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     Universidad Autonoma de Nuevo Leon

    Facultad de Derecho y Criminologia

    1. Etapa de Investigacion

    2. Etapa Intermedia. Etapa de !uicio "ral#. $etodos Alternos de %olucion de Con&lictos

    Ileana !a'min %alas (ernande'

    )CU**ICULU$+

    !oceliyn $oncerrath ,allardo -ocanegra

    $atricula1/0/

    ,rupo 21

    Fecha de Entrega 10 de $ayo del 201/

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    IN3*"DUCCI"N

    El presente tra4a5o consta de in&ormaci6n los conceptos y de&inicionesno es un dato menor7 pues la implementaci6n signi&ica modi&icar yaprender de conducta y pr8cticas institucionales7 &i5ar las normas yprocedimientos 9ue regulen la operaci6n del nuevo sistema7 readecuar espacios &:sicos y dotar del e9uipo necesario para apoyar las la4oresdel Agente del $inisterio ;

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    ETAPA DE INVESTIGACION

    Es considerado un acto procesal protag6nico del Nuevo %istema de !usticia ;enal.%ucede cuando las partes reunir8n los elementos de prue4a 9ue 4uscar8nesclarecer los hechos7 siempre 4a5o la direcci6n y determinaci6n 5ur:dica de un

     5ue'. En el Nuevo %istema de !usticia ;enal las audiencias 9ue se practican sontotalmente di&erentes a las 9ue conoc:amos anteriormente7 los cuales son

    Publicidad: ;odr8n asistir a ellas las personas 9ue lo deseen7 salvo los casos dee=cepci6n 9ue esta4lece la ley.

    Contradicción: Las partes estar8n en igualdad de condiciones.

    Oralidad: Consiste en un proceso 4asado en una metodolog:a de audienciasver4ales y pn todas las partes presentes en la audiencia7 el $inisterio

    ;

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    • ;osteriormente7 el !ue' de Control solicitar8 las generales al imputado y

    veri&icar8 9ue haya sido in&ormado de sus derechos.• El $inisterio ; presente en la audiencia inicial7 por ha4erse

    ordenado su comparecencia? por ha4erse e5ecutado en su contra una ordende aprehensi6n o rati&icado de legal la detenci6n? y despu>s de ha4erveri&icado el !ue' de control 9ue el imputado conoce sus derechos&undamentales dentro del procedimiento penal o7 en su caso7 despu>s deha4>rselos dado a conocer? se o&recer8 la pala4ra al agente del $inisterio

    ;ste &ormular8 la imputaci6n.• ;osterior a la &ormulaci6n de la imputaci6n7 el !ue' de Control de4er8

    conceder el uso de la pala4ra al de&ensor para 9ue >ste pueda solicitaraclaraciones o precisiones al respecto.

    • En caso de 9ue el imputado decida 9ue se resuelva so4re su vinculaci6n a

    proceso en otra audiencia7 >sta se cele4rar8 en un pla'o de 2 horas7 amenos 9ue solicite una ampliaci6n. El !ue' de Control de4er8 se@alar &echapara la continuaci6n de la audiencia inicial y citar8 a los intervinientes.

    • El $inisterio ;

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    Uno de los cam4ios m8s radicales del nuevo sistema en cuanto a estructura delproceso es la sustituci6n de la averiguaci6n previa7 por una etapa de investigaci6nm8s des &ormali'ada. En el sistema tradicional la averiguaci6n previa esconce4ida como un procedimiento &ormalmente administrativo7 por estar a cargodel $inisterio ;rmino7 por9ue se pueden apreciarmomentos di&erenciados de la misma

    En una primera &ase de la investigaci6n el $inisterio ;s de 9ue ha 9uedado vinculada al proceso.

