfermería de lunes a viernes).

5. MEDIDAS DE REPARACIÓN COLECTIVA

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a. PROGRAMA DE DIGNIFICACIÓN DE LAS VÍCTIMAS, VERDAD COLECTIVA, Y MEMORIA.

Reconocimiento público de la condición de población civil de los saladeros por parte del Estado Colombiano. Que la Fiscalía General de la Nación desarrolle las acciones necesarias para obtener idéntico reconocimiento por parte de los victimarios, así como que éstos pidan perdón públicamente por lo sucedido, de manera especial, a las víctimas mujeres y a líderes sociales de El Salado. Este evento debe contar con la narración a viva voz de lo sucedido en El Salado y la zona rural cercana, lo que debe ser difundido por los medios de comunicación en El Carmen de Bolívar, Cartagena, Barranquilla, Sincelejo y Bogotá. Así como difusión nacional en horarios radiales y televisivos AAA. Que las autoridades judiciales y disciplinarias exijan a los victimarios que confiesen públicamente las razones motivos o circunstancias políticas, económicas, militares que sirvieron para que se cometiera la masacre y los autores intelectuales, al igual que la participación de autoridades civiles, particulares y autoridades militares en los delitos cometidos en El Salado. Posteriormente, se rinda un informe público a las víctimas de El Salado. Que se garantice la difusión y participación de las víctimas en el proceso judicial realizado en el marco de la Ley 975 de 2005. Que la CNRR acompañe las actividades de lanzamiento de la Casa de la Cultura, y gestione el apoyo de los entes territoriales y nacionales para contribuir a la reivindicación de la población de El Salado y las zona rural por medio de la reconstrucción de relatos biográficos de las víctimas con el propósito de exaltar a miembros de la comunidad con el objetivo de superar la estigmatización social. Que se difunda públicamente por las emisoras radiales de mayor sintonía en el país, y en el Caribe colombiano las decisiones que se han dado en el marco de los procesos de Justicia y Paz, de la justicia ordinaria y los procesos disciplinarios por las violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario de que han sido víctimas los saladeros. Que la Fiscalía General, la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo elabore informes periódicos sobre el estado de los procesos en curso y los concluidos. En la cátedra de derechos humanos de los colegios se deben incorporar contenidos de memoria histórica, que tenga entre sus casos de estudio El Salado como forma de garantizar la reproducción de la memoria a las próximas generaciones. Que se rinda un informe público sobre la situación judicial de los líderes y las personas relacionadas con las organizaciones y la comunidad que fueron detenidos de manera arbitraria por el Estado colombiano durante el período 2002-2010

b. GARANTÍAS PARA EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE VERDAD, JUSTICIA Y GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN.

El Estado colombiano, la Gobernación de Bolívar y la Alcaldía de El Carmen de Bolívar en cumplimiento de su obligación de planificar, asignar, gestionar y controlar el uso del espectro electromagnético debe garantizar: 1. Que se realice por medio de empresas oficiales, mixtas o privadas, las actividades de generación e interconexión a la red pública de telecomunicaciones, conforme a las condiciones

