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    Espiral

    ISSN: 1665-0565

    [email protected]

    Universidad de Guadalajara

    Mxico

    Monten Gonzlez, Humberto; Riquelme Alcntar, Gabriela Mara Luisa

    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    Espiral, vol. XIII, nm. 38, enero-abril, 2007, pp. 81-109

    Universidad de Guadalajara

    Guadalajara, Mxico

    Disponible en: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=13803803

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    El presidenteCrdenas y el

    sufragio femeninoDurante el periodo presidencial del

    general Lzaro Crdenas, la lucha porel sufragio femenino cobr una fuerza yactivismo inusitados. Las organizaciones

    sociales, no slo feministas, sino polticasy sindicales, enarbolaron banderas que

    demandaban poner n a la discriminaciny marginacin que relegaba a las mujeresa un ltimo plano en la escala social. Esta

    demanda cont con la simpata y apoyo detodos los sectores progresistas del pas;

    el propio presidente Crdenas generen 1937 una iniciativa de ley a favor delsufragio femenino; no obstante, a punto

    de convertirse en ley se dio marcha atrsen esta reivindicacin, que en el pas y en

    el extranjero se daba como un logro.

    Palabras clave: sufragio, trabajadoras,sindicatos, partidos, discriminacin.

    Al despuntar la dcada delos treinta se registr unauge en la lucha de los secto-res democrticos por reivin-dicar los derechos plenos de

    la mujer a la par con el hombre. A lolargo de la dcada anterior la mujerproletaria se haba venido incorpo-rando a los trabajos productivos,

    logrando incluso su aceptacin enorganizaciones sindicales. En elmovimiento obrero haran suyaslas demandas de los obreros y pocoa poco a stas aadiran sus propiasreivindicaciones.

    Los sectores obreros organiza-dos, aun a pesar de estar mayo-ritariamente constreidos por elreformismo imperante, inevitable-mente fueron resintiendo el inujode las ideas avanzadas, que no

    slo no separaban las luchas de losproletarios hombres de las muje-res trabajadoras, sino que fueroncobrando conciencia de apoyarcambios radicales en materia dederechos democrticos.

    Cierta literatura de la pocaconsigna la inconformidad de lasmujeres por el estado de cosas pre-dominante en materia de derechossociales. Las mujeres de la llamada

    Humberto Monten GonzlezGabriela Mara Luisa Riquelme Alcntar

    Espiral,Estudios sobre Estado y Sociedad Vol. XIII No. 38 Enero / Abril de 2007 81

    Profesores investigadores del Centro deInvestigaciones Econmicas, Administrativasy Sociales, Instituto Politcnico Nacional.Becarios de la Comisin de Cooperaciny Fomento a las Actividades Acadmicas.Mxico.

    [email protected]@hotmail.com

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    alta sociedad reclamaban a tono con las corrientes femi-

    nistas que se abran paso en los pases europeos y EU unestatus de mayor independencia y libertades; sin embargo,su campo de accin estaba perfectamente acotado y retri-bua, ciertamente, reconocimiento social y paz espiritual:las organizaciones lantrpicas de todo tipo.

    En cambio las mujeres proletarias, obreras y campesinas,solteras o casadas, jvenes o viejas y aun en la ancianidad,no pasaban de ser menores de edad, pues nunca habranpodido aspirar a mezclarse en asuntos serios que su mismoesposo, padre o hijo ignorasen. As, sin actividad civil nipoltica, la mujer proletaria se ocupaba en toda clase detrabajos abyectos por falta de una educacin que la pre-

    parase integralmente para la vida, por el sometimiento desta mediante la transmisin de una serie de falsos valoresque la alejaban de una formacin con altos valores cvicosy sociales.

    En las publicaciones obreras, en el propio rgano ocialde la CROMse criticaba la falta de una educacin obreraque preparase a las trabajadoras con una visin del mundoradicalmente opuesta a la idea burguesa de la mujer comoun ser frgil, ignorante y sumiso. Las mujeres proletariasestaban condenadas por falta de educacin, derechos y opor-tunidades, a estar atadas al pasado en aras de mantener

    un mal entendido equilibrio social.En la vida real multitud de hechos demostraban que lasmujeres, entregadas por diversas causas y motivaciones atrabajos manuales, eran capaces de sobreponerse y reali-zarlos como el mejor obrero.

    En la prctica se empezaba a operar un fenmeno socialcualitativamente diferente; ya no era slo la necesidadextrema y el desamparo lo que arrojaba a las mujeres a unmercado laboral injusto por desventajoso, as se mantu-vieran stas como las causas principales y predominantesan por muchos aos; en el despuntar de los aos treinta,

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    las mujeres lo que no queran era ser una carga para sus

    familiares, pero tampoco esclavas de los hombres.El capitalismo se vera reejado en el desarrollo de nue-vas industrias y tecnologas modernas, que ya no harantan indispensable el esfuerzo muscular; se haba ensan-chado considerablemente el campo de la produccin. Por lodems, histricamente, incluso en nuestro propio pas, sehaba demostrado ampliamente la capacidad del trabajofemenino; ste bien poda suplir al obrero, que era arrojadomasivamente de sus centros de trabajo por la crisis.

    A principios de los aos treinta, en plenitud del maximato,la mujer trabajadora tena, aunque muy limitada y acotada,participacin organizada en los partidos polticos y en los

    sindicatos. El PNR, ya desde sus primeros documentos deaccin programtica, considera la participacin de mujeresen los centros culturales para obreros y en las brigadas deaccin social; especcamente, de trabajadoras sociales,enfermeras, parturientas; profesoras de corte, confeccin ybordado; profesoras de cocina, repostera y contera (PNR,1930: 12-13, 47-56). Obviamente la mujer es coadyuvante, anivel directivo no gura ni siquiera en los mandos medios.

    El PNR, como el resto de organizaciones polticas, esesencialmente un partido de hombres; no se desconoce lapresencia y potencial que tienen las grandes masas feme-

    ninas del campo y las ciudades, cada vez ms activas en lossectores productivos; sin embargo, la actitud hacia ellas es,y ser por largo tiempo an, paternalista.

    No se diferenciaba mucho esta situacin en las organi-zaciones democrticas y revolucionarias, la mayor parte deellas viviendo en las condiciones de clandestinidad o semi-clandestinidad a que el maximato las someta al ponerlas almargen de la ley. Sin embargo, de stas vendrn los plan-teamientos ms avanzados y las luchadoras sociales mscombativas y consecuentes. Esto es, de las organizacionessocialistas, anarquistas y comunistas.