    Finalmente la investigaci6n concluye al e=pirar el pla'o 9ue el 5ue' haya

    &i5ado al $inisterio ;

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    ETAPA INTEREDIA

    3iene por o45eto el o&recimiento y admisi6n de los medios de prue4a 9ue en su

    caso acrediten la culpa4ilidad o inocencia del imputado7 esta &ase comien'a con la&ormulaci6n de la imputaci6n 9ue reali'a el $inisterio ;

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    Desarrollo de la audiencia!

    La dirigir8 el 5ue' de control7 en todo momento de4er8n estar presentes el$inisterio ;

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     Algunos aspectos destacados

    El P #resenta acusación al $ue% de Control!&

    El !ue' de control se@ala &echa de audiencia intermedia.

    (a4lan las partes y se presentan e=cepciones o si hay incidencias de laspartes7 as: como acuerdos pro4atorios.

    %e a4re proceso de e=clusi6n yo admisi6n de prue4as? !ue' de Control

    e=amina el comportamiento del $; ante el proceso de prue4as y admite osanciona su comportamiento.

    El !ue' de Control declara cerrada la audiencia intermedia y env:a el auto

    de apertura al 3ri4unal de En5uiciamiento.

    El o45etivo principal de esta etapa es la depuraci6n de los hechos controvertidos yresolver las cuestiones procesales 9ue puedan suscitarse7 como incompetenciadel 5ue'7 litispendencia7 cosa 5u'gada7 e=tinci6n de la acci6n penal y cual9uier otrae=cepci6n procesal 9ue el acusado 9uiera hacer valer7 de igual manera7 en laaudiencia intermedia o de preparaci6n del 5uicio se de&inir8 entre las prue4as yao&recidas a9uellas 9ue ser8n admitidas en el 5uicio. Adem8s7 si 4ien elso4reseimiento7 la suspensi6n condicional del proceso7 la 5usticia restaurativa7 elarchivo temporal y el procedimiento a4reviado pueden darse desde lainvestigaci6n7 son instituciones 9ue tam4i>n pueden agotarse en esta etapaintermedia.Es en esta etapa 9ue se dan los acuerdos pro4atorios7 9ue no son otra cosa 9ueacuerdos de las partes so4re hechos 9ue no son controvertidos dentro delproceso7 por lo cual se 4usca ahorrar tiempo y recursos d8ndolos por ciertos por mutuo consentimiento ante el 5ue'7 evitando el desgaste de producir prue4a so4reellos.

    %e inicia7 tras el pla'o para el cierre de la investigaci6n esta4lecido en la etapaprevia7 con un escrito 9ue &ormula el $inisterio ;

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    En dicho escrito se incluyen datos so4re la individuali'aci6n del acusado7 delde&ensor y de la v:ctima u o&endido7 con la &inalidad de 9ue el !ue' corro4ore 9ueson e&ectivamente ellos 9uienes se presentar8n a la audiencia intermedia? seincluye adem8s un relato circunstanciado de los hechos atri4uidos y suclasi&icaci6n 5ur:dica? la &orma de intervenci6n 9ue se atri4uye al acusado? los

    medios de prue4a 9ue el $inisterio ;

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    ETAPA DE $'ICIO ORA(

    El 5uicio es la &ase de desahogo de prue4a y decisi6n de las cuestiones esencialesdel proceso y se reali'ar8 so4re la 4ase de la acusaci6n y asegurar8 la concreci6nde los principios de oralidad7 inmediaci6n7 imparcialidad7 pu4licidad7 contradicci6n7igualdad7 concentraci6n y continuidad.

    Auto de a#ertura

    Esta es la s de 9ueconcluye la &ase intermedia 7 la cual contiene los actos preliminares para dar inicioal proceso? As: pues con la resoluci6n de apertura a 5uicio7 pronunciada por el 5ue'de control 9ue haya conocido de la audiencia intermedia7 siendo esta su

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    Es por eso que el contenido de esta resolución se encuentra establecido con

    detalle en el propio Código, exigiéndose al juez de garantía que precise:

    • El tribunal competente para conocer del juicio oral;

    •  La o las acusaciones que deberán ser objeto del juicio•  Las demandas ciiles; d! las pruebas que deberán rendirse en el juicio oral 

