SECTOR CULTIVADORES DE OSTION DEL NORTE · Productores de Ostras y Ostiones a. G, y las empresas...

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ACUERDO DE PRODUCCION ACUERDO DE PRODUCCION LIMPIA LIMPIA SECTOR CULTIVADORES DE SECTOR CULTIVADORES DE OSTION DEL NORTE Tongoy, 08 de enero de 2003 Tongoy, 08 de enero de 2003 Caldera, 08 de enero de 2003 Caldera, 08 de enero de 2003

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ACUERDO DE PRODUCCIONACUERDO DE PRODUCCIONLIMPIALIMPIA

SECTOR CULTIVADORES DESECTOR CULTIVADORES DE

OSTION DEL NORTETongoy, 08 de enero de 2003Tongoy, 08 de enero de 2003

Caldera, 08 de enero de 2003Caldera, 08 de enero de 2003

Acuerdo de Producción Limpia, Sector Cultivadores de Ostión del Norte

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En Tongoy y Caldera a 8 de Enero del 2003 comparecen por una parte las Intendencias de laIII y IV región, la Subsecretaría de Pesca, el Consejo Nacional de Producción Limpia, laSuperintendencia de Servicios Sanitarios, el Servicio Nacional de Pesca, la Alcaldía deCoquimbo y Caldera, los Servicios de Salud de la III y IV región, Conama III y IV región, laCorporación de Fomento de la Producción III y IV región, y por la otra la Asociación deProductores de Ostras y Ostiones a. G, y las empresas del sector pectínidos II, III y IVrepresentadas por las personas que al final se indican y firman.

I. PREAMBULO DESCRIPCIÓN DEL PROCESOS RELATIVO AL CULTIVO DEL OSTIÓN

El cultivo del ostión del Norte, en la III- IV Región, se realiza de acuerdo a un proceso estándar,consistente en tres etapas, Abastecimiento de Semillas, Siembra en mar y Cosecha. Losproductos obtenidos de esta etapa de cultivo final ”Cosecha” se destina a Plantas de Procesoy/o Venta directa. El abastecimiento de semillas se logra a partir de dos fuentes, la principal “captación natural” yuna secundaria “Hatchery”. En ambas, después de un precultivo en mar, debe efectuarse laretirada de materiales de cultivo llamados Bolsas colectoras y Netron, que aparte de la semillade ostión tienen adheridos otras especies marinas tales como algas, pequeñas Jaivas,hidrozoos y hemicordados entre otros. Una vez retirada la semilla del dispositivo, esseleccionada por tallas y es instalada en nuevos dispositivos de cultivo (Pearl net). Luego de unperiodo de tiempo se realiza un primer y un segundo desdoble, en que se bajan lasdensidades de cultivo, tras la instalación de nuevo material de cultivo, si la talla corresponde auna etapa de crecimiento final, se instalan en los materiales de cultivo materiales denominados“linternas”, donde tras un último desdoble pueden crecer para ser instalados en sistemasdefinitivos hasta la etapa final de cosecha. Tanto, en la etapa de desdobles como de cosecha,los sistemas de cultivo presentan una gran diversidad de organismos marinos adheridos, losque constituyen el llamado Fouling, que en rigor constituye uno de los principales problemas deresiduos sólidos y también de residuos líquidos, el lavado de sistemas las faenas de desdobley cosecha se realizan tanto en mar (Balsas) ,como en tierra (atracaderos).

Posteriormente se realiza el traslado ostiones a plantas de proceso y los sistemas sucios sonllevados a hidrolavado en atracaderos (11) o a barrio industrial.

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Flujograma de Cultivo Ostión del Norte:

II. PRINCIPIOS DEL ACUERDO

q Cooperación Público-Privada: se entiende como un elemento estratégico para lacoordinación, el diálogo y la ejecución de acciones en el marco de la Política de ProducciónLimpia, y que al mismo tiempo tiendan hacia su perfeccionamiento. Esto enmarca laresponsabilidad del Estado y de los privados de la siguiente forma: los privados debenutilizar las mejores tecnologías disponibles a su alcance, así como también las mejoresprácticas ambientales, de modo de no dañar el bien común. El Estado debe proteger el biencomún y los derechos ciudadanos con un servicio eficiente y oportuno, capaz de fomentar,coordinar, regular y fiscalizar el accionar de los distintos agentes para el desarrollosustentable. En suma, la expresión fundamental que debe estar presente siempre, es laconfianza entre estos dos actores.

q Gradualidad: apunta a que los procesos de adaptación de los generadores de residuos seadecuen a las nuevas exigencias ambientales y de competitividad en un marco de mejorascontinuas e incrementales, con el propósito de evitar procesos de desajuste en lasempresas que atenten contra sus propios objetivos y las mejoras ambientales que sedesean lograr. La sustentabilidad ambiental sólo se logra a través de esfuerzos continuos ymejoras crecientes.

Abastecimiento de Semillas

Hatchery Captación natural

Engorda

Desdoble

Cosecha

TRANSPORTE

Proceso

Atracadero

Mar

Atracadero

Mar

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q Complementariedad con los instrumentos regulatorios de gestión ambiental: el APLes un instrumento que no sustituye los instrumentos regulatorios formulados dentro de lanormativa vigente, sin embargo, los complementa. Dentro del marco de la Política deProducción Limpia, los APL podrán vincularse al resto del instrumental regulatorio.

q Prevención de la contaminación: Este principio busca evitar que se produzcan losimpactos ambientales con sus consiguientes efectos ambientales. El principio opera sobrela premisa de que la superación de los problemas y efectos ambientales, una vezproducidos, es más costosa y menos eficaz que su prevención.

q Responsabilidad de los actores que participan: debe entenderse que las empresas songeneradoras de residuos, y su volumen dependerá de la eficiencia que logren en el uso dematerias primas, insumos y demás factores productivos, así como del tipo de materias,elementos o sustancias que se utilicen. En este sentido, las empresas asumen su rol decontaminantes y su responsabilidad para minimizar sus efectos.

q Utilización de las mejores tecnologías disponibles: se basa en la necesidad de contarcon las tecnologías más apropiadas (mejores) que estén disponibles en el mercado, con elobjeto de resolver de la manera más racional posible, los problemas de ineficienciaproductiva.

q Transparencia de los Mercados de Bienes y Servicios. Se busca que en la oferta debienes y servicios exista identificación clara y veraz, respecto del envase, del embalaje y delos servicios presentados u ofrecidos, respectivamente, al mercado

III. ACUERDO DE PRODUCCION LIMPIA

PRIMERO: CONSIDERANDO

• La experiencia internacional en materia de Instrumentos de Política Ambiental, en especial“Los Acuerdos de Producción Limpia” que, sobre la base de un convenio celebrado entre laindustria y la Administración Pública, persiguen lograr objetivos ambientales concretos.

• El Documento “Marco de Acuerdos de Producción Limpia”, de fecha 3 de Noviembre de

1998, suscrito por MINECON, CONAMA, SISS, CNE, SENCE, CORFO, SESMA, CPC,SOFOFA, ASEXMA, Corporación Nacional de Exportadores, Cámara de Comercio deSantiago, CONUPIA, ASIMET A. G. y CUT.

• Los principios básicos que rigen los “Acuerdos de Producción Limpia”, a) Cooperación

público – privada, b) Gradualidad, c) Complementariedad con los instrumentos regulatoriosde gestión ambiental, d) Prevención de la contaminación, e) Responsabilidad del productorsobre sus residuos o emisiones, f) Utilización de las mejores tecnologías disponibles, g)Transparencia de los mercados de bienes y servicios.

• El interés del Gobierno por incorporar en el sector productivo nacional, los componentes

estratégicos de la producción limpia, que en este caso apuntan a la adopción, por parte de lasempresas del rubro cultivadores de Ostiones del Norte, de medidas de producción limpia,especialmente en lo que a manejo de residuos sólidos, líquidos y control de olores y vectoresse refiere, facilitando y promoviendo el desarrollo de tecnologías limpias que permitanalcanzar estándares superiores ambientales, mejorando los niveles de competitividad.

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• El interés de los organismos públicos fiscalizadores, de proteger la salud humana y loselementos del ambiente adoptando las medidas tendientes a la minimización y manejoadecuado de los residuos industriales sólidos y líquidos.

• El trabajo conjunto desarrollado por las empresas del sector pectínidos II, III y IV Asociación

de Productores de Ostras y Ostiones A. G., los Servicios de Salud de la III y IV Región, laSuperintendencia de Servicios Sanitarios, la Dirección de Territorio Marítimo y Mercante, elConsejo Nacional de Producción Limpia, el Servicio Nacional de Pesca, la Comisión delMedio Ambiente de la III y IV región y las alcaldías de Coquimbo y Caldera, en orden aconcurrir a la firma de un Acuerdo de Producción Limpia en el área del manejo de losresiduos industriales sólidos y líquidos y control de olores y vectores.

• La jerarquización de las prioridades en la gestión de residuos, que contempla en primer

lugar la prevención, que incluye: evitar, reducir y minimizar; en segundo lugar la recuperación,que incluye: la reutilización, el reciclaje y la recuperación de energía y en tercer lugar ladisposición final.

SEGUNDO: OBJETO • El presente acuerdo tiene por objeto avanzar en un proceso creciente de eficiencia

productiva y de prevención de la contaminación en la fuente, fortaleciendo el cumplimiento dela normativa ambiental vigente , que regula el tratamiento y disposición final de los residuosindustriales sólidos y líquidos, en los centros de cultivo y en las plantas de proceso del sectorostionero, así como los aspectos sanitarios referidos a control de olores, vectores y ruido entodas las etapas del proceso del sector ostionero.

• Para tales fines el acuerdo se realiza con la presencia de una asociación empresarialrepresentativa, como lo es la Asociación de Productores de Ostras y Ostiones A.G., quevelará por que los firmantes den cumplimiento a los compromisos que se establecen másadelante

• Los acuerdos que se establecen más adelante se orientan a los siguientes objetivos :

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Regularizar situaciones procedimentales y de aprobaciones para equilibrar el nivel decompromiso de las diferentes empresas.

Establecer claramente los requerimientos relativos al cumplimiento de los niveles de losparámetros relevantes para las industrias del sector ostionero.

