LA REVISION DEL CODIGO CIVIL -...

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, LA REVISION , DEL CODIGO CIVIL L a adopci6n de leyes fundamentales debe obedecer 01 mandato democratico mas elemental, 01 participativo. EI C6digo Civil pretende reglamentar 10 vida desde 10 concepci6n hasta los efectos de las disposiciones testamentarias. En su versi6n pr6xima, el nuestro tambien reglamentaria desde los limites de 10 c1onaci6n y del respeto que se Ie tiene a un enfermo terminal de morir dignamente a las normas comerciales tradicionales, como 10 compraventa mercantil, y las nuevas especiales, como las franquicias, que antes Ie escapaban. Como tal, el C6digo Civil es tal vez 10 ley mas fundamental de todas las normas vigentes en Puerto Rico. Desafortunadamente, 10 ausencia de estudios y de analisis de datos demograficos, sociol6gicos, econ6micos, tecnicos y sobre las leyes del mercado, complementados por un proceso cientificamente disenado de auscultar el sentir de todos los componentes de 10 sociedad sobre los asuntos fundamentales que afectan su vida diaria, Ie resta valor y confiabilidad a los trabajos presentados por 10 Comisi6n Conjunta que revisa el C6digo Civil. Simplemente, no se ha dado el amplio analisis de ideas ni de recomendaciones que hagan del nuevo estatuto uno que, en los albores del siglo veintiuno, permita el efectivo desarrollq de nuestro pueblo. EI modelo de revision original mente adoptado Hace varios anos, se Ie asignaron fondos a una comisi6n legislativa para que estudiase 10 muy necesaria revisi6n del C6digo Civil que desde el 1890 reglamenta los aspectos mas fundamentales de nuestras vidas. Entonces se adopt6 un esquema de trabajo basado en el de 10 unica sociedad moderna que de forma verdadera- mente democratica ha reformado un estatuto tan fundamental. EI modelo utilizado fue el de 10 provincia de Quebec, donde, de 1965 a 1978, se organizaron comisiones que estudiaron las necesidades de legislaci6n, conforme a las expresiones del pueblo mismo. 56/0 luego de concluido el estudio y de presentado el proyecto fue que 10 Asamblea Legislativa 10 someti6 a vistas publicas. Finalmente, decada y media mas tarde, a inicios de los anos 1990, el nuevo c6digo entr6 en pleno vigor. La consulta que con el pueblo se hizo fue amplia, ponderada, no forzada. La misma fue precedida por 10 publicaci6n de informes preliminares y luego por 10 de todo un anteproyecto, y se garantiz6 a todos los sectores el tiempo suficiente - de anos, no de semanas 0 de pocos meses - para que pudiesen analizar, criticar y sugerir. Los consultados propusieron modificaciones, pero tambien sugirieron toda una serie de adiciones en las que los juristas que primero trabajaron no habian pensado. La

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,LA REVISION,

DEL CODIGO CIVIL

La adopci6n de leyes fundamentales debeobedecer 01 mandato democratico maselemental, 01 participativo. EI C6digo Civil

pretende reglamentar 10 vida desde 10 concepci6n hastalos efectos de las disposiciones testamentarias. En suversi6n pr6xima, el nuestro tambien reglamentaria desdelos limites de 10 c1onaci6n y del respeto que se Ie tiene aun enfermo terminal de morir dignamente a las normascomerciales tradicionales, como 10 compraventamercantil, y las nuevas especiales, como las franquicias,que antes Ie escapaban. Como tal, el C6digo Civil es talvez 10 ley mas fundamental de todas las normas vigentesen Puerto Rico.

