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CONGRESO DE LA REPÚBLICA Oficina de Procesos y Estandares

2 2 ABR 2016

Finn�Jf/i.J .. �!,a�l�:1.H.

2 1 ABR. 1016 ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

,

• ... ERNANDO RIVERA LAZOecretario T€cnico de la Oficialia Mayor

FEDATARIO

RESOLUCIÓN N' 81-2015-2016-0M-CR

Lima, 21 de abril de 2016

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República es un Poder del Estado con autonomía normativa, económica, administrativa y politica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94º de la Constitución Política y en el articulo 3º del Reglamento del Congreso, que tiene fuerza de ley;

Que la Oficina de Procesos y Estándares ha elaborado un proyecto de Directiva sobre "Procedimientos para efectuar la liquidación de beneficios sociales";

Que es necesario formalizar la aprobación de la mencionada directiva mediante una resolución de la Oficialía Mayor;

De conformidad con lo establecido en el articulo 40" del Reglamento del Congreso y en la Directiva de "Procedimientos para la Elaboración yActualización de Instrumentos Normativos de Gestión-Directivas-Procedimientos"; y

Con cargo a dar cuenta a la Mesa Directiva;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, como documento interno de gestión administrativo, la Directiva N" 05-2016-DGA/CR sobre "Procedimientos para efectuar la liquidación de beneficios sociales".

Artículo Segundo,- DEJAR SIN EFECTO la Directiva N_º. 10-2004-DGNCR: "Procedimientos para efectuar la liquidación de beneficiossociales".

Regístrese, comuníquese y archívese.

Ilüli6-FERÑAi1iiokoiiiRÁZÁ� Oficial Mayor(e)

CONGRESO OE LA REPÚB�A

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Dlrecliva "Proce.dimientos paro& efectuar fa 1iquldaci6n de beneficios sociales ? 1 ABR. ?Olfi

ES COf'JA FlEL DEL ORIGINAL

DIRECTIVA N' 08 -2016-DGA-CR

PROCEDIMIENTO PARA EFECTUAR LA LIQUIDACIÓN DE BENEFICIOS SOCIALES

1. OBJETIVO

Establecer el procedimiento interno para la formulación, aprobación y pago de .la compensación por tiempo de servicios a los Congresistas, de los beneficios sociales a los trabajadores correspondientes al régimen laboral de la actividad privada dentro del marco del Decreto Legislativo Nº 728 a los comprendidos en el régimen laboral de la actividad pública normada por el Decreto Legislativo Nt1 276, al finalizar la relación labora!.

FINALIDAD

Efectuar la formulación, aprobación y pago de los beneficios sociales de los Congresistas, trabajadores del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo Nt1

276, de acuerdo a las consideraciones presupuestales y leyes vigentes, siguiendo los procedimientos necesarios para la correcta y oportuna ejecución, con criterios de eficacia y economía.

ALCANCE

Las normas y procedimientos establecidos en la presente directiva1 son de aplicación y cumplimiento obligatorio del Departamento de Recursos Humanos, del Área de Administración de Personal, del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones, del ·

Grupo Funcional de Remuneraciones, del Grupo Funcional de Registro y ·Control de Personal, del Depártamento de Finanzas, del Área de Contabilidad, del Área de Tesorería, del Grupo Funcional de Giros y Conciliaciones, del Grupo Funcional de Caja y demás unidades orgá.nicas en el ámbito de su competencia.

MODIFICACIONES Y ACTUALIZACIONES

La presente directiva podrá ser modificada y actualizada por efectos de la evaluación periódica de su aplicación, en concordancia con Jo dispuesto en la Directiva Nt1 01-2011-

DGA/CR �Procedimientos para la elaboración y actualización de instrumentos normativos de gestión - directivas - procedimientos", para lo cual el Departamento de Recursos Humanos y las unidades orgánicas vinculadas a los referidos procesos, presentarán la correspondiente propuesta, en coordJnaciól1 con la Oficina de Procesos y Estándares.

