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    CIENCIAS PENALES O FORENSESSon las ciencias o conocimientos tcnicos fundamentales para la aplicacin del ius puniendi que es la

    facultad sancionadora que tiene el estado, el estado tiene en s el poder constitucional de sancionar a

    las personas que transgreden ciertas normas de convivencia nacional que son las leyes, decretos de

    leyes, decreto con fuerza de ley, reglamentos ministeriales, ordenanzas municipales. Todo eso es el

    marco terico jurdico que ustedes tienen que aprender al ejercer la medicina.

    El estado tiene el derecho de penar con privaciones fsicas de libertad, privaciones de movimiento como

    el arresto domiciliario, no salir del pas, no poder ejercer la profesin, etc.

    La medicina legal es una rama de la ciencia mdica y principal ciencia auxiliar de justicia. La medicina

    legal es como la prima-hermana de la medicina, porque no es precisamente medicina ni tampoco es

    derecho. En derecho se estudia el derecho mdico que es un equivalente a la medicina legal, ellos

    estudian la legislacin aplicada para sancionar la accin mdica si es debida o no.

    Esto est muy relacionado con la criminologaque es la ciencia que estudia los tipos crimingenos, es

    decir el fenmeno reciente que es el femicidio y la victimologa, todo el mundo se preocupa del acusado

    y no de la vctima.

    En cambio la criminalstica busca la explicacin de 1 caso, el criminalista resuelve slo 1 caso, la

    criminologa que es la formulacin y el planteamiento que al tomar prctica se transforma en

    criminalstica.

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    Gracias a este esquema van a comprender que a las ciencias forenses concurren todas las ramas del

    saber humano, no slo la medicina a travs de la medicina legal, la psiquiatra forense, la odontologa

    legal, etc. Sino que tambin de la filosofa a travs de la lgica, el derecho, psicologa y sociologa por

    medio de la criminologa, documentologa, tecnologa para la escena del crimen, la fsica tcnica,

    bioestadstica, qumica forense y toxicologa, biologa molecular a travs del ADN y biologa moderna.

    Todas estas reas concurren a la resolucin de un problema mdico legal.

    No es lo mismo medicina legal que tanatologa (autopsia), probablemente la mayor parte de la medicina

    legal es la psiquiatra forense en que hay que determinar si un menor de edad tiene capacidad de

    discernimiento o no, si tiene la capacidad se puede penar como si fuera un mayor de edad, pero si no

    tiene discernimiento pasa a un juzgado de menores o se indica tratamiento si tiene alguna enfermedad

    mental.

    ENTOMOLOGA PENAL

    Proviene del latn poenalis, es lo relativo a la pena o castigo, y todo lo que ste incluye. Es lo

    perteneciente o relativo a las leyes, instituciones o acciones destinadas a perseguir crmenes o delitos. Desde el punto de vista del derecho se define ser pertenecienteo relativo al crimen, por eso hablamos

    de criminalstica y criminologa. Tambin a la crcel le llamamos penal

    ENTOMOLOGA FORENSE

    Proviene del latn forensis, es lo relativo o perteneciente al foro romano. En el tiempo de los romanos los

    juicios eran pblicos y los que ejercan de abogados hacan sus discursos pblicos, defendan y

    acusaban, eran los peritos, es decir, eran personas que no tenan nada que ver con el acusado, por eso

    se llama forense de forastero, de afuera, era alguien ajeno, imparcial y extrao.

    Entonces el perito forense debe ser ajeno e imparcial, porque pueden, tanto la defensa como el

    acusado, re-acusar un perito. Si el acusado presenta una prueba a travs de un perito, debe ser tambin

    ajeno e imparcial. Debe ser una persona honorable, sin antecedentes de haber participado en algn

    delito, y al momento de prestar su declaracin jura o promete. Antiguamente se juraba con una biblia en

    la mano y se deca que juraba ante Dios, cada vez hay gente ms agnstica o en la lnea intermedia en

    que no le interesa la religin y de ah aparece el trmino prometo en vez de jurar ante Dios.

    Si el perito distorsiona los hechos de la realidad, por tratar de ayudar o de hundir ms al acusado, cae

    en delito de prevaricacin, al igual que los jueces quienes si tratan de aplicar una versin torcida de la

    ley, pueden ser acusados por el cdigo penal el artculo 223-232 por el delito de prevaricacin. Si un da

    les toca ir a un tribunal, hacer un informe y luego

    defender ese informe al tribunal, tienen que serabsolutamente honestos porque si no pueden ser

    acusados por el delito de prevaricacin y ser

    sancionados, si es por un delito mdico probablemente

    les van a inhibir ejercer medicina en Chile por un plazo

    determinado.

