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MINISTERIO DE SALUD Dr. Ginés M. González García Dr. Rubén H. Torres Manual Beneficiario del de Obras Sociales

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MINISTERIO DE SALUD

Dr. Ginés M. González García

Dr. Rubén H. Torres

ManualBeneficiario

del

de Obras Sociales

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Superintendencia de Servicios de Salud

Manual delBeneficiario deObras Sociales

Buenos Aires2003

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PR E S I D E N T E D E LA NA C I Ó N

DR. EDUARDO ALBERTO DUHALDE

M I N I S T R O D E SA L U D

DR. G I NÉS M. GONZÁLEZ GARC ÍA

SU P E R I N T E N D E N T E D E SERV IC IOS D E SA L U D

DR. RUBÉN H. TORRES

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Diagramación, composición y armado:Caligrafix Servicios Gráficos Integrales S. H. Av. Pueyrredón 1440, 2°; Buenos Aires Telefax: 4821-6263Correo-E: [email protected] web: www.caligrafix.com.ar.

Impresión: Talleres Gráficos DEL S. R. L. Humboldt 1803, Buenos Aires Telefax: 4777-9177 Correo-E: [email protected]

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SISTEMA DE CONSULTAS

Centro de Atención Telefónica CAT0800-222-SALUD (72583)

Centro de Atención Personal CAPAv. Pte. Roque Sáenz Peña 530. P.B.

Coordinación de Comunicación InstitucionalE-mail

[email protected] web

www.sssalud.gov.ar

Las normativas del Sistema Nacional del Seguro deSalud se encuentran publicadas en nuestro sitio web.

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Representaciones de la Superintendencia de Servicios de Salud en las provincias de:

• Santiago del EsteroIndependencia 1549. CP: 4200. Santiago del Estero.Tel: 0385-4222614Fax: 0385-4222614

• TucumánAv. El Líbano 956. CP: 4000. San Miguel de Tucumán. Tel: 0381-4330841Fax: 0381- 4237459

• San LuisFalucho esquina Junín. CP: 5700. San Luis.Tel: 02652-423644/423143Fax: 02652-431276

• MendozaAv. España 1425. 2º Piso. CP: 5500. Mendoza.Tel: 0261-4200018Fax: 0261-4291156

• ChubutHipólito Yrigoyen 387. CP: 9000. Comodoro Rivadavia.Tel: 0297-4470022

• MisionesJunín 2331. CP: 3300. Posadas.Tel: 03752-434384

• JujuySan Martín 61. CP: 4600. San Salvador de Jujuy.Tel: 0388-4226439Fax: 0388-4226603

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Índice

Prólogo 9

I. Sistema de Consultas 17

II. Destinatarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud 20

III. Cambio de Obra Social 26

IV. Sistema de Reclamos 33

V. Monotributistas, sus empleados y personal del servicio doméstico 41

VI. Programa Médico Obligatorio de Emergencia -P.M.O.E- 49

VII. Prescripción de medicamentos por nombre genérico 67

VIII. Discapacidad 70

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Prólogo

La decisiva participación y opinión de los beneficia-rios en las instituciones de regulación y control quetutelan sus derechos, constituye en el sector de lasalud una asignatura pendiente. Basta mencionar elhecho de que desde distintas instancias (guberna-mentales, organismos internacionales, etc.) se hanimpulsado en los últimos diez años procesos dereforma del Sistema de Obras Sociales, en las cualessus auténticos dueños, los beneficiarios, resultaron"convidados de piedra".

Esta situación resulta particularmente grave cuandoen pleno auge de la importancia de las institucionesdel tercer sector, en el marco del consenso social parala instrumentación de políticas públicas, se olvidaque las Obras sociales han constituido una de las pri-meras expresiones de Organismos no gubernamenta-les en el país.

Por ello, es intención de esta conducción recuperarel trascendental papel que le corresponde a estaSuperintendencia en la relación entre Obras Socialesy Beneficiarios, desde diversos aspectos: informan-do sobre los derechos y obligaciones que competena ambos; mediando en la resolución de conflictosque en relación a esos derechos y obligaciones sesusciten; brindando el mayor número de informa-ción disponible para que el derecho de opción decambio de Obras Sociales sea una legítima elecciónde cada beneficiario y no una decisión marcada por

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un marketing interesado, o una imposición manipu-lada por intereses corporativos y poniendo a dispo-sición del beneficiario la información neutral y des-provista de cualquier interés que no sea el de que seotorguen aquellos servicios que sean efectivamenteútiles, imprescindiblemente necesarios y elegiblesen función de su costo-efectividad. La prescripcióny utilización de medicamentos y prácticas de utili-dad dudosa o nula, aunque de novedosa presenta-ción o difusión, y no avalados por criterios científi-cos rigurosos como los de la medicina basada enevidencias, constituye uno de los motivos másimportantes de dilapidación de recursos, que luegono resultan suficientes para el pago de otros medi-camentos o prácticas de indudable utilidad. El con-sejo de su médico, farmacéutico u otro profesionalresponsable de su salud y la opinión fundada delOrganismo rector de quienes deben solventar losgastos, constituyen un sólido pilar para ayudar en latoma de decisiones delicadas.

Creemos que de esta manera, y en un marco de cor-dura y sensatez en el cual las Obras Sociales gestio-nen en forma eficiente sus recursos, con el adecuadocontrol de esta Superintendencia, y los prestadores(médicos, hospitales, etc.) recomienden a sus usua-rios aquellos procedimientos y medicamentos másadecuados en función de calidad y precio, y benefi-ciarios responsables, informados y protegidos poresta institución, lograremos, sin duda, sostener elrégimen nacional de Obras Sociales, el más poderososistema solidario de nuestro país; sostén del pago de

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miles de tratamientos por infección por HIV-SIDA;transplantes; prestaciones por discapacidad y de altacomplejidad, que apuntan a hacer de nuestro país unhogar común, una Patria, más saludable.

Dr. Rubén Humberto Torres

Superintendente

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Autoridades

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Subgerencia deInformática

Lic. Jorge Quintana

Subgerencia deRecursos Humanos

Sr. José Ferro

Subgerencia deAdministración

Cdor. Ricardo Bellagio

Gerencia de GestiónEstratégica

Dr. Rubén Roa

Gerencia de ControlEconómico FinancieroDr. Alberto Mangiaterra

Gerencia de Asuntos JurídicosDra. Silvia Albino

Subgerencia deGestión Estratégica

Dr. Gustavo Santero

Gerencia de Serviciosal Beneficiario

Lic. Ma. Á. Domínguez

Subgerencia de Serviciosal Beneficiario

Dr. Pablo Rosales

Gerencia de ControlPrestacional

Dr. Ricardo Lara

Subgerencia deControl Prestacional

Dr. Jorge Caruso

Secretaría GeneralSr. Carlos Rezzónico

Gerencia GeneralDr. Néstor Vázquez

SuperintendenteDr. Rubén Torres

Unidad de Auditoría Interna

Dr. Oscar Gil

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Superintendencia de Servicios de Salud

Misión

La Superintendencia de Servicios deSalud es el ente de regulación y con-trol de los actores del sector, con elobjeto de asegurar el cumplimientode las políticas del área para la pro-moción, preservación y recuperaciónde la salud de la población y la efec-tiva realización del derecho a gozarlas prestaciones de salud estableci-das en la legislación.