    • La indiidualización de las personas que deberían ser citadas al juicio oral 

    "e esta enumeración se desprenden las principales cuestiones que deben

    ser #ijadas en esta resolución, que son: el objeto del proceso penal; $, las

     pruebas que deberán recibirse en el juicio oral%

    Desarrollo del debate

    En el d:a y la hora &i5ados7 el 5ue' veri&icar8 la presencia del ministerio prpretes 9ue de4an tomar parte en el de4ate y de lae=istencia de los medios de prue4a 9ue de4an e=hi4irse en >l7 en el lugarse@alado para la audiencia7 y declarar8 a4ierto el de4ate.

    Incidentes

    ;revio al de4ate7 las partes podr8n plantear todas las cuestiones incidentales7 lascuales de4er8n ser resueltas en un solo acto7 a menos 9ue el 5ue' resuelvasucesivamente o di&iera alguna para la sentencia7 dado 9ue convenga al orden del

    de4ate. Durante las discusiones de dichas cuestiones s6lo se conceder8 lapala4ra por una

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    ;osteriormente se o&recer8 la pala4ra al de&ensor7 9uien a su ve' e=pondr8 los&undamentos en 9ue 4ase su de&ensa. Cuando la pena m8=ima 9ue pudierecorresponder a los hechos puni4les7 acorde a la cali&icaci6n 5ur:dica de laresoluci6n de apertura de 5uicio7 supere los die' a@os de privaci6n de la li4ertad7la solicitud de divisi6n del de4ate7 &ormulada por la de&ensa7 o4ligar8 al tri4unal a

    proceder con&orme a ese re9uerimiento. en caso de 9ue hu4iere variosacusados y alguno de ellos de5a de comparecer el 5ue' o tri4unal7 podr8 acordar7o:das las partes7 la continuaci6n del 5uicio para los restantes.

    Declaración del acusado

    El 5ue' proceder8 a la identi&icaci6n del acusado y le advertir8 9ue puedea4stenerse de declarar7 sin 9ue esa decisi6n7 por s: misma7 provo9ue algl resuelve no pronunciarse so4rela acusaci6n.

    %i el acusado resuelve declarar7 el 5ue' permitir8 9ue mani&ieste li4remente cuantotenga por conveniente so4re la acusaci6n7 para luego permitir el interrogatorio delde&ensor y de los acusadores7 si as: lo desea. El 5ue' podr8 &ormularpreguntas destinadas

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    Ale)atos "inales

    3erminado el desahogo de los medios de prue4a7 el 5ue' conceder8sucesivamente la pala4ra al ministerio pste y7 en su caso7 a la v:ctima u o&endido7 para 9ue7 en ese orden7 emitan sus

    alegatos &inales7 los 9ue de4er8n circunscri4irse a los hechos 9ue &ueron o45etodel de4ate7 a su signi&icaci6n 5ur:dica y a las prue4as 9ue se produ5eron en el

     5uicio? alegatos 9ue se &ormular8n durante el tiempo 9ue el 5ue' les otorgue7 segplica se de4er8 limitar a la re&utaci6n de los argumentos adversarios 9ueantes no hu4ieran sido o45eto de los alegatos.

    En caso de mani&iesto a4uso de la pala4ra7 el 5ue' llamar8 la atenci6n al orador y7si >ste persiste7 podr8 limitar racionalmente el tiempo del alegato7 segs de convocar

    ver4almente a las partes7 nuevamente en la sala de audiencia.Las sentencias de4er8n ser pronunciadas de &orma clara y circunstanciada enmodo7 tiempo y lugar7 con la indicaci6n del valor otorgado a las prue4asdesahogadas durante la audiencia de 5uicio oral o de manera anticipada. 3am4i>nse e=presar8 el modo como se interpretan las normas al caso concreto7 y lasra'ones y criterios 5ur:dicos 9ue revisten importancia7 sin de5ar de anali'ar losargumentos de las partes y los &undamentos e=puestos.

