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DROGAS FARMACEUTICASCONDICIONES DE PRESCRIPCION, PREPARACION Y DISPENSACION
iNCLUYE LISTADO DE PSICOTROPICOS, ESTUPEFACIENTES Y PRECURSORES qUIMICOS (sEDRONAR)
RevisiOn IX - JUNIO de 2012
CI COOH
CH3
COOH
Asenapina
O
H H
N
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libro recetario por
sistema electronicoUn novedoso avance que nos permite disminuir las tareasadministrativas en las farmacias y cumplir con las normassanitarias en forma permanente.
El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, halogrado que las autoridades Sanitarias de la Provincia accedan enfacilitar a los Directores Técnicos de Farmacias efectuar la registra-ción de recetas en el Libro recetario por Sistema Electrónico, enreemplazo de los asientos manuales. Al final de cada jornada
podrá imprimir la información de las dispensas de psicotrópicos yestupefacientes realizadas y adherirlas al Libro Recetario, todo enforma automática. (ver detalles en Capítulo 2-Notas de interés- Pág. 11)
(Mayor información dirigirse al Departamento de Relaciones
Profesionales- [email protected])
Farm. Isabel ReinosoPresidente
Colegio de Farmacéuticos de la
Provincia de Buenos Aires
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Drogas farmacéuticas | 1Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires
Estimados colegas
Le ofrecemos esta obra elaborada en nuestro colegio de Far-macéuticos de la Provincia de buenos Aires esperando quesea de utilidad para su ejercicio de la profesión
Es una herramienta de consulta para que colegas que sedesempeñan tanto en farmacias comunitarias, como hospi-talarias, droguerías, industria de medicamentos y cosmética,etc.
Aquí están contenidos los listados actualizados de psicofár-macos, estupefacientes, drogas controladas y también el lis-tado de precursores químicos y drogas controladas por laSecretaría de Programación para la Prevención de la Droga-dicción y la Lucha contra el Narcotráco (SEDRONAR) y por elMinisterio de Salud de la provincia de Buenos Aires.
También encontrará notas de interés, como el asiento en ellibro recetario en su modalidad informática, una herramientadesarrollada en nuestra entidad con la intención de redu-cir la carga administrativa y acompañar a los colegas en el
cumplimiento de las formalidades que requiere la prácticaprofesional.
Los registros manuales no solo consumen un tiempo consi-derable, sino que también restan a la tarea diaria que el pro-fesional dedica a la atención personalizada de su paciente.Desde hace tiempo la institución viene buscando la manerade corregir lo que tanto nos preocupa en lo que respecta altiempo que nos distrae el llenado manual del libro recetario.
Fruto de la gestión conjunta de nuestro colegio y la Direc-ción de Fiscalización Sanitaria, hemos recibido la autoriza-ción para asentar los medicamentos en este formato.
Los farmacéuticos directores técnicos de farmacias podránoptar por llevar el registro de la dispensa de especialidadesmedicinales de venta bajo receta archivada, mediante:
1. El sistema tradicional de la transcripción de rece-tas en forma manuscrita al libro recetario, rmando elmismo al nalizar el día.
2. Sistema de registro informatizado donde el farma-céutico director técnico de la farmacia deberá al na -lizar el día de trabajo pegar el registro impreso a lashojas foliadas y rubricadas por el Ministerio del LibroRecetario, además de la rma y sello de juntura dela farmacia de forma que este registro no pueda seradulterado de ninguna manera.
CONSEJODIRECTIVO
PresidenteFarm. María Isabel ReinosoVicepresidenteFarm. Germán Esteban Paggi
SecretarioFarm. Mario Luis Della MaggioraTesoreroFarm. Daniel Horacio LipoveskyProsecretarioFarm. Claudia Angélica SlezackProtesoreroFarm. Agustín Federico AgneseVocales TitularesFarm. Ricardo Alfredo PesentiFarm. Nicolás Manuel Trofe
Farm. Marcela Fabiana De Caria
Farm. Liliana NoguerasVocales SuplentesFarm. Elcira Ramona OviedoFarm. Edgardo Alberto MartínezFarm. Daniel Antonio VillegasFarm. Gladys María A. González
TRIBUNAL DEDISCIPLINA
PresidenteFarm. Laura Raccagni
SecretarioFarm. David Pascual FernándezMiembros TitularesFarm. Maria Elisa PerezFArm. Sandra. L. BonvissutoFarm. Ines A. NoeMiembros SuplentesFarm. Gabriel TraversiniFarm. Pedro Angel IrasustaFarm. María Amalia MandirolaFarm. María Raquel FosattiFarm. Alcira Emilce Esusy
Calle 5 Nº 966 - 1900 La Plata - Buenos Aires Tel:(0221) - 429-0900 (Líneas Rotativas)
[email protected] www.colfarma.org.ar
PROLOGO
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Esta es una buena noticia para todas las farmacias que verándisminuida la carga administrativa que implicaba la transcrip-
ción manual. Es importante destacar que el sistema que seutiliza es el propio facturador de cada farmacia y, en caso deno estar adaptado para estos nes, cada farmacéutico pue-de requerir a su proveedor que lo adapte.
Además podrá encontrar en esta herramienta todo lo re-lacionado con el manejo de Vales para la compra de estassustancias y particulariades de los tramites que se realizanen su colegio provincial y la lial del colegio mas cercana a sulugar de trabajo , así como también los trámites para adquirirlos libros que hoy se gestionan en las liales del Colegio deFarmacéuticos, disminuyendo de esta manera los tiempos en
la tramitación.Por último quiero expresarles que la realización de esta obracontó con la colaboración de muchísimos colegas de la pro-vincia de Buenos Aires que con sus consultas e inquietudesmovilizaron a este Consejo Directivo y al equipo técnico pro-fesional de la Institución para incorporar y actualizar los dis-tintos tópicos que hoy están plasmados en esta publicación.
Para todos ellos, mi sincero agradecimiento por el compromi-so y por contribuir a mejorar la práctica profesional. Invito atodos aquellos colegas que tengan interés en sugerimos te-mas relacionados con esta temática, que realicen los aportesque crean convenientes para seguir enriqueciendo la próxi-ma edición.
Mis saludos cordiales-
Farm. María Isabel Reinoso
Presidente del Colegio de Farmacéuticos
de la Provincia de Buenos Aires
PROLOGO
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1. Definiciones .........................................7 1-1 Medicamentos ...................................... 8
1.2 Principio Activo o Monodroga .......... 81.3 Especialidades Medicinales
o Farmacéuticas ...................................81.4 Medicamento Ocina! ........................81.5 Nombre Genérico ................................81.6 Especialidad Medicinal Genérica ..... 81.7 Medicamento Magistral .....................81.9 Receta Magistral ...................................81.9 Medicamento Homeopático .............9
1.1O Medicamento Huérfano .....................91.12 Droga Farmacéutica ...........................91,13 Formulación Normalizada
Hospitalaria ...........................................91.14 Formulación Normalizada Ocina ...91.15 Preparado ..............................................91.16 Excipiente ..............................................91.17 Codex Farmacéutico Bonaerense ..91.18 Buenas Prácticas de Preparación en .