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geográficas de El Salado, que permitan a sus habitantes hacer y recibir llamadas desde cualquier lugar del corregimiento, como una medida de seguridad comunitaria 2. La calidad del servicio de interconexión a la red pública de telecomunicaciones. 3. La prestación continua e ininterrumpida del servicio de interconexión a la red pública de telecomunicaciones, sin excepción alguna, salvo cuando existan razones de fuerza mayor o caso fortuito o de orden técnico o económico que así lo exijan. 4. La prestación eficiente. 5. Mecanismos que garanticen a los usuarios el acceso a los servicios y su participación en la gestión y fiscalización de su prestación. 6. Establecer un régimen tarifario proporcional para los sectores de bajos ingresos de acuerdo con los preceptos de equidad y solidaridad. Los mecanismos de prevención del riesgo y de protección de la comunidad deben consistir en: 1. El Ministerio de Defensa se abstendrá de asignar miembros de la Fuerza Pública a Montes de María que hayan ejercido sus funciones en la región durante la masacre de 1997 y del 2000. 2. Visitas e informes periódicos del Defensor Regional del Pueblo y la personería Municipal de El Carmen de Bolívar a El Salado y sus veredas 3. Alertas tempranas, coordinación de acciones de prevención y logística de protección. En particular, que se elabore, implemente y se le haga seguimiento a un programa de protección y seguridad relacionado con los procesos de restitución de bienes 4. Mecanismos especiales de protección a los líderes y miembros de las organizaciones saladeras y de desarrollo rural que se adelanten en la zona de Montes de María. 5. Instalación de un puesto de policía en el corregimiento de El Salado, cuyo personal cumpla las siguientes condiciones:

a) Que no tenga registrado en sus hojas de vida ningún indicio (denuncia, queja o similares) de violación de derechos humanos b) Que hayan recibido formación ética y psicosocial para relacionarse con víctimas de conflicto armado. La formación debe orientarse a reconocer las diferencias de género y superar la estigmatización a la que ha sido sometida la población saladera.

6. Que se designe un inspector de policía o corregidor que cumpla, además de sus funciones legales, las siguientes:

a) Que actué como enlace entre la comunidad y las autoridades municipales y departamentales. b) Que cuente con los recursos para realizar sus funciones.

7. Se debe fortalecer el recurso humano, operativo y físico de las Juntas de Acción Comunal de El Salado y sus veredas. 8. La Defensoría del Pueblo, la Procuraduría, la Contraloría y la Personería Municipal deben crear, coordinar, capacitar y orientar las acciones necesarias para el funcionamiento de veedurías ciudadanas en El Salado y sus corregimientos. De manera, particular se creara una veeduría para la ejecución del Plan de Reparación Colectiva de El Salado.

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9. Que se difunda públicamente a la sociedad colombiana, en particular en El Salado, El Carmen de Bolívar, Sincelejo, Cartagena, Barranquilla y Bogotá los expedientes, decisiones y las actuaciones judiciales que se han dado en el marco de los procesos de Justicia y Paz, de la justicia Ordinaria y los procesos disciplinarios por las violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario de que han sido víctimas los saladeros. Al igual, que se garantice la difusión y participación de las víctimas en el proceso judicial realizado en el marco de Justicia y Paz. 10. Que las autoridades competentes, entre ellas la Fiscalía General de la Nación, garanticen que las familias recuperen los restos de sus víctimas, los identifiquen y les den sepultura según sus creencias, 11. Que la Fiscalía General de la Nación, los respectivos Tribunales de Justicia y paz, promuevan y faciliten que los victimarios confiesen públicamente las razones motivos o circunstancias políticas, económicas, militares que sirvieron para que se cometiera las masacres y los autores intelectuales, así como la participación de autoridades civiles, particulares y autoridades militares. 12. Que las autoridades competentes del Estado colombiano garanticen la efectiva investigación, juzgamiento y sanción de los responsables civiles, políticos y miembros de la Fuerza Pública, de las violaciones de los derechos humanos y el DIH cometidas en el corregimiento de El Salado y la zona rural cercana.

c. RESTITUIR Y GARANTIZAR EL GOCE EFECTIVO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN LAS DIMENSIONES EN QUE PUDO HABERSE LIMITADO POR CAUSA DEL CONFLICTO ARMADO, A TRAVÉS DE LA RECOMPOSICIÓN DEL CUERPO DOCENTE, EL MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, LA DOTACIÓN DE INSTRUMENTOS Y ELEMENTOS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES, LA GENERACIÓN DE CONDICIONES PARA LA PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES Y PROGRAMAS DE EDUCACION PARA ADULTOS.

