· Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina,...

125
2018- 2019 Manual de Convivencia Escolar Liceo Polivalente Abdón Cifuentes RBD:10253-9

Transcript of  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina,...

Page 1:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Manual de Convivencia

2018-2019

Page 2:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

INDICE

INTRODUCCION................................................................................................................................5

CRITERIOS ORIENTADORES DEL PROCESO DISCIPLINARIO................................................................6

PRINCIPIOS GENERALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR..................................................7

Ley contra la Discriminación (Ley N° 20.609),..............................................7

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL EN QUE SE BASA EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR...........8

Ley General de Educación (Ley N° 20.370 LGE)................................................8

La Ley Sobre Violencia Escolar (Ley N° 20.536),................................................8

Política Nacional de Convivencia Escolar 2015/2018,.........................................8

IDEARIO PEDAGOGICO LICEO POLIVALENTE ABDON CIFUENTES......................................................9

VISION...............................................................................................................................................9

MISION.............................................................................................................................................9

SELLO................................................................................................................................................9

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR......................................................................9

CONCEPTUALIZACIONES.................................................................................................................10

PERFILES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA......................................................12

TITULO I: FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL, LICEO ABDON CIFUENTES DE CONCHALI........................................................................................................................................................14

PARRAFO I: DE LOS DOCENTES.......................................................................................................14

ARTÍCULO 3: El Director..................................................................................................................14

ARTÍCULO 4: El Equipo de Coordinación.........................................................................................15

ARTÍCULO 5: El Subdirector............................................................................................................16

ARTÍCULO 6: El Inspector General...................................................................................................17

ARTÍCULO 7: Jefe de Unidad Técnico Pedagógica...........................................................................18

ARTÍCULO 8: Jefe de Producción.....................................................................................................18

ARTÍCULO 9: El Orientador(a).........................................................................................................19

ARTÍCULO 10: Docente de Aula......................................................................................................20

ARTÍCULO 11: El profesor Jefe de curso..........................................................................................21

PARRAFO II: DE LOS PARADOCENTES..............................................................................................22

ARTÍCULO 12: Paradocente.............................................................................................................22

PARRAFO III: DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES...................22

ARTÍCULO 13: Personal Administrativo...........................................................................................22

ARTÍCULO 14.- Secretaria(o) de Dirección......................................................................................23

ARTÍCULO 15: Encargado del Centro de Recursos de Aprendizaje..................................................23

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 2

Page 3:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 16: El Encargado de la Biblioteca...................................................................................24

ARTÍCULO 17: Auxiliar de servicios menores..................................................................................24

ARTÍCULO 18: Del Portero..............................................................................................................25

ARTÍCULO 19: Personal especial y/o aprendices.............................................................................25

PARRAFO IV: CON RESPECTO AL MANUAL DE CONVIVENCIA.........................................................25

PARRAFO V: DE LOS ALUMNOS.......................................................................................................26

ARTÍCULO 24: Alumno(a)................................................................................................................26

Los Derechos de los alumnos............................................................................26

Son deberes de los alumnos............................................................................27

ARTÍCULO 25: Alumnos con problemas de salud............................................................................27

ARTÍCULO 26: Finalización anticipada del Año Escolar...................................................................27

TITULO II: MEDIDAS DISCIPLINARIAS (ALUMNOS)..........................................................................28

ARTÍCULO 27: Las medidas a tomar frente a una FALTA LEVE........................................................28

(Todas deben registrarse en el Libro de Clases)...............................................28

ARTÍCULO 28: Frente a la inasistencia a Evaluaciones programadas con anterioridad se tomarán las siguientes medidas:...................................................................................................................29

ARTÍCULO 29: Respecto a los atrasos de los alumnos a la hora de llegada al establecimiento......29

ARTÍCULO 30: Respecto a las inasistencias de los alumnos a clases...............................................30

ARTÍCULO 31: Respecto a autorizaciones para salidas o entradas de alumnos en horario que no corresponda....................................................................................................................................30

ARTÍCULO 32: Respecto al uso del teléfono de Inspectoría General...............................................30

ARTÍCULO 33: Respecto a la presentación personal del alumnado................................................30

ARTÍCULO 34: De la presentación personal y hábitos de higiene...................................................31

ARTÍCULO 35: Las medidas disciplinarias a tomar frente a una FALTA GRAVE...............................32

(Todas deben registrarse en el Libro de Clases)...............................................32

ARTÍCULO 36: Las medidas a tomar frente a una FALTA MUY GRAVE............................................34

(Todas deben registrarse en el Libro de Clases)...............................................34

FALTAS MUY GRAVES....................................................................................34

ARTÍCULO 37: DEFINICIÓN DE TRABAJOS COMUNITARIOS.............................................................39

ARTÍCULO 38: INSTANCIAS DE APELACIÓN.....................................................................................39

ARTÍCULO 39: MEDIDAS DE PREVENCION ANTE RIESGOS DE SEGURIDAD E HIGIENE....................39

ARTÍCULO 40...................................................................................................................................40

TITULO III........................................................................................................................................40

PARRAFO VI: DE LOS APODERADOS................................................................................................40

ARTÍCULO 42: DE LOS APODERADOS..............................................................................................40

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 3

Page 4:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

De los deberes de los apoderados:...................................................................40

De los derechos de los padres y apoderados..................................................................................41

MEDIDAS DISCIPLINARIAS (APODERADOS).....................................................................................41

SOBRE EL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y MEDIACIÓN................................................42

ELEMENTOS GENERALES SOBRE PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Y PROTECCIÓN FRENTE A SITUACIONES DE RIESGO................................................................................................................43

DEL PROCESO DE INVESTIGACIÓN..............................................................43

DE LA CITACIÓN A ENTREVISTA....................................................................43

DE LA RESOLUCIÓN Y MEDIDAS DE REPARACIÓN....................................44

DE LOS RECURSOS, MEDIACIÓN, PUBLICIDAD Y ASESORÍAS..................44

PROTOCOLOS..................................................................................................................................45

PROTOCOLO ANTE PRESUNTA SITUACIÓN DE ACOSO ESCOLAR.....................................................46

Procedimiento frente a Acoso Escolar:...........................................................................................46

PROTOCOLO ANTE PRESUNTA VIOLENCIA ESCOLAR......................................................................48

ANTECEDENTE................................................................................................................................48

Procedimiento ante la violencia entre estudiantes:.......................................................................48

Procedimiento ante la violencia de adulto a estudiantes:..............................................................49

Agresiones entre adultos dentro del establecimiento....................................................................50

SITUACIONES ESPECIALES...............................................................................................................51

PROTOCOLO DE POSIBLE ABUSO SEXUAL CONTRA MENORES.......................................................52

PROTOCOLO DE POSIBLE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR....................................................................58

PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD ADOLESCENTE...63

PROTOCOLO PARA ABORDAR CONSUMO, TENENCIA, PORTE DE DROGAS Y ALCOHOL.................67

PROTOCOLO ANTE EL PORTE Y/O USO DE ARMAS.........................................................................68

PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE ROBOS, DE HURTOS y FALSIFICACIONES EN EL COLEGIO......69

PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA ESTUDIANTES EN GIRA DE ESTUDIO, SALIDAS PEDAGÓGICAS, COMPETENCIAS EN REPRESENTACION DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDADES FUERA DE ESTE.........................................................................................................................................................73

PROTOCOLO DE ACCION ANTE ACCIDENTES EN LA CLASE DE EDUCACION FISICA.........................75

PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA ESTUDIANTES EN GIRA DE ESTUDIO, SALIDAS PEDAGÓGICAS, COMPETENCIAS EN REPRESENTACION DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDADES FUERA DE ESTE.........................................................................................................................................................78

PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE ACCIDENTES..................................................................................80

PROTOCOLO SOBRE EL SEGURO ESCOLAR..............................................83

PRESTACIONES MÉDICAS DEL SEGURO ESCOLAR...................................84

BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS..............................................................85

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 4

Page 5:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PROCEDIMIENTO PARA ATENCIÓN EN SALA DE PRIMEROS AUXILIOS...85

ANEXO PRIMEROS AUXILIOS.........................................................................86

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 5

Page 6:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

INTRODUCCION

La dimensión de la Convivencia Escolar corresponde a uno de los aspectos fundamentales en el desarrollo de las prácticas pedagógicas de cualquier centro educacional y grupo humano. Es por esto que en el marco legal cada institución debe cumplir con un manual de convivencia y velar por el cumplimiento de las normas que en él se establecen, con el objetivo de mejorar las relaciones interpersonales de los protagonistas del proceso educativo creando un ambiente propicio para el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje.

Este manual debe tener estrecha relación con los objetivos que como institución potenciamos, objetivos que se encuentran mejor detallados en nuestro Proyecto Educativo Institucional.

Se entiende como convivencia escolar la interrelación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, teniendo incidencia significativa en el desarrollo ético, socio- afectivo e intelectual de las personas, especialmente de los alumnos. Cabe mencionar que como todo proceso humano es importante tomar en cuenta el entorno y contexto en el que estamos sumergidos el cual abarca un universo de situaciones para las cuales debemos estar preparados.

Es importante actualizar los mecanismos reguladores del comportamiento de los actores que participan en dicha comunidad y el desarrollo de procedimientos de resolución pacífica de conflictos que se suscita al interior de nuestra unidad educativa , que pretende que las actividades se desarrollen en un clima de orden, armonía, disciplina, sana convivencia y bienestar . Así se potenciarán los estilos de gestión escolar democrática y se fortalecerán las prácticas pedagógicas y el desarrollo de objetivos fundamentales transversales referidos a convivencia escolar. Si consideramos que al convivir se aprende, aún más en los espacios en que se comparte con otros, la unidad educativa es un escenario ideal, en dónde la acción socializadora se expresa en todas las interacciones cotidianas entre sus miembros.

En la experiencia escolar los niños y niñas descubren un nuevo mundo, una realidad social basada en instituciones, exigiendo a los alumnos asumir roles y normas. De esta manera los alumnos se vinculan con la institucionalidad, desarrollando un proceso de formación que implique crecer en valores, actitudes y habilidades necesarias para enfrentar la vida cotidiana. En este contexto se entiende como comunidad escolar a la agrupación de personas que se relacionan inspiradas en un propósito común la formación y calidad integral de la Educación que se entrega y recibe, por tanto también es un proceso perfectible y en el cual es importante señalar que existirán dificultades pero que con este marco regulatorio nos permitirán un abordaje proactivo de cada situación donde cada uno de los involucrados se sienta satisfecho y representado con las acciones y decisiones que se adopten.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 6

Page 7:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Presentación del establecimiento

RBD 10253-9

TIPO DE ENSEÑANZA POLIVALENTE

Nº DE CURSOS 35

DEPENDENCIA MUNICIPAL

DIRECCION AV DORSAL 13817

COMUNA CONCHALI

TELEFONO INSP GRAL BASICA: 232446100

INSP GRAL MEDIA: 232446158

CORREO ELECTRONICO [email protected]

DIRECTOR/A RAUL ASTUDILLO RUBIO

CRITERIOS ORIENTADORES DEL PROCESO DISCIPLINARIO

• DE SUBORDINACIÓN: Esto significa que toda norma de un establecimiento escolar debe estar sujeta a derecho. Por ende, debe ser acorde a la ley chilena y a los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado chileno.

• DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN: Establecido en nuestra Constitución Política en el artículo 19 Nº 2, y en la Convención sobre los Derechos del Niño en su Resumen ejecutivo Política de Convivencia Escolar 17 artículo 2. En el ámbito escolar, dicho principio significa que todos los niños, niñas y jóvenes son iguales, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, sexo, el idioma, la religión, o cualquiera otra condición del niño, de sus padres o apoderados. Es por ello que la norma y su aplicación debe ser justa, debe ser para todos y con igualdad de condiciones. Este requisito de una norma está estrechamente vinculado con la eliminación de la “arbitrariedad” como procedimiento. La arbitrariedad daña la relación y es un acto de injusticia en cualquier contexto de convivencia humana.

• DE LEGALIDAD: Este principio comprende dos aspectos: por una parte significa que las normas de convivencia deben describir los comportamientos que se van a sancionar; y por consiguiente que las sanciones que se impongan deben ser proporcionales a la falta y a la responsabilidad que le cupo a la persona

• DE INFORMACIÓN: Las normas de convivencia deben ser puestas en conocimiento de todos los actores de la comunidad educativa. Este es un principio básico en cualquier sociedad democrática. Y es una condición que obliga, a los que están en el nivel superior de la jerarquía escolar, a difundirlas y a los que están en el nivel inferior de la jerarquía, a buscar acceso a la información.

• DE FORMACIÓN: En el ámbito escolar, la norma debe tener un carácter formativo para las personas, es decir, que el sentido de la norma sea consecuente con la misión institucional. De acuerdo a esta normativa y a estos principios orientadores, se ha estimado necesario redactar el presente Manual de

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 7

Page 8:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Convivencia, con el objetivo de constituir una “carta de derechos y deberes de la comunidad educativa. La existencia de normas es necesaria dentro de cualquier comunidad y el hecho de que algún miembro no las observe puede significar que legítimamenteseleapliquensanciones.” Uno de los elementos básicos del proceso formativo es la adquisición de buenos hábitos y actitudes valóricas positivas, tanto en el comportamiento del alumno, como en el resto de los integrantes de la comunidad educativa e implican respeto a sí mismo, a los demás y al medio ambiente que los rodea. El desempeño disciplinado, el respeto a las normas de este manual de convivencia escolar y la interacción mutua de todos los integrantes de nuestra comunidad educativa, permitirá a los alumnos y alumnas su desarrollo y formación integral. La convivencia escolar, forma parte de la formación general de las personas y el establecimiento como servicio educativo tiene como principal misión educar en calidad a los alumnos de todos los niveles sociales, económicos, culturales y diversos del entorno.

PRINCIPIOS GENERALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

El Ministerio de Educación indica que todo Manual de Convivencia, dada su finalidad educativa, tendrá un enfoque formativo. En este sentido, debe estar acorde a las normas y acuerdos sociales, considerando la legislación nacional y los convenios internacionales ratificados por nuestro país, los principios generales que regulan la vida en sociedad y los principios específicos establecidos en la Ley General de Enseñanza. Además de la legalidad vigente, es necesario considerar el encuadre de los documentos institucionales que guían nuestra labor. Así, este manual de convivencia se contextualiza en:

Constitución Política de la República de Chile http://www.bcn.cl Convención sobre los Derechos del Niño http://www.bcn.cl Ley General de Educación (Ley N° 20.370), http://www.bcn.cl Ley Sobre Violencia Escolar(Ley N° 20.536), http://www.bcn.cl Política Nacional de Convivencia Escolar, http://www.convivenciaescolar.cl Ley de Inclusión Escolar que regula la admisión de los y las estudiantes,

elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del estado (Ley N° 20.845), http://www.bcn.cl

Ley contra la Discriminación (Ley N° 20.609), http://www.bcn.cl Plan de Desarrollo Educativo Municipal (PADEM). Proyecto Educativo Institucional (PEI). Plan de Mejoramiento Educativo (PME).

Sumado a este contexto, es necesario explicitar:

El Manual de Convivencia Escolar debe ser un documento claro y preciso. Además este documento debe estar alineado con la legislación vigente dispuestas por el Ministerio de Educación (Ley General de Educación (Ley N° 20.370), Ley Sobre Violencia Escolar (Ley N° 20.536), Política Nacional de Convivencia Escolar y Ley de Inclusión Escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del estado (Ley N° 20.845).

Este documento establece compromiso con los principios y valores del Proyecto Educativo Institucional (PEI), Plan de Mejoramiento Educativo (PME).

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 8

Page 9:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Propendemos a que la reflexión, el diálogo, la construcción de acuerdos y la resolución respetuosa y colaborativa de los conflictos sean parte del proceso formativo de la institución.

Contendrá una descripción de los procedimientos para evaluar las conductas que vulneran las normas de convivencia y una categorización respecto de la gradualidad de las faltas y sus respectivas sanciones.

Las normas y procedimientos deben estar acordes a las distintas etapas de desarrollo (en nuestro caso, alumnos/as en edad preescolar).

Las normas, sanciones y mecanismos de resolución de conflictos deberán ser considerados y descritos en adecuación a la realidad (equilibrio entre rigidez y flexibilidad). Además, las sanciones deberán ser proporcionales a las faltas y tener un carácter formativo, lo que implica la incorporación de actos que permitan restablecer las relaciones y reparación de daños.

Se deben considerar instancias para modificar o actualizar el documento. Se deben visualizar instancias de difusión efectivas para este documento,

con la finalidad de que sea comprendido e internalizado por toda la comunidad educativa.

Es importante que el presente manual sea conocido y ratificado por todos los estamentos de la comunidad educativa o a través del Consejo Escolar y sus representantes.

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL EN QUE SE BASA EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Las Normas vigentes dan cuenta clara de que el propósito de la Educación, es la Formación Integral. Esto es, entregar un tipo de educación que articule y armonice el conocimiento del saber disciplinario con las habilidades sociales y el desarrollo personal. Cada establecimiento de acuerdo a las indicciones legales debe introducir normas de carácter administrativo-Pedagógico que orienten y faciliten el proceso Educativo. Por esta razón es fundamental contar con un Manual de Convivencia, elaborado con la participación de todos los estamentos que componen la Comunidad Escolar.

Los cuerpos legales y la normativa actual que tiene directa relación con la convivencia escolar son:

Ley General de Educación (Ley N° 20.370 LGE), modificada por la Ley Sobre Violencia Escolar el 2011, establece “se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa”.

La Ley Sobre Violencia Escolar (Ley N° 20.536), amplía y reafirma los conceptos anteriores cuando plantea que los Consejos Escolares o los Comité de Buena Convivencia, no sólo debieran estimular y canalizar la participación de la Comunidad Educativa, sino también, promover la buena Convivencia Escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, junto con contar con un Encargado de Convivencia, que pueda llevar a la práctica las medidas o acciones sugeridas por el Consejo Escolar o el Comité de Buena convivencia escolar.

Política Nacional de Convivencia Escolar 2015/2018, el objetivo central de la Política de Convivencia Escolar es orientar la definición e implementación de acciones, iniciativas, programas y proyectos que promuevan y fomenten la comprensión y el desarrollo de una Convivencia Escolar participativa, inclusiva y democrática, con enfoque formativo, participativo, de derechos, equidad de género y de gestión institucional y territorial.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 9

Page 10:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Ley de Inclusión Escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del estado (Ley N° 20.845).

IDEARIO PEDAGOGICO LICEO POLIVALENTE ABDON CIFUENTES

Está constituido por nuestra Visión, Misión y Sello Institucional, los cuales iluminarán y orientarán nuestras decisiones y acciones en pos de una armónica y constructiva convivencia escolar.

VISION “Un Liceo de excelencia académica en el que los estudiantes y toda la comunidad educativa se transformen en fuente de cambio y progreso social, evidenciando espíritu crítico y respeto por la diversidad, con el propósito de formar jóvenes íntegros en el contexto de la participación activa de la comunidad y su entorno”.

MISION “Formar niños, niñas y jóvenes íntegros con una sólida preparación académica, valórica y humanista, con clara conciencia social, capaces de establecer Proyectos de Vida en pos de su desarrollo personal, que les permita ser aporte positivo a su comunidad”.

SELLO “Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo”

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

El Liceo Polivalente Abdón Cifuentes ha establecido normas de convivencia escolar, para mejorar el desarrollo de los procesos de aprendizajes y con el objetivo de facilitar una formación integral de los educandos, el cual promueve los siguientes objetivos:

Estimular un ambiente educativo grato, la coexistencia pacífica de los miembros de la misma, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiante y promover valores de nuestro proyecto educativo institucional (PEI) tales como la autonomía, el respeto y el liderazgo.

Cautelar el cuidado del ambiente educativo como un espacio organizado y estructurado de tal manera que facilite el acceso al conocimiento de actividades reales y con motivos de aprendizaje. Permitiendo no solamente abordar la realidad del mundo material y transformarlo sino intercambiar la información y comunicación con otros en general y el desarrollo de conductas que favorezcan los valores que el colegio promueve (autonomía, respeto y liderazgo) y que se encuentran explícitos en el PEI.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 10

Page 11:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

CONCEPTUALIZACIONES

Con respecto al presente Reglamento, para la unificación de criterios, se han privilegiado las conceptualizaciones que emanan desde el Ministerio de Educación, entidad que define la política nacional en el tema de la convivencia escolar.

Acoso escolar: “Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”. Ley 20. 536, artículo 16 B, Mineduc (2011).

Las características centrales del hostigamiento o bullying y que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia, son: i. Se produce entre pares; ii. Existe abuso de poder; iii. Es sostenido en el tiempo, es decir, es un proceso que se repite. El hostigamiento presenta diversos matices, desde los más visibles (de tipo físico, insultos, descalificaciones) hasta los más velados (aislamiento, discriminación permanente, rumores), lo que hace de este fenómeno un proceso complejo, que provoca daño profundo y sufrimiento en quien lo experimenta

Agresión: Respuesta hostil frente a un conflicto latente, patente o crónico Constituye un carencia de manejo de otras herramientas para expresar sentimientos, necesidades e intereses n relación con otros.

Buena convivencia escolar: “Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre quienes la componen y que permita el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un Clima que propicie el desarrollo integral de nuestros estudiantes”. Ley 20.536, artículo 16 A, Mineduc (2011).

Buen trato: “El buen trato se entiende como aquella forma de relación que se caracteriza por el reconocimiento del otro como legítimo otro, la empatía, la comunicación efectiva, la resolución no violenta de conflictos y el adecuado ejercicio de la jerarquía. Estas relaciones generan un contexto bien tratante o favorable para el bienestar y adecuado desarrollo de las personas, en especial de los niños y niñas”. Política de buen trato hacia niños y niñas. JUNJI (2009).

Clima escolar: El clima escolar es el contexto o ambiente en el que se producen las interrelaciones, la enseñanza y los aprendizajes en el espacio escolar; está determinado por una serie de condiciones necesarias para la apropiación de los conocimientos, habilidades y actitudes establecidas en el currículum y posibilita -o dificulta- el aprendizaje, no solo de cómo convivir con otros y otras, sino, también, de los contenidos y objetivos de aprendizaje de las diversas asignaturas. Mientras más organizado sea el entorno, con mayor claridad, aceptación y consistencia en las normas, con docentes (y adultos en general) que cultivan altas expectativas respecto de sus estudiantes, con modos de relacionarse colaborativos y respetuosos, entre otros factores, más favorable será el ambiente para enseñar y para aprender.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 11

Page 12:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Conflicto: Situaciones en que dos o más personas entran en oposición o desacuerdo de intereses y o posiciones incompatibles.

Disciplina: La disciplina es un componente central del clima escolar, pero no debe ser entendida como una actitud de obediencia y acatamiento sin reflexión.

La disciplina es el cumplimiento de los roles, derechos y deberes, que CORRESPONDE a cada miembro de la comunidad educativa.

La indisciplina no debe ser mirada exclusivamente en relación a los y las estudiantes, sino también respecto de los adultos que forman parte de la comunidad escolar: docentes, padres, madres y apoderados, directivos, etc.

Cada actor tiene responsabilidades que cumplir y dar cuenta a los demás para alcanzar una meta común.

En un contexto formativo la disciplina y los reglamentos deben ser entendidos como instancias de crecimiento y de formación personal y social de los estudiantes.

Medidas Reparatorias: Acciones tendientes a restituir el daño causado y tiene que ver con un sentido de reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del transgresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y comprensión por la víctima, por ejemplo: disculpas públicas.

Medidas Pedagógicas: Acciones con un carácter formativo, las medidas adoptadas se deben complementar con actividades y/o acciones que fortalezcan la buena convivencia escolar, por ejemplo: taller de resolución de conflicto.

Medidas Disciplinarias: Acciones que según la gravedad de las faltas cometidas por las y/o los estudiantes, éstas pueden ser leves, graves y muy graves, por ejemplo: suspensión un día.

Plan de Gestión: Un Plan de Gestión es una planificación táctica para formalizar determinadas acciones de una organización o institución, con la finalidad de cumplir con una meta. El PGCE debe contener las tareas necesarias para promover la convivencia y prevenir la violencia escolar, estableciendo responsables, prioridades, plazos de tiempo, recursos y formas de evaluación, con el fin de alcanzar el o los objetivos que el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia han definido como relevantes.

Protocolo de Actuación u/o acción: Un Protocolo de Actuación es un documento que establece, de manera clara y organizada, los pasos a seguir y los responsables de implementar las acciones necesarias para actuar frente a una situación de violencia escolar. Este Protocolo debe formar parte del Reglamento Interno y ser complementado con políticas de promoción de la convivencia escolar y prevención de la violencia.