farmacias ...............................................10
1.19 Nuevas deniciones de Psicotrópicos,Psicofármacos y Estupefacientes .10
2. Notas de interEs .........................112.1 Libro Recetario Informatizado
(sistema electrónico) .........................122.2 Instructivo para tramites de
libros de farmacia ..............................122.3 Tramitación de vales para adquisición
Psicotrópicos y Estupefacientes ...142.4 Registro de Psicotrópicos yEstupefacientes por nombregenérico ...............................................14
2.5 Buenas prácticas de distribuciónde productos Farmacéuticos .......... 15
2.6 Vencimiento de Psicotrópicos yEstupefacientes ..................................15
2.7 Recomendaciones sobrerecetas de archivo .............................15
2.8 Para la destrucción dedrogas y medicamentos ...................15
INDICE
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2.9 Destino de los Vales y RecetasOciales de Psicotrópicos
y Estupefacientes ................................162.1O Condiciones de ventaespecialidades medicinales
(Decreto 9763/64) ..............................162.11 Comercialización y dispensación
de Estupefacientes y Psicotrópicosen la Prov. de Buenos Aires .............17
2.12 Venta de Psicotrópicos,Estupefacientes Uso Veterinario ....18
2.13 Prescripción de Psicotrópicos yEstupefacientes por Odontólogos .18
3. Drogas FarmacEuticas ................193.1 Ansiolíticos asociados y
Anorexígenos .......................................203.2 Clozapina...............................................203.3 Dextropropoxifeno ............................213.4 Efedrina y Pseudoefedrina ...............213.5 Ergotamina ...........................................223.6 Esteroides Anabólicos .......................23
3.7 lsotretinoina .........................................233.8 Ketamina ...............................................233.9 Misoprostol ..........................................233.1O Nimesulida ............................................233.11 Sibutramina ..........................................233.12 Talidomida.............................................243.13 Tioamilal sódico y Tiopental
sódico.....................................................243.14 Preparación de MORFINA
solución y jarabe .................................24
4. Sustancias de Riesgo ...................274.1 Sustancias de Riesgo - listado .........28
5. PsicotrOpicos ...................................295.1 Listado de Psicotrópicos por
orden alfabético .................................305.2 Lista 1, 11, 111 y IV de psicotrópicos por orden alfabético con Usos,
Dosis, Interacciones yContraindicaciones .............................35
indice
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6. CaracterIsticas farmacologicasgenerales de los diversos .......57
Grupos de Psicotrópicos ...................576.1 Benzodiazepinas .................................586.2 Barbitúricos ..........................................596.3 Antidepresivos .....................................596.4 Antipsicóticos .......................................60
7. Enfermedades Mentales o .......... Trastornos Mentales .................63
7.1 Las actividades o funciones cognitivaso intelectuales ....................................64
7.2 La Atención ..........................................647.3 La Percepción ......................................647.4 Memoria ................................................647.5 Memoria Implícita ..............................657.6 Memoria Explícita ..............................657.7 Memoria Inmediata ...........................657.8 Memoria Operativa ............................657.9 Memoria Episódica ............................65
7.1O Las Actividades Afectivas .................657.11 Las Actividades Volitivas .................657.12 Trastornos Mentales Orgánicos .....657.13 Trastornos Mentales y del
Comportamiento debido alConsumo de Psicotrópicos ...............66
7.14 Esquizofrenia .......................................667.15 Trastornos Afectivos y del Humor7.16 Trastornos Neuróticos .......................667.17 Anomalías de la Personalidad y del
Comportamiento en el Adulto .........667.18 Retraso Mental ....................................667.19 Trastorno del Desarrollo
Psicológico ............................................677.20 Personalidad ........................................677.21 Temperamento ....................................677.22 Temperamento Sanguíneo ...............677.23 Temperamento Flemático .................677.24 Temperamento Melancólico.............67
7.25 Temperamento Colérico....................677.26 Temperamento Genético ..................677.27 Carácter .................................................68
indice
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8. Estupefacientes .............................69
8.1 Comercialización y dispensa ............708.2 Listado de Estupefacientes pororden alfabético ..................................70
8.3 Listado de Estupefacientes porGrupo- Ley 17.818 y Aclaracionesy normas complementarias ............73
8.4 Dosis promedio de Estupefacientes768.5 Acetildihidrocodeina ..........................768.6 Alfentanil ...............................................768.7 Codeína .................................................77
8.8 Dextropropoxifeno .............................778.9 Dihidrocodeina ....................................778.10 Etilmoñina .............................................778.11 Fentatil ...................................................778.12 Folcodina ...............................................778.13 Hidrocodona ........................................778.14 Hidromorfona ......................................778.15 Metadona .............................................788.16 Morna ..................................................78
8.17 Nicocodina ............................................788.18 Oxicodona ............................................788.19 Oximorfona ..........................................788.20 Petidina ..................................................798.21 Remifentanilo .......................................79
9. Listado de Precursores ysustancias Quimicas (Sedronar- Rempre) ......................81
9.1 Nota aclaratoria sobre losPrecursores Químicos ......................83
9.2 Pequeños operadores dePrecursores Químicos ......................84
1O. Estupefacientes incluidos en laLey Penal 23.737 ............................87
10.1 Alcances de la Ley Penal 23.737sobre los farmacéuticos ................... 94
BibliografIa .......................................97 ANOTACIONES ......................................99
indice
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CAPiTULO 1 1. DEFINICIONES Extraídas de Farmacopea Argentina VII ed. y Normas de Buenas Prácticasde Preparación en Farmacias del Colegio de Farmacéuticos de la Provinciade Buenos Aires aprobadas por Resol. 08/2012 por el Ministerio de Salud dela Prov. de Buenos Aires.
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Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires8 | Drogas farmacéuticas
1.1 - Medicamento:Toda preparación o producto farmacéuticoempleado para la prevención, diagnósticoy/o tratamiento de una enfermedad o estadopatológico, o para modicar sistemas sioló-gicos en benecio de la persona a quién se laadministra (FA VII ed).
1.2 - Principio activo o monodroga:Toda sustancia química o mezcla de sustan-cias relacionadas, de origen natural, bioge-nética, sintético o semisintético que, pose-yendo un efecto farmacológico especíco, seemplea en medicina humana. (FA VII ed.)
1.3 - Especialidad Medicinal oFarmaceutica:Todo medicamento de composición cualitati-
va y cuantitativamente denida, declarada yvericable, de forma farmacéutica estable yde acción terapéutica comprobable debida-mente autorizada por la Autoridad Sanitaria.(FA VII ed).
1.4 - Medicamento Oficinal:Son las drogas fraccionadas y dispensadaso los medicamentos preparados y dispen-sados por el Farmacéutico en su farmaciapresentes en la Farmacopea Argentina.(FAVII ed.) ó en Farmacopea Internacional de re-ferencia.
1.5 - Nombre Generico:Denominación de un principio activo, mono-droga, o de una asociación de principios ac-tivos a dosis ja, adoptada por la AutoridadSanitaria o en su defecto, la denominacióncomún internacional de un principio activoo combinación de los mismos recomendadapor la Organización Mundial de la Salud (FAVII ed.)
1.6 - Especialidad Medicinal Generica:Especialidad Medicinal identicada por elnombre genérico que corresponde a sucomposición (FA. VII ed.)
1.7 - Medicamento Magistral:Es todo medicamento prescripto en una re-ceta magistral para un paciente individuali-
zado, posteriormente preparado, envasadoy rotulado por un Farmacéutico en el labora-torio de su farmacia y dispensado en la mis-ma (FA VII ed.)
1.8 - Receta Magistral: La receta magistral debe indicar claramen-te la composición cuali-cuantitativa de losprincipios activos, utilizando los nombresestablecidos en Farmacopea Argentina o ladenominación común internacional (DCI) de
la OMS. Sólo debe aceptarse sinonimias con-templadas en la Farmacopea Argentina.Debe respetar las dosis habituales y máxi-
DEFINICIONES
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mas, indicadas en Farmacopea o, en su au-sencia en bibliografía internacional de re-
ferencia; el farmacéutico puede solicitar almédico prescriptor que ratique la dosis yvuelva a rmar la receta. Pero si al conoci-miento del farmacéutico la dosis aún rati-cada, considera que puede producir incon-venientes al paciente, puede excusarse deprepararla. La receta debe indicar tambiénla vía e indicaciones de administración, losdatos completos del profesional prescriptor,los datos del paciente y la fecha de emisión.
1.9 - Medicamento Homeopatico:Es todo medicamento constituido por sus-tancias de origen vegetal, mineral, animal ode composiciones naturales, provenientesde productos siológicos o patológicos, pre-parados según principios y técnicas propiasde la Homeopatía establecidas en Farmaco-peas Homeopáticas Ociales.
1.10 - Medicamento Huerfano:Se dene como aquel medicamento, fórmulamagistral o droga destinada al tratamiento,prevención o diagnóstico de aquellas enfer-medades catalogadas como raras o pocofrecuentes, y que no se encuentran disponi-bles comercialmente.
1.11 - Prescripcion o Receta:Es un documento redactado por un profe-sional de la salud autorizado, con un n cos-
mético, higiénico, diagnóstico, preventivo oterapéutico.
1.12 - Droga Farmaceutica: Es toda sustancias simple o compuesta ,natural (de origen vegetal, animal o mine-ral) ó sintética que puede emplearse en lapreparación de medicamentos, medios dediagnóstico, productos dietéticos, higiénicos,cosméticos u otra forma destinada a los se-res vivientes.
1.13 - Formulacion NormalizadaHospitalaria:
Es toda preparación realizada en el laborato-rio de la farmacia hospitalaria, que se encuen-tra incluída en la guía farmacoterapéutica delhospital y sustentada por la experiencia y porla relación médico-paciente-farmacéutico. Espreparado y dispensado bajo receta en la far-macia del mismo hospital.
1.14 - Formulacion NormalizadaOficinal:
Es toda preparación realizada en el labora-torio de la farmacia, sustentada por la expe-riencia y por la relación médico-paciente-far-macéutico. Es preparado por el farmacéuticoen el laboratorio de su farmacia, dispensandobajo la condición de venta que corresponda.Para preparaciones de uso frecuente, y conla nalidad de responder racionalmente a lasnecesidades de la dispensación, se podránpreparar anticipadamente a la prescripcióncuando exista documentación respaldatoria
de la estabilidad del preparado.
1.15 - Preparado: Es toda formulación manufacturada en lafarmacia, con un n higiénico, cosmético, nu-tricional, diagnóstico, preventivo ó terapéuti-co, destinada a los seres vivos.
1.16 - Excipiente:Es toda droga farmacéutica que tiene como
objeto ser vehículo, posibilitar la preparacióny estabilidad, modicar las propiedades or-ganolépticas, o determinar las propiedadessicoquímicas y la bio-disponibilidad en unpreparado.
1.17 - Codex Farmaceutico BonaerenseEs una publicación del Colegio de Farmacéu-ticos de la Pcia. de Buenos Aires destinadafundamentalmente a normalizar procedi-mientos, métodos y técnicas de preparaciónde medicamentos u otros productos para lasalud, manufacturados en el laboratorio dela farmacia.
definiciones
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1.18 - Buenas Practicas dePreparacion en Farmacias:
Es el conjunto de Normas y Procedimientosque contribuyen a asegurar la calidad de losproductos preparados en la farmacia apro-badas por Resol 08/2012 por el Ministerio deSalud de la Prov. de Buenos Aires..
1.19 - Nuevas definiciones dePsicotropicos, Psicofarmacos yEstupefacientes ( Por Disposición de la ANMATNº 885/2010 de fecha 22-02-2010, se ha establecido las
siguientes defniciones):
Psicotropicos: Cualquier sustancia natural osintética, capaz de inuenciar las funcionespsiquicas por su acción sobre el SistemaNervioso Central (SNC).
Psicofarmacos: Todo producto farmacéuticocompuesto por sustancias psicotrópicas, uti-lizado como objeto de tratamiento de pade-cimientos psiquicos o neurológicos.
