SegLab MPRL Anexo Capitulo1

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N ORMAS Y SEÑALIZACIÓN S EGURIDAD LABORAL © F UNDACIÓN UNIVERSITARIA I BEROAMERICANA 1 NORMAS Y SEÑALIZACIÓN 1. INTRODUCCIÓN De acuerdo al R.D. 485/97 de 14 de abril (BOE 23-4-97) sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo, se define como Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo: “una señalización que, referida a un objeto, actividad o situación determinadas, proporcione una indicación o una obligación relativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual, según proceda”. En el R.D. 485/97 vienen recogidas las definiciones de: señal de prohibición, señal de advertencia, señal de obligación, señal de salvamento o de socorro, señal indicativa, señal en forma de panel, señal adicional, color de seguridad, símbolo o pictograma, señal luminosa, señal acústica, comunicación verbal y señal gestual. Todo lo referido a la señalización de seguridad en este capítulo se corresponde con las exigencias establecidas en el R.D. 485/97, no siendo de aplicación para: señalización utilizada para la regulación del tráfico por carretera, ferroviario, fluvial, marítimo y aéreo, salvo que los mencionados tipos de tráfico se efectúen en los lugares de trabajo, y sin perjuicio de lo establecido sobre disposiciones mínimas relativas de diversas señalizaciones, ni a la utilizada por buques, vehículos y aeronaves militares. Tampoco afectará a la señalización prevista por la normativa sobre comercialización de productos y equipos y sobre sustancias y preparados peligrosos, salvo que dicha normativa disponga expresamente otra cosa.

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1. INTRODUCCIÓN

De acuerdo al R.D. 485/97 de 14 de abril (BOE 23-4-97) sobre disposiciones mínimasen materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo, se define comoSeñalización de Seguridad y Salud en el Trabajo: “una señalización que, referida a unobjeto, actividad o situación determinadas, proporcione una indicación o una obligaciónrelativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, uncolor, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal gestual,según proceda”.

En el R.D. 485/97 vienen recogidas las definiciones de: señal de prohibición, señal deadvertencia, señal de obligación, señal de salvamento o de socorro, señal indicativa,señal en forma de panel, señal adicional, color de seguridad, símbolo o pictograma,señal luminosa, señal acústica, comunicación verbal y señal gestual.

Todo lo referido a la señalización de seguridad en este capítulo se corresponde con lasexigencias establecidas en el R.D. 485/97, no siendo de aplicación para: señalizaciónutilizada para la regulación del tráfico por carretera, ferroviario, fluvial, marítimo yaéreo, salvo que los mencionados tipos de tráfico se efectúen en los lugares de trabajo,y sin perjuicio de lo establecido sobre disposiciones mínimas relativas de diversasseñalizaciones, ni a la utilizada por buques, vehículos y aeronaves militares.

Tampoco afectará a la señalización prevista por la normativa sobre comercialización deproductos y equipos y sobre sustancias y preparados peligrosos, salvo que dichanormativa disponga expresamente otra cosa.

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La guía técnica de Señalización y Salud en el Trabajo publicada por el INSHT, y que noes de obligado cumplimiento, aclara dudas sobre el RD 485/97 y enriquece datos yconceptos.

2. CLASES DE SEÑALES

El R.D. 485/97 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas en materia de señalizaciónde seguridad y salud en el trabajo, establece la siguiente clasificación:

- Según el significado de la señal:

a) Prohibición: Prohíbe un comportamiento que puede comportar un peligro.

b) Obligación: Señal que obliga a un comportamiento determinado.

c) Advertencia: Advierte de un riesgo o peligro.

d) Salvamento o socorro: Indicación relativa a salidas de socorro o primerosauxilios, o a los dispositivos de salvamento.

e) Indicativa: Proporciona informaciones distintas a las anteriormente indicadas.

