Propiedad intelectual

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“ARGN0110 Desarrollo de Productos Editoriales Multimedia”

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UD 6PROPIEDAD INTELECTUAL

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La propiedad intelectual: derechos de autor y de copia

La propiedad intelectual se refiere a todas las creaciones de Ia mente humana: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio La propiedad intelectual se divide en derecho de autor y derechos conexo por una parte, y propiedad industrial (incluye las patentes de invenciones, las marcas, los diseños industriales y las indicaciones geográficas) por otra.

La legislación protege la P.I., por ejemplo, mediante las patentes , el derecho de autor y las marcas , que permiten obtener reconocimiento o ganancias por las invenciones o creaciones. Al equilibrar el interés de los innovadores y el interés público, el sistema de P.I. procura fomentar un entorno propicio para que prosperen la creatividad y la innovación.

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¿Qué son los derechos de propiedad intelectual?

Los derechos de propiedad intelectual se asemejan a cualquier otro derecho de propiedad -permiten al creador o al titular de una patente, marca oderecho de autor, beneficiarse de su obra o inversión. Estos derechosfiguran en el Artículo 27 de la Declaración Universal de DerechosHumanos, donde se establece el derecho a beneficiarse de laprotección de los intereses morales y materiales resultantes de la autoría detoda producción científica, literaria o artística.

La propiedad intelectual: derechos de autor y de copia

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La propiedad intelectual: derechos de autor y de copia

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que Ia ley concede a los autores (los derechos de autor), par el solo hecho de Ia creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, este publicada o inédita. Los derechos de autor inician en 1710 con el Estatuto de Ia Reina Ana, anteriormente no existían los derechos de autor, solamente existía el dominio publico. Este derecho esta reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en Ia Declaración Universal de los Derechos Humanos.

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Una obra pasa al dominio publico cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde Ia muerte del autor (post mortem auctoris). El plaza mínimo, a nivel mundial, es de 50 años pero en muchos países han extendido ese plazo ampliamente, por ejemplo, en el Derecho europeo, son 70 años desde Ia muerte del autor. Una vez pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.

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El titular de los derechos de autor goza de una serie de derechos exclusivos como: 

Reproducir Ia obra en capias o fonogramas. 

Preparar obras derivadas basadas en Ia obra. 

Distribuir capias o fonogramas de Ia obra al publico vendiéndolas o hacienda otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas capias. 

Presentar Ia obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales. 

Mostrar Ia obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pict6ricas,  graficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de pelfculas u otras producciones audiovisuales.  

En el caso de grabaciones sonoras, interpretar Ia obra públicamente a través de Ia transmisi6n audiodigital.

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El derecho de autor protege una amplia gana de obras, entre ellas:

Obras escritas: Libros, discursos, revistas y artículos de periódicos, novelas, cuentos, poemas, ensayos, obras de teatro, libros de texto, paginas Web, anuncios publicitarios y anotaciones de danza.

Obras musicales: composiciones musicales, letras de canciones, tonos de llamada de teléfono, en todo tipo de formato (partituras musicales, CDs, archivos de MP3, etc.).

Obras artísticas: dibujos, pinturas, fotografías, viñetas, esculturas, obras arquitectónicas y mapas.

Obras dramáticas y coreográficas: obras de teatro, óperas y danza.

Películas y productos multimedia: películas, videojuegos, programas de televisión, dibujos animados

Programas informáticos: lenguajes de programación informática de tipo humano (código fuente) o por máquina (código objeto).