Estupefacientes: Toda sustancias psicotrópi-ca, con alto potencial de producir conducta
abusiva y/o dependencia (psiquica/física, conperl similar a morna, cocaína, marihuana,etc.) actuando por sí misma o a través de laconversión en una sustancia activa que ejer-za dichos efectos.
definiciones
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CAPiTULO 22. NOTAS DE INTERES
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Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires
2.1 – Libro Recetario Informatizado(sistema electrOnico)
Se recuerda que, como resultado de las dili-gencia que realizara este Colegio ante la Au-toridad Sanitaria, la Dirección de FiscalizaciónSanitaria del Ministerio de Salud de la Prov.de Buenos Aires ha autorizado, mediantenota 0804 de fecha 15 de julio del 2010, a
los Farmacéuticos Directores Técnicos deFarmacias a optar por llevar el registro de ladispensa de especialidades medicinales deventa bajo receta archivada mediante dossistemas:
•El sistema tradicional de la transcripciónde recetas en forma manuscrita al LibroRecetario, rmando el mismo al nalizarel día.•Sistema de registro informatizadodonde el farmacéutico director técnicode la farmacia deberá al nalizar el díade trabajo, pegar el registro impreso alas hojas foliadas y rubricadas por esteMinisterio del Libro Recetario, además dela rma y sello de juntura de la farmaciade forma que este registro no puedeser adulterado de ninguna manera. Estesistema solo podría ser implementadopor las farmacias para el Libro Recetario.•En cuanto a las descargas dePsicotrópicos de Lista II y III, y de los
Estupefacientes, la misma deberá seguirsiendo transcripta en forma manuscritaen los libros correspondientes, de
conformidad a lo establecido por el art.12º de la Ley 19.303 y art. 15º de la Ley17.818.-
Consideramos que los colegas que deseenutilizar el “Sistema de Registro Informatiza-do” del Libro Recetario, verán disminuidassus tareas administrativas de estar transcri-biendo una por una las recetas de Psicotró-picos y Estupefacientes.- Es por ello que lesugerimos ponerse en contacto con su pro-veedor de “Sistema de Gestión de Farmacia”,para utilizar esta nueva herramienta infor-mática.
2.2 - INSTRUCTIVO PARA TRaMITES DELIBROS DE FARMACIA
Los colegas que deseen tramitar Libros deFarmacia (Recetario, de Psicotrópicos, deEstupefacientes, Inyectables, Tóxico), ante la
Autoridad Sanitaria por intermedio del Co-legio de Farmacéuticos, deben presentar lasolicitud (ver nota en la siguiente pág.) ante elColegio de Farmacéutico del Partido corres-pondiente, adjuntando los rótulos de su far-macia y en el caso de “Recetario”, tambiénadjuntar una foto tipo carnet del D.T. 4 x 4.-
PARA EVITAR INCONVENIENTES, le adjunta-mos un modelo de rótulo según lo estableceel Petitorio Farmacéutico (Decreto 3521/00),
y remitir un rótulo Rojo y un rótulo Blancopor cada Libro que solicite.-Los rótulos deben estar confeccionados en
12 | Drogas farmacéuticas
NOTAS DE INTERES
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Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires Drogas farmacéuticas | 13
Señora Presidente del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos AiresFarm. María Isabel ReinosoPresente
El/La que suscribe, Farm. ........................ ......................... ...................... Mat. nº............................. ....a cargo de la dirección técnica de Farmacia ............................................................................................ubicada en calle .........................................................................................................., nº ......................, de la localidad de..............................................................., partido .........................................................Solicita el/los siguiente/s Libro/s:
Libro Recetario 500 fsLibro Recetario 1000 fsLibro Psicotrópicos 200 fsLibro Psicotrópicos 500 fsLibro EstupefacientesLibro TóxicosLibro Inyectables
Con envío Si No
Asimismo, autorizo al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires a cobrar el/los libros indicados junto a la próxima cuota de matricula profesional del cheque que entrego junto a la presente a las autoridades de la Filial ....................... del interdepósito que efectué el día ............ y cuyo comprobante acompaña la presente
Tildar lo que corresponde
.....................de............................................del año................................................................................................
Sello de Farmacia Firma del Farmacéutico/a.
Nota: Recuerde que para solicitar el/los libros deberá estar previamente habilitado y reconocido por Disposición delMinisterio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. Además de tener las cuotas de afiliación al Colegio al día.-
Farmacia:Propiedad:D. Técnico: mat. Nº
Dirección: Localidad Tel.
Rp:
F.F. CantidadVía de Adm.MédicoPacienteReceta NºFecha
Manténgase fuera del alcance de los niñosCompletado su tratamiento deseche el resto
Precauciones:Conservación:
Farmacia:Propiedad:D. Técnico: mat. Nº
Dirección: Localidad Tel.
Rp:
F.F. CantidadVía de Adm.MédicoPacienteReceta NºFecha
Manténgase fuera del alcance de los niñosCompletado su tratamiento deseche el resto
Precauciones:Conservación:
Rotulos paraUSO EXTERNO
Nota para solicitar libros de farmacia
Rotulos paraUSO INTERNO
notas de interes
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papel totalmente rojo y letras negras (paraUSO EXTERNO) y en papel totalmente blanco
y letras negras (para USO INTERNO).-En cuanto al tamaño de los mismos deberáadaptarlo a lo que estime más adecuado,siempre que lleve impreso lo que encontraráen la siguiente página.
2. 3 – TramitaciOn de Vales para laadquisiciOn de PsicotrOpicos y Estu-pefacientes
Los colegas que deseen tramitar VALES parala compra de Psicotrópicos y Estupefacientesante la Autoridad Sanitaria por intermediodel Colegio de Farmacéuticos, debe remitir lasolicitud (Ver Formulario adjunto al pie de lapágina siguiente), cuyo original lo pueden ba-
jar de la pág. Web del Colegio (www.colfarma.org.ar) (Relaciones Profesionales).-Recuerde
que el Farmacéutico Director Técnico, Reem-plazante y/o Co-Director Técnico reconocidopor la Autoridad Sanitaria, es el que puederealizar el pedido.
2.4 - Registro de PsicotrOpicos yEstupefacientes por nombre genErico:
El asiento en el Libro Recetario y/o Psicotró-picos o Estupefacientes, debe realizarse por
el nombre genérico de la droga y a conti-nuación colocar el nombre de la marca co-mercial dispensada a los efectos de facilitarel contralor. En la receta se debe aclarar aldorso de la misma, el nombre comercial delproducto (en caso de que así ocurriera) y ha-cerle rmar al interesado.
El que suscribe, Farm…………………………………………………........................Mat. nº……………..A cargo de la dirección técnica de………………………………………...................……………………Ubicada en calle……………………………………………………….Nº…………………...................... ........De la localidad de…………………………………………………….. Partido……………..........................
Solicita Formularios Oficiales para:
( ) Adquisición de Psicotrópicos x 20 ( ) x 40 ( )( ) Adquisición de Estupefacientes x 10 ( ) x 20 ( )( ) Devolución de Psicotrópicos x 5( ) Devolución de Estupefacientes x 5Trámite con envió SI ( ) NO ( ) Con autorización en caso de ser Comisionista(tildar lo que corresponde)
Según lo establecido en la Ley 17.818 y Ley 19.303.
Asimismo autoriza al Colegio de Farmacéuticos de la Prov. de Buenos Aires a cobrar el trámite para la obtención deVales junto a la cuota de matrícula profesional y, en caso de estar adherido , descontar dicho saldo de los saldosacreedores que tenga a percibir el Sistema Unificado/Sifar.
………………..de…………………del año……….
Sello del Establecimiento ……………………………………………… (Firma del Farmacéutico)
1.-Complete la parte superior del Formulario.2.-Consigne su nº de CONTROL. (Su omisión retarda el trámite).
Nota: Recuerde que para solicitar Vales, deberá estar previamente habilitado y reconocido por Disposición del Ministerio deSalud de la Prov. de Buenos Aires. Además de tener las cuotas de afiliación al Colegio al día.
Número de Control: …......……………
FORMULARIO
notas de interes
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2,5 - Buenas prActicas de distribuciOnde productos farmacEuticos:
Se recuerda que la Disposición 3475/2005 dela Administración Nacional de Medicamen-tos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT),estipula: La cadena de distribución com-prende exclusivamente los establecimientosdebidamente habilitados por la AutoridadSanitaria. Queda expresamente prohibida alos distribuidores la entrega , ni aún a títulogratuito, de los productos farmacéuticos aestablecimientos no habilitados por la Auto-
ridad Sanitaria. Esto resulta de cumplimien-to Obligatorio para todas las Distribuidoras yDroguerías que actúan en jurisdicción Nacio-nal o efectúan tránsito interjurisdiccional demedicamentos (Prov. de Buenos Aires).Por ello se recuerda que se encuentra pro-hibida la entrega también de especialidadesmedicinales en forma directa a los pacientespor parte de los laboratorios, distribuido-ras y/o droguerías.- En el caso de las ObrasSociales,Prepagas, etc, solamente los me-
dicamentos deberán ser entregados porfarmacias habilitadas, encontrándose pro-hibida la entrega en domicilio administrati-vos carentes de toda habilitación sanitaria yde un profesional responsable (se reere aldomicilio de las Obras Sociales, Prepagas uotros no autorizados).
2.6 - VENCIMIENTO DE PSICOTROPICOS YESTUPEFACIENTES:
Los productos que fueron adquiridos con“Vales” (formularios ociales por cuadrupli-cado), podrán ser devueltos a la Droguería oLaboratorio, utilizando un método análogo,por intermedio de VALES OFICIALES PARA LADEVOLUCIÓN.En caso de no efectuarse la devolución, sedeben guardar los Psicotrópicos y Estupe-facientes vencidos (separados del resto delos medicamentos) a la espera de inspecciónque realice el Ministerio de Salud de la Prov.
de Buenos Aires para su decomiso.- Para losPsicotrópicos Lista IV vencidos y que se ad-quieren sin Vales, guardarlos en igual forma.
