ORGANISMOS REGULADORES es - extwprlegs1.fao.orgextwprlegs1.fao.org/docs/pdf/per111309.pdf · 3 de...

3
Lima. vemes4 de Joruo ce2010 NORMAS LEGALES 420161 Articulo 3°._ Encargar a la Direcci6n de Defensa del Patrimoni o Hist6rico la inscripci6n en Registros Publicos y en el Sistema de Informaci6n Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la candid 6n de patrimonio cultural de la Necicn de los monumentos arqueol6gicos prebispanlcosmencionadosen el articulo 1° y de los pianos sef ialados en el articulo 2° de la presente resolu ci6n. Art iculo 4°,_ Cualquier proyecto de obra nueva , caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropec uarios , obras habitaci onale s y otros que pudiese afectar 0 alterar el paisaje de los monumentos arqueol 6gicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacon . debera center con la aprobaci6n previa del Institute Nacional de Cultura. Art iculo 5°._Remitase copia fedateada de la presente resolucion a COFO PRI, Municipalid ad Distrital y Provincial, autoridades polttlcas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publfquese. CECILIA BAKULA BUDGE Directora Nacional 501823·2 ORGANISMOS REGULADORES Modiflcan el Re glamento de Supervision de Actlvidades Energeticas y Mineras de OSINERGMI N RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERiA OSINERGMIN N" 124·2010.oS/CD Lima. 27 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, seqcn 10 establecido por el incise c) del Articulo 3 de la l ey N° 27332 - l ey Marco de los Organismos Reguladores de la Inversi6n Privada en los Servicios Publicos. modificado por la l ey N° 27631 , la funci6n normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos, OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo , norma s de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obhgaciones 0 derechos de las entidades 0 actividade s superv isadas 0 de sus usuarios; Que, de acuerdo con 10 dispuesto por el Articulo 3° de la ley N° 27699. l ey Complementaria de Fortalecimiento Instituciona l de OSINERGMIN, el Consejo Directive esta facultado para aprobar proced imientos administ rativos especiales que norma n los procesos administrativos vinculados con la Fund 6n Supervisora; Que, asimismo, el Articulo 4 0 de la mencionada l ey, establece que las funciones de supervision. supervision especifica y fiscalizaci6n atribuidas al OSINERGMIN podran ser ejercidas a traves de empresas supervisoras, indicando que mediante Resoluci6n del Consejo Directivo se establecera n los criterios y procedimientos especificos para la calificaci6n y clasificaci 6n de las Empresas Supervisoras, asi como la contrataci6n, designaci6n y ejecuci6n de las tareas de supervisi6n y fiscalizaci6n que realizaran tales empresas. en este sentido , mediante Resoluci6n OSINERGMIN 205-2009-0 S/CD, OSINERGMIN se aprob6 el "Reglamento de Supervisi6n de Actividades Energeticas y Mineras·, Que, por su parte el Articulo 20 del Reglamento de Supervisi6n de Actividades Enerqetica s y Mineras. dispone que la designaci6n y ccntratacicn de las Empresas Supervisoras, se hara por cada Gerencia de Fiacaliza cicn . Gerencia Adjunta de Regulaci6n T arif aria 0 area equivalente, en base a un proceso de selecci6n en el cual solo podr an participar las Empresas Supervisoras que se encuentran inscritas en el Registro de Empresas Supervisoras de OSINERGMIN ; Que, dada la naturale za de la actividad regulatoria que realiza OSINER GMIN a traves de la Gerencia Adjunta de Regula ci6n Tarifaria (en adelante KGARr) y siendo que la supervisi6n de la misma tiene caracteristicas propias y distintas de aquella que desarroltan las Gerencias de Fiscaliza cicn del OSINERGM IN, resulta conveniente efectuar alguna s precisiones del Regla mento de Supervision de Actividade s Enerqeticas y Mineras, con el principal objetiv c de adecuarsu eplicacion a la mencionada actlvidad regulatoria; Que, adicionalmente, es precise mencionar que "los constantes cambios normativos del marco regulatorio, el. incremento en las actividades enerqeticas. las inversiones en el sector, la realizaci6n de Iicitaciones de suministro de energla, entre otros factores, han originad o la necesid ad de dotar a la GART de las herramientas necesarias para cumplir con las tareas de supervi sion en el area regulatoria encomendadas a la GART; por 10 que es necesario incorporar algunos alcances en el Reglamento de Supervision de Actividades Enerqetlca s y Mineras, en aras de perfeccionar el marco reglamentario para el desarrollo de la Iuncion que realizan las empresas supervi soras en el ambito de la reputactcn tar ifaria ; Que , por otro lade. en atenci6n a que la Comercializaci6n no es una actlvidad requlada. ni su supervision ha sido encargada a la GART, esta categorfa debera suprimirse del actual Registro de Empresas Superv isoras de la GART. No obstante , las personas que actualmente se encuentran inscritas en dicha categoria en el Registro GART acotado, deberen ser incorporadas en el Registro de Empresas Supervisoras de la Gerencia de Flscalizacion Electrica; Que, con el objetivo de no etectar la seguridad juridica de las personas que actualmente se encuentran inscritas en el Registro de Empresas Supervisoras de la GART, estas mantendran su lnscnpctcn en las mismas categorias, a excepclcn de la categoria de Ccmercializacicn, de acuerdo a 10 serialado en el considerando precedente; Que , al ampar o del principio de eflciencia y efectividad contenid o en el Reglamento General de OSINERGMIN , y de conform idad con la excepcion prevista en el numeral 3.2 del Articulo 14 0 del Regla ment o q ue establece disposi ciones relatives a la publicidad , pubtlcactcn "de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter Genera l, aprobado por Decreto Supremo 001-2009-JUS, se procede a exceptuar de pre pubhcacion la modificaci6n del Reglamento de Superv ision de Actividades Enerqeticas y Mineras, toda vez que su pre pubnceclon resu lta innecesaria, par tratarse de precisiones en la ceuncecfen de actividades que vienen desarrollandose por la GART, siendo solo una adecua clon objetiva, maxime s! protege te seguridad juridica de los actuales inscritos en el Registro; De conformidad con 10 dispuesto en la l ey N° 27332, ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversi6n Privada en los Servicios Publicos. el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo 054-2001-PCM y el Reglame nto que establece disposiciones relatives a la publicidad, publicaci6n de Proyectos Normativos y difusion de Normas l egales de cerecter General. aprobado mediante Decreto Supremo N° 00l -2009-JUS: . Con ta opini6n favorable de la Geren cia General. de la Geren cia Adjunta de Regulaci6n Tarifaria y de la Gere ncia legal ; SE RESUELVE: Articulo 1°._Disponer la incorporacion del literal h) en elArti culo 5 del Reglamento de Supervision deActividades Energeticas y Mineras de OSINERGM IN aprobado por Resolucion OSINE RGMIN N° 205-2009·0 S/CD, conforme al siguiente texto: .

