Primer Addendum OSSA-LOT23009

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 L0-T23-009 PRIMER A ADENDA AL CON TRATO DE OB RAS DE CONSTRUCCIÓN DEL TÚNEL PARA LA INSTALACIÓN DE FAJA TRANSPORTADORA DE MINERAL DESDE LA CHANCADORA PRIMARIA HASTA LA PILA DE INTERMEDIOS (CONTRATO L0-T23-009) Conste por el presente documento el “Primer Addendum al Contrato de Obras de Construcción del Tunel para la Instalacion de Faja Transportadora de Mineral desde la Chancadora Primaria hasta la Pila de Intermedios, en adelante el “Primer Addendum”, que celebran de una parte: 1. SOU TH ERN PERU COPPER CORPORATION, Sucursal de l Perú , con RUC Nº  20100147514, debidamente repr esentada por su Presid ent e Ejecut ivo Ingeni ero Osc ar González Rocha, identificado con Carnet de Extranjería N-000073949, a la que en adelante se denominará SOUTHERN PERU; y de la otra parte, 2. OBRAS SUBTERRANEAS S.A. SUCURSAL EN LA REPUBLICA DEL PERU, con RUC Nº  20451703901, debidamente representada por su Apoder ado, Sr. Carlos Casals Oliver, identificado con Documento Nacional de Identidad Español (NIE), No. 5263115-W a quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes: CLAÚSULA PRIMERA – Antecedentes: 1.1 Con fecha 18 de febrero del 2011, EL CONTRATISTA y SOUTHERN PERU  celebraron un Contrato L0-T23-009 para las Obras de Construcción del Túnel para la Instalación de Faja Transportadora de Mineral desde la Chancadora Primaria hasta la Pila de Intermedios, en adelante el Contrato. 1.2 En virtud al Contrato, EL CONTRATISTA se obligó a realizar en favor de SOUTHERN PERU las Obras de Construcción del Túnel para la Instalación de Faja Transportadora de Mineral desde la Chanc adora Primaria hasta la Pila de Intermedios en las condiciones establecidas en el Contrato L0-T23-009 y SOUTHERN PERU se obligó a pagar a EL CONTRATISTA una contraprestación, bajo la modalidad de precios unitarios, por la ejecución de las Obras en mención. 1.3 Con fecha 16 de agosto del 2011, EL CONTRATISTA solicita a SOUTHERN PERU el cambio de modalidad del contrato de Precios Unitarios a Suma Alzada p 1.4 1.5 INTRODUCCION 1.6 1.7 Con fecha 16 de agosto del 2011, OBRAS SUBTERRANEAS S.A. SUCURSAL EN LA REPUBLICA DEL PERU en adelante EL CONTR ATIST A solic ita a SOUTH ERN PERU el cambio de modalidad de Precios Unitarios a Suma Alzada, para el contrato L0- PRIMERA ADENDA Obras de Construcción del Túnel para la Instalación de Faja Transportadora de Mineral desde la Chancadora Primaria hasta la Pila de Intermedios página 1 de 7

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L0-T23-009

PRIMER A ADENDA AL CONTRATO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL TÚNEL PARALA INSTALACIÓN DE FAJA TRANSPORTADORA DE MINERAL DESDE LA

CHANCADORA PRIMARIA HASTA LA PILA DE INTERMEDIOS (CONTRATO L0-T23-009)

Conste por el presente documento el “Primer Addendum al Contrato de Obras de Construcción del

Tunel para la Instalacion de Faja Transportadora de Mineral desde la Chancadora Primaria hasta la

Pila de Intermedios, en adelante el “Primer Addendum”, que celebran de una parte:

1. SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, Sucursal del Perú, con RUC Nº 20100147514, debidamente representada por su Presidente Ejecutivo Ingeniero Oscar 

González Rocha, identificado con Carnet de Extranjería N-000073949, a la que en adelante se

denominará SOUTHERN PERU; y de la otra parte,

2. OBRAS SUBTERRANEAS S.A. SUCURSAL EN LA REPUBLICA DEL PERU, con RUC Nº 20451703901, debidamente representada por su Apoderado, Sr. Carlos Casals Oliver,

identificado con Documento Nacional de Identidad Español (NIE), No. 5263115-W a quien en

adelante se denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:

CLAÚSULA PRIMERA – Antecedentes:1.1 Con fecha 18 de febrero del 2011, EL CONTRATISTA y SOUTHERN PERU 

celebraron un Contrato L0-T23-009 para las Obras de Construcción del Túnel para la

Instalación de Faja Transportadora de Mineral desde la Chancadora Primaria hasta la

Pila de Intermedios, en adelante el Contrato.