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    La Confederacin Regional Obera Mexicana (CROM),

    organizacin que recibe aliento y apoyo desde las esferasociales, cuyo mximo dirigente, Luis N. Morones, ya se haentronizado en la lite gobernante, impulsa la organizacinsindical, pero tambin se impone, las disciplina, subordinay somete; sobrevive apenas la vieja organizacin sindicalanarquista, la Confederacin General de Trabajadores(CGT), y se va abriendo paso en medio de persecucin yrepresiones la Central Sindical nica de Mxico (CSUM),alentada desde la ilegalidad por los comunistas.

    La cada vez mayor presencia y participacin organiza-da de las mujeres en la produccin, as como la fuerza yamplitud que comienza a cobrar la lucha de las ideas y la

    confrontacin poltica en los movimientos obrero y cam-pesino, coloca al orden del da tambin el debate en tornoa cuestiones altamente sentidas, tales como la cuestinfemenil. La emancipacin de la mujer deja de ser un asun-to meramente ideolgico y adquiere en la transicin delmaximato al cardenismo carcter poltico que moviliza alas trabajadoras e intelectuales de la poca.

    Para celebrar el Da Internacional de las Mujeres Traba-jadoras, las organizaciones de mujeres que constituyeronel Frente nico Pro Derechos de la Mujer realizaron del 8al 10 de marzo de 1936 la Primera Conferencia Nacional

    de Mujeres.El derecho al sufragio femenino, que ya antes haba sidosostenido y exigido por personas y agrupaciones, a partirde esta conferencia cobr una fuerza inusitada; mante-na su vigencia la Ley Electoral de Poderes Federales de1918 decretada por el presidente Carranza y las mujeresde pensamiento avanzado y progresista rechazaban esteembrollo legaloide que en mala herencia haba dejado elconstituyente.

    Por una parte, en la redaccin del texto constitucional elempleo genrico masculino en unos casos inclua a la mujer

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    y en otros la exclua. Por ejemplo, el Artculo 34 constitu-

    cional no niega a la mujer la condicin de ciudadano, ni, enconsecuencia, el derecho a votar que establece el Artculo 35;sin embargo, el Artculo 37 de la referida Ley Reglamentariade 1918 estableca:

    Son electores, y por lo tanto tienen derecho a ser inscritos en las listas

    del censo electoral de la seccin de su domicilio respectivo, todos los

    mexicanos varonesmayores de 18 aos, si son casados, y de 21 si no

    lo son, que estn en el goce de sus derechos polticos e inscritos sus

    nombres en los registros de la municipalidad de su domicilio.

    La Ley Electoral en cuestin no presentaba argumentacin

    clara para privar de sus derechos a la mitad de la poblacin(Chapa, 1938: 15-16).

    A estas alturas haba ya algunas legislaciones locales;por ejemplo, la XXXIVLegislatura del estado de Guanajua-to, que en 1934 expidi una ley que otorgaba a la mujer elderecho de votar en las elecciones municipales solamente,y restringido este derecho slo a un sector de mujeres.

    Las resistencias a reconocer plenos derechos a la mujeren todas las esferas de la vida poltica, social, econmica ycultural eran muchas. En las agudas polmicas que sobreestos temas se producen, las dirigentes e intelectuales fe-

    meninas recordaban que la lucha de las mujeres mexicanasdataba de mucho tiempo atrs y que su compromiso era lo-grar una organizacin social ms justa sobre la base de unadistribucin ms equitativa de la riqueza y una explotacinms adecuada de los medios de produccin que suprimieradenitivamente la explotacin de las mayoras en beneciode las minoras. En Mxico, sealaba la doctora MatildeRodrguez Cabo:

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    [...] como en el resto del mundo, la mujer, considerada globalmente,

    forma parte de la gran masa de los oprimidos, y su situacin de infe-rioridad tiene un doble aspecto: el econmico, por el hecho de ser

    trabajadora dentro y fuera del hogar, y el social, por el hecho biolgico

    de ser mujer (Rodrguez Cabo, 1937: 8 y 9).

    Nada resultaba ms agresivo, para quienes demandaban elreconocimiento de sus ms elementales derechos ciudada-nos, que el ser consideradas menores de edad y desconoceral propio tiempo el aporte extraordinario que las mujeresdieron a la Revolucin mexicana y que en esa poca, en suetapa constructiva, les daba la espalda.

    El general Antonio Villarreal, en entrevista con Rodr-

    guez Cabo, reconoci que las mujeres en la Revolucinhaban sido: Ms valientes que nosotros, ms decididas,ms abnegadas, con un espritu de sacricio ms amplio,las mujeres revolucionarias fueron siempre valiossimosauxiliares nuestros. Al recordar los duros tiempos de ladictadura porrista, el general Villarreal narr episodiosen los que, aunque paradjico, las mujeres dieron ejemplode virilidad y arrojo a los hombres. Sufrieron las mismaspersecuciones que ellos, en la crcel, en el destierro; nuncadesmayaron y hubo regiones de la Repblica donde las ver-daderas iniciadoras de la labor insurreccional que habra

    de culminar en el derrocamiento del dictador, fueron lasmujeres (Rodrguez Cabo, 1937: 12).Esperanza Balmaceda, en un estudio realizado a media-

    dos de los aos treinta y que intitul La mujer mexicana antela Revolucin, critica a los autores, incluidos precursoresrevolucionarios que, al escribir sobre este tema, no hacanreferencia alguna a los problemas que especcamente afec-taban a las mujeres, ni a lo que stas haban representadopara el movimiento social y revolucionario. Ms an, selamenta de que al referirse a la mujer durante la Revolu-

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    cin slo transmitan recuerdos dispersos y comentarios

    superuos.

    En diferente tono, todos estos comentarios encierran el mismo punto de

    vista: la mujer esclava del hogar para mayor honra y gloria del hombrey una incomprensin maniesta de los problemas de la mujer como

    ser humano simplemente (Balmaceda, s/f: 13 y 14).

    El reclamo por el derecho al sufragio femenino se debaa que las mujeres vean en este acto su reivindicacin, elsaldo de una deuda que la Revolucin tena con ellas. Elvoto, se pensaba, les abrira denitivamente el camino a lamitad de la poblacin marginada a todas las actividades en

    trminos de igualdad con el hombre.El 25 de enero de 1935, prcticamente al iniciarse la admi-

    nistracin del presidente Crdenas, ste tom una decisinque causara un revuelo que acaso el propio presidente noesperaba; en todo caso fue una seal para las agrupacionesfemeniles. Se trata del nombramiento de la maestra PalmaGuilln como Embajadora de Mxico en Colombia, lo cual seinterpret como un reconocimiento, de hecho, de los derechosde ciudadana para las mujeres mexicanas.

