Resolución SE N° 2186-2010 MTEySS

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Resolución de la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación que regula el Programa de Inserción Laboral

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    ~ '.. .."2010 -AriiO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCJON DE MAYO"

    ~~deP7~~@~,eo JI._/ ; f fWl' i r iad . .:foetal

    2186BUENOS AIRES, 2 9 0 I C 2010

    VISTO el Expediente N 1,107,561/05 del Registro del MIN/STERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Resoluciones del MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N 45 del 16 de enero de 2006 ysus modificatorias, y N 1.440 del 13 de diciembre de 2010, las Resoluciones de laSECRETARiA DE EMPLEO N 680 del 11 de septiembre de 2006, 261 del 13 demayo de 2008, N 241 del 18 de marzo de 2009, N 1.554 del 30 de diciembre de2009, Y N 632 del 3 de junio de 2010,

    CONSIDERANDO:Que por la Resolucicn MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

    SEGURIDAD SOCIAL N 45/06 se creo el PROGRAMA DE INSERCION LABORALque tiene por objeto promover la lncorporacion de trabajadoras y trabajadoresdesocupados en empleos de calidad, mediante la aslqnacion de una ayudaeconornica mensual que podra ser descontada de su salario por los empleadorescon los que ce/ebren un contrato laboral.

    Que por la Resoluci6n del MIN/STERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGUR/DAD SOCIAL N 1.440, del 13 de diciembre de 2010, modificatoria de laResoluci6n antes citada, se unificaron bajo el marco normativo del PROGRAMA DEINSERC/ON LABORAL otros incentivos econ6micos y acciones de promoci6n delempleo asalariado impulsados par este Ministeria.

    { I I Que a partir de dicha rnodiflcaclon, el~

    PROGRAMA DE INSERCION

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    21a6LABORAL se compone de TRES (3) lineas de accion: 1) la Linea de Promoci6n delEmpJeo Asalariado en el Sector Privado, 2) la Linea de Promoci6n del EmpleoAsalariado en el Sector Publico Y 3) la LInea de Promoci6n del Empleo Asalariadopara Trabajadores con Discapacidad.

    Que la Resoluci6n del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL N 1.440/10 amplla la cobertura del PROGRAMA DEINSERCION LABORAL, al incluir entre sus destinatarios a trabajadoresdesocupados con discapacidad y a trabajadores desocupados con dificultades deinserci6n en el empleo.

    Que en orden a los nuevos alcances y lineamientos del PROGRAMA DEINSERCION LABORAL, resulta necesario dictar un nuevo reglamento que regule sufuncionamiento, aprobar sus instrumentos operativos y adecuar los marcosregulatorios de otros programas 0 acciones de empleo implementados par estaSecreta ria con los que se interrelaciona.

    Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por losartlculos 12 Y 17 de la Resoluci6n del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL N 45/06 Ysus modificatorias.

    Par ella,

    EL SECRETARIO DE EMPLEORESUELVE:

    ARTicULO 1._ Apruebase el Reglamento del PROGRAMA DE JNSERCIONLABORAL, que obra como ANEXO I de la presente Resoluci6n.

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    2186~~ de c : ? T ~ Jg~~ :!IJ~J'odaIARTicULO 2.- Apruebanse los instrumentos operatives del PROGRAMA DEINSERCION LABORAl, que forman parte integrante de la presente Resoluci6n yque a continuaci6n se detallan:

    1) ANEXO II: Carta de Adhesi6n para Empleadores Privados;2) ANEXO III: Carta de Adhesi6n para Organismos Publicos:3) ANEXO IV: Formulario de Baja, Modificaciones y/o Desvinculaciones;4) ANEXO V: Formulario de Solicitud Reconocimiento de Gastos.

    ARTicULO 3._ Abr6ganse las Resoluciones de la SECRETARiA DE EMPlEO N680/06, N 1.554/09 YN 632/10.ARTicULO 4._ Limitase la aplicaci6n del articulo 2 de Ia Resoluci6n de laSECRETARiA DE EMPlEO N 241/09 a los participantes del SEGURO DECAPACITACION Y EMPlEO que tuvieran un contrato de empleo publico enejecuci6n al momenta de la entrada en vigencia de la presente medida.ARTicULO 5._ Facultase a la SUBSECRETARiA DE POLiTICAS DE EMPlEO YFORMACION PROFESIONAl a aprobar los instrumentos operativescomplementarios que resulten necesarios para la implementaci6n del PROGRAMADE INSERCION LABORAL.ARTicULO 6._ Comunlquese, pubJrquese, dese a la Dlreccion Nacional del RegistroOficial yarchivese.

    RESOlUCION S.E. N 2186

    Lie. ENRIQUE DEISE8ECIU;TARIO os SMPL..O

    M. T.E. Y 6.6.

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    e~.cleP7~J

    0mft1~!I./~ Jociai

    J"2010 - ANO DEL SICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO

    2186

    A N E X O I

    P RO GR AM A D E IN SE RC IO N LA BO RA l

    - R EG LA M EN T O -

    S UM A R I O

    T IT ULO 1- DIS PO SIC IO NE S G ENE RA LE S

    T iT U LO 11- DE LA S LIN EA S DE AC CI6NC APITU LO I - LlN EA DE PR O M OC I6N D El EM PlEO ASAlAR IADO EN El SEC TO R PR IVAD OC ApfTULO 11- LlN .EA D E PR O MO CI6N D EL EM PlEO ASALAR IAD O EN EL S EC TO R PU BLIC OC APITU LO III - L fN EA D E PR OM OC I6N D EL EM PlEO ASALAR IAD O PAR A TR ABAJAD OR ES C O N D ISC APAC ID AD

    T fT UL O 1 11 - D E L A O PE RA TO RIAC APiTU LO I - D E LA AD H ESI6N E IN C O RPO RAC I6N D E TR ABAJAD O RESCAPITULO If - D E L O S E M PlE A DO R ESC AP IT UL O III - D E L OS T RA BA JA DO RE SC APiTU LO IV - D E LA AYUD A EC ON 6M IC AC AprTU LO V - D E LA S R EC LA MA CIO NE SC APfTUlO VI - D EL R ECO NO CIM IEN TO D E G ASTOSC AP fTU LO V If-M ED ID AS P RE CA UTO RIA S Y S AN CIO NE SC APiTU LO VIlI- D E l SEG UIM IENTO TECN IC O, LA SU PERVIS I6N Y EL S ISTEM A D E C O NTRO L

    T IT ULO IV - DIS PO SIC IO NE S CO MP LEM ENT A R IAS Y T R AN SIT O RIAS

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    2186~ckCY~o~t f f m f t / ~ lI./o/jW~'-/ooia/TITULO I

    D IS PO SIC IO NE S G EN ER AL ES

    ARTICULO r.- Objeto. EIPROGRAMA DEINSERCIONLABORAL tiene por objeto promover la lnsercionde trabajadores desocupados en empleos de calidad, mediante la aslgnacion de una ayudaeconomica a sus destinatarios que podra ser descontada de su salario por los empleadores con losque celebren un contrato de trabajo 0 inicien una relacion de empleo publico.ARTICULO 2_ L ine as d e A cc i6 n. EI PROGRAMA DE INSERCION LABORALse implernentara a traves delas siguientes Ifneas de accion:

    1) Linea de Promoci6n del Empleo Asalariado en el Sector Privado;2 ) linea de Promoci6n del Empleo Asalariado en el Sector Publico;3) Linea de Promoci6n del Empleo Asalariado para Trabajadores can Discapacidad.

    ARTICULO 3D,_ Destinatar ios . Podran ser contratados en el marco del PROGRAMA DE INSERCIONLABORAl:

    1) trabajadores desocupados mayores de DIECIOCHO (18) alios incluidos en el SEGURO DECAPACITACION Y EMPLEO, en el PROGRAMA JOVENES CON MAs Y MEJOR TRABAJO a enotros programas 0 acciones ejecutados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIOADSOCIAL;

    2 ) trabajadores desocupados mayo res de DIECIOCHO (18) afios con discapacidad;3) trabajadores desocupados mayores de DIECIOCHO {18} afios que presenten dificultades de

    lnserclon en el empleo, de acuerdo a la evaluaci6n y /o criterios que fije la SUBSECRETARfADE POLITICASQEEMPLEOY FORMACION PROFESIONAL

    ARTICULO 4,_ D estina ta rio s - R egim en espec ia l. Los trabajadores desocupados incluidos en elPROGRAMA JEFESDE HOGAR0 en el PROGRAMA DE EMPLEOCOMUNITARIO para ser incorporadospar un empleador al PROGRAMA DE INSERCION LABORAL deberan adherir al SEGURO DECAPACITACIONY EMPlEO 0al PROGRAMAJOVENESCON MAs Y ME10R TRABAJO.