1.2 En virtud al Contrato, EL CONTRATISTA se obligó a realizar en favor de

SOUTHERN PERU las Obras de Construcción del Túnel para la Instalación de Faja

Transportadora de Mineral desde la Chancadora Primaria hasta la Pila de Intermedios

en las condiciones establecidas en el Contrato L0-T23-009 y SOUTHERN PERU se

obligó a pagar a EL CONTRATISTA una contraprestación, bajo la modalidad de precios

unitarios, por la ejecución de las Obras en mención.

1.3 Con fecha 16 de agosto del 2011, EL CONTRATISTA solicita a SOUTHERN PERU el cambio

de modalidad del contrato de Precios Unitarios a Suma Alzada p

1.4

1.5 INTRODUCCION

1.6

1.7 Con fecha 16 de agosto del 2011, OBRAS SUBTERRANEAS S.A. SUCURSAL

EN LA REPUBLICA DEL PERU en adelante EL CONTRATISTA solicita a SOUTHERN

PERU el cambio de modalidad de Precios Unitarios a Suma Alzada, para el contrato L0-

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T23-009 Obras de Construcción del Tunel para la Instalacion de FajaTransportadora de

Mineral desde la Chancadora Primaria hasta la Pila de Intermedios

1.8

1.9 EL CONTRATISTA se compromete ante SOUTHERN PERU y bajo este cambio

de modalidad a Suma Alzada a no presentar bajo ningun concepto cualquier tipo de

reclamo, sea este pasado o futuro, por el Contrato L0-T23-009.

1.10 Las partes acuerdan que al alcance materia del contrato L0-T23-009 se excluye

la ejecución de la Bóveda y se incluye el desarrollo de un túnel corto de 160 m y túnel

de 60 m bajo Ferrocarril Industrial.

1.11 La nueva contraprestación será de US$ 17,031,339.00 (DIECISIETE

MILLONES TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA)

1.12 Las partes establecen que SOUTHERN PERU brindará un adelanto de

US$ 1,309,781.64 (UN MILLON TRESCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS

OCHENTA Y UNO Y 64/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA)

más el Impuesto General a las Ventas y a su vez EL CONTRATISTA entregará una

Carta Fianza bancaria, por el adelanto brindado, la cual será de naturaleza irrevocable,

solidaria, incondicional y de realización y ejecución inmediata por el monto del adelanto

más el Impuesto General a las Ventas, la Carta Fianza tendrá una vigencia hasta el 30

de Junio del 2012.

Como resultado de los numerales precedentes,  las partes declaran expresamente que

las condiciones establecidas en el Contrato, Condiciones Generales, Condiciones

Especiales y anexos del 3 al 10, no han sufrido modificación alguna, las cuales

continúan teniendo plena vigencia y son totalmente exigibles entre las partes, no

existiendo más variación que las indicadas a continuación:

CLÁUSULA SEGUNDA – Modificación:Las partes han decidido de común acuerdo modificar la “Introducción del contrato”, asi como la

Clasusula 3.1. - Tercera “Contraprestación” y en virtud a ello, quedarán redactadas de la siguientemanera:

INTRODUCCIÓN“ Conste por el presente documento el Contrato de Obra a Suma Alzada, que celebran

de una parte:…”

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“TERCERA: CONTRAPRESTACIÓN:3.1. Como total y completa contraprestación por la ejecución de la Obra a

cargo de EL CONTRATISTA en favor de SOUTHERN PERU en virtud de lo

estipulado en el presente contrato, SOUTHERN PERU le abonará la suma de U$

17,031,339.00 (DIECISIETE MILLONES TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS

TREINTA Y NUEVE Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA), más el Impuesto General a las Ventas correspondiente. Esta

contraprestación será pagada en los términos, plazos y condiciones establecidos

en el numeral 3.0 del Anexo Nº 3 – Revision No. 1”

CLÁUSULA TERCERA – Reemplazo de Anexos:Asimismo mediante el presente, las partes han decidido de común acuerdo reemplazar, de acuerdo a

la nueva modalidad de contratación (Suma Alzada) , los Anexos (i) No.3-Terminos Comerciales y (ii)No. 4-Alcance del Trabajo.

