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    Instituto Municipal de Planeacin

    Primera Edicin:2013

    Titulo Original: Plan de Movilidad Urbana Sustentable para el Municipio de Puebla

    Coordinador General del Proyecto: L. D. Luis Armando Olmos Pineda

    Director de Proyecto: L.C.P. y A.P. Francisco Teomitzi Snchez

    Responsable de informacin y contenidos: L.A.P y C.P. Ernesto Vargas MelchorAnlisis y sistematizacin de informacin: Arq. Jos Miguel Mndez Coxca

    Cartografa: Arq. Adrin Velzquez Luna

    Diseo Editorial: Ada Guerrero

    Diseo Grco: Jimmy Cruz

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    Bienvenida

    Presentacin

    Junta de Gobierno

    Colaboradores

    Agradecimientos

    I. Introduccin

    II. Objetivos del Plan

    III. Alcances del Plan

    Captulo 1. Antecedentes

    1.1 Delimitacin del rea de estudio

    1.2 Fundamentacin jurdica

    1.3 Instrumentos de planeacin

    1.4 Marco metodolgico del Plan

    1.5 Conceptos bsicos para la movilidad urbana sustentable

    1.6 Indicadores de movilidad y accesibilidad

    1.7 Factores socioeconmicos del sistema de movilidad urbana

    1.8 La movilidad urbana y el medio ambiente

    1.9 Los retos de la movilidad

    1.10 Conclusiones sobre la movilidad urbana1.11 El Plan de Movilidad Urbana Sustentable

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    ndice

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    Captulo 2. Diagnstico

    2.1 Medio fsico natural

    2.2 mbito territorial del Plan de Movilidad Urbana Sustentable

    2.3 Aspectos demogrcos

    2.4 Aspectos socioeconmicos

    2.5 Poblacin con discapacidad

    2.6 Vialidad

    2.7 Transporte

    2.8 Condiciones del transporte no motorizado

    2.9 Condiciones del transporte de carga

    2.10 Accesibilidad

    2.11 Modalidad de viaje

    2.12 Motivos de viaje

    2.13 Accidentes de trnsito

    2.14 Principales centros atractores y generadores de movilidad

    2.15 La movilidad urbana y su relacin con el medio ambiente

    2.16 Marco normativo

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    Captulo 3. Ejes estratgicos

    3.1 Anlisis FODA

    3.2 Escenarios

    3.3 Formulacin del Plan de Movilidad Urbana Sustentable

    Captulo 4. Gestin

    4.1 Nivel programtico y corresponsabilidad sectorial

    Referencias

    Anexo: Matriz programtica

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    ndice

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    La correcta accesibilidad y movilidad son los elementosms importantes para la equidad social en la ciudad, losservicios, la educacin, la salud, el empleo, el ocio y losbienes deben ser accesibles a todos los ciudadanos, in-dependientemente de si poseen automvil o no, de estamanera, las polticas de movilidad pueden favorecer la

    igualdad o aumentar la desigualdad de los ciudadanos.

    Al inicio de mi administracin, me propuse que en el muni-cipio las condiciones de una movilidad de calidad deberanser aquellas que en puebla capital aseguraran a todos losciudadanos un acceso equitativo a todos los servicios queofrece el municipio, de tal manera que al facilitar el accesoal uso del espacio pblico al mximo nmero de personas,

    se reduciran problemticas de gnero, economa, edad ydiscapacidades, y de los ritmos temporales y espacialesdel territorio, sin importar que estuviera ubicado en la zonacntrica o en las periferias, en horario nocturno o matutinoy si es un da laboral o festivo.

    La accesibilidad y movilidad debe responder principal-mente a las personas con discapacidad, adultos mayo-

    res, familias con nios pequeos, y a la poblacin infantilen general, los cuales deben poder acceder fcilmentea la infraestructura del transporte pblico, por ejemplo.Pareciera que en el municipio se ha trabajado para di-

    Bienvenida

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    cultar los papeles de usuario de transporte pblico y de peatn, recuerdo observaren campaa la falta de escalones adecuados y la alta densidad de pasajeros entodos los micros que me permitieron conversar con los pasajeros; tambin a

    las personas mayores con graves dicultades al transitar debido a adaptacinen las vas y aceras, el problema ms comn era el tiempo de los semforospara los cruces de las calles que en general, eran muy cortos para garantizar undesplazamiento seguro y cmodo.

    El tema de las personas con discapacidad me enfrent al ms difcil de los papelesen el trnsito, dichas personas viven la suma de los problemas comunes al intentartransitar por la ciudad, as como los de su propia discapacidad, y esto incluye

    a las personas con sobrepeso tambin; lamentablemente la raz del problemareside tanto en la existencia de limitaciones fsicas como sociales, es decir, anosotros en el papel que jugamos con nuestra propia comunidad al no presentaratencin ni respetar los lugares destinados especcamente para las personas condiscapacidad, por ejemplo.

    Al analizar las problemticas que rodean los mbitos de la movilidad urbanaidenticamos los puntos ms inuyentes para proponer medidas de accin con

    relacin a las caractersticas individuales ms relevantes, entre las que destacan losroles activos en el trnsito y tres condiciones de circulacin, a saber, accesibilidad,seguridad y calidad.

    De esta manera, es un gusto poder entregar a la ciudadana el primer Plan Movi-lidad Urbana para el Municipio de Puebla, como el primer ejercicio en la materiaque garantice la correcta accesibilidad y movilidad con acciones propuestas en elcorto, mediano y largo plazos, que baste decir, es tambin el nico que por cadalnea de accin propone un indicador para su seguimiento y registro de avanceen el cumplimiento.

    Mtro. Eduardo Rivera Prez

    Presidente Municipal Constitucional del Municipio de Puebla

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    El Instituto Municipal de Planeacin, en congruencia consu vocacin, se ha dado a la tarea de desarrollar unaserie de instrumentos que constituyen la plataforma deactuacin del gobierno municipal en el corto, medianoy largo plazo, mediante estrategias integrales diseadaspara dar continuidad, seguimiento y evaluacin a las

    acciones de gobierno.

    En este sentido, el Plan de Movilidad Urbana Susten-table es un esfuerzo del Gobierno Municipal realizadoen colaboracin con la sociedad, para construir un ins-trumento de planeacin fundamentado en una visinsustentable y colectiva en la que Puebla se posicionacomo una ciudad accesible para todos sus habitantes

    y usuarios, mediante la integracin de los diferentesmodos de transporte y establecimiento de una nuevajerarqua para uso y convivencia en la ciudad, en la cualmejorar la calidad de vida de las personas es la prioridaddel sistema de movilidad.

    La Ciudad de Puebla, como la mayora de las ciuda-des mexicanas, se ha desarrollado bajo un modelo de

    expansin urbana dispersa, que, para ofrecer accesoa bienes y servicios, mercados de trabajo, actividadesculturales y de recreacin a sus habitantes, requiere deun sistema de movilidad urbana cada vez ms grande y

    Presentacin

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    complejo que actualmente ha sido sobrepasado por las dinmicas propias de laciudad, generando altos costos sociales, econmicos y ambientales que impactannegativamente en la vida de las personas.

    En este sentido, la planeacin de la movilidad urbana es fundamental, pues noslo se trata de recorridos, costos y tiempos de traslado, ms bien es un sistema

    que funciona a travs de la interaccin de diversos elementos, entre los cualesdestaca la accesibilidad universal y que en este plan se establece como el derechoa desplazarse por la ciudad libremente, en condiciones adecuadas, facilitando el usodel espacio pblico, servicios y transporte, garantizando en todo momento trasladosseguros, cmodos y autnomos de todas las personas en igualdad de condiciones.

    Es importante destacar que el presente plan es el primero en su tipo a nivelestatal, lo que posiciona a Puebla como punta de lanza en materia de movilidadurbana sustentable, ya que adems de proporcionar estrategias para mejorar lascondiciones en las que opera actualmente el sistema de movilidad, cuenta conindicadores establecidos para cada una de las lneas de accin, lo cual permitirdar puntual seguimiento a los avances obtenidos y de ser necesario redireccionarlas acciones para el logro de los objetivos.

    Tomar conciencia de las consecuencias negativas que generamos al desplazarnospor la ciudad es fundamental para poder hacer un cambio en el sistema demovilidad, mismo que solo ser posible realizar mediante la suma de esfuerzos

    de todos los actores sociales, asumiendo responsabilidades y realizando accionestendientes a alcanzar siempre el bien comn, ms all de los intereses particulares.

    L.D. Luis Armando Olmos Pineda

    Coordinador General del IMPLAN Puebla

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    Junta de GobiernoInstituto Municipal de Planeacin

    Mtro. Eduardo Rivera PrezPresidente Honorario

    Francisco Bada SanzPresidente Suplente

    L.D. Luis Armando Olmos PinedaSecretario Tcnico - Coordinador Generaldel Instituto Municipal de Planeacin

    Lic. Rubn Ezequiel Islas ContrerasVocal - Secretario del

    H. Ayuntamiento de Puebla

    Arq. Jos Felipe Velzquez GutirrezVocal - Secretario de Desarrollo Urbano

    y Obras Pblicas

    Lic. Pedro Ocejo TarnoVocal - Secretario de Desarrollo

    Econmico y Turismo

    Dr. Luis Alejandro Fabre BandiniVocal - Secretario de MedioAmbiente y Servicios Pblicos

    C. David Mndez MrquezVocal - Regidor Presidente de la Comisin

    de Desarrollo Urbano y Obras

    C. Carlos Ibez AlcocerVocal - Regidor Presidente de la Comisin

    de Asuntos Metropolitanos

    C. Cesar Marcelino Len OchoaVocal - Regirdor Presidente de la

    Comisin de Participacin CiudadanaDr. Rafael Campos Enrquez

    Vocal Ciudadano

    Mtra. Denise Costes IntriagoVocal Ciudadano

    Dr. Francisco Manuel Vlez PliegoVocal Ciudadano

    Ing. Juan Gerardo Quintana MorenoVocal Ciudadano

    Arq. Mara de los Dolores Dib y lvarezVocal Ciudadano

    Arq. Jos Antonio Quintana GmezVocal Ciudadano

    Arq. Carlos Mastretta CobelVocal Ciudadano

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    Colaboradores

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    Agradecimientos

    David Mndez MrquezRegidor del Ayuntamiento de Puebla

    Alicia Romero OrdazRegidora del Ayuntamiento de Puebla

    Arturo Loyola GonzlezRegidor del Ayuntamiento de Puebla

    Arturo MigoyaPuebla Verde

    Ma. del Carmen LanzagortaInclusin en Accin

    Luana AmadorInclusin en Accin

    Mara Andrea Escobar GarcaPortavoz de Personas con Discapacidad, A.C.