    En et caso de no reunir los requisites de accesibilidad al SEGURO DECAPACITACIONY EMPLEOo al PROGRAMA JOVENESCON MAs Y MEJOR TRABAJO, los trabajadores podran ser incorporados atraves de las opciones previstas por et articulo 3D, en sus incisos 2) 0 3), cesando de oficio supartlclpaclon en el PROGRAMA JEFESDEHOGAR0en el PROGRAMA DEEMPLEOCOMUNITARIO.ARTICULO 5._ Dest in at ari os - R eq ui si to s e sp ec fi co s. Los trabajadores desocupados comprendidosen los incises 2) y 3) del articulo 3D, deberan reunir los siguientes requisitos:

    1) tener residencia permanente en el pais;2) contar con Libreta de Enrolamiento (l.E.), Libreta Civica {l.C.} 0 Documento Nacional de

    Identidad {D.N.!.} y Codigo Unico de Identificaci6n laboral (C.U.I.l.);3) registrar su Historia Laboral en la Plataforma Informatica de la Red de Servicios de Empleo;4) en el caso de trabajadores con discapacidad, para ser incluidos en la linea de PROMOCION

    DEL EMPLEO ASALARIADO PARA TRABAJADORES CON OISCAPACIDAD, adernas de losrequisitos seiialados en los Incises anteriores, deberan contar con certificado dediscapacidad expedido en el marco de la Ley N 22.431 a norma similar de alcance(1 provincial 0municipal.e-

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    2 186.vIte 'Ju~ck ;?T~J$mjt/eo lIJ~./ociai

    ARTICULO 6"._ Empleadores. Podran participar en el PROGRAMA DE INSERCION LABORALempleadores del sector publico 0 privado inscrlptos en el Regfstro de Jnstituciones de Capadtaci6n yEmpleo de la SECRETARIADEEMPlEO.ARTicULO 7".- Ayuda economtca. los trabajadores incorporados al PROGRAMA DE INSERCJONLABORAL perciblran en forma directa una ayuda econ6mica mensual a cargo del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEOY SEGURJDADSOCIAL, conforme se establece en el presente Reglamento.ARTicULO 8".- Ayuda economica -Integracion 01salario. los empleadores adherentes al PROGRAMADE INSERCION LABORAl pod ran contabilizar como parte del salado la ayuda econ6mica mensual acargo del MINISTERJO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y abonaran a los trabajadorescontratados, como mlnimo, fa diferencia necesaria para alcanzar el salario establecido para lacategorfa laboral que corresponda, de acuerdo con las norm as legales y convencionales que resultenaplicables.

    La ayuda econ6mica mensual a cargo del MfNISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURJDADSOCIAL debera ser inclulda como parte de la remuneraci6n para el calculo de las contribucionespatronales y los aportes personales a ingresar a los institutos de la Seguridad Social.ARTiCULO 9".- Ayuda economica - Naturaleza. La ayuda econ6mica abonada a los trabajadoresincluidos en el PROGRAMA DE INSERCIONLABORAl constituye un subsidio al empleo y no configuravinculo laboral con el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ni genera suresponsabilidad solidaria respecto de las obligaciones que son propias del empleador.

    TiTULO II

    DELAS llNEAS DEACCI6N

    - CAPiTULO I -

    liNEA DEPROMOCI6N DELEMPlEO ASALARIADO ENELSECTORPRIVADO

    ARTiCULO 10.- Objeto. la linea de PROMOCION DEL EMPlEO ASALARIADO EN El SECTORPRIVADOtiene por objeto subsidiar la contrataci6n laboral de trabajadores desocupados a traves de lasmodalidades reguladas por:

    I} la ley W 20.744 de Contrato de Trabajo, con excepci6n de la modaHdad de trabajo eventualprevista en su articulo 99;

    2) la ley W 22.248 del Regimen Nacional de Trabajo Agrario;3} la ley W 22.250 del Regimen legal de Trabajo enla Industria de la Construccion.Estaran comprendidos en los alcances de la presente LInea los trabajadores del PROGRAMA

    TElETRABAJO A PARTIR DE lOS 45 ANOS. UN NUEVO DESAFfo, que sean contratados por micro,pequefias 0medianas empresas participantes del citado Programa.ARTICULO 11.- Contrato a plazo fijo. En el caso de fa contratacion bajo fa modalidad de plazo fijo,normada por Ia ley W 20.744, en sus artfculos 90, 93, 94 Y 95, el empleador interesado solo podrah adherlr a t PROGRAMA DE INSERCIONLABORAL si la contrataci6n fuera por un plazo igual 0mayor a(j U N 11 ) afio.

    ~.

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    2186.Att~ak f!7~J@mjtI~11J~ddad ..odal

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    EI plazo minimo antes establecido no sera apllcable cuando ef empleador incorpore a untrabajador que se encuentre en el periodo de receso de un contrato de temporada celebrado conotro empfeador.ARTfcUlO 12.- Empleadores. Podran adherir a fa lfnea de PROMOCfON DEl EMPlEQ ASALARIADO ENEl SECTORPRIVADO:

    I} empresas privadas;2 ) personas juridicas privadas sin fines de lucro.

    ARTfcULO 13.- Empleadores - Limitaci6n. No podran acceder a la linea de PROMOCION DEl EMPlEOASALARIADOENEl SECTORPRIVADOempleadores que:

    1) realizaron despidos colectivos dentro de los SEIS(6) meses previos a la solicitud de adhesion;2 ) han sido sancionados por empleo no registrado y no regularizaron su sltuacion:3) incumplan con sus obUgaciones como empleadores frente al Sistema de la Seguridad Social.

    ARTicULO 14.- Despidos colectivos. A los efectos del presente regimen, se entendera que unempleador reatizo despidos colectivos:

    1) cuando integren su planta de personal de UNO (1) a SEIS (6) trabajadores, y hubieradespedido al CINCUENTA PORCIENTO (50 % ) 0mas de ella;

    2 ) cuando lntegren su planta de personal de SIETE(7) a VEINTE (20) trabajadores, y hubieradespedido al CUARENTAPORcrENTO (40 % ) 0mas de ella;

    3) cuando integren su planta de personal de VEINTIUN (21) a CUARENTA (40) trabajadores, yhubiera despedido al TREINTA PORCIENTO (30 % ) 0mas de ella;

    4) cuando integren su planta de personal de CUARENTA Y UNO (41) a DOSCIENTOS (200)trabajadores, y hubiera despedido al VEINTE PORCIENTO (20 % ) 0mas de ella;

    5} cuando integren su planta de personal mas de DOSCIENTOS (200) trabajadores, y hubieredespedido al QUINCE PORCIENTO (15 %) 0mas de ella.

    ARTiCULO 15.- De terminaci6n de los Despidos colectivos. Pa ra el control de la no incursion endespidos colectivos, la Gerencia de Empleo y Capacltaclon laboraf confrontara la informacionobrante en la base de datos del Sistema Integrado Previsional Argentino respecto del personaldeclarado por el empleador, en los SEIS (6) meses previos y al momento de fa presentation de lasoJicitud de adhesion af Programa.ARTICULO 16.- Plazos de adhesi6n. los empleadores podran incorporar trabajadores a la Unea dePROMOCION DEl EMPlEO ASAlARIADO EN ELSECTORPRIVADO por un plazo minimo de UN (1) mesy maximo de SEIS(6) meses. EIplazo maximo podra extenderse a NUEVE (9) meses cuando contratentrabajadores desocupados mayores de CUARENTAY CINCO (45) afios, A tal efecto, se considerara laedad del trabajador al momento del inlclo de fa relaclon laboral.ARTiCULO 17.- Ayuda econ6mica - Montos. los trabajadores incorporados a fa LInea de PROMOCIONDEl EMPlEO ASALARIADO ENEl SECTORPRIVADOpercibiran una ayuda economlca mensual a cargodel MINISTERIO DETRABAJO, EMPlEO YSEGURIDADSOCIALde:

    1) PESOSUN MIL ($ 1.000), cuando fueran contratados a tiempo completo;2) PESOSQUINIENTOS ($ SOD) , cuando fueran contratados a tiempo parcial.En el caso de trabajadoras mujeres, a partir del cuarto mes de su contrataci6n los montos de

    las ayudas eccnomlcas previstas en los incisos 1) y 2) ascenderan a PESOSUN MIL DOSCIENTOSCINCUENTA ($ 1.250) Y PESOSSEISCIENTOSVEINTICINCO ($ 625), respectivamente.

    ? .