    Deben conocer la ciencia de la medicina legal, porque un

    error involuntario o por desconocimiento de la medicina

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    legal, pueden caer o ser acusados de prevaricacin y ustedes tienen que demostrar su inocencia. Deben

    tener una alta experiencia y eso se logra con la prctica, ustedes sern los que establecern la principal

    prueba pericial cuando se trata de delitos contra las personas, desde el punto de vista corporal de

    agresin fsica, de maltrato, de muerte, cuasi delito de muerte, agresiones sexuales, etc. El perito debe

    tener su conocimiento legal totalmente actualizado.

    DEFINICIN DE MEDICINA LEGALMuchos autores han intentado definir el concepto:

    Es la aplicacin de los conocimientos mdicos a los problemas legales o derivados del

    legislador

    ama de la medicina

    que asesora sobre asuntos biolgicos, fsicos, qumicos o patolgicos al

    Poder Judicial, entidades administrativas del Estado y personas jurdicas que lo requieran. No

    considera la medicina legal como una ciencia sino que una rama de la medicina.

    Cienciaque efecta el estudio, terico y prctico de los conocimientos mdicos y biolgicos

    necesarios para la resolucin de problemas jurdicos, administrativos, cannicos, militares o

    provisionales, con aplicacin utilitaria y propedutica

    Simoninfue un Francs del siglo XVIII que realiz un tratado que es como la regla de oro en el

    mundo, l deca que era simplemente una disciplina.

    Simplificando lo anterior, realic una definicin por m mismo: Estudio forense ajeno e imparcial desde

    la medicina humana de las necesidades del derecho para aplicar el marco jurdico de un pas (R.

    Gutirrez). El marco jurdico del pas es el conjunto de leyes, decretos y constitucin, esto no es igual de

    un pas a otro, cada pas tiene su marco jurdico propio, ustedes deben conocer el marco jurdico chileno

    donde se van a desempear como mdicos y adems como legistas ad hoc, nombrados especialmente

    para ayudar al criminal a decidir sobre 1 caso. No me interesan las otras definiciones, la ma resume

    mejor lo que es la medicina legal.

    RAMAS DE LA MEDICINA LEGALDEONTOLOGA: Es el deber ser como profesional mdico, la responsabilidad profesional. Actualmente

    por cualquier cosa se realiza un juicio: si se cae alguien en va pblica, si hay un error de diagnstico, si

    hay un mal resultado segn la familia, etc.

    LESIONOLOGA: es el equivalente a la traumatologa clnica. Es la rama que aplica los conocimientos

    legales sobre las lesiones, las cuantifica y eleva un diagnstico y pronstico.

    SEXOLOGA: Son las lesiones sexuales de cualquier tipo

    TANATOLOGA: Tanatoses el Dios griego de la muerte. Slo en Chile se usa el nombre de tanatologa, se

    refiere a las autopsias, necropsias, necroscopia

    TOXICOLOGA

    ODONTOLOGA FORENSE: Es la aplicacin de la ley sobre puetazos que provocan la cada de dientes.

    OSTEOLOGA

    ANTROPOLOGIA y ARQUEOLOGA FORENSE: al encontrar un pequeo hueso podemos concluir datos

    importantes del individuo como edad, sexo, raza y patrones culturales. Es una rama nueva

    PSIQUIATRA y PSICOLOGA FORENSE

    LABORATORIO y BIOTECNOLOGA: Comparacin de bases de datos deADN con familiares del afectado.

    MEDICINA LABORAL: Se ve muy rara vez, es todo lo relacionado con prevencin de accidentes del

    trabajo y de eso se encarga la mutual de seguridad y lo mantiene muy bien regulado.

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    MEDICINA LEGAL LEGISLATIVA: discusin sobre la legalizacin del aborto teraputico donde ha

    adquirido gran relevancia la opinin de los mdicos legistas, muchas veces en los congresos se

    requieren legistas para discutir una situacin.

    Lo anterior es para que se den cuenta que medicina legal no slo son las autopsias.

    EL LENGUAJEEn esta especialidad existe un lenguaje especial. Nosotros no hablamos castellano sino que espaol, el

    problema es que usamos palabras sin saber su significado real y en medicina legal no podemos usar

    palabras que tengan segundas interpretaciones.

    El lenguaje mdico clnico se diferencia del lenguaje mdico legal y tiene algunas cosas parecidas:

    LENGUAJE MDICO CLNICO LENGUAJE MDICO LEGAL

    Crptico al lego Comprensible al legoSignificado preciso Significado preciso

    Paciente ciego CondicionalSindromtico Unidireccional

    LENGUAJE MDICO CLNICO : Por ejemplo cuando pasan losdoctores a hacer visita, hablan en presencia del mismo enfermo y pueden

    decir Colega yo creo que ese paciente puede tener un bito en 7 das, le

    est diciendo delante del enfermo que se va a morir en 7 das y el paciente

    no se va a dar cuenta. El lenguaje es cerrado, es precisoy es internacional al

    ser sindromticoporque es vlido en todos los pases.