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    Una adecuada motivaci6n es a9uella en la 9ue el enlace entre la totalidad de losindicios y los hechos constitutivos de delito sea 5usta a las reglas de la l6gica7 losconocimientos cient:&icos y las m8=imas de la e=periencia7 a la lu' de la sanacr:tica.

    Nadie puede ser condenado sin prue4as7 en presencia de contraprue4as nore&utadas o sin 9ue se hayan desmentido hip6tesis orientadas a demostrar lainocencia.

     As: pues tenemos 9ue en dentro de los cinco d:as siguientes a la e=plicaci6n de lasentencia7 el 5ue' de4er8 redactar y agregar por escrito la misma7 la cual no podr8e=ceder del contenido de lo vertido en lo e=plicado oralmente.

    Contenido de la sentencia

    La sentencia de&initiva contendr8

    • Fecha• Lugar?• Nom4re del 5ue'?• Nom4re y apellido del sentenciado y de m8s datos 9ue lo identi&i9uen7 as:

    como si se encuentra o no en li4ertad?• Nom4re de la v:ctima u o&endido?

    La enunciaci6n 4reve de los hechos y circunstancias 9ue hu4ieren sido o45eto dela acusaci6n7 as: como de los acuerdos pro4atorios? en su caso7 los da@os yper5uicios reclamados7 la pretensi6n reparatorio y las de&ensas del acusado?La e=posici6n clara7 l6gica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias9ue se dieren por pro4ados y de la valoraci6n de los medios de prue4a 9ue&undamentaren dichas conclusiones?Las ra'ones y &undamentaciones 9ue sirvieren para cali&icar 5ur:dicamente cadauno de los hechos y sus circunstancias7 as: como para &undar el &allo?La resoluci6n 9ue condenare o a4solviere a cada uno de los sentenciados porcada uno de los delitos 9ue la acusaci6n les hu4iere atri4uido?

    y en su caso las sanciones penales correspondientes7 as: como la reparaci6n delda@o?En su caso7 las ra'ones por las 9ue se conceda o niegue al sentenciado lacondena condicional o sustitutivos de las sanciones impuestas? yLa &irma del 5ue' 9ue la hu4ieren dictado.

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    *ORAS ANTICIPADAS DE TERINACION DE

    $'ICIO

    Un desarrollo 4reve y conciso de lo 9ue es esta &igura 5ur:dica incorporada por el

    nuevo c6digo procesal penal del 200#7 9ue ayudara a minimi'ar el es&uer'o en unproceso penal? a continuaci6n una 4reve descripci6n de lo 9ue es el proceso determinaci6n anticipada.

    El proceso de terminaci6n anticipada de lo 9ue se trata y es a lo 9ue se propugnael derecho procesal penal transaccional7 es 9ue los principales actores del procesotengan un negocio 5ur:dico procesal7 donde se pongan las cartas so4re la mesa yluego de un de4ate so4re los cargos imputados al procesado7 se llegue a unacuerdo so4re la pena7 la reparaci6n civil y otras circunstancias7 y ri5a en toda sumagnitud el principio del consenso7 lo 9ue va permitir la culminaci6n

    tempranamente del proceso y 9ue signi&i9ue realmente una econom:a y e&icaciaprocesal.

    (oy por hoy7 uno de los temas importantes 9ue nos trae el C;; 200# lo constituyeel esta4lecimiento de mecanismos procesales 9ue nos permiten la imposici6n deuna pena o sanci6n sin la reali'aci6n del cl8sico 5uicio oral. Estas nuevas &6rmulasalternativas al 5uicio oral nos conduce o4ligatoriamente a pensar 9ue el de4ate oralya no es la una manera de atri4uir una pena al autor de una violaci6n a la leypenal7 y 9ue los operadores del sistema penal7 especialmente &iscales yde&ensores de4en ir pensando en ale5arse de la idea7 de 9ue ante una violaci6n a

    la ley penal necesariamente tiene 9ue organi'arse un 5uicio oral7 pn eldescongestionamiento de la carga procesal 9ue ago4ia a los 6rganos

     5urisdiccionales.