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    ~:OdeqT~JSmjtleo yJ~~/ooiai

    E n el caso de trabajadoras m ujeres m ayores de C UA RE NTA V C IN CO (45) afios, a partir delse ptim o m es de su co ntra taci6 n lo s m onto s d e la s a yud as e co norn lca s esta ble cida s e n lo s in cise s 1 ) y2 ) ascenderan a P E S O S U N M il Q U IN IE N T O S ($ 1 .50 0) Y S E TE C JE N TO SC IN C UE N TA ($ 750),respectivamente.A R TIC U LO 1 8.- inteqracion de otras prestaciones dinerarias. P ara la lntegracion de las ayudaseconornlcas m ensuales descrip tas en el articu lo 1 7, se contablllzaran las p restaciones dinerariasm ensuales que los trabajadores perciban, por igual periodo, en el m arco del S E G U R O D EC A P A C IT A C IO N V E MP lE O 0 e n o tra s a cc io ne s 0 p ro gra m as d el M I NIS T E RIO D E T R A BA JO , E M P lE O VS E G U R ID A D S OC IA L co mp atib le s c on e l P R O G R A M A D E IN S E R CIO N lA B O R ALA R TIC U LO 1 9.- Mantenimiento de 1 0 planta. los em pfeadores que participen en fa linea deP R OM OC IO N D EL E M PlE O A S ALA R IA D O E N E l S EC TO R P RIV A D O deberan m antener, durante suparticipacidn, com o m lnim o la cantidad de personal declarada al m om ento de su adhesion, con lasexcep ciones propias de las actividades de tem porada, de la construccion 0 cua nd o la re duccio no be de cie re a la d ec is io n d e l os tra ba ja do re s.

    - C A PIT U LO II -L iN E A D E P R OM O C I6 N D E L E M P LE O A S AL AR IA D O E N E L S E CT O RP U BL IC O

    A R T ic UL O 2 0.- Objeto. L a L inea de P RO M O CIO N D El E M PL EO A SA LA RIA DO E N E l S EC TO RP UB LIC Otiene p or objeto p rom over la insertion laboral de trabajadores desocup ados en em pleos de calidaden la adm inlstraclon publica. .A R T IC U L O 2 1 .- Empleadores. P odran adherir a la linea de P RO M OC rO N D EL E M PlE O A SA LA RrA DO E NE l S E CT O R P U BL IC O org an ism os p ub lico s na cio nafe s, p ro vincia le s, m un icip ales y e nte s p ub lic osautarquicos 0 descentralizados.A R T IC U L O 2 2 .- Plazos de adhes ion. los em pleadores p ubllcos p odran lncorp orar trabajadores a laL inea de P RO M OC IO N D El E M PlE O A SA LA RIA DO E N E l S EC TO RP UB LIC O p or un p lazo rnfn lrno de U N(I) m es y por un m axim o de D OC E (12 ) m eses.A R TicU LO 2 3.- Modalidad contractual. La contrataci6n de trabajadores en el m arco de la L inea deP R O M O C IO N D E l E M P LE O A S A LA R IA D O E N E L S E C TO RP U B LIC O d e be ra a de cu ars e a la s m o da lid ad esp re vis ta s p or la s n orm as re gu la to ria s d el e mp le o p ub lic o e n la [u rls dlc clo n.N o podran incorporarse trabajadores en la presente L inea para su contrataclon bajo lasm od alid ad es d e lo ca cio n d e o bra 0de serv ic ios .A R Tic UL O 2 4.- Ayuda e co nomi ca - Mantas. lo s tra baja do re s in co rp orad os a la L In ea d e P R OM O C IO ND E L E M P lE O A S AL AR IA D O E N E L S E CT O RP U BL IC O p ercib ira n u na a yud a e co norn ica m en su al a ca rg od el M I N IS T E R IO D E T R A B A JO , E M P l E O V S E G U R ID A D S O C I AL d e h as ta :

    1) P E S O SU N M I L ($ l .OOO) , cua nd o fu era n co ntra ta do s a tie mp o co mp lete :2 } P E SO SQ U IN IE N T O S ($ 5 00 ), c ua nd o fu era n c on tra ta do s a tie mp o p arc ia l.

    A R T iC U L O 2 5 .- Ayuda ec onomic a - Lfmites. la ayuda econom lca m ensual a cargo del M IN IS TE RIO D ET R A B A J O ,E MP lE O V S E G U R I D AD S O C I A L n o p o dr a e xc ed er:

    1) e l S E TE N T AV C IN C O P O R C IE N T O ( 7 5 % ) d el sa la rio e sta blecld o p ara la ca te go ria lab ora l e nla que se contrata al trabajador, cuando este fuera m enor de C UA RE NT A V C IN C O ( 45 ) a f'i os ;

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    Z 186,tvm~ d e q-~~c f f m j t l . e o JI'/~ Joda l

    2) eJ NOVENTA POR CIENTO (90 % ) del salario establecido para la categoria taboral en la quese contrata al trabajador, cuando este tuviera CUARENTAYCINCO (45) alios 0 mas.

    A los efectos del presente articulo, se considerara la edad del trabajador af momento del iniciode fa relaci6n de empleo publico.ARTICULO 26.~Ayuda econ6mica - Invariabilidad. EI monto de la ayuda econ6mica mensual a cargodel MINISTERIO DE TRABAJO, EMPlEO Y SEGURIDAD SOCIAL se determinara al momento de faaprobaclon de la adhesion del empfeador y se mantendra sin variaciones durante todo ef plazo deincorporaclon del trabajador, aun cuando haya modificaciones en el salario.ARTicULO 27.~ tnteqrocion de otras prestaciones dinerarias. Para fa integracion de las ayudasecon6micas mensuales descriptas en el articulo 24, se contabllizaran las prestaciones dinerariasmensuales que los trabajadores perciban, por igual perlodo, en ef marco del SEGURO DECAPACiTACION Y EMPLEO 0 en otras acetones 0 programas del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEOYSEGURIDADSOCIALcompatibles con el PROGRAMA DE INSERCIONLABORAL.

    ~CAPITULO III ~

    liNEA DEPROMOCION DELEMPlEO ASALARIADO PARA TRABAJADORESCON DISCAPACIDAD

    ARTICULO 28.~ Objeto. La linea de PROMOCION DEL EMPLEO ASALARIADO PARA TRABAJADORESCON DISCAPACIDADtiene por objeto promover la Inserclon laboral de trabajadores con discapacidaddesocupados en empleos de calidad dentro del sector publico 0privado.ARTIcULO 29.- Empleadores. Podran contratar trabajadores con discapacidad a traves de la linea dePROMOCION DELEMPlEO ASALARIADO PARATRABAJADORESCON DISCAPACIDAD:

    1) organisrnos publicos nacionales, provinciales, municipales y entes publlcos autarqulcos 0descentralizados;

    2) empresas del sector privado;3} personas juridicas privadas sin fines de lucro.

    ARTicULO 30.- Emp/eadores del Sector Privado. seran apJicables a Ios empleadores indicados en elarticulo 29, incisos 2) y 3), las prohibiciones previstas en ef articulo 13 y la obligaclon estabfecida enel articulo 19 del presente Regfamento.ARTicULO 31.~Plazos de adhesi6n. Los empfeadores podran r tnco rpo ra r trabajadores candiscapacidad a la linea de PROMOCION DEL EMPLEO ASALARIADO PARA TRABAJADORES CONDISCAPACIDAD par un plazo minimo de UN (1) mes y por un maximo de DOCE (12) meses. laSUBSECRETARfADE POLlTICAS DE EMPLEOY FORMACION PROFESIONAL,a sollcitud fundada de laUnidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, podra extender a DIECIOCHO (1S)meses el plazo limite antes indicado.ARTfcULO 32.~Ayuda economico - Montos. Los trabajadores incorporados a fa linea de PROMOCrONDEL EMPLEO ASALARIADO PARA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD perclbiran una ayudaecon6mica mensual a cargo del MINISTERIO DETRABAJO, EMPlEO Y SEGURIDADsocui de:

    1} PESOSUN MIL QUINIENTOS ($ 1.500), cuando fueran contratados a tiempo completo;2) PESOSSETECIENTOSCINCUENTA ($ 750), cuando fueran contratados a tiempo parcial.

    ~ ..

