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RED GRANADINA DE MUNICIPIOS HACIA LA SOSTENIBILIDAD ESTUDIO DE VIABILIDAD JURÍDICA, TÉCNICA Y ECONÓMICA DE UN ENTE DE GESTIÓN SUPRAMUNICIPAL DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA EN LA PROVINCIA DE GRANADA

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RED GRANADINA DE MUNICIPIOS

HACIA LA SOSTENIBILIDAD

ESTUDIO DE VIABILIDAD JURÍDICA,

TÉCNICA Y ECONÓMICA DE UN ENTE DE GESTIÓN SUPRAMUNICIPAL DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA EN LA

PROVINCIA DE GRANADA

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Granada, Febrero de 2011

ESTUDIO DE VIABILIDAD

JURÍDICA, TÉCNICA Y

ECONÓMICA DE UN ENTE DE

GESTIÓN SUPRAMUNICIPAL

DEL CICLO INTEGRAL DEL

AGUA EN LA PROVINCIA DE

GRANADA

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EQUIPO REDACTOR

Dirección Técnica:

D. Francisco Javier García Martínez (Diputación de Granada)

D. José Antonio Salinas Fernández (ESECA)

Equipo Técnico:

D. Miguel Rodríguez Ruiz

D. Luis Miguel Fernández Fernández

D. José María Martín Martín

D. Rafael Ruz Ruiz

D. Francisco García Sánchez

D. Jorge Marín Beltrán

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN 1

CAPÍTULO I. MARCO NORMATIVO REGULADOR DEL AGUA EN

ANDALUCÍA

2

I.1 COMPETENCIAS DE LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES EN MATERIA DE

AGUAS. 3

I.2. LEGISLACIÓN REGULADORA DEL AGUA EN VIGOR. 6

CAPÍTULO II. DIAGNÓSTICO TÉCNICO Y ECONÓMICO DE LOS

SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE

AGUAS EN LA PROVINCIA

18

II.1. FORMAS DE GESTIÓN DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA EN LA PROVINCIA

DE GRANADA. DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO.

19

II.2. CARACTERIZACIÓN TÉCNICA DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO,

SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS EN LA PROVINCIA DE GRANADA.

22

II.3. DIAGNÓSTICO TÉCNICO DEL ESTADO DE LAS INFRAESTRUCTURAS DEL

CICLO INTEGRAL DEL AGUA EN LA PROVINCIA DE GRANADA.

65

II.4. DIAGNÓSTICO ECONÓMICO DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE

ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS EN LOS

MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA.

79

CAPÍTULO III. PROPUESTA DE GESTIÓN DEL CICLO INTEGRAL DEL

AGUA EN LA PROVINCIA A TRAVÉS DE UN ENTE SUPRAMUNICIPAL Y SU

VIABILIDAD ECONÓMICA

90

III.1. MODELOS DE GESTIÓN DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA CONTEMPLADOS

EN LA LEGISLACIÓN.

91

III.1.1. LA GESTIÓN DIRECTA DE LOS SERVICIOS 93

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III.1.2. LA GESTIÓN INDIRECTA DE LOS SERVICIOS 100

III.1.3. ASPECTOS JURÍDICOS DE INTERÉS EN RELACION CON LA

PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA

POTABLE, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES.

105

III.2. PROPUESTA SOBRE EL MODELO DE GESTION MÁS IDÓNEO DEL CICLO

INTEGRAL DEL AGUA EN LA PROVINCIA DE GRANADA.

110

III.3. ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICA Y FINANCIERA FUTURA DEL ENTE

DE GESTIÓN SUPRAMUNICIPAL.

115

III.3.1. ESCENARIOS E HIPÓTESIS DE PARTIDA. 116

III.3.2. CUANTIFICACIÓN DE LAS INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURAS

DE ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUA

NECESARIAS.

121

III.3.3. ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS DE EXPLOTACIÓN 135

III.3.4. ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS DE EXPLOTACIÓN 144

III.3.5. ESTIMACIÓN DE LA CUENTA DE EXPLOTACIÓN 155

III.3.6. ESTIMACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL EJERCICIO. 159

III.3.7. DETERMINACIÓN DE TARIFAS DE EQUILIBRIO PARA LA

EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y FIJACIÓN DEL CÁNON DE

INVERSIÓN.

172

CAPÍTULO IV. ESTATUTOS DEL ENTE DE GESTIÓN SUPRAMUNICIPAL

DEL C.I.A. EN LA PROVINCIA

176

ANEXOS 209

1. PERSONAL POR CATEGORÍAS Y COSTE LABORAL 210

2. MUNICIPIOS INTEGRANTES DE CADA ESCENARIO 213

3. INFORMACIÓN RECABADA SOBRE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS 217

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INTRODUCCIÓN

Este estudio, elaborado a petición de la Excma. Diputación de Granada, ha tenido como

objetivo fundamental, la determinación de un ente de gestión supramunicipal del Ciclo Integral

de Agua en la provincia granadina, de acuerdo con los análisis de viabilidad técnica, económica

y jurídica.

La compleja estructura municipal de la provincia de Granada, integrada por 168

municipios y 529 núcleos de población, hace que la prestación de los servicios de

abastecimiento, saneamiento y depuración sea difícil. A excepción de las zonas que ya

funcionan con sistemas de gestión supramunicipales, como es el caso de la Vega de Granada y

la Costa, el resto de la provincia está formada por 110 municipios, de los cuales un 87% tiene

menos de 5.000 Hab. Sólo 14 municipios superan los 5.000 Hab., y en ellos vive el 54% de la

población. Es precisamente en este ámbito donde se requiere una actuación más urgente, por

lo que el análisis efectuado en el estudio se ha referido a este sector de la provincia.

Por tanto, se trata de municipios muy pequeños, con escasos recursos técnicos,

humanos y económicos, que no son capaces de garantizar un servicio de abastecimiento,

saneamiento y depuración de calidad.

El propósito de la Diputación de Granada es constituir un ente de gestión

supramunicipal, que garantice a los ciudadanos de la provincia un servicio de calidad,

asegurando las inversiones necesarias en infraestructuras.

De acuerdo con este propósito, en el presente documento se extraen conclusiones

respecto los siguientes aspectos:

1. Marco normativo regulador del agua.

2. Diagnóstico técnico y económico de los servicios de abastecimiento, saneamiento y

depuración de aguas en la provincia.

3. Propuesta del ente de gestión más viable para el Ciclo Integral del Agua en la

provincia, de todos los contemplados en la legislación.

4. Viabilidad económica y financiera futura.

5. Estatutos y organización del ente de gestión.

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CAPÍTULO I.

MARCO NORMATIVO REGULADOR DEL

AGUA EN ANDALUCÍA

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I.1 COMPETENCIAS DE LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES EN MATERIA DE

AGUAS.

La gestión del ciclo integral del agua, desde los sistemas de captación hasta su vertido o

devolución a los cauces públicos o al medio ambiente hídrico afecta, entre otros, a ámbitos tan

diversos como:

• La salud de los ciudadanos.

• La preservación del medio ambiente.

• Las economías familiares.

• El equilibrio social (agua para todos).

• El equilibrio ecológico.

• La sostenibilidad.

• Los cultivos agrícolas.

• Los derechos de entidades y personas.

• La producción industrial.

Esta circunstancia genera la necesidad de regular adecuadamente aspectos tan

importantes como:

• Los usos del agua.

• La definición y el control de sus parámetros de calidad.

• Sus reservas y almacenamiento.

• Su distribución a los usuarios.

• Sus costes y su reparto.

• La participación de la sociedad en la gestión de los recursos.

• Los derechos de los usuarios.

• Los vertidos a colectores y cauces públicos.

• La reutilización de las aguas residuales.

• El uso de los residuos y lodos procedentes del tratamiento y la depuración.

• Las inversiones necesarias para la adaptación de las instalaciones a las exigencias

legales y sociales

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La normativa que afecta a todos los temas anteriores es prolija, y emana desde distintas

instancias. De forma concisa, se pueden delimitar los siguientes niveles competenciales en

materia legislativa:

Unión Europea.

Los Órganos legislativos de la Unión Europea crean, entre otras disposiciones, Directivas

que obligan a los países miembros al respeto a las mismas adaptando su propia legislación,

proponiendo como objetivos básicos de las mismas, la protección de la salud de las personas, y

la conservación del medio ambiente hídrico.

Estado Español.

El Estado Español, de conformidad con el Artículo149 de su Constitución, se reserva la

competencia legislativa exclusiva sobre las siguientes materias relacionadas con las aguas.

• Las bases y coordinación general de la sanidad. (16ª)

• La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos

cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma. (22ª)

• La legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las

facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de

protección. (23ª)

• Las obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una

Comunidad Autónoma. (24ª)

• Aquellas materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía. (Art. 149-

3)

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Comunidad Autónoma Andaluza.

De conformidad con lo establecido en el artículo 148 de la Constitución Española,

corresponden a las Comunidades Autónomas, en materia relacionada con las aguas las

competencias que se explicitan.

• Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. (3ª)

• La gestión en materia de protección del medio ambiente. (9ª)

• Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio. (4ª)

• Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales

y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma. (10ª)

• Las aguas minerales y termales. (10ª)

Administraciones Locales.

De conformidad con la Constitución Española, son el Municipio y la Provincia los que

ostentan el título de Administración Local.

A los efectos que interesan en este capítulo, es decir, a efectos de la administración del

agua, pueden también considerarse como Administración local, el Consorcio y la Agrupación de

Municipios.

El gobierno y administración de los municipios, corresponde a los Ayuntamientos y los de

las provincias a las Diputaciones.

Tanto unos como otras gozan de garantías constitucionales de autonomía en sus

respectivos ámbitos, tienen personalidad jurídica propia y deben disponer de los medios

materiales necesarios y suficientes para el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas

El artículo 25.2. l de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen

Local, en su apartado l establece que: El Municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los

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términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes

materias:

• Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y

tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.

En el mismo sentido, el artículo 26.1.a de la referida Ley explicita que: Los Municipios

por sí o asociados deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes:

• En todos los Municipios: Alumbrado público, cementerio, recogida de residuos,

limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a

los núcleos de población, pavimentación de las vías públicas y control de alimentos y

bebidas.

Igualmente, la expresada Norma, en su artículo 86.3, redactado conforme a la Ley

34/98, establece:

• Se declara la reserva en favor de las Entidades locales de las siguientes actividades o

servicios esenciales: abastecimiento y depuración de aguas; recogida, tratamiento y

aprovechamiento de residuos; suministro de calefacción; mataderos, mercados y

lonjas centrales; transporte público de viajeros.

I.2. LEGISLACIÓN REGULADORA DEL AGUA EN VIGOR.

Existen, en la actualidad, más de cien directivas, resoluciones, decisiones,

recomendaciones y reglamentos de la Unión Europea; más de doscientas leyes, decretos-leyes,

decretos, órdenes, resoluciones, acuerdos y reglamentos del Estado Español y más de treinta

leyes, decretos, órdenes y resoluciones de la Comunidad Autónoma Andaluza, que hacen

referencia directa o indirecta a los usos y gobierno de las aguas. Por razones de brevedad, se

expone, a título enunciativo, seguidamente, la legislación básica que, en este momento,

enmarca las directrices a seguir en la referida Gestión del Ciclo Integral del Agua, haciendo

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especial hincapié en los contenidos de la legislación española y andaluza por ser éstas las que

obligan de forma directa e inmediata.

De la Unión Europea.

• Directiva 2000/60/CE (DMA) de 23 de octubre de 2000, que establece un marco

comunitario de actuación en el ámbito de la política del agua, y que se propone

como objetivo “mantener y mejorar el medio acuático de la Comunidad”, (DMA,

considerando 19) estableciendo principios comunitarios con el fin de proteger las

aguas comunitarias en su cantidad y calidad, fomentar su uso

sostenible..., velar por la protección de los ecosistemas acuáticos, así

como los ecosistemas terrestres y los humedales dependientes de ellos y

salvaguardar y desarrollar los usos potenciales del agua (DMA, considerando

23) , estableciendo el principio de la recuperación de los costes de los

servicios relacionados con el agua, incluidos los costes medioambientales

y los relativos a los recursos y en particular de conformidad con el

principio de que "quien contamina paga".

• Directiva 98/38/CE de 3 de noviembre de 1998, cuyo objetivo básico es

asegurar, en el ámbito comunitario, la protección de la salud de los

consumidores, mediante la utilización de las nuevas especificaciones de carácter

científico y técnico, posibilitando un marco legal más acorde, tanto con las

necesidades actuales, como con los avances y progresos de los últimos años en lo

que a las aguas de consumo humano se refiere y estableciendo las medidas

sanitarias y de control necesarias para lograr el fin propuesto.

• Directiva 1991/271/CE de 21 de mayo de 1991, sobre tratamiento de las

aguas residuales urbanas, que establece la obligatoriedad, para todos los estados

miembros de la Comunidad, de adopción de las medidas necesarias para garantizar

un tratamiento adecuado de sus aguas residuales, con carácter previo a su vertido

final al medio ambiente hídrico

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• Directiva 91/676/CE de 12 diciembre de 1991, para la protección de las aguas

contra la contaminación producida por los nitratos utilizados en la

Agricultura. El objetivo de la norma es reducir la contaminación causada o

provocada por los nitratos de origen agrario y actuar preventivamente contra nuevas

contaminaciones de dicha clase.

• Directiva 86/278/CEE del Consejo de 12 de junio de 1986 relativa a la

protección del medio ambiente y, en particular, de los suelos, en la

utilización de los lodos de depuradora en agricultura, cuyo fundamental

objetivo es preservar la calidad de los suelos y la de las aguas

superficiales y subterráneas.

Del Estado Español.

1) Respecto de la administración general del agua.

1. Real Decreto 927/1988 de 29 de julio, por el que se aprueba el

Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación

Hidrológica, en desarrollo de los Títulos II y III de la Ley de Aguas, modificado

por el Real Decreto 907/2007 de 6 de julio, que regula:

- La adopción de las medidas para el cumplimiento de los acuerdos y

convenios internacionales en materia de aguas.

- El otorgamiento de concesiones referentes al dominio público hidráulico en

las cuencas hidrográficas que excedan del ámbito territorial de una sola

Comunidad Autónoma.

- El otorgamiento de autorizaciones referentes al dominio público hidráulico,

así como la tutela de este, en las cuencas hidrográficas que excedan del

ámbito territorial de una sola Comunidad Autónoma.

2. Real Decreto 261/1996 de 16 febrero de protección de las aguas contra

contaminación por nitratos de fuentes agrarias. Esta Norma tiene por

objeto establecer las medidas necesarias para prevenir y corregir la

contaminación de las aguas continentales y litorales, causada por los nitratos de

origen agrario.

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3. Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio, por el que se aprueban los Planes

Hidrológicos De Cuenca, como instrumento para conseguir la mejor

satisfacción de las demandas de agua y equilibrar y armonizar el desarrollo

regional y sectorial, incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo

su calidad, economizando su empleo y racionalizando sus usos en armonía con el

medio ambiente y los demás recursos naturales.

4. Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el

Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla la Ley 29/1985,

de 2 de agosto, de Aguas y que fue modificado por el Real Decreto 606/2003 de

23 de mayo.

5. Real Decreto Ley 1/2001 de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley de Aguas, cuyo objeto es la regulación del dominio público

hidráulico y del uso del agua, así como el establecimiento de las normas básicas

de protección de las aguas continentales, costeras y de transición, todas ellas

integradas en el ciclo hidrológico, y constituyentes de un recurso unitario,

subordinado al interés general.(Art.1º del R.D.L.), modificado por Real Decreto

Ley 4/2007 de 13 de abril.

6. Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo, por el que se modifica el Real

Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprobó el Reglamento del

Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI

y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas. La norma ofrece como

significada novedad el Título VI dedicado al contrato de cesión de derechos al

uso privativo de aguas.

7. Ley 62/2003 de 30 de diciembre, por el que se modifican la Ley de Aguas y la

Ley del Plan Hidrológico Nacional.

8. Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001 de 5 de

julio que aprobaba el Plan Hidrológico Nacional.

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9. Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento

de la Planificación Hidrológica.

2) Respecto al abastecimiento de poblaciones.

1. Real Decreto Ley 1/2001 de 20 de julio, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley de Aguas, que en sus Títulos Cuarto, Sexto, Sétimo y

Octavo regula:

1. Las condiciones generales de las concesiones de aguas.

2. El orden de preferencia de usos.

3. Los usos privativos del agua y el derecho a dichos usos, así como la

extinción de este derecho.

4. Las circunstancias y condiciones para modificación de las características de

las concesiones.

5. La revisión de las concesiones y su caducidad.

6. La obligatoriedad de constitución de comunidades de usuarios de las

aguas, su naturaleza y el régimen jurídico de las mismas.

7. Los requisitos para el abastecimiento a poblaciones.

8. El régimen económico financiero de utilización del dominio público

hidráulico (cánones y tarifas por utilización del agua).

9. El régimen de ejecución, gestión y explotación de las obras hidráulicas.

10. El régimen sancionador por las infracciones en los usos del agua.

2. Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo, de modificación del Reglamento

del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los contenidos de la

Ley1/2001 en los aspectos siguientes:

1. Utilización del Dominio Público Hidráulico

2. Protección del Dominio Público Hidráulico y de la Calidad de las Aguas

Continentales

3. Régimen económico financiero de la utilización del Dominio Público

Hidráulico

4. Infracciones y régimen sancionador

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5. Contrato de cesión de derechos al uso privativo de las aguas.

3. Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los

criterios sanitarios de calidad de las aguas de consumo humano, que

tiene por objeto establecer los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas

de consumo humano y las instalaciones que permiten su suministro desde la

captación hasta el grifo del consumidor y el control de éstas, garantizando su

salubridad, calidad y limpieza, con el fin de proteger la salud de las personas de

los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas.

Impone como requisitos de cumplimiento básico:

1. La adecuación, a la norma de los tratamientos de potabilización.

2. La protección y señalización de las captaciones de agua y depósitos

destinados al abastecimiento.

3. El cerramiento de las conducciones a cielo abierto.

4. La implantación de sistemas de calidad en los laboratorios de análisis de las

aguas de consumo humano.

5. La asignación de responsabilidades directas a las entidades suministradoras

de agua, a la Administración Sanitaria, a la Administración Local y a los

usuarios finales del agua.

6. La imposición de características específicas para las conducciones,

depósitos y todo tipo de elementos o materiales que hayan de estar en

contacto con el agua, tanto públicos como privados.

7. El establecimiento de un sistema de información, en soporte informático,

de permanente actualización (SINAC) y de consulta pública, respecto de las

características y condiciones tanto del sistema de abastecimiento como del

agua de consumo.

3) Respecto al saneamiento de poblaciones.

1. Real Decreto Ley 1/2001 de 20 de julio, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley de Aguas, que en sus Títulos que en sus Títulos Quinto,

Sexto, Sétimo y Octavo regula:

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1. El concepto de vertido al Dominio Público Hidráulico.

2. Las autorizaciones de vertido.

3. Las autorizaciones de vertidos en acuíferos y aguas subterráneas.

4. Las limitaciones de vertidos a industrias contaminantes.

5. La revisión de las autorizaciones de vertido y su caducidad.

6. Los vertidos no autorizados y la suspensión de actividades causante de

vertidos no autorizados.

7. El régimen de explotación de estaciones depuradoras de aguas residuales

por medio del Organismo de Cuenca correspondiente.

8. La constitución y funcionamiento de las empresas de vertido.

9. El régimen económico financiero de utilización del dominio público

hidráulico (cánones de vertido).

10. El régimen de ejecución, gestión y explotación de las obras hidráulicas.

11. El régimen sancionador por las infracciones en los vertidos.

2. Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo, de modificación del Reglamento

del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los contenidos de la

Ley1/2001 en los aspectos siguientes:

1. Concepto y alcance de la contaminación de las aguas y la degradación del

medio ambiente acuático

2. Acciones contaminantes de las aguas o degradantes del medio ambiente

acuático

3. Autorizaciones de vertido: Procedimientos para la solicitud, su tramitación

y resolución final

4. Autorizaciones de vertido a las entidades locales y comunidades autónomas

5. Condicionado y control de las autorizaciones de vertido

6. Revisión de las autorizaciones de vertido

7. Acciones sobre vertidos no autorizados y sobre aquellos que incumplen las

condiciones impuestas en su autorización

8. El canon de control de vertidos: su importe, procedimiento de recaudación,

devengo y liquidación

9. Tipificación de las infracciones en materia de vertidos y régimen

sancionador

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10. Criterios de valoración de daños al Dominio Público Hidráulico

3. Real Decreto Ley 11/1995 de 28 de diciembre, por el que se establecen las

normas aplicables al Tratamiento de las aguas residuales urbanas. La

referida norma tiene por objeto proteger la calidad de las aguas continentales y

marítimas de los efectos negativos de los vertidos de las aguas residuales

urbanas. Los plazos de aplicación de esta norma están vencidos, por lo que todo

su contenido es de absoluta actualidad. En ella se definen todos los conceptos

que se tratan y se exige:

- La dotación de sistemas colectores para recogida de las aguas residuales

urbanas (domésticas mas industriales mas pluviales) para toda

aglomeración urbana con más de 2.000 habitantes-equivalentes

- La dotación de sistemas de depuración de las aguas residuales, que

incluyan tratamiento secundario, para toda aglomeración urbana con más

de 2.000 habitantes-equivalentes

- La dotación de un tratamiento más riguroso que el secundario para todas

las aglomeraciones urbanas con más de 10.000 habitantes-equivalentes

que viertan las aguas residuales en zonas sensibles.

- Los requisitos que deben cumplir las aglomeraciones urbanas que viertan

sus aguas residuales en zonas menos sensibles y no puedan dotarse de

sistemas de tratamiento secundario

4. Real Decreto 509/1996 de 15 de marzo de desarrollo del RDL 11/1995 que

completa y concreta normas aplicables a la Recogida, Depuración y Vertido

de las Aguas Residuales Urbanas, modificado con posterioridad por el Real

Decreto 2116/1998, de 2 de octubre y cuyos contenidos básicos son:

- Establecimiento de los condicionantes que deben cumplirse en el proyecto,

la construcción, la utilización y el mantenimiento de los sistemas colectores

y de las estaciones depuradoras de las aguas residuales.

- Establecimiento de los requisitos exigidos a los vertidos procedentes de las

estaciones depuradoras de aguas residuales con tratamiento secundario.

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- Establecimiento de los requisitos exigidos a los vertidos procedentes de las

estaciones depuradoras de aguas residuales en zonas sensibles.

- Seguimiento y control de cumplimiento de los requisitos establecidos por

parte de las Administraciones Públicas.

- Establecimiento de métodos de referencia para el control del cumplimiento

de los requisitos establecidos para los vertidos.

4) Respecto a los derechos de los usuarios.

1. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

2. Real Decreto Ley 1/2007, por el que se aprueba el Texto Refundido de la

Ley 26/84, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, cuyos

objetivos prioritarios se centran en establecer, sobre bases firmes y directas, los

procedimientos eficaces para la defensa de los consumidores y usuarios;

disponer del marco legal adecuado para favorecer un desarrollo óptimo del

movimiento asociativo en este campo y declarar los principios, criterios,

obligaciones y derechos que configuran la defensa de los consumidores y

usuarios.

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15

De la Comunidad Autónoma Andaluza.

1. Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio por el que se regulan las infracciones y

sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-

alimentaria.

2. Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los

Consumidores y Usuarios de Andalucía, que tiene como objeto la defensa y

protección de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía,

en cumplimiento del mandato establecido en el artículo 51.1 y 2 de la Constitución

Española y del ejercicio de la competencia exclusiva que el artículo 18.1.6 del

Estatuto de Autonomía para Andalucía confiere a la Comunidad Autónoma de

Andalucía.

3. Decreto 32/1985, de 5 de Febrero, sobre fluoración de aguas potables de

consumo público.

4. Decreto 120/91, de 11 de junio de 1991, por el que se aprueba el Reglamento

del Suministro Domiciliario de Agua en Andalucía, cuyo objeto es la ordenación

jurídica del abastecimiento domiciliario de agua, regulando las relaciones entre la

entidad prestataria del servicio y los abonados y usuarios del mismo y señalando los

derechos y obligaciones básicas para cada una de las partes y cuyo contenido

abarca los siguientes ámbitos:

- Definiciones, competencias y normas de carácter general

- Derechos y obligaciones de los abonados y de las entidades suministradoras

- Instalaciones de la entidad suministradora y del abonado

- Acometidas: Condiciones de concesión, fijación de características, ejecución y

conservación

- Régimen económico de la concesión de acometidas

- Control de consumos: Equipos de medida, su verificación, instalación y

conservación

- El Suministro de agua: Tipificación de los suministros,

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16

- El Contrato de suministro: Su concesión, causas y procedimiento de suspensión y

extinción del contrato.

- La regularidad en el suministro de agua a los abonados

- Lecturas, consumos y facturaciones

- Fraudes en el suministro de agua: Régimen sancionador

- Derechos económicos de las entidades suministradoras

- Reclamaciones e infracciones.

5. Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental en Andalucía.

6. Decreto 14/1996 de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la

Calidad de las Aguas Litorales.

7. Orden de 24 de Julio de 1997, por la que se aprueba el Pliego de Condiciones

Generales para el otorgamiento de autorizaciones de vertido al dominio público

marítimo-terrestre.

8. DECRETO 70/2009, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de

Vigilancia Sanitaria y Calidad del Agua de Consumo Humano de Andalucía.

9. Se ha de reseñar la reciente Ley 9/2010 de 30 de Julio de Aguas Para

Andalucía, cuyo objeto es la regulación de:

- La organización y actuación de la administración del agua, así como la

planificación y gestión integral del ciclo hidrológico.

- La participación pública en los órganos administrativos y en la planificación y

gestión del agua, así como la información al público en general sobre el medio

hídrico y difusión de estadísticas del agua.

- Las obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía y su

régimen de ejecución.

- El régimen de abastecimiento, saneamiento y depuración en el ciclo integral del

agua de uso urbano, así como las entidades supramunicipales.

- La evaluación y gestión de los riesgos de inundación, así como la prevención de

efectos por sequía.

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17

- Los ingresos destinados a la ejecución de las infraestructuras del ciclo integral

del agua y al funcionamiento de los servicios públicos vinculados al mismo.

- El régimen sancionador por los incumplimientos de las Normas reguladoras de

los usos y obligaciones en materia de agua.

De los Ayuntamientos.

Ordenanzas y Reglamentos Municipales

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CAPÍTULO II.

DIAGNÓSTICO TÉCNICO Y ECONÓMICO

DE LOS SERVICIOS DE

ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y

DEPURACIÓN DE AGUAS EN LA

PROVINCIA

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II.1. FORMAS DE GESTIÓN DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA EN LA PROVINCIA

DE GRANADA. DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO.

En la gestión del Ciclo Integral del Agua se diferencian en la provincia de Granada

tres sectores, siendo en los dos primeros donde se desarrollan sistemas de gestión

supramunicipales, mientras que el tercer sector se presenta una gestión más variada:

- Sector I: Vega de Granada.

- Sector II: Costa Tropical.

- Sector III: Resto de la provincia.

En primer lugar, el Sector I, Vega de Granada, está conformado por 41 municipios

que aglutinan al 56,85% de la población provincial (480.205 habitantes). En éstos la

gestión del CIA la realizan EMASAGRA, constituida en 1981, y AGUASVIRA, creada en

1995.

En la actualidad está en tramitación la constitución del Consorcio del Ciclo Integral

del Agua de la Vega de Granada, que estará conformado por los municipios de Granada, y

los del Consorcio de Vega – Sierra Elvira y el Consorcio Sierra Nevada – Vega Sur:

1. Granada, con una población de 238.292 habitantes.

2. Consorcio Vega – Sierra Elvira, con 24 municipios y una población de 133.537

habitantes: Albolote, Alfacar, Agrón, Atarfe, Calicasas, Cijuela, Chauchita,

Chimeneas, Colomera, Cogollos Vega, Fuente Vaqueros, Güevejar, Jun, Láchar,

Maracena, Nívar, Peligros, Pinos Puentes, Pulianas, Valderrubio, Vegas del

Genil, Ventas de Huelma, Víznar y Santa Fe.

3. Consorcio Sierra Nevada – Vega Sur, con 16 municipios y 108.376 habitantes:

Alhendín, Armilla, Cajar, Cenes de la Vega, Churriana de la Vega, Cúllar Vega,

Dilar, Escúzar, Las Gabias, Gójar, Huétor-Vega, La Mala, Ogijares, Otura, Pinos

Genil, La Zubia y Quentar.

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20

En este ámbito se encuentran planificadas unas inversiones por valor de

161.838.113 euros.

FIGURA II.1. Gestión del Ciclo Integral del Agua en la provincia de Granada.

Fuente: Diputación de Granada, “El ciclo urbano del agua en la provincia de Granada”.

En segundo lugar, el Sector II, Costa Tropical, está conformado por 17 municipios

con una población de 113.542 habitantes, aglutinando a los siguientes: Albondón,

Almuñecar, Albuñol, Gualchos, Ítrabo, Jete, Lentejí, Los Guajares, Lujar, Molvizar, Motril,

Otivar, Polopos, Rubite, Salobreña, Sorvilán, Vélez de Benaudalla.

En éste la gestión es desarrollada por Aguas y Servicios de la Costa Tropical.

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En tercer lugar, el Sector III, Resto de la Provincia, aglutina el 30% de la

población provincial, donde la gestión del Ciclo Integral del Agua se desarrolla de una

forma heterogénea. Así, en municipios con una entidad poblacional importante, como son

Loja y Guadix, la gestión es realizada por una empresa pública y una empresa mixta

(Ayuntamiento 60% y Agua y Gestión 40%), respectivamente.

En otros municipios se realiza una gestión indirecta a través de empresas privadas

en alguna de las fases del Ciclo: Acciona Agua en Montefrío; Agua y Gestión en Darro,

Huélago, Huéscar, Guadix, Morelabor, Puebla D. Fabrique y Ugíjar; Gestagua en Íllora,

Alfacar, Cortes de Baza, Huétor Tajar, Moraleda, Cacín, Fuensanta, Villanueva del Mesía,

Zújar; y Añil en Cuevas del Campo y Diezma.

En el resto de núcleos la gestión la realiza el propio ayuntamiento.

De esta forma, se percibe una problemática en aquellos municipios, que debido a su

orografía, menor tamaño y por la captación subterránea del agua, la gestión es más

deficiente presentándose carencias de medios personales y económicos.

Además, en el plano de las infraestructuras se aprecian múltiples necesidades

derivadas de deficientes en éstas, o por su inexistencia. Por otra parte, las tarifas

impuestas varían de una población a otra.

En este sentido, la Diputación de Granada viene desarrollando una importante labor

en este campo, donde cabe destacar las siguientes actuaciones:

- Estudios del Ciclo Integral del Agua desde un punto de vista técnico –

económico, donde definir unidades territoriales mínimas para afrontar la

gestión de éste.

- El desarrollo y mejora de infraestructuras, así como la ejecución de las obras.

- Seguimiento y control de las EDARs y los vertidos realizados en la provincia.

� Programas para realizar un uso más eficiente y sostenible de los recursos

hídricos.

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II.2. CARACTERIZACIÓN TÉCNICA DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO,

SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS EN LA PROVINCIA DE GRANADA.

El primer paso en el proyecto de creación de un ente supramunicipal que realice la

gestión del Ciclo Integral del Agua es conocer cuál es el estado de las infraestructuras de

abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas en los distintos municipios de la

provincia. Dado que, tanto los Sectores I y II, correspondientes a la Vega de Granada y la

Costa Tropical ya se encuentran integrados en Asociaciones Territoriales para la gestión

del CIA, se centrará el análisis exclusivamente en los municipios que conforman el Sector

III, denominado “Resto de provincia”.

El estudio de las características y estado de las infraestructuras del Ciclo Integral

Urbano del Agua, abordará los siguientes aspectos, correspondientes a las distintas fases

que comprende el CIA:

• Captaciones.

• Depósitos.

• Saneamiento.

• ETAP.

• Redes.

• Depuración.

• Gestión de lodos de EDAR.

La información básica se extraerá de la Encuesta de Infraestructuras y

Equipamientos Locales de la provincia de Granada (EIEL), suministrada por la Diputación

provincial, y que corresponde a datos del año 2009.

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1. CAPTACIONES

Se denominan captaciones a las tomas de agua para ser conducidas a los núcleos

de población, con la finalidad de ofrecer el servicio de abastecimiento de agua potable.

De la información que se ha extraído de la EIEL, recogida en los gráficos y cuadros

siguientes, se concluye que:

- Los municipios más grandes tienen captaciones que dan servicio a mayor número

de núcleos de población (7,5 núcleos de media en los municipios >5000 Hab. y

4,6 núcleos en los menores de 2000 Hab.).

- El 45,7% de las captaciones proceden de manantiales, seguido de pozos

entubados, con un 32%. A medida que desciende el tamaño del municipio,

aumenta la diversidad de tipos de captaciones.

- La modalidad de gestión de las captaciones es mayoritariamente municipal (77%).

En los municipios menores de 5000 Hab. este porcentaje en aún mayor,

superando el 80%, mientras que en los mayores de 5000 Hab. adquiere una

significativa presencia la empresa municipal como forma de gestión.

- En general, el estado de las captaciones es bueno (más del 75% tienen esta

calificación), aunque los municipios con menos de 5000 Hab. concentran la mayor

parte de las captaciones en mal estado, es decir, requieren la realización de

importantes reparaciones para seguir ofreciendo un buen servicio.

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GRÁFICO II.1.

Numero de medio de núcleos de población servidos po r las captaciones pertenecientes a cada municipio de la p rovincia (*)

7,5

5,34,6

0

1

2

3

4

5

6

7

8

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.2.

Distribución del número de captaciones en la provinc ia(*) según tamaño del municipio y media de captaciones por mun icipio

168 166

370

0

50

100

150

200

250

300

350

400

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

4,3 captac./ municipio

3,9 captac./ municipio

4,7 captac./ municipio

Total captaciones = 704

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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FIGURA II.2. Distribución de las captaciones de agua en la provincia(*).

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

Menor de 5

De 5 a 10

Más de 10

Número total de captaciones

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CUADRO II.1.

Tipos de captaciones en la provincia(*) de Granada.

> 5000 Hab De 2000 a 5000

Hab < 2000 Hab TOTAL Nº % Nº % Nº % Nº %

Canal o similar 5 3,0 4 2,4 65 17,6 74 10,5Embalse o asimilado 9 5,4 1 0,3 10 1,4Galería de filtración 15 9,0 9 2,4 24 3,4Manantial 88 52,4 72 43,4 162 43,8 322 45,7Pozo entubado 69 41,1 58 34,9 98 26,5 225 32,0Pozo excavado 7 4,2 6 1,6 13 1,8Río o asimilado 6 3,6 1 0,6 28 7,6 35 5,0Otros tipos 1 0,3 1 0,1TOTAL 168 100 166 100 370 100 704 100(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.2. Modalidades de gestión de las captaciones en la provincia(*) de Granada.

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab Total

Nº % Nº % Nº % Nº % Empresa Municipal 23 13,7 23 3,3Empresa pública no municipal 1 0,6 14 8,4 15 2,1Mancomunidad 3 1,8 3 0,4Municipal 101 60,1 138 83,1 303 81,9 542 77,0Privada 40 23,8 13 7,8 60 16,2 113 16,1Otros 1 0,6 7 1,9 8 1,1

TOTAL 168 100 166 100 370 100 704 100(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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GRÁFICO II.3

Estado de las captaciones en la provincia (*) de Granada. (En %).

84,5 76,2 82,5

14,3

8,510,4

15,27,1

1,2

0%

20%

40%

60%

80%

100%

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Bueno Regular Malo

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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FIGURA II.3.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 25%

De 25 a 50%

De 50 a 100%

Sin captaciones

Porcentaje de captaciones regulares o malas

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2. CONDUCCIONES.

A efectos de la EIEL, se define la red de conducción, al tramo de tubería que

transporta el agua desde la captación o captaciones, hasta el punto donde se inicia la

distribución domiciliaria de la misma, independientemente donde se ubiquen los

depósitos.

Los datos de la Encuesta arrojan las siguientes conclusiones:

- Los tramos de tubería que transportan el agua desde las captaciones hasta el

punto donde se inicia la distribución domiciliaria se encuentran en buen estado en

un alto porcentaje.

- En los municipios mayores de 5000 Hab., alrededor del 97% de las conducciones

se hallan en buen estado, lo que significa que no presentan problemas de falta de

presión, averías frecuentes, pérdidas por fugas o deterioro de los elementos

accesorios.

- Sin embargo, en los municipios de 2000 a 5000 Hab. las conducciones en regular

o mal estado alcanzan el 22%, y en los municipios menores de 2000 Hab. el

16,8%.

- El material del que están hechas las conducciones es mayoritariamente PVC,

seguido del fibrocemento y el polietileno.

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CUADRO II.3.

Tipo de material de las conducciones existentes en la provincia(*). Porcentajes

verticales según tamaño del municipio.

> 5000

Hab De 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Fibrocemento 26,1 25,5 20,1Fundición 19,1 8,2 10,0Hormigón 0,0 0,0 0,1PVC 48,3 53,7 36,7Polietileno 6,4 12,2 33,1Otros 0,0 0,4 0,1

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.4.

Longitud y estado de las conducciones existentes en la provincia (*). Distribución porcentual según tamaño del municipio.

96,9

75,3

79,7

5,7

6,6

16,7

10,2

0,9

1,9

0,2

2,3

3,5

0% 20% 40% 60% 80% 100%

> 5000 Hab

De 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Bueno Regular Malo En ejecución

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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FIGURA II.4.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

3. DEPÓSITOS.

Los depósitos son cualquier receptáculo o aljibe cuya finalidad sea almacenar agua

de consumo humano ubicado en la cabecera o en tramos intermedios de la red de

distribución.

Según la EIEL, se pueden extraer las siguientes conclusiones, apoyadas en los

cuadros y gráficos que a continuación se recogen:

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 25%

De 25 a 50%

De 50 a 100%

Porcentaje conducciones en regular o mal estado

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- A medida que crece el tamaño del municipio, aumenta el número de depósitos, así

como la capacidad media. Así, en los municipios > 5000 Hab. hay una media de

10 depósitos, frente a los 3,2 de los municipios inferiores a 2000 Hab. Por otro

lado, la capacidad media de los depósitos en los municipios más grandes se

encuentra próxima a los 500 m3, mientras que en los más pequeños, se alcanza

una capacidad media de 220,6 m3.

- El estado de conservación de los depósitos en la provincia es mayoritariamente

bueno, es decir, no presentan grietas que produzcan filtraciones o fugas, ni

deterioros importantes de los elementos auxiliares o estructurales. Las mayores

deficiencias se encuentran en los municipios medianos y pequeños, en los que

alrededor del 20% de los depósitos están en regular o mal estado.

GRÁFICO II.5.

Número medio de depósitos por municipio y capacidad media por depósito.

10,0

5,5

3,2

486,0

289,1

220,6

0,0

2,0

4,0

6,0

8,0

10,0

12,0

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

med

io d

epós

itos

0,0

100,0

200,0

300,0

400,0

500,0

600,0

Cap

acid

ad m

edia

(m

3)

Media depositos/municipio Capacidad media por depósito (m3)

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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33

CUADRO II.4.

Estado de los depósitos existentes en la provincia(*).

Distribución porcentual según tamaño del municipio.

Calificación del Estado

Bueno Regular Malo En Ejecución

Total Depósitos

> 5000 Hab 89,3% 7,9% 2,1% 0,7% 140De 2000 a 5000 Hab 78,9% 13,5% 7,5% 0,0% 133

< 2000 Hab 74,6% 14,7% 9,1% 1,7% 232(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.6.

Protección de los depósitos existentes en la provin cia (*). Distribución porcentual según tamaño del municipio.

97,9

68,4

85,3

21,8

11,29,81,4

3,40,7

0%

20%

40%

60%

80%

100%

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Suficiente Insuficiente No protegido

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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34

FIGURA II.5.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 25%

De 25 a 50%

De 50 a 100%

Porcentaje depósitos en regular o mal estado

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35

FIGURA II.6.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

4. INSTALACIONES DE TRATAMIENTOS DE POTABILIZACIÓN (ETAP).

Para la cumplimentación de la EIEL se han tenido en cuenta las definiciones de los

métodos de tratamiento que establece la Directiva 75/440/CEE, de 16 de junio, relativa a

la Calidad requerida para las Aguas superficiales destinadas a la producción de agua

potable en los Estados miembros. Los métodos de tratamiento son de aplicación en todos

los tipos de aguas, siguiendo los criterios del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 25%

De 25 a 50%

De 50 a 100%

Porcentaje capacidad depósitos en regular o mal est ado

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En los municipios del Sector III (Resto de provincia), se desprenden las siguientes

conclusiones acerca de la potabilización y desinfección de aguas:

- Los tratamientos de potabilización de las aguas son muy básicos,

mayoritariamente mediante filtración/decantación rápidas, más desinfección

realizada con hipoclorito.

- Más del 93% de los municipios mayores de 5000 Hab. realizan un control diario de

la potabilidad de las aguas. A medida que disminuye la población del municipio,

desciende la asiduidad de los controles, de forma que entre un 10-14% de los

municipios menores de 5000 Hab. realizan los controles semanales, mientras que

ningún municipio con más de 5000 Hab.

- El estado de las infraestructuras de potabilización es bueno en la mayoría de

municipios de la provincia. Sólo en aquellos que tienen menos de 2000 Hab. se ha

registrado un porcentaje más elevado de infraestructuras en mal estado (un 8,5%

se encuentran en regular o mal estado).