En tal sentido, las versiones revisadas, bajo la denominación de Anexo N°2: Condiciones Especiales,

Anexo N°3: Terminos Comerciales – Revisión No. 1 y Anexo N°4: Alcances de los Trabajos – Revisión

No. 1, se adjuntan al presente documento y formarán parte integrante e indisoluble del contrato

original, en reemplazo de las anteriores versiones.

En virtud a ello, se modifica la clásula Séptima del contrato, referente a “Documentos del Contrato”, la

misma que quedará redactada de la siguiente manera:

“SETIMA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO 

Forman parte integrante del presente Contrato, los documentos que, debidamente suscritos

por las partes, se enumeran a continuación:

1

• Contrato. 

• Anexo Nº 1: Condiciones Generales.

• Anexo Nº 2: Condiciones Especiales – Revision No.1

• Anexo Nº 3: Términos Comerciales – Revision No.1. 

Anexo Nº 4: Alcance de los Trabajos – Revisión No. 1. • Anexo Nº 5: Especificaciones Técnicas.

• Anexo Nº 6: Planos. 

• Anexo Nº 7: Formatos Generales, Formatos de Garantía y Control de Calidad. 

• Anexo Nº 8: Reglamento Interno de Seguridad de SOUTHERN PERU.

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• Anexo Nº9: Programa de Salud y Seguridad para las Empresas Contratistas que Trabajan en los Proyectos de SOUTHERN PERU.

o Anexo N°10: Apéndices.” 

Finalmente cualquier mención a los anexos modificados se entenderán a la Revisiones N° 1, salvo

expresa mención en contrario.

CLÁUSULA CUARTA – Vigencia del Primer Addendum:El plazo de vigencia del presente Primer Addendum es igual al contrato original y se actualizará con

las órdenes de cambio aprobadas que modifique la vigencia del contrato original, por lo tanto su

vigencia se computarán a partir del inicio efectivo, por parte de EL CONTRATISTA, de los servicios

consignados en los Alcances del Trabajo – Revisión No.1 (Anexo Nº 04).

A este plazo se agregarán los días de paralización que por fuerza mayor, y debidamente aprobados

por SOUTHERN PERU, pudiesen surgir.

CL ÁUSULA QUINTA – Inalterabilidad del Contrato:Las partes declaran expresamente que las demás condiciones establecidas en el Contrato, no han

sufrido modificación alguna, las mismas que continúan teniendo plena vigencia y son totalmente

exigibles entre las partes, no existiendo más variación que la indicada en este documento.

Firmado por las partes en señal de conformidad a los veintisiete dias del mes de septiembre del año

dos mil once.

1.0 MODIFICACIONES AL CONTRATO

2.1. Cambio de Modalidad:Las partes acuerdan que la modalidad aceptada es SUMA ALZADA, razón por 

las cual queda establecido que donde se indique PRECIOS UNITARIOS debe

ser reemplazado por SUMA ALZADA.

2.2. Cambio en la cláusula 3.0 CONTRAPRESTACION.

La cláusula 3.1 será sustituida por el siguiente párrafo:

Como total y completa contraprestación por los servicios que ELCONTRATISTA prestará a favor de SOUTHERN PERU en virtud de lo

estipulado en el presente contrato, SOUTHERN PERU le abonará la suma de

US$ 17,031,339.00 (DIECISIETE MILLONES TREINTA Y UN MIL

TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA), más el Impuesto General a las Ventas

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correspondiente. Esta contraprestación será pagada en los términos, plazos y

condiciones establecidos en el numeral 3.0 del Anexo Nº 3 – Revision No. 1.

