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REGISTRO y CUSTODIA DE REGISTRO y CUSTODIA DE VALORES EN EL PERU VALORES EN EL PERU ( ( Custodia y depósito de Custodia y depósito de valores en el Perú valores en el Perú ) ) Expositora Expositora : Marcela Seraylán : Marcela Seraylán Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores

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  • REGISTRO y CUSTODIA DE VALORES EN EL PERU(Custodia y depsito de valores en el Per)Expositora : Marcela Serayln

  • ContenidoValores y desmaterializacinRegistro contable Aspectos relacionados al mercado internacionalInstituciones y su responsabilidad Custodios

  • VALORESValores mobiliarios son aquellos emitidos en forma masiva y libremente transferiblesSegn la condicin para su transferencia: nominativos o al portadorForma de representacin: mediante ttulos o mediante anotaciones en cuenta (desmaterializados)

  • Representacin de valores por anotaciones en cuentaTiene lugar por su inscripcin en el registro contable de una ICLV.Puede comprender a todos o parte de los valores integrantes de una emisin o serie y puede ser reversible. Cambio de propiedad: con la inscripcin a favor del adquirente en el registro contable en el da de la liquidacin. Excepcin: valores extranjeros

  • Quines pueden solicitar el cambio en la representacin del valorEl emisor, previo acuerdo societario con los requisitos establecidos en el estatuto, contrato de emisin o equivalente. Su decisin comprende a toda la emisin, clase o serie.El titular que desee negociar sus valores en bolsa. Comprende a sus propios valores.En el caso del titular, la reversin est sujeta a los estatutos, contrato de emisin o anlogos.

  • Requisito para la negociacin de valores en RuedaArt.218 LMV: para negociar un valor en Rueda de Bolsa, debe previamente estar representado por anotaciones en cuenta.Para la inscripcin de valores en Rueda de Bolsa se exige al emisor un contrato con CAVALI ICLV S.A. Titulares de valores inscritos en bolsa pueden solicitar la desmaterializacin de sus valores: coexistencia de ambas formas de representacin de los valores en una misma emisin o serie.

  • ClienteVendedorEntrega FsicoDetalles del Depsito(CAVALI)SABEnviar los Certificados al EmisorEmisorConfirma validez e informa situacin123341)El Cliente entrega el certificado fsico a la SAB2) La SAB ingresa electrnicamente detalles al sistema3) La SAB enva los documentos al emisor o a CAVALI4)El emisor confirma la validez del valor y la situacin del mismo5) Los valores son registrados en CAVALIDesmaterializacinIngreso de valores al Registro contable de CAVALI5

  • Prevalencia del registro de la ICLV respecto de cualquier otro registro. Se aplica Principios Registrales:RogacinPrioridadTracto sucesivoBuena fe registral Valores registrados en la ICLV de caractersticas iguales se consideran fungiblesValores representados por anotaciones en cuenta

  • REGISTRO CONTABLELas ICLV llevan el registro contable de forma total y exclusiva. Total porque llega a identificar las posiciones de los titulares y exclusiva porque corresponde slo a una ICLV llevar el registro de los valores inscritos en ella.El registro contable se organiza por Cuentas Matrices y, de ser el caso, Cuentas de Emisor.

  • Cuenta Matriz y Cuenta de EmisorCuenta Matriz: Cuenta de los participantes que agrupa valores propios o de terceros Cuenta de Emisor: cuenta abierta a solicitud, en donde se registran exclusivamente valores de sus titulares que en caso de negociarse deben traspasarse a una Cuenta Matriz.

  • Registro Contable de CAVALICuenta MatrizParticipante ACuenta MatrizParticipante BT1T2T3T4T1T5T5T2T7Cuenta de Emisor X

  • Registro de TitularesICLV:Debe contar con procedimientos, sistemas e infraestructura que permitan adecuada identificacin de titulares y asignacin de cdigos RUT.Participantes:Deben verificar la identidad de titulares y actualizar datos, seguir los procedimientos indicados por la ICLV.

  • Cargas y gravmenesSe registran en la ICLV sobre los valores del titular, previa entrega de la documentacin sustentatoria:Por parte del participante en el caso de prendasPor parte del juez en el caso de medidas cautelares.

  • Informacin a titulares y participantesLos titulares tienen el derecho de solicitar directamente a las ICLV el reporte de saldos y movimientos de sus valores. Las ICLV deben poner a disposicin de sus participantes la informacin sobre los saldos de valores e inscripciones realizadas en sus Cuentas Matrices.

  • Registro contableEl registro contable comprende:Valores representados por anotaciones en cuentaValores registrados en una entidad extranjera encargada de la custodia, compensacin y liquidacin o transferencia con la que la ICLV tenga convenio suscrito.Valores emitidos por emisores extranjeros cuya forma de representacin sea mediante ttulos.

  • Registro de valores de emisores extranjerosEl registro de dichos valores en la ICLV no determina cambio en su sistema de representacin de acuerdo con la legislacin de origen respectiva.

  • Valores negociados en el mercado local e internacional Corresponde a las ICLV tomar las acciones necesarias para facilitar la liquidacin de operaciones con tales valores. Puede suscribir convenios con entidades extranjeras encargadas del registro, custodia, compensacin, liquidacin o transferencia de valores. Ejm: convenio CAVALI-DTC permite el arbitraje y liquidacin de valores cotizados en ambos mercados de una manera mucho ms eficiente y confiable

  • (1) Instruccin de Entrega(2) Instruccin de Recepcin(3) Instruccin de Entrega(4) Instruccin de Recepcin(5)Proceso deCompensacin yLiquidacin(6) Actualiza Registros y Entrega ValoresRecepcin de Valores desde DTC

  • (1) Instruccin de Entrega(2) Instruccin de Recepcin(3) Instruccin de Entrega(4) Instruccin de Recepcin(5)Proceso deLiquidacin(6) Actualiza Registros y Entrega ValoresRecepcin de Valores desde DTC (cont.)