    Guillermina RuzAsociacin Cultural y Recreativa

    para el invidente de Puebla

    Gabriel Gaby OsorioAsociacin Cultural y Recreativa

    para el Invidente de Puebla

    Mercedes Vicente MjicaConsejo Ciudadano de Turismo

    Dr. Miguel Fuentes HernndezConsejo Municipal de Salud

    Raciel Flores QuijanoUPAEP

    Agustn Villordo A.ANP Sierra del Tentzo

    Lic. Elsa Lilia Snchez TalledoDireccin de Calidad del Are

    y Cambio Climtico

    Salvador A. Cuenca AutranConfederacin Internacional de Motociclistas

    Ociales y Policas de Caminos

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    I. Introduccin

    El modelo actual de movilidad urbana del mu-nicipio de Puebla es el resultado de mltiplesfactores y procesos histricos, que han favoreci-do la expansin urbana de forma desordenaday dispersa, situacin que ha contribuido a incre-mentar los recorridos y tiempos de traslado.

    Este crecimiento ampla las distancias entre

    los principales usos del suelo (vivienda, traba-jo, comercio, servic ios pblicos), generandodependencia en el uso del vehculo privadoe incrementando los ndices de motorizacin,

    Plan de MovilidadUrbana Sustentablepara el Municipio de Puebla

    teniendo como consecuencias la demanda demayor ocupacin del espacio pblico para circu-lar y estacionarse, as como congestionamientosviales y el consumo creciente de combustiblesque impactan directa y negativamente al medioambiente y a la salud de los habitantes.

    Por otra parte, el transporte pblico se ve en la

    necesidad de generar rutas adicionales y ampliarlas existentes, para cubrir nuevas distancias ysatisfacer la demanda de los ciudadanos quehacen uso de este servicio.

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    Lo anterior, aunado a la falta de planeacin e integracin en el

    desarrollo urbano del municipio con un enfoque sustentable, ascomo mltiples factores socio-culturales, generan condicionespoco favorables para la movilidad urbana en el municipio, afec-tando mayormente a la movilidad no motorizada (peatonal y enbicicleta).

    La movilidad en el municipio de Puebla posee caractersticasparticulares, dado que funciona en un contexto metropolitano,

    siendo la ciudad de Puebla el mayor polo de atraccin de la zonametropolitana, situacin que genera un alto grado de inuenciaen los patrones de movilidad, principalmente de los municipioscon los que presenta conurbacin.

    Ante este escenario, el Gobierno Municipal a travs del InstitutoMunicipal de Planeacin promueve el desarrollo de una movilidadsustentable, que procure condiciones de accesibilidad universal,

    el uso de transportes no motorizados y la implementacin detransportes pblicos ecientes, as como el uso racional del au-tomvil.

    En este sentido, la ciudad no est diseada paraotorgar condiciones de accesibilidad universal a sushabitantes, que se enfrentan a barreras fsicas quedicultan los desplazamientos, especialmente de

    los adultos mayores y personas con discapacidad.

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    Con esta nalidad se desarroll el presente Plan de MovilidadUrbana Sustentable, como un instrumento de planeacin quetiene por objeto establecer las estrategias y lneas de accinnecesarias para brindar un equilibrio entre las necesidades demovilidad y accesibilidad de los usuarios del municipio de Puebla,bajo los principios de una movilidad sustentable, preservando elmedio ambiente, favoreciendo la economa local, facilitando la

    integracin y convivencia social; para ubicar a Puebla como unmunicipio competitivo que brinde una mejor calidad de vida asus habitantes.

    El desarrollo del Plan de Movilidad Urbana Sustentable para elMunicipio de Puebla se fundamenta en cuatro captulos, el pri-mero reere a los Antecedentes que dan sustento legal al Plan,la metodologa del mismo y los elementos de la movilidad. El

    segundo captulo corresponde al diagnstico de las condicionesde movilidad del municipio de Puebla. Por su parte el captulotercero establece las estrategias y lneas de accin a implementary nalmente el captulo cuarto establece la gestin de la movilidadurbana, la programacin de las acciones correspondientes, losindicadores para su seguimiento y medicin, adems de posiblesfuentes de nanciamiento.

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    II. Objetivos del Plan

    Objetivo General

    Establecer las estrategias y lneasde accin necesarias para el me-joramiento de las condiciones demovilidad en el municipio de Pue-

    bla, en el marco de una polticade accesibilidad universal comoun derecho que se aplique en eldiseo del espacio pblico paralos usuarios de la ciudad, la me-jora en la calidad en los sistemasde transporte pblico, el impulsoa los medios de transporte no

    motorizados que impacten posi-tivamente en el medio ambiente,y el fomento del uso racional delautomvil, as como la promocinde un modelo de ciudad densa ycompacta.

    Objetivos Particulares

    Establecer las bases para una poltica integral deaccesibilidad universal que favorezca sin distin-cin alguna a los habitantes del municipio.

    Disear estrategias para la integracin de los

    diferentes sistemas de movilidad del municipio,considerando la nueva red que cubrir el SistemaIntegrado de Transporte Pblico establecido enel Programa Sectorial de Movilidad de la ZonaMetropolitana de la Ciudad de Puebla.

    Establecer estrategias que permitan generarmayor accesibilidad y mejora de los sistemas demovilidad del municipio, impulsando a la movili-dad no motorizada como medio sustentable detransporte en distancias cortas as como el usoracional del automvil.

    Disear una estrategia para la implementacin deun modelo urbano que fomente ncleos habita-cionales densos y compactos, con usos de suelomixto, acceso a servicios y equipamiento urbano,

    adems de estar integrados con el sistema detransporte pblico.

    Construir un sistema de indicadores que permitael seguimiento y medicin de las lneas de accina realizar.

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    III. Alcances del Plan

    Captulo 3. Ejes estratgicos. Contienelos lineamientos especcos que permitenorientar las estrategias de mejora de lamovilidad urbana para el peatn, el trans-porte pblico, el transporte no motorizado,y automviles particulares.

    Captulo 4. Gestin. Establece una estra-

    tegia de gestin de la movilidad urbana,define los plazos, corresponsabilidadsectorial e indicadores de cada una de laslneas de accin, as como los instrumentosnancieros que harn posible la ejecucindel plan.

    Los alcances del Plan se encuentran estructurados en cuatrocaptulos, los dos primeros referentes al anlisis de la movilidadurbana del municipio en un contexto metropolitano y los dosrestantes a las estrategias establecidas para el mejoramiento dela movilidad urbana y su gestin.

    Dichos captulos son los siguientes:

    Captulo 1. Antecedentes. Contiene lafundamentacin jurdica, los instrumentosde planeacin aplicables, los aspectos deinters general, los objetivos que se per-siguen, delimitacin del rea de estudio yel marco metodolgico del presente Plande Movilidad Urbana Sustentable.

    Captulo 2. Diagnstico. Incluye un anlisisde las condiciones prevalecientes en la mo-vilidad urbana del municipio, considerandolas caractersticas fsicas de las vialidadesprimarias y secundarias; identicando lospuntos conictivos para el trnsito vehi-cular y del transporte pblico, as como laconectividad de los principales polos deatraccin de desplazamientos. Los factoresque no permiten una movilidad adecua-da dentro del territorio y las condicionesactuales de movilidad de los peatones ypersonas con discapacidad.

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    Conocer los antecedentes de la movilidad urbana permite com-

    prender mejor su estado en el presente, adems ayuda a laconstruccin de escenarios futuros con base en las experienciasdel pasado.

    Para el caso de la movilidad en el municipio de Puebla es nece-sario conocer la manera en que la ciudad ha ido evolucionandoa lo largo del tiempo, as como la manera en que est diseadosu sistema de movilidad urbana, para posteriormente realizar un

    diagnstico preciso de la situacin con respecto a este fenmeno.

    AntecendentesCAPTULO

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    El sistema de movilidad del municipio de Pue-bla es resultado de diversos factores que lo hanido construyendo a lo largo del tiempo, por loque es indispensable conocer tanto el contextoterritorial en que se realiza, as como la norma-tiva existente y los factores que inuyen en estesistema, motivos por los que a continuacin se

    abordarn los elementos que componen la mo-vilidad urbana y los retos que se presentan paramejorarla.

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    1Municipio de Puebla. Programa Municipal de Desarrollo UrbanoSustentable de Puebla (2007). Tomo II.2INEGI. Censo de Poblacin y Vivienda 2010. INEGI: Mxico.

    1.1 Delimitacin del rea de Estudio

    La delimitacin del rea de estudio del Plan de Movilidad UrbanaSustentable corresponde a los lmites poltico administrativosdel Municipio de Puebla, este se localiza en la parte Centro Oestedel Estado de Puebla. Sus coordenadas geogrcas son: los pa-ralelos 185042 y 191348 de Latitud Norte y los meridianos980024 y 981942 de Longitud Occidental. Limita al Norte,con el estado de Tlaxcala y los municipios de Cuautlancingo y

    Tepatlaxco de Hidalgo; al Este, con Amozoc y Cuautinchan; alSur, con los Municipios de Tzicatlacoyan, Huehuetln el Grandey Teopantln; al Oeste, con los municipios de Ocoyucan, SanAndrs Cholula y San Pedro Cholula.

    El Municipio de Puebla comprende una extensin territorial de561.35 Km2que lo ubica en el lugar nmero cinco en supercie enrelacin al resto de los municipios del Estado de Puebla, cuenta

    con un rea urbana de 225.40 Km2, un rea de crecimiento urbanode 65.95 Km2 y un rea natural protegida de 10.82 Km2.1

    De acuerdo al ltimo censo de poblacin y vivienda del ao 2010el municipio contaba con una poblacin de 1,539,819 habitantes.2

    Es importante destacar que el rea de estudio se aborda para suanlisis en un contexto conurbado y metropolitano, consideran-do los efectos que produce este escenario en la movilidad del

    municipio de Puebla.

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    Mapa 1. Delimitacin de la Zonade Estudio

    Fuente: IMPLAN 2012 conInformacin de INEGI 2010

    Municipiode Puebla

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    1.1.1 Contexto Metropolitano

    3Estado de las Ciudades de Mxico, SEDESOL, 2011.