2.7 - RECOMENDACIONES SOBRE RECETASDE ARCHIVO:
Se recuerda a los Farmacéuticos que las re-cetas de archivo, deben ser pasadas diaria-mente al Libro Recetario y en los casos quecorresponda, también al de Psicotrópicos oEstupefacientes. Las mismas deben ser fe-chadas, rmadas, numeradas y selladas.En el caso que no hubiere recetas de archivoese día, se debe rmar el Libro Recetario conla nota “Sin Recetas”.Las Recetas de Psicotrópicos Listas II, III y IV,
y las de Estupefacientes Listas I, II y III, debe-rán ser archivadas por dos años y sólo po-drán ser destruidas previa intervención dela Autoridad Sanitaria.Las facturas de compras de productos psi-cotrópicos y estupefacientes (todas las lis-tas), deben ser guardadas y archivadas en lafarmacia por dos años: quedando a disposi-ción de las Autoridades Sanitarias cuando lasrequieran. En el caso de ser retiradas por elContador (por alguna emergencia), deberán
ser reemplazadas por fotocopias.Los Vales de adquisición y/o devolución dePsicotrópicos y Estupefacientes, deben man-tenerse ordenados, manteniendo un ordencorrelativo, estén usados o no.
2.8 - Para la destrucciOn de Drogas y Medicamentos
Por parte de las Farmacias, se realizará por
medio del Sistema de Residuos Patogénicosque obligatoriamente debe tener.En el caso de Psicotrópicos y Estupefacien-tes, deberá solicitar autorización previamen-te al Ministerio de Salud de la Provincia; yotorgado el mismo, recién podrá destruirlos;el cual podrá gestionarlo por intermedio delColegio de Farmacéuticos de la Prov. de Bue-nos Aires..-
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2.9 - Destino de los Vales yRecetas Oficiales de psicotrOpicos y
estupefacientes:
En la Prov. de Buenos Aires, los Vales para laadquisición de Psicotrópicos y Estupefacien-tes que entrega la Autoridad Sanitaria, sonpor Cuadruplicado, el comprador (por ej. Far-macia que adquiere a Droguería), le remitelos cuatro ejemplares a la Droguería, ésta ledevuelve a la Farmacia el Original y Cuadru-plicado (sellado y rmado) con los psicotró-picos y/o estupefacientes. La Droguería se
queda con Duplicado y Triplicado, envía a laAutoridad Sanitaria que la controla el Dupli-cado y archiva el Triplicado. En el caso de laFarmacia se queda con el original que debearchivar.- Los establecimientos (Droguerías y Farmacias)radicados en la Prov. de Bs.As. que adquieranestos productos a establecimientos radicados enotra jurisdicción (Capital Federal u otra Provin-cia) NO DEBEN ENVIAR NINGUNA DOCUMENTA-CION a otro lugar que no sea el Ministerio de
Salud de la Prov. de Bs.As.Nota: Cada establecimiento esta sujeto al con-trol de la Autoridad Sanitaria de su Jurisdicción
y debe notifcar solamente a ella y remitir la do-cumentación ya sea por enajenación mediante“Vales” de Psicotropícos o Estupefacientes o pordispensa de ellos (Recetas Ofciales).-Se recomienda el uso de carbónicos en buenestado para que, tanto los duplicados, tripli-cados y cuadruplicados de los Vales de Ad-quisición, SEAN BIEN LEGIBLES, igualmente
que la letra sea clara y los sellos (tanto de lasfarmacias como de las droguerías) tambiénsean bien legibles para su correcta identi-cación por parte de la Autoridad Sanitaria.En el caso de las recetas ociales que se de -ben remitir a la Autoridad Sanitaria, los far-macéuticos deben rmar al reverso las mis-mas y colocarles el sello de su farmacia enforma legible.
NOTA: En todos los casos que el médico no in-dique en la receta dosis y tamaño de un Psico-
trópico o Estupefaciente, el farmacéutico debedispensar la menor dosis y el envase con menorcontenido de unidades.
Cuando se trate de Psicotrópicos incluidos enla Lista II, no se podrá dispensar cantidad que
supere para no más de Veinte (20) días de tra-tamiento según la dosis instituida por vez y pordía.En el caso de los Estupefacientes, recordar queno se puede dispensar mayor cantidad que nosea para no más de diez días de tratamientosegún la dosis instituida por el médico por vez
y por día.
2.10 – Condiciones de venta de lasEspecialidades Medicinales (Decreto
9763/64).
Artículo 35: En las autorizaciones de elabo-ración y venta de las especialidades medici-nales y de los medicamentos industriales yen los certicados que en su consecuenciase extienda, se dejará constancia de las con-diciones bajo las cuales deberán ser despa-chadas en las Farmacias.- Esas condicionesserán: a) Venta bajo receta y decreto
b) Venta bajo receta archivada c) Venta bajo receta d) Venta libreLa condición de Venta Bajo Receta y Decreto,corresponde a todas aquellas especialidadesmedicinales y medicamentosas industrialesque por la naturaleza de los principios ac-tivos que los integran se encuentran com-prendidas dentro de los Decreto Nº 126.351del 19 de febrero de l938 y 130.827 del 17 deseptiembre de 1942, y de las Resoluciones
Ministeriales que en su consecuencia y por laaplicación de los Convenios Internacionalesde que el pais es parte, sobre la fabricación,circulación y expendio de las sustancias toxi-comanígenas, deben quedar sometidas a uncontrol ocial.Corresponde la condición de Venta Bajo Re-ceta Archivada, a todas aquellas especialida-des medicinales y medicamentos industria-les constituídos por principios activos quepor su acción sólo deben ser utilizados bajorigurosa prescripción y vigilancia médica, porla peligrosidad y efectos nocivos que un usoincontrolado puede generar.Corresponde la condición de Venta Bajo Re-
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ceta a todas aquellas especialidades medici-nales y medicamentos industriales que son
suscriptibles de ser despachados con pres-cripción médica másc de una vez.-Corresponde la condición de Venta Libreaquellos medicamentos destinados a aliviardolencias que no exigen en la práctica unaintervención médica.
2.11 -COMERCIALIZACION Y DISPENSACIONDE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOSEN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Estupefacientes: Acorde con las normas dela Ley Nac. 17.818 y Ley Provincial 10.606,la comercialización entre establecimientoshabilitados se debe realizar con Vales o For-mularios Ocializados para la adquisición deEstupefacientes, incluidos en las Listas I, II yIII; ya sea desde Laboratorios a Droguería oa las Farmacias, o desde Droguerías a Farma-cias. (Lista IV son de Uso Prohibido).
La dispensación al público se realizará exclu-
sivamente en Farmacias Habilitadas por in-termedio de las Recetas según correspondaal Listado en el que esta incluido el estupe-faciente.
Para los Estupefacientes incluidos en lasListas I y II, con Receta Ocial por triplicado(cuando se trata de un establecimientos hos-pitalario, los recetarios tienen perforacionesque indican “numeración del establecimien-to”; y cuando las Recetas Ociales provienende médico particular, tienen numeración
perforada correspondiente a la matrícula delmédico).
Para Lista III, con receta ocial Rosa (Decreto3321/95 y 1323/01.
(Para Lista IV: USO PROHIBIDO).
NOTA: En todos los casos, las recetas debencontener los datos del paciente. El farma-céutico debe rmar, fechar, sellar y numerarlas mimas conforme al Art. 16 de la Ley Nac.17.818. Dar asiento en el Libro Recetario y Es-
tupefaciente.RECORDAR que no se puede entregar Es-tupefacientes para más de 10 días de tra-
tamiento, según la dosis instituída por vezy por día por el médico (Art. 18 de la citada
norma).Las facturas de compra de los Estupefacien-tes deben permanecer en la Farmacia y/oDroguería, a disposición de los inspectoresdel Ministerio de Salud.
Psicotrópicos: Según las normas estableci-das en la Ley 19.303 y Ley Prov. 10.606, lacomercialización entre establecimientos ha-bilitados debe realizarse con:
Para Lista I: USO PROHIBIDO
Para Lista II y III con Vales o Formularios O-cializados para la adquisición de psicotrópi-cos.
Para Lista IV con facturas por duplicado yseparado del resto de los medicamentos, lasque se deben archivar separadamente pordos años.-
Nota: Las facturas de compras de los Psicotró- picos, incluyendo los de Lista IV, deben perma-necer en la Farmacia y/o Droguería, a disposi-ción de los inspectores del Ministerio de Salud.
En ningún caso los Laboratorios o Droguerías podrán suministrar Psicotrópicos a estableci-mientos que no se encuentren con farmaciahabilitada por la Autoridad Sanitaria.
En la dispensa al público, tener en cuentaque para:
Lista I: USO PROHIBIDO
Lista II: Con receta Ocial por triplicado (ori-ginal y duplicado para la farmacia)
Lista III y IV: Con receta Naranja o Rosa (De -creto 3321/95 y 1323/01).
EN NINGUN CASO SE PODRA DISPENSARPSICOTRÓPICOS de la LISTA II para más de20 días de tratamiento ( art. 16 de la Ley Nac.19.303).
En las compras a Droguerías o Laboratorios,los psicotrópicos se adquieren con Vales losde Lista II y III, y con facturas los de Lista IV.
Prohibición de VENTA DE PSICOTRÓPICOS A
CLINICAS Y SANATORIOS U HOSPITALES SINFARMACIA HABILITADA por parte de Labora-torios y Droguerías La Ley Nac. 19.678 supri-
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me la adquisición en forma comercial de Psi-cotrópicos a hospitales o establecimientos
de asistencia médica sin farmacia habilitada;en consecuencia estos establecimientos nopueden adquirir ningún medicamento quese encuentre dentro de los Listado de Psi-cotrópicos. Esto signica que los pacientesdeberán adquirirlo en forma individual.
En los casos de pacientes internados querequieran Estupefacientes, podrán adquirirlos mismos en farmacias con los Recetarios acargo del Director Médico del establecimien-to y que se encuentre autorizado por Dispo-
sición del Ministerio de Salud de la Provinciade Buenos Aires; exclusivamente a nombrede cada paciente, respetando las dosis máxi-mas que establece la norma para el medica-mento según a la Lista que pertenezca (paraEstupefacientes no más de 10 días de trata-miento.