Recomposición del cuerpo docente: Planes de estudio para los docentes actuales e incorporación de docentes con nivel profesional. En los procedimientos para incorporar docentes a las escuelas y se debe brindar prioridad en la contratación a los profesores que fueron desplazados de manera forzosa y a los que residen actualmente en El Salado y su zona de influencia. Y contratación de instructores artísticos. Mejoramiento: Mejoramiento del sistema eléctrico, mobiliario, linternas y abanicos de las escuelas. Condiciones para la permanencia: Dotación de útiles y uniformes y restaurante escolar para los y las estudiantes de zona urbana y rural del corregimiento. Becas: Programa de otorgamiento de becas para estudios superiores a los bachilleres de zona urbana y rural del corregimiento. Infraestructura física y dotación: Dotación de instrumentos musicales y vestuarios para actividades culturales. Construcción de la infraestructura y dotación de los elementos necesarios para el funcionamiento de las aulas múltiples del colegio de bachillerato del corregimiento.

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Programa de educación para los adultos: La implementación de un programa de educación para adultos.

d. GARANTÍZAR LA RECUPERACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL DE LA COMUNIDAD URBANA Y RURAL DEL CORREGIMIENTO DE EL SALADO, A TRAVÉS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN PSICOSOCIAL Y SALUD INTEGRAL A VÍCTIMAS DE EL SALADO

Integralidad: El Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a víctimas de El Salado debe ejecutarse atendiendo las condiciones, acciones y requerimientos establecidos a continuación, de manera mínima. Pro-actividad. Los servicios de atención deben propender por la detección y acercamiento a las víctimas. Atención individual, familiar y comunitaria. Garantizar una atención de calidad por parte de profesionales con formación técnica específica y experiencia en trabajo en Derechos Humanos. Se deberá incluir entre sus prestaciones la terapia individual, familiar y acciones comunitarias según protocolos de atención que deberán diseñarse e implementarse localmente en función del tipo de violencia y del marco cultural de las víctimas. Al igual que programas de salud para el tratamiento y la atención de algunas enfermedades que se han ido desarrollando y están relacionadas con la ocurrencia de los hechos violentos: Trastornos psiquiátricos, estrés, insomnio, hipertensión, diabetes, rehabilitación física de los adultos mayores, enfermedades oftalmológicas. Gratuidad Total. Garantizar a las víctimas el acceso gratuito a los servicios del Programa, incluyendo el acceso a medicamentos en los casos en que esto fuera requerido y la financiación de los gastos de desplazamiento cuando estos recursos estén fuera del lugar de residencia habitual de la víctima. Entre las medidas para asegurar esto último se encuentra la garantía de la sostenibilidad y la operatividad de la ambulancia: conductor, combustible y mantenimiento. Atención preferencial. Otorgar prioridad en la gestión de citas para aquellos servicios especializados que no estén contemplados en el Programa. Duración. El número de atenciones estará sujeto a las necesidades particulares de las víctimas y afectados y al concepto emitido por el equipo de profesionales. Ingreso. Diseñar un mecanismo de ingreso e identificación que defina la condición de los beneficiarios del Programa y permita el acceso a los servicios de atención. Interdisciplinariedad. El programa debe tener profesionales en psicología y psiquiatría, con el apoyo de trabajadores sociales, médicos, enfermeras, promotores comunitarios entre otros profesionales, en función de las necesidades actuales del puesto de salud de El Salado, garantizando la integralidad de acción para el adecuado cumplimiento de sus fines. En particular, garantizar el sostenimiento del personal del Puesto de salud de El Salado, que funcione las 24 horas: 1 Médico, 1 Odontólogo, 1 Enfermera, 1 Psicólogo, 1 Trabajadora Social, 1 Promotora y las condiciones de higiene y seguridad a que haya lugar. Infraestructura: La instalación y mantenimiento de módulos de salud en las veredas, con una promotora de salud comunitaria que pertenezca a cada una de las zonas mencionadas.