    El municipio de Puebla toma vital importanciadentro de la Zona Metropolitana Puebla- Tlax-cala (ZMPT), esto se debe a que es el centrourbano de mayor relevancia dentro de esta de-limitacin, aunado a esto, su dinmica de creci-miento hace que se encuentre en un proceso deconurbacin con los municipios que lo rodean.

    Se analizar el rea de estudioen el contexto nacional, estataly metropolitano, con el prop-sito de identicar las caracte-rsticas de la movilidad urbanadel municipio, con base en elanlisis de diferentes elemen-

    tos como intercambios regiona-les, ujos, equipamiento, rutasde transporte, infraestructuraregional, estatal y municipal.

    El XII Censo de Poblacin y vivienda, 2010 indicaque el 72% de la poblacin del pas vive en las383 ciudades con ms de 15,000 habitantes queconforman el Sistema Urbano Nacional SUN, deestas 56 son Zonas Metropolitanas. Entre las Zo-nas Metropolitanas, destacan seis en trminos desu contribucin a la Produccin Bruta Total del

    pas, ya que estas produjeron 44% de la PBT conel 40% del personal y en ella vive el 30% de lapoblacin total del pas, se trata de las ZM delValle de Mxico, Monterrey, Guadalajara, Puebla Tlaxcala, Toluca y Saltillo.3

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    Por ser la capital del estado concentra a los poderes polticose institucionales de la ZMPT, contando con una gran presenciade actividades econmicas y de servicios, esto aunado a un altogrado de poblacin y crecimiento urbano, genera inuencia en elresto de los municipios de la zona metropolitana.

    El municipio de Puebla es tambin concentrador de serviciostursticos, culturales, educativos, urbanos, salud, nancieros y co-

    merciales que generan una gran cantidad de traslados y migracinde los habitantes de los municipios de la ZMPT.

    Por su ubicacin geogrca estratgica, el munici-pio de Puebla es paso obligado para las actividadescomerciales y de esparcimiento de la zona sureste

    del pas, situacin que genera gran nmero de trasla-dos que atraviesan el territorio municipal y la ZMPT.

    La Zona Metropolitana Puebla Tlaxcala est conformada por 39municipios, 19 corresponden al Estado de Puebla y 20 al Estadode Tlaxcala, (ver tabla 1).

    El presente plan tomar en cuenta los Municipios del Estado dePuebla y del Estado de Tlaxcala pertenecientes a la Zona Metro-politana, para realizar el diagnstico de la movilidad entorno alMunicipio de Puebla, considerando que representa la centralidadde la ZMPT.

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    Pu

    ebla

    Tlax

    cala

    Tabla1. Municipiosque Conforman la ZonaMetropolitana Puebla-Tlaxcala

    Fuente: Delimitacin de las zonasMetropolitanas de Mxico 2010.INEGI, SEDESOL, CONAPO.

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    Acajete

    Amozoc

    Coronango

    CuautlancingoChiautzingo

    Domingo Arenas

    Huejotzingo

    Juan C. Bonilla

    Ocoyucan

    Puebla

    San Andrs Cholula

    San Felipe Teotlalcingo

    San Gregorio Atzompa

    San Martn Texmelucan

    San Miguel Xoxtla

    San Pedro Cholula

    San Salvador el VerdeTepatlaxco de Hidalgo

    Tlaltenango

    Ixtacuixtla de Mariano Matamoros

    Mazatecochco de Jos Mara Morelos

    Tepetitla de Lardizbal

    Acuamanala de Miguel HidalgoNatvitas

    San Pablo del Monte

    Tenancingo

    Teolocholco

    Tepeyanco

    Tetlatlahuca

    Papalotla de Xicohtncatl

    Xicohtzinco

    Zacatelco

    San Jernimo Zacualpan

    San Juan Huactzinco

    San Lorenzo Axocomanitla

    Santa Ana NopalucanSanta Apolonia Teacalco

    Santa Catarina Ayometla

    Santa Cruz Quilehtla

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    Mapa 2. Zona Metropolitana Puebla - Tlaxcala

    Fuente: IMPLAN 2012 con Informacin de la Delimitacin de las ZonasMetropolitanas de Mxico 2010. INEGI, SEDESOL, CONAPO.

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    1.1.2 Contexto Municipal

    La Ciudad de Puebla ha sido considerada histricamente unaciudad estratgica en el contexto regional y nacional tanto porsus atractivos artsticos, histricos y culturales, como por lasposibilidades de inversin y desarrollo econmico vinculadosa su privilegiada ubicacin; condiciones ventajosas climticas yterritoriales, as como buenas comunicaciones con otros estados.Esto ha resultado en un incremento importante de su poblacin,

    sobre todo a partir de la segunda mitad del siglo XX, as comoen la expansin de su suelo urbano, ubicndose como la cuartarea metropolitana en importancia a nivel nacional.4

    4Diagnstico municipal, Plan Estratgico Puebla 500, 2012

    Por su cantidad de poblacin, el Municipio dePuebla es uno de los ms importantes del pas,ocupando el cuarto lugar de los ms pobla-

    dos en el ao 2010, con 1,539,819 habitantes,despus de la Delegacin de Iztapalapa en el Distrito Federal(1,815,786 habitantes), el Municipio de Guadalajara (1,646,319habitantes) y el Municipio de Ecatepec en el Estado de Mxico(1,622,997 habitantes).

    Como se ha mencionado, Puebla es el municipio que dio origen

    a la cuarta metrpoli ms poblada del pas, identicada como laZona Metropolitana Puebla-Tlaxcala (ZMPT).

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    En el ao 2010 el Municipio de Puebla fu el msimportante del Estado, en cuanto a concentra-cin de poblacin se reere, integrando a pocoms de una cuarta parte de la poblacin estatal.

    En el proceso de metropolizacin, el municipiode Puebla gener un proceso de concentracinde poblacin desde mediados de los 60 hasta ladcada de los 90 del siglo pasado, determinadopor un alto nivel de natalidad de la poblacin re-sidente junto con un descenso importante de lastasas de mortalidad y por importantes procesosde inmigracin, tanto de municipios poblanoscomo de otras entidades.

    Este proceso cambia a nes de los 90 debido a

    un mayor ritmo de crecimiento de la poblacinde los otros municipios conurbados que confor-man la metrpoli Puebla-Tlaxcala, y se observatambin un descenso en el ritmo de crecimientode la poblacin.5

    El contexto municipal comprende el lmite delmunicipio de Puebla decretado en el Peridico

    Ocial de fecha 30 de octubre de 1962, con unasupercie territorial de 561.35 Km2.

    Peridico Ocial con Fecha30 de octubre de 1962

    Decreto por el cual se su-primen los Municipios deSan Jernimo Caleras; SanFelipe Hueyotlipan; SanMiguel Canoa; Resurrec-

    cin y Totimehuacn; losque se anexan al Municipiode Puebla.

    5Plan Municipal de Desarrollo 2011 2014,H. Ayuntamiento de Puebla.

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    Descripcin del Lmite Municipal

    Artculo Primero

    Se suprimen los Municipios de San Jernimo Caleras; San Felipe Hueyotli-pan; San Miguel canoa; Resurreccin y Totimehuacn; los que a partir de lavigencia de este Decreto y con la totalidad de sus poblados y extensionessuperciales se anexan al Municipio de Puebla, cuyas autoridades Judicialesy administrativas ejercern plenamente sus atribuciones sobre la totalidaddel permetro que esta Ley seala, de tal manera que se ampla a la juris-diccin de dichas Autoridades Judiciales y Administrativas del Municipio dePuebla en la medida que comprende las extensiones superciales referidas.

    Artculo Segundo

    Se jan como lmites del Municipio de Puebla:

    Por el Norte,A partir de la desembocadura al ro Atoyac de la Barranca deATLACAMONTE, limita con el Estado de Tlaxcala en todos sus trminos,hasta la cumbre de la MALINTZI o MATLALCUEYE.

    Por el lado Oriente y Sur, los siguientes: De la Cumbre del Matlalcueye, rum-bo al Sur-Este, la lnea establecida en el Decreto Presidencial del 4 de Juniode 1888, hasta el punto llamado Mojonera de la Letra A , siguiendo alPoniente hasta la cumbre de Xaltenalin, lnea colindante con el Ex-Distritode Tepeaca, de este punto, al Sur-Oeste el lindero que sirve de lmite entreel Municipio de Resurreccin y el Ejido de San Miguel Canoa con terrenospertenecientes a Amozoc; lmite entre el Ejido de Capulac y Hacienda

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    San Mateo con el Ejido de San Miguel Espejo;lindero del Ejido de Xonacatepec y Haciendade San Mateo, al Poniente con lindero anteriory terrenos de Chachapa siguiendo al Sur por laBarranca de Capulac o Amalucan; siguiendo ellindero de la ampliacin de Chachapa y terrenosde Chachapa hasta la carretera MEXICO-VERA-

    CRUZ, se sigue el eje de esta carretera hastasu interseccin con el rancho EL BOSQUE,partiendo hacia el Sur lindero entre el ranchoEl Bosque y Ejidos; Chachapa y Chapultepec yHacienda LOS ALAMOS, ampliacin de Cha-pultepec hasta encontrar el lindero del Municipiode Totimehuacn para seguir por este ltimohasta la interseccin del Municipio de Ocoyucn

    y el cauce del ro Atoyac, siguiendo aguas arribahasta El Puente de Echeverra (afectado por elremanso de la Presa Manuel vila Camacho).

    Y por el Poniente,a partir del Puente de Eche-verra y siguiendo agua arriba el ro Atoyac hastasu conuencia con la Barranca o Ro Zapatero atravs del Ejido de Temoxtitla, Ejido de Cacalo-tepec, Hacienda Castillotla y Hacienda Mayoraz-go, pertenecientes al Municipio de Puebla; sesigue aguas arriba el curso de esta Barranca en

    terrenos del Ejido de San Andrs Cholula, dela Hacienda la Concepcin Buenavista ( dondetermina el Municipio de San Andrs Cholula ) yterrenos de Romero Vargas; Lmite entre: EjidoRomero Vargas, Hacienda Zavaleta y HaciendaSanta Cruz con el Ejido de la Trinidad, linderode la Hacienda Santa Cruz con el Pueblo deMomoxpan; linderos de los pueblos de Cuaut-

    lancingo , La Trinidad y Sanctrum con terrenosde La Trinidad; se sigue el lindero Poniente dela Hacienda de Apetlachica hasta encontrar elcauce del Ro Atoyac aguas arriba de BarrancaHonda, se sigue el cauce de este ro hacia elNorte hasta encontrar el punto de partida, o seaBarranca de ATLACOMONTE, lo anterior perte-nece al Municipio de Cuautlancingo.