Cuando el paciente internado requiera Psico-trópicos, las recetas deberán ser prescriptaspor el médico tratante; y cuando se trate dePsicotrópicos Lista II, para no más de 20 días
de tratamiento).-Se advierte que los recetarios de prescripciónutilizados por el Médico Director no dierenen cantidad ni en modalidad de prescrip-ción, respecto a lo que pueda prescribir otroprofesional médico..- (No se puede entregarpsicotrópicos o estupefacientes, ni aún en losrecetarios ociales por triplicado que indique
“Uso Sanatorial”, ya que la prescripción debehacerse a nombre del paciente).
2.12 - VENTA PSICOTRoPICOS Y ESTUPEFACIENTES PARA USOVETERINARIO:
El farmacéutico podrá dispensar Psicotrópi-cos Lista II, III y IV para uso Veterinario soloen recetarios ociales por duplicado, que lesprovee el Colegio de Veterinario a los Médi-cos Veterinarios. En dicho recetario deberá
gura el nombre y domicilio del propietariodel animal, fecha y dosis; deberá hacersermar la receta por la persona que retira elmedicamento dejando constancia de sus da-tos. Cuando se trate de Psicotrópicos Lista II,las recetas deberán ser visadas previamentepor el Ministerio de Salud de la Prov. de Bue-nos Aires.-
Para los Estupefacientes la dispensa es se-mejante y la receta deberá venir en formula-rios que indiquen “Estupefacientes”.-
2,13 - PRESCRIPCIoN DE PSICOTRoPICOS YESTUPEFACIENTES POR ODONToLOGOS:
Se recuerda que los profesionales Odontólo-gos NO ESTAN AUTORIZADOS para prescri-bir ni psicotrópicos ni estupefacientes.
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CAPiTULO 3 3. DROGAS FARMACEUTICAS
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3.1 - AnsiolIcos asociados yAnorexIgenos:Por Decreto Nº 1.691/06, El Poder Ejecuti-vo de la Prov. de Buenos Aires, ha prohibi-do en el ámbito de la misma, la fabricación,manipulación, comercialización, prescripcióny uso de medicamentos industrializados opreparados magistrales conteniendo sus-tancias ansiolíticas asociadas con sustancias
simpaticolíticas y parasimpaticolíticas- Prob.Bs.As. B.O. 25-07-06 (Texto del Decreto: Artí -culo 1º: Prohíbese en el ámbito de la Prov. deBuenos Aires, la fabricación, manipulación,comercialización, prescripción y uso de me-dicamentos industrializados o preparadosmagistrales conteniendo sustancias ansio-líticas, asociadas con sustancias simpatico-líticas y parasimpaticolícas, por los motivosexpuestos en el Anexo “Fundamentos” queforma parte del presente acto.- Artículo 2º:-Prohíbese en el ámbito de la Prov. de BuenosAires, la fabricación, manipulación, comercia-lización, prescripción y uso de medicamen-tos industrializados o preparados magistra-les conteniendo sustancias anorexígenas,asociadas entre sí, o con sustancias ansiolíti-cas, diuréticas, hormonas, extractos hormo-nales, laxantes o también con cualquier otrasustancias medicamentosa, por los motivosexpuestos en el Anexo “Fundamentos” queforma parte del presente acto.- Artículos 3º,4º y 5º de forma.-
Nota:- Se recuerda que la prohibición antesmencionada abarca a la preparación para unmismo paciente de las combinaciones de las
drogas, aún fórmulas por separado. Es de-cir que la prohibición es al “USO”, por consi-guiente los riesgos para la salud del paciente,son los mismos si se ingiere la mezcla de lasdrogas incompatibles juntas, o por separa-do..
3.2 - Clozapina: Es una droga incluída en la Lista III de Psi-
cotrópicos (Ley 19.303)de Venta Bajo RecetaArchivada y bajo vigilancia intensiva y someti-da a un programa de monitoreo para pacien-tes ambulatorios e internados.(Se debe darasiento en el Libro Recetario y en el Libro dePsicotrópicos) Guardar la Receta (en la Prov.de Bs.As. RECETA ROSA) y tomar los datosdel paciente. (vericar que el médico en lareceta deje constancia de: “Control Hemato-lógico Normal”.(en caso que en la receta noconste Hemograma Normal, no dispensarClozapina)El Farmacéutico para dispensar Clozapinanecesita acreditarse previamente realizan-do un Curso de actualización (Dispensa-ción y Farmacovigilancia de Clozapina) (Disp.935/2000 y 5625/2000 de la ANMAT).- Di-cho Curso instrumentado por el Colegio deFarmacéuticos de la Prov. de Bs.As. (Resol.del 02-09-03), se puede realizar a distancia;bajarlo de la pág. Web del Colegio en www.colfarma.org.ar, (sección Educación Perma-nente) leerlo y enviar las respuestas por e-
mail (agregando los datos del farmacéuticoy número de matrícula a: [email protected] luego de la evaluación, la Institución
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DROGAS FARMACEUTICAS
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le remitirá al Farmacéutico el “Certicado deAprobación” del curso y la acreditación co-
rrespondiente por nota que se le adelantarápor vía Fax. (La acreditación aludida, debepresentarla en fotocopia a la Droguería y/oLaboratorio que le provee Clozapina).-Nota: Se aclara que la acreditación es al “Far-macéutico” y no a la farmacia; por lo tanto sien una farmacia hay cambio de Director Téc-nico, el nuevo deberá estar acreditado parala dispensa de la mencionada droga.
3.3 - Dextropropoxifeno:
Analgésico relacionado estructuralmentecon la metadora, Estupefaciente de Lista II- ( dispensado en la farmacia con Formula-rio Ocial por Triplicado, con la característicaque si el producto tiene menos de 135 mg.por unidad posológica, el medicamento pasaa Lista III de Estupefacientes y la dispensa escon “Receta Rosa”)., pero siempre se adquie-re desde la Farmacia con VALES a la Drogue-ría.
La Administración Nacional de Medica-
mentos, Alimentos y Tecnología Médica– ANMAT, ha publicado nuevas adverten-cias sobre Dextropropoxifeno:- julio del2012, que a continualción se transcriben:ADVERTENCIAS (agregar al principio delprospecto del producto y en negrita), losiguiente:Se han producido numerosos casos a ni-vel internacional de sobredosis acciden-tal e intencional con dextropropoxifenosolo o en asociación, algunos de ellos fa-
tales dentro de la primera hora, luego dela ingesta de sobredosis. Muchos de es-tos casos han ocurrido en pacientes queconsumían al mismo tiempo alcohol uotro/s depresores del SNC (tranquilizan-tes, relajantes musculares, antidepresi-vos, etc.).- Los pacientes, sus cuidadoresy las familias deben ser informados sobreeste riesgo y se debe aconsejar sobre lanecesidad de estar alerta ante la apari-ción de ideas y comportamientos suici-
das.Se han descripto casos de pacientes yvoluntarios sanos con modicacioneselectrocardiográcas, por lo que se con-
traindica en pacientes con antecedentescardiacos (arritmias, bloqueos de con-
ducción, prolongación del QTc en el ECG).En ancianos y pacientes con insucienciarenal NO debe administrarse dextropro-poxifeno, dado que puede aumentar elmetabolito cardiotóxico norpropoxifeno.El propoxifeno se encuentra incorporadodentro de un plan de Farmacovigilanciasugerido por la ANMAT.
3.4 - Efedrina y Pseudoefedrina:Por Resolución 1645/2008, el Ministerio de
Salud de la Nación, RESOLVIO:Art. 1º: Prohíbese la elaboración, comercia-lización y uso de efedrina como monodroga,con excepción de la forma farmacéutica in-yectable para ser administrada por vía endo-venosa, intramuscular o subcutánea con unapresentación de frasco ampolla (vial) mo-nodosis con indicación para el tratamientode la hipotensión aguda durante la anestesiaepidural en cesáreas. La condición de ventade la especialidad medicinal autorizada en el
párrafo anterior se restringirá a “Uso Exclu-sivo Profesional y Hospitalario”.- Los labora-torios titulares de la especialidad medicinalque contenga en su composición efedrina enla modalidad autorizada en el presente artí-culo sólo podrán comercializarlas a estable-cimientos asistenciales públicos y/o privadospara los nes indicados.
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Art. 2º: Prohíbase la elaboración, comercia-lización y uso de efedrina asociada a otros
principios activos, para las vías de adminis-tración nasal y oral de uso sistémico. Ordé-nase a los laboratorios titulares de las espe-cialidades medicinales que contengan ensu composición efedrina asociada con otrosprincipios activos para las referidas vías deadministración, el retiro del mercado de lasmismas, dentro del plazo de Noventa (90)días corridos contados a partir de la entradaen vigencia de la presente Resolución.
Art. 3º: Establécese que las especialidades
medicinales que contengan efedrina asocia-da a otros principios activos sólo serán auto-rizadas para la vía de aplicación oftálmica, ytendrán condición de venta bajo receta.
Art. 4º: Autorízase a los laboratorios titularesde las especialidades medicinales que conte-gan efedrina asociada a otros principios ac-tivos para el destino indicado en el art. 2º dela presente Resolución, a reemplazar dichasustancia a través de una solicitud de cam-bio de fórmula farmacéutica, acreditando la
existencia de un producto similar, y acompa-ñando la correspondiente evidencia de co-mercialización y consumo, de conformidada las prescripciones del Decreto Nº 150/92(T.O. 1993) y normas complementarias. A di-chos nes, otórgase un plazo de Treinta (30)días corridos contando a partir de la entra-da en vigencia de la presente Resolución. Encaso de no optar por dicha alternativa den-tro del plazo aludido, o no siendo posible darcumplimiento a los requisitos exigidos por
la normativa vigente en la materia, si así lodetermina la ANMAT, los certicados de lasespecialidades medicinales que contenganefedrina asociadas a otros principios activospara el destino indicado en el art. 2º de lapresente Resolución, quedarán canceladosde pleno derecho.