    El paciente est ciego porque no sabe lo que est pasando, salvo la

    obligacin del consentimiento informado en que uno tiene que tener ms o

    menos informado al paciente de lo que est pasando, qu enfermedad tiene

    y cules son sus opciones de tratamiento.

    LENGUAJE MDICO LEGAL : es lo contrario del clnico, aqu tiene queser absolutamente comprensible por todos , el alcalde, el juez, el abogado acusador, el acusado, el

    acusador, la familia, el periodista, etc, todos ellos tienen que entender el mensaje que da el mdico

    legista por lo tanto si bien debemos usar un lenguaje preciso, debe ser comprensible al lego. Tambin

    se usa mucho el lenguaje condicionalporque la medicina no es una ciencia exacta, no existe el riesgo

    0%, no hay nada que un mdico pueda decir de forma categrica, siempre hay que dejar un riesgo

    latente en todo (uso de una droga, mejora de los pacientes, riesgo de cirugas, etc). Es mejor que las

    conclusiones sean redactadas de una manera condicional es posible de que tal situacin tiene un alto

    grado de certeza o algn grado de recomendacin en medicina basada en la evidencia tipo A, que es

    equivalente a una verdad de la ciencia.

    Adems debe ser unidireccionale univoco. Unidireccional significa que si yo entrego una frase, todas las

    personas que escucharon la frase tienen que entender lo mismo, si alguien entendi distinto estuvo

    errneo el lenguaje que se us, debe ser un lenguaje preciso, claro, comprensible por el lego y que

    todos comprendan lo mismo. Unvoco que no se preste para interpretaciones equvocas, e lenguaje en

    medicina legal NO se puede prestar para malas interpretaciones, en especial en un tribunal.

    El lenguaje es un problema de comunicacin en que est como fin ltimo el lego frente al cual hay que

    comunicarse de forma adecuada.

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    Cuando ya tenemos varios de estos estudios, miramos desde arriba y se analizan, se hace un resumen y

    se levanta una recomendacin tipo IA, si existe 1 solo estudio tambin tiene todava un grado alto de

    certeza aunque se baja una categora.

    IB: Al menos un ensayo controlado, aleatorizado con intervalo de confianza adecuado (A)

    IC: Todos los II a sin estudio de validez con metodologa de MBE (B)

    II A: Revisin sistemtica de estudio de cohortes (B). El estudio de cohorte por ejemplo vacunados v/s

    no vacunados en una poblacin especfica, de cierta edad, 50% hombres y 50% mujeres, a un grupo sevacuna al otro no se vacuna, se comparan, se les hace un seguimiento y llego a una conclusin.

    II B: Al menos un estudio no completamente experimental, bien diseado (estudios de cohortes). La

    aplicacin de una intervencin est fuera del control de los investigadores, pero su efecto puede

    evaluarse (B). Estudios en que hay errores experimentales menores que estn bien diseados, por

    ejemplo un estudio de cohortes. Se aplica una intervencin que est fuera del control de los

    investigadores, se plantean hiptesis, se experimentan y el resultado es inesperado.

    IIIA:Estudios descriptivos no experimentales, bien diseados, comparativos, de correlacin o de casos

    y controles (C). Estudio o series de casos, son los casos cnicos que se exponen en los congresos y luego

    describen. Tienen muy poco valor, a no ser que en algn momento se afinen hasta llegar a un meta-

    anlisis.

    IIIB: Un estudio descriptivo no experimental, bien diseado, comparativo, de correlacin o de casosy controles (C)

    IV:Casos o series de controles o cohortes mal diseados (C)

    V: Documentos u opiniones de comits de expertos o experiencias clnicas de autoridades de prestigio

    (D). No tiene ningn valor.

    A medida que los estudios van siendo menos perfectos, va bajando el grado de credibilidad que tiene el

    estudio.

    EVIDENCIA EN CRIMINOLOGA

    Es distinta la bsqueda de la evidencia:

    o INDICIO: todos los objetos o rastros de objetos que se encuentran en sitio del suceso (SS) del presunto

    hecho delictivo. Se pesquisa todo lo que est en el sitio del suceso: colillas de cigarrillo, trozos de metal,

    pelos, etc. Todo se guarda y eso son los indicios.

    o EVIDENCIA: los indicios se transforman en evidenciacuando son confrontados con los mtodos de investigacin

    en el laboratorio y se pueda utilizar como prueba cientfica

    valedera en contra del inculpado.