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    J(oinidem;o,~g-~,@ m j d e o IIJ~dad L / O < : i a I

    /1

    21 a 6.ART I CU L O 33.~ Ayuda economica - Sector Publico - LImite. En el caso de trabajadores condiscapacidad contratados por empleadores del sector publico, la ayuda econ6mica mensual a cargodel MINISTERIO DE TRABAJO, EMPlEO Y SEGURIDAD SOCIAL no podra exceder el NOVENTA PORCIENTO (90 % ) del salario establecido para la categoria laboral que corresponda. Et monto de ayudaeconornica mensual que se determine at momenta de fa aprobaci6n de la adhesi6n del empleador sernantendra sin variaciones durante to do el plazo de incorporaci6n del trabajador, aun cuando hayamodificaciones en el salario.ART ic U L O 34.- Integracion de otras prestaciones dinerorias. Para la integraci6n de las ayudasecon6micas mensuates descriptas en el articulo 32, se contablllzaran las prestaciones dinerariasmensuales que los trabajadores perciban, por iguaJ periodo, en eJ marco de otras acciones 0programas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPlEO Y SEGURIDAD SOCIAL compatibles con elPROGRAMA DE INSERCIONLABORAL.

    T iT U LO III

    D E L A O PE RA TO RIA

    - CA P IT U lO I -

    DE LA A DH E SI6N E IN CO R P O RA C I6 N DE T RA B A JAD O R ES

    ART ic U L O 35.- Sector Privado - Adhesion. los empleadores del sector privado interesados enincorporar trabajadores a la Linea de PROMOCION DEl EMPLEO ASALARIADO EN EL SECTORPRIVADO 0 de Ja LInea de PROMOCION DEL EMPlEO ASALARIADO PARA TRABAJADORES CONDISCAPACIDADdeberan presentar, aJmenos QUINCE (15) dias hablles antes def lnlclo del contrato detrabajo, ante JaOficina de Empleo de fa Red de Servicios de El1'IpJeocorrespondiente a su domicilio,la siguiente documentacion:

    1) Carta de Adhesi6n para Empleadores Privados (ANEXO II), donde identlflcaran a lostrabajadores a lncorporar, indica ran el plazo de incorporaci6n y describlran la modafidad ycondiciones de la contrataci6n;

    2 ) Copia certificada del contrato laboral, cuando se incorporen trabajadores bajo la modalidadde contrato a plazo fijo.

    ART ic U L O 36.- Sector Privado - Registro de adhesion. La Oficina de Empleo registrara en laPlataforma Informatica habilitada los datos correspondientes al empleador y a los trabajadores cuyaincorporaci6n se petlciona, guardara copia de la documentacion aportada y rernitlra los originales ala Gerencia de Empleo y Capacitacion laboral.ART ic U L O 37.- Sector Privado - Aprobacion de adhesion. La Gerencia de Empleo y Capacitaclonlaboral sera la responsable de aprobarlas solicitudes de adhesion e lncorporaclon de trabajadoresregistradas por la Oficina de Empleo. Con tal objeto, podra requerir a la citada Oficina todo tipo deinformacion que estime necesaria para su evaluaclon y/o constitulrse en los dornlcit ios del empJeadoro de los trabajadores para constatar la veracidad de los datos asentados.

    La Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, en el caso de la linea dePROMOCION DEL EMPlEO ASALARIADO PARA TRABAJADORESCON DISCAPACIDAD, Y la Direcci6nNacional de Promoci6n del Empleo, en el caso de la Linea de PROMOCI6N DELEMPLEOASALARIADO

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    .Att~ d e ?~O~@mjtko JfJ~~/ociaI

    DEL SECTORPRIVADO, podran requerir a las Gerencias de Empleo y Capacitaci6n Laboraf fadocumentaci6n presentada por los empleadores, cuandolo entiendan necesario.ARTicuLO 38.- Sector Publico - Adhesi6n. Los empleadores del sector publico interesados encontratar trabajadores a traves de fa linea de PROMOCI6N DEl EMPLEOASALARIADO EN El SECTORP(JBlICO 0 de la linea de PROMOCf6N DEL EMPLEO ASALARIADO PARA TRABAJADORES CONDISCAPACIDADdeberan presenter, al menos QUINCE (15) dfas habiles antes del inicio de Ia relacion,ante la Gerencia de Empleo y Capacitaci6n Laboral 0 ante fa Oficina de Empleo, la slgulentedocumentacion:

    1) Carta de Adhesion para Organismos Publlcos (ANEXO III), donde ldentlflcara a lostrabajadores a incorporar, indlcara el plazo de lncorporaclon y descrlblra Ja modafidad ycondiciones de contrataclon:

    2 ) Copia certificada de las normativas que regulan fa relaci6n de empleo publico y la categoriasalarlal,

    ARTICULO 39.- Sector Publico - Registro - viabttidad. LaOficina receptora registrara en fa PlataformaInformatica los datos correspondientes a la solicitud presentada y, en eJ caso de la Oficina deEmpleo, rernitira la documentacion original a la Gerencia de EmpJeo y Capacitaci6n Laboral de sujurisdicclon.

    La Gerencia de Empfeo y Capacitaci6n taboral controlara la documentaci6n y analizara laviabflidad de la propuesta. De resultar viable, guardara una copia de respaldo y enviara fa Carta deAdhesi6n y la documentaci6n presentada a fa Direcclon Nacional de Promoci6n del Ernpleo 0 a laUnidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, segun corresponda de acuerdo a faLinea de Acci6n, para su aprobaci6n.ARTicULO 40.- Sector Publico - Aprobacion. La Direcci6n Nacional de Prornoclnn del Empleo 0 laUnidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables seran las encargadas de aprobarlassolicitudes' recibidas y de definir el monto de fa ayuda econ6mica a fiquidar a los trabajadoresincorporados.

    Cuando una soficitud sea rechazada, la documentaci6n sera girada en devoluci6n a la Gerenciade Empfeo y Capacitaci6n LaboraJ correspondiente.ARTicULO 41.- Ope ratividad informatica. La aprobaci6n de las adhesiones y fa habilitaci6n decuafquier modificaci6n que impacte sobre los importes, caracteristicas y plazos de su desarrollo,seran operativas mediante su registro en fa Plataforma Informatica.ARTICULO 42.- Resultados del proceso de adhesion. La Gerencia de Empleo y Capacitaclon Laboralnotiflcara, por sf 0a traves de fa Oficina de Empleo, la aprobaci6n 0 denegatoria de las adhesiones,en este ultimo supuesto can expresion de las causas que la sustentan.ARTicULO 43.- tiquidaciones. La aprabaci6n de las adhesiones a traves de fa Plataforma Informaticahabllltara ef inicio del proceso de liquidaci6n de las ayudas econornlcas a favor de los trabajadoresincorporados, con sujeci6n a la dlsponlbllldad presupuestaria.

    - CAPITULO II-DE LOSEMPLEADORES

    ARTICULO 44.~Obligaciones generales. Los empleadores que adhieran al PROGRAMA DE INSERCI6NlABORAL deberan:

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    1) garantizar a los trabajadores incorporados a traves del presente Programa la igualdad detrato respecto de los otros trabajadores de su planta;

    2 ) curnplir con las obligaciones legales a su cargo de acuerdo con las normas aplicables enmateria laboral V de Seguridad Social;

    3) informar a los t r aba j ado res todos los derechos, obl igac lones y requisitos derivados de surelacion Iaboral V de su vinculacion con el Programa;

    4) abonar a los trabajadores la diferencia necesaria para alcanzar el salario establecido para lacategorfa laboral que corresponds, de acuerdo con la normas legislativas vloconvencionales aplicables;

    5) cumplir con sus pagos a fa Seguridad Social por el total de la remuneraclon:6) dejar constancia al momento de liquidar los haberes el compute de la ayuda econornlca

    abonada por el MINISTERIODE TRABAJO,EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL;7) brindar a la Gerencia de Empleo y Cap a c l t a c l o n Laboral la informacion necesaria para elseguimiento y la supervision de las ace tones comprometidas;

    8) s o lic it ar a u to r lz a cl o n a la Gerencia de Empleo y Cap a c i t a c l o n Laboral para realizar algunarnodificacion a su adhesion, a traves del Formufario de Baja, Modificaciones vloDesvinculaciones (ANEXO IV) ;

    9) abonar a su exclusive cargo la t ot al ld ad del salario a los trabajadores incorporados quecontinuen desernpefiandose bajo sus ordenes al concJuir su plazo de adhesion.