Objetivos

1. Dictar las normas para regular yreglamentar los servicios de salud.

2. Controlar el funcionamiento de lasObras Sociales y de otros Agentes delSeguro de Salud, de los prestadoresintervinientes y de toda otra entidadprestadora o financiadora de presta-ciones médico-asistenciales que seincluyan.

3. Aprobar el ingreso de las entidadesal Sistema.

4. Aprobar el Programa de PrestacionesMédico Asistenciales de los Agentes

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y controlar el Presupuesto de gastosy recursos para su ejecución.

5. Asegurar y controlar la Opción deCambio de Obra Social de los benefi-ciarios del Sistema.

6. Controlar el funcionamiento correctodel mecanismo de débito automáticodesde la recaudación de las ObrasSociales hacia los HospitalesPúblicos de Gestión Descentralizada.

7. Garantizar el respeto y la promo-ción de los derechos de los benefi-ciarios del Sistema.

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I. Sistema de Consultas

La Superintendencia de Servicios deSalud cuenta con centros de atenciónpersonal, telefónico y representaciones enel interior del país.

1. Centros de Atención

El personal de contacto de ambos cen-tros brinda información sobre los diver-sos aspectos del Sistema Nacio-nal delSeguro de Salud:

• Normativas vigentes• Programa Médico Obligatorio de

Emergencia1 y otras coberturas obli-gatorias.

• Reclamos por irregularidades en lacobertura médico asistencial.

• Problemáticas referidas a la opciónde cambio de Obra Social.

• Destino de los aportes y contribucio-nes del beneficiario.

• Asignación de monotributistas autó-nomos a las Obras Sociales inscriptaspara tal fin.2

• Datos generales de las Obras Sociales(delegaciones, autoridades, ámbitogeográfico).

Superintendencia de Servicios de Salud 17

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1 Resolución 201/02 M.S. (P.M.O.E.)2 Resolución 376/00 S.S.SALUD

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• Obras Sociales que se encuentran enopción de cambio.

• Obras Sociales que reciben:− Monotributistas autónomos− Empleados de monotributistas− Personal del servicio doméstico− Voluntarios

2. Representaciones de la Superintendenciade Servicios de Salud en el interior del país:

El personal de estas representacionesespecialmente capacitado, brinda infor-mación sobre diversos aspectos delSistema Nacional del Seguro de Salud:

• Normativas e información generaldel sistema

• Programa Médico Obligatorio deEmergencia y otras coberturas obli-gatorias

• Tramitaciones a cumplimentar antereclamos por irregularidades en lacobertura médico asistencial

Estas representaciones, recientementehabilitadas para la atención de los benefi-ciarios del interior del país, funcionancomo una mesa de orientación de trámi-tes vinculadas en forma permanente conel Centro de Atención Personal (CAP) dela sede central.

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3. Sitio web -www.sssalud.gov.ar-

El sitio presenta información detallada delos servicios que se brindan al beneficia-rio. Pueden realizarse consultas sobrePadrones de:

• Beneficiarios del régimen general• Opciones del régimen general• Beneficiarios monotributistas• Opciones de beneficiarios monotri-

butistas• Beneficiarios pasivos del sistema

Listados de:

− Obras Sociales que integran elSistema General

− Obras Sociales que reciben mono-tributistas

− Obras Sociales que reciben emplea-dos de monotributistas

− Obras Sociales que reciben personaldel servicio doméstico

− Obras Sociales que reciben jubiladosde su propia actividad o de cualquieractividad laboral.

− Obras Sociales que reciben adherentes

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II. Destinatarios del Sistema Nacional delSeguro de Salud

Beneficiarios de Obras Sociales

Ciudadanos comprendidos en elSistema Nacional del Seguro deSalud a través de sus agentes: ObrasSociales, Mutuales, Asociaciones deObras Sociales (ADOS), Federacio-nes, Agentes del Seguro.

1. Obligatorios

Titulares

• Los trabajadores que prestan servi-cios en relación de dependencia, seaen el ámbito privado o en el sectorpúblico del Poder Ejecutivo o en susorganismos autárquicos y descentra-lizados, en empresas y sociedadesdel Estado, con su aporte personal ylas contribuciones del empleador,exigidas por ley.

• Los jubilados y pensionados nacio-nales, con su aporte personal y el delos trabajadores en actividad.

Familiares

El grupo familiar primario está integra-do por:

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• El cónyuge o concubino/a del afiliadotitular.

• Los hijos solteros hasta los 21 (veinti-ún) años, no emancipados por habili-tación de edad o ejercicio de activi-dad profesional, co-mercial o laboral.

• Los hijos solteros, mayores de 21(veintiún) años y hasta los 25 (veinti-cinco) inclusive, que estén a exclusivocargo del afiliado titular, que cursenestudios regulares, oficialmente reco-nocidos por la autoridad pertinente.

• Los hijos incapacitados a cargo delafiliado titular, sin límite de edad.

• Los hijos del cónyuge o concubino/a• Los menores cuya guarda y tutela

haya sido acordada por la autoridadjudicial o administrativa.

• Las personas que convivan con el afi-liado titular, y reciban del mismoostensible trato familiar, según laacreditación que correspondiere encada situación.

Personas a cargo

Pueden incluirse los ascendientes y des-cendientes (padres o nietos) que seencuentren a cargo del beneficiario titu-lar, fijándose un aporte adicional del1.5% (uno y medio por ciento) por cadapersona que se incluya.

Superintendencia de Servicios de Salud 21

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Requisitos para afiliación3:

− Acreditar el vínculo de parentesco − El beneficiario incorporado como

familiar a cargo no puede ser benefi-ciario titular en alguna de las ObrasSociales del Sistema4, o dependientesdel Estado Nacional, Provincial oMunicipal.

− En el supuesto de menores que nohubiesen cumplido la edad mínimalegal para trabajar o que se encuen-tren incapacitados para hacerlo.

− Cuando se trate de mayores debentener 60 (sesenta) o más años deedad o encontrarse incapacitadospara trabajar.

Superintendencia de Servicios de Salud22

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3 Resolución 81/95 INOS, Art. 1º inc. a); b); c) y d).4 Leyes 23.660 y 23.661

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Extinción del

contrato de trabajo

Si el trabajador hubiera trabajado en forma

continuada durante más de 3 (tres) meses

mantiene su calidad de beneficiario durante un

período de 3 (tres) meses, contados desde su

distracto, sin obligación de efectuar aportes.