Art. 5º: Prohíbase la elaboración, comer-cialización y uso de la pseudoefedrina comomonodroga, en cualquier concentración yforma farmacéutica. Ordénase a los labo-
ratorios titulares de especialidades medici-nales que contengan pseudoefedrina comomonodroga a efectuar el retiro del mercado
de las mismas, dentro de los Noventa (90)días contados a partir de la entrada en vigen-
cia de la presente Resolución.Art. 6º: Las especialidades medicinales quecontengan pseudoefedrina en asociación jacon otras drogas, tales como antihistamíni-cos, analgésicos, antiinamatorios, expec-torantes, antitusivos, entre otras, tendráncondición de Venta Baja Receta. La ANMATestablecerá las demás condiciones de auto-rización de estas especialidades medicinalesen el ámbito de su competencia especíca.
Art. 7º: La ANMAT será la autoridad de apli-
cación de la presente Resolución y dictará lasnormas reglamentarias, aclaratorias e inter-pretativas estime pertinentes para su debidaimplementación.
Art. 8º: Establecése que atento a la condi-ción de venta bajo receta asignada por la pre-sente Resolución a la pseudoefedrina comomonodroga o asociada, los laboratorios titu-lares de las especialidades medicinales quela contegan en su composición, no podránefectuar publicidad al público de conformi-dad a lo establecido en el art. 19 inc. d) de laLey 16.463 y normas complementarias.
Art. 9º: El incumplimiento de la presente Re-solución hará pasible a los infractores de lassanciones previstas en la Ley 16.463, actua-lizadas por el Decreto Nº 341/92 y normasreglamentarias.
Art. 10º: La presente Resolución entrará envigencia a partir del día siguiente al de su pu-blicación en el Boletín Ocial.
Art. 11º: De forma…..Fdo. María G. Ocaña.
3.5 . Ergotamina:
La Administración Nac. de Medicamentos,Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), re-cuerda a los profesionales de la salud que losmedicamentos que contengan Ergotamina,deben consumirse bajo prescripción médi-ca; teniendo en cuenta que se han recibidoalgunos reportes de efectos adversos graves
relacionados con el principio activo ergota-mina.- Los medicamentos que contienen di-cha droga se encuentran autorizados como
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de Venta Bajo Receta, por lo que su adminis-tración debe producirse bajo exclusiva pres-
cripción médica.Algunos de los reportes recepcionados da-ban cuenta de la interacción de la drogamencionada con el principio activo ritonavir,el cual se encuentra indicado para el trata-miento del HIV. En tal sentido, cabe destacarque el consumo crónico de ergotamina, o suadministración junto con antirretrovirales in-hibidores de las enzimas del citocromo P450,como el ritonavir, puede provocar una reac-ción adversa grave denominada ergotismo.
Esta se caracteriza por una vasocontricciónperiférica cuyos síntomas son ausencia depulso, frialdad, parestesias y dolor intensode los miembros inferiores y/o de las manos.-Por todo lo expuesto, se desaconseja el usode la ergotamina en forma prolongada o aso-ciado a antirretrovirales.-
3.6 - Esteroides Anabolicos:
Por Ley de la Nación Nº 25.627 (agosto 2002),
se incluyen entre los medicamentos de Ven-ta Bajo Receta Archivada, a todas las espe-cialidades de uso y aplicación en medicinahumana que contengan esteroides anabóli-cos. Todas estas especialidades medicinalesdeben consignar obligatoriamente en su en-vase y rotulado la leyenda: Venta Bajo Rece-ta Archivada – en farmacias únicamente.-(ELFARMACÉUTICO DEBE ANOTAR LA RECETAEN EL LIBRO RECETARIO Y ARCHIVARLA)
3.7 - Isotretinoina: Retinoide utilizado en el tratamiento delAcné y la Psoriasis. Su condición es de VentaBajo Receta Archivada ( sujeto al PROGRAMADE FARMACOVIGILANCIA INTENSIVA) – Dis-posición de la ANMAT Nº 6083 del 27-11-09,debido al riesgo de malformaciones congéni-tas graves.
(Nota: El apart. 1.- de la Disposición 6083,para la prescripción de Isotretinoira expre-
sa: “Se extenderán dos recetas, a saber:una receta habitual (según el formulario dela obra social o sistema prepago, si corres-
ponde) y otra para ser achivada en la farma-cia (dado que son productos de Venta Bajo
Receta Archivada), Esta última receta llevarálos siguientes datos: Nombre y Apellido de lapaciente, edad, cantidad de medicamento,fecha y resultado del último test de emba-razo, fecha de la rma del consentimientoinformado, rma y sello del médico tratante.
3.8 - Ketamina:
La droga Ketamina y/o los medicamentos quela contienen (2-(2clorofenil 1)- (metilamino)-
ciclohexanona), permanecen en la Lista II dePsicotrópicos , bajo la condición de VentaBajo Receta Archivada (Receta Ocial). Dis-posición de la Anmat 3682/2003.
3.9 - Misoprostol:
Por Disp. 3646/98 de la ANMAT, los medica-mentos que contienen la droga Misoprostol,tienen la condición de Venta Bajo Receta Ar-chivada (receta común del médico, dar asien-
to en el Libro Recetario y se archiva la receta(tomar datos del paciente).- CONTRAINDICA-CION SEVERA EN EMBARAZO.
3.10 - Nimesulida:
Droga de USO PROHIBIDO por Disposiciónde la ANMAT 4430/2009.-Sustancia aintiina-matoria, analgésica y antipirética, inhibidorade la síntesis de prostaglandinas.-Hepato-tóxica.-
3.11 - Sibutramina:
(prohibido el uso y la venta) Es una sustanciaanorexígena con mecanismo de acción dife-rente a las anfetaminas que actúa inhibiendola recaptación de la serotonina y norepinefri-na. (Prohibida la venta y uso de la misma porel ANMAT –Disposición 6533/2010 (publica-da en el Boletín Ocial de la Nación Nº 32.019del 02/11/2010). Ademàs en la Prov. de Bs.As.por Resol. 196 del Ministerio de Salud de fe-cha 4-11-10, publicada en B.O. 26.479 se haprohibido también en las preparaciones ma-gistrales
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3.12 - Talidomida:Por Disp. 2552795 y 7720/2006 de la AN-
MAT, la droga esta sujeta a FarmacovigilanciaIntensiva cuando la misma se indique paracualquier otra enfermedad distinta del Erite-ma Nodoso Lepromatoso. Su uso queda bajola responsabilidad médica. Los pacientes de-ben rmar un formulario de ConsentimientoInformado, y la pueden obtener en forma in-dividual al Laboratorio o por intermedio deinstituciones de salud. Mayor informaciónen la pág. Web de la ANMAT en: www.anmat.gov.ar
Si la mencionada Droga es prescripta paraser utilizada en ERITEMA NODOSO LEPRO-MATOSO, el medicamento es entregado so-lamente por el Ministerio de Salud, ProgramaNacional de Lepra, en forma gratuita y bajoadministración controlada en los Serviciosy/o consultorios para ello habilitado.Vigilancia Intensiva de Talidomida esta basa-da en el riesgo potencial que implica su usoespecícamente por su capacidad teratogé-nica de producir malformaciones fetales.
3.13 - Tioamilal Sodico y TiopentalSodico: Psicotrópicos Lista III de Uso para pacien-tes internados exclusivamente.- El productodebe ser prescripto en Recetario Ocial y porel médico tratante del paciente.-
3.14 - PREPARACION DE MORFINA
SOLUCION Y JARABEPonemos a disposición de los colegas, dosformulaciones desarrolladas en el Labora-torio de Control de Calidad del Colegio deFarm. de la Pcia. de Buenos Aires (publicadasen el Códex Farmacéutico Bonaerense), conla nalidad de facilitar la tarea de prepara-ción.
Morna, solución: Preparado Ocinal (Revisión I – abril 2011)
Sinonimia: Morna Gotas
Fórmula Cuantitativa
Morna Clorhidrato Trihidrato c.s.
Metilparabeno 0,18 g.Propilparabeno 0,02 g.Propilenglicol 10,0 g.Edta disódico dihidrato 0,01 g.Acido Cítrico anhidro 0,32 g.Citrato de sodio dihidrato 0,22 g.Agua puricada c.s.p. 100 ml.
Fórmula práctica
Morna Clorhidrato Trihidrato c.s.
Excipientes CFB03 c.s.p. 100 ml.
Materias primas Calidad
Morna Clorhidrato Trihidrato FarmacopeaPropilenglicol FarmacopeaEdta disódico FarmacopeaAcido cítrico FarmacopeaCitrato de sodio FarmacopeaAgua conservada CFB01 ver monografía
Elementos Condición
Material volumétrico IndispensableBalanza indispensablePh metro o tiras de ph indispensable
Metodología
Realizar los cálculos necesarios para pesar lacantidad de principio activo que contenga lorequerido de morna clorhidrato trihidrato.
En recipiente adecuado colocar la mornay el 90% del volumen del excipiente CFG03,agitar hasta disolución total. Controlar el ph.En caso de necesidad realizar los ajustes consoluciones concentradas de ácido cítrico ocitrato de socio. Completar a volumen, ltrarsi es necesario.