Registro de convivencia escolar por reconocimiento: Corresponden a aquellas conductas que están definidas como comportamiento esperados para el estudiante, de acuerdo al perfil de alumno establecido en el presenta reglamento. Este reconocimiento puede ser verbal, a través de la agenda oficial del liceo o a través de un reconocimiento público, otorgado a los estudiantes al término de cada semestre en las áreas académicas y o disciplinaria.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 12

Page 13:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PERFILES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1.- PERFIL DE LOS ESTUDIANTES

Alumnos(as) comprometidos, responsables con sus DEBERES, proactivos, honestos, críticos, propositivos, tolerantes y respetuosos.

Constantes en sus esfuerzos, disciplinados en su quehacer, con hábitos y técnicas de estudios internalizados, reflexivos ante los buenos o malos resultados académicos.

Con una ACTITUD sana física y mentalmente, proclives a participar en actividades deportivas, sociales y culturales, con niveles de autocuidado y de conductas saludables.

2.- PERFIL DEL APODERADO

Presente: comprometidos con sus hijos y con este Proyecto Educativo. Participativo Colaborador Tolerantes Personas conscientes de su rol formador y facilitador del desarrollo

personal de sus hijos.

3.- PERFIL DEL DOCENTE

En lo interpersonal

Vocación de maestro, que ayuda a sus estudiantes a crecer en lo personal y profesional.

Persona cálida, honesta, abierta; respetuosa de los estudiantes, interesada por ellos(as), que disfruta de la interrelación profesor – estudiante.

MODELO de sus estudiantes en cuanto a su comportamiento como profesor, como profesional y como ciudadano.

En lo profesional

Un profesional que domina su área, idóneo al manejar las prácticas pedagógicas y la interacción con sus pares, optimiza el necesario trabajo en equipo.

Actualizado y proactivo. Consciente de la responsabilidad de su profesión.

En cuanto a la docencia

Promueve significativamente en sus estudiantes el alcanzar los objetivos del curso.

Prepara bien su clase y hace de ella una actividad estimulante y productiva, lo que se refleja en el buen manejo grupal, impactandeo positivamente en el aprendizaje de sus estudiantes.

Logra que los estudiantes se interesen por los contenidos, empleando eficientemente estrategias de enseñanza – aprendizajes apropiados a los objetivos del curso, respetando los diferentes ritmos de aprendizaje.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 13

Page 14:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Evalúa a tiempo, a través de instrumentos pertinentes, válidos y confiables, de acuerdo a los objetivos y contenidos del curso, estimulando el mejoramiento del aprendizaje y retroalimentando permanentemente el proceso.

En cuanto a la responsabilidad

Cumple a cabalidad con las normas que el desempeño de su quehacer docente requiere.

En cuanto a aportaciones fuera del aula

Su genuino COMPROMISO con la Institución, genera diferentes instancias de colaboración en que su aporte es ampliamente reconocido y valorado.

Aporta a la creación de nuevos conocimientos, al desarrollo cultural, incorporando la tecnología como factor clave para generar la investigación colectiva.

Contribuye con el crecimiento y mejoramiento de su subsector de aprendizaje, de la Institución, integrándose de manera eficiente y eficaz al trabajo con sus pares.

4.- PERFIL DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÒN

Honestos Amables Empáticos Con capacidad de trabajar en equipo Capaces de resolver problemas Con iniciativa Discretos y prudentes

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 14

Page 15:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

TITULO I: FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL, LICEO ABDON CIFUENTES DE CONCHALI

ARTÍCULO 1: Para los efectos del presente manual y de acuerdo con la naturaleza de sus funciones el personal que desempeñe en el establecimiento educacional podrá clasificarse de la siguiente forma:

a) Docentes b) Paradocentesc) administrativosd) especiales(alumno en práctica)e) de servicios menores o auxiliares

PARRAFO I: DE LOS DOCENTES

ARTÍCULO 2: Docente es el profesor titulado como tal o autorizado de conformidad a la ley, que tiene a su cargo el desempeño de funciones docentes de acuerdo con los fines y objetivos de la educación del establecimiento, de su curso, especialidad o sector, subsector o módulo.

En el establecimiento educacional se podrán distinguir los siguientes docentes:

a) Directorb) Subdirectorc) Inspector Generald) Jefe de UTPe) Coordinador de Especialidades f) Orientadorg) Docente de aulah) Profesor Jefe

ARTÍCULO 3: El Director, es el docente que, como Jefe del establecimiento educacional representa al empleador y responde de la dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes. Tendrá la calidad de trabajador de exclusiva confianza del empleador.

Son deberes del Director:

1) Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional, teniendo siempre presente que la principal función del establecimiento es educar, la que prevalece sobre la administrativa y toda otra, en cualquier circunstancia y lugar.

2) Determinar la misión y objetivos estratégicos del establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad local en que se encuentra.

3) Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

4) Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica de su establecimiento según estime conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección, Planificación y Ejecución, fomentando el trabajo en equipo.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 15

Page 16:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

5) Proporcionar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulando el trabajo de su personal y creando condiciones favorables para el logro de la misión del Liceo.

6) Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del Proyecto Curricular del establecimiento procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.

7) Presidir el EGE, consejos generales, los GPT y las Evaluaciones Institucionales. Delegar funciones cuando corresponda.

8) Velar por la existencia y el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del establecimiento educacional.

9) Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes.

10)Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación las actas, estadísticas y otros documentos que le sean exigibles conforme a la reglamentación y legalización correspondiente.

11)Arbitrar las medidas necesarias para que se desarrolle normalmente la gestión y supervisión del equipo directivo

12)Remitir al ente administrador o sostenedor cuando éste lo requiera información sobre el funcionamiento del establecimiento tanto en lo administrativo, financiero y académico.

13)Delegar en el equipo directivo el control de las actividades propias del establecimiento que estructuran la rutina escolar., el que se constituirá como instancia de coordinación formal.

14)Informar oportunamente al sostenedor de las necesidades surgidas en el establecimiento.

15)Vincular al establecimiento con los organismos de la comunidad.16)Autorizar en forma exclusiva la salida extraordinaria de los funcionarios

del establecimiento17)Relacionarse directamente con el Centro General de Padres y

apoderados.

ARTÍCULO 4: El Equipo de Coordinación Es una instancia de reflexión, articulación, coordinación y evaluación del ámbito directivo y técnico. Estará presidida por el Sr. Director y estará conformada por los docentes directivos y técnicos de todo el establecimiento, operará a lo menos una vez a la semana y tendrá como responsabilidad, además, informar, sugerir y apoyar a la Dirección del establecimiento en la discusión, definición y aplicación del Proyecto educativo Institucional y de todas aquellas tareas emergentes y de largo plazo que propendan a mejorar la propuesta educativa y a prestigiar a nuestro Liceo.

Sus acciones también tendrán un carácter supletorio cuando alguna (s) de las responsabilidades específicas de los miembros de esta coordinación, sobrepase el ámbito de sus atribuciones.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 16

Page 17:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 5: El Subdirector es el docente que tiene como responsabilidad velar que las actividades del establecimiento educacional se desarrollen en un ambiente de orden, bienestar y sana convivencia. Asesorando y colaborando directa y personalmente con el Sr. Director.

Son deberes del Subdirector:

1) Coordinar y Supervisar las actividades del establecimiento educacional.

2) Llevar los documentos y registros que acrediten la calidad de Cooperador de la Función Educacional del Estado del establecimiento y aquellos que se requieran para impetrar la subvención estatal.

3) Asistir a los Consejos Técnicos y/o administrativos de su competencia.

4) Subrogar al Sr. Director en su ausencia.5) Velar conjuntamente con el Sr. Director, porque el proceso de

enseñanza y aprendizaje del Establecimiento sea coherente con los objetivos educacionales vigentes y con el Proyecto Educativo Institucional.

6) Resguardar las condiciones higiénicas y de seguridad del edificio escolar, sus dependencias e instalaciones.

7) Cautelar la realización de actividades que promuevan las relaciones con el Centro de alumnos, Centro de padres y apoderados y Centro de Ex alumnos.

8) Mantener actualizado el inventario del establecimiento.9) Organizar y controlar las actividades del programa de alimentación

escolar.10)Confeccionar los boletines de subvención y su despacho a las

instancias pertinentes.11)Cautelar la correcta confección de los boletines de la Junta Nacional

de Auxilio Escolar y Becas.12)Controlar diariamente el proceso de matrícula y asistencia del

alumnado, cuya información se vaciará en los boletines de subvención.

13)Atender personalmente las visitas del Departamento de Subvenciones del Ministerio de Educación.

14)Mantener el Libro de Reclamos destinado a registrar las inquietudes, sugerencias y quejas de los funcionarios.

15)Coordinar y supervisar directamente los programas o eventos especiales como graduaciones, titulaciones y aniversario del establecimiento.

16)Revisar todos los días e inicio de la jornada (800 horas) el libro de crónicas de portería.

17)Supervisar el funcionamiento del Comité Paritario.18)Programar y coordinar el proceso de matrícula del establecimiento.19)Supervisar y coordinar el proceso de inscripción y selección de

alumnos del Liceo.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 17

Page 18:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 6: El Inspector General es el docente que tiene como responsabilidad velar que las actividades del establecimiento educacional se desarrollen a favor de los alumnos en un ambiente de orden, bienestar y sana convivencia. Podrá subrogar en sus funciones a su jefe inmediato cuando se requiera.

Son deberes del Inspector General:

1) Controlar el orden, la puntualidad de los alumnos a la entrada del establecimiento y exigir respeto a sus iguales, a los funcionarios del Liceo y en general a los adultos.

2) Elaborar los horarios y turnos, según corresponda del personal docente, paradocente y auxiliares.

3) Controlar el cumplimiento de los horarios de todo el personal del Liceo. En especial del profesorado en sus clases sistemáticas y en las actividades curriculares y extracurriculares de libre elección.

4) Controlar los libros de clases en lo que se refiere a la asistencia, firmas, anotación de contenidos por parte del profesorado y las hojas de vida, inasistencias, y atrasos de los alumnos, siendo de su responsabilidad que estén al día y bien llevados.

5) Elaborar el horario escolar y de colaboración del personal docente6) Programar y coordinar las labores del personal paradocente y

auxiliares7) Velar por la buena presentación y mantención del aseo del local

escolar8) Cautelar el correcto funcionamiento de los actos cívicos,

académicos y extraescolares, con su equipo de paradocentes.9) Confeccionar y suministrar los pases escolares de los alumnos.10)Supervisar las delegaciones de alumnos que asisten a ceremonias y

otros eventos en representación del Liceo.11)Mantener el libro de sugerencias destinado a registrar las

inquietudes y reclamos que cualquier miembro de los sub-centros de Padres oficiales y alumnos deseen manifestar.

12)Mantener un diálogo permanente y formativo con el profesorado, los representantes del Centro General de Padres y Apoderados y del Centro General de alumnos y alumnos en general.

13)Divulgar y dar cumplimiento a cabalidad, al igual que el resto del Equipo Directivo y Técnico, al Manual de Convivencia Escolar.

14)Autorizar la salida extraordinaria de alumnos, junto al respectivo control por escrito siempre y cuando no tengan controles escritos y/u orales.

15)Organizar y coordinar el funcionamiento de las Comisiones de bienestar, tanto del personal como del alumnado, cuando estas existan.

16)Programar y controlar el Plan DEYSE.17)Confeccionar las nóminas o listas de cursos provenientes del

programa de matrícula.18)Administrar los procedimientos referidos a accidentes escolares de

los alumnos.19)Informar toda situación extraordinaria de los alumnos a sus

apoderados.20)Supervisar las reuniones mensuales de Padres y Apoderados con

su equipo de paradocentes.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 18

Page 19:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 7: Jefe de Unidad Técnico Pedagógica es el docente calificado responsable de asesorar al Director en la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo del Proyecto Curricular del Liceo. El jefe de UTP podrá delegar las funciones de curriculista, evaluador o jefe de carrera, cuando el establecimiento cuente con estos especialistas.

Son deberes del Jefe de la UTP:

1) Programar, organizar, supervisar y evaluar, junto con los integrantes de UTP y el equipo de Coordinación, Académico, las actividades correspondientes del proceso aprendizaje.

2) Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos, procurando la promoción de estrategias de aprendizaje significativas.

3) Propiciar la integración entre diversos programas de estudios de los diferentes sectores y subsectores de los distintos planes.

4) Asesorar al Director en el proceso de elaboración del Proyecto Educativo Institucional.

5) Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudio.

6) Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del establecimiento en materias de metodología, evaluación y currículum.

7) Dirigir los Grupos Profesionales de Trabajo a través de los departamentos de asignaturas y jefaturas de estos.

8) Planificar, supervisar y evaluar los planes y programas especiales acordes a las necesidades y características de la comunidad escolar y conforme a las normas vigentes.

9) Coordinar las estrategias necesarias para la ejecución de la evaluación técnica institucional.

10)Fomentar actividades de carácter académico y cultural que permitan la interacción educativa y formativa entre el Liceo y la comunidad.

11)Designar y supervisar al encargado del Centro de Recursos de Aprendizaje.

12)Coordinar y promover la ejecución de proyectos educativos que se implementen en el establecimiento.

13)Gestionar que la informática esté al servicio de los aprendizajes. 14)Supervisar prácticas metodológicas y evaluativos en el aula15)Supervisar y mantener registro de notas, informes educacionales,

certificados de estudio y actas de calificaciones finales.16)Entregar según cronograma, informes periódicos de calificaciones a

padres y apoderados a través de los docentes.17)Programar y asignar a los distintos departamentos de asignaturas, los

actos académicos y cívicos del liceo derivados de las efemérides del calendario oficial del MINEDUC.

18)Programar, coordinar y contactar giras de estudios y visitas relacionadas con el área.

ARTÍCULO 8: Jefe de Producción : Es el profesional docente del área Técnico profesional, responsable de velar por el buen funcionamiento de las especialidades, asesorando a la Dirección y al Equipo de Coordinación, fundamentalmente en lo relativo a la implementación de la educación modular, práctica profesional de los alumnos y en aquellas tareas que le asigne la UTP de la cual forma parte. Podrá subrogar en sus funciones a su jefe inmediato cuando se requiera.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 19

Page 20:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Son deberes del Jefe de Producción.

1) Canalizar, analizar y ponderar las inquietudes académicas de las especialidades, como medio de mejoramiento curricular.

2) Detectar y cuantificar las necesidades de materiales del área técnico profesional y especialidades, cuidando que no se salgan de lo presupuestado y se racionalicen los recursos. Planificar la adquisición de equipos, instrumento y software., de acuerdo a sus presupuestos.

3) Relacionarse con el empresariado en el ámbito de nuestras especialidades con el fin de Diagnosticar tareas relevantes que se requieren en el mundo laboral., para considerarlas en las actividades de aprendizaje modular.

4) Velar porque todas las dependencias, relacionadas con la educación técnico profesional, mantengan al día el inventario y las especies se conserven en buen estado, dando cuenta de las altas y bajas al responsable del área del establecimiento.

5) Desarrollar una búsqueda constante de más y mejores centros de práctica profesionales para alumnos y gestionar visitas para formalizarlas de acuerdo a programación emanada del establecimiento.

6) Asesorar a la dirección y al equipo de coordinación en el área de las especialidades, en lo referido a la formación modular y prácticas profesionales de los alumnos.

7) Coordinar los grupos profesionales de trabajo de la educación técnico profesional.

8) Programar, evaluar y ejecutar los procesos de práctica y titulación.9) Fomentar en todas las áreas y dependencias del Liceo las normas de

prevención de riesgos, al igual que todo el equipo de coordinación.10)Informar al alumnado de ésta modalidad y los trámites que deben

cumplir en el proceso de titulación.11)Llevar un registro de todos los alumnos egresados y un control de la

etapas del proceso de titulación en que se encuentren, al igual que el seguimiento de las supervisiones de práctica, con registro individual por especialidad e informando a la dirección y al equipo de coordinación, además deberá llevar las estadísticas del proceso de práctica.

12)Llevar los registros de los alumnos egresados de la modalidad técnico profesional.

13)Informar al alumnado los trámites que debe cumplir en el proceso de titulación.

14)Confeccionar y tramitar los títulos de los egresados15)Participar en los consejos técnicos y/o administrativos que le competan

o que sea citado.16)En conjunto con el jefe de UTP y la Orientadora deberá decidir los

procesos de electividad de los alumnos T.P.

ARTÍCULO 9: El Orientador (a) : Es el docente, profesor con post- título en la especialidad, responsable de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de orientación educacional, vocacional, profesional y de programas especiales del establecimiento educacional vinculadas con el tema, y atender los problemas de orientación en el ámbito grupal y personal. Dependerá y formará parte además, de la Unidad Técnica Profesional.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 20

Page 21:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Son deberes del orientador(a):

1) Planificar y coordinar las actividades de orientación educacional, vocacional y profesional del establecimiento, de acuerdo con el jefe de UTP.

2) Atender a los apoderados de alumnos con problemas sociales, afectivos, emocionales y de rendimiento, en casos calificados.

3) Asesorar especialmente a los profesores Jefes en su función de guía del alumno a través de la jefatura y consejo de curso, proporcionándole material de apoyo a su labor.

4) Asesorar técnicamente a profesores de asignaturas, Curso y especialidades, en materias de orientación y rendimiento escolar.

5) Coordinar y asesorar programas de orientación. Como, drogadicción, alcoholismo u otras, que por su naturaleza reservada deben estar dentro de su ámbito.

6) Contribuir al perfeccionamiento del personal del establecimiento en áreas de orientación.

7) Asesorar a padres y apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso de orientación de sus hijos o pupilos.

8) Coordinar las actividades de orientación del establecimiento educacional con las que se realizan en los demás establecimientos de la comuna.

9) Cautelar que los documentos de seguimiento de los alumnos, de las reuniones de Consejo de curso y de Apoderados estén al día y completos.

10)Dirigir los Grupos Profesionales de Trabajo de los Profesores Jefes.11)Desarrollar estrategias de diálogo junto a Padres y Apoderados para

fomentar actitudes y valores que contempla nuestro Proyecto Educativo Institucional.

12)Supervisar el desarrollo de la hora de Consejo de Curso.13)Coordinar y organizar el proceso de postulación a la PSU de nuestro

alumnado.14)Designar y supervisar al encargado de salud en sus funciones.15)Asistir y participar en los consejos técnicos y disciplinarios de su

incumbencia.16)Definir junto al departamento de UTP e Inspectoría General los criterios

para la electividad de los alumnos y la conformación de los cursos de comienzos de año.

17)Calendarizar las reuniones de Centros de Padres mensuales y elaborar la tabla correspondiente, previa consulta con el Equipo de Coordinación.

18)Supervisar a los profesores asesores del Centro de Alumnos y el quehacer de esta Organización.

ARTÍCULO 10: Docente de Aula: Es el docente titulado, calificado o habilitado por el Estado en el sector, subsector o especialidad a desarrollar.

Sus deberes y obligaciones son los siguientes:

1) Educar a los alumnos e impartir aprendizajes significativos de su sector, subsector, módulo o especialidad u otra asignada.

2) Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades de aprendizaje de su sector, subsector, módulo.

3) Fomentar e incorporar en el alumno valores, hábitos y actitudes de acuerdo a la política educacional y desarrollar la disciplina de los alumnos especialmente a través del ejemplo personal. Deberá velar por el cumplimiento de los objetivos nacionales de la educación, la

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 21

Page 22:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

formación física, intelectual y moral de los educandos, inculcándoles los valores del ser nacional

4) Incorporar en su práctica pedagógica, las capacidades y destrezas insertas en nuestro Proyecto Educativo Institucional.

5) Incorporar en su práctica pedagógica los valores y actitudes insertos en nuestro Proyecto Educativo Institucional.

6) Integrar los contenidos de su asignatura con los de otras disciplinas, bajo la premisa de la ínter disciplina.

7) Desarrollar las actividades de colaboración para las que fue designada por la autoridad superior.

8) Respetar el horario para el cual se le ha contratado.9) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole técnico pedagógica

impartidas por el MINEDUC y transmitidas por la Dirección del establecimiento

10)Contribuir al correcto funcionamiento del establecimiento educacional11)Asistir a los actos educativos culturales y cívicos que la dirección del

establecimiento o el ente administrador determine, dentro del horario de trabajo.

12)Cuidar los bienes generales del establecimiento, conservación del edificio y responsabilizarse de aquellos que se le confían a su cargo por inventario.

13)Entregar y mantener actualizadas las planificaciones de aula según solicitud de la UTP.

14)Mantener la comunicación permanente con los padres y apoderados y de sus alumnos, proporcionándoles información sobre el desarrollo del proceso de aprendizaje y orientación de sus hijos o pupilos.

15)Resguardar el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional, del Proyecto Curricular (planes y programas de estudio) en el desempeño de su labor docente.

16)Participar en los Grupos profesionales de Trabajo a los cuales se ha citado.

17)Informar regularmente de los problemas e inquietudes que le sean representados por los padres o apoderados de los alumnos. Al responsable correspondiente, ya sea éste UTP, Inspector General, Orientación etc.

18)Mantener una permanente preocupación por la capacitación y el perfeccionamiento en materias de índole pedagógica

19)Cumplir con las actividades formativas planificadas por el Equipo de Gestión Directiva.

20)Cumplir a cabalidad las normas de subvenciones respecto al uso del Libro de clases (firmas y asistencias por horas y contenidos).

ARTÍCULO 11: El profesor Jefe de curso es el docente que en cumplimiento de su función, es responsable de la marcha pedagógica administrativa y de orientación de su curso.

Son deberes del profesor jefe:

1) Ejecutar, supervisar y evaluar personalmente y junto con los profesores de asignatura el proceso de orientación educacional, vocacional y profesional en el que se desarrollan las actividades educativas del grupo de curso. Deberá planificar este proceso junto con el orientador.

2) Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del consejo de curso

3) Velar, junto con la U.T.P., por la calidad del proceso de aprendizaje en el ámbito de su curso.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 22

Page 23:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

4) Conservar los documentos relacionados con la identificación de cada alumno y marcha pedagógica del curso.

5) Informar a los padres y apoderados de la situación de los alumnos del curso a su cargo

6) Formar parte y asistir a las reuniones de profesores jefes de curso. 7) Realizar reuniones planificadas por el Liceo con el sub-centro de padres

y Apoderados.8) Atender apoderados en forma individual según consta en horario

establecido.9) Participar y hacerse responsable de los proyectos que formule el curso.10)Organizar al curso con el objeto de mantener la sala respectiva limpia,

en orden y su inventario actualizado.

PARRAFO II: DE LOS PARADOCENTES

ARTÍCULO 12: Paradocente es el funcionario que tiene como responsabilidad apoyar supletoria o complementariamente el proceso de aprendizaje del establecimiento educacional., en labores relacionadas con Inspectoría General.

Son labores del paradocente:

1) Apoyar la labor del Inspector General. y profesor de turno2) Vigilar el comportamiento y presentación de los alumnos orientándolos

en su conducta y actitud, de acuerdo a las normas existentes en el establecimiento.

3) Controlar el aseo y cuidado de las dependencias a él confiadas.4) Colaborar en el control de las actividades extraescolares que se le

confían.5) Confeccionar libros en lo referido a: horarios, ubicación de sectores,

sub-sectores , módulo y asistencia diaria.6) Controlar atrasos, inasistencias, justificativos y certificados médicos,

presentados por los alumnos y darles el curso correspondiente de acuerdo al funcionamiento del establecimiento.

7) Prestar atención de primeros auxilios a los alumnos y en casos especiales derivarlos al servicio de salud público (decreto 313).

8) Controlar el comportamiento de los alumnos en horas libres y recreos.9) Apoyar la labor docente en ausencia del Profesor.

PARRAFO III: DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES

ARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar la conservación y mantención de los recursos materiales del establecimiento.

Son deberes del Personal Administrativo, según su dependencia:

1) Cumplir tareas asignadas por su jefe directo.2) Cautelar la conservación, mantención y resguardo del, mobiliario y

material a su cargo.3) Cumplir con las normas internas de todo trámite administrativo y de

servicio solicitado por su jefe directo.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 23

Page 24:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

4) Brindar una atención expedita amable y eficiente a funcionarios y otros que lo requieran.

5) Clasificar y archivar documentación oficial, recibida y despachada del establecimiento, que se encuentre a su cargo.

6) Cumplir con tareas inherentes a las funciones que le corresponde ejecutar en el establecimiento.

7) Guardar la más absoluta discreción, conjuntamente con el deber de confidencialidad de los asuntos que lleguen a su conocimiento y que así lo requieran.

ARTÍCULO 14.- Secretaria(o) de Dirección el o la responsable de la atención y los quehaceres administrativos que le encomiende el Director y sus deberes están establecidos en el artículo 13.

ARTÍCULO 15: Encargado del Centro de Recursos de Aprendizaje es el responsable de la administración, atención y cuidado de los bienes e instalaciones del CRA. Depende directamente del Jefe de UTP.