2.3. Cambio en la cláusula 4.0 VIGENCIA DEL CONTRATO.

La cláusula 4.0 será sustituida por el siguiente párrafo:

El plazo de vigencia del presente contrato es de 393 días naturales, que se

computarán a partir de la fecha de entrega por parte de SOUTHERN PERU, del

área en la cual se ejecutará la Obra. A este efecto se levantará un acta indicando

la entrega del terreno e inicio de la Obra, documento que será suscrito por 

SOUTHERN PERU, por intermedio de su Representante y por  EL

CONTRATISTA por intermedio de su Ingeniero Residente.

Asimismo la fecha de culminación será indefectiblemente el 17 de marzo del

2012.

2.4. Cambio en la cláusula 7.0 DOCUMENTOS DEL CONTRATO

La cláusula 7.0 referida será sustituida por lo siguiente:

Forman parte integrante del presente Contrato, los documentos que, debidamente

suscritos por las partes, se enumeran a continuación:

• Contrato

• Anexo Nº 1: Condiciones Generales

• Anexo Nº 2: Condiciones Especiales

• Anexo Nº 3: Términos Comerciales – Revisión No,1

• Anexo Nº 4: Alcance de los Trabajos – Revisión No.2

• Anexo Nº 5: Especificaciones Técnicas

• Anexo Nº 6: Planos – Revisión No.1

• Anexo Nº7: Formatos Generales, Formatos de Garantía y Control deCalidad.

• Anexo Nº 8: Reglamento Interno de Seguridad de SOUTHERNPERU.

• AnexoNº9: Programa de Salud y Seguridad para las EmpresasContratistas que Trabajan en los Proyectos deSOUTHERN PERU.

• Anexo Nº 10: Apéndices

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2.0 MODIFICACIONES A LAS CONDICIONES ESPECIALES (CE)

3.1. Cambio en la cláusula CE 16.0 CLÁUSULA PENAL:Se agrega la cláusula 16.9 la cual penalizará los atrazos según la modalidad de

Suma Alzada las partes acuerdan lo siguiente:

• Si EL CONTRATISTA alcanza el porcentaje de avance detallado en el 

Anexo No ,3 Terminos Comerciales – Revision No.1, para el mes de

valorizacion que corresponda. SOUTHERN PERU procederá a pagar el 

monto detallado en mencionado Anexo.

• Si  EL CONTRATISTA supera el porcentaje de avance detallado en el Anexo

No,3 Terminos Comerciales – Revision No.,1,para el mes de valorización

que corresponda,  SOUTHERN PERU procederá a pagar el diferencial 

alcanzado calculando en función a los montos contractuales establecidos.

• Si EL CONTRATISTA no alcanza como mínimo los porcentaje de avance

detallado en Anexo No,3 Terminos Comerciales – Revision No.,1, para el

mes de valorización que corresponda, SOUTHERN PERU procederá a

pagar el monto real de lo efectivamente avanzado y requerirá que en el

siguiente mes EL CONTRATISTA recupere el porcentaje dejado de alcanzar 

en el mes anterior, si en el segundo mes EL CONTRATISTA no alcanza el 

porcentaje de avance establecido, SOUTHERN PERU, procederá a aplicar 

una penalidad a EL CONTRATISTA el equivalente al diferencial de

porcentaje no alcanzado el cual será aplicado sobre el remanente del

contrato. EL CONTRATISTA, faculta a SOUTHERN PERU a emitir la facturación correspondiente.

Si las causas de los atrazos no fueran imputables a EL CONTRATISTA, esto deberá ser sustentado por  EL CONTRATISTA para la aprobación de

SOUTHERN PERU. 

3.2. Cambio en la cláusula CE 18.0 PAGO POR MATERIALES.La cláusula CE-18.0 por Pagos por Materiales se elimina.

4.0 VIGENCIA DE LA PRIMERA ADENDA

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El plazo de vigencia de la Primera Adenda queda establecida por ambas partes desde la

fecha de suscripción del presente documento.

Firmado por las partes en señal de conformidad a los 16 dias del mes de septiembre año dos

mil once.

SOUTHERN PERU COPPER CORPORATIONSucursal del Peru

Oscar González Rocha

Presidente Ejecutivo

OBRAS SUBTERRANEAS S.A.Sucursal eEn La Republica dDel

Peru

Carlos Casals Oliver Apoderado

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