Interrupción de trabajo

por accidente o

enfermedad inculpable

El trabajador mantiene su calidad de

beneficiario durante el plazo de conservación

del empleo sin percepción de remuneración,

sin obligación de efectuar aportes.

Suspensión del

trabajador

sin goce de

remuneración

Mantiene su carácter de beneficiario durante

un período de 3 (tres) meses, sin efectuar

aportes. Si la suspensión se prolongase más

allá de dicho plazo, puede optar por continuar

manteniendo su condición de beneficiario,

cumpliendo con las obligaciones del aporte a su

cargo y la contribución a cargo del empleador.

Licencia sin goce de

remuneraciones por

razones particulares

El trabajador mantiene la calidad de

beneficiario cumpliendo con las obligaciones

del aporte a su cargo y contribución a cargo del

empleador.

Trabajadores de

temporada

Durante el período de inactividad y mientras

subsista el contrato de trabajo, el trabajador

puede optar por mantener el carácter de

beneficiario, cumpliendo con las obligaciones

del aporte a su cargo y de la contribución a

cargo del empleador.

– Cuando se mantiene el contrato de trabajo o la relación de empleo

público;

– Mientras el trabajador o empleado reciba la remuneración del

empleador;

y en los siguientes casos:

El carácter de beneficiario subsiste:

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2. Voluntarios5

• Son los beneficiarios que en formavoluntaria solicitan su incorpora-ción a un Agente del SistemaNacional del Seguro de Salud.Deben abonar las cuotas correspon-dientes, cuyo monto varía de acuer-do al plan seleccionado y a losmiembros que integran el grupofamiliar.

• Los beneficiarios adherentes puedeninscribirse entre aquellas ObrasSociales registradas y habilitadaspara tal fin.

• El listado de Obras Sociales queaceptan beneficiarios adherentes seencuentra disponible en nuestro sitioweb y en nuestros Centros de aten-ción de Capital Federal y del interiordel país.

• Las Obras Sociales pueden aceptar ocuestionar el ingreso de un beneficia-rio voluntario. Una vez aceptada suafiliación, la Obra Social no puedeplantear carencias para brindar lacobertura.

• Los beneficiarios voluntarios tienenderecho a recibir el conjunto de pres-

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5 Res. 522/92 INOS. Res. 257/92 M.S. y A.S.

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taciones establecido en el ProgramaMédico Obligatorio de Emergencia6

(o el que lo reemplace en el futuro) yotras coberturas obligatorias.También pueden pactar con la ObraSocial un plan superador al P.M.O.E.

• La Obra Social puede dar de baja albeneficiario por la falta de pago delas cuotas acordadas.

• Los beneficiarios voluntarios tienenlos mismos derechos que los afilia-dos obligatorios.

Monotributistas, sus Empleados y Personal delServicio Doméstico

Son beneficiarios de acuerdo a la cotiza-ción personal fija destinada al Segurode Salud. Para la incorporación delgrupo familiar primario deben abonarun importe adicional.

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6 Resolución 201/02 M.S. (P.M.O.E.)

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III. Cambio de Obra Social1

Los beneficiarios del Sistema Nacio-naldel Seguro de Salud tienen la posibili-dad de ejercer el derecho de opción decambio entre las Obras Sociales yAgentes del Sistema Nacional delSeguro de Salud.

Cambio para beneficiarios titulares activos7

1. Beneficiarios de Obras Sociales Sindicales2. Beneficiarios de Obras Sociales del Personal de

Dirección3. Monotributistas, sus empleados y Personal del

Servicio Doméstico8

Requisitos para ejercer el derecho de opción de cambio:

1. Beneficiarios de Obras Sociales Sindicales

• El trabajador puede ejercer el dere-cho de opción desde el momentomismo del inicio de la relaciónlaboral.9

• El trámite se realiza en forma perso-nal e individual por el titular afilia-

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7 Ley 23.660. Art. 1º incs. a), d), f), h).8 Desarrollado en Capítulo V.9 Dec. 1400/01 art. 15º.

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do; excepto que el beneficiario residaa más de 100 kms. de una boca habi-litada de la Obra Social elegida.

• El único lugar autorizado para reali-zar la opción de cambio es la sede odelegación de la Obra Social elegida.No debe ejercerse en oficinas demedicina privadas ni en el lugar detrabajo.

• La opción de cambio puede realizar-se una vez al año y se efectiviza elprimer día del tercer mes desde lapresentación de la solicitud.

• Durante ese período la Obra Socialde origen debe otorgar al afiliado laprestación médica correspondiente.

• El trámite es totalmente gratuito.• El beneficiario debe completar el for-

mulario de opción sin tachaduras nienmiendas. Debe presentar lasiguiente documentación:− último recibo de sueldos o en su

defecto certificación laboral.

− Documento Nacional deIdentidad (DNI)

• Al momento de efectuar la opción,la Obra Social debe entregar al bene-ficiario:− La copia amarilla del formulario

de opción de cambio.

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− La cartilla médica con la nóminacompleta de sus prestadores.

− Credencial con el nombre de laObra Social.

• La opción de cambio es irretractable,excepto las expresas excepciones queestablece la reglamentación vigente.

No pueden ejercer el derecho deopción:

− Los beneficiarios que hayan extin-guido su relación laboral.

− Los trabajadores cuya retribuciónmensual sea inferior a los 3 (tres)MOPRES.

2. Beneficiarios de Obras Sociales del Personal deDirección10

• El trabajador puede ejercer el dere-cho de opción desde el momentomismo del inicio de la relaciónlaboral.11

• El trámite se realiza en forma indivi-dual ante la ANSES y en forma colec-tiva ante la Obra Social elegida.

• La opción de cambio puede realizar-

Superintendencia de Servicios de Salud28

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10 Dec. 638/97.11 Dec. 1400/01 art. 15º.

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se una vez al año y se efectiviza elprimer día del mes posterior a la pre-sentación de la solicitud.

• Durante ese período la Obra Socialde origen debe otorgar al afiliado laprestación médica correspondiente.

• El afiliado puede elegir entre lasObras Sociales inscriptas en elRegistro Nacional de Obras Sociales(código 4).

• El trámite es totalmente gratuito

Unificación de aportes

• El afiliado en situación de pluriem-pleo puede unificar aportes en laObra Social elegida.

• Si los cónyuges son titulares de dosObras Sociales del sistema puedenoptar por una de ellas o por una ter-cera para la unificación de aportesrevistiendo ambos el carácter detitulares.

Superintendencia de Servicios de Salud 29

Manual de consultas

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Cambio para jubilados y pensionados12

• Quienes finalizan su trámite jubilato-rio pueden elegir de inmediato unaObra Social si no desean permaneceren PAMI.

