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GUÍA GENERAL DE APLICACIÓNDEL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA ELSECTOR INDUSTRIAL MANUFACTURERO
RASIM
Viceministerio de Industria, Comercio y ExportacionesUnidad de Medio Ambiente
UMA - VICE
Unidad de Medio AmbienteViceministerio de Industria, Comercio
y ExportacionesAv. Camacho No. 1488 Esq. Bueno
Teléfonos: 2359008, 2367452, Fax: 2359008E-mail: [email protected]
Página web: www.industria.gov.boGuía General de Aplicación del RASIM
La Paz, abril de 2003
UMA - VICE
Segunda Edición • Tiraje: 3000
Impresión: Artes Gráficas “Sagitario s.r.l.”
Participaron en la presente publicación:
Elaboración:Hernán García C.Gabriela Murillo C.Isabel Ortuño I.
Edición:Rolando Bustillos M.Grover Sánchez E.Gabriela Sotomayor T.
Incorporamos sugerencias de la CNI
Fresia Aguilar
Diseño de Tapas y Diagramación:
Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
La presente guía tiene el objetivo de informar a la población en general sobre la puesta en vigencia del "Reglamento Ambientalpara el Sector Industrial Manufacturero" mediante el Decreto Supremo Nº 26736, de 30 de julio de 2002, además de orientaracerca de las principales obligaciones a las que está sujeto el sector industrial y la forma de cumplir las mismas.
El Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero que en adelante denominaremos RASIM, es el resultado de unproceso participativo iniciado el año 1998, habiéndose efectuado una serie de estudios legales, institucionales y técnicos, ademásde consultas con los actores involucrados, cuyos resultados han orientado el nuevo enfoque..
El RASIM se enmarca en lo dispuesto por la Ley 1333 de Medio Ambiente promulgada el 27 de abril de 1992, además de otrasleyes concurrentes como: Ley 1654 de Descentralización Administrativa, Ley 1551 de Participación Popular, Ley 2028 deMunicipalidades y Ley 2341 de Procedimientos Administrativos; constituyéndose en un Reglamento actualizado con las normasvigentes en el país.
El enfoque del RASIM ha sido concebido considerando las nuevas tendencias de regulación concertada y participativa, para lograrun equilibrio entre los principios de legalidad, legitimidad y eficiencia ambiental, asimismo internaliza el concepto de"desregulación", priorizando sectores y simplificando los procedimientos con el fin de favorecer la competitividad.
Por estas características, el RASIM es innovador y motivador de una gestión ambiental adecuada para la industria, comprometidacon el desarrollo sostenible por interés propio induce a que la industria sea protagonista en la solución de los problemasambientales a través de la aplicación de instrumentos y procedimientos expeditos y transparentes.
Viceministerio de Industria, Comercio y Exportaciones
Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
Contenido
Pág.
1. MARCO INSTITUCIONAL DEL RASIM 5
1.1 En el ámbito nacional: 5
1.2 En el ámbito departamental: 5
1.3 En el ámbito local: 5
2. INSTRUMENTOS DE REGULACIÓN QUE ESTABLECE EL RASIM 7
2.1 Instrumentos de Regulación de Alcance General 7
2.2 Instrumentos de Regulación de Alcance Particular 12
3. INCENTIVOS Y SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL INDUSTRIAL 16
3.1 Incentivos 16
3.2 Sistema de Información Ambiental Industrial 17
4. GESTIÓN PÚBLICA 17
5. SERVICIOS QUE PRESTA EL ORGANISMO SECTORIAL COMPETENTE (OSC)
PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RASIM 18
SIGLAS 19
5
Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
1. MARCO INSTITUCIONAL DEL RASIM
De conformidad con el Título I, Capítulo III del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (RASIM) las
instituciones públicas encargadas de velar por su cumplimiento son las siguientes:
1.1 En el ámbito nacional:
• Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación, MDSP.
• Viceministerio de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Forestal (VMARNDF).
• Viceministerio de Industria, Comercio y Exportaciones (VICE), como Organismo Sectorial Competente (OSC).