Desafortunadamente, 10 ausencia de estudios y deanalisis de datos demograficos, sociol6gicos,econ6micos, tecnicos y sobre las leyes del mercado,complementados por un proceso cientificamente disenadode auscultar el sentir de todos los componentes de 10sociedad sobre los asuntos fundamentales que afectan suvida diaria, Ie resta valor y confiabilidad a los trabajospresentados por 10 Comisi6n Conjunta que revisa elC6digo Civil. Simplemente, no se ha dado el amplioanalisis de ideas ni de recomendaciones que hagan delnuevo estatuto uno que, en los albores del siglo veintiuno,permita el efectivo desarrollq de nuestro pueblo.

EI modelo de revision originalmente adoptado

Hace varios anos, se Ie asignaron fondos a unacomisi6n legislativa para que estudiase 10 muy necesariarevisi6n del C6digo Civil que desde el 1890 reglamentalos aspectos mas fundamentales de nuestras vidas.Entonces se adopt6 un esquema de trabajo basado en elde 10 unica sociedad moderna que de forma verdadera-mente democratica ha reformado un estatuto tanfundamental. EI modelo utilizado fue el de 10 provincia deQuebec, donde, de 1965 a 1978, se organizaroncomisiones que estudiaron las necesidades de legislaci6n,conforme a las expresiones del pueblo mismo. 56/0 luegode concluido el estudio y de presentado el proyecto fueque 10 Asamblea Legislativa 10 someti6 a vistas publicas.Finalmente, decada y media mas tarde, a inicios de losanos 1990, el nuevo c6digo entr6 en pleno vigor.

La consulta que con el pueblo se hizo fue amplia,ponderada, no forzada. La misma fue precedida por 10publicaci6n de informes preliminares y luego por 10 detodo un anteproyecto, y se garantiz6 a todos los sectoresel tiempo suficiente - de anos, no de semanas 0 depocos meses - para que pudiesen analizar, criticar ysugerir. Los consultados propusieron modificaciones, perotambien sugirieron toda una serie de adiciones en las quelos juristas que primero trabajaron no habian pensado. La

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EI plan original era realizar ese trabajo deconsenso interdisciplinario antes de redactor los normas 0de sugerir cambios 01 C6digo Civil. Ese plan servirr<9 bien01 pueblo de Puerto Rico y servirra de modelo a otrospoises para revisar sus propias leyes. La Comisi6n fall6, 01no seguir ese plan original. Lo triste es que algunos de losasesores que brindaron sus servicios a 10 comisi6n en susinicios y otros que comparecieron a las primeras vistas

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consulta no fue un acto meramente formal para cumplircon un requisito sino un ejercicio genuino de participaci6ndemocr6tica.

La revisi6n del C6digo Civil de Quebec tuvo comopunto de partida 10 creaci6n de multiples comisionesintegradas por juristas y por no juristas; por personasj6venes y por otras mas experimentadas; por hombres ypar mujeres; por cat6licos, por protestantes y por judios,los tres denominaciones principales de esa sociedad; porresidentes de 10 gran urbe de Montreal y por loshabitantes de pequerios pueblos en los diversas partes de10 extenso provincia. Las comisiones se trasladaron portodo el territorio, muchisimo mas extenso que el de PuertoRico, y en sus multiples reuniones participaba quienpresidi6 los trabajos de revisi6n, el Prof. Paul AndreCrepeau, jurista de gran renombre, con incuestionablepoder de convocatoria personal y uno de los pocoscanadienses en ser parte de 10 Academia Internacional deDerecho Comparado.

En esta etapa inicial, las diversas comlSlonesrecogieron ideas de los quebequenses y de 10 comunidadinternacional, ideas que reflejaban los preocupaciones de10 sociedad en transformaci6n. Esa sociedad dejaba deser pre industrial y rural, dominada por ideas conservado-ras, y se convertia en urbana, industrial, moderna yprogresista, en arios en que en Puerto Rico se daba 10misma transformaci6n.