DISPOSICIONES GENERALES

5.1 De la infonnación necesaria para la liquidaciones de (?eneficios sociales.

efaboración de las planillas de

El proceso de formulación de las planillas de liquidaciones de beneficios sociales está constituido por una serie de actividades previas de recopilación de información de adeudos pendientes por parte de loS trabajadores, que requieren de respuesta

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ES COPIA �t!C'O'l!l!.UORIGINAL •

r..f:.t::iO� LA li'e,¡:(;:: írectiva "Procedimientos ara efectuar fa li uidación de be eficias srx:iales" . < ·¡ VºBº �

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-···· ERNANOO RIVERA LAzo·····cretario Tii:cnicode la Olkialia Mr,yor

• FEDATARIO

inmediata por parte de las diversas unidades orgánicas o dependencias, las cuales deben mantener infonnación actualizada al respecto. La información se obtendrá

directamente del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) y en forma excepcional, para conceder celeridad procesal a su tratamiento, se hará uso de otras fuentes. La recopilación se inicia con un correo electrónico remitido por el responsable del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones a los responsables de las unidades orgánicas del Congreso de la República, solicitando los adeudos pendientes para su posterior aplicación en las liquidaciones de beneficios sociales.

La información se solicita a: a. Grupo Funcional de Registro y Control de Personalb. Grupo Funcional de Remuneracionesc. Grupo Funcional de Servicio Sociald. Grupo Funcional de Servicio Médicoe. Grupo Funcional de Control Patrimonialf. Área de Operacionesg. Departamento de Finanzash. Área de Tesoreríai. Área de Contabilidadj. Oficina de Seguros del Congresok. Oficina Fondo Editoriall. Departamento de Bibliotecam. Concesionario del Comedorn. Concesionario de la Cafeteríao. Servicio de peluqueñap. CAFAE

Asimismo, el responsable del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones solicita ínfom1ación a otras instituciones que prestan servicios al personal del Congreso de la República (agencia de viajes, cooperativas de crédito y consumo, etc.), por el medio más rápido (correo electrónico u otros) y que se indican en el rubro de disposiciones específicas.

5.2 De la celeridad, idoneidad y oportunidad en el procesamiento de la información.

La elaboración de las planillas de liquidación de beneficios sociales requiere de celeridad, idoneidad y oportunidad en et proceso de las liquidaciones llegando hasta la fase del compromiso en el SIAF y cumpliendo con los plazos de entrega de información al Departamento de Finanzas, a fin que se continúe oportunamente con la ejecución de los pagos correspondientes.

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 De los plazos maximos de recepción de información para procesar las

pianillas. Por razones presupuestales y operativas, el Grupo Funcional de Beneficios y

Liquidaciones debe recibir la información referida a las bajas de personal, las

Ollcina de Procesos y Estándares !Normas lnfemas del Servicio Parlamentario Página 2 de 1 O

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Directiva "Procedimientos para efectuar la liquidación de beneficios sociales

···· "iiiiiiiiiiiioó-iiiiiERAlAio···-secretario Técnico de la Oficiaba Mayor

· FEDATARIO

retenciones y descuentos requeridos para procesar las respectivas planillas, a más tardar en las fechas que se indican a continuación:

- Bajas

- Descuentos de terceros

hasta el día 07 de cada mes o el día hábil siguiente, salvo casos excepcionales que se presenten fuera de fecha. hasta el día 12 de cada mes o el día hábil siguiente.

El Área de Administración de Personal entrega la planilla regular de liquidación de beneficios sociales, elaborada por el Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones, al Departamento de Recursos Humanos, para ser remitida al Departamento de Finanzas hasta el día 26 de cada mes o el día hábil siguiente.

6.2 Del proceso de elaboración de las planillas de liquidación de beneficios

sociales de los trabajadores.

6.2.1 El Presidente del Congreso, Presidentes de Comisiones, Coordinadores de Grupos Parlamentarios, Congresistas o funcionarios de la Alta Dirección, según corresponda, comunican la extinción del vínculo laboral por escrito, al Departamento de Recursos Humanos.

6.2.2 El Especialista en Contratos inactiva al personal cesado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Elabora y remite el informe de bajas a la jefatura, de acuerdo a las fechas establecidas en el numeral 6. 1.

6.2.3 El documento se deriva al Jefe del Area de Administración de Personal, quien comunica a los Grupos Funcionales de su área para el cumplimiento de actividades correspondiente al cese de un trabajador.

6.2.4 E! Grupo Funcional de Registro y Control de Personal actualiza Informe Técnico Administrativo (ITA) y saldo vacacional en el SIGA.