    ARTICULO 45.- Obligaciones especiales - Sector Publico. En el caso de tratarse de una relaclon deempleo publico no regls t rada en el Sistema Integrado Previsional Argentino, los empleadores delsector publico debersn presentar ante la Gerencia de Empleo V Cap a c i t a c i o n Laboral, dentro del messiguiente al periodo abonado, copra certificada de los recibos de haberes debidamente conformadospor los trabajadores V su liquidacion en soporte lnforrnatlco.A R T i c U L O 46.- Desvinculaciones. los empleadores deberan solicitar la desvlnculacion de lostrabajadores del PROGRAMA DEINSERCI6N LABORAl ante la Oficina de Empleo:

    1) cuando se extinga el vinculo laboral dentro de la vigencia del plazo de adhesion, conlndicaclon de lacausa;

    2 ) cuando tenga conocimiento que el trabajador incurre en una situacion de incompatibilidad.A tal efecto, los empleadores deberan presentar el Formulario de Baja, Modificaciones vt o

    Desvinculaciones (ANEXO IV ) Y a co r npa f i a r la prueba documental necesarla para acreditar el motivode la desvlnculaclon,

    La Oficina de Empleo reglstrara la solicitud recibida en la Plataforma Informatica y lalncorporara al legajo del trabajador. La Gerencia de Empleo V Capacitacion Laboral aplicara, sin mastramite V a traves del sistema lnformatico, la desvincutaclon solicitada y cornunlcara dicha medida aJa Dlreccion Nacional de Prcmoclon del Empleo 0 a la Unidad para Personas con Discapacidad yGrupos VuJnerables, de acuerdo a Linea de Acclon.A R T i c U L O 47.- DesvincuJaciones ~ Municipio empleador. Cuando un munlclplo sea el empleadordebera solicitar la desvinculaci6n de los trabajadores del PROGRAMA DE rNSERCr6NLABORAl ante laGerencia de EmpJeo V Capacltaclon Laboral acompaiiando la documentaci6n seiialada en el articulo46.ART fc U l O 48.- Reemplazos. los trabajadores incorporados al PROGRAMA DE INSERCION LABORALno pod ran ser reemplazados. En el caso de resultar necesario, el empleador debera solicitar ladesvinculacion del trabajador primeramente incorporado V tramitar una nueva adhesion para elrngresg:baiador

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    ARTICULO 49.- Restriccion. Los empleadores no podran incorporar a un trabajador al PROGRAMA DEINSERCI6N LABORAL por un lapso total que exceda el plazo maximo de adhesion establecido en cada.Linea de A cc io n, a un cuando sea por mas de un vinculo faboral.ARTICULO 50.- Baja de 10 adhesi6n. los empleadores deberan solicitar ante fa Oficina de Empleo 0ante la Gerencia de Empleo y Ca pa clta cio n L abo ra l (cuando el empleador sea un municipio), la bajade su adhesion cuando no resulte posible su continuidad, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48)horas de sobrevenldo el impedimento, mediante la presentacion del Formulario de Baja,Modificaciones y/o Desvinculaclones (ANEXO IV).

    La Oficina de Empleo rernitira el formula rio a la Gerencia de Empleo y Capacitacion laboralpara su apllcaclon sin mas tramite y comunlcacion a la Direccion Nacional de Prornocion del Empleo 0la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, de acuerdo a la linea de Accion.ARTICULO 51.- Baja de 1 0 adhesi6n - Devoluci6n de fondos. Ante la aptlcaclon de la baja de laadhesion de un empleador, la Direcclon Nacional de Promocion del Empleo 0 la Unidad paraPersonas con Discapacidad y Grupos Vulnerables deterrninaran si el empleador debe compensar alMfNISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por las sumas aportadas para subsidiar lacontratacion de trabajadores. En el caso de resolverse que corresponde la cornpensaclon, fa Gerenciade Empleo y Capacitacion Laboral lntirnara al empleador para que un plazo de QUINCE (15) diasacredite su cumplimiento, bajo apercibimiento de aplicarse las medidas previstas en el Capitulo VIIdel presente TItulo y de impulsar las acciones de recupero que correspondan.

    - CAPfTULO III -

    DE lOS TRABAJADORES

    ARTicULO 52.- Legajo. los trabajadores desocupados indicados en ef Titulo I del presenteReglamento interesados en participar del PROGRAMA DE INSERCI6N LABORAL deberan tenerconformado su legajo en la Oficina de Empfeo de la Red de Servicios de Empleo, el c u al d e be ra contarcon:

    1) copia de D.N.I./L.C./L.E. del trabajador, autenticada por fa Oficina de Empleo;2 ) constancla de C. U.I.L.;3) historia Iaboral rubricada por el trabajador;4) certificado de discapacidad, de corresponder.Cuando los trabajadores desocupados contaren con legajo personal en la Oficina de Empleo

    por su participaclon en otras acciones del MINISTERIO DETRABAJO EMPLEOY SEGURIDADSOCIAL,fadocurnentaclon antes indicada debera ser integrada a dicho legajo, no siendo necesaria laconformacion de uno nuevo.ARTICULO 53.- Obligaciones. Los trabajadores desocupados contratados en el marco del PROGRAMADE INSERCI6N LABORAl deberan:

    1) mantener actualizada su Historia laboral en la Plataforma Informatica;2 ) cumplir con sus obligaciones laborales frente a su ernpleador:3) comunicar a la Oficina de Empleo toda novedad vinculada con su relaclon laboral;4) solicitar su desvlnculaclon cuando rescinda su vinculo con anterioridad al cumplimiento delplazo de permanencia 0 incurra en alguna sltuacion de incompatibilidad.

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    ~41m.W ck P7~o~@~eo JI'/~~/odal

    2186ART I CU L O 54.- Oesvinculaci6n. Los trabajadores podran solicitar su desvlnculacion del PROGRAMADE INSERCION LABORAL en forma personal ante su empleador, de acuerdo con el procedimientoestablecido en el articulo 46, 0ante la Oficina de Empleo.

    La Gerencia de Empleo y Capacitacion Laboral aplicara sin mas tramlte las solicitudes dedesvlnculacion registradas por la Oficina de Empleo en el Sistema Inforrnatico de Gestion deProgramas de la SECRETARfADE EMPLEO. La documentaci6n de respaldo debera ser incorporada alos Jegajos personales de los trabajadores.

    - C A PiT U LO IV -

    D E LA A YU DA E CO N6 M IC A

    ART ic U L O 55.- tncompatibilidades - Regimen General. La ayuda econornlca mensual a asignarse atrabajadores desocupados incluidos en el PROGRAMA DE INSERCIONLABORALsera incompatible confa percepclon, por igual perlodo, de:

    1) una remuneraclon laboral, cuya causa no sea la relaclon laboral asistida en el marco delProg r ama :

    2 ) un lngreso econornico originado en una actividad laboral independiente, un contrato detocacion .de servicios 0 de obra, 0 un vinculo contractual de empleo publico ajeno alPrograma;

    3) prestaclones por desempleo;4) beneficios previsionales;5} pensiones no contributivas de cualquier naturaleza;6) ayudas econornicas de otros programas sociales, de empleo 0 capacitacion laboral

    nacionales, provinciales 0municipales.En el caso de participantes incluidos en la Linea de PROMOCION DEL EMPLEO ASALARIADO

    PARA TRABAJADORESCON DISCAPACIDAD, no seran aplicables las incompatibilidades previstas enlos incisos 4) y 5).ART I CU L O 56.- lncompatlbilidades ~ Req imenes especiales. EI regimen establecido en el artlcu!o 55no sera aplicable a los participantes del SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, del PROGRAMAJOVENESCON MAs Y MEJOR TRABAJO 0 de otra acci6n 0 programa del MINISTERIO DE TRABAJO,EMPLEOY SEGURIDADSOCIALintegra do al PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, a los cuales se resapllcaran los regfmenes de incompatibilidades estabfecidos por los marcos regulatorios de talesacciones 0 prograrnas.ART ic U L O 57.- Modalidad de pago. EI pago de las ayudas econornlcas mensuales a cargo delMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se realizara ames vencido y en formadlrecta e individualizada a los participantes, a traves de su deposito en una cuenta bancaria para sudisponibiHdad mediante una tarjeta magnetica.

    En aquelJas localidades donde no resulte operativamente viable fa utillzacion de tarjetasrnagneticas como modafidad de pago, se adoptaran los circuitos operativos acordados por laSECRETARIADEEMPLEOcon fa ADMINISTRACION NACIONAL DE LASEGURIDADSOCIALpara el pagopersonal y directo de ayudas econ6micas.

