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Universidad de San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Económicas Escuela de Auditoría Jornada Fin de Semana Finanzas I Lic.: Delfido Morales TRABAJO DE INVESTIGACION EL SISTEMA FINANCIERO GUATEMALTECO Grupo No. 13 Salón 215 Edificio S-3

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Universidad de San Carlos de Guatemala

Facultad de Ciencias Econmicas

Escuela de Auditora

Jornada Fin de SemanaFinanzas I

Lic.: Delfido Morales

TRABAJO DE INVESTIGACION

EL SISTEMA FINANCIERO GUATEMALTECOGrupo No. 13Saln 215Edificio S-3

Guatemala, 17 de agosto de 2014

Grupo No.13No.CarnNombresApellidos

1200018750Diana ErickaGonzales

2200612572Hctor Armandolvarez Rafael

3200713180Pedro JosueCulajay Marcelo

4200811857Sandra Fabiola Jurez lvarez

5200913572Eswami RenRaxn Recinos

6201013171Juan CarlosPrez Prez

7201022222Marcos JoaqunVargas Velia

Coordinador: Juan Carlos Prez PrezINDICE

1INTRODUCCION

2SISTEMA FINANCIERO GUATEMALTECO

21.CONCEPTOS

32.SISTEMA FINANCIERO

42.1Sistema Regulado

52.2 Sistema No Regulado

62.3Registro de Valores y Mercancas

93.ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

103.1Conformacin de Junta Monetaria

103.2Ministerio de Finanzas Pblicas

124.FISCALIZACIN Y VIGILANCIA

124.1Fiscalizado por la Superintendencia de Bancos

144.2Ministerio de Finanzas Pblicas

155.ORGANISMOS INTERNACIONALES

155.1Banca Mundial

165.2Fondos Internacionales

175.3Cartas de Crdito

195.4Transferencias Bancarias

21CONCLUSIONES

22RECOMENDACIONES

23BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCIONEl presente trabajo de investigacin da a conocer informacin sobre el sistema financiero GuatemaltecoPara tal efecto, el presente trabajo inicia dando a conocer de lo que es un sistema financiero de un pas, comprende al conjunto de instituciones pblicas y privadas que participan en el proceso de intermediacin financiera dentro de la actividad econmica de cualquier pas, la participacin del sistema financiero representa un papel importante para su crecimiento econmico. Por esta razn, resulta conveniente evaluar y cuantificar la evolucin y desarrollo de dicho sistema y su contribucin al crecimiento econmico.