Son deberes del encargado del CRA:

1) Responsabilizarse de todos los materiales audiovisuales e informáticos a su cargo y registrarlos, clasificarlos y catalogarlos y velar porque se mantengan en buen estado, informando a su jefe directo cualquier novedad y deterioro.

2) Dar a conocer el nuevo material de apoyo audiovisual e informático a través de un boletín informativo, destinado a alumnos y funcionarios.

3) Mantener un registro diario, semanal y mensual de ocupación de las salas de recursos audiovisuales, Laboratorio de ciencias y enlaces en base a formatos Ad-hoc.

4) Llevar una bitácora que resuma el funcionamiento de la Unidad de Recursos de Aprendizajes, registrando diariamente, todo lo concerniente a su funcionamiento.

5) Procurar el máximo aprovechamiento de las diferentes dependencias del CRA; con el objeto de contribuir al mejoramiento del proceso de enseñanza aprendizaje y la utilización regular y responsable de ellas.

6) Establecer normas de funcionamiento del C.R.A. con el visto bueno del Jefe de U.T.P.

7) Gestionar ante el MINEDUC, y otras instituciones vinculadas a la educación, la donación de especies y/o la incorporación del Liceo a proyectos y programas concursables referidos al funcionamiento del CRA.

8) Proporcionar en forma oportuna, al finalizar el período escolar, los datos necesarios sobre el C.R.A. en el contexto de una evaluación del funcionamiento y los inventarios de éste.

9) Elaborar, al inicio del año escolar, un plan de trabajo que contenga la utilización de todas las dependencias del centro de recursos de aprendizajes con el visto bueno del jefe de UTP.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 24

Page 25:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 16: El Encargado de la Biblioteca. es el responsable de la administración de los textos y demás material de apoyo existente en la biblioteca, debe velar por la adecuada atención e inventarios de esta, Depende directamente del jefe de UTP.

Son deberes del Encargado de Biblioteca

1) Responsabilizarse de todos los materiales a su cargo y registrar, clasificar y catalogar las obras según las normas modernas que faciliten las consultas y búsquedas de autores y materias-

2) Dar a conocer periódicamente las nuevas adquisiciones hechas por la biblioteca a través de un boletín informativo destinado a alumnos y funcionarios.

3) Proponer iniciativas tendientes a aumentar la dotación de libros, mejorar las condiciones de atención y estimular el hábito de la lectura y la investigación

4) Confeccionar oportunamente las estadísticas de lectores y obras, dando cuenta a la UTP, de las devoluciones pendientes de obras solicitadas por alumnos, funcionarios, etc.

5) Hacer reparaciones en los libros con deterioros menores, solicitando a las instancias permanentes los materiales necesarios y el apoyo del personal de servicio y/o alumnos que voluntariamente deseen colaborar.

6) Informar a la UTP, sobre las respectivas reparaciones mayores que sea necesario efectuar en el empaste, encuadernación o archivos de otras.

7) Atender las funciones administrativas o de otra índole que le sean encomendadas en periodo de receso escolar o de no funcionamiento de la biblioteca.

8) Promover la adquisión de libros de acuerdo con sus necesidades e intereses del alumnado., conforme de las recomendaciones de los departamentos respectivos.

9) Procurar el máximo aprovechamiento de los libros por parte de los usuarios.

10)Estar en conocimiento de la Bibliografía consultada en los programas de estudios respectivos.

11)Orientar a los alumnos en la búsqueda del material informativo para sus trabajos de investigación.

ARTÍCULO 17: Auxiliar de servicios menores es el responsable directo de la vigilancia, cuidado y atención de los muebles, enseres e instalaciones del local escolar y demás funciones subalternas de índole similar. Dependen de Inspectoría General.

Son deberes del auxiliar de servicios menores:

1) Mantener el aseo y orden en todo el establecimiento educacional.2) Desempeñar funciones de portero del establecimiento.3) Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia y otros.4) Ejecutar reparaciones y restauraciones e instalaciones menores. 5) Cuidar y responsabilizarse del uso y de la conservación de

herramientas y maquinarias que se le hubieren asignado.6) Ejecutar labores debidamente visadas por la autoridad respectiva del

establecimiento7) Cubrir tareas y turnos por necesidades debido a ausencias y permisos

de otro funcionario de este estamento a petición de la Dirección8) Cumplir tareas asignadas por su jefe directo.9) Cuidar y mantener las áreas verdes y jardines.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 25

Page 26:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 18: Del Portero La Dirección del Liceo velará por la mantención de una portería que será ejercida por auxiliares de servicio y que dependerá de la Inspectoría General.

Son deberes del auxiliar que ejerce como portero

1) Controlar el ingreso y salida de personas ajenas a la comunidad, quienes sólo podrán hacerlo dejando su Cédula de Identidad a cambio de la tarjeta de visita respectiva.

2) Controlar el ingreso y salida de vehículos, registrando en la crónica guías y / o facturas de productos que ingresen o salgan del establecimiento.

3) Registrar en la crónica toda situación anormal que se suceda en portería

4) Mantener cerrada en forma permanente puerta y portón de acceso5) Todo familiar o persona que requiera a algún funcionario, deberá

esperar en la recepción.6) Los clientes que requieran algún servicio deberán ser contactado con el

coordinador que corresponda.7) Procurar que los profesores deberán realizar la atención de apoderados

en la recepción de la Coordinación General y no en otro lugar8) Registrar en la crónica a los funcionarios que salgan con especies o

bultos no identificables. El portero de turno deberá revisarlos y consignar en la crónica el contenido de este.

ARTÍCULO 19: Personal especial y/o aprendices son el personal administrativo, los profesionales técnicos administrativos y alumnos en práctica que desempeñan funciones no docentes y que no están comprendidos en los otros grupos de personal del establecimiento. Sus obligaciones son aquellos que se deriven de su propia actividad profesional.

Son deberes del personal especial:

1) Cumplir con el horario convenido en su contrato.2) Desarrollar las tareas asignadas por su jefe directo.3) Cumplir las normas que rigen a los funcionarios del Liceo, en cuanto a las

obligaciones y prohibiciones 4) Cumplir con las normas de prevención de riesgos, higiene y seguridad del

presente reglamento.

PARRAFO IV: CON RESPECTO AL MANUAL DE CONVIVENCIA ARTÍCULO 20: El presente Reglamento modificado comenzará a regir a contar del primer día de clases del año escolar.

ARTÍCULO 21: Este Reglamento es de carácter obligatorio y fija los deberes, derechos, normas, tipo de faltas, procedimientos, responsables y sanciones que regulan el comportamiento de los alumnos del Liceo Polivalente Abdón Cifuentes de Conchalí.

ARTICULO 22: Los Alumnos y alumnas tendrán presente que su principal función, será la de cumplir con todos los requerimientos que haga el establecimiento, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional.

ARTÍCULO 23: Al establecimiento le corresponde velar porque se respeten los derechos, deberes y obligaciones de sus alumnos en pro del cumplimiento de los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo Institucional.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 26

Page 27:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PARRAFO V: DE LOS ALUMNOS

ARTÍCULO 24: Alumno(a):

Los Derechos de los alumnos Tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades

para su formación y desarrollo integral. A recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener

necesidades educativas especiales. A no ser discriminados arbitrariamente. A estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su

opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento.

De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas. A ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y

transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento(ver reglamento de evaluación)

A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos.

Conocer íntegramente la reglamentación de la Unidad Educativa (MANUAL DE CONVIVENCIA)

Ser escuchado ante cualquier circunstancia o problema que pudiera presentarse.

Recibir información oportuna sobre Planes y Programas a desarrollar en cada una de las asignaturas correspondientes al nivel escolar que está cursando.

En caso de ser sancionado por alguna falta, solicitar que la sanción disciplinaria a que se hiciera acreedor esté de acuerdo con la gravedad del hecho cometido y esté establecido en el presente Manual de convivencia.

Aceptar la realización de tres evaluaciones en un día de las cuales solo dos pueden ser evaluaciones escritas.

Conocer el Reglamento de Evaluación por el cual se rige su nivel Al no presentarse a una prueba calendarizada con anticipación, el alumno

tendrá derecho a rendirla en otra oportunidad, previo análisis del profesor de asignatura de las causas que llevaron a la inasistencia del alumno y de acuerdo al Reglamento de Evaluación.

Todos los alumnos que tengan calidad de tal, estarán protegidos de accidentes por el Seguro Escolar, según Decreto Exento N° 313, del 12/05/93, y ARTÍCULO N° 3 de la Ley 16.744.

Debe ser atendido en forma inmediata en caso de enfermedad imprevista o de accidente ocurrido dentro del Liceo, lo que debe ser comunicado de inmediato a su apoderado o familiar más cercano.

Ser reconocido por sus méritos académicos y de formación general o por su aporte al Liceo, lo cual se formalizará en una Ceremonia de Premiación.

Utilizar los canales de participación legítimamente establecidos para expresar y canalizar sus inquietudes (Centro de Alumno).

Son deberes de los alumnos Estudiar con dedicación y responsabilidad para lograr las metas

propuestas en el proceso de aprendizaje Mantener normas de conductas y disciplina acorde con su condición de

estudiante

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 27

Page 28:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Cumplir con la asistencia, puntualidad inserta en el Manual de Convivencia Escolar.

Usar un vocabulario apropiado en todo momento, tanto con sus compañeros, como sus profesores.

Cumplir responsablemente con los compromisos de su calidad de alumno, tales como: tareas escolares, participación en eventos, pagos aceptados voluntariamente, etc.

Mantener una presentación personal adecuada, utilizando el uniforme completo exigido, de acuerdo a las normas vigentes.

Colaborar en las actividades de aseo del establecimiento, cumpliendo con las funciones que le corresponda (semanero).

Actuar con lealtad hacia el Liceo, compañeros y profesores. Respetar normas de seguridad en todas las dependencias del

establecimiento. Respetar y practicar normas de higiene y presentación personal (artículo

54) concurrir a tiempo a tiempo a la formación, tanto a inicio de clases, como al término de los recreos (E.G.B).

Justificar la inasistencia a clases al paradocente respectivo, antes del mediodía.

Respetar y dar cumplimiento a lo estipulado en el Manual de Convivencia del Liceo.

Cumplir con la jornada de trabajo conforme a lo estipulado en el Plan de Estudio

Poseer y portar diariamente la libreta de comunicaciones o agenda oficial del Liceo, la que estará foliada y timbrada por Inspectoría General del establecimiento.

ARTÍCULO 25: Alumnos con problemas de salud Al momento de la matrícula, es responsabilidad del apoderado presentar la certificación médica, referente a situaciones que afecten directamente la salud del estudiante, donde se informa sobre procedimientos e indicaciones a seguir en caso de enfrentar una emergencia médica ya sea por enfermedad crónica, accidente, tratamiento farmacológico o cualquier otra situación de salud. Igualmente debe indicarse si el alumno o alumna está en condiciones médicas para efectuar la clase de educación física.

NOTA: Si el apoderado no presenta ni comunica oportunamente la situación de salud de su alumno (a), el Liceo queda exento de responsabilidad.

ARTÍCULO 26: Finalización anticipada del Año Escolar.

La Dirección procederá sólo en casos muy calificados (Ej: Situaciones de embarazo, enfermedades catastróficas, problemas disciplinarios muy graves o de alta complejidad u otras situaciones que atenten contra la seguridad de cualquier miembro de la comunidad educativa, entre otros), previo análisis de la situación en consejo de Coordinación y/o Consejo de Profesores del curso respectivo, a contar del 1 Septiembre.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 28

Page 29:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

CATEGORÍA DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS.

- Amonestación.- Condicionalidad.- Condicionalidad Extrema.- Cancelación de Matrícula. - Expulsión del establecimiento.

TITULO II: MEDIDAS DISCIPLINARIAS (ALUMNOS)

ARTÍCULO 27: Las medidas a tomar frente a una FALTA LEVE (Todas deben registrarse en el Libro de Clases)

Definición

FALTA LEVE: actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Ejemplos: atrasos, olvidar un material, uso del celular en clases, no entrar a tiempo a la sala de clases, quitarle la pelota o los juegos a los más pequeños, etc.

FALTAS LEVES

1.-Sin Tareas de Asignatura

a) Primera Vez: Registro en la hoja de observaciones del alumno (a) por el profesor de la asignatura.

b) Segunda vez: comunicación escrita al apoderado, dejando registro del hecho en el libro de clases por el profesor de la asignatura.

c) Tercera vez: Citación al apoderado por el profesor de la asignatura, deberá quedar registro en el libro de clases. El apoderado al concurrir será atendido directamente por el profesor que lo ha citado, en su horario de atención, con derivación al Jefe de UTP.

2.- Sin Trabajos Prácticos.

a) Primera vez: Registro en la hoja de observacionesb) Segunda vez: citación de apoderado dejando registro en el libro de

clasesc) Tercera vez: Se evaluará con la nota mínima.

3.- Sin Materiales

a) Primera vez: Registro en hoja de observacionesb) Segunda vez: Amonestación verbal y escritac) Tercera vez: Citación al apoderado, de persistir la situación, se evaluará

con nota mínima el trabajo respectivo, dejando registro en el Libro de Clases.

4.- Sin Equipo de Educación Física

a) Primera vez: Registro en la hoja de observacionesb) Segunda vez: Citación al apoderado en horario de atención de profesor

y un trabajo de investigación referidos a los contenidos de la clase.c) Tercera vez: Citación al apoderado, alumno queda amonestado.

Además quedará sujeto a lo dispuesto en el reglamento de evaluación por el no cumplimiento de la vestimenta solicitada.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 29

Page 30:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 28: Frente a la inasistencia a Evaluaciones programadas con anterioridad se tomarán las siguientes medidas:

a) Si existe certificación médica o justificación por el apoderado al profesor de asignatura, la escala será de 1.0 a 7.0 (se deberá registrar la situación en el Libro de Clases, en el día de la justificación por parte del apoderado). La certificación médica debe presentarse una vez se reintegre el alumno, si su inasistencia es superior a tres días, debe ser informada y entregada por el apoderado al cuarto día de inasistencia. En el caso de extenderse la inasistencia el apoderado debe justificar con la documentación pertinente dicha situación.

b) Si no existe justificación se aplicará la escala de 1.0 a 4.0 en Educación Media y de 2.0 a 4.0 en Educación Básica.

c) SERÁ RESPONSABILIDAD DEL ALUMNO ponerse al día en los contenidos tratados durante el periodo que no asiste a clases.

d) Los alumnos(as) que estando presentes en clase de Educación Física no realizan la evaluación, deben presentar justificación médica, de no ser así, se aplicará la letra b) del presente artículo.

e) En caso de suspensión los alumnos deben presentarse a sus evaluaciones en UTP.

ARTÍCULO 29: Respecto a los atrasos de los alumnos a la hora de llegada al establecimiento.El ingreso al establecimiento es a partir de las 7:30 hrs hasta las 8:00 hrs. Los alumnos atrasados serán registrados en el ``LIBRO DE ATRASOS´´, ingresando a clases a las 8:45 hrs “CON EL PASE EN LA LIBRETA DE COMUNICACIONES”. Después de las 8:45 hrs, sólo ingresarán los alumnos con:

1) Presencia del apoderado2) Justificación en la Libreta de comunicaciones, con la firma oficial del

apoderado que se encuentre registrada en el ANVERSO DE ÉSTA. 3) Con certificado de atención médica.4) Los atrasos son considerados mensualmente y su reiteración tiene las

siguientes sanciones: El Primer y segundo atraso: Registro en libreta de comunicaciones y libro

de atrasos. El Tercer atraso: Inspectoría citará al apoderado y registrará la situación en

la hoja de vida de cada alumno. Si no se presenta el apoderado, inspectoría se comunicará con el apoderado para ratificar la citación. Si el apoderado insiste en no presentarse a la citación se solicitará cambio de apoderado. Todo esto debe quedar debidamente registrado en el libro de clases y/o libro de registro.

El cuarto atraso: Se citará al apoderado para informar que el alumno queda con medida disciplinaria de AMONESTACION.

Si a pesar de la medida anterior, el alumno insiste en llegar atrasado, deberá firmar un Compromiso, quedando con medida disciplinaria de CONDICIONALIDAD.

De persistir esta conducta durante el resto del año, se evaluará la renovación de matrícula para el año siguiente. La resolución del esta medida ser informada en el mes de Septiembre.

5) Los alumnos que no presenten libreta de comunicaciones, se le extenderá un pase de Inspectoría General, por una sola vez y se registrará la observación respectiva en el libro de clases. De reiterarse esta falta, será enviará citación al apoderado.

6) En los atrasos que se produzcan ingresando a clases después de las 9:30 hrs, los alumnos serán conducidos al aula por el paradocente respectivo.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 30

Page 31:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 30: Respecto a las inasistencias de los alumnos a clases a) Se considerará como documento oficial la libreta de comunicaciones del

Liceo, con firma del apoderado, donde se aceptará hasta 2 justificaciones mensuales de inasistencia del alumno (a). A la 3era inasistencia debe ser justificada personalmente por el apoderado, quien debe comprometerse de manera formal a no incurrir en nuevas inasistencias que no sean avaladas por certificado médico, el que debe ser original, firmado y timbrado por el profesional que lo emite, sin enmendaduras ni borrones.

b) Si el alumno persiste en las inasistencias se aplicará la condicionalidad, exponiéndose a reprobar el año escolar, si no alcanza el 85% aplicándosele el artículo correspondiente del Decreto de Evaluación y Promoción vigente.

ARTÍCULO 31: Respecto a autorizaciones para salidas o entradas de alumnos en horario que no corresponda.

a) Los alumnos que vivan en comunas alejadas del establecimiento y que tienen atrasos reiterados deberán ser remitidos por el profesor jefe a Inspectoría General, quien evaluará la situación y si el hecho amerita, se citará al apoderado para que firme una solicitud de un pase de ingreso solo en caso de imprevistos, con una tolerancia de hasta 30 minutos (08:30)

b) El apoderado que necesite retirar a su alumno antes del término de la jornada, deberá hacerlo PERSONALMENTE dejando constancia por escrito el motivo del retiro anticipado, el retiro de los alumnos debe ser exclusivamente en el horario del recreo. En ningún caso podrá retirar a alumnos que por horario deba rendir una evaluación programada con antelación.

c) Los alumnos que deban participar en actividades fuera del establecimiento, ya sea por motivos curriculares o extraescolares, deberán presentar la AUTORIZACION POR ESCRITO de sus respectivos apoderados, de lo contrario no podrán retirarse del Liceo y quedaran en clases o en la biblioteca hasta el término de la jornada escolar.

ARTÍCULO 32: Respecto al uso del teléfono de Inspectoría General. a) Los alumnos no podrán usar el teléfono del establecimiento. En caso de

emergencia deberán dirigirse a un docente o paradocente para comunicarse con su hogar.

ARTÍCULO 33: Respecto a la presentación personal del alumnado a) Varones: Pantalón gris a la cintura, camisa blanca dentro del pantalón

o polea oficial del Liceo, chaleco o vestón azul marino, zapatos negro, zapato tipo zapatillas negro sin adornos, piocha o insignia, corbata del Liceo obligatoria. En temporada Otoño o Invierno, chaquetón de tela, abrigo o parka azul marino, bufanda azul marino, gris o negra. De Kinder a 8avo de Enseñanza Básica, los alumnos deben usar cotona beige.

b) Damas: Jumper azul marino, largo de este 0.8 cm sobre la rodilla como máximo (de no cumplir con este requisito se citará al apoderado), blusa blanca o polera oficial del Liceo, chaleco azul marino, calcetas o panties del mismo color, zapatos negros o zapatos tipo zapatillas negro sin adornos, corbata reglamentaria del colegio, insignia o piocha. En temporada Otoño o Invierno parkas, abrigos o chaquetones azul

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 31

Page 32:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

marino. En los meses más fríos se autoriza el uso de pantalón azul marino, recto a la cintura. La niñas de Pre-Kinder a 8avo Año Básico deben usar delantal de cuadrille azul.

c) Para clases de Educación Física, deberán usar el buzo y polera oficial del Liceo, excepcionalmente buzo azul marino y polera blanca.

d) Los alumnos que tengan clases de Educación Física la 1era hora podrán llegar con buzo, debiendo cambiarse al término de su clase. Los alumnos de Pre-Básica y de Primer a Sexto año básico están autorizados a venir con buzos desde sus hogares el día que tienen clases de educación física.

e) Se prohíbe el uso de toda prenda de vestir que no sea el uniforme oficial.

ARTÍCULO 34: De la presentación personal y hábitos de higiene a) Los varones deben usar el pelo corto, dos dedos sobre el cuello de la

camisa, sin melena ni modismos, peinado formalmente, los alumnos varones de Educación Media, que tengan un promedio sobre 5.8 (se exceptúan los alumnos del 1ero Medio o nuevos de otros niveles) y no presenten anotaciones negativas, podrán usar el pelo largo, siempre y cuando lo traigan limpio y amarrado, en el momento que bajen su promedio o registren anotaciones negativas graves, deberán cortarse el pelo. Las patillas largas, bigotes, barbas, teñido y decoloraciones del pelo quedan estrictamente prohibidos.

b) Las damas podrán hacer uso del maquillaje, siempre que este no sea exagerado y con cortes, peinados y tonos del cabello adecuados, sin modismos.

c) En periodo de Invierno (Mayo a Septiembre) se autoriza el uso de gorro azul marino, sin adornos. Se prohíbe el uso de gorros en salas y laboratorios.

d) El uso de joyas, relojes u adornos y/o dinero queda prohibido, LA PERDIDA DE ELLO SERÁ RESPONSABILIDAD DEL ALUMNO Y NO DEL ESTABLECIMIENTO.

e) El uso del MP3, MP4 u otros elementos (radios, grabadores, celulares, filmadoras), están prohibidos dentro del establecimiento, su solicitud por parte de algún docente, cae bajo su personal responsabilidad y EL ESTABLECIMIENTO NO SE RESPONSABILIZARÁ POR DICHOS BIENES, BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA. El uso de cualquier elemento antes mencionado esta estrictamente prohibido en el horario de clases. Si el alumno insiste en usarlo, se le solicitará la entrega del artículo, el cual quedará a resguardo de Inspectoría General, desde donde deberá ser retirado por el apoderado.

f) No se autoriza el uso de aros PIERCINGS, ni accesorios de fantasías, metálicos en cualquier parte del cuerpo en varones y damas, por razones sanitarias y protección a la integridad física personal, de compañeros, profesores o funcionarios del establecimiento.

g) Se autoriza el uso de aros pequeños en los lóbulos de las alumnas de Enseñanza Media.

h) De no cumplir con las normas anteriores se registrará en la hoja de vida del alumno en primera instancia y deberá realizar trabajo comunitario, los días Viernes de 14:45 a 16:00 hrs, por segunda vez se citará al apoderado, de no presentarse se suspenderá por un día.

i) Frente a la reiteración del incumplimiento de las normas antes mencionadas, deberá firmar junto a su apoderado, un Compromiso de Cambio de Actitud.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 32

Page 33:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 35: Las medidas disciplinarias a tomar frente a una FALTA GRAVE

(Todas deben registrarse en el Libro de Clases)Definición

FALTA GRAVE: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos: dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un(a) docente o asistente de la educación, falsear o corregir calificaciones, etc.

FALTAS GRAVES

1.- AGRESIÓN VERBAL O GESTUAL A FUNCIONARIOS DEL ESTABLECIMIENTO o retiro de la sala sin autorización del profesor y/o dando un portazo.

a) Citación al apoderado y firma de condicionalidad, dejando constancia en la hoja de vida del alumno (a), en su ficha de matrícula y suspensión por tres días.

b) Derivación a orientación y/o derivación externa a CESFAM para posterior evaluación.

c) Disculpas formales a o los afectados. d) De reincidir, se citará al apoderado para que tome conocimiento de la

cancelación de la matrícula de su alumno y de la suspensión por tres dias.

2.- AGRESION VERBAL A COMPAÑEROS

a) Amonestación verbal y escrita en el libro de clases.b) Por segunda vez se citará al apoderado para informar de la derivación a

Orientación.c) De reincidir, se citará al apoderado para que tome conocimiento de la

condicionalidad de su alumno y de la suspensión por un día.

3.- AMENDRENTAR, AMEZAR, CHANTEAJEAR, INTIMIDAR, ACOSAR O BURLARSE DE UN ALUMNO (A) O CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

a) Amonestación verbal y escrita en el libro de clases.b) Por segunda vez se citará al apoderado para informar de la derivación a

programas de apoyo interno y/o externo (COSAM, 24 HRS, ETC) y suspensión de un dia.

c) De reincidir o confirmar la presencia de bullying, se citará al apoderado para que tome conocimiento de la condicionalidad de su alumno y de la suspensión de tres días (evaluación de cancelación de matrícula).