Aquellas comrSlones, muy previa a someter unproyecto, consultaron peritos en banco y finanzas, peritosen derecho local y extranjero, peritos en 10 administraci6nde hospitoles y en el financiamiento de empresas, peritosen notaria y en teologia, entre otros. EI resultado fue unc6digo que tomaba en cuenta los necesidades depacientes que requerian 10 r6pida toma de decisiones ylos intereses de galenos que hasta entonces s610 podianactuar conforme 01 mandato de un juez, aun cuando elpaciente corriese peligro de morir por falta de unaintervenci6n quirurgica.

Los redactores, tras examinar con trabajadoressociales, sic610gos y siquiatras cu61es son los mejoresintereses de los menores, tomaron 10 decisi6n de c6moorientar a los jueces respecto a quien darle 10 custodio deun nirio; luego de consultor con arquitectos ydesarrolladores, determinaron cuales eran los exigenciaslegitimas de 10 moderna practica de 10 arquitectura y de10 construcci6n; luego de discutir con banqueros einversionistas, decidieron c6mo debia reestructurar susnormas para 10 concesi6n de prestamos que permitiesen10 renovaci6n de 10 infraestructura del pais que, como elnuestro, se desarrollaba.

Se revisaron los normas de copropiedad y degarantia, de alquileres y de contratos, de familia y de

testamentos y avql de todos los partidosrepresentados en 10 legislat6ra, se aprob6 un c6digo que,si bien no satisfacia en el cien por ciento a todos, eraorgullo nacional e instrumento util para el pais.

EI desacierto posterior

EI proceso de revisi6n puertorriquerio, queoriginalmente se decidi6 debra seguir ese modeloparticipativo, recientemente se ha apartado de el. EI planoriginal, que era bueno, que aparece en multiples escritosque 10 Comisi6n tiene disponibles y que fue formalmenteaprobado por todos los senadores y representantes de lostres partidos que entonces integraban 10 Comisi6n, fuesubitamente abandonado. EI mismo ahora no ofrece 10posibilidad de que los diversos sectores de 10 sociedadaporten y se sientan participes del proceso de reforma deeste estatuto fundamental.

La ideo original era 10 de comenzar a redactor unanteproyeeto s610 luego de haber discutido las ideas queeste reflejarra con varios sectores cloves de 10 sociedad.Sin embargo, los anteproyectos que se han preparado hansido elaborados s610 bas6ndose en estudiosjuridicos, desde 10 perspectiva exclusiva de algunosjuristas, sin el consenso de otros sectores importantes.Varios profesores y abogados que han servido comoasesores han redactado 10 que ellos, de buena fe, creendebe ser el derecho privado de Puerto Rico. Estos asesoresson personas capacitadas, conocedores devarios idiomas y de los normas en vigor en varios poises,perc s610 conocen las normas de su profesi6n, no elconjunto de necesidades y valores del pueblopuertorriquerio. Estos no han tenido el beneficio de 10opini6n de 10 sociedad civil, medular para 10 revisi6n y 10reestructuraci6n de las normas que han de gobernar aesta sociedad por quien sabe si 100 arios mas.

A esos otros sectores s610 se les ha invitado, medi-ante unos anuncios de prensa, a que reaccionen a 10 quelos abogados piensan y sugieren. No se les pidi6, previoa 10 publicaci6n del proyecto, cu61 era su opini6n sobre 10que debia incluirse en los normas juridicas, a 10 luz de 10forma como se organizo 10 sociedad y de los problemasque tan s610 ellos conocen. No se les pidi6 que nutrierany aportaran, en equipos de trabajo interdisciplinarios,cuales debian ser los normas que reclama 10 sociedadpuertorriqueria para el siglo XXI.

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pub/icas, para sugerir cu61 debia ser el plan de trabajo aseguir en el proceso de revision, recomendaron expresa yvehementemente que el proceso estuviera precedido deuna discusion publica y diversa de todos esos sectoressociales, economicos e ideologicos que constituyenrealmente la sociedad puertorriquena. La Comisiontampoco invito a peritos extranjeros - de paises comoAlemania, Argentina, Espana, Francia y los EstadosUnidos, algunos de los cuales habian sido identificados yestaban dispuestos a colaborar - a examinar elresultado final.