CUADRO II.5.

Tipos de tratamientos de potabilización en los municipios de la provincia(*)

según tamaño del municipio. Porcentajes horizontales.

No

especificado A1 A2 A3 Desaladora> 5000 Hab 33,7 64,4 1,9 0,0 0,0

De 2000 a 5000 Hab 65,4 34,6 0,0 0,0 0,0< 2000 Hab 44,8 51,2 0,0 0,5 3,4

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. Significado tratamientos:

A1 – Filtración/decantación rápidas + desinfección. A2 - Tratamiento físico normal, tratamiento químico y desinfección A3 - Tratamiento físico y químico intensivos, afino y desinfección

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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GRÁFICO II.7.

Métodos de desinfección aplicados en los

municipios de la provincia (*)

Hipoclorito99,5%

Otros0,5%

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.6. Periodicidad en el control de calidad de la potabilidad de las aguas según

tamaño del municipio. Porcentajes verticales.

> 5000

HabDe 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Alterno 0,0 0,0 4,4Diario 93,3 84,6 70,4Mensual 1,9 1,0 8,4Otro 4,8 0,0 4,9Quincenal 0,0 1,0 1,0Semanal 0,0 13,5 10,8

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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38

GRÁFICO II.8.

Estado de conservación de los equipamientos de potabilización en la provincia (*), según tamaño del municipio.

Porcentajes.

100,0

99,0

91,5

1,5

1,0

7,0

0% 20% 40% 60% 80% 100%

> 5000 Hab

De 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Bueno Regular Malo

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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39

FIGURA II.7.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

CarataunasLeyenda

Bueno

Regular

Malo

Porcentaje conservación equipamientos de potabiliza ción

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40

5. RED DE DISTRIBUCIÓN.

De acuerdo con la EIEL, se entiende por red de distribución, el conjunto de

tuberías que reparten el agua a los usuarios, sin que forme parte de este conjunto las

acometidas de agua.

Tras el análisis efectuado en la provincia, se concluye que:

- Al igual que en el resto de infraestructuras, conforme aumenta el tamaño del

municipio, mejora el estado de las redes de distribución de agua. Entre un 13% y

un 15% de los municipios menores de 5000 Hab. tienen redes en regular o mal

estado, mientras que en los municipios más grandes, el porcentaje desciende al

9%.

- De forma mayoritaria, las redes de distribución están hechas de PVC, Polietileno o

Fibrocemento, sumando entre los tres tipos de material más de un 90%.

CUADRO II.7. Tipos de materiales de las redes de distribución de agua en la provincia(*)

según tamaño del municipio. Porcentajes verticales.

> 5000

HabDe 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Fibrocemento 25,2 19,9 22,9Fundición 8,6 3,0 5,5PVC 34,5 35,7 28,6Polietileno 30,9 39,1 42,5Otros 0,7 2,4 0,5

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.8. Longitud y Estado de las redes de distribución de agua en la provincia(*) según

tamaño del municipio. Porcentajes verticales.

Estado > 5000

HabDe 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Bueno 89,7 85,1 83,8Regular 7,0 3,6 5,3Malo 2,0 10,5 9,9En Ejecución 1,3 0,8 1,0Total m 621.089 775.917 636.537

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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FIGURA II.8.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 10%

De 10 a 25%

Más de 25%

Porcentaje de redes de distribución en regular o ma l estado

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6. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO.

Las conclusiones extraídas de la EIEL, en torno al servicio de abastecimiento en los

municipios no integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA, son las

siguientes:

- En términos globales, los municipios de la provincia disponen de suficiente

dotación de agua para el abastecimiento, aunque se ha detectado un mayor déficit

en los municipios entre 2000 y 5000 Hab., en los cuales el 31,8% presenta

insuficiencia, así como en los menores de 2000 Hab., donde el porcentaje alcanza

el 20%.

- Las mayores restricciones de agua se dan también los municipios intermedios y en

los más pequeños, aunque en general, la mayor parte no sufre restricciones.

- El 11,3% de las viviendas existentes en los municipios menores de 2000 Hab. no

poseen contadores, siendo este porcentaje inapreciable en el resto de municipios

analizados.

- También son los municipios más pequeños los que registran un porcentaje mayor

de viviendas con defectos de presión, tanto por exceso, como por defecto.

GRÁFICO II.9.

Suficiencia de la dotación de agua para el abasteci miento en la provincia (*) según tamaño del municipio

89,8

68,280,6

10,2

31,819,4

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Suficiente Insuficiente

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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GRÁFICO II.10.

Restricciones en el abastecimiento de aguas en la p rovincia (*)

según tamaño del municipio

96,683,5 91,1

14,12,4

3,48,9

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Sin restricciones Restricción fuerte(1) Restricción media(2)

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. (1) Restricción parcial más de 8 horas/día. (2) Restricción parcial menos de 8 horas/día.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.11.

Porcentaje de viviendas según tengan contador o no en la provincia (*), según el tamaño del municipio.

98,9

88,7 11,3

99,97 0,03

1,1

0% 20% 40% 60% 80% 100%

> 5000 Hab

De 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

SI NO

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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GRÁFICO II.12.

Porcentaje de viviendas sobre el total con defectos de presión

6,45,9

8,2

0,0

1,0

2,0

3,0

4,0

5,0

6,0

7,0

8,0

9,0

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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45

FIGURA II.9.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 50%

De 50 a 99%

Todas

Porcentaje de viviendas con insuficiencia de abasta cimiento

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46

FIGURA II.10.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 10%

De 10 a 30%

Más de 30%

Porcentaje de viviendas con problemas de presión en el abastecimiento

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7. SANEAMIENTO.

A efectos de la EIEL, se define el saneamiento como el servicio que se presta

mediante red de alcantarillado y saneamientos autónomos.

Se entiende por red de alcantarillado, el conjunto de tuberías destinadas a la

recogida y evacuación de las aguas residuales, pluviales o mixtas. La red de alcantarillado

está compuesta por los ramales que forman la red de saneamiento interior, y los

colectores y emisarios.

Se considera red de saneamiento interior a los tramos de red ramificada en el

núcleo. El tramo de tubería que recoge las aguas residuales de estos tramos se define

como colector.

Se considera emisario el tramo comprendido entre el punto que convergen los

colectores generales y el vertido, con independencia de donde se ubique la estación

depuradora.

El análisis efectuado de los datos recogidos en la EIEL, ha arrojado las siguientes

conclusiones en torno al servicio de saneamiento en la provincia:

- Las redes de saneamiento en la provincia están hechas, en más de un 95%, de

Hormigón o PVC, aunque este último material es menos común en los municipios

superiores a 5000 Hab. (24,5% frente a más del 40% en el resto de municipios).

- Las mayores deficiencias en las redes de saneamiento se registran en los

municipios menores de 2000 Hab., que alcanzan el 23,5%, frente al 12,8% en los

de 2000 a 5000 Hab. y el 3,4% en los mayores de 5000.

- Los materiales utilizados para los colectores de saneamiento son mayoritariamente

de hormigón o PVC, aumentando el peso de este último material conforme

disminuye el tamaño poblacional del municipio.

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- Los colectores de saneamiento se encuentran en buen estado en más del 80% de

municipios, aunque como es habitual, los núcleos poblacionales más pequeños

presentan las mayores deficiencias.

- Los tramos de emisarios están fabricados de hormigón o PVC, siendo el primero

de los materiales el mayoritario en los municipios de más de 5000 Hab. (92,6%),

mientras que en los más pequeños, no llega al 60%.

- La longitud terrestre de los emisarios está en buen estado en un porcentaje

elevado (casi el 100% en los municipios más grandes). Sin embargo, en los

núcleos con menos de 2000 Hab. más de un 20% de la longitud de los emisarios

se encuentra en regular o mal estado.

- La amplia mayoría de viviendas con servicio de abastecimiento de aguas están

conectadas a la red de alcantarillado, si bien, en los municipios menores de 2000

Hab. es donde se registra el mayor porcentaje de viviendas no conectadas (un

3,3% de todas las viviendas con servicio).

- La calidad de la red de alcantarillado es peor en los municipios más grandes, en

los cuales, dos tercios de los núcleos poblacionales presentan un estado regular o

malo. En los municipios inferiores a 5000 Hab., la red de alcantarillado en regular

o mal estado afecta al 40% de los núcleos.

- El porcentaje de caudal tratado, respecto al desaguado, es mayor en los

municipios con más de 5000 Hab. (el 38,7%). Esta ratio representa sólo el 10,5%

en los municipios entre 2000 y 5000 Hab.

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49

CUADRO II.9.

Tipos de materiales de las redes de saneamiento en la provincia(*) según

tamaño del municipio. Porcentajes verticales.

> 5000

HabDe 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Hormigón 72,3 55,9 47,7PVC 24,5 41,2 49,5Polietileno 3,2 0,0 0,3Fibrocemento 0,0 0,6 2,2Fundición 0,0 1,1 0,0Otros 0,0 1,1 0,3

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.10.

Longitud y estado de las redes de saneamiento en la provincia(*) según tamaño

del municipio. Porcentajes horizontales.

Total

metros Bueno Regular Malo En

Ejecución > 5000 Hab 540.677 94,6 1,4 2,0 2,1

De 2000 a 5000 Hab 453.963 84,5 2,6 10,2 2,8< 2000 Hab 532.761 75,9 10,7 12,8 0,6

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.11.

Tipos de materiales de los colectores de saneamiento en la provincia(*) según

tamaño del municipio. Porcentajes verticales.

> 5000 HabDe 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Fibrocemento 0,0 0,8 1,8 Fundición 0,0 0,4 1,2 Hormigón 86,9 68,8 50,3 Otros 0,0 1,7 0,3 PVC 13,1 27,8 46,4 Polietileno 0,0 0,4 0,0

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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50

FIGURA II.11.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 20%

De 20 a 50%

De 50 a 100%

Porcentaje de colectores en regular o mal estado

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51

GRÁFICO II.13.

Longitud y estado de los colectores de saneamiento en la

provincia (*), según tamaño del municipio. Porcentajes horizontales.

80,6

81,5

83,3

15,5

6,1

6,0

11,3

10,2

2,0

0,5

1,1

1,9

0% 20% 40% 60% 80% 100%

> 5000 Hab

De 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Bueno Regular Malo En Ejecución

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.14.

Sistema de transporte de los colectores de saneamie nto en la

provincia (*), según tamaño del municipio.

100 95,4 99,4

4,6 0,6

0%

20%

40%

60%

80%

100%

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Tramos por Gravedad Conducciones por Impulsión

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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CUADRO II.12.

Número de emisarios de saneamiento y número de núcleos de población a los

que dan servicio en la provincia(*), según tamaño del municipio.

Emisarios

Nº núcleos de población servidos

Nº Emisarios por núcleo

servido > 5000 Hab 97 57 1,7

De 2000 a 5000 Hab 198 73 2,7< 2000 Hab 224 120 1,9

TOTAL 519 250 2,1(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.13.

Tipos de material de los tramos de emisarios en la provincia(*), según tamaño

del municipio. Porcentajes verticales.

> 5000

HabDe 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Hormigón 92,6 74,9 59,5PVC 7,4 23,6 36,5Fibrocemento 0,0 0,0 3,6Fundición 0,0 0,5 0,5Otros tipos 0,0 1,0 0,0

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.14.

Longitud terrestre y estado de los tramos de emisarios saneamiento en la

provincia(*) según tamaño del municipio. Porcentajes horizontales.

Total

metros Bueno Regular Malo En

Ejecución > 5000 Hab 55.331 99,0 0,3 0,7 0,0

De 2000 a 5000 Hab 23.918 84,9 10,8 4,3 0,0

< 2000 Hab 29.898 79,4 10,8 9,6 0,2(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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53

FIGURA II.12.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 20%

De 20 a 50%

De 50 a 100%

Porcentaje de emisarios en regular o mal estado

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GRÁFICO II.15.

Zona de vertido de los emisarios de saneamiento en la

provincia (*), según tamaño del municipio.

100,090,3

98,2

9,7 0,5

1,4

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Zona Normal Zona Sensible Zona Menos Sensible

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.16.

Distancia media de vertido al núcleo de población d e los

emisarios de saneamiento en la provincia (*), según tamaño del municipio. (Metros)

227,0

163,6 162,6

0,0

50,0

100,0

150,0

200,0

250,0

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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GRÁFICO II.17.

Porcentaje de viviendas con servicio no conectadas respecto al total de viviendas. Municipios de la

provincia (*) según tamaño.

0,9 1,0

3,3

0,0

0,5

1,0

1,5

2,0

2,5

3,0

3,5

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.18.

Calidad de la red de alcantarillado en la provincia (*), según tamaño del municipio

30,5

61,2

60,5

42,4

16,5

24,2

23,7

10,6

13,7

11,8

3,4

1,6

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

> 5000 Hab

De 2000 a 5000 Hab

< 2000 Hab

Bueno Regular Malo Sin servicio

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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FIGURA II.13.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 10%

De 10 a 30%

Más de 30%

Porcentaje de viviendas con red de saneamiento en regular o mal estado

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FIGURA II.14.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Ninguna

De 0 a 50%

De 50 a 100%

Todos

Porcentaje de alcantarillado en regular o mal estad o

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58

CUADRO II.15.

Caudal de desagüe, tratado y reutilizado según el tamaño de los municipios de la provincia(*).

Caudal de desagüe

(m3)

Caudal Tratado

(m3)

Caudal Reutilizado

(m3)

% Tratado/

Desaguado

% Reutilizado/

Tratado > 5000 Hab 8.854.340 3.428.530 0 38,7 0,0 De 2000 a 5000 Hab 5.788.708 607.886 76.800 10,5 12,6 < 2000 Hab 6.110.420 1.370.578 186.995 22,4 13,6 (*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.16.

Longitud de la red deficitaria de alcantarillado y viviendas y población afectadas en la provincia(*), según tamaño del municipio.

Longitud Red

Deficitaria (m)

Viviendas Afectadas

Déficit Red

Población Residente Afectada

% Viviendas afectadas/Total

Viviendas

% Población afectada/Total

población > 5000 Hab 8.623 460 1315 0,7 0,9

De 2000 a 5000 Hab 5.048 351 696 1,0 1,0

< 2000 Hab 11.958 337 1231 0,8 2,2(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

8. DEPURACIÓN.

A efectos de cumplimentar adecuadamente la información recogida en la EIEL, se

han tenido en cuenta las siguientes definiciones establecidas en el Real Decreto-Ley

11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al

tratamiento de las aguas residuales urbanas, así como otras complementarias.

• Aguas residuales urbanas: Las aguas residuales domésticas o la mezcla de éstas

con aguas residuales industriales o con aguas de escorrentía pluvial.

• Aguas residuales domésticas: Todas las aguas residuales procedentes de zonas de

vivienda y de servicios generadas principalmente por el metabolismo humano y las

actividades domésticas.

• Aguas residuales industriales: Todas las aguas residuales vertidas desde locales

utilizados para cualquier actividad comercial o industrial, que no sean aguas

residuales domésticas ni aguas de escorrentía pluvial.

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59

• Fangos: Los lodos residuales, tratados o no, procedentes de las instalaciones de

tratamiento de aguas residuales urbanas.

• Tratamiento de fangos: Son los procesos destinados a reducir el volumen de los

fangos producidos en el tratamiento del agua residual para evitar el manejo de

grandes cantidades, estabilizar los fangos para evitar problemas de fermentación y

otros riesgos y conseguir una textura adecuada para que resulten manejables y

fácilmente transportables.

• Tratamiento primario: el tratamiento de aguas residuales urbanas mediante un

proceso físico y/o químico que incluya la sedimentación de sólidos en suspensión u

otros procesos en los que la DBO5 (demanda bioquímica de oxígeno de cinco

días), de las aguas que entren se reduzca por lo menos un 20% antes del vertido

y el total de sólidos en suspensión en las aguas residuales de entrada se reduzca

por lo menos un 50%.

• Tratamiento secundario: el tratamiento de aguas residuales urbanas mediante un

proceso que incluya, por lo general, un tratamiento biológico con sedimentación

secundaria, u otro proceso en el que se respeten los requisitos exigidos en la

Directiva.

Las conclusiones del análisis realizado, que se desprenden de los cuadros y

gráficos siguientes, son:

- Alrededor de la mitad de municipios de la provincia (no agrupados en asociaciones

territoriales para la gestión del CIA) cuentan con estaciones depuradoras de aguas

residuales (EDAR). En los municipios mayores de 5000 Hab., este porcentaje se

eleva al 78,6%, frente a menos del 45% en el resto.

- La población cubierta por la depuración de aguas, representa casi el 65% de la

población total del territorio objeto de análisis (Sector III. “Resto de provincia”).

En los municipios más grandes, la depuración está más extendida, cubriéndose

actualmente el 83,6% de la población. En los municipios menores de 2000 Hab. se

llega al 50,4% de cobertura, mientras que en los intermedios, el porcentaje es

bastante inferior (el 36%).

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60

GRÁFICO II.19A

Porcentaje de municipios con estaciones depuradoras en

la provincia (*), según tamaño del municipio.

78,6

41,7 43,1

0,0

10,0

20,0

30,0

40,0

50,0

60,0

70,0

80,0

90,0

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Media total = 47,3%

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.19B

Porcentaje de población cubierta por la depuración de aguas en la provincia (*), según tamaño del municipio.

83,6

36,050,4

0,0

10,0

20,0

30,0

40,0

50,0

60,0

70,0

80,0

90,0

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

Media total = 64,9%

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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61

FIGURA II.15.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

- De forma mayoritaria, las depuradoras de la provincia emplean tratamientos

secundarios de depuración (el 85,5%). El 38,2% de las depuradoras utilizan

tratamientos primarios, siendo este porcentaje superior al 50% en los municipios

mayores de 5000 Hab. Finalmente, el 23,7% de las depuradoras aplican ambos

tratamientos, registrándose los mayores porcentajes en los municipios más

grandes.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Sin EDAR

De 0 a 50%

De 50 a 100%

Con EDAR

Porcentaje de la población cubierta con EDAR en funcionamiento

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- Los problemas detectados en las EDAR son mayores conforme más pequeño es el

municipio, sobre todo, por causas como el abandono, la existencia de vertidos

industriales adicionales o la falta de elementos básicos. Así, el 78,9% de las EDAR

en los municipios mayores de 5000 Hab. no presentan problemas, mientras que en

los menores de 2000 Hab., este porcentaje se reduce al 54,8%.

- También es más frecuente el tratamiento de los lodos en las EDAR en los

municipios que superan los 5000 Hab., frente al resto. El destino de los mismos va

a parar, mayoritariamente, a vertederos, o tiene como destino la agricultura (sin

compostaje).

CUADRO II.17. Porcentaje de Depuradoras según el tratamiento de depuración utilizado en la

provincia(*), según tamaño del municipio

% Depuradoras con Tratamiento

Primario

% Depuradoras con Tratamiento

Secundario

% Depuradoras con Ambos

Tratamientos Total

Depuradoras > 5000 Hab 52,6 89,5 42,1 19

De 2000 a 5000 Hab 26,7 93,3 20,0 15< 2000 Hab 35,7 81,0 16,7 42

TOTAL 38,2 85,5 23,7 76(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

CUADRO II.18. Tratamientos de depuración en la provincia(*), según tamaño del municipio.

Porcentajes verticales.

TRATAMIENTOS PRIMARIOS DE DEPURACIÓN TRATAMIENTOS SECUNDARIOS DE DEPURACIÓN

> 5000

Hab

De 2000 a 5000

Hab< 2000

Hab > 5000

Hab

De 2000 a 5000

Hab< 2000

Hab

NINGUNO 47,4 73,3 64,3 Lechos de turba + otros 21,1 26,7 31,0

Decantador-Digestor 21,1 0,0 26,2 NINGUNO 10,5 6,7 19,0

Decantador 15,8 20,0 0,0 Fangos activados + otros 36,8 6,7 26,2

Fosa séptica + otros 0,0 6,7 2,4 Lechos bacterianos + otros 15,8 40,0 16,7

Laguna anaerobia 0,0 0,0 2,4 Otros sistemas 15,8 20,0 7,1

Decantador + otros 5,3 0,0 0,0

Otros sistemas 10,5 0,0 4,8(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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GRÁFICO II.20.

Capacidad media por depuradora en los municipios de

la provincia (*), según tamaño

146.647

66.54356.943

0

20.000

40.000

60.000

80.000

100.000

120.000

140.000

160.000

> 5000 Hab De 2000 a 5000Hab

< 2000 Hab

M3/Año

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.21.

Capacidad media de las depuradoras por habitante en

los municipios de la provincia (*), según tamaño

88,2

38,5

63,9

0,010,020,030,040,050,060,070,080,090,0

100,0

> 5000 Hab De 2000 a 5000Hab

< 2000 Hab

M3/Año

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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CUADRO II.19. Problemas detectados en las EDAR de la provincia(*), según tamaño del

municipio. Porcentajes verticales.

> 5000 Hab

De 2000 a

5000 Hab

< 2000 Hab

NO existen problemas 78,9 53,3 54,8Abandono + otros 10,5 46,7 9,5

Sistema de depuración inadecuado 5,3 0,0 2,4Existencia de vertidos industriales adicionales 0,0 0,0 4,8

Falta de elementos básicos + otros 0,0 0,0 4,8Otros 5,3 0,0 23,8

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

GRÁFICO II.22.

Tratamientos de los Lodos en las EDAR de la provinc ia(*), según tamaño del municipio.

31,6

53,340,5

52,6

40,0

33,3

15,86,7

26,2

0%

20%

40%

60%

80%

100%

> 5000 Hab De 2000 a 5000 Hab < 2000 Hab

NINGUNO Digestión Anaerobia + otros Otros

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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CUADRO II.20. Destino de los Lodos de las EDAR de la provincia(*), según tamaño del

municipio. Porcentajes verticales.

> 5000

Hab

De 2000 a 5000

Hab < 2000

Hab SIN ESPECIFICAR 10,5 40,0 9,5 Vertedero + otros 63,2 53,3 73,8

Agricultura (sin compostaje) 26,3 0,0 11,9 Agricultura (con compostaje) 0,0 0,0 2,4

Otros 0,0 6,7 2,4 (*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

II.3. DIAGNÓSTICO TÉCNICO DEL ESTADO DE LAS INFRAESTRUCTURAS DEL

CICLO INTEGRAL DEL AGUA EN LA PROVINCIA DE GRANADA.

La caracterización efectuada en el apartado anterior, en relación a las

infraestructuras de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas en los municipios

no integrados en Asociaciones Territoriales de Gestión del CIA, ha servido para conocer

las diferencias existentes entre los municipios, según su tamaño poblacional.

La información analizada describe unas infraestructuras deficientes en una parte

importante de los municipios menos poblados. Prácticamente la totalidad de las variables

estudiadas, que se corresponden con las distintas fases del CIA, revelan que cuanto

mayor es el tamaño del municipio, menor déficit presentan sus infraestructuras de

abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas.

Para contrastar estas afirmaciones, se ha construido un indicador sintético, que

incluye las siguientes variables:

1. Porcentaje de captaciones en regular o mal estado

2. Porcentaje de conducciones en regular o mal estado (según longitud)

3. Porcentaje de la capacidad de almacenamiento de los depósitos en regular o mal

estado

4. Grado de Conservación de los equipamientos de potabilización

5. Porcentaje de las redes de distribución en Regular o Mal estado (según longitud)

6. Porcentaje de viviendas con insuficiencia abastecimiento

7. Porcentaje de viviendas con problemas de presión

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8. Porcentaje de la red de saneamiento en regular o mal estado (según longitud)

9. Porcentaje de colectores en regular o mal estado (según longitud)

10. Porcentaje de emisarios en regular o mal estado (según longitud)

11. Porcentaje de la red de alcantarillado en regular o mal estado (según longitud)

En cada municipio se ha valorado el estado de las infraestructuras del CIA, a

través de las 11 variables anteriores, referidas a las fases de abastecimiento y

saneamiento, de acuerdo con los siguientes valores:

1 = Más de un 50% de las infraestructuras analizadas se encuentran en regular o

mal estado.

2 = Entre un 25% y un 50% de las infraestructuras analizadas se encuentran en

regular o mal estado.

3 = Menos del 25% de las infraestructuras analizadas se encuentran en regular o

mal estado.

4 = Las infraestructuras analizadas no presentan problemas.

A continuación se suma la puntuación obtenida por cada municipio, en cada

variable, pudiendo oscilar entre un mínimo de 11 puntos y un máximo de 44 puntos,

según el siguiente cálculo:

11 variables x 1 punto = 11 puntos � En este caso, el municipio X presenta

graves problemas en todas las fases del abastecimiento y saneamiento de aguas.

En este caso, el municipio X no presenta problemas en ninguna fase del

abastecimiento y saneamiento de aguas.

11 variables x 4 puntos = 44 puntos � En este caso, el municipio X no presenta

problemas en ninguna fase del abastecimiento y saneamiento de aguas.

El Indicador Sintético se construye como el porcentaje que alcanza un municipio

sobre la puntuación máxima que podría obtener si todas las fases del abastecimiento y

saneamiento de aguas presentaran problemas graves.

100)44(

×=puntosmáximaPuntuación

nicipioXtotaldelMuPuntuaciónIS

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Así, el Indicador Sintético tomará valores entre 1 y 100 por ciento para cada

municipio, expresando menores problemas en las infraestructuras de abastecimiento y

saneamiento de aguas, a medida que un municipio obtenga un valor próximo a cien.

Finalmente, para graduar la intensidad de los problemas en las infraestructuras

que posee cada municipio, se ha dividido el Indicador Sintético en los siguientes estratos,

indicando el estado de las mismas:

• Muy Bueno (Valor 90-100 Ind. Sintético)

• Bueno (Valor 80-90 Ind. Sintético)

• Regular (Valor 70-80 Ind. Sintético)

• Malo (Valor 60-70 Ind. Sintético)

• Muy Malo (Valor < 60 Ind. Sintético)

En el cuadro II.21. se recoge el valor obtenido por cada municipio en cada

variable, y el resultado final del indicador sintético.

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CUADRO II.21.

Estado de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento en los municipios de la provincia(*). Indicador Sintético y

valoración global.

Nombre municipio

% de captaciones en regular o mal estado

% de conducciones en regular o mal estado

% de la capacidad de

almacenamien-to de los

depósitos en regular o mal

estado

Grado de Conservación

de los equipamientos

de potabilización

% de las redes de

distribución en Regular

o Mal estado

% de viviendas

con insuficiencia

abasteci-miento

% de viviendas

con problemas de presión

% de la red de

saneamiento en regular o mal estado

% de colectores en regular

o mal estado

% de emisarios

en regular o

mal estado

% de la red de

alcantarillado en regular o mal estado

INDICADOR SINTÉTICO

VALORACIÓN GLOBAL

INFRAESTRUC-TURAS

Alamedilla 1 4 3 3 3 4 3 3 4 3 1 74,4 Regular

Albuñán 2 3 2 3 3 4 4 4 3 2 4 79,1 Regular

Albuñuelas 4 3 4 3 1 4 3 1 4 4 1 74,4 Regular

Aldeire 4 2 1 3 2 4 2 1 2 4 1 60,5 Malo

Algarinejo 4 1 4 3 1 4 3 4 4 4 4 83,7 Bueno Alhama de Granada 4 4 4 3 1 4 2 3 3 3 3 79,1 Regular

Alicún de Ortega 4 1 1 3 4 4 4 3 4 4 4 83,7 Bueno

Almegíjar 3 3 4 3 1 4 4 3 4 4 4 86 Bueno Alpujarra de la Sierra 1 2 4 3 2 2 4 2 4 4 1 67,4 Malo

Alquife 1 2 1 1 2 1 3 1 1 1 1 34,9 Muy malo

Arenas del Rey 3 1 4 3 2 4 3 2 4 4 4 79,1 Regular

Baza 3 2 3 3 3 4 4 3 4 4 2 81,4 Bueno

Beas de Granada 4 4 2 3 3 4 4 4 4 4 4 93 Muy bueno

Beas de Guadix 4 3 2 3 1 4 1 4 2 2 4 69,8 Malo

Benalúa 4 3 4 2 2 4 4 1 1 1 1 62,8 Malo Benalúa de las Villas 3 3 4 3 4 4 3 4 4 4 1 86 Bueno

Benamaurel 4 1 3 3 1 1 2 2 1 1 3 51,2 Muy malo

Bérchules 4 3 4 3 3 4 4 4 4 4 1 88,4 Bueno

Bubión 4 4 4 3 3 4 3 4 3 4 4 93 Muy bueno

Busquístar 3 4 2 3 4 4 4 4 4 4 4 93 Muy bueno

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69

Nombre municipio

% de captaciones en regular o mal estado

% de conducciones en regular o mal estado

% de la capacidad de

almacenamien-to de los

depósitos en regular o mal

estado

Grado de Conservación

de los equipamientos

de potabilización

% de las redes de

distribución en Regular

o Mal estado

% de viviendas

con insuficiencia

abasteci-miento

% de viviendas

con problemas de presión

% de la red de

saneamiento en regular o mal estado

% de colectores en regular

o mal estado

% de emisarios

en regular o

mal estado

% de la red de

alcantarillado en regular o mal estado

INDICADOR SINTÉTICO

VALORACIÓN GLOBAL

INFRAESTRUC-TURAS

Cacín 4 4 3 3 1 4 4 1 4 4 1 76,7 Regular

Cádiar 4 3 1 3 4 4 3 1 1 1 4 67,4 Malo

Calahorra (La) 1 3 1 3 1 4 4 1 1 1 1 48,8 Muy malo

Campotéjar 4 4 4 3 2 4 3 2 2 2 4 79,1 Regular

Caniles 4 4 4 3 4 4 3 3 3 4 2 88,4 Bueno

Cáñar 2 4 1 3 3 4 4 4 1 4 4 79,1 Regular

Capileira 4 4 4 3 4 1 3 4 4 4 4 90,7 Muy bueno

Carataunas 4 4 4 3 4 1 4 4 4 4 4 93 Muy bueno

Cástaras 4 4 4 3 3 4 3 4 4 4 4 95,3 Muy bueno

Castilléjar 1 1 1 3 1 4 4 1 1 4 3 55,8 Muy malo

Castril 1 4 4 3 3 1 2 2 3 4 3 69,8 Malo

Cogollos de Guadix 4 4 4 3 2 4 4 1 4 4 4 88,4 Bueno

Cortes de Baza 4 2 3 3 4 4 3 1 2 1 4 72,1 Regular

Cortes y Graena 4 2 1 1 4 1 2 4 3 2 1 58,1 Muy malo

Cuevas del Campo 4 4 4 3 2 1 3 3 4 4 2 79,1 Regular

Cúllar 4 1 3 3 1 2 3 1 4 4 1 62,8 Malo

Darro 4 2 4 3 1 4 2 4 4 1 1 69,8 Malo Dehesas de Guadix 4 2 2 3 4 4 1 4 4 4 4 83,7 Bueno

Deifontes 2 4 2 3 3 4 2 3 4 4 4 81,4 Bueno

Diezma 4 4 2 1 4 4 3 1 1 1 1 60,5 Malo

Dólar 2 2 4 3 2 4 4 1 1 1 1 58,1 Muy malo

Dúdar 4 3 4 3 3 4 4 1 1 1 4 74,4 Regular

Dúrcal 4 4 4 3 1 1 3 3 1 1 1 60,5 Malo

Ferreira 4 4 2 3 1 1 4 4 4 4 1 74,4 Regular

Fonelas 4 4 1 3 2 4 3 3 4 1 4 76,7 Regular

Freila 4 4 4 3 4 4 1 4 4 4 4 93 Muy bueno

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70

Nombre municipio

% de captaciones en regular o mal estado

% de conducciones en regular o mal estado

% de la capacidad de

almacenamien-to de los

depósitos en regular o mal

estado

Grado de Conservación

de los equipamientos

de potabilización

% de las redes de

distribución en Regular

o Mal estado

% de viviendas

con insuficiencia

abasteci-miento

% de viviendas

con problemas de presión

% de la red de

saneamiento en regular o mal estado

% de colectores en regular

o mal estado

% de emisarios

en regular o

mal estado

% de la red de

alcantarillado en regular o mal estado

INDICADOR SINTÉTICO

VALORACIÓN GLOBAL

INFRAESTRUC-TURAS

Galera 1 4 4 3 1 2 4 2 4 4 3 74,4 Regular

Gobernador 3 2 1 3 4 2 3 3 4 4 4 76,7 Regular

Gor 3 3 3 3 2 4 3 4 4 4 4 86 Bueno

Gorafe 4 4 2 3 4 4 3 4 4 4 4 93 Muy bueno

Guadahortuna 2 2 2 3 1 4 3 1 1 2 1 51,2 Muy malo

Guadix 3 4 4 3 4 3 3 4 4 4 3 90,7 Muy bueno

Güejar Sierra 2 4 3 3 4 4 4 2 4 4 4 88,4 Bueno

Huélago 4 4 4 3 1 4 3 2 4 4 4 86 Bueno

Huéneja 1 2 1 3 1 4 1 3 4 4 2 60,5 Malo

Huéscar 4 4 2 3 4 2 4 4 4 4 1 83,7 Bueno

Huétor de Santillán 3 3 1 2 2 3 3 1 2 1 4 58,1 Muy malo

Huétor Tájar 4 4 4 3 2 4 1 2 1 4 1 69,8 Malo

Illora 3 4 4 3 4 4 4 3 2 4 1 83,7 Bueno

Iznalloz 4 4 4 3 4 4 4 4 4 4 1 93 Muy bueno

Jayena 4 4 4 3 4 4 4 4 4 4 4 100 Muy bueno Jerez del Marquesado 2 2 1 3 1 4 1 3 4 3 1 58,1 Muy malo

Juviles 4 4 1 3 4 4 4 2 4 4 4 88,4 Bueno

Lanjarón 4 4 4 3 4 4 4 4 4 4 4 100 Muy bueno

Lanteira 1 2 3 1 2 4 1 4 4 4 1 62,8 Malo

Lecrín 4 4 4 3 4 4 3 2 3 4 4 90,7 Muy bueno

Lobras 4 4 4 3 4 4 3 4 4 4 4 97,7 Muy bueno

Loja 4 3 3 3 3 4 4 4 4 4 2 88,4 Bueno

Lugros 1 4 4 3 4 4 4 3 1 1 4 76,7 Regular

Marchal 1 1 4 3 2 4 3 1 4 4 1 65,1 Malo

Moclín 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 4 79,1 Regular

Monachil 1 3 1 3 1 4 4 4 4 4 1 69,8 Malo

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71

Nombre municipio

% de captaciones en regular o mal estado

% de conducciones en regular o mal estado

% de la capacidad de

almacenamien-to de los

depósitos en regular o mal

estado

Grado de Conservación

de los equipamientos

de potabilización

% de las redes de

distribución en Regular

o Mal estado

% de viviendas

con insuficiencia

abasteci-miento

% de viviendas

con problemas de presión

% de la red de

saneamiento en regular o mal estado

% de colectores en regular

o mal estado

% de emisarios

en regular o

mal estado

% de la red de

alcantarillado en regular o mal estado

INDICADOR SINTÉTICO

VALORACIÓN GLOBAL

INFRAESTRUC-TURAS

Montefrío 3 4 4 3 4 3 3 4 4 4 2 88,4 Bueno

Montejícar 4 4 4 3 3 1 3 3 4 4 4 86 Bueno

Montillana 3 1 4 3 4 2 4 3 4 4 4 83,7 Bueno Moraleda de Zafayona 4 3 4 3 4 4 3 3 2 4 4 88,4 Bueno

Morelábor 4 4 4 3 3 4 3 4 4 4 1 88,4 Bueno

Murtas 1 2 3 3 3 4 4 3 4 4 2 76,7 Regular

Nevada 4 4 1 3 4 4 4 4 4 4 4 93 Muy bueno

Nigüelas 4 4 4 3 3 4 3 1 1 1 1 67,4 Malo

Orce 4 3 4 3 3 3 4 3 4 4 3 88,4 Bueno

Órgiva 4 4 4 3 4 4 3 4 4 4 3 95,3 Muy bueno

Padul 4 4 4 3 4 4 2 2 4 4 4 90,7 Muy bueno

Pampaneira 4 4 3 3 3 1 4 3 4 4 4 86 Bueno

Pedro Martínez 2 4 4 3 3 4 4 3 2 3 4 83,7 Bueno

Peza (La) 2 4 3 3 3 4 2 4 4 4 1 79,1 Regular

Pinar (El) 4 4 4 3 3 1 2 3 2 3 1 69,8 Malo

Píñar 4 3 4 3 3 2 4 2 4 4 4 86 Bueno

Polícar 4 3 4 3 1 4 1 4 4 4 1 76,7 Regular

Pórtugos 4 4 4 3 4 4 4 4 4 4 4 100 Muy bueno Puebla de Don Fadrique 2 4 1 3 2 4 3 4 2 4 2 72,1 Regular

Purullena 4 4 4 3 4 4 3 4 4 4 2 93 Muy bueno

Salar 1 4 2 3 4 4 4 4 4 4 4 88,4 Bueno Santa Cruz del Comercio 4 3 4 3 3 4 4 3 4 4 2 88,4 Bueno

Soportújar 4 4 1 3 4 4 3 4 4 4 4 90,7 Muy bueno

Taha (La) 4 4 1 3 4 4 4 3 4 3 4 88,4 Bueno

Torre-Cardela 4 1 4 3 4 4 4 4 4 4 4 93 Muy bueno

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Nombre municipio

% de captaciones en regular o mal estado

% de conducciones en regular o mal estado

% de la capacidad de

almacenamien-to de los

depósitos en regular o mal

estado

Grado de Conservación

de los equipamientos

de potabilización

% de las redes de

distribución en Regular

o Mal estado

% de viviendas

con insuficiencia

abasteci-miento

% de viviendas

con problemas de presión

% de la red de

saneamiento en regular o mal estado

% de colectores en regular

o mal estado

% de emisarios

en regular o

mal estado

% de la red de

alcantarillado en regular o mal estado

INDICADOR SINTÉTICO

VALORACIÓN GLOBAL

INFRAESTRUC-TURAS

Torvizcón 4 3 4 3 4 4 4 4 4 4 4 97,7 Muy bueno

Trevélez 4 2 3 3 3 4 4 1 4 4 1 76,7 Regular

Turón 4 3 4 3 4 4 4 4 4 4 4 97,7 Muy bueno

Ugíjar 4 2 1 3 2 4 3 3 3 2 4 72,1 Regular

Valle (El) 4 4 4 3 4 4 4 4 4 4 4 100 Muy bueno

Valle del Zalabí 4 3 4 3 3 4 4 3 2 4 4 88,4 Bueno

Válor 3 2 3 3 2 4 3 4 4 4 4 83,7 Bueno

Villamena 4 4 4 3 3 4 4 1 4 4 4 90,7 Muy bueno Villanueva de las Torres 4 4 4 3 4 4 2 4 4 4 1 88,4 Bueno

Villanueva Mesía 1 4 4 3 1 4 3 4 4 4 1 76,7 Regular

Zafarraya 4 4 4 3 4 4 4 4 4 4 4 100 Muy bueno

Zagra 4 2 4 3 2 4 4 3 4 4 4 88,4 Bueno

Zújar 4 3 3 3 3 4 4 3 4 4 4 90,7 Muy bueno

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. Significado valores:

1 = Más de un 50% de las infraestructuras analizadas se encuentran en regular o mal estado.

2 = Entre un 25% y un 50% de las infraestructuras analizadas se encuentran en regular o mal estado.

3 = Menos del 25% de las infraestructuras analizadas se encuentran en regular o mal estado.

4 = Las infraestructuras analizadas no presentan problemas.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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73

GRÁFICO II.23.

Valoración del estado global de las infraestructura s de abastecimiento y saneamiento de aguas en los

municipios de la provincia (*) según el Indicador Sintético

Muy malo8,2%

Malo15,5%

Regular21,8%

Bueno30,0%

Muy bueno24,5%

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Como muestra el gráfico II.23., más del 50% de los municipios no integrados en

Asociaciones Territoriales para la gestión del CIA en la provincia alcanzan una valoración

buena o muy buena del estado de sus infraestructuras de abastecimiento y saneamiento.

El 21,8% de los municipios se encontrarían en regular estado y el 23,7% en mal o muy

mal estado.

Según la población afectada (gráfico II.24.), los resultados del Indicador Sintético

revelan que casi el 66% de los habitantes vive en municipios donde las infraestructuras

de abastecimiento y saneamiento se encuentran en buen estado (40,9%) o en muy buen

estado (24,8%). Poco más del 21% de la población reside en municipios con

infraestructuras en mal estado (16,7%) o en muy mal estado (4,5%).

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GRÁFICO II.24.