Transcript of ORGANISMOS REGULADORES es - extwprlegs1.fao.orgextwprlegs1.fao.org/docs/pdf/per111309.pdf · 3 de...

B"""~

Lima. vemes4 de Joruo ce2010 ~ NORMAS LEGALES 420161

Articulo 3°._ Encargar a la Direcci6n de Defen sa delPatrimoni o Hist6rico la inscripci6n en Registros Publicos yen el Sistema de Informa ci6n Nacional de los Bienes dePropiedad Estatal (SINABIP) la candid 6n de patrimoniocultural de la Necicn de los monumentos arqueol6g icosprebispanlco s mencionados en el art iculo 1°yde los pianossef ialados en el articulo 2° de la presente resolu ci6n.

Articulo 4°,_ Cualquier proyecto de obra nueva,caminos, carreteras, cana les, denuncios mineroso agropecuarios , obras habitacionales y otros quepudiese afectar 0 alterar el paisaje de los monumentosarqueol6gicos prehispanicos declarados patrimoniocultural de la Nacon. debera center con la aprobaci6nprevia del Institute Nacional de Cultura.

Articulo 5°._Remitase copia fedateada de la presenteresolucion a COFO PRI, Municipalid ad Distrital y Provincial,autoridades polttlca s y civil es correspondientes.

Registrese , comuniquese y publfquese.

