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INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR LA DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL- Ministerio Público / Procuración General de la Nación Argentina

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    INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR LA DECLARACIN JURADA PATRIMONIAL I. Recomendaciones generales -La obligacin de presentar la actualizacin anual de la declaracin jurada patrimonial rige an en el caso que no haya habido modificaciones en la situacin patrimonial de la persona obligada. -Para su correcta confeccin, debern seguirse estrictamente las normas que establecen al efecto las leyes n 26.857 y 25.188 (Captulo II), y sus normativas reglamentarias, y el reglamento aprobado por Resolucin PGN N 1302/13 (Anexo I) y el presente instructivo. Supletoriamente cabe recurrir al aplicativo de la AFIP sobre la declaracin de bienes personales. - Los formularios y etiquetas de los sobres, se encuentran a disposicin en Intranet del MPF, en el link recursos humanos dentro de la opcin declaraciones juradas patrimoniales. - La actualizacin deber ser completa y autnoma a los efectos de facilitar el trmite de acceso de la informacin ante una eventual consulta de las personas autorizadas por el reglamento. No corresponde remitirse a declaraciones anteriores. - De cada bien o tem declarado, es preciso completar cada una de las casillas que contiene el formulario. Aquellos casilleros que no se utilicen corresponde inutilizarlos. - Cabe recordar que se est obligado a declarar no solo los bienes propios, sino tambin los que posea la sociedad conyugal, los propios de su cnyuge, del conviviente en aparente matrimonio y de los hijos menores en caso que corresponda, consignando tal tipo de titularidad en las columnas que se exige informarlo. - La declaracin debe consignar los datos patrimoniales actualizados al 31 de diciembre del ao anterior en caso de actualizacin anual. - En el caso que la declaracin sea con motivo de alta o baja la declaracin debe consignar los datos patrimoniales actualizados a la fecha de presentacin en caso que la declaracin. -En caso de duda, cabe acudir a la declaracin de bienes personales realizada ante la AFIP. En el supuesto de no declarar bienes personales ante el indicado organismo, toda vez que la ley n 26.857 establece que la declaracin jurada patrimonial debe ser igual a aquellas que se presentan ante la AFIP (v. art. 4), puede consultarse el aplicativo que tiene el ente recaudador para ese tipo de declaraciones. - Cuando se declaren dinero en efectivo, cuentas bancarias o plazos fijos, crditos, deudas, ttulos y/o ingresos en moneda extranjera, as como tambin de bienes inmuebles, muebles, derechos reales, automotores, naves, aeronaves, crditos, obligaciones negociables, debentures, ttulos y acciones, radicados en el exterior con valor en unidades monetarias extranjeras, debern utilizarse las herramientas provistas por la AFIP para la declaracin jurada de bienes personales para transformar los importes en moneda extranjera a su equivalente en moneda nacional. Ambos valores debern ser consignados en los casilleros correspondientes. Ello, en la medida que esa

  • herramienta aporta el tipo de cambio oficial al 31 de diciembre del ao anterior a la declaracin (actualizacin anual de declaracin jurada) o la fecha que se ingrese (declaracin jurada de alta o baja). En el formulario simplificado slo se expresarn los valores en pesos argentinos. - En el formulario reservado, al completar los datos familiares, del cnyuge o conviviente e hijos menores no emancipados, slo deben consignarse los de las personas que teniendo esa calidad, posean bienes que declarar. - Quienes declaren ante organismos impositivos -bienes personales, ganancias, etc.-, debern agregar en el sobre reservado las copias de sus ltimas presentaciones. - Las etiquetas debern estar completas, firmadas por el obligado (con aclaracin de firma) y pegadas en el frente de cada uno de los sobres segn corresponda. - Todas las hojas debern ser firmadas, presentando todo el formulario completo, en formato de hoja legal, completando en la ltima hoja el lugar y fecha de su confeccin. - Los sobres debern ser de los de tamao oficio para facilitar su archivo. - Ante cualquier consulta, comunicarse con la Secretara Disciplinaria, Tcnica y de Recursos Humanos, rea Declaraciones Juradas al tel: 4338-4455 en el horario de 9:00 a 16:00 horas, 4to piso, oficina 424 o va mail a [email protected]. II. Recomendaciones para completar cada formulario. II.A. Declaracin jurada patrimonial pblica. a). Cuadro de detalle de los bienes situados en el pas: 1. Bienes inmuebles. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os). b. Tipo: deber sealarse si el bien es casa, cochera, country/quintas, departamento, local, terreno, etc. c. Destino: cabe expresar si es para alquiler, casa habitacin, inversin, recreo o veraneo u otros. d. Localidad: deber expresarse slo la localidad y provincia en la que se encuentra el bien detallado. e. Superficie: consignar la superficie del bien. Si tuviere ms de un tipo (cubierta, semicubierta y descubierta), debern consignarse todas. f. Porcentaje la de propiedad: se expresan los porcentajes de los obligados a declarar. No se declaran los porcentajes de los bienes de terceros no obligados. g. Ingreso al patrimonio: fecha de ingreso al patrimonio del obligado, adquisicin o finalizacin de la construccin. En el monto deber consignarse la valuacin en la escritura, si tuviera. h. ltima valuacin fiscal al 31 de diciembre del ao anterior al de la declaracin. i. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