    En un comienzo se recolectan muchsimos indicios, pero la

    idea es que deben levantar todo, hasta la mnima prueba

    que se pudo haber transformado en evidencia.

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    HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL

    Hasta donde se sabe, el primer experto que se ha catalogado en ML fue IMHOTEP de Egipto el ao2690-2610 aC. Fue sabio, mdico, arquitecto y astrlogo del Rey Zoser.

    Luego con la aparicin de la escritura, se encontraron una serie de cdigos o cdices babilnicos desde

    el ao 2050 aC (Ur-Nammu, del rey de Ur), Del pueblo Eshnunna (1930 aC) y Lipit-Isntar de Isn (1870

    aC). Sin embargo el que ms prestigio ha adquirido es el CDICE DE HAMMURABI 1760 aC)que est en una piedra gigante en que est tatuado el rey y su sacerdote sobre jeroglficos que

    corresponden a las leyes con creencias principalmente judeo-cristiana en base al derecho romano. En

    esos aos, el incesto se penaba de forma diferente que la ley mosaica, y haban distinciones de clases

    No obstante hay cosas rescatables de este cdigo, se establecieron por primera vez remuneraciones a

    un mdico:

    Ley 215: Si un mdico hizo una operacin grave con el bistur de bronce y cur al hombre, o si le oper

    una catarata en el ojo y lo cur, recibir diez siclos de plata.

    Ley 216: Si es el hijo de un muskenun, recibir cinco siclos de plata.

    Ley 217: Si es el esclavo de un hombre libre, el amo del esclavo dar al mdico 2 siclos de plata.

    Luego apareci el concepto de responsabilidad:

    Ley 218: Si un mdico hizo una operacin grave con el bistur de bronce y lo ha hecho morir, o bien si lo

    oper de una catarata en el ojo y destruy el ojo de este hombre, se cortarn sus manos.

    Ley 219: Si un mdico hizo una operacin grave con el bistur de bronce e hizo morir al esclavo de unmuskenun, dar otro esclavo equivalente.

    Ley 220: Si oper una catarata con el bistur de bronce y ha destruido su ojo, pagar en plata la mitad de

    su precio.

    En lo anterior vemos que haba penas por malos actos mdicos.

    Adems hay diferencias en el valor de lo que recibe el mdico. De aqu naci la LEY DEL TALIN que dice ojo por ojo, diente por diente que es del ao 1600 aC:

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    - Latn: talis o tales = igual, semejante

    - Ley 196: Si un hombre libre vaci el ojo de un hijo de hombre libre, se vaciar su ojo

    - Ley 197: Si quebr un hueso de un hombre, se quebrar su hueso

    - Ley 200: Si un hombre libre arranc un diente a otro hombre libre, se le arrancar su diente

    Otro ejemplo tpico de acto mdico legal fue cuando el rey Salomn, que aparece en la biblia, que en el

    Israel se presentan 2 mujeres y se pelean la tuicin de un nio, y aparece lo que desde ah en adelantepas a llamarse el Fallo Salomnico, en que Salomn dijo partan el nio en 2 y la mitad se la lleva cada

    una de las mujeres entonces salt la madre verdaderay dijo seor, mi Rey no lo mates no lo mates,

    entrgaselo a ella y ah el Rey dijo ella es la madre.

    Otro ejemplo es el suicidio de SCRATES . En Grecia el ao 399 aCScrates le enseaba a sus discpulos cosas que inquietaban a la repblica

    romana, y fue condenado a muerte. En ese tiempo se usaba la cicuta

    (veneno), y Scrates pidi autoadministrarse la cicuta. Estaba prohibido el

    suicidio pero Scrates fue la excepcin porque lo autorizaron a

    autoadministrarse la cicuta y no fue ejecutado por la justicia.

    En Gran Bretaa el siglo X en su ley comn estableci el suicidio como delitoy en el siglo XII (1184) el Council of Nimes la Iglesia Catlica en su

    CDIGO CANNICO se agreg el delito del suicidio, pero a quin van acastigar quizs la iglesia quera que lo castigara Dios.

    HIPCRATES460 370 aC, famoso por su juramento. En la plenitud de lapoca de Grecia, el siglo del Pericles, el juramento de Hipcrates pone elementos de

    Eutanasia en que l era contrario, dice: A nadie dar una droga mortal aun cuando

    me sea solicitada, ni dar consejo con este fin. De la misma manera, no dar a

    ninguna mujer supositorios destructores; mantendr mi vida y mi arte alejado de la

    culpa. Lo ltimo se refiere al aborto. En cuanto a responsabilidad profesional deca

    A cualquier casa que entre, ir por el beneficio de los enfermos, abstenindome de

    todo error voluntario y corrupcin. Y en cuanto al secreto profesional deca

    Guardar silencio sobre todo aquello que en mi profesin, o fuera de ella, oiga o

    vea en la vida de los hombres que no deba ser pblico.