CECILIA BAKULA BUDGEDirectora Nacional

501823·2

ORGANISMOS REGULADORES

Modiflcan el Reglamento de Supervisionde Actlvidades Energeticas y Minerasde OSINERGMIN

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVOORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION

EN ENERGIA Y MINERiAOSINERGMIN N" 124·2010.oS/CD

Lima. 27 de mayo de 20 10

CONSIDERANDO:

Que , seqcn 10 establecido por el incise c) del Articulo3 de la l ey N° 27332 - l ey Marco de los OrganismosReguladores de la Inversi6n Privada en los ServiciosPublicos. modificado por la l ey N° 27631 , la funci6nnormativa de los Organismos Reguladores, entre ellos,OSINERGMIN, comprende la facu ltad exclusiva de dictar,entre otros , en el amb ito y en materia de su respectivacompetencia, los reglamentos, normas que regulen losprocedimientos a su cargo , norma s de caracter general ymandatos u otras normas de caracter particular referidasa intereses, obhgaciones 0 derechos de las entidades 0actividade s superv isadas 0 de sus usuarios;

Que, de acuerdo con 10 dispuesto por el Arti culo 3° dela ley N° 27699. l ey Complementaria de FortalecimientoInstituciona l de OSINERGMIN, el Consejo Directive estafacultado para aprob ar proced imientos administ rativosespeciales que norma n los procesos administrativosvinculados con la Fund 6n Supervisora ;

Que , asimismo, el Articulo 40 de la mencionada l ey,establece que las funciones de supervision. supervisionespecifica y fiscalizaci6n atribuidas al OSINE RGMINpodra n ser ejercidas a traves de empresas supervisoras,indicando que mediante Resoluci6n del Consejo Directivose establecera n los criterios y proced imientos especificospara la calificaci6n y clasificaci 6n de las EmpresasSupervisoras, asi como la contrataci6n, designaci6ny ejecuci6n de las tareas de supervisi6n y fisca lizaci6nque realizaran tales empresas. en este sentido , medianteResoluci6n OSINERGMIN N° 205-2009-0 S/CD,OSINERGMIN se aprob6 el "Reglamento de Supervisi6nde Activ idades Energeticas y Mineras· ,

Que, por su parte el Art iculo 20 del Reglamento deSupervisi6n de Actividades Enerqetica s y Mineras.dispone que la designaci6n y ccntratacicn de lasEmpresas Supervisoras, se hara por cada Gerencia deFiacalizacicn . Gerencia Adj unta de Regu laci6n Tarifar ia 0area equivalente , en base a un proceso de selecci6n enel cual solo podr an participar las Empresas Supervisorasque se encuentr an inscritas en el Regis tro de EmpresasSupervisoras de OSINERGMIN ;

Que, dada la naturale za de la actividad regulatoria querealiza OSINER GMIN a traves de la Gerencia Adjunta deRegula ci6n Tarifaria (en adelante KGARr) y siendo quela supervisi6n de la misma tiene caracteristicas propiasy distintas de aquella que desarroltan las Gerencias deFiscaliza cicn del OSINERGM IN, resulta convenienteefectuar alguna s precisiones del Regla mento deSupervision de Act ividade s Enerqetica s y Mineras, con elprincipal objetiv c de adecuarsu eplicacion a la mencionadaactlvidad regulatoria;

Que , adicionalmente, es precise mencionar que "losconstantes cambios normativos del marco regu latorio, el.incremento en las actividades enerqeticas. las inversionesen el sector, la realizaci6n de Iicitac iones de suministro deenergla, entre otros factores, han originad o la necesid adde dotar a la GART de las herramientas necesariaspara cumplir con las tareas de supervi sion en el arearegulatoria encomendadas a la GART; por 10 que esnecesario incorporar algunos alca nces en el Reglamentode Supervision de Actividades Enerqetlca s y Mineras,en aras de perfeccionar el marco reglamenta rio parael desarrollo de la Iuncion que realizan las empresassupervi soras en el ambito de la reputactcn tar ifaria ;

Que , por otro lade. en atenci6n a que laComercializaci6n no es una actlvidad requlada. ni susupervision ha sido encargada a la GART, esta categ orfadebera suprimirse del actual Registro de EmpresasSuperv isoras de la GART. No obstante , las personas queactualmente se encuentran inscritas en dicha categoriaen el Registro GART acotado, deberen ser incorporad asen el Registro de Empresas Supervisoras de la Gerenciade Flscalizacion Electrica;

Que, con el objetivo de no etectar la seguridad jur idicade las personas que actualmente se encuentran inscritasen el Registro de Empresas Supervisoras de la GART,estas mantendran su lnscnpctcn en las mismas categorias ,a excepclcn de la categoria de Ccmercializacicn, deacuerdo a 10 serialado en el considerando precedente;

Que , al ampar o del principio de eflciencia y efectividadcontenid o en el Reglamento General de OSINERGMIN , yde conform idad con la excepcion prevista en el numeral3.2 del Articulo 140 del Regla mento que establecedisposi ciones relatives a la publicidad , pubtlcactcn "deProyectos Normativos y difusion de Normas Legales deCaracter Genera l, aprobado por Decreto Supremo N°001-2009-JUS, se procede a exceptuar de pre pubhcacionla modificaci6n del Reglamento de Superv ision deActividades Enerqeticas y Mineras , toda vez que supre pubnceclon resu lta innecesaria, par tratarse deprecisiones en la ceuncecfen de actividades que vienendesarrollandose por la GART, siendo solo una adecua clonobjeti va, maxime s! protege te seguridad jur id ica de losactuales inscritos en el Registro;

De conformidad con 10 dispuesto en la l ey N° 27332 ,ley Marco de los Organismos Regu ladores de la Inversi6nPrivada en los Serv icios Publicos. el Reglamento Generalde OSINERGMIN, aprobado por el Decreto SupremoN° 054-2001-PCM y el Reglame nto que establecedisposiciones relatives a la public idad , pub licaci6n deProyectos Normati vos y difusion de Normas l egales decerecter General. aprobado mediante Decret o SupremoN° 00l -2009-JUS: .

Con ta opini6n favorable de la Geren cia General. de laGeren cia Adjunta de Regulaci6n Tarifaria y de la Gere ncialegal;

SE RESUELVE:

Articulo 1°._Disponer la incorpora cion del literal h) enelArticulo 5 del Reglamento de Supervision deActi vidadesEnergeticas y Mineras de OSINERGM IN aprobado porResolucion OSINE RGMIN N° 205-2009·0 S/CD, conformeal siguiente texto: .

REAL TIME EIRL

420162 ii NORMAS LEGALES 8F'",,'"Una,vemes 4 de junio de 2010

h) Supervisar el cumplimiento de las disposicionesnormativas yJo regulatorias en los procesos de fijaci6nterttarle . que se reaucen en los subseetores de electricidade hidrocarburos, asf como supervisar las obtigacioneslegales, contractuales, tecnicas 0 cualquier otra obligaci6nque se encuentre a cargo de las personas naturaleso jur fdicas que desarrollan actividades vinculadas a lafunci6n regulatoria de OSlN ERGMIN.

Articulo 2°._Disponer la incorporaci6n del Articulo 8Aal Reglamento de Supervi sion de Acti vidades Enerqeticasy Minera s de OSINERGMIN. aprobado por Resoluci6nOSINERGMIN N° 205-2009-0S/CD, conforme al siguie ntetexto:

Articulo SA.- Regulaci6n TarifariaLa Gerencia Adjunta de Regulaci6n Tarifaria ejecuta

la supervision de las actividades de regulaci6n tarifariaen los subsectores de electricidad y gas natural. Estasupervis i6n puede ser Regular 0 Especial.

La Supervisi6n Regular es permanente, continua y serealiza principalmente en las actividades y procesos defijaci6n, revisi6n y modificaci6n de las tarifas de venta,transmisi6n y distribuci6n de energia erectrlce. y respectode las tarifas del servicio de transporte y distribuci6n dehldrocarburos por red de ductos. con estricta sujeci6na 10 establecido en las normas apllca bjes. Asimismo, lasupervisi6n regular se erecme en los procedimientos deaprobaci6n y revisi6n de las Bases, modelos de contrato.terminos y condiciones del proceso de Iicitaci6n, t6rmulasde actual izaci6n de precios nrmes. la determinaci6n delprecio maximo para la adjudicaci6n de los contratosrespectivos, fiscalizando que no sa atecte la librecompetencia 0 que se panga en riesgo el abuso deposici6n de dominic entre empresas vinculadas durantelos procesos de Ucitaci6n.. " La ·Supervisi6n Especial es aquella que se realiza

con fines especificos 0 circunstanciales, cuyo objetivoes comprobar el cumplimiento de las dleposiclonesnormativas y/o regulatorias, en casos concretos.