Se considera que todo sistema financiero debe cubrir ciertas funciones especficas, as como ofrecer algunos servicios que, en forma global, contribuyan a la obtencin de un mejor desenvolvimiento del sector financiero individual, as como a la obtencin de un mejor nivel de desarrollo econmicoDespus se da a conocer que en Guatemala el sistema financiero est dividido en sistema financiero regulado y no regulado, el primero que se encuentra organizado bajo el sistema de banca central, que lo dirige la Junta Monetaria, de la que depende del Banco de Guatemala y la segunda no se encuentra supervisada por la Superintendencia de Bancos y su base legal est derivada del Cdigo de Comercio asimismo, cmo est su estructura organizacional.Y por ltimo hablaremos sobre la fiscalizacin que tiene la Superintendencia de Bancos y el Ministerio de Finanzas Publicas con el sistema financiero regulado, asimismo como los organismos internacionales.SISTEMA FINANCIERO GUATEMALTECO1. CONCEPTOS1.1 En un sentido general, el sistema financiero de un pas est formado por el conjunto de instituciones, medios y mercados, cuyo fin primordial es canalizar el ahorro que generan los prestamistas o unidades de gasto con supervit, hacia los prestatarios o unidades de gasto con dficit. 1.2 Esta labor de intermediacin es llevada a cabo por las instituciones que componen el sistema financiero, y se considera bsica para realizar la transformacin de los activos financieros, denominados primarios, emitidos por las unidades inversoras (con el fin de obtener fondos para aumentar sus activos reales), en activos financieros indirectos, ms acordes con las preferencias de los ahorradores.1.3 El sistema financiero comprende, tanto los instrumentos o activos financieros, como las instituciones o intermediarios y los mercados financieros: los intermediarios compran y venden los activos en los mercados financieros.1.4 El sistema financiero de un pas comprende al conjunto de instituciones pblicas y privadas que participan en el proceso de intermediacin financiera. 1.5 La funcin bsica es la movilizacin de recursos financieros de aquellas unidades superavitarias (ahorrantes) a unidades deficitarias o que requieren recursos adicionales (usuarios de crdito), en un mbito de seguridad razonable.1.6 El sistema financiero comprende, tanto los instrumentos o activos financieros, como las instituciones o intermediarios y los mercados financieros: los intermediarios compran y venden los activos en los mercados financieros.2. SISTEMA FINANCIEROEs un conjunto de instituciones pblicas y privadas que tienen como funcin principal canalizar los recursos financieros de ciertas personas que disponen de excedente de dichos recursos, hacia aquellas personas individuales o jurdicas que necesitan de los mismos.La funcin de cualquier sistema financiero consiste en la creacin, intercambio, transferencia y liquidacin de activos y pasivos financieros. No es ms que una actividad econmica, que en vez de producir bienes, produce servicios financieros demandados por la poblacin. En Guatemala, el sistema financiero se clasifica en dos subsistemas ; el sistema financiero regulado y el sistema financiero no regulado (extrabancario), el primero denominado as, porque las instituciones que lo conforman estn sujetas al control del Banco de Guatemala como institucin de banca central rectora que ejerce funciones de controlar el sistema monetario, cambiario y crediticio en forma ordenada, fomentando la estabilizacin monetaria, sin fines de lucro y tomando siempre en cuenta los intereses generales del pas; igualmente, se sujetan a la normativa bancaria que las crea o constituye y, a la supervisin de la Superintendencia de Bancos como entidad auxiliar de banca central.Las instituciones bancarias guatemaltecas se rigen, en su orden, por la Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala; por la Ley de Bancos y Grupos Financieros; por las disposiciones que emita la Junta Monetaria; por las disposiciones de la Ley Orgnica del Banco de Guatemala; por la Ley Monetaria; y la Ley de Supervisin Financiera. En las materias no previstas en las leyes citadas, se sujetan a la legislacin general de la repblica en lo que les fuere aplicable.

Los bancos por la conformacin de su capital se clasifican: en estatales, privados, mixtos o extranjeros.

Los bancos autorizados conforme a la Ley de Bancos y Grupos Financieros pueden efectuar operaciones en moneda nacional y extranjera y prestar los servicios siguientes: recibir depsitos monetarios, a plazo y de ahorro; crear y negociar bonos y/o pagars (previa autorizacin de la Junta Monetaria); obtener financiamiento del Banco de Guatemala; obtener crditos de bancos nacionales y extranjeros; otorgar financiamiento en operaciones de cartas de crdito; emitir y operar tarjeta de crdito; realizar arrendamiento financiero; realizar factoraje; invertir en ttulos valores emitidos y/o garantizados por el Estado, por los bancos autorizados de conformidad con la ley o por entidades privadas (en el caso de valores emitidos por entidades privadas, es necesario lo aprobacin previa de la Junta Monetaria); adquirir y conservar la propiedad de bienes inmuebles o muebles, siempre que sean para su uso; constituir depsitos en otros bancos del pas y en otros bancos extranjeros; cobrar y pagar por cuenta ajena; actuar como fiduciario; comprar y vender moneda extranjera, tanto en efectivo como en documentos; aperturar cartas de crdito; arrendar cajillas de seguridad. A los bancos les est prohibido realizar: operaciones que impliquen financiamiento para fines e especulacin; conceder financiamiento para pagar, directa o indirectamente, total o parcialmente la suscripcin de las acciones del propio banco o en su caso de las empresas que conforman su grupo financiero; emprender actividades comerciales, agrcolas, industriales y minera u otras que no sean compatibles con su naturaleza bancaria. 2.1 Sistema Regulado

El sistema financiero guatemalteco regulado, se encuentra integrado por el Banco de Guatemala como entidad de banca central rectora, cuya direccin suprema, por disposicin constitucional, es ejercida por una entidad intangible, conocida como Junta Monetaria, por la Superintendencia de Bancos que tambin es una institucin de banca central pero con funciones de vigilancia e inspeccin, de las instituciones bancarias, sociedades financieras, compaas almacenadoras, compaas de seguros, compaas de fianzas, casa de cambio, entidades fuera de plaza (off shore), casas de bolsas y entidades de tarjetas de crditos.No est dems indicar que de conformidad con la Ley de Bancos y Grupos Financieros, stas entidades pueden interrelacionarse entre s, de las que una debe ser banco, existiendo ya en el pas varios grupos financieros, entre los que se pueden mencionar al Grupo Financiero G&T Continental y Grupo BANRURAL, por ejemplo. Corresponde a la Junta Monetaria autorizar la conformacin de grupos financieros, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos. Todas y cada una de las empresas integrantes de los grupos financieros estarn sujetas a supervisin consolidada por parte de la Superintendencia de Bancos.