6.2.5 El responsable del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones remite un correo electrónico o solicita por cualquier otro medio a los responsables de las unidades del Servicio Parlamentario que correspondan, los adeudos pendientes (según se indica en el numeral 5.1). El saldo vacacional y otros descuentos controlados en el SIGA, serán obtenidos del mismo sistema con opciones de reportes de impresión.

6.2.6 El Técnico Administrativo analiza, procesa y visa la liquidación de beneficios sociales y la deriva al Especialfsta en Beneficios y Liquidaciones que efectúa el control previo de las mismas consignando su visto bueno en señal de conformidad. El responsable del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones realiza la validación final visando la liquidación para su remisión al Jefe del Área de Administración de Personal para la visación y firma (en original y coplas) y posterior remisión al Jefe del Departamento de Rt_¡e�m:t,:, Humanos quien aprueba la misma visando y suscribiéndola.

6' Oficina de Procesos y Esttmdares I Normas Jnlamas del Sewlclo Parlamentario

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Direc/íva "Procedimientos pam efectuar la liquidación df't beneficios sociales

••••• ERNANDO RIVERA LAZO .•••. ecre.tar_io T�cnico de fa Ofida!ía Mayor -

FEDATARIO

6.2.7 Las liquidaciones aprobadas son remitidas al Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones para que se efectúe el compromiso vía registro S1AF, a fin que sean remitidos al Departamento Finanzas.

6.3 De los conceptos del cálculo de la liquidación de beneficios sociales ·sujetos al Régimen Laboral Privado. (Resumen de Liquidación).

6.3.1 De los Ingresos.

a) Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): Se determina apartir de la remuneración computable (remuneración básica, promediode gratificaciones, asignación familiar, promedio de la bonificaciónvacacional y toda cantidad percibida regularmente que tenganaturaleza remunerativa), de acuerdo a la información generada porlos Grupos Funcionales de Remuneraciones y de Registro y Controlde Personal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.Los cálculos de liquidaciones de CTS se hacen semestralmente. A loscálculos de liquidaciones ·de CTS efectuados, más los interesesdevengados, se debe añadir el cálculo de la liquidación del períodofinal que corresponda.

b} Vacaciones Truncas: Son determinadas por dozavos y treintavos,hasta el momento del cese del trabajador, según ley vigente. Eselaborado de acuerdo a la información generada y revisada por elGrupo Funcional de Registro y ContrOI de Personal. La información seobtiene del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) conQpciones de impresión.

e) Vacaciones No Gozad3s: Son aquellas que corresponden cuando eltrabajador cumplió con su récord vacacional normado por la ley y nohizo uso del descanso vacacional. Se elabora de acuerdo a lainformación generada y revisada por el Grupo Funcional de Registroy Control de Personal. La información se obtiene del SistemaIntegrado de Gestión Administrativa (SIGA) con opciones deimpresión.

d) Bonificación Especial por Vacaciones: Se regula por lasdisposiciones administrativas vigente� expedida en ejerc1c1osanteriores. Para ello, el trabajador debe contar con la anualidad deservicios, hacer uso efectivo del goce vacacional por un mínimo desiete días y agotar previamente las vacaciones pendientes deperíodos anteriores (los dos últimos requisitos no son aplicables encaso de cese}; salvo disposición posterior distinta.

e) Gratificaciones Truncas: Son determinadas por sextos hasta elmomento del cese de[ trabajador, se calcula por meses com pletoslaborados, pendientes de pago.

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L I HDn, lUIO

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

Directiva "Procedimientos para efectuar fa liquidación de beneficios socjales

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f} Otros: Indemnización u otros incentivos economices sE?glfrPAAilN8gtolegal o por dlsposición de autoridad competente

6.3.2 De tos Descuentos.

a) Sistema Privado de Pensiones (SPP): Cálculo efectuado segúnporcentaje de tabla proporcionada y remitida mensualmente por laAdministradora de Fondos de Pensiones (AFP) correspondiente, yactualizada por el Grupo Funcional de Remuneraciones.

b) Sistema Nacional de Pensiones (SNP): Cálculo efectuado segúnporcentaje del monto imponible de acuerdo a ley.

e) Retención del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría: Cálculoefectuado sobre el monto imponible afecto al Impuesto a la Renta.