Por multiples razones, tampoco se coordino entrelos asesores que analizaban los problemas de las diversasareas. Ello se refleja en los trabajos que han salido, dondea menudo se indica que 10 que se aprueba deber6 sercoordinado con 10 que luego se publique.

Los casi treinta asesores que colaboraron en lasprimeras etapas diagnosticas y de evaluacion de lasnormas vigentes jamas discutieron entre si los informesrendidos, jam6s suscribieron conclusiones de consenso y,por 10 que se ha expuesto, obviamente, jam6s discutieronsus hallazgos con esos otros expertos que hemosmencionado. Incluso conocieron del borrador que se harecientemente publicado al mismo tiempo que el pueblode Puerto Rico. Por ello, no pudieron detectar incongru-encias e imprecisiones, para anticiparlas y corregirlas.

EI di610go con la sociedad, el intercambio entrelos asesores, la consulta con los peritos extranjeros, silogra darse, ser6 tardio y se ha advertido que corre elgrave riesgo de ser inutil. Si se da luego de que se entableuna batalla sobre el contenido de las normas, todocambio implica una resentida y resistida derrota, y todopedido de cambio ha de generar un grave resentimiento.

Estas han sido las folios fundamentales queafectan el proceso de revision. Las mismas no se deben auna falta de recursos, pues los tres partidos, conscientesde la importancia del proyecto, Ie prometieron todos losnecesarios para hacer un trabajo bien hecho. Losproblemas se deben a 10 prisa de aprobar un proyecto detanta envergadura en este cuatrienio, antes de lasprimarias, sin que se hubieran terminado siquiera losestudios juridicos finales, sin que se hubieran siquieracomenzado con los dem6s estudios a los que hemoshecho mencion. Hoy sabemqs cu61es son los problemasjuridicos que los ases6res han ideritificado, pero a ciencia

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cierta desconocemos los multiples otros temas quepreocupan, afectan e incluso dividen a la sociedadpuertorriquena, los temas que el derecho debe atender.

En esta etapa de los procesos, la participacionpublica 0 ciudadana es minima. Los que reconocen laimportancia del proceso yen su intento de colaboracion, aesta altura, como una gestion futil, inconsecuente, tardia.Sorprende que, a la fecha de esta redaccion, aun no sehaya citado a la Administracion de los Tribunales, quedeber6 implementar normas que tal vez atrasengravemente el sobrecargado calendario judicial y evaluarel impacto de la puesta en vigor del nuevo Codigo.

La participacion de los funcionarios y personali-dades que han sido invitados a dar su opinion en lasvistas publicas, por cita previa y ante la prensa, es una dereaccion, no de colaboracion; una de pulseo ideologicoindividualista, no de consenso social; una de coaccion degrupos espedficos que ejercen presion y que amenazancon aunar votos contra el gobierno de turno por asuntosmuy particulares. A 10 sumo, 10 que se sugieren soncambios minimos 0 de estilo, que nadie sabe si atiendenlos reclamos m6s fundamentales.

Los plazas de revision y el calendario de accion

Es entendible la posicion del Poder Legislativo, alos efectos de que en aras de buscar 10 perfecto no puedepostergarse ad infinitum la aprobacion del nuevo codigo.Pero, si bien nos parece que es acortable el proceso decasi treinta anos que tomo la revision del Codigo Civil deQuebec, el mensaje de que hay que establecer unbalance entre 10 calidad y 10 premura es peligroso yerrado. Las cosas importantes se hacen diligentemente,pero no con premura, pues con esta se arriesga 10 calidaddel estatuto que tal vez por otro siglo ha de regir nuestrasvidas.

La idea de tener aprobados un Codigo Civil, unCodigo Penal y una reforma electoral en un cuatrienio,como muestra de una obra de gobierno, debe ceder antela realidad de que a/as reformas juridicas importantes nose les puede someter al apremio de otras consideracionesque no sean las de las disciplinas de las que se nutren.