Población afectada según el estado de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento de

aguas en la provincia (*) según los resultados del Indicador Sintético

Muy malo4,5%

Malo16,7%

Regular13,1%

Bueno40,9%

Muy bueno24,8%

(*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA. FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

En la figura siguiente se puede observar de forma gráfica, dónde se localizan los

municipios con infraestructuras más deficientes. Un total de 9 municipios han obtenido un

valor del indicador sintético muy alto, lo que significa que poseen una infraestructuras de

abastecimiento y saneamiento con graves problemas en todas las fases del ciclo. Estos

municipios son: Alquife, Benamaurel, Castilléjar, La Calahorra,Cortes y Graena, Dólar,

Guadahortuna, Huétor de Santillán y Jerez del Marquesado

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Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Muy bueno

Bueno

Regular

Malo

Muy malo

Indicador sintético del estado de las infraestructu rasde abastecimiento y saneamiento de aguas

FIGURA II.16.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

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76

Por otra parte, diferenciando entre las fases de abastecimiento y saneamiento, se

puede dividir el Indicador Sintético en dos Indicadores parciales. De este modo, las

variables que se incluirían en uno y otro serían las siguientes:

1. Indicador Sintético de Abastecimiento de agua.

� Porcentaje de captaciones en regular o mal estado

� Porcentaje de conducciones en regular o mal estado (según longitud)

� Porcentaje de la capacidad de almacenamiento de los depósitos en regular o mal

estado

� Grado de Conservación de los equipamientos de potabilización

� Porcentaje de las redes de distribución en Regular o Mal estado (según longitud)

� Porcentaje de viviendas con insuficiencia abastecimiento

� Porcentaje de viviendas con problemas de presión

2. Indicador Sintético de Saneamiento de agua.

� Porcentaje de la red de saneamiento en regular o mal estado (según longitud)

� Porcentaje de colectores en regular o mal estado (según longitud)

� Porcentaje de emisarios en regular o mal estado (según longitud)

� Porcentaje de la red de alcantarillado en regular o mal estado (según longitud)

En el caso del abastecimiento de agua, hay 7 municipios que tienen graves problemas en

todas las fases del abastecimiento y 15 municipios más cuyo estado de las instalaciones

es malo, de acuerdo a las categorías que recoge el indicador sintético.

En el caso del saneamiento, se observa un mayor número de municipios con

infraestructuras en mal estado. De acuerdo con el indicador sintético construido, un total

de 18 municipios presentan un estado muy malo de las infraestructuras de saneamiento y

12 municipios un estado malo.

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FIGURA II.17.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Muy bueno

Bueno

Regular

Malo

Muy malo

Indicador sintético del estado del abastecimiento de agua en la provincia

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FIGURA II.18.

FUENTE: Diputación de Granada. EIEL (2009). Elaboración propia.

Baza

Loja

Cúllar

Orce

Huéscar

GorGuadix

Iznalloz

Illora

Castril

Caniles

Montefrío

Píñar

Alhama de Granada

Puebla de Don Fadrique

Órgiva

Zújar

Güejar Sierra

Galera

Moclín

Salar

Padul

Huéneja

Castilléjar

Albuñuelas

Fonelas

Dúrcal

UgíjarJayena

Válor

Gorafe

Peza (La)

Trevélez

Freila

Benamaurel

Murtas

Monachil

Turón

Cortes de Baza

Alamedilla

Pedro Martínez

Darro

Algarinejo

Lugros

Valle del Zalabí

Guadahortuna

Montejícar

Aldeire

Lecrín

Diezma

Dólar

Nevada

Cacín

Arenas del Rey

Cádiar

Montillana

Bérchules

Lanjarón

Lanteira

CapileiraZafarraya

Ferreira

Torvizcón

Cuevas del Campo

Huétor de Santillán

Purullena

Cáñar

Deifontes

Pinar (El)

Calahorra (La)

Huélago

Morelábor

Jerez del Marquesado

NigüelasAlpujarra de la Sierra

Huétor Tájar

Cástaras

Campotéjar

Almegíjar

Valle (El) Taha (La)

Villanueva de las Torres

Dehesas de Guadix

Freila

Lobras

Pórtugos

Moraleda de Zafayona

JuvilesVillamena

Zagra

Gobernador

Busquístar

Alquife

Cogollos de Guadix

Pampaneira

Cortes y Graena

Dúdar

Alicún de Ortega

Beas de Granada

Soportújar

Bubión

Torre-Cardela

Benalúa de las Villas

Beas de Guadix

Albuñán

Marchal

Benalúa

Polícar

Santa Cruz del Comercio

Villanueva Mesía

Carataunas

Leyenda

Muy bueno

Bueno

Regular

Malo

Muy malo

Indicador sintético del estado del saneamiento del agua en la provincia

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79

II.4. DIAGNÓSTICO ECONÓMICO DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE

ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS EN LOS

MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA.

II.4.1. METODOLOGÍA.

Con el objetivo de completar la información técnica que se recogía en la EIEL

2009, se ha efectuado un trabajo de campo, dirigido a los Ayuntamientos de los

municipios no integrados en Asociaciones Territoriales para la gestión del CIA. Estos

municipios suman un total de 110, de los 168 que integran la provincia de Granada.

La muestra seleccionada ha sido de 70 municipios, distribuidos en tres estratos de

población, según se recoge a continuación:

MUNICIPIOS INCLUIDOS EN LA MUESTRA

Menores de 2000 Hab. (46 municipios)

De 2000 a 5000 Hab. (14 municipios)

Mayores de 5000 Hab. (10 municipios)

Algarinejo LecrínArenas del Rey Puebla de Don FadriqueBenalúa PurullenaCastril SalarGuadahortuna UgíjarGüejar Sierra Villanueva MesíaLanjarón Zafarraya

Albuñán Ferreira Peza (La)Albuñuelas Fonelas PíñarAldeire Freila PolícarAlicún de Ortega Gobernador TorvizcónAlquife Gorafe TrevélezBeas de Granada Huélago TurónBubión Huéneja Taha (La)Cacín Jayena NevadaCáñar Juviles Alpujarra de la SierraCarataunas Calahorra (La) VillamenaCastilléjar Lobras MoreláborCortes y Graena Lugros Pinar (El)Darro Marchal Valle (El)Dehesas de Guadix Murtas ZagraDólar NigüelasDúdar Orce

Alhama de GranadaBazaCanilesDúrcalHuéscarLojaMontefríoMonachilÓrgivaPadul

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80

DATOS DE LA MUESTRA REALIZADA POR ESECA

DATOS PARA EL TOTAL DE MUNICIPIOS ENGLOBADOS EN “RESTO DE PROVINCIA”

Nº municipios %Población a 1 de enero de

2009%

< 2000 Hab 72 65% 56.943 21%Entre 2000 y 5000 Hab 24 22% 66.543 25%> 5000 Hab 14 13% 146.647 54%TOTAL 110 270.133

Nº municipios %

Población a 1 enero

2009 %< 2000 Hab 46 65,7% 35.519 23,7%Entre 2000 y 5000 Hab 14 20,0% 37.308 24,8%> 5000 Hab 10 14,3% 77.325 51,5%TOTAL 70 150.152

Como se puede observar en los cuadros anteriores, la representatividad de la

muestra es alta, ya que se ha encuestado al 63,6% de los municipios que componían el

universo poblacional. La distribución porcentual resultante a nivel de estratos de la

muestra, es equivalente a la del universo poblacional, tanto en el caso de los municipios

cubiertos, como en el de la población representada.

II.4.2. RESULTADO DE LA INVESTIGACIÓN.

La encuesta realizada por ESECA a los municipios de la provincia de Granada, que

no pertenecen a ninguna Asociación Territorial para la gestión del CIA, ha permitido

extraer las siguientes conclusiones:

Respecto a la forma jurídica de gestión de los servicios

- De forma mayoritaria, los Ayuntamientos prestan con medios propios, los servicios

de abastecimiento y saneamiento de aguas. Sólo el 9% han optado por una

gestión indirecta, siendo la concesión la forma jurídica predominante.

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81

- Respecto a la depuración, aún existe un 57% de los municipios que no la realizan.

Las obras que se están ejecutando actualmente en la provincia en EDAR,

permitirán incrementar notablemente este porcentaje en los próximos años.

- Mayoritariamente, el 80% de los municipios que depuran, lo hacen a través del

propio Ayuntamiento, repartiéndose el resto entre concesiones (11%), empresa

pública o mixta y contrato de servicios (cada una de estas formas con una

representación del 3%).

GRÁFICO II.25.

Distribución porcentual de municipios según la gestión de los servicios de

abastecimiento y saneamiento de aguas.

Gestión Directa91%

Gestión Indirecta9%

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

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82

GRÁFICO II.26.

Municipios que depuran (%)

NO DEPURAN57%

DEPURAN43%

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

GRÁFICO II.27.

Formas de gestión de la depuración de aguas utilizadas por los

municipios que depuran.

El propio Ayuntamiento.

80%

Concesión11%

Empresa pública3%

Empresa mixta3%

Contrato de servicios

3%

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

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83

Respecto a los abonados y el consumo de agua

- La diferente estructura familiar que existe en los municipios de la provincia,

explica que a medida que aumenta el tamaño del municipio, menor es el

porcentaje de abonados respecto a los habitantes censados. Así, en los municipios

menores de 2000 habitantes, esta ratio alcanza el 91,2%, mientras que en los

mayores de 5000 habitantes, disminuye al 50,7%.

- La conclusión anterior se aprecia con mayor nitidez en el gráfico II.29., donde se

observa que en los municipios más grandes, resulta una media por hogar de 2

personas, al relacionar la población con el número de abonados. Conforme

desciende el tamaño del municipio, baja esta ratio, lo que revela la presencia de

núcleos familiares unipersonales (sobre todo debido al mayor envejecimiento que

presenta la población) o la existencia de viviendas vacías (por segunda residencia

o por abandono).

GRÁFICO II.28.

Porcentaje de abonados respecto a la población total

91,2%

65,6%

50,7%

0,0%

10,0%

20,0%

30,0%

40,0%

50,0%

60,0%

70,0%

80,0%

90,0%

100,0%

< 2000 Hab Entre 2000 y 5000Hab

> 5000 Hab

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

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GRÁFICO II.29.

Número de miembros por hogar

(Población/Abonados)

1,1

1,5

2,0

0,0

0,5

1,0

1,5

2,0

2,5

< 2000 Hab Entre 2000 y 5000 Hab > 5000 Hab

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

- Otra característica que ha revelado la encuesta es que, a medida que aumenta el

tamaño poblacional del municipio, crece el consumo de agua por abonado. En los

municipios más pequeños, que no llegan a los 2000 habitantes, el consumo por

abonado y año no alcanza los 60 m3, mientras que en los municipios que superan

los 5000 habitantes, el consumo sobrepasa los 90 m3/Año.

- Los dos factores que más inciden en la conclusión anterior son, por un lado, la

mayor presencia de actividades industriales y comerciales que existen en los

municipios más grandes y, por otro, el mayor tamaño medio de los hogares, lo

que hace que el titular del servicio tenga un consumo superior, al tener a su cargo

a varias personas.

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GRÁFICO II.30.

Consumo de agua por Abonado/Año (m3)

59,3

85,290,2

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

100

< 2000 Hab Entre 2000 y 5000 Hab > 5000 Hab

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

Respecto al personal empleado

- Los municipios más grandes suelen tener una mayor proporción de trabajadores

con dedicación completa, respecto a los que tienen dedicación parcial en las tareas

del CIA. Así, la encuesta ha revelado que en los municipios con más de 5000

habitantes, existe una media próxima a 6 trabajadores a tiempo completo, frente

a sólo 2 a tiempo parcial.

- Por el contrario, en los municipios menores de 2000 habitantes, existe una media

de 1,2 trabajadores con dedicación parcial, frente a 0,5 trabajadores con

dedicación completa.

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GRÁFICO II.31.

Número medio de trabajadores por municipio, según dedicación

completa o parcial

0,5

1,6

5,9

1,20,8

1,9

0,0

1,0

2,0

3,0

4,0

5,0

6,0

7,0

< 2000 Hab Entre 2000 y 5000 Hab > 5000 Hab

Completa Parcial FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

Respecto a las tarifas de abastecimiento, saneamiento y depuración de agua

- La tarifa media de abastecimiento y saneamiento de agua por m3 facturado es

similar en los municipios menores de 5000 habitantes, rondando los 0,50

Euros/m3, mientras que en los mayores de 5000 habitantes, se eleva a 0,75

Euros/m3. Para todo el conjunto de municipios del Sector III. “Resto de Provincia”

se obtiene una tarifa media de 0,67 Euros/m3.

- Se trata de tarifas bajas en comparación con las existentes en los municipios de la

provincia que sí están asociados para la gestión del CIA, como es el caso de la

Vega de Granada y de la Costa Tropical. Estas tarifas no permiten generar un

remanente para realizar inversiones, por lo que se manifiestan claramente

insuficientes para prestar un servicio de calidad.

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GRÁFICO II.32.

Tarifa media abastecimiento-saneamiento de agua por m3 facturado (euros)

0,520,48

0,75

0,67

0,00

0,10

0,20

0,30

0,40

0,50

0,60

0,70

0,80

< 2000 Hab Entre 2000 y 5000 Hab > 5000 Hab Total municipios

NOTA: Incluye cuota fija y variable, y todos los usos (doméstico, comercial e industrial). Se calcula dividiendo

Ingresos totales por abastecimiento y saneamiento entre los m3 facturados, para un año.

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

- Con respecto a las tarifas que se aplican en la depuración de aguas, calculadas en

los municipios que la realizan del Sector III, se ha obtenido una tarifa media global

de 0,25 euros/m3. Los datos revelan que se cobran tarifas más altas en los

municipios más pequeños, debido a que se soportan costes de explotación del

servicio más elevados, por el estado de las instalaciones y por el menor volumen

de agua tratada, que no favorece la existencia de economías de escala.

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GRÁFICO II.33.

Tarifas medias de depuración de agua por m3 en los municipios que la realizan

0,45

0,250,22

0,25

0,00

0,05

0,10

0,15

0,20

0,25

0,30

0,35

0,40

0,45

0,50

< 2000 Hab 2000-5000 Hab > 5000 Hab Total municipios

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

Respecto a la cuentas de explotación de los servicios

- La cuenta de explotación media de los municipios no integrados en ninguna

asociación territorial para la gestión del CIA tienen en conjunto un resultado de

explotación medio negativo, que se acrecienta al considerar los gastos financieros.

- Además, en la cuenta de explotación no se han incluido gastos de amortización,

que sería necesario contemplar a futuro si se realizan inversiones en

infraestructuras.

- Al considerar el déficit medio que presenta la cuenta de explotación por habitante,

resulta que a medida que crece el tamaño del municipio, disminuye esta ratio, por

lo que mejora la rentabilidad.

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CUADRO II.22. Cuenta de Explotación media por municipio en la provincia(*)

(Euros)

< 2000 Hab Entre 2000 y

5000 Hab > 5000 Hab Total

municipios + Ingresos por agua-saneamiento 25.652 72.762 447.593 95.351

+ Ingresos por depuración 1.808 13.491 72.421 14.232

+ Otros Ingresos 2.305 1.529 426.220 62.709

(A) INGRESOS TOTALES 29.765 87.781 946.233 172.292

- Gastos de personal 25.796 58.587 252.804 64.784

- Gastos de adquisición de agua 2.185 8.029 316.182 48.211

- Canon de vertido 3.791 6.448 43.501 9.995

- Otros gastos de explotación 37.216 91.718 427.835 103.919

(B) GASTOS TOTALES 63.012 150.306 1.040.322 226.909

(A-B) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN -33.247 -62.525 -94.089 -54.617 - Gastos financieros 1.272 2.208 4.694 1.948

RESULTADO DESPUÉS GTOS FROS -34.519 -64.733 -98.783 -56.565 Población media 791 2.773 10.475 2.456 DÉFICIT/HABITANTE -43,6 € -23,3 € -9,4 € -23,0 € (*) Excluidos los municipios integrados en Asociaciones Territoriales para la Gestión del CIA.

FUENTE: ESECA. Elaboración propia.

En conclusión, la mejora de los servicios de abastecimiento, saneamiento y

depuración de aguas en la provincia, pasa necesariamente por un ajuste en las tarifas

reguladoras del servicio, que permita asumir inversiones y equilibre adecuadamente la

cuenta de resultados.

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CAPÍTULO III.

PROPUESTA DE GESTIÓN DEL CICLO

INTEGRAL DEL AGUA EN LA PROVINCIA

A TRAVÉS DE UN ENTE

SUPRAMUNICIPAL Y SU VIABILIDAD

ECONÓMICA

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III.1. MODELOS DE GESTIÓN DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA

CONTEMPLADOS EN LA LEGISLACIÓN.

Las Corporaciones Locales, con base en lo establecido en la Ley 7/85 de Bases del

Régimen local y en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, pueden gestionar los

Servicios Públicos mediante los modos y procedimientos previstos en las referidas leyes,

bien por sí solas o agrupadas mediante Consorcio, y los prestarán bajo cualquiera de las

modalidades que, seguidamente, se exponen.

La antes mencionada L.B.R.L, concordante con el Reglamento de Servicios de las

Corporaciones Locales y de arraigada práctica en nuestro país, hace que la inmensa

mayoría de los servicios relacionados con el agua estén directa o indirectamente

gestionados por los Ayuntamientos, sin perjuicio de aquellas situaciones en las que son

las Agrupaciones o Consorcios de Municipios, e incluso las Diputaciones, las que asumen

dicha gestión. Nos referiremos, por consiguiente, al modo de prestación de aquellos por

los Ayuntamientos, debiendo entenderse generalizado, lo que se expone, a las otras

situaciones de gestión.

Históricamente, tanto el abastecimiento de agua como la evacuación de las aguas

residuales, han tenido un carácter local y ha sido la Autoridad Local la que lo ha

gestionado, con los recursos a su alcance que, infortunadamente, siempre han sido

escasos, muy escasos o inexistentes, en función de la importancia del Municipio, por su

población y por la personalidad de sus rectores. De ahí que los municipios pequeños,

aislados y distantes de los centros de decisión, se hayan visto condenados a sufrir las

obligaciones del abastecimiento en lugar de ostentar el orgullo de sus naturales

competencias al respecto. No hace más de 50 años, la mayoría de los pueblos con

población inferior a 5.000 personas, carecían por completo de lo que hoy conocemos

como un sistema de abastecimiento y saneamiento.

En la actualidad y en nuestro ámbito socioeconómico y cultural la prestación de los

servicios de abastecimiento y saneamiento o, en sentido amplio, la gestión del ciclo

integral del agua, requiere:

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• Una importante especialización técnica, pues los procesos obligados de

captación, tratamiento, distribución, gestión de vertidos y depuración final para

su devolución al medio hídrico, son muy complejos.

• Un profundo conocimiento jurídico-legal, para interpretar y poner en práctica la

abundantísima y compleja legislación y normativa de menor rango, todas de

obligado cumplimiento, existente con referencias directas o indirectas al ciclo

del agua y al medio ambiente hídrico.

• Unas elevadas exigencias de inversión, para adaptar las instalaciones a las

exigencias legales y a las demandas de los ciudadanos.

• Una atenta gestión administrativa y comercial, para asegurar la viabilidad

económica de las actividades y la atención y cercanía a los usuarios de los

servicios.

Consecuentemente, alcanzar el adecuado nivel de estructura y de medios para la

prestación eficaz de los servicios encomendados, requiere un esfuerzo económico para la

Administración que debe repercutirlo sobre los usuarios del servicio, aunque en la práctica

no sea siempre así, dado que en muchos casos parte de los costes del servicio se

subvencionan de los fondos públicos.

Para cumplir con la obligación de prestar estos servicios, los Ayuntamientos, de

acuerdo con establecido en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales,

(Decreto de 17 de junio de 1955), han de optar por una cualquiera de las formas

reguladas por la Ley, y que describimos someramente.

Las ventajas e inconvenientes que presentan estas diversas formas de Gestión las

presentamos, con la objetividad posible, pues, no existe un criterio de medición que las

determine. Por consiguiente, exponemos razones de carácter general y, en todo caso,

perfectamente opinables y refutables.

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III.1.1. LA GESTIÓN DIRECTA DE LOS SERVICIOS.

En esta modalidad el Ayuntamiento, el Consorcio o la Entidad Local, es el

responsable único y directo tanto de la organización de los Servicios como de su

explotación. Esta modalidad de gestión puede desarrollarse de cuatro maneras distintas:

1) Gestión por la propia Entidad Local, constituyéndose como un Servicio

más del Ente Local, regido por su Corporación, en cuyo caso, la Corporación

local interesada asume su propio riesgo, ejerce sin intermediarios y de modo

exclusivo todos los poderes de decisión y gestión, realizando el servicio

mediante funcionarios de plantilla y obreros retribuidos con fondos del

presupuesto ordinario y desarrollando sus actividades bajo un régimen

financiero que se desenvuelve dentro de los límites del presupuesto

corporativo.

Los Servicios prestados bajo esta modalidad de gestión se dan,

básicamente, en municipios de menor población y presentan, en general, las

siguientes características:

Ventajas:

• Conocimiento directo e inmediato, por parte de la Corporación, de

las incidencias diarias del Servicio.

• Estructura simple y barata.

• Caja Única.

Inconvenientes:

• Servicios descapitalizados

- Escasez de inversiones

- Tarifas políticas, ajenas a la realidad y necesidades del Servicio

• Rendimientos volumétricos del sistema en torno al 50 %, por causa

de:

- Instalaciones insuficientes y en mal estado

- Elevado número de situaciones de fraude

- Inadecuada gestión de medida de consumos

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• Gestión de clientes de carácter funcionarial y anticuada

• Personal desmotivado.

2) Gestión por Organismo Autónomo Local. Los Organismos autónomos se

rigen por el Derecho administrativo y se les encomienda, en régimen de

descentralización funcional, la gestión de determinados servicios públicos.

Dispondrán de los ingresos propios que están autorizados a obtener, así como

de las restantes dotaciones que puedan percibir a través de los Presupuestos

Generales del Ente Local. Se creará por el Pleno de la Entidad Local, que

deberá aprobar sus Estatutos, los cuales deberán especificar las funciones,

competencias y potestades administrativas del Organismo; patrimonio que se

le asigna y recursos económicos para su financiación; régimen de recursos

humanos; régimen presupuestario, económico-financiero y contable; sistemas

y modos de control financiero y de eficacia. El Organismo quedará adscrito a

una concejalía, área u órgano equivalente y se dotará de un Consejo Rector.

La dirección ejecutiva se confiará a un funcionario de la Administración Pública

o un profesional del Sector Privado, titulado superior y con experiencia

acreditada. El personal al servicio de los estos Organismos funcionario o

laboral, en los mismos términos que los establecidos para la Administración

Local. El régimen retributivo de la totalidad del personal será establecido por el

Pleno del Ente Local. El control del inventario de bienes y derechos, así como

las autorizaciones pertinentes para celebración de contratos recaerá sobre la

Concejalía a la que quede adscrito el Organismo.

La Gestión Directa mediante Organismo Autónomo Local, no es

frecuente en nuestro país y menos en nuestra Comunidad Autónoma, en la

que apenas conocemos algunos casos. Los Servicios así gestionados

presentan, en general, las siguientes características:

Ventajas:

• Control pleno por parte del Ayuntamiento, a través de la Concejalía

a la que queda adscrito el Organismo y de su Consejo

• Desarrollo estructural del Servicio adecuado a las funciones y

actividades encomendadas

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• Ejercicio pleno de las potestades administrativas

Inconvenientes:

• Riesgo de alejamiento de la actividad empresarial en la Gestión de

la Sociedad

• Riesgo de Condicionar las inversiones a las disponibilidades

presupuestarias del Ente Local.

• Gestión de los recursos humanos alejada de la realidad empresarial

• Dedicación exclusiva al ámbito estrictamente local

• Gestión de clientes de carácter funcionarial

• Riesgo de implantación de Tarifas ajenas al necesario equilibrio

presupuestario

3) Gestión por Entidad Pública Empresarial Local. Reguladas en el artículo

85-bis de la Ley de Bases de Régimen Local, conforme a la cual la gestión

directa de los servicios de la competencia local mediante las formas de

organismos autónomos locales y de entidades públicas empresariales locales

se regirán, respectivamente, por lo dispuesto en los artículos 45 a 52 y 53 a 60

de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado, en cuanto les resultase de aplicación, con

las siguientes especialidades:

a. Su creación, modificación, refundición y supresión corresponderá al Pleno

de la entidad local, quien aprobará sus estatutos. Deberán quedar

adscritas a una Concejalía, Área u órgano equivalente de la entidad local,

si bien, en el caso de las entidades públicas empresariales, también podrán

estarlo a un organismo autónomo local.

Excepcionalmente, podrán existir entidades públicas empresariales cuyos

estatutos les asignen la función de dirigir o coordinar a otros entes de la

misma o distinta naturaleza.

b. El titular del máximo órgano de dirección de los mismos deberá ser un

funcionario de carrera o laboral de las Administraciones públicas o un

profesional del sector privado, titulados superiores en ambos casos, y con

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más de cinco años de ejercicio profesional en el segundo. En los municipios

señalados en el título X, tendrá la consideración de órgano directivo.

c. En los organismos autónomos locales deberá existir un consejo rector,

cuya composición se determinará en sus estatutos.

d. En las entidades públicas empresariales locales deberá existir un consejo

de administración, cuya composición se determinará en sus Estatutos.

El secretario del Consejo de Administración, que debe ser un funcionario

público al que se exija para su ingreso titulación superior, ejercerá las

funciones de fe pública y asesoramiento legal de los órganos unipersonales

y colegiados de estas entidades.

e. La determinación y modificación de las condiciones retributivas, tanto del

personal directivo como del resto del personal, deberán ajustarse en todo

caso a las normas que al respecto apruebe el Pleno o la Junta de Gobierno,

según corresponda.

f. Estarán sometidos a controles específicos sobre la evolución de los gastos

de personal y de la gestión de sus recursos humanos por las

correspondientes concejalías, áreas u órganos equivalentes de la entidad

local.

g. Su inventario de bienes y derechos se remitirá anualmente a la concejalía,

área u órgano equivalente de la entidad local.

h. Será necesaria la autorización de la concejalía, área u órgano equivalente

de la entidad local a la que se encuentren adscritos, para celebrar

contratos de cuantía superior a las cantidades previamente fijadas por

aquélla.

i. Estarán sometidos a un control de eficacia por la concejalía, área u órgano

equivalente de la entidad local a la que estén adscritos.

j. Cualquier otra referencia a órganos estatales efectuada en la Ley 6/1997,

de 14 de abril, y demás normativa estatal aplicable, se entenderá realizada

a los órganos competentes de la entidad local.

Las entidades públicas empresariales son Organismos públicos a los que se

encomienda la gestión de servicios de interés público susceptibles de

contraprestación. Se rigen por el Derecho privado, excepto en la formación de la

voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las potestades administrativas que

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tengan atribuidas y en los aspectos específicamente regulados por ley o por sus

estatutos. El personal de las entidades públicas empresariales se rige por el

Derecho laboral. El personal directivo, que se determinará en los estatutos de la

entidad, será nombrado atendiendo a la experiencia en el desempeño de puestos

de responsabilidad en la gestión pública o privada. El resto del personal será

seleccionado mediante convocatoria pública basada en los principios de igualdad,

mérito y capacidad. Sus estatutos, conforme al artículo 85-bis-2 de la Ley de

Bases de Régimen Local comprenderán los siguientes extremos:

a. La determinación de los máximos órganos de dirección del organismo, ya

sean unipersonales o colegiados, así como su forma de designación, con

respeto en todo caso a lo dispuesto en el apartado anterior, con indicación

de aquellos actos y resoluciones que agoten la vía administrativa.

b. Las funciones y competencias del organismo, con indicación de las

potestades administrativas generales que éste puede ejercitar.

c. En el caso de las entidades públicas empresariales, los estatutos también

determinarán los órganos a los que se confiera el ejercicio de las

potestades administrativas.

d. El patrimonio que se les asigne para el cumplimiento de sus fines y los

recursos económicos que hayan de financiar el organismo.

e. El régimen relativo a recursos humanos, patrimonio y contratación.

f. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de

intervención, control financiero y control de eficacia, que serán, en todo

caso, conformes con la legislación sobre las Haciendas Locales y con lo

dispuesto en el capítulo III del título X de esta Ley.

Los estatutos deberán ser aprobados y publicados con carácter previo a la

entrada en funcionamiento efectivo del organismo público correspondiente. Serán

aprobados por el Pleno de la Entidad Local.

La Gestión Directa mediante Entidad Pública Empresarial Local, no es

tampoco frecuente en nuestro país y en nuestra Comunidad Autónoma, son muy

recientes las iniciativas de gestión mediante esta modalidad. Los Servicios así

gestionados presentan, en general, las siguientes características:

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Ventajas:

• Control pleno de la Sociedad a través del Consejo de Administración

de la Entidad Pública Empresarial.

• Plena autonomía presupuestaria

• Desarrollo estructural del Servicio adecuado a las funciones y

actividades encomendadas

• Gestión empresarial de la Sociedad

• Posibilidades de inversión mediante planes financiados a través del

establecimiento de cánones finalistas.

• Gestión de los recursos humanos en el marco del Estatuto General

de los Trabajadores

• Posibilidad de gestión de clientes dinámica y moderna

• Ejercicio pleno de las potestades administrativas necesarias para la

prestación de los Servicios encomendados

Inconvenientes:

• Posible dependencia inicial de recursos económicos ajenos al Ente

• Riesgo leve de Condicionar las inversiones a necesidades ajenas a

los Servicios a prestar

• Gestión de clientes poco desarrollada

• Riesgo de alejamiento de la actividad empresarial en la gestión de

la Sociedad

• Riesgo de gestión de los recursos humanos alejada de la realidad

empresarial

• Riesgo de Tarifas de equilibrio económico no real

4) Mediante sociedad mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad

pública, que debe adoptar cualquiera de las formas de sociedad de capital,

reguladas en el Real Decreto Legislativo 1 de 2.010 de 2 de Julio, que establece el

Texto Refundido de sus disposiciones, y que sea adecuada al efecto que se

persigue, constituyéndose con sujeción a la normativa legal de aquellas y con las

particularidades reguladas por la Ley de Bases del Régimen Local. La Sociedad

estará regida por una Junta General de Accionistas, un Consejo de Administración

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y, en su caso, una Gerencia. Tanto la Junta General como el Consejo de

Administración deben estar constituidos por Miembros de la Corporación, en el

caso de un solo Municipio o Ente Local y por miembros representantes de las

distintas corporaciones en los casos de consorcios, pudiendo formar parte de los

órganos de administración personal técnico no dependiente de la Corporación

Municipal o Provincial. A todos los efectos internos, la sociedad se regirá por el

ordenamiento jurídico privado, con las salvedades establecidas por Ley. Todo su

personal tiene el carácter de contratado y su relación con la empresa se regula a

través de Convenio específico. Posee economía propia, independiente de la del

Ayuntamiento, Ente Local o Consorcio titular de la Sociedad.

La Gestión Directa mediante Sociedad Mercantil de Capital Público, se da,

mayoritariamente, en capitales de provincia y en municipios de población superior

a 50.000 habitantes. Los Servicios así gestionados presentan, en general, las

siguientes características:

Ventajas:

• Plena autonomía presupuestaria

• Control pleno de la Sociedad a través del Consejo de Administración

de la misma.

• Desarrollo estructural del Servicio adecuado a las funciones y

actividades encomendadas

• Posibilidades de inversión mediante planes financiados a través del

establecimiento de cánones finalistas.

• Gestión de los recursos humanos en el marco del Estatuto General

de los Trabajadores.

Inconvenientes:

• Riesgo de alejamiento de la actividad empresarial en la gestión de

la Sociedad

• Riesgo de condicionar las inversiones a necesidades ajenas a los

Servicios a prestar

• Riesgo de gestión de los recursos humanos alejada de la realidad

empresarial

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• Limitación en el ejercicio de las potestades administrativas

• Escaso interés en la expansión del Servicio a otros municipios o

ámbitos extra municipales

• Gestión de clientes poco desarrollada o de carácter funcionarial

• Riesgo de Tarifas de equilibrio económico no real

• Tentación de venta de la Entidad

III.1.2. LA GESTIÓN INDIRECTA DE LOS SERVICIOS.

Conforme al artículo 85 de la Ley de Bases de Régimen Local, los servicios públicos

de la competencia local podrán gestionarse mediante Gestión indirecta, mediante las

distintas formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos en la Ley de

Contratos del Sector Público.

El artículo 253 establece las modalidades de contratación:

a. Concesión, por la que el empresario gestionará el servicio a su propio riesgo y

ventura.

b. Gestión interesada, en cuya virtud la Administración y el empresario participarán

en los resultados de la explotación del servicio en la proporción que se

establezca en el contrato.

c. Concierto con persona natural o jurídica que venga realizando prestaciones

análogas a las que constituyen el servicio público de que se trate.

d. Sociedad de economía mixta en la que la Administración participe, por sí o por

medio de una entidad pública, en concurrencia con personas naturales o

jurídicas.

Esta es una modalidad en la que el Ayuntamiento o Ente Local obligado a la

prestación de los Servicios, deja de ser directo gestor de los mismos aún cuando le

queden reservadas las funciones de control y supervisión en la prestación de los mismos.

Los servicios bajo la modalidad de Gestión Indirecta, se dan mayoritariamente o bien

como Concesión Administrativa, o bien bajo la forma de Sociedad Mercantil de Economía

Mixta, aún cuando puede desarrollarse bajo las modalidades que se explicitan:

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1) Mediante Concesión Administrativa, a través de la que el Ente Local

correspondiente otorga a un tercero de personalidad jurídica acreditada, la

prestación de los servicios de su competencia, sin perjuicio de la calificación de

estos como Servicio Público de la Corporación, quedando su gestión a riesgo y

ventura del concesionario y fijando, mediante contrato, las cláusulas con

arreglo a las que se otorga, tales como, a título de ejemplo, las características

del Servicio objeto de la Concesión, las inversiones, tanto con obligación de

reversión como las exentas, a realizar por el Concesionario, los activos cuyo

uso se entregan a éste, plazo por el que se otorga aquella, tarifas a aplicar a

los usuarios del Servicio y derechos y deberes para con los mismos, régimen

de relaciones con la Corporación otorgante, cuantía, clase y plazos de

subvenciones, si las hubiese, y de cánones, si se exigiesen, régimen de

sanciones y régimen de la resolución y caducidad de la Concesión.

En general, se da esta modalidad en municipios de población inferior a

50.000 habitantes, y presenta, en general, las siguientes características:

Ventajas:

• Total autonomía presupuestaria

• Destacado interés en la expansión del Servicio a otros municipios o

ámbitos extramunicipales

• Gestión comercial moderna y desarrollada

• Posibilidad de inversión mediante planes financiados a través del

establecimiento de cánones finalistas.

• Política empresarial de recursos humanos

Inconvenientes:

• Control indirecto de la gestión del Servicio por parte de la Entidad

otorgante de la Concesión

• Amortización del capital desembolsado para abono de cánones de

interés ajeno al Concesionario y a los usuarios del Servicio, por

adjudicación de la gestión del mismo.

• Amortización de las obras e instalaciones realizadas para su

reversión al Municipio

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• Tarifas socialmente aceptables que incluyen beneficios

• Riesgo de restricción de las inversiones necesarias para el Servicio.

• Limitación en el ejercicio de las potestades administrativas

2) Gestión Interesada, a través del cual, el Ente local, otorga a un tercero, de

personalidad jurídica acreditada, la prestación y gestión de servicios de forma

que la Administración y el empresario participarán en los resultados de la

explotación de aquellos en la proporción que se establezca en el contrato. Por

este medio, el Arrendatario se compromete al mantenimiento y conservación

de los activos arrendados y a su devolución, a la finalización del

arrendamiento, en el mismo estado en el que los recibieron. Con las

salvedades explicitadas, se mantienen, en esta forma de gestión, parecidas

particularidades que en el supuesto de Concesión Administrativa.

3) Concierto, formalizado por el Ente Local con otras Entidades públicas o

privadas o con los particulares, que vengan realizando prestaciones análogas a

las que constituyen el servicio público de que se trate, establecidos dentro del

territorio de la Entidad Local o fuera del mismo y utilizando los que unas u

otros tuvieran convenidos, sin que por ello el concierto origine nueva persona

jurídica entre las mismas. El pago de los Servicios concertados se puede

realizar bien mediante cuota fija periódica, establecida a tanto alzado, o bien

mediante la aplicación de precios determinados para las distintas unidades de

prestación que puedan considerarse en el Servicio o Servicios concertados.

4) Sociedad Mercantil de Economía Mixta, en la que la Administración

participe, por sí o por medio de una entidad pública, en concurrencia con

personas naturales o jurídicas, modalidad en la que el Ente Local o el

Consorcio de municipios, aportan a la sociedad una parte del capital y el resto

es aportado por un particular, otra sociedad mercantil de carácter privado, o

una Unión Temporal de Empresas. Tanto la Junta General de Accionistas como

el Consejo de Administración lo forman representantes de las administraciones

o empresas que han aportado el capital a la constitución de la sociedad o a la

ampliación de su capital y en número proporcional a la cuantía de este

aportada, aunque no es imperativo que ello sea así. Su régimen de

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funcionamiento interno es muy semejante al de la empresa de capital público.

El personal tiene el carácter de contratado y su relación con la empresa se

regula a través de Convenio específico. Posee economía propia, independiente

de la Ente Local o Consorcio titular de la Sociedad.

Normalmente se da esta modalidad de gestión en municipios o entes

locales de población superior a 50.000 habitantes: Los Servicios así

gestionados presentan, en general, las siguientes características:

Ventajas:

• Plena autonomía presupuestaria

• Control pleno de la Sociedad, por parte del Ayuntamiento, a través

del Consejo de Administración de la misma

• Gestión empresarial de la Sociedad

• Destacado interés en la expansión del Servicio a otros municipios o

ámbitos extra municipales

• Gestión comercial moderna y desarrollada

• Desarrollo estructural del Servicio adecuado a las funciones y

actividades encomendadas

• Enriquecimiento técnico y comercial a través del saber hacer del

socio privado

• Posibilidad de inversión mediante planes financiados a través del

establecimiento de cánones finalistas.

• Política de recursos humanos basada en la formación continua y la

promoción de los trabajadores hacia cargos externos a la Sociedad.

Inconvenientes:

• Amortización del capital desembolsado para la compra de acciones

de la sociedad

• Amortización del capital desembolsado para abono de cánones de

interés ajeno a la Sociedad y a los usuarios del Servicio, por

adjudicación de la gestión del mismo.

• Limitación en el ejercicio de las potestades administrativas

• Riesgo de condicionamiento de las inversiones

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• Tarifas socialmente aceptables que incluyen beneficios

• Riesgo de restricción de las inversiones necesarias para el Servicio si

no se cuantifican y exigen por la Entidad Pública

Sea cual fuese el modelo que se elija y en aplicación a las cuestiones concretas

que se esbozan posteriormente habrán de tenerse en cuenta las directrices que marca la

legislación al respecto, especialmente la que se cita a continuación:

1. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

3. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

4. Real Decreto 2009/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el

Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto

de 17 de junio de 1955.

5. LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

6. Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la

Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

7. Ley 5/2010, de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía.

8. Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los

sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

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105

III.1.3. ASPECTOS JURÍDICOS DE INTERÉS EN RELACION CON LA

PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE,

SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES.

A. COMPETENCIAS

A.1. DE LAS ENTIDADES LOCALES

• Son entidades locales territoriales:

� El Municipio.

� La Provincia.

� La Isla en los archipiélagos balear y canario.

• Para el cumplimiento de sus fines y en el ámbito de sus respectivas

competencias, las Entidades locales, de acuerdo con la Constitución y las leyes,

tendrán plena capacidad jurídica para .... celebrar contratos, establecer y

explotar obras o servicios públicos...... (Art. 5 de la L.R.B.R.L.)

• La gestión directa de los servicios de la competencia local mediante las formas

de organismos autónomos locales y de entidades públicas empresariales locales

se regirán, respectivamente, por lo dispuesto en los artículos 45 a 52 y 53 a 60

de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado, en cuanto les resultase de aplicación. (Art.

85 bis.1 de la L.R.B.R.L.)

• Las sociedades mercantiles locales se regirán íntegramente, cualquiera que sea

su forma jurídica, por el ordenamiento jurídico privado, salvo las materias en

que les sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control

financiero, de control de eficacia y contratación. (Art. 85 bis.2 de la L.R.B.R.L.)

A.2. DE LOS MUNICIPIOS

Con independencia de lo regulado en la Ley de Bases del Régimen Local y

el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, ya repetidamente

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106

expuesto a lo largo de este Informe, explicitamos seguidamente el contenido

literal del Art. 9. 4 de la Ley 5/2010 de 11 de junio, de Autonomía Local en

Andalucía, por ser este del mismo contenido que aquellos pero expuesto con

mayor detalle y profundidad.

Los municipios andaluces tienen las siguientes competencias propias:

• La ordenación, gestión, prestación y control de los siguientes servicios en el

ciclo integral del agua de uso urbano, que incluye:

a) El abastecimiento de agua en alta o aducción, que incluye la

captación y alumbramiento de los recursos hídricos y su gestión,

incluida la generación de los recursos no convencionales, el

tratamiento de potabilización, el transporte por arterias o tuberías

principales y el almacenamiento en depósitos reguladores de

cabecera de los núcleos de población.

b) El abastecimiento de agua en baja, que incluye su

distribución, el almacenamiento intermedio y el suministro o

reparto del agua de consumo hasta las acometidas particulares o

instalaciones de las personas usuarias

c) El saneamiento o recogida de las aguas residuales urbanas y

pluviales de los núcleos de población a través delas redes de

alcantarillado municipales hasta el punto de interceptación con los

colectores generales o hasta el punto de recogida para su

tratamiento.

d) La depuración de las aguas residuales urbanas, que comprende

su interceptación y el transporte mediante los colectores

generales, su tratamiento y el vertido del efluente a las masas de

agua continentales o marítimas.

e) La reutilización, en su caso, del agua residual depurada en los

términos de la legislación básica

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A.3. DE LAS DIPUTACIONES

• Son competencias propias de la Diputación las que les atribuyan, en este

concepto, las leyes del Estado y de las comunidades autónomas en los

diferentes sectores de la acción pública, y en todo caso: (Art. 36 de la

L.R.B.R.L.)

a. La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de

la prestación integral y adecuada a que se refiere el apartado a del

número 2 del artículo 31.

b. La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los

Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de

gestión.

c. La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su

caso, supracomarcal.

d. La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la

planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias

de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.

e. En general, el fomento y la administración de los intereses peculiares de

la provincia.