En el caso de retenciones efectuadas en exceso que resulten de laliquidación correspondiente al mes en que opere la terminación delcontrato de trabajo o cese del vínculo laboral, antes del cierre delejercicio, se debera devolver al trabajador el exceso retenido.

d) Descuentos por días no laborados: Descuento de los días pagadosen exceso desde la fecha del cese, ocurrido por aviso extemporáneodel cese del trabajador. El referido descuento debe ser revertido alTesoro Público.

e) Descuentos por Bonificación Especial por Vacaciones: Descuentocorrespondiente por no haberse cumplido. con los requisitosestablecidos y haber percibido el pago correspondiente. El referidodescuento debe ser revertido al Tesoro Público.

f} -Descuentos por vacaciones anticipadas: Descuento por el usoanticipado de goce vacacional. El referido descuento debe serrevertido al Tesoro Público.

g) Descuentos por Racionamiento: Descuento por el pago en elexceso del racionamiento por los días no laborados. Dicho descuentodebe ser revertido al Tesoro Público.

h) Descuento Judicial: Su aplicación se efectúa de acuerdo a losmandatos judiciales.

f) Descuento por créditos voluntarios a favor de terceros: Suaplicación se efectúa de acuerdo a la directiva correspondientevigente.

La CTS no está afecta a impuestos.

El responsable del Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones elabora el informe mensualmente y debidamente sustentado de saldos negativos y lo remite al Jefe del Área de Administración de Personal

Oficina d9 Procesos y Estándams / Normas In temes del S9f'licio Parlsmentario Página 5 de 10

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Directiva "Procedimientos para efectuar la liguidacfón de beneficios sociales ES COPIA FIEL DEL ORIGJNAL

..... ÉRiiiiiiiifio°FiiiiifüAlAi.'éf"·· etretat!o Técnico de la Oficialía Mayo,

quien eleva al Jefe del Departamento Recurs@ºNdffl§nos. Finalmente, el Jefe del Departamento de Recursos Humanos remite al Departamento de Finanzas la informacióñ de saldos negativos para su registro en las cuentas por cobrar y dispone las acciones correspondientes para recuperar dichos pagos, de cuyo resultado se informará al Departamento de Finanzas para el registro contable correspondiente.

Los pagos adicionales de vacaciones truncas, vacaciones no gozadas, gratificaciones truncas, reintegros y otros reflejados en la liquidación de beneficios sociales, a excepción de la CTS, se encuentran afectos a los descuentos de Ley .

. 6.4 De la entrega del certlficado de rentas y retenc[ones.

En el caso de rentas de quinta categoría, cuando el contrato de trabajo se extinga antes de finalizado el ejercicio, se extiende por duplicado el certificado del impuesto a la renta de quinta categoría, por el periodo trabajado en el año calendario.

El certificado es entregado por el Departamento de Recursos Humanos.

6.5 Del proceso de elaboración y conceptos del cálculo de la liquidación de

Compensación por Tiempo de Servicios de los Congresistas.

Debe elaborarse al término del periodo parlamentario o en caso de cese por las razones indicadas en el Reglamento del Congreso de la República y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo 276 y el Artículo 22

º del Reglamento del Congreso de la República (inciso g), de manera anual, por dozavos y treintavos efectivos. La CTS de los Congresistas se paga anualmente mediante disposición superior que se autorice por Acuerdo de Mesa.

Asimismo, según Acuerdo N' 131-2003-2004/MESA-CR, al término del periodo parlamentario, y para proceder al pago de la Compensación por Tiempo de Servicios, o algún otro concepto que disponga la institución con ocasión del término del periodo parlamentario, el Congresista debe acreditar la devolución al Grupo Funcional de Control Patrimonial def Departamento de Logística, de todos los bienes que le fueron entregados para su oficina en su circunscripción electoral, en el mismo estado en que lo recibieron, salvo desgaste por el uso racional.

6.6 Del proceso de elaboración y conceptos del cálculo de -la liquidación de

beneficios sociales de los servidores sujetos al Régimen Laboral Público.

Debe elaborarse al cese del servidor de conformidad con lo dispuesto por el inciso e) del Artículo 54º del Decreto Legislativo 276 modificado por el Articulo 1º de laLey Nº 25224.