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Enfoque diferencial: El Programa en el diseño, ejecución y sostenibilidad de sus acciones tendrá en cuenta las condiciones de edad y género de la población destinataria del mismo. En específico, se atenderá la violencia intrafamiliar y a los grupos poblacionales de menores de edad, madres gestantes y lactantes y adultos mayores. Acciones específicas de atención psicosocial.El Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a víctimas de El Salado además de sus acciones propias deberá integrar las siguientes medidas:

1. Implementación de programas tendientes a la recuperación de las fiestas e integración de la comunidad con un acompañamiento psicosocial que permita canalizar los niveles de culpa que se experimentan cuando se participa en ellas y que es posible inferir a partir de expresiones como la siguiente: “estamos pisoteando la sangre de nuestros hermanos” (La recuperación de las fiestas patronales de San Pedro y San Pablo). 2. Programas de atención psicosocial en hogares FAMI y COMUNITARIOS y el mejoramiento de la infraestructura necesaria para el desarrollo integral de tal acción. 3. Programas y acciones tendientes a la integración familiar y comunitaria para el centro poblado y sus veredas.

e. RESTITUCIÓN DE LA LIBERTAD RELIGIOSA Y DE CULTOS

Construcción y adecuación del templo cristiano y el católico, y acciones de recuperación de las fiestas religiosas y rituales como (bautizos, primeras comuniones, matrimonios). Reconstrucción del cementerio: iluminación, enmurallado, reparación de bóvedas deterioradas y ampliación.

f. APOYO Y FORTALECIMIENTO PARA LA RECUPERACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DEL CORREGIMIENTO.

Programas de fortalecimiento a las organizaciones y proyectos orientados a habilitar nuevas relaciones de solidaridad, intercambio, confianza y a fortalecer emprendimientos colectivos de orden económico, educativo y sociocultural, que tengan en cuenta las particularidades de edad y género: proyectos culturales y en derechos humanos para mujeres y jóvenes, que promueva el encuentro intergeneracional y acciones de igualación de género. La creación de un fondo económico especial destinado a apoyar las iniciativas, proyectos y emprendimientos de las organizaciones.

g. CONSTRUCCIÓN, MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES E INFRAESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DEL CASCO URBANO QUE FUERON DETERIORADAS POR EFECTOS DEL CONFLICTO Y GARANTÍA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Reparación, ampliación y mejoramiento de la calidad de acueducto comunitario, pozos, represas y similares en el corregimiento de el Salado y sus veredas. Legalización de los predios donde funciona el acueducto comunitario y similares, para que conserve su naturaleza de bien colectivo. Y programas de formación en administración comunitaria del acueducto que garantice su naturaleza de bien colectivo a mediano y largo plazo.

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Implementar un programa de electrificación de las veredas y el resto de la zona rural circundante a El Salado. Reparación, mantenimiento, instalación y mejoramiento de la calidad de las redes eléctricas. Que se brinde una atención oportuna y eficiente en las reparaciones de carácter urgente. Creación de mecanismos jurídicos para perdonar las deudas por energía eléctrica para el tiempo que duro el corregimiento en total abandono, para las viviendas deshabitadas y destruidas por el abandono forzado desde 1997.

h. PROGRAMA DE RESTITUCIÓN COLECTIVA DE LAS REDES PRODUCTIVAS, COMERCIALES Y ECONÓMICAS DE LA COMUNIDAD DE EL SALADO.