Establecer claramente los requerimientos respecto del monitoreo de los efluentes y su informe ala SISS y a la Directemar ( Norma RILes 609/98 y D.S. 90), según corresponda y según cadaOrganismo haya definido. Situar el compromiso del sector ostionero en el contexto de lanormativa vigente Con respecto a las descargas en alcantarillado, donde la norma de emisiónvigente es la Norma N° 609/98, para establecer el plazo de cumplimiento de la normarespectiva, se deberán considerar las fechas de entrada en operación de las Plantas deTratamiento de Aguas Servidas que se ubican en la II, III y IV región y que a continuación seindican.

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Los acuerdos convenidos en el presente acto, tienen como base el cumplimiento de la s asaber:

Reg. EmpresaNombre Sistema

Tratamiento Comuna Inicio Op. (1)

II ESSAN EMISARIO DE TALTAL TAL TAL 2000EMISARIO GRANANTOFAGASTA ANTOFAGASTA 1999

EMISARIOMEJILLONES MEJILLONES 2000

Reg. EmpresaNombre Sistema

Tratamiento Comuna Inicio Op. (1)

III EMSSATLAGUNAS AIREADAS

COPIAPO COPIAPO 1996

LAGUNAS AIREADASDE VALLENAR VALLENAR 1997

Reg. EmpresaNombre Sistema

Tratamiento Comuna Inicio Op. (1)

IV ESSCO

EMISARIOSUBMARINO LA

SERENA LA SERENA 1992EMISARIO COSTERO

COQUIMBOPAMPILLA COQUIMBO 1996EMISARIO

SUBMARINO LOSVILOS LOS VILOS 1996

LAGUNA AIREADAANDACOLLO ANDACOLLO 1996

LAGUNA AIREADACOMBARBALA COMBARBALA 1992

LAGUNA AIREADACUZ-CUZ

CUZ-CUZ DEILLAPEL 1992

LAGUNA AIREADA DEVICUÑA VICUÑA 1992

LAGUNA AIREADA ELPALQUI EL PALQUI 1999

LAGUNA AIREADAILLAPEL ILLAPEL 1992

LAGUNA AIREADAMONTE PATRIA

MONTEPATRIA,PERALITO 1992

LAGUNA AIREADASALAMANCA SALAMANCA 1992

LAGUNAESTABILIZACION DE

OVALLE OVALLE 1994LAGUNA

ESTABILIZACION DEPUNITAQUI PUNITAQUI 1995

LODOS ACTIVADOSCANELA BAJA CANELA BAJA 2000

LODOS ACTIVADOSCHAÑARAL ALTO CHAÑARAL ALTO 1999

LODOS ACTIVADOSTONGOY TONGOY 2001

SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS AUTORIZADOS(Al 30 Junio 2002)

SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS AUTORIZADOS

Nota (1): Considera año autorización de la SISS

TOTAL REG. III

TOTAL REG. II

TOTAL REG. IV

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(Al 30 Junio 2002)

SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS AUTORIZADOS(Al 30 Junio 2002)

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Establecer mecanismos de control, seguimiento y evaluación periódica del cumplimiento,privilegiando el autocontrol por parte de las empresas.

Los acuerdos convenidos en el presente acto, tienen como base el cumplimiento de lanormativa vigente, que regula los residuos industriales sólidos, líquidos y atmosféricos asaber:

En residuos sólidos:

• Decreto Ley Nº 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobreProtección del Suelo, Agua y Aire. Diario Oficial 09.02.81

En residuos líquidos: • Decreto Supremo Nº 867 de 1978 del Ministerio de Obras Públicas, Declara Norma Chilena

Oficial NCh.1.333, Requisitos de Calidad de Agua para Diferentes Usos,. Diario Oficial,05.06.78.

• Res. Nº 1048 (14.08.90) Director Servicio de Salud Coquimbo, “Prohíbe a industrias eldeposito de basuras, residuos y desperdicios de cualquier naturaleza en sitios o lugares queno sean expresamente autorizados para tal efecto”.

• Decreto Supremo N° 609 de 1998 del Ministerio de Obras Públicas, Establece Norma de

Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de ResiduosIndustriales Líquidos al Alcantarillado. Diario Oficial, 20.06.98.

• Decreto Supremo Nº3592: Modifica Decreto N° 609 de 7 de Mayo de 1998, de Obras

Públicas, que Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociadosa Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado

• Decreto Ley Nº 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones sobre

Protección del Suelo, Agua y Aire. Diario Oficial 09.02.81

• Decreto Supremo Nº 594 de 1999 , MINSAL “Reglamento sanitario y ambiental sobrecondiciones en los lugares de trabajo”

• Decreto Supremo Nº90 de 2000 Establece Norma de Emisión para la Regulación deContaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas yContinentales Superficiales, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Diario Oficial07.03.01.

• Manual de Aplicación del DS SEGPRES N° 90/00. Normativa General:

• Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 de 1968, Código Sanitario, 31 de enero de 1968. Diario

Oficial, 31.01.68. Artículos. 71, 72, 73 y 75.

• Res. Nº 906 (20.08.91), Director del Servicio de Salud Coquimbo, “Se establecen lascondiciones de transporte de pescado, residuos o desechos de productos del mar en la IV

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Región”.

• Ley Nº 2222 de 1978. Ley de Navegación.

• D.S. Nº1 de 1992, Reglamento para el control de contaminación acuática.

• D.S.Nº 977 (06.08.96) MINSAL, publicado el 13.05.97 “Reglamento Sanitario de los alimentos”.

• Ley Nº 19.300 "Bases Generales del Medio Ambiente" Diario Oficial, 09.04.94.

• Ley N° 18.902 publicada en el DO del 27.01.90 que crea la Superintendencia de ServiciosSanitarios, modificada por la Ley N° 19.821 del 14.08.02.

• Ley Nº 18.892 “Ley de Pesca y Acuicultura “, diario Oficial, 23-12-89, cuyo texto refundido ysistematizado fue publicado en el Diario Oficial, a través del Decreto Supremo Nº 430 del 21-01-92 .

• Decreto Supremo Nº 30 de 1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Diario Oficial 03.04.97.

• Decreto Supremo Nº594/99 de 1993 del Ministerio de Salud, "Reglamento Sanitario yAmbiental en los Lugares de Trabajo", que establece para residuos sólidos: Diario Oficial 08-06-93

• Decreto Nº 320 de 14 -12 – 01 . Reglamento ambiental para la acuicultura.

• D.S. Nº 686/98, del Ministerio de Economía, Norma de Emisión para la regulación de lacontaminación Lumínica.

• D.S. Nº146/97, Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.

• Norma Para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de ResiduosLíquidos a Aguas Subterránea, en actual trámite final en la Contraloría General de laRepública, Decreto SEGPRES Nº 46/02, que reemplazará a la Norma Provisoria

• Resolución SISS N° 1124 del 13.06.01 que declara aplicable, en carácter de obligatorio el“Procedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial”, PCEI.

• Resolución SISS N° 1642 del 08.07.02, que declara aplicable en carácter de obligatorio elinstructivo para la evaluación del parámetro DBO5, que deben realizar las concesionariassanitarias.

• Resolución SISS N° 1527 de 08.08.01 que instruye acerca de las condiciones en que laSISS validará los resultados de los procesos de autocontrol.

Normativa que se utilizará de referencia en el presente acuerdo. • Norma Secundaria de Calidad de Aguas Marinas, CONAMA en elaboración.

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TERCERO: DEFINICIONES Para efectos de este acuerdo se entenderá por: Ril - Riles: Corresponde al efluente líquido de un establecimiento industrial cuya descargapresenta una carga contaminante media diaria o de valor característico superior a una poblaciónequivalente de 100 personas, en uno o más de los parámetros señalados en la normativavigente. La excepción la constituye cuando la descarga se realiza en alcantarillado y la red dealcantarillado corresponde a un servicio sanitario con población abastecida superior a 100.000habitantes en cuyo caso se considerará Ril si la carga media diaria es superior al equivalente alas aguas servidas de una población de 200 personas, para los parámetros orgánicos (DBO5,fósforo, nitrógeno amoniacal y sólidos suspendidos) y una población de 100 personas para elresto de los parámetros Residuos líquidos; para los fines del presente acuerdo se entenderán como todos aquellosefluentes provenientes de cualquiera de las actividades involucradas en el cultivo de ostiones yque no correspondan a RIL de acuerdo a las definiciones de la normativa vigente. Efluente tratado: Ril tratado para su disposición final, que cumple las características yrequisitos señalados en las normas vigentes. Parámetro: Característica física, química y/o biológica de un residuo industrial líquido (efluente)o de un residuo sólido. Residuo o desecho industrial sólido: todo aquel residuo sólido o líquido, o combinaciones deéstos, provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas, químicaso microbiológicas no pueden asimilarse a los residuos sólidos domésticos. En el caso de lasplantas de proceso de ostiones, caben en esta definición desechos de ostiones (conchas yvísceras), embalajes, envases, bidones, aceites, entre otros. Disposición final: Actividad mediante la cual los residuos se depositan en forma definitiva. Reciclaje: Recuperación de materiales de descarte para ser utilizados, previa transformación,en otros productos. Reutilización: Recuperación de materiales de descarte para ser utilizados en su forma original. Centro de cultivo: (D.S. Unidad de producción del recurso hidrobiológico ostión del norte(Argopecten purpuratus) operada en forma independiente. Vectores: Organismos vivos capaces de transportar y transmitir enfermedades causadas pormicroorganismos patógenos, tanto de forma mecánica como biológica. Los principales vectoresasociados a centros de cultivo de ostión del norte son insectos y roedores. Material de cultivo: Dispositivos mayoritariamente, utilizado para el cultivo suspendido delostión del norte, tales como, linternas pearl nets, bolsas colectoras, netrones, boyas y cordelesy cabos u otros elementos de flotación. Hidrolavados: Actividad mediante la cual se limpia con agua a presión los materiales odispositivos de cultivo. Se puede utilizar agua dulce o agua de mar.