La Compensación por Tiempo de Servicios se otorga sólo al personal nombrado al momento del cese por el importe deí 50% de su remuneración principal para los servidores con menos de 20 años de servicios o de una remuneración principal

ORcfna d& Procesos y E:stándates I Normas lnlffmas del Se1Vlclo ParlBmf!ntario P;jgina 6 de 10

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ES cop7A1,!',ll�,¡j�J!ioR1GINAL Directiva "Procedimientos para efectuar la liquidación de beneficios sociales

··-··· Riii)ffifici"iiivERIÜAZ0°0000

ecretarJo Técnico de la Olicialia Mavor

para los servidores con 20 o más años de servicios por cada a�t?i15Wi�eto o

fracción mayor de 6 meses y hasta por un máximo de 30 años de seivicios.

Corresponde también el pago de Vacaciones Truncas que son determinadas por dazavos y treintavos, hasta el momento del cese del trabajador. Es elaborado de acuerdo a la información generada y revisada por el Grupo Funcional de Registro y Control de Personal. La información se obtiene del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).

Vacaciones No Gozadas: Son aquellas que corresponden cuando el trabajador cumplió con su récord vacacional normado por la ley y no hizo uso del descanso vacacional. Se elabora de acuerdo a la información generada y revisada por el Grupo Funcional de Registro y Control de Personal. La información se obtiene dei Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).

6.7 De la previsión de recursos presupuestales para el pago de Compensación por Tiempo de Servicios y otros Beneficios Sociales.

El Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones elabora la información para la formulación del presupuesto anual de la institución, con el fin de atender las liquidaciones de Compensación por Tiempo de Servicios y otros derechos laborales; así como los requerimientos presupuestarios a ser incluidos en los respectivos calendarios de compromisos mensuales y/o anuales para atender dichas obligaciones.

La referida información debe ser refrendada por el Jefe del Área de Administración de Personal y por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos y remitidas por este último a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la que debe incorporarse en el proyecto de presupuesto anual institucional y en la correspondiente solicitud de calendario de compromisos.

6.8 Del proceso de pago de la liquidación de beneficios sociales.

6.8.1 El Departamento de Finanzas recibe la planilla de liquidaciones de beneficios sociales, debidamente, comprometida y aprobada en la fase de compromiso en el sistema SIAF, es derivada a control previo y posteriormente al Área de Contabilidad para la fase de devengado, luego de lo cual es remitida al Área de T esoreña, para su posterior derivación al Grupo Funcional de Giros y Conciliaciones donde se elabora el comprobante de pago y se emiten los cheques respectivos, retornando toda la documentación a las Áreas de Teso re ría y Contabilidad y al Departamento de Finanzas para las autorizaciones, visados y firmas correspondientes, de conformidad con los procedimientos establecidos, para su remisión final al Grupo Funcional de Caja que se encargara de realizar el pago respectivo.

la

s y Estándares/ Nonnas lntemss del SBNicio Parlamentario Página 7 de 10

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Direc{Jva "Procedimientos para efecryar fa fiquidación de benefjcfos socia/es

····•• ·¡¡¡¡¡¡¡iijfici"ifüiEiíA LA20·-·ewatarJo Técnico de la Oficla!ía M.:,.,¡or

6.8.3 El personal cesado debe acercarse al Grupo Funcional li�ºf!f/Me9icios y Liquidaciones para recabar su planilla de liquidación, con una fotocopia de

la constancia de devolución del Fotocheck, entregada por el Grupo

Funcional de Registro y Control de Personal, y el cargo de presentación de

la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas de los funcionarios yservidores a quienes corresponda conforme a la Ley Nº 27482.

El personal responsable de la entrega del cheque correspondiente, solicita la exhibición de la planilla de liquidación al personal cesado como conformidad de la entrega de la documentación del párrafo anterior al Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones, procediendo posteriormente a la entrega del cheque.

El Grupo Funcional de Beneficios y Liquidaciones debe archivar y custodiar un original de las planillas de liquidaciones firmadas por los beneficiarios.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente directiva reemplaza y deja sin efecto a la Directiva Nº 10-2004-DGA/CR del mismo nombre.

BASE LEGAL

Ley Nº 25129, que establece que los trabajadores de la actividad privada cuyas

remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, percibirán Asignación Familiar. Ley Nº 27735, Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del régimen de la actividad privada por Fiestas Patrias y Navidad. Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborables. Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal. Decreto Ley Nº 19990, Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social. Decreto Ley Nº 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990, sus modificatorias y conexas. Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y sus modificatorias. Decreto Legislativo Nº 713, que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-92-TR. Decreto Legislativo Nº 774, Ley del Impuesto a la Renta, y sus modificatorias. Decreto Legislativo Nº 857, que modifica algunos artículos del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios. Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y sus modificatorias.