    En Grecia, los mdicos deban comparecer y responder ante los tribunales sobre la existencia y

    gravedad de ciertas lesiones, es decir aparece la LESIONOLOGA. En Roma, Pompilio hacatasar las heridas para efectos de pago (LESIONOLOGA) y ordenaba examen mdico a toda mujer muerta

    en embarazo por aborto, apareciendo la SEXOLOGA, como el aborto tiene una alta tasa de

    complicaciones y mortalidad, era muy probable que la madre muriera en el acto a causa del aborto.

    La LEY DE LAS 12 TABLAS es la BASE donde se construye el derecho del cdigo romano en elao 450 aC, y entre otras normas ya en esas bsicas tablas del derecho romano, existan reglas acercade la responsabilidad del enfermo mental, es decir, determinar si era imputable o inimputable.

    GALENO establece la docimasia pulmonar hidrosttica, es decir, determinar si ese recin nacidorespir o no respirar y establecer si fue un mortinato o un RN muerto, para haber sido RN tiene que

    haberse separado de su madre y haber respirado, sino es un mortinato. Lo que se haca era tomar un

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    trozo de pulmn, los metan a un balde con agua y si flotaba los pulmones tenan aire el beb haba

    respirado y era un RN; si se hundan era un mortinato. Lo que se usa hoy en da es la autopsia neonatal.

    El cdigo Justiniano dC establece definitivamente lo que es PSIQUIATRA FORENSE atravs de la inimputabilidad a menores y alienados.

    Los primeros indicios de TANATOLOGAms seria fue en Roma conla MUERTE DE JULIO CSAR en que cada senador le dio unapualada, y como tena amigos y enemigos, los amigos por pacto le dieron

    pualadas pero no mortales, la pualada mortal fue encontrada por el

    mdico Antistius que saba quin se la haba dado pero no lo dijo, sin

    embargo pas a la historia.

    FEDERICO II HOHENSTAUFEN (1184-1250 d C) Rey de Sicilia,Chipre y Jerusaln, Emperador del Sacro Imperio Romano Germnico, fue

    un hombre de mucho poder que oficializ la medicina legal y nombra un

    mdico cuya funcin exclusiva era asistir a los tribunales.

    En oriente tambin hay desarrollo y en 1217 el Juez HSI YUAN LU public el libro Normas parala supresin de las injusticias donde hay exmenes postmortem, describe lesiones agudas por

    elementos contundentes, diferencia heridas mortales y no mortales, tiempo de evolucin de las heridas,

    identificacin de cadveres, etc. Es lo ms cercano a la ML actual, el acercamiento o la necesidad del

    derecho por la medicina hizo que mdicos salieran de la medicina y ejercieran ML. Los expertos

    cirujanos en Francia juraban en un tribunal cuando se reciben.

    La iglesia catlica por otro lado, sistemticamente consultaba a un mdico en sus problemas

    eclesisticos. CARLOS V en 1532 promulga la Constitutio Criminales o Cdigo de Carolina,primer Cdigo Penal Alemn, el cual establece la relacin ineludible de la Medicina y el Derecho, hace

    disposiciones sobre el aborto, violacin, infanticidio y la obligacin de la autopsia, entendindose laautopsia como un examen extracorporal, el examen intracorporal sistemtico como autopsia empez el

    ao 2000.

    PERIODO POSITIVO DE LA HISTORIA

    Las autopsias nacieron el ao 1534 cuando ANDREAS VESALIUS en el renacimiento le pagaba apordioseros un par de monedas para que fueran a robarse difuntos recin enterrados al cementerio, y

    por las noches a la luz de las velas comenz a hacer disecciones y empez a comprender el cuerpo

    humano por dentro. El mismo ao public su Tratado de Anatoma. Esto alent a los mdicos legistas

    para que empezaran a hacer autopsias intracorporales de forma sistemtica con conocimiento, que le

    facilit el trabajo de Vesalius.

    En Francia fue AMBROSIO PAR quien realiza las primeras autopsias mdico legales con examenintracorporal y en Italia fue Zacchias quien public asuntos mdico-legales

    As surge como ciencia el siglo XVII, sigue los avances de la medicina y ciruga, disciplinas sin las cuales

    no existira la ML. Esto surgi principalmente en el renacimiento europeo, por lo tanto el nacimiento de

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    esto fue en Europa. Las primeras de ctedras MLfueron en el 1804por Veitz en Vienay en 1807en U.

    de Edimburgo, Escocia.