    El impacto fue inmediato. La Unin de Mujeres Ameri-canas, una organizacin feminista con sede en Nueva York,

    por conducto de una de sus dirigentes, Margarita Roblesde Mendoza, felicit al presidente Crdenas y, al propiotiempo, le formul una pregunta, inocente en apariencia:Las mujeres tienen, en su concepto, los derechos de ciu-dadana?

    La respuesta se produjo el 20 de marzo; el encargado deresponder fue el subsecretario de Gobernacin, FranciscoRamrez Villarreal, y a la letra dice:

    La Presidencia de la Repblica turn a esta Secretara la atenta nota de

    usted, fechada el 25 de enero ltimo; permitindome manifestarle en

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    respuesta, que habiendo hecho un amplio estudio por esta dependencia

    del Ejecutivo, sobre el artculo 34 Constitucional, se estim que no exis-ten razones tcnicas, no de otro orden, para negar a la mujer mexicana

    la calidad de ciudadana de la Repblica (Bremauntz, 1937: 27).

    Esta fue una de las primeras cartas que el Frente nicoPro Derechos de la Mujer present al Frente Socialista deAbogados de Mxico, que presida el licenciado Bremauntz.ste acudi a la Secretara de Gobernacin para informarsesi exista alguna declaracin o decisin del presidente Cr-denas con relacin al voto femenino; ah le enteraron quelo nico que exista al respecto eran diversos estudios, peroningn pronunciamiento explcito del presidente. Enton-

    ces, se interpret la respuesta del Ejecutivo a la Unin deMujeres Americanas en los siguientes trminos: [...] diceen comunicacin no precisada claramente, que la mujer notenga el derecho de voto, aunque le sean reconocidos losdems derechos y obligaciones que seala la Constitucinpara los ciudadanos [...]

    El nombramiento de la seorita Palma Guilln:

    [] slo justica que el Ejecutivo de la Unin ha reconocido a la

    mujer mexicana una de las prerrogativas de los ciudadanos, o sea, la

    de ocupar puestos pblicos, pero de ah no se deduce que haya reco-

    nocido, expresamente, que tengan el derecho de votar y ser votadas(Bremauntz, 1937: 27).

    Esta informacin la obtuvo Bremauntz el 15 de marzo.Dos das despus, el 17, en gira de trabajo por el estado deOaxaca, el presidente Crdenas recibi a los representantesde la prensa.

    [...] a pregunta especial hecha sobre la cuestin del voto femenino que

    tanto ha venido agitando al elemento interesado en los ltimos das,

    que la actitud del Ejecutivo respecto de la concesin del completo

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    ejercicio de la ciudadana para la mujer es la de fomentar, por cuantos

    medios sean posibles y necesarios, la organizacin de la trabajadoraen entidades econmicas y sindicatos a toda otra agrupacin tendente

    a beneciar a la mujer que la dirija e indique los medios y las leyes de

    defensa de sus derechos como asalariada, creando una conciencia de

    clase, un espritu de trabajo y un deber de compaerismo.

    La organizacin en tal sentido acelerar forzosamente el desarrollo

    de la personalidad social y econmica de las trabajadoras, dndoles

    una fuerza que obligue a ser el apoyo del elemento masculino y de las

    leyes y de sus peticiones.

    Por eso es necesario aprovechar toda oportunidad para indicar,

    especialmente a las trabajadoras del campo, ya que las de la ciudad hanrecibido ms benecios de la Revolucin, la forma y el camino que debe

    conducirlas primero a integrar agrupaciones ms slidas (El Nacional,18 de marzo de 1935).

    Como se observa, el presidente Crdenas todava en marzode 1935 no tena una decisin denitiva con relacin al votofemenino; manifestaba s una simpata y solidaridad hacialas trabajadoras, y ya estos implcitos llamados a que seorganicen y fortalezcan en sus organizaciones sindicalesno establecen cortapisas legales para que se respeten susderechos como trabajadoras. Pero habra rodeado la pre-gunta directa .

    Como ya se ha sealado, el movimiento obrero viva in-usitados momentos de auge, los derechos de los obreros aorganizarse y a levantar sus demandas mediante la huelgaeran respetados por el Estado, como nunca antes se habavisto en la historia del pas.

    La presencia y derechos de las mujeres en las organiza-ciones comenzaban a verse reejadas en los documentosestatutarios y programticos de los organismos. As porejemplo, en los estatutos de la Unin Nacional de Empleadosdel Gobierno, constituyente del Frente nico de Trabaja-dores al Servicio del Estado, fundado el 16 de marzo de

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    1936, en donde quedaban agrupados obreros, empleados,

    servidumbre, tcnicos, profesionistas, etc., que prestaban susservicios en las ocinas, talleres y centros de trabajo en gene-ral del gobierno federal, de los estados o municipios (artculo1). En la fraccin III, inciso c, se plantea: Igual salario parahombres y mujeres por idntico trabajo, y en la fraccinVIse incluyen los derechos a seguro social, incluyndose entreotras prestaciones, la maternidad. Un aspecto interesante,adems, lo constituye el hecho de que en el Comit EjecutivoCentral se incluye una Secretara Femenil (artculo 13) y enla integracin del comit fundacional se incluyen dos mujeres:Carmen Orlaineta y Otilia Zambrano (Unin Nacional deEmpleados del Gobierno, 1936: 14).

    Seis meses ms tarde, en septiembre de 1936, se crela Federacin Nacional de Trabajadores del Estado; en loque hace a las reivindicaciones de las trabajadoras es msespecco:

    XV. Por la creacin de [...] casas cuna y hogares infantiles en anexos

    a la ubicacin de los centros de trabajo que cuenten con ms de cin-

    cuenta madres de familia al servicio del Estado (Federacin Nacional

    de Trabajadores del Estado, 1936: 4).

    Se reitera la igualdad de salarios y derechos sin distincin de

    sexos ni edades (fraccinXVI) y en la fraccin XVIIse estableceuna demanda muy sentida por la mujer trabajadora:

    Por la licencia de dos meses antes del parto y dos meses despus con

    goce ntegro de sueldo, sin excepcin para todas las trabajadoras que

    se encuentren en ese caso, abstraccin hecha de su estado civil (Fede-

    racin Nacional de Trabajadores del Estado, 1936: 4).

    Hacia 1937 el Frente Socialista de Abogados de Mxico,creado con el propsito de analizar asuntos de inters nacio-nal de ndole jurdica, econmica o social, abord la cuestin

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    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    del sufragio femenino por ser diran sus directivos, en

    los presentes momentos, de palpitante inters tanto desdeel punto de vista poltico como social.

    Quien los habra emplazado a abordar el estudio y debatede este problema fue el Frente nico Pro Derechos de laMujer, con la asesora del licenciado Alberto Coria.