En todas sus etapas se debe implementar estrategias y mecanismo orientados a la resignificación del rol de las mujeres y jóvenes cuya finalidad sea la superación de las formas de discriminación. Proyectos productivos con titulación colectiva de los predios, tecnificación, comercialización garantizada de los productos, ingresos mensuales de por lo menos un salario mínimo, condiciones dignas de trabajo, la posibilidad de acceder en circunstancias especiales a seguros de vejez, invalidez y riesgo frente a la naturaleza para quienes no tienen propiedad rural. Proyectos productivos, tecnificación, comercialización garantizada de los productos, ingresos mensuales de por los menos un salario mínimo, condiciones dignas de trabajo, la posibilidad de acceder en circunstancias especiales a seguros de vejez, invalidez y riesgo frente a la naturaleza, para quienes tienen predios en abandono forzado. Línea especial y prioritaria de créditos para proyectos colectivos comunitarios que tenga en cuenta las condiciones reales de las víctimas del conflicto armado, que contenga programas de perdón de deudas bancarias. La terminación y mejoramiento de la carretera El Carmen-El Salado que permita transportar carga y pasajeros, al igual que las vías de acceso a las veredas y a las zonas rurales.

6. RECOMENDACIONES A LA INSTITUCIONALIDAD El proceso piloto de construcción del plan de reparación colectiva adelantado por la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR) con la comunidad de El Salado ha permitido formular una serie de medidas de reparación colectiva que son necesarias para intentar resarcir el daño causado a esta comunidad como consecuencia del conflicto armado.

Tomando en consideración que la CNRR no tiene competencia para ejecutar la mayoría de las medidas de reparación propuestas por la comunidad de El Salado, en el presente aparte se formulan recomendaciones a la institucionalidad del Estado competente, para la ejecución de las diferentes medidas de reparación colectiva propuestas, en el nivel nacional, regional y local.

Es importante poner de presente, que si bien el proceso adelantado hasta el momento brinda elementos muy importantes para la reparación colectiva, es la ejecución de las medidas de reparación lo que le permitirá al Estado colombiano cumplir por los propósitos del artículo 49 de la Ley 975 de 2005: la recuperación de la institucionalidad del Estado Social de Derecho, la

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recuperación y promoción de los derechos de los ciudadanos y las ciudadanas afectadas por la violencia y el reconocimiento y dignificación a las víctimas.

El Estado colombiano tiene la obligación de reparar adecuadamente a las víctimas de violaciones de derechos humanos individual y colectivamente8. En cumplimiento de este mandato, el daño causado a la comunidad y la construcción participativa del plan de reparación que se ha realizado con la comunidad de El Salado, el Estado deberá ejecutar las medidas de reparación colectiva formuladas en este plan piloto, las cuales se enmarcan dentro de los componentes del derecho a la reparación integral: restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición9.

En este sentido, de acuerdo con el propósito reparador de este plan, resulta indispensable que en la ejecución de las medidas de reparación, las instituciones del Estado observen las siguientes características:

• Partir del reconocimiento del Estado, en dos aspectos principalmente: i) reconocer que la comunidad de El Salado es un sujeto colectivo, indebidamente estigmatizado y víctima de violaciones a los derechos humanos, perpetradas por los diferentes grupos armados en medio del conflicto armado; ii) reconocimiento de la responsabilidad que le asiste a la institucionalidad en los daños causados a la comunidad de El Salado, por acción y/u omisión, rechazar enfáticamente la ocurrencia de los hechos violatorios de los derechos humanos individuales y colectivos de esta comunidad y comprometerse con la no repetición.

• Ejecutar el plan de reparación a través de una acción sistémica, simultánea y coordinada de

las diferentes instituciones del Estado, en donde también se articule el nivel central y los respectivos entes territoriales. Para coadyuvar a este propósito la CNRR liderará espacios de articulación institucional y seguimiento a la ejecución de las medidas de reparación.

• Priorizar en la ejecución de los recursos públicos en este territorio, el cumplimiento de las

medidas de reparación formuladas por la comunidad de El Salado, con el propósito de lograr la mayor eficacia de los recursos disponibles. Al respecto, se recomienda a las autoridades que resulten electas para dirigir los entes territoriales, incorporar en los planes de desarrollo 2012 – 2015 la reparación colectiva dentro de sus líneas de acción y destinar recursos para la ejecución de las medidas propuestas en el plan de la comunidad de El Salado. De otra parte, la institucionalidad del Estado deberá permitir y fomentar los ejercicios de veeduría ciudadana respecto a la inversión de los recursos públicos en estas acciones.