• La provincia prestará los servicios básicos municipales en caso de incapacidad

o insuficiencia de un municipio, cuando este así lo solicite. Corresponderá a la

provincia la determinación de la forma de gestión del servicio y las potestades

inherentes a su ejercicio. (Art. 14.1 de la Ley 5/2010 de 11 de junio, de

Autonomía Local en Andalucía)

• La Diputación Provincial podrá garantizar el ejercicio de competencias

municipales promoviendo la creación de redes intermunicipales para la

prestación de servicios de competencia municipal, a la que podrán incorporarse

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los ayuntamientos en las condiciones que previamente se establezcan mediante

norma provincial, que incluirá las formas de financiación. (Art. 14. 4 de la Ley

5/2010 de 11 de junio, de Autonomía Local en Andalucía.

B. TARIFAS

La Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, así como la sentencia del

Tribunal Supremo 102/2005 establecen de forma clara la naturaleza de tasa que tienen

las tarifas por la prestación de los servicios correspondientes al ciclo integral del agua y

ello con independencia de la modalidad de gestión a través de la cual se presten

dichos servicios.

Por su naturaleza de tributo, la tasa o tarifa está sujeta a reserva de ley y, por lo

tanto, el procedimiento de aprobación, imposición y recaudación de dichas tasas o

tarifas corresponde a la Entidad Pública que ostente legalmente las competencias para

la efectiva prestación de los referidos servicios, bien sea por naturaleza propia o por

delegación.

C. BIENES PATRIMONIALES

El régimen patrimonial de las Entidades prestatarias de los servicios públicos de

abastecimiento y saneamiento se atendrá a lo establecido en la Ley 30/1992 de 26 de

noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en el Decreto 18/2006 de 24 de enero por el que se aprobó el

Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

Consecuentemente, sea cual fuese la modalidad bajo la que se presten dichos

servicios de abastecimiento y saneamiento, su patrimonio material estará constituido

por sus bienes propios más aquellos que le hubiesen sido transferidos por adscripción

o cesión.

Los bienes adscritos conservarán, a lo largo de su vida, su calificación original,

obligándose la Entidad prestataria de los servicios a su utilización para cumplimiento

de los fines propios de su actividad, su conservación mejora.

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D. PROCESO DE TRANSFORMACIÓN

Con las variantes que correspondan de acuerdo con el tipo de modalidad de

gestión elegida, exponemos a continuación el esquema genérico del proceso a seguir en

la constitución de cualquier Entidad a la que se le asignen los fines derivados de la

prestación de los servicios correspondientes al abastecimiento de agua potable, el

saneamiento y la depuración de las aguas residuales urbanas, excepción hecha de la

modalidad de gestión directa por la propia corporación municipal.

• Iniciación del expediente, mediante propuesta motivada de la Alcaldía

• Nombramiento de Comisión Informativa

• Elaboración del Proyecto de Estatutos

• Informes del Secretario e Interventor municipales

• Propuesta de Resolución

• Dictamen de la Comisión Informativa

• Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de creación de la Entidad y aprobación inicial

de sus Estatutos

• Exposición al público mediante exposición en el tablón de edictos del

Ayuntamiento y publicación en el B.O.J.A. con plazo de 30 días para la

formulación de alegaciones.

• Dictamen de la Comisión Informativa

• Propuesta de Resolución.

• Acuerdo plenario respecto a las alegaciones, sugerencias y reclamaciones

presentadas, si las hubiese y aprobación definitiva de los Estatutos de la

Entidad.

• Publicación de los Estatutos en el B.O.J.A. y por edictos.

• Notificaciones reglamentarias

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III.2. PROPUESTA SOBRE EL MODELO DE GESTION MÁS IDÓNEO DEL CICLO

INTEGRAL DEL AGUA EN LA PROVINCIA DE GRANADA.

Atendiendo a lo establecido en la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del

Régimen Local (LRBRL), Decreto 2009/2009 de Modificación del Reglamento de Servicios

de las Corporaciones Locales (RSCL), Ley 57/2003 de Medidas para Modernización del

Gobierno Local (LMMGL), Ley 6/1997 de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado (LOFAGE), Ley 30/2007 de Contratos del Sector

Publico (LCSP), Ley 5/2010 de Autonomía Local en Andalucía (LALA), y demás

disposiciones de obligado cumplimiento, los servicios públicos de abastecimiento y

saneamiento, reservados ambos como competencias de las Administraciones Locales,

pueden gestionarse por éstas bien de manera directa o bien de forma indirecta.

En el apartado anterior se han analizado pormenorizadamente las ventajas e

inconvenientes de cada uno de modelos de gestión posibles según la legislación antes

citada.

Las circunstancias concurrentes en la inmensa mayoría de los Ayuntamientos a los

que se dirige este estudio, con economías escasas y, consecuentemente, con medios

técnicos muy limitados, llevan necesariamente a la prestación deficiente de los servicios

de abastecimiento y saneamiento que por ley tienen encomendados, de lo que resulta

exponente claro la situación en que se encuentra en el ámbito territorial analizado la

depuración de las aguas residuales.

Se hace necesaria, o al menos conveniente, la adopción de un modelo de gestión

extra municipal que, asumiendo las competencias municipales en las materias referidas

garantice para los ciudadanos, como receptores de los servicios, la mejor calidad en los

mismos y el más justo precio.

Los modelos de gestión indirecta, contra los que no podemos poner objeción

alguna desde el punto de vista del buen hacer en la gestión, implican necesariamente, la

retribución del socio privado que aporta conocimiento, experiencia, eficacia y que en

muchos casos, también capital que no se destina al Servicio a prestar.

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Los modelos de gestión directa, a priori, se presentan como continuidad, aunque

sea en otro ámbito, de la acción municipal y dejan a esta Administración siempre

responsable directa de los resultados de la gestión.

En cualquiera de los casos, la adopción de uno u otro modelo de gestión, para que

resultase eficaz en el ámbito territorial en el que planteamos la cuestión, requeriría, como

paso previo, la unión de municipios mediante mancomunidad, consorcio o cualquier otro

tipo.

Estas circunstancias unidas a la realidad que se nos manifiesta del análisis

realizado en este estudio, aconseja, y en este sentido se dirige nuestra propuesta,

plantear como modelo más conveniente de gestión, la forma directa bajo el modelo de

ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL LOCAL (EPEL) o AGENCIA PUBLICA EMPRESARIAL

LOCAL (APEL) como es designada por la Ley 5/2010 de la Junta de Andalucía.

La citada Ley en su artículo 35 establece: Las agencias empresariales locales son

entidades públicas a las que se atribuye la realización de actividades prestacionales, la

gestión de servicios o la producción de bienes de interés público susceptibles de

contraprestación. Definición que concuerda con la establecida en la LRBRL.

En este sentido, las EPEL han de entenderse como concreción de las ideas o

principios de descentralización que se contienen en el artículo 103 de la Constitución

Española (La Administración Pública …..actúa de acuerdo con los principios de eficacia,

jerarquía, descentralización….).

Las características fundamentales de esta forma de gestión, las resumimos en el

siguiente esquema:

REGIMEN JURIDICO:

• Se rigen por el Derecho Privado (civil, laboral y mercantil)

• En la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las

potestades administrativas que se le hayan atribuido y en los aspectos

específicamente regulados en la legislación al comienzo citada, les es de

aplicación el Derecho Público.

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REGIMEN LABORAL

• En general, la Entidad se nutre de personal contratado bajo el régimen general

del Estatuto de los Trabajadores y de conformidad con el derecho laboral,

aunque también puede existir en su plantilla personal público con funciones

específicamente públicas que se rige por el derecho público.

• El acceso a la Entidad se resuelve mediante convocatoria pública bajo los

principios de igualdad, capacidad y méritos.

REGIMEN PATRIMONIAL

• La Entidad posee su propio patrimonio más el que se adscriba por cesión de

los Municipios u otras Entidades Públicas, de conformidad con la legislación al

respecto sobre Patrimonio de las Administraciones Públicas.

REGIMEN PRESUPUESTARIO Y CONTROL FINANCIERO

• De Conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria y

mediante Auditoría de las Cuentas Anuales.

• Anualmente la Entidad elaborará:

o El presupuesto de explotación, expresivo de las previsiones de ingresos

y gastos, que deberá ser aprobado por sus órganos de gobierno

o El Programa anual de de actuaciones, inversiones y financiación

REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO

• La estructura de la Entidad, su forma de funcionamiento interno y la regulación

y ordenación de las actividades a desarrollar se fijarán en los Estatutos que,

habrán de ser aprobados y publicados previamente a la entrada en

funcionamiento efectivo e incluirán como contenido mínimo su denominación,

funciones y competencias, con expresa indicación de las potestades que

tengan atribuidas y determinación de los máximos órganos de dirección del

organismo.

REGIMEN DE CONTRACION EXTERNA

• Los contratos de obras o servicios con empresas externas se regirán, en

general por la Ley de Contratos del Sector Público.

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TUTELA Y CONTROL DE LA ENTIDAD

• La función de tutela la ejerce la Entidad Pública Local que acuerda su

constitución, aprueba sus estatutos y nombra sus órganos de gobierno.

• El Control Interno de la Entidad en su función interventora, de control

financiero y de control de eficacia se ejercerá de conformidad con lo

establecido en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas

Locales.

• El Control Externo de la Entidad corresponde por Ley al Tribunal de Cuentas.

REGIMEN DE RECURSOS Y RECLAMACIONES

• Los acuerdos firmes no tributarios, adoptados por los órganos de gobierno de

la Entidad en el ejercicio de sus potestades, agotan la vía administrativa.

Finalizada ésta se puede recurrir ante la Jurisdicción de lo Contencioso –

Administrativo

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CUADRO III.1.

Ventajas que ofrece la opcion del modelo A.P.E.L. frente a otros modelos de gestion

E.P.E.L. EMPRESA CAPITAL PÚBLICO

SOCIEDAD CAPITAL

MIXTO

� Elasticidad de organización y funcionamiento que facilita la doble vía del derecho privado y del público. X

� Ejercicio, en el ámbito de su actividad, de las potestades administrativas de los Entes Locales. X

� Determinación y aprobación directa de tarifas X

� Flexibilidad en la transformación del modo de gestión X X

� Su constitución no requiere desembolsos económicos significativos. X X X*

� Aportación de Know-how X

� La gestión de sus recursos humanos se rige por el derecho privado. X X X

� No requiere, en sus inicios y hasta que inicie las funciones objeto de su creación, estructura compleja de personal, pues basta el nombramiento de un Gerente y el auxilio de muy pocos funcionarios que pueden estar en comisión de servicio.

X X

� Capitalización externa de la sociedad X

� Flexibilidad en la adscripción a la Entidad de los Ayuntamientos que lo deseen sin riesgo de pérdida del control de la sociedad.

X X* X**

� Experiencias en la gestión del CIA a nivel regional o nacional X X

� Destino del posible beneficio a reinversión X X

� Probabilidad de NO producirse encarecimientos en el servicio X X

� Puede liquidarse la Entidad en cualquier momento sin obligación de indemnizaciones. X X

� Utilización de la vía de apremio X

� Posibilidad de percibir subvenciones de Administraciones Públicas X

X* = Cumple la característica, aunque con cierto riesgo de perderla. X** = Cumple la característica, aunque con notable riesgo de perderla.

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III.3. ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICA Y FINANCIERA FUTURA DEL ENTE

DE GESTIÓN SUPRAMUNICIPAL.

La viabilidad económica y financiera exigible a un ente de gestión supramunicipal

del CIA dependerá del cumplimiento de los tres supuestos siguientes de partida:

1. Equilibrio en la explotación de los servicios de abastecimiento, saneamiento y

depuración de agua, mediante las adaptaciones sucesivas en las tarifas.

2. Equilibrio en la realización de inversiones necesarias para la mejora de las

infraestructuras, mediante la aplicación de un cánon de mejora o inversión, que

permita recuperar los recursos invertidos, sean propios o ajenos.

3. Equlibrio en la liquidez necesaria, para hacer frente a la amortización del

endeudamiento (en caso de que se produzca) y los gastos de explotación de los

servicios.

Como se ha constatado en el Capítulo II, la situación actual del conjunto de

municipios integrados en el Sector III, en relación a la explotación de los servicios de

abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas es deficitaria. Por tanto, los ingresos

obtenidos por todos los conceptos no cubren los gastos de explotación, no permitiendo

generar remanentes que contribuyan a la mejora de los servicios o a la realización de

inversiones.

Por otro lado, el análisis técnico de las instalaciones del CIA en los municipios del

Sector III, ha puesto de manifiesto que existen deficiencias importantes en las

infraestructuras del abastecimiento, saneamiento y depuración de agua en varios

municipios, lo que exige, de manera imperiosa, llevar a cabo inversiones.

En consecuencia, si la prestación de los servicios en los municipios objeto de

estudio es deficitaria actualmente desde el punto de vista económico y, además, es

necesario llevar a cabo inversiones, ello obliga necesariamente a elevar las tarifas que se

aplican por los distintos conceptos, estableciendo cánones de inversión si fueran

necesarios.

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Para llevar a cabo el análisis de viabilidad del ente de gestión supramunicipal, es

necesario plantear distintos escenarios y sus correspondientes hipótesis de partida. Esto

será objeto de atención en el epígrafe III.3.1., lo que permitirá sentar las bases de las

estimaciones económicas que se desarrollarán en los apartados siguientes.

Una vez establecidos los supuestos de partida, se realizará en el epígrafe III.3.2.

una estimación de las inversiones necesarias, de acuerdo con la información actual que se

dispone.

A continuación, en el epígrafe III.3.3. se detallarán los estados contables

provisionales de la futura EPEL, en concreto, el Balance de situación, la Cuenta de

Pérdidas y Ganancias y los Presupuestos de Tesorería.

Por último, en el epígrafe III.3.4. se efectuará un análisis de sensibilidad, que

permitirá conocer el impacto sobre el equilibrio económico y financiero que tendría la

modificación de algunas variables fundamentales.

III.3.1. ESCENARIOS E HIPÓTESIS DE PARTIDA.

Cuando se realizan estimaciones sobre el comportamiento de determinadas

variables a futuro, es necesario establecer previamente los posibles escenarios que

pueden darse y las hipótesis de partida que llevan aparejados.

Con el objetivo de simplificar al máximo las estimaciones, se van a desarrollar tres

escenarios en tres momentos del tiempo, con sus correspondientes hipótesis. Cada

momento temporal se corresponde con un nivel de adscripción de municipios al ente de

gestión supramunicipal del CIA, en concreto:

AÑO 2014

(2 años en funcionamiento)

AÑO 2017

(5 años en funcionamiento)

AÑO 2022

(10 años en funcionamiento)

25% de los municipios

adscritos al Ente

50% de los municipios

adscritos al Ente

75% de los municipios

adscritos al Ente

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Los escenarios planteados son los siguientes:

Escenario 1: Situación menos favorable

– Los municipios que se incorporan al Ente de gestión pertenecen a los

estratos de población más bajos y, además, no son colindantes, lo cual no

permite aprovechar sinergias.

– Las infraestructuras presentan problemas más graves, lo que implica

efectuar inversiones básicas para garantizar la calidad de los servicios y,

además, de manera urgente.

Escenario 2: Situación intermedia.

– Los municipios que se van adscribiendo al Ente de gestión pertenecen a

todos los estratos de población, en unos casos serán colindantes y en otros

no, lo que permitirá promediar las economías de escala.

– Las infraestructuras presentan distintos estados, dependiendo del municipio,

con lo cual se podrán compensar y planificar de manera equilibrada.

Escenario 3: Situación más favorable.

– Los municipios que se van incorporando al Ente de gestión son, en primer

lugar, los mayores de 5000 habitantes y, de forma progresiva, los del

estrato intermedio (2000-5000 habitantes) e inferior (<2000 habitantes),

intentando que sean colindantes entre si.

– La infraestructuras se encuentran en mejor estado, lo que implica que la

programación de las inversiones es menos urgente y se puede realizar de

manera más planificada.

Se ha considerado que la evolución anual del número de municipios adscritos al

ente de gestión supramunicipal será común a los tres escenarios, aunque el tamaño de

los mismos en cuanto a población y el hecho de ser colindantes entre sí variará, como

hemos visto, según el escenario contemplado.

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GRÁFICO III.1.

Evolución del número de municipios adscritos al ent e supramunicipal de gestión del CIA

14

28

37

46

5561

6773

7883

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

Como se puede apreciar en el gráfico anterior, el planteamiento en la asdcripción

de municipios es progresivo, cumpliéndose que en el año 2013 habría adscritos al ente de

gestión el 25% de los 110 municipios del “Sector III. Resto de provincia” (que equivalen a

28 municipios), en 2017 el 50% (55 municipios) y en 2022 el 75% (83 municipios).

Sin embargo, como se muestra en los gráficos III.2. y III.3., el tamaño de los

municipios es diferente en cada escenario. En el escenario más pesimista, habría mayoría

de municipios < 2000 Hab., por lo que sólo estaría adscrito al ente de gestión el 30,2%

de la población en el año 2022. En los dos escenarios restantes, habría un mayor

equilibrio en el tamaño de los municipios, quedando integrado en el último año de

análisis, el 80,6% de la población en el escenario intermedio y el 96% en el escenario

más optimista.

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GRÁFICO III.2.

Número de municipios adscritos al ente de gestión supramunicipal del CIA en

cada escenario y en cada año

24

47

72

14

33

51

10

27

454

8

11

6

12

19

12

17

24

8

10

13

6

11

14

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

AÑO2014

AÑO2017

AÑO2022

AÑO2014

AÑO2017

AÑO2022

AÑO2014

AÑO2017

AÑO2022

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

< 2000 Hab 2000-5000 Hab > 5000 Hab

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

GRÁFICO III.3.

Evolución de la población adscrita al ente de gesti ón supramunicipal del CIA

0

50000

100000

150000

200000

250000

300000

2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022

Escenario 1 Escenario 2 Escenario 3

NOTA: Total población en los 110 municipios del Sector III = 270.133

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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Otra característica diferenciadora que presentan los escenarios planteados es el

grado de colindancia que poseen los municipios adscritos al ente de gestión

supramunicipal. En el gráfico III.4. se ha intentado recoger esta condición, representando

el porcentaje de municipios que pertenecen a las dos comarcas con mayor peso, de un

total de 10 (que son en las que se agruparían los 110 municipios del Sector III).

La interpretación de los datos recogidos en dicho gráfico se haría del siguiente

modo: Si en el año 2014 y para el escenario 1, hay adscritos 28 municipios al ente de

gestión, el 46,4% de los mismos estarían agrupados en dos comarcas. El 53,6% restante

de los municipios hasta completar el cien por cien, se repartirían en las 8 comarcas que

restan. Por tanto, un porcentaje más elevado al principio (como en el caso del escenario

3), significaría que los municipios que se van adscribiendo al ente de gestión presentan

un alto índice de colindancia, lo cual permite aprovechar las economías de escala en la

gestión de los costes.

GRÁFICO III.4.

Porcentaje de agrupación de municipios por pertenen cia a la misma comarca

46,4 42,9

71,4

57,8

47,041,0

0,0

10,0

20,0

30,0

40,0

50,0

60,0

70,0

80,0

90,0

100,0

Escenario 1 Escenario 2 Escenario 3

2014 2022

Menos agrupación de municipios al principio Agrupación equilibrada

en el tiempo

Más agrupación de municipios al principio

NOTA: Los porcentajes representan los municipios que están integrados en las dos comarcas con mayor peso.

Un menor porcentaje significa que los municipios son menos colindantes entre si.

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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121

III.3.2. CUANTIFICACIÓN DE LAS INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURAS DE

ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUA NECESARIAS.

El diagnóstico técnico efectuado sobre el estado de las infraestructuras de

abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas en la provincia de Granada ha

permitido constatar las deficiencias que existen actualmente en varios de los municipios

que integran el “Sector III. Resto de provincia”. Ello exige llevar a cabo inversiones para

mejorar la calidad de los servicios y aumentar la eficiencia de las instalaciones, logrando

un ahorro de costes y una reducción en las pérdidas de agua que se producen

habitualmente en las redes de abastecimiento y saneamiento.

En este apartado se efectuará una estimación de las inversiones necesarias para

poder garantizar a los ciudadanos el suministro de agua en condiciones óptimas para su

consumo, el saneamiento una vez consumida y su posterior tratamiento para devolverla

al medio ambiente sin generar externalidades negativas.

Una vez detectadas las necesidades de inversión, es preciso determinar el agente

financiador que asumirá su ejecución. Este aspecto es de vital importancia de cara a la

cuenta de resultados del ente de gestión supramunicipal que se pretende constituir para

la gestión del CIA en la provincia, especialmente en el Sector III, ya que habrá que definir

un plan de inversiones ajustado a las posibilidades presupuestarias de cada ejercicio

económico y ajustar las tarifas cobradas al ciudadano, considerando un canon de mejora

o de inversión que permita financiarlas.

En el estudio económico se han diferenciado dos tipos de inversiones:

- Las realizadas en las distintas fases del ciclo del abastecimiento y saneamiento de

agua, que pueden exigir, en unos casos, la reposición total de las instalaciones y,

en otros, su reparación o mejora.

- Las encaminadas al tratamiento o depuración de las aguas residuales, lo que exige

la construcción de Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales.

Por su magnitud y naturaleza, hemos establecido en el estudio que las primeras,

es decir, las asociadas a las fases de abastecimiento y saneamiento, serán asumidas por

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122

el ente de gestión supramunicipal, trasladando al ciudadano su coste, mediante un canon

específico. Por el contrario, las segundas, que ya están siendo asumidas por la

Administración Autonomica, serán financiadas íntegramente por la Junta de Andalucía.

DETERMINACIÓN DE LAS NECESIDADES DE INFRAESTRUCTURAS DE ABASTECIMIENTO

Y SANEAMIENTO Y CRITERIOS EMPLEADOS EN SU CUANTIFICACIÓN.

Para cuantificar las inversiones necesarias de este capítulo, se ha tenido en

consideración el estado que presentan las infraestructuras existentes en los municipios

del Sector III, en cada una de las fases. En concreto, se han evaluado las siguientes:

- Captaciones existentes, distinguiendo entre las superficiales y las profundas.

- La longitud de la red de conducciones según el estado de los tramos.

- El número de depósitos y su capacidad media.

- Las Estaciones de Potabilización según su estado.

- La longitud de las redes de distribución según el estado por tramos.

- Las deficiencias de abastecimiento a las viviendas, según la suficiencia de las

dotaciones, las restricciones de agua o los defectos de presión registrados.

- La existencia de sistemas de medición de los consumos.

En el cuadro III.2. se han recogido los parámetros necesarios para la

cuantificación de las inversiones en infraestructuras de abastecimiento, según el estado

que presentan en la actualidad, de acuerdo a la información disponible en la EIEL 2009.

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123

CUADRO III.2.

Estado actual de las infraestructuras de abastecimiento en los municipios

integrados en el Sector III. Resto de provincia.

HABITANTES DEL MUNICIPIO

MENOS DE 2000 DE 2000 a 5000 MAS DE 5000

ESTADO ESTADO ESTADO GRUPO

B R M B R M B R M

SUPERFICIAL 59,32% 7,48% 5,1% 46,28% 5,14% 9,52% 49,77% 8,42% 0,71%

CA

PT

AC

ION

ES

PROFUNDAS 23,18% 2,92% 2% 29,79% 3,32% 5,95% 34,73% 5,88% 0,49%

CONDUCCIONES 495,21

km 39,47 km

60,64 km

323,30km

23,64 km

69,56 km

343,67km

3,24 km

6,87 km

Nº MEDIO(*) 2 1 0 5 1 0 9 1 0

DE

PO

SIT

OS

CAPACIDAD MEDIA

220,6 m3 289,1 m3 486,0 m3

E.T.A.P. 91,5% 1,5% 7% 99% 1% 0 100% 0 0

REDES DE DISTRIBUCION 533,42

Km. 33,73 Km.

63,02 Km.

660,3 Km.

27,93Km.

81,47 Km.

557,12 Km.

43,48 Km.

12,42 Km.

DOTACIONES 80,6% - 19,4% 68,2% - 31,8% 89,8% - 10,2%

RESTRICCIONES 91,1% 8,9% - 83,5% 14,1% 2,4% 96,6% 3,4% -

DE

FIC

IEN

CIA

S

DEFECTOS DE PRESION

91,8% - 8,2% 94,1% - 5,9 93,6% - 6,4%

MEDICION DE CONSUMOS 88,7 - 11,3 98,9% - 1,1% 99,97% - 0,03% (*) En cada estrato de población, se recoge el número medio de depósitos, distribuidos según su estado. FUENTE: Elaboración propia en base a los datos de la EIEL 2009.

En el caso del saneamiento, los parámetros considerados para la estimación de

las inversiones necesarias en infraestructuras han sido los siguientes:

- Longitud de las redes de alcantarillado según su estado.

- Longitud de los colectores de saneamiento según su estado.

- Longitud de los emisarios según su estado.

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124

- Deficiencias en las instalaciones de saneamiento, según la suficiencia en su

dotación, las insuficiencias de capacidad o la calidad del servicio.

CUADRO III.3.

Estado actual de las infraestructuras de saneamiento en los municipios

integrados en el Sector III. Resto de provincia.

HABITANTES DEL MUNICIPIO

MENOS DE 2000 DE 2000 a 5000 MAS DE 5000

ESTADO ESTADO ESTADO GRUPO

B R M B R M B R M

REDES DE ALCANTARILLADO

407,56 Km.

57,0 Km.

68,2 Km.

396,3 Km.

11,8 Km.

46,3 Km.

522,83 Km.

7,57 Km.

10,81 Km.

COLECTORES 98,30Km.

7,06 Km.

11,95Km.

65,53Km.

4,86 Km.

8,97 Km.

97,70Km.

18,75Km.

2,43 Km.

EMISARIOS 23,74 Km.

3,23 Km.

2,87 Km.

20,30 Km.

2,58 Km.

1,02 Km.

54,78 Km.

1,66 Km.

0

DOTACIONES 96,7% - 3,3 % 99% - 1% 99,1% - 0,9%

INSUFICIENCIA DE CAPACIDAD

11.958 m. 5.048 m. 8.623 m.

DE

FIC

IEN

CIA

S

CALIDAD DEL SERVICIO

60,5% 24,2% 15,3% 61,2% 16,5% 22,4% 30,5% 42,4% 27,1%

FUENTE: Elaboración propia en base a los datos de la EIEL 2009.

De acuerdo con los datos de situación recogidos en los cuadros anteriores, se ha

elaborado el cuadro III.4., donde se exponen los criterios de imputación municipales de

las necesidades de infraestructuras según el estado que presentan en la actualidad.

La enumeración de las imputaciones que se especifican no tienen, en modo

alguno, carácter limitante, sino que, por el contrario, pretenden expresar la totalidad de

las acciones a realizar para conseguir en cada unidad de actuación su completa

recuperación y puesta en perfecto estado de servicio.

Para cada unidad de actuación se han contemplado los siguientes conceptos:

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125

1. CAPTACIONES SUPERFICIALES

o Limpieza, vallado, señalización y protección del recinto adjunto a la

captación

o Reposición de compuertas y sus mecanismos de accionamiento

o Restauración de la obra civil de acompañamiento

o Reposición de conductos

o Inventario y grafía de componentes

2. CAPTACIONES PROFUNDAS

o Limpieza, vallado, señalización y protección del recinto adjunto a la

captación

o Recuperación y renovación de tuberías, válvulas y otros elementos

metálicos

o Restauración de la obra civil de acompañamiento

o Restauración de cuadros eléctricos de control y mando e instalación de

dispositivos de control a distancia

o Instalación de medidores de caudal

o Revisión del sistema de iluminación

3. CONDUCCIONES

o Reposición de conducciones en deficiente estado, incluyendo:

� Rotura y reposición de pavimentos

� Excavaciones necesarias en zanja de profundidad media 1,60 mts. y

en cualquier tipo de terreno

� Relleno y compactado de zanjas con zahorras de préstamo

� Retirada de productos sobrantes a vertedero autorizado

� Rasanteo de la superficie de asiento de la tubería o conducto

� Tubería de cualquier naturaleza, características y diámetro o

cualquier otro tipo de conducción incluyendo parte proporcional de

uniones y piezas especiales.

� Protecciones y señalización de la tubería o conducto

� Parte proporcional de válvulas de sectorización.

� Pruebas y resto de obra

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126

4. ESTACIONES DE TRATAMIENTO

o Limpieza, vallado, señalización y protección del recinto de la planta

o Adecuación de la planta a las exigencias de la reglamentación vigente

o Restauración de la obra civil de decantadores y filtros y reposición de sus

mantos filtrantes

o Revisión completa de componentes y sustitución de todos aquellos

defectuosos

o Revisión y corrección de defectos de las instalaciones y dispositivos

mecánicos y eléctricos

o Revisión y restauración de las instalaciones de desinfección

o Restauración de cuadros eléctricos de control y mando e instalación de

dispositivos de telecontrol

o Instalación de medidores de caudal

o Revisión y corrección de los medios y sistemas de aseguramiento de la

seguridad integral de la planta

o Revisión de la valvulería y reposición de las unidades en deficiente estado.

5. DEPOSITOS

o Limpieza, vallado, señalización y protección del recinto destinado a

ubicación de los depósitos.

o Restauración de la obra civil de sus vasos, cámaras de válvulas y espacios

externos, incluso pintura, jardinería y espacios de protección.

o Revisión de la valvulería y reposición de las unidades en deficiente estado.

o Revisión y restauración o reposición de los dispositivos de control de nivel,

llenado y vaciado,

o Revisión y corrección de defectos de las instalaciones eléctricas y

electromecánicas

o Adaptación a la normativa reglamentaria, de los medios y dispositivos de

toma de muestras.

o Revisión completa de los sistemas de seguridad y de ventilación de sus

vasos

o Provisión de sistemas de telecontrol del llenado y vaciado del depósito.

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127

6. REDES DE DISTRIBUCIÓN

o Reposición de conducciones en deficiente estado, incluyendo:

� Rotura y reposición de pavimentos

� Excavaciones necesarias en zanja de profundidad media 1,40 mts. y

en cualquier tipo de terreno

� Relleno y compactado de zanjas con zahorras de préstamo

� Retirada de productos sobrantes a vertedero autorizado

� Rasanteo de la superficie de asiento de la tubería

� Tubería de fundición dúctil de diámetro comprendido entre 80 y 300

mm., incluyendo parte proporcional de uniones y piezas especiales.

� Protecciones y señalización de la tubería

� Parte proporcional de válvulas de sectorización, válvulas de vaciado,

hidrantes contra incendios , bocas de riego,

� Parte proporcional de renovación de acometidas derivadas del

tramo de tubería renovada

� Caudalímetros y estaciones de muestreo

� Pruebas y resto de obra.

7. REDES DE SANEAMIENTO

o Reposición de conducciones en deficiente estado, incluyendo:

� Rotura y reposición de pavimentos

� Excavaciones necesarias en zanja de profundidad media 2,00 mts. y

en cualquier tipo de terreno

� Relleno y compactado de zanjas con zahorras de préstamo

� Retirada de productos sobrantes a vertedero autorizado

� Rasanteo de la superficie de asiento de la tubería

� Tubería de P.V.C. o de cualquier otra naturaleza de diámetro

comprendido entre 250 y 800 mm., incluyendo parte proporcional

de uniones y piezas especiales.

� Protecciones y señalización de la tubería

� Parte proporcional de pozos de registro, a distancias máximas de 60

mts. imbornales de recogida de aguas de lluvia y otras obras

accesorias.

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� Parte proporcional de renovación de acometidas con desembarco en

la conducción renovada

� Pruebas y resto de obra.

8. COLECTORES Y EMISARIOS

o Reposición de conducciones en deficiente estado, incluyendo:

� Rotura y reposición de pavimentos

� Excavaciones necesarias en zanja de profundidad media 2,50 mts. y

en cualquier tipo de terreno

� Relleno y compactado de zanjas con zahorras de préstamo

� Retirada de productos sobrantes a vertedero autorizado

� Rasanteo de la superficie de asiento de la tubería

� Tubería de hormigón armado o de cualquier otra naturaleza de

diámetro comprendido entre 500 y 1.000 mm., incluyendo parte

proporcional de uniones y piezas especiales.

� Protecciones y señalización de la tubería

� Parte proporcional de pozos de registro, a distancias máximas de

100 mts. y otras obras accesorias.

� Pruebas y resto de obra.

El tratamiento global de los datos obtenidos de la EIEL 2009 respecto al estado de

las infraestructuras, y su aplicación a cada uno de los escenarios contemplados y a las

etapas de implantación consideradas, ha permitido valorar la magnitud de los deficiencias

detectadas (cuadro III.5). La imputación se ha efectuado de forma lineal al número de

municipios en los que se han observado deficiencias, obteniendo así el coeficiente unitario

de imputación que, extendido al número concreto de municipios que constituyen cada

escenario temporal, representa la base de las estimaciones realizadas.

Pese a ello, resulta inevitable la generalización por causa del desconocimiento

exacto que se tiene de la situación concreta de cada municipio y de sus sistemas de

abastecimiento y saneamiento. Cuando comience su actividad el ente de gestión

supramunicipal, se deberá de realizar un diagnóstico exhaustivo del estado de las

infraestructuras en cada municipio que desee encomendar la gestión de sus servicios al

dicho ente.

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CUADRO III.4.

Criterios de imputación por municipios de las necesidades de mejora de las

infraestructuras de abastecimiento y saneamiento de agua en el

Sector III (Resto de provincia)

MUNICIPIOS

<2000

HABITANTES

MUNICIPIOS DE

2000 A 5000

HABITANTES

MUNICIPIOS

>5000

HABITANTES

CAPTACIONES Superficiales Totales 266 101 99

En regular o mal estado 33 15 10

Imputación por municipio 0,462 0,631 0,707

Profundas Totales 104 65 69

En regular o mal estado 5 6,5 5

Imputación por municipio 0,072 0,271 0,357

CONDUCCIONES Extensión total Kms 595 417 354

En regular o mal estado 100 93 10

Imputación por municipio 1,389 3,875 0,714

E.T.A.P. Numero total Unidades 72 24 14

En regular o mal estado 6 1 0

Imputación por municipio 0,085 0,042 0,000

DEPOSITOS Numero total Unidades 668 124 28

En regular o mal estado 72 24 0

Imputación por municipio 1 1 0

RED DE DISTRIBUCION Extensión total Kms 637 776 621

En regular o mal estado 97 109 56

Imputación por municipio 1,345 4,559 3,992

RED DE SANEAMIENTO Extensión total Kms 533 454 541

En regular o mal estado 125 58 18

Imputación por municipio 1,740 2,421 1,314

COLECTORES Extensión total Kms 117 79 110

En regular o mal estado 19 14 21

Imputación por municipio 0,264 0,583 1,500

EMISARIOS Extensión total Kms 30 23 57

En regular o mal estado 6 4 2

Imputación por municipio 0,222 0,167 0,143

FUENTE: Elaboración propia en base a los datos de la EIEL 2009.

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CUADRO III.5.

Cuantificación de las necesidades de infraestructuras (mejora o reposición) en

cada escenario y momento temporal

AÑO 2014 (28 MUNICIPIOS) ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

INFRAESTRUCTURAS (24 + 4 + 0) (14 + 6 + 8) (10 + 12 + 6)

UNIDAD DE

MEDIDA CAPTACIONES SUPERFICIALES UD. 13,6 15,9 16,4 PROFUNDAS UD. 2,8 5,5 6,1 CONDUCCIONES Km. 48,8 48,4 64,7 E.T.A.P UD. 2 1 1 DEPOSITOS UD. 28 20 22 RED DE DISTRIBUCION Km. 50,5 78,1 92,1 RED DE SANEAMIENTO Km. 51,4 49,4 54,3 COLECTORES Km. 8,7 19,2 18,6 EMISARIOS Km. 3,6 5,3 5,1

AÑO 2017 (55 MUNICIPIOS)

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3 INFRAESTRUCTURAS 47 + 8 + 0) (33 + 12 + 10) (27 + 17 + 11)

UNIDAD DE

MEDIDA SUPERFICIALES UD. 26,8 29,9 31,0 CAPTACIONES PROFUNDAS UD. 5,6 9,2 10,5

CONDUCCIONES Km. 96,3 103,0 111,2 E.T.A.P UD. 4 3 3 DEPOSITOS UD. 55 45 44 RED DE DISTRIBUCION Km. 101,0 139,0 157,7 RED DE SANEAMIENTO Km. 102,9 99,6 102,6 COLECTORES Km. 17,3 50,9 33,5 EMISARIOS Km. 12,0 10,8 10,4

AÑO 2022 (83 MUNICIPIOS)

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3 INFRAESTRUCTURAS (72 + 11 + 0) (51 + 19 + 13) (45 + 24 + 14)

UNIDAD DE

MEDIDA SUPERFICIALES UD. 40,2 44,7 45,8 CAPTACIONES PROFUNDAS UD. 8,2 22,2 14,8

CONDUCCIONES Km. 142,6 153,7 165,5 E.T.A.P UD. 3 5 5 DEPOSITOS UD. 83 70 69 RED DE DISTRIBUCION Km. 147,0 207,1 225,8 RED DE SANEAMIENTO Km. 151,9 151,8 154,8 COLECTORES Km. 25,4 44,0 46,9 EMISARIOS Km. 17,8 16,4 16,0

FUENTE: Elaboración propia en base a los datos de la EIEL 2009.

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131

CUANTIFICACIÓN DE LA INVERSIONES EN ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO DE

AGUAS.

Una vez cuantificadas las necesidades de infraestructuras, se ha procedido a su

valoración. Los precios unitarios aplicados se corresponden con los vigentes en el

mercado en 2010, actualizados anualmente a una tasa de crecimiento del 2%

acumulativo. El ritmo de ejecución de las inversiones dependerá de los municipios

adscritos al ente de gestión supramunicipal en cada escenario y momento temporal. Se

ha escogido, como supuesto de partida, que las inversiones se contratarán y ejecutarán

en un plazo máximo de 3 años, desde que el ente de gestión detecte la necesidad de

hacerlas y ponga en marcha todo el proceso de ejecución.

En conjunto, tal y como se recoge en el cuadro III.6. y en el gráfico III.5., se

estima un importe global de inversiones desde el comienzo de la actividad del ente de

gestión supramunicipal hasta el año 2022, que oscilará entre los 90,95 millones de euros

en el escenario 1, los 104,95 millones en el escenario 2 y los 110,41 millones en el

escenario 3. Estos montantes están valorados a precios corrientes de cada año, es decir,

llevan incorporado el incremento de los precios que se producirá a lo largo del horizonte

temporal analizado (un 2% anual acumulativo).

CUADRO III.6.

Valoración de las inversiones en infraestructuras para el abastecimiento y

saneamiento de agua en cada escenario y momento temporal

AÑO 2014 (28 MUNICIPIOS) ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

INFRAESTRUCTURAS (24 +4 + 0) (14 + 6 + 8) (10 + 12 + 6)

SUPERFICIALES 463.090 541.412 559.312 CAPTACIONES PROFUNDAS 72.990 142.350 158.463

CONDUCCIONES 9.618.456 9.534.824 12.738.631

E.T.A.P 152.272 99.368 93.158

DEPOSITOS 1.629.432 1.163.880 1.280.268

RED DE DISTRIBUCION 6.072.554 9.371.871 11.043.867

RED DE SANEAMIENTO 7.433.327 7.140.340 7.849.027

COLECTORES 2.132.338 4.722.580 4.585.892

EMISARIOS 998.697 1.475.752 1.426.709

TOTALES (Euros) 28.573.156 34.192.377 39.735.327

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132

AÑO 2017 (55 MUNICIPIOS) ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

INFRAESTRUCTURAS 47 + 8 + 0) (33 + 12 + 10) (27 + 17 + 11)

SUPERFICIALES 470.119 244.888 255.830

CAPTACIONES PROFUNDAS 74.733 101.068 118.936

CONDUCCIONES 9.819.972 11.309.066 9.636.402

E.T.A.P 153.849 135.238 119.889

DEPOSITOS 1.651.117 1.528.812 1.345.355

RED DE DISTRIBUCION 6.343.340 7.646.702 8.240.448

RED DE SANEAMIENTO 7.732.161 7.547.118 7.251.884

COLECTORES 2.244.684 3.975.774 3.860.701

EMISARIOS 2.492.487 1.625.739 1.571.860

TOTALES (Euros) 30.982.464 34.114.405 32.401.304

AÑO 2022 (83 MUNICIPIOS) ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

INFRAESTRUCTURAS (72 + 11 + 0) (51 + 19 + 13) (45 + 24 + 14)

CAPTACIONES SUPERFICIALES 519.216 849.231 859.298

PROFUNDAS 77.025 381.926 125.545

CONDUCCIONES 10.364.242 11.336.819 12.135.467

E.T.A.P 142.717 142.717 142.719

DEPOSITOS 1.849.954 1.651.745 1.651.745

RED DE DISTRIBUCION 6.234.837 9.239.358 9.239.357

RED DE SANEAMIENTO 8.084.656 8.603.838 8.605.468

COLECTORES 2.259.963 2.656.108 3.727.773

EMISARIOS 1.860.234 1.784.305 1.784.307

TOTALES (Euros) 31.392.844 36.646.047 38.271.679 FUENTE: ESECA, elaboración propia.