    La Escuela de Medicina en Chile de la U. de Chile se crea en 1833, siendo una de sus ctedras fue la

    medicina legal, muy cercana a la aparicin en Europa por lo tanto el desarrollo de la ML en Chile fue

    muy precoz. Antes de esto estaba el Protomedicato, a medida que iban avanzando los ejrcitos

    espaoles en la conquista, iba entre medio de la milicia un mdico que cuando se estableca en algnpueblo, se constituy un tribunal protomedicato. Los reyes de Castilla y Aragn a

    travs de la novsima recopilacin dictaron que el tribunal del protomedicato deba

    preocuparse por la docencia del lugar, por la inspeccin sanitaria del lugar, les

    otorgaba facultades judiciales, regular la prctica de la medicina y el protomdico era

    el mdico legista, que preside y asesora en medicina legal.

    En Chile, desde la conquista se inici en 1784 hasta la fundacin de la U. de Chile en

    que el primer decano de la facultad de medicina legal fue el protomdico

    ALBERTO BLEST . Antes de la U. de Chile la primera universidad chilena fue la U.de San Felipe en Santiago, pero no se preocuparon de la ML.

    HITOS IMPORTANTES

    En ese tiempo estaba muy de moda la higiene, de hecho se estudiaba desde el punto de vista filosfico,

    y Federico Puga Borne era profesor de Higiene y Medicina Legal, que es lo que hoy da son los mdicos

    salubristas, ejerce brillantemente la ctedra de Medicina Legal, se preocup por un matiz ms prctico

    en que los alumnos concurren a la Morgue de la Calle Teatinos con San Pablo, muy insalubre pero

    deciden que no podan estudiar medicina sin cadveres. Escribi el Compendio. Medicina Legal y

    Elementos de Higiene texto que se considera el primero escrito por un chileno sobre esta materia.

    C

    ARLOS

    Y

    BAR DE LA

    S

    IERRA : Hubo un momento de la repblica

    en que el Estado de Chile toma a los ms destacados y manda a formar

    ingenieros, arquitectos, profesores, mdicos, abogados, filsofos, etc para

    nutrir la cultura del pas. Ybar se gan uno de estos cupos y se fue al Servicio

    Mdico Legal de Copenhague, se trajo los planos del servicio, consigui que

    construyeran el mismo servicio mdico legal que estaba construido en

    Europa y se construy en Avenida La Paz el ao 70. Por muchos aos el SML

    tuvo su nombre.

    Hay una pelea constante durante muchas pocas del pas en que pasa a

    depender de diferentes ministerios como el de justicia, de educacin, etc.

    Primero perteneci al ministerio de educacin porque era de la U. de Chile

    cuyo decano y profesor de ML era el director del SML, pero como su servicioprincipal era proveer conocimientos mdicos necesarios a la justicia, pas a

    ser parte del ministerio de justicia. Hoy en da depende del ministerio de justicia.

    A

    LBERTO

    B

    ENTEZ sigue al Dr. Ybar como profesor de Ctedra y como Director del Servicio Mdico

    Legal escribi el primer Manual de Medicina Legal. Adems fue el primer director de la Escuela de

    Investigaciones Policiales en el segundo gobierno de Don Arturo Alessandri Palma.

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    En 1953 plante la reorganizacin SMLy se estableci que era imprescindible que profesores,

    ayudantes y colaboradores, tuvieran horario completo y exclusivo en la Universidad, con el fin de que se

    desarrolle una actividad docente adecuada y una intensiva investigacin cientfica. As se establece la

    planta del instituto mdico legal.

    A

    LFREDO

    V

    ARGAS

    B

    AEZA , Director del Servicio Mdico Legal, Profesor de la Ctedra en la U.

    de Chile, Profesor de la U. Catlica y U. de Concepcin, Fundador del Museo Mdico Legal. Se planteaque deben haber SML en provincias, en 1960 Redacta e impulsa la nueva Ley Orgnica del Servicio

    Mdico Legal de 1960 en el decreto de fuerza de ley 196 en que aparece la nueva ley orgnica del SML,

    creando los SML en provincia. Fallece el ao 1977 mientras se encontraba en el ejercicio de todos sus

    cargos.

    En cuando al desarrollo de la Medicina Legal, Chile es un pas muy prestigiado, muy desarrollado

    llegando a ser un gran punto de referencia de los dems pases.