En aos recientes dentro del sistema financiero guatemalteco se han dado actividades de fusiones y adquisiciones, que ha llevado a que existan bancos ms grandes capaces de competir y satisfacer exigencias de clientes ms grandes.2.2 Sistema No ReguladoSon instituciones constituidas legalmente como Sociedades Mercantiles, generalmente sociedades annimas. No estn reconocidas, ni son autorizadas por la Junta Monetaria como instituciones financieras y como consecuencia, no son fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos, su autorizacin responde a una base de tipo general legislada bsicamente en el Cdigo de Comercio. Tambin se le denomina sector informal o banca paralela. En nuestro medio pueden encontrarse varias clases de instituciones no reguladas:

1. Las financiadoras que se han constituido como sociedades mercantiles que actan bajo la figura de sociedades annimas, que se dedican a las operaciones de crdito, inversin y descuento de documentos comerciales, y

2. Las financiadoras que regularmente trabajan como representantes de empresas del exterior, o bien se trata de empresas individuales que prestan dinero ms que todo a base de garantas prendaras o hipotecarias.

Fiscalmente estas entidades estn reguladas por la Superintendencia de Administracin Tributaria, SAT y pueden clasificarse como Financieras Comerciales o Financiadoras, Empresas Emisoras de Tarjetas de Crdito, Empresas Off Shore, Cooperativas de Ahorro, Organizaciones no Gubernamentales (ONG), Empresas Exportadoras y Prestamistas Particulares.Debido a las restricciones legales de los bancos, surgieron una serie de entidades financieras no reguladas, pero tambin algunas causadas por el mercado informal:

Requerimientos de encajes

Evasin fiscal

Costos de operacin Requerimientos de respaldo patrimonial

Demanda insatisfecha de mercado 2.3 Registro de Valores y MercancasEl ministerio de Economa de Guatemala es el responsable del registro de mercado de valores y mercancas, este ltimo tiene como objeto el registro de los actos que realicen y contratos que celebren, las personas que intervienen en los mercados burstil y extraburstil. Con el fin de encontrar informacin referente a la inscripcin de: Bolsas de comercio, ofertas pblicas (emisiones), agentes, fondos de inversin, sociedades de inversin y calificadoras de riesgo; as como el marco legal que nos regula.El Registro del Mercado de Valores y Mercancas, debe velar por la transparencia, seguridad y certeza que debe imperar en el mercado de valores de Guatemala; por ende brindar proteccin al pblico inversionista en general. Asimismo, su objetivo es el control de la juridicidad y el registro de los actos y contratos celebrados por los actores que interactan en el mercado burstil y extraburstil de valores.

Como base legal para regular el mercado de valores y mercancas, entra en vigencia a partir del veintitrs de diciembre de mil novecientos noventa y seis, la Ley del mercado de valores y mercancas, decreto 34-96 del congreso de la Repblica.

Dicha Ley regula las normas que promueve el desarrollo trasparente, eficiente dinmico del mercado de valores.

Creacin y formulacin de la Ley sta nace de conformidad con el artculo 119 de la Constitucin poltica de la Repblica de Guatemala que establece como obligacin fundamental del Estado, Promover el desarrollo econmico de la Nacin, as como proteger la formacin del capital, el ahorro y la inversin y crear las condiciones adecuadas para promover la inversin de capitales nacionales y extranjeros. Valores y mercancas:

Valores: Se entiende por valores todos aquellos documentos, ttulos o certificados, acciones, ttulos de crditos tpicos o atpicos, que incorporen o representen, segn sea el caso, derechos de propiedad, de crdito o participacin. Los valores podrn crearse o emitirse mediante anotaciones en cuenta;

Mercancas: Son mercancas todos aquellos bienes que no estn excluidos del comercio por su naturaleza o por disposicin de la Ley.