Si por el contrario, quisiéramos conocer la valoración de las anteriores inversiones

a precios de hoy (año 2010), se obtendría un valor de 78,39 millones de euros en el

primer escenario, de 90,48 millones en el segundo escenario y de 95,37 millones en el

tercero.

La secuenciación de las inversiones, conforme se detectan las necesidades en los

municipios que se van adscribiendo al ente de gestión, de acuerdo al supuesto planteado

de 3 años de ejecución, quedaría distribuido según se recoge en el cuadro III.7. Como se

puede observar, los mayores importes de inversión se han de realizar en los primeros

cinco años (más del 50% de la inversión total), dado que el ritmo de adscripción de

municipios es más alto.

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133

GRÁFICO III.5.

Inversiones totales a realizar en infraestructuras de abastecimiento y

saneamiento de aguas durante el periodo 2012-2022, valoradas a precios

corrientes y constantes.

78.3

86.1

83

90.4

82.9

90

95.3

71.0

27

90.9

48.4

63

104.

952.

829

110.

408.

310

0

20.000.000

40.000.000

60.000.000

80.000.000

100.000.000

120.000.000

Escenario 1 Escenario 2 Escenario 3

Inversiones a precios 2010 Inversiones a precios año corriente

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

CUADRO III.7.

Secuenciación de las inversiones en infraestructuras de abastecimiento y

saneamiento estimadas

ESCENARIO

1 ESCENARIO

2 ESCENARIO

3 2013 4.621.986 5.530.950 6.427.5762014 9.428.852 11.283.138 13.112.2552015 12.925.383 15.151.148 16.833.9432016 11.653.116 13.299.878 13.878.2582017 10.324.788 11.368.496 10.797.6122018 9.137.269 10.201.145 9.922.5392019 7.898.118 8.982.553 9.008.1452020 6.605.747 7.711.137 8.053.2062021 6.363.536 7.428.395 7.757.9222022 6.108.995 7.131.259 7.447.6052023 3.894.484 4.546.178 4.747.8482024 1.986.187 2.318.551 2.421.402

TOTAL 90.948.462 104.952.829 110.408.310

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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134

CUANTIFICACIÓN DE LA INVERSIONES EN DEPURACIÓN DE AGUAS.

Las inversiones en depuración de aguas en los municipios del Sector III de la

provincia, de acuerdo a la información suministrada por el Área de Medio Ambiente de la

Diputación de Granada, ascienden a 76,7 millones de euros (Cuadro III.8). De este

montante, 51,78 millones corresponderían a obra nueva en EDAR´s, 13,92 millones a

obras de ampliación de instalaciones depuradoras existentes y 11 millones a obras de

remodelación.

Estas inversiones, como hemos indicado anteriormente, se realizarían con cargo a

la Administración Autónoma de la Junta de Andalucía, por tanto, no tendrían impacto en

la cuenta de resultados del ente de gestión supramunicipal del CIA.

CUADRO III.8.

Inversiones estimadas en infraestructuras de depuración de aguas en los

municipios del Sector III. Resto de la provincia.

OBRA NUEVA AMPLIACIÓN REMODELACIÓN TOTAL

INVERSIÓN POR

HABITANTE (€)

> 5000 Hab. 11.746.030 1.085.025 5.110.159 17.941.214 164,51 2000 - 5000 Hab. 18.419.363 4.705.106 3.245.772 26.370.241 442,16

< 2000 Hab. 21.620.967 8.125.141 2.686.149 32.432.257 625,51

TOTAL (Precios Año 2007)

51.786.360 13.915.272 11.042.080 76.743.712 347,97

TOTAL (Precios Año 2010)

56.588.354 15.205.593 12.065.979 83.859.926 380,24

FUENTE: Diputación de Granada. Área de Medio Ambiente.

La estimación de necesidades de inversión en EDAR`s recogida en el cuadro

anterior, permitiría alcanzar en un horizonte temporal de diez años, el objetivo de depurar

el 95% de las aguas residuales en el conjunto de municipios del Sector III de la provincia.

Ello supondría invertir una media de 348 euros por habitante, registrándose la mayor

inversión en los municipios más pequeños (625,51 €/Hab.), seguidos de los medianos con

442,16 €/Hab. y de los mayores de 5000 Hab. con 164,51 €/Hab.

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135

III.3.3. ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS DE EXPLOTACIÓN

Los Ingresos de Explotación están integrados por tres partidas:

– Ingresos por abastecimiento-saneamiento de agua: Son los que se derivan

de la aplicación de las tarifas en vigor a los consumos facturados (en el

caso del abastecimiento) y al servicio de saneamiento (cuando existe y

está separado del agua).

– Ingresos por depuración: Son los obtenidos por la prestación del servicio

de depuración de aguas residuales, vertidas a través de la red de

alcantarillado. Los municipios que no dispongan de EDAR, abonarán los

costes de vertido.

– Otros Ingresos: Se recogen aquí todos los Ingresos no incluidos en las dos

categorías anteriores, como pueden ser el cobro de altas, contadores, etc.

La previsión de los Ingresos de Explotación a futuro dependerá de los escenarios

señalados en el apartado anterior. A continuación se va a realizar una estimación de los

ingresos, por conceptos, para cada uno de los escenarios y en tres momentos del tiempo:

- A los 2 años de funcionamiento del ente de gestión (Año 2014)

- A los 5 años de funcionamiento (Año 2017)

- A los 10 años de funcionamiento (Año 2022)

De forma común a los tres escenarios, se han considerado los siguientes criterios

a lo hora de realizar las previsiones:

� Con carácter general, se ha aplicado el principio de prudencia en todas las

estimaciones, dado el contexto económico en el que nos encontramos y la

incertidumbre que aún se cierne sobre la economía.

� En el horizonte temporal analizado (hasta 2022) se ha supuesto que la

población descenderá levemente. Ello se debe a que los municipios

integrados en el “Sector III. Resto de provincia” son los menos dinámicos

del conjunto provincial, dado que no se incluye en esta zona, la capital y

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136

su Área Metropolitana, ni la Costa. Los datos demográficos de la última

década nos confirman una población estacionaria, con una ligera

tendencia descendente. Así, entre 1999 y 2009, la población del Sector III

ha descendido muy leventente, a una tasa media anual acumulada del

0,35%.

� El consumo de agua por habitante/año descenderá en los próximos años

un 1,5% anual acumulativo, como consecuencia de los programas de

sensibilización sobre ahorro de agua o el mayor control en la medición del

consumo que propicia la empresa gestora de los servicios, que hace que

el usuario reduzca el despilfarro de agua. Esta tendencia se ha observado

en todas las zonas donde ha comenzado a operar un ente de gestión

profesionalizado del ciclo integral del agua.

Estimación de Ingresos por abastecimiento-saneamiento

De acuerdo con las características particulares que presenta cada escenario

definido en el apartado anterior, se han efectuado las previsiones de ingresos que

registrará el ente de gestión supramunicipal del CIA en concepto de servicios de

abastecimiento y saneamiento de agua, para los años 2014, 2017 y 2022.

Para llegar a las cifras totales recogidas en el cuadro III.9., se han tratado de

manera individualizada a los municipios, aplicando los siguientes criterios en las

estimaciones:

– Cálculo del número de abonados a partir del dato de población:

En primer lugar, se ha procedido a clasificar los municipios que se integran en

cada escenario, según su tamaño. A continuación, se ha multiplicado el número

de habitantes por la ratio de abonados/habitante que se obtuvo en la encuesta

realizada por ESECA, dependiendo del estrato de población al que pertenecía

cada municipio. Para aquellos que no superaban los 2000 Hab., la ratio aplicada

ha sido de 91,2 abonados por cada cien habitantes, para los municipios entre

2000 y 5000 Hab. la ratio ha sido de 65,6 y para los municipios mayores de

5000 Hab. la ratio ha sido de 50,7. Una vez efectuada esta operación, se suma

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137

el número de abonados estimado para cada escenario y para cada año. El total

de abonados, comparado con el total de población en cada escenario y

momento del tiempo nos permite calcular una ratio media de

Abonados/Habitante, que es la que se recoge en el cuadro.

– Cálculo del consumo de agua por año:

Para su estimación se ha seguido el mismo procedimiento que el utilizado para

el cálculo del número de abonados. Los estándares de consumo de agua por

abonado y año obtenidos de la encuesta, habían quedado establecidos en 59,3

m3 por abonado/año en los municipios menores de 2000 Hab., en 85,2 m3 por

abonado/año en los comprendidos entre 2000 y 5000 Hab. y en 90,2 m3 por

abonado/año en los mayores de 5000 Hab. Aplicando estos valores al número

de abonados estimado para cada municipio y teniendo en cuenta el supuesto

de descenso en el consumo (1,5% anual), se han obtenido los datos recogidos

en el cuadro para los tres escenarios y momentos del tiempo.

– Cálculo de los Ingresos totales:

A partir de los datos estimados de consumo de agua para cada municipio, en

los tres escenarios y momentos del tiempo, se ha aplicado la tarifa media

resultante de la encuesta realizada por ESECA, según el tamaño del municipio,

incrementada, a su vez, por un factor corrector que compensa el impacto del

crecimiento de los precios (inflación). Cabe recordar que la tarifa media que

actualmente se está aplicando en los municipios del Sector III era de 0,52

euros por m3 facturado en los municipios menores de 2000 Hab., de 0,48

euros/m3 en los comprendidos entre 2000 y 5000 Hab. y de 0,75 euros/m3 en

los mayores de 5000 Hab. Con estos datos, de forma agregada para cada

escenario, resultaría una tarifa media actual (a precios de 2010) de 0,51

euros/m3 en el conjunto de municipios que integran el escenario 1, de 0,66

euros/m3 en los que conforman el escenario 2, y de 0,65 euros/m3 en los del

escenario 3.

Así pues, aplicando el factor corrector, se estiman las siguientes tarifas medias

para cada escenario y año:

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138

Tarifa media actual (2010)

Incremento 2010-2014

Tarifa media 2014

Incremento 2014-2017

Tarifa media 2017

Incremento 2017-2022

Tarifa media 2022

Escenario 1 0,51 3% 0,53 3% 0,54 5% 0,57 Escenario 2 0,66 3% 0,68 3% 0,70 5% 0,74 Escenario 3 0,65 3% 0,67 3% 0,69 5% 0,72

En base a estas tarifas, la agregación de los ingresos estimados para cada

municipio, en los tres escenarios y momentos temporales, arroja los datos recogidos en el

cuadro siguiente.

CUADRO III.9.

Estimación de Ingresos por abastecimiento-saneamiento de agua.

(Tarifas actuales incrementadas con un factor de crecimiento de los precios en

los distintos momentos del tiempo)

ESCENARIO 1

(Pesimista) ESCENARIO 2 (Intermedio)

ESCENARIO 3 (Optimista)

AÑO 2014 (25%) NÚMERO DE HABITANTES 27.309 87.291 133.002NÚMERO DE ABONADOS 22.675 50.400 77.392 - Ratio Abonados/Habit. 83,0 57,7 58,2CONSUMO DE AGUA (M3/AÑO) 1.447.565 4.108.077 6.328.275 - Ratio Consumo abonado/año (m3) 63,8 81,5 81,8INGRESOS (TARIFA ACTUAL CORREGIDA) 767.210 2.793.492 4.239.944 - Tarifa media (euros/m 3) 0,53 0,68 0,67

AÑO 2017 (50%) NÚMERO DE HABITANTES 53.026 147.260 202.368NÚMERO DE ABONADOS 43.859 89.473 120.276 - Ratio Abonados/Habit. 82,7 60,8 59,4CONSUMO DE AGUA (M3/AÑO) 2.675.459 6.714.966 9.194.935 - Ratio Consumo abonado/año (m3) 61,0 75,1 76,4INGRESOS (TARIFA ACTUAL CORREGIDA) 1.444.748 4.700.476 6.344.505 - Tarifa media (euros/m 3) 0,54 0,70 0,69

AÑO 2022 (75%) NÚMERO DE HABITANTES 81.478 217.734 259.238NÚMERO DE ABONADOS 68.027 134.406 159.998 - Ratio Abonados/Habit. 83,5 61,7 61,7CONSUMO DE AGUA (M3/AÑO) 3.736.315 9.105.237 10.842.363 - Ratio Consumo abonado/año (m3) 54,9 67,7 67,8INGRESOS (TARIFA ACTUAL CORREGIDA) 2.129.699 6.737.876 7.806.501 - Tarifa media (euros/m 3) 0,57 0,74 0,72FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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139

Estimación de Ingresos por depuración

En el caso de la depuración de aguas, las previsiones a futuro se hacen más

complejas, dado que depende del estado de las infraestructuras que existan en cada

momento del tiempo para poder prestar estos servicios.

Para ello se ha partido del estado actual que presentan las EDAR en la provincia

de Granada, información que ha sido facilitada por el Área de Medio Ambiente de la

Diputación de Granada. Para cada municipio aparece, entre otros datos, los

correspondientes a población que depura agua actualmente y las previsiones de

construcción de nuevas EDAR en los próximos años. Así, el estado de cada depuradora, a

fecha actual, se clasifica del siguiente modo:

- En Funcionamiento

- Sin funcionar o pendiente de puesta en marcha

- En construcción

- En proyecto

- En estudio

- Sin EDAR

A partir de esta información, se han planteado las siguientes hipótesis, para el

cálculo de las estimaciones:

- En el año 2014, hemos considerado que las EDAR que actualmente se

encuentran en construcción, sin funcionar o pendientes de puesta en

marcha estarán operativas, lo que permitirá ampliar el número de núcleos

y habitantes que podrán depurar sus aguas.

- En el año 2017, las EDAR en funcionamiento se incrementarán con

aquellas que actualmente se encuentran en proyecto, añadiéndose a las

que hasta la fecha se encuentran en marcha. Con ello se amplia de nuevo

la población cubierta.

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140

- En el año 2022, estarán funcionando también las EDAR que actualmente

se encuentran en estudio, lo que permitiría depurar agua a más del 90%

de la población residente en el Sector III (Resto de provincia).

- Para los municipios en los que, a fecha actual, no existe ninguna EDAR

prevista, se ha considerado que no podrán depurar aún sus aguas en

2022. Este porcentaje se moverá entre el 5-10% en esta fecha.

Por otro lado, para el cálculo de los Ingresos, se ha aplicado el mismo

procedimiento metodológico que en la estimación de los Ingresos por abastecimiento y

saneamiento. Con la información proporcionada por la encuesta realizada por ESECA, se

han obtenido datos sobre las tarifas medias aplicadas en los municipios que depuran

aguas. Estas tarifas resultaron ser: 0,45 €/m3 en los municipios < 2000 Hab., de 0,25

€/m3 en los municipios entre 2000 y 5000 Hab. y de 0,22 €/m3 en los municipios > 5000

Hab. La tarifa media global por depuración en el conjunto de municipios es de 0,25 €/m3.

Estas tarifas se han ido aplicando de forma individualizada a los municipios que

hemos contemplado en cada escenario, corregidas al alza para compensar el crecimiento

de los precios a lo largo del horizonte temporal analizado. De igual modo que se hizo en

el caso del abastecimiento y saneamiento, se recogen en el cuadro siguiente las tarifas

medias aplicadas en las estimaciones:

Tarifa media actual (2010)

Incremento 2010-2014

Tarifa media 2014

Incremento 2014-2017

Tarifa media 2017

Incremento 2017-2022

Tarifa media 2022

Escenario 1 0,39 3% 0,40 3% 0,41 5% 0,43 Escenario 2 0,27 3% 0,28 3% 0,29 5% 0,30 Escenario 3 0,24 3% 0,25 3% 0,25 5% 0,27

De acuerdo con los datos anteriores, se presenta en el cuadro III.10. la estimación

de Ingresos por depuración, junto con los parámetros utilizados en los cálculos. Se puede

observar que, a medida que avanza el tiempo, las infraestructuras de depuración van

permitiendo que un porcentaje más elevado de población depure sus aguas. Además,

este porcentaje va creciendo en función del escenario contemplado, hasta converger en el

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141

año 2022, cuando alrededor del 90-95% de la población podrá depurar en cualquiera de

los tres escenarios.

CUADRO III.10.

Estimación de Ingresos por depuración de agua.

ESCENARIO 1

(Pesimista) ESCENARIO 2 (Intermedio)

ESCENARIO 3 (Optimista)

AÑO 2014 (25%) NÚMERO DE HABITANTES TOTALES 27.309 87.291 133.002 NÚMERO DE HABITANTES QUE DEPURAN 11.362 25.741 83.383 - % población que depura 41,6 29,5 62,7 CONSUMO DE AGUA (M3/AÑO) 1.447.565 4.108.077 6.328.275 AGUA DEPURADA (M3/AÑO) 601.407 1.220.459 3.870.501 - % Agua Depurada/Agua consumida (m3/año) 41,5 29,7 61,2 AGUA NO DEPURADA (M3/AÑO) 846.158 2.887.618 2.457.774 INGRESOS (TARIFA ACTUAL CORREGIDA) 581.487 1.142.456 1.564.350 - Tarifa media actual (euros/m 3) 0,40 0,28 0,25

AÑO 2017 (50%) NÚMERO DE HABITANTES TOTALES 53.026 147.260 202.368 NÚMERO DE HABITANTES QUE DEPURAN 35.640 116.247 171.576 - % población que depura 67,2 78,9 84,8 CONSUMO DE AGUA (M3/AÑO) 2.675.459 6.714.966 9.194.935 AGUA DEPURADA (M3/AÑO) 1.805.792 5.288.071 7.752.869 - % Agua Depurada/Agua consumida (m3/año) 67,5 78,8 84,3 AGUA NO DEPURADA (M3/AÑO) 869.667 1.426.895 1.442.066 INGRESOS (TARIFA ACTUAL CORREGIDA) 1.106.974 1.923.4 55 2.341.178 - Tarifa media actual (euros/m 3) 0,41 0,29 0,25

AÑO 2022 (75%) NÚMERO DE HABITANTES TOTALES 81.478 217.734 259.238 NÚMERO DE HABITANTES QUE DEPURAN 75.090 203.192 243.809 - % población que depura 92,2 93,3 94,0 CONSUMO DE AGUA (M3/AÑO) 3.736.315 9.105.237 10.842.363 AGUA DEPURADA (M3/AÑO) 3.444.091 8.483.013 10.178.847 - % Agua Depurada/Agua consumida (m3/año) 92,2 93,2 93,9 AGUA NO DEPURADA (M3/AÑO) 292.224 622.225 663.516 INGRESOS (TARIFA ACTUAL CORREGIDA) 1.623.199 2.738.5 38 2.898.671 - Tarifa media actual (euros/m 3) 0,43 0,30 0,27 FUENTE: ESECA, elaboración propia.

Estimación de Otros Ingresos

La determinación de “Otros Ingresos”, donde se incluyen diversos conceptos no

contemplados en los dos capítulos anteriores, como el cobro de altas, contadores, etc. es

muy difícil de determinar a priori.

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142

Para objetivar su estimación, se emplearán los datos económicos recogidos en la

encuesta de ESECA, que permiten conocer el porcentaje que representa la partida de

“Otros Ingresos” sobre el total de Ingresos recaudados por la prestación de los servicios

de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas.

Con los datos del cuadro II.22. del capítulo II, hemos determinado que el 36,4%

de los Ingresos que perciben los municipios del Sector III corresponderían a “Otros

conceptos”, siendo mucho más elevado el peso de estos Ingresos en los municipios

mayores de 5000 Hab. (45%), que en los menores de 5000 Hab. (3,3%). Este hecho se

debe a que en los municipios de mayor tamaño, la gestión y explotación de los servicios

del CIA es más eficiente y existe un control más efectivo sobre este tipo de Ingresos.

Aplicando estas ratios en cada uno de los escenarios, se obtienen los datos del

cuadro III.11. Se puede observar que el escenario 1, al tener un mayor peso de

municipios pequeños, registra una ratio de “Otros Ingresos/Ingresos totales”

significativamente inferior al resto de escenarios, en los cuales existe un reparto más

equilibrado en el tamaño de los municipios que lo integran.

CUADRO III.11.

Estimación de “Otros Ingresos”

ESCENARIO 1 (Pesimista)

ESCENARIO 2 (Intermedio)

ESCENARIO 3 (Optimista)

AÑO 2014 (25%) INGRESOS TOTALES (Abastecimiento, saneamiento y depuración) 1.348.696 3.935.949 5.804.294 - Porc. Otros Ingresos/Ingresos totales 6,1% 33,8% 32,7%OTROS INGRESOS 82.006 1.331.576 1.897.602

AÑO 2017 (50%) INGRESOS TOTALES (Abastecimiento, saneamiento y depuración) 2.551.721 6.623.931 8.685.683 - Porc. Otros Ingresos/Ingresos totales 5,8% 29,5% 30,6%OTROS INGRESOS 148.133 1.955.846 2.656.710

AÑO 2022 (75%) INGRESOS TOTALES (Abastecimiento, saneamiento y depuración) 3.752.898 9.476.414 10.705.172 - Porc. Otros Ingresos/Ingresos totales 6,2% 27,4% 27,4%OTROS INGRESOS 233.213 2.600.642 2.934.659

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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143

Resumen global de Ingresos

Integrando las estimaciones parciales de Ingresos, realizadas en las tablas

anteriores, se obtiene el montante global previsto para cada escenario y cada momento

temporal. Los datos resumen se recogen en el cuadro siguiente:

CUADRO III.12.

Resumen de Ingresos Totales del ente de gestión supramunicipal

ESCENARIO 1

(Pesimista)

ESCENARIO 2

(Intermedio)

ESCENARIO 3

(Optimista)

AÑO 2014 (25%)

INGRESOS ABASTECIMIENTO-SANEAMIENTO 767.210 2.793.492 4.239.944

INGRESOS DEPURACIÓN 581.487 1.142.456 1.564.350

OTROS INGRESOS 82.006 1.331.576 1.897.602

TOTAL INGRESOS 1.430.702 5.267.525 7.701.896

AÑO 2017 (50%)

INGRESOS ABASTECIMIENTO-SANEAMIENTO 1.444.748 4.700.476 6.344.505

INGRESOS DEPURACIÓN 1.106.974 1.923.455 2.341.178

OTROS INGRESOS 148.133 1.955.846 2.656.710

TOTAL INGRESOS 2.699.855 8.579.777 11.342.393

AÑO 2022 (75%)

INGRESOS ABASTECIMIENTO-SANEAMIENTO 2.129.699 6.737.876 7.806.501

INGRESOS DEPURACIÓN 1.623.199 2.738.538 2.898.671

OTROS INGRESOS 233.213 2.600.642 2.934.659

TOTAL INGRESOS 3.986.112 12.077.056 13.639.831

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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144

III.3.4. ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS DE EXPLOTACIÓN

En los gastos de explotación, es preciso distinguir entre Fijos y Variables, debido

a su diferente naturaleza.

A. GASTOS FIJOS.

Se consideran así a aquellos que son independientes del volumen de agua captado

y entregado a los usuarios del servicio de abastecimiento y saneamiento. Distinguimos las

siguientes categorías:

Personal:

� Costes salariales del personal fijo y del personal estacional o

eventual requerido

� Aportaciones empresariales a la seguridad social de los

trabajadores

� Primas de seguros de vida y accidentes, gratificaciones,

incentivos, aportaciones empresariales a planes de pensiones y

otros pagos en especie

Mantenimiento y conservación de instalaciones:

� Cánones fijos de mantenimiento subcontratado de

instalaciones:

� Pintura y limpieza periódica de recintos

� Limpieza y desinfección periódica del interior de depósitos

� Lectura de contadores

� Búsqueda de fugas

� Revisiones periódicas de:

o Sistemas de protección de las instalaciones eléctricas.

o Estaciones de bombeo

o Sistemas de control automático o centralizado

o Vehículos

o Maquinaria y equipos

o Otros elementos del sistema

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145

� Tasas fijas estatales, autonómicas y locales por actividades

gravadas

� Analíticas reglamentarias del agua subcontratadas

� Otros cánones, primas y costes fijos

Equipamientos:

� Alquileres

� Seguros contra incendios y de responsabilidad civil

� Vestuario y equipos de trabajo

� Reposición y conservación de mobiliario

� Telefonía, redes de comunicaciones y servicios postales

� Prima por contratos de uso de vehículos y medios informáticos.

� Consumos de energía eléctrica no dependientes del volumen de

agua gestionado

� Consumos propios de agua

� Consumos propios de combustibles destinados a climatización

de recintos.

� Consumos propios de combustible para vehículos

� Adquisición de contadores para su renovación periódica

reglamentaria.

Administración:

� Material de oficina

� Confección de Facturas

� Gastos de recaudación

� Gastos de atención a los usuarios

� Gastos generales

B. GASTOS VARIABLES.

Son aquellos cuya cuantía está en relación con el volumen de producción de la

actividad. Dentro de ellos distinguimos los siguientes en cada fase del Ciclo Integral de

Agua:

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146

Captaciones:

� Canon de Regulación y Tarifa de Utilización del Agua a favor de

la Administración Andaluza del Agua

� Canon de Servicios Generales a favor de la Administración

Andaluza del Agua

� Energía Eléctrica

Estaciones de tratamiento:

� Energía eléctrica

� Análisis de control en E.T.A.P.

� Reactivos (Coagulantes, floculantes y desinfectantes)

� Reactivos y material de laboratorio de análisis del agua

� Pérdidas de agua en lavado de filtros y consumos propios

Depósitos:

� Energía Eléctrica consumida en bombeos entre depósitos

� Reactivos utilizados por desinfección suplementaria

� Detergentes y desinfectantes requerido por los trabajos de

limpieza de vasos de ejecución propia

� Pérdidas de agua en limpieza y desinfección de sus vasos

Red de distribución:

� Energía eléctrica consumida en bombeos entre zonas de la red

� Análisis de control en red de distribución

� Costes de reactivos utilizados en la limpieza de conducciones

tras reparaciones efectuadas en las mismas

� Pérdidas de agua provocadas por extinción de incendios,

baldeos viarios, riegos de jardines, limpieza de la red de

alcantarillado, roturas y limpieza de conducciones y fugas no

detectadas

Red de alcantarillado, colectores y emisarios:

� Energía eléctrica consumida en bombeos

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147

� Consumos de agua utilizada en limpieza de la red de

alcantarillado

De las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales:

� Energía eléctrica

� Análisis de control en E.D.A.R.S

� Reactivos para el tratamiento de los fangos

� Reactivos y material de laboratorio

� Costes de retirada de arenas, grasas y residuos sólidos urbanos

� Costes de retirada de fangos

� Tasas municipales por recogida de residuos

� Canon de vertidos a favor de la Administración Andaluza del Agua.

HIPÓTESIS APLICADAS EN LA ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS

En el análisis de los costes de explotación, asociados al nivel de actividad de cada

escenario y momento temporal, se ha tomado como base las siguientes consideraciones:

1. Todas las estimaciones realizadas se han efectuado bajo el principio de prudencia,

buscando en todo momento, la racionalidad y eficiencia en la gestión de los recursos.

2. Dado que se realizan previsiones en tres momentos del tiempo diferentes (años 2014,

2017 y 2022), se considera que los gastos experimentarán un crecimiento monetario,

con el objetivo de compensar el incremento en el coste de la vida. Los precios base

utilizados en las distintas valoraciones se corresponden con los del mercado en la

actualidad, aplicando sobre ellos las siguientes tasas:

- Gastos de personal y administración: 3% anual acumulativo.

- Resto de gastos fijos y variables: 2% anual acumulativo.

3. Se ha considerado un descenso medio anual acumulado del 1,5% en el consumo por

habitante en las extrapolaciones realizadas para las distintas situaciones temporales

que se analizan.

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148

4. Los gastos de personal fijo se han establecido con base en la tabla salarial actualizada

a 2010 correspondiente al Convenio Colectivo de las Industrias de Captación,

Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de

Aguas Potables y Residuales, así como información complementaria de las

retribuciones salariales que se perciben en empresas del sector.

5. Los demás costes de funcionamiento se han estimado a partir de datos reales de

explotación en otros ámbitos territoriales.

6. Se ha considerado unas pérdidas de agua, como consecuencia de las deficiencias de

las redes de distribución, en el año 2014, del 45% del agua captada en el escenario 1

(pesimista), del 43% en el escenario 2 (intermedio) y del 40% en el escenario 3

(optimista). Como consecuencia de la mejora de las infraestructuras, estos

porcentajes se irán reduciendo sucesivamente hasta el año 2022, cuando supondrán

un 35% en los escenarios 1 y 2, y un 30% en el escenario 3.

7. Los municipios aparecen, en los distintos escenarios, agrupados en tres núcleos, el A

que representa a aquellos con menos de 2000 habitantes, el B que representa a los

que tiene entre 2000 y 5000 habitantes y el C que designa a aquellos con más de

5000 habitantes. Así por ejemplo, cuando en las tablas se representa el agrupamiento

(30A + 24B + 0C) se está haciendo referencia a una situación en la que se agrupan

30 municipios de menos de 2000 habitantes y 24 municipios que tiene entre 2000 y

5000.

PREVISIONES DE GASTOS DE EXPLOTACIÓN

De acuerdo con las consideraciones anteriores, se detallan a continuación los

gastos de explotación por partidas, para los tres años y para cada uno de los escenarios.

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149

CUADRO III.13A. Previsión gastos de explotación. AÑ O 2014

TIPO DE GASTO

COMPONENTES DEL GASTO VARIABLES

ESCENARIO 1

(24A+4B+0C)

ESCENARIO 2

(14A+6B+8C)

ESCENARIO 3

(10A+12B+6C) Número de Habitantes 27.309 87.291 133.002 Consumo facturado 1.447.565 4.108.077 6.328.275 Volumen captado previsible 2.631.937 7.207.153 10.547.125 Número de empleados 22 32 45 Imputaciones salariales 519.488 € 736.942 € 1.002.011 € Aportaciones al R.G. de la S.S. 43.291 € 61.412 € 83.501 € Costes de sustitución vacacional 185.717 € 263.457 € 358.219 € Otros gastos 56.278 € 79.835 € 108.551 €

Personal

Total 804.773 € 1.141.645 € 1.552.282 € Análisis de control en depósitos 25.926 € 75.593 € 111.262 € Reparación de averías 373.502 € 706.246 € 745.369 € Limpieza selectiva y periódica de la red de saneamiento

116.832 € 247.247 € 247.276 €

Revisiones periódicas de maquinaria e instalaciones, pintura y limpieza de depósitos y recintos

320.969 € 389.289 € 398.611 €

Programas de reducción de pérdidas 26.561 € 47.717 € 51.661 € Lectura de contadores 29.453 € 65.465 € 100.525 €

Mantenimiento y conservación

Total 893.243 € 1.531.558 € 1.654.705 € Adquisición de contadores 45.088 € 100.217 € 153.888 € Energía eléctrica, combustibles y consumos propios de agua

32.177 € 71.521 € 109.825 €

Vestuario, equipos de trabajo y herramientas

12.502 € 18.185 € 25.572 €

Alquileres, mobiliario y medios informáticos

47.523 € 79.494 € 111.788 €

Seguros 13.499 € 20.731 € 30.158 €

GASTOS FIJOS

Equipamientos

Total 150.789 € 290.147 € 431.231 € Material de oficina 33.867 € 75.275 € 115.589 €

Administración

Gastos de recaudación y facturación 51.042 € 113.451 € 174.211 €

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150

TIPO DE GASTO

COMPONENTES DEL GASTO VARIABLES

ESCENARIO 1

(24A+4B+0C)

ESCENARIO 2

(14A+6B+8C)

ESCENARIO 3

(10A+12B+6C) Atención a usuarios 15.083 € 33.524 € 51.480 € Gastos generales 31.722 € 70.510 € 108.272 €

Total 131.714 € 292.761 € 449.551 €

GASTOS FIJOS

TOTAL GASTOS FIJOS 1.980.519 € 3.256.111 € 4.087.769 € Cánones de regulación y otros 28.200 € 37.094 € 53.660 € Energía eléctrica en bombeos 54.348 € 173.976 € 270.521 € Captaciones

Total 82.547 € 211.070 € 324.182 € Energía Eléctrica 6.580 € 17.119 € 26.370 € Análisis de control en E.T.A.P. 28.671 € 28.671 € 28.671 € Reactivos para el tratamiento 23.168 € 56.272 € 75.831 € Consumos propios de agua 1.322 € 3.439 € 5.297 €

Estaciones de tratamiento

Total 59.741 € 105.501 € 136.170 € Energía eléctrica en bombeos 8.483 € 24.073 € 37.083 € Análisis de control en red de distribución 26.792 € 26.792 € 26.792 € Consumos propios de agua 3.147 € 5.654 € 6.121 €

Conducciones, depósitos y red de distribución

Total 38.422 € 56.519 € 69.997 € Energía eléctrica en bombeos 6.879 € 14.557 € 14.559 € Consumos propios de agua 2.074 € 4.389 € 4.389 € Redes de saneamiento

Total 8.953 € 18.946 € 18.948 € Tasas municipales retirada de residuos 7.271 € 20.633 € 31.786 € Canon de vertido 21.812 € 61.902 € 95.356 € Energía Eléctrica 72.708 € 206.339 € 317.854 € Análisis de control en E.D.A.R.S. 34.551 € 34.551 € 34.551 € Reactivos 17.450 € 49.521 € 76.285 € Retirada y tratamiento de fangos 11.633 € 33.014 € 50.857 €

Estaciones depuradoras

Total 165.425 € 405.961 € 606.689 € TOTAL GASTOS VARIABLES 355.088 € 797.996 € 1.155.986 €

GASTOS VARIABLES

GASTOS TOTALES 2.335.607 € 4.054.107 € 5.243.755 €

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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151

CUADRO III.13B. Previsión de gastos de explotación. AÑO 2017.

TIPO DE GASTO

COMPONENTES DEL GASTO VARIABLES

ESCENARIO 1

(24A+4B+0C)

ESCENARIO 2

(14A+6B+8C)

ESCENARIO 3

(10A+12B+6C) Número de Habitantes 27.309 87.291 133.002 Consumo facturado 2.675.459 6.714.966 9.194.935 Volumen captado previsible 4.459.097 11.191.610 14.146.054 Número de empleados 22 32 45 Imputaciones salariales 817.705 € 999.418 € 1.293.741 € Aportaciones al R.G. de la S.S. 68.142 € 83.285 € 107.812 € Costes de sustitución vacacional 292.329 € 357.292 € 462.512 € Otros gastos 88.585 € 108.270 € 140.155 €

Personal

Total 1.266.761 € 1.548.265 € 2.004.220 € Análisis de control en depósitos 51.043 € 129.656 € 201.234 € Reparación de averías 686.860 € 1.180.508 € 1.311.480 € Limpieza selectiva y periódica de la red de saneamiento

177.768 € 400.759 € 440.907 €

Revisiones periódicas de maquinaria e instalaciones, pintura y limpieza de depósitos y recintos

630.212 € 639.811 € 645.482 €

Programas de reducción de pérdidas 52.377 € 80.952 € 90.344 € Lectura de contadores 56.969 € 116.219 € 156.229 €

Mantenimiento y conservación

Total 1.655.229 € 2.547.904 € 2.845.676 € Adquisición de contadores 87.210 € 177.911 € 239.160 € Energía eléctrica, combustibles y consumos propios de agua

62.239 € 126.968 € 170.680 €

Vestuario, equipos de trabajo y herramientas

20.458 € 25.572 € 33.528 €

Alquileres, mobiliario y medios informáticos

89.431 € 111.788 € 146.567 €

Seguros 26.110 € 36.802 € 46.868 €

GASTOS FIJOS

Equipamientos

Total 285.448 € 479.041 € 636.803 € Material de oficina 65.506 € 133.633 € 179.638 €

Administración

Gastos de recaudación y facturación 51.042 € 113.451 € 174.211 €

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152

TIPO DE GASTO

COMPONENTES DEL GASTO VARIABLES

ESCENARIO 1

(24A+4B+0C)

ESCENARIO 2

(14A+6B+8C)

ESCENARIO 3

(10A+12B+6C) Atención a usuarios 29.174 € 59.516 € 80.005 € Gastos generales 61.359 € 125.173 € 168.267 €

Total 207.081 € 431.773 € 602.120 €

GASTOS FIJOS

TOTAL GASTOS FIJOS 3.414.519 € 5.006.983 € 6.088.820 € Cánones de regulación y otros 50.018 € 72.479 € 87.804 € Energía eléctrica en bombeos 96.895 € 279.385 € 328.958 € Captaciones

Total 146.913 € 351.864 € 416.761 € Energía Eléctrica 11.717 € 28.460 € 38.352 € Análisis de control en E.T.A.P. 56.319 € 56.319 € 56.319 € Reactivos para el tratamiento 23.168 € 56.272 € 75.831 € Consumos propios de agua 2.354 € 5.717 € 7.705 €

Estaciones de tratamiento

Total 93.558 € 146.768 € 178.206 € Energía eléctrica en bombeos 16.478 € 41.355 € 56.630 € Análisis de control en red de distribución 52.628 € 52.628 € 52.628 € Consumos propios de agua 6.206 € 9.591 € 10.704 €

Conducciones, depósitos y red de distribución

Total 75.311 € 103.575 € 119.962 € Energía eléctrica en bombeos 10.466 € 23.595 € 25.959 € Consumos propios de agua 3.155 € 7.115 € 7.827 € Redes de saneamiento

Total 13.621 € 30.710 € 33.786 € Tasas municipales retirada de residuos 14.124 € 35.447 € 48.540 € Canon de vertido 42.371 € 106.344 € 145.619 € Energía Eléctrica 141.236 € 354.478 € 485.393 € Análisis de control en E.D.A.R.S. 67.868 € 67.868 € 67.868 € Reactivos 33.896 € 85.075 € 116.495 € Retirada y tratamiento de fangos 22.598 € 56.716 € 77.663 €

Estaciones depuradoras

Total 322.093 € 705.929 € 941.577 € TOTAL GASTOS VARIABLES 651.497 € 1.338.846 € 1.690.293 €

GASTOS VARIABLES

GASTOS TOTALES 4.066.016 € 6.345.829 € 7.779.113 €

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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153

CUADRO III.13B. Previsión de gastos de explotación. AÑO 2022.

TIPO DE GASTO

COMPONENTES DEL GASTO VARIABLES

ESCENARIO 1

(24A+4B+0C)

ESCENARIO 2

(14A+6B+8C)

ESCENARIO 3

(10A+12B+6C) Número de Habitantes 27.309 87.291 133.002 Consumo facturado 3.736.315 9.105.237 10.842.363 Volumen captado previsible 5.748.176 14.008.058 15.488.981 Número de empleados 22 32 45 Imputaciones salariales 1.148.527 € 1.312.631 € 1.558.796 € Aportaciones al R.G. de la S.S. 95.711 € 109.386 € 129.900 € Costes de sustitución vacacional 410.598 € 469.266 € 557.270 € Otros gastos 124.424 € 142.202 € 168.870 €

Personal

Total 1.779.259 € 2.033.485 € 2.414.835 € Análisis de control en depósitos 62.926 € 189.939 € 287.771 € Reparación de averías 1.091.037 € 1.721.127 € 1.852.099 € Limpieza selectiva y periódica de la red de saneamiento

342.020 € 577.793 € 617.941 €

Revisiones periódicas de maquinaria e instalaciones, pintura y limpieza de depósitos y recintos

898.435 € 911.653 € 914.860 €

Programas de reducción de pérdidas 77.517 € 118.642 € 128.034 € Lectura de contadores 88.361 € 174.582 € 207.825 €

Mantenimiento y conservación

Total 2.560.297 € 3.693.735 € 4.008.530 € Adquisición de contadores 135.267 € 267.257 € 318.144 € Energía eléctrica, combustibles y consumos propios de agua

95.452 € 190.731 € 227.048 €

Vestuario, equipos de trabajo y herramientas

29.550 € 34.097 € 40.916 €

Alquileres, mobiliario y medios informáticos

129.177 € 149.051 € 178.861 €

Seguros 40.499 € 55.284 € 62.347 €

GASTOS FIJOS

Equipamientos

Total 429.946 € 696.420 € 827.316 € Material de oficina 101.601 € 200.742 € 238.965 €

Administración

Gastos de recaudación y facturación 153.130 € 302.550 € 360.158 €

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154

TIPO DE GASTO

COMPONENTES DEL GASTO VARIABLES

ESCENARIO 1

(24A+4B+0C)

ESCENARIO 2

(14A+6B+8C)

ESCENARIO 3

(10A+12B+6C) Atención a usuarios 45.250 € 89.404 € 106.427 € Gastos generales 95.171 € 188.035 € 223.839 €

Total 395.152 € 780.732 € 929.389 €

GASTOS FIJOS

TOTAL GASTOS FIJOS 5.164.654 € 7.204.371 € 8.180.069 € Cánones de regulación y otros 75.512 € 106.935 € 113.013 € Energía eléctrica en bombeos 142.893 € 408.903 € 455.564 € Captaciones

Total 218.405 € 515.837 € 568.578 € Energía Eléctrica 17.406 € 40.460 € 46.053 € Análisis de control en E.T.A.P. 84.990 € 84.990 € 84.990 € Reactivos para el tratamiento 34.416 € 79.999 € 91.059 € Consumos propios de agua 3.497 € 8.128 € 9.252 €

Estaciones de tratamiento

Total 140.309 € 213.578 € 231.354 € Energía eléctrica en bombeos 25.293 € 61.638 € 73.398 € Análisis de control en red de distribución 79.420 € 79.420 € 79.420 € Consumos propios de agua 9.184 € 14.057 € 15.169 €

Conducciones, depósitos y red de distribución

Total 113.898 € 155.115 € 167.988 € Energía eléctrica en bombeos 20.137 € 34.018 € 36.382 € Consumos propios de agua 6.071 € 10.257 € 10.969 € Redes de saneamiento

Total 26.208 € 44.275 € 47.351 € Tasas municipales retirada de residuos 21.680 € 52.832 € 62.913 € Canon de vertido 65.040 € 158.498 € 188.738 € Energía Eléctrica 216.799 € 528.330 € 629.126 € Análisis de control en E.D.A.R.S. 102.420 € 102.420 € 102.420 € Reactivos 52.032 € 126.799 € 150.991 € Retirada y tratamiento de fangos 34.688 € 84.533 € 100.660 €

Estaciones depuradoras

Total 492.658 € 1.053.412 € 1.234.847 € TOTAL GASTOS VARIABLES 991.477 € 1.982.217 € 2.250.118 €

GASTOS VARIABLES

GASTOS TOTALES 6.156.132 € 9.186.588 € 10.430.187 €

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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155

III.3.5. ESTIMACIÓN DE LA CUENTA DE EXPLOTACIÓN

Una vez cuantificados los Ingresos y los Gastos de explotación, se procederá al

cálculo del resultado de explotación. Es preciso recordar que los Ingresos estimados hasta

ahora, se han efectuado aplicando las tarifas medias actualmente en vigor, obtenidas de

la encuesta realizada por ESECA en los municipios del Sector III y actualizadas mediante

un factor de corrección en los precios, que tuviera en cuenta el incremento del coste de la

vida en los tres años de análisis. Asimismo, los gastos de explotación se han

dimensionado para los distintos niveles de actividad de los tres escenarios, valorándolos a

precios de 2010 y aplicándoles incrementos sucesivos para expresarlos en precios

corrientes de los años 2014, 2017 y 2021.