En ocasiones ha sido simplemente imposiblecumplir con el plan original, por falta de tiempo y decoordinacion. Por esa falta de tiempo ahora se dice que

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es necesario dejar fuera temas que se previ6 debfan serobjeto de discusi6n con sectores cloves, como es el cosode 10 revisi6n de las garantias mobiliorias 0 10 integraci6nde las normas de responsabilidad con 10 instituci6n delsegura de responsabilidad y de vida. No ha side posibleestudiar a fondo el impacto de los planes de retiro y otrasformas de ayuda social en las normas sucesorales, que afin de cuentas fueron creadas para dor apoyo a quienessobreviven 01 familiar fallecido y que hoy s610complementan los planes de pensiones y seguros.

En 10 prensa se anuncia que el nuevo c6digomodificora las normas existentes de derecho conflictual 0internacional privado. Nadie duda de que estas normasrequieren serio revisi6n. La discrepancia puede estar encual es 10 que se propone. Las que se adelanten puedenser tan complejas de comprender y de implementor quesea meior optar por otro modelo, de los muchosexcelentes que se han adelantado en otros lugores. Entodo coso, ni 10 ciudadania ni los abogados del pais hanpodido preparorse para discutir en torno a 10 que seproponga.

En el area de las obligaciones y de los contratos,objeto de mis informes, recientemente se Ie pidi6 a uncolega argentino que preparase el anteproyecto que se Iesometera a 10 Legislatura. EI colega es una personacompetente pero, como es de esperarse, no conoce ni ellenguaje ni 10 problematica juridica propiapuertorriquena, que el nuevo C6digo Civil debe resolver.La no contrataci6n de un jurista puertorriqueno ha tenidocomo resultado el que se adopte un lenguaje que noatiende nuestro problematica y que resulta, a menudo,dificil de comprender.

A manera de ejemplo, luego de una discusi6n devarias paginas, a 10 pagina 213 de su informe, opta porusar las frases acto juridico simple y acto juridico, en lugorde tratar el primero como acto juridico y el segundo comonegocio juridico, bajo el fundamento de que 10 ultimafrase no es 10 mas difundlda en nuestro medio. Referente01 contrato y 01 testamento, nuestro legislaci6n y nuestroTribunal Supremo han utilizado tanto 10 frase acto juridicocomo negocio juridico. La frase negocio juridico ha sidousada 0 citada en nuestras decisiones publicadas en masde 150 ocasiones, en casos conocidos por todos losabogados, como los de De 10 Fuente v. Roig, 82 DPR 514(1962), Rubio Sacarello v. Roig, 84 DPR 344 (1962),

Ocasio v. Dfaz, 88 DPR 676 (1963), IgleSia Cat6/ica v.Registrador, 96 DPR 511 (1968), Asociaci6n v. Centro I,106 DPR 185 (1977), In re Lavastida, 109 DPR 45(1979), Garcfa Larrinua v. Lichtig, 118 DPR 120 (1986),USI Properties v. Registrador, 124 DPR 448 (1989), In reCo/6n Ramery, 333 DPR 555 (1993), Federaci6n dePescadores de Playa Picuas v. U.S. Industries, 135 DPR(1994) y L6pez Torres v. Gonzalez Vazquez, 2000 TSPR 80(2000). Sin embargo, en momenta alguno ha utilizado 10de acto juridico simple para referirse a sucesos cuyas con-secuencias las determina 10 ley y no 10 voluntad de laspartes, por 10 que no nos porece sabio introducir un ter-cer termino hasta ahora desconocido para describir 10que puede indicarse de otra forma.