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    ..At.?u4le~ ~ f!7~XfjO~( 3 n y , / . e o y . /W.(undari ~/ooia/ 2186

    En aqueflos supuestos en que los trabajadores perciban Japrestacion dineraria de una accion 0programa del MfNISTERIO DETRABAJO, EMPLEOY SEGURIDADSOCIAL,se uniflcara su procedimientode pago con el de fa ayuda econornlca del PROGRAMA DEINSERCfONLABORAL.ART ICULO 58.- Controles informaticos - Generales. La Coordlnacion Tecnica y de Planeamiento de JaSECRETARfADE EMPLEO, en forma coordinada con el comlte Tecnico de Programas de Empleo yCapacitacion y del Programa Jefes de Hogar, fijara los procedimientos operatives, clrcultosfuncionales y cronogramas de los controles que mensualmente y en forma previa a cada Ilquldacionde ayudas econornicas, se realizaran para determinar:

    1) la consistencia de la informacion registrada respecto de los empleadores y trabajadores,2 ) el cumplimiento de las condiciones de accesibilidad y permanencia por parte de. empleadores y trabajadores;

    3) la no incursion en situaciones de incompatibilidad por parte de los trabajadores:4) el debido registro de la reiacton laboral ante Ia ADMINfSTRACrON FEDERALDE INGRESOS

    PUBLICOS por parte de empleadores deJ sector privado, asi como la presentacion de lasdeclaraciones juradas mensuales durante su desarrollo.

    Con igual objeto, la SECRETARfADE EMPLEO podra articular mecanismos de intercambio deinformaci6n con el SISTEMA DE IDENTIFICACION NACfONAl TRIBUTARIA Y SOCIAL del CONSEJONACIONAl DECOORDfNACfON DE POLlTfCASSOCIALESY con otros organismos publlcos nacionales,provinciales 0municipales.ART ICULO 59.- Controles t rf orma ti co s - Especioles - Empleadores d el Sector Privado. En formacomplementaria, las Gerencias de Empleo y Capacitacion Laboral controlaran, a traves de lossistemas de informacion disponibles, que los empleadores del sector privado cumplan debidamentecon la registraclon de la relaclon laboral y realicen las declaraciones juradas mensuales durante sudesarrollo ante la ADMfNISTRACION FEDERALDE INGRESOSPUSLICOS.

    En el caso de observar un incumplimiento 0 anomalia, intima ran al empleador para que unplazo de CINCO (5) dfas habiles acredite su regularlzacion, bajo apercibimiento de trarnltar ladesvlnculaclon del trabajador que no fuera dedarado y requerir la devoluci6n de las sumas erogadaspara subsidiar su contrataclon.

    Si transcurrido el plazo antes indicado eJ empleador no regulariz6 su sltuaclon frente a laADMINISTRACION FEDERALDE INGRESOSPUBLICOS, la Direccion Nacional de Prornocion del Empleoo la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, de acuerdo a la Lfnea de Accion,desvlncuiara al trabajador a traves de la Plataforma Informatica y dari lntervenclon a JaSECRETARfADE EMPLEO para la apJicaci6n de las medidas establecidas en el Capitulo VII del presente Titulo.

    Cuando los incumpJimientos de los empJeadores del sector privado se observen a traves de loscontroles generales establecidos en el articulo 58, la Direcci6n Nacional de Prornocion del Empleo 0la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables requerira a las Gerencias de Empleoy Capacitaci6n Laboral el inicio del procedimiento previsto en el presente articulo.ART f cU lO 60.- lnconsistencias. Cuando la llquidacion de una ayuda economica sea observada porerrores 0 inconsistencias en los datos registrados en la Plataforma Informatica, la Oficina de Empleo,la Gerencia de Eml?'eo y Capacltaclon Laboral 0 Ja Cccrdlnacion Tecnlca y de Planeamiento podransubsanar las inadecuaciones detectadas mediante los aplicativos lnformaticos habilitados a taJ fin,archivando las constancias documentales de respaldo.ART ICULO 61.- Desvinculaci6n de oficio de trabajadores. LaCoordlnaclon Tecnica y de Planeamientoprocedera a desvincular via la Plataforma Informatica a los trabajadores del PROGRAMA DEINSERCION LASORAl, cuando como resultado de los controles previstos en el presente Capitulo, se

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    uItt~ ~ qT-yak{iO~r f f m j t l- w : ! f .f~ Jodcd

    por inconsistencias subsanables desde la Oficina de Empleo, esta actuara de acuerdo con 10establecido en el articulo 60.

    Cuando eJ reclamo cuestione una desvlnculaclon 0 la interrupcion del pago de la ayudaeconomical los antecedentes seran girados a la Gerencia de Empleo y Capacltacion Laboral para suanalisls V resotucton por la Unidad para Personas con Discapacidad, cuando se encuadre en la LIneade PROMOCION DEl EMPLEO ASALARIADO PARA TRABAJADORESCON DISCAPACIDAD, 0 por laDirecclon Nacional de Promocion del Empleo, en las restantes Lineas de Acclon.

    La SUBSECRETARiADE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL actuara comoinstancia de revision de 10resuelto por las unidades organizativas antes indicadas, siempre que lamedida objeto de revision no haya side impugnada en los terrninos del Decreto N" 1.759/72 (1 .0 .1991), reglamentario de la Lev de Procedimientos Administrativos N" 19.549. En caso de no existirencuadramiento expreso por parte del reclarnante, se entendera que ha optado por la via delrnpugnacion especial habilitada por esta norma.

    - C A P ITULO V I -

    D EL R EC ON OC IM IE NT O D E G AST OS

    ART I CULO 68.- Lfneas -Rubros - Mantas. La SECRETARiADE EMPLEO podra reconocer los gastos enque incurrieran las micro 0 pequeiias empresas, 0 personas jurfdicas privadas sin fines de lucro en lacontrataclon de trabajadores desocupados a traves de las Lfneas de PROMOCION DEL EMPLEOASALARIADO EN EL SECTOR PRIVADO V de PROMOCION DEl EMPLEO ASALARIADO PARATRABAJADORESCON DISCAPACIDAD,por los siguientes rubros:

    1) la compra de herramientas y ropa de trabajo entregadas en propiedad a los trabajadorescontratados en el marco del presente Programa;

    2) la dotacion de elementos de seguridad e higiene.Los gastos a reconocerse no podran exceder la suma total de PESOSUN MIL QUINIENTOS ($

    1.500) por trabajador contratado. Cuando se tratare de la contratacion de una trabajadora paradesempeiiar tareas en un puesto tradicionalmente ocupado por trabajadores varones, en cuvo casoel monto maximo ascendera a PESOSTRESMIL ($ 3.000). .ART I CULO 69.- Condiciones. EI reconocimiento de gastos 5610 procedera respecto de empleadoresque cumplan satisfactoriamente con las obligaciones a su cargo durante su adhesion al Programa.ART I CULO 70.- Operotoria. 1empleador interesado debera presentar, dentro de los NOVENTA (90)dfas de flnallzado el plazo de lncorpcraclon del trabajador al PROGRAMA DE INSERCION LABORAL,ante la Gerencia de Empleo V Capacitaclon taboral, en forma dlrecta 0 a traves de fa Oficina deEmpleo, fa siguiente documentacion:

    1) Formulario de Solicitud de Reconocimiento de Gastos (ANEXO V);2 ) Alta como beneficiario de pagos del Tesoro Nadonal, de conformidad con los instrumentos

    V procedimientos f;jados por la SECRETARIADEHACIENDA del MINISTERIO DEECONOMiA YFINANZASPUSLJCAS;

    3) Acreditacion actuaJizada de su lnscrtpclon ante la ADMINISTRACION FEDERALDE INGRESOSPUSLICOSV su condlcion ante ellmpuesto al Valor Agregado;

    ~ 4) Docurnentaclon que acredite el pago de haberes a los participantes V el cumplimiento de1/ sus obligaciones con el Sistema de la Seguridad Social;~.

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    . _ d t n i 4 I i w . W c : k ; ? T~ ~@'mjtIeo JI . /eywM4ad J o c i a /

    5) Comprobantes que acrediten las sumas erogadas por los rubros pasibles dereconocimiento;

    6) Factura 0 recibo a nombre del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEOY SEGURIDADSOCIAL;7) Formulario de Autorizaci6n para la Acreditaclon de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta

    Bancaria.La Gerencia de Empleo y Capacitaclon Laboral pondra a disposlcion de los empleadores y de

    las Oficinas de Empleo los formularies e instructivos necesarios para el cumplimiento de losrequisites antes descriptos.ART i cULO 71.- Control Formal. La Gerencia de Empleo y Capacitaclon laboral reallzara el controlformal de la documentaclon presentada, examinando su integridad, completitud, exactitud yautenticidad. De resultar positive dicho control, la Gerencia de EmpJeo y Capacltacion Laboralremitira la documentaclon a la Dlreccion Nacional de Prornocton del EmpJeo, en el caso decontrataciones correspondientes a la LInea de PROMOCION DEl EMPLEOASALARIADO EN EL SECTORPRIVADO, Y a la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, en el caso decontrataciones correspondientes a Ja Linea de PROMOCION DEL EMPLEO ASALARIADO PARATRABAJADORESCON DJSCAPACIDAD.Cuando el control resulte negative, fa Gerencia de Empleo yCapacitaci6n Laboral devolvera la documentacion al Empleador presentante indicando los motivasde su rechazo.ART I CULO 72.- Determinacion del manto. Previa evaluaci6n de .Ia documentaci6n presentada encuantoa su pertinencia y legalidad por parte de la Direcci6n Nacionalde Promoci6n del Empleo 0 dela Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerables, la SUBSECRETARfADE pOlfTICAS DEEMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL determinara el monto de los gastos a ser reconocidos,constatara la disponibilidad de fondos a traves de la Direction de Programaci6n Financiera deProgramas de Empleo y Capacitaci6n Laboral, y solicitara a la autorizaci6n del pago a la SECRETARfADEEMPlEO.