Por tanto, la cuenta de resultados que se recoge a continuación, refleja el balance

económico de la actividad desarrollada por el ente de gestión supramunicipal, en el

supuesto de que no se variaran las tarifas que actualmente se aplican (a excepción de las

actualizaciones periódicas para compensar el incremento del coste de la vida).

CUADRO III.14.

Cuentas de explotación estimadas para cada escenario

ESCENARIO 1

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022

A. INGRESOS DE EXPLOTACIÓN 1.430.702 2.699.855 3.986.112 INGRESOS ABASTECIMIENTO-SANEAMIENTO 767.210 1.444.748 2.129.699 INGRESOS DEPURACIÓN 581.487 1.106.974 1.623.199 OTROS INGRESOS 82.006 148.133 233.213 B. GASTOS DE EXPLOTACIÓN 2.335.607 4.066.016 6.156.132 B1. GASTOS FIJOS 1.980.519 3.414.519 5.164.654 Personal 804.773 1.266.761 1.779.259 Mantenimiento y conservación 893.243 1.655.229 2.560.297 Equipamientos 150.789 285.448 429.946 Administración 131.714 207.081 395.152 B2. GASTOS VARIABLES 355.088 651.497 991.477 Captaciones 82.547 146.913 218.405 Estaciones de tratamiento 59.741 93.558 140.309 Conducciones, depósitos y red de distribución 38.422 75.311 113.898 Redes de saneamiento 8.953 13.621 26.208

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AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022

Estaciones depuradoras 165.425 322.093 492.658 (A-B)=C. RESULTADO DE EXPLOTACIÓN -904.904 -1.366.161 -2.170.020 Consumos facturados (m3) 1.447.565 2.675.459 3.736.315 Tarifa media abastecimiento-saneamiento-depuración 0,93 € 0,95 € 1,00 € Tarifa de Equilibrio 1,61 € 1,52 € 1,65 €

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

ESCENARIO 2

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022

A. INGRESOS DE EXPLOTACIÓN 5.267.525 8.579.777 12.077.056 INGRESOS ABASTECIMIENTO-SANEAMIENTO 2.793.492 4.700.476 6.737.876 INGRESOS DEPURACIÓN 1.142.456 1.923.455 2.738.538 OTROS INGRESOS 1.331.576 1.955.846 2.600.642 B. GASTOS DE EXPLOTACIÓN 4.054.107 6.345.829 9.186.588 B1. GASTOS FIJOS 3.256.111 5.006.983 7.204.371 Personal 1.141.645 1.548.265 2.033.485 Mantenimiento y conservación 1.531.558 2.547.904 3.693.735 Equipamientos 290.147 479.041 696.420 Administración 292.761 431.773 780.732 B2. GASTOS VARIABLES 797.996 1.338.846 1.982.217 Captaciones 211.070 351.864 515.837 Estaciones de tratamiento 105.501 146.768 213.578 Conducciones, depósitos y red de distribución 56.519 103.575 155.115 Redes de saneamiento 18.946 30.710 44.275 Estaciones depuradoras 405.961 705.929 1.053.412 (A-B)=C. RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 1.213.417 2.233.948 2.890.467 Consumos facturados (m3) 4.108.077 6.714.966 9.105.237 Tarifa media abastecimiento-saneamiento-depuración 0,96 € 0,99 € 1,04 € Tarifa de Equilibrio 0,99 € 0,95 € 1,01 €

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

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ESCENARIO 3

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022

A. INGRESOS DE EXPLOTACIÓN 7.701.896 11.342.393 13.639.831 INGRESOS ABASTECIMIENTO-SANEAMIENTO 4.239.944 6.344.505 7.806.501 INGRESOS DEPURACIÓN 1.564.350 2.341.178 2.898.671 OTROS INGRESOS 1.897.602 2.656.710 2.934.659 B. GASTOS DE EXPLOTACIÓN 5.243.755 7.779.113 10.430.187 B1. GASTOS FIJOS 4.087.769 6.088.820 8.180.069 Personal 1.552.282 2.004.220 2.414.835 Mantenimiento y conservación 1.654.705 2.845.676 4.008.530 Equipamientos 431.231 636.803 827.316 Administración 449.551 602.120 929.389 B2. GASTOS VARIABLES 1.155.986 1.690.293 2.250.118 Captaciones 324.182 416.761 568.578 Estaciones de tratamiento 136.170 178.206 231.354 Conducciones, depósitos y red de distribución 69.997 119.962 167.988 Redes de saneamiento 18.948 33.786 47.351 Estaciones depuradoras 606.689 941.577 1.234.847 (A-B)=C. RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 2.458.141 3.563.280 3.209.643 Consumos facturados (m3) 6.328.275 9.194.935 10.842.363 Tarifa media abastecimiento-saneamiento-depuración 0,92 € 0,94 € 0,99 € Tarifa de Equilibrio 0,83 € 0,85 € 0,96 €

FUENTE: ESECA, elaboración propia.

Las cuentas de resultados de explotación anteriores, permiten extraer las

siguientes conclusiones:

- El escenario 1 (pesimista) presenta resultados de explotación negativos en

todo el periodo de análisis, motivado, principalmente, por registrar un menor

volumen de consumos de agua facturados en relación al resto de escenarios y

unas tarifas medias más bajas. Hay que recordar que en este escenario se

integraban los municipios de menor tamaño poblacional y, además, su

incorporación al ente de gestión supramunicipal era aleatoria, lo que no

permitía el aprovechamiento de economías de costes y escala al agrupar

municipios colindantes. Los datos revelan que este modelo es el menos

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deseable para la gestión del CIA en la provincia, ya que exigiría elevar

significativamente las tarifas de los servicios, como ponen de manifiesto las

tarifas de equlibrio calculadas.

- Los escenarios intermedio y optimista (2 y 3) ofrecen resultados de explotación

positivos en los tres momentos temporales analizados. Este hecho se justifica

por el aprovechamiento de economías de escala, que provienen, por un lado,

del agrupamiento de población en municipios medianos y grandes combinado

con los pequeños y, por otro, de la conformación de grupos de municipios

colindantes entre sí.

- El escenario 3 representa el objetivo a alcanzar, pues permitiría no subir

excesivamente las tarifas, economizar costes y ganar en eficiencia de gestión,

dando resultados de explotación positivos.

Las cuentas de explotación anteriores no contemplan gastos de amortización,

puesto que aún no se han integrado las inversiones en infraestructuras del CIA que

correspondería asumir al ente de gestión.

En los apartados siguientes se cuantificará la repercusión en la cuenta de

resultados de las inversiones que será necesario realizar para mejorar la prestación de los

servicios en los municipios del Sector III de la provincia. Como consecuencia de ello, se

verán afectadas las siguientes variables:

- Fuentes de financiación ajenas, en caso de ser necesarias, para las que habrá

que ver el plazo de amortización de la deuda impuesto por la entidad

financiera y su acompasamiento con la generación de recursos por parte del

ente de gestión.

- Ajuste de las tarifas, mediante aplicación de cánones de inversión o mejora.

- Ajuste en la liquidez del ente de gestión supramunicipal, integrando los plazos

de ejecución de las inversiones (que exigen pagos), con los cobros de los

cánones de inversión y el pago de intereses y principal de los préstamos.

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159

III.3.6. ESTIMACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL EJERCICIO.

En el epígrafe anterior se ha determinado la cuenta de explotación en cada

escenario y para tres momentos del tiempo. Las tarifas medias aplicadas en cada caso, se

corresponden con las vigentes actualmente (año 2010), actualizadas mediante un factor

corrector que compensa el incremento del coste de la vida. No se han incluido

amortizaciones de inversiones, ni tampoco amortizaciones financieras, lo que significa que

se asume el supuesto de que no se realizan inversiones, ni es necesario financiación

externa en todo el periodo de análisis.

El objetivo que se ha perseguido, al adoptar este planteamiento, ha sido el de

conocer el equilibrio económico que tendría el ente de gestión supramunicipal en cada

escenario y año, realizando la prestación de los servicios de abastecimiento, saneamiento

y depuración de aguas con las instalaciones actuales y las tarifas vigentes.

Sin embargo, la realidad con la que se encontrará el futuro ente de gestión, es

que será necesario mejorar las deficiencias actuales de las infraestructuras del CIA en

todas sus fases, lo que inevitablemente conllevará la realización de inversiones y su

financiación.

El objetivo de este epígrafe será, por tanto, incorporar a la cuenta de resultados,

el impacto de las inversiones (vía amortizaciones), así como el impacto que provoque su

financiación, dado que habrá que asumir los gastos financieros derivados de las deudas

que se contraigan con terceros (intermediarios financieros). La legislación permite

establecer un canon al ciudadano por inversión, permitiendo así su recuperación, con lo

cual, el análisis que efectuaremos servirá para determinar la cuantía que debe tener ese

canon para equilibrar la explotación económica de los servicios.

Para llegar al resultado final del ejercicio, previamente hay que determinar la

cuantía de las magnitudes que afectan a la estructura económica (activo) y a la estructura

financiera (pasivo) del ente de gestión. En concreto, se determinarán las siguientes

magnitudes:

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1. Capital social de la entidad.

2. Inmovilizado material e inmaterial.

3. Necesidades de capital circulante y gastos de establecimiento.

4. Financiación externa necesaria.

1. CAPITAL SOCIAL DE LA ENTIDAD.

Bajo un contexto de austeridad económica de las Administraciones Públicas, se

asume que el ente de gestión a crear tendrá una estructura mínima, por lo que se

establece un capital social mínimo de 60.101,21 euros, que es el fijado en la Ley de

Sociedades Anónimas. Dicho capital deberá estar íntegramente suscrito, aunque puede

efectuarse el desembolso de una cuarta parte.

2. INMOVILIZADO MATERIAL E INMATERIAL.

Dentro de esta masa patrimonial se incluyen los bienes que intervienen en el

proceso productivo, a lo largo de varios ejercicios económicos. Su desgaste o

depreciación como consecuencia de su uso, se va computando en la cuenta de pérdidas y

ganancias a través de las amortizaciones.

Se distinguen dos tipos de inmovilizado:

- Material: Está constituido por elementos patrimoniales tangibles, muebles

o inmuebles (Ej. Terrenos, edificios, mobiliario, ordenadores, maquinaria,

etc).

- Inmaterial: Está formado por bienes permanentes de naturaleza

intangible, que son objeto de valoración económica (Ej. Patentes,

aplicaciones informáticas, concesiones administrativas, etc).

En nuestro caso, el ente de gestión deberá recoger en su balance de situación, el

inmovilizado del cual es propietario, y que sirva para realizar su función productiva. Las

inversiones en las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas

son propiedad de los Ayuntamientos, según se establece en la Ley. Cuando un

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Ayuntamiento decide encomendar la gestión de estos servicios a un ente supramunicipal,

se produce una cesión temporal de las infraestructuras, pero no la propiedad.

Surge entonces la siguiente pregunta ¿qué ocurre con las inversiones que realiza

el ente de gestión supramunicipal para corregir los déficits en las infraestructuras, y que

aumentan el valor de las mismas? ¿se deben contabilizar en el balance de situación de la

entidad?.

A nuestro entender, cada vez que un municipio encomienda la gestión al ente

supramunicipal, se produce una cesión de activos, que puede ser amparada desde el

punto de vista jurídico, mediante una concesión administrativa o cualquier otra figura

contractual que se estipule.

A efectos de contabilizar las variaciones en el valor del inmovilizado, ya sea como

incrementos (nuevas inversiones) o como descensos (depreciación o desafectación),

tendríamos dos corrientes:

1. El valor contable del inmovilizado cedido, que seguirá su propio proceso de

amortización (o desgaste por uso), en caso de que no estuvieran ya amortizadas

en su totalidad.

2. El incremento de valor del inmovilizado como consecuencia de la realización de

nuevas inversiones.

Únicamente la corriente derivada de las nuevas inversiones, exigirá el

establecimiento de un canon para financiarlas, por tanto, a efectos del estudio

económico, contemplaremos exclusivamente en el balance del ente de gestión,

el incremento de valor en el inmovilizado generado al realizar dichas

inversiones.

Por tanto, en el balance deberán aparecer dos tipos de inmovilizado:

- Inmovilizado (material o inmaterial) propiedad del ente de gestión y no

reversible a los Ayuntamientos, como por ejemplo locales, equipos

informáticos, vehículos, software, mobiliario, etc.

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- Inmovilizado propiedad de los Ayuntamientos, cedido al ante de gestión

para su explotación: Fundamentalmente, constituido por el valor de las

infraestructuras del CIA actuales, más las inversiones realizadas.

Estimación del Inmovilizado Material e Inmaterial del ente de gestión

A. Inmovilizado propiedad de la entidad.

Siguiendo el criterio de austeridad que venimos empleando a lo largo del estudio,

se intentará adquirir el mínimo inmovilizado. A continuación, se recoge el valor estimado

del mismo en distintos momentos del tiempo. Los precios de adquisición de los elementos

del inmovilizado, adquiridos a lo largo del periodo de análisis, se han valorado a precios

corrientes, aplicándoseles un factor corrector para compensar el aumento del coste de la

vida.

CUADRO III.15.

Valoración del Inmovilizado material e inmaterial propiedad del ente de

gestión supramunicipal

VALOR DEL INMOVILIZADO

(AÑO 2014)

RÉGIMEN ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

- Local de la sede Alquiler 0 0 0

- Vehículos Renting 0 0 0

- Equipos informáticos (1) Propiedad 12.900 17.200 23.650

- Sofware (2) Propiedad 3.300 4.400 6.100

- Mobiliario Propiedad 12.000 16.000 22.000

- Otro Inmovilizado (herramientas,

utillaje, etc) Propiedad 8.000 10.000 12.000

TOTAL 36.200 47.600 63.750

(1) Incluye 12 ordenadores en el escenario 1, 16 en el escenario 2 y 22 en el escenario 3. También se han incluido

aquí impresoras y otros dispositivos complementarios.

(2) Incluye las licencias de programas informáticos, de acuerdo al número de equipos estimados en cada escenario.

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VALOR DEL INMOVILIZADO

(AÑO 2017)

RÉGIMEN ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

- Local de la sede Alquiler 0 0 0

- Vehículos Renting 0 0 0

- Equipos informáticos (1) Propiedad 16.694 20.403 23.185

- Sofware (2) Propiedad 6.260 7.651 8.695

- Mobiliario Propiedad 16.694 20.403 23.185

- Otro Inmovilizado (herramientas,

utillaje, etc) Propiedad 5.738 7.014 7.970

TOTAL 45.386 55.471 63.036

(1) Incluye 18 ordenadores en el escenario 1, 22 en el escenario 2 y 25 en el escenario 3. También se han incluido

aquí impresoras y otros dispositivos complementarios.

(2) Incluye las licencias de programas informáticos, de acuerdo al número de equipos estimados en cada escenario.

VALOR DEL INMOVILIZADO

(AÑO 2022)

RÉGIMEN ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

- Local de la sede Alquiler 0 0 0

- Vehículos Renting 0 0 0

- Equipos informáticos (1) Propiedad 26.878 29.029 32.254

- Sofware (2) Propiedad 10.079 10.886 12.095

- Mobiliario Propiedad 20.159 21.771 24.190

- Otro Inmovilizado (herramientas,

utillaje, etc) Propiedad 9.239 9.979 11.087

TOTAL 66.356 71.664 79.627

(3) Incluye 25 ordenadores en el escenario 1, 27 en el escenario 2 y 30 en el escenario 3. También se han incluido

aquí impresoras y otros dispositivos complementarios.

(4) Incluye las licencias de programas informáticos, de acuerdo al número de equipos estimados en cada escenario.

B. Inmovilizado cedido a la entidad.

Como se ha comentado anteriormente, únicamente contabilizaremos los

incrementos de valor del inmovilizado que se deriven de la realización de inversiones por

parte del ente de gestión supramunicipal, dado que no conocemos la valoración exacta de

las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas actuales que

le serán cedidas por parte de los municipios que se adscriban.

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164

Las nuevas inversiones aparecen cuantificadas en el cuadro III.6., así como su

secuenciación en el cuadro III.7. Por tanto, su valor constituirá el inmovilizado material e

inmaterial que aparezca en el balance de situación del ente de gestión.

Planes de amortización del Inmovilizado Material e Inmaterial del ente de gestión

A. Inmovilizado propiedad de la entidad.

Se ha obtado por un plan de amortización lineal para todos los bienes del

inmovilizado, con una vida útil de 4 años. Las reposiciones de activos se efectuarán por

término medio cada 4 años, de forma que habrá que contemplar inversiones en estos

elementos del inmovilizado en dicho plazo.

En el cuadro siguiente se detallan las dotaciones anuales a la amortización de los

activos, para cada uno de los tres escenarios. La columna de valor contable refleja el

precio de adquisición de los elementos del inmovilizado menos la amortización acumulada

en cada ejercicio.

CUADRO III.16.

Dotaciones anuales a la amortización del inmovilizado perteneciente al ente de

gestión supramunicipal

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

AÑO Adquisición-renovación Amortización

Valor contable

Adquisición-renovación Amortización

Valor contable

Adquisición-renovación Amortización

Valor contable

2012 36.200 9.050 27.150 47600 11.900 35.700 63750 15.938 47.813

2013 9.050 18.100 11.900 23.800 15.938 31.875

2014 9.050 9.050 11.900 11.900 15.938 15.938

2015 9.050 0 11.900 0 15.938 0

2016 45.386 11.347 34.040 55471 13.868 41.603 63036 15.759 47.277

2017 11.347 22.693 13.868 27.736 15.759 31.518

2018 11.347 11.347 13.868 13.868 15.759 15.759

2019 11.347 0 13.868 0 15.759 0

2020 66.356 16.589 49.767 71664 17.916 53.748 79627 19.907 59.720

2021 16.589 33.178 17.916 35.832 19.907 39.814

2022 16.589 16.589 17.916 17.916 19.907 19.907

2023 16.589 0 17.916 0 19.907 0

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165

B. Inmovilizado cedido a la entidad.

Como se ha comentado anteriormente, las infraestructuras actuales de

abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas que se cedan al ente de gestión

supramunicipal no se van a incluir en el balance de situación de la entidad, debido a que

no se conoce su valoración.

Por tanto, sólo aparecerán en las partidas del inmovilizado de la entidad, las

nuevas inversiones que realicen desde su constitución. Estas inversiones se han

cuantificado en el cuadro III.6. y se ha previsto su secuenciación en el tiempo en el

cuadro III.7.

Desde el momento en que se ejecuten y entren en funcionamiento, se incorporan

al balance del ente de gestión, debiéndose amortizar a lo largo de un periodo de tiempo.

Los criterios seguidos para cuantificar las dotaciones anuales de amortización de los

activos han sido los siguientes:

- Amortización lineal constante.

- Periodo de amortización de 15 años, de acuerdo con el canon de inversión

que se establecerá para financiar las inversiones.

- Las dotaciones anuales a la amortización se inician desde el momento en

que se terminan las inversiones y se encuentran operativas. En este

sentido, el cálculo de las dotaciones anuales se ha efectuado de acuerdo a

la secuenciación de inversiones establecida en el cuadro III.7.

Una vez aplicados los criterios anteriores, se detallan en el cuadro siguiente los

importes anuales que habrán de dotarse para compensar la depreciación de los activos

con su uso. El último año en que acabrán de amortizarse los activos

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166

CUADRO III.17.

Dotaciones anuales a la amortización de activos en los tres escenarios

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3 2013 308.132 368.730 428.5052014 936.723 1.120.939 1.302.6552015 1.798.415 2.131.016 2.424.9182016 2.575.289 3.017.674 3.350.1352017 3.263.608 3.775.574 4.069.9762018 3.872.760 4.455.650 4.731.4792019 4.399.301 5.054.487 5.332.0222020 4.839.684 5.568.563 5.868.9022021 5.263.920 6.063.789 6.386.0972022 5.671.186 6.539.207 6.882.6042023 5.930.818 6.842.285 7.199.1272024 6.063.231 6.996.855 7.360.5542025 6.063.231 6.996.855 7.360.5542026 6.063.231 6.996.855 7.360.5542027 6.063.231 6.996.855 7.360.5542028 5.755.098 6.628.125 6.932.0492029 5.126.508 5.875.916 6.057.8992030 4.264.816 4.865.840 4.935.6362031 3.487.942 3.979.181 4.010.4192032 2.799.622 3.221.281 3.290.5782033 2.190.471 2.541.205 2.629.0752034 1.663.930 1.942.368 2.028.5322035 1.223.547 1.428.292 1.491.6522036 799.311 933.066 974.4572037 392.045 457.649 477.9502038 132.412 154.570 161.427

TOTAL 90.948.462 104.952.829 110.408.310

3. NECESIDADES DE ACTIVO CIRCULANTE Y GASTOS DE ESTABLECIMIENTO.

Además de las inversiones en activos materiales e inmateriales, es necesario

prever activos líquidos o tesorería, para poder hacer frente a los primeros pagos de la

entidad (sueldos y salarios, suministros externos, gastos de publicidad y propaganda, etc)

mientras se producen los primeros cobros. Asimismo, todos los gastos derivados del

establecimiento y constitución del ente de gestión han de ser recogidos en el balance de

situación y amortizados en un plazo máximo de 5 años, según estipula la legislación

vigente.

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167

Para garantizar que no existan problemas de liquidez en los primeros meses de

funcionamiento, se han estimado unas necesidades de tesorería equivalentes a los gastos

de sueldos y salarios y de suministros externos de un año. En el momento de la

constitución de la entidad, sólo trabajarán en la empresa el gerente y dos personas de

administración, ya que el resto de personal se irá contratando conforme se vayan

captando municipios.

Por otra parte, se dotará en concepto de gastos de establecimiento, el importe

equivalente al 15% del capital social de la entidad.

Bajo las premisas anteriores, los importes estimados para estos conceptos serán

comunes a los tres escenarios al inicio de la actividad (año 2012) y se elevarán a las

siguientes cantidades:

- Tesorería ................................. 160.000 euros

- Gastos de establecimiento ......... 9.000 euros

TOTAL ....... 169.000 euros

4. FINANCIACIÓN EXTERNA NECESARIA.

Las necesidades de financiación externa surgirán en el momento de constitución

de la entidad y cuando se realicen las inversiones previstas en las infraestructuras de

abastecimiento y saneamiento de aguas que deba asumir el ente de gestión.

Los requerimientos de fondos ajenos se originan por el diferente acompasamiento

entre las inversiones a realizar y su ejecución (3 años de media) y la obtención de

ingresos mediante el canon de inversión impuesto a los usuarios, el cual se va

recuperando en un plazo de 15 años.

En el momento de constitución del ente de gestión, las necesidades de

financiación externa se calculan por diferencia entre el total del Activo y las aportaciones

de fondos propios (capital social).

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CUADRO III.18.

Estimación de las necesidades de financiación en el momento de constitución

del ente de gestión (Año 2012)

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

+ CAPITAL SOCIAL 60.102 60.102 60.102 - ACTIVO TOTAL 205.200 216.600 232.750 Gastos de establecimiento 9.000 9.000 9.000 Inmovilizado material e inmaterial 36.200 47.600 63.750 Tesorería 160.000 160.000 160.000 = FINANCIACIÓN EXTERNA 145.098 156.498 172.648

Conforme se vayan realizando las inversiones, se irán adquiriendo más

compromisos financieros con terceros, aumentando el importe de la deuda en balance.

Atendiendo a la secuenciación de las inversiones recogidas en el cuadro III.7., y para

evitar la formalización de préstamos anualmente, se negociarán únicamente en tres

momentos del tiempo, coincidiendo con planes programados de inversiones cada cuatro

años. El cuadro III.19. recoge el importe de los préstamos a solicitar en cada escenario.

CUADRO III.19.

Importe de la financiación externa necesaria para la ejecución de las

inversiones en abastecimiento y saneamiento

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3 2013-2016 38.629.337 45.265.114 50.252.0322017-2020 33.965.923 38.263.331 37.781.5022021-2024 18.353.202 21.424.383 22.374.777TOTAL 90.948.462 104.952.829 110.408.310

A efectos del estudio económico que estamos realizando, los préstamos anteriores

tendrán las siguientes condiciones de contratación:

- Periodo de devolución de la deuda: 10 años

- Cuotas de amortización constantes a lo largo de todo el periodo (sistema

de amortización francés)

- Tipo de Interés Anual Efectivo: 5%

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Estas condiciones podrían ser mejoradas en el momento que se proceda a su

negociación, pactando una mayor flexibilidad financiera en caso de necesitarse (años de

carencia de intereses, método de amortización creciente en vez de constante, etc).

Bajo las anteriores condiciones, el ente de gestión debería de satisfacer todos los

años, los intereses y la deuda que se detallan en el cuadro siguiente.

CUADRO III.20.

Desglose anual de los gastos financieros y la amortización del principal de la

deuda en los tres escenarios contemplados

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

AÑO INTERESES AMORT. CAPITAL INTERESES

AMORT. CAPITAL INTERESES

AMORT. CAPITAL

2012 7.255 11.536 7.825 12.442 8.632 13.726 2013 1.938.145 3.083.322 2.270.458 3.611.848 2.520.548 4.009.679 2014 1.783.979 3.237.488 2.089.866 3.792.440 2.320.064 4.210.163 2015 1.622.104 3.399.362 1.900.244 3.982.062 2.109.556 4.420.671 2016 1.452.136 3.569.330 1.701.141 4.181.166 1.888.522 4.641.705 2017 2.971.966 6.448.243 3.405.249 7.432.334 3.545.512 7.877.592 2018 2.649.554 6.770.655 3.033.633 7.803.950 3.151.632 8.271.472 2019 2.311.021 7.109.188 2.643.435 8.194.148 2.738.059 8.685.045 2020 1.955.562 7.464.647 2.233.728 8.603.855 2.303.806 9.119.298 2021 2.499.989 9.297.043 2.874.754 10.737.385 2.966.580 11.354.160 2022 2.035.137 9.743.105 2.337.885 11.253.987 2.398.872 11.899.509 2023 1.547.982 5.227.584 1.775.185 5.954.647 1.803.897 5.986.616 2024 1.286.603 5.488.963 1.477.453 6.252.379 1.504.566 6.285.947 2025 1.012.155 5.763.411 1.164.834 6.564.998 1.190.269 6.600.245 2026 723.984 6.051.582 836.584 6.893.248 860.257 6.930.257 2027 421.405 1.955.419 491.922 2.282.634 513.744 2.383.892 2028 323.634 2.053.190 377.790 2.396.765 394.549 2.503.087 2029 220.975 2.155.849 257.952 2.516.604 269.395 2.628.241 2030 113.182 2.263.642 132.122 2.642.434 137.983 2.759.653

DETERMINACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL EJERCICIO

La incorporación de las variables anteriores, condicionan los resultados del

ejercicio, dado que hay que dotar anualmente amortizaciones del inmovilizado y abonar

los gastos financieros que ocasionen las deudas contraídas con entidades financieras.

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170

En consecuencia, la cuenta de resultados completa del ente de gestión, sería la

que se detalla a continuación, para cada escenario y momento temporal:

CUADRO III.21.

Resultados del ejercicio estimados para el ente de gestión supramunicipal

ESCENARIO 1

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022 A. INGRESOS DE EXPLOTACIÓN 1.430.702 2.699.855 3.986.112 B. GASTOS DE EXPLOTACIÓN 2.335.607 4.066.016 6.156.132 B1. GASTOS FIJOS 1.980.519 3.414.519 5.164.654 B2. GASTOS VARIABLES 355.088 651.497 991.477

(A-B)=C. RESULTADO DE EXPLOTACIÓN -904.904 -1.366.161 -2.170.020 D. AMORTIZACIÓN INMOVILIZADO 945.773 3.274.955 5.687.775

E. GASTOS FINANCIEROS 1.783.979 2.971.966 2.035.137

(C-D-E)=F. RESULTADO DEL EJERCICIO -3.634.656 -7.613.082 -9.892.932

ESCENARIO 2

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022 A. INGRESOS DE EXPLOTACIÓN 5.267.525 8.579.777 12.077.056 B. GASTOS DE EXPLOTACIÓN 4.054.107 6.345.829 9.186.588 B1. GASTOS FIJOS 3.256.111 5.006.983 7.204.371 B2. GASTOS VARIABLES 797.996 1.338.846 1.982.217

(A-B)=C. RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 1.213.417 2.233.948 2.890.467 D. AMORTIZACIÓN INMOVILIZADO 1.132.839 3.789.442 6.557.123

E. GASTOS FINANCIEROS 2.089.866 3.405.249 2.337.885

(C-D-E)=F. RESULTADO DEL EJERCICIO -2.009.288 -4.960.743 -6.004.540

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ESCENARIO 3

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022 A. INGRESOS DE EXPLOTACIÓN 7.701.896 11.342.393 13.639.831 B. GASTOS DE EXPLOTACIÓN 5.243.755 7.779.113 10.430.187 B1. GASTOS FIJOS 4.087.769 6.088.820 8.180.069 B2. GASTOS VARIABLES 1.155.986 1.690.293 2.250.118

(A-B)=C. RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 2.458.141 3.563.280 3.209.643 D. AMORTIZACIÓN INMOVILIZADO 1.318.593 3.365.894 6.902.511

E. GASTOS FINANCIEROS 2.320.064 3.545.512 2.398.872

(C-D-E)=F. RESULTADO DEL EJERCICIO -1.180.515 -3.348.126 -6.091.740

Como se puede observar, en todos los escenarios, resultarían insuficientes las

tarifas aplicadas en cada ejercicio, para soportar la amortización de las inversiones en

infraestructuras y los gastos financieros derivados de las deudas contraídas. En

consecuencia, será necesario plantear un ajuste en las tarifas a cobrar por los servicios de

abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas, así como el establecimiento de un

canon temporal por inversión.

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III.3.7. DETERMINACIÓN DE TARIFAS DE EQUILIBRIO PARA LA EXPLOTACIÓN

DE LOS SERVICIOS Y FIJACIÓN DEL CÁNON DE INVERSIÓN.

Partiendo de los resultados del ejercicio estimados en cada escenario y para los

tres momentos del tiempo elegidos, y considerando los consumos facturados de agua, se

pueden determinar las tarifas de equilibrio y el canon de inversión que habría que

establecer para poder asumir los planes de inversiones planteados en el estudio.

Como se puede observar en los cuadros que figuran a continuación, aparecen

detallados los siguientes tipos de tarifas:

- Tarifa Media Aplicada en Abastecimiento, Saneamiento y Depuración:

Equivale al resultado de dividir los Ingresos obtenidos por los servicios de

abastecimiento, saneamiento y depuración de agua entre el volumen total

de consumos facturados de agua (Euros/m3). Esta tarifa NO incluye la

partida de “Otros Ingresos”, ya que éstos no se obtienen mediante el

cobro de una tarifa, sino que se derivan de actuaciones ocasionales (cobro

de altas, contadores, etc).

- Tarifa Media Efectiva: Es la tarifa resultante de dividir el total de ingresos

facturados en el ejercicio (incluyendo “Otros Ingresos”) entre el volumen

total de consumos facturados de agua (Euros/m3).

- Tarifa de Equilibrio (Abastecimiento, Saneamiento y Depuración): Equivale

al resultado de dividir los Gastos Totales de explotación entre el volumen

total de consumos facturados de agua (Euros/m3). Se interpreta como

aquella tarifa que permite equilibrar los Ingresos y Gastos.

- Canon de Inversión: Equivale al cobro de un suplemento por m3

facturado, que permite recuperar los costes derivados de las inversiones

en las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento, con el fin de

mejorarlas o ampliarlas. Este canon se impone por un espacio temporal

determinado, generalmente 15 o 20 años.

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CUADRO III.22.

Tarifas de equilibrio y canon de inversión

ESCENARIO 1

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022

Consumos facturados (m3) 1.447.565 2.675.459 3.736.315

Tarifa Media Aplicada en Abastec.,Saneam.y Depurac. 0,93 € 0,95 € 1,00 €

Tarifa Media Efectiva (Total Ingresos/Consumos fact urados) (1) 0,99 € 1,01 € 1,07 €

Tarifa de Equilibrio (Abastec.+Saneam.+Depurac.) 1,61 € 1,52 € 1,65 €

Canon de inversión 1,89 € 2,33 € 2,07 €

TOTAL COSTE M 3 PARA EL CIUDADANO

(Precios año corriente) 3,50 € 3,85 € 3,71 €

TOTAL COSTE M 3 PARA EL CIUDADANO

(Precios año 2010) 3,40 € 3,63 € 3,33 €

TARIFA MEDIA PONDERADA (Precios corrientes) 3,72 €/m3 facturado

TARIFA MEDIA PONDERADA (Precios Año 2010) 3,45 €/m 3 facturado

(1) La Tarifa Media Efectiva aparece en rojo si es inferior a la Tarifa de Equilibrio, y en azul si es mayor.

ESCENARIO 2

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022

Consumos facturados (m3) 4.108.077 6.714.966 9.105.237

Tarifa Media Aplicada en Abastec.,Saneam.y Depurac. 0,96 € 0,99 € 1,04 €

Tarifa Media Efectiva (Total Ingresos/Consumos fact urados) (1) 1,28 € 1,28 € 1,33 €

Tarifa de Equilibrio (Abastec.+Saneam.+Depurac.) 0,99 € 0,95 € 1,01 €

Canon de inversión 0,78 € 1,07 € 0,98 €

TOTAL COSTE M 3 PARA EL CIUDADANO

(Precios año corriente) 1,77 € 2,02 € 1,99 €

TOTAL COSTE M 3 PARA EL CIUDADANO

(Precios Año 2010) 1,72 € 1,90 € 1,78 €

TARIFA MEDIA PONDERADA (Precios corrientes) 1,95 €/m3 facturado

TARIFA MEDIA PONDERADA (Precios Año 2010) 1,81 €/m 3 facturado

(1) La Tarifa Media Efectiva aparece en rojo si es inferior a la Tarifa de Equilibrio, y en azul si es mayor.

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ESCENARIO 3

AÑO 2014 AÑO 2017 AÑO 2022

Consumos facturados (m3) 6.328.275 9.194.935 10.842.363

Tarifa Media Aplicada en Abastec.,Saneam.y Depurac. 0,92 € 0,94 € 0,99 €

Tarifa Media Efectiva (Total Ingresos/Consumos fact urados) (1) 1,22 € 1,23 € 1,26 €

Tarifa de Equilibrio (Abastec.+Saneam.+Depurac.) 0,83 € 0,85 € 0,96 €

Canon de inversión 0,57 € 0,75 € 0,86 €

TOTAL COSTE M 3 PARA EL CIUDADANO

(Precios año corriente) 1,40 € 1,60 € 1,82 €

TOTAL COSTE M 3 PARA EL CIUDADANO

(Precios Año 2010) 1,36 € 1,51 € 1,63 €

TARIFA MEDIA PONDERADA (Precios corrientes) 1,64 €/m3 facturado

TARIFA MEDIA PONDERADA (Precios Año 2010) 1,52 €/m 3 facturado

(1) La Tarifa Media Efectiva aparece en rojo si es inferior a la Tarifa de Equilibrio, y en azul si es mayor.

A la vista de los datos, se pueden extraer las siguientes conclusiones:

1. El escenario 3 representa el modo de gestión óptimo en la explotación de

los servicios de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas en el

Sector III de la provincia. La eficiencia conseguida, al agrupar municipios,

se traduce en un ahorro de costes para el ciudadano, ya que presenta la

tarifa media más baja de los tres escenarios, incluyendo en ella el canon

de inversión por m3 consumido. Esta tarifa media global podría

encontrarse alrededor de 1,5 €/m3 consumido, si se valora a

precios de 2010.

2. Por el contrario, el escenario 1 representa la forma más ineficiente de

gestión de los servicios, pues aglutina a municipios muy pequeños (la

mayoría con menos de 2000 Hab.), que concentran bajos niveles de

consumos de agua y poseen mayores deficiencias en las infraestructuras

del CIA. Por ello, la tarifa media global tendría que elevarse a cotas

de los 3,5 €/m3 consumido, hecho que representa un salto cuantitativo

muy elevado en la factura del agua que soporta el ciudadano. Esta opción

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175

resultaría inviable, siendo además de difícil aplicación, dada la sensibilidad

de la población a asumir el coste del agua.

3. Por último, el escenario intermedio presenta una estructura de gestión

mixta, combinando municipios rentables, con otros que no lo son, y

permitiendo que se compensen entre sí. En este caso, la tarifa media

ponderada de acuerdo a los consumos facturados en los tres años

de análisis arroja un valor de 1,81 €/m3 a precios de 2010, siendo

éste un coste moderadamente asumible para el ciudadano.

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176

CAPÍTULO IV.

ESTATUTOS DEL ENTE DE GESTIÓN

SUPRAMUNICIPAL DEL C.I.A. EN LA

PROVINCIA

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177

ESTATUTOS DE LA AGENCIA PÚBLICA

EMPRESARIAL LOCAL

CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- Constitución, denominación y naturaleza jurídica de la Entidad

1.- La Excma. Diputación Provincial de Granada, al amparo de lo establecido en el artículo 103

de la Constitución Española, artículo 85 bis de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de

Régimen Local (LRBRL en lo sucesivo), artículos 53 a 60 de la Ley 6/1997, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE en adelante), artículo 35 de

la Ley de Autonomía Local de Andalucía y en los artículos 13 y 14 de la Ley 9/2010 del Agua

Para Andalucía, constituye una Agencia Pública Empresarial Local, como ente instrumental y

medio propio para la gestión de los servicios delegados del ciclo integral del agua con la

denominación “Aguas de la Provincia de Granada”, <APROGRAN>

2. La Agencia Pública Empresarial Local “Aguas de la Provincia de Granada” se constituye como

Organismo Público con personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar,

patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines, de

acuerdo con los principios que se establecen en estos Estatutos. Igualmente, dentro de su

ámbito competencial, le corresponderán las potestades administrativas, necesarias para el

cumplimiento de su objeto, que le sean conferidas por la legislación vigente en cada momento y

por los entes locales asociados.

Artículo 2°.- Adscripción Orgánica

La Agencia Pública Empresarial Local se adscribe, de forma directa, a la Presidencia de la

Excma. Diputación Provincial, que será a quien corresponderá la superior planificación,

dirección, evaluación y control de resultados con base en los principios de calidad y eficiencia,

pudiendo asesorarse, en el ejercicio de sus cometidos, por cuantos especialistas considere

necesarios y por los dictámenes de Auditorías financieras y de gestión, en orden a la mayor

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garantía del control atribuido. Todo ello sin perjuicio de los controles específicos establecidos

por la legislación vigente o por la que la sustituya.

Artículo 3º.- Objeto y Régimen Jurídico

1.- Constituye el objeto de la Agencia Pública Empresarial Local la gestión del servicio público

correspondiente al Ciclo Integral del Agua, en los ámbitos territoriales correspondientes a los

municipios miembros o asociados en los que la Agencia tenga asumidas por si o por delegación,

las competencias requeridas para la gestión del Ciclo Integral del Agua. En concreto, constituye

el objeto de su actuación:

a) La captación de aguas naturales de naturaleza superficial o subterránea; la conducción de las

mismas a las estaciones de tratamiento, mediante canales o conducciones en régimen libre o bien

mediante sistemas de bombeo cuando así lo requiera la orografía del lugar; el tratamiento físico-

químico y bacteriológico del agua bruta, en las instalaciones correspondientes y mediante los

procedimientos requeridos para la adecuación de sus características a las exigencias impuestas por

el Decreto 140/2003 de Control de la Calidad del Agua de Consumo Humano; la conducción del

agua potable a los depósitos de almacenamiento y reserva; la distribución viaria del agua potable a

través de sistemas inocuos y estancos que permitan el mantenimiento de la calidad del agua y la

minimización de sus pérdidas; y el suministro domiciliario del agua a través de las

correspondientes acometidas.

b) La recogida domiciliaria de las aguas residuales a través de las correspondientes acometidas; el

transporte público de las aguas residuales y pluviales mediante redes de conductos de carácter

unitario o separativo y su vertido a los colectores y emisarios que las conducen a las estaciones

depuradoras; el control de vertidos no domésticos a las redes públicas, mediante la identificación

de los puntos de vertido y las características contaminantes de las aguas; la depuración de las

aguas residuales para su devolución al medio ambiente hídrico o, en su caso, para su reutilización,

con la calidad requerida por la legislación vigente en cada momento y los usos que se pretendan

hacer de las mismas, una vez depuradas, y el tratamiento y gestión de los residuos obtenidos como

subproductos de los procesos de depuración.

c) La ejecución, conservación, ampliación y renovación de infraestructuras, obras e

instalaciones, tanto para el abastecimiento como para el saneamiento y control de vertidos, así

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como las necesarias para la depuración de las aguas residuales, y, en su caso, reutilización de

las depuradas.

d) El desarrollo de cuantas actividades comerciales e industriales estime convenientes en orden

a la explotación de los sistemas, obras, instalaciones, maquinaria o componentes adscritos a los

servicios a su cargo, o como consecuencia de aquella y para el cumplimiento de sus fines.

e) La recaudación y el cobro de las tasas por suministro de agua, por recogida de las aguas

residuales y por su depuración; la administración de recursos y la gestión administrativa y

económico-financiera y, en general, toda clase de actos de gestión y disposición.

f) El estudio de necesidades y la redacción de planes directores relativos al abastecimiento y al

saneamiento en los términos municipales de los Municipios miembros o asociados a la Agencia

Pública Empresarial Local

g) La elaboración, por sí o en colaboración con los Organismos Competentes en materia de

aguas, de estudios y proyectos relacionados con el abastecimiento, el saneamiento y la

depuración de las aguas residuales de los términos municipales en los que la Agencia Pública

Empresarial ejerza competencias o tenga delegadas atribuciones.

h) La solicitud de las concesiones o autorizaciones necesarias para aprovisionamiento de

aguas con destino al consumo humano o para otros usos relacionados con el abastecimiento de

las poblaciones, la depuración de las aguas residuales y los vertidos de las aguas depuradas,

procedentes de los ámbitos territoriales de sus competencias, al medio ambiente hídrico.

i) Previo acuerdo de su Consejo de Administración, la Agencia Pública Empresarial Local podrá

gestionar, para otros municipios no asociados y mediante el oportuno convenio ínter

administrativo, aspectos parciales del ciclo integral del agua, tales como el control de la calidad

de las aguas, la depuración de las aguas residuales, la lectura de contadores, etc.

Los servicios referidos comenzarán a prestarse en el momento en que se formalice la primera

delegación de competencias por parte de un municipio a favor de la Agencia Publica

Empresarial Local.

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2. La Agencia Pública Empresarial Local se regirá por las normas del Ordenamiento Jurídico

privado (civil, laboral y mercantil), excepto en el ejercicio de las potestades administrativas que

tengan atribuidas y en los aspectos específicamente regulados en la Ley Reguladora de las

Bases del Régimen Local, el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la

Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Ley General

Presupuestaria, la Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local y demás normativa

de rango legal vigente o la que la sustituyese.

3. Para el cumplimiento de su objeto social, la Agencia Pública Empresarial Local podrá realizar

toda clase de actos de disposición y administración, ineluyendo los referidos a sus potestades

administrativas, dentro de lo previsto en la legislación de carácter civil, mercantil y laboral.

Contra los actos dictados por la Entidad en el ejercicio de sus potestades administrativas, caben

los recursos administrativos previstos en la legislación de régimen jurídico de las

administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como cualquier otra

aplicable.

Artículo 4º.- Fines de la Agencia Pública Empresarial Local

Como fin primario, la Agencia Pública Empresarial Local “Aguas de la Provincia de Granada” se

propone ofrecer a los Ayuntamientos de la Provincia de Granada, no vinculados a ningún ente

supramunicipal gestor de los servicios de abastecimiento y saneamiento, una forma de gestión

de dichos servicios, bajo la modalidad de entidad empresarial de capital público que, asumiendo

las competencias y potestades que aquellos le deleguen y en el ámbito de actuación que les

asigna el artículo 14 de la Ley 9/2009 de Aguas para Andalucía, toma como objetivos de su

gestión:

1.- La protección de la salud de los ciudadanos, en cuanto consumidores de agua, mediante la

preservación de las aguas de mejor calidad para su destino al consumo humano y el

mantenimiento de las instalaciones y sus componentes, en contacto con el agua en perfecto

estado de inocuidad.

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2.- La difusión de la nueva cultura del agua y la promoción de su uso sostenible, poniendo

especial énfasis en la formación de los jóvenes y en la concienciación social de la necesidad,

tanto de protección del recurso como en el fomento de su uso racional y responsable, su ahorro

y reutilización.

3.- El fomento de actitudes sociales respetuosas con las aguas residuales, evitando su

contaminación a través de vertidos prohibidos y su uso doméstico como vehículo de transporte

de residuos caseros.

4.- La satisfacción de las exigencias de suficiencia, seguridad y regularidad en el suministro

que demanda la sociedad .

5.- La promoción y apoyo a la investigación, desarrollo e innovación en las teenologías del

agua, compatibilizando las mismas con la preservación de los medios acuáticos y el medio

ambiente hídrico

6. La implantación de políticas de calidad, eficacia y economía de gestión, con recuperación de

los costes de los servicios, de conformidad con el principio de quien contamina paga y de forma

que se incentive el uso responsable del agua y se penalice el despilfarro.

7. La atención a los usuarios de los servicios, la transparencia en la gestión, la simplificación de

trámites y la participación pública, facilitando la representación de los intereses sociales y

económicos a través de los organismos y asociaciones reconocidos por la Ley que los

representen.

8. Cualquier otro fin lícito exigido o recomendado por la legislación de aplicación o por los

órganos de gobierno de la Agencia Pública Empresarial Local “Aguas de la Provincia de

Granada”

Artículo 5º.- Funciones y Potestades de la Agencia Pública Empresarial Local Para el cumplimiento del objeto y fines de la Agencia, se dotará a ésta de las funciones y

potestades que se enumeran, sin que deban entenderse éstas con carácter limitativo alguno y

sin perjuicio de las no expresamente citadas que pudieran constituir cuerpo legal o que le

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viniesen encomendadas por normativa de otro rango.

a) Gestionar la explotación, mantenimiento y conservación de las obras de infraestructura e

instalaciones, correspondientes a las captaciones, conducciones, estaciones de tratamiento

o potabilizadores, depósitos de regulación y de reserva, redes de distribución viaria,

acometidas y contadores de usuarios.

b) Gestionar la explotación, mantenimiento y conservación de las obras de infraestructura e

instalaciones, correspondientes a los sistemas públicos de saneamiento, es decir, las redes

de alcantarillado público, recogida de aguas pluviales, colectores, emisarios y estaciones

depuradoras de aguas residuales, la regulación y el control de vertidos.

c) La redacción de proyectos de obras e instalaciones relacionados directa o indirectamente

con el abastecimiento de agua potable, el saneamiento o la depuración de las aguas

residuales.

d) La autorización, concesión, contratación y denegación o revocación de acometidas, tanto

de suministro de agua potable como de vertido y evacuación de aguas residuales

e) La verificación de consumos realizados por los abonados de los servicios correspondientes

al ciclo integral del agua, la recaudación de tarifas, tasas, precios o cánones de los servicios

relacionados con el ciclo integral del agua, la gestión de abonados y la atención a los

usuarios de aquellos, la emisión de recibos, la facturación, el cobro y la tramitación de los

expedientes sancionadores por incumplimiento de Reglamentos u Ordenanzas. Todo ello

sin perjuicio de las potestades reservadas a la Autoridad Local

f) La recaudación de los ingresos de derechos público o privado que tenga atribuidos.

Para el cumplimiento de estas funciones gozará de las siguientes potestades:

a) Potestad de autoorganización, de conformidad con estos Estatutos y con las directrices del

órgano de adscripción.

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b) Potestad reglamentaria y disciplinaria en relación con la organización de sus recursos

humanos y con las condiciones laborales de los mismos, salvo las excepciones especificadas

en estos Estatutos. Todo ello con respeto a los derechos legales o convencionales de los

trabajadores.

c) Gozará de la potestad sancionadora en los términos previstos en el Decreto 120/1991, de

11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua en

Andalucía o normativa que lo sustituya en los Reglamentos particulares de la Entidad y en

la Legislación aplicable a su actividad, ineluida la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

d) Potestad de investigación deslinde, recuperación de oficio, desahucio, inscripción registral, y

demás actos contemplados en la Ley, en relación con los bienes propios y con los bienes

adscritos, de conformidad con lo establecido en la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Ad-

ministraciones Públicas y en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía

e) Las potestades de presunción de legitimidad y de ejecutividad, de ejecución forzosa y de

revisión de oficio de sus actos administrativos de conformidad con la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

f) Las de inembargabilidad de sus bienes y derechos afectos al servicio público del ciclo

integral del agua y los de prelación, de preferencia y otras prerrogativas, en los términos

establecidos en las leyes.

g) La exención y bonificación de impuestos, en los términos establecidos en las leyes.

h) La potestad de autorización, conforme a la cual la Entidad está facultada para la realización

de todos los actos que se encaminen al cumplimiento del objeto y los fines señalados en

estos Estatutos y, entre otros, para:

a. Solicitar subvenciones, auxilios y otras ayudas de las Administraciones y

Corporaciones Públicas, y de particulares.

b. Formalizar convenios y contratos de acuerdo con la normativa de aplicación.

c. Proceder a la adquisición de maquinaria, vehículos, herramientas, materiales, y

bienes de toda clase, salvo inmuebles, y a su enajenación cuando resulten, y así se

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califiquen, como excedentes, de desecho o inútiles.

d. Formalizar, gestionar y administrar fondos, créditos, avales y otras garantías,

e. Instar a la colaboración del municipio o municipios afectados por obras relacionadas

con los sistemas de abastecimiento o de saneamiento, en los supuestos en los que

fuese necesario, para la constitución de los preceptivos expedientes de expropiación

de terrenos por utilidad pública, con la formalización, incluso, de convenios. Y

percibir, mediante el preceptivo acuerdo del órgano municipal competente, los

derechos que prevean los respectivos Planes o Modificaciones de Planes de

Ordenación Urbana.

f. Ejercer la inspección, asistencia téenica y control de las obras que no siendo

promovidas o ejecutadas por la Entidad, afecten o puedan afectar a cualquier parte,

obra o componente de los sistemas de abastecimiento o saneamiento a cargo de

ésta.

g. Constituir o participar en la puesta en marcha de sociedades mixtas. Participar en el

capital social de sociedades y fomentar actuaciones conjuntas de cooperación en

materia de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas residuales

El ejercicio de las potestades administrativas se llevará a cabo de conformidad con lo

establecido en estos estatutos y en armonía con lo dispuesto en la vigente Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como

en la leyes correspondientes al Régimen Local y Contratos del Sector Público.

Artículo 6º.- Extinción de la Agencia Pública Empresarial Local

La Agencia Pública Empresarial Local “Aguas de la Provincia de Granada” tendrá una duración

indefinida y se extinguirá por decisión de su Junta General en la forma que se establece en

estos Estatutos, o cuando resulte ello imperativo atendiendo a lo legalmente dispuesto al

efecto.

Artículo 7.° Domicilio social.

Inicialmente, el domicilio social de la Entidad Pública Empresarial se ubicará en la sede de la

Excma. Diputación Provincial de Granada en……………………………………… La modificación del

mismo, motivada bien sea por exigencias de la propia Diputación, por expansión de sus

actividades, por mejoras en la prestación de los servicios encomendados o por cualquier otra

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causa motivada, deberá acordarse por el Consejo de Administración de la Entidad, no

requiriéndose, para ello autorización de la Junta General.

CAPÍTULO II.- FUNCIONAMIENTO DE LA ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL LOCAL Y

ORGANOS DE GOBIERNO DE LA MISMA

Artículo 8º.- Los órganos de la Entidad son los siguientes:

A) La Junta General, que estará constituida por los mismos integrantes del Pleno de la

Diputación Provincial de Granada, la cual se regirá en su funcionamiento y convocatorias por las

mismas normas que las aplicables al Pleno de la Diputación Provincial, así como por un

representante de la Agencia Andaluza del Agua, y de cada uno de los municipios adscritos a la

A.P.E.L. Son sus competencias la adopción de las decisiones trascendentes para la A.P.E.L. no

atribuidas a ningún otro órgano de la misma, así como todas aquellas a que se refieren estos

estatutos que deben ser propuestas u objeto de aprobación por la misma.

El Consejo de Administración y, en su caso Comisión Ejecutiva del mismo.

El Consejo de Deliberación.

El/La Directora/a de la Entidad.

B) El Consejo de Administración.

El Consejo de Administración será designado por la Junta General conforme a las

siguientes normas.

El/La Presidente/a del mismo será designado en su primera reunión.

Los/Las Vicepresidentes/as primero/a y segundo/a serán nombrado/a por el/la Sr./a.

Presidente/a, en la primera sesión del Consejo.

El Consejo de Administración, para mejor cumplimiento de sus fines, podrá crear, en su

seno, una Comisión Ejecutiva, formada por el/la Presidente/a, y los/las Vicepresidentes/as.

La Comisión Ejecutiva realizará, por delegación, aquellas actividades, tareas, encargos y

competencias que le sean conferidas por del Consejo, en especial aquellas materias atinentes a

la contratación. A esta Comisión Ejecutiva le será aplicable «mutatis mutandi» el régimen de

funcionamiento establecido para el Consejo de Administración en los artículos siguientes.

El Consejo estará integrado por los siguientes miembros:

Miembros natos de elección periódica:

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l. El/La Presidente/a de la Diputación Provincial de Granada

2. El/la Vicepresidente/a primero/a de la Diputación Provincial de Granada.

3. El/la Vicepresidente/a segundo/a de la misma Diputación.

4,5,6,7: Cuatro vocales designados de entre los representantes de los municipios

integrantes del Pleno de la Diputación.

8. Un técnico designado por la Excma. Diputación Provincial designado por el Pleno de

esta Corporación.

Después de la celebración de nuevas elecciones municipales y constitución de la

Diputación se procederá a la elección de los miembros del Consejo, para adaptar su

composición al resultado de las elecciones.

El número de los miembros del Consejo de Administración con derecho a voto es par,

incluyendo en el cómputo al/a la Presidente/a. No obstante, si por cualquier circunstancia, el

resultado de la votación fuera de empate: el/la Presidente/a del Consejo contará con voto de

calidad para decidir la votación.

Miembros fijos sin derecho a voto:

9. También asistirá al Consejo de Administración, y en su caso, a la Comisión Ejecutiva,

el Director/a de la Agencia Pública Empresarial Local.

10. El Consejo de Administración, y en su caso, la Comisión Ejecutiva, tendrá un

Secretario/a que será Letrado/a. Tendrá voz pero no voto en el Consejo.

Miembros invitados:

A las sesiones del Consejo asistirán con voz pero sin voto los/as empleados/a de la Entidad

Pública Empresarial designados por el/la Presidente/a, que éste crea conveniente, así como los

asesores necesarios.

Artículo 9°.- Sesiones del Consejo de Administración.

El Consejo de Administración se reunirá en sesión ordinaria, extraordinaria y

extraordinaria urgente.

La ordinaria se celebrará como mínimo once veces al año, en el día que se fije en la

primera sesión extraordinaria que se celebrará a los diez días del nombramiento de los

miembros del mismo.

La extraordinaria se celebrará cuando lo soliciten al menos la 4ª parte de los miembros

del mismo con derecho a voto, y su celebración, cuya convocatoria corresponde al Presidente,

no podrá demorarse más de tres días hábiles desde la petición.

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También puede celebrarse sesión extraordinaria urgente cuando lo decida el/la

Presidente/a, estando presentes la mayoría de dos tercios de sus miembros con derecho a voto,

salvo que se hubiere de tratar algún asunto que afecte personalmente a alguno de los

consejeros ausentes.

Para la válida constitución de la sesión ordinaria y extraordinaria, será necesario que

estén presentes la mitad mas uno de sus miembros con derecho a voto.

Los cómputos de los porcentajes anteriores exigidos se entenderán cumplidos, en caso

de fracción respecto de la parte entera.

Artículo 10º.- Forma de deliberar y tomar acuerdos.

l. El Consejo será presidido por el/la Presidente/a y en su ausencia, por el/la

Vicepresidente/a primero.

2. En relación a la forma de deliberar y tomar acuerdos, se observarán las siguientes reglas:

a) Una vez determinada la válida constitución del Consejo, el/la Presidente/a deelarará

abierta la sesión e irá proponiendo sucesivamente a la consideración del Consejo cada uno de

los puntos que figuren al Orden del Día.

b) La deliberación se abrirá con una exposición del contenido de cada punto hecha por el/la

mismo/a Presidente/a, o por quien este designe.

c) El/La Presidente/a hará un resumen de lo deliberado y formulará la propuesta que va a ser

sometida a votación.

d) El voto será personal y podrá delegarse en cualquier otro miembro del Consejo de

Administración, condición que deberá acreditarse documentalmente ante el Secretario del

Consejo. La votación se efectuará a mano alzada, en tres tumos: a favor, en contra y

abstenciones.

e) Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de los miembros presentes, sin que

exista quórum especial en razón de materia alguna.

Si no se lograse el quórum necesario para la válida constitución de la sesión, se

entenderá convocada automáticamente una hora después. Si tampoco se obtiene el quórum

necesario para la válida constitución, se levantará la sesión y los asuntos a tratar quedaran

pendientes hasta la próxima convocatoria ordinaria o extraordinaria.

Artículo 11°.- Dietas e Indemnizaciones, vacantes e incompatibilidades.

Los miembros del Consejo de Administración, y en su caso Comisión Ejecutiva, y el/la

Secretario/a del Consejo tendrán derecho a percibir por la asistencia a sus sesiones la

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correspondiente compensación económica en concepto de dieta o indemnización.

El importe de dicha compensación, que en ningún caso tendrá carácter de remuneración

por rentas de trabajo o profesionales, será la que establezca, en su caso, la Junta General de la

A.P.E.L., mediante su establecimiento en su Presupuesto anual, o mediante acuerdo expreso

que adopte.

Las vacantes que puedan producirse en el Consejo de Administración por: renuncia,

incapacitación declarada por decisión judicial firme, pérdida de la condición que posibilitó su

nombramiento como Consejero/a, o revocación del nombramiento por la Junta General, serán

cubiertas por el mismo mecanismo previsto en estos estatutos para la designación de sus

miembros.

No podrán ejercer el cargo de Consejero/a quienes estuvieran afectados por las

incompatibilidades previstas en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del

Personal al servicio de las Administraciones Públicas, o norma de rango legal que la sustituya, o

cualquier otra que resulte aplicable.

Artículo 12º.- Orden del día.

La convocatoria, a la que se acompañará el Orden del Día de los temas a tratar, será efectuada

por el/la Presidente/a, y será notificada, en la forma señalada en el artículo siguiente, a cada

uno de los Consejeros/as.

El Orden del día de los asuntos a tratar será indicativo, quedando siempre a salvo la facultad

que compete al Consejo para modificarlo: y debatir y acordar en sus sesiones aquellos temas

que considere urgentes u oportunos para la buena marcha de la Sociedad.

Artículo 13º.-. Convocatorias.-.

Las convocatorias para las reuniones del Consejo, adjuntando el Orden del día, se cursarán con

dos días de anticipación sobre la fecha en que deba celebrarse. Las convocatorias será

notificadas mediante cualquier medio, incluso; telemáticos, por fax o burofax, página web de la

Entidad, envío de mensaje de correo electrónico a la cuenta predicha por los/as Consejeros/as

o envío de SMS al móvil predicho y facilitado por los/as mismos/as.

Artículo 14º.- Debate.

El Presidente dirigirá el debate, dará la palabra por orden de petición y las votaciones se

harán a mano alzada, salvo cuando la votación deba ser secreta por decisión del/ de la Pre-

sidente/a o a petición de la mayoría de los asistentes.

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Las intervenciones, que serán sucintas y referidas a la materia tratada en el punto que

corresponda, tendrán una duración máxima de tres minutos con derecho a una réplica de dos

minutos.

Artículo 15º.- Actas.

Como regla general, el borrador del acta de cada Sesión será aprobada en la siguiente

reunión que celebre el Consejo, si bien podrán ser aprobadas al finalizar la sesión aquellas

actas, que por su naturaleza o por estimarlo así la mayoría del Consejo se estimen oportunas.

Estas Actas, una vez aprobadas por el Consejo, serán autorizadas por la firma del/ de la

Presidente/a y la del/de la Secretario/a y transcritas al Libro de Actas de la Agencia.

Artículo 16º.- Competencias del Consejo de Administración.-

l. Corresponde al Consejo de Administración, con respeto de los límites cuantitativos y

temporales establecidos en el apartado 4 este artículo:

a) Dictar las normas de funcionamiento del propio Consejo en lo no previsto en los presentes

Estatutos y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y medidas adecuadas en

aras a la mejor organización y funcionamiento de los servicios públicos que constituyen su

objeto y la consecución de sus fines,

b) Aprobar los gastos, los actos de disposición sobre bienes y fondos propios y los contratos,

pactos o convenios que proponga el/la directora/a de la Entidad.

c) Aprobar la participación en negocios, en sociedades mercantiles o empresas nacionales o

extranjeras cuyo objeto esté relacionado con el objeto y los fines de la Entidad y determinar su

importe fijando su forma y condiciones,

d) Aprobar la formalización, gestión y administración de fondos, subvenciones, empréstitos,

créditos, avales u otras garantías o cualesquiera instrumentos financieros al servicio de sus

fines que proponga el/la directora/a de la Entidad, así como aprobar toda clase de operaciones

financieras,

e) Ejecutar la planificación, dirección y controles aprobados de forma por la A.P.E.L.

f) Llevar a cabo una revisión anual de las actuaciones de la A.P.E.L., y encargar la auditoria

anual/bianual operativa y financiera.

g) Aprobar inicialmente el Proyecto de Estado de previsión de Gastos e Ingresos, Programas

anuales de actuación, inversiones y financiación la A.P.E.L. y se someta a la aprobación de la

Junta General. Las modificaciones presupuestarias serán elevadas a la Junta General, que las

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aprobará cuando estime su procedencia.

h) Aprobar provisionalmente las cuentas y balances anuales, el informe de gestión y la

Memoria correspondientes al ejercicio anterior, para su remisión a la Junta General para la

aprobación por esta, en su caso.

i) Aprobar la contratación de las obras, servicios, gestión de servicios y suministros, proyectos

y demás tipos de contratos civiles, mercantiles o laborales para el desarrollo de las funciones

propias de la A.P.E.L., si bien la contratación de obras, servicios, gestión de servicios y

suministros se efectuará por las normas aplicables de contratación que se aprueben y se re-

cojan en la Instrucción o Normas Internas de Contratación.

j) La gestión de la política del personal de la Entidad, en orden a la contratación, bajas,

procedimientos de selección, criterios de movilidad y adscripción temporal, comisiones de

servicio, etc, de la Entidad. La separación definitiva del servicio o despido laboral requerirá au-

torización expresa de la Junta General, previa audiencia de la representación sindical de la

Entidad,

k) Aprobar la actualización del inventario de la Entidad, que se realizará de forma anual.

I) El poder de representación de la Entidad en juicio y fuera de él, corresponde al/a la

Presidente/a del Consejo si bien podrá delegarlo en el/la Vicepresidente/a del Consejo de Admi-

nistración o en el/la Directora/a de la Entidad, quienes a su vez podrán otorgar los

correspondientes poderes a procuradores y letrados; la representación se extenderá a todos los

actos comprendidos en el objeto y fines descritos en el artículo 2 de estos estatutos.

Específicamente el poder de representación se extenderá a cualquier acto, contrato o negocio

que deba perfeccionarse o realizarse, mediante firma o de forma individual o singular, aún

cuando deba estar autorizado y acordado por el Consejo de Administración, Y concretamente:

Representar a la Entidad ante las Autoridades u Organismos de la Administración Pública, en

todos sus órdenes y grados, sin excepción alguna: Central, Comunidades Autónomas, Provincia

o Municipio, Consorcios y Mancomunidades, formulando peticiones, siguiendo los expedientes

por todos sus trámites e incidencias hasta su conelusión y entablando los recursos que en cada

caso proceda, apartarse y desistir de pretensiones y expedientes, en cualquier estado del

procedimiento; personarse en expedientes o diligencias; oír notificaciones; entablar oposiciones

y recursos y firmar escritos y documentos que sean precisos; representar, asimismo, a la

Entidad ante los Tribunales de todos los ordenes, clases y grados, incluso ante el Tribunal

Constitucional y comparecer ante ellos, formulando demandas, contestaciones y

reconvenciones, proponiendo excepciones y pruebas e interponiendo recursos tanto ordinarios

como extraordinarios, incluso los de casación, revisión y el de amparo, conciliarse, así como

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interponer querellas y absolver posiciones en prueba de confesión judicial, en los cuales sea

parte demandante, demandada o coadyuvante; en especial, comparecer ante las Unidades de

Mediación, Arbitraje y Conciliación u Organismos equivalentes, ante los Juzgados y Salas de lo

Social de cualquier orden o Jurisdicción. Celebrar actos de conciliación, con avenencia o sin élla;

presentar instancias, documentos y escritos, ratificarse en estos últimos y en cuantas

actuaciones y diligencias sea necesario este requisito, formular demandas y contestaciones,

proponer excepciones y pruebas e interponer recursos; transigir toda clase de asuntos y

diferencias, y desistir de acciones, excepciones y recursos, bajo las condiciones, pactos y

obligaciones que considere procedentes, Someterse al juicio de árbitros, fijando las cuestiones

sometidas a su resolución en los términos y condiciones que estimare convenientes. Aceptar el

laudo que se dicte o interponer los recursos legales y, en general, realizar y otorgar cuanto

permita la Iegislación aplicable; suscribir correspondencia postal, telegráfica o de cualquier otro

género; retirar y recibir toda clase de correspondencia, pliegos de valores declarados, giros y

paquetes de las oficinas de correos, retirar de aduanas y empresas de transporte y ferrocarril,

mercancías, paquetes, sobres o cualquier otro envío haciendo, cuando proceda, las re-

clamaciones oportunas; abrir y cancelar toda clase de cuentas corrientes, cuentas de ahorro o

imposiciones a plazo, en los bancos Oficiales o privados, Cajas de Ahorro y demás Entidades de

crédito o financieras; asistir a los actos de apertura de proposiciones con relación a cualquier

tipo de licitación convocada; alquilar Cajas de las llamadas de Seguridad, en cualesquiera

Bancos, pudiendo guardar y retirar en ellas cualesquiera objeto, títulos, papeles y valores,

conformar o impugnar extractos de cuenta de Bancos Oficiales o privados, Cajas de Ahorro y

demás Entidades de crédito o financieras; domiciliar pagos, recibos, letras de cambio y demás

efectos de comercio en las cuentas corrientes abiertas en Bancos oficiales o privados, Cajas de

Ahorro y demás Entidades de crédito o financieras; contratar créditos, préstamos y documentos

financieros, con o sin garantía de certificaciones o facturas de obras y servicios realizados, así

como cualquier otra garantía personal o en prenda, con Bancos Oficiales o privados, Cajas de

Ahorro y demás Entidades de crédito o financieras, fijando el interés, plazos, comisiones y

condiciones que libremente se estipulen; recibir y devolver, en todo o en parte, el importe de

tales préstamos y créditos, modificar, prorrogar y cancelar total o parcialmente los referidos

créditos o préstamos y como medio de instrumentación, firmar las correspondientes pólizas o

contratos y aceptar, librar y endosar, en su caso, letras de cambio y demás documentación que

fuere necesaria; aceptar subvenciones; comprar, suscribir y, en cualquier otra forma adquirir al

contado, efectos públicos, acciones, obligaciones, bonos, títulos y valores, convertirlos,

canjearlos y entregarlos, hacer declaraciones y presentar reclamaciones; vender, pignorar y en

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cualquier otra forma gravar y transmitir, al contado, efectos públicos, acciones, obligaciones,

bonos, títulos y valores, convertirlos, canjearlos y entregarlos. Hacer declaraciones y presentar

reclamaciones; celebrar contratos de obras, servicios o suministros, modificarlos y rescindirlos

con el Estado, Comunidades Autónomas, Organismos Autónomos, Diputaciones, Ayuntamientos

o Mancomunidades de éstos, Consorcios y con cualquier Entidad Pública o privada (la

celebración de estos contratos requerirá el cumplimiento de la normativa vigente en materia de

contratación y el asesoramiento del Director/a de la Entidad y del/de la Secretario/a del

Consejo), instar la liquidación definitiva de los contratos; asistir a las recepciones provisionales

y definitivas, firmando las actas que se levanten; cobrar créditos, cualesquiera que sea su

importe, origen o naturaleza, contra el Estado, Comunidades Autónomas y Organismos

Autónomos, Diputaciones, Ayuntamientos o Mancomunidades, Consorcios y cualquier otra

Entidad o persona física o jurídica, pública o privada, firmando los oportunos recibos o cartas de

pago, totales o de cantidades entregadas a cuenta. Admitir en pago de deudas toda clase de

bienes muebles por su valor de tasación, la cual se efectuará por la propia Entidad pública;

aprobar los padrones de abonados y usuarios del servicio así como las listas cobratorias

periódicas elaboradas con arreglo a los consumos y demás elementos tributarios relevantes;

resolver los recursos, reclamaciones y peticiones de aplazamiento o fraccionamiento

interpuestas en tiempo y forma por los contribuyentes con arreglo a las propuestas elevadas

por el/la directora/a de la Entidad; dictar la providencia de apremio respecto de aquellas deudas

tributarias e ingresos de derecho público que resultaren pendientes de cobro finalizado el

periodo voluntario; aprobar el embargo de bienes y derechos de los sujetos pasivos que

adeudaren dos o más devengos; y aprobar los expedientes de baja por fallidos, prescripción y

otros créditos incobrables una vez elaborados por el/la directora/a de la Entidad; aceptar el

reconocimiento de deudas que se hagan por terceros y la garantía que se ofrezca y constituya

por los deudores, ya sea ésta de prenda con o sin desplazamiento, e hipoteca, o bien la

adjudicación de bienes muebles o inmuebles estableciendo, en todo caso, los pactos, cláusulas

y condiciones que crea conveniente; como forma de afianzamiento, en seguridad de las

cantidades impagadas, o por cualquier título debidas a la Entidad; aceptar y constituir hipotecas

y otras garantías reales o personales y aceptar ser depositario de bienes embargados y

cancelarlas total o parcialmente, devolver prendas, pedir levantamiento de embargos y la

cancelación de sus anotaciones; contratar, modificar, rescatar, pignorar, rescindir y liquidar

seguros de todas clases; comprar bienes inmuebles o muebles con los requisitos previstos en la

normativa vigentes y los límite cuantitativos establecidos en este Estatuto; tomar o dar en

arrendamiento toda clase de bienes, constituyendo, modificando o extinguiendo dicho derecho

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de arrendamiento, pudiendo en su caso desahuciar inquilinos, precaristas y toda clase de

ocupantes;

m) Contratar y sancionar, incluso con despido, al personal no directivo a su cargo, necesario

para la buena marcha del servicio;

n) Fijar las condiciones económicas, de trabajo y de cualquier otra clase del personal directivo o

no directivo de la Entidad, mediante la aprobación de los instrumentos de negociación colectiva;

o) Otorgar poderes a Abogados y Procuradores, con las facultades de poder general para

pleitos o procesalmente especiales que considere necesarios, con poderes incluso de sustitución

y revocar éstos cuando lo crea oportuno y necesario.

p) Ejecutar cuanto sea incidental o complementario de lo expuesto en los puntos anteriores.

q) Proponer la declaración de lesividad de los actos de la Entidad emitidos en uso de sus po-

testades administrativas.

2. Proponer a la Junta General:

a) La aprobación de los Acuerdos y Convenios Colectivos que regulen las condiciones de trabajo

y retribuciones del personal a su servicio.

b) La concertación de operaciones de crédito y de tesorería que no excedan de los límites

cuantitativos o temporales establecidos en este artículo.

c) Aprobar convenios de colaboración con otras Entidades o Administraciones Públicas o

personas físicas o jurídicas.

d) Realizar contrataciones de todo tipo, autorizar, disponer gastos y reconocer obligaciones que

excedan de los límites cuantitativos o temporales establecidos en este artículo

e) Otorgar concesiones y autorizaciones que excedan del límite temporal establecido en este

artículo.

f) La aprobación de los reglamentos de los servicios, que A.P.E.L. vaya a prestar.

g) La modificación de sus Estatutos.

La aprobación de la plantilla de personal y sus modificaciones, así como la relación de puestos

de trabajo de la A.P.E.L.

h) El establecimiento y regulación de prestaciones patrimoniales de derecho público. En este

caso, oído y dictaminado mediante la emisión de un Informe preceptivo, el Consejo de

Deliberación o Participación.

e) La aprobación de la Liquidación, de la Cuenta General anuales, y del Informe de Auditoria

Externa.

f) Cualesquiera otras que requieran la aprobación de la Junta General.

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3. Todos los actos de trascendencia económica, contractual o que puedan vincular de algún

modo a la A.P.E.L., ya sean, a título enunciativo; autorizaciones, disposiciones, reconocimiento

de obligaciones y pagos, contrataciones o autorizaciones, subvenciones, concesiones, etc.

Tendrá un límite cuantitativo máximo del 10% del Presupuesto Anual de la A.P.E.L.. En el

mismo sentido de lo establecido con anterioridad tendrán un límite temporal máximo de 4 años,

salvo en contrataciones laborales.

Artículo 17.0 - Del Consejo de Deliberación o Participación.

El Consejo de Deliberación o Participación de la Entidad, será designado por la Junta General,

es un órgano consultivo que será presidido por el Presidente del Consejo de Administración, y

estará integrado por los siguientes miembros:

Un/a representante por cada municipio miembro o asociado que haya delegado a ésta A.P.E.L.

algún servicio público de los incluidos en el Ciclo Integral del Agua (abastecimiento en baja,

alcantarillado, control de vertidos o depuración). Este miembro coincidirá con el/la

representante designado por el municipio para representarlo en la Junta General.

Un representante designado por la Agencia Andaluza del Agua. Este miembro coincidirá con

el/la representante designado por este Organismo autonómico para representarlo en la Junta

General.

Un representante designado por la Diputación Provincial de Granada. Este miembro coincidirá

con el/la representante designado por esta Administración para representarlo en la Junta

General.

Dos representantes de los sindicatos, un representante de la organización empresarial y otro

perteneciente a la Asociación profesional AESA, un representante de las asociaciones de

consumidores y usuarios, y un representante de las organizaciones medioambientales, todos

ellos de mayor implantación en el ámbito de la Provincia de Granada, propuestos por sus

respectivos órganos de gobierno, a requerimientos de la A.P.E.L.. Sin perjuicio de lo establecido

en el presente apartado tendrán cabida aquellos representantes de otras Entidades, no

recogidas en este apartado, que vengan establecidos obligatoriamente en la legislación autonó-

mica sectorial.

Asistirá con voz pero sin voto el/la Director/a de la Entidad.

Artículo 18.- Competencias y funcionamiento del Consejo de Deliberación o Participación.

1. El Consejo de Deliberación o Participación tendrá las competencias siguientes:

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a) Informará, con carácter previo y preceptivo, pero no vinculante, sobre la propuesta de

tarifas o tasas anuales y cánones que se establezcan sobre los servicios prestados por la

A.P.E.L..

b) Informará, con carácter previo y preceptivo, pero no vinculante; sobre los programas

anuales o plurianuales de inversión en los municipios.

c) Realizará una Memoria anual de seguimiento de los servicios delegados o prestados. En la

que se analizará las propuestas de mejora de las deficiencias observadas en la prestación de los

mismos.

d) Cualquiera otra función consultiva que le atribuya la legislación sectorial estatal o

autonómica.

2. Se reunirá, al menos, una vez al año, con anterioridad a la sesión del Consejo de

Administración en que deban tratarse los asuntos cuyo informe preceptivo le compete.

1. El funcionamiento de las sesiones del Consejo de Participación se regirá, en cuanto le sea de

aplicación, por las normas establecidas para el Consejo de Administración, actuando de

Secretario/a el titular del Consejo.

Artículo 19º.- Del/ de la directora/a de la A.P.E.L.

El/la directora/a de la A.P.E.L. es el órgano estatutario encargado de auxiliar al Consejo de

Administración en el cumplimiento diario y habitual de sus competencias relativas al giro o

tráfico propio del objeto social. Ejecutará los acuerdos de dicho Consejo de Administración y

vigilará su cumplimiento.

El/la directora/a de la Entidad será el órgano de dirección unipersonal de la Entidad

Pública y será nombrado por el Consejo de Administración, a propuesta de la Junta General.

El/la titular será titulado superior con más de cinco años de experiencia en la gestión

pública o privada de servicios públicos, valorándose la experiencia pública en el sector del

abastecimiento y saneamiento de aguas y el conocimiento de las corporaciones locales. No

podrá ostenta cargo político alguno.

l. Son sus atribuciones, las que a continuación se enumeran, para las cuales seguirá los

criterios que le fije el Consejo de Administración:

a) La organización de las actividades de la A.P.E.L..

b) Ordenará y gestionará todos los recursos de la Entidad: humanos, materiales y financieros,

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mediante su programación, dirección, control y evaluación, y realizará la negociación colectiva

de la Entidad representando a la misma.

c) En especial, será responsable de la dirección y vigilancia de los Servicios Públicos cuya

gestión tiene conferida la A.P.E.L., haciendo cumplir los reglamentos y la normativa legal que

los rige, y adoptando las decisiones técnicas que procedan para la mejor utilización de las

instalaciones y equipos afectos a tales servicios a fin de que puedan satisfacer con continuidad,

regularidad y sin discriminación entre los potenciales usuarios, el interés público al que están

destinados.

d) Formulará y propondrá al Consejo de Administración o al Consejo de Deliberación

propuestas generales y concretas de mejora de tales Servicios, instrumentando programas de

dirección por objetivos, y servirá como órgano de apoyo y asesoramiento de los anteriores.

c) Será responsable de la adecuada y cumplida aplicación del Texto Refundido de la Ley

reguladora de las Haciendas Locales, Ley General Tributaria, Reglamento General de

Recaudación y resto de normas complementaria y supletoria de las anteriores, Ley de

Protección de datos, legislación sectorial, Reglamentos del Servicio, así como de las Ordenanzas

fiscales, en lo relativo a la ejecución de todos y cada uno de los actos de gestión, liquidación,

inspección y recaudación de los tributos y demás ingresos de derecho público que corresponda

satisfacer a los usuarios del servicio.

f) Será responsable de elevar al Consejo de Administración para que éste proceda a su puntual

aprobación: los padrones periódicos y las remesas de liquidaciones; las propuestas de

resolución de los recursos, reclamaciones, y peticiones de aplazamiento o fraccionamiento

interpuestos por los usuarios; la relación de providencias de apremio relativas a los abonados

que no hubieren satisfecho sus deudas en periodo voluntario; la relación de expedientes

respecto de los que procede incoar el procedimiento de embargo; y los expedientes de baja por

fallidos, prescripción y otros créditos incobrables.

g) Le corresponderá el cumplimiento del principio de colaboración con las Administraciones

Públicas en materia tributaria mediante la atención reciproca de las solicitudes de información o

de la realización de determinadas actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos y

fines de la A.P.E.L.

h) Anualmente y, antes del mes de septiembre de cada año, formará y propondrá al Consejo de

Administración el presupuesto de la Entidad; comprensivo de sus Estados y Anexos El Consejo

elevará el Presupuesto a la Junta General para su conocimiento antes del 15 de septiembre.

i) Con periodicidad trimestral presentará al Consejo de Administración informe relativo a la

actividad de la Entidad, al control de gestión y al balance de situación.

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j) Deberá preparar la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, acompañada de la

documentación necesaria, debiendo remitirla al Consejo de Administración, antes del 15 de

febrero de cada año, con la finalidad de que el Consejo la remita a la Junta General para su

aprobación antes del uno de marzo de cada anualidad. Deberá acompañarse necesariamente, la

relación de acreedores y deudores pendientes de pago y cobro, procedentes del ejercicio

inmediatamente anterior al que se liquida, junto con el padrón de abonados que ha servido de

base para el cobro de dicho ejercicio anterior.

k) Una vez aprobados por el Consejo de Administración los planes anuales sobre política de

personal y las partidas que en el presupuesto anual se hayan establecido como costes sala-

riales, el/la directora/a de la Entidad se responsabilizará de todo lo relativo a la dirección del

personal, ejerciendo las facultades que la legislación laboral, de seguridad social y de

prevención de riesgos laborales, reconoce a la empresa y cumpliendo las obligaciones que la

misma le impone.

2. Además de las funciones y atribuciones indicadas en los apartados anteriores, el/la

directora/a de la Entidad podrá ejercer, las expresamente delegadas por acuerdo del Consejo

de Administración o la Comisión Ejecutiva. Las citadas funciones tienen carácter enunciativo no

limitativo, debiéndose entender completadas por cuanta otras funciones sean necesarias para la

adecuada realización de sus facultades directoras, de gestión, impulso y asesoramiento;

coordinación de las unidades administrativas, preparación y propuesta de materias y acuerdos a

otros órganos de la Entidad.