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    La terminaci6n anticipada del proceso 9ue ha sido incorporado ya desde antes dela vigencia del C;; 200#7 para los casos de tr8&ico il:cito de drogas y otros7 es uninstituci6n de simpli&icaci6n procesal 9ue permite 5ustamente simpli&icar el tr8mitede un proceso comn 9ue el proyecto de C;; de 1GGtam4i>n regula la terminaci6n anticipada del proceso7 pero a di&erencia de la ley9ue comentaremos l:neas a4a5o esta comprende a todos los delitos.

    La 5usticia restaurativa es una manera de considerar a la 5usticia penal7 la cual sere&iere a reparar el da@o causado a las personas y a las relaciones m8s 9ue encastigar a los delincuentes.

    La 5usticia restituida surgi6 en la d>cada de los 0 como una &orma de mediaci6nentre v:ctimas y delincuentes y en la d>cada de los a@os G0 amplio su alcancepara incluir tam4i>n a las comunidades de apoyo7 con la participaci6n de &amiliares

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    y amigos de la v:ctima y los delincuentes en procedimientos de cola4oraci6ndenominados Jreuniones de restauraci6nJ y Jc:rculosJ. La 5usticia restituida y suspr8cticas emergentes constituyen una nueva y promisoria 8rea de estudio paralas ciencias sociales. La 5usticia restituida es un proceso de cola4oraci6n 9ueinvolucra a las Jpartes interesadas primariasJ7 es decir7 a las personas a&ectadas

    de &orma m8s directa por un delito7 en la determinaci6n de la me5or manera deesperar el da@o causado por un delito.

    (a4lamos de un proceso especial7 al re&erirnos al proceso de terminaci6nanticipada7 9ue se rige por sus propias disposiciones y a las concurrentes de la leyprocesal penal ordinaria. Este procedimiento aparece como un mecanismo desimpli&icaci6n del procedimiento acorde con la actualidad. %ustentado en elderecho procesal penal transaccional7 9ue 4usca evitar un procedimientoinnecesario para o4tener un 4ene&icio en la reducci6n de la pena7 por medio de unacuerdo o consenso reali'ado entre el imputado y el &iscal7 o4viamente con la

    apro4aci6n necesaria del 5ue' penal a cargo. Advirti>ndose tres aspectos&undamentales dentro de este proceso

    • %e ampl:an las &acultades del &iscal provincial y del 5ue' penal7 en am4os

    casos y con&orme a la naturale'a del delito de tr8&ico il:cito de drogas ya noser8 necesario emitir los in&ormes orales &inales? el 5ue' penal7 luego dedirimir una audiencia especial y privada7 y de e=aminar los aspectos

     5ur:dicos del acuerdo puede apro4ar los t>rminos del acuerdo dictando lasentencia con todas las &ormalidades 9ue se re9uiere.

    • La transacci6n procesal o el consenso a cual puede llegarse resultara4ene&iciosos aun para el imputado y para el propio sistema de 5usticiapenal7 9ue en la actualidad se encuentra en crisis7 tam4i>n &avorece a laparte agraviada en el proceso. El imputado o4tiene al someterse a esteprocedimiento especial7 la re4a5a de la pena de una se=ta parte7 a la 9uepodr8 agregar a9uella 9ue le corresponda por con&esi6n sincera? entoncesla persecuci6n penal llega tempranamente a su t>rmino7 reali'ando actos&ormales de instrucci6n y 5u'gamiento en los cuales se imponga unasanci6n y una reparaci6n civil.

    • En este proceso especial de terminaci6n anticipada7 la o4servanciay respeto a los principios y derechos 9ue inspiran el de4ido proceso sede4en garanti'ar de igual manera 9ue en un proceso ordinario.