• Los beneficiarios que se jubilan reci-ben con su grupo familiar primariolas prestaciones médicas de la ObraSocial en la que se encontraba,durante 90 (noventa) días.

• Finalizado este período y de nohaber obtenido su jubilación, puedesolicitar una credencial provisoriapara recibir prestaciones por PAMI.En el Registro de Agentes del Sis-tema Nacional del Seguro de Salud,se inscriben las Obras Sociales quedeseen recibir los jubilados y pensio-nados de su propia actividad o decualquier actividad.

• Las Obras Sociales registradas estánobligadas a recibir a los beneficiariosque opten por ellas y a sus respectivosgrupos familiares. No pueden condi-cionar su ingreso por ninguna causa.

• Los jubilados y pensionados puedenejercer su opción de cambio una vezpor año, en cualquier fecha.

• El trámite se realiza en ANSES o en la

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12 Decreto 292/95

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UDAI más cercana al domicilio, conel último recibo de cobro y D.N.I. Laopción se hace efectiva a los 90(noventa) días de realizado el trámite.Los listados de Obras Sociales que seencuentran en opción de cambioestán disponibles en nuestro sitioweb y en nuestros Centros deAtención de Capital Federal y delinterior del país.

Obligaciones de la Obra Social elegida

• La Obra Social debe brindar las pres-taciones del Programa MédicoObligatorio de Emergencia y otrascoberturas obligatorias, sin carencias,preexistencias o exámenes de admi-sión. El afiliado puede elegir abonarun plan superador al P.M.O.E. Lacorrespondiente cuota adicionalqueda a cargo del beneficiario.

Superintendencia de Servicios de Salud 31

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Para elegir una Obra Social es convenientetener en cuenta:

• si la Obra Social elegida tiene cobertura ensu zona de residencia,

• la cartilla de prestaciones que ofrece (clí-nicas, sanatorios, consultorios, farmacias,etc),

• la proximidad de sus efectores, • los servicios que brinda: línea telefónica

gratuita de consulta, oficinas de atenciónpersonalizada, e-mail, etc.

Superintendencia de Servicios de Salud32

Manual de consultas

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IV. Sistema de reclamos

La Superintendencia de Servicios deSalud recibe consultas, quejas y recla-mos de los beneficiarios y Agentes delSistema en los Centros de AtenciónPersonal y telefónico.

Características del sistema de reclamos

• Se realizan formalmente, a través delprocedimiento de la Resolución075/98 S.S.SALUD.

• Este sistema tiene como objetivos:

− Fiscalizar el cumplimiento delPrograma Médico Obligatorio deEmergencia (P.M.O.E.).

− Fiscalizar el ejercicio del derechode la libre elección de ObrasSociales

− Controlar que los beneficiariosreciban de las Obras Sociales laatención adecuada.

− Informar sobre los procedimien-tos a seguir ante irregularidadesdel sistema.

− Evaluar de acuerdo a la urgenciael procedimiento a seguir.

Superintendencia de Servicios de Salud 33

Manual de consultas

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Formas de presentar el reclamo:

• personalmente • por apoderado.• Carta Documento• Fax, ratificada en 3 días y 2 días más

para los residentes a más de 100 kms.De la sede de la Obra Social.

• Correspondencia a la Obra Social o aesta Superintendencia.

• En caso de urgencia, por gestor ofi-cioso, ratificada en 30 días.

Documentación a presentar por los beneficiariostitulares, de acuerdo a su inserción en el sistema:

• D.N.I. • CUIL o CUIT.• Último recibo de sueldos • Último pago de monotributo y/o ser-

vicio doméstico• Último pago de cuota adherente• Última declaración jurada de AFJP

del empleador (de requerirse)• Carnet Obra Social• Diagnóstico Médico• Certificado de discapacidad (en caso

de requerirse)• Comprobantes de pagos realizados

en caso de reintegro

Superintendencia de Servicios de Salud34

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• Indicación actualizada del médicotratante acreditado como profesionalde la Obra Social

• Según el caso se podrá requerir resu-men de Historia Clínica.

Incorporación de familiares

Documentación requerida para acreditar las rela-ciones de parentesco:

Cónyuge:

• Certificado de matrimonio.• D.N.I. del titular y del cónyuge• Recibo de haberes del titular• Carnet de Obra Social del titular

Concubino:

• D.N.I. del titular y del concubino/a• Información sumaria• Recibo de haberes del titular• Carnet de Obra Social del titular

Menor no incluido en el grupo familiar primario

• A cargo con el 1.5%.• Documentación que acredite la iden-

tidad del menor• Certificado de nacimiento• Información sumaria del juez• Carnet de Obra Social del titular

Superintendencia de Servicios de Salud 35

Manual de consultas

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• Recibo de haberes

Guarda o tutela

• D.N.I del titular• Documentación que acredite la iden-

tidad del menor y el vínculo.• Sentencia judicial que determine la

guarda o tutela• Certificado de nacimiento• Carnet de Obra Social• Recibo de Sueldos

Inclusión de ascendiente, padre omadre con el 1.5%

• D.N.I. del titular• Documentación que acredite el vín-

culo de la persona a incorporar• D.N.I. del familiar• Certificación de ANSES que acredite

la ausencia de cobertura de salud• Si es menor de 60 (sesenta) años,

solamente se incorpora si es discapa-citado.

Hijos mayores de 21 (veintiún) años

• Continúan con la prestación de porvida si son discapacitados

• Si cursan estudios terciarios debenpresentar certificación de estudiosregulares en establecimientos reco-nocidos oficialmente.

Superintendencia de Servicios de Salud36

Manual de consultas

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• D.N.I. del titular• Recibo de sueldos del titular• La afiliación se otorga hasta los 25

(veinticinco) años inclusive.

Reclamos por Formulario "A"

• La Obra Social tiene la obligación dedisponer de este formulario para queel beneficiario inicie su reclamo.

• El formulario se presenta en la ObraSocial, quien debe emitir un informede solución en un plazo de 15 díascorridos.

• Si se presentan casos de "urgenciamédica" y/o riesgo de vida del bene-ficiario, la Obra Social debe:− Analizar el caso− Resolverlo− Obra Social debe comunicar a la

Superintendencia de Servicios deSalud y al beneficiario la forma enque resolvió el tema planteado.

− Las notificaciones se realizan aldomicilio constituido del benefi-ciario o al registrado en el padrón

− Si el beneficiario no está de acuerdocon el informe de solución, puedeinsistir ante la Superintendencia.

− El plazo desde la notificación son10 (diez) días corridos.