1.2 En el ámbito departamental:
• La Prefectura del Departamento, mediante de la Instancia Ambiental Dependiente del Prefecto (IADP).
1.3 En el ámbito local:
• El Gobierno Municipal, mediante de la Instancia Ambiental de su dependencia (IAGM).
En la siguiente figura, se presenta un resumen de las
principales atribuciones, funciones y competencias
de cada una de las instituciones públicas involucradas
en la temática ambiental industrial.
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
figura 1. LAS INSTITUCIONES Y SUS COMPETENCIAS
Propone normas y políticas, capacita y presta asistencia técnica alos órganos operativos.
Promueve la competitividad y productividad industrial, laelaboración y aplicación de guías técnicas ambientales y normasbolivianas, además la generación de información.
Gestiona instrumentos económicos e incentivos.
Formula y aplica planes, gestiona instrumentos económicos e incentivos parael desarrollo sostenible del sector industrial en el ámbito de su jurisdicción.
Categoriza a las industrias y revisa EEIA’s, MAI’s, PMA’s e IAA’s Otorga Certificados de Aprobación. Ejerce funciones de seguimiento e inspección. Gestiona la implementación de infraestructura de servicios para la gestión deresiduos industriales.
En base a los informes de los gobiernos municipales emite la DIA y la DAA.
Apoya el fortalecimiento de la capacidad de gestión ambiental industrial de losgobiernos municipales.
Promueve la implementación de: infraestructura de servicios para la gestión deresiduos industriales, áreas de uso de suelo industrial y parques industriales
Norma, planifica y fiscaliza la gestión ambiental industrial a nivelnacional, debiendo incorporar en las políticas nacionales loscriterios sectoriales.
Gestiona recursos para el fortalecimiento ambiental industrial. Desarrolla instrumentos económicos e incentivos para la gestiónambiental del sector industrial.
En tanto se constituyan las instancias ambientales en los gobiernos municipales que no las tuvieren, las funciones
y competencias de éstas serán asumidas, transitoriamente por las instancias ambientales de las prefecturas.
NIVEL POLÍTICO NORMATIVO
NIVEL TÉCNICO NORMATIVO
NIVEL OPERATIVO
NIVEL OPERATIVO
Ministerio deDesarrollo Sostenibley Planificación, MDSP
Prefectura,IADP
Viceministerio deIndustria, Comercio y
Exportaciones, OSC
Gobierno Municipal,IAGM
7
Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
2. INSTRUMENTOS DE REGULACIÓN QUE ESTABLECE EL RASIM
Para regular las actividades del sector industrial manufacturero en relación con el medio ambiente, el RASIM establece dos
tipos de instrumentos:
a) Instrumentos de Regulación de Alcance General, están referidos a todas aquellas disposiciones que atañen a
las industrias desde la categoría 1 a la categoría 4 en materia de sustancias peligrosas, contaminación atmosférica,
contaminación hídrica, residuos sólidos, contaminación de suelos, así como a las disposiciones sobre transferencia,
cierre y abandono de la unidad industrial.
b) Instrumentos de Regulación de Alcance Particular, deben ser asumidos por las actividades industriales de
categorías 1, 2 y 3 en forma individual, a efecto de adoptar medidas tendientes a prevenir y controlar la
contaminación inherente al sector industrial manufacturero, en función a la categorización establecida en el Anexo 1
del RASIM.
2.1 Instrumentos de Regulación de Alcance General
De acuerdo con los Capítulos I, II, III, IV, V y VI del Título IV del RASIM, los Instrumentos de Regulación de Alcance General
son:
2.1.1 En materia de sustancias peligrosas
La industria debe:
Sustituir las sustancias señaladas como prohibidas.
Minimizar el uso de las sustancias extremadamente peligrosas de las materias primas, insumos y productos (Anexo 10-A).
Además, debe manejar dichas sustancias conforme a las recomendaciones de las hojas de seguridad correspondientes e
informar al consumidor respecto a su peligrosidad, mediante instrucciones para el uso adecuado y disposición final de los
residuos.