     A la audiencia de4e concurrir o4ligatoriamente el &iscal7 el imputado y su a4ogadode&ensor? la intervenci6n de los dem8s su5etos procesales es &acultativa7 en este

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    acto el &iscal presentar8 los cargos contra el imputado y >ste podr8 aceptarlos entodo7 en parte o recha'arlos.

    Luego del pronunciamiento del imputado intervendr8n todos los su5etos procesales9ue hayan asistido. El o45etivo de esta audiencia es 9ue las partes7 el &iscal e

    imputado alcancen un acuerdo acerca del hecho puni4le7 de la pena7 de lareparaci6n civil y consecuencias accesorias7 e incluso so4re la no imposici6n deuna pena privativa de li4ertad e&ectiva. No se puede practicar prue4a alguna enesta audiencia7 todo el de4ate se desarroll6 alrededor de la investigaci6npreparatoria.

    En este sentido7 para incoar el proceso de terminaci6n anticipada se re9uiere unam:nima actividad pro4atoria de cargo7 necesaria para enervar la presunci6n deinocencia. El 5ue' de4e homologar el acuerdo entre el &iscal y el imputado. ;araello tendr8 9ue compro4ar la correcta cali&icaci6n 5ur:dica y la realidad de los

    hechos. El 5ue' dirige y modera el de4ate7 adem8s de4e garanti'ar 9ue elimputado entienda las consecuencias de un eventual acuerdo y de4e advertirle9ue es li4re de aceptar o no la propuesta. El control 5udicial velar8 por la legalidaddel acuerdo7 lo 9ue implica compro4ar su adecuaci6n t:pica con los hechos o45etode la disposici6n de &ormali'aci6n y continuaci6n de la investigaci6n preparatoria yla correlaci6n de la pena7 es decir 9ue el acuerdo no e=ceda los l:mites m:nimos ym8=imos previstos.

     Ahora 4ien7 si llegan a un acuerdo de4er8n declararlo ante el 5ue'. Kste siconsidera 9ue la cali&icaci6n 5ur:dica del hecho puni4le y la pena a imponer de

    con&ormidad con lo acordado son ra'ona4les7 dictar8 una sentencia anticipadaapro4ando el acuerdo. %in em4argo7 la sentencia puede ser impugnada por lossu5etos procesales seg

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    ETODOS A(TERNOS DE SO('CION DE

    CON*(ICTOS

    Los $>todos Alternos de *esoluci6n de Con&lictos B$A*C%7 son procedimientos

    a trav>s de los cuales las personas individuales o 5ur:dicas pueden resolver suscontroversias con mayor rapide'7 de manera pac:&ica y privada.

    %on mecanismos e=tra5udiciales esta4lecidos dentro del marco de la ley7 y tienencomo &inalidad la resoluci6n de&initiva de controversias de importancia 5ur:dica7mediante soluciones de cumplimiento voluntario por las ;artes7 o por conducto deun 6rgano 5urisdiccional7 de ser necesario.

    Los $>todos Alternos permiten prevenir y solucionar con&lictos? otorg8ndoles a laspartes el protagonismo para construir dichas soluciones.

    Ne)ociación

    E5ercicio de comunicaci6n7 con metodolog:a7 desarrollado por las partes parao4tener de la otra su consentimiento para el arreglo de un con&licto.

    ediación

    $>todo mediante el cual uno o m8s mediadores intervienen stosconvengan una soluci6n al mismo. Los mediadores de4en a4stenerse de proponer 

    soluciones o recomendacionesConciliación

    $>todo a trav>s del cual uno o varios conciliadores &acilitan la comunicaci6n entrelos participantes de un con&licto7 &ormulando propuestas o recomendaciones 9ueayuden a lograr un acuerdo o convenio 9ue ponga &in al con&licto.

    Arbitra+e

    $>todo mediante el cual las partes acuerdan someter la soluci6n de una

    controversia a la decisi6n de uno o varios 8r4itros.