    Lo que se solicit al Frente de Abogados Socialistas es quediese a conocer su opinin respecto a si los artculos 37, 41 y42 de la Ley Electoral para Poderes Federales, en vigor, sonanticonstitucionales, en virtud de que dichas disposicionesconeren el derecho de votar y ser votados nicamente a losmexicanos varones que renan los requisitos de ciudadana

    (Bremauntz, 1937: 9).Las agrupaciones femeninas sostenan que estos artculoseran anticonstitucionales, pues la Constitucin de 1917,aseguraban, no quitaba a las mujeres el derecho polticode tomar parte en las elecciones y ser votadas para puestospopulares.

    El Frente de Abogados Socialistas se comprometi arealizar el estudio correspondiente y a emitir un dictamenjurdico-constitucional sobre el problema, no sin antesadvertir que no habran de referirse a la conveniencia oinconveniencia social y poltica de conceder el voto a lamujer mexicana.

    La Ley Electoral de Poderes Federales de 1932, coinci-dente con la aprobada en 1918, en su captulo IV,De loselectores y de los elegidos, estableca:

    Artculo 37. Son electores, y por lo tanto, tienen derecho a ser ins-

    criptos [sic] en las listas del censo electoral de la seccin su domicilio

    respectivo, todos los mexicanos varones[subrayado nuestro] mayores

    de dieciocho aos, si son casados, y de veintiuno si no lo son, que estn

    en el goce de sus derechos polticos e inscriptos sus nombres en los

    registros de la Municipalidad de su domicilio (Secretara de Goberna-

    cin, 1932: 16-19).

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    El artculo 41 precisa: Son elegibles para el cargo de

    diputados al Congreso de la Unin, todos los que teniendola calidad de elector renan, adems, los requisitos [...]El artculo 42, en los mismos trminos seala: Son ele-

    gibles para el cargo de senadores al Congreso de la Unin,todos los que, teniendo la calidad de elector, renan, ade-ms, los requisitos [...]

    Como se observa por las disposiciones antes transcritas,el artculo 37 expresamente concede el derecho de elegir alos mexicanos varones, y en los artculos 41 y 42 se indicaque slo son elegibles para los cargos de diputados y se-nadores todos aquellos que tengan calidad de electores, osea, exclusivamente los varones, de acuerdo con el arriba

    citado artculo 37.Estos artculos son los que las organizaciones femeninas

    consideraban que eran francamente anticonstitucionales.La Constitucin General de la Repblica seala en su Ar-tculo 34:

    Son ciudadanos de la Repblica todos los que, teniendo la calidad de

    mexicanos renan adems, los siguientes requisitos:

    I. Haber cumplido diez y ocho aos, siendo casados, o veintiuno si no

    lo son, y

    II. Tener un modo honesto de vivir.

    En el Artculo 30 de la Constitucin se precisa quinestienen la calidad de mexicanos: La nacionalidad mexicanase adquiere por nacimiento o por naturalizacin [...]

    Hasta aqu, dira el licenciado Bremauntz, indiscuti-blemente estn comprendidos hombres y mujeres, y unainterpretacin gramatical y lgica llevara a la conclusinde que las mujeres tienen derecho a votar y ser votadas,puesto que el Artculo 35 de la Constitucin establece queson prerrogativas de los ciudadanos:

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    93Estado No. 38

    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    I. Votar en las elecciones populares; y

    II. Poder ser votado para todos los cargos de eleccin popular y nom-brado para cualquier otro empleo o comisin, teniendo las cualidades

    que establezca la ley.

    Si el Artculo 30, que habla de la nacionalidad mexicana,comprende tanto a varones como a mujeres, y el 34 indicaque son ciudadanos de la Repblica todos los que teniendo lacalidad de mexicanos (varones y mujeres) renan adems losrequisitos de la edad y el modo honesto de vivir, gramaticaly lgicamente tendremos que llegar a la conclusin, tomandoaisladamente dichos artculos, de que debe considerarsetambin a las mujeres como ciudadanos de la Repblica y,

    por consiguiente, con derecho a votar y ser votadas.Aadira el licenciado Bremauntz que los trminos que

    emplearon los constituyentes en algunos otros artculos dela Constitucin llevaran a la conclusin de que los derechosen ellos concedidos se reeren tanto a hombres como amujeres. Sin embargo, habra artculos en la Constitucin,por ejemplo el 35, fraccin IV, relativa a la prerrogativadel ciudadano a tomar las armas en el Ejrcito o GuardiaNacional para la defensa de la Repblica; y la fraccin IIdel Artculo 36 que seala como obligacin del ciudadanoalistarse en la Guardia Nacional, que a juicio de los aboga-

    dos no incluira a las mujeres, para lo cual responden conuna pregunta:

    Acaso los constituyentes tuvieron la voluntad de conceder todos y

    cada uno de los derechos y todas y cada una de las obligaciones jadas

    en estos artculos, tanto a los hombres como a las mujeres?

    En la lgica de la mentalidad de aquellos aos, y no habiendo indica-

    ciones en sentido contrario por el presidente de la Repblica, si hubo

    una excepcin para que las mujeres formaran parte del Ejercito Nacional

    lgicamente podramos hacerla tambin, al tratarse del derecho de la

    mujer de votar y ser votada (Bremauntz, 1937: 11).

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    Concluira entonces la Comisin de Puntos Constitucio-

    nales:

    [...] si la interpretacin gramatical favorece, indiscutiblemente, el punto

    de vista de que la Constitucin otorga amplios derechos polticos a la

    mujer, sin embargo, la interpretacin lgica que se haga del Artculo 34,

    con relacin a los artculos 35 y 36, pone en tela de duda los citados

    derechos polticos para la mujer (Bremauntz, 1937: 12).

    Hasta aqu el mtodo empleado por la Comisin es el dela interpretacin literal (gramatical y lgica) del texto cons-titucional; sin embargo, al resultar este mtodo insuciente,la Comisin procedi a aplicar lo que en derecho constitu-

    cional se conoce como interpretacin autntica y legal.La interpretacin autntica, para conocer la voluntad del

    legislador, toma como base el material legislativo constitui-do por los trabajos previos, proyectos, motivos, memorias,deliberacin de la comisiones,Diario de los debates, etc., queden a conocer cmo naci la idea, cmo se fue modicando,cmo se le atac y defendi, hasta llegar a formar un con-cepto de conjunto para encontrar el contenido de voluntadque se tuvo por la asamblea para expedir un precepto.

    De esta manera, una de las principales fuentes parael estudio de la referida controversia fue el Diario de los

    debates.Los antecedentes de los artculos 34, 35 y 36 de la Cons-titucin de 1917 eran casi idnticos a los contenidos en laConstitucin de 1857, encontrndose que esta Carta Magnano conceda ningn derecho poltico a las mujeres; en con-secuencia, stas no tenan el derecho de ciudadana y, porconsiguiente, tampoco los derechos polticos de votar y servotadas para puestos de eleccin popular.