La delegación por el Consejo de alguna de sus facultades en el/la directora/a deberá contener

expresamente: las facultades que se delegan, el ámbito de la delegación y la forma de rendir

cuentas de la misma.

2. Las retribuciones del/de la directora/a de la Entidad serán fijadas por el Consejo de

Administración. Estas retribuciones se regirán por la normativa vigente, atendiendo a la na-

turaleza laboral de personal de alta dirección.

Artículo 20º.- Competencias específicas del/de la directora/a de la Entidad.

EI/la director/a podrá realizar y perfeccionar con su firma individual cualesquiera actos

de disposición, pactos, contratos y autorización, disposición, reconocimiento de obligaciones y

pagos que no superen las cantidades de 50.000 euros en general, y de 150.000 euros en caso

de contratos de obras, siempre que su ejecución sea inferior a un año, de conformidad con las

Normas o Instrucciones a Contratación aprobadas por la Entidad.

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Artículo 21º.- Patrimonio de la Entidad.

El régimen patrimonial será el establecido en la normativa de la LPA y del RBELA, y resto

de disposiciones que resulten de aplicación.

El patrimonio estará integrado por sus bienes y derechos propios, por aquellos de

titularidad municipal cuya adscripción o cesión se hayan acordado o se acuerden en el futuro a

favor de la Entidad, así como por aquellos otros que le atribuya cualquier persona o Entidad.

Los bienes y derechos adscritos conservarán la calificación originaria que les

corresponda, incumbiendo a la Entidad, solamente, facultades de conservación, mejora y

utilización para el cumplimiento de los fines que se determinan en la adscripción.

La Entidad tendrá la libre disposición de los bienes y derechos de dominio privado o

patrimoniales de los cuales sea titular.

Artículo 22º.- Inventario de la Entidad.

La Entidad formará Inventario separado de los bienes y derechos que le pertenezcan,

con sujeción a lo establecido en la legislación en materia de bienes de las Entidades locales.

El Consejo de Administración será el órgano competente para la actualización del

Inventario, así como para su rectificación y comprobación, que se llevará a efecto dentro de los

cinco primeros meses de cada año, con referencia al 31 de diciembre del año anterior, con el

fin de integrarlo en el inventario general consolidado para su aprobación por la Junta General

de la A.P.E.L.

En el caso de disolución de la Entidad a los municipios titulares precedentes de los

mismos los bienes y derechos adscritos con todos sus incrementos y las aportaciones que

figuren en el activo.

Artículo 23º.- Director de la entidad.

l. Mediante convocatoria en la página web de la Entidad se realizará convocatoria pública

para la provisión del puesto de Director/a de la Entidad. El procedimiento de selección será el

de concurso, y en su caso entrevista curricular, que atenderá a los criterios de competencia

profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública

o privada. Se valorará especialmente la experiencia en la gestión pública o privada de servicios

públicos, valorándose el conocimiento en el sector del abastecimiento y saneamiento de aguas

y el conocimiento de las corporaciones locales y sus servicios.

2. El/la Director/a nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Junta

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General se vinculará a la Entidad mediante un contrato laboral de Alta Dirección, y percibirá

como retribución salarial la que establezca el Consejo.

Artículo 24º.- Del régimen del personal de la Entidad.

l. El personal de la Entidad se regirá por el derecho laboral, con las especificaciones

dispuestas en este Estatuto.

2. El personal Directivo de la Entidad será nombrado atendiendo a los criterios establecidos

en el artículo anterior para el/la Directora/a de la Entidad y en todo caso atendiendo a la

experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada,

mediante el procedimiento que establezca el Consejo de Administración.

3. El resto del personal será seleccionado mediante:

3.1. En primer lugar adscripción del personal funcionario o laboral fijo de los municipios

miembros o asociados que deleguen sus competencias en la A.P.E.L.

3.2. El personal laboral mediante convocatoria pública en la página web de la Entidad basada

en los principios de igualdad, mérito y capacidad y el procedimiento, de conformidad con las

normas legales que establezca el Consejo de Administración.

3.3. El personal eventual, o de confianza, no podrá exceder del 4% de la plantilla total de la

Entidad, será nombrado por el Presidente del Consejo.

3.4. La A.P.E.L. tendrá una Relación de puestos de trabajo (RPT) como instrumento mediante el

cual la Entidad identificará los existentes y sus características. Los mismos se cubrirán mediante

la provisión de puestos y la selección de personal en la forma establecida anteriormente.

3.6 La determinación y modificación de las condiciones retributivas del personal se habrá de

ajustar en todo caso a las normas que, al respecto, apruebe la Junta General.

Artículo 25º.- Asignaciones temporales.

Previa petición del/de la director/a de la Entidad podrá el Consejo de Administración adscribir

temporalmente, por causa justificada, mediante comisión de servicios, con un máximo de un

año, prorrogable por otro más; para el desempeño de puestos previstos en la RPT de trabajo

de la Entidad: a personal propio de los municipios miembros o asociados o de cualquier otra

Administración Pública.

Artículo 26º.- Juntas de personal, Comité de Empresa .

1.- En el ámbito de la Entidad y en relación con su personal existirán los órganos de

representación y participación establecidos por la normativa laboral de aplicación.

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2. La aprobación del Convenio Colectivo de la A.P.E.L. corresponde al Consejo de

Administración, respetando las directrices dadas en su caso por la Junta General.

Artículo 27º.- Régimen jurídico de la Contratación de la A.P.E.L.

1. De conformidad con la legislación de contratos comunitaria tiene la consideración de

Poder Adjudicador, dentro del Sector Público, al integrarse su objeto dentro del ámbito de la

Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua,

la energía, los transportes y los servicios postales. Será esta normativa la aplicable a los

contratos previstos en la misma. Los no incluidos se regirán por los apartados aplicables al

Sector Público de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. y en tal

sentido deberán aprobarse unas Normas o Instrucciones Internas de Contratación que regule

todas las contrataciones de la Entidad.

2. Los contratos realizados por la Entidad tendrán, en todo caso, la consideración de

contratos privados con los efectos previstos en la legislación administrativa señalada con an-

terioridad.

3. Los contratos serán suscritos por quien corresponda conforme a la atribución de

competencias realizadas en los presentes estatutos.

4. Las Normas o Instrucciones de Contratación lnternas podrán recoger, en contrataciones

competencia del Consejo de Administración: la constitución de una Mesa de Contratación

Permanente, que caso de ser la Comisión Ejecutiva del Consejo y por delegación de éste; podrá

crearse con el carácter de Junta de Contratación: correspondiéndole simultáneamente las

facultades que la Ley atribuye a la Mesa de Contratación y la adjudicación de los contratos.

Artículo 28º.- Recursos de la Entidad.

Los recursos económicos de la Entidad serán:

a. El producto de la realización de todo tipo de operaciones financieras y, en particular, podrá

concertar operaciones activas o pasivas de crédito y préstamo, de conformidad con lo

establecido en la normativa reguladora de las haciendas locales y de acuerdo con los límites

previstos en sus presupuestos y estos Estatutos.

b. La explotación de los bienes y valores que constituyen su patrimonio.

Los productos y rentas del mencionado patrimonio.

c. Las Subvenciones, ingresos y transferencias corrientes o de capital que procedan de las

Administraciones o Entidades públicas.

d. Los ingresos privados o públicos (tasas o tarifas), o cualquier otro, que puedan percibir por

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la realización de todo tipo de servicios relacionados con su objeto y fines.

e. Las donaciones, legales y otras aportaciones de Entidades públicas, privadas y de

particulares y, en especial, de aquellos directamente relacionados con la Entidad.

f. Ingresos procedentes de las sanciones firmes, en los supuestos de ejercicio de potestades

administrativas sancionadoras conferidas.

g. Cualquier otro recurso que le pueda ser atribuido por persona física o jurídica competente.

Artículo 29º.- Régimen económico.-.

El régimen económico y de facturación de la Entidad en el desarrollo de su objeto y de sus

fines, será el que resulte de su organización empresarial, la cual deberá garantizar, en todo

caso, un adecuado funcionamiento de la Entidad y su adaptación tecnológica, permitiendo la

realización de las inversiones necesarias, así como su rentabilidad institucional.

Artículo 30º.- Régimen presupuestario.

1. El ejercicio económico tendrá una duración anual y su inicio coincidirá con el primer día

de cada año, excepto en el año de creación de la Entidad.

2. El Expediente de Presupuestos, formado por el/la Director/a de la Entidad constará de:

a) Estado de Previsión de Gastos e Ingresos que incluirá:

La cuenta de explotación.

La cuenta de otros resultados.

La cuenta de pérdidas y ganancias.

Los estados de previsión de las cuentas de explotación, de otros resultados y de pérdidas y

ganancias se elaborarán y presentarán de acuerdo con el Plan General de Contabilidad vigente

adaptado a las empresas de aguas.

Se incluirán, en todo caso, los créditos necesarios para atender el cumplimiento de las

obligaciones inherentes al sostenimiento de la actividad de la Entidad. Y las estimaciones de los

distintos recursos económicos a liquidar por la Entidad durante el ejercicio.

Este estado no necesitará ajustarse a la estructura presupuestaria de las Entidades Locales.

b) Programa anual de actuación, inversión y financiación. En el se detallará:

El Presupuesto de Capital formado a su vez por:

El estado de inversiones reales y financieras a efectuar durante el ejercicio. Con detalle

individualizado por municipio.

El estado de las fuentes de financiación de las inversiones.

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La relación de los objetivos a alcanzar y de los ingresos que se esperan generar.

Memoria de las actividades que vayan a realizarse en el ejercicio.

c) El Anexo específico de Personal donde se ineluirá la relación detallada del personal y

sus clases existentes en la Entidad y la RPT de la misma.

d) Anexo Específico de Estado de la deuda donde se detallará la naturaleza e importe de

la misma.

3. Formado el Presupuesto será aprobado inicialmente por el Consejo de Administración que

lo elevará a la Junta General, antes del quince de septiembre.

4. Los expedientes de modificación al presupuesto, cuyos recursos financieros no estén

basados en mayores ingresos anuales respecto a los estimados: serán formados por el/la

Director/a de la Entidad y aprobados inicialmente por el Consejo de Administración; serán

enviados a la Junta General de conformidad con lo establecido en los presentes Estatutos y el

TRLRHL. Aprobado, en su caso, el expediente será inmediatamente ejecutivo desde el día

siguiente al de emisión del acuerdo.

Los expedientes basados en recursos financieros generados por mayores ingresos

anuales, respecto a los estimados en el Presupuesto inicial serán formados por el/la Director/a

de la Entidad y aprobados por el Consejo de Administración, siendo plenamente ejecutivos

desde el momento de su aprobación.

Artículo 31º.- Régimen contable.

l. La Entidad pública empresarial estará sujeta al régimen de contabilidad pública, sin

perjuicio de que se adapten y apliquen los principios y normas de contabilidad recogidos en el

Código de Comercio y en el Plan General de Contabilidad de la empresa española adaptado a

las empresas de aguas (Orden de 10 de Diciembre de 1998) de adaptación del PGC a las

empresas del sector de abastecimiento y saneamiento de aguas, o cualquier otro que lo

sustituya.

2. La sujeción al régimen de contabilidad pública lleva consigo la obligación de rendir

cuentas de las respectivas operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, al Tribunal de Cuen-

tas.

3. El ejercicio contable coincidirá con el ejercicio presupuestario.

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Artículo 32.- Cuentas anuales.

1. La A.P.E.L. deberá formular su cuenta anual, de acuerdo con los principios y normas de

contabilidad recogidos en el Plan General de Contabilidad de la empresa española en el plazo

máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio económico.

2. La cuenta anual tendrá en cuenta, respecto a los resultados del ejercicio, que cualquier

superávit o beneficio del servicio se aplicará a un fondo de reservas: cuya disposición será

exclusivamente: la de compensación de pérdidas de otros ejercicios o la de inversiones en los

municipios miembros o asociados donde se presten todos o algunos de los servicios del ciclo

integral del agua.

3. Junto con la cuenta anual, formada de conformidad con las exigencias de la contabilidad

privada mercantil citada, se incorporará el Informe de Auditoria, un informe relativo al

cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero asumidas por la Entidad

pública empresarial como consecuencia de su pertenencia al sector público.

Además una Memoria de costes, rendimientos y cumplimiento de objetivos.

Artículo 33º.- Tutela y controles de la Entidad.

A) Tutela.

l. La función tuitiva de la Entidad es ejercida por el la Diputación Provincial de Granada,

integrada su Pleno en la Junta Genera de la A.P.E.L.

2. Las facultades tutelares comprenden:

a) Aprobar el estado de previsión de gastos e ingresos anual de la Entidad.

b) Aprobar las cuentas generales de la gestión económica de la Entidad.

c) Aprobar la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo.

d) Aprobar los importes de las tasas y precios públicos que constituyan ingresos de la Entidad.

e) La participación en otras Entidades y su creación y la participación en organizaciones

supramunicipales.

t) La aceptación de delegaciones de competencia y encomiendas de gestión de

Administraciones distintas a los municipios asociados a la A.P.E.L.

g) La Reglamentación de los servicios públicos que presta la Entidad.

h) El establecimiento de las normas a partir de las cuales los órganos de la Entidad puedan

determinar y modificar las condiciones retributivas del personal, así como la aprobación de la

Plantilla y la RPT.

i) Aprobar la enajenación de bienes inmuebles integrados en el patrimonio de la Entidad, así

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204

como la constitución y enajenación de derechos reales, y las transacciones con ellos

relacionadas. Y los contratos que superen los límites cuantitativos o temporales establecidos en

este Estatuto.

j) Los Convenios Colectivos o Acuerdos o Instrumentos de negociación colectiva.

k) La exigencia de responsabilidades a los titulares y miembros de los órganos de gobierno y

dirección de la Entidad.

l) La sanción disciplinaria que implique despido respecto de los empleados fijos propios o

adscritos a la Entidad.

ll) La aprobación de las Bases generales de subvenciones.

m) Aprobar y modificar estos estatutos.

n) Cualquier otro supuesto previsto en estos estatutos, y explícita o implícitamente por la

normativa aplicable en la materia.

3. La Presidencia de la Diputación Provincial de Granada, a la que la Entidad está adscrita,

ejercerá funciones de control general sobre la eficacia en la gestión de ésta, así como controles

específicos sobre la evolución de los gastos de personal y sobre la gestión de sus recursos

humanos.

El/La Presidente/a podrá suspender los acuerdos y resoluciones de los órganos de la Entidad

que recaigan sobre asuntos que no sean de su competencia, sean contrarios a los intereses

generales del Municipio o del propio Instituto, o constituyan infracción manifiesta de las leyes,

dentro del plazo de setenta y dos horas a contar desde que sean notificados, o en su defecto,

desde que tome conocimiento de los mismos en cualquier forma.

B) Control interno.

Las funciones de control interno, respecto de la gestión económica del ente público, en su triple

acepción de función interventora, función de control financiero y función de control de eficacia

se efectuarán de conformidad con lo establecido en los artículos 213 a 223 del TRLRHL y demás

normativa que resulte de aplicación.

l. La persona titular de la Intervención de la Diputación ejercerá las funciones de función

interventora de la A.P.E.L., de acuerdo con lo dispuesto en el TRLRIHL y demás normativa de

aplicación.

2. El control financiero tendrá por objeto comprobar el funcionamiento en el aspecto

económico-financiero de la Entidad, informando acerca de la adecuada presentación de la in-

formación financiera, del cumplimiento de las normas y directrices que sean de aplicación y del

grado de eficacia y eficiencia en la consecución de los objetivos previstos.

El control financiero, se realizará por procedimientos de auditoria de acuerdo con las normas de

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205

auditoria del sector público.

Como resultado del control efectuado habrá de emitirse informe escrito en el que se haga

constar cuantas observaciones y conclusiones se deduzcan del examen practicado. Los infor-

mes, conjuntamente con las alegaciones efectuadas por la Entidad serán enviados, por

conducto del órgano de adscripción, junto con las Cuentas Anuales a la Junta General para su

examen.

3. El control de eficacia, tendrá por objeto la comprobación periódica del grado de cumplimiento

de los objetivos, así como el análisis del coste de funcionamiento y del rendimiento del servicio.

4. Tanto el/la titular de la función interventora como el/la de las funciones financiera y de

eficacia y los empleados que tengan a su cargo, ejercerán sus funciones con plena indepen-

dencia y podrán recabar cuantos antecedentes consideren necesarios, efectuar el examen y

comprobación de los libros, cuentas y documentos que consideren precisos, verificar arqueos y

recuentos y solicitar de quien corresponda, cuando la naturaleza del acto, documento o

expediente que deba ser intervenido lo requiera, los informes técnicos y asesoramientos que

estimen necesarios

Artículo 34º.- Control externo.

La fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de la Entidad y de todos los

organismos y sociedades que de ella pudieran depender es función propia del Tribunal de

Cuentas, con el alcance y condiciones que establece su Ley orgánica reguladora y su Ley de

funcionamiento

Artículo 35.-Recursos.

1. Los acuerdos no tributarios del Consejo de Administración, de la Comisión Ejecutiva y

del/de la Director/a en el ejercicio de las potestades administrativas, agotarán la vía ad-

ministrativa. Contra los actos del Consejo y la Comisión cabrá interponer los recursos

establecidos en la LRJAPyPAC de revisión y potestativo de reposición. Y firme el acto, el

contencioso-administrativo ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Contra los

actos del/de la Director/a de la Entidad cabrá interponer además del recurso potestativo de

reposición el de alzada ante el Consejo de Administración, y firme el acto el contencioso-

administrativo.

2. Contra los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e

ingresos de derecho público dictados por los órganos de dirección de la Entidad se formulará

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reclamación económico- administrativa ante los Tribunales de lo Económico-Administrativo. La

resolución que este dicte pondrá fin a la vía administrativa y contra ella solo cabrá la inter-

posición del recurso contencioso administrativo.

No obstante, dichos actos podrán ser objeto, antes de formular la referida reclamación, del

recurso potestativo de reposición previsto en el artículo 14 del TRLRHL.

3. Las pretensiones que se deduzcan frente a los actos sujetos al Derecho Privado

serán conocidas por la jurisdicción civil o laboral, según proceda, previa reclamación, en los tér-

minos establecidos en la legislación básica del procedimiento administrativo común, ante el

Consejo de Administración, que las resolverá definitivamente, salvo que afecten o versen sobre

materias sujetas al control y tutela de la Junta General, debiendo, en este caso, ser ratificadas

por esta.

4. El orden jurisdiccional civil será competente para conocer de cuantas cuestiones

litigiosas afecten a la preparación y adjudicación de los contratos privados que se celebren por

esta Entidad, siempre que dichos contratos no estén sujetos a una regulación armonizada.

5. La Entidad dispondrá de un registro de documentos propio, en soporte informático,

que tendrá conexión con el Registro General de la Diputación Provincial y que garantizará la

constancia de datos y la presentación de escritos. Su regulación se determinará por el Consejo

de Administración mediante acuerdo y estará a cargo del empleado de la Entidad en quien

delegue el Secretario del Consejo.

Artículo 36º.- Responsabilidad patrimonial

La A.P.E.L. responderá directamente de los daños y perjuicios causados a los

particulares en sus bienes y derechos, como consecuencia del funcionamiento del servicio que

presta, en los términos establecidos por la legislación vigente.

En atención al carácter de servicio público de su actividad, la responsabilidad patrimonial

se exigirá conforme a lo establecido en los artículos 139 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y en el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Pú-

blicas en materia de responsabilidad patrimonial, aprobado por R. D. 429/1993, de 26 de

marzo.

Artículo 37.- Modificación.

La propuesta de la modificación de los presentes Estatutos aprobada por el Consejo de

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207

Administración se enviará, por conducto del órgano de adscripción, a la Junta General

debiéndose seguir el procedimiento de publicidad reseñado en estos Estatutos para la

aprobación del mismo.

Artículo 38º.- Disolución y liquidación.

La Entidad Pública empresarial finalizará por acuerdo motivado de su Junta General.

Dicho acuerdo determinará cuál será la forma de gestión del servicio objeto de la Entidad, y el

destino de su personal y bienes, cumplimiento de sus obligaciones pendientes de pago y

liquidación de sus derechos pendientes de cobro.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Primera.-Los órganos de la Entidad que tienen asignadas las potestades administrativas

conferidas por la Diputación Provincial de Granada son respectivamente: El Consejo de

Administración, la Comisión Ejecutiva y el/la Director/a de la Entidad. Las funciones de impulso

de dichas potestades corresponderán al Secretario del Consejo de Administración y aquéllos

otros, pertenecientes a los municipios miembros o asociados de la Diputación, y de la Agencia

Andaluza del Agua que pudiera designar el Consejo de Administración en materias o

procedimientos administrativos específicos.

Segunda.-EI personal funcionario y laboral que viene desempeñando sus funciones dentro del

los servicios municipales delegados quedarán adscrito a la nueva Entidad pública empresarial, y

seguirá en la misma situación de servicio activo respecto del municipios de origen. Se le

respetarán los derechos retributivos, sociales, y de promoción interna. Si bien los puestos a los

que se adscribirán en la Entidad serán laborales, salvo especificación de puestos de funcionarios

en la RPT de la Entidad.

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La Entidad se subrogará en todos los contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos que

se encuentren vigentes en el momento en que asuma la prestación de los servicios públicos

municipales delegados y sean conformes a las Leyes.

DISPOSICIÓN FINAL.

Los presentes Estatutos entrarán en vigor una vez hayan sido aprobados definitivamente por la

Diputación Provincial de Granada y publicados en el BOP, en los términos previstos en el

artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local.

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ANEXOS:

1. Personal por categorías y coste laboral

2. Municipios integrantes de cada escenario

3. Información recabada sobre concesiones

administrativas.

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1. Personal por categorías y coste laboral

COSTES POR ESCENARIOS AÑO 2014

28 MUNICIPIOS

COSTE UNIT. ESCENARIO 1

(24A + 4B + 0C) ESCENARIO 2 (14A + 6B + 8C)

ESCENARIO 3 (10A + 12B + 6C)

GERENTE 40.000 1 40.000 1 40.000 1 40.000

DIRECTOR TECNICO 30.000 1 30.000 1 30.000 1 30.000

DIRECTOR ECONOMICO 30.000 1 30.000 1 30.000 1 30.000

JEFES DE SERVICIO 23.700 3 71.100 4 94.800 4 94.800

INFORMATICOS 23.700 0 0 1 23.700 1 23.700

SECRETARIAS 17.936 2 35.872 2 35.872 4 71.744

ADMINISTRATIVOS 17.936 2 35.872 3 53.808 4 71.744

AUXILIARES 16.797 2 33.594 3 50.391 6 100.782

MAESTROS DE TALLER 19.088 0 0 1 19.088 1 19.088

OFICIALES DE TALLER 17.936 0 0 0 0 0 0

ENCARGADOS DE PRODUCCION 19.088 5 95.440 7 133.616 12 229.056

OFICIALES ELECTROMECÁNICOS 17.936 3 53.808 5 89.680 6 107.616

INSPECTORES 17.936 2 35.872 3 53.808 4 71.744

TOTAL PLANTILLA 22 32 45 COSTES SALARIALES 461.558 654.763 890.274

Suplencias por vacaciones 38.463 54.564 74.190

Aportaciones a s.s 165.007 234.078 318.273

Primas e incentivos 50.002 70.933 96.446

COSTES LABORALES AÑO 2010 715.030 1.014.337 1.379.183 COSTES LABORALES AÑO 2014 (INCREMENTO 3% ANUAL) 804.773 1.141.645 1.552.282

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COSTES POR ESCENARIOS AÑO 2017 55 MUNICIPIOS

COSTE UNIT. ESCENARIO 1

(47 + 8 + 0) ESCENARIO 2

(33A + 12B + 10C) ESCENARIO 3

(27A + 17B + 11C)

GERENTE 40.000 1 40.000 1 40.000 1 40.000

DIRECTOR TECNICO 30.000 1 30.000 1 30.000 1 30.000

DIRECTOR ECONOMICO 30.000 1 30.000 1 30.000 1 30.000

JEFES DE SERVICIO 23.700 4 94.800 4 94.800 4 94.800

INFORMATICOS 23.700 1 23.700 1 23.700 2 47.400

SECRETARIAS 17.936 3 53.808 4 71.744 4 71.744

ADMINISTRATIVOS 17.936 3 53.808 4 71.744 4 71.744

AUXILIARES 16.797 4 67.188 6 100.782 8 134.376

MAESTROS DE TALLER 19.088 1 19.088 1 19.088 1 19.088

OFICIALES DE TALLER 17.936 0 0 0 0 1 17.936

ENCARGADOS DE PRODUCCION 19.088 8 152.704 10 190.880 16 305.408

OFICIALES ELECTROMECÁNICOS 17.936 5 89.680 7 125.552 9 161.424

INSPECTORES 17.936 4 71.744 5 89.680 7 125.552

TOTAL PLANTILLA 36 45 59 COSTES SALARIALES 726.520 887.970 1.149.472

Suplencias por vacaciones 60.543 73.998 95.789

Aportaciones a s.s 259.731 317.449 410.936

Primas e incentivos 78.706 96.197 124.526

COSTES LABORALES AÑO 2010 1.125.501 1.375.614 1.780.724 COSTES LABORALES AÑO 2017 (INCREMENTO 3% ANUAL) 1.266.761 1.548.265 2.004.220

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COSTES POR ESCENARIOS AÑO 2022 83 MUNICIPIOS

COSTE UNIT. ESCENARIO 1

(72A+ 11B+0C) ESCENARIO 2

(51A + 19B + 13C) ESCENARIO 3

(45A + 24B + 14C)

GERENTE 40.000 1 40.000 1 40.000 1 40.000

DIRECTOR TECNICO 30.000 1 30.000 1 30.000 1 30.000

DIRECTOR ECONOMICO 30.000 1 30.000 1 30.000 1 30.000

JEFES DE SERVICIO 23.700 4 94.800 4 94.800 4 94.800

INFORMATICOS 23.700 2 47.400 2 47.400 2 47.400

SECRETARIAS 17.936 4 71.744 4 71.744 5 89.680

ADMINISTRATIVOS 17.936 5 89.680 6 107.616 6 107.616

AUXILIARES 16.797 7 117.579 8 134.376 10 167.970

MAESTROS DE TALLER 19.088 1 19.088 1 19.088 1 19.088

OFICIALES DE TALLER 17.936 1 17.936 2 35.872 3 53.808

ENCARGADOS DE PRODUCCION 19.088 12 229.056 15 286.320 20 381.760

OFICIALES ELECTROMECÁNICOS 17.936 7 125.552 8 143.488 10 179.360

INSPECTORES 17.936 6 107.616 7 125.552 8 143.488

TOTAL PLANTILLA 52 60 72 COSTES SALARIALES 1.020.451 1.166.256 1.384.970

Suplencias por vacaciones 85.038 97.188 115.414

Aportaciones a s.s 364.811 416.937 495.127

Primas e incentivos 110.549 126.344 150.038

COSTES LABORALES AÑO 2010 1.580.849 1.806.725 2.145.549 COSTES LABORALES AÑO 2022 (INCREMENTO 3% ANUAL) 1.779.259 2.033.485 2.414.835

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2. Municipios integrantes de cada escenario

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3

AÑO 2014 (25%) AÑO 2014 (25%) AÑO 2014 (25%) MUNICIPIO POBLACIÓN MUNICIPIO POBLACIÓN MUNICIPIO POBLACIÓN

Alamedilla 721 Albuñuelas 1.015 Baza 23.359

Albuñuelas 1.015 Alhama de Granada 6.062 Beas de Granada 1.050

Beas de Guadix 378 Alicún de Ortega 526 Benalúa 3.326

Cacín 633 Alquife 718 Benamaurel 2.417

Cáñar 429 Castril 2.465 Caniles 4.955

Cogollos de Guadix 715 Cortes de Baza 2.266 Cortes de Baza 2.266

Cortes de Baza 2.266 Dólar 611 Cortes y Graena 1.037

Dehesas de Guadix 504 Dúrcal 7.264 Cuevas del Campo 2.077

Freila 1.109 Ferreira 342 Cúllar 4.766

Galera 1.106 Gorafe 489 Darro 1.468

Gor 920 Huélago 391 Fonelas 1.118

Guadahortuna 2.057 Huéscar 8.232 Freila 1.109

Huélago 391 Huétor de Santillán 1.824 Guadix 20.395

Juviles 176 Huétor Tájar 9.953 Güejar Sierra 2.967

Lanteira 567 Illora 10.440 Huéneja 1.201

Lobras 131 Iznalloz 7.065 Huétor de Santillán 1.824

Montillana 1.304 Juviles 176 Huétor Tájar 9.953

Morelábor 774 Lanjarón 3.897 Jerez del Marquesado 1.109

Nevada 1.174 Lanteira 567 Loja 21.574

Orce 1.333 Lugros 367 Monachil 6.967

Peza (La) 1.366 Monachil 6.967 Moraleda de Zafayona 3.136

Pórtugos 408 Moraleda de Zafayona 3.136 Peza (La) 1.366

Purullena 2.278 Morelábor 774 Purullena 2.278

Torre-Cardela 970 Órgiva 5.659 Salar 2.849

Turón 301 Puebla de Don Fadrique 2.517 Valle del Zalabí 2.297

Valle (El) 1.143 Torre-Cardela 970 Villanueva Mesía 2.173

Villamena 1.028 Turón 301 Zagra 968

Zafarraya 2.112 Valle del Zalabí 2.297 Zújar 2.997

AÑO 2017 (50%) AÑO 2017 (50%) AÑO 2017 (50%)

MUNICIPIO POBLACIÓN MUNICIPIO POBLACIÓN MUNICIPIO POBLACIÓN

Alamedilla 721 Alamedilla 721 Albuñuelas 1.015

Albuñán 436 Albuñán 436 Aldeire 707

Albuñuelas 1.015 Albuñuelas 1.015 Algarinejo 3.705

Aldeire 707 Aldeire 707 Alicún de Ortega 526

Alicún de Ortega 526 Algarinejo 3.705 Alquife 718

Almegíjar 392 Alhama de Granada 6.062 Baza 23.359

Alpujarra de la Sierra 1.153 Alicún de Ortega 526 Beas de Granada 1.050

Beas de Guadix 378 Alpujarra de la Sierra 1.153 Benalúa 3.326

Bubión 358 Alquife 718 Benamaurel 2.417

Cacín 633 Beas de Granada 1.050 Calahorra (La) 800

Cádiar 1.634 Benalúa 3.326 Caniles 4.955

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214

ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3 Calahorra (La) 800 Cacín 633 Castril 2.465

Campotéjar 1.420 Capileira 554 Cogollos de Guadix 715

Cáñar 429 Castril 2.465 Cortes de Baza 2.266

Capileira 554 Cogollos de Guadix 715 Cortes y Graena 1.037

Carataunas 192 Cortes de Baza 2.266 Cuevas del Campo 2.077

Cogollos de Guadix 715 Dehesas de Guadix 504 Cúllar 4.766

Cortes de Baza 2.266 Dólar 611 Darro 1.468

Cortes y Graena 1.037 Dúrcal 7.264 Dehesas de Guadix 504

Cuevas del Campo 2.077 Ferreira 342 Diezma 816

Dehesas de Guadix 504 Gobernador 285 Dólar 611

Diezma 816 Gor 920 Dúrcal 7.264

Dólar 611 Gorafe 489 Fonelas 1.118

Freila 1.109 Huélago 391 Freila 1.109

Galera 1.106 Huéneja 1.201 Gor 920

Gobernador 285 Huéscar 8.232 Gorafe 489

Gor 920 Huétor de Santillán 1.824 Guadix 20.395

Guadahortuna 2.057 Huétor Tájar 9.953 Güejar Sierra 2.967

Huélago 391 Illora 10.440 Huéneja 1.201

Huétor de Santillán 1.824 Iznalloz 7.065 Huéscar 8.232

Juviles 176 Jayena 1.225 Huétor de Santillán 1.824

Lanteira 567 Juviles 176 Huétor Tájar 9.953

Lecrín 2.322 Lanjarón 3.897 Illora 10.440

Lobras 131 Lanteira 567 Jerez del Marquesado 1.109

Lugros 367 Lecrín 2.322 Lanteira 567

Marchal 402 Loja 21.574 Lecrín 2.322

Montillana 1.304 Lugros 367 Loja 21.574

Morelábor 774 Marchal 402 Moclín 4.268

Murtas 682 Monachil 6.967 Monachil 6.967

Nevada 1.174 Montefrío 6.282 Montefrío 6.282

Orce 1.333 Moraleda de Zafayona 3.136 Moraleda de Zafayona 3.136

Peza (La) 1.366 Morelábor 774 Nigüelas 1.100

Pinar (El) 1.039 Murtas 682 Padul 8.440

Polícar 202 Nevada 1.174 Peza (La) 1.366

Pórtugos 408 Órgiva 5.659 Pinar (El) 1.039

Purullena 2.278 Pampaneira 298 Puebla de Don Fadrique 2.517

Taha (La) 685 Peza (La) 1.366 Purullena 2.278

Torre-Cardela 970 Puebla de Don Fadrique 2.517 Salar 2.849

Turón 301 Salar 2.849 Valle (El) 1.143

Valle (El) 1.143 Torre-Cardela 970 Valle del Zalabí 2.297

Valle del Zalabí 2.297 Turón 301 Villamena 1.028

Válor 726 Ugíjar 2.569 Villanueva de las Torres 733

Villamena 1.028 Valle (El) 1.143 Villanueva Mesía 2.173

Villanueva Mesía 2.173 Valle del Zalabí 2.297 Zagra 968

Zafarraya 2.112 Villanueva Mesía 2.173 Zújar 2.997

AÑO 2022 (75%) AÑO 2022 (75%) AÑO 2022 (75%)

MUNICIPIO POBLACIÓN MUNICIPIO POBLACIÓN MUNICIPIO POBLACIÓN

Alamedilla 721 Alamedilla 721 Alamedilla 721

Albuñán 436 Albuñán 436 Albuñuelas 1.015

Albuñuelas 1.015 Albuñuelas 1.015 Aldeire 707

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ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3 Aldeire 707 Aldeire 707 Algarinejo 3.705

Alicún de Ortega 526 Algarinejo 3.705 Alhama de Granada 6.062

Almegíjar 392 Alhama de Granada 6.062 Alicún de Ortega 526

Alpujarra de la Sierra 1.153 Alicún de Ortega 526 Alpujarra de la Sierra 1.153

Alquife 718 Alpujarra de la Sierra 1.153 Alquife 718

Arenas del Rey 2.071 Alquife 718 Arenas del Rey 2.071

Beas de Granada 1.050 Beas de Granada 1.050 Baza 23.359

Beas de Guadix 378 Beas de Guadix 378 Beas de Granada 1.050

Benalúa de las Villas 1.434 Benalúa 3.326 Benalúa 3.326

Benamaurel 2.417 Bérchules 820 Benalúa de las Villas 1.434

Bérchules 820 Bubión 358 Benamaurel 2.417

Bubión 358 Cacín 633 Cacín 633

Busquístar 311 Caniles 4.955 Cádiar 1.634

Cacín 633 Capileira 554 Calahorra (La) 800

Cádiar 1.634 Cástaras 268 Campotéjar 1.420

Calahorra (La) 800 Castilléjar 1.584 Caniles 4.955

Campotéjar 1.420 Castril 2.465 Castilléjar 1.584

Cáñar 429 Cogollos de Guadix 715 Castril 2.465

Capileira 554 Cortes de Baza 2.266 Cogollos de Guadix 715

Carataunas 192 Cortes y Graena 1.037 Cortes de Baza 2.266

Cástaras 268 Cuevas del Campo 2.077 Cortes y Graena 1.037

Castilléjar 1.584 Cúllar 4.766 Cuevas del Campo 2.077

Castril 2.465 Darro 1.468 Cúllar 4.766

Cogollos de Guadix 715 Dehesas de Guadix 504 Darro 1.468

Cortes de Baza 2.266 Deifontes 2.530 Dehesas de Guadix 504

Cortes y Graena 1.037 Diezma 816 Deifontes 2.530

Cuevas del Campo 2.077 Dólar 611 Diezma 816

Darro 1.468 Dúrcal 7.264 Dólar 611

Dehesas de Guadix 504 Ferreira 342 Dúrcal 7.264

Diezma 816 Galera 1.106 Fonelas 1.118

Dólar 611 Gobernador 285 Freila 1.109

Dúdar 335 Gor 920 Galera 1.106

Ferreira 342 Gorafe 489 Gor 920

Fonelas 1.118 Guadix 20.395 Gorafe 489

Freila 1.109 Güejar Sierra 2.967 Guadahortuna 2.057

Galera 1.106 Huélago 391 Guadix 20.395

Gobernador 285 Huéneja 1.201 Güejar Sierra 2.967

Gor 920 Huéscar 8.232 Huéneja 1.201

Gorafe 489 Huétor de Santillán 1.824 Huéscar 8.232

Guadahortuna 2.057 Huétor Tájar 9.953 Huétor de Santillán 1.824

Huélago 391 Illora 10.440 Huétor Tájar 9.953

Huéneja 1.201 Iznalloz 7.065 Illora 10.440

Huétor de Santillán 1.824 Jayena 1.225 Iznalloz 7.065

Jayena 1.225 Juviles 176 Jayena 1.225

Jerez del Marquesado 1.109 Lanjarón 3.897 Jerez del Marquesado 1.109

Juviles 176 Lanteira 567 Lanjarón 3.897

Lanteira 567 Lecrín 2.322 Lanteira 567

Lecrín 2.322 Loja 21.574 Lecrín 2.322

Lobras 131 Lugros 367 Loja 21.574

Lugros 367 Marchal 402 Moclín 4.268

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ESCENARIO 1 ESCENARIO 2 ESCENARIO 3 Marchal 402 Moclín 4.268 Monachil 6.967

Montillana 1.304 Monachil 6.967 Montefrío 6.282

Morelábor 774 Montefrío 6.282 Montejícar 2.481

Murtas 682 Montejícar 2.481 Montillana 1.304

Nevada 1.174 Moraleda de Zafayona 3.136 Moraleda de Zafayona 3.136

Nigüelas 1.100 Morelábor 774 Morelábor 774

Orce 1.333 Murtas 682 Nevada 1.174

Pampaneira 298 Nevada 1.174 Nigüelas 1.100

Pedro Martínez 1.158 Nigüelas 1.100 Orce 1.333

Peza (La) 1.366 Órgiva 5.659 Órgiva 5.659

Pinar (El) 1.039 Padul 8.440 Padul 8.440

Píñar 1.306 Pampaneira 298 Pedro Martínez 1.158

Polícar 202 Pedro Martínez 1.158 Peza (La) 1.366

Pórtugos 408 Peza (La) 1.366 Pinar (El) 1.039

Purullena 2.278 Polícar 202 Píñar 1.306

Santa Cruz del Comercio 596 Puebla de Don Fadrique 2.517 Puebla de Don Fadrique 2.517

Soportújar 242 Salar 2.849 Purullena 2.278

Taha (La) 685 Santa Cruz del Comercio 596 Salar 2.849

Torre-Cardela 970 Soportújar 242 Santa Cruz del Comercio 596

Torvizcón 784 Taha (La) 685 Torre-Cardela 970

Trevélez 842 Torre-Cardela 970 Trevélez 842

Turón 301 Torvizcón 784 Ugíjar 2.569

Valle (El) 1.143 Turón 301 Valle (El) 1.143

Valle del Zalabí 2.297 Ugíjar 2.569 Valle del Zalabí 2.297

Válor 726 Valle (El) 1.143 Villamena 1.028

Villamena 1.028 Valle del Zalabí 2.297 Villanueva de las Torres 733

Villanueva de las Torres 733 Villamena 1.028 Villanueva Mesía 2.173

Villanueva Mesía 2.173 Villanueva Mesía 2.173 Zafarraya 2.112

Zafarraya 2.112 Zagra 968 Zagra 968

Zagra 968 Zújar 2.997 Zújar 2.997

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3. Información recabada sobre concesiones

administrativas.

DARRO ABASTECIMIENTO SANEAMIENTO DEPURACIÓN

Año de inicio del contrato 02-01-2009 02-01-2009

Año de finalización del contrato 02-01-2013 02-01-2013

Canon de concesión (Euros)

PUEBLA DE DON FABRIQUE ABASTECIMIENTO SANEAMIENTO DEPURACIÓN

Año de inicio del contrato 21-1-2000 21-1-2000 30-1-2008

Año de finalización del contrato 20-1-2014 20-1-2014 20-1-2014

Canon de concesión (Euros) 106,38 pts/m3 48,38 pts/m3 -

UGÍJAR ABASTECIMIENTO SANEAMIENTO DEPURACIÓN

Año de inicio del contrato 2000 2000 2008

Año de finalización del contrato 2025 2025 2025

Canon de concesión (Euros) 590.868 45.024,5

MONTEFRÍO ABASTECIMIENTO SANEAMIENTO DEPURACIÓN

Año de inicio del contrato 2010 2010 N/A

Año de finalización del contrato 2035 2035 N/A

Canon de concesión (Euros)

HUÉSCAR ABASTECIMIENTO SANEAMIENTO DEPURACIÓN

Año de inicio del contrato 2006 2006 2005

Año de finalización del contrato 2031 2031 2020

Canon de concesión (Euros)

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MORELÁBOR ABASTECIMIENTO SANEAMIENTO DEPURACIÓN

Año de inicio del contrato 01-04-2008 01-04-2008

Año de finalización del contrato 01-08-2012 01-08-2012

Canon de concesión (Euros)

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