Superintendencia de Servicios de Salud 37

Manual de consultas

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Reclamos por Formulario "B"

• La Superintendencia de Servicios deSalud dispone de este formulariopara que el beneficiario realice sureclamo. En caso de residir en el inte-rior el afiliado debe contactarse conel Centro de Atención Telefónicapara el envío del formulario y el ase-soramiento para su presentacióncorrespondiente.

• El reclamo debe realizarse en elCentro de Atención Personal de laS.S.SALUD.

• Se traslada el reclamo a la ObraSocial.

• La Obra Social debe responder elreclamo en un plazo de 15 (quince)días corridos si es un trámite normal,5 (cinco) días si es especial, o un díasi se trata de una urgencia médica.

• Recibido el reclamo la Obra Socialdebe responder con un InformeSolución en los mismos plazos y for-mas que el Formulario "A".Los formularios para la presentacióndel reclamo se encuentran publica-dos en nuestro sitio web.

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Formulario "C"

• La Superintendencia remite al bene-ficiario este formulario como cons-tancia del envío del reclamo a laObra Social correspondiente.

Procedimientos Especiales de reclamo

• Para las siguientes patologías:− HIV. SIDA− Internaciones− Drogadicción− Embarazo y atención al recién

nacido hasta el primer año de vida− Atención oncológica

Plazos para resolver el reclamo

− La Obra Social debe resolver elreclamo y notificar al beneficiarioen 5 (cinco) días corridos

− Si se trata de una urgencia médicael plazo es de un día.

− Vencido el plazo, si existe negativao respuesta insatisfactoria, eldenunciante puede recurrir porvía de insistencia a la S.S.SALUD.

− Al no recibirse respuesta por partede la Obra Social una vez vencidoel plazo, se considera como negati-va de cobertura

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Manual de consultas

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Reclamos por cobertura en discapacidad

• El beneficiario debe presentar certifi-cado de discapacidad, actualizado yemitido por autoridad competente.

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Manual de consultas

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V. Monotributistas, sus empleados y perso-nal del servicio doméstico1

Cobertura

Los monotributistas, sus empleados ypersonal del servicio doméstico con suúltimo pago y sin costo adicional, tie-nen garantizado el acceso a la coberturadel Programa Médico Obligatorio deEmergencia -P.M.O.E- y otras cobertu-ras obligatorias.13

Prestaciones de Alta Complejidad

• La Obra Social debe cubrir :− Trasplantes− Prótesis− Medicamentos para HIV/SIDA− Tratamientos de drogadependencia− Discapacidad

Los listados de Obras Sociales que acep-tan monotributistas, sus empleados ypersonal del servicio doméstico seencuentra disponible en nuestro sitioweb y en nuestros Centros de Atenciónde Capital Federal y del interior del país.

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Manual de consultas

13 Ley 25.239 Título XVII. Art. 52, inc,. d) y e). Título XVIII. Art.21. inc. i)

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Procedimiento para accedera la cobertura médico-asistencial

• El beneficiario debe inscribirse enuna de las Obras Sociales asignadaspara tal fin.

• El trámite debe realizarse en la sede odelegación autorizada de la ObraSocial elegida. El beneficiario debecompletar por triplicado un formula-rio, acompañando:− Original y fotocopia del último

comprobante de pago− Original y fotocopia del

Documento Nacional deIdentidad (D.N.I)

− Si se incorpora al grupo familiarprimario debe acreditarse la rela-ción de parentesco (certificado dematrimonio, certificado de naci-miento de los hijos, certificaciónde convivencia en caso de concu-binato).

− Empleado de monotributista:Recibo de sueldos

Obligaciones de la Obra Social

• Brindar la cobertura en forma inme-diata a la inscripción.

• Entregar credenciales y cartillas médi-

Superintendencia de Servicios de Salud42

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cas a cada beneficiario señalando elalcance de la cobertura prestacional ylos prestadores con los que cuenta.

• Brindar el P.M.O.E.• Recibir a los beneficiarios sin caren-

cias ni preexistencias.• Responder los reclamos de los bene-

ficiarios en los tiempos previstos enla normativa correspondiente -Res.075/98 S.S.SALUD-

Distribución para monotributistas

• Se destaca la importancia de efectuarel trámite de inscripción ante unaObra Social para facilitar el acceso alas prestaciones. En caso que el bene-ficiario no hubiese elegido una deellas, será distribuido por la Superin-tendencia entre las Obras Socialesque reciben Monotributistas. Se ase-gura de esta manera la coberturainmediata para los beneficiarios.14

Elección de Obra Social

• Si el beneficiario desea elegir otraObra Social, debe permanecer como

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14 Resolución 376/00 S.S.SALUD

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mínimo un año en la Obra Social enla que se inscribió.

• La cobertura se efectiviza a partir elprimer día del tercer mes desde lafecha de la elección.

Beneficios

• Cobertura médico asistencial com-pleta -PMOE- para Monotributistas ysus empleados a través de un aportefijo mensual.

• Ante el incumplimiento prestacionalde la Obra Social, el beneficiariopuede realizar un reclamo por mediode la Resolución 075/98 S.S.SALUDen la Obra Social o en esteOrganismo y sus representaciones enel interior del país.

• La Obra Social no puede determinarcarencias y preexistencias

• Las Obras Sociales que recibenmonotributistas son fiscalizadas yreguladas por la Superintendencia,bajo jurisdicción del Ministerio deSalud. La garantía de este marco jurí-dico institucional funciona comovalor agregado de la cobertura.

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Aportes

• De acuerdo a la inserción del contri-buyente en la Ley 25.239, debe ingre-sar las siguientes cotizaciones fijaspara la Obra Social:− Monotributista autónomo: $20

para todas las categorías.− Para incorporar al grupo familiar

primario el beneficiario debe abo-nar $20 adicionales a la cuotamensual

− Empleado monotributista: retenciónde $30 destinado a la Obra Social.

− Personal del Servicio Doméstico: LaResolución 841/00 AFIP normalizala Ley 25.239 estableciendo la cate-gorización de acuerdo a la canti-dad de horas semanales.

Por cada empleado/a activo/a:

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Aportes Contribuciones

Desde 6 a menos de 12 $ 20 $ 8 $ 12

Desde 12 a menos de 16 $ 39 $ 15 $ 24

Desde 16 o más $ 55 $ 20 $ 35

Horas trabajadas

semanalmente

Importe

a pagar

Importe de cada

concepto que se paga

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Exclusiones

• Están excluidos del RégimenSimplificado para Pequeños Contri-buyentes:− Cuando las ventas anuales super-

en los $144.000.-− Los profesionales que superen los

$36.000.- anuales− Los prestamistas− Los que realicen locación de

inmuebles propios

Monotributista titular autónomo

Se encuadran en 8 (ocho) categorías de0 a 7, de acuerdo a la facturación anual:

Cotizaciones obligatorias

Ej: Categoría 0- El importe de $ 88 seaplica a:• $33: Componente Impositivo (suple-

torio de ganancias e IVA)• $35: Componente de seguridad

social (PBU). Este importe es paratodas las categorías

• $20: Componente de seguridadsocial (Obra Social). Este importe espara todas las categorías.