Envasado y Rotulado
Utilizar envases de vidrio o plástico, inactíni-
cos u opacos, de cierre perfecto.Etiquetado acorde con Normas BPPFASEGURAMIENTO DE CALIDAD
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Drogas farmacéuticas | 25Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires
1. Caracteres generales: líquido límpido,incoloro o ligerante amarillento, libre de
elementos extraños.2. Control de contenido3. Hermeticidad del cierre4. pH: entre 3.0 y 4.55. Control de dosicación: Si la adminis-tración es en gotas, el sistema de goterodebe estar calibrado permitiendo denirperfectamente la dosis en mg. por gota.Si se administra como solución se puedenutilizar jeringas de plástico, vasitos dosi-cadores u otro sistema que permita dosi-car correctamente, no se admite el uso decucharas.
CONDICIONES DE CONSERVACION: Debe ser almacenado a temperatura no su-perior a los 40ºC.
FECHA DE VENCIMIENTO: Preparado inter-medio: 12 meses
Preparado terminado: 6 meses
USOS: Analgésico opioide de uso oral
POSOLOGIA: De acuerdo a criterio médico
OBSERVACIONES: La solución al 4 % admi-nistrada en gotas, permite en uina sola pre-sentación cubrir prácticamente todas las ne-cesidades posológicas, simplicando la granvariedad de concentraciones prescriptashasta el presente.
Las dosis de morna se ajustarán a las ne-cesidades del paciente, por lo tanto no seestablecen dosis máximas diarias. Esta for-mulación puede administrarse con jugoso bebidas no alcohólicas, para mejorar sugusto; o agregar algunas gotas de saborizan-te y/o edulcorante en la solución antes dedispensar ( en este caso el perioro de venci-miento no será superior al mes)En caso que el paciente no pueda tragar,esta solución puede administrarse por vía
sublingual.
Morna, Jarabe
Preparado Ocinal – Revisión 01- octubre de
2011.Sinonimia: Morna Jarabe
Denición: Es una solución acuosa quedebe contener no menos de 90%, ni más de110’% de la dosis declarada como mornaclorhidrato trihidrato. Puede prepararse endistintas concentraciones con un valor máxi-mo del 2%.-
Fórmula:Morna Clorhidrato, Trihidrato c.s.
Excipientes: Azucar, Metilparabeno, Propil-parabeno, Propilenglicol, Edta disódico dihi-drato, Acido cítrico anhidra, Citrato de sodiodihidrato, Agua puricada c.s.p. 100 ml.
Fórmula práctica:
Morna Clorhidrato Trihidrato c.s.Excipiente CFB03 c.s.
Jarabe conservado CFB09 c . s . p .100 ml.
Materias primas Calidad Morna Clorhidrato TrihidratoFarmacopeaAzúcar FarmacopeaPropilenglicol FarmacopeaEdta disódico Farmacopea
Acido cítrico FarmacopeaCitrato de sodio FarmacopeaAgua conservada CGB01 ver monografía
Elementos Condición
Material volumétrico indispensableBalanza indispensablepH metro o tiras de pH indispensable
Metodología:Realizar los cálculos necesarios para pesar lacantidad de principio activo que contenga lorequerido de morna clorhidrato trihidrato.
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La relación entre Morna clorhidrat trihidra-to y el Excipiente CFB03 debe ser 1,25 para
lograr solubilidad adecuada del activo. Enrecipiente adecuado colocar la morna y elexcipiente CFG03 agiar hasta disolución to-tal. Luego incorporar el jaraba conservadohasta un 90% del columen nal. Controlar elpH. En caso de necesidad realizar los ajustescon soluciones concentradas de ácido cítricoo citrato de sodio. Completar a volumen conCFB09. Filtrar si es necesario.
Envasado y Rotulado
Utilizar envases de vidrio o plástico, inactí-nico u opacos, de cierre perfecto.- Etiquetaracorde a Normas BPPF.
Aseguramiento de calidad:
1.Caracteres generales: líquido límpido,incoloro o muy ligeramente amarillento,libre de elementos extraños.2.Control de contenido3.Hermeticidad del cierre
4.pH: entre 3.0 y 4.5
5.Control de dosicación: Si se administracomo solución se pueden utilizar jeringas
de plástico, vasitos dosicadores, u otrosistema que permita dosicar correcta-mente, no se admite el uso de cucharas.
CONDICIONES DE CONSERVACION:
Debe ser almacenado a temperatura no su-perior a los 40º C.
FECHA DE VENCIMIENTO:
Preparado intermedio: 4 mesesPreparado terminado: 2 mesesEn la actualidad se estan realizando los es-tudios de estabilidad de esta preparación,motivo por el cual las fechas de vencimientoson preliminares
USOS: Analgésico opioide de uso oral
POSOLOGIA: De acuerdo a criterio médico.
OBSERVACIONES……..
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CAPiTULO 44. SUSTANCIAS DE RIESGO(Sustancias controladas bajo la condición de Venta Bajo Receta Archivada)
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AgomelatinaAmisulpridaApomornaAripiprazolAtomoxetinaBaclofenoBromperidolCarisoprodolCisaprida gotas
DapoxetinaDesvenlafaxinaDextrometorfanoDuloxetina*EfedrinaErgotaminaEscitalopramEszopiclonaEtifoxinaFenilpropanolamina
FlumazeniloIsotretinoinaLamotriginaLenalidomidaLitio, carbonatoMilnacipramMisoprostolModanilo**Nimesulida
NorfentaniloOlanzapinaPaliperidonaPapaverinaPregabalinaPseudoefedrinaQuetiapinaRisperidonaSertindol
***SibutraminaSildenalEstanozololSuccinilcolina (Sólo de uso Institucional)Talidomida (ver información mas arriba)TapentadolTestosteronaTiletaminaTopiramatoToxina botulínica
TramadolTrembolonaTrihexifenidiloVareniclinaZaleplonZiprasidonaZolazepamZotepinaZuclopentixol
28 | Drogas farmacéuticas
SUSTANCIAS DE RIESGO
* Efedrina por Resol. 1645/08 de ANMAT- producto inyectable uso exclusivo profesional yHospitalario.** Nimesulida- droga de uso prohibido (Disp. 4430/09 de ANMAT)*** Sibutramina – droga de uso prohibido (Disp. 6533/10 de ANMAT)
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CAPiTULO 55. PsicotrOpicos
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5.1 - LISTADO DE PSICOTROPICOS PORORDEN ALFABETICO(Sustancias comprendidas en la Ley Nac.19.303)
Comercialización y Dispensa:
LISTA I de USO PROHIBIDO en la elabo-ración de especialidades farmacéuticas ofórmulas magistrales (art. 3º-Ley 19.303)LISTA II: Compra con Vales OcialesVenta o dispensa con Receta Ocial (Ven-ta Bajo Receta Archivada)Dar asiento en el Libro de Psicotrópicos,entrada y salida y anotar en Libro Rece-tario.LISTA III: Compra con Vales OcialesVenta o dispensa con Recetario Rosa
(Venta Bajo Receta Archivada)Dar asiento en el Libro de Psicotrópicos,entrada y salida y anotar en Libro Rece-tario.LISTA IV: Compra con factura diferencia-da del resto de los medicamentos.Venta o Dispensa con RecetarioRosa(Venta Bajo Receta ArchivadaAnotar en el Libro Recetario
Lista a laNombre de la Droga que pertenece
- A -
Acepromacina .........................................Lista IV
Aceprometazina .....................................Lista IV
Alcohol tribromoetílico2,2,2-tribromoetanol ............................Lista IV
Alimemazina ..................................Lista IV
Allobarbital ..............................................Lista III
Alpidem ....................................................Lista IV
Alprazolam ..............................................Lista IV
Amineptino
(Disp.Anmat 3634/02 ...........................Lista II
Aminorex .................................................Lista IV
Amitriptilina .............................................Lista IV
Amobarbital ............................................Lista III
Amoxapina ..............................................Lista IV
Anfepromona (Dietilpropión) ..............Lista II
Anfetamina ..............................................Lista II
Aprobarbital ............................................Lista III
Azaciclonol ..............................................Lista IV
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PsicotrOpicos
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- B -
2- CB (Disp.Anmat 3634/02) ...............Lista II
Balbital ....................................................Lista III
Bemperidol .............................................Lista IV
Benacticina ..............................................Lista IV
Benzfetamina .........................................Lista II
Benzoctamina.........................................Lista IV
Brolamfetamina (Uso prohibido) Lista I
Bromazepan ...........................................Lista IVBrotizolam ...............................................Lista IV
Buprenorna ..........................................Lista III
Bupropión ...............................................Lista IV
Butabarbital ............................................Lista III
Butalbital ..................................................Lista III
Butriptilina ...............................................Lista IV
- C -
Camazepam ............................................Lista IV
Captodiamina .........................................Lista IV
Catinona (Uso prohibido) ....................Lista I
Centrofenoxina (meclofenoxato) .......Lista IV
Ciclobarbital ............................................Lista III
Citalopram ...............................................Lista IVClobazam .................................................Lista IV
Clobenzorez ............................................Lista II
Clometiazol ..............................................Lista IV
Clomipramina .........................................Lista IV
Clonacepam ............................................Lista IV
Clorazepato dipotásico ........................Lista IV
Clordiazepoxido .....................................Lista IV
Clorfentermina(Resol.Anmat 878/79 ............................Lista II
Clormezanona ........................................Lista IV
Clorpromazina ........................................Lista IV
Clorprotixeno ..........................................Lista IV
Clotiapina .................................................Lista IV
Clotiazepam ............................................Lista IV
Cloxazolam ..............................................Lista IV
Clozapina .................................................Lista III
- D -
Delorazepam .......................................... Lista IV
Demanyl (fosfato) ...................................Lista IVDesipramina ............................................Lista IV
DET (Uso prohibido) ..............................Lista I
Dexanfetamina .......................................Lista II
Diazepam .................................................Lista IV
Dibenzepina (dibendiazepina) ............Lista IV
Dimetilaminoetanol (adrianol) ............Lista IV
Dixiracina .................................................Lista IV
DMA (Uso prohibido) ............................Lista I
DMHP (Uso prohibido) .........................Lista I
DMT (Uso prohibido) ..........................Lista I
DOET (Uso prohibido) .........................Lista I
Doxepina ..................................................Lista IV
Dronabinol (Uso prohibido) ...............Lista I
Droperidol ...............................................Lista IV
- E -
Estazolan .................................................Lista IV
Etclorvinol ................................................Lista IV
Eticiclidina (Uso prohibido) ..................Lista I
Etifoxina ...................................................Lista IV
Etinamato ................................................ Lista IV
Etriptamina (Uso prohibido)................Lista I
Drogas farmacéuticas | 31
psicotropicos
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32 | Drogas farmacéuticas Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires
- F -
Fenciclidina ..............................................Lista IIFendimetrazina ......................................Lista II