• Observar procesos participativos con la comunidad de El Salado entendido como un

proceso de coordinación entre los diferentes actores del territorio, siendo los ciudadanos y las ciudadanas los actores políticos fundamentales, no solo beneficiarios de las medidas

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materiales ofrecidas por el Estado. En este sentido, deberán fomentar la participación respetando las formas internas de la comunidad de El Salado en el proceso de toma de decisiones. Esto implica garantiza las participación de mujeres, niños, niñas, jóvenes, personas mayores, personas en situación de discapacidad y personas LGBTI.

• Propiciar la transformación de las condiciones de exclusión en la cual se encontraba la

comunidad, por medio de la ejecución de acciones que no sólo pretendan reparar el daño causado, sino que busquen: garantizar a la comunidad al goce efectivo de sus derechos colectivos, eliminar los esquemas de discriminación, profundizar la democracia y el fortalecer las capacidades de las comunidades e instituciones.

• Enfatizar la dimensión simbólica en la ejecución de todas las medidas de reparación

colectiva, aun si estas son materiales o políticas. Esta dimensión se refiere al reconocimiento, dignificación y respecto debido a las víctimas de violaciones de derechos humanos, la cual debe observarse durante todo el proceso y tiempo de ejecución. Requiere que la institucionalidad realice acciones de dialogo, acercamiento y construcción de confianza, que no se observan en la ejecución de otras políticas públicas, pero que afectos de la reparación resultan fundamentales.

En cuanto a la ejecución en concreto de las medidas de reparación colectiva incluidas en el plan, la CNRR formula las siguientes recomendaciones:

En materia de garantías para el ejercicio de los derechos a la verdad, justicia y garantías de no repetición

• Al Gobierno Nacional (en cabeza del Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio del Interior y de Justicia), la Gobernación de Bolívar y la Alcaldía de El Carmen de Bolívar, la adopción de medidas institucionales necesarias que permitan garantizar que los hechos de violencia que han afectado a la comunidad de El Salado no volverán a ocurrir.

• Al Ministerio del Interior y de Justicia, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de

la Nación y la Personería de El Carmen de Bolívar, adelantar mecanismos de prevención del riesgo y protección de la comunidad de El Salado y sus veredas, de acuerdo con las acciones propuestas en el plan, entre las cuales se destaca: visitas periódicas al corregimiento por parte de autoridades civiles y de control, alertas tempranas y mecanismos especiales de protección a colectivos y líderes.

• Al Ministerio de Defensa Nacional, la Policía Nacional y la Gobernación de Bolívar, la

instalación del puesto de Policía en el corregimiento de El Salado, cuyo personal cumpla las condiciones de formación y transparencia en su hoja de vida solicitadas por los habitantes de El Salado.

• A la Alcaldía de El Carmen de Bolívar designar un corregidor para el corregimiento de El

Salado de manera permanente, el cual tome en consideración para la ejecución de sus funciones los hechos de los cuales ha sido víctima la comunidad y en este sentido realice y promueva acciones de enlace entre la comunidad y las autoridades departamentales y municipales.

• A la Gobernación de Bolívar y la Alcaldía de El Carmen de Bolívar que en ejercicio de sus

funciones de control y vigilancia del uso del espectro electromagnético, realice acciones para que el servicio de telecomunicaciones que se preste en el corregimiento de El Salado

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cumpla con las condiciones de servicio público, entre ellas la permanencia y las características propuestas en la medida de reparación colectiva.

• A la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la Nación y la Personería de El

Carmen de Bolívar adelantar acciones para la fomentar y facilitar la creación de veedurías ciudadanas en la comunidad de El Salado, con al fin de que la comunidad pueda realizar control social a la ejecución del plan de reparación colectiva.