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Aportes voluntarios

• $33: Como mínimo con destino elrégimen de capitalización o repartosegún la opción ejercida por el traba-jador (contribuyente titular)

• $20: Si desea dar cobertura médico asis-tencial a su grupo familiar primario.

Formulario 120

Empleado Monotributista

• Los trabajadores pueden estar com-prendidos en el régimen simplifica-do o el general (931), nunca en ambosa la vez o alternativamente.

• Según la categoría el empleadormonotributista, corresponde ocuparun mínimo de trabajadores− Categorías: 0, 1, 2 y 3 sin mínimo

exigido

− Categoría 4: 1 empleado como míni-mo

− Categoría 5: 2 empleados comomínimo

− Categoría 6 y 7: 3 empleados comomínimo

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Por cada trabajador deben ingresarse cotizacionesfijas por $80, que se destinan a:

A cargo del empleador

• $45.-: contribución Patronal aRégimen Seguridad Social (PrevisiónSocial P.B.U.)

• $5: contribución patronal Régimendel Sistema Nacional del Seguro deSalud.

A cargo del dependiente

• $30: se retiene al empleado paraSeguridad Social (Obra Social)

• FORMULARIO 170, uno por cadaempleado

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VI. Programa Médico Obligatorio deEmergencia

Mediante este programa se estable-cen las prestaciones básicas esencia-les que deben garantizar las ObrasSociales del Sistema. Su vigencia hasido prorrogada hasta el 10 dediciembre de 2003 por el Decreto2.724/02. Este Programa consta decuatro anexos.

Anexo I. Cobertura

1. Atención Primaria de la Salud

En este nivel se privilegia la atencióna partir de un Médico especialistaen Medicina Familiar quien debereforzar los programas de preven-ción en los distintos niveles, brindan-do una atención integral.

Programas de Prevención Primaria ySecundaria

Los Agentes del Seguro de Saludtiene la obligación de implementarprogramas de prevención, elevandoen forma trimestral el listado de per-sonas bajo programa, en conjuntocon la información requerida en laResolución 650/97 ANSSAL y modi-ficatorias.

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1.1. Plan Materno Infantil

No presenta modificaciones respec-to del PMI de la Resolución 939/00MS.

Se dará cobertura durante el embara-zo y el parto a partir del momentodel diagnóstico y hasta el primer mesluego del nacimiento.

Atención del recién nacido hastacumplir un año de edad. La cobertu-ra es del 100% tanto en internacióncomo en ambulatorio y exceptuadadel pago de coseguros, para las aten-ciones y medicaciones específicas.

Esta cobertura comprende:

a) Embarazo y parto:

Consultas, estudios de diagnósticoexclusivamente relacionados con elembarazo, el parto y el puerperio, yaque otro tipo de estudios tendrá lacobertura que rige al resto de estePMO;

Psicoprofilaxis obstétrica, medica-mentos exclusivamente relaciona-dos con el embarazo y el parto concobertura al 100%.

b) Infantil: será obligatoria la reali-zación perinatológica de los estudios

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para detección de la fenilcetonuria,del hipotiroidismo congénito y enfer-medad fibroquística en el recién naci-do. Deberán cubrirse las consultas deseguimiento y control, inmunizacio-nes del período, cobertura del 100%de la medicación requerida para elprimer año de vida siempre que estafigure en el listado de medicamentosesenciales.

c) A fin de estimular la lactanciamaterna no se cubrirán las lechesmaternizadas o de otro tipo, salvoexpresa indicación médica, con eva-luación de la auditoría médica.

1.2 Programas de prevención decánceres femeninos

Fundamentalmente prevención decáncer de mama y cuello uterino.

Para el cáncer de mama:

Mamografía anual para: beneficia-rias mayores de 49 años, o bien,menores de 49 años con anteceden-tes de cáncer de mama familiar o per-sonal u otros factores de riesgo.

Para prevención del cáncer de cuellouterino:

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La obligación de la cobertura es de:un exámen de Papanicolau anual entoda mujer que haya iniciado relacio-nes sexuales o mayores de 18 años. Silos resultados son normales, la obli-gación de cobertura posterior será deun exámen cada dos años.

1.3 Odontología preventiva

Campos de prevención, fluoración ycampañas de educación para la saludbucal.

2. Atención Secundaria

Los Agentes del Seguro de Salud seencuentran obligados a brindarexclusivamente las especialidadesreconocidas por la autoridad sanita-ria nacional.

2.1El listado de las mismas se encuentraen el punto 2.1 del PMOE.

2.2 Prestaciones que se brindan:

• Consulta en consultorio y eninternación.

• Consulta en urgencia y emergen-cia en domicilio.

• Consulta programada en domici-lio:

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− Mayores de 65 años que no pue-dan movilizarse. Coseguro $10por visita.

− Todo otro grupo etario donde elpaciente este imposibilitado dedesplazarse, a evaluar por la audi-toría del Agente del Seguro deSalud.

2.3 Se otorgan todas las prácticas diag-nósticas, terapéuticas, y estudioscomplementarios ambulatorios deta-llados en el Anexo II del PMOE.Debe considerarse el material des-cartable y los medios de contrastecomo parte de la prestación que serealiza.

3. Internación

• Modalidades: institucional, hospitalde día o domiciliaria.

• Cobertura:

− Se otorgan sin límite de tiempo, aexcepción de lo establecido paraSalud Mental.

− No se abonan coseguros.

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4. Salud Mental

4.1 Se contemplan actividades para lapromoción de la salud en general y lasalud mental en particular.

4.2 Se tiende a la prevención de com-portamientos que puedan generartrastornos y malestares psíquicos,tales como depresión, suicidio, adic-ciones, violencias, a través de activi-dades específicas.

4.3 Prestaciones:

• Atención ambulatoria: 30 visitaspor año, a razón de 4 visitas men-sales.

• Modalidades:− Entrevista psiquiátrica, psicoló-

gica, psicopedagógica.− Psicoterapia individual, grupal,

de familia, de pareja.− Psicodiagnóstico.

4.4 Internación:

• Modalidades: institucional y hos-pital de día.

• Cobertura: patologías agudas, arazón de 30 días por año.

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5. Rehabilitación

• Cobertura: prácticas kinesiológi-cas y fonoaudiológicas.

• Ambulatoria: rehabilitaciónmotriz, psicomotriz, readaptaciónortopédica y rehabilitación senso-rial.

• Kinesioterapia: 25 sesiones por año.• Fonoaudiología: 25 sesiones por

año.• Estimulación temprana

6. Odontología

6.1 Cobertura:

Se detallan las prácticas incluidasen la cobertura que con más frecuen-cia han sido consultadas por losbeneficiarios.