4.- CIMARRA INTERNA:

a) Citación de apoderado a Inspectoría, quedando registrado en el Libro de Clases.

b) Por segunda vez citación al apoderado y el alumno (a) deberá realizar trabajo comunitario y/o Taller de apoyo en la unidad de Orientación al término de la jornada.

c) Por tercera vez suspensión por dos día, quedando con Condicional.d) De persistir en esta conducta se citará al apoderado para informar de la

cancelación de matrícula para el siguiente año.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 33

Page 34:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

5.- RAYADO DE MURALLAS DENTRO DEL LICEO

a) Citación al apoderado, el cual deberá comprometerse a cancelar los costos de reparación y a realizar la mano de obra de restauración. Además, de acuerdo a la gravedad de hecho, será amonestado y suspendido de uno a cinco días.

6.- DESTROZO DEL ESTABLECIMIENTO

a) El alumno (a) que destruye bienes del establecimiento deberá reponerlo en un plazo de 48 horas como máximo. Además, de acuerdo a la gravedad de hecho, quedará Condicional y suspendido de tres a cinco días.

7.- CONDUCTAS INADECUADAS EN RELACIÓN AL POLOLEO ENTRE ALUMNOS

a) Por primera vez, se conversará con la pareja involucrada a través del docente, Orientación o Inspectoría.

b) Por segunda vez se citará a los apoderados, recibirán una amonestación escrita y derivación a Orientación.

c) Por tercera vez quedarán Condicional y derivación a Especialistas Internos y/o Externos.

8.- COPIAR EN EVALUACIONES

a) En el momento de ser sorprendido se les registrará la situación en la hoja de vida del alumno (a) y se deberá derivar e informar del caso a U.T.P.

b) El alumno afectado deberá ser nuevamente evaluado con un control oral o escrito y con una escala de 1.0 a 4.0.

c) Citación al apoderado, quedando Condicional y derivado a Orientación.

9.- CONDUCTAS INADECUADAS EN ACTO CIVICO:

a) El alumno (a) será sacado del lugar y se amonestará por escrito en su hoja de vida.

b) Si se repite la situación será citado su apoderado y el alumno (a) deberá realizar trabajo comunitario al término de la jornada.

10.- USO INDEBIDO DE LA LIBRETA DE COMUNICACIONES (usar y/o prestar libretas ajenas)

a) Por primera vez, registro en el libro de clases y amonestación.b) Por segunda vez, citación al apoderado para remediar la situación,

señalizándose la gravedad de la falta y suspensión por un día. La libreta es el único documento oficial y será aquella timbrada y firmada por el Inspector General y Profesor Jefe.

c) La reincidencia será motivo de suspensión por tres días, aplicándose la condicionalidad al alumno.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 34

Page 35:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 36: Las medidas a tomar frente a una FALTA MUY GRAVE (Todas deben registrarse en el Libro de Clases)

Definición

Falta muy Grave: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ejemplos: robos, abuso sexual, tráfico de drogas, o el acoso escolar2, etc. (2 El “acoso escolar o bullying” no ha sido tipificado como delito; sin embargo, por sus efectos en las/los estudiantes, según lo determine el establecimiento, puede ser considerado como una falta grave o muy grave).

FALTAS MUY GRAVE S 1.- AGRESIÓN FISICA A FUNCIONARIOS DEL ESTABLECIMIENTO.

a) Expulsión y Cancelación de matrícula.b) Derivación psicológica externa CESFAM.c) Constatación de lesiones en algún centro asistencial y Denuncia por

parte del funcionario en los organismos policiales correspondientes.

2.- AGRESIÓN FISICA A SUS COMPAÑEROS (AS) DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO.

a) En caso que la agresión sea leve (tirar el pelo , las orejas, empujar o zamarrear, cachetadas , palmadas, patear, morder , entre otros)Citación al apoderado, el alumno involucrado será suspendido de uno a tres días y registro de la situación en la hoja de vida con firma de condicionalidad y derivación a especialista interno o externo.

b) En caso que la agresión sea grave (quemar con algo, golpear con objetos, golpizas de forma individual o con personas no pertenecientes al establecimiento, amenazar o agredir con cuchillos o armas, entre otros.)Citación al apoderado para informar de la expulsión del establecimiento y/o cancelación de la matrícula del alumno causante del hecho, y se dejará constancia en los organismos policiales correspondientes.

c) Acoso Escolar (Bullying) acreditado . Ver protocolo ante presunta situación de violencia escolar y procedimientos asociados. Citación al apoderado para informar de la expulsión del establecimiento y/o cancelación de la matrícula del alumno causante del hecho, y se dejará constancia en los organismos policiales correspondientes.

3.- AMENAZAR, ATACAR, INJURIAR O DESPRESTIGIAR A UN ALUMNO O A CUALQUIER OTRO INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA A TRAVÉS DE CHATS, BLOGS, FOTO, FACEBOOK, MENSAJES DE TEXTOS, CORREOS ELECTRONICOS, FOROS, SERVIDORES QUE ALMACENAN VIDEOS O FOTOGRAFIAS, SITIOS WEBS, TELEFONOS O CUALQUIER OTRO MEDIO TECNOLOGICO, VIRTUAL O ELECTRONICO Y EXHIBIR, TRANSMITIR O DIFUNDIR POR MEDIOS CIBERNETICOS CUALQUIER CONDUCTA DE MALTRATO ESCOLAR.

a) Citación apoderado, disculpas formales por escrito al o los afectados, registro en la hoja de vida (dependiendo de la gravedad de los hechos, la falta será catalogada como Condicional o Condicionalidad Extrema) y derivación a especialistas internos o externos.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 35

Page 36:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

b) De acuerdo al punto anterior, el alumno será suspendido de uno a cinco días, derivación a especialistas internos o externos, pudiendo llegar a la expulsión y/o cancelación de matrícula si los hechos así lo ameritan.

***NOTA: DE ACUERDO A LOS RESULTADOS DE LA INVESTIGACION INTERNA SE LE INFORMARA AL O LOS APODERADOS PARA REALIZAR LA DENUNCIA PERTINENTE EN EL CASO QUE LO AMERITE.

4.- REALIZAR ACOSOS O ATAQUES DE CONNOTACIÓN SEXUAL, AUN CUANDO NO SEAN CONSTITUTIVOS DE DELITOS

a) Diálogo con él o los alumnos involucrados, citación de apoderados, suspensión por tres Condicionalidad y derivación a especialistas internos o externos.

b) La reincidencia será motivo de suspensión por cinco días, aplicándosele la Condicionalidad Extrema al alumno.

c) De no cumplir sus compromisos se evaluará la Expulsión y/o Cancelación de matrícula y si fuese necesario se notificará a los organismos policiales respectivos.

5.- PORTAR TODO TIPO DE ARMAS, INSTRUMENTOS, UTENSILIOS U OBJETOS CORTANTES, ELECTRICOS, PUNZANTES O CONTUNDENTES, INSUMOS QUIMICOS, INLAMABLES Y/O EXPLOSIVOS, YA SEAN GENUINOS, CON APARIENCIA DE SER REALES, AUN CUANDO NO SE HAYA HECHO USO DE ELLOS.

a) De no ser genuinos se citará al apoderado y se suspenderá por dos días, requisando el objeto.

b) Derivación a Orientación.c) La Reincidencia implicará la matricula condicional y cinco días de

suspensión.d) De ser reales se notificará los apoderados y a los organismos policiales,

correspondientes, quedando expulsado del establecimiento, tal como lo establece LEY 20.845 DE INCLUSIÓN ESCOLAR QUE REGULA LA ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, ELIMINA EL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO Y PROHÍBE EL LUCRO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE RECIBEN APORTES DEL ESTADO, ya que esto afecta la seguridad y la convivencia del alumno agredido como de la comunidad escolar.

6.- ALUMNOS QUE SE PRESENTEN EN EL LICEO CON SIGNOS DE HABER CONSUMIDO DROGAS O ALCOHOL, FUERA DEL ESTABLECIMIENTO O CONSUMAN AL INTERIOR DE LA UNIDAD EDUCATIVA Y/O EN ACTIVIDADES PROGRAMADAS, COORDINADAS, PATROCINADAS O SUPERVISADAS POR ESTE.

a) Debe ser retirado por el apoderado, quedando suspendido por cinco días y con firma de condicionalidad.

b) El alumno que presente este problema será derivado a la Unidad de Orientación del Liceo, para su remisión a un centro especializado (SENDA PREVIENE), que realice el diagnóstico y tratamiento necesario para su recuperación. El alumno será controlado en su tratamiento a través de los informes que se solicitarán a los especialistas que lo están atendiendo.

c) Si persiste el problema y se comprueba que el alumno continúa consumiendo será cancelada su matrícula.

d) Este articulo también se hace efectivo en cualquier actividad fuera del establecimiento (Ej: salidas pedagógicas, paseos, giras de estudios,

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 36

Page 37:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

charlas, competencias deportivas en representación del Liceo entre otros)

7.-TRAFICO DE DROGAS DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO.

a) Citación del apoderado.b) Realizar la denuncia a los organismos pertinentes.c) Expulsión y Cancelación de matrícula.

8.- FUMAR DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO Y/O EN ACTIVIDADES ORGANIZADAS, COORDINADAS, PATROCINADAS O SUPERVISADAS POR ESTE.

a) Por primera vez, suspensión por un día, debiendo volver a clases con su apoderado.

b) Por segunda vez, suspensión por dos días y matrícula condicional. citación del apoderado para remitir al alumno a un centro de atención especializada a través de la Unidad de Orientación del Liceo.

c) Por tercera vez, Cancelación de la matrícula.

9.- HURTO Y/O ROBO A CUALQUIER INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, CUALQUIER OTRA PERSONA QUE SE ENCUENTRE EN EL ESTABLECIMIENTO, BIENES DEL LICEO, BIENES PARTICULARES O EN CUALQUIER ACTIVIDAD EN REPRESENTACION DEL ESTABLECIMIENTO.

a) Citación al apoderado.b) Devolución del artículo sustraído.c) Suspensión de clases 3 días (los cuales se extender de acuerdo a su

gravedad y el desarrollo de la investigación)d) Condicionalidad Extrema y/o Cancelación de matrícula (en el caso de

ser un robo).e) Derivación a orientación.f) Denuncia organismos pertinentes.

10.- HURTO Y/O ROBO DE INSTRUMENTOS DE EVALUACION.

a) Citación al apoderado.b) Derivación a orientación.c) Suspensión de clases 3 días (los cuales se extender de acuerdo a su

gravedad y el desarrollo de la investigación)d) Cancelación de matrícula (en el caso de ser un robo).

11.- FALSIFICACIÓN DE FIRMAS EN LA LIBRETA DE COMUNICACIONES

a) Citación al apoderado para informar suspensión de clases por tres días, el alumno que falsifique la firma del apoderado(a) en cualquier documento o comunicación oficial. El apoderado firmar un compromiso de que no se volverá repetir la situación y se aplicará la condicionalidad de la matrícula

b) Si es sorprendido por segunda vez en la misma situación será cancelada la matricula.

12.- ALTERACIÓN DE CALIFICACIONES EN EL LIBRO DE CLASES U OTRO DOCUMENTO OFICIAL

a) Expulsión y/o Cancelación de matrícula.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 37

Page 38:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

13.- DAÑOS A LOS BIENES DE LOS FUNCIONARIOS

a) Citación al apoderado informando de los daños para que se comprometa a su reparación o reposición, quedando con su matrícula condicional. De lo contrario suspensión hasta que no se repare el daño. De no hacerlo se cancelará la matricula.

14.- FUGA DEL ESTABLECIMIENTO

a) Por primera vez, citación al apoderado, derivación a orientación, suspensión por dos días, registro en el libro de clases quedando condicional.

b) Por segunda vez, citación al apoderado, derivación a especialistas internos o externos suspensión por tres días, registro en el libro de clases quedando condicional extrema.

c) Por tercera vez, citación al apoderado, suspensión por cinco días, registro en el libro de clases quedando cancelación de matrícula.

15.- NEGATIVA A ENTRAR A CLASES INDIVIDUAL O COLECTIVAMENTE.

a) La negativa a entrar a clases en forma individual o colectivamente, incitando a boicot de clases, evaluaciones, proselitismo de cualquier orden o violencia. Estando dentro del establecimiento implicará la inmediata condicionalidad. Si este acto fuere acompañado además de la negativa a rendir algún control oral o escrito, la medida será la misma e independiente de la sanción que aplicará el Reglamento e Evaluación, que opera paralelamente y es vinculante con este instrumento.

16.- CONDUCTA INADECUADA EN LOS LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN, DE ESPECIALIDAD U OTROS.

a) El alumno que dañe cualquier bien del Laboratorio, será suspendido hasta reponer el daño.

b) El cambio de mouse, teclado, monitores, fondo de pantalla, cargar o inhabilitar software, ingresar a otra plataforma distinta la señalada por el profesor, será sancionado con tres días de suspensión, previa citación al apoderado.

c) Introducir datos no autorizados por el profesor, será suspendido por un día previo registro en la hoja de vida del alumno.

d) Se prohíbe ingerir alimentos y/o líquidos al interior de los laboratorios.e) Se prohíbe ingresar con mochilas.f) Respetar el protocolo de uso señalado para cada laboratorio.g) La reiteración del incumplimiento de las normas señaladas

anteriormente implicará la condicionalidad del alumno.

17.- USO INCORRECTO DE LOS RECURSOS DE LA BIBLIOTECA CRA.

a) Destrozos de los recursos de la Biblioteca (libros, revistas, mapas, globos terráqueos, Computadores, otros).

b) El alumno deberá reponer el recurso en un plazo de 10 días como máximo. De lo contrario será suspendido hasta que indemnice o compre lo destruido.

c) Incumplimiento en la fecha de entrega de los recursos solicitados.d) En primera instancia el alumno será notificado por escrito señalando una

fecha de entrega e imposibilitando el acceso a los recursos de la Biblioteca.

e) En segunda instancia el alumno deberá entregar los recursos en un plazo máximo de 48 horas, de lo contrario será suspendido, hasta que indemnice o compre lo solicitado.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 38

Page 39:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

f) Conducta inadecuada al interior de la Biblioteca.g) Provocar desorden o no mantener silencio. Por primera vez se

conversará con el alumno. Por segunda vez el alumno deberá retirarse a la Biblioteca.

h) Uso indebido de los computadores (se aplica las normas del N° 25)i) Ingerir alimentos y/o líquidos al interior de la Biblioteca. El alumno

deberá retirarse.

18.- CONDUCTA INCORRECTA EN EL CASINO U OTRAS DEPENDENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO.

a) Primera vez. Se conversa con el alumno.b) Segunda vez. Se cita al apoderado y deberá realizar trabajo comunitario

dos viernes al mes de 14:00 a 16:30 horas.c) Tercera vez. Se suspende el acceso al servicio por tres días.d) Si la situación es recurrente el alumno quedará con matrícula condicional y

se reestudiara la asignación del beneficio.

19.- SOBRE LICENCIATURA DE 4to MEDIO

a) La Licenciatura es una Ceremonia formal que lleva a cabo el establecimiento para los alumnos de Cuarto Medio.

b) Los alumnos de Cuarto Medio, que presenten una situación disciplinaria de extrema gravedad serán marginados de la ceremonia de Licenciatura, entregándosele la Licencia y demás documentos con posterioridad a esta. La decisión será tomada por el Director previa consulta al Consejo de Profesores del Curso.

20.- SOBRE LA NO RENOVACION DE MATRICULA

Si al término de un semestre el alumno no demuestra haber superado su comportamiento o ha incumplido gravemente el las normas establecidas en el manual de convivencia, será causal de revisión de la continuidad de estudios en esta comunidad educativa. Si al cabo del año escolar el estudiantes se mantuvieron sin superar su comportamiento o no cumplimento de acuerdos establecidos, debido a esto será causal suficiente para no renovar la matrícula para el año siguiente.

La no renovación de matrícula, además es aplicada por la Dirección del colegio con consulta al Consejo de Profesores en los siguientes casos:

Alumno con acumulación de anotaciones negativas (evaluar situación). Alumno que comete robo, falta a la verdad o a la moral. Alumno que comete actos de agresión física, verbal, acoso escolar

(Bullyng), debidamente acreditado. Alumno que comete faltas graves o muy graves. Alumno que trasgrede reiteradamente el manual de convivencia. Doble repitencia en el establecimiento.

21.- PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE EVALUACIÓN A LOS ALUMNOS CON PROBLEMAS DISCIPLINARIOS

a) Frente a situaciones disciplinarias reiterativas que hayan cumplido el proceso de seguimiento, condicionalidad o extrema condicionalidad. EL CONSEJO DE PROFESORES, podrá determinar que los alumnos sólo asistan a la rendición de controles sean estos escritos, orales o trabajos en un horario especial fijado por U.T.P, o acortar la Jornada Escolar Completa u otras, esta norma será aplicable a contar del 01 de Septiembre. Esta medida solo se podrá aplicar excepcionalmente si existe

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 39

Page 40:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

un peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa. Lo que deberá ser debidamente acreditado.

22.- CONSEJOS DE PROFESORES PARA ANALIZAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

a) Durante al año escolar se realizarán a lo menos tres Consejos de Profesores, para analizar la conducta de los alumnos con el objetivo de adoptar remediales y resolver las situaciones presentadas.

b) La decisión del Consejo tiene carácter consultivo y dicha decisión será notificada a los alumnos y apoderados por una Comisión compuesta por Inspectoría General, Profesor Jefe y un representante del consejo de Profesores.

ARTÍCULO 37: DEFINICIÓN DE TRABAJOS COMUNITARIOS Aseo y ornato de salas de clases Aseo y ornato de multicancha y jardines Ornamentación, clasificación y mantención de libros del CRA. Ayudantías a docentes en labores de preparación de material didáctico Tutorías a alumnos de cursos inferiores Ayudantías a la U.T.P Control de alumnos en Casino Aseo de Casino.

El alumno que no cumpla o se niegue a esta sanción, será suspendido por un día de clases y se consignará la observación en su hoja de vida en el libro de clases.

ARTÍCULO 38: INSTANCIAS DE APELACIÓN. a) El alumno que haya sido sancionado por el Consejo de Disciplinario de

Profesores, Manual de Convivencia y/o Inspectoría General tendrá la posibilidad de apelar a la misma instancia, a través de un documento formal dirigido al Director. Este documento debe ser entregado en el establecimiento de forma PRESENCIAL POR EL APODERADO. El Director deberá convocar a un Consejo Extraordinario de Profesores en un plazo máximo de 3 días hábiles, desde el momento de recepción del documento. En un plazo máximo de 10 días el Consejo Extraordinario de Profesores deberá dar respuesta a dicha apelación presentada a través de un documento resolutivo por parte del establecimiento al apoderado.

ARTÍCULO 39: MEDIDAS DE PREVENCION ANTE RIESGOS DE SEGURIDAD E HIGIENE.

a) Como medida de prevención la Inspectoría General del establecimiento podrá revisar las mochilas de los alumnos, cuando existan fundamentos de peso o situación de riesgo para hacerlo, a fin de evitar la circulación de cualquier tipo de medicamentos, drogas o alcohol, o diversos tipos de armas u objetos de puedan ocasionar daño a los miembros de nuestra Comunidad Educativa. Este procedimiento se realizará con el máximo respeto, evitando dañar la dignidad del alumno.

b) El alumno que sea sorprendido con cualquiera de estos elementos se le citará el apoderado para que firme su compromiso de condicionalidad. (Exceptuando drogas, alcohol y armas ARTÍCULO 55 N° 16 y N° 18).

c) La reiteración de las situaciones contempladas en las letras a) y b, serán causal de cancelación de matrícula.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 40

Page 41:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

ARTÍCULO 40: El presente Manual ha sido actualizado y articulado tal como lo establece la ley vigente. La aprobación de este documento se realizará con la participación de la Comunidad Escolar a través del Consejo Escolar y entrará en vigencia a partir de su aprobación. El presente manual estará para el acceso de la comunidad escolar en la libreta de comunicaciones y en nuestra página web http://www.abdoncifuentes.cl/.

TITULO III

PARRAFO VI: DE LOS APODERADOS

ARTÍCULO 42: DE LOS APODERADOS

El presente artículo consigna las normas, ítems, que deben tener presente los apoderados para una buena convivencia de la Comunidad Escolar perteneciente a este Liceo, el cual será conocido por los Padres y Apoderados al momento de proceder a la matrícula oficial.

El objetivo de las presentes normas de convivencia es el identificar con claridad, los deberes y derechos que se consideran indispensables en la formación personal y profesional de los alumnos, valorando su trascendencia y que se expresa a través de los siguientes deberes y derechos como también de las sanciones.

De los deberes de los apoderados:

a) Se considerarán apoderados a los Padres del alumno, si por razones de fuerza mayor no pudiera algunos de los dos, podrá delegar la responsabilidad por escrito en una persona mayor de 18 años, familiar directo, debiendo residir en el domicilio del alumno, no pudiendo ser inspectores o paradocentes del establecimiento salvo el caso que sean padres del alumno, en cuyo caso se convertirá en el apoderado suplente del alumno.

b) Todo apoderado, deberá mantener una actitud de respeto, hacía los integrantes de la comunidad Educativa.

c) Aceptar las normas del liceo establecidas en nuestro Manual de convivencia, para cumplir con nuestro Proyecto Educativo, al firmar la Ficha de Matricula estará suscribiendo este compromiso formalmente.

d) Asistir al liceo cada vez que se le cita oficialmente a conversar con quien ha hecho la citación.

e) Concurrir obligatoriamente las Reuniones de Padres y apoderados de curso y generales.

f) Dotar al alumno de los elementos y materiales indispensables para el buen desempeño de las diferentes asignaturas

g) Preocuparse de enviar al alumno de acuerdo a la presentación personal establecida por el establecimiento.

h) Velar por la asistencia y puntualidad de su pupilo durante el año escolar. Para ser promovido requerirá al menos haber asistido el 85% de los días trabajados.

i) Contribuir al mejoramiento de la conducta y rendimiento de su alumno (a) formando valores y exigiendo actitudes y hábitos correctos.

j) Los Padres y apoderados oficiales no podrán retirar a sus alumnos (as) más de una vez al mes, excepto con certificados médicos o legales que exprese claramente día y hora de atención. Si hubiere pruebas, exámenes u otros trabajos académicos deberá ser retirado al término de estos.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 41

Page 42:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

k) Estar siempre dispuesto a valorar al Liceo frente al alumno, evitar el juicio prematuro, preconcebido, inconsistente o mal intencionado.

l) Revisar diariamente la libreta de comunicaciones o Agenda Oficial del Liceo. Firmarla y vigilar que las tareas y deberes anotados en ella se cumplan y realicen con toda responsabilidad.

m) Responsabilizarse por los daños materiales a los bienes del Liceo y/o de sus funcionarios y estudiantes ocasionados por su alumno(a).

n) Hacer entrega oportunamente de documentos o certificados sobre todo al Profesor Jefe. Y textos o instrumentos del Liceo que haya solicitado su alumno(a).

o) Matricular personalmente a su alumno(a) debiendo consignar sus datos personales en el Registro de apoderados del establecimiento.

p) Registrar su firma en la primera hoja de la Libreta de comunicaciones o Agenda Oficial del Liceo de su alumno(a).

q) Justificar por escrito la inasistencia de su alumno(a) y personalmente cuando sea requerido por Inspectoría General.

r) Colaborar en las acciones y/o campañas educativas que patrocine el establecimiento.

s) Conocer y acatar las normas internas del funcionamiento del Liceo.t) Controlar en forma permanente el rendimiento académico de su

alumno(a)u) Concurrir al establecimiento en las oportunidades en que se ha citado a

fin de solucionar problemas derivados del proceso de aprendizaje y/o disciplinario de su alumno(a).

v) Recibir, leer y firmar el Manual de Convivencia del establecimiento.

De los derechos de los padres y apoderados

1) Todo apoderado tendrá derecho a organizar y participar en la organización de Padres y Apoderados de acuerdo al Decreto N° 565 vigente a la fecha.

2) Todo apoderado tendrá derecho a solicitar información inherente al aspecto de comportamiento y avance en el proceso de enseñanza, aprendizaje de su alumno(a) en cualquier instancia.

3) El establecimiento Educacional de una Comunidad en la que participan armónicamente, profesores, alumnos, funcionarios y Padres y apoderados, abogando todos por un común bienestar, por lo que entendido de esa manera los intereses de cada estamento quedan sublimados por la meta común que es el alumno(a).

MEDIDAS DISCIPLINARIAS (APODERADOS)

La no observación de deberes de los apoderados y de acuerdo a las faltas de éstos, serán sancionadas de la siguiente manera:

SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES:

1.- Agresión verbal o física a alumnos y funcionarios del establecimiento.