• A la Fiscalía General de la Nación, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas

Desaparecidas, y demás entidades competentes adelantar una búsqueda seria de los restos mortales de las víctimas desaparecidas, en la cual se realicen todos los esfuerzos posibles para determinar lo ocurrido, identificar sus restos y entregarlos a sus familiares para que les den sepultura según sus creencias.

• A la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y los respectivos Tribunales de Justicia y Paz, promover que los victimarios confiesen públicamente las razones, motivos o circunstancias políticas, económicas, militares que sirvieron para que se cometiera la masacre ocurrida en el corregimiento de El Salado y sus veredas en el año 2000, quiénes son los autores intelectuales, así como la participación de autoridades civiles y militares en estos hechos.

• A la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y las autoridades

judiciales investigar, juzgar y sancionar a todos los responsables de las violaciones de derechos humanos ocurridas en el corregimiento de El Salado, lo cual debe incluir a los autores intelectuales y materiales, miembros de los grupos armados al margen de la ley, así como autoridades civiles y militares.

En cuanto al Programa de dignificación de las víctimas, verdad colectiva y memoria

• Al Estado colombiano que reconozca públicamente la condición de población civil de la comunidad de El Salado y rechace enfáticamente los actos cometidos por los diferentes grupos en el marco del conflicto armado, en un acto en el cual pida perdón a la comunidad. Este acto deberá cumplir con las características de difusión solicitadas en la medida de reparación.

• A la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del

Pueblo, solicitar y promover que los victimarios reconozcan la condición de población civil de la comunidad de El Salado y pidan perdón públicamente por las violaciones de derechos humanos y otros delitos cometidos en su contra, especialmente respecto a los hechos cometidos contra las mujeres y líderes sociales de El Salado.

• A la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del

Pueblo realizar sus mayores esfuerzos para garantizar la participación de las víctimas de El Salado en los procesos judiciales que se adelanta en el marco de la Ley 975 de 2005.

• A la CNRR acompañar las actividades de lanzamiento de la Casa de la Cultura.

• A la CNRR por medio del Grupo de Memoria Histórica, realizar acciones para contribuir a la

reivindicación del orgullo de ser saladero de acuerdo con la medida de reparación propuesta por la comunidad de El Salado, entre las cuales se incluye la elaboración y reconstrucción de relatos biográficos de las víctimas.

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• A la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y la CNRR, adelantar acciones para la difusión pública, en diferentes medios de comunicación, de las decisiones que se han producido y se produzcan en el ámbito penal y disciplinario por los hechos ocurridos en El Salado, con el fin de que la sociedad colombiana, principalmente los habitantes de la Costa Caribe, puedan conocer la verdad respecto a lo sucedió en el corregimiento de El Salado.

• A la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del

Pueblo, elaborar y presentar a la comunidad de El Salado informes periódicos sobre el estado de los procesos penales y disciplinarios en curso.

• A la Fiscalía General de la Nación rendir un informe público sobre la situación judicial de los

líderes y las personas relacionadas con las organizaciones y la comunidad de El Salado, que fueron detenidas por el Estado colombiano en el periodo 2002 – 2010.

En lo referente a las medidas para la restitución colectiva de redes productivas, comerciales y económicas de la comunidad de El Salado

• Al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural (Incoder), la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, el Sena, la Gobernación de Bolívar y la Alcaldía de El Carmen de Bolívar y las demás instituciones competentes, ejecutar las acciones propuestas en el Programa, entre las cuales se incluye: proyectos productivos con titulación colectiva de tierras, líneas especiales de créditos para proyectos colectivos comunitarios y la terminación y/o mejoramiento de vías principales y veredales del corregimiento de El Salado.