Fenelzina ..................................................Lista IV
Fenetidina ................................................Lista II
Fenuramina ...........................................Lista IV
Fenmetrazina ..........................................Lista II
Fenobarbital ...........................................Lista III
Fenpentadiol ...........................................Lista IV
Fenproporex ...........................................Lista II
Fentermina ..............................................Lista II
Fercanfamina ..........................................Lista II
Fludiazepam ............................................Lista IV
Flufenacina ..............................................Lista IV
Flunitrazepan ..........................................Lista III
Fluoxetina ................................................Lista IV
Flurazepam .............................................Lista IV
Fluspirileno ..............................................Lista IV
Fluvoxamina ............................................Lista IV
Furfenorex ...............................................Lista II
- G -
Glutetimina ..............................................Lista III
GHB(ac. gamma-hidroxibutírico) ......Lista IV
- H -
Halazepam...............................................Lista IV
Haloperidol..............................................Lista IV
Haloxazolam ........................................... Lista IV
Harmalina (Uso prohibido) ..................Lista I
Harmina (Uso prohibido) .....................Lista I
Hexabarbital ...........................................Lista IIIHexapropimato .....................................Lista IV
Hidroxicina ..............................................Lista IV
- I -
Ibogaína (Uso prohibido) .....................Lista IImipramina ..............................................Lista IV
Iproclozida ...............................................Lista IV
Ipronal (Resol. Anmat 855/76) ............Lista III
Isocarboxiacida ......................................Lista IV
- K -
Ketamina (Disp.Anmat 3682/03) ........Lista II
Ketazolam ................................................Lista IV
- L -
Leazepato de etilo ...............................Lista IV
Levanfetamina ........................................Lista II
Levomepromazina .................................Lista IVLevometanfetamina ..............................Lista IILisergída (+) (-) (LSD, LSD-25
(Uso prohibido) ......................................Lista I
Loprazolam .............................................Lista IV
Lorazepam ..............................................Lista IV
Lormetazepam .......................................Lista IV
Loxapina ...................................................Lista IV
- M -
Maprotilina ..............................................Lista IV
4-MTA (Uso prohibido) ........................Lista I
Mazindol ..................................................Lista IV
MDA (Uso prohibido) ............................Lista I
MDA -H-hidro (Uso prohibido) ..........Lista I
MDA -N-metil (Uso prohibido) .......... Lista IMDE, N-metil MDA (Uso prohibido) ..Lista I
psicotropicos
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Drogas farmacéuticas | 33Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires
MDMA(Uso prohibido)..........................Lista I
Medazepam ............................................Lista IVMefenezina ..............................................Lista IV
Mefenorex ..............................................Lista II
Mefexamida ............................................Lista IV
Meprobamato.........................................Lista IV
Metacualona (Uso prohibido) ............Lista I
Metanfetamina racemato ....................Lista II
Metanfetamina .......................................Lista II
Metcatinona (Uso prohibido) ..............Lista IMetilfenidato ...........................................Lista II
Metilpentinol ...........................................Lista IV
Metiprilona ..............................................Lista IV
Metopimazina .........................................Lista IV
Mezcalina (Uso prohibido) ...................Lista I
Mianserina ...............................................Lista IV
Midazolam ...............................................Lista IV
Mirtazapina (Disp. Anmat 7650/98) ..Lista IVMMDA (Uso prohibido) ........................Lista I
Moclobemida ..........................................Lista IV
- N -
Nalbuna .................................................Lista IV
Nefazodona (Disp. Anmat 7650/98) ..Lista IV
N-etilanfetamina(Resol. Anmat 977/86) ..........................Lista II
Nialamida .................................................Lista IV
Nimetazepam .........................................Lista IV
Nitrazepam ..............................................Lista IV
Nomifensin ..............................................Lista IV
Nordazepam ...........................................Lista IV
Nortriptilina .............................................Lista IV
Noxiptilina ................................................Lista IV
- O -
Opipramol ...............................................Lista IV
Oxacepam ...............................................Lista IV
Oxazolam .................................................Lista IV
Oxipertina................................................Lista IV
- P -
Parahexilo (Uso prohibido) ..................Lista IPargilina....................................................Lista IV
Paroxetina................................................Lista IV
Pemolina .................................................Lista II
Penuridol ...............................................Lista IV
Pentobarbital ..........................................Lista III
Pentazocina .............................................Lista II
Perfenazina .............................................Lista IV
PHP, PCPY (Uso prohibido) ..................Lista IPimozida ..................................................Lista IV
Pinazepam ...............................................Lista IV
Piperacetazina .......................................Lista IV
Pipotiazina ...............................................Lista IV
Pipradol ....................................................Lista IV
Pirazetam .................................................Lista IV
Pirovalerona ............................................Lista IV
PMA (Uso prohibido) .............................Lista IPrazepam .................................................Lista IV
Proclorperazina ......................................Lista IV
Prolintane ................................................Lista IV
Promazina (clorhidrato) ........................Lista IV
Prometazina ............................................Lista IV
Propericiazina .........................................Lista IV
Propilhexedrina
(Resol.Anmat 977/86) ...........................Lista IV
psicotropicos
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34 | Drogas farmacéuticas Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires
Protiptilina ...............................................Lista IV
Psilocibina (Uso prohibido) ................Lista I
Psilocina (Psicotsina)(Uso prohibido) ......................................Lista I
- Q -
Quazepam (Resol.Anmat 1927/72 yDisp.3617/96) ..........................................Lista IV
- R -
Reboxetina (Disp. Anmat 7650/98) ..Lista IV
- S -
Secobarbital ............................................Lista II
Selegilina ..................................................Lista IV
Sertralina .................................................Lista IVSTP, DOM (Uso prohibido) ..................Lista I
Sulazepam ...............................................Lista IV
Sulpirida ...................................................Lista IV
- T -
Temazepam .............................................Lista IV
Tenociclidina (Uso prohibido) ............Lista ITetrahidrocannabinol y sus isómerosy variantese estereoquímicas,4-mta(alfa-metiltiofenetilamina)(Uso prohibido) ....................................Lista I
Tetrazepam .............................................Lista IV
Tiamilal sódico (uso en internación) Lista III
Tianeptino ...............................................Lista IV
Tiopental sódico(uso en internación) ..............................Lista III
Tioproperazina .......................................Lista IV
Tioridazina ...............................................Lista IV
Tiotixeno ..................................................Lista IV
TMA (+ / - )3,4,5 trimetoxi-alfa-metilfenetilina(USO PROHIBIDO) ..................................Lista I
Tranilcipromina .......................................Lista IV
Trazodona ................................................Lista IV
Triazolam ..................................................Lista IV
Triuoperazina........................................Lista IV
Triuperidol .............................................Lista IV
Triupromacina (clorhidrato) ..............Lista IV
Trimipramina ...........................................Lista IV
- V -
Venlafaxina ..............................................Lista IV
Vinilvital ....................................................Lista III
- Z -
Zipeprol ....................................................Lista II
Ziprasidona .............................................Lista IVZolpidem ..................................................Lista IV
Zopiclona .................................................Lista IV
psicotropicos
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Drogas farmacéuticas | 35Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires
5.2 - Lista I, II, III y IV dePsicotrOpicos por orden alfabEtico
con usos, dosis, interacciones ycontraindicaciones .
Acepromazina: LISTA IV - Es una fenotia-zina con propiedades similares a la clorpro-mazina, en trastornos de la ansiedad, hipo,náuseas, vómitos dosis, interacciones y con-traindicaciones idem a clorpromazina.(estasustancia ha caído en desuso para humanosy es utilizada en veterinaria)
Aceprometazina: LISTA IV - Es una feno-tiazina con propiedades similares a la clor-promazina; su uso esta orientado hacia elinsomnio. Interacciones, contraindicacionesy usos, idem a clorpromazina.
Alcohol tribromoetílico: LISTA IV - Anes-tésico de acción rápida, en internaciones, deuso intravenoso y muy poco utilizado.- Ladosicación esta relacionada con el tipo deintervención quirúrgica y para cada paciente.
Alimemazina: LISTA IV - Es una sustanciade acción sedante, hipnótico, antihistamíni-co derivado de la fenotiazina, se utiliza enlos tratamiento de prurito, urticaria, derma-titis de contacto, pitiriasis rosada, etc.) Inte-racciones y contraindicaciones: con alcohol,amantadita, antiácidos, anticonvulsivos, an-titiroideos, anorexígenos, beta.bloqueantes,
barbitúricos, IMAOs, levodopa, metaraminol.Dosis promedio diaria: 10 mg. dos o tres ve-ces al día por vía oral.
Allobarbital: LISTA III - Es un barbitúrico deacción intermedia en cuanto a su duración,con propiedades hipnóticas y sedantes.- In-teracciones, contraindicaciones y usos simi-lares al amobarbital. Dosis promedio diaria:30 mg. por vía oral hasta un máximo de 200mg. repartido en dos o tres tomas.
Alpidem: LISTA IV - Derivado de la imida-zopiridina, usado en el tratamiento de
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