    En caso de desestimaci6n, la Dlreccion Nacional de Promoci6n del Empleo 0 la Unidad paraPersonas con Discapacidad y Grupos Vulnerables giraran en devoiuclon los antecedentesdocumentales a la Gerencia de Empleo y Capacitaclon laboraJ para su notlflcacion al Empleador, conla indicaci6n de las causales que fundaran dicha decision. EI Empleador dispondra de un plazoperentorio de TREfNTA (30) dias para subsanar las inconsistencias 0 inadecuaciones observadas.

    - C A PITU LO V II -

    M ED ID AS P RE CA UT OR IA S Y SA NC IO NA TO RIA S

    ART i cULO 73.- Medidas precautorias. En el caso de detectarse incumplimientos por parte de unempleador 0 ancmalias en la situacion de un trabajador, por una via dlstinta a las previstas en elCapitulo IV del presente Titulo, la Direccion Nacional de Promoci6n del Empleo 0 fa Unidad paraPersonas can Discapacidad y Grupos Vufnerables podran, como medida precautoria, interrumpir supartlclpaclon en el Programa.ART I CULO 74.- Medidas correctivas y lo sancionatorias. Ante el incumplimiento de sus obligacionespor parte de un empfeador, la SECRETARfADE EMPLEO podra dar de baja su inscripclon en elRegistro de Instituciones de Capacitaci6n y Empleo por el termino de hasta TRES (3 ) afios, exigirle efpago de una suma dineraria equivaJente a la erogada durante su partlcipacion en el Programa en un

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    I~r4P7~J0~-o Jlfi?~'/odai

    ARTICULO 77.- Funciones supletorias. Las Gerencias de Empleo y Capacitacion LaboraJ podranasumir, por cuestiones operatives, las funciones y responsabiJidades asignadas en el presenteReglamento a las Oficinas de EmpJeo.ARTICULO 78.- Areas de Empleo Provincia/es. La SECRETARIADE EMPLEO prornovera la lntegraclonde Areas u Oficinas Publicas de Empleo Provinciales en los procesos de implementaclon delPROGRAMA DE INSERCIONLABORAL en el territorio. En especial. para posibilitar la extension de susalcances a personas que residan en locaJidades que no cuenten con Oficinas de Empleo integradas ala Red de Servicios de EmpJeo.ARTicULO 79.- Tipos de empresas. A efectos del presente RegJamento, para la distincion entremicro, pequefia 0 mediana empresa se aplicaran los criterios establecidos por fa Resoluci6n de laentonces SECRETARIADE LA PEQUENA V MEDIANA EMPRESAW 24, delIS de febrero de 2001. y susnormas modificatorias y complementarias. Sera considerada gran empresa aquella que por sufacturaclon exceda los montes maximos alii fi jados.ARTicULO 80.- Igua/dad de Genero. En el presente Reglamento se utilizan expresiones genericascomo "trabajadores", para referir a trabajadoras y trabajadores, y "empleadores", para nominar aempleadoras y empleadores.ARTicULO 81.- En el presente Reglamento se unifican bajo la denomlnaclon cornun "PlataformaInformatica", las referencias al Sistema lnforrnatico de la Red de Servicios de Empleo y al Sistemalnforrnatico de Gestion de Programas de la SECRETARfADEEMPlEO, dada su interconexlon operativa1 1y funclonal,e:

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    2186terrnino de QUINCE (15) dlas y /o dar lntervencicn a la SECRETARfADE TRABAJO para el impulso delas penaJidades que correspondan en materia laboral.

    - CAPiTULOVII -

    DELSEGUJMJENTOTECNJCO,LA SUPERVJSJ6NY El SISTEMA DECONTROL

    ARTicULO 75.- Sequimiento tecnico - Supervision. La Coordlnaclon de Seguimiento Tecnico,Supervision y Fiscalizacion tendra a su cargo el seguimiento tecnico y supervision del PROGRAMA DEINSERCIONLABORAL,de conformidad con los criterios y circuitos que fije la SECRETARIADEEMPLEO.ARTicULO 76.- Sistema de Control. los recursos que se asignen para la implementaci6n delPROGRAMA DE INSERCION LABORAl estaran sujetos al sistema de control previsto por la Ley W24.156 de Adrnlnlstraclon Financiera y de los sistemas de control del Sector Publico Nacional (Unidadde Auditoria Jnterna del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, SindicaturaGeneral de fa Nadon, y Auditoria General de la Nadon).

    TITULO IV

    DJSPOSICIONESCOMPlEMENTARJAS Y TRANSITORIAS

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    "2010 -ANO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO"

    ~~akq~~$~4J.lI JepJ'. idac! Joda l

    _ A R T ic U LO 82.- Transitoria. E I presente Reglamento se apllcara a contratos de trabajo 0 relaciones deempfeo publico que prevean su inicio con posterioridad al 31 de enero de 2011.ART I CU L O 83.- tnstruccion. La Direccion Nacional de Prornocion del Empleo y fa Unidad paraPersonas con Discapacidad y Grupos Vulnerables elaboraran los lnstructivos vlo documentosdescriptivos necesarios para Ia dlfusion V ejecucion del PROGRAMA DE INSERCION LABORAL,en elambito de sus competendas.

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    I~R/Yio ck f?T~,

    ~~deo ?Jo/I~d./odaf

    "2010- Ar\JODEL SfCENTENARfO DE LA REVOLUCfON DE MAYO"

    2t86ANEXO II

    P R O G R A M A D E IN S ER C I6 N LA B O R A LC AR TA DE AD HESIO N PA RA EM PlEAD ORES PR IV AD OS

    MUNICIPIO

    FA X

    1. LEY N~ 20.744 (T.O.1976) (LEY DE CONTRATO DETRABAJO)A . C ON TR AT O D E T RA BA JO P OR TIE MP O IN DE TE RM IN AD O ( AR T[C UL 09 0)B . C ON TR AT O D E T R AB AJO A T IE MP O P AR CIA L (A RT IC ULO 92 T ER ) (JUSTIHCAR)

    7 RA IlA JA DO R E N E N E sT f UL TIM O

    D . C O NT RA TO D E T RA BA JO D ET EM PO RA DA ( AR TI CU LO 9 6 )2. LEY N 22.250 (REGIMEN LEGAL DE TRABAJO EN lA INDUSTRIA DE lA CONSTRUCCI6N)3. LEY N~ 22.248 (REGIMEN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO)

    A. C ON TR AT O D E T RA BA JO P ER SO NA L R UR AL P ER MA NE NT E (T fT UL O I)B. C ON TR AT O D E T R AB AJ O P ER SO NA L R UR AL N O P ER MA NE NT E (T IT UL O II)

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    I~o!e?7~j

    @~ JI.fi~Joa:aI

    "2 Q10- A N O D EL B IC EN TE NA RIO D E LA R EV OLU CIO N D E M AY O"

    ANEXO II

    En mi caracter de t l tular/representonte legal/apaderado del empleador adhiero a! PROGRAMA DEINSERCI6N LABORAL Ysoliclto la lncorporacion de las/los trabajadores que se identif ican previamente.Manijiesto conocer y aceptar 10 normativa requtatorta del PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, no haberrealizodo despidos colectivos dentro de los SEIS (6) meses pre vias, ni registrar sanciones vigentes porincumplimientos en 10 reqlstracion de trabojadores, y me' comprometo a cumplir las obligaciones aliiestablecidas.Dec/aro ester facultado para suscribir 10ptesente y constituyo domicil io a todos los efectos. que se deriven de10partictpacion en el PROGRAMA DEINSERCl6N LABORAL en e//ugar antes dec/arado.La informaci6n consignada en 10presente Carta de Adhesion tiene caracter de declaraci6n jurada.

    Firma Ada rac ion

    T ipo y Ndedocumento

    caracter d elfirmante

    Luga r y[echa

    Nota: Las hoias de 10Carta de Adhesion que anteceden ala presente, debettin contar con 10firma y actarociondel t itular/representonte legal a apoderado del empleodor.