    La fuerza y activismo inusitado que cobr el movimientofemenil por medio de multitud de organizaciones, los pro-nunciamientos de los dirigentes polticos de izquierda y

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    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    los dirigentes sindicales emergentes, as como destacadas

    personalidades de los campos de la poltica y la cultura, sinolvidar, por supuesto, que a nivel internacional un signocontrario a las manifestaciones del fascismo y el nazismo,y s, en cambio, caracterstico de las fuerzas socialistas ycomunistas, con las que al menos en teora comulgaba elrgimen cardenista, eran de apertura total hacia los movi-mientos feministas, hizo que muchos de los constituyentessobrevivientes intentaran desmentirse de lo que sancionadoy con su rma haba quedado en la Constitucin de 1917:negaron el voto y la ciudadana a la mujer.2

    El Frente Socialista de Abogados de Mxico, que ya desdenoviembre de 1936 haba lanzado la iniciativa para que se

    convocara a un nuevo congreso constituyente, en virtud deque todo el programa revolucionario disperso deba ponersea tono con la doctrina socialista, lo cual slo podra hacersecon una nueva constitucin, estim que justamente uno delos grandes vacos era la situacin de la mujer, y en estepunto precisa:

    2. En el Diario de los debates(Cmara de Diputados, 1921, p. 601), se lee lo siguiente:La doctrina expuesta puede invocarse para resolver negativamente la cuestindel sufragio femenino. El hecho de que algunas mujeres excepcionales tengan las

    condiciones necesarias para ejercer satisfactoriamente los derechos polticos, nofunda la conclusin de que stos deben concederse a las mujeres como clase. Ladicultad de hacer la seleccin autoriza la negativa.

    La diferencia de los sexos determina la diferencia en la aplicacin de las activi-dades; en el estado en que se encuentra nuestra sociedad, la actividad de la mujerno ha salido del crculo del hogar domstico, ni sus intereses se han desvinculadode los miembros masculinos de la familia; no ha llegado entre nosotros a rompersela unidad de la familia, como llega a suceder con el avance de la civilizacin; lasmujeres no sienten, pues, la necesidad de participar en los asuntos pblicos, comolo demuestra la falta en todo movimiento colectivo en ese sentido.

    Por otra parte, los derechos polticos no se fundan en la naturaleza del serhumano, sino en las funciones reguladoras del Estado, en las funciones que debeejercer para que se mantenga la coexistencia de los derechos naturales de todos;en las condiciones en que se encuentra la sociedad mexicana no se advierte lanecesidad de conceder el voto a las mujeres.

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    Humberto Monten y Gabriela Riquelme

    La situacin de la mujer en 1917, es muy distinta de la que ahora tiene,

    y, sobre todo, las actividades sociales y polticas en que ha tomadoparte, ya sea en forma individual o a travs de organizaciones femeninas,

    demuestran que existe en las mujeres mexicanas, un vivo deseo de

    tomar parte en la cosa pblica (Bremauntz, 1937: 40 y 41).

    Sin embargo, la Comisin de Puntos Constitucionales, ala hora de interpretar y emitir acuerdos, que era lo que sele haba solicitado, se divide, de tal suerte que dos son losacuerdos que se emiten.

    Uno lo suscriben los licenciados Alberto Bremauntz,Eduardo Guerra, Gregorio Merino Bastar y Antonio Cam-puzano, quienes argumentaban que la Constitucin se

    deba reformar:

    [...] a n de que, terminantemente, se establezca que la mujer mexi-

    cana goce de todos los derechos y prerrogativas que el Artculo 35

    Constitucional concede a los ciudadanos, inclusive el de votar y poder

    ser votadas [...]

    Hasta aqu, el grupo de abogados encabezados por Bremauntziba bien, pero no tard en salir el estalinismo criollo:

    [...] con la restriccin de este derecho para que disfruten del mismo,

    nicamente, las mujeres organizadas, las que no pertenezcan a ningunaasociacin confesional y, en trminos generales, todas las mujeres tra-

    bajadoras que constituyen actualmente un factor esencial en la lucha de

    clases y que estn alejadas del control moral y espiritual que en muchas

    de ellas tienen los enemigos de la transformacin de nuestro rgimen

    econmico y social (Bremauntz, 1937: 42).

    El temor de los abogados era que la clase conservadora, al con-cederse el sufragio universal femenino, se hiciese de un grancontingente de votantes, fanticas por naturaleza y con ideasy prejuicios antirrevolucionarios (Bremauntz, 1937:42).

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    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    En realidad, aderezada de socialismo, se trataba de la

    misma argumentacin que le neg el voto a la mujer en 1917;era otro discurso, pero en realidad deca lo mismo:

    [...] que se conceda el voto femenino nica y exclusivamente a la mujer

    revolucionaria y, en general, a la mujer trabajadora, es una posicin

    completamente de acuerdo con la doctrina marxista [sic!] que sustenta

    nuestro programa de principios, toda vez que dentro del postulado

    de la lucha de clases, y sin perder de vista que como socialistas cien-tcos [sic!] debe presentrsenos el panorama social del mundo [...]

    (Bremauntz, 1937: 42).

    Este grupo propuso que el Frente Socialista de Abogados

    de Mxico asumiera como acuerdos, primero, reconocer losderechos de ciudadana a las mujeres mexicanas, esto es,que pudieran ocupar cualquier empleo pblico o comisin,asociarse para tratar asuntos polticos del pas, formarparte en el Ejrcito de la Repblica y ejercer en toda clasede negocios el derecho de peticin, con excepcin de los dere-chos polticos de votar y poder ser votadas, [...] en virtudde que los Constituyentes de 1917, expresamente negaronestos derechos a la mujer [...]

    Y ya puestos en esta ortodoxia legal, declara anticons-titucionales la disposiciones de todas las constituciones y

    Leyes Electorales de los Estados que coneren el derechode sufragio a la mujeres, en forma activa o pasiva.Un segundo acuerdo recomienda dar un amplio respaldo

    al Frente nico Pro Derechos de la Mujer, a efecto de quelas mujeres mexicanas gocen de absoluta igualdad, en loque respecta a derechos civiles y polticos, con relacin alos hombres [...]

    Apoyar para que se reforme la Constitucin y pueda lamujer gozar de todos los derechos y prerrogativas que elArtculo 35 concede a los ciudadanos:

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    Humberto Monten y Gabriela Riquelme

    [...] incluso el de votar y poder ser votada, limitando este derecho para

    que disfruten del mismo, nicamente los sectores femeninos identi-cados con las orientaciones impuestas por la ideologa revolucionaria

    [...] (Bremauntz, 1937: 43).