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    (A NEGOCIACION

    %egrito delcual dos o m8s parte tratan de resolver sus di&erencias e intereses en &ormadirecta a &in de lograr con ello una soluci6n 9ue genere mutua satis&acci6n deintereses. Estas di&erencias de4en ser resueltas por las partes aprovechando losdistintos valores 9ue cada una de ellas asigna a la toma de decisiones.

    E=isten ciertas caracter:sticas institucionales y estructurales de las situaciones denegociaci6n 9ue pueden &acilitar la t8ctica del compromiso7 o hacerla m8saccesi4le a una de las partes 9ue a la otra o a&ectar a la pro4a4ilidad de uncompromiso simult8neo o de un punto muerto

    • Utili'aci6n de un agente negociador.• %ecreto contra pu4licidad• Negociaciones entrecru'adas.• Negociaciones continuas.•  Agenda restringida• La posi4ilidad de compensaci6n.

    (A EDIACION

    La mediaci6n constituye una variante del proceso de negociaci6n. %i 4ien aplica a

    esta las mismas reglas generales7 di&iere de la negociaci6n en 9ue entra enescena un tercero denominado mediador. El rol del mediador es el de un&acilitador7 9uien recoge in9uietudes7 traduce estados de 8nimo y ayuda a laspartes a con&rontar sus pedidos con la realidad. En su rol7 el mediador calma losestados de 8nimos e=altados7 re4a5a los pedidos e=agerados7 e=plica posiciones yreci4e con&idencias.

    Es un medio de soluci6n de los con&lictos por el cual las partes ocurren ante un6rgano designado por ellas o instituido o&icialmente7 el cual propone una soluci6n9ue puede o no ser acogida por las partes.

    %e trata de un procedimiento de investigaci6n completo 9ue conlleva a proponerprecisas recomendaciones para solucionar un con&licto.

    Características

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     Al igual 9ue en la conciliaci6n7 al mediador lo escogen o eligen las partes o

    un tercero7 misi6n 9ue de4er8 recaer en una persona 9ue posea los dotesnecesarios para hallar soluciones a un pro4lema 9ue las partes poriniciativa propia no est8n en capacidad de 4rindar.

    Constituye un sistema intermedio de soluci6n de con&lictos entre la

    conciliaci6n y ar4itra5e7 una pu5a adicional 9ue permitir8 a las partesinmersas hallar en &amilia7 y de manera directa7 la soluci6n 9ue no ha sidoposi4le aun materiali'arse.

     As: mismo se caracteri'a por tratar de alcan'ar una aceptaci6n de las

    partes por intermedio de la propuesta de u tercero7 9ue solo tiene &uer'a derecomendaci6n. El mediador no impone nada. La presencia y la4or delmediador no restringe ni limita la iniciativa de las partes para lograr por s:misma la soluci6n directa del con&licto.

    El tercero pese a no tener autoridad so4re la decisi6n en s:7 sin em4argo

    ayuda a las partes en el proceso de adoptarla7 acts de un acuerdo de las partes7 asistidas por untercero el conciliador7 respecto de derechos 9ue no tienen car8cter deindisponi4les.

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    Es un proceso mediante el cual una tercera persona7 neutral e imparcial7 ayuda alas partes en con&licto a 4uscar una soluci6n consensual7 proponiendo si &ueranecesario &ormulas conciliatorias 9ue las partes pueden recha'ar o aceptar.

    Características

    Es un acto 5ur:dico a trav>s del cual las partes recurren a un tercero para

    9ue les ayude a resolver un con&licto. *e9uiere la e=istencia de un tercero7 este no decide7 se limita a se@alar el

    camino posi4le de soluci6n de con&lictos7 pues las partes se avendr8n o noa las soluciones 9ue ellos mismos estimen conveniente.