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    Artculo Tercero

    En los Trminos anteriores quedan modicados ydenidos los lmites de los Municipios de Amozoc,

    San Andrs Cholula y Cuautlancingo de los Ex-Dis-tritos de Tecali y Cholula.

    Artculo Cuarto

    Dentro de las Mismas extensiones que pertenecie-ron a los Municipios que sta ley suprime, se creanlas Juntas Auxiliares de San Jernimo Caleras; SanFelipe Hueyotlipan; San Miguel Canoa; Resurrec-

    cin y Totimehuacan.Artculo Quinto

    Las Juntas Auxiliares a que se reere el preceptoanterior dependern poltica, hacendara y adminis-trativamente del Municipio de Puebla.

    Bajo la jurisdiccin del gobierno del Municipio de

    Puebla existen 17 Juntas Auxiliares que antes fue-ron pueblos vecinos, rancheras o ejidos, o inclusomunicipios que fueron absorbidos por la ciudad araz de las reformas del citado Decreto de 1962 yahora forman parte de la extensin urbana. CadaJunta Auxiliar es representada por un PresidenteAuxiliar y su equipo, elegidos de manera directa porlos habitantes de la comunidad y que fungen como

    auxiliares en la administracin municipal sujetos alHonorable Ayuntamiento que rige al Municipio dePuebla.

    Las Juntas Auxiliares delMunicipio de Puebla son:

    Junta Auxiliar Ignacio Romero Vargas

    Junta Auxiliar Ignacio Zaragoza

    Junta Auxiliar La Libertad

    Junta Auxiliar La Resurreccin

    Junta Auxiliar San Andrs Azumiatla

    Junta Auxiliar San Baltazar Campeche

    Junta Auxiliar San Baltazar Tetela

    Junta Auxiliar San Felipe Hueyotlipan

    Junta Auxiliar San Francisco Totimehuacn

    Junta Auxiliar San Jernimo Caleras

    Junta Auxiliar San Miguel Canoa

    Junta Auxiliar San Pablo Xochimehuacn

    Junta Auxiliar San Pedro Zacachimalpa

    Junta Auxiliar San Sebastin de Aparicio

    Junta Auxiliar Santa Mara Guadalupe Tecola

    Junta Auxiliar Santa Mara Xonacatepec

    Junta Auxiliar Santo Toms Chautla

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    Mapa 3. Juntas Auxiliaresdel Municipio de Puebla

    Fuente: IMPLAN 2012 con Infor-macin del Municipio de Puebla.

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    1.2 Fundamentacin Jurdica

    En este apartado se relacionan los principales ordenamientosjurdicos vigentes a nivel Federal, Estatal y Municipal, con el pro-psito de establecer las bases legales que le dan sustento a laelaboracin del Plan de Movilidad Urbana Sustentable.

    1.2.1 Nivel FederalLos ordenamientos analizados a nivel Federal en que se funda elpresente Plan se describen a continuacin:

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    Ley de Planeacin.

    Ley General de Asentamientos Humanos. Ley General del Equilibrio Ecolgico y de Proteccin al

    Ambiente.

    Ley General para la Inclusin de las Personas con Discapa-cidad.

    Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

    Ley General de Cambio Climtico.

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    Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos

    Seala en su artculo 26 que el Estado organizar un Sistemade Planeacin Democrtica que imprima solidez, dinamismo,permanencia y equidad al crecimiento econmico para la inde-pendencia y la democratizacin poltica, social y cultural de laNacin.

    En el artculo 27 prrafo tercero, se establece el derecho de lanacin de imponer a la propiedad privada las modalidades quedicte el inters pblico, as como el de regular, en benecio

    social, el aprovechamiento de los elementos naturales suscep-tibles de apropiacin, para hacer una distribucin equitativa dela riqueza pblica, cuidar de su conservacin, lograr el desarrolloequilibrado del pas y el mejoramiento de las condiciones devida de la poblacin, por lo que se dictarn las medidas necesa-rias para ordenar los asentamientos humanos y establecer ade-cuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas

    y bosques, a efecto de ejecutar obras pblicas y de planear yregular la fundacin, conservacin, mejoramiento y crecimien-to de los centros de poblacin y para preservar y restaurar elequilibrio ecolgico.

    Por su parte, el artculo 115 en su fraccin I, establece que cadaMunicipio ser gobernado por un Ayuntamiento de eleccinpopular directa, por lo que la competencia que la Constitucinotorga al gobierno municipal se ejercer por el Ayuntamientode manera exclusiva y no habr autoridad intermedia algunaentre ste y el Gobierno del Estado; as mismo en la fraccin V,se faculta a los Municipios en trminos de las leyes federales yestatales relativas, para:

    Formular, aprobar y ad-ministrar la zonicacin ylos planes de desarrollourbano municipal.

    Participar en la creacin

    y administracin de susreservas territoriales.

    Autorizar, controlar yvigilar la utilizacin delsuelo, en el mbito de sucompetencia, en sus juris-dicciones territoriales.

    Participar en la creaciny administracin de zonasde reservas ecolgicas yen la elaboracin y apli-cacin de programas deordenamiento en estamateria.

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    Ley de Planeacin

    Artculo 1

    Las disposiciones de esta Ley sonde orden pblico e inters social ytienen por objeto establecer:

    I. Las normas y principios bsi-cos conforme a los cuales se

    llevar a cabo la PlaneacinNacional del Desarrollo yencauzar, en funcin de sta,las actividades de la adminis-tracin Pblica Federal.

    II. Las bases de integracin yfuncionamiento del SistemaNacional de Planeacin De-

    mocrtica.

    III. Las bases para que el Eje-cutivo Federal coordine susactividades de planeacincon las entidades federati-vas, conforme a la legislacinaplicable.

    Ley General de Asentamientos Humanos

    Menciona en su artculo 1 que las disposiciones de sta Ley,tienen por objeto: establecer la concurrencia de la Federa-cin, de las entidades federativas y de los Municipios, parala ordenacin y regulacin de los asentamientos humanosen el territorio nacional; jar las normas bsicas para planeary regular el ordenamiento territorial de los asentamientoshumanos y la fundacin, conservacin, mejoramiento y cre-

    cimiento de los centros de poblacin; Denir los principiospara determinar las provisiones, reservas, usos y destinosde reas y predios que regulen la propiedad en los centrosde poblacin, y determinar las bases para la participacinsocial en materia de asentamientos humanos.

    En el artculo 3, se establece el objeto del ordenamientoterritorial de los asentamientos humanos y el desarrollourbano de los centros de poblacin, para mejorar el nively calidad de vida de la poblacin urbana y rural.

    As mismo, en los artculos 15 y 35, se indica que los planeso programas estatales y municipales de desarrollo urbanosern aprobados, ejecutados, controlados, evaluados ymodicados por las autoridades locales; determinando lasatribuciones de los gobiernos municipales destacando laformulacin, aprobacin y administracin de los planes yprogramas de desarrollo urbano y los procedimientos parala aprobacin y ejecucin de dichos planes y programas;advirtiendo en este rubro la concurrencia y coordinacin delas autoridades de los tres rdenes de gobierno.

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    Ley General del EquilibrioEcolgico y la Proteccin al Ambiente

    En los artculos 1, 2 y 3 se dene al ordenamientoecolgico, as como las bases para su formula-cin considerndolo de inters y utilidad pblicay social; as mismo, se establece en su artculo6 la competencia de las entidades federativas ymunicipios, en el mbito de sus circunscripcionesterritoriales y conforme a la distribucin que se

    establezca en las leyes locales, en la esfera delordenamiento ecolgico local, particularmen-te en los asentamientos humanos, a travs delos programas de desarrollo urbano y demsinstrumentos regulados en esta ley, en la LeyGeneral de Asentamientos Humanos y en lasdisposiciones locales, as como la preservaciny restauracin del equilibrio ecolgico y la pro-

    teccin ambiental en los centros de poblacinen relacin con los efectos derivados de losservicios de alcantarillado, limpia, mercados ycentrales de abasto, panteones, rastros, trnsitoy transporte locales.

    Dentro de los instrumentos de la poltica eco-lgica, denidos en el artculo 23 se dene ala regulacin ecolgica de los asentamientoshumanos como: El conjunto de normas, disposi-ciones y medidas de desarrollo urbano y viviendapara mantener, mejorar o restaurar el equilibrioecolgico de las comunidades con los elementos

    naturales y asegurar el mejoramiento de la cali-dad de vida de la poblacin, que lleven a caboel gobierno federal, las entidades federativas ylos municipios.

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    Ley General para la inclusinde las personas con Discapacidad

    Su objeto es reglamentar en lo conducente, elArtculo 1o. de la Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos estableciendo lascondiciones en las que el Estado deber promo-ver, proteger y asegurar el pleno ejercicio de losderechos humanos y libertades fundamentalesde las personas con discapacidad, asegurando

    su plena inclusin a la sociedad en un marco derespeto, igualdad y equiparacin de oportuni-dades.

    En su Artculo 2 seala que para los efectos deesta Ley se entender por Accesibilidad a lasmedidas pertinentes para asegurar el acceso delas personas con discapacidad, en igualdad decondiciones con las dems, al entorno fsico, eltransporte, la informacin y las comunicaciones,incluidos los sistemas y las tecnologas de lainformacin y las comunicaciones, y a otros ser-vicios e instalaciones abiertos al pblico o de usopblico, tanto en zonas urbanas como rurales.

    Artculo 17

    Para asegurar la accesibilidad en la infraestructu-ra bsica, equipamiento o entorno urbano y losespacios pblicos, se contemplarn entre otros,los siguientes lineamientos:

    Que sea de carcter universal, obligatoria y

    adaptada para todas las personas;Que incluya el uso de sealizacin, facilidadesarquitectnicas, tecnologas, informacin, siste-ma braille, lengua de seas mexicana, ayudastcnicas, perros gua o animal de servicio y otrosapoyos, y

    Que la adecuacin de las instalaciones pblicassea progresiva.