    Como resultado del estudio realizado, el licenciado Valen-tn Rincn lleg a conclusiones radicalmente opuestas y,sin recurrir a la retrica doctrinaria, en la cual a nombrede Marx se practicaba un marxismo rampln, sustentque el problema de origen radicaba en una interpretacinincorrecta de los trminos genricos masculinos hombre,ciudadano, que en nuestra tradicin constitucional abar-can por igual a hombres y mujeres, igual a lo que ocurre con

    la Constitucin de EUAde la cual, arma Rincn, tomamosla mayor parte para la nuestra.

    Critica el empeo en buscar antecedentes legislativos ydoctrinales y la sabida opinin dividida de los constituyen-tes, pues tal recurso:

    [...] implica el peligro de que con fundamento pueda suponerse unafn maniesto por conseguir que las mujeres no logren participar

    de los derechos ni compartir las responsabilidades inherentes a la

    ciudadana.

    Argumenta que el derecho no puede permanecer inmvil y,en lo que se reere al socialismo, sostiene que ste:

    [...] no admite en sus doctrinas sistemas de opresin como los que se

    derivaran del predominio de algunos elementos sociales sobre otros

    de la misma categora, aceptan y reconocen el advenimiento de las

    mujeres a la vida pblica.

    Considera que es insostenible la tesis de apartar a lasmujeres por consideraciones ideolgicas que la ubican enel terreno del fanatismo y la reaccin, pues al marginarla

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    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    de la ley se le cierran las puertas para su propia emancipa-

    cin. Valentn Rincn establece una distancia notable conrelacin a los viejos e insostenibles prejuicios: los hombreshemos tenido miedo de resolver, de una vez por todas, elproblema de la ciudadana de las mujeres , de descubrir esapiedra angular, de reconocer la realidad de su existenciacomo factor importantsimo en el proceso de la producciny en todas las otras manifestaciones de la vida y de aceptarcomo evidente la justicia que les asiste al demandar comolo hacen, el respeto integral de sus derechos (citado porBremauntz, 1937: 43).

    Tendr que ser levantada actitud, justiciera y constitucional, adems de

    ser por naturaleza socialista y revolucionaria, la que tienda a liberar a lamujer del estado de inferioridad slo legal en que se ha pretendido

    colocarla (Bremauntz, 1937: 43).

    Para concluir, y como una demostracin de que se puede serclaro y simple, tanto en poltica como en derecho, proponeun acuerdo nico:

    El Frente Socialista de Abogados, despus de haber estudiado los artculos

    de la Constitucin Poltica de Mxico relativos a la ciudadana, reconoce y

    declara que los mismos preceptos, gramatical y lgicamente interpretados,

    comprenden por igual a hombres y mujeres (Bremauntz, 1937: 48).

    As de simple, se era el problema y sa la solucin. Pormayora ste fue el acuerdo que aprob el Frente Socialistade Abogados de Mxico; los trabajos se concluyeron el 18de marzo de 1937.

    El 1 de septiembre de 1937 el presidente Lzaro Cr-denas, en su mensaje al Congreso de la Unin, plante alLegislativo se promovieran las reformas correspondientes alArtculo 34 constitucional a n de otorgar plenos derechosciviles y polticos a la mujer mexicana:

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    Humberto Monten y Gabriela Riquelme

    Recordemos que cuando nos dimos cuenta del error que entraaba

    dejar a la mujer indiferente y ajena a la lucha social, ponindola porese solo hecho en manos del enemigo para convertirla a nuestra vida

    burocrtica y le abrimos la puerta de la vida intelectual, respondi y

    se equipar muy pronto en eciencia y energa con el hombre mismo.

    Recordemos su entusiasmo en la constante cooperacin que pone para

    lograr la organizacin sindical; su empeo y actividad en la difusin de

    la enseanza y de la cultura; su abnegacin en la produccin manual

    de toda ndole, aun en aquella de carcter ms agobiante y peligrosa

    y su generosa comprensin al resolver los problemas domsticos,

    base de nuestra economa familiar y secreto del bienestar de la familia

    trabajadora.

    El activismo de las organizaciones femeniles, respaldadasen sus demandas por los principales y ms representativosorganismos sociales de trabajadores y los partidos demo-crticos y de la izquierda de aquellos aos ganaba, con elmensaje del presidente Crdenas ante el Congreso, unaimpactante primera batalla. Que el presidente se pronun-ciara en este sentido no fue una sorpresa, ya antes habahecho declaraciones en este sentido. Lo demuestra el hechode que la IIIConferencia Interamericana de Educacinreunida en agosto de 1937 en nuestro pas, acordase porunanimidad el da 7 la siguiente resolucin:

    La IIIConferencia Interamericana de Educacin emite un caluroso voto

    de aplauso a favor del ilustre estadista mexicano Presidente Lzaro

    Crdenas, por sus declaraciones a favor del voto poltico de la mujer

    mexicana (IIIConferencia Interamericana de Educacin, 1937: 8).

    Al parecer el presidente Crdenas habra enviado sealesen Veracruz, luego de una gira de trabajo por Yucatn, desu decisin de promover reformas legislativas para otor-gar a la mujer plenos derechos civiles y polticos. Rendasus primeros frutos el Congreso Nacional de Mujeres; las

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    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    agrupaciones femeninas desplegaron intensas campaas

    en todo el pas, mtines y asambleas, las cuales fueron elantecedente del Congreso Nacional del Sufragio Femenino,logrando as una importante participacin de las mujeresen respaldo de las candidaturas en el Distrito Federal y endiferentes estados de todos aquellos candidatos que se com-prometieran a apoyar el siguiente pliego de demandas:

    1. Derecho sin limitacin a votar y ser votadas.2. Modicaciones a los cdigos civiles del pas para tener igualdad de

    derechos con el hombre.3. Modicaciones a la Ley Federal del Trabajo a n de hacer compatible

    el trabajo con la maternidad.

    4. Modicaciones al Cdigo Agrario para que puedan ser dotadas de

    tierras todas las mujeres que renan los mismos requisitos que

    actualmente tienen que llenar los hombres.

    5. Estatuto jurdico para las trabajadoras del Estado.

    6. Incorporacin de la mujer indgena al movimiento social y poltico

    del pas.

    7. Establecimiento de centros de trabajo para las mujeres desocupa-

    das.

    8. Mejoramiento integral del nio y proteccin efectiva a la infancia.

    9. Amplia cultura para la mujer (Chapa, 1938: 18).

    Las fuentes de que se dispone indicaran que las agrupacio-nes femeninas habran logrado actuar con un gran sentidode unidad, unicadas en torno a demandas especcas socia-les, econmicas y polticas. Los senadores aprobaron ntegroel proyecto. De ah pas a la Cmara de Diputados.