    R

    OBERTO

    V

    ON

    B

    ENNEWITZ

    G

    OSTLICH:apareci en la poca en

    que empezaron a surgir los primeros juicios mdico-legales, comprendi que

    la ML no era slo autopsias y comenz a trabajar en disciplinas como laOdontologa Forense y la Antropologa Forense. Empieza los convenios con las

    policas y la investigacin tanto uniformada como no uniformada basada en la

    ML. Realiz en 1983 el 1er curso de Medicina Legal para Odontlogos, se

    pierde el carcter netamente de autopsias. Se comienza a constituir el

    Derecho Mdico y la Responsabilidad Profesional, y se asienta

    definitivamente que la ML es MULTIDISCIPLINARIA. Este caballero sigue vivo.

    A

    LBERTO

    T

    EKE

    S

    CHLICHT

    Era profesor de la Escuela de la Polica

    de Investigaciones, despus fue docente de Criminalstica para Magistrados y

    Facultad de Derecho U. de Chile. Finalmente fue Jefe Tanatologa del Servicio Mdico Legal y

    Director del Departamento de Medicina Legal de la U. de Chile. Consolida la calidad

    multidisciplinaria de la Medicina Legal y del equipo docente. El ao 1986 escribi el libro Medicina

    Legal cuya 2 ed. 2001 es el libro gua de este curso.

    Ley N 20.065

    Se publica y promulga el ao 2005 con el nombre de MODERNIZACION, REGULACION ORGANICA Y

    PLANTA DEL PERSONAL DEL SML DE CHILE, establece situaciones absolutamente contradictorias con la

    regionalizacin:

    Art. 1 De la naturaleza jurdica, objeto y funciones del Servicio.-El Servicio Mdico Legal es un servicio

    pblico centralizado, dependiente del Ministerio de Justicia, funcional y territorialmente desconcentrado

    a travs de Direcciones Regionales, dependientes de la Direccin Nacional, que se regir por las

    disposiciones de esta ley y sus normas complementarias.

    El hecho de que sea centralizado quiere decir que existe 1 solo SML en Chile y est en Santiago, que

    tiene oficinas regionales en distintas partes de Chile. El director de cada oficina regional cumple las

    rdenes que llegan de Santiago, no tienen ninguna autonoma. Nosotros tenamos bastante autonoma

    como SML, yo hice un Instituto de Investigaciones ML en que se junt la U. Mayor, la UFRO, el SML y el

    SSAS conformado por socilogos, antroplogos, mdicos clnicos, mdicos tanatlogos, etc. Sin

    embargo la ley nos quita toda funcionalidad.

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    12Tamara Muoz M Jess LlonaMedicina Legal 2015, Dr. Gutirrez

    Donde dice Ministerio de Justicia, funcional y territorialmente desconcentrado se refiere a que tiene el

    poder pero lo descarga en las oficinas regionales que hacen lo que les dice el SML de Chile cuyo lugar

    en Santiago.

    Art. 2.- El objeto del Servicio Mdico Legal ser asesorar tcnica y cientficamente a los rganos

    jurisdiccionales y de investigacin, en todo el territorio nacional, en lo relativo a la medicina legal,

    ciencias forenses y dems materias propias de su mbito. Adems, le corresponder la tuicin ysupervigilancia tcnica y directiva en la prestacin de servicios relativos a las materias de su

    competencia, poniendo nfasis en su calidad, eficiencia y oportunidad. Asimismo, colaborar con la

    capacitacin y docencia en estas reas, a nivel nacional e internacional, en coordinacin con

    organismos pblicos y privados, universidades y dems centros de investigacin forense .

    Adems, le corresponder la tuicin y supervigilancia tcnica y directiva en la prestacin de servicios

    relativos a las materias de su competencia. Hace unos aos un mdico oper a un paciente de una

    apendicitis aguda retrocecal y toda la evidencia cientfica hoy en da dice que dejar un tubo de drenaje

    provoca ms riesgo que beneficio, evidencia de tipo A. por lo tanto todos los cirujanos, que durante aos

    usbamos tubo de drenaje, dejamos de usarlo. Este mdico becado dej el tubo de drenaje, el paciente

    tuvo una mala evolucin con un absceso retrocecal, se oper 3 veces por complicaciones y falleci por

    una reaccin paradojal al Haldol que provoca un cuadro muy similar a la hipertermia maligna. Esto sefue a juicio y el informe del departamento de responsabilidad judicial de Santiago que era un

    medicucho, ni siquiera defendi su protocolo y es ese el tipo de personas que dan rdenes a los

    mdicos que s ejercen bien su labor ML.

    Art. 5 De la organizacin del Servicio.- El SML de Chile se organizar en una Direccin Nacional y

    Direcciones Regionales. La Direccin Nacional organizar su trabajo a travs de la Subdireccin

    Mdica, la Subdireccin Administrativa y la Unidad de Docencia, Investigacin y Extensin denominada

    "Instituto Mdico Legal Dr. Carlos Ybar". En cada regin existir una Direccin Regional.