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    2. Derechos reales. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os). b. Tipo: deber consignarse si se es titular de algn derecho real como anticresis, hipoteca, prenda, uso, usufructo, etc. c. Fecha de adquisicin: consignar mes y ao de constitucin del derecho real. d. ltima valuacin: indicar el importe del derecho real segn lo normado por la legislacin (segn AFIP). e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 3. Automotores. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os). b. Tipo: deber expresarse si es automvil, motocicleta, camioneta, camin u otros. c. Descripcin, marca, modelo, ao y otros datos (que no corresponda expresar en el anexo reservado: por ej. dominio) que se encuentran en el ttulo de propiedad del bien. d. Porcentaje de la propiedad: se expresan los porcentajes de los obligados a declarar. No se declaran los porcentajes de los bienes de terceros no obligados. Se deber consignar el valor porcentual que posee el obligado sobre el bien conforme la inscripcin registral (se obtiene del ttulo de propiedad). e. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin. f. ltima valuacin: se deber consignar el valor de la tabla anual publicada a los efectos del la declaracin de bienes personales por la AFIP. Si no figura en dicha tabla deber consignarse la valuacin fiscal o la del seguro del bien, la que sea mayor. g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

    4. Naves, yates y similares. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os). b. Tipo: deber expresarse si es motovelero, yate a motor, yate a vela o velero, u otras embarcaciones, que sean registrables. Los bienes de ese tipo que no sean registrables, debern declararse en otros bienes si cumplieran con los requisitos all expresados. c. Descripcin, marca, modelo, ao, eslora, manga, tonelaje neto, motor, potencia, etc.: debern expresarse esos datos (con la salvedad de los que corresponden al anexo reservado: por ej. el nmero matrcula y de motor). En orden al motor se deber consignar la marca, el modelo y la potencia. Si tuvieren ms de un motor, deber expresarse la cantidad y los datos de cada uno. Tambin deber sealarse si la embarcacin es de origen nacional o importado. d. Porcentaje la de propiedad: se expresan los porcentajes de los obligados a declarar. No se declaran los porcentajes de los bienes de terceros no obligados. Se deber consignar el valor porcentual que posee el obligado sobre el bien conforme la inscripcin registral (se obtiene del ttulo de propiedad). e. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin. f. ltima valuacin: se deber consignar la valuacin fiscal o la del seguro del bien, la que sea mayor.

  • g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

    5. Aeronaves. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os). b. Tipo: deber expresarse si es avin, helicptero u otro tipo de aeronave. c. Descripcin, marca, modelo, ao, etc.: debern expresarse esos datos (que no correspondan expresar en el anexo reservado: por ej. nmero matrcula). Corresponde expresar el tipo de propulsin y si tuvieren ms de un motor, deber expresarse la cantidad. Tambin deber consignarse si la aeronave es de origen nacional o importado. d. Porcentaje la de propiedad: se expresan los porcentajes de los obligados a declarar. No se declaran los porcentajes de los bienes de terceros no obligados. Se deber consignar el valor porcentual que posee el obligado sobre el bien conforme la inscripcin registral (se obtiene del ttulo de propiedad). e. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin. f. ltima valuacin: se deber consignar la valuacin fiscal o la del seguro del bien, la que sea mayor. g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

    6. Patrimonio de empresas o explotacin unipersonal. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os). b. Denominacin de la entidad: debe expresarse el nombre del ente. c. ltima valuacin: se deber consignar la ltima valuacin. d. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 7. Acciones/Fondos comunes de inversin/Obligaciones negociables con cotizacin. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: deber consignarse si son acciones, fondos comunes de inversin u obligaciones negociables. c. Clase: la clase asignada a cada tipo por la AFIP cuando se efecta la declaracin de bienes personales. De esa declaracin tambin surgen los restantes datos que deben volcarse en el anexo reservado. d. Denominacin: debe expresarse el nombre del ente del que se poseen acciones o cuotas partes. e. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin. f. ltima valuacin: se deber consignar la ltima valuacin segn el sistema de declaracin de bienes personales de la AFIP. Valor de cotizacin al 31 de diciembre del ao anterior o ltimo valor de mercado, de las acciones o cuotapartes de los fondos comunes de inversin, segn corresponda. g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