- Según las características de las señales:

a) Señal en forma de panel: Una señal que por la combinación de una formageométrica, de colores y de un símbolo o pictograma, proporciona unadeterminada información, cuya visibilidad está asegurada por unailuminación de suficiente intensidad.

b) Señal luminosa: Señal emitida por medio de un dispositivo formado pormateriales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde elinterior de tal manera que aparezca por sí misma como una superficieluminosa.

c) Señal acústica: Señal sonora codificada y emitida y difundida por medio deun dispositivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética.

d) Comunicación verbal: Un mensaje verbal predeterminado, en el que seutiliza voz humana o sintética.

e) Señal gestual: Un movimiento o disposición de los brazos o de las manos enforma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobrasque constituyan un riesgo o peligro para los trabajadores.

f) Señal adicional: Una señal utilizada junto a otra señal de las característicasde las uti l izadas en forma de panel y que faci l ite informacionescomplementarias.

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3. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA SEÑALIZACIÓN

Una de las consideraciones previas que se deben hacer antes de señalizar cualquiercentro de trabajo es la elección del tipo de señal que se va a utilizar y el número yemplazamiento de las mismas para que resulte lo más eficaz posible.

En general, los parámetros que se deben analizar para una buena señalización son:

a) Tener presente las características de la señal.

b) Determinar los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse.

c) Determinar la zona que pretendemos cubrir.

d) Ver el número de trabajadores que se verán afectados.

No obstante, existen riesgos, elementos o circunstancias que el R.D. 485/97 indica eltipo de señal que se deberá utilizar.

a) Siempre debemos tener presente que un número excesivo de señales puedeocasionar el efecto contrario, por tanto, su concurrencia no deberá disminuir sueficacia.

b) Solamente se deberán utilizar para cubrir el objetivo que persiguen y no paratransmitir informaciones o mensajes adicionales que no constituyan su objetivo.

c) Es importante analizar los trabajadores que las deben percibir, pues puedentener sus capacidad físicas disminuidas, bien por sus características personaleso bien por la utilización de equipos de protección individual en cuyo caso dedeberán tomar las medidas suplementarias o de sustitución necesarias.

d) La señalización deberá permanecer en tanto persista la situación que la motiva.

e) Los medios y dispositivos de señalización deberán ser según los casos,limpiados, mantenidos y verificados regularmente, y reparados o sustituidoscuando sea necesario de forma que conserven en todo momento sus cualidadesintrínsecas y de funcionamiento. Las señalizaciones que necesiten de unafuente de energía dispondrán de alimentación de emergencia que garantice sufuncionamiento en caso de interrupción de aquella, salvo que el riesgodesaparezca con el corte del suministro.

4. SEÑAL EN FORMA DE PANEL

Son las formadas por la combinación de una forma geométrica, de colores y de unsímbolo o pictograma.

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a) Color de seguridad; es aquel al cual se le atribuye un significado concreto enrelación con la seguridad.

b) Forma geométrica; dado que existen personas que tienen anomalías que lesimpiden percibir ciertos colores, se palia dicho inconveniente empleando lasseñales con más formas prefijadas, a las que igual que los colores de seguridadse les asigna unos significados.

c) Símbolo o pictograma; la forma geométrica y el color de seguridad de lasseñales se complementan con unos dibujos esquemáticos que se disponen en elinterior de la señal, para describir una situación determinada y que sirven paraconcretar su significado. El color del símbolo puede ser blanco o negro como severá posteriormente.

d) Otros colores que forman parte de la señal; además del color de seguridad y delcolor del símbolo, interviene un tercer color, que a veces coincide con el delsímbolo y cuya misión es la de mejorar las condiciones de visibilidad de la señaly de resaltar el contenido, se le denomina color de contraste.

Como características generales, estas señales deberán:

a) Estar construidas de un material resistente.

b) Sus dimensiones y características colorimétricas y fotométricas garantizaránuna buena visibilidad y comprensión.

c) Se situarán a una altura y posición apropiadas con relación al ángulo visualteniendo en cuenta posibles obstáculos, bien en el acceso a una zona cuandose trate de un riesgo general, bien en la proximidad inmediata de un riesgodeterminado o del objeto que debe señalarse, y en un lugar bien iluminado, defácil acceso y visible.

d) En caso de malas condiciones de iluminación natural se utilizarán coloresfosforescentes, fluorescentes o iluminación artificial.

e) No se utilizarán demasiadas señales en forma de panel, muy cerca unas deotras.