  • (1) Instruccin de Recepcin(2) Instruccin de Entrega(3) Instruccin de Recepcin(4) Instruccin de Entrega(5)Proceso deCompensacin yLiquidacin(6) Actualiza Registros y Entrega ValoresEntrega de Valores hacia DTC

  • (3) Instruccin de Recepcin(4) Instruccin de Entrega(5)Proceso deLiquidacin(6) Actualiza Registros y Entrega ValoresEntrega de Valores hacia DTC (cont.)(1) Instruccin de Recepcin(2) Instruccin de Entrega

  • Cuenta AgregadaEn el caso que una institucin extranjera encargada del registro, custodia, compensacin, liquidacin o transferencia de valores se constituya como participante de la ICLV, los valores registrados en su Cuenta Matriz se pueden registrar a su nombre o al de su representante.

  • INSTITUCIONES DE COMPENSACIN Y LIQUIDACIN Se constituyen como Sociedad Annima Funciones : Registro, custodia, compensacin, liquidacin y transferencia de valores Accionistas: SABs, SIVs, bancos y financieras, cas de seguros y reaseguros, bolsas, emisores de valores inscritos en el RPMV,entidades nacionales o extranjeras que efecten actividades de compensacin y liquidacin Entidad Autorregulada

  • Responsabilidad de la ICLVLas ICLV son responsables por el adecuado y eficiente funcionamiento del registro contable y del sistema de compensacin y liquidacin.Elaboran sus reglamentos internos para aprobacin de CONASEVDeben llevar un registro de los incumplimientos de los participantes, emisores y bancos liquidadores a la Ley y al Reglamento de ICLV.

  • PARTICIPANTES1. TODOS LOS PARTICIPANTES TIENEN UNA CUENTA MATRIZ2. TIPOS :Participante DirectoParticipante Indirecto3. ENTIDADES PERMITIDAS:Directos: SABs, SIVs, Bancos otras ICLVs, entidades extranjeras similares a la ICLV.Indirectos: SABs, SIVs, Bancos, Financieras, Cas. de seguros y reaseguros, SAFM, SAFI, AFPs, entidades extranjeras similares a la ICLV.

    ICLV

    Participantes DirectosParticipantes Indirectos acceden directamente a los servicios de liquidacinacceden a los servicios de liquidacin a travs de un participante directo

  • Obligaciones de los ParticipantesVerificar autenticidad de valores y las cargas y gravmenes sobre stosVerificar la capacidad legal de titularesGuardar confidencialidad de informacinProporcionar a titulares de su Cuenta Matriz informacin sobre sus valores al menos mensualmenteEfectuar el pago y entrega de valores para atender la liquidacin de operaciones y cubrir las garantas requeridas

  • Obligaciones de EmisoresConfirmar a los participantes y a la ICLV sobre la autenticidad de valores y su estadoConciliar su informacin con la de la ICLVProveer oportunamente de los recursos para la entrega de beneficios (servicio opcional)

  • CUSTODIOSInversionistas extranjeros

    Reglamento de Fondos Mutuos

  • Servicio de custodiaProcesar instrucciones de entrega y recibo de valores ya sea libre de pago o contra pago.Administracin y mantenimiento del portafolio: cobranza de dividendos, acciones liberadas, intereses, redencin de instrumentos de renta fija, subscripciones etc.Informar cmo opera el mercado, los riesgos existentes y las alternativas disponibles para mitigarlos. Interactuar con los dems participantes, reguladores e instituciones de mercado con el fin de reducir y/o mitigar riesgos subsistentes.Monitoreo constante en los indicadores de eficiencia del mercado y evaluar la forma de mejorarlos en coordinacin con los agentes de bolsa, CAVALI y dems participantes del sistema.

  • Custodios de los Fondos MutuosLas entidades bancarias que pueden actuar como custodios requieren:Inscripcin en el RPMVSer participantes directos de una ICLVClasificacin de riesgo no menor de B-

  • Custodios de los Fondos Mutuos (cont.)Para el caso de inversiones en el exterior, el banco custodio puede contratar a custodios extranjeros que cumplan:Estar autorizado a prestar tales servicios El pas de constitucin debe tener riesgo soberano AAAContar con clasificacin de riesgo no menor a A.Ser participante directo de una ICLV o similar.

  • Funciones del custodio de Fondos MutuosCustodia de los valores que integren el patrimonio del Fondo, cualquiera sea su forma de representacin y conciliacin con la informacin de la sociedad administradora.Abrir cuentas bancarias a nombre del Fondo, y ejercer disposicin de las mismas sujeto a las instrucciones de la sociedad administradora.Efectuar y verificar la compensacin y liquidacin de todas las operaciones que le instruya realizar la sociedad administradoraEfectuar y/o verificar el ingreso y pago de dinero segn las instrucciones de la sociedad administradora y que se sujeten a la reglamentacin

  • Relacin con la administradoraContratos entre la sociedad administradora y el custodioLa sociedad administradora no puede disponer directamente de los valores ni de las cuentas bancarias del Fondo.Para el cumplimiento de sus funciones al custodio puede solicitar a la sociedad administradora la informacin necesaria.