News alert consultoria 11

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NEWS ALERT CONSULTORIA Nº 11 Mayo 2015 Contacto: Maria Jesús Muro Socia división consultoría [email protected] Servicios de: Consultoría Auditoria Fiscal Outsourcing Avenida Diagonal, 520 08006 – Barcelona Calle Sagasta, 26, 4º izq 28004- Madrid Entrada en vigor de la Reforma del Código Penal El próximo 1 de julio entrará en vigor la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que establece la responsabilidad penal de las empresas y personas jurídicas. Para la exención de responsabilidad o la atenuación de la misma, el requisito es la acreditación de un sistema o modelo de prevención y control interno para reducir de forma significativa el riesgo de cometerlos. Además, se exige la verificación periódica del modelo para consolidar la eficacia de esos procedimientos según el artículo 31.bis del nuevo Código Penal. Esta reforma del Código Penal sigue la línea de la Ley 31/2014 de Reforma de la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, publicada en el BOE el pasado 4 de diciembre. Dicha Ley recoge como responsabilidad indelegable de los consejeros y administradores de las sociedades el establecimiento de los procedimientos de gestión y control de las entidades, así como el deber de exigir información sobre la adecuada aplicación de los mismos. En definitiva, la nueva normativa obliga a las sociedades a establecer procedimientos de control para evitar delitos y asegurar la transparencia, asignando la responsabilidad de asegurar este control interno y su validación periódica a los administradores y consejeros, estableciendo consecuencias penales en caso de no hacerlo. IBERAUDIT Kreston colabora con sus clientes en la elaboración y diseño del modelo de prevención y de control y de la acreditación, adaptándose al perfil concreto de cada organización y definiendo las diferentes fases necesarias en cada caso en función de los riesgos detectados en el análisis previo. Para quitar el nombre de la lista de distribución de correo, haga clic aquí

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NEWS ALERT CONSULTORIA Nº 11

Mayo 2015

Contacto:

Maria Jesús Muro Socia división consultoría [email protected]

Servicios de: Consultoría Auditoria Fiscal Outsourcing Avenida Diagonal, 520 08006 – Barcelona Calle Sagasta, 26, 4º izq 28004- Madrid

Entrada en vigor de la Reforma del Código Penal El próximo 1 de julio entrará en vigor la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que establece la responsabilidad penal de las empresas y personas jurídicas. Para la exención de responsabilidad o la atenuación de la misma, el requisito es la acreditación de un sistema o modelo de prevención y control interno para reducir de forma significativa el riesgo de cometerlos. Además, se exige la verificación periódica del modelo para consolidar la eficacia de esos procedimientos según el artículo 31.bis del nuevo Código Penal. Esta reforma del Código Penal sigue la línea de la Ley 31/2014 de Reforma de la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, publicada en el BOE el pasado 4 de diciembre. Dicha Ley recoge como responsabilidad indelegable de los consejeros y administradores de las sociedades el establecimiento de los procedimientos de gestión y control de las entidades, así como el deber de exigir información sobre la adecuada aplicación de los mismos. En definitiva, la nueva normativa obliga a las sociedades a establecer procedimientos de control para evitar delitos y asegurar la transparencia, asignando la responsabilidad de asegurar este control interno y su validación periódica a los administradores y consejeros, estableciendo consecuencias penales en caso de no hacerlo. IBERAUDIT Kreston colabora con sus clientes en la elaboración y diseño del modelo de prevención y de control y de la acreditación, adaptándose al perfil concreto de cada organización y definiendo las diferentes fases necesarias en cada caso en función de los riesgos detectados en el análisis previo.

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