    Ahora todas las bateras feministas se enfocaron haciala Cmara de Diputados, en donde las divisiones internasfrenaban muchas iniciativas, entre otras, sta que les llega-ba ya con el visto bueno del Senado. Al respecto, la doctoraEsther Chapa escribi:

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    Humberto Monten y Gabriela Riquelme

    [...] estamos seguras [que aprobarn el proyecto], pues la actual

    diputacin compuesta por diputados obreros, campesinos, militaresy representantes genuinos del sector popular, est obligada a buscar

    el mejoramiento de todos los sectores del pueblo de Mxico del cual

    formamos parte las mujeres. Al reconocernos nuestros derechos, los

    diputados de la XXXVIILegislatura harn justicia a la mujer mexicana con

    hechos reales para su mejoramiento, dejando a un lado los romanticis-

    mos y conceptos hermosos en el discurso pero poco satisfactorios y

    efectivos en la vida con que los elementos retardatarios, conservadores

    y anticuarios tratan de contentar a la mujer para negarle sus derechos

    como individuo consciente.

    [...] En el caso del voto femenino sabemos que los diputados escu-

    charn el rumor femenil, ambiente que solicita el voto sin restricciones

    para plasmarlo de una vez por todas en una ley consecuente con elmomento actual de nuestro pas. Sabemos que la tribuna de la Cmara

    se honrar con los elevados conceptos que el hombre mexicano tiene

    de la mujer mexicana y que todos y cada uno de los representantes

    nacionales sabrn expresar su ideologa revolucionaria, libre de expre-

    siones comunes o demaggicas, para indicar cmo y por qu estn deacuerdo con modicar el Artculo 34 Constitucional.

    [...] En el momento actual, aun cuando la eterna y femenina dulzurahace a la mujer de Mxico aceptar los conceptos oridos y galanos

    que el hombre le dedica, con una sonrisa de bondadosa indulgencia,

    aseguramos, por nosotras mismas, que ya la mujer mexicana agradece

    ms una medida prctica de mejoramiento porque se ha acostumbradoa luchar abiertamente con la vida en la fbrica, en la ocina, en la cte-dra y en el hogar que innidad de ocasiones tiene que sostener sola

    (Chapa, 1938: 19-21).

    La opinin pblica pensaba que era cosa formal y de merotrmite; estas batallas ganadas hacan pensar en el grantriunfo; se inicia [...] para las mujeres una nueva etapa enla lucha, escribe Matilde Rodrguez Cabo, y previniendolos mareos que las conquistas producen, advierte:

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    103Estado No. 38

    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    Pero en este momento de triunfo, corresponde a nosotras, las mujeres,

    en primer lugar, y en cumplimiento de un elemental deber de justicia,recordar y conceder el lugar de iniciadoras a aquellas valerosas mujeres

    que nos precedieron en la lucha y nos marcaron derrotero a seguir; y

    en segundo lugar, exponer exactamente la situacin real del momento,

    de los distintos grupos de mujeres que en el campo, en la ciudad, en

    el taller, en las aulas, en el hogar, como mujeres y como trabajadoras,

    tienen que sufrir las injusticias y vejaciones de un rgimen social inhu-

    mano (Rodrguez Cabo, 1937: 15).

    La iniciativa fue discutida y aprobada en la Cmara deDiputados. Como lo establece la ley, aprobada por senado-res y diputados toda iniciativa debe turnarse a las cmaras

    locales, en donde ser suciente que dos terceras partes laaprueben, faltando solamente que la Cmara de Diputadosordene la publicacin de la reforma en elDiario Ofcial.

    Las diferentes fuerzas polticas, no slo las organizacionesfeministas, presionaron de mltiples formas a las legisla-turas locales y, en general, crearon un ambiente de granagitacin con el propsito de aislar a los grupos de poderinteresados en que esta iniciativa no prosperara.

    Los comunistas, reunidos en 1937 en su VICongresoNacional, aprobaron intensicar esta campaa en todo elpas y tomaron la resolucin siguiente:

    El retraso del pas se maniesta particularmente en la dependencia y

    sujecin que sufre la mujer. El PCdebe luchar por la plenitud de dere-

    chos civiles y polticos, particularmente el derecho de voto para todas

    las mujeres sin excepcin, ligando esta demanda a las reivindicaciones

    econmicas inmediatas de la mujer considerndola como uno de los

    medios ms ecaces de acabar con las condiciones de inferioridad en

    que vive. Debe presentarse ayuda al Frente nico Pro Derechos de la

    Mujer para que se convierta en un vasto movimiento de cientos de miles

    de mujeres que, a la vez que luche por sus reivindicaciones propias y

    apoye las demandas de las mujeres obreras, campesinas y de la clase

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    Humberto Monten y Gabriela Riquelme

    media, participe activamente en el movimiento general de emancipacin

    del pueblo mexicano (Partido Comunista de Mxico, 1937: 22).

    A nivel popular y en el marco de la Campaa Nacional deAlfabetizacin, se publicaron miles de folletos, en los cualesla propia SEPy las autoridades educativas de los estadosincluan las demandas de las mujeres. Por ejemplo, en unade las cartillas difundida en el estado de Yucatn, leemoslo siguiente:

    La mujer tiene sus demandas propias:

    1. Salarios equitativos.

    2. Licencias por gravidez.

    3. Casas de maternidad.4. Casas de cuna.

    5. Igualdad de derechos civiles.

    6. Igualdad de derechos polticos.

    Para las conquistas de sus propias demandas, las mujeres se organizan

    en ligas femeniles.

    Estas ligas no deben confundirse con la tendencia llamada feminista

    que es la lucha de la mujer contra el sexo masculino.

    La primera es justa y la segunda no.

    El hombre y la mujer son camaradas y no enemigos en la lucha social

    (lvarez, 1938: 32).

    En septiembre de 1938 se reunieron en Mxico las princi-pales centrales obreras de Amrica Latina, y aqu constitu-yeron la Confederacin de Trabajadores de Amrica Latina(CTAL). La histrica decisin del presidente Crdenas enrelacin con los derechos civiles y electorales de la mujertrabajadora, en proceso de aprobacin por las Cmaras, essaludada por el movimiento obrero del continente y, entrelas resoluciones que se aprueban, se distingue la resolucinnmero 8 relativa a Los derechos de la mujer.

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    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    Primero. Que los delegados latinoamericanos sugieran a sus respectivas

    centrales, la creacin de comisiones femeniles para la atencin de losproblemas especcos de las mujeres obreras.

    Segundo. Que se procure intensicar las relaciones entre las diver-

    sas organizaciones femeniles del continente, a travs de los Comits

    Ejecutivos de las centrales nacionales.