    El antiguo Instituto Mdico Legal pas a llamarse Servicio Mdico Legal de chile con una dependencia

    que es el IML que realiza la investigacin y docencia.

    Art. 12 De la organizacin territorial del Servicio.- Las Direcciones Regionales estarn a cargo de un

    Director Regional, el que ser nombrado por el Director Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el

    Ttulo VI de la ley N 19.882. A estas Direcciones les corresponder ejecutar las polticas, planes y

    programas del Servicio en la regin, sobre la base de las instrucciones que fije el Director Nacional, con

    especial consideracin de lo dispuesto en el art.7 letra b (Establecer las prioridades... de acuerdo con

    las necesidades nacionales o regionales...)

    Esto cambi porque actualmente ya ni es nombrado directamente por el director regional sino que por el

    sistema de alta direccin pblica. Como a nivel regional no tiene ningn poder, nadie quiere postular,

    entonces la directora regional lleva muchos aos en ese cargo. Al director le toca ejecutar los programas

    que desde la cabecera les mandan.

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    CONFORMACIN SML

    Finalmente el SML de Chile tieneun director Nacional que esnombrado por el gobierno deturno. Este director tiene directa

    relacin con el Instituto deInvestigacin Mdico Legal Dr.Carlos Ybar y directa relacincon el Subdirector Nacional quees en el fondo quien transmitelas rdenes de la direccin atodas las oficinas regionales yesto asigna a los peritos. ElDirector Nacional se hace cargoslo del Servicio Metropolitano,donde estn las unidades y

    asignan peritos.

    DEPARTAMENTOS Y UNIDADES DEL SML

    T A N A T O L O G A : Pericias sobre cadveres: cmo practicar las autopsias y otras investigaciones

    mdico-legales en restos humanos u orgnicos. Cmo ampliar dichas investigaciones si el Tribunalcompetente lo requiere

    C

    L N I C A :

    Pericias en lesiones fsicas en las personas, naturaleza y gravedad de ellas Agresiones sexuales

    Informes sobre responsabilidad mdica (mal praxis palabra que ya no se usa).

    Exmenes mdicos sobre enfermedades existentes, clculos de edad fisiolgica, invalidez. El clculo de

    edad fisiolgica surge en base a la mala inscripcin de las personas en el registro civil, se basa en

    signos fisiolgicos como pliegues del cuello en que, si tiene 2 pliegues circulares completos presentes y

    estables el individuo tiene ms de 60 aos, si tiene arco senil bilateral completo tiene entre 65-70 aos.

    Exmenes para permiso de circulacin rechazados en los municipios.

    Exmenes de oftalmologa.

    Maltrato infantil y Violencia intrafamiliar.

    Exmenes de radiologa, electromiografa, fisiatra, laboratorio, etc.

    R E A D E

    S

    A L U D

    M

    E N T A L

    : Pericias sobre inimputabilidad mental. El 50-55% del trabajo delSML de Chile est dado a travs de psiclogos y psiquiatras por la gran tasa de delincuencia de

    menores de edad para determinar si son imputables o no.

    U

    N I D A D D E

    I

    D E N T I F I C A C I N D E

    D

    E T E N I D O S

    D

    E S A P A R E C I D O S

    :

    Coordina todos

    los procesos que conducen a la identificacin de DD.DD en el tiempo del gobierno militar.

  • 7/26/2019 1. Introduccin a La Medicina Legal

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    14Tamara Muoz M Jess LlonaMedicina Legal 2015, Dr. Gutirrez

    La mayor labor del ML mdico general, cuando trabajen en hospitales, es realizar informes de

    pronstico a pacientes que lleguen golpeados:

    - Si es leve se enva al agresor para la casa y se deja citado a tribunal de polica local.

    - Si es menos grave se enva al agresor para la casa y se deja citado al ministerio pblico

    - Si es grave se llama por telfono al fiscal de turno y se le pregunta qu hacer, y el fiscal de turno dir,

    dependiendo si hay o no peligro de muerte, si lo deja detenido en el cuartel o lo lleva a la crcel pblicapor peligro a la sociedad.

    El carabinero debe tomar decisiones inmediatas por lo tanto lo primero que le pedir al doctor es el

    pronstico de si es menos grave o grave:

    Menos gravees cuando penetr el instrumento, pero no produjo ninguna lesin interna

    Es gravecuando produjo lesiones internas y fue necesario operar

    Grave gravsimasi tuvo lesin de un rgano mayor, irrecuperable y quedar con secuelas de por vida.