En lo referente a la prestación de servicios públicos básicos

• A la Gobernación de Bolívar, la Alcaldía de El Carmen de Bolívar y otras instituciones competentes, construir, ampliar y mejorar la infraestructura de los servicios públicos del corregimiento de El Salado, con el propósito de garantizar efectivamente la prestación de los servicios públicos de electricidad y agua. Asimismo, realizar las acciones necesarias para la condonación o declaración de prescripción de las deudas que tienen los habitantes del corregimiento de El Salado por el no pago de energía eléctrica durante el periodo que no habitaron el corregimiento.

En lo referente a la restitución de la libertad religiosa y de cultos • A la Gobernación de Bolívar, la Alcaldía de El Carmen de Bolívar y demás instituciones

competentes, reconstruir y ampliar el cementerio del corregimiento de El Salado y realizar acciones para la recuperación del templo cristiano y católico que tenía el corregimiento de El Salado.

En lo relativo al apoyo y fortalecimiento de las organizaciones saladeras

• Al Ministerio del Interior y de Justicia, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, el Ministerio de Protección Social, la Defensoría del Pueblo, la Gobernación de Bolívar, la Alcaldía de El Carmen de Bolívar y la Consejería de Equidad para la Mujer, desarrollar programas y proyectos para el fortalecimiento de las organizaciones de la comunidad de El Salado, de acuerdo con la medida de reparación propuesta y teniendo en cuenta las particularidades de edad y género, y las Junta de Acción Comunal del corregimiento y sus veredas.

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En lo respectivo a las medidas de rehabilitación • Al Ministerio de la Protección Social orientar y realizar las acciones que sean necesarias

para garantizar la recuperación y mejoramiento de los servicios de salud integral de la comunidad urbana y rural del corregimiento de El Salado y la implementación de un Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral para las víctimas de El Salado.

• Al Ministerio de Protección Social continuar con las acciones que para el cumplimiento

efectivo cumplimiento de la orden número cinco de la sentencia de la Corte Constitucional T – 045 de 2 de febrero de 2010 referente a implementar los protocolos, programas y políticas necesarias para que la atención en salud responda a las necesidades particulares de las víctimas del conflicto armado.

• A la Gobernación de Bolívar y la Alcaldía de El Carmen de Bolívar realizar las acciones que

sean necesarias para la recuperación y mejoramiento de los servicios de salud integral de la comunidad urbana y rural del corregimiento de El Salado y la implementación de un Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral para las víctimas de El Salado.

En lo que se refiere al goce del derecho a la educación • Al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Gobernación de Bolívar, la Alcaldía

de El Carmen de Bolívar y demás instituciones competentes, realizar las acciones necesarias para restituir y garantizar el goce efectivo del derecho a la educación de los habitantes de El Salado, principalmente de los niños y las niñas, de acuerdo con las características de la medida de reparación propuesta por la comunidad.

En lo que respecta al seguimiento de las recomendaciones de este plan de reparación colectiva

• A la Procuraduría General de la Nación en el marco de sus funciones constitucionales y legales hacer seguimiento a la implementación de las medidas de reparación colectiva y acompañar a la comunidad de El Salado en la exigibilidad de su derecho a la reparación colectiva.

• A la Defensoría del Pueblo, acompañar a la comunidad de El Salado en la exigibilidad y

ejecución de las medidas de reparación colectiva propuestas en el plan ante la institucionalidad del Estado.

En lo referente al plan de estabilización socioeconómica

Las medidas de reparación colectiva propuesta en este plan, no sustituyen las responsabilidades y obligaciones que tiene el Estado conforme a la agenda de estabilización socio-económica para las personas víctimas de desplazamiento forzado del corregimiento de El Salado, puesto que estas medidas se refieren básicamente a la entrega de bienes y servicios de manera individual.

Por lo tanto se insta a las entidades del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada (SNAIPD), coordinado por la Agencia Presidencial para la Acción Social, al cumplimiento de la agenda de estabilización socio-económica para las personas víctimas de desplazamiento forzado del corregimiento de El Salado. En todo caso, las entidades del

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SNAIPD deberán armonizar estas medidas con las de reparación colectiva propuestas en este plan.