Siendo los anteriores negociados mediante la oferta pblica, la cual es la invitacin que el emisor hace abiertamente al pblico, por si, por intermedio de terceros mediante una Bolsa de Comercio o cualquier medio de comunicacin masivo o de difusin social, para negociacin de valores mercancas o contratos.

La oferta pblica de conformidad con el artculo 26 del decreto 34-96 del congreso de la Repblica refiere: Las ofertas pblicas de valores no quedan sujetas a autorizacin administrativa previa, salvo su inscripcin en el registro. La inscripcin de las mismas no implica asuncin de responsabilidad de ninguna especie por parte del registro en relacin a los derechos que los valores incorporan ni sobre la liquidez o solvencia del emisor, sino simplemente significa la calificacin de que la informacin contenida en la oferta satisface los requisitos que exige esta ley.

En este contexto y con carcter general la oferta pblica se refiere a la captacin de recursos financieros por parte de las entidades privadas o pblicas, mediante la colocacin de emisiones de instrumentos de deuda o la medida de la demanda del inversor final, previa su inscripcin y registro de las Bolsas de Comercio y el Registro de mercado de valores y mercanca.

Ahora bien, para la negociacin de las ofertas pblicas, tanto de valores como de mercancas, la ley dentro de su normativa, establece dos tipos de mercados a saber:

Mercado Burstil: Es aquel que se desarrolla dentro de una Bolsa de Comercio, cumplindose con la reglamentacin que para ese efecto haya sido emitida por dicha Bolsa, de conformidad con la facultad de autorregulacin de que gozan y,

Mercado Extraburstil: Es aquel que se realiza fuera de la Bolsa de Comercio y que por esa razn, no estaba sujeto, hasta antes de estar en vigencia la Ley, a reglamentacin alguna.No obstante lo anterior, la Ley solo regula los requisitos de la oferta pblica burstil y extraburstil de valores y burstil de mercancas.

De lo anterior, al registro no solo le corresponde una labor registral sino que adems, dentro del mbito de su competencia, debe cumplir y hacer que se cumplan las disposiciones reglamentarias de carcter general con relacin a la oferta pblica extraburstil de valores.3. ESTRUCTURA ORGANIZACIONALTodo sistema financiero en general, se caracteriza por ser un conjunto de personas, tanto naturales como jurdicas, pblicas o privadas e, instituciones bancarias estructuradas jerrquicamente en un sistema de banca central que, realizan operaciones y sistemas relacionados con la administracin y direccin de la oferta y demanda de dinero y valores de toda clase, tanto en moneda nacional como extranjera as como, del ahorro y la inversin, dentro de una unidad territorial y, en el marco de una legislacin que regula las transacciones de activos financieros as como los mecanismos e instrumentos que permiten la transferencia de esos activos entre ahorrantes, inversionistas o los usuarios del crdito .El sistema financiero guatemalteco se encuentra organizado bajo la estructura de Banca Central. Su organizacin es la siguiente:

Junta Monetaria

Banco de Guatemala

Superintendencia de Bancos

Bancos del Sistema

Financieras

Aseguradoras

Afianzadoras

Almacenes Generales de Depsito Otras Instituciones3.1 Conformacin de Junta Monetaria

Tiene a su cargo la determinacin de la poltica monetaria, cambiaria y crediticia del pas; as como, la direccin suprema del Banco de Guatemala. Tambin vela por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional, asimismo, debe asegurar la estabilidad y el fortalecimiento del ahorro nacional. La Junta Monetaria, se integra de la siguiente forma:

Presidente y Vicepresidente nombrados por el Presidente de la Repblica, que a su vez lo son del Banco de Guatemala.

Los Ministros de Finanzas Pblicas, Economa; y de Agricultura, Ganadera y Alimentacin. .

Un miembro electo por el Congreso de la Repblica.

Un miembro electo por el presidente de los consejos de administracin o juntas directivas de los bancos privados.

Un miembro por las Asociaciones y Cmaras Comerciales, Industriales, Agrcolas y Ganaderas (CACIF).

Un miembro electo por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC).

Estos tres ltimos miembros durarn en sus funciones un ao. Todos los miembros de la Junta Monetaria, tendrn suplentes, salvo el Presidente, a quien lo sustituye el Vicepresidente y los Ministros de Estado, que sern substituidos por su respectivo viceministro.3.2 Ministerio de Finanzas PblicasEs el responsable de fijar y desarrollar las polticas que regulan la Administracin Financiera de los Recursos del Estado, de administrar en forma eficiente, equitativa y racional el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado, y mantenerse en una bsqueda constante por la simplificacin y optimizacin de los procesos que involucran a sus usuarios.