• Consulta de urgencia• Radiografía dentales seriadas• Radiografía panorámica• Estudio cefalométrico• Frenectomía

6.2 Coseguros:

• niños de hasta 15 y mayores de 65años: $4

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• entre 16 y 64 años: $76.3 La Obra Social determinará a quien

deberá pagarse el coseguro.

7. Medicamentos

7.1 Ambulatorio: 40% de cobertura.

7.2 Internados: 100% de cobertura.

7.3 La Obra Social deberá cubrir al100%:

• En tratamiento de la insuficienciarenal crónica: Eritropoyetina.

• En tratamientos oncológicos: me-dicamentos según protocolos na-cionales aprobados por la autori-dad de aplicación.

7.4 Medicación no oncológica de uso enprotocolos oncológicos: 40% decobertura, excepto el Ondasetrónpara el tratamiento de vómitos agu-dos inducidos por drogas altamenteemetizantes.

7.5 Medicación comprendida en leyesde protección de grupos vulnera-

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bles: Ver Ley 24.455 - SIDA yDrogadicción, 100% de coberturafinanciada por la APE.

• Resolución 301/99 MSyAS.:

− Cobertura de insulina 100%− Antidiabéticos orales 70%− Tirillas reactivas 400 anuales,

excepto pacientes diabéticos insuli-nodependientes lábiles incluidos enprogramas de prevención secunda-ria, a los que se les duplicará la pro-visión de tirillas para la mediciónde glucemia (autocontrol).

− Cobertura a cargo del Agente delSeguro de Salud.

• Resolución 791/99 MSyAS:

− Para el tratamiento de la MiasteniaGravis: Mestinón 60 gr: 100% decobertura a cargo del Agente delSeguro de Salud.

7.6 Los prestadores deberán recetarmedicamentos por su nombre gené-rico, y se aplicarán los mecanismosde reemplazo y precios de referenciapara establecer la cobertura a cargode la Obra Social.

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8. Otras coberturas

8.1 Cuidado paliativo: un equipo multi-disciplinario brindará asistencia totala los pacientes con expectativa devida estimada no mayor a 6 meses.

• Objetivos: alivio del dolor, de los sín-tomas y abordaje psicosocial delpaciente.

• Cobertura: 100%.

8.2 Hemodiálisis y Diálisis PeritonealContinua Ambulatoria

• Cobertura: 100%. Requisito indispen-sable: los pacientes deberán inscribir-se en el INCUCAI dentro de los 30días de iniciado el tratamiento.

8.3 Otoamplífonos

• Cobertura: 100% a niños de hasta 15años.

8.4 Anteojos con lentes estándar

• Cobertura: 100% a niños de hasta 15años.

8.5 Prótesis y ortesis

• Cobertura:

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− Prótesis e implantes de colocacióninterna permanente: 100%

− Prótesis externas y ortesis: 50%

− No se cubren prótesis miogénicaso bioeléctricas

− La Obra Social cubrirá el menorprecio de la cotización en plaza.

− Las indicaciones médicas se efec-tuarán por nombre genérico.

− La Obra Social deberá proveerprótesis nacionales. Se admitiránprótesis importadas cuando noexista similar nacional con un por-centaje de cobertura a determinarpor la Obra Social.

8.6 Traslados:

• Están incluidos en la prestaciónque se otorga.

9. Coseguros

9.1 Los beneficiarios solo deben abo-nar los coseguros detallados en elpresente PMOE.

• Consultas médicas en ambulatorio:se establece un monto de hasta $4,siendo facultad de la Obra Social elcobro del mismo.

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• Estudios de alta y baja complejidad:se establece un monto de hasta $5.

9.2 No abonan coseguros:

• mujer embarazada desde el diagnós-tico hasta 30 días después del parto,solo en prestaciones inherentes alembarazo, parto y puerperio.

• Complicaciones y enfermedadesderivadas del embarazo, parto ypuerperio.

• Niños de hasta 1 año de edad.

• Pacientes oncológicos.

• Programas preventivos.

10. El PMOE debe cumplir con el ProgramaNacional de Garantía de la Calidad de la AtenciónMédica

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Anexo II. Catálogo de Prestaciones

Los Agentes del Seguro de Salud garan-tizarán a través de sus prestadores lacobertura y acceso a todas las prestacio-nes incluidas en el presente catálogo.Las prácticas consideradas de alto costonecesarias para el diagnóstico y trata-miento de patologías de baja incidenciay alto impacto económico y social, hansido normatizadas para asegurar elcorrecto uso de la tecnología y estable-cer los alcances de su cobertura evitan-do la inadecuada utilización de dichasprácticas. El Agente del Seguro de Saludpodrá ampliar los límites de cobertura deacuerdo a necesidades individuales desus beneficiarios.

Mediante este catálogo de prácticas yprocedimientos se asegura:

• La cobertura a los beneficiarios porparte de los Agentes del Seguro deSalud.

• No es un listado indicativo de factu-ración prestacional.

• Las prácticas citadas podrán ser reali-zadas por la especialidad correspon-diente, no afectando la libertad decontratación ni los acuerdos de aran-celes entre los Agentes del Seguro deSalud y los prestadores de servicios.

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• Su función es brindar a los beneficia-rios un listado de prestaciones quelos Agentes del Seguro de Salud seencuentran obligados a brindar enlas condiciones establecidas.Estas prácticas estarán sujetas a unaactualización continua sobre la basede la evidencia disponible.

Prácticas

Prácticas quirúrgicas

Operaciones en el sistema nervioso

Operaciones en el aparato de lavisión

Operaciones otorrinolaringológicas

Operaciones en el sistema endócrino

Operaciones en el tórax

Operaciones en la mama

Operaciones en el sistema cardiovas-cular

Operaciones en el aparato digestivoy abdomen

Operaciones en los vasos y gánglioslinfáticos

Operaciones en el aparato urinario ygenital masculino

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Operaciones en el aparato genitalfemenino y operaciones obstétricas

Operaciones en el sistema músculoesquelético

Operaciones en la piel y tejido celu-lar subcutáneo

Prácticas especializadas

AlergiaAnatomía patológicaAnestesiologíaCardiologíaEcografía y ecodopplerEndocrinología y nutriciónGastroenterologíaGenética humanaGinecología y obstetriciaHemoterapiaRehabilitación médicaMedicina nuclearNefrologíaNeumonologíaNeurologíaOftalmologíaOtorrinolaringologíaPediatríaSalud Mental

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RadiologíaRadioscopiaAparato esqueléticoAparato respiratorio, digestivo ycavidad abdominalAparato urinarioAparato genital femenino y mamas.NeurorradiologíaAngiocardiorradiologíaTomografías, cineradiología, RX enquirófano y domicilioTomografía axial computadaDensitometríaResonancia magnética nuclearTerapia radianteUrologíaTratamientos especialesAsistencia en consultorio, domicilioe internaciónPrestaciones sanatoriales y de enfer-mería

Prácticas bioquímicasAnálisis clínicos

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Anexo III. Formulario Terapéutico

• Las características que reúne este for-mulario son las siguientes: los princi-pios activos incluidos atienden el 95%de los problemas de salud que se pre-sentan en la consulta ambulatoria.