    Tercero. Que el movimiento obrero continental apoye en cada pas

    al movimiento popular femenil, para la emancipacin de la mujer.

    Cuarto. Que el Congreso apruebe pedir a las organizaciones

    integrantes de esta Confederacin que se luche por la reforma de las

    leyes sociales y polticas en el sentido de [...] aquellos pases donde no

    est establecida la igual situacin de las mujeres y de los hombres, deacuerdo con las nalidades de los movimientos sindicales de cada pas

    (Confederacin de Trabajadores de Amrica Latina, 1943: 22).

    La Secretara de Accin Femenil de la Federacin de Traba-jadores al Servicio del Estado, integrada por Gloria Barrera,Josena Vicens, Estela Jimnez Esponda, Mara del RefugioGarca y Francisca Zrate, en una declaracin rmada el 24de mayo de 1939 seala en la exposicin de motivos:

    [...] La tradicional situacin de inferioridad en que ha vivido la mujer

    respecto del hombre, no obstante su capacitacin biolgica y suecaz participacin en el proceso de la produccin econmica, exige

    una recticacin inmediata, como acto de justicia requerido por laRevolucin, que debe traducirse en colocar a aqulla en un plano de

    derechos y prerrogativas idnticas a los que disfrutan los individuos

    del sexo masculino.

    La accin concreta que se anuncia se encaminar a lograr: a) el

    derecho al trabajo para la mujer en iguales condiciones que para el

    hombre; b) igualdad de derechos civiles para la mujer y para el hombre;

    c) igualdad de derechos polticos para la mujer y para el hombre, y d)

    oportunidades idnticas para la mujer y para el hombre, en cuanto a

    su preparacin profesional y cultural (Federacin de Trabajadores al

    Servicio del Estado, 1939: 28 y 29).

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    Humberto Monten y Gabriela Riquelme

    El 28 de agosto de 1938 se constituy la Confederacin

    Nacional Campesina (CNC). En su declaracin de principiosindica: [...] sostendr que la Tierra y sus frutos pertenecena quienes la trabajan. De la mujer campesina dice quepugnar porque en sus funciones biolgicas y especcascuente con todas las garantas necesarias, expresadas enmedios econmicos, preparacin educativa y reposo fsico(Confederacin Nacional Campesina, 1938: 3).

    En su programa de accin se compromete a luchar porterminar con el analfabetismo entre los jvenes y adultoscampesinos, de ambos sexos.

    En su Comit Central Ejecutivo, cuyo primer secretariogeneral fue Graciano Snchez, se cre la Secretara de Ac-

    cin Femenil, cartera que ocup Josena Vicens.En materia femenil, sta que se constituy como la gran

    y nica central campesina en aquellos radicales tiemposcardenistas, se pronunci:

    I. Por la organizacin de la mujer campesina para sumar su esfuerzo

    en la lucha que sostienen los de su clase para conseguir la transfor-

    macin del rgimen que vivimos en sus aspectos econmico, social

    y poltico, as como su propia elevacin moral y cultural;

    II. Porque la mujer campesina tenga en materia agraria derechos que

    le permitan intervenir en la produccin agrcola, haciendo extensiva

    a ella todas las conquistas reivindicadoras por las cuales lucha laConfederacin Nacional Campesina;

    III. Porque la mujer campesina participe real y efectivamente en la lucha

    social que sostiene esta Confederacin;

    IV.Porque se modiquen las distintas leyes, a n de que se conceda

    a la mujer el puesto a que tiene derecho y pueda participar en el

    proceso de la produccin econmica;

    V. Porque se organice a la mujer y a la juventud campesina en cada clula

    de la Confederacin, cuyos grupos sern dirigidos y controlados por

    esta central (Confederacin Nacional Campesina, 1938: 19 y 20).

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    El presidente Crdenas y el sufragio femenino

    Digno de destacarse fue el activismo del Sindicato de

    Trabajadores de la Enseanza de la Repblica Mexicana(STERM), de manera sealada el sector femenino. Si ungremio se distingua por su gran combatividad, sentidode organizacin y politizacin con una clara orientacinideolgica socialista, eran las profesoras de educacin pri-maria, quienes abrazaron la causa de la escuela socialistay estuvieron incansablemente en donde se les requera.Por iniciativa de este sector femenino se registr el ampliomovimiento por la creacin de uniones femeninas o comitsauxiliares en los sindicatos.

    La mujer mexicana por las condiciones de esclavitud econmica y fami-

    liar en que ha vivido, por la incomprensin y subestimacin en que se letiene constituye una reserva valiosa, y por lo tanto, puede ser decisiva

    en el triunfo, o derrota de la revolucin si no se le dirige y encamina a

    favor de la lucha del pueblo, educndosele debidamente (Sindicato de

    Trabajadores de la Enseanza de la Republica Mexicana, 1938).

    Estas uniones no permanecan impasibles e indiferentesante los problemas de las clases trabajadoras, por el con-trario: tejan poderosas redes de solidaridad con los obrerosen huelga. Hacia 1938 era evidente que la estructura yconcepcin de partido que habran dado origen al PNRse

    haban tornado obsoletas. El ascenso del nazi-fascismo enEuropa y la amenaza real de su propagacin en el mundoprovocaron un viraje en las fuerzas democrticas, socia-listas y comunistas, que optaron por la poltica de frentespopulares amplios. Una respuesta a la mexicana sera laformacin de un nuevo organismo poltico capaz de aglutinara todos los sectores productivos de la Revolucin mexicana:obreros, campesinos, militares, industriales nacionalistas,indgenas, mujeres y jvenes.

    Aqu, a diferencia de las limitadas demandas del despun-tar con la administracin cardenista, que privilegiaba sobre

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    Humberto Monten y Gabriela Riquelme

    todo el derecho al voto, es decir, a la ciudadana, se abarca

    una gama tan amplia de reivindicaciones que se traducenen la exigencia del reconocimiento de hecho y por derecho dela mujer en todos los mbitos de la vida social, econmica,poltica y cultural del pas.

    Un hecho singular que debemos apuntar en relacin conlas grandes batallas de la mujer por la conquista de suderecho al voto, retomadas e impulsadas por el presidenteCrdenas, por los senadores, diputados federales y loca-les, es que el triunfo con tanta razn y fuerza celebrado,se perdi en los laberintos burocrticos de la Cmara deDiputados; falt nada ms aunque nada menos que lapublicacin de la reforma en elDiario Ofcial. Ah se congel.

    Como consecuencia, la mujer no obtuvo su mayora de edadcon Crdenas. El derecho a votar y ser votada no llegarasino hasta la administracin de Adolfo Ruiz Cortines el 17de octubre de 1953.

    Fecha de recepcin: 19 de abril de 2006Fecha de aceptacin: 30 de agosto de 2006

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