Debe transferir a los organismos y entidades del Estado los recursos financieros asignados en sus respectivos presupuestos, de acuerdo con la captacin de los ingresos. Llevar el registro consolidado de la ejecucin presupuestaria y de la Contabilidad del Estado, facilitar los lineamientos de su aplicacin desconcentrada, as como preparar los informes analticos y consolidados correspondientes.

Dependencias del Ministerio de Finanzas Pblicas: 1) Direccin de Anlisis y Estudios Econmicos y Fiscales. 2) Direccin de Bienes del Estado (Web) 3) Direccin de Catastro y Avalo de Bienes Inmuebles. 4) Direccin de Contabilidad del Estado. 5) Direccin de Comunicacin Social. 6) Direccin de Crdito Pblico. 7) Direccin de Tecnologas de la Informacin. 8) Direccin de Recursos Humanos 9) Direccin de Servicios Administrativos. 10) Direccin de Fideicomisos 11) Direccin Financiera 12) Direccin Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 13) Direccin Tcnica del Presupuesto 14) Direccin de Transparencia Fiscal. 15) Taller Nacional de Grabados en Acero 16) Tesorera Nacional 17) Unidad de Auditora Interna 18) Unidad de Asesora Jurdica

4. FISCALIZACIN Y VIGILANCIA4.1 Fiscalizado por la Superintendencia de Bancos

rgano Supervisor

Es una entidad de banca central auxiliar, con carcter tcnico especializada que realiza funciones fiscalizadoras y ejerce vigilancia e inspeccin tanto del rgano rector del sistema financiero (Banco de Guatemala) como de bancos, instituciones de crdito, empresas financieras, entidades afianzadoras, de seguros y las dems que la ley disponga.

Su principal objetivo lo constituye el obtener y mantener la confianza del pblico en el sistema financiero y en las entidades sujetas a su control, vigilando porque stas mantengan solidez econmica y liquidez apropiada para atender sus obligaciones, que cumplan con sus deberes legales, y que presten sus servicios adecuadamente a travs de una sana y eficiente administracin.

De conformidad con el artculo 133 de la Constitucin de la Repblica de Guatemala, la Superintendencia de Bancos es el rgano de supervisin de las instituciones bancarias. La cual est organizada conforme a la ley, (Ley de Supervisin Financiera) es el rgano que ejercer la vigilancia e inspeccin de bancos, instituciones de crdito, empresas financieras, entidades afianzadoras, de seguros y las dems que la ley disponga. rgano Fiscalizador

Asimismo, la fiscalizacin (tributos) de los bancos del sistema y del sistema financiero nacional, se encuentra a cargo de la Superintendencia de Administracin Tributaria (SAT).

La SAT nace con el propsito principal de modernizar la administracin tributaria y dar cumplimiento a los compromisos fiscales contenidos en los Acuerdos de Paz. Fue aprobado por el congreso de la Repblica mediante el Decreto No. 1-98 el cual entr en vigencia a partir del 21 de febrero de 1998.

Es una institucin estatal descentralizada, con competencia y jurisdiccin en todo el territorio de Guatemala, para ejercer con exclusividad las funciones de administracin tributaria contenidas en la legislacin, goza de autonoma funcional, financiera, econmica, tcnica y administrativamente, cuenta con personalidad jurdica, patrimonio y recursos propios.

4.2 Ministerio de Finanzas PblicasPara el cumplimiento de sus funciones, al Ministerio de Finanzas Pblicas le corresponde hacer cumplir todo lo relativo al rgimen jurdico hacendario del Estado, incluyendo la recaudacin y administracin de los ingresos fiscales, la gestin de financiamiento interno y externo, la ejecucin presupuestaria y el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.