4.1. SEÑALES DE ADVERTENCIA

Tienen por misión la de advertirnos de un peligro, y serán de forma triangular con elpictograma negro sobre fondo amarillo (deberá cubrir como mínimo el 50% de lasuperficie de la señal), con borde negro. Como excepción, el fondo de la señal sobre“materias nocivas o irritantes” será de color naranja, en lugar de amarillo, para evitarconfusiones con otras señales similares utilizadas para la regulación de tráfico porcarretera.

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4.2. SEÑALES DE PROHIBICIÓN

Tienen por objeto prohibir acciones o situaciones y se caracterizan por su formaredonda, pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversaldescendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma 45° respecto a lahorizontal) rojos (deberá cubrir como mínimo el 35% de la superficie de la señal).

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4.3. SEÑALES DE OBLIGACIÓN

Se encargarán de indicarnos que deberemos realizar alguna acción para así evitar unaccidente, y se caracterizan por su forma redonda y pictograma blanco sobre fondo azul(deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).

4.4. SEÑALES RELATIVAS A LOS EQUIPOS DE LUCHA CONTRA INCENDIOS

Están concebidas para indicarnos la “ubicación o lugar donde se encuentran” losdispositivos o instrumentos de lucha contra incendios como extintores, mangueras, etc.

Presentan las siguientes características: forma rectangular o cuadrada. Pictogramablanco sobre fondo rojo (el rojo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de laseñal).

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4.5. SEÑALES DE SALVAMENTO O DE SOCORRO

Están concebidas para advertirnos del lugar donde se encuentran salidas de emergencia,lugares de primeros auxilios o de llamadas de socorro, emplazamiento para lavabos oduchas de descontaminación etc. Se caracterizan por: Forma rectangular o cuadrada.

Pictograma blanco sobre fondo verde (deberá cubrir como mínimo el 50% de lasuperficie de la señal).

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4.6. SEÑAL LUMINOSA

La señal luminosa es una señal emitida por un dispositivo formado por materialestransparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde el interior, de tal maneraque aparezca por sí misma como una superficie luminosa, debiendo poseer lassiguientes características:

a) La luz emitida provocará un contraste luminosa apropiado, sin provocardeslumbramiento por exceso ni mala visibilidad por su insuficiencia.

b) La superficie luminosa que emite una señal podrá ser de color uniforme o llevarun pictograma sobre un fondo determinado.

c) El color uniforme deberá ajustarse a la tabla de significado de colores vistos encolores de seguridad de señales de panel. Si lleva pictograma deberá cumplir loindicado al respecto.

d) Si el dispositivo puede emitir una señal tanto continua como intermitente, éstaúltima indicará un mayor grado de peligro o urgencia.

e) Si una señal luminosa se utiliza como complemento a una señal acústica, elcódigo de la señal deberá ser el mismo.

f) Las señalizaciones que necesita una fuente de energía para funcionar,dispondrán de alimentación de emergencia garantizada, en caso de interrupciónde esa energía, salvo que el riesgo desaparezca con el corte de energía.

g) No utilizar simultáneamente dos señales luminosas que puedan dar lugar aconfusión.

4.7. SEÑAL ACÚSTICA

Es la señal sonora codificada, emitida y difundida por un dispositivo apropiado, sinintervención de la voz humana o sintética.

Como requisitos que deben cumplir, se tiene:

a) Tener un nivel sonoro claramente superior del nivel de ruido ambiental, de modoque sea claramente audible, sin llegar a ser excesivamente molesta. No deberáutilizarse una señal acústica cuando el ruido ambiental sea demasiado intenso.

b) Será fácilmente reconocible por la duración de los impulsos, el intervalo entrelos mismos y los grupos de impulsos.

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c) Si un dispositivo puede emitir una señal acústica tanto con frecuencia variablecomo con frecuencia estable, la primera se utilizará para indicar, por contrastecon la segunda, un nivel de peligro más elevado o mayor urgencia.

d) El sonido de una señal de evacuación será continuo.

e) No se utilizarán al mismo tiempo dos señales sonoras.

f) Cuando los trabajadores afectados tengan afectadas la capacidad o facultadauditiva limitada, incluidos los casos que se deban al uso de equipos deprotección individual, se tomarán las medidas adecuadas suplementarias o desustitución.

Una señal luminosa o acústica indicará, al ponerla en marcha, la necesidad de realizaruna determinada acción, y se mantendrá mientras persista tal necesidad.

Al finalizar la emisión de una señal luminosa o acústica se adoptarán de inmediato lasmedidas que permitan volver a utilizarlas en caso de necesidad.

La eficacia y buen funcionamiento de las señales luminosas y acústicas se comprobaráantes de su entrada en servicio y posteriormente mediante las pruebas periódicasnecesarias.

5. COMUNICACIÓN VERBAL

Es un mensaje verbal predeterminado, en el que se utiliza la voz humana o sintética: Lacomunicación verbal se establece entre un locutor o emisor y uno o varios oyentes, enun lenguaje formado de textos cortos, frases, grupos de palabras o palabras aisladas,eventualmente codificados.

Como características generales, la comunicación verbal cumplirá:

a) Los mensajes verbales serán tan cortos, simples y claros como sea posible.

b) Las personas implicadas deberán conocer bien el lenguaje utilizado a fin depoder pronunciar y comprender correctamente el mensaje y adoptar en funciónde éste el comportamiento apropiado.

c) Si la comunicación verbal se utiliza en lugar o como complemento de señalesgestuales, habrá que utilizar palabras como:

- Comienzo: para indicar la toma de mando.

- Alto: para interrumpir o finalizar un movimiento.

- Fin: para finalizar las operaciones.

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- Izar: para izar una carga.

- Bajar: para bajar una carga.

- Avanzar, retroceder, a la derecha, a la izquierda: para indicar el sentido deun movimiento.

- Peligro: para efectuar una parada de emergencia.

- Rápido: para acelerar un movimiento por razones de seguridad.

6. SEÑALIZACIÓN GESTUAL

Se denomina señal gestual a un movimiento o disposición de los brazos o de las manosen forma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobras queconstituyan un riesgo o peligro para los trabajadores.

Las características generales de las señales gestuales son:

a) Deberá ser precisa, simple, amplia, fácil de realizar y comprender y distinguiblede cualquier otra.

b) La utilización de los dos brazos al mismo tiempo se hará de forma simétrica ypara una sola señal.

c) Podrán variar de los indicados en el reglamento a condición de que susignificado y comprensión sean equivalentes.

Respecto a las reglas de utilización se deberá tener presente:

a) La persona que emite la señal se denomina encargado y el destinatariooperador. El encargado seguirá visualmente el desarrollo de las maniobras sinestar amenazado por ellas.

b) El encargado deberá ser fácilmente reconocido por el operador, para lo cualllevará uno o varios elementos de identificación (colores vivos, iguales paratodos los elementos y solamente utilizados por el encargado).

c) El encargado deberá dedicarse exclusivamente a dirigir las maniobras y si no sedan las condiciones de comunicación verbal establecidas, se recurrirá a uno ovarios encargados de las señales suplementarias.

d) El operador suspenderá las maniobras si no puede ejecutar las órdenes recibidasen condiciones de seguridad.

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Figura 1.1: Señalización gestual.

7. DISPOSICIONES MÍNIMAS RELATIVAS A DIVERSAS SEÑALIZACIONES

El R.D. 485/97 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad ysalud en el trabajo, contempla en su anexo VII, cual debe ser la señalización a utilizardependiendo del tipo de riesgo.

a) La señalización dirigida a advertir a los trabajadores de la presencia de unriesgo, o a recordarles la existencia de una prohibición u obligación, se realizarámediante señales en forma de panel.