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero2.1.2 En materia de contaminación atmosférica
La industria debe:
Sustituir combustibles por otros que minimicen la generación de emisiones de material particulado y dióxido de azufre.
Aplicar buenas prácticas operacionales.
Proceder a la captura de emisiones fugitivas.
Aislar las fuentes que generen ruidos, radiaciones y tratamiento de olores contaminantes.
Además, la industria debe cumplir con los límites permisibles de emisión de contaminantes y ruidos, Anexos 12 A y 12 C
respectivamente, o realizar el automonitoreo de sustancias específicas para cada rubro de producción, Anexo 12 B.
2.1.3 En materia de contaminación hídrica
La industria es responsable de la contaminación que puedan generar sus descargas hídricas, en este sentido debe:
Planificar y ejecutar acciones tendientes a separar las corrientes líquidas.
Recircular las sustancias hasta su agotamiento, conducción de derrames.
Usar el agua de manera eficiente..
Análogamente a las disposiciones establecidas en materia de contaminación atmosférica, las industrias deben cumplir con
límites permisibles de descargas y de automonitoreo de parámetros específicos, Anexos 13 A y 13 B respectivamente. El RASIM
también establece una serie de alternativas para la disposición de los efluentes y algunas prohibiciones, con el fin de garantizar
la calidad de los cuerpos de agua.
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero2.1.4 En materia de gestión de residuos sólidos
Las disposiciones sobre residuos sólidos se aplican también a aquellos líquidos, gases y semisólidos que estén contenidos en
recipientes sólidos. Las industrias deben:
Realizar acciones para reducir la generación de residuos, la recuperación, el reuso y reciclaje en sus procesos.
Además de clasificar los mismos en función a su peligrosidad para su adecuado manejo y almacenamiento temporal.
Para transferir los residuos a terceros con fines de reciclaje, así como para la disposición final se deben seguir ciertas
condiciones especificadas en el Reglamento.
2.1.5 En materia de contaminación de suelos
Las acciones dirigidas a prevenir y controlar la contaminación de los suelos, disponen:
La construcción y/o adecuación de las superficies de almacenes
Buenas prácticas en los sistemas de transportes, procesos y almacenamiento.
Evitar el vertido de sustancias que puedan afectar negativamente la calidad de los suelos y los acuíferos.
Todas las acciones tendientes a cumplir con las disposiciones descritas, deben estar planteadas en el Registro Ambiental
Industrial, Plan de Manejo Ambiental e Informes Ambientales Anuales; las mismas serán evaluadas y reveladas por el OSC a
través del Sistema de Evaluación y Revelación de Información (SERI), el cual se crea con el fin de incentivar la aplicación de
prácticas de Producción más Limpia, así como para evaluar y revelar el desempeño ambiental de la industria.
2.2 Instrumentos de Regulación de Alcance Particular
La industria desarrolla actividades económicas que involucran operaciones y procesos de transformación de materias primas,
insumos y materiales para la obtención de productos, existiendo distintos tipos y tamaños de industrias, por lo que el RASIM
aplica instrumentos particularizados, priorizando esfuerzos principalmente hacia las industrias de mayor tamaño y mayor
riesgo de contaminación, con el objeto de que éstas implementen la planificación ambiental en su gestión estratégica
empresarial.
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
En este sentido, los Capítulos I, II, III, IV, V, VI y VII del Título III del RASIM, disponen la aplicación de una serie deinstrumentos de regulación particular para:
a) Obtener información de las diferentes actividades industriales en materia ambiental.
b) Priorizar los esfuerzos de prevención y control de la contaminación del sector industrial, así como de seguimiento porparte del sector público.
Todas las industrias deben registrar su actividad, tanto en la fase de planificación del proyecto como en la etapa de operación,mediante el Registro Ambiental Industrial (RAI).
El registro tiene dos propósitos: primero, recabar información básica de las actividades industriales y segundo, en base a estainformación y a la Clasificación Industrial por Riesgo de Contaminación, categorizar las industrias con el objeto de definir el tipode estudio ambiental específico que deben presentar.