    Es un mecanismo alternativo de soluci6n de con&licto7 ya 9ue las partes

    pueden optar por la conciliaci6n7 por el ar4itra5e o por ir al ;oder !udicial. La oralidad e inmediaci6n est8n siempre presentes7 pues el conciliador

    estar8 al lado de las partes 9ue han solicitado su actuaci6n7 las 9ue se

    reali'aran sin intermediarios. Es inimagina4le un proceso conciliador conescritos 9ue van y vienen7 pues la casi totalidad de negociaciones see&ectivi'an me5or sin la presencia de documento alguno o de &ormalidadespeci&ica.

    Ese tercero no propone7 no decide7 ni si9uiera interpreta la norma en

    con&licto7 menos hace es&uer'o alguno para su aplicaci6n. %e limitasimplemente a se@alar el camino posi4le de soluci6n de con&lictos7 pues en=ito 9ue se ha propuesto al iniciar sula4or conciliadora.

    E( AR,ITRA$E

  • 8/17/2019 Trabajo Final Curriculum

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    Es un m>todo de soluci6n de controversias en virtud del cual las partes acuerdanBconenio arbitral 7 someter la soluci6n de determinados con&lictos 9ue hayansurgido o puedan surgir entre ellas respecto a una determinada relaci6n 5ur:dica ala decisi6n Blaudo arbitral 7 de uno o varios terceros Barbitro. La &orma denom4ramiento de los terceros tam4i>n es acordada por las partes.

    El ar4itra5e es un sistema de soluci6n de con&lictos en 9ue la voluntad de laspartes7 se somete a la voluntad de un tercero. En el &ondo del ar4itra5e e=iste unpacto o convenio entre los litigantes en el sentido de 9ue someter8n susvoluntades a la convicci6n y al pronunciamiento del tercero7 con el compromiso decumplir con lo 9ue por >l se decida.

    Es el procedimiento 9ue tiene por o45eto la composici6n del con&licto por unapersona u organismo cuyo laudo una ve' dictado tiene 9ue cumplirseo4ligatoriamente.

    Es toda decisi6n dictada por un tercero7 con autoridad para ello7 en una cuesti6n oasunto 9ue las partes han sometido su decisi6n y 9ue tiene 9ue cumplirseo4ligatoriamente.

    El ar4itra5e suple el entendimiento directo de las partes y reempla'a el acuerdoentre ellas7 por una decisi6n del con&licto 9ue proviene de un tercero llamado8r4itro.

    El ar4itra5e7 comparte con el sistema 5udicial la caracter:stica de ser adversaria yad5udicativo. El tercero neutral no au=ilia a las partes para 9ue estas acuerden la

    soluci6n7 sino 9ue se las impone mediante el dictado de un laudo igual en suse&ectos a una sentencia 5udicial.

    Características

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    o El proceso ar4itral se desenvuelve con&orme a etapas 4asado en

    determinadas &ormalidades propuestas por los poderes ptodo.

    Las partes de4en estar de acuerdo en solicitar la evaluaci6n neutral.

    -usca 9ue las partes tomen conciencia de sus posiciones a &in de 9ue est>na4iertas al dialogo y a la creaci6n de opciones de soluci6n 9ue impli9uen mutuos4ene&icios llegando as: a un acuerdo.

    El evaluador neutral solo da una opini6n7 no se involucra en el proceso denegociaci6n.

    CONC('SION

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    (emos llegado a la conclusi6n una ve' m8s reali'ando este tipo de tra4a5o como4ien se ha entendido como en el sistema penal acusatorio menciona cada una delas partes y las cuales con el paso del tiempo han ido evolucionado cada uno deestos temas nos menciona todo lo relacionado con el sistema penal para llevarseaca4o cuando un acusado y un acusador con sus respectivos a4ogados se

    encuentran &rente al &iscal 9ue presenta argumentos so4re el caso &rente a un 5ue'de ca4ecera y un 5urado 9ue m8s adelante dictaminara el &allo a &avor o en contradel acusado y el 5ue' de ca4ecera dictara sentencia todo dentro de la cortecorrespondiente. Los 5uicios orales tendr8n las mismas etapas de un 5uicio escrito7solo 9ue en un menor n