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    Artculo 19

    La Secretara de Comunicaciones y Transportespromover el derecho de las personas con dis-capacidad, sin discriminacin de ningn tipo, alacceso al transporte, los sistemas y las tecno-logas de la informacin y las comunicaciones,particularmente aquellas que contribuyan a su

    independencia y desarrollo integral. Para es-tos efectos, realizar las siguientes acciones:

    I. Establecer mecanismos de coordinacincon autoridades competentes y empresasprivadas, a n de elaborar normas y pro-gramas que garanticen a las personas condiscapacidad, la accesibilidad, seguridad,comodidad, calidad y funcionalidad enlos medios de transporte pblico areo,terrestre y martimo;

    II. Promover que en la concesin del serviciode transporte pblico areo, terrestre omartimo, las unidades e instalaciones ga-ranticen a las personas con discapacidad la

    accesibilidad para el desplazamiento y losservicios, incluyendo especicaciones tc-nicas y antropomtricas, apoyos tcnicos ohumanos y personal capacitado;

    III. Promover en el mbito de su competenciaprogramas y campaas de educacin vial,cortesa urbana y respeto hacia las perso-nas con discapacidad en su trnsito por lava y lugares pblicos, as como para evitarcualquier tipo de discriminacin en el usodel transporte pblico areo, terrestre omartimo;

    Promover convenios con los concesiona-rios del transporte pblico a n de quelas personas con discapacidad gocen dedescuentos en las tarifas de los servicios

    de transporte pblico.

    V.

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    Ley de Caminos, Puentesy Autotransporte Federal

    Esta Ley tiene por objeto regular la construccin, operacin,explotacin, conservacin y mantenimiento de los caminos ypuentes a que se reeren las fracciones I y V de su Artculo 2o,los cuales constituyen vas generales de comunicacin; as comolos servicios de autotransporte federal que en ellos operan, susservicios auxiliares y el trnsito en dichas vas.

    Artculo 2o

    Para los efectos de esta Ley, se entender por:

    I. Caminos o carreteras: V. Puentes:

    a. Los que entronquen con algn camino depas extranjero.

    b. Los que comuniquen a dos o ms estadosde la Federacin; y

    c. Los que en su totalidad o en su mayorparte sean construidos por la Federacin;con fondos federales o mediante conce-sin federal por particulares, estados omunicipios.

    a. Nacionales: Los construidos por la Fede-racin; con fondos federales o medianteconcesin o permiso federales por particu-

    lares, estados o municipios en los caminosfederales, o vas generales de comunica-cin; o para salvar obstculos topogr-cos sin conectar con caminos de un pasvecino, y

    b. Internacionales: Los construidos por la Fe-deracin; con fondos federales o medianteconcesin federal por particulares, estadoso municipios sobre las corrientes o vas ge-nerales de comunicacin que formen partede las lneas divisorias internacionales.

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    Considera conceptos y atribuciones federales de relevancia en el presente Plancomo:

    Servicios Auxiliares: Los que sin formar parte del autotransporte federalde pasajeros, turismo o carga, complementan su operacin y explotacin;

    Servicio de autotransporte de carga: El porte de mercancas que se prestaa terceros en caminos de jurisdiccin federal;

    Servicio de autotransporte de pasajeros: El que se presta en forma regularsujeto a horarios y frecuencias para la salida y llegada de vehculos;

    Servicio de autotransporte de turismo: el que se presta en forma no regulardestinado al traslado de personas con nes recreativos, culturales y deesparcimiento hacia centros o zonas de inters;

    Terminales: Las instalaciones auxiliares al servicio del autotransporte depasajeros, en donde se efecta la salida y llegada de autobuses para elascenso y descenso de viajeros, y tratndose de autotransporte de carga,en las que se efecta la recepcin, almacenamiento y despacho de mer-

    cancas, el acceso, estacionamiento y salida de los vehculos destinadosa este servicio;

    Trnsito: La circulacin que se realice en las vas generales de comunica-cin.

    Transporte privado: Es el que efectan las personas fsicas o morales res-pecto de bienes propios o conexos de sus respectivas actividades, as

    como de personas vinculadas con los mismos nes, sin que por ello segenere un cobro; y

    Vas generales de comunicacin: Los caminos y puentes tal como se de-nen en el presente artculo.

    VII.

    VIII.

    IX.

    X.

    XII.

    XIII.

    XIV.

    XV.

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    Ley General de Cambio Climtico

    El artculo 5 establece que la federacin, las entidades federativas,el Distrito Federal y los municipios ejercern sus atribuciones parala mitigacin y adaptacin al cambio climtico, de conformidadcon la distribucin de competencias prevista en esta ley y en losdems ordenamientos legales aplicables.

    Artculo 9

    Corresponde a los municipios, las siguientesatribuciones:

    Formular, conducir y evaluar la polticamunicipal en materia de cambio climticoen concordancia con la poltica nacional yestatal;

    Formular e instrumentar polticas y accionespara enfrentar al cambio climtico en con-gruencia con el Plan Nacional de Desarrollo,la Estrategia Nacional, el Programa estatalen materia de cambio climtico y con lasleyes aplicables, en las siguientes materias:

    Desarrollar estrategias, programas y proyec-tos integrales de mitigacin al cambio clim-tico para impulsar el transporte eciente ysustentable, pblico y privado;

    Realizar campaas de educacin e informa-cin, en coordinacin con el gobierno estataly federal, para sensibilizar a la poblacinsobre los efectos adversos del cambio cli-mtico;

    I. IV.

    II. V.

    b) Ordenamiento ecolgico local y desarrollourbano;

    f) Transporte pblico de pasajeros eciente ysustentable en su mbito jurisdiccional;

    En el artculo 34, se establece que para reducir las emisiones, las

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    dependencias y entidades de la administracin pblica federal,las Entidades Federativas y los Municipios, en el mbito de sucompetencia, promovern el diseo y la elaboracin de polticas y

    acciones de mitigacin asociadas a los sectores correspondientes,considerando las disposiciones siguientes:

    II. Reduccin de emisiones en el Sector Transporte:

    a. Promover la inversin en la construccin deciclovas o infraestructura de transporte nomotorizado, as como la implementacinde reglamentos de trnsito que promuevanel uso de la bicicleta.

    b. Disear e implementar sistemas de trans-porte pblico integrales, y programas demovilidad sustentable en las zonas urbanaso conurbadas para disminuir los tiemposde traslado, el uso de automviles particu-lares, los costos de transporte, el consumo

    energtico, la incidencia de enfermedadesrespiratorias y aumentar la competitividadde la economa regional.

    c. Elaborar e instrumentar planes y programasde desarrollo urbano que comprendan cri-terios de eciencia energtica y mitigacinde emisiones directas e indirectas, gene-radas por los desplazamientos y servicios

    requeridos por la poblacin, evitando ladispersin de los asentamientos humanosy procurando aprovechar los espacios ur-banos vacantes en las ciudades.

    d. Crear mecanismos que permitan mitigaremisiones directas e indirectas relaciona-das con la prestacin de servicios pblicos,planeacin de viviendas, construccin yoperacin de edicios pblicos y privados,comercios e industrias.

    e. Establecer programas que promuevan eltrabajo de ocina en casa, cuidando as-pectos de condencialidad, a n de reducirdesplazamientos y servicios de los traba-jadores.

    f. Coordinar, promover y ejecutar programasde permuta o renta de vivienda para acer-car a la poblacin a sus fuentes de empleoy recintos educativos.

    g. Desarrollar instrumentos econmicos paraque las empresas otorguen el servicio detransporte colectivo a sus trabajadores ha-

    cia los centros de trabajo, a n de reducirel uso del automvil.

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    1.2.2 Nivel Estatal

    Los ordenamientos analizadosa nivel Estatal en que se fundael presente Plan se describen acontinuacin:

    Constitucin Poltica delEstado Libre y Soberanode Puebla.

    Ley de Planeacin para elDesarrollo del Estado dePuebla.

    Ley de Desarrollo UrbanoSustentable del Estadode Puebla.

    Ley para la proteccindel ambiente natural y eldesarrollo sustentable delEstado de Puebla.

    Ley de Transporte delEstado de Puebla.

    Constitucin Poltica del Estado Librey Soberano del Estado de Puebla

    En su Artculo 79, fraccin XXIX, faculta al Gobernador delEstado, para dictar las medidas necesarias para ordenarlos asentamientos humanos en la entidad y regular la fun-dacin, conservacin, mejoramiento y crecimiento de loscentros de poblacin, con arreglo a las leyes en la materia.

    As mismo, en el diverso 83 del mismo ordenamiento legal,se establecen las bases para la creacin de la Ley Orgnica

    de la Administracin Pblica del Estado.

    El Artculo 105 establece que los Municipios en los tr-minos de las leyes federales y estatales relativas, estnfacultados para: formular, aprobar y administrar la zoni-cacin y planes de desarrollo urbano municipal; participaren la creacin y administracin de sus reservas territoriales;autorizar, controlar y vigilar la utilizacin del suelo, en el

    mbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoria-les; y participar en la creacin y administracin de zonasde reservas ecolgicas y en la elaboracin y aplicacin deprogramas de ordenamiento en esta materia.

    Por su parte el Artculo 107, establece que el Plan Estatalde Desarrollo considerar los principios del desarrollo sus-tentable, a travs de la prevencin, preservacin y restau-

    racin del equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente.

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    La Ley de Planeacin para elDesarrollo del Estado de Puebla

    En el artculo 10 se establecen las competen-cias de las autoridades estatales y municipales,e indica que debern vigilar y asegurar la im-plementacin del Sistema Estatal de PlaneacinDemocrtica en el mbito de su jurisdiccin. Enel artculo 14 se consideran como etapas delproceso de planeacin: la formulacin, la instru-

    mentacin, el control y la evaluacin; y el artculo24 fracciones I, II, III y IV establece el contenidoque los programas sectoriales, institucionales,regionales y especiales debern considerar.

    d ll b

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    Ley de Desarrollo UrbanoSustentable del Estado de Puebla

    Artculo 1

    Las disposiciones de esta Ley son de orden pblico y tienen porobjeto:

    Establecer la participacin del Estado y los Municipios para laconstitucin y administracin de reservas ecolgicas, territoriales,

    la regularizacin de la tenencia de la tierra, la dotacin deinfraestructura, equipamiento y servicios urbanos, as comola proteccin del patrimonio histrico, artstico, arquitec-tnico y cultural.

    Establecer los lineamientos para coadyuvar con la Fe-deracin en el cumplimiento del Programa Nacional deDesarrollo Urbano Sustentable.

    Fijar e imponer las medidas de seguridad y sanciones alos infractores de esta Ley y de los Programas de Orde-namiento Territorial de los Asentamientos Humanos y deDesarrollo Urbano Sustentable.

    V.

    X.

    XI.

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    INTRODUCCIN

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    Artculo 2

    Para el logro de los objetivos en materia de Desarrollo UrbanoSustentable, el Ejecutivo del Estado promover, en coordinacincon los Ayuntamientos, el Ordenamiento Territorial de los Asen-tamientos Humanos y el Desarrollo Urbano Sustentable de loscentros de poblacin, con el propsito de mejorar los niveles devida de la poblacin urbana y rural, para lo cual se establece:

    I.

    X.

    II.

    XI.

    XVI.

    La vinculacin del desarrollo regional y urbano con elbienestar social.

    El desarrollo sustentable de las regiones y centros de po-blacin, armonizando la interrelacin de las ciudades yel campo, distribuyendo equitativamente los benecios y

    cargas del proceso de urbanizacin.La prevencin, control y atencin de riesgos y contingen-cias ambientales y urbanas en los centros de poblacin.

    La proteccin al ambiente y la preservacin del equilibrioecolgico en los centros de poblacin, conforme a los cri-terios de poltica ambiental establecidos en la legislacinaplicable.

    La participacin social en la ordenacin territorial de losAsentamientos Humanos y el Desarrollo Urbano Sustenta-ble de los centros de poblacin.

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    INTRODUCCIN

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    Artculo 7

    Esta Ley, los Planes de Desarrollo UrbanoSustentable, las declaratorias y todos losactos de autoridad relacionados con estosinstrumentos jurdicos, sern obligatoriostanto para las autoridades como para losparticulares.

    La reglamentacin de la Ley establecerlas especicaciones tcnicas, requisitos yprocedimientos a que quedar sujeta lamateria de Desarrollo Urbano Sustentableen el territorio estatal.

    Artculo 9

    Son autoridades competentes, para la aplicacinde la presente Ley:

    Los Ayuntamientos y autoridades ejecu-toras que de ellos dependan;

    Los Presidentes Municipales.

    IV.

    V.

    Artculo 11

    Las atribuciones que en materia de DesarrolloUrbano Sustentable otorga esta Ley al Ejecutivodel Estado, sern ejercidas, a travs de la Secre-tara, salvo las que deba ejercer directamente elEjecutivo del Estado, por disposicin expresa deeste u otros ordenamientos jurdicos.

    Artculo 12 Corresponde a los Ayuntamientos, en sus res-pectivas jurisdicciones:

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    INTRODUCCIN

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    Corresponde al Ejecutivo del Estado, en el m-bito de su respectiva jurisdiccin:

    pectivas jurisdicciones:

    Formular, aprobar, actualizar y evaluar losProgramas de orden estatal y regional deDesarrollo Urbano Sustentable y de Orde-namiento Territorial de los AsentamientosHumanos, en congruencia con el ProgramaNacional de Desarrollo Urbano.

    Emitir los dictmenes de congruencia de

    los Programas regionales y Municipales, conel Programa Estatal de Desarrollo UrbanoSustentable, as como con los convenios dezonas conurbadas y metropolitanas que sesuscriban.

    Coadyuvar con las autoridades federales enla ejecucin y cumplimiento del Programa

    Nacional de Desarrollo Urbano.Apoyar y asesorar a los Municipios que losoliciten, en la elaboracin de sus Programasde Desarrollo Urbano Sustentable; dictami-nar, previo a su expedicin, la congruenciade dichos Programas con el Programa Estatalde Desarrollo Urbano Sustentable y vigilar su

    cumplimiento.Coordinarse con las autoridades federales yMunicipales de otras entidades federativas,en materia de Desarrollo Urbano Sustentable.

    Artculo 13

    I. I.

    II.

    III.

    IV.

    II.

    III.

    IV.

    XXIII.

    Formular, aprobar, administrar, ejecutar yactualizar en su caso, los Programas Munici-pales de Desarrollo Urbano Sustentable, decentros de poblacin y los que de stos sederiven, en congruencia con los ProgramasEstatales de Desarrollo Urbano Sustentable,de Ordenamiento Territorial de los Asen-tamientos Humanos y dems Programas

    regionales, as como evaluar y vigilar sucumplimiento.

    Solicitar al Ejecutivo Estatal, previa aproba-cin o modicacin de los Programas deDesarrollo Urbano Sustentable reguladospor esta Ley, el dictamen de congruenciacon el Programa Estatal de Desarrollo Ur-

    bano Sustentable y vigilar la misma, en lainstrumentacin de dichos programas.

    Enviar al Ejecutivo del Estado para su pu-blicacin en el Peridico Ocial del Estado,los Programas Municipales de DesarrolloUrbano Sustentable y los reglamentos queexpida en la materia.

    Formular y administrar la zonicacin previs-ta en los Programas de Desarrollo UrbanoSustentable, as como controlar y vigilar lautilizacin del suelo.

    Artculo 21

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    La planeacin y regulacin del Ordenamiento Territorial de losAsentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano Sustenta-

    ble de los centros de poblacin urbanos y rurales en el Estadode Puebla, forman parte del Plan Estatal de Desarrollo, comouna poltica sectorial que coadyuva al logro de los objetivosde los Planes Nacional, Estatal y Municipales de Desarrollo.

    Artculo 22En la planeacin y realizacin de las accionesa cargo de las dependencias y entidades de laAdministracin Pblica Estatal y Municipal, ascomo en el ejercicio de sus respectivas atribu-ciones para regular, promover, restringir, prohibir,orientar y en general inducir las acciones de los

    particulares en la materia se observarn los linea-mientos ambientales que establezcan los PlanesNacional y Estatal del Desarrollo, los Programasde Ordenamiento Ecolgico del Territorio y lasdisposiciones legales aplicables en materia am-biental.

    Artculo 32Los Programas Sectoriales se referirn a las lneasde accin especca en materia de transporte,vialidad, equipamiento, espacios pblicos o in-fraestructura urbana, y las que por su naturalezasean necesarias. Dichos programas sern con-gruentes con el programa de Desarrollo Urbano

    Sustentable del centro de poblacin del quederiven, y contendrn, por lo menos lo siguiente:

    I.- La descripcin y diagnstico de los aspectossectoriales de que trate;

    II.- Las previsiones presupuestales y los mediosde nanciamiento, y

    III.- Los plazos de inicio, revisin y terminacin

    de las obras, acciones o servicios materia delprograma.

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    Artculo 41

    La formulacin de los Programas de Desarrollo Urbano Sustentable

    a que se reere esta Ley, se sujetar al procedimiento siguiente:

    I. La dependencia estatal o municipal quedeba formularlo, estar obligada a consi-derar la informacin ocial contenida en elPrograma de Ordenamiento Territorial delos Asentamientos Humanos que al efectorealice el Ejecutivo Estatal;

    II. Cuando se trate de programas de jurisdic-cin regional y municipal, se solicitar laasesora del Ejecutivo Estatal, para garan-tizar, desde la elaboracin del programade que se trate, su congruencia con elPrograma Estatal de Desarrollo UrbanoSustentable;

    III. El anteproyecto que se elabore, se remitiral Consejo Estatal o Municipal, segn co-rresponda, para que este emita la opinincorrespondiente;

    IV. La dependencia estatal o municipal, queconforme a su competencia, haya formu-lado el anteproyecto del programa de De-sarrollo Urbano Sustentable, lo publicary difundir ampliamente en los peridicosde circulacin local, convocando a los in-teresados a emitir su opinin;

    V. La convocatoria respectiva, establecerun plazo y un calendario de audienciaspblicas, para que tanto los ConsejosEstatal o Municipal correspondiente, ascomo los particulares interesados, pre-senten por escrito a la autoridad compe-

    tente, sus comentarios al anteproyecto.Concluido el periodo de la convocatoria,se incorporarn los comentarios proceden-tes al anteproyecto y se dar respuestafundada a los improcedentes, quedandoambos a consulta de los interesados en lapropia dependencia, durante un trminoimprorrogable de diez das hbiles; y

    VI. La autoridad competente formular el pro-yecto respectivo, con base en la consultapblica realizada, mismo que ser presen-tado al Ejecutivo Estatal para que emitael dictamen correspondiente, as como losmecanismos e instrumentos especficospara su ejecucin, seguimiento, evaluaciny en su caso, modicacin.

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    Artculo 42

    El Ejecutivo Estatal deber emitir el dictamen de congruencia enun plazo no mayor de treinta das hbiles, contados a partir de lapresentacin de la solicitud escrita. En caso de que el dictamensea negativo, se expresarn claramente las razones tcnicas y ju-rdicas que lo fundamenten, debindose proporcionar la asesorapara las correcciones o adecuaciones precedentes.

    Artculo 43

    El proyecto de programa denitivo, que cuente con dictamen decongruencia, ser avalado por la Secretara y aprobado por:

    El Ayuntamiento respectivo en sesin de cabildo, en elcaso de los Programas Municipales de Desarrollo UrbanoSustentable, los de Centro de Poblacin, los Esquemas deDesarrollo Urbano Sustentable y los que de estos deriven.

    II.

    Artculo 46

    Los Programas Estatales de Desarrollo Urbano Sustentable, as comolos Programas Sectoriales, Regionales, Metropolitanos; de Zonas Co-

    nurbadas y los Sectoriales derivados de stos, debern ser revisadoscada seis aos y en su caso, realizar su actualizacin.

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    Artculo 50

    Los Programas que sean aprobados, publicadose inscritos, como se establece en la presenteLey, sern obligatorios para las autoridades ylos organismos descentralizados o paraestatales,organismos de participacin social y consulta,los ncleos de poblacin y para todos los par-

    ticulares.

    Artculo 51

    Todas las obras y actividades consideradas enlos Programas de Ordenamiento Territorial delos Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano

    Sustentable, as como los proyectos de obras yservicios pblicos que se realicen en el territoriodel Estado, debern sujetarse a la zonicacin ydisposiciones urbansticas contenidas en dichosprogramas.

    Los organismos descentralizados, paraestatales,personas fsicas o jurdicas, permisionarios o con-

    cesionarios debern cumplir con este requisito,sin el cual, las autoridades competentes no otor-garn autorizacin o licencia para efectuarlas.

    Artculo 52

    A cada Ayuntamiento corresponde la eje-cucin de los programas aprobados por elpropio Cabildo; para tal efecto dictar lasnormas administrativas y determinar losorganismos y medios necesarios para llevara cabo dicha ejecucin.

    Ley para la Proteccin del Ambiente Natural

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    y Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla

    En el Artculo 1 fracciones VI, VII, XI, XIII se sientanlas bases para la preservacin y proteccin de labiodiversidad, el establecimiento y administra-cin de las reas naturales protegidas estatalesy municipales, el aprovechamiento sustentable,de los recursos naturales, el establecimiento,proteccin, preservacin y manejo de las reasnaturales protegidas y de las zonas de restaura-cin ecolgica de jurisdiccin local, as como elestablecimiento de zonas intermedias de salva-guarda. El artculo 10 habla de la coordinacinentre los municipios, la comunidad y el Estado ola federacin; en la fraccin II, establece la formaen que se deber planear, difundir, orientar yejecutar acciones en materias de preservaciny control de los ecosistemas y la proteccin alambiente.

    En el Artculo 28, fraccin VI, se establece que sedeber privilegiar el establecimiento de sistemasde transporte colectivo y otros medios con altaeciencia energtica y ambiental.

    El Artculo 119 establece que los vehculos au-tomotores que circulen en el Estado, deberncontar con los dispositivos para el control deemisiones y observar los niveles de emisionescontaminantes establecidos en las Normas O-ciales Mexicanas de acuerdo con los programasque para controlar la contaminacin y prevenircontingencias ambientales emita la Secretara.

    El Artculo 120 establece que los vehculos au-tomotores registrados en el Estado, destinadosal transporte privado y al servicio pblico, debe-rn ser sometidos a vericacin conforme estaLey, su Reglamento en Materia de Prevencin yControl de la Contaminacin Atmosfrica y losprogramas que al efecto formule la Secretara.

    En el Artculo 125, fraccin V, se establece lapromocin, el mejoramiento y modernizacin delos sistemas del servicio pblico de transporteen el Estado.

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    Ley de Transporte del Estado de Puebla

    Esta Ley tiene por objeto regular todo lo relacionado con el Ser-vicio Pblico de Transporte y el Servicio Mercantil y sus ServiciosAuxiliares.

    Establece la atribucin del Gobierno Estatal para Coordinarsecon las diferentes reas de la Secretara de Transporte y otras de-pendencias y entidades de las Administraciones Pblicas Federal,Estatal y Municipales, as como de otras entidades federativas, a

    efecto de determinar las posibles necesidades y soluciones delServicio de Transporte y sus Servicios Auxiliares en el Estado.

    En su artculo 8 seala que la Secretara de Transporte, contar conSupervisores para vigilar, controlar y ejecutar las disposiciones dela presente Ley y sus Reglamentos; as como, podr convenir conotras Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica Fe-deral, Estatal o Municipal, la coparticipacin en dichas funciones.

    1.2.3 Nivel Municipal

    Los ordenamientos analizados a nivel Municipal en que se fundael presente Plan se describen a continuacin:

    Ley Orgnica Municipal

    Cdigo Reglamentario para el Municipio de Puebla

    l

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    Ley Orgnica Municipal

    En su artculo 1 seala que tiene por objeto regular las basespara la integracin y organizacin en el mbito municipal delterritorio, la poblacin y el gobierno; en su artculo 2 seala queel Municipio Libre es una Entidad de derecho pblico, base de ladivisin territorial y de la organizacin poltica y administrativa delEstado de Puebla, integrado por una comunidad establecida enun territorio, con un gobierno de eleccin popular directa, el cualtiene como propsito satisfacer, en el mbito de su competencia,las necesidades colectivas de la poblacin que se encuentra asen-tada en su circunscripcin territorial; as como inducir y organizarla participacin de los ciudadanos en la promocin del desarrollointegral de sus comunidades.

    En el Artculo 78 fracciones XXXIX, XLI y XLV se establece queson atribuciones de los Ayuntamientos el formular y aprobar, deacuerdo con las leyes federales y estatales, la zonicacin y Planes

    de Desarrollo Urbano Municipal; el controlar y vigilar la utilizacindel suelo en sus jurisdicciones territoriales; y formular, conduciry evaluar la poltica ambiental municipal.

    En la fraccin LIII de este artculo se faculta a los ayuntamien-tos para intervenir de conformidad con la Ley de la materia enla formulacin y aplicacin de los programas de transporte

    pblico de pasajeros cuando afecten su mbito territorial.

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    Adems, en la fraccin LXI se establece que losayuntamientos debern formular, conducir y eva-luar la poltica pblica de accesibilidad, entendi-da como las medidas pertinentes para asegurarel acceso de las personas con discapacidad, enigualdad de oportunidades con las dems, alentorno fsico, el transporte y las comunicacio-nes, incluidos los sistemas y las tecnologas de

    la informacin y a otros servicios e instalacionesabiertos al pblico o de uso pblico, tanto enzonas urbanas como rurales.

    En el artculo 91 en su fraccin LXI se seala queson facultades y obligaciones de los presidentesmunicipales promover el desarrollo y adecua-cin de la infraestructura, el equipamiento y losservicios urbanos que garanticen la seguridady libre trnsito que requieren las personas condiscapacidad, as como asegurar la accesibilidada estas personas en calles, avenidas, inmuebles

    destinados a un servicio pblico, as como en losbienes de uso comn contemplados en el art-culo 154 de esta Ley, atendiendo lo establecidoen lineamientos tcnicos y dems instrumentosvigentes relacionados con la materia.

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    Cdigo Reglamentariopara el Municipio de Puebla

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    para el Municipio de Puebla

    Artculo 253

    Las disposiciones del presente Captulo tienen por objeto regular laseguridad vial y el trnsito, tanto de peatones como de vehculos,en las vas pblicas ubicadas dentro de la extensin territorial delMunicipio, as como proveer en el orden de la administracin pblicamunicipal al cumplimiento de los preceptos de las disposicionesfederales, leyes estatales y reglamentos derivados de las mismas,

    que resulten aplicables en la materia.

    Artculo 255

    El presente Captulo ser aplicado a todos losvehculos que circulan en las vas pblicas enel mbito territorial del Municipio de Puebla,

    incluyendo a los vehculos del servicio pblicoen cualquier (sic) de sus modalidades, quedandolo referente al orden administrativo a cargo de laautoridad competente.

    Artculo 256

    En las vas pblicas ubicadas en la extensinterritorial del Municipio, que estn bajo la juris-diccin de las autoridades federales o estatales

    competentes, no sern aplicables las disposi-ciones del presente Captulo, y el GobiernoMunicipal carecer de competencia para aplicarlos preceptos que regulen la seguridad vial y eltrnsito en dichas vas, salvo acuerdo, convenioo disposicin en contrario.

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    Artculo 258

    El Ayuntamiento, a travs de laSecretara de Seguridad Pbli-ca y Trnsito Municipal, la Di-reccin de Trnsito Municipal,los agentes de vialidad estarnfacultados para la aplicacin y

    observancia de las disposicio-nes contenidas en el presenteCaptulo y, en lo conducente,de los preceptos contenidos enlos ordenamientos federales yestatales en la materia.

    Artculo 279

    Los peatones y personas con discapacidad tienen derechode preferencia sobre el trnsito vehicular, para garantizar suintegridad fsica cuando:

    I. En los pasos peatonales la seal del semforo aslo indique;

    II. Habindoles correspondido el paso de acuerdo conel ciclo del semforo no alcancen a cruzar la va;

    III. Los vehculos vayan a dar vuelta para entrar a otrava y haya peatones cruzando esta;

    IV. Los vehculos circulen sobre el acotamiento y enste haya peatones transitando en el caso de queno dispongan de zona peatonal;

    V. Transiten por la banqueta y algn conductor debacruzarla para entrar o salir de una cochera o esta-cionamiento; y

    VI.Vayan en comitivas organizadas o las escolares.

    VII. Accedan a las rampas destinadas para incorporar-se a la banqueta.

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    Artculo 281 Bis

    Los ciclistas tienen derecho de preferencia sobre el trnsito vehicularcuando:

    I. Habindoles correspondido el paso de acuerdo con el ciclodel semforo no alcancen a cruzar la va;

    II. Los vehculos vayan a dar vuelta a la derecha para entrara otra va y haya ciclistas cruzando esta, siempre y cuandoel ciclista observe las disposiciones de conduccin y circu-lacin de vehculos que establece el presente Captulo; y

    III. Los vehculos deban circular o cruzar una ciclova y en estahaya ciclistas circulando.

    Artculo 292

    La Direccin de Trnsito realizar las acciones necesarias para denir yestablecer las vialidades de intenso trnsito en el Municipio, en las quesea necesario establecer disposiciones especiales, horarios o restric-ciones, para facilitar o hacer ms expedita la circulacin de vehculos.

    Para este objeto, la Direccin de Trnsito debe tomar en cuenta laszonas comerciales, de ocinas pblicas, de centros de reunin, de

    espectculos, de mercados y todas aqullas que por su naturalezadeterminen una auencia considerable de vehculos.

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    Artculo 293

    El estacionamiento en las vas pblicasse permitir solamente en los lugares quedetermine el Ayuntamiento, por conduc-to de la Direccin de Trnsito Municipal.

    Artculo 338

    Para el establecimiento determinales de competencia fe-deral o estatal, bases y sitios enel Municipio, los concesionarioso interesados en su instalacindebern obtener previamente

    dictamen favorable de la Se-cretara de Seguridad Pblica yTrnsito Municipal respecto desu ubicacin y funcionamiento,sin perjuicio de la dems obli-gaciones que las disposicionesmunicipales aplicables lesimponga en materia de desa-rrollo urbano, construcciones,ecologa y establecimientosmercantiles.

    Artculo 345

    El Ayuntamiento, a travs de la Secretara de Seguridad Pblica yTrnsito Municipal, ejercer las funciones de prevencin, vigilancia,direccin, inspeccin y control que el presente Captulo estableceen materia de seguridad vial, trnsito municipal y estacionamien-to en la va pblica, as como las dems que se desprendan delos convenios o acuerdos de coordinacin que suscriban con el

    Estado y otros Municipios, en sta u otras materias relacionadas.

    Artculo 655

    Las disposiciones del Captulo 17 tienen por objeto establecer lasnormas conforme a las cuales el Municipio regular los siguientesaspectos:

    I. Zonicacin y asignacin de los usos, destinos y reser-vas, de reas, predios, construcciones, e inmuebles engeneral, independientemente de su rgimen.

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    Artculo 658

    De conformidad a lo dispuestopor el Artculo 115 de la Cons-titucin Poltica de los EstadosUnidos Mexicanos por la Cons-titucin Poltica del Estado dePuebla y por la Ley Orgnica

    Municipal, la aplicacin y vigi-lancia del cumplimiento de lasdisposiciones del Captulo 17,corresponder al Municipio dePuebla, por conducto del C.Presidente Municipal, quiendelega en la Direccin de De-sarrollo Urbano, las facultades

    que le conere este Captulo,siendo estas las siguientes:

    I. Administrar la zonicacin prevista en el Pro-grama de Desarrollo Urbano.

    II. Regular los usos, destinos y reservas de reasy predios en el Municipio.

    III. Fijar el trazo, ejes, niveles, alineamientos y

    dems caractersticas de las vas pblicas.IV. Determinar las normas de utilizacin apli-

    cables a los usos y destinos condicionados,consignndolos en las licencias, permisos oautorizaciones que este expida.

    V. Establecer las disposiciones tendientes acompatibilizar los usos y destinos permitidos.

    VI. Determinar las densidades de poblacin, ascomo el nmero e intensidad de las construc-ciones.

    VII. Establecer las medidas de uti lizacin dereas y predios para proteger los derechosde va, las zonas federales de restriccin deinmuebles de propiedad pblica, as como las

    zonas aledaas a los mismos.

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    Artculo 1712

    El objeto del presente ordenamiento es establecer la normatividadambiental en el Municipio de Puebla, deniendo los principiosmediante los cuales se habr de formular, conducir y evaluar lapoltica ambiental, as como los instrumentos y procedimientospara su aplicacin, procurando la preservacin, proteccin yrestauracin del equilibrio natural, el mejoramiento del medioambiente y el Desarrollo Sustentable.

    Artculo 1717

    Corresponden al H. Ayuntamiento las siguientes atribuciones:

    I. Formular, conducir y evaluar la poltica ambiental Mu-nicipal.

    II. Formular, aprobar y evaluar el Programa Municipal deProteccin al Ambiente.

    III. Aprobar el Ordenamiento Ecolgico del Municipio.

    1.3 Instrumentos de Planeacin

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    Conjuntar las polticas pblicas de los tres niveles de gobiernoes fundamental para reforzar los nuevos instrumentos de orde-nacin y planeacin, tomando en cuenta la congruencia con losinstrumentos ya decretados. Cabe destacar que dada la coyunturadel cambio de Gobierno Federal, se debern consultar los ins-trumentos de planeacin correspondientes a este nivel una vezque sean publicados, empleando los nuevos instrumentos parala ejecucin de las lneas de accin.

    De una manera integral se analizaron y consultaron diversosplanes, programas y ordenamientos vigentes, que tendrn unarelacin directa sobre el Plan de Movilidad Urbana Sustentablepara el Municipio de Puebla.

    Nivel Federal Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

    Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012.

    Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenacin delTerritorio.

    Delimitacin de las zonas Metropolitanas de Mxico 2010.

    Programa Nacional para el Desarrollo de las Personas conDiscapacidad 2009-2012.

    Nivel Estatal Nivel Municipal

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    Nivel Estatal

    Plan Estatal de Desarrollo 2011-2017. Programa Estatal de Desarrollo Urbano

    Sustentable de Puebla.

    Programa de Ordenamiento Territorial dela Regin Cholula, Huejotzingo y San Mar-tn Texmelucan.

    Programa Regional de Ordenamiento Te-rritorial Angelpolis.

    Declaratoria de la zona conurbada de laciudad de Puebla 1994.

    Programa Regional de Ordenamiento Terri-torial de la Zona Centro Poniente.

    Programa Subregional de Desarrollo Urba-

    no para los Municipios de Cuautlancingo,Puebla, San Andrs Cholula y San PedroCholula.

    Programa Sectorial de Movilidad de la ZonaMetropolitana de la Ciudad de Puebla.

    Nivel Municipal

    Plan Municipal de Desarrollo 2011-2014.

    Programa Municipal de DesarrolloUrbano Sustentable de Puebla 2007.

    Plan Estratgico Puebla 2031.

    Plan Estratgico de Turismo de la

    Ciudad de Puebla.

    1.3.1 Nivel Federal

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    Plan Nacional de Desarrollo2013-2018

    En atencin al Plan Nacional de Desarrollo 2013 2018 mismo que proyecta hacer de Mxico unlugar para que la sociedad en su mayora ten-gan acceso efectivo a los derechos que otorgala Constitucin, se establece un plan de accinen materia de movilidad urbana que coadyuveen la construccin de un Mxico Incluyente, conEducacin de Calidad, Prspero y con Respon-sabilidad Global. Lo anterior bajo el principio de

    un federalismo articulado, partiendo de la con-viccin de que la fortaleza de la nacin provienede sus regiones, estados y municipios.

    En este sentido, a continuacin se presentan

    aquellos objetivos, estrategias y lneas de accincontenidas en el Plan Nacional de Desarrollo2012-2018 que son atendidas a travs del Plande Movilidad Urbana Sustentable para el Muni-cipio de Puebla:

    II. Mxico Incluyente

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    Garantizar el ejercicio de los derechos sociales y cerrar las brechasde desigualdad social que an nos dividen. El objetivo es que elpas se integre por una sociedad con equidad, cohesin social eigualdad sustantiva.

    Objetivo 2.5

    Proveer un entorno adecuado

    para el desarrollo de una vivien-da digna.

    Esto implica hacer efectivo el ejercicio de los derechos socialesde todos los mexicanos, a travs del acceso a servicios bsicos,agua potable, drenaje, saneamiento, electricidad, seguridad so-

    cial, educacin, alimentacin y vivienda digna, como base de uncapital humano que les permita desarrollarse plenamente comoindividuos.

    Estrategia 2.5.1

    Transitar hacia un Modelo de

    Desarrollo Urbano Sustenta-ble e Inteligente que procurevivienda digna para los mexi-canos.

    d

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    INTRODUCCIN

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    Lneas de accin

    Fomentar ciudades ms compactas, con mayor densidadde poblacin y actividad econmica, orientado al desarrollomediante la poltica pblica, el nanciamiento y los apoyosa la vivienda.

    Inhibir el crecimiento de las manchas urbanas hacia zonasinadecuadas.

    Promover reformas a la legislacin en materia de planeacinurbana, uso eciente del suelo y zonicacin.

    Revertir el abandono e incidir positivamente en la plusvalahabitacional, por medio de intervenciones para rehabilitarel entorno y mejorar la calidad de vida en desarrollos yunidades habitacionales que as lo necesiten.

    Mejorar las condiciones habitacionales y su entorno, encoordinacin con los gobiernos locales.

    Fomentar una movilidad urbana sustentable con apoyo deproyectos de transporte pblico y masivo, y que promuevael uso de transporte no motorizado.

    Mxico Prspero

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    INTRODUCCIN

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    Lneas de accin

    Promover el uso y consumo de productos

    amigables con el medio ambiente y detecnologas limpias, ecientes y de bajocarbono.

    Promover esquemas de nanciamiento einversiones de diversas fuentes que mul-tipliquen los recursos para la proteccinambiental y de recursos naturales.

    Impulsar la planeacin integral del terri-torio, considerando el ordenamiento eco-lgico y el ordenamiento territorial paralograr un desarrollo regional y urbanosustentable.

    Detonar el crecimiento sostenido de la productividad en un climade estabilidad econmica y mediante la generacin de igualdadde oportunidades. Lo anterior considerando que una infraes-tructura adecuada y el acceso a insumos estratgicos fomentanla competencia y permiten mayores ujos de capital, insumosy conocimiento hacia individuos y empresas con el mayor po-tencial para aprovecharlo. Asimismo, esta meta busca proveercondiciones favorables para el desarrollo econmico a travs

    de fomentar una regulacin que permita una competencia sanaentre las empresas y el desarrollo de una poltica moderna defomento econmico enfocada a generar innovacin y desarrolloen sectores estratgicos.

    Objetivo 4.4

    Impulsar y orientar un crecimiento verde inclu-

    yente y facilitador que preserve nuestro patrimo-nio natural al mismo tiempo que genere riqueza,competitividad y empleo.

    Estrategia 4.4.1

    Implementar una poltica integral de desarrollo

    que vincule la sustentabilidad ambiental concostos y benecios para la sociedad.

    Estrategia 4 4 3

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    INTRODUCCIN

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    Estrategia 4.4.3

    Fortalecer la poltica nacional de cambio climtico y cuidado almedio ambiente para transitar hacia una economa competitiva,sustentable, resiliente y de bajo carbono.

    Lneas de accin

    Acelerar el trnsito hacia un desarrollo bajo en carbonoen los sectores productivos primarios, industriales y de laconstruccin, as como en los servicios urbanos, tursticosy de transporte.

    Continuar con la incorporacin de criterios de sustentabilidady educacin ambiental en el Sistema Educativo Nacional, yfortalecer la formacin ambiental en sectores estratgicos.

    Contribuir a mejorar la calidad del aire, y reducir emisiones

    de compuestos de efecto invernadero mediante combusti-bles ms ecientes, programas de movilidad sustentable yla eliminacin de los apoyos inecientes a los usuarios decombustibles fsiles.

    Objetivo 4.9

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    INTRODUCCI

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    Contar con una infraestructura de trans-porte que se reeje en menores costospara realizar la actividad econmica.

    Estrategia 4.9.1

    Modernizar, ampliar y conservar la in-fraestructura de los diferentes modosde transporte, as como mejorar su co-

    nectividad bajo criterios estratgicos yde eciencia.

    Lneas de accin

    Fomentar que la construccin dela nueva infraestructura favorezca

    la integracin logstica y aumentela competitividad derivada de unamayor interconectividad.

    Evaluar las necesidades de in-fraestructura a largo plazo parael desarrollo de la economa con-siderando el desarrollo regional,las tendencias demogrcas, las

    vocaciones econmicas y la co-nectividad internacional, entreotros.

    Sector carretero Consolidar y/o modernizar los ejes troncales trans-

    versales y longitudinales estratgicos, y concluiraquellos que se encuentran pendientes.

    Mejorar y modernizar la red de caminos rurales yalimentadores.

    Conservar y mantener en buenas condiciones loscaminos rurales de las zonas ms marginadas delpas, a travs del Programa de Empleo Temporal(PET).

    Modernizar las carreteras interestatales.

    Llevar a cabo la construccin de libramientos,incluyendo entronques, distribuidores y accesos.

    Ampliar y construir tramos carreteros mediantenuevos esquemas de nanciamiento.

    Realizar obras de conexin y accesos a nodoslogsticos que favorezcan el trnsito intermodal.

    Garantizar una mayor seguridad en las vas decomunicacin, a travs de mejores condicionesfsicas de la red y sistemas inteligentes de trans-

    porte.

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    INTRODUCCI

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    Sector ferroviario Construir nuevos tramos ferroviarios, libramientos, acorta-

    mientos y relocalizacin de vas frreas que permitan conec-tar nodos del Sistema Nacional de Plataformas Logsticas

    Vigilar los programas de conservacin y modernizacin deva