El proceso de categorización de las actividades industriales definido en el RASIM, toma en cuenta al Clasificador paraActividades Económicas de Bolivia a 5 dígitos (CAEB) y a la Clasificación Industrial por Riesgo de Contaminación (CIRC),además de indicadores de capacidades de producción.
Las industrias en proyecto deberán registrarse antes de iniciar cualquier actividad física de instalación y las industrias enoperación deberán registrarse según cronograma priorizado, a ser elaborado por la IAGM, en un plazo máximo de dos años apartir de la puesta en vigencia del RASIM.
Conforme a la Ley 1333, el RASIM define cuatro categorías de Industrias y detalla los siguientes Instrumentos de Regulación deAlcance Particular (IRAP):
Registro Ambiental Industrial RAIEstudio de Evaluación de Impacto Ambiental EEIADescripción del Proyecto DPManifiesto Ambiental Industrial MAIPlan de Manejo Ambiental PMAAnálisis de Riesgo Industrial y Plan de Contingencia ARI-PCInforme Ambiental Anual IAA.
En la siguiente figura, se describen los principales objetivos de cada uno de los Instrumentos de Regulación de AlcanceParticular.
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
figura 2. Instrumentos de Regulación Ambiental Particular
La siguiente figura muestra los instrumentos que deben elaborar y presentar las actividades industriales, en virtud de su categoría.
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
INFORME AMBIENTAL ANUAL Es el informe anual que detalla las acciones ejecutadas y los objetivos cumplidos conformea la planificación contenida en el PMA, con el fin de hacer un seguimiento a loscompromisos asumidos por la industria.
ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
Es el estudio mediante el cual se identifican, predicen y evalúanlos probables impactos positivos y negativos que pueden causarlas actividades de la implementación y operación de undeterminado proyecto de Categorías 1 y 2, definiendo lasmedidas y acciones preventivas y de control de los impactosnegativos en el PMA. En base a este estudio la autoridadcompetente autoriza la implementación del proyecto industrial.
REGISTRO AMBIENTAL INDUSTRIAL
Es el registro mediante el cual se obtieneinformación general y ambiental de lasindustrias en proyecto y operación. El registroy la clasificación por riesgo de contaminaciónconstituyen el instrumento para lacategorización de las actividades industriales.
Mediante el ARI-PC se efectúa un análisis de los riesgos sobre el medioambiente y la salud, que puedan causar la actividad de una industria,con el objeto de diseñar un plan de contingencias que incluya lasmedidas de prevención de riesgos, procedimientos de emergencias,remediación de daños, medidas de seguridad, etc. El ARI-PC sepresenta como parte integrante del PMA.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Es el documento que contiene ladescripción de las actividades que seplanifica implementar en las industriasen proyecto de Categoría 3, así como ladescripción del entorno físico, natural ysocioeconómico del área del proyecto.
Es el plan mediante el cual se efectúa un diagnóstico o predicción de lasituación ambiental de una industria en operación y proyectorespectivamente, con el objeto de definir las acciones y medidas que seasumirán a fin de prevenir y controlar la contaminación que seestuviera generando o se prevé generar. El plan incluye además:cronogramas, presupuestos, automonitoreos y otros.
ANÁLISIS DE RIESGOS INDUSTRIALES Y PLAN DE CONTINGENCIASMANIFIESTO AMBIENTAL INDUSTRIAL
Es el documento que contiene ladescripción de las actividades de lasindustrias en operación de Categorías1, 2 y 3, así como la descripción delentorno físico, natural ysocioeconómico del área de laindustria en operación.