Págino 8 de 1 a

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Directiva "Procedimientos para efectuar la liquidación de beneficios sociales ES COPIA Ftl!f.l\�tt)RIGINAL

....... RÑAÑiio"iiiiiERATAzo·····ecretario Té<:nico de la Oficialia Mayor

Decreto Supremo N' 005-90-PCM, que aprueba el Reglamenltf'!fi,'1�1<:carrera Administrativa. Decreto Supremo NQ 035-90-TR, que fija la Asignación Familiar para los trabajadores de la actividad privada, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva. Decreto Supremo Nº 003-97-TR, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley d e Competitividad y Productividad Laboral. Decreto Supremo N" 122-94-EF, Aprueban el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, y sus modificatorias. T.U.O del Decreto Legislativo N' 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por D.S. 001-97-PCM. Acuerdo Nº 046-94/MESA�CR, Derechos y beneficios de los servidores del CCD. Acuerdo Nº 131-94/MESA-CR, Derechos y beneficios de los servidores del eco:

subsidio por fallecimiento -seguro de vida. Acuerdo Nº 131-2003-2004/MESA-CR, Desactivación de las Oficinas Desconcentradas de Participación Ciudadana del Congreso de la República. Acuerdo Nº 006-2006·2007/MESA-CR. Se aprueba remuneración de los Congresistas de la República Acuerdo N' 062-2013-2014/MESA-CR, Aprueban medidas para mejorar la gestión administrativa. Resolución Directora! que aprueba los Clasificadores para el Año Fiscal y Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento para el año fiscal. Resolución Directora! que aprueba la Directiva de Tesorería para el año fiscal. Directiva para la aprobación, ejecución y control del proceso presupuestario del Sector Público para el año fiscal. Reglamento del Congreso de la República. Reglamento Interno de Trabajo del Congreso de la República. Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Parlamentario. Manual de Organización y Funciones del Servicio Parlamentario. cuadro para Asignación de Personal del Servicio Parlamentario.

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Directiva "Procedimientos para efectuar fil liquidación de beneficios sociales 71 ABR. 2016

ES coprA FIEL DEL ORIGINAL

9. ÍNDICE ..... ERNANDO 0

RIVERA LAZO •••.

ecretarjo Técnico de: la Ofü;ia)ía Mayor • FEDATARIO

1. OBJETIVO ............................................................................................................................................. 1 2. FINALlDAD ............................................................................................................................................ 1 3. ALCANCE ............................................................................ .................................................................. 1

4. MODIFICACIONES Y ACTUALJZACIONES .................................................................................... 1 5. DISPOSICIONES GENERALES ........................................................................................................ 1

6.

7.

8.

9.

5.1 De la información necesaria para la elaboración de las planillas de liquidaciones de beneficios sociales . .................................................... .............. .................................................... 1

5.2 De la celeridad, idoneidad y oportunidad en el procesamiento de la información . ............ 2 DISPOSICIONES ESPECIFICAS ...................................................................................................... 2 6.1 De los plazos máximos de recepción de información para procesar las planillas . ............ 2 6.2 Del proceso de elaboración de las planillas de liquidación de beneficios sociales de los

trabajadores . ................................................................................................................................. 3 6.3 De los conceptos del calculo de la liquidación de beneficios sociales sujetos al Régimen

l.aboral Privad�. (Resumen de Liquidación) . .......................................................................... .4 6.4 De la entrega del certificado de rentas y retenciones . ........................................................... 6 6.5 Del proceso de elaboración y conceptos del cálculo de la liquidación de Compensación

por Tiempo de Servicios de ros Congresistas . ....................................................................... 6 6.6 Del proceso de elaboración y conceptos del cálculo de la liquidación de beneficios

sociales de los servidores sujetos al Régimen Laboral Püblico . .......................................... 6 6.7 De la previsión de recursos presupuestales para el pago de Compensación por Tiempo

de Servicios y otros Beneficios Sociales . ................................................................................. 7 6.8 Del proceso de pago de la liquidación de beneficios sociales . ............................................. 7 6.9 Del archivo de las liquidaciones pagadas y la documentación de sustento . ...................... 8 DISPOSICION FINAL .......................................................................................................................... 8 BASE LEGAL ........................................................................................................................................ 8 INDICE ................................................................................................................................................. 10

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