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Hatchery: Centro de reproducción ubicado en tierra, que capta agua de mar y mantiene críasen crecimiento en estanques. Destinado a la producción de semillas. Semillas: Ejemplares juveniles de ostión del norte obtenidos por captación natural ó a través dehatchery. El tamaño máximo aproximado es de 30 mm. Captación natural: Método que consiste en la instalación de colectores artificiales, para captarsemillas de Ostión del medio ambiente natural y abastecer a los cultivos de la región. Colectores artificiales ó colectores: Estructuras diseñadas para la captación de semillas,constan de bolsa colectora y malla netrón. Desdoble: Etapa de cultivo marino, en que se realiza un cambio en las densidades de losejemplares en crecimiento lo que está directamente asociado con el tamaño de los ejemplares yel tiempo de permanencia de la estructura de cultivo en el mar. Dicha actividad se realiza tanto,en tierra, como en mar (Balsas) Cosecha: Se refiere al retiro de los sistemas en la etapa final de cultivo, a fin de sacar losejemplares y trasladarlos a destino final (Plantas de proceso o mercado directo) Actividad pesquera de transformación (Elaboración): actividad pesquera que tiene porobjeto la elaboración de productos provenientes de cualquier especie hidrobiológica. Para elpresente acuerdo se referirá al procesamiento del ostión del norte en todas sus líneas deelaboración. CUARTO: ACUERDO El presente capítulo se estructura en función a un flujograma de las etapas del Cultivo del ostióndel norte hasta su elaboración. En cada una de las etapas se realizó un análisis de peligrospara el establecimiento de puntos críticos de control, a cada uno de los cuales se le adicionaronacciones de prevención, minimización, o reducción de los efectos de contaminación ambiental.Las acciones se realizan sobre contaminantes sólidos, líquidos, ruidos, olores y gases.

A.- Abastecimiento de Semillas

El abastecimiento de semillas es el primer paso del proceso de cultivo de ostión del norte, sedistinguen dos grandes fuentes de abastecimiento de semillas; captación del medio natural,mediante la incorporación y posterior cosecha de colectores, y la reproducción en condicionesde ambiente controlado (Hatchery), que implica el desove de reproductores, la fecundación yposterior fijación en colectores todo en ambiente controlado. Posteriormente estos colectoresprovenientes de los Hatchery serán destinados a mar abierto para seguir el mismo flujo de loscolectores provenientes de captación natural.

Lo anterior nos indica que las acciones consideradas en el presente acuerdo, para la etapa decaptación natural serán extensibles a procedimientos tales como instalación y cosecha en elmar de colectores provenientes de Hatchery, debido a que estos presentan los mismos peligros.

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1.- Captación natural

METAS

• Todas las empresas que suscriben el acuerdo deberán adoptar medidas paraasegurar una adecuada recolección y disposición final segura de los residuos sólidosen sitios autorizados.

• Todas las empresas deberán adoptar las medidas necesarias para minimizar olores yvectores generados durante la cosecha de colectores y en el manejo yalmacenamiento de bolsas colectoras sucias.

1.1. Siembras , desdobles y cosechas de colectores en mar (balsas).

1.1.1. Acciones sobre residuos sólidos y líquidos.

Residuos Sólidos

• Los residuos tales como incrustantes, plásticos, restos de ostiones, residuosdomiciliarios y otros, que se generen en las balsas de cultivo, deberán ser recolectadosen forma inmediata para evitar su caída al mar. Una vez recolectados deberán seralmacenados y transportados adecuadamente y dispuestos en lugares autorizados.

Plazo: Ejecución inmediata.

§ Optimizar el procedimiento de recolección de plásticos y otros residuos provenientes deldesprendimiento por oleaje de colectores, boyas, cabos y otros, en las playas cercanas,con el objetivo de mantenerlas limpias. El procedimiento de limpieza se llevará a cabo alo menos una vez por semana en temporada de invierno y dos veces por semana en latemporada estival.

Plazo: Ejecución inmediata.

§ La Asociación de productores de Ostras y Ostiones A.G., firmará un convenio con elMunicipio respectivo para que dichos residuos se dispongan en lugares debidamenteautorizados.

Plazo: Ejecución inmediata

• Las balsas deberán contar con sistemas que permitan la separación de líquidos ysólidos mayores y evite la caída directa de los sólidos al mar.

Plazo: Ejecución en 6 meses

• Tratándose de los sólidos mayores resultantes de este sistema de tratamiento, estosdeberán cumplir con lo estipulado en las acciones descritas para residuos sólidos deeste mismo ítem.

Plazo: Ejecución 6 meses

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§ Con el objetivo de minimizar la generación de residuos, las empresas que suscriben elacuerdo elaborarán un proyecto de factibilidad técnico económica para el reciclaje y/oreutilización de plásticos.

Plazo: Ejecución en 8 meses.

Residuos Líquidos

Descargas en mar

• Se deberá implementar un sistema de canalización de las aguas que cuente con untratamiento preliminar de separación de sólidos mayores, previo a su descarga. Ladescarga deberá cumplir con el D.S. Nº 90.

Plazo: Ejecución en 6 meses

• Una vez que se hayan implementado las medidas de producción limpia se deberáproceder a caracterizar las aguas residuales industriales de acuerdo con elProcedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial, PCEI, aprobado porResolución SISS N° 1124 del 13.06.01.

Plazo: Considerando que la aplicación del PCEI se debe realizar en periodo punta,la ejecución de la calificación del efluente líquido se debe ejecutar en el mes demáxima producción.

• De acuerdo con el resultado de la aplicación del PCEI, y suponiendo que se trata de unEstablecimiento Industrial (EI), se deberá evaluar la posibilidad de que con laimplementación de un sistema de tratamiento preliminar, de acuerdo con los que seestablecen en el PCEI, se pueda cumplir con la norma de emisión correspondiente. Deser así se deberá contar con un programa de mantención permanente de la unidad detratamiento construida, el cual deberá ser controlado por el Organismo fiscalizadorcorrespondiente.

• Si no basta con la implementación de la unidad de tratamiento preliminar para cumplircon la norma respectiva, la industria deberá evaluar la mejor alternativa que le permitacumplir con la legislación y normativa vigente, por ejemplo el D.S. Nº 90

Plazo: julio del 2004

1.1.2. Acciones sobre olores y vectores.

§ Con el objeto de minimizar los olores y vectores generados durante la faena de cosechade colectores se implementará un sistema de recolección inmediata, almacenamientoadecuado y disposición final en lugares autorizados por una parte de los incrustantescomo piure blanco, briozoos y otros, y por otra parte, de bolsas colectoras, previo a sulavado.

• Los desechos conformados por estos organismos deberán almacenarse en estanquesherméticos, contenedores impermeabilizados y ser retirados en camiones cerrados para

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evitar el escurrimiento y su acumulación, respectivamente, evitando la descomposiciónno controlada de la materia orgánica. Además deberán ser dispuestos y/o tratadosdentro de las 24 horas siguientes.

Plazo: Ejecución en 3 meses.

1.2. Siembras, desdobles y cosechas de colectores en borde costero(atracadero).

1.2.1. Acciones sobre residuos sólidos y líquidos

Residuos Sólidos

§ Optimizar el procedimiento de recolección de plásticos y otros residuos provenientes deldesprendimiento por oleaje de colectores, boyas, cabos y otros, en las playas cercanas,con el objetivo de mantenerlas limpias. El procedimiento de limpieza se llevará a cabo alo menos una vez por semana en temporada de invierno y dos veces por semana en latemporada estival.

Plazo: Ejecución inmediata.

§ Firmar convenio con el Municipio respectivo para que dichos residuos se dispongan enlugares debidamente autorizados.

Plazo: Ejecución inmediata.

§ La Asociación Gremial deberá implementar un procedimiento que asegure la limpiezade las playas cercanas, de aquellos materiales de cultivo desprendidos y o varados, yasegurar su correcta disposición final.

Plazo: Ejecución inmediata.

§ Con el objetivo de minimizar la generación de residuos, las empresas que suscriben elacuerdo elaborarán un proyecto de factibilidad técnico económica para el reciclaje y/oreutilización de plásticos.

Plazo: Ejecución en 8 meses.

Residuos Líquidos

Descargas en mar

• Se deberán implementar medidas de producción limpia tendientes a disminuir losconsumos de agua en el proceso productivo, y por consiguiente generar una menorcantidad de residuos líquidos (incluyendo residuos líquidos industriales y otros) Talesmedidas podrán ser:P retirar en seco el residuo sólido.P Cortar el flujo cuando no se estén manipulando ostiones vivos.

Plazo: Ejecución en 6 meses

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• Se deberá implementar un sistema de canalización de las aguas que cuente con untratamiento preliminar de separación de sólidos mayores, previo a su descarga. Ladescarga deberá cumplir con el D.S. Nº 90.

Plazo: Ejecución en 6 meses

• Una vez que se hayan implementado las medidas de producción limpia se deberáproceder a caracterizar las aguas residuales industriales de acuerdo con elProcedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial, PCEI, aprobado porResolución SISS N° 1124 del 13.06.01.

Plazo: Considerando que la aplicación del PCEI se debe realizar en periodo punta,la ejecución de la calificación del efluente líquido se debe ejecutar en el mes demáxima producción durante el año 2003.

• De acuerdo con el resultado de la aplicación del PCEI, y suponiendo que se trata de unEstablecimiento Industrial (EI), se deberá evaluar la posibilidad de que con laimplementación de un sistema de tratamiento preliminar, de acuerdo con los que seestablecen en el PCEI, se pueda cumplir con la norma de emisión correspondiente. Deser así se deberá contar con un programa de mantención permanente de la unidad detratamiento construida, el cual deberá ser controlado por el Organismo fiscalizadorcorrespondiente.

• Si no basta con la implementación de la unidad de tratamiento preliminar para cumplircon la norma respectiva, la industria deberá evaluar la mejor alternativa que le permitacumplir con la legislación y normativa vigente, por ejemplo el D.S. Nº 90.

Plazo: julio del 2004

1.2.2. Acciones sobre olores y vectores.

§ Con el objeto de minimizar los olores y vectores generados durante la faena de cosechade colectores se implementará un sistema de recolección inmediata, almacenamientoadecuado y disposición final en lugares autorizados por una parte de los incrustantescomo piure blanco, briozoos y otros y por otra parte de bolsas colectoras, previo a sulavado. Los desechos conformados por estos organismos deberán almacenarse enestanques herméticos, contenedores impermeabilizados y ser retirados en camionescerrados para evitar el escurrimiento y su acumulación, respectivamente, evitando ladescomposición no controlada de la materia orgánica. Además deberán ser dispuestosy/o tratados dentro de las 24 horas siguientes.

Plazo: Ejecución en 3 meses.

2.- Hatchery

METAS:

• Todas las empresas adoptarán acciones para un adecuado manejo de los residuossólidos generados.

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• Todas las empresas deberán establecer acciones que aseguren el cumplimiento delD.S. 90 que regula la emisión de Contaminantes Asociados a las Descargas deResiduos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales,

• Todas las empresas deberán tomar las medidas necesarias para minimizar los ruidosgenerados en el proceso.

2.1. Acciones sobre residuos sólidos

• Los residuos sólidos tales como plásticos, envases, ostión y sus subproductos, seránalmacenados adecuadamente y trasladados, y dispuestos en lugares autorizados.

• Tratándose de fármacos y productos químicos, se deberán utilizar sólo aquellosautorizados por la autoridad competente, y rotular de acuerdo al D.S. 139/95 (SAG) yalmacenar adecuadamente.

• Respecto a los residuos derivados del uso de fármacos y químicos deberán disponerseen lugares autorizados.

Plazo: Ejecución inmediata (para las tres acciones)

2.2. Acciones sobre residuos líquidos

• Una vez que se hayan implementado las medidas de producción limpia se deberáproceder a caracterizar las aguas residuales industriales de acuerdo con elProcedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial, PCEI, aprobado porResolución SISS N° 1124 del 13.06.01.

Plazo: Considerando que la aplicación del PCEI se debe realizar en periodo punta,la ejecución de la calificación del efluente líquido se debe ejecutar en el mes demáxima producción durante el año 2003.

• Si el resultado de la caracterización señala que se trata de un Establecimiento Industrial,EI, y por tanto generador de Riles, la industria deberá evaluar la mejor alternativa que lepermita cumplir con la legislación y normativa vigente.

• Una vez caracterizados los efluentes se elaborará un diagnóstico de las emisiones demicroalgas, organismos, químicos y fármacos, con el objeto de evaluar su impacto en elmedio ambiente.

• Si como resultado de la evaluación se considera el impacto significativo, se deberádefinir un sistema de tratamiento de estos efluentes, a objeto de su minimización , elcual deberá estar aprobado por la autoridad competente.Plazo: julio del 2004

2.3. Acciones sobre ruidos

• Las instalaciones en tierra de los centros de cultivo que firman el presente acuerdodeberán realizar una identificación de las fuentes emisoras de ruidos que consideretodas las maquinarias, equipos o dispositivos relacionados con la actividad de cultivo de

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ostión, y evaluar el nivel de presión sonora producido por ésta. El procedimiento deevaluación deberá ser aprobado previamente por el Servicio de Salud Regional tomandoen consideración el D.S. Nº 146/97 del MINSEGPRES.

Plazo: Ejecución de inmediato.

• Las empresas deberán implementar medidas tales como la aplicación de tecnologíasque permitan disminuir los niveles de presión sonora, programas de mantención deequipos y maquinarias, y aislamiento acústico entre otros, a objeto que el nivel depresión sonora máximo se ubique por debajo, tanto como sea posible, del máximopermisible en la zona I del D.S. 146/97.

Plazo: Ejecución en 6 meses.

• Las empresas firmantes deberán realizar un sistema de seguimiento con una frecuenciade medición trimestral, y tomar las acciones correctivas correspondientes, si espertinente. Este informe deberá ser remitido al Servicio de Salud Regional.

Plazo: Ejecución permanente.

B.- Engorda

Etapa de cultivo que consiste en la instalación de semillas de ostión en dispositivos de cultivopara su crecimiento en mar. Esto considera la realización de cambios periódicos en lasdensidades (desdoble) de ejemplares al interior de los dispositivos de cultivo. Así mismoimplica, el recambio de los dispositivos de cultivo (linternas y pearl net). Esta etapa de cultivotermina con el retiro de los ejemplares en talla comercial (cosecha). La cosecha de losejemplares así como los desdobles de estos se pueden realizar tanto en tierra como enestructuras flotantes (balsas) en mar. A continuación se indican las acciones a desarrollar tantoen tierra como en mar.

1.- Desdobles y Cosechas en mar (Balsas)

METAS:

• Todas las empresas adoptarán las medidas necesarias para asegurar una adecuadagestión de los residuos sólidos que eviten su caída al mar.

• Se deberá implementar un procedimiento que asegure la limpieza de las playascercanas.

• Todas las empresas firmantes deberán adoptar las medidas necesarias para aseguraruna adecuada limpieza e higiene en las balsas y del personal que labora en ellas.

• Todas las empresas deberán adoptar las medidas necesarias de tratamiento de susriles tomando como referencia el D.S. 90 que regula la emisión de ContaminantesAsociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y ContinentalesSuperficiales,

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1.1. Acciones sobre residuos sólidos y líquidos.

Residuos Sólidos

• Los residuos tales como incrustantes, plásticos, restos de ostiones, residuosdomiciliarios y otros, que se generen en las balsas de cultivo, deberán ser recolectadosen forma inmediata para evitar su caída al mar. Una vez recolectados deberán seralmacenados y transportados adecuadamente y dispuestos en lugares autorizados.

Plazo: Ejecución inmediata.

§ Optimizar el procedimiento de recolección de plásticos y otros residuos provenientes deldesprendimiento por oleaje de colectores, boyas, cabos y otros, en las playas cercanas,con el objetivo de mantenerlas limpias. El procedimiento de limpieza se llevará a cabo alo menos una vez por semana en temporada de invierno y dos veces por semana en latemporada estival.

Plazo: Ejecución inmediata.

§ La Asociación de productores de Ostras y Ostiones A.G. firmará convenio con elMunicipio respectivo para que dichos residuos se dispongan en lugares debidamenteautorizados.

Plazo: Ejecución inmediata

• Las balsas deberán contar con sistemas que permitan la separación de sólidos mayores,y evite la caída directa de los sólidos al mar.

Plazo: Ejecución en 6 meses

• Tratándose de sólidos mayores resultantes de este sistema de tratamiento, estosdeberán cumplir con lo estipulado en las acciones descritas para residuos sólidos deeste mismo ítem.

Plazo: Ejecución

§ Con el objetivo de minimizar la generación de residuos, las empresas que suscriben elacuerdo elaborarán un proyecto de factibilidad técnico económica para el reciclaje y/oreutilización de plásticos.

Plazo: Ejecución en 8 meses.

Residuos Líquidos

Descargas en mar

• Se deberán implementar medidas de producción limpia tendientes a disminuir losconsumos de agua en el proceso productivo, y por consiguiente generar una menorcantidad de Riles. Tales medidas podrán ser:

• Retirar en seco los residuos sólidos• Cortar el flujo cuando no se estén manipulando ostiones vivos.

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• Se deberá implementar un sistema de canalización de las aguas, el que además deberácontar con un tratamiento preliminar de separación de sólidos mayores, previo a sudescarga. La descarga deberá cumplir con el D.S. Nº 90.

Plazo: Ejecución en 6 meses

• Una vez que se hayan implementado las medidas de producción limpia se deberáproceder a caracterizar las aguas residuales industriales de acuerdo con elProcedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial, PCEI, aprobado porResolución SISS N° 1124 del 13.06.01.

Plazo: Considerando que la aplicación del PCEI se debe realizar en periodo punta,la ejecución de la calificación del efluente líquido se debe ejecutar en el mes demáxima producción durante el año 2003.

• De acuerdo con el resultado de la aplicación del PCEI, y suponiendo que se trata de unEstablecimiento Industrial (EI), se deberá evaluar la posibilidad de que con laimplementación de un sistema de tratamiento preliminar, de acuerdo con los que seestablecen en el PCEI, se pueda cumplir con la norma de emisión correspondiente. Deser así se deberá contar con un programa de mantención permanente de la unidad detratamiento construida, el cual deberá ser controlado por el Organismo fiscalizadorcorrespondiente.

• Si no basta con la implementación de la unidad de tratamiento preliminar para cumplircon la norma respectiva, la industria deberá evaluar la mejor alternativa que le permitacumplir con la legislación y normativa vigente, por ejemplo el D.S. Nº 90

Plazo: julio del 2004 .

1.2. Acciones sobre baños portátiles

• Todas las balsas en las que se realizan operaciones de manejo de ostión en el mardeberán contar con baños portátiles para el personal. Estos deberán mantenerse enóptimas condiciones de funcionamiento.

Plazo: Ejecución inmediata

• En las balsas se deberá contar con un sistema de higienización de manos que podráconsistir en: sistema de lavado incorporado en baño portátil o uso de gel alcohol u otroproducto que desinfecte y no requiera enjuague.Plazo: Ejecución inmediata

• Los residuos generados en los baños portátiles deberán ser transportados a tierra enrecipientes herméticos a lo menos diariamente al término de la jornada laboral, y sudisposición final deberá ser en lugares debidamente autorizados.

Plazo: Ejecución inmediata

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2.- Desdobles y Cosecha en borde costero (atracadero)

METAS

• Todas las empresas adoptaran las medidas necesarias para asegurar una gestiónintegral de los residuos sólidos, que aseguren el control de los olores y vectoresgenerados en su manipulación.

• Todas las empresas deberán adoptar las medidas necesarias de tratamiento de susriles que aseguren el cumplimiento del D.S. 90 que regula la emisión deContaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas yContinentales Superficiales,

• Todas las empresas firmantes deberán adoptar las medidas necesarias paraminimizar los ruidos generados por las maquinarias utilizadas en sus procesos.

2.1. Acciones sobre residuos sólidos, olores y vectores

• Los residuos sólidos generados por la manipulación y vaciado de los dispositivos decultivo, residuos domésticos, plásticos, restos de ostiones y otros organismos, deberánser recolectados de forma inmediata, almacenados adecuadamente, y transportados ydispuestos diariamente en lugares autorizados. El transporte adecuado de los residuossólidos a un lugar autorizado será de responsabilidad del generador ya sea por si mismoo mediante de la contratación de servicios de terceros.

Plazo: Ejecución en 3 meses

• Con el objeto de minimizar los olores y vectores generados por los dispositivos de cultivoposterior al desdoble y cosecha, estos deberán ser adecuadamente almacenados, ytransportados diariamente para su limpieza.

Plazo: Ejecución en 3 meses.

2. 2. Acciones sobre residuos líquidos

Descargas en mar

• Se deberán implementar medidas de producción limpia tendientes a mejorarambientalmente los procesos productivos generadores de residuos, y por consiguientegenerar una menor cantidad de Riles. Tales medidas podrán ser:P retirar en seco el residuo sólido.

Plazo: Ejecución en 3 meses

• Una vez que se hayan implementado las medidas de producción limpia se deberáproceder a caracterizar las aguas residuales industriales de acuerdo con elProcedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial, PCEI, aprobado porResolución SISS N° 1124 del 13.06.01.

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Plazo: Considerando que la aplicación del PCEI se debe realizar en periodo punta,la ejecución de la calificación del efluente líquido se debe ejecutar en el mes demáxima producción durante el año 2003.

• De acuerdo con el resultado de la aplicación del PCEI, y suponiendo que se trata de unEstablecimiento Industrial (EI), se deberá evaluar la posibilidad de que con laimplementación de un sistema de tratamiento preliminar, de acuerdo con los que seestablecen en el PCEI, se pueda cumplir con la norma de emisión correspondiente. Deser así se deberá contar con un programa de mantención permanente de la unidad detratamiento construida, el cual deberá ser controlado por el Organismo fiscalizadorcorrespondiente.

• Si no basta con la implementación de la unidad de tratamiento preliminar para cumplircon la norma respectiva, la industria deberá evaluar la mejor alternativa que le permitacumplir con la legislación y normativa vigente, por ejemplo el D.S. Nº 90.

Plazo: julio del 2004

• Se deberá implementar un sistema de canalización de las aguas que cuente con untratamiento preliminar de separación de sólidos mayores, previo a su descarga.

• El sistema de recolección de sólidos deberá ser evacuado a lo menos al medio día ytérmino de cada jornada. Estos residuos deberán ser dispuestos de acuerdo al punto 2.1del presente Item.

Plazo: Ejecución en 6 meses.

2.3. Acciones sobre ruidos

• Las instalaciones en tierra de los centros de cultivo que firman el presente acuerdodeberán realizar una identificación de las fuentes emisoras de ruidos que consideretodas las maquinarias, equipos o dispositivos relacionados con la actividad de cultivode ostión, y evaluar el nivel de presión sonora producido por ésta. El procedimiento deevaluación deberá ser aprobado previamente por el Servicio de Salud Regionaltomando en consideración el D.S. Nº 146/97 del MINSEGPRES.

Plazo: Ejecución de inmediato.

• Las empresas deberán implementar medidas tales como la aplicación de tecnologíasque permitan disminuir los niveles de presión sonora, programas de mantención deequipos y maquinarias y aislamiento acústico entre otros, a objeto que el nivel depresión sonora máximo se ubique por debajo, tanto como sea posible, del máximopermisible en la zona I del D.S. 146/97.

Plazo: Ejecución en 6 meses.

• Las empresas firmantes deberán realizar un sistema de seguimiento con unafrecuencia de medición trimestral, y tomar las acciones correctivas correspondientes,si es pertinente. Este informe deberá ser remitido al Servicio de Salud Regional.

Plazo: Ejecución permanente.

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C. Sistema de lavado y limpieza de material de cultivo (hidrolavado).

Los dispositivos empleados en el cultivo del ostión del norte se ven colonizados muyrápidamente por organismos marinos denominados “incrustantes” o “biofouling”, entre los quese encuentran piure, briozoos, algas, picorocos y otros. Para poder reutilizar estos dispositivoses necesario realizarles una limpieza y/o lavado (hidrolavado), procedimiento que esdesarrollado por las empresas en una maquina hidro-lavadora, la que opera con agua a altaspresiones, provocando el desprendimiento del fouling con el consecuente contenido de agua ygenerando un efluente rico en sólidos suspendidos y disueltos. Por ello es necesario someterlos efluentes a tratamiento previo a su descarga.

METAS:

• Todas las empresas adoptaran las medidas necesarias para asegurar una gestiónintegral de los residuos sólidos, que aseguren el control de los olores y vectoresgenerados.

• Todas las empresas deberán adoptar las medidas necesarias de tratamiento de susriles que aseguren el cumplimiento de la norma de emisión que regula la descarga enel cuerpo receptor donde se materialice el vertido.

• Se elaborará un diagnóstico que permita la caracterización de los lodos generadosen las plantas de tratamiento y una propuesta de alternativas para su reuso y/oreciclaje.

1. Sistema de lavado y limpieza de material de cultivo (hidrolavado) en borde costero

1.1. Acciones sobre residuos sólidos, olores y vectores.

• Los residuos sólidos generados por la manipulación, lavado y limpieza de los materialesde cultivo, deberán ser recolectados de forma inmediata, almacenados adecuadamente,y transportados y dispuestos diariamente en lugares autorizados. El transporteadecuado de los residuos sólidos a un lugar autorizado será de responsabilidad delgenerador ya sea por sí mismo o mediante de la contratación de servicios de terceros.

Plazo: Ejecución inmediata, regularización transporte 3 meses.

• Con el objeto de minimizar los olores y vectores generados por el material del cultivoprevio al lavado, estos deberán ser adecuadamente almacenados y transportadosdiariamente para su limpieza.

Plazo: Ejecución inmediata, regularización transporte 3 meses.

• Realizar un estudio de aprovechamiento de los residuos semi-sólidos provenientes de laspiletas de sedimentación, ya sea para su uso en agricultura compostaje u otros.

Plazo: Ejecución en 10 meses.

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1.2. Acciones sobre residuos líquidos

Descargas en mar

• Se deberán implementar medidas de producción limpia tendientes a disminuir losconsumos de agua en el proceso productivo, y por consiguiente generar una menorcantidad de residuos líquidos (incluyendo residuos líquidos industriales y otros). Talesmedidas podrán ser:P retirar en seco el residuo sólido antes de proceder al lavadoP cortar el flujo de agua en los momentos que no se este limpiandoP mejorar las formas de conducción de las aguas residuales que se vierten al suelo,

etc.

Plazo: Ejecución en 3 meses

• Una vez que se hayan implementado las medidas de producción limpia se deberáproceder a caracterizar las aguas residuales industriales de acuerdo con elProcedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial, PCEI, aprobado porResolución SISS N° 1124 del 13.06.01.

Plazo: Considerando que la aplicación del PCEI se debe realizar en periodo punta,la ejecución de la calificación del efluente líquido se debe ejecutar en el mes demáxima producción durante el año 2003.

• De acuerdo con el resultado de la aplicación del PCEI, y suponiendo que se trata de unEstablecimiento Industrial (EI), se deberá evaluar la posibilidad de que con laimplementación de un sistema de tratamiento preliminar, de acuerdo con los que seestablecen en el PCEI, se pueda cumplir con la norma de emisión correspondiente. Deser así se deberá contar con un programa de mantención permanente de la unidad detratamiento construida, el cual deberá ser controlado por el Organismo fiscalizadorcorrespondiente.

• Si no basta con la implementación de la unidad de tratamiento preliminar para cumplircon la norma respectiva, la industria deberá evaluar la mejor alternativa que le permitacumplir con la legislación y normativa vigente, por ejemplo el D.S. Nº 90.

Plazo: julio del 2004

1.3. Acciones sobre ruidos

• Las instalaciones en tierra de los centros de cultivo que firman el presente acuerdodeberán realizar una identificación de las fuentes emisoras de ruidos que consideretodas las maquinarias, equipos o dispositivos relacionados con la actividad de cultivo yostión y evaluar el nivel de presión sonora producido por ésta. El procedimiento deevaluación deberá ser aprobado previamente por el Servicio de Salud Regional tomandoen consideración el D.S. Nº 146/97 del MINSEGPRES.

Plazo: Ejecución de inmediato.

• Las empresas deberán implementar medidas tales como la aplicación de tecnologíasque permitan disminuir los niveles de presión sonora, programas de mantención de

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equipos y maquinarias y aislamiento acústico entre otros, a objeto que el nivel depresión sonora máximo se ubique por debajo, tanto como sea posible, del máximopermisible en la zona I del D.S. 146/97.

Plazo: Ejecución en 6 meses.

• Las empresas firmantes deberán realizar un sistema de seguimiento con una frecuenciade medición trimestral, y tomar las acciones correctivas correspondientes, si espertinente. Este informe deberá ser remitido al Servicio de Salud Regional.

Plazo: Ejecución permanente.

2. Sistema de lavado y limpieza de material de cultivo (hidrolavado) en tierra.

2.1. Acciones sobre residuos sólidos, olores y vectores.

• Los residuos sólidos generados por la manipulación, lavado y limpieza de los materialesde cultivo, deberán ser recolectados de forma inmediata, almacenados adecuadamente,y transportados y dispuestos diariamente en lugares autorizados. El transporteadecuado de los residuos sólidos a un lugar autorizado será de responsabilidad delgenerador ya sea por si mismo o mediante de la contratación de servicios de terceros.

Plazo: Ejecución inmediata, regularización de transporte 3 meses

• Con el objeto de minimizar los olores y vectores generados por el material del cultivoprevio al lavado, estos deberán ser adecuadamente almacenados y transportadosdiariamente para su limpieza.

Plazo: Ejecución inmediata, regularización de transporte 3 meses.

• Realizar un estudio de aprovechamiento de los residuos semi-sólidos provenientes de laspiletas de sedimentación, ya sea para su uso en agricultura compostaje u otros.

Plazo: Ejecución en 10 meses.

2.2. Acciones sobre residuos líquidos

Descargas en alcantarillado público

Se entenderá que las industrias que descargan en alcantarillado que cuenta con Planta deTratamiento de Aguas Servidas, PTAS, no le serán aplicables acciones y medidasespeciales en esta materia ya que en estos casos la norma N° 609/98 esta plenamentevigente.

• Se deberán implementar medidas de producción limpia tendientes a disminuir losconsumos de agua en el proceso productivo, y por consiguiente generar una menorcantidad de Riles, Dichas medidas mitigatorias podrán ser:

• retirar en seco el residuo sólido antes de proceder al lavado• cortar el flujo de agua en los momentos que no se este limpiando

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• mejorar las pendientes de piso de tal forma que permitan conducir el agua hacia la zonade canalización, contando con rejillas adecuadas para retener la mayor cantidad desólidos, etc.

Plazo: Ejecución en 3 meses

• Una vez que se hayan implementado las medidas de producción limpia se deberáproceder a caracterizar las aguas residuales industriales de acuerdo con elProcedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial, PCEI, aprobado porResolución SISS N° 1124 del 13.06.01.

Plazo: Considerando que la aplicación del PCEI se debe realiza en periodo punta,la ejecución de la calificación del efluente líquido se debe ejecutar en el mes demáxima producción.

• De acuerdo con el resultado del PCEI, si la industria califica como EI, ésta deberábuscar una alternativa ambiental y económicamente más adecuada para su tratamientoy disposición final, mediante la realización de un estudio de prefactibilidad técnico-económica.

Plazo: 3 meses.

• Una vez obtenidos los resultados finales, cada empresa podrá presentar a laconcesionaria sanitaria el resultado de su calificación la cual podrá aceptar la conexiónal alcantarillado con la condición de que se cumpla en forma inmediata con la norma N°609/98, lo cual puede ser vía convenio o con la implementación de un sistema detratamiento de Riles.

Plazo: julio del 2004

• Las actuales piletas de infiltración, donde se acumulan los residuos líquidosprovenientes de los sistemas de lavado de material de cultivo en tierra, deberán dejar defuncionar y de recibir tales descargas.

Plazo: 31 de Diciembre de 2002.

• El proyecto de cierre y abandono de las piletas de infiltración, como también lapropuesta de saneamiento del lugar, deberán ser presentadas al Servicio de SaludCoquimbo conjuntamente con la implementación de un sistema alternativo detratamiento y disposición final de los residuos, para su revisión y aprobación previaejecución de las obras.

Plazo: Antes del 31 de Diciembre de 2002.

2.3. Acciones sobre ruidos

• Las instalaciones en tierra de los centros de cultivo que firman el presente acuerdodeberán realizar una identificación de las fuentes emisoras de ruidos que considere todaslas maquinarias, equipos o dispositivos relacionados con la actividad de cultivo y ostión yevaluar el nivel de presión sonora producido por ésta. El procedimiento de evaluación

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deberá ser aprobado previamente por el Servicio de Salud Regional tomando enconsideración el D.S. Nº 146/97 del MINSEGPRES.

Plazo: Ejecución de inmediato.

• Las empresas deberán implementar medidas tales como la aplicación de tecnologíasque permitan disminuir los niveles de presión sonora, programas de mantención deequipos y maquinarias y aislamiento acústico entre otros, a objeto que el nivel depresión sonora máximo se ubique por debajo, tanto como sea posible, del máximopermisible en la zona I del D.S. 146/97.

Plazo: Ejecución en 6 meses.

• Las empresas firmantes deberán realizar un sistema de seguimiento con una frecuenciade medición trimestral, y tomar las acciones correctivas correspondientes, si es pertinente.Este informe deberá ser remitido al Servicio de Salud Regional.

Plazo: Ejecución permanente.

D.- Traslado de ostiones en concha y material de cultivo.

Los ostiones provenientes de los centros de cultivo deben ser trasladados a su destino final,para ello se debe utilizar procedimientos que protejan la salud humana y el medio ambiente. Esasí como las embarcaciones utilizadas en mar como los vehículos de transporte terrestredeberán tener condiciones que aseguren la inocuidad del alimento y con el medio ambiente.

META

• Todas las empresas deberán implementar medidas adecuadas en el transporte deresiduos sólidos que eviten su derrame.

• Todas las empresas deberán implementar las medidas adecuadas para elmantenimiento de condiciones higiénicas y ambientales seguras en los medios detransporte ( embarcaciones y vehículos) destinados al traslado de materias primas,productos químicos, alimentos y ostiones

1. Acciones sobre residuos sólidos

• El traslado desde centro de cultivo a plantas de proceso o centros de acopio deberealizarse en vehículos autorizados para tal efecto, dando cumplimiento a la Res. 906del Servicio de Salud Coquimbo.

Plazo: Ejecución 3 meses

• El traslado entre el áreas de crecimiento en mar, a las instalaciones de apoyo en tierra,debe realizarse siguiendo los criterio de evitar la contaminación del recurso, y del medioambiente. Esto implica el mantenimiento de la embarcación en condiciones sanitariasadecuadas, protección de la materia prima que se destinará alimento, almacenamientoadecuado de los productos químicos como aceites y combustibles, y el trasladoseparado de los residuos.

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Plazo: Ejecución Inmediata

E.- Actividades de transformación (Elaboración)

Consiste en la transformación del recurso hidrobiológico en producto destinado a consumohumano. Esto se realiza en plantas elaboradoras de alimentos. Los principales productoselaborados por estas empresas son ostión con coral, crudo congelado I.Q.F.; fresco enfriado,cocido congelado I.Q.F. y mantos de ostión en bloques.

METAS:

• Todas las empresas deberán implementar medidas de prevención de lacontaminación.

• Reducir impacto ambiental de los RISES

• Todas las empresas deberán implementar un plan de manejo integral de residuossólidos con el objetivo de minimizar la generación de olores y vectores y disponerlosen lugares autorizados.

• Identificar alternativas de reutilización y/o reciclaje de partes blandas no utilizadas enel proceso del ostión del norte.

• Todas las empresas deberán contar con un plan de control de los productos químicosutilizados, que incluye adquisición, almacenamiento y uso adecuado.

• Todas las empresas deberán adoptar las medidas necesarias de tratamiento de susRiles tomando como referencia la norma de emisión respectiva de acuerdo con elcuerpo receptor en que se realiza la descarga de Riles.

1. Acciones sobre residuos sólidos

• Los residuos sólidos provenientes del proceso de elaboración y empaque de productofinal, deberán ser recolectados en forma inmediata después de cada operación.Almacenados adecuadamente y transportados y dispuestos en un lugar autorizado.Plazo: Ejecución Inmediata

• Tratándose de aquellas partes blandas no utilizadas actualmente en el proceso delostión del norte, se realizará un estudio a fin de explorar alternativas que impliquen lareducción de desperdicios y la reutilización como materia prima para otros procesos.

Plazo: Ejecución en 8 meses.

2. Acciones sobre químicos y detergentes

• A objeto de disminuir los efectos contaminantes de los productos químicos utilizados enlas plantas elaboradoras de ostión del norte, se deberá mantener un adecuado controlde estos, el que incluya adquisición, almacenamiento, y uso adecuado. Además sedeberá dar prioridad al uso de productos amigables con el medio ambiente.

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Plazo: Ejecución Inmediata

• Los envases de estos productos deberán ser perforados antes de ser desechados enlugares autorizados con el objetivo de impedir su reutilización o contacto con agua óalimento.

Plazo: Ejecución Inmediata.

3. Acciones sobre residuos líquidos para industrias que cuentan con servicio dealcantarillado (que tributa a PTAS) pero que aun no se han conectado a las redes derecolección.

Descargas en alcantarillado público

Se entenderá que las industrias que actualmente descargan en alcantarillado que cuentacon Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, PTAS, no le serán aplicables acciones ymedidas especiales en esta materia ya que en estos casos la norma N° 609/98 estaplenamente vigente, salvo en el caso, que la actual conexión este sujeta a convenio detratamiento para contenidos superiores a la norma.

• Se deberán implementar medidas de producción limpia tendientes a disminuir losconsumos de agua en el proceso productivo, y por consiguiente generar una menorcantidad de residuos líquidos (incluyendo residuos líquidos industriales y otros), talescomo retirar en seco el residuo sólido antes de proceder al lavado, cortar el flujo de aguaen los momentos que no se este limpiando, mejorar las pendientes de piso de tal formaque permitan conducir el agua hacia la zona de canalización, contando con rejillasadecuadas para retener la mayor cantidad de sólidos, etc.

• Plazo: Ejecución en 3 meses

• Una vez que se hayan implementado las medidas de producción limpia se deberáproceder a caracterizar las aguas residuales industriales de acuerdo con elProcedimiento para la Calificación de Establecimiento Industrial, PCEI, aprobado porResolución SISS N° 1124 del 13.06.01.

Plazo: Considerando que la aplicación del PCEI se debe realiza en periodo punta,la ejecución de la calificación del efluente líquido se debe ejecutar en el mes demáxima producción durante el año 2003.

• De acuerdo con el resultado del PCEI, si la industria califica como EI, esta podrápresentar a la concesionaria sanitaria el resultado de su calificación la cual podráaceptar la conexión al alcantarillado con la condición de que se cumpla en formainmediata con la norma N° 609/98, lo cual puede ser vía convenio o con laimplementación de un sistema de tratamiento de Riles. De no llegar a acuerdo paraconexión al alcantarillado, la industria se regirá por los plazos establecidos para lasotras modalidades de disposición definidas en el presente acuerdo.

Plazo para conectarse al alcantarillado: julio 2004.

4. Acciones sobre emisiones atmosféricas

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• Todas las empresas que dispongan de cámaras y/o camiones refrigerados y máquinaspara la fabricación de hielo deberán sustituir el uso de refrigerantes tradicionales porrefrigerantes ecológicos. Abandonando el uso de CFC ( R12 y R 502). Se evaluará laalternativa tecnológica más adecuada desde el punto de vista técnico económico para elcumplimiento de esta acción.

Plazo : 36 meses

F. Normativas generales.

• Se deberá dar cumplimiento a la Norma Lumínica en cada una de las etapas antesmencionadas, en el caso de las empresas firmantes de la IV Región.

Plazo: 8 meses

G. Planes de Manejo y Manuales.

• Se deberá elaborar un plan de manejo de combustibles, que se implementará en cadauna de las etapas de proceso del ostión del norte.

Plazo: 8 meses

• Las empresas que firman el acuerdo se comprometen a generar un procedimiento frentea contingencias que impliquen el no cumplimiento de las acciones antes señaladas. Asímismo se deberá informar a los Servicios competentes en tiempo estándar los hechosacaecidos y las medidas que se tomarán.

Plazo: 8 meses

H. Capacitación

METAS:

• Todas las empresas elaborarán e implementarán un Programa de Capacitación de supersonal sobre el contenido de las medidas del presente Acuerdo.• Se deberá realizar un programa de capacitación a la totalidad del personal de las

empresas firmantes en la cual se dé a conocer los objetivos y acciones comprometidasen el presente acuerdo.

Plazo : Ejecución 3 meses.

• Además se deberán realizar capacitaciones tendientes a implementar los manejos yacciones descritos a lo largo del acuerdo, a través de seminarios y/o cursos sobre lossiguientes temas, entre otros: Manejo del cambio, calidad total y mejora continuos,gestión de procesos, manipulación de alimentos, exigencias y procedimientos sanitarios,y exigencias y procedimientos ambientales..

Plazo: Ejecución 6 meses.

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• Se realizaran cursos de Auditores Internos a personal encargado de Calidad y Ambientede las empresas firmantes.

Plazo : 6 meses

J. DISEÑO ARQUITECTÓNICO

§ Las empresas, cuyos centros de apoyo de la actividad de cultivo de ostiones, en tierra, seubiquen en el borde costero, ya sea, en terrenos de playa fiscales o privados, playas y/ofondo de mar, sobre márgenes naturales o sobre rellenos artificiales, en especial aquellosque colinden o se encuentren en las cercanías de edificaciones residenciales y/odestinadas al turismo, deberán minimizar la contaminación escénica del sector, en base a:

• Mantener un ordenamiento arquitectónico integrado al paisaje local.

• Proyectar sus instalaciones de acuerdo a un diseño arquitectónico pre –aprobado por laDirección de Obras del respectivo municipio.

• Construir sus instalaciones de acuerdo a la ordenanza local y al plano reguladorcomunal vigente.

• Priorizar la construcción de edificaciones desarmables.

• Incluir en todo proyecto arquitectónico, ornamentación vegetal y/o áreas verdes.

QUINTO: FINANCIAMIENTO

El financiamiento de la ejecución de las medidas emanadas del acuerdo será asumido por lasempresas suscriptoras.

1.1 CORFO

Para efectos de apoyar el cumplimiento de las metas del presente Acuerdo, la Corporaciónde Fomento de la Producción (CORFO) se compromete en los siguientes términos:

• Apoyar, en el marco del presupuesto vigente, con los recursos para el cumplimiento de loscompromisos emanados del presente acuerdo. Ello considera los instrumentos dirigidos afomentar la asociatividad, la contratación de asistencia técnica, la innovación ytransferencia tecnológica, así como las líneas de crédito que CORFO intermedia a travésde la banca.

• Hacer expedita la tramitación técnica y administrativa de los instrumentos de fomento,para agilizar la asignación de recursos.

• Los instrumentos de fomento disponibles son:

♦ Fondo de Asistencia Técnica (FAT-PL);

♦ Proyectos Asociativos de Fomento (PROFO);

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♦ Programa de Apoyo a la Gestión de Empresas (PAG):

♦ Pre- inversión Medio Ambiental (PIMA):

♦ Programa de Desarrollo de Proveedores (PDP);

♦ Fondo de Desarrollo de Tecnológico y Productivo (FONTEC);

♦ Fondo Desarrollo de Innovación (FDI);

♦ Línea de Crédito B11;

♦ Línea de Crédito B12;

♦ Línea de Crédito B14

En casos calificados, para los PROFO, FAT, PAG y PDP, el Comité de Asignación de Fondosde Fomento de CORFO, podrá establecer condiciones de elegibilidad que se adecuen a losrequerimientos del sector, a los requisitos exigidos por los Reglamentos de los respectivosinstrumentos de fomento y a los criterios que establezca la autoridad en la materia.

1.2 BANCO ESTADO

Para efectos de apoyar el cumplimiento de las metas del presente Acuerdo, el BancoEstado de Chile, se compromete en los siguientes términos:

• Entregar a la Asociación Gremial y sus miembros, información relativa a los productosy servicios de que dispone el Banco.

• Poner a disposición de las Pequeñas y Medianas Empresas todos los productos yservicios del Banco.

• Financiar las inversiones que fomenta este proyecto, a todas las pequeñas y medianasempresas que cumplan con los requisitos de proceso de créditos del Banco.

• Entregar información y poner a disposición de las pequeñas empresas, el Fondo deGarantía para el pequeño empresario (FOGAPE).

• Mejorar continuamente los aspectos operativos de los productos orientados a laPequeña y Mediana Empresa, de forma de facilitar el acceso a éstos.

• Poner a disposición de las Pequeñas y Medianas Empresas la Red de sucursales a lolargo de todo el país.

• Desarrollar un programa de capacitación, que en una primera etapa considerará a laplataforma comercial y analistas financieros de la Casa Matriz, de modo que éstospuedan entender el contexto de los proyectos que se realizarán como producto de esteacuerdo, y de esta forma brindar una atención expedita y especializada a dichosrequerimientos.

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• Desarrollar actividades que de común acuerdo se establezcan, y que directa oindirectamente contribuyan al logro de los objetivos planteados.

SEXTO : DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN

a) Para efectos de difundir los resultados del acuerdo, una vez finalizadas las acciones quelo componen, se publicará a lo menos un documento que de cuenta de los logrosalcanzados. Los costos devengados por esta actividad serán compartidos por lasinstituciones promotoras del Acuerdo. Sin embargo, en caso de existir instrumentos defomento de uso colectivo, las publicaciones deberán ser incluidas como una de lasactividades a financiar por éstos.

b) Las empresas suscriptoras que hayan cumplido con los compromisos establecidos,podrán utilizar el acuerdo como un mecanismo de promoción comercial de susproductos. Para efectos de operativizar dicho uso comercial, las instituciones promotorasdel Acuerdo definirán un mecanismo apropiado para ello.

c) En el caso de las empresas exportadoras, el Consejo Nacional de Producción Limpiaefectuará las gestiones necesarias para que los logros del acuerdo sean difundidosinternacionalmente a través de Pro- Chile.

Estas actividades corresponden a las actividades mínimas a realizar dentro del marco delAcuerdo. Las instituciones promotoras del Acuerdo, podrán proponer, consensuar y llevar acabo otras actividades e iniciativas.

SEPTIMO: SANCIONES

Las sanciones por incumplimiento de los contenidos del acuerdo que se procede a detallar soncomplementarias entre ellas, y consisten en:

a) Asociación gremial: La Asociación gremial, parte del acuerdo, establecerá sancionesa las empresas asociadas, en función de lo que señalen los estatutos de laorganización. Estas pueden ir desde amonestación, multa, hasta expulsión de laAsociación dependiendo de la gravedad.

b) En caso que el acuerdo tenga asociado instrumentos de fomento del Estado, elincumplimiento de los contenidos del mismo, hará aplicable las sancionesestablecidas en el contrato del instrumento de fomento respectivo.

c) Publicidad del incumplimiento: Una componente del seguimiento y control de losacuerdos es la publicación en a lo menos un medio de circulación nacional de losresultados del mismo. En tal sentido, se publicará la lista de empresas que cumpleny la lista de las empresas que no cumplen con este. Los costos devengados por estaactividad serán compartidos por las instituciones promotoras del Acuerdo. Sinembargo, en caso de existir instrumentos de fomento de uso colectivo, laspublicaciones deberán ser incluidas como una de las actividades a financiar poréstos.

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d) En atención a la gravedad del incumplimiento, se podrá poner término al acuerdocon la o las empresa(s) que no haya(n) cumplido.

Además, durante la vigencia del Acuerdo la Autoridad Fiscalizadora mantendrá sus facultadesfiscalizadoras y sancionadoras. Sin perjuicio de lo anterior, al sancionar se tendrá presente laparticipación y cumplimiento del presente acuerdo.

OCTAVO: SOLUCION DE CONFLICTOS Y REVISION DEL ACUERDO

Los conflictos a que diere lugar la interpretación del presente Acuerdo serán sometidos a ladecisión de una Comisión integrada por representantes de las instituciones públicas y privadaspromotoras firmantes del presente acuerdo. Sesionará cada vez que lo requieran dos de susmiembros.

NOVENO: SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LAS METAS Y ACCIONES DELACUERDO

Con la suscripción del presente acuerdo, las empresas se comprometen a la ejecución de cadauna de las acciones contenidas en el mismo, en cuanto les sean aplicables.

A) ACTORES Y RESPONSABILIDADES

A) 1 Empresas Suscriptoras

Responsabilidades:

§ Ejecutar las Acciones Específicas que se estipulan en el Acuerdo de Producción Limpia, afin de alcanzar las Metas comprometidas en el menor tiempo posible y dentro de los plazosestablecidos en el presente acuerdo.

§ Designar al menos una persona, encargada de llevar el control de las acciones que seestán ejecutando

§ Realizar las auditorías internas de cumplimiento parcial de las metas y accionescomprometidas en el acuerdo

§ Realizar auditorias independientes, para validar las auditorias internas de seguimiento ycontrol, con la periodicidad que se señala más adelante, y certificar el cumplimiento de lasmetas y acciones comprometidas en el acuerdo, una vez finalizada la etapa deimplementación del mismo

§ Entregar información de los resultados de las auditorías internas y externas deseguimiento y cumplimiento final del acuerdo a quienes corresponda en los plazosconvenidos.

A). 2 Asociación Gremial

Responsabilidades

§ Fomenta entre las empresas que han suscrito el acuerdo, el cumplimiento del mismo.§ Sirve de intermediario entre las empresas del Sector y los Servicios Públicos en la entrega

y recepción de la información relativa a la implementación y cumplimiento del acuerdo.§ Apoya a la empresa en la ejecución de las auditorías internas de seguimiento y control de

las metas del acuerdo

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§ Designa a un equipo responsable de evaluar, inspeccionar, consolidar y distribuir lainformación referente al proceso de implementación del acuerdo, en los términos que seseñalan más adelante.

§ Informar a los Servicios Públicos sobre el estado de avance en el cumplimiento de lasacciones y metas del acuerdo, para lo cual elabora un informe consolidado que contendrála información por empresa y del sector.

§ Apoya a las empresas en la selección y control del trabajo de auditoría externa necesariapara certificar el cumplimiento final del Acuerdo.

§ Elabora el informe de impacto económico, ambiental y social generado en el sector por laimplementación del Acuerdo.

§ Participa del comité responsable de solucionar los conflictos en la implementación delacuerdo, y de establecer las sanciones que se aplicarán por incumplimiento del mismo.

A) .3 Servicios Fiscalizadores

Responsabilidades

§ Apoya la evaluación y verificación de las auditorías parciales y final de cumplimiento de lasacciones y metas comprometidas en el acuerdo. En lo posible designará un responsable alinterior del servicio para efectos de mantener un flujo expedito de la información.

§ Recepcionar y almacenar la información entregada por la Asociación Gremial en relacióncon el proceso de implementación de las acciones del presente acuerdo.

§ Participa del comité responsable de solucionar los conflictos en la implementación delacuerdo.

A).4 Consejo Nacional de Producción Limpia

Responsabilidades

§ Fomenta el cumplimiento del acuerdo.§ Coordina a los actores involucrados, cuando sea necesario. En especial el Consejo deberá

coordinar con CORFO la divulgación y utilización de los instrumentos de fomentosasociados a la implementación de las acciones y metas comprometidas en el acuerdo.

§ Coordinar la elaboración y valida el informe de evaluación final de cumplimientoParticipa del comité responsable de solucionar los conflictos en la implementación delacuerdo, y de establecer las sanciones que se aplicarán por incumplimiento del mismo.

A.5). Auditores independientes

Responsabilidades

§ Encargados de realizar los informes que den cuenta del cumplimiento parcial o total de lasmetas y acciones comprometidas en el acuerdo§ Entrega a la empresa el certificado del grado de cumplimiento parcial o total de las

metas y acciones del acuerdo, según corresponda.

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B) ETAPAS DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ACUERDO

ETAPAS

El sistema de seguimiento y control aplicable a los acuerdos de producción limpia en generalcontará con las siguientes etapas:

1) La primera es la etapa de diagnóstico.2) La segunda es la etapa de seguimiento y control del avance en la implementación del

acuerdo propiamente tal.3) La tercera es la etapa de evaluación final de cumplimiento del acuerdo.

Diagnóstico:

En esta etapa, las empresas suscriptoras del acuerdo deben realizar una auto-evaluaciónsobre su situación inicial al momento de la firma, con respecto a las acciones comprometidas ,con el objeto de identificar aquellas acciones específicas que deberá emprender para darcumplimiento al APL considerando sus impactos ambientales, sus condiciones de seguridadlaboral e higiene y sus posibilidades técnicas, económicas y financieras. Los diagnósticosdeben ser realizados de acuerdo al procedimiento técnico preestablecido, acordado por laspartes. Una vez realizado el diagnóstico de la situación inicial de la empresa ésta deberáenviarlo a la Asociación Gremial la que mantendrá un registro estandarizado de dichainformación.

Seguimiento y control del Avance en la implementación del acuerdo:

Corresponde al proceso de implementación y cumplimiento de las acciones comprometidasen el acuerdo, a través de una ejecución gradual, basándose en los resultados obtenidos enla etapa de diagnóstico. El avance en el cumplimiento de las acciones genera laresponsabilidad de las empresas, de llevar a cabo las auditorías parciales de cumplimientodel acuerdo e informar en los plazos establecidos los resultados de dichas auditorías aquienes corresponda. A su vez en esta etapa la Asociación Gremial deberá recibir ydistribuir la información relativa a la implementación y cumplimiento del acuerdo a losorganismos competentes. Para efectos del seguimiento y control del avance en laimplementación deberán efectuarse auditorías internas semestrales, en los meses ocho,quince, veinticuatro y treinta y cuatro de implementación del acuerdo. Asimismo, deberán alo menos realizarse una auditoría independiente durante el primer año de laimplementación. En caso de que dicha auditoría del primer año arroje resultadossatisfactorios de avance, la empresa sólo tendrá que efectuar la auditoría final decumplimiento, en caso contrario deberá repetirla el segundo año y luego realizar la auditoríafinal de cumplimiento.

Evaluación Final de Cumplimiento:

Transcurrido el plazo establecido en el acuerdo para dar cumplimiento a las metas yacciones, se procede a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos.Para efectos de elaborar dicha evaluación final las empresas suscriptoras deberán solicitarla realización de la auditoría final de cumplimiento y remitir los resultados a la AsociaciónGremial, la que deberá elaborar un informe final consolidado. Dicho informe deberá serenviado al Consejo Nacional de Producción Limpia y a los organismos fiscalizadores quehayan tomado parte en el proceso de seguimiento y control del acuerdo, quienes deben

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validar o rechazar fundadamente dicho informe. En caso de no existir acuerdo respecto dela evaluación final de cumplimiento entre la Asociación Gremial y los organismosfiscalizadores se podrá recurrir al Comité de solución de controversias el que con el apoyode un tercero será en definitiva quien lo rechace o acepte.

C) SEGUIMIENTO Y CONTROL DE AVANCE EN LA IMPLEMENTACIÓN DELACUERDO

Para revisar el avance de las empresas en el presente acuerdo, se generará información periódicadesde las Empresas a la Asociación Gremial, y desde la Asociación Gremial a losFiscalizadores y al Consejo Nacional de Producción Limpia .

C) 1. Información de las Empresas a la Asociación Gremial

Las empresas deberán entregar a la Asociación Gremial el informe relativo aldiagnóstico inicial, y los resultados de las auditorías parciales de cumplimiento (ponerleplazo) .

Tanto el diagnóstico como los informes de resultado de las auditorías , tendrán unformato electrónico estándar único (formularios) y serán utilizados por las empresas y laAsociación Gremial para poblar una Base de Datos. Se anexa al presente acuerdo unmodelo estándar que podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes.

Los formularios deberán cumplir con lo siguiente:

§ Formato estándar, único – Electrónico y en papel.

§ Acogerse sólo a acciones y metas definidas en el acuerdo.

§ Con el objeto de poder evaluar en términos objetivos el cumplimiento de lasacciones comprometidas en el acuerdo, la comisión designada para diseñar losformularios que contendrá la información de avance en el cumplimiento, será laencargada de establecer criterios o parámetros de evaluación de las acciones,para lo cual se deberá considerar:

1. La contribución o importancia que una determinada acción o grupo deacciones tiene en relación con el logro de la meta planteada.

2. Evaluar el cumplimiento de las acciones, cuando corresponda, en una escalade 0% a 100%.

3. Establecer porcentajes de avance en el cumplimiento de acciones y metasdel acuerdo, en cada informe semestral.

§ Debe ser breve, claro y preciso.

§ Debe contener instrucciones para ser completados por las empresas haciendoreferencia a las acciones comprometidas.

§ Las empresas deben completar totalmente el formulario.

C) 2. Informe de acciones inmediatas

Para el caso de las acciones inmediatas las empresas deberán llevar un registro de la

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situación inicial, y de la aplicación de las referidas acciones e informar el resultadoobtenido en una ficha de seguimiento que será preparada en conjunto por las partes yremitida a la Asociación Gremial la que será la encargada de remitir la información a losorganismos fiscalizadores y de llevar un registro de las mismas ordenado por empresa.

C) 3. Informes Semestrales

§ Los formularios serán entregados en un informe semestral único y estándar, diseñadopreviamente por la comisión de acuerdo a lo siguiente:

§ Debe ser acotado en su extensión§ Se completarán exclusivamente los ámbitos definidos

C) 3.1 Información de Asociación Gremial a los Servicios Fiscalizadores y al Consejo Nacionalde Producción Limpia

La Asociación Gremial reportará en un informe consolidado semestral ( no excederá a 45días de terminado el semestre) el nivel alcanzado en el cumplimiento de las accionescomprometidas en el acuerdo, en los meses acordados, basado en los informesindividuales que deberá recibir previamente desde cada empresa. Para ello se elaboraráun formulario, que deberá cumplir con lo siguiente:

§ Formato Estándar único pre-acordado con el Consejo§ Debe informar el cumplimiento promedio (a la fecha de entrega) de cada

empresa en términos porcentuales.§ Debe informar el cumplimiento promedio del sector en términos porcentualesDebe informar el cumplimiento promedio por acción y por meta Contenerobservaciones específicas y objetivas respecto a la aplicación de las acciones yel cumplimiento de las metas, en caso de ser necesario.

Los formularios, respectivos y los informes de evaluación que deba entregar la AsociaciónGremial a los organismos fiscalizadores y el CPL deberán ser elaborados de comúnacuerdo entre las partes y tener a lo menos las mismas características ya señaladas.Asimismo las partes acordarán los requerimientos para el diseño de una base de datospara la Asociación Gremial y para los Servicios Fiscalizadores que integre toda lainformación y que arroje resultados respecto al cumplimiento del acuerdo, de modo que elsistema esté operando al inicio de la etapa de implementación de las metas y acciones.

La Asociación Gremial deberá entregar en el informe consolidado la informaciónrequerida en relación con el nivel de avance a la fecha de todas las empresas y, por lotanto, es de su responsabilidad obtener toda la información requerida.

D) EVALUACIÓN FINAL DEL ACUERDO

Para la etapa de evaluación final de cumplimiento del acuerdo, el contenido de la informaciónserá la misma que se ha descrito para las etapas anteriores, sin embargo, se denominaráEvaluación Final de Cumplimiento, al informe que entreguen las empresas a la AsociaciónGremial; Informe Consolidado Final al informe que entregue la Asociación Gremial a losServicios Fiscalizadores y al Consejo Nacional de Producción Limpia. Además, cada uno deestos informes finales contendrá un capítulo de observaciones respecto a la implementación delacuerdo y sus efectos reales en los aspectos productivos, ambientales y de higiene y seguridad

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laboral que se hubieren incluido, debiendo dar cuenta en lo posible de los avances obtenidos enestas áreas en el sector e identificación de ciertos indicadores claves que fueron afectados conla implementación del acuerdo.

DECIMO: PLAZO

El plazo para dar cumplimiento a las acciones comprometidas en este acuerdo es de 3 años.

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FIRMANTES,

YASNA PROVOSTE FELIPE DEL RIO GOUDIEINTENDENTA III REGION INTENDENTE IV REGION

FELIPE SANDOVAL SERGIO MUJICASUBSECRETARIO DE PESCA DIRECTOR SERVICIO NACIONAL DE PESCA

RAFAEL LORENZINI PACI JUAN EDUARDO SALDIVIADIRECTOR EJECUTIVO SUPERINTENDENTE DE

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION LIMPIA SERVICIOS SANITARIOS

MIRTA PONCE LOPEZ BRUNILDA GONZALEZ ANJELALCALDESA (S) COQUIMBO ALCALDESA DE CALDERA

RAMON GONZALEZ MUNIZAGA JOHN VÖLKER CHARLESSEREMI DE SALUD IV REGION PRESEINDENTE APOOCH

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ANITA QUIROGA ALEJANDRA MANQUILEF FRANULICDIRECTORA SERVICIO DE SALUD DIRECTORA SERVICIO DE SALUD

ATACAMA COQUIMBO

DANIEL ALVAREZ PARDO PEDRO VALENZUELADIRECTOR CONAMA III REGION DIRECTOR CONAMA IV REGION

MAURICIO MULET PABLO VIGNEAUXDIRECTOR CORFO III REGION DIRECTOR CORFO IV REGION