RAI
DP
MAI
IAA
ARIPC
PMA
EEIA
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
ELABORACIÓN YPRESENTACIÓN
MAI CATEGORÍAS 1-2-3
2º
PMAARIPC
ELABORACIÓN DEL IAA
CADA AÑO
ARIPCPMAEEIACATEGORÍAS 1-2
CATEGORÍA 3
2º ELABORACIÓN YPRESENTACIÓN
ARIPCPMADP
REGISTRARSE
EN EL RAICATEGORIZACIÓN 1ºREGISTRARSE
EN EL RAICATEGORIZACIÓN1º
OBTENCIÓN DE:
DAA
CA
CATEGORÍAS 1-2
CATEGORÍA 3
3º
Industrias en OperaciónIndustrias en Proyecto
INICIO DE OPERACIONES4º
OBTENCIÓN DE:
DIA
CA
CATEGORÍAS 1-2
CATEGORÍA 3
3º
RAI: Registro Ambiental Industrial
EEIA: Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental
DP: Descripción del Proyecto
MAI: Manifiesto Ambiental Industrial
PMA: Plan de Manejo Ambiental
ARI - PC: Análisis de Riesgo Industrial y Plan de Contingencias
Cat. 3 cuando usa sustancias peligrosas o tiene una
concentración de más de 100 personas
DIA: Declaratoria de Impacto Ambiental
DAA: Declaratoria de Adecuación Ambiental
CA: Certificado de Aprobación
IAA: Informe Ambiental Anual
RENOVACIÓN DEL RAI
CADA 5 AÑOS
*
CADA 5 AÑOS
RENOVACIÓN DEL PMA
INSTRUMENTOSDE REGULACION
DE ALCANCEPARTICULAR (IRAP)
Figura 3.
*
*
Tabla 1. Procedimientos
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
INDUSTRIA ¿Cuándo se presenta? ¿Qué debe hacer la industria? ¿Dónde presenta?¿Cuándo se actualiza?¿Cuándo se renueva?¿Qué hace la autoridad?
Proy
ecto
y O
pera
ción Industrias en Proyecto:
Antes de iniciar cualquieractividad física de instalación
Industrias en Operación:En el plazo de 2 años a partir dela puesta en vigencia del RASIMsegún cronograma de la IAGM.
Debe recabar en la IAGM elformulario, llenarlo y presentaren dos (2) ejemplares.
A la IAGM 1. La IAGM revisa el RAIcategoriza a la industria,sobre 2. La base del Anexo 1del RASIM.
Industrias en ProyectoEn 5 días hábiles.
Industrias en OperaciónEn 10 días hábiles.
Se actualiza cuando la industria:• Inicia operaciones.• Cambia de razón social.• Cambia de representante legal.• Cierra su actividad.Se modifica cuando la industria:• Diversifica el rubro de producción.• Amplia su capacidad instalada.Se renueva cada 5 años.
Proy
ecto
Cuando la industria ha obtenidola Categoría 1 ó 2, antes deiniciar cualquier actividad físicade instalación.
Debe elaborar un EEIA y unPMA según los Anexos 3 y 7 delRASIM, presentar en cuatro (4)ejemplares impresos y una copiaen medio magnético.
1. La IAGM revisa el EEIA y el PMA2.Elabora y remite un informe de
revisión a la IADP3.Para que expida o niegue la
Declaratoria de ImpactoAmbiental (DIA).
A la IAGM La IAGM revisará elEEIA y el PMA y enviaráel informe a la IADP en20 días hábiles. La IADPexpide o niega la DIA en5 días hábiles.
Se renueva solamente el PMAcada cinco años.
¿En qué plazo?
Cuando la industria haobtenido la Categoría 3, antesde iniciar cualquier actividadfísica de instalación.
Debe elaborar una Descripcióndel Proyecto y un PMA según losAnexos 5 y 7 del RASIM,presentar en cuatro (4)ejemplares impresos y una copiaen medio magnético.
1.La IAGM revisa la Descripcióndel Proyecto y el PMA,
2.Elabora un informe de revisión3.En base al cual se expide o niega
el Certificado de Aprobación.
A la IAGM Se renueva solamente el PMA cadacinco años.
En 15 días hábiles.
Ope
raci
ón
Conforme a cronograma yplazos establecidos por la IAGMen coordinación con el sectorregulado y la IADP. El plazomáximo de presentación es de3 años.