EI presente listado es enunciative y no taxativo.

Articulo 30. _ Disponer la incorporaci6n en el numeral

13.1 del Articulo 13 del Reglamento de Supervisi6n deActividades Enerqeticas y Mineras de OSINERGMINaprobad o por Resoluci6n OSINERGMIN N° 205-2009­OS!CD, del siguiente texto:

REGULACI6N TARIFARIA

~ COES-5INAC: Supervisi6n del cumplimiento delas obligaciones vinculadas con la calidad, veracidad,oportunidad de entrega de informaci6n y estudiosrequeridos para el despacho econ6mico realizado porel COES, en 10 concerniente a la etapa de planificaci6nde los recursos enerqeticc s en el Sistema ElectricoInterconectado Nacional. Se incluye la supervisi6n delas interconexiones electricas con los parses vecinos,aprobaci6n de Procedimientos Tecniccs COES y otroscalculce cuyo tratamiento y revisi6n se encarguen a laGarencia Adjunta de Regulaci6n Tarifaria como partede la supervisi6n del despacho econ6mico, con estrictasujeci6n a 10 establecido en las normas aplicables .

GENERACI6N: Supervisi6n del cumplimiento delas obligaciones vinculadas con la calidad, veracidad.oportunidad de entrega de informaci6n y estudiosrequeddos para la fijaci6n de los Precios en Barra,asl comola determinaci6n y evaluaci6n de los precios del mercadolibre, la aplicaci6n del Mecanismo de Compensaci6n paraSistemas Aislados, y otros calculos cuyo tratamiento yrevisi6n se encarguen a la GerenciaAdjunta de Regulaci6nTarifaria como parte de la determinaci6n de los prectosde la generaci6n electrica. con estricta sujeci6n a 10establecido en las normas aplicables.

lICITACIONES: Supervisi6n del cumplimiento de lasobligacionesreferidasconlacalidad,veracidad,oportunidadde entrega de informaci6n y estudios requeridos para laformaci6n de los Precics a Nivel Generaci6n, la aplicaci6ndel Mecanismo de Compensaci6n entre los UsuariosRegulados del Sistema Electrico Interconectado Nacional

y el resguardo de la libre competencia en los procesos delicitaci6n.Asimismo incluye otres cetculcecuyo tratamientose encarguen a la GerenciaAdjunta de Regulaci6n Tarifariacomo parte de los procesos de licitaci6n 0 subasta para elsuministro de electricidad con energias convencionales 0recursos enerqeticos renovables, con estricta suiecion a10 establecido en las normas aplicables.

TRANSMISI6 N: Supervisi6n del cumplimiento de lasobligaciones relacionadas con los procesos regulatoriosde los sistemas secundarios y complementarios detransmisi6n per parte de las entidades y la supervisionde la presentaci6n de los estudios, en dichos procesos ,por parte de las empresas concesionarias de transmisi6n.Del mismo modo, la supervisi6n incluye el cumplimientode la implementaci6n de los Planes de Inversi6ndebidamente aprobados, y la validaci6n de la informaci6ncorrespondiente a los procesos de liquidaciones anuales.Ademas, comprende la supervisi6n del proceso deelaboraci6n del Plan de Transmisi6n como de los estudiosque 10 sustenten, y otros catcuios cuyo tratamientoy revisi6n se encarguen a la Gerencia Adjunta deRegulaci6n Tarifaria como parte de la determinaci 6n delas tarifas de la transmisi6n electrica. con estricta sujeci6na 10 establecido en las normas aplicebles.

TRANSPORTE DE GAS NATURAL: Supervisi6n delcumplimiento de las obligaciones relacionadas con losprocesos regulatorios de los sistemas de transporte degas natural, y de los estudios y propuestas presentadaspor las empresas concesionarias de transporte .Asimismo ,incluye la supervision de las obligaciones referidas a lagarantra de red principal (GRP), el adelanto de la GRP,la compensaci6n por la capacidad contratada firme. lacontabilidad regulatoria, asi como otros calculos cuyotratamiento y revisi6n se encarguen a la Gerencia Adjuntade Regulaci6n Tarifaria como parte de la determinaci6n delas tarifas del transporte de gas natural por red de ductos,con estricta sujeci6n a 10 establecido en las normasaplicables.

