Mensura Judicial

5
SEÑOR JUEZ: ROSA ISABEL GONZALEZ BENITEZ con poder General con Clausula especial en representación de la señora ELIDA RIOS o LIDIA RIOS pertenece a la misma persona , profesional de Abogada, fijando domicilio real y procesal en Torre Cué 1ª Línea Virgen del Carmen de la ciudad Caazapá, a V.S., con el debido respeto digo:--------------------------------- Que, por el presente escrito vengo a promover demanda de MENSURA JUDICIAL DEL LOTE AGRICOLA Nº 17 DEL DISTRITO DE CAAZAPA de 19 Has. 2062 mts2, que se halla inscripto a nombre de Don NICOLAS RIOS (causante) conforme al titulo de propiedad otorgado por el actual Ente el INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), por lo que agrego a esta presentación .------------------- Que de esta forma también vengo a demostrar a V.S-., que fui declarada heredera del Sr. NICOLAS RIOS por resolución de S.D Nº 130 de fecha 04 de Julio de 2.011 dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Caazapá en el juicio caratulado “NICOLAS RIOS S/ MENSURA”, por lo que adjunto a esta presentación.---- Que, no se transcribe los limites, mojones y linderos por estar debidamente identificados en el título que se acompaña.-------------------------- Que, se promueve esta demanda a los efectos de individualizar detalladamente los linderos, mojones y demás datos técnicos que se realizaran en el lugar indicado precedentemente y conforme con las disposiciones contenidas en el C.P.C, articulo 656, se publicara en un diario de la Capital que V.S, designe.------------------------------------------------ -------------

description

Derecho

Transcript of Mensura Judicial

SEOR JUEZ:

ROSA ISABEL GONZALEZ BENITEZ con poder General con Clausula especial en representacin de la seoraELIDA RIOS o LIDIA RIOS pertenece a la misma persona , profesional de Abogada, fijando domicilio real y procesal en Torre Cu 1 Lnea Virgen del Carmen de la ciudad Caazap, a V.S., con el debido respeto digo:---------------------------------

Que, por el presente escrito vengo a promover demanda de MENSURA JUDICIAL DEL LOTE AGRICOLA N 17 DEL DISTRITO DE CAAZAPA de 19 Has. 2062 mts2, que se halla inscripto a nombre de Don NICOLAS RIOS (causante) conforme al titulo de propiedad otorgado por el actual Ente el INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), por lo que agrego a esta presentacin .-------------------

Que de esta forma tambin vengo a demostrar a V.S-., que fui declarada heredera del Sr. NICOLAS RIOS por resolucin de S.D N 130 de fecha 04 de Julio de 2.011 dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Caazap en el juicio caratulado NICOLAS RIOS S/ MENSURA, por lo que adjunto a esta presentacin.----

Que, no se transcribe los limites, mojones y linderos por estar debidamente identificados en el ttulo que se acompaa.--------------------------

Que, se promueve esta demanda a los efectos de individualizar detalladamente los linderos, mojones y dems datos tcnicos que se realizaran en el lugar indicado precedentemente y conforme con las disposiciones contenidas en el C.P.C, articulo 656, se publicara en un diario de la Capital que V.S, designe.-------------------------------------------------------------

PROHIBICIN DE NO INNOVAR

Que, la prohibicin de innovar es una medida precautoria dictada por un rgano judicial intimando a cualquiera de las partes se abstenga de alterar mientras dura el pleito, el estado de cosas sobre que versa la litis, existente en el momento de notificarse dicha medida. Es una medida cautelar que procura el mantenimiento del Status Quos, es decir de un estado de cosas y la seguridad de los bienes implicados en la litis, mientras esta se sustancia y decide.-------------------------------------------------

Que, persigue por un lado que el derecho del vencedor no resulte de imposible cumplimiento o daados o menoscabados por las innovaciones o alteraciones introducidas durante el curso del proceso, y por otro, que no se perturbe la paz ni se daen o perjudiquen bienes o servicios de inters comn.--------------------------------------------------------------------------------------------

Que, la prohibicin de innovar a dicho la Corte Suprema ..... es una medida conservatoria que anticipa durante el normal tramites de una controversia, la tutela jurdica de un estado de derecho o de hechos planteados y destinados a garantizar su goce eventual y futuro una vez reconocido judicialmente.------------------------------------------------------------------

Que, esta medida de carcter urgente Seor Juez, en razn de que existe una persona de nombre LEONCIO PAIVA RAMIREZ que estn realizando en este momento dentro de la propiedad alambrados y colocacin de postes, creyendo de que la misma es de propiedad fiscal.--------

Que, sabido es que existen abundantes jurisprudencias en el sentido de que el titulo de propiedad privada, siempre prevalece en caso de duda sobre el titulo que otorga el INDERT.---------------------------------------------

Que, la adopcin de medidas cautelares debe entenderse subordinada al cumplimiento de su funcin dentro del proceso, por lo que cabe exigir como un requisito para decretarla, la verosimilitud de la existencia del derecho que se tiende a proteger y la posibilidad de sufrir un perjuicio o dao inminente en su defecto (Tratado de las Medidas Cautelares Podetti Pag. 68).-------------------------------------------------------------

Que, V.S., in-situs podr comprobar con los elementos de juicios incorporados en autos, por lo que cabe que se decrete dicha medida, nterin se sustancie este proceso, si necesario fuere comisionar al Actuario para certificar lo que esta aconteciendo en el lugar denunciado precedentemente.-

Que, para lo que hubiere lugar en derecho, me hago responsable de los daos y perjuicios que pudiera ocasionar en caso de pedir sin derecho algunos esta medida cautelar de conformidad al articulo N 693 del C.P.C, nterin se sustancie el presente juicio.----------------------------------------------------

Que, para recabar mas informe sobre el inmueble de referencia solicito a V.s., se sirva librar oficio al el INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) para su toma de razn.---------------------------------------------------------------------------------------------

POR TANTO, a V.S:, solicito.-----------------------------------------------

1)- RECONOCIMIENTO DE MI PERSONERA en el carcter invocado y la constitucin de mi domicilio en el lugar sealado.-----------------

2)- TENER POR INICIADO el presente juicio de mensura de la como LOTE AGRICOLA N 17 DEL DISTRITO DE CAAZAPA de 19 Has. 2062 mts2, que se halla inscripto a nombre de Don NICOLAS RIOS (causante).---------------------------------------------------------------------------------------

3)- DESIGNAR AL AGRIMENSOR PUBLICO y al TOPOGRAFO designare mas adelante con su domicilio denunciado precedentemente, para la realizacin de las pericias tcnicas.------------------

4)- ORDENAR LA PUBLICACIN de los edictos de citacin y emplazamiento en un diario de gran circulacin de la Capital.--------------------

5)- DECRETAR COMO MEDIDA CAUTELAR URGENTE, la prohibicin de no innovar en el inmueble individualizado como LOTE AGRICOLA N 17 DEL DISTRITO DE CAAZAPA de 19 Has. 2062 mts2, que se halla inscripto a nombre de Don NICOLAS RIOS (causante).-----------

6) LIBRAR oficio al INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT) a los efectos de que informe sobre el inmueble supra mencionado.-----------------------------------------

7)- OPORTUNAMENTE dictar resolucin, previo los tramites de estilos, aprobando las diligencias de la mensura.----------------------------------

8)- PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA.---------

C.I N_________________