MOVIMIENTOS HORIZONTALES

Significado Descripción Ilustración

Avanzar

Los dos brazos doblados, laspalmas de las manos hacia elinterior los antebrazos se muevenlentamente hacia el cuerpo

Retroceder

Los dos brazos doblados, laspalmas de las manos hacia elexterior los antebrazos se muevenlentamente alejándose del cuerpo

Hacia la derecha

El brazo derecho extendido mas omenos en horizontal, la palma dela mano derecha hacia abajo, hacepequeños movimientos lentosindicando la dirección

Distancia horizontal Las manos indican la distancia

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b) La señalización de desniveles, obstáculos u otros elementos que originenriesgos de caída de personas, choques o golpes podrá optarse a igualdad deeficacia:

- Por el panel que corresponda.

- Por un color de seguridad.

- Ambos complementariamente.

c) Para la delimitación de zonas de locales de trabajo que presenten riesgos decaída de personas, caída de objetos o golpes, se realizará mediante un color deseguridad.

La señalización por color referida anteriormente se efectuará mediante franjasalternas amarillas y negras con inclinación de 45°, según se indica:

d) Cuando sea necesario para la protección de los trabajadores, las vías decirculación deberán estar delimitadas con claridad mediante franjas continuasde color bien visible, preferentemente blanco, respetando las distancias deseguridad entre:

- Vehículos y objetos próximos.

- Peatones y vehículos.

Las vías exteriores deberán ser delimitadas cuando resulte necesario, salvo quedispongan de barreras o que el propio tipo de pavimento sirva comodelimitación.

e) En lo referente a tuberías, recipientes y áreas de almacenamiento de sustanciasy preparados peligrosos conviene indicar:

- Los recipientes y tuberías visibles deberán ser etiquetados según normativa decomercialización de sustancias o preparados peligrosos excepto:

- Recipientes utilizados durante corto tiempo.

- Recipientes cuyo contenido cambie a menudo.

- Las etiquetas se pegarán, fijarán o pintarán en sitios visibles de los recipientes otuberías.

- El etiquetado podrá sustituirse por las señales de advertencia en forma de panelya indicadas.

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- Las zonas, locales o recintos para almacenamientos importantes, seidentificarán mediante:

- La señal de advertencia apropiada.

- La etiqueta que corresponda.

- Para almacenamiento de diversas sustancias o preparados peligrosos puedeutilizarse la señal de advertencia “PELIGRO EN GENERAL”.

f) Los equipos de protección contra incendios deberán ser de color rojo opredominantemente rojo, de forma que se puedan identificar fácilmente por sucolor propio.

Su emplazamiento se señalizará por el color rojo o por una señal en forma depanel de las establecidas en el R.D. 485/97.

Cuando sea necesario, las vías de acceso a estos equipos se mostraránmediante señales adicionales.

g) Referente a los medios y equipos de salvamento y socorro reseñar que laseñalización e identificación de las vías de evacuación y de los equipos desalvamento o socorro se realizará mediante las señales en forma de panel que atal fin establece el R.D. 485/97.

h) En situaciones de emergencia, la señalización dirigida a alertar a lostrabajadores o a terceros de la aparición de una situación de peligro y de laconsiguiente y urgente necesidad de actuar de una forma determinada o deevacuar la zona de peligro se realizará:

- Mediante una señal luminosa, una señal acústica o una comunicaciónverbal. A igualdad de eficacia podrá optarse por una cualquiera de las tres.

- También podrá emplearse una combinación de una señal luminosa con unaseñal acústica o con una comunicación verbal.

i) La señalización que tenga por objeto orientar o guiar a los trabajadores durantela realización de maniobras peligrosas que supongan un riesgo para ellosmismos o para terceros se realizará:

- Mediante señales gestuales o comunicaciones verbales.

- A igualdad de eficacia podrá optarse por cualquiera de ellas de formacombinada.

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