Tema 2 Formulaciones doctrinales históricas entre poder político y jerarquia religiosa Francisca...
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Tema 2
Formulaciones doctrinales históricas entre poder político y jerarquia religiosa
Francisca Pérez Madrid
1. Monismo-dualismo
Las grandes culturas históricas:
Pueblo judío Mundo musulmán Cultura hindú Occidente cristiano
Monismo
Sociedades en las que existía la misma raza, religión, intereses...
Identificación poderes religioso y temporal, religión y política.
TEOCRACIAS pre-cristianas Persia Roma, César es una divinidad Régimen faraónico Imperios precolombinos
Raíz del totalitarismo: poder político omnicomprensivo
Excepciones
Pueblo judío Diferenciación
entre el sumo sacerdote y el Rey.
Rey es elegido, no una divinidad
Atenas Poder político
desvinculado teocracias
Dualismo
Definición: Diferenciación del orden religioso y temporal
Aportación del cristianismo: Diferencia orden político y religioso “Dad al César lo que es del César y a Dios lo que
es de Dios” Mt 22, 21. ORIGEN DE ESTA DOCTRINA
Lugar: Israel Ámbito: Imperio cristiano
Dos sociedades, un hombre sometido a ambas...Necesidad de relaciones I-E, sin confusión.
Evolución posterior de los pueblos judío y mahometano
Persecuciones
Causa Siglos I-III: expansión
cristianismo. Libros de Christopher
Dawson. Política religiosa romana
con los pueblos conquistados. Los cristianos, los primeros
objetores de conciencia. No sujeción total del
ciudadano-creyente al poder temporal: Peligro de la doctrina dualista para el César.
Acusados de “ateos”
Resultado Persecuciones y multitud de
mártires desde el año 64:
Nerón Domiciano, Trajano, Marco Aurelio, Septimio Severo, Maximino Tracio, Decio, Valeriano, Aureliano Diocleciano.
Texto del historiador Tácito «Para cortar por lo sano los rumores públicos, Nerón inventó los
culpables, y sometió a refinadísimas penas a los que el pueblo llamaba cristianos y que eran mal vistos por sus infamias. Su nombre venía de Cristo, quien bajo el reinado de Tiberio había sido condenado al suplicio por orden del procurador Poncio Pilato. Momentáneamente adormecida, esta maléfica superstición irrumpió de nuevo no solo en Judea, lugar de origen de ese azote, sino también en Roma, adonde todo lo que es vergonzoso y abominable viene a confluir y encuentra su consagración.
Primeramente fueron arrestados los que hacían abierta confesión de tal creencia. Después, tras denuncia de estos, fue arrestada una gran muchedumbre, no tanto porque acusados de haber provocado el incendio, sino porque se los consideraba encendidos en odio contra el género humano.
Aquellos que iban a morir eran también expuestos a las burlas: cubiertos de pieles de fieras, morían desgarrados por los perros, o bien eran crucificados, o quemados vivos a manera de antorchas que servían para iluminar las tinieblas cuando se había puesto el sol. Nerón había ofrecido sus jardines para gozar de tal espectáculo, mientras él anunciaba los juegos del circo y en atuendo de cochero se mezclaba con el pueblo, o estaba erguido sobre la carroza (15, 44).
Las persecuciones más fuertes fueron las de Diocleciano en el s. IV: destrucción de las iglesias, confiscación de los bienes, entrega de los libros sagrados, tortura hasta la muerte para quien no sacrificara al emperador.
Era Constantiniana
Cambio de rumbo. (sangre de los mártires, fue semilla de cristianos).Galerio 311
Edicto de Milán (313) Edicto de tolerancia el paganismo dejó de ser la religión
oficial del Imperio permitió que los cristianos gozaran de
los mismos derechos la Iglesia pasó a ser una religión lícita
y a recibir reconocimiento jurídico
Teodosio año 380: religión oficial, edicto Cunctos populos
Reconoce el dualismo cristiano
Cesaropapismo S.IV: Sociedad cristiana Constantino pretende una forma política
cristiana para una sociedad cristiana sin precedentes.
Instrumentalización. Intervención emperador en asuntos eclesiásticos: protección de la I, convoca Concilios, inmisión en cuestiones dogmáticas...
Paz religiosa y medidas favorables: Restitución de bienes Exención de cargas municipales a sacerdotes Posibilidad de testar a favor Iglesia Episcopalis audientia Cesión del Palacio Letrán al Obispo de Roma Convocatoria de Concilios (Nicea 325)
Cesaropapismo
Actitud de la Iglesia? Se deja proteger?
Textos siglos: Ambrosio de Milán, Crióstomo....Declaran lugar del Emperador.
Diferencias entre Oriente y Occidente: Oriente: arraiga el
Cesaropapismo, Cisma (año 1054)
Occidente, cae el Imperio Romano
3. Dualismo gelasiano
Año 494: formulación dualismo por Gelasio
Carta de Gelasio a Anastasio:«Dos son los poderes, por los que se rige principalmente el mundo: el de los obispos y el de los reyes. De los dos, es tanto mayor el de los obispos, cuanto que también ellos tienen que dar cuenta... sobre los mismos reyes».
-teoría de las relaciones I-E
Doctrina del dualismo gelasiano
1. Dos potestades diferentes 2. Son independientes3. Ambas de origen divino4. Las potestades: ninguna está debajo de la otra5. Los individuos: sometidos a la otra autoridad
en el ámbito correspondiente.6. La vida espiritual se rige por el Papa y los
Obispos7. Alta reverencia que merece esa potestad por la
dignidad de la vida religiosa8. Dignidad no equivale a poder: “Suplico...”9. El poder temporal debe reconocer el poder de
los que gobiernan la I, en su ámbito.