Asimismo, coordina lo pertinente con la Superintendencia de Administracin Tributaria; y proporciona el apoyo necesario a todas las instituciones que conforman la Administracin Central, descentralizadas y autnomas, para el desarrollo de los procesos de programacin y ejecucin presupuestaria, mediante la implementacin y fortalecimiento del Sistema Integrado de Administracin Financiera, aplicando para el efecto, tcnicas, procedimientos y mecanismos de control.Funciones del Ministerio De Finanzas PblicasSegn el artculo 3, adems de las que asigna la Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala y otras leyes, el Ministerio de Finanzas Pblicas tiene asignadas las funciones siguientes:

Formular la poltica fiscal y financiera de corto, mediano y largo plazo, en funcin de la poltica econmica y social del Gobierno;

Proponer a la Superintendencia de Administracin Tributaria, las normas para la desconcentracin en la percepcin de los ingresos;

Coordinar con la Superintendencia de Administracin Tributara, la programacin del flujo de ingresos provenientes de la recaudacin de los impuestos.5. ORGANISMOS INTERNACIONALES5.1 Banca MundialEl Banco Mundial, abreviado como BM (en ingls: WB World Bank), desde su concepcin en 1944, ha pasado de ser una entidad nica a un grupo de cinco instituciones de desarrollo estrechamente relacionadas. Su misin evoluciono desde el banco internacional de reconstruccin y fomento (BIRF) como facilitador de la reconstruccin y el desarrollo de posguerra al mandato actual de aliviar la pobreza en el mundo.

Si bien la reconstruccin sigue siendo importante, el objetivo predominante de todo su trabajo es luchar contra la pobreza atreves de un proceso de globalizacin inclusivo y sostenible.

Estructura de la banca mundial

La organizacin tiene oficinas en 109 pases y ms de 10,000 empleados en nmina y aproximadamente otros 5,000 que sirven de manera temporal o como consultores, el monto de la asistencia del BM a los pases en desarrollo para el ao 2002 fue de 8,100 millones de dlares estadounidenses y 11,500 millones adicionales en crditos otorgados para un perodo de 35 a 40 aos con 10 aos adicionales de gracia.

El grupo de la banca mundial est integrado por:1. El Banco Internacional De Reconstruccin Y Fomento (BIRF, 186 pases miembros). Creado en 1945, tiene como objetivo lograr la reduccin de la pobreza en los pases en vas de desarrollo y de mediano ingreso, brindndoles asesora financiera en materia de gestin econmica.

2. La Asociacin Internacional De Fomento (AIF, 169 pases miembros). Creada en 1960, sus miembros son quienes realizan aportaciones que permiten que el Banco Mundial (BM) proporcione entre 6,000 y 7,000 mdd anuales en crdito, casi sin intereses, a los 79 pases considerados ms pobres.

3. La Corporacin Financiera Internacional (CIF, 182 pases miembros). Creada en 1956, est encargada de promover el desarrollo econmico de los pases atreves del sector privado. Los socios comerciales invierten capital por medio de empresas privadas en los pases en desarrollo.

4. El Organismo Multilateral De Garanta De Inversiones (OMGI, 175 pases miembros). Creado en 1988, tiene como meta promover la inversin extranjera en pases subdesarrollados, encargndose de otorgar garanta a los inversionistas contra prdidas ocasionadas por riesgos no comerciales como: expropiacin, inconvertibilidad de moneda, restricciones de transferencia, guerras o disturbios.

5. El Centro Internacional De Arreglo De Diferencias Relativas A Inversiones (CIADI, 144 pases miembros. Creado en 1966, tiene como meta principal cuidar la inversin extranjera en los pases, al proporcionar servicios internacionales de conciliacin y arbitraje de diferencias, relativas de ese rubro. Esta institucin cuenta con una fuerte rea de investigacin que publica temas sobre legislacin internacional y nacional (de acuerdo al pas), en materia de inversiones.5.2 Fondos Internacionales

Fondos que invierten en valores o activos financieros que han sido emitidos y cotizan en mercados de nacionalidad diferente de la que tiene la gestora. Ejemplo de Fondos Monetarios de Banco Interamericano de Desarrollo. Prstamos Otorgados a Guatemala.El Fondo Monetario Internacional como idea fue planteado el 22 de julio de 1944 durante una convencin de la ONU en Bretton Woods, New Hampshire, Estados Unidos; y su creacin como tal fue en 1945. Sus estatutos declaran como principales objetivos la promocin de polticas cambiarias sostenibles a nivel internacional, facilitar el comercio internacional y reducir la pobreza.