2.- Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un funcionario del establecimiento a través de chats, blogs, fotologs, facebook, mensajes de textos, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfono o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

3.- No acatar las sanciones establecidas en el Manual de Convivencia Escolar.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 42

Page 43:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

4.- Inasistencia del apoderado a reunión o a citaciones

a) El apoderado será citado por segunda vez por el profesor jefe en su horario de atención.

b) Si No se presentare será citado por Inspectoría General.c) De no asistir se procederá a la suspensión del alumno (a), hasta que el

apoderado concurra al establecimiento. d) De todo lo anterior se dejará constancia en el libro de clases.

SANCIÓN:El o los apoderados que cometan este tipo de falta PERDERÁN LA CALIDAD DE APODERADO. En este caso se deberá asignar un nuevo apoderado el cual será un familiar directo.

SE CONSIDERAN FALTAS MUY GRAVES:

1.- Agresión física a funcionarios del establecimiento o cualquier miembro de la comunidad educativa.

SANCIÓN:El o los apoderados que cometan este tipo de falta se les PROHIBIRÁ EL INGRESO AL ESTABLECIMIENTO. ADEMÁS SE DARÁ EL AVISO A CARABINEROS DE CHILE SOBRE LA SITUACIÓN DE AGRESIÓN.

SOBRE EL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y MEDIACIÓN

Existirá un encargado de convivencia escolar, nombrado por el Director aI inicio del año escolar, quienes deberán velar porque se mantenga una sana convivencia escolar, enfrentando el conflicto, que es inherente a las relaciones sociales, a través de:

Negociación : Empleará esta técnica cuando las partes involucradas manifiesten interés y voluntad de resolver, sin la ayuda de alguien más. En este caso, su acción se limitará a acercar las partes sin intervenir en el diálogo e invitando a escuchar con respeto, aclarar el conflicto, acordar una solución adecuada para resolver el conflicto, velar por el principio de no agresión entre las partes.

Arbitraje Pedagógico: Asumirá esta labor el Encargado de Convivencia Escolar, el (la) Orientador(a), el Jefe(a) de UTP, la Dirección o el(la) profesor(a) jefe. Este medio de resolución tendrá presente las siguientes reglas básicas: resguardar la dignidad de las partes, resguardar el derecho a la educación, resguardar el restablecimiento de las relaciones, proponer une salida justa al problema y reparar el daño implicado en el conflicto.

Mediación: Empleará esta técnica cuando las partes involucradas manifiestan interés y voluntad de resolver el conflicto con ayuda de un tercero. Así, el encargado de convivencia escolar asumirá la responsabilidad de ser un facilitador o facilitadora de esta tarea al ayudar a las partes a identificar y satisfacer sus intereses, ayudar a las partes a comprenderse y a sopesar sus planteamientos, contribuir a que se genere confianza entre las partes y en el proceso, no juzgar a las partes, estar atentos a los valores por los que se guían o dicen guiarse. Para ello, se respetará un proceso de conversación guiada que buscará escuchar a las partes, aclarar el problema, proponer soluciones y llegar a un acuerdo.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 43

Page 44:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

El encargado de la Convivencia Escolar no tiene a su haber el actuar como inspector de disciplina escolar, sino de promotor de la convivencia escolar. Por ello, serán también los encargados de ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Consejo Escolar respecto de la convivencia escolar, investigar en los casos de reclamos e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia.

Para una mejor resolución y acompañamiento, si se estima necesario, el equipo de mediación podrá recurrir a instancias de asesoría legal, médica y/o psicológica.

ELEMENTOS GENERALES SOBRE PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Y PROTECCIÓN FRENTE A SITUACIONES DE RIESGO

Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en el Acta de Reuniones del Equipo de Convivencia Escolar o Comité designado, según amerite la situación.

No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

Si el afectado fuere una alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.

Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

DEL PROCESO DE INVESTIGACIÓNAI inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella.

El comité designará de acuerdo a la naturaleza del hecho, a uno de sus integrantes como encargado de llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.

Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité designado, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento.

DE LA CITACIÓN A ENTREVISTA Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados de la estudiante involucrada, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 44

Page 45:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.

DE LA RESOLUCIÓN Y MEDIDAS DE REPARACIÓNEl Comité deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes involucradas.

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento.

Tales medidas podrán consistir, por ejemplo en disculpas privadas o públicas o restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.

DE LOS RECURSOS, MEDIACIÓN, PUBLICIDAD Y ASESORÍASTodas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el Consejo Escolar o autoridad competente, dentro de un plazo de tres (3) días hábiles.

La Escuela podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar.

Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientador (a), otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.

La Escuela deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 45

Page 46:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PROTOCOLOS

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 46

Page 47:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PROTOCOLO ANTE PRESUNTA SITUACIÓN DE ACOSO ESCOLAR.

Bullying o Acoso escolar

No todas las formas de agresión constituyen acoso escolar. Tal como su nombre indica y lo establece la ley, para que se trate de acoso escolar (también llamado Bullying, matonaje, hostigamiento), se requiere:

Que exista un acto u omisión constitutivo de agresión u hostigamiento Que el hecho de violencia o de acoso sea reiterado, Que la agresión o forma de violencia empleada sea realizada dentro o

fuera del establecimiento, en forma individual o colectiva, en contra de otro estudiante.

Que exista abuso de condición de superioridad o de indefensión respecto de otro, el que se siente expuesto a maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter psicológico o físico grave, tomando en cuenta su edad y condición.

Es importante considerar que un adulto no ejerce bullying a un estudiante, ya que este fenómeno ocurre entre pares. Si existe agresión física o psicológica por parte de un adulto a una estudiante, se trata de un abuso de poder.

Procedimiento frente a Acoso Escolar:

1) Ante la denuncia de una posible situación de acoso escolar, se deberá actuar de acuerdo a lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar en lo que respecta a faltas de extrema gravedad.

2) Todo alumno afectado por un hecho de acoso escolar deberá contar con un espacio de contención y conversación en que se le explicarán los pasos a seguir ante el hecho ocurrido. Este rol debe ser asumido por el/la Encargado/a de Convivencia Escolar en conjunto con la dupla psicosocial del establecimiento.

3) En el momento de contar con la información del hecho de acoso escolar, se deberá citar de manera urgente al o los apoderados, tanto del presunto agresor como de la víctima. Cabe considerar, que los espacios de conversación serán separados según sea pertinente tomando en cuenta que existen instancias y/o temas que se deben hablar entre adultos y otros en que los alumnos pueden estar presentes.

4) Una vez que el/los apoderado/s se encuentren en el establecimiento, se conversa en privado con ellos y luego se incluye al estudiante, salvo que la situación lo amerite. No se debe ocultar información ni minimizar los hechos, explicando claramente a las familias los pasos a seguir. De estas

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 47

Page 48:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

conversaciones deberá quedar registro en el libro de clases y bitácoras de entrevistas con los compromisos o acuerdos por las partes involucradas.

5) Realizar investigación interna de los hechos, entrevistando a testigo para esclarecer la información.

6) En el caso de que la agresión ocurra a través de medios tecnológicos se procederá de la misma forma anteriormente descrita (ver punto 4).

7) Cabe destacar que como primera medida, el Equipo de Convivencia Escolar busca una instancia de acompañamiento, y si ello no es posible, inicia una investigación de acuerdo a los procedimientos establecidos en Manual de Convivencia Escolar, tomando todos los resguardos necesarios y sin omitir juicio, a fin de proteger los derechos e integridad tanto de la posible víctima como del eventual agresor.

8) Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo a la gravedad de los hechos, el o los apoderados deberán denunciar lo sucedido ante las autoridades competentes (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones) dentro de las veinticuatro horas de conocido el hecho, conforme a la ley. Con el afán de esclarecer los acontecimientos, el establecimiento prestará todos los antecedentes de la investigación a los organismos pertinentes (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones) y/o constatación de lesiones de ser necesario.

9) El Equipo de Convivencia Escolar establece como medidas reparatorias, un programa de apoyo para la víctima, el cual consta de derivaciones a los especialistas externos de Salud Mental (Redes comunales o particulares) pertinentes o programas de apoyo, talleres y/o charlas relacionados a la temática dirigido a la comunidad educativa, entre otras. Además el Equipo de Convivencia Escolar realizará monitoreo y seguimiento de la situación.

10)El Equipo de Convivencia Escolar establece como medida reparatoria, un programa de apoyo para el agresor, el cual consta de derivaciones a los especialistas externos de Salud Mental pertinentes o programas de apoyo, intervenciones psicoeducativas a toda la comunidad escolar. Además el Equipo de Convivencia Escolar realizará monitoreo y seguimiento de la situación.

11)De ser acreditado el hecho de acoso escolar o bullying, a través de la investigación interna o de realizar las denuncias ante las autoridades competentes (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones) y de mantenerse la conducta a pesar de todos los apoyos brindados por parte del establecimiento el alumno agresor arriesga la cancelación de matrícula al término del año escolar. Cabe destacar que esta medida está estipulada en la LEY 20.845 DE INCLUSIÓN ESCOLAR QUE REGULA LA ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, ELIMINA EL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO Y PROHÍBE EL LUCRO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE RECIBEN APORTES DEL ESTADO, ya que esto afecta la seguridad y la convivencia del alumno agredido como de la comunidad escolar.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 48

Page 49:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

12)Por último, se debe realizar un informe final, el cual debe ser envía al sostenedor (CORESAM) y a la Superintendencia de Educación.

PROTOCOLO ANTE PRESUNTA VIOLENCIA ESCOLAR

ANTECEDENTE

Se refiera a un comportamiento ilegitimo que implica el uso y abuso de poder o la fuerza de una o más personas en contra de otra/s y/o de sus bienes en el contexto educativo, contra su dignidad o que arriesgan su integridad física y/o psicológica. Tales como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, gritos, burlas, amenazas, insultos, descalificaciones, entre otras.

La Ley de Violencia Escolar, considera especialmente graves los hechos de violencia ya sea física o psicológica, que cometan adultos a alumnos miembros de la comunidad educativa.

Además, cualquiera de estas conductas abusivas atenta contra el Art. 28 Nº2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Art. 5º inc. 2º de la Constitución Política de Chile y el Art. 6º letra d) del DFL 2 de Subvenciones.

Procedimiento ante la violencia entre estudiantes:

1) Ante la denuncia de una posible situación de violencia escolar, se deberá actuar de acuerdo a lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar en lo que respecta a faltas de extrema gravedad.

2) Todo alumno afectado por un hecho de violencia escolar deberá contar con un espacio de contención y conversación en que se le explicarán los pasos a seguir ante el hecho ocurrido. Este rol debe ser asumido por el Inspector General en conjunto al Equipo de Convivencia Escolar del establecimiento.

3) Asistir en primero auxilios al o a los alumnos involucrados en el caso de ser necesario.

4) En el momento de contar con la información del hecho de violencia escolar, se deberá citar de manera urgente al o los apoderados, de los involucrados en conjunto con sus profesores jefes. En esta entrevista quedarán consignados los acuerdos y compromisos firmados de los actores involucrados en el libro de clases y bitácoras de entrevistas.

5) Realizar investigación interna de los hechos, entrevistando a testigo para esclarecer la información (Dejar establecido en el libro de clases y bitácoras de entrevistas.).

6) En el caso de que la violencia escolar ocurra a través de medios tecnológicos se procederá de la misma forma anteriormente descrita (ver punto 3).

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 49

Page 50:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

7) Cabe destacar que como primera medida, el Equipo de Convivencia Escolar busca una instancia de acompañamiento, y si ello no es posible, inicia una investigación de acuerdo a los procedimientos establecidos en Manual de Convivencia Escolar, tomando todos los resguardos necesarios y sin omitir juicio, a fin de proteger los derechos e integridad de los alumnos involucrados.

8) Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo a la gravedad de los hechos y si el acto de violencia constituye delito, el o los apoderados y/o los testigos del hecho deberán denunciar lo sucedido ante las autoridades competentes (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones) dentro de las veinticuatro horas de conocido el hecho, conforme a la ley. Con el afán de esclarecer los acontecimientos, el establecimiento prestará todos los antecedentes de la investigación a los organismos pertinentes (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones) y/o constatación de lesiones de ser necesario.

9) El Equipo de Convivencia Escolar establece como Medidas Reparatorias, un programa de apoyo para los involucrados, el cual consta de derivaciones a los especialistas externos de Salud Mental (Redes comunales o particulares) pertinentes o intervenciones a la comunidad escolar. Por otra parte, se realizarán Medidas Pedagógicas tales como talleres y/o charlas (Resolución de conflictos, control de la ira, etc.) relacionadas a la temática específica dirigido tanto a los alumnos implicados como a sus cursos. Además el Equipo de Convivencia Escolar realizará monitoreo y seguimiento de la situación semanalmente.

Con respecto a las sanciones estas serán aplicadas por el Inspector General de acuerdo a los resultados de la investigación y lo establecido por el Manual de Convivencia Escolar (Ver Agresión que constituya delito pag.51).

10)Por último, se debe realizar un informe final, el cual debe ser envía al sostenedor (CORESAM) y a la Superintendencia de Educación.

Procedimiento ante la violencia de adulto a estudiantes:

1) Cualquier miembro de la comunidad escolar que conozca, tome conocimiento o sea víctima de una agresión de parte de un adulto a un estudiante deberá informar la situación al Profesor/a Jefe, Encargado/a de Convivencia Escolar o Psicólogo/a del establecimiento y en caso de ausencia de los anteriores a cualquier autoridad jerárquica presente en el establecimiento. Este procedimiento se hará de manera escrita, por las partes involucradas y firmada por estas o por el apoderado en caso de tratarse de un estudiante menor de edad. Si esta situación no es debidamente acogida siempre procederá entrevista con el Director, de manera de informarlo y solicitar su intervención conforme a lo dispuesto en Manual de Convivencia Escolar.

2) En caso de tratarse de abusos o maltratos reiterados y que además afecten a otros niños del mismo curso y/o de otros cursos, los padres podrán actuar individualmente o de manera colectiva, a fin de poner en conocimiento del Director o de la autoridad que la subrogue o reemplace, sin perjuicio de ejercer la facultad informar directamente al sostenedor, de

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 50

Page 51:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

tal manera que se realice una investigación del caso y se tomen las medidas necesarias para proteger a los alumnos de conductas abusivas.

3) En cualquiera de los casos antes mencionados, el Director deberá instruir una investigación a cargo del Encargado/a de Convivencia Escolar o realizar la denuncia, en su caso, la que deberá efectuarse en un plazo máximo de cinco días hábiles en caso de tratarse de situaciones de escasa gravedad, en caso contrario deberá informar de forma urgente a los padres y/o apoderados para que realicen la denuncia correspondiente dentro de las veinticuatro horas que establece la ley ante la autoridad competente (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones) constatando lesiones si fuese necesario.

4) El Equipo de Convivencia Escolar establecer un programa para la víctima, el cual consta de derivaciones a los especialistas externos de Salud Mental pertinentes. Además se tomaran medidas de protección para la víctima, decisión que será establecida por el Director en conjunto con el sostenedor mientras se dé término a la investigación.

5) En caso de que se establezca que ha existido la agresión, las sanciones serán las definidas de acuerdo a lo dispuesto por el empleador (CORESAM), según estime conveniente.

Agresiones entre adultos dentro del establecimiento 1) El adulto que fue o está siendo agredido de forma física, verbal,

psicológica y/o virtual, o el testigo de alguna agresión, según las definiciones que abarca nuestro protocolo, deberá dirigirse al encargado de convivencia escolar del establecimiento.

2) El encargado de convivencia escolar solicitará el relato de la situación agresiva, para lo cual exigirá evidencias concretas del hecho, ya sean éstas en formato digital o escrito, o bien, los nombres de las personas involucradas. De no contar con esta evidencia no se podrá llevar a cabo el siguiente paso de acción y sólo quedará en los registros de actas del encargado de convivencia con la respectiva firma, ya que no se puede hacer un proceso de investigación sin las evidencias correspondientes.

3) Obtenidas o no las evidencias, el encargado deberá informar a él o los profesores jefes y al inspector de piso, de los posibles eventos que estarían sucediendo, para las eventuales situaciones conflictivas entre los hijos de dichos apoderados que dañen la sana convivencia dentro de la comunidad educativa.

4) Obtenidas las evidencias, el encargado de convivencia deberá adjuntar al acta de atención (registro de entrevistas), los medios de prueba con los que cuenta. Esta acta deberá ser firmada por el afectado o los testigos.

5) Si las evidencias dan cuenta de agresiones, en cualquiera de sus formas, el encargado dará cuenta a Carabineros, quienes serán los que realicen el proceso de investigación, en el caso de que ellos lo consideren necesario. De todas maneras el establecimiento dejará constancia de las agresiones.

6) Por su parte el establecimiento educacional prohibirá el ingreso a las dependencias, de él o los agresores por lo menos durante un mes, luego del cual podrá apelar al encargado por medio de una carta compromiso de sana convivencia con los miembros de la comunidad educativa, la que

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 51

Page 52:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

además se incluyan las disculpas públicas tanto para el afectado como para la institución. Además, si uno de los involucrados o ambos son apoderados del establecimiento, el encargado, basándose en el Manual de Convivencia solicitará un cambio de apoderado de forma inmediata. Esta medida se tomará como parte de la formación a nuestros alumnos, ya que todos los adultos responsables de nuestra comunidad educativa somos modelos de aprendizaje para nuestros menores.

7) Si dentro de los involucrados agresores se encuentra un funcionario, el director deberá informar a la brevedad al sostenedor. Las sanciones serán las definidas de acuerdo a lo dispuesto por el empleador (CORESAM), según estime conveniente.

Agresión que constituya delito

Si se está frente a un acto de violencia que constituye un delito, el Director o quien lo subrogue o reemplace deberá hacer la denuncia correspondiente a fin de que la justicia tome las medidas de protección que en derecho correspondan e informar al sostenedor CORESAM y la SUPERINTENDENCIA de la expulsión de los alumnos involucrados, tal como lo establece la LEY 20.845 DE INCLUSIÓN ESCOLAR QUE REGULA LA ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, ELIMINA EL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO Y PROHÍBE EL LUCRO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE RECIBEN APORTES DEL ESTADO, ya que esto afecta la seguridad y la convivencia del alumno agredido como de la comunidad escolar.

SITUACIONES ESPECIALES Comunicación con las familias en general

Ante situaciones que se evalúen como especialmente graves, el Director en conjunto con el Equipo de Convivencia Escolar deberá evaluar la conveniencia de ampliar la información al resto de las familias, a fin de evitar rumores o situaciones de desconfianza respecto del rol protector del establecimiento. Para ello, se deberán definir estrategias de información y/o comunicación con las madres, padres y apoderados (Consejo Escolar, Consejos de Profesores, reuniones de apoderados por curso, asambleas generales, elaboración y entrega de circulares informativas, etc.) cuyos objetivos deben estar centrados en:

Explicar la situación en términos generales, sin individualizar a los involucrados ni entregar detalles. En este punto, es de suyo relevante salvaguardar los derechos a la intimidad y evitar la victimización secundaria y la estigmatización.

Comunicar y explicar las medidas y acciones que se están implementando y/o se implementarán en la comunidad educativa a razón del hecho.

Solicitar colaboración y apoyo de parte de las madres, padres y apoderados en la labor formativa del establecimiento, en torno a fortalecer la buena convivencia y prevenir la violencia escolar.

Derivación a especialistas o entidades externas

En caso de situaciones que requieran de una intervención especializada, que exceda las competencias del establecimiento escolar, el psicólogo del colegio deberá realizar por medio de documento escrito la derivación a la red de apoyo disponible a nivel local, estableciendo acuerdos y compromisos de colaboración que optimicen los procesos de consulta y derivación. Para dicho efecto deberá

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 52

Page 53:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

mantener un catastro actualizado de su red de apoyo local y los objetivos de cada organismo o entidad.

PROTOCOLO DE POSIBLE ABUSO SEXUAL CONTRA MENORES

I. Elementos generales

1. Definición de abuso sexual contra menores: “Es la imposición a un niño o niña, basada en una relación de poder, de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene gratificación. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, chantaje, la amenaza, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o cualquier otra forma de presión” (Barudy, J, 1998, “Abuso Sexual en niños/as y adolescentes”, Mineduc)

2. Tipología de abuso sexual contra menores:

1) Tocación de genitales del niño(a) por parte del abusador (a).2) Tocación con connotación erótica de otras zonas del cuerpo del niño(a) por

parte del abusador(a).3) Incitación por parte del abusador(a) a la tocación de sus propios genitales.4) Penetración vaginal o anal o intento de ella ya sea con sus propios

genitales, o con otras5) Partes del cuerpo (Ej.: dedos), o con objetos (Ej.: palos), por parte del

abusador(a).6) Exposición de material pornográfico a un niño(a) (Ej.: revistas, películas,

fotos).7) Contacto buco genital entre el abusador(a) y el niño(a).8) Exhibición de sus genitales por parte del abusador(a) al niño(a).9) Utilización del niño(a) en la elaboración de material pornográfico (Ej.: fotos,

películas).10)Promover o facilitar la prostitución de menores.11)Exponer a menores a material pornográfico para lograr excitación.

12)Realizar acciones de significación sexual para procurar su excitación o la excitación de otro ante personas menores de edad.

Nota: Estas situaciones se pueden dar ya sea en forma conjunta, solo una de ellas, o varias. Pueden ser efectuadas en un episodio único, en repetidas ocasiones o hasta en forma crónica por muchos años.

3. Reporte:

a) Las denuncias de posibles situaciones de abuso sexual contra un alumno del colegio deberán ser presentados, preferentemente, al profesor jefe de los(as) alumnos(os) involucrados(as). En su defecto, a cualquier miembro del cuerpo docente, al directo, o el encargado de convivencia escolar, a través de entrevista formal.

b) La persona del colegio que reciba una denuncia de posible abuso sexual contra un alumno, deberá registrar los hechos informados y acreditar la identidad de quién reportó el hecho, todo lo cual será puesto en conocimiento de las autoridades pertinentes.

4. Registros del proceso:

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 53

Page 54:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

a) Todas las acciones realizadas en el manejo de reportes de posible abuso sexual contra alumnos del colegio quedarán registradas por escrito y/o entrevista formal definidos para tales efectos, siendo archivados en las carpetas confidenciales de convivencia escolar resguardadas por el encargado de convivencia escolar.

b) Los contenidos de las carpetas confidenciales de posible abuso sexual contra alumnos(as) serán puestos a disposición en forma íntegra ante las autoridades competentes que lo requieran. Asimismo, dentro de la comunidad educativa solo podrán ser conocidos por el Director, Inspector General y Encargado de Convivencia Escolar. En situaciones que se deberán evaluar caso a caso, el Director o quien la subrogue podrá autorizar el conocimiento parcial o total del contenido de determinadas carpetas confidenciales a terceros.

5. Fundamentos de las acciones del protocolo de acción:

a) Respecto del conocimiento de acciones u omisiones que pudieran constituir abuso sexual contra un estudiante, los procedimientos a adoptar estarán determinados por las leyes vigentes, considerando el interés superior del (la) niño(a) y su condición de sujeto de protección especial.

b) Los posibles actos de abuso sexual que pudieran afectar a los(as) alumnos (as), de los cuales el colegio tome conocimiento, serán denunciados a las autoridades competentes dentro de las 24 hrs de conocida la situación, con objeto de dar cumplimiento a las obligaciones legales establecidas en los artículos 175 (letra e), 176 y 177 del Código Procesal Penal (2), en las cuales se establece, para los docentes, inspectores y directores de colegios, la obligatoriedad de denunciar posibles delitos que pudieran afectar a los estudiantes, hayan ocurrido dentro o fuera del colegio.

c) Las posibles situaciones de abuso sexual que pudieran afectar a estudiantes del colegio Menores de edad podrán ser denunciados a las autoridades competentes sin contar, necesariamente, con la autorización de sus padres o apoderados para ello, ya que estos se encuentran comprendidos en el marco de las acciones penales públicas que son perseguidas de oficio por el Ministerio Público, según lo establecido en el art.53 del Código Procesal Penal (3).

d) En virtud de lo anterior, frente a cada situación de esta naturaleza que pueda involucrar a un(a) alumno(a), la rectoría y/o el comité de buena convivencia escolar y/o el encargado de convivencia escolar evaluarán las circunstancias en que se informará a los apoderados de los estudiantes afectados el hecho y los procedimientos adoptados por el colegio.

La persona responsable de presentar este tipo de denuncia a las autoridades policiales o Judiciales será el encargado de convivencia escolar o, quién sea designado para tales efectos por la rectoría, misión que realizará conforme a lo señalado en el artículo 173 (extracto) y 174 Código Procesal Penal (Ley 19.696) (4): La denuncia se realizará ante el Ministerio Público y/o ante las autoridades policiales o Tribunales de Justicia que tengan competencia sobre el hecho denunciado. La denuncia se hará por escrito, y en esta constará la identificación del denunciante, su domicilio, el nombre del colegio, la narración circunstanciada del hecho, el señalamiento de quienes presuntamente lo cometieron y/o fueron testigos del hecho y todos aquellos antecedentes de que se tenga conocimiento.