DISTRIBUCI6N DE GAS NATURAL: Supervisi6n delcumplimiento de las obligaciones relacionadas con losprocesos regulatorios de los sistemas de distribuci6n degas natural, de los estudios y propuestas presentadaspor las concesionarias de distribuci6n, asi como de lasobligaciones referidas a la compensaci6n originada porel no p.ago de los Generadores Electriccs respecto de laTarifa Unica. Del mismo modo, la supervisi6n comprendela evaluaci6n de los factores base del celculc tarifar io,la entrega de la informacion oportuna y completa delsistema VNR-GIS, la contabilidad regulatoria, y otroscatculos cuyo tratamiento y revisi6n han side encargadosa la Gerencia Adjunta de Regulaci6n Tarifaria como partede la determinaci6n de las tarifas de la distribuci6n de gasnatural por red de ductos.

Articu lo 4°._ Incorporar en la actividad LEGALcontenida en el numeral 13.1 del Articulo 13 delReglamento de Supervisi6n de Actividades Enerqeticasy Mineras de OSINERGMIN aprobado por Resoluci6nOSINERGMIN N' 205-2009-0 SICD, el siguiente texto:

Supervision tegal en el ambito de la regulaci6ntaritaria, relacionada con el cumplimiento de la normativatarifaria, asl como de las etapas y plazos previstos en losprocedimientos de regulaci6n taritaria en los subsectoresde electricidad y gas naturat. Igualmente , comprende lasupervisi6n legal de la normativa tarifaria en los proyectosde Contratos Ley y/o Contratos BOOT remitidos ala Gerencia Adjunta de Regulaci6n Tarifaria para surevisi6n y/u opini6n regulatoria, y la fiscalizaci6n de losprocedimientos de licitaci6n.

Articu lo 50. _ Modificar el numeral 13.3 del Articulo

13 del Reglamento de Supervision de Act ividadesEnerqeticas y Mineras de OSINERGMIN aprobado porResoluci6n OSINERGMIN N° 205 -2009-0S/CD, el cualquedara redactado conforme al siguiente texto:

" 13.3.- Las solicitudes seran evaluadas por un comnePennanente confonnado et interior de cada Gerenciade Fiscalizaci6n, 0 area equivalente y designado por laGerencia General mediante Resoluci6n. En el caso de la

Gereneia Adjunta de Regufaei6n Tarifaria, fa designa ei6ndef comne Permanente se hara mediante la emision desu propia Resofuei6n. Este Comite se eneuentra faculfadoa requerir informaei6n adieional al solieitante, asi comoreaJizar las entrevistas que eonsidere pettinentes."

Articulo 6°._ Modificar el Art iculo 26 del Reglamentode Supervision de Actividades Enerqeticas y Mineras deOSINERGM IN aprobad o por Resoluci6n OSINERGMINN° 205·2009-0S/CD , el cual quedara redactado conformeal siguiente texto:

"Articulo 26.- Programaci6n Anual de Superv isionPara efeetos de fa programaci6n anual que reafiza el

OSINERGMIN, se tamara en euenta ef Plan OperativoAnuaf de la Gereneia de Fisealizaei6n, Gereneia Adjuntade Regulaeion Tarifaria a area equivafen fe a los programaseontenidos en fos proeedimientos de supervision , 0proeedimientos regufatorios de OS/NERGMIN. "

Articulo 7°._ Suprimir la catego ria Comercializac i6ndel Registro de Empresas Superv isoras de la GerenciaAdjunta de Regulaci6n Tarifana. Las personas queactualmente se encuentran inscritas en dicha eategoria enel reterido Registro GART, debera n ser incorporadas enla categoria Comercializaci6n del Registro de EmpresasSupervisoras de la Gerencia de Fiscalizaci6n Electnca.

Articulo 8°._ Las personas que se encuentranlnscritas en el Registro de Empresas Supervi soras de laGerencia Adjunta de Regulaci6n Tarifaria , mantendransu inscripci6n en sus mismas categorias , a excepci6n dela categoria de comercializaci6n conforme 10 dispone elArt iculo precedente .

ALFREDO DAMMERT LIRAPresidente del Consejo Directive

502862-1