Cabe destacar, adems de las diferentes polticas reguladoras y conciliadoras a nivel internacional, el establecimiento del patrn oro/dlar. Dicho patrn equiparaba el valor de las divisas a una cierta cantidad de dlares pero siempre a un tipo fijo (es decir, en aquellos aos no haba variaciones en este aspecto entre los pases regulados por el FMI).5.3 Cartas de Crdito

La Carta de crdito, es la promesa dada por un Banco (Banco Emisor), actuando por instrucciones de su cliente (Ordenante), de pagar hasta determinada suma de dinero a una persona o empresa (Beneficiario), a travs de alguno de sus corresponsales (Banco Notificador).Estos documentos evidencian el embarque de las mercancas y el cumplimiento de cualquier otra formalidad que haya exigido el tomador (importador) de la carta de (seguros, planillas, consulares, etc.).

La carta de crdito comercial internacional crea una relacin triangular donde unos o ms bancos sirven como mecanismos para el pago del precio, mientras que la transferencia de las mercancas contina siendo una relacin directa entre el exportador y el importador, pero en la cual el banco asegura al importador que slo pagara si el beneficiario presenta los documentos, (certificacin de embarque, facturas comerciales, etc.) exigidos en la carta de crdito.

Existen tres personas que constituyen las partes esenciales en toda relacin de carta de crdito.

Ordenante: o (tomador). El importador, que est comprando mercanca.

El Emisor: El banco, que emite la carta de crdito.

El Beneficiario: El exportador, quien ser el que recibe los pagos bajo la carta de crdito.

Las cartas de crdito para exportaciones conllevan el riesgo crediticio del banco emisor y el riesgo poltico del pas del banco emisor. Otro nombre que recibe la carta de crdito es crdito documentario. 5.3.1 Caractersticas

Las cartas de crdito irrevocables no pueden ser canceladas o modificadas sin el previo consentimiento de todas las partes involucradas.

El riesgo pas y el del banco emisor extranjero pueden ser mitigados por medio de la confirmacin de la carta de crdito. Puede ser pagada con la presentacin de ciertos documentos o en una fecha posterior una vez que dichos documentos hayan sido aceptados segn las clusulas de la carta de crdito.

Puede ser transferida a terceros si as estuviera establecido en la carta de crdito.5.3.1 Ventajas

El exportador se asegura de recibir el pago siempre y cuando cumpla con los trminos y condiciones de la carta de crdito. Cuando una carta de crdito regula una cierta transaccin, el exportador depende de la solvencia del banco emisor y no en la del importador. Las cartas de crdito a trmino/plazo pueden recibir un descuento ante la aceptacin de letras de cambio, lo que agilizar el flujo de dinero en efectivo.5.3.2 Requisitos

El asesoramiento electrnico sobre cartas de crdito para exportaciones por medio de TD Bank Trade no tiene costo adicional, a excepcin de los cargos de asesoramiento, y requiere de la instalacin inicial de Finanzas internacionales de TD Bank. 5.4 Transferencias Bancarias

Es una operacin por la que una persona (el ordenante) da instrucciones a su entidad bancaria para que con cargo a una cuenta suya enve una determinada cantidad de dinero a la cuenta de otra persona (el beneficiario de la transferencia) en la misma o en otra entidad.

La transferencia bancaria es un modo de mover dinero, se hacen entre cuentas de una misma persona fsica o jurdica en un mismo banco o tambin en diferentes bancos en diferentes pases o entre cuentas de diferentes titulares. Normalmente si las dos cuentas estn en el mismo banco y son de la misma persona, se llama traspaso y no se suele cobrar comisin. A veces aun estando en el mismo banco, se cobra comisin por estar la cuenta de destino en otro lugar (otra ciudad o barrio) o pertenecer a una persona distinta.

La mayora de las entidades consideran operaciones anlogas a las transferencias bancarias a las siguientes, aunque no intervienen dos cuentas. Por ejemplo, aquellas en las que la orden de envo especifica que los fondos se entreguen en efectivo al beneficiario. O aquellas en las que el ordenante paga en efectivo en la ventanilla de la entidad para su posterior envo a la cuenta del destinatario en otra entidad de crdito, que se llaman otras rdenes de pago o giros.

Sin embargo, no es anlogo ni puede considerarse una transferencia la aceptacin de ingresos en efectivo para su abono en una cuenta abierta en la propia entidad receptora. Cuando la transferencia tiene lugar entre cuentas de la misma entidad de crdito, la operacin se suele denominar traspaso interno.