NOTA: En todos los casos que el colegio reciba información acerca de posible abuso sexual contra un(a) alumno(a), el registro de la denuncia interna, así como aquella que se presentará a las autoridades pertinentes, dejará

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 54

Page 55:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

constancia tanto de los hechos informados, como de la identidad de quién aportó los antecedentes referidos.

e) Los funcionarios del colegio no estarán autorizados para investigar situaciones de abuso sexual contra menores. En tales casos, solo acogerán los antecedentes que les sean reportados, poniéndolos a disposición de las autoridades competentes para que estas se pronuncien sobre ellos. Se cumple con ello lo señalado en el Artículo 3 del Código Procesal Penal (5), el cual otorga exclusividad de la investigación penal al Ministerio Público.

II. Procedimiento en casos de posible abuso sexual infantil:

1. Presentación del reporte: Es necesario señalar que los reportes de posibles situaciones de abuso sexual contra un(a) alumno(a) deben hacerse, preferentemente, a las autoridades policiales y/o judiciales que corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, si a través de un apoderado, o directamente de un estudiante, un docente o un asistente de la educación recibe la confidencia de algún caso de abuso sexual, violación o maltrato por parte de un familiar o cualquier persona externa al colegio; o si recibe el testimonio de un niño(a) relativo a haber sido abusado o violado por otro estudiante del colegio; o si un estudiante relata a un docente o a un asistente de la educación haber sido abusado, violado o maltratado por un docente u otro(a) funcionario(a) del colegio; o si el mismo docente sospecha que su estudiante está siendo víctima de abuso sexual o de maltrato, cualquiera de estas situaciones anteriores se procederá como sigue:

a) La presentación de antecedentes o denuncias de este tipo de casos pueden hacerse al profesor jefe de los(as) alumnos(os) involucrados(as). En su defecto, a cualquier miembro del cuerpo docente, el Director, o el encargado de convivencia escolar a través de entrevista formal.

b) El receptor del reporte debe acoger al informante y, al tomar conocimiento que se trata de un posible caso de abuso sexual infantil. Si la persona que recibe la denuncia es un docente, profesor jefe, deberá solicitar la presencia del encargado de convivencia escolar y/o de algún otro miembro del comité de buena convivencia.

c) La entrevista con el denunciante debe ser realizada por, al menos, dos personas del colegio. Una de ellas debe ser el encargado de convivencia escolar y/o un miembro designado del comité de buena convivencia escolar.

2. Realización de entrevistas de clarificación del reporte (No Investigación):

2.1. Entrevistarse con el estudiante (Cfr. UNICEF-MINEDUC, “Orientaciones para la prevención del Abuso Sexual Infantil desde la Comunidad Educativa”, Santiago 2011): La modalidad de entrevista a usar deberá estar muy atenta a la edad del estudiante y adaptarse a esta situación. Si el niño(a) es pequeño ésta deberá limitarse a detectar el primer indicio y derivarlo de inmediato. Lo ideal es que la primera entrevista sobre el tema participe la psicóloga del colegio, en su defecto el encargado de convivencia escolar u otro miembro calificado para ello del CBCE. De todas formas, siempre esta entrevista debe tener características como las siguientes:

a) Informarle que la conversación será confidencial.

b) No presionar al niño(a) a hablar, esperar que relate lo sucedido

espontáneamente, sin preguntar detalles innecesarios.

c) Mostrarle que le cree, lo comprende y que lo toma en serio.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 55

Page 56:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

d) Tener una actitud empática, de no contagio emocional ni de extremo

distanciamiento.

e) Actuar serenamente, lo importante es contener.

f) Si no entiende alguna palabra pedirle que se le aclare, pero no presionarlo

para que conteste preguntas o dudas, ni hacer preguntas explícitas como

¿han abusado de ti?, ¿te han violado?

g) No cuestione el relato del niño(a) ni enjuiciarlo(a) o culparlo(a).

h) No transmitir prejuicios o experiencias personales en relación a este tipo de

situaciones.

i) No sugerir respuestas.

j) No obligarlo a mostrar sus lesiones o quitarse la ropa.

k) Reafirmarle que no es culpable de la situación.

l) Ofrecerle colaboración y asegurarle que será ayudado por otras personas.

m) Registrar en la hoja de entrevistas, en forma textual lo que el niño(a) señala

y no intentar indagar más de lo necesario, eso podría llevar a contaminar e

invalidar la única prueba que se pueda tener en casos de abuso sexual,

sobre todo cuando no existen pruebas físicas.

2.2. Si se presume que hay hechos de abuso sexual, violación y/o maltrato de un estudiante por parte de una persona externa al colegio, siempre y cuando el posible victimario no sea el apoderado, el Encargado de convivencia Escolar, en conjunto con la Dirección u otro miembro del comité de buena convivencia escolar procederán a:

a) Citar al adulto responsable del estudiante, NO involucrando al posible victimario.

b) Comunicar al adulto responsable (papá, mamá, apoderado, tutor) la situación ocurrida con el estudiante.

c) Informar que deben proceder a hacer la denuncia en Carabineros, Policía de

d) Investigaciones (PDI), en el Ministerio Público o en el Servicio Médico Legal (SML), y que la Dirección o quien ella indique estará disponible para poder acompañarlos a realizar la denuncia.

e) Dar plazo hasta la mañana del día siguiente (08:00 am) para demostrar que se realizó la denuncia, si no desean que nadie del colegio les acompañe. Si no certifican la denuncia, o no desean que el colegio los acompañe a ello, esta igualmente será realizada por el colegio conforme a las disposiciones internas establecidas para ello en el reglamento de convivencia escolar.

Nota: En caso de que no se tenga claridad respecto de quien sea el posible victimario, la Dirección y/o el comité de buena convivencia escolar y/o el Encargado de Convivencia Escolar evaluarán las circunstancias y el momento en que se informará la situación y los procedimientos realizados a los apoderados de los estudiantes supuestamente afectados por abuso sexual

2.3. Si se presume de hechos de abuso sexual, violación y/o maltrato de un estudiante por otro estudiante del mismo colegio, se procederá así:

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 56

Page 57:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

a) Citar a los padres de la víctima y del victimario por separado y en tiempos diferidos, para comunicarles la situación ocurrida con su hijo(a).

b) Informar que deben proceder a hacer la denuncia en Carabineros, Policía de Investigaciones (PDI), en el Ministerio Público, y que la rectoría está disponible para poder acompañarlos a realizar la denuncia.

c) Informar que, en caso de no querer hacerlo, el colegio tiene la obligación legal de hacer la denuncia.

d) Dar plazo hasta la mañana del día siguiente (08:00 am) para demostrar que se realizó la denuncia, si no desean que nadie del colegio les acompañe. Si no certifican la denuncia, o no desean que el colegio los acompañe, el colegio presentará la denuncia conforme a las disposiciones internas establecidas en el reglamento de convivencia escolar.

e) Denunciar la situación a Fiscalía para que ellos realicen seguimiento de los casos.

f) Separar a la víctima del victimario, evaluando las medidas a seguir conforme a las indicaciones del asesor jurídico del colegio (CORESAM), Encargada de Convivencia Escolar comunal y/o indicaciones de las autoridades judiciales que estén manejando el caso.

g) Solicitar terapia reparatoria para ambos casos (víctima y victimario), en caso que Fiscalía no actúe inmediatamente.

2.4. Si se presume de hechos de abuso sexual, violación y/o maltrato de un estudiante por un docente o funcionario(a) del colegio, se procederá como sigue:

a) Citar a los padres de la víctima para informar la situación ocurrida.

b) Informar que deben proceder a hacer la denuncia en Carabineros, Policía de Investigaciones (PDI), en el Ministerio Público o en el Servicio Médico Legal (SML) en caso de violación, y que la rectoría o quien ella indique, está disponible para poder acompañarlos a realizar la denuncia.

c) Si la familia no desea que el colegio les acompañe a hacer la denuncia, o estos no presentan la denuncia, el colegio la realizará conforme a las disposiciones internas establecidas en el reglamento de convivencia escolar.

d) Informar de lo acontecido al sostenedor (CORESAM).

3. Procedimiento interno para la denuncia:

a) Los datos reportados serán presentados a la Dirección (o quien la subrogue) y/o al comité de buena convivencia escolar, para que determine la forma en que se realizará la denuncia. Luego, el Encargado de Convivencia Escolar (o quien haya sido designado por la Dirección) procederá a presentar la denuncia en los términos señalados en la sección "1.5" de este protocolo.

b) Se citará a los padres o apoderados del alumno supuestamente víctima de abuso sexual para informarles del procedimiento realizado por el colegio, en cumplimiento de las leyes vigentes para estos efectos. El momento y lugar en que se realizará la reunión con los apoderados será resuelto por la Dirección y/o comité de buena convivencia escolar y/o Encargado de Convivencia Escolar.

c) Frente a la denuncia de hechos de posible abuso sexual contra estudiantes, el colegio, a través del encargado de convivencia escolar o de

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 57

Page 58:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

la persona que la Dirección designe, prestará toda la colaboración que sea solicitada por las autoridades competentes y coordinará el cumplimiento de las diligencias u otras acciones que sean indicadas por éstas

d) Si el denunciado como autor del supuesto delito es un apoderado del colegio, la institución asumirá el principio de inocencia, determinando la aplicación de medidas que deban ser resueltas en el ámbito del colegio una vez que el caso haya sido sentenciado por el Tribunal respectivo. Lo mismo vale en el caso que el denunciado sea un familiar del alumno (no-apoderado del colegio).

e) Si el denunciado como autor del supuesto delito es un funcionario del colegio, en vista de la presunción de inocencia de la cual goza toda persona, la solo denuncia no es suficiente para terminar la relación laboral. No obstante, el colegio podrá tomar medidas para separar al presunto victimario del estudiante afectado, considerando un acompañamiento permanente de otro adulto de la comunidad escolar, durante el proceso de investigación judicial. Si las evidencias de la investigación ratifican la verosimilitud de los hechos, la Dirección deberá informar de lo acontecido a la Encargada de Convivencia Escolar comunal y al sostenedor (CORESAM) para analizar y resolver lo acontecido.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 58

Page 59:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PROTOCOLO DE POSIBLE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

I. Elementos generales

1.1. Definición de violencia intrafamiliar: :”…..Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente………….También habrá violencia intrafamiliar cuando la conducta referida en el inciso precedente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad, adulto mayor o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar….”

1.2. Tipología de violencia intrafamiliar abordable por el colegio: Los actos que pudieran ser constitutivos de violencia intrafamiliar contra menores se encuentran comprendidos dentro de los ámbitos que se señalan a continuación:

Abuso físico: Cualquier acción, no accidental por parte de los padres o cuidadores que provoque daño físico o sea causal de enfermedad en los niños. La intensidad puede variar desde una contusión leve hasta una lesión mortal. Este puede ser también pasivo, como el abandono físico, en el que las necesidades básicas no son atendidas temporal o permanentemente.

Abuso Psicológico: Hostilidad verbal reiterada en forma de insulto, burla, desprecio o amenaza de abandono o constante bloqueo de las iniciativas y de las interacciones infantiles por parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar contra el niño. El ser testigo de violencia entre los padres es otra forma de abuso psicológico

Negligencia o abandono: Falta de protección y cuidados físicos al niño por parte de los padres o cuidadores, así como la falta de respuesta a las necesidades de afecto y estimulación cognitiva, indiferencia y ausencia de contacto corporal.

Abuso sexual (ver protocolo de abuso sexual contra menores)

1.3. Reporte:

a) Las denuncias de posibles situaciones de violencia intrafamiliar contra un alumno del colegio deberán ser presentados, preferentemente, al profesor jefe de los(as) alumnos(os) involucrados(as). En su defecto, a cualquier miembro del cuerpo docente, al Director o al Encargado de Convivencia Escolar. A través de entrevista formal.

b) La persona del colegio que reciba una denuncia de posible violencia intrafamiliar contra un alumno, deberá registrar los hechos informados y

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 59

Page 60:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

acreditar la identidad de quién reportó el hecho, todo lo cual será puesto en conocimiento de las autoridades pertinentes.

1.4. Registros del proceso:

a) Todas las acciones realizadas en el manejo de reportes de posible violencia intrafamiliar contra alumnos del colegio quedarán registradas por escrito y/o entrevista formal definidos tales efectos, siendo archivados en las carpetas confidenciales de convivencia escolar resguardadas por el encargado de convivencia escolar.

b) Los contenidos de las carpetas confidenciales de posible violencia intrafamiliar contra alumnos(as) serán puestos a disposición en forma íntegra ante las autoridades competentes que lo requieran. Asimismo, dentro de la comunidad educativa solo podrán ser conocidos por el director, profesores jefes de los involucrados, Encargado de Convivencia Escolar y/o miembros del C.B.C.E que hayan sido autorizados por Dirección (o quien la subrogue). En situaciones que se deberán evaluar caso a caso, la Dirección o quien la subrogue podrá autorizar el conocimiento parcial o total del contenido de determinadas carpetas confidenciales a terceros.

1.5. Fundamentos de las acciones del protocolo de acción:

a) Respecto del conocimiento de acciones u omisiones que pudieran constituir violencia intrafamiliar (VIF) contra un estudiante, los procedimientos a adoptar estarán determinados por las leyes vigentes, considerando el interés superior del (la) niño(a) y su condición de sujeto de protección especial.

b) Los posibles actos de VIF que pudieran afectar a los(as) alumnos (as), de los cuales el colegio tome conocimiento, serán denunciados a las autoridades competentes dentro de las 24 hrs de conocida la situación, con objeto de dar cumplimiento a las obligaciones legales establecidas en los artículos 175 (letra e), 176 y 177 del Código Procesal Penal (2), en las cuales se establece, para los docentes, inspectores y directores de colegios, la obligatoriedad de denunciar posibles delitos que pudieran afectar a los estudiantes, hayan ocurrido dentro o fuera del colegio.

c) Las posibles situaciones de VIF que pudieran afectar a estudiantes del colegio menores de edad podrán ser denunciados a las autoridades competentes sin contar, necesariamente, con la autorización de sus padres o apoderados para ello, ya que estos se encuentran comprendidos en el marco de las acciones penales públicas que son perseguidas de oficio por el Ministerio Público, según lo establecido en el art.53 del Código Procesal Penal (3).

d) En virtud de lo anterior, frente a cada situación de esta naturaleza que pueda involucrar a un(a) alumno(a), la Dirección y/o el comité de buena convivencia escolar y/o el Encargado de Convivencia Escolar evaluarán las circunstancias en que se informará a los apoderados de los estudiantes afectados el hecho y los procedimientos adoptados por el colegio.

e) La persona responsable de presentar este tipo de denuncias a las autoridades policiales o judiciales será el encargado de convivencia escolar o, quién sea designado para tales efectos por la Dirección, misión que realizará conforme a lo señalado en el artículo 173 (extracto) y 174 Código Procesal Penal (Ley 19.696) (4): La denuncia se realizará ante el Ministerio Público.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 60

Page 61:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

f) y/o ante las autoridades policiales o Tribunales de Justicia que tengan competencia sobre el hecho denunciado. La denuncia se hará por escrito, y en esta constará la identificación del denunciante, su domicilio, el nombre del colegio, la narración circunstanciada del hecho, el señalamiento de quienes presuntamente lo cometieron y/o fueron testigos del hecho y todos aquellos antecedentes de que se tenga conocimiento.

g) NOTA: En todos los casos que el colegio reciba información acerca de posible VIF contra un(a) alumno(a), el registro de la denuncia interna, así como aquella que se presentará a las autoridades pertinentes, dejará constancia tanto de los hechos informados, como de la identidad de quién aportó los antecedentes referidos.

a) Los funcionarios del colegio no estarán autorizados para investigar situaciones de VIF contra menores que pudieran constituir delitos. En tales casos, solo acogerán los antecedentes que les sean reportados, poniéndolos a disposición de las autoridades competentes para que estas se pronuncien sobre ellos. Se cumple con ello lo señalado en el Artículo 3 del Código Procesal Penal (5), el cual otorga exclusividad de la investigación penal al Ministerio Público.

II. Procedimiento en casos de posible violencia intrafamiliar:

1. Presentación del reporte: Es necesario señalar que los reportes de posibles situaciones de violencia intrafamiliar contra un alumno deben hacerse, preferentemente, a las autoridades policiales y/o judiciales que corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, si este reporte es presentado al colegio, se debe seguir el siguiente protocolo:

a) La presentación de antecedentes o denuncias de este tipo de casos pueden hacerse al profesor jefe de los(as) alumnos(os) involucrados(as). En su defecto, a cualquier miembro del cuerpo docente, el Director o del Encargado de Convivencia Escolar

b) El receptor del reporte debe acoger al informante y, al tomar conocimiento que se trata de un posible caso de VIF. Si la persona que recibe la denuncia es un docente, profesor jefe, deberá solicitar la presencia del encargado de convivencia escolar y/o de algún otro miembro del comité de buena convivencia.

c) La entrevista con el denunciante debe ser realizada por, al menos, dos personas del colegio. Una de ellas debe ser el encargado de convivencia escolar y/o un miembro designado del comité de buena convivencia escolar.

2. Realización de entrevistas de clarificación del reporte (No investigación):

2.1. Si quién reporta no es el alumno afectado:

a) Si es otro alumno:

1) Comunicar al adulto responsable (papá, mamá, apoderado, tutor) la situación reportada por su pupilo.

2) Informar al adulto que debe proceder a hacer la denuncia en Carabineros, Policía de Investigaciones (PDI), en el Ministerio Público, Tribunal de Familia ó en el Servicio Médico Legal (SML).

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 61

Page 62:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

3) Dar plazo hasta la mañana del día siguiente (08:00 am) para demostrar que se realizó la denuncia. Si no certifican la denuncia, el colegio la realizará conforme las disposiciones reglamentarias internas establecidas en el reglamento de convivencia escolar.

4) Citar a los padres o apoderados del alumno supuestamente víctima de VIF para informarles del procedimiento realizado por el colegio, en cumplimiento de las leyes vigentes para estos efectos. El momento y lugar en que se realizará la reunión con los apoderados será resuelto por la Dirección (o por quien la subrogue) y/o el comité de buena convivencia escolar y/o el encargado de convivencia escolar.

b) Si es un adulto miembro de la comunidad educativa:

1) Informar al adulto que debe proceder a hacer la denuncia en Carabineros, Policía de Investigaciones (PDI), en el Ministerio Público, Tribunal de Familia ó en el Servicio Médico Legal (SML).

2) Si el denunciante NO es funcionario del colegio, se dará plazo hasta la mañana del día siguiente (08:00 am) para demostrar que se realizó la denuncia, si no desea que nadie del colegio les acompañe. Si el denunciante no desea que el colegio lo acompañe a hacer la denuncia, o si no presenta la denuncia, el colegio la realizará conforme a las disposiciones reglamentarias internas para estas materias.

3) Si el denunciante es funcionario del colegio, se procederá a presentar la denuncia dentro de los plazos correspondientes, en los términos señalados en la sección "1.5" de este protocolo.

4) Citar a los padres o apoderados del alumno supuestamente víctima de VIF para informarles del procedimiento realizado por el colegio, en cumplimiento de las leyes vigentes para estos efectos. El momento y lugar en que se realizará la reunión con los apoderados será resuelto por la Dirección (o por quien la subrogue), asesorada por el comité de buena convivencia escolar y/o asesor jurídico del sostenedor (CORESAM) u otras entidades competentes en estas materias.

c) Si el denunciante es el (la) alumno(a) supuestamente afectado(a):

Se realizará la entrevista de clarificación del hecho, de acuerdo con las siguientes consideraciones:

1) Se le proporcionará un clima de acogida y confianza.2) La entrevista se realizará en un lugar apropiado, cómodo y privado.3) Los entrevistadores se ubicarán a la misma altura del niño y le harán ver

que no es culpable ni responsable del hecho que está reportando.4) Se le informará al (la) niño(a) que la conversación será privada, pero que si

es necesario, por su bienestar, podría informarse lo reportado a otras personas que lo ayudarán.

5) Se escuchará el reporte trasmitiendo confianza y seguridad al niño(a), sin acusar o emitir juicios acerca de los adultos que aparezcan en el relato presentado.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 62

Page 63:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

6) Se mantendrá comprensión e interés por el relato del niño(a), sin interrumpir o emitir juicios que pudieran interpretarse como incredulidad o desconfianza frente a lo reportado.

7) Se respetarán los ritmos y silencios del niño(a) en su relato.8) No se le sugerirán respuesta, ni se le pedirá que presente evidencias que

acrediten su reporte ni que detalle los hechos más allá de lo que él (ella) mismo(a) desee comunicar.

9) Finalmente, se le informará, de un modo que pueda comprender, el procedimiento a seguir respecto del hecho.

3. Procedimiento interno para la denuncia:

a) Los datos reportados serán presentados Al Dirección (o quien la subrogue) y/o al comité de buena convivencia escolar, para que determine la forma en que se realizará la denuncia. Luego, el encargado de convivencia escolar (o quien haya sido designado por la Dirección) procederá a presentar la denuncia en los términos señalados en la sección "1.5" de este protocolo.

b) Se citará a los padres o apoderados del alumno supuestamente víctima de VIF para informarles del procedimiento realizado por el colegio, en cumplimiento de las leyes vigentes para estos efectos. El momento y lugar en que se realizará la reunión con los apoderados será resuelto por la Dirección y/o comité de buena convivencia escolar y/o encargado de convivencia escolar.

c) Frente a la denuncia de hechos de posible VIF contra estudiantes, el colegio, a través del encargado de convivencia escolar o de la persona que la rectora designe, prestará toda la colaboración que sea solicitada por las autoridades competentes y coordinará el cumplimiento de las diligencias u otras acciones que sean indicadas por éstas

d) Si el denunciado como autor del supuesto delito es un apoderado del colegio, la institución asumirá el principio de inocencia, determinando la aplicación de medidas que deban ser resueltas en el ámbito del colegio una vez que el caso haya sido sentenciado por el Tribunal respectivo. Lo mismo vale en el caso que el denunciado sea un familiar del alumno (no-apoderado del colegio).

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 63

Page 64:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD ADOLESCENTE

I. Elementos generales:

Marco legal

“El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos” para cada caso. (Ley Nº 18.962 LOCE, art.2º inciso tercero y final). Dichas facilidades, así como el derecho a ingresar y a permanecer en la educación básica y media, están reglamentadas en el Decreto Nº 79 de marzo del 2004 que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad.

1. Definición

Embarazo en adolescentes es el que ocurre durante la adolescencia de la madre, definida esta última por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como el lapso de vida transcurrido entre los 10 y 19 años de edad.

II.- Derechos y deberes de las partes involucradas

Derechos de la estudiante en condición de embarazo o maternidad y del progenitor adolescente:

Período de embarazo

a) La alumna (y/o el apoderado) debe informar su condición a su profesor(a) jefe, orientador(a), coordinadora de convivencia escolar, presentando un certificado médico que acredite su condición. El profesor jefe o director de formación, le informarán sobre los derechos y obligaciones, tanto de la estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional.

b) La alumna tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el Establecimiento.

c) La Alumna embarazada tendrá derecho a concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante o matrona.

d) La alumna embarazada tendrá derecho a asistir al baño cuantas veces lo necesite, sin tener que reprimirse por ello.

e) La alumna embarazada tendrá derecho a utilizar las dependencias de la biblioteca u otros espacios del colegio, para evitar estrés o posibles accidentes.

f) La alumna tiene derecho adaptar su uniforme escolar del establecimiento a su condición de embarazo.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 64

Page 65:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

g) La alumna embarazada tendrá derecho a salir de la sala a ingerir alimentos, de acuerdo a lo que su estado requiera.

h) La alumna tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre y cuando dichas inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos tratantes, y los registros del carnet de control de salud, esto sumado a un rendimiento académico que permita la promoción de curso (de acuerdo al reglamento de evaluación vigente).

Período de maternidad

a) La madre adolescente tiene derecho a decidir el horario de alimentación del hijo o hija, el que debe ser máximo una hora, no considerando los tiempos de traslado. Esto evitará perjudicar su evaluación diaria.

b) Para las labores de amamantamiento, se permitirá la salida de la madre en el horario predeterminado, para acudir a su hogar o sala cuna.

c) Cuando el hijo menor de un año, presente alguna enfermedad, que necesite un cuidado específico, según conste en certificado médico, el colegio dará tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades pertinentes para atenderlo.