    S ella y Firm a d e R ece pc io n d e laG ere ncia d e fm ple o y C a pa cita cio nL a bo ra l/O jic in a d e f mp J eo M u nic ip a l

    Ada rac ion :

    L ug ar y te ch o

    La presen tDc l6nyrecepc lf fn t1eJD Pr#i!t iteCQ1 ' f jJno: ihij i ffa1 l( iQPtoba~idn de lo'adhe$i6n,'deieinpleador ii!Ptograma,'/a c u t ; l J ' e . $ f r ! r 6 , (i.ule.~t;I"QI9'$ txmJm!e$.,r;'I~t.qlqi!!;lp~~'Jjgb'e:ftt!q$p"r$q,'~glt;1lJ'!nt(t(t6n.

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    ~R#io-deq;-~~0!mjdw? .fl?~._/ocial21B6

    ANEXO II

    APROBADOD RECHAZADoD

    JUSTIF ICAC I6N/OS5ERVAC /ONES :

    Fi rma y A c/a ra C io n d el E va lua do r d e taG er en cia d e Emp le o y Cap ac t ta c io n t abo r a t:

    L ug a r v f e ch a :

    F i rma y A cta ra cto n d el R es po ns able d e fa G er en cia d eEmp leo y Capac i tac ion iaboral:

    Lugar y fecha:

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    ANEXO IIIPR OG RA M A D E IN SER CIO N LA B O RA L

    C AR TA D E A DH ESIO N PAR A O R G A NISM OS PU B LIC O S

    PROV INC IA

    MUNIC IP IOOCALIDAD

    P LA N TA P ER M A NE N TEP LA N T A T R A N SI TO R I ADTRAS

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    -b~UJazo~gUJa :::5UJao~UJ. . . . .ZWoii 5. . . .JWao'Z.:(

    ~U JZc:(

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    "2010- ANO DEL BJCENTENARJO DE LA REVOLUCION DE MAYO"

    2186Alim;;;~:o . de PT~,@ , m j tl e o y .fi?~ Jocia/ ANEXO III

    EI/la que suscribe, en mi caracter de representante legal de (completar nombre del Organismo) ..

    ......... , adhiere al PROGRAMA DEINSERCI6N LABORAL Y sol ici ta la incorporacion de las/los trabajadares que se indican en 1 0 presente Carta.Adjunto copia de la normas que regulan las relaciones de empleo publico a iniciarse con las/las trabajadoresyfijan las categorias laborales y salarios respectivos.Manlf testo conocer y aceptar la reqtamentocion del PROGRAMA DE INSERCION LABORAL,compromet iendome a cumplir con las abligaciones alii establecidas.Dec/aro que 10 documentat ion adjunta es f idedigna y constituyo domiciiio a todos los efectos legales en elprevia mente indicado.La informacion consignada en la presente Carta de Adhesion t ie ne c a ra c te r de deciarocion jurada.

    Firma Actaracionripo y Wdedocumento

    carocter delfirmante

    Lugar y jecha u,' '" IU H u4~H" .,. H~ , uu '" I "H U

    Nota: Las hojas de fa Carta de Adhesion que anteceden a 10presente, debertm cantor con faf irma v octarociondel representante legal del Organismo Publico.

    .Sello y Firma de Recepcion de laGerencia de Empleo y Capacitaci6nLaboral/Ojfcina de Empleo Municipal

    Aclaracion:

    Lugar y [echo

    La .presentacion Y recePCi6ndetOlireie"teCartot1(Ji inpilC(J' I t1aPfJ1 : ti icienf le lat idhesioncit lempleador al 'ptogiamfl ) la~ual estar6 suJetaalosco"trolesyet#i_ltJQ~lJesestf!l?fecidQs,p(lf!iitegla,"e(J@cf(i(I,

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    2t86~~r.k ;?T~>0mf tk y.A~:dar / . /oc ia l ANEXO III

    RECHAZADOD

    JUST lF lCACI6N (D E S ER N EC ES AR IO C ON nN UA R E N H OJA A NE XA ):

    CATEGORfA LASORAL MONTO DEAVUDA ECON6MtCAMENSUALRABAJADORES

    Firma y Aclaraci6n del teen/co de 10,DireccioNacionalo de la Unidacl:Lugar y fecha:

    Firma y Aclaracion del Director/a Nacional a delResponsable de 10Unidad:

    Lugar y jecha:

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    2 r s 6. . A Z n r 4 l M i o - rk qTudajo~gmjtb~yJ~~._/ocidANEXOIV

    PR O G R A M A D E IN SER C IO N LA B O R A LF OR MU LA RIO D E B AJ A, M O DIF IC AC IO NE S v/o DESVI NCU L ACI O NES

    EI/la que suscribe, rD.N.I./l.E./L.C./ W en mi caracter de titular 0 representantelegal/apoderado del empleadcr ,C.U.I.T N r N de REGICE , condomicilio en .de la Ciudad de ,Provincia de , solicito laBAJA - MODIFICACION - DESVINCULACION DETRABAJADORESde la Adhesi6n al PROGRAMADE INSERtION LABORAL,conforme se describe a continuacion:

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    e~rleq-~J

    c f f ' m j d w it ' /WWJt idad~/oc ia /

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    2 t (36ANEXO I V

    1.- N UE VA FE CH A DE IN /C iO D E /N CO RPORACIfJ N D ETRABA JADORES (GENERAL /PART ICULAR )

    2.- O TR AS M OD/F /C AC /O NE S (D ES CR /B /R ).

    3.- OTRAS MOD IF /C AC IONES ( DE S CR /B IR ). 4.- O TR AS M OD/ F/ CA C/ ON fS (D ES CR /B IR ).

    I .2 .

    3.4.5 .

    I NFORMACl 6N COMPLEMENTAR /A /OB SERVAC IONES

    '" C60lGOS DEOESVINCULACI6N:?j1 1. P OR IN CU RR IR E L T RA BN AD OR E N U N A C AU SA L D E I N CO MP AT IB IL ID AD2. P OR E XT IN CID N D EL viN CU LO L AB OR Al ( OEBERA IND ICAR LACAUSA YACOMPARAR PRUEBA DOCUMENTAL DERE SPALDO) .3, OTROSMOTIVOS. (OESCRIBIR/JUSTIFICAR)

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    e~r:Iesr~o~

    0mf'k : r ./~ddad ..oda /

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    2t66

    ANEXO IV

    Manifiesto con caracter de declaracion jurada que la informaci6n inclulda en el presenteFormulario es fidedigna.

    FIR M A ACLA RACI6N

    LUGAR Y FECHA

    FIRMA:

    ACLARACI6N:

    LUGAR Y FECHA;

    M O D IF lC A CI6 N D E C O N DI CI ON E S: ACEPTADA RECHAZADA

    d~UGAR Y FECHA~',---------

    B AJ A D E L A A D H E SI6 N: ACEPTADA RECHAZADAD E SV IN C UL AC I6 N D E T R AB A/A D O RE S ACEPTADA RECHAZADA

    JUST IF ICAC I6N /OBSERVAC iONES :

    F IR MA Y A CL AR AC I6 N D EL /L A E VA LU AD OR /A

    L UG AR Y F EC HA

    FIRMA y A C LA RA C IO N D E L/L A G E RE NT E/ A D E E M PL EO YC A P AC IT A C IO N L A BO R A L

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    2t86~cIe~J@ m jt I- fW l I . / eywndad . _ / ' o c i a ' /

    ANEXOVPROGRAMA DE IN S ERCION LABORAL

    F O RM ULA R IO D E S O UC IT U D D E R E C ON OC IM IE N TO D E G AS TO S

    EI/la que suscrlbe, , ,D.N.I./l.E./l.C./ N " en mi caracter de empleador/a 0 derepresentante legal/apoderado de .. ~ .~ .~ ~ ~ , ~ , , * . . t , ~ , IC.U.I.T N r N de REGICE , con domlcillo en

    ...................................................................................................................................................... de la Ciudadde ,Provincia de : , sollclto el reconocimlento de losgastos jncurrldos poria contrataci6n de trabajCidoras/E!'s en el marco del PR.OGRAIYIA DEINSERCION LABORAL, por los montos y conceptos que a contlnuaclon se detallan:

    1 .- H E RR AM IE N TA S Y R O PA DE TRABA JO

    2 .- S EG UR ID AD E H IG IE NE

    T O TA L E R oGADO

    T OT AL curo R EC DN OC fM IE NT O S E S oL lO TA

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    2186Jt:~:o d e ?T~,r t m j t k - o J f ' /~ '- /O