EI resultado ha sido que, en lugar de que elc6digo sea accesible 01 ciudadano, se han lanzado nounicamente frases sino incluso ideas que a V8ces son dedificil comprensi6n y que, en ocasiones, no resuelvenproblemas locales. En ese mismo libro primero tambien seincorporan normas, como las de evidencia 0 notoriales,que los legisladores de todos los partidos que integraban10 propia Comisi6n habian previamente decidido, 01unanimemente aprobor el plan de trabajo difundido porInternet, que serian remitidas 01 conjunto de normas queyo reglamentan esas materias. Las reglas deProcedimiento Civil y de Evidencia, por ejemplo, que enun s610 cuerpo intentan reglamentor todo 10 relativo 01proceso yolo prueba, son muy distintas en muchos otrospoises de habla hispana, donde el proceso civil es aun elescrito y no oral, que se inspira en 10 legislaci6n de finesdel siglo dieciocho, y donde el juez no tiene contactoinmediato con 10 prueba y con los testigos.

La premura como mal conseiera

EI pueblo de Puerto Rico se merece un C6digocivil de avanzada, producto de un proceso mas profundo,mas erudito, mas pausado. EI C6digo que debe servirle alos puertorriquenos por otro siglo corre el enorme riesgode nacer prematuro y deforme, con 10 promesa de que seIe injertaran luego las extremidades y 6rganos que se sabefaltan para hacerlo viable. iPor que 10 premura en cipro-barlo asi? EI resultado del proceso que vivimos puedemuy bien ser el de un C6digo Civil fragmentado, malcoordinado, en ocasiones en desfase con 10 que es rele-vante a 10 vida social.

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La premura en revisar no es tal que impida queesa revisi6n, que se desea, se posponga hasta luego delas elecciones generales, como serio natural que 10 fuese,para que todos los sectores puedan examinar laspropuestas y para que puedan discutirse fuera del fragorde 10" campana. La mayor aportaci6n que puede hacer 10direcci6n legislativa es 10 de honrar el compromisosuscrito por todos los partidos durante el cuatrieniopasado, de permitir que 10 revisi6n del C6digo Civil seaun esfuerzo no partidista, un logro de pueblo, en el queeste tenga 10 oportunidad de participar.

EI borrador de proyeeto del titulo preliminar y delprimer libro de los que han de formar el C6digo Civil dePuerto Rico se presenta en un ambiente que se hatornado cargado, sin tiempo suficiente para 10 reflexi6npausada e informada de parte de todos los interesados enparticipar de su revisi6n. Se ha presentado para serdiscutido en un lapso restringido, cuando no hayoportunidad de intercambiar ideas, sin 10 amenaza deque se acaba el tiempo, sin 10 presi6n de unas primariasque yo estan encima, ni del ano electoral.

En los drculos en que se mueven los abogados -en el Colegio de Abogados, en las facultades de derecho,en las sedes de los tribunales y de las delegaciones deabogados - apenas comienza, si es que ha comenzado,10 discusi6n del borrador del primero de unos seis a sietelibros, sobre cuyo contenido hay muchas interrogantes.Ese primer borrador, volga aclarar, apenas contiene pocomas de unos 300 articulos con sus comentarios justifica-tivos, de aproximadamente 2,500 articulos que deberacontener el trabajo final. EI tiempo necesario para 10discusi6n es, pues, mucho mas largo que el que se haconcedido.

La labor que lalta realizar y las sugerencias para el futuro

No se trata unicamente de cuestionar si algunosde las normas sugeridas deben ser adoptadas 0 no. Setrata de algo mucho mas complejo, el de evaluar sialgunos figuras vigentes son adecuadas y suficientes 0 sialgunos, por el contra rio, tienen que descartarse incluso.No se trata de sustituir normas vigentes por otrasforaneas, sino de adoptar aquellas que el estudio yconsejo de los expertos puertorriquenos sugieran.