Deberes de la estudiante en condición de embarazo o maternidad

a) La alumna debe presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o de los controles médicos del bebé. (profesor jefe, coordinadores de convivencia escolar)

b) La alumna debe justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre, con los respectivos certificados médicos.

c) Debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades académicas.

Derechos del estudiante en condición de progenitor

a) El alumno tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo de las etapas del embarazo y su rol como progenitor. (Dichos permisos, entradas y salidas deben ser solicitados por el alumno a través de la documentación médica respectiva)

b) El alumno tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por enfermedad de su hijo, al tratarse de labores o cuidados acordes a su rol de padre.

Deberes del estudiante en condición de progenitor

a) El alumno debe informar a las autoridades del colegio de su condición de progenitor, entregando los antecedentes correspondientes a profesor jefe y a la dirección del colegio.

b) El progenitor adolescente, tendrá derecho a concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante o matrona.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 65

Page 66:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Derechos de los apoderados de estudiantes en condición de embarazo maternidad paternidad

a) El apoderado tiene derecho a ser informado sobre los derechos y obligaciones, del estudiante, de la familia y del establecimiento educacional.

b) El apoderado tendrá derecho a firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su consentimiento para la alumna o alumno asista a los controles, exámenes médicos u otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido y que implique la ausencia parcial o total del estudiante durante la jornada de clases.

Deberes de los apoderados de estudiantes en condición de embarazo maternidad paternidad

a) El apoderado debe informar al establecimiento educacional sobre la condición de embarazo o progenitor del estudiante.

b) Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá concurrir al establecimiento a entregar el certificado médico correspondiente. Además, deberá velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones.

c) El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

d) El apoderado deberá mantener su vínculo con el colegio cumpliendo con su rol de apoderado.

III.- Protocolo de acción 1.

1.1La o el alumno(a) (y/o el apoderado) debe informar su condición a su profesor(a) jefe, orientadora, coordinadores de convivencia escolar, presentando un certificado médico que acredite su condición. El profesor jefe o director de formación, le informarán sobre los derechos y obligaciones, tanto de la o el estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional.

1.2La o el estudiante que comunica su condición de embarazo o paternidad debe ser acogida(o), orientada(o), acompañada(o) y respetada(o) en sus derechos, guardando la discreción adecuada que permita al estudiante establecer vínculos de confianza con su colegio, que favorezcan el proceso de apoyo que el establecimiento ha diseñado para estos casos, con el fin de procurar la protección del estudiante.

1.3 Una vez comunicada la condición de maternidad o paternidad, la información debe ser llevada a las autoridades directivas, ya sea directamente por quién recibió la información o por intermedio del orientador del colegio.

2. Entrevista al apoderado. El profesor (a) jefe y orientadora registrará aspectos importantes de la situación familiar de los padres frente a la condición de embarazo o paternidad. También dará a conocer el protocolo de acción que se implementará para que el estudiante continúe con sus actividades y no pierda su año escolar. Además, recopilará antecedentes relevantes del estudiante tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto y solicitud de atención y certificado médico.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 66

Page 67:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

o El apoderado firmará los compromisos para que la estudiante continúe asistiendo al colegio.

o Los acuerdos y compromisos se archivarán en la Carpeta del estudiante por parte del profesor jefe y la orientadora.

3. Plan académico para la estudiante embarazada

o El director académico, el director de formación, el profesor jefe, la orientadora y/o coordinador de convivencia escolar, analizan la información recogida y organizan los procedimientos.

o La coordinadora académica elaborará una programación del trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos para la alumna embarazada, que le permita desenvolverse de manera normal en el colegio y al mismo tiempo pueda cumplir con los cuidados y controles de su condición de embarazo.

o Esta programación de trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos para la estudiante en condición de embarazo, serán coordinadas entre los profesores de las distintas asignaturas e informada a las autoridades directivas del establecimiento.

4. Bitácora y seguimiento

Elaboración de una bitácora que registre el proceso de la alumna en condición de embarazo o maternidad por parte de la orientadora del establecimiento, contemplando entrevistas de seguimiento a la alumna y entrevistas de orientación al apoderado.

Monitoreo del proceso a través del tiempo por parte de la orientadora y profesor(a) jefe.

5. Cierre de protocolo

o Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y ajustado a la norma para apoyar a la alumna en condición de embarazo y maternidad, realizado por la orientadora del colegio.

o Entrega del informe final a las autoridades directivas, al profesor jefe y el apoderado elaborado por la orientadora.

o Profesor jefe archiva informe final en carpeta de la alumna.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 67

Page 68:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PROTOCOLO PARA ABORDAR CONSUMO, TENENCIA, PORTE DE DROGAS Y ALCOHOL

Consideraciones generales

La Escuela declara públicamente que el porte, tenencia, consumo, uso, intercambio, venta, regalo de drogas y/o alcohol está prohibido en el establecimiento.

a) Dentro de las acciones formativas, se implementará en cada curso el trabajo colaborativo con SENDA o el organismo público que le reemplace, incluyendo acciones preventivas para toda la comunidad escolar.

b) Es obligación de todos los integrantes de la comunidad educativa, comunicar en forma oportuna y usando los canales habilitados, sobre situaciones de riesgo o de consumo de drogas y/o alcohol.

c) En caso de la detección del consumo de estas sustancias, la persona testigo del hecho, debe comunicarse con el Encargado de Convivencia Escolar, dirigirse a cualquier docente, asistente de la educación u otro adulto responsable, quienes seguirá el conducto regular para abordar el caso.

d) La obligación de aviso es en todo momento durante el año escolar no importando la hora o el lugar donde ocurriesen los hechos.

e) Detectada la situación, el Encargado de Convivencia Escolar iniciará una investigación.

f) De los resultados de ésta se informa a Dirección.

g) Quien a su vez podrá comunicar y/o convocar al Consejo Escolar para tomar una decisión de pasos a seguir y/o informar a las autoridades correspondientes.

El conducto regular debiera ser el siguiente:

Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante el Encargado de la Convivencia Escolar, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas,

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 68

Page 69:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

a fin de que se dé inicio al debido proceso, quien nombrará al encargado de la investigación cuando sea distinto al encargado de convivencia escolar. El encargado de acoger la denuncia debe proceder de acuerdo a los formularios establecidos.

Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

Si durante la investigación no hubiere acuerdo entre las partes, se convocará a una instancia superior (Dirección, sostenedor, Ministerio de Educación) para oír su consejo y/o solicitar pronunciamiento.

CONSUMO DE DROGAS ILÍCITAS Y ALCOHOL

a. Ante la sospecha o confirmación de consumo, se procede a citar al apoderado para informar la situación.

b. Se exigirá el ingreso a l programa de tratamiento del Servicio de Salud (AUGE)

c. Se efectuará un seguimiento de los estudiantes a cargo de Orientación para apoyar su proceso escolar.

d. De acuerdo a los informes médicos, prevalencia y respuesta del estudiante, se decidirá otras acciones.

PORTE O TENENCIA DE DROGAS

a) El porte o tenencia drogas y alcohol es ilegal, por lo que su porte constituye una falta muy grave de carácter judicial

b) Confirmado el hecho, se cita apoderado para proceder al proceso de condicionalidad de matrícula o cancelación de esta, suspendiéndose al estudiante de forma inmediata

c) Se notifica del hecho a las autoridades Educacionales y Judiciales.

MICROTRÁFICO, (VENTA O DISTRIBUCIÓN)

a) Confirmado el hecho, se debe informar al apoderado y a la PDI.b) Se inicia el procedimiento de Cancelación de matrícula, suspendiéndose al

estudiante en forma inmediata.

PROTOCOLO ANTE EL PORTE Y/O USO DE ARMAS De acuerdo a la Legislación vigente, Ley Nº 19. 975, el porte y/o uso de arma blanca se encuentra penado por Ley. No se permite tener y/o usar en las salas de clase: cortapluma, cuchillo cartonero, cuchillos, navajas, etc. Como tampoco se permite el porte y uso de cualquier otro tipo de arma, de acuerdo a la Ley 20.084.

El procedimiento a seguir es el siguiente:

a) Atender la denuncia de inmediato y proceder a la verificación del hecho.b) De tratarse de un arma, comunicar a Dirección para informar a PDI.c) Citar al apoderado de inmediato.d) Proceder de acuerdo al diálogo con PDI.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 69

Page 70:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

e) Iniciar el proceso de condicionalidad, cancelación de matrícula o no renovación de ésta, según corresponda.

SEGUIMIENTO

a) Realizar un monitoreo constante del caso utilizando como base un plan de acción remedial.

b) Se llevará a cabo el proceso mediante sistematización de registros. c) En el caso que se lleve a cabo un proceso judicial, se asegurará a todas

las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por la dignidad y honra de las personas involucradas.

d) Comunicar a las autoridades correspondientes, Director (a) del establecimiento, CORESAM, Departamento Provincial de Educación o Superintendencia de Educación.

PROTOCOLO DE EXPULSION Y CANCELACION DE MATRICULA

Este protocolo se rige única y exclusivamente en situaciones en donde las actitudes y acciones de un estudiante comprometen la seguridad e integridad de algún integrante de la comunidad educativa. Dado esto, este protocolo se adscribe a la LEY 20.845, DE INCLUSIÓN ESCOLAR QUE REGULA LA ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, ELIMINA EL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO Y PROHÍBE EL LUCRO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE RECIBEN APORTES DEL ESTADO, LA CUAL ESTABLECE LO SIGUIENTE:

"Sólo podrán aplicarse las sanciones o medidas disciplinarias contenidas en el reglamento interno, las que, en todo caso, estarán sujetas a los principios de proporcionalidad y de no discriminación arbitraria, y a lo dispuesto en el artículo 11 del decreto con fuerza de ley Nº2, de 2009, del Ministerio de Educación. No podrá decretarse la medida de expulsión o la de cancelación de matrícula de un o una estudiante por motivos académicos, de carácter político, ideológicos o de cualquier otra índole, sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos siguientes. Las medidas de expulsión y cancelación de matrícula sólo podrán aplicarse cuando sus causales estén claramente descritas en el reglamento interno del establecimiento y, además, afecten gravemente la convivencia escolar.". i) Intercálanse, en la letra d), los siguientes párrafos séptimo, octavo, noveno, décimo, undécimo y duodécimo: "Previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula, el director del establecimiento deberá haber representado a los padres, madres o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de sanciones e implementado a favor de el o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén expresamente establecidas en el reglamento interno del establecimiento educacional, las que en todo caso deberán ser pertinentes a la entidad y gravedad de la infracción cometida, resguardando siempre el interés superior del niño o pupilo. No se podrá expulsar o cancelar la matrícula de un estudiante en un período del año escolar que haga imposible que pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional. Lo dispuesto en el párrafo precedente no será

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 70

Page 71:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

aplicable cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar, de conformidad al Párrafo 3º del Título I del decreto con fuerza de ley Nº2, de 2009, del Misterio de Educación. En ese caso se procederá con arreglo a los párrafos siguientes. Las medidas de expulsión o cancelación de matrícula sólo podrán adoptarse mediante un procedimiento previo, racional y justo que deberá estar contemplado en el reglamento interno del establecimiento, garantizando el derecho del estudiante afectado y,o del padre, madre o apoderado a realizar sus descargos y a solicitar la reconsideración de la medida. La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el director del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles. Los sostenedores y,o directores no podrán cancelar la matrícula, expulsar o suspender a sus estudiantes por causales que se deriven de su situación socioeconómica o del rendimiento académico, o vinculadas a la presencia de necesidades educativas especiales de carácter permanente y transitorio definidas en el inciso segundo del artículo 9º, que se presenten durante sus estudios. A su vez, no podrán, ni directa ni indirectamente, ejercer cualquier forma de presión dirigida a los estudiantes que presenten dificultades de aprendizaje, o a sus padres, madres o apoderados, tendientes a que opten por otro establecimiento en razón de dichas dificultades. En caso que el o la estudiante repita de curso, deberá estarse a lo señalado en el inciso sexto del artículo 11 del decreto con fuerza de ley Nº2, de 2009, del Ministerio de Educación. El director, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise, en la forma, el cumplimiento del procedimiento descrito en los párrafos anteriores. Corresponderá al Ministerio de Educación velar por la reubicación del estudiante afectado por la medida y adoptar las medidas de apoyo necesarias.".

Además de lo señalado por la Ley 20845, el establecimiento establece como medida interna lo descrito en el ARTÍCULO 38: INSTANCIAS DE APELACIÓN.

a) El alumno que haya sido sancionado por el Consejo de Disciplinario de Profesores, Manual de Convivencia y/o Inspectoría General tendrá la posibilidad de apelar a la misma instancia, a través de un documento formal dirigido al Director. Este documento debe ser entregado en el establecimiento de forma PRESENCIAL POR EL APODERADO. El Director deberá convocar a un Consejo Extraordinario de Profesores en un plazo máximo de 3 días hábiles, desde el momento de recepción del documento. En un plazo máximo de 10 días el Consejo Extraordinario de Profesores deberá dar respuesta a dicha apelación presentada a través de un documento resolutivo por parte del establecimiento al apoderado.

PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE ROBOS, DE HURTOS y FALSIFICACIONES EN EL COLEGIO

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 71

Page 72:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Principios institucionales:

La finalidad del presente protocolo es disponer de un referente que permita resolver la falta que ordena y colaborar en el establecimiento de un clima de “sana convivencia escolar” desde dos pilares fundamentales:

1.- Ejecutar procedimientos de intervención teniendo como primer referente el marco legislativo nacional el cual que regulará las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar, incorporando políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan faltas a la buena convivencia escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establecerá las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo y debido proceso.

2.-Impulsar acciones basadas en los lineamientos de nuestro Proyecto Educativo, Un Liceo de excelencia académica en el que los estudiantes y toda la comunidad educativa se transformen en fuente de cambio y progreso social, evidenciando espíritu crítico y respeto por la diversidad, con el propósito de formar jóvenes íntegros en el contexto de la participación activa de la comunidad y su entorno.

Definición de la falta

Ante el extravío de alguna de las pertenencias, que un alumno trae al colegio, el apoderado puede acercarse al inspector o Directivo de sección informando del hecho y aportando antecedentes iniciales que permitan resolver la situación, a partir de este modo, se pondrá en marcha el protocolo. En el caso de que el afectado sea un Docente Directivo, Docente o Asistente Educativo, si procede será el inspector quien recoja el relato o un Directivo.

Por otra parte el Equipo de Convivencia Escolar o Comité de Sana Convivencia, ha consensuado en conjunto con Directivos, Docentes y Asistentes Educativos, la siguiente definición de Robo y de Hurto:

ROBO: Apropiación de un bien ajeno, contra la voluntad de su dueño, mediante algún tipo de fuerza o acción intimidaría y de violencia en contra del afectado.

HURTO: Apropiación de un bien ajeno, en desconocimiento de su dueño y sin mediar acción violenta alguna.

FALSIFICACIÓN: Cualquier adulteración o modificación efectuada en instrumentos públicos o privados, tales como agendas, libros de clases, actas u otros.

Normativa Legal El presente protocolo tiene como referente la Ley N° 20.536 Ley sobre violencia escolar, la que establece que la buena convivencia escolar está determinada por la coexistencia armónica entre los miembros de la comunidad educativa, se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 72

Page 73:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

las libertades fundamentales, en tal sentido la constatación de un robo o un hurto son hechos que alteran la buena convivencia.

Los hechos constitutivos de los delitos señalados en este protocolo están tipificados en el Código Penal, y sus leyes complementarias

Procedimiento: Ante una denuncia de robo o de hurto de especies personales ocurrido en el interior del establecimiento, entre estudiantes:

1) Acoger el relato del afectado/a. 2) La persona encargada de acoger el relato, deberá ser el inspector o

inspectora General; y/o en su defecto el Encargado de Convivencia. La persona que recibe la denuncia, debe proceder con diligencia y rapidez, dejando constancia por escrito de los hechos relatados. Si la denuncia ocurre al término de la jornada, debe retomar el caso a primera hora del día siguiente.

3) Quien acoge el relato, se deberá comunicar con Inspector de piso, al cual pertenece el estudiante, para informarle del hecho, posteriormente el Inspector General cita a los/as apoderados/as para informarles de la situación. Si la situación afecta a un docente o asistente educativo, se debe informar al Rector, si el hecho tiene características de robo, se requerirá inmediatamente la presencia de Carabineros.

4) Se deberá dejar constancia escrita del hecho, señalando lo más explícito posible los siguientes antecedentes: fecha, hora, lugar, tipo de especie sustraída, detalles del momento en que descubre el hecho, datos anexos.

5) Serán documentos necesarios e imprescindibles para actuar sobre el caso: - Constancia escrita del hecho. - Grabación del circuito de cámaras del colegio, si la hubiere.

6) Se citará al Equipo de Convivencia Escolar o Comité de Sana Convivencia, para dar a conocer la situación y en conjunto garantizar la correcta aplicación de los procedimientos establecidos en el Manual de Convivencia Escolar.

7) Si el resultado dela investigación interna determina culpabilidad de un estudiante en el hecho, se iniciarán inmediatamente un proceso de acompañamiento que oriente a la superación de este hecho y al establecimiento de acciones reparatorias.

8) Si los resultados de la investigación, arrojan pruebas y el posterior reconocimiento del causante del hurto y este fuese un Docente o Asistente Educativo, se procederá a dejar constancia laboral en www.dt.gob.cl , será el Director quien junto al Equipo de Convivencia Escolar, determine acciones reparatorias y sanciones. En el caso de que el denunciado Docente o Asistente Educativo cometiese robo, situación refrendada por las evidencias correspondientes, se procederá a dejar constancia y a presentar al Sostenedor el caso para que se considere su despido inmediato.

9) Será considerado un atenuante, en el caso de hurto, el que el denunciado reconozca su falta.

10)El encargado/a de Convivencia Escolar o del Comité de Sana Convivencia Escolar deberá dejar por escrito en acta los acuerdos establecidos y las acciones a seguir.

11)Se deberá registrar en la Hoja de Vida del estudiante el hecho e informar al apoderado/a de las acciones señaladas en el manual de convivencia escolar. Del mismo modo quedará en hoja de vida del docente o asistente las situaciones de hurto o robo.

12)Se deja a criterio del afectado/a poder iniciar denuncia civil en forma personal en la Comisaría más cercana, salvo que el colegio haya procedido a la denuncia en caso del artículo 175 lera e) del Código Procesal Penal. El colegio, a petición del interesado, y solo en caso de denuncia formal, procederá a realizar los trámites previos a la investigación

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 73

Page 74:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

penal. El colegio insiste en que los alumnos no deben traer objetos de valor que no sean estrictamente necesarios para la actividad académica y tener todos sus útiles y prendas marcadas.

SEGUIMIENTO

e) Realizar un monitoreo constante del caso utilizando como base un plan de acción remedial.

f) Se llevará a cabo el proceso mediante sistematización de registros. g) En el caso que se lleve a cabo un proceso judicial, se asegurará a todas

las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por la dignidad y honra de las personas involucradas.

h) Comunicar a las autoridades correspondientes, Director (a) del establecimiento, CORESAM, Departamento Provincial de Educación o Superintendencia de Educación.

PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA ESTUDIANTES EN GIRA DE ESTUDIO, SALIDAS PEDAGÓGICAS , COMPETENCIAS EN REPRESENTACION DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDADES FUERA DE ESTE.

Una gira de estudio, salidas pedagógicas o competencias en representación del establecimiento es una instancia de sana convivencia que, gracias al esfuerzo de los padres y a los recursos generados por los estudiantes, permite la socialización e integración entre pares y profesores, además del conocimiento de la geografía y vida del país.

Entendiendo que estas actividades una prolongación de las actividades del colegio, se aplica de igual manera la normativa del reglamento de convivencia escolar conocido y aceptado por todos.

Por la importancia de las distintas experiencias, es necesario, además regular aspectos especiales de ellas, de tal modo, que éste sea una experiencia provechosa y de grandes recuerdos para toda la vida.

Por la responsabilidad que un viaje, salidas pedagógicas o competencias implican para el colegio, así como para el estudiante y su familia, se establecen como normas que reglamentarán estas actividades -sin perjuicio de los reglamentos y principios vigentes de nuestra institución- las siguientes:

1) En el caso especial de los viajes representativos y de las giras de estudio, el estudiante cuyo estatus disciplinario sea de condicionalidad o extrema condicionalidad de matrícula se analizará la participación de la salida pedagógica, competencia en representación del establecimiento o viaje de estudios. El apoderado deberá firmar una carta compromiso, que faculte al docente a cargo para tomar las medidas pertinentes cuando la situación así lo amerite.

2) Durante cualquier actividad, los estudiantes deberán mantener en todo momento una actitud de disciplina en lo que se refiere a acatar órdenes, horarios e instrucciones dadas por sus profesores. Parte importante de estas instrucciones ya han sido dadas a conocer a los estudiantes,

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 74

Page 75:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

previamente, en el contexto de la preparación de las distintas actividades. Así mismo, deberán acatar las instrucciones y órdenes que se impartan durante todo el viaje y hasta el regreso al colegio. Esto, con el propósito de garantizar, además de una sana convivencia, el cumplimiento de las normas establecidas.

3) Los estudiantes deberán mantener permanentemente una actitud de respeto y responsabilidad consigo mismo, con las personas a cuyo cargo están y con sus propios compañeros.

4) El estudiante no podrá apartarse de la programación del tour o planificación de la actividad y deberá acatar su itinerario y horarios tanto de salida como de regreso. El grupo estará unido siempre durante todo el viaje. No se aceptará durante éste la incorporación de personas ajenas al grupo.

5) Los estudiantes mantendrán constantemente, en todo tiempo y lugar, una actitud y conducta correcta, de acuerdo a los principios valores adquiridos en su familia y en su colegio.

6) Por motivos de seguridad viajes a giras de estudio, los estudiantes no podrán realizar deportes acuáticos motorizados, buceo u otros considerados de alto riesgo, así como otras actividades no contempladas en el programa.

7) Los estudiantes que compartan habitación, serán responsables de cualquier situación que acontezca en las mismas y que signifique un desprestigio para el colegio, así como para el resto del grupo, así mismo, de los gastos que se originen por consumo (frigobar, teléfono) o daños producidos en ésta. Así mismo los estudiantes serán responsables de cualquier destrozo o daño en cualquier actividad que represente al establecimiento.

8) Los profesores encargados tendrán plenas facultades para determinar el regreso a Santiago, con anterioridad a lo planificado y previo aviso al apoderado, de aquellos estudiantes que faltaren a este protocolo.

9) El colegio cancelará la matrícula del alumno en el caso de ser sorprendido en estado de ebriedad, consumiendo o portando drogas o cualquier tipo de estimulantes, o que desarrolle otras conductas que atenten contra la moral, el prestigio de la institución y/o el normal cumplimiento de los objetivos de la actividad.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 75

Page 76:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

PROTOCOLO DE ACCION ANTE ACCIDENTES EN LA CLASE DE EDUCACION FISICA

INTRODUCCIÓN

La palabra accidente se refiere a un suceso imprevisto o eventual. Es una indisposición repentina que priva del sentido o del movimiento, por tanto, en la clase de educación física por trabajar con el cuerpo y en movimiento, se está más expuesto a los accidentes. En las unidades educativas los accidentes son los más comunes en el día a día. Además, no se puede olvidar la palabra riesgo, lo que significa contingencia o proximidad de un daño. Por ello, es conveniente tener un protocolo de acción tanto de prevención como de la actuación frente al accidente.

OBJETIVOS

1) Crear una cultura de prevención de riesgos tanto en el profesor como en los alumnos.

2) Estar preparados para actuar ante la eventualidad de un accidente en Educación Física.

3) Lograr, que en un eventual accidente de Alumno (s), los responsables sean capaces de reaccionar del modo correcto con tal de rehabilitar al estudiante afectado.

MEDIDAS PREVENTIVAS.

a) Medidas de prevención al comienzo de cada período escolar.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 76

Page 77:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

1) Realizar un catastro del estado de las Instalaciones deportivas: patio o gimnasio y camarines.

2) Escribir los posibles riesgos, que lleven a la ocurrencia de un evento.

3) Realizar un catastro de los elementos deportivos: cantidad y estado.4) Informar por escrito a la dirección del colegio del catastro realizado.5) Agregar al informe la planificación anual.

b) Realizar Antes y durante cada período escolar.

1) Al momento de la matrícula preguntar si el estudiante sufre de alguna enfermedad. Registrarlo en la ficha de matrícula. Solicitar examen y certificados médicos. Inspectoría informa a profesor de Educación Física.

2) Las exenciones médicas serán comunicadas en los GPT a todos los profesores.

3) Solicitar permiso escrito de los padres y o apoderados para salida extraescolar deportiva.

4) Prever situaciones que puedan acontecer durante un evento deportivo y llevar los elementos necesarios para actuar en un accidente o lesión.

5) Realizar una verificación psicomotriz de cada estudiante, al realizar cualquier tipo de ejercicio, en cada clase de educación Física.

6) Realizar una atención adecuada al grupo de estudiantes, que bajo su responsabilidad.

7) No realizar actividad física, en días que la autoridad Medio Ambiental o MINEDUC, así lo determine

8) Verificar el estado de área donde realizará la clase. Si ésta no está en condiciones no realizar la actividad planificada.

9) Realizar un cálculo de riesgos, antes de realizar la actividad, por la responsabilidad que le compete al docente.

Elementos de posible riesgo.

1) Estado del piso del área donde realizará la actividad física.2) Los bebederos, los estudiantes se empujan por el apuro de tomar agua.3) Mástil en medio del área donde realiza la clase.4) Paredes en mal estado.5) Ventanas cercanas al área de trabajo.6) Espacio muy reducido, en relación a la cantidad de estudiantes.7) Cualquier tipo de estructura que esté adentro o muy cercana al área de

la clase.8) Elementos deportivos no adecuados o en malas condiciones.9) Otros que, como profesor de educación física, considera que son

elementos de eminente de riesgo.

c) Elementos de primeros auxilios requeridos en la Institución.

1) Enfermería o sala de atención (se tiene).2) Camilla para traslado (se tiene)3) Frazadas (se tiene)4) Vendas y otros elementos para inmovilizar. (renovar cuando sea

necesario)

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 77

Page 78:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

5) Materiales para primeros auxilios (gaza, povidona, parche curita, tijeras, algodón, cinta adhesiva, etc.) (renovar o complementar cuando sea necesario).

6) Elementos con hielo (botellas, bolsas plásticas, etc.).

d) Lesiones más frecuentes y atenciones primarias.

NOMBRE ¿QUÉ ES? SÍNTOMAS ¿QUÉ HACER?

Heridas. Erosión de la piel y, enDolor. Pérdida de sangre.

Limpiar la zona herida aplicar

casos graves de masaSeparación de los bordes antiséptico y vendar. En caso

muscular y venas. grave enviar al servicio deurgencia.

Picaduras de

Introducción de sustancia Dolor. Hinchazón. Limpiar la zona. Aplicar frio y

insectos Tóxica en el organismo.Enrojecimiento de la zona pomada para picaduras.afectada

InsolaciónExposición prolongada al

Sed, cansancio, respiración

Soltar la ropa, poner compresas

sol fatigosa. frías y dar agua con sal.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 78

Page 79:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Mareos. Alteración generalizada, Palidez. Angustia. SudorAcostar. Si hay palidez, colocarlo

que puede ir acompañada de

frío. Pulso débil y acelerado.

con los pies en alto. Si hay

pérdida de conciencia. congestión colocarlo con lacabeza en alto.

Calambres Contracción muscular Dolor al contraerse el Estiramiento del músculomantenida, producida por

músculo. afectado. Reposo.

agotamiento.Contusiones Lesiones musculares

porDolor. Hematoma. Aplicar frio y reposo. Visitar

algolpe violento médico si es grave.

Esguinces. Distensión de las partes Dolor. Hematoma. Aplicar frio y vendajeblandas de una articulación.

compresivo. Reposo de la

articulación. Ir al médico.Luxaciones. Cuando un hueso se

sale oDolor al mover. Hinchazón

Inmovilizar. No intentar reducir

se desplaza de su posición

y deformación. la luxación. Traslado a servicio

habitual en una articulación

Desplazamiento de los de urgencia.

huesos.Rotura Cuando un conjunto de Dolor repentino, agudo

eReposo. Aplicar frío

muscular. fibras musculares pierden

intenso. Hematoma (en

su integridad. ocasiones)Fracturas. Cuando se rompe un

huesoDolor intenso. Inflamación.

Inmovilizar el miembro afectado

por cualquier tipo de Imposibilidad de mover la

y sus articulaciones. Traslado a

traumatismo. zona afectada. servicio de urgencia.Otras lesión Hipertensión, Infartos, Enviar en forma inmediata almédicas epilepsia, etc. servicio de urgencia más

cercano.

PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA ESTUDIANTES EN GIRA DE ESTUDIO, SALIDAS PEDAGÓGICAS, COMPETENCIAS EN REPRESENTACION DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDADES FUERA DE ESTE.

Una gira de estudio, salidas pedagógicas o competencias en representación del establecimiento es una instancia de sana convivencia que, gracias al esfuerzo de los padres y a los recursos generados por los estudiantes, permite la socialización e integración entre pares y profesores, además del conocimiento de la geografía y vida del país.

Entendiendo que estas actividades una prolongación de las actividades del colegio, se aplica de igual manera la normativa del reglamento de convivencia escolar conocido y aceptado por todos.

Por la importancia de las distintas experiencias, es necesario, además regular aspectos especiales de ellas, de tal modo, que éste sea una experiencia

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 79

Page 80:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

provechosa y de grandes recuerdos para toda la vida.

Por la responsabilidad que un viaje, salidas pedagógicas o competencias implican para el colegio, así como para el estudiante y su familia, se establecen como normas que reglamentarán estas actividades -sin perjuicio de los reglamentos y principios vigentes de nuestra institución- las siguientes:

1) En el caso especial de los viajes representativos y de las giras de estudio, el estudiante cuyo estatus disciplinario sea de condicionalidad o extrema condicionalidad de matrícula se analizará la participación de la salida pedagógica, competencia en representación del establecimiento o viaje de estudios. El apoderado deberá firmar una carta compromiso, que faculte al docente a cargo, para tomar las medidas pertinentes cuando la situación así lo amerite.

2) Durante cualquier actividad, los estudiantes deberán mantener en todo momento una actitud de disciplina en lo que se refiere a acatar órdenes, horarios e instrucciones dadas por sus profesores. Parte importante de estas instrucciones ya han sido dadas a conocer a los estudiantes, previamente, en el contexto de la preparación de las distintas actividades. Asímismo, deberán acatar las instrucciones y órdenes que se impartan durante todo el viaje y hasta el regreso al colegio. Esto, con el propósito de garantizar, además de una sana convivencia, el cumplimiento de las normas establecidas.

3) Los estudiantes deberán mantener permanentemente una actitud de respeto y responsabilidad consigo mismo, con las personas a cuyo cargo están y con sus propios compañeros.

4) El estudiante no podrá apartarse de la programación del tour o planificación de la actividad y deberá acatar su itinerario y horarios, tanto de salida, como de regreso. El grupo estará unido siempre durante todo el viaje. No se aceptará durante éste la incorporación de personas ajenas al grupo.

5) Los estudiantes mantendrán constantemente, en todo tiempo y lugar, una actitud y conducta correcta, de acuerdo a los principios valores adquiridos en su familia y en su colegio.

6) Por motivos de seguridad viajes a giras de estudio, los estudiantes no podrán realizar deportes acuáticos motorizados, buceo u otros considerados de alto riesgo, así como otras actividades no contempladas en el programa.

7) Los estudiantes que compartan habitación, serán responsables de cualquier situación que acontezca en las mismas y que signifique un desprestigio para el colegio, así como para el resto del grupo, asimismo, de los gastos que se originen por consumo (frigobar, teléfono, etc ) o daños producidos en ésta. Así mismo los estudiantes serán responsables de cualquier destrozo o daño en cualquier actividad que represente al establecimiento.

8) Los profesores encargados tendrán plenas facultades para determinar el regreso a Santiago, con anterioridad a lo planificado y previo aviso al apoderado, de aquellos estudiantes que faltaren a este protocolo.

9) El colegio cancelará la matrícula o expulsará al o los alumno(s) en el caso de ser sorprendido en estado de ebriedad, consumiendo o portando drogas o cualquier tipo de estimulantes, o que desarrolle otras conductas que atenten a la seguridad individual y/o colectiva, de la moral, el prestigio de la institución y/o el normal cumplimiento de los objetivos de la actividad. Además sancionará de la misma forma toda acción disciplinarias, faltas graves o muy graves tales como: robos y/o hurtos, agresiones físicas ( a compañeros, profesores o terceros) realizadas en gira de estudio, salidas pedagógicas, competencias en representación del establecimiento y/o

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 80

Page 81:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

actividades fuera de este entendiéndose que este tipo de actividades son una extensión de la institucionalidad de nuestro establecimiento.

PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE ACCIDENTES

Tiene que ver con los primeros instantes después de ocurrido el accidente en clases de educación física (patio u otro lugar). El responsable en ese momento es el profesor a cargo, quien prestará las atenciones primarias. Y avisará a inspectoría general o quién lo subrogue, o a un directivo para que se ponga en funcionamiento el protocolo de accidentes.

DESCRIPCIÓN: Una vez ocurrido el accidente al alumno se debe proceder de la siguiente manera:

1) El alumno debe permanecer en su lugar sin realizar movimiento hasta que llegue primeros auxilios.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 81

Page 82:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

2) Si el alumno pueda caminar (sino lo puede hacer, esperar la camilla), conducirlo a la sala de primeros auxilios donde debe permanecer en reposo y observación por un tiempo razonable hasta que se pueda trasladar a un servicio de asistencia médica de ser necesario.

3) En caso de lesiones leves, se instruirá el traslado con la documentación respectiva, a un centro de asistencia médica acompañado por un paradocente o inspector de patio designado. Y se avisará a su apoderado vía telefónica, para que se presente en el servicio.

4) En presencia de lesiones de cierta complejidad, el inspector General, instruirá a un paradocente o inspector de patio a solicitar la ambulancia. Y comunicará a los padres y/o apoderados de lo ocurrido, las circunstancias y el destino del alumno en ese instante.

5) El paradocente o inspector de patio designado elaborará el formulario de accidentes escolares, para facilitar las atenciones que el Servicio de Salud debe prestar dentro del marco del Seguro de Accidentes Escolares.

6) El paradocente o inspector de patio designado deberá acompañar y mantenerse con el afectado en todo momento, inclusive en el Centro de Salud, hasta la llegada del apoderado.

7) Atendida la emergencia inspectoría recabará información, para definir las causas que provocaron el hecho y solucionar las deficiencias que pudieron haberlo originado.

REQUISITOS: Lo anterior se enmarca en lo establecido en el Decreto N° 313, Seguro de Accidentes Escolares de acuerdo con el artículo 3° de la Ley 16.744.

Serán requisitos exigibles los siguientes:

a) El colegio informa el accidente al Servicio de Salud a través del formulario de accidentes escolares.

b) El colegio tiene 24 horas para informar el hecho ocurrido al estudiante, posterior a este plazo el Servicio de Salud no se hace responsable de otorgar los beneficios establecidos por Ley.

c) El alumno o sus padres y/o apoderados también se encuentran facultados para informar cuando el hecho haya ocurrido el día anterior y no fue informado a dirección.

d) Las altas derivadas de los tratamientos médicos por parte del Servicio de Salud son oficializadas con un documento institucional, el cual debe ser recuperado por el paradocente del curso correspondiente.

CLAVES.

Este procedimiento es clave para el adecuado accionar, si alumno sufre un accidente.

La declaración del establecimiento es fundamental para la prestación de los beneficios.

RESPONSABILIDAD.

El afectado, es responsable de informar a la dirección y al médico tratante los hechos del accidente.

La dirección del colegio, es responsable de la confección de la Declaración al Servicio de Salud y la activación del sistema administrativo.

La investigación del accidente queda a cargo del Inspector General. El funcionario que acompañe al alumno, será el responsable de recuperar

el certificado de alta médica y hospitalaria si así corresponde.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 82

Page 83:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

¿COMO PREVENIR LOS ACCIDENTES ESCOLARES? Medidas básicas para evitar accidentes son:

1) Crear láminas donde se enseñe a prevenir accidentes.2) Señalizar las áreas de riesgo: pisos resbaladizos, escalas con cantos

desprotegidos, etc.3) Evitar las áreas de peligro: (piso resbaladizo, etc.)4) Estrechar la supervisión a los alumnos de parte de adultos responsables.5) Constante vigilancia de las instalaciones del colegio.

ENFOQUE ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

¿Cómo debe reaccionar el colegio frente a la ocurrencia de un accidente escolar?

• El colegio, contara con un protocolo, previamente establecido y ampliamente conocido por toda la comunidad escolar, señalando como proceder frente a estas situaciones.

• Se mantendrá un registro actualizado de los padres y apoderados del establecimiento y la forma de establecer rápido contacto con ellos, a través de sus teléfonos.

• Si un/a estudiante requiere ser trasladado de urgencia, el colegio deberá hacerlo aunque aún no haya sido posible localizar a los padres.

• El inspector general, u profesor a cargo o asistente de la educación de nuestro establecimiento, deberá completar el formulario de “Accidente Escolar” de modo que la atención médica o dental, quede cubierta por el seguro Escolar. Todo procedimiento debe ser registrado en la declaración individual de accidente Escolar y Bitácora del Colegio.

El Colegio clasifica los accidentes escolares en:

LEVES: son aquellos que solo requieren de la atención primaria de heridas superficiales o golpes suaves.

PROCEDIMIENTO:

1) Los estudiantes serán llevados donde la encargada de primeros auxilios por el docente o educadora que se encuentra en el momento a cargo. Si se encuentra en recreo será llevado por un inspector de patio.

2) La encargada de primeros auxilios revisará y le aplicará los primeros auxilios requeridos.

3) Se registrar la atención.

MENOS GRAVES: son aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o golpes en la cabeza u otra parte del cuerpo.

PROCEDIMIENTO:

1) El docente o educadora que se encuentra a cargo deberá avisar en forma inmediata al inspector general o encargada de convivencia escolar, para coordinar el traslado del estudiante a la encargada de primeros auxilios. En caso que suceda en recreos, el inspector de patio avisará al inspector general.

2) De acuerdo al grado del accidente se tomarán las medidas pertinentes del traslado del estudiante insectoría.

3) La encargada de prestar los primeros auxilios revisará al estudiante y le aplicará los primeros auxilios.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 83

Page 84:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

4) El inspector general llamará a los padres para comunicar los detalles del accidente y solicitar que lo vengan a buscar para llevarlo al centro asistencial de acuerdo al convenio de seguros de accidentes escolares. En caso de requerir el seguro escolar otorgado por el Ministerio se completará el formulario correspondiente.

GRAVES: son aquellas que requieren de atención inmediata de asistencia médica, como caídas de altura, golpe fuerte de la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras, atragantamientos por comida u objetos.

PROCEDIMIENTO:

1) El docente o educadora a cargo avisará en forma inmediata al inspector general. En caso que suceda en recreos, será el inspector de patio la responsable de avisar.

2) En caso de golpe en la cabeza o quebraduras se mantendrá al estudiante en el lugar del accidente y se aplicarán los primeros auxilios sólo por la encargada, apoyada por Encargado de Convivencia Escolar

3) Se llamará en forma inmediata a la ambulancia para su traslado al centro asistencial concertado con el seguro escolar y posteriormente se avisará a los padres. En caso de requerir del seguro escolar del ministerio, se completa el formulario correspondiente.

4) En caso de ser necesario el traslado inmediato al centro asistencial más cercano, se coordinará junto con los padres y será llevado en vehículo particular por la encargada de primeros auxilios.

5) En caso que no sea posible ubicar a los padres, se llevará de forma inmediata al centro asistencial más cercano ya sea en ambulancia o vehículo particular.

PROTOCOLO SOBRE EL SEGURO ESCOLAR

Todos los alumnos y alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades estudiantiles. Muchos padres, sin embargo, lo desconocen, por lo que cada vez que se ven enfrentados a este tipo de situaciones no saben dónde ni a quién recurrir, o bien se sienten obligados cada año a contratar un seguro particular que los ampare.

Para despejar todas las dudas que existen en torno al seguro escolar gratuito y al mismo tiempo guiarlos sobre cómo deben actuar en el caso de que sus hijos y/o alumnos sufran algún accidente, debe informarse de acuerdo al Decreto Supremo nº 313 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El decreto supremo n° 313

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 84

Page 85:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

del 12 de mayo de 1972 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social establece lo siguiente:

"LOS ESTUDIANTES QUE TENGAN LA CALIDAD DE ALUMNOS REGULARES DE ESTABLECIMIENTOS FISCALES, MUNICIPALES Y/O PARTICULARES, DEPENDIENTES DEL ESTADO Y/O RECONOCIDOS POR ÉSTE, QUEDARÁN SUJETOS AL SEGURO ESCOLAR CONTEMPLADO EN EL ART. 3° DE LA LEY 16.744, POR LOS ACCIDENTES QUE SUFRAN DURANTE SUS PRÁCTICAS EDUCACIONALES O PROFESIONALES, EN LAS CONDICIONES Y CON LAS MODALIDADES QUE SE ESTABLECEN EN EL PRESENTE DECRETO.”

PRESTACIONES MÉDICAS DEL SEGURO ESCOLAR

El estudiante víctima de un accidente escolar tiene derecho a las prestaciones médicas que corresponden en casos de accidentes del trabajo o enfermedad profesional, en forma gratuita hasta su curación completa, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.

Todo accidente escolar debe ser denunciado a los Servicios de Salud o al INP. Por el jefe del respectivo Establecimiento Educacional. Igualmente la denuncia puede hacerla el médico que trate un accidente escolar, o cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos. Si el Establecimiento Educacional no realiza la denuncia dentro de las 24 horas siguientes al accidente, podrá hacerla el propio accidentado o quien lo represente.

Cuando un escolar se accidenta debe ser enviado a una posta u hospital del Servicio Nacional de Salud. En ese lugar se denuncia el accidente escolar. La atención es gratuita y cubre las prestaciones médicas quirúrgicas, hospitalización, medicamentos y productos farmacéuticos; prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación, rehabilitación física, los gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones, que son de responsabilidad del respectivo Servicio de Salud.

Todo estudiante inválido a consecuencia de un accidente escolar, que sufra una disminución apreciable en su capacidad de estudio, calificado por el respectivo Servicio de Salud, tendrá derecho a recibir educación gratuita de parte del Estado. Este derecho se ejerce concurriendo directamente al Ministerio de Educación.

CONSIDERACIÓN

• En el archivo del colegio deben estar registrados los datos de los alumnos, así como dos números telefónicos de personas que servirán de contacto para avisar en caso de algún accidente.

• Tener especial atención en niños con problemas crónicos o cuidados especiales (alergias, afecciones cardiacas, etc.), los docentes, paradocentes y directivos deben conocer estos datos particulares.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 85

Page 86:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

• Contar con los números de emergencia, así como conocer el lugar de atención de urgencia más próximo.

• Esperar siempre el servicio de ambulancia, al menos que por indicaciones de ellos mismos se considere pertinente el traslado de la persona al centro de urgencia

• Tenga siempre bien abastecido el botiquín de primeros auxilios de los colegios.

Al ser un servicio entregado por el Estado a los estudiantes del país, su validez se hace efectiva en centros médicos de la red de salud pública, según la ubicación del establecimiento educacional.

En el caso de nuestro Colegio, la atención se debe realizar:

a. Desde los 4 a los 14 años. HOSPITAL” ROBERTO DEL RÍO “Ubicado en Profesor Alberto Zañartu Nº 1085 Comuna de Independencia

b. Desde los 15 a los 18 años. HOSPITAL “SAN JOSÉ”, ubicado en Domingo Santa María Nº 1156 Comuna de Independencia Santiago.

BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOSUn botiquín de primeros auxilios es aquel contenedor de elementos necesarios para realizar una atención de emergencia. Debe tener presente que mientras más lejos se encuentre del centro asistencial, más completo debe ser su botiquín de primeros auxilios.

Cada Insectoría del establecimiento cuenta con un botiquín de primeros auxilios que estará dotado de:

Suero fisiológico, parches curitas, cinta adhesiva, alcohol gel, vendas, tijeras, apósitos termómetro, guantes quirúrgicos, antiséptico, jabón gel, algodón, aparato de presión Glucómetro.

En cuanto al botiquín de cada sala de clases tienen los elementos más indispensables para tratar una urgencia leve, mientras el alumno es derivado a la enfermería de Inspectoría.

PROCEDIMIENTO PARA ATENCIÓN EN SALA DE PRIMEROS AUXILIOS.

Los estudiantes reciben atención en sala de primeros auxilios, considerando cuatro posibles escenarios, durante la jornada escolar:

I. Síntomas asociados a molestias de salud y/o enfermedades preexistentes o en evolución.

II. Accidentes escolares leves.III. Accidentes escolares moderados.IV. Accidentes escolares graves.

PROCEDIMIENTOS.

1. Todos los alumnos(as) ingresan con su agenda a la sala de primeros auxilios. Cuando el propio alumno(a) no puede llevarla, uno de los inspectores se encargará de hacerla llegar a la sala.

a) En caso de acudir a la SPA y no encontrar al personal responsable, el alumno debe informar a insectoría o al profesor jefe contactarlo (a) para la atención inmediata del niño, niña o joven.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 86

Page 87:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

2. Una vez atendido el alumno(a), el encargado de la atención determinará:

a. Permanencia en SPA para observación y toma de decisiones.b. Reingreso al aula.c. Retiro del alumno por parte del apoderado.d. Derivación a centro asistencial, traslado que debe hacer el

apoderado.e. Traslado urgente al centro asistencial. Lo hará el establecimiento,

según lo determine el Director o Inspectores Generales de cada nivel.

3. En todos los casos los apoderados serán notificados de la atención por uno de los siguientes medios: resumen de atención pegado en agenda (para la situación a y b) o telefónicamente

a. Reseña de atención en agenda escolar. Reseña en la que, el encargado(a) de SAP informa atención recibida por el niño, niña o joven, durante la jornada escolar.

b. Aviso telefónico.

Encargado de SAP, inspector y/o Director se comunican con el(la) apoderado(a) (o a quien figure como contacto de emergencia en agenda escolar), para informarle atención del alumno(a) y/o requerimientos de traslado.

4. En las situaciones que el encargado de la sala de primeros auxilios lo solicite, el inspector(a) llenará ficha de accidente escolar y entregará indicaciones al apoderado para su correcto uso.

Durante actividades de extraescolar, el encargado de llenar ficha de accidente escolar y orientar al padre o apoderado(a) es el docente responsable del taller.

6. Los accidentes escolares producidos por peleas o conflictos entre alumnos(as), serán informados a la dirección respectiva para las acciones correspondientes.

ANEXO PRIMEROS AUXILIOSSe detallan a continuación, procedimientos de primeros auxilios que serán atendidos en la SPA escolar.

Hemorragia nasal: Se le pedirá al alumno que se suene la nariz suave para ver si continua el sangrado, se le lavara la cara, manos y zonas manchadas con sangre. Se comprimirá la nariz con los dedos pulgar e índice por 4 minutos aproximadamente para detener el sangrado. En caso que este continúe se colocará un tapón nasal, se seguirá comprimiendo la nariz hasta que se detenga y se mantendrá por algunos minutos más para luego humedecerlos con agua y retirarlo.

Picadura de insecto: Se colocará frío local en la zona de la picadura y se observará la aparición de otros síntomas, se dará aviso al apoderado si la evolución es negativa y es necesario acudir a un servicio de urgencia.

Convulsiones: Se aflojará la ropa alrededor del cuello y la cintura para facilitar la circulación de sangre y la respiración del alumno, se intentará acomodar su cabeza para facilitar la respiración y nunca se intentará inmovilizar las extremidades, esto puede producir lesiones graves en ellas.

Se dará aviso inmediato al apoderado para trasladar al alumno al servicio de urgencia.

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 87

Page 88:  · Web viewARTÍCULO 13: Personal Administrativo es el que desempeña funciones de oficina, apoyando la gestión de las distintas coordinaciones existentes en el Liceo, Cautelar

Se registrará si fue debido a un golpe o cuadro febril y se registrara la duración de la convulsión.

Fiebre: Los cuadros febriles solo serán informados inmediatamente al apoderado

Desmayo: Se mantendrá recostado al alumno con sus piernas inclinadas, y se le aflojará la ropa alrededor del cuello y la cintura. Cuando se recupere se le ofrecerá agua con azúcar y se dará aviso al apoderado para el retiro del alumno.

Mareos: Se mantendrá al alumno en reposo mientras dure el mareo, si este persiste o es debido a un golpe se dará aviso inmediato al apoderado para trasladar al servicio de urgencia.

Dolor de estómago: Se mantendrá al alumno en reposo, se le ofrecerá ir al baño si lo considera necesario, si las molestias persisten se dará aviso al apoderado para el retiro del alumno.

Dolores menstruales: Se mantendrá a la alumna en reposo, y se abrigará mientras pase o disminuya el dolor. El uso de las toallas higiénicas de enfermería será solo en caso de emergencia y no permanente.

“NO SE ADMINISTRARÁ NINGÚN TIPO DE MEDICAMENTOS SIN LA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DEL APODERADO”

“Liceo de excelencia académica en la polivalencia, con una clara formación humanista, valórica y con énfasis en el desarrollo artístico- deportivo” 88