4. Hacia el hierocratismo Imperio Romano dividido por
Teodosio en el año 395 El de Occidente cae en el 476.
En Oriente en el s. XV.
Occidente: INVASIÓN BÁRBAROS 402, 406
Vacío en la vida cultural y social
Prestigio de las autoridades eclesiásticas en Occidente
Feudalización sociedad, Obispos señores feudales, deber de fidelidad al emperador.
Oscurecimiento del dualismo
Tensiones entre el Sacro Imperio y el Papado
Objetivos de la Iglesia: independencia del Papado, reforma de la Iglesia,
espiritualización,centralización Reforma gregoriana, Gregorio VII.
Reforma gregoriana
Pontificado de Gregorio VII (1073-1085) Libertad para nombrar dignatarios.
Querella de las investiduras. Concordato de Worms (1122) entre
Calixto II y Enrique V. A partir del s. XI se consolida el
hierocratismo. Bula Unam Sanctam de Bonifacio VIII
Doctrina hierocrática
Superioridad del poder espiritual sobre el temporal
Los príncipes deben someterse a la jurisdicción de la Iglesia
Razón: potestad de absolver, ratione pecati. Potestas indirecta.
Crisis del planteamiento en los s. XIV y XV por razones religiosas y políticas.
La reforma protestante S. XV : ruptura del Imperio en Estados
Nacionales Crisis del Papado Reformadores: Lutero, Zwinglio,
Calvino Lutero:
Iglesia únicamente espiritual No jerarquía...imposibilidad de
relaciones dualistas Apoyo de esta idea por parte del
absolutismo estatal. Organización práctica: Príncipe de cada
país Guerras de religión....Estado confesional Paz de Westfalia (1648) Cuis regio, eius
religio Nexo entre confesionalidad e
intolerancia
Regalismo (s. XVI-XVIII)
Después de la reforma, también los países católicos tienden a ser confesionales, pero dualistas.
Idea base: origen divino del poder, la escuala española de Derecho natural.
Religión Estado= religión príncipe Reelabora la teoría de la potestas indirecta. Pero, del XVI-XVIII, intenso control de los
monarcas católicos en la vida de la I. Base: derechos adquiridos, el derecho
divino de los reyes Interpretación de la escuela española sobre
el origen divino del poder, vs. interpretación regalista
Regalismo
Iura maiestatica circa sacra Instituciones en España:
Derecho de patronato Pase regio Recurso de fuerza en conocer Inquisición española Veto en las elecciones pontificias Francia, Iglesia nacional.
Formas nacionales de regalismo: Galicanismo francés Febronianismo alemán Josefinismo austriaco Regalismo meridional
Pensamiento ilustrado y las Declaraciones de derechos
Lógica racionalista, influencia a partir de la revolución francesa
Soberanía del pueblo, derechos de la persona.
Liberalismo: laicista. Reacción frente a los poderes anteriores: Papado y Principes
Declaraciones de Derechos
Fruto de las revoluciones del finales del S. XVIII
reconocen formalmente los derechos del hombre
Planteamiento individualista Libertad religiosa: reconocida de
forma minimalista
América Declaración de los derechos de
Virginia de 1776
Que la religión o el deber que tenemos para nuestro Creador y la manera de cumplirlo sólo puede regirse por la razón y la convicción, no por la fuerza o la violencia; y por consiguiente todos los hombres tienen igual derecho al libre ejercicio de la religión, de acuerdo con los dictados de su conciencia ; y que es deber de todos practicar la benevolencia cristiana; el amor y la caridad hacia todos”.
Francia
Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789: Nadie debe ser inquietado
por sus opiniones, incluso religiosas, siempre que su manifestación no altere el orden público establecido por la ley”
Más restrictiva: no alude al culto, ni a otros aspectos públicos.
Confusión Antiguo Régimen e Iglesia
Liberalismo, separatismo y laicismo
Revolución Liberalismo
Libertad religiosa, se entiende sólo como libertad individual
Establishment clause (Primera Enmienda 1791) Separatismo:
Eliminación de lo religioso del ámbito público Supresión enseñanza religiosa Matrimonio civil obligatorio…
A la vez: radical igualdad de las Confesiones
Liberalismo
Separatismo
La libertad religiosa como derecho humano
Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948
Art.18: derecho de libertad de pensamiento, conciencia y religión
Poco eficaz Convenio para la protección de
los derechos humanos y las protecciones fundamentales de 1950
Art.9 Añade límites Tribunal europeo de los
derechos humanos Pactos Internacionales de
Derechos Civiles y Políticos, y de derechos económicos y culturales de 1966. art.18
La libertad religiosa como derecho humano
Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y no discriminación fundadas en la religión y las convicciones de 1981: No vinculante Texto más completo Más atención a la dimensión colectiva del derecho:
Libertad de fundar y mantener instituciones caritativas o humanitarias
Libertad para confeccionar, adquirir, utilizar objetos para los ritos de una religión
Solicitar ayudas económicas Libertad de formar dirigentes… Libertad para mantener comunicaciones de tipo
religioso con personas y comunidades a nivel nacional e internacional…
Contenido de las declaraciones de Derechos
Garantizan el derecho de opción, manifestación individual y colectiva, en público y en privado
Derecho cultual Grupos específicos religiosos Consideración específica de los
grupos religiosos: Declaración sobre la eliminación de todas las
formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o en las convicciones de 1981.