Debe elaborar un MAI y un PMAconforme a los Anexos 6 y 7 delRASIM, presentar en cuatro (4)ejemplares impresos y unacopia en medio magnético.
A la IAGM Categoría 1 y 21. La IAGM revisa el MAI y el PMA,2. Elabora y remite un informe de
revisión a la IADP3. Para que emita o niegue la
Declaratoria de AdecuaciónAmbiental (DAA).
Categoría 31. La IAGM revisa el MAI y el PMA
2. Elabora un informe de revisión3. En base al cual se expide o niega
el Certificado de Aprobación.
En 15 días hábiles. Se renueva solamente el PMA cadacinco años.
Proy
ecto
y O
pera
ción Categorías 1 y 2. Todas las
industrias en proyecto yoperación.
Categoría 3. Industrias enproyecto y operación cuandousen sustancias peligrosas ytengan una concentración de másde 100 personas.
Debe elaborar un ARI-PC
conforme el Anexo 7 del RASIM.
A la IAGMjuntamente al
PMA
Siendo que forma parte integrante del PMA, el
procedimiento se desarrolla juntamente al del PMA.
Se renueva solamente el PMA cadacinco años.
Ope
raci
ón Anualmente hasta el 30 demayo con información decierre al 31 de diciembre delaño anterior.
Debe elaborar un IAA conformeal Anexo 9 del RASIM, en dos(2) ejemplares impresos y unacopia en medio magnético.
A la IAGM La IAGM revisa el IAA con elobjeto de real izar e lseguimiento al cumplimientode lo especificado en el PMA.
Se presenta anualmente
Cat
ego
rías
1-2-
3-4
Cat
ego
rías
1-2
Cat
ego
ría
3C
ateg
orí
as1-
2-3
Cat
ego
rías
1-2-
3C
ateg
oría
s1-
2-3
IRAP
RAI
EEIA+
PMA
DP+
PMA
MAI+
PMA
ARI P
CIA
A
Será definido por laautoridad.
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
FLUJ
OGRA
MA
1PR
OCED
IMIE
NTO
DEL R
ASIM
PAR
A IN
DUST
RIAS
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CIÓN
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
3. INCENTIVOS Y SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL INDUSTRIAL
El RASIM prevé el desarrollo y aplicación de incentivos y otros instrumentos económicos para promover su cumplimiento, en
razón de haberse identificado este vacío como parte de las deficiencias que dificultaron el cumplimiento de los reglamentos
generales.
3.1 Incentivos
Los principales incentivos que define el RASIM son:
a) Financiamiento de proyectos para la implementación de prácticas de Producción Más Limpia (PML). El OSC, en
coordinación con el MDSP, propondrá un programa para el financiamiento de dichos proyectos.
b) Promoción de la aplicación de Guías Técnicas Ambientales. Incentivos para aquellas industrias que apliquen
Guías Técnicas Ambientales.
c) Promoción de la Certificación ISO 14001. Incentivos para aquellas industrias que obtengan la Certificación ISO
14001.
d) Revelación del desempeño ambiental de la industria mediante el Sistema de Evaluación y Revelación de
Información (SERI). Este sistema se estructurará sobre la base de indicadores diseñados con información del
RAI, PMA e IAA.
e) Otros instrumentos e incentivos económicos a ser establecidos por el MDSP.
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
3.2 Sistema de Información Ambiental Industrial (SIAI)
a) La información contenida en los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular del sector industrial, así como
los informes de desempeño de la gestión publica, tienen carácter público.
b) El OSC, difundirá documentos de investigación, hojas de seguridad, guías técnicas, información sobre Producción
Más Limpia, sistemas de gestión ambiental, resultados del Sistema de Evaluación y Revelación de Información
(SERI) y otros, mediante el Sistema de Información Ambiental Industrial (SIAI).
4. GESTIÓN PÚBLICA
En el Título VI del RASIM, se han incluido instrumentos que facilitan la gestión pública, evitan discrecionalidades y contribuyen
a su credibilidad.