Se trata de examinar el lenguaje para que seainclusivo de ambos generos y para que sea uniforme entodo el C6digo Civil. Se trata de armonizar el trabajo deredacci6n y contenido de los siete libras, despues deasegurar que el proyecto responde a 10 que el pueblo dePuerto Rico reclama como su nuevo estado de derecho.Se trata de darle 01 prayeeto el respeto que merece, 10estructura y 10 para obtener elmejor resultado y el. tiempo necesario para lograrlo.

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2Que podemos sugerir en esta etapa de losprocesos para corregir las folios que hemos mencionadoy las que se escuchan en todos los drculos de estudio alos que ha Ilegado el borrador del titulo preliminar y dellibro primero?

Primero, que se suspenda 10 redacci6n deanteproyeetos hasta que se discutan los informes parcialesque sometieron los aproximadamente treinta asesores quetrabajaron en el proyeeto desde sus inicios, con susrespectivas conclusiones y recomendaciones especificas.Mientras tanto, deben prepararse los estudios comple-mentarios que van a guiarnos respeeto a los cambios quese propongan 0 que van a demostrar que algunos no sejustifican. Estos estudios bien pudieron hacerse de modoparalelo a los estudios juridicos, pero el que no se hayanrealizado no es raz6n para no ordenarlos ahora.

Segundo, luego de que estos trabajos estenconcluidos, debe convocarse a grupos interdisciplinarios,para evaluar las conclusiones finales desde una perspec-tiva critica, mas abarcadora, es decir, expandida mas aliadel campo del derecho. S610 asi podemos asegurar que10 nueva legislaci6n responde a un reclamo social,econ6mico y juridico real e inmediato.

Tercero, s610 una vez se haya terminado esteproceso es que debe redactarse el borrador final delanteproyecto para que se evalue en las facultades, loscolegios profesionales y los lugares de discusi6n publica.Deben hacerse foros, sesiones de discusi6n y vistaspublicas no s610 en 10 Legislatura sino tambien en losdistintos distritos del pais, hasta lograr un consenso sobreel contenido y lenguaje final del nuevo· C6digo. Eseprodueto final debe entonces someterse alexamen deespecialistas extranjeros de renombre, provenientes depoises que tambien revisaron sus c6digos, para detector,con una mirada fresco y desvinculada de las emocionesque acompanan este proceso, cualquier discrepancia quepueda afectar 10 coherencia de nuestro trabajo.

PROF. LUIS MUNIZ ARGUELLES: En las semanas recientes ha comenzado a debatirse el contenido yrumbo que debe tomar la revision del Codigo Civil. Oesde hace mas de veinte anos, como prafesor de lafacultad de Oerecha de la Universidod de Puerto Rico, he abagado par la revisi6n de este estaMa. Comoabogado yluego, como Juez Superiar, he tratado con cosi tadas sus portes. fui, desde hace unos anos, elprimer asesar de 10 Comisian Permanente para 10 Revisi6n yReforma del C6digo Civil de Puerto Rico. Comotal, prepare el pion de trabaio de esta y10 que sirvia como su ley de bases. Prepare tambien el informede las areas relativas a 10 tearfa general de los obligaciones y10 de los contratas. EI rumbo que hatomado la revision, sin embargo, me Ileva, el24 de octubre de 2002, aalejarme de 10 Camisian Coniunta,aunque no prapiamente del proceso de revision yreforma del Cadgio. En ese momenta me pareci6 que,aunque 10 renuncia fuese un grito en el desierto, era preciso darlo. En vorios fo;os he expresado mi sentilsobre el procesa. Ahora nea aprapiado hacerla de forma que Ilegue 01 moximo de los afectados.Mi distanciamiento con 10 Comisian obedecia ami abjeci6n a 10 prisa en aprobar un nuevo C6digo adosmeses de las primarias del ano en curso yapartandonos del aplaudible plan de trabaio que se logro porcansensa. Tema que, con los sucesos recientes, se desvie 10 atenci6n de este impartante asunto yefectivamente se impulse un nuevo estatuta fundamental que no sirva el fin que ariginalmente Ievislumbra.