Exteriores o transfronterizas. Cuando el ordenante entregue los fondos en Guatemala y el beneficiario est en otro pas, o cuando el ordenante entregue los fondos en otro pas y el beneficiario los reciba en Guatemala.

Esta forma de pago se hace por medios electrnicos siendo el ms utilizado el sistema SWIFT agrupa a la gran mayora de los bancos del mundo, y hace posible una comunicacin rpida y segura entre ellos.

5.4.1 Datos bsicos para realizar sus transferencias a cualquier parte del mundo.

Beneficiario (Nombre del titular o de la empresa duea de la cuenta).

Nmero de cuenta

Banco beneficiario

Cdigo Banco (aba, swift o chips)

Las transferencias bancarias se pueden clasificar en funcin de distintos criterios.

Segn el rea geogrfica:

Nacionales. Tanto el que enva el dinero como el que lo recibe lo hacen Guatemala. Pocas entidades distinguen entre transferencias en las que la cuenta del ordenante y el beneficiario estn en la misma plaza y las que no lo estn.

Exteriores o transfronterizas. Cuando el ordenante entrega los fondos en Guatemala y el beneficiario est en otro pas, o cuando el ordenante entrega los fondos en otro pas y el beneficiario los recibe en Guatemala. Segn el modo de ordenarlas:

Personalmente en la sucursal de la entidad

A travs de cajeros

Por telfono

Por Internet

Segn el plazo de ejecucin

Ordinarias

Urgentes: son aquellas cuyo plazo de ejecucin es menor.

CONCLUSIONES De acuerdo a lo expuesto en presente trabajo concluimos que la funcin principal de todo sistema financiero debe ser contribuir con el logro de los objetivos de estabilizacin y crecimiento econmico de un pas, ofreciendo entre otros, servicios importantes tales como: proveer medios de pago de aceptacin general; suministrar servicios de intermediacin financiera; manejar el problema de disparidad de plazos en las transacciones financieras; facilitar la administracin de la cartera de activos y, ofrecer servicios de apoyo a las finanzas pblicas. Los debates sobre teora y prctica del desarrollo econmico han coincidido en afirmar que la importancia del sector financiero de un pas, debe analizarse y evaluarse bajo la justificacin de que dicho sistema debe existir slo en tanto promueva el mejoramiento general de la productividad, y de esta manera propicie el desarrollo y crecimiento ms acelerado de un sistema econmico. El registro de valores y mercancas es una entidad normada por la Ley, que se encarga de administrar el marcado de ttulos o certificados, acciones, ttulos de crditos tpicos o atpicos que representen el derecho de propiedad y mercancas, burstil y extraburstil en la Repblica de Guatemala. Que los organismos internacionales promueven al desarrollo de un pas a travs de sus estatutos que declaran como principales objetivos la promocin de polticas cambiarias sostenibles a nivel internacional, facilitar el comercio internacional y reducir la pobreza.RECOMENDACIONES Conocer las prescripciones legales que regulan el funcionamiento y la organizacin administrativa del Registro del Mercado de Valores y Mercancas, leyendo el decreto 34-96 de la Repblica de Guatemala y su reglamento. Una recomendacin para este tipo de temas es que las personas deben conocer un poco ms acerca del funcionamiento de las instituciones no reguladas ya que les puede servir para de ayuda, un ejemplo seria las ONGs las cuales son de ayuda social.

Para la correcta fiscalizacin a nivel Estatal es necesario el cumplimiento de las polticas fiscales por parte del Ministerio de Finanzas Publicas, y la correcta coordinacin con la SAT y su debida descentralizacin para as lograr el cumplimiento de recaudacin y correcta administracin de los ingresos fiscales. Verificar que el banco del beneficiario puede procesar el envo.BIBLIOGRAFIAGuatemala., C. P. (s.f.). Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala. Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala.

Guatemala, C. d. (2002). DECRETO NUMERO 17-2002 LEY MONETARIA. Guatemala: DECRETO NUMERO 17-2002 LEY MONETARIA.

Decreto No. 19-2002, Ley de Bancos y Grupos Financieros. Decreto No. 19-2002, Ley de Bancos y Grupos Financieros.

Decreto 34-96 del congreso de la Republica.

Egrafahttp://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_Financiero_GuatemaltecoSuperintendencia de Bancos de Guatemala (s.f.). ABC de Educacin Financiera. Guatemala, Guatemala. - See more at:

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Acuerdo gubernativo 394-2008 y el 256-2011

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