En este sentido, se establecen normas relativas al modo de recepción, archivo, plazos, notificaciones, para todo trámite iniciado
ante las instancias ambientales.
Asimismo, se prevén los procedimientos para el diálogo y los acuerdos que propicien e incrementen los esfuerzos en la aplicación
del Reglamento, para solucionar problemas ambientales y conflictos. Además, se incluye entre las competencias de la gestión
pública la realización del seguimiento e inspección a las unidades industriales.
El seguimiento se realiza con el objetivo de verificar el cumplimiento de las acciones establecidas en el PMA, mediante la revisión
de los Informes Ambientales Anuales.
Las inspecciones pueden ser programadas, basándose en los PMA´s, por denuncia y de oficio.
El RASIM toma en cuenta la participación de la población, como un instrumento estratégico que coadyuva a la gestión ambiental,
mediante mecanismos de denuncia y alerta, definidos en los Artículos 120 y 121.
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Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
5. SERVICIOS QUE PRESTA EL ORGANISMO SECTORIAL COMPETENTE (OSC) PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DEL RASIM
El Viceministerio de Industria y Comercio Interno, en su calidad de Organismo Sectorial Competente (OSC), mediante su Unidad de
Medio Ambiente, tiene la función de prestar los siguientes servicios:
a) Proporcionar asistencia técnica y brindar capacitación en gestión ambiental industrial y en la aplicación del RASIM, tanto
a las instancias ambientales del sector público como al sector industrial manufacturero.
b) Promover la elaboración de Normas Bolivianas, en materia de gestión y manejo de sustancias peligrosas, contaminación
atmosférica, hídrica, suelos y otras relacionadas con la actividad industrial.
c) Elaborar y difundir guías y manuales ambientales diseñados en el marco del RASIM, entre otras:
• Guía general de aplicación del RASIM.
• Guías de elaboración de RAI, EEIA, MAI, PMA para el sector privado.
• Manual de aplicación del RASIM para el sector público.
d) Recolectar y procesar información, documentación e investigación, relativas a la gestión ambiental industrial para
difundir este material al público en general y en especial a las industrias. El trabajo se realizará mediante la página web
y otros medios de difusión.
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SIGLAS
ARI-PC Análisis de Riesgo Industrial y Plan de Contingencia
CA Certificado de Aprobación
DP Descripción del Proyecto
DIA Declaratoria de Impacto Ambiental
DAA Declaratoria de Adecuación Ambiental
EEIA Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental
IAA Informe Ambiental Anual
IADP Instancia Ambiental Dependiente del Prefecto
IAGM Instancia Ambiental del Gobierno Municipal
IRAG Instrumentos de Regulación de Alcance General
IRAP Instrumentos de Regulación de Alcance Particular
MAI Manifiesto Ambiental Industrial
MDSP Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación
OSC Organismo Sectorial Competente
PMA Plan de Manejo Ambiental
PML Producción Más Limpia
RAI Registro Ambiental Industrial
RASIM Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero
SERI Sistema de Evaluación y Revelación de Información
SIAI Sistema de Información Ambiental Industrial
VMARN Viceministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
VICE Viceministerio de Industria, Comercio y Exportaciones
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Que las personas involucradas en la industria manufacturera cumplanlas normas y apliquen los instrumentos establecidos, implementensoluciones a sus problemas ambientales y estén abiertas al diálogo conla sociedad y las autoridades, y sean más conscientes de los efectos desu actividad en el medio ambiente;
Que la autoridad elabore y aplique instrumentos de regulación flexiblese incentivos concordantes con los cambios ambientales, tecnológicos,sociales, económicos y políticos;
Que la autoridad proporcione información adecuada y oportuna paradar a conocer los problemas ambientales de la industria manufactureray facilite la incorporación de mejores tecnologías disponibles;
Que la sociedad esté debidamente informada de los problemas ambientalesy participe de sus soluciones.
FINES DEL RASIM
Guía General de Aplicación del Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero