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    “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la

    Educación”

    V

    TRABAJO ACADÉMICOINFORMATICA

    DOCENTE IN!" CAR#O$ %A&E 'C'#MANA

    A#'MNA RO$A#IA DE# PI#AR #ANDA E$PINO(A

    CODI!O )*+,+-..)-

    'DED '"A"P" #A MERCED /D'ED0

    CIC#O +

    OCT'1RE 2 )*+,

    Dirección Universitaria de Educación a 

    Distancia 

    EAP DERECHO

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    INFORMATICA

    DEDICATORIA

    1

    El presente trabajo se lo dedico a is

     padres por s! peranente apo"o en i

    desarrollo personal " pro#esional$

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    INFORMATICA

    DOCE%TE

    A!RADECIMIENTO

    &

    A is padres' por s! apo"o constante "

    coprensi(n en los oentos )s

    di#*ciles$

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    INFORMATICA

    DESARROLLO DEL TRABAJO ACADEMICO

    1. Insertando Nuevas Páginas en el Presente Formato Oficial MS Word, en un

    mínimo de Die !1"# $o%as ela&orar un tema in'dito so&re los (ntecedentes,

    Im)ortancia * +elacin con el Derec-o, de la (ctual e* de Proteccin deDatos.

    LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS

    1. ANTECEDENTES

    a e* de Proteccin de Datos

    Personales )eruana -a sido

    )u&licada el / de %ulio del

    )resente a0o. ntrará)lenamente en vigencia a los

    treinta !/"# días -á&iles, contados a )artir de la )u&licacin del

    reglamento2 entre tanto están *a vigentes el 3I34O II, referido al

    tratamiento de datos )ersonales5 alcances so&re el tratamiento,

    limitaciones al consentimiento )ara el tratamiento de datos )ersonales,

    flu%o transfronterio de datos )ersonales, seguridad del tratamiento *

    confidencialidad de datos )ersonales2 asimismo, el )rimer )árrafo delartículo /67 8ue esta&lece 8ue la Direccin Nacional de 9usticia es la

     (utoridad Nacional de Proteccin de Datos Personales, * las siguientes

    Dis)osiciones :om)lementarias Finales5

    Primera Disposición, 8ue dis)one la constitucin de una :omisin

    Multisectorial encargada de ela&orar el )ro*ecto de reglamento.

    Se!n"a Disposición, 8ue dis)one 8ue la (utoridad Nacional de

    Proteccin de Datos Personales ela&orará la directiva de seguridad de lainformacin administrada )or los ;ancos de Datos Personales.

    Tercera Disposición, referida a la adecuacin de documentos de

    gestin * de 3e

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    No$ena Disposición, 8ue se0ala 8ue lo dis)uesto en la e* no se de&e

    inter)retar en detrimento de las facultades de la administracin tri&utaria

    res)ecto de la informacin 8ue o&re * re8uiera )ara sus registros, o )ara

    el cum)limiento de sus funciones.

    Finalmente la D'cima Dis)osicin referida 8ue la realiacin de las

    acciones necesarias )ara la a)licacin de la e* se e%ecuta con cargo al

    )resu)uesto institucional del )liego Ministerio de 9usticia * de los

    recursos a los 8ue -ace referencia el artículo />?, sin demandar recursos

    adicionales al 3esoro P@&lico. sto )odría llevar a )ensar 8ue estamos

    frente a una regulacin a&solutamente novedosa2 sin em&argo, esto no

    es com)letamente así. Si &ien la dacin de la norma * la creacin de una

    autoridad nacional significan un avance cualitativo * ciertamente están

    fi%ando un antes * un des)u's en materia de )roteccin de datos

    )ersonales, 8ue se manifiesta, -asta a-ora, )or numerosos eventos

    acad'micos * )or la moviliacin de sectores involucrados en torno a la

    ela&oracin del reglamento, es o)ortuno advertir 8ue nuestro sistema

     %urídic  o tenía *a normas, no solo vinculadas con la materia, sino

    tam&i'n es)ecíficas * del más alto rango.

    ,

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    INFORMATICA

    n efecto, la :onstitucin

    Política del stado, vigente

    desde 1AA/, esta&lece en el

    inciso > del artículo 6, 8ue toda

    )ersona tiene derec-o5 B( 8ue

    los servicios informáticos,

    com)utariados o no, )@&licos

    o )rivados no suministren informaciones 8ue afecten la intimidad

    )ersonal * familiarC de forma 8ue, aun sin autoridad administrativa * sin

    legislacin )ro)ia, la )roteccin de los datos )ersonales -a e

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    vigencia /" días -á&iles des)u's de la )u&licacin del reglamento, es

    decir el mi'rcoles "H de ma*o de 6"1/. a le* 6A//, define como datos

    )ersonales5 E3oda informacin so&re una )ersona natural 8ue la

    identifica o la -ace identifica&le a trav's de medios 8ue )ueden ser 

    raona&lemente utiliadosE. (simismo, define como datos sensi&les5

    EDatos )ersonales constituidos )or datos &iom'tricos 8ue )or sí mismos

    )ueden identificar al titular2 datos referidos al origen racial * 'tnico2

    ingresos econmicos, o)iniones o convicciones )olíticas, religiosas,

    filosficas o morales2 afiliacin sindical2 e informacin relacionada a la

    salud * a la vida se

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    derec-os fundamentales reconocidos )or nuestra :onstitucin Política,

    así como a8uellas normas contem)ladas en la PDP * su reglamento.

    (. APLICACIÓN

    as normas de manera general esta&lecen 8ue son de

    a)licacin a los datos )ersonales

    contenidos !o destinados a ser 

    contenidos# en &ancos de datos

    )ersonales cu*o tratamiento se realice en el

    Per@, entendi'ndose )or Bdatos

    )ersonalesC a toda informacin so&re una

    )ersona natural 8ue la identifica o la -ace

    identifica&le * a B&ancos de datos )ersonalesC como el con%unto

    organiado de datos )ersonales, inde)endientemente del so)orte *

    cual8uiera sea la forma o modalidad de su creacin, formacin,

    almacenamiento, organiacin * acceso.

    Solo los datos )ersonales 8ue identifican o -acen identifica&les a

    )ersonas naturales. llo 8uiere decir 8ue el registro e informacin 8ue se

    )ueda tener so&re )ersonas %urídicas, no se encuentra su%eta a esta

    normativa.

    Si &ien una )ersona natural )ueda actuar en una actividad econmica

    con su )ro)io n@mero de +4: no renuncia a su condicin de B)ersona

    naturalC ni a sus derec-os2 * en ese sentido, al no -a&er e

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    INFORMATICA

    Dentro de las )rinci)ales o&ligaciones de los titulares de

    los &ancos de datos )ersonales

    están5 efectuar el tratamiento solo

    )revio consentimiento del titular de los

    datos )ersonales !salvo las e

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    l tratamiento de los datos )ersonales im)lica

    necesariamente la o&tencin del

    consentimiento )or )arte del titular de los datos materia

    de tratamiento, salvo 8ue nos encontremos en alguno de

    las e

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    INFORMATICA

     (sí las cosas, el )roceso de adecuacin de los &ancos de datos

    )ree

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    INFORMATICA

    1I1#IO!RAFIA

    Li2ros3

    uía Didáctica INFO+M3I:( G 4(P

    0!en#es "e in#erne#3

    3i4ipedia

    Diario El 5er!ano

    11

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    INFORMATICA

    -tt)5.min%us.go&.)e

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