• No se incluyen los medicamentos:− financiados a través del Fondo

Solidario de Redistribución porresoluciones de la Administra-ción de Programas Especiales yleyes de protección de gruposvulnerables.

− de venta libre.− específicos para patologías onco-

lógicas.− para la terapéutica de diabetes

detallados en el Anexo I− para la terapéutica de la

Miastenia Gravis detallados en elAnexo I

• Los medicamentos de este listadotienen cobertura obligatoria por lasObras Sociales al 40% del valor dereferencia.

• Los Agentes del Seguro de Saludpodrán ampliar la cobertura e incluirotros medicamentos de acuerdo a lasnecesidades de sus beneficiarios yfinanciamiento.

Superintendencia de Servicios de Salud 65

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Anexo IV. Precios de referencia

• Esta es la guía de valores referencia-les a financiar por los Agentes delSeguro de Salud y sus beneficiarios

• Se tomó esta unidad y se calculó elprecio de referencia, y el 40% delmismo, que es la mínima coberturaobligatoria para los Agentes delSistema Nacional del Seguro deSalud.

• Se eligieron las formas farmacéuti-cas, concentraciones, unidades porenvase y su ubicación en las distintasbandas terapéuticas, de modo tal quese aseguren tratamientos terapéuti-camente equilibrados.

• De acuerdo al listado de monodrogasque figura en el anexo III de laResolución Nº 201/02 M. S. (-PMOE-)se agruparon por principios activos,concentración, forma farmacéutica ycantidad de unidades por envase. Seestableció el precio por unidad far-macológica activa para cada especia-lidad medicinal presente en el listadode precios de venta al público.

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VII. Prescripción de medicamentos pornombre genérico

• Los genéricos son los principios acti-vos que constituyen un medicamentoy la parte responsable de la acciónterapéutica que cura una enferme-dad o atenúa sus síntomas.

• Un mismo genérico es ofrecido condiferentes nombres comerciales, y adistintos precios. Esta variacióndepende de factores vinculados a supublicidad, el envase utilizado, etc.Sin embargo, la droga utilizada, esdecir, el genérico que compone esemedicamento, es siempre el mismo.Por lo tanto, es posible comprar unmedicamento a un precio económico,sabiendo el genérico que lo constituye.

• En el marco de la estrategia de acce-sibilidad a los medicamentos, laprescripción por el nombre genéricodel fármaco se transformó en laherramienta que garantiza la cober-tura del tratamiento de la mayoría delas enfermedades que sufre nuestrapoblación.

• El profesional médico debe recetarlos medicamentos por su nombregenérico y el beneficiario solo debepresentar en la farmacia dicha receta.

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• No se requiere documentación adi-cional para avalar el descuentocorrespondiente.

• La Superintendencia de Servicios deSalud elaboró un listado de preciosde referencia de medicamentos -Formulario Terapéutico P.M.O.E.-,que permite al usuario saber cuál esel monto que debe cubrir la ObraSocial o la Prepaga para una marcadeterminada. Este listado se encuen-tra disponible en nuestro sitio web,en los Centros de Atención de lasObras Sociales y en las farmacias detodo el país.

• Como un aporte a esta política públi-ca, el Ministerio de Salud de laNación y la Superintendencia deServicios de Salud implementaránun servicio de consulta permanentepara la ciudadanía que permitirácontar con información actualizadasobre los medicamentos incorpora-dos al formulario terapéutico delPrograma Médico Obligatorio.

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Buscador de medicamentos genéricos desdewww.sssalud.gov.ar/genéricos

• La página ofrece un listado de losmedicamentos genéricos y de lasmarcas que las comercializan.

• Ingresando el nombre de un genéricola página permite saber con qué mar-cas se comercializa y, por otro lado, apartir de ingresar al módulo de bús-queda una marca, saber qué genéricole corresponde, y bajo que otras mar-cas se comercializa ese genérico.

• Además de la marca de los medica-mentos, la página informa sobre losLaboratorios que los producen, lapresentación del medicamento, suprecio y el precio de referencia esta-blecido por el Ministerio de Salud dela Nación.

• El objetivo de esta página es que laspersonas tengan la posibilidad decomprar una misma droga o medica-mento a precios más accesibles.

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VIII. Discapacidad

• La Ley 24.901 instituye el Sistema dePrestaciones Básicas en Habilitacióny Rehabilitación Integral a Favor delas Personas con Discapacidad.

• Las Obras Sociales tienen a su cargola cobertura total y obligatoria de lasprestaciones básicas enunciadas enla mencionada ley.

• Los beneficiarios deben recibir lasprestaciones incluidas que indiquenlos profesionales médicos que darán laorientación para servicios específicos,de acuerdo a las dolencias que padez-can.

• El afiliado debe acreditar su condiciónpresentando el Certificado deDiscapacidad emitido por JuntasMédicas habilitadas en las provincias,o por el Servicio Nacional de Reha-bilitación y Promoción de la Personacon Discapacidad, con domicilio en lacalle Ramsay 2250. Capital Federal.

• En caso de factores de riesgo en elrecién nacido, deben otorgarse pres-taciones preventivas extremandocontroles y exámenes complementa-rios.

• El objetivo de la cobertura es lograrque la persona con discapacidad

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alcance el nivel psicofísico y socialmás adecuado para su integraciónsocial.

• Las prestaciones que corresponden yque sean inherentes a la discapaci-dad se brindan al 100%.

• Los medicamentos que son inheren-tes a la patología específica, se brin-dan al 100%. Los demás tendrán lacobertura del 40% en los términos delPMOE.

Prestación Institucional

• Rehabilitación ambulatoria y eninternación.

• Centros de Estimulación Temprana• Hospital de Día• Centro de Día• Centro Educativo Terapéutico• Prestaciones Educativas• Hogar• Residencia• Pequeño Hogar

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Prácticas

• Consultas médicas• Fisioterapia• Kinesiología• Terapia Ocupacional• Psicología• Fonoaudiología• Psicopedagogía• Odontología• Y otros tipos de atención reconocidas

por autoridad competente.

Otras prestaciones

• Apoyo a la integración escolar• Formación laboral y/o rehabilitación

profesional• Transporte, cuando corresponda• Cobertura al 100%

− Apoyos técnicos− Prótesis y ortesis− Audífonos

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