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    8. Acciones/Cuotas/Participaciones sociales sin cotizacin. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Denominacin: debe expresarse el nombre del ente del que se poseen acciones o cuota partes. c. Tipo de sociedad: deber consignarse si es asociacin, capital e industria, colectiva, comandita por acciones, comandita simple, con participacin estatal mayoritaria, cooperativa, de hecho, direccin administrativa y/o estatal, economa mixta, fundacin, responsabilidad limitada, sociedad annima, unin transitoria de empresas, etc. d. Porcentaje de participacin: participacin en la sociedad del titular del bien. Si no se expresa en porcentaje deber consignar el nmero de acciones o cuotapartes. e. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin. f. ltima valuacin: se deber consignar la ltima valuacin de su participacin en la sociedad. En caso de actualizacin anual se deber expresar la valuacin anterior al 31 de diciembre del ao anterior al de la declaracin. En caso de alta o baja deber expresarse la ltima valuacin. g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

    9. Ttulos pblicos y privados sin cotizacin. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Denominacin: en caso de que el ttulo sea privado, ingresar el nombre de la sociedad en la que se poseen los ttulos privados o la denominacin del ttulo en su defecto. En caso de que el ttulo sea pblico, deber expresarse la denominacin junto con la clase. c. Tipo: expresar si es privado o pblico. d. Cantidad de ttulos: cabe consignar la cantidad de ttulos ingresados al patrimonio. e. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin. f. ltima valuacin: se deber consignar la ltima valuacin del conjunto de ttulos; es decir, la suma de los ttulos y no la cotizacin de cada uno. g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 10. Ttulos pblicos y privados con cotizacin. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Denominacin: en caso que el ttulo que sea privado ingresar el nombre de la sociedad en la que se poseen los ttulos privados o la denominacin del ttulo en su defecto. En caso que el ttulo sea pblico, deber expresarse la denominacin junto con la clase. c. Tipo: expresar si es privado o pblico. d. Cantidad de ttulos: cabe consignar la cantidad de ttulos ingresados al patrimonio. e. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin. f. ltima valuacin: se deber consignar la ltima valuacin del conjunto de ttulos; es decir, la suma de los ttulos y no la cotizacin de cada uno. Si los ttulos fuesen en moneda extranjera deber consignarse el importe en esa unidad monetaria y su equivalente en pesos. g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

  • 11. Crditos. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os que sean acreedores. El nombre del deudor se consigna en el reservado. b. Tipo: se deber consignar el tipo de crdito (comn, prendario o hipotecario). c. Monto: se deber consignar el monto del saldo del crdito a la fecha de declaracin. Si es actualizacin anual al 31 de diciembre del ao anterior al de la declaracin y si es alta o baja, a la fecha de la declaracin. Si los crditos fuesen en moneda extranjera deber consignarse el importe en esa unidad monetaria y su equivalente en pesos. 12. Depsitos en dinero. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo de cuenta: se deber consignar el tipo de cuenta (caja de ahorro en moneda nacional o extranjera, cuenta corriente en moneda nacional o extranjera, plazos fijos en moneda nacional o extranjera, otras). c. Monto: se deber consignar el monto que integra el patrimonio del declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). Si existe un cotitular del dinero depositado -no obligado a declarar- corresponde aclarar la suma que corresponde al titular que declara. A los efectos de la sumatoria en el formulario simplificado, corresponde tomar en cuenta slo las sumas de dinero que son propiedad del declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). Si el depsito fuese en moneda extranjera, deber consignarse su importe en la unidad monetaria correspondiente y su equivalente en moneda nacional. d. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 13. Dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Moneda: deber consignarse si es moneda nacional o extranjera. En el caso de declarar la tenencia de moneda extranjera debe identificarse unidad monetaria. c. Monto: se deber consignar el monto que integra el patrimonio del declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). A esos efectos, se deber expresar el monto de dinero que se posea y no se declar en el cuadro 12. A esos efectos, se incluye el dinero guardado en cajas de seguridad. En caso que sea moneda extranjera deber expresarse el importe nominal en esa unidad monetaria y su equivalente en moneda nacional. d. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

    14. Bienes muebles registrables. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Detalle: debern consignarse los bienes muebles registrables que no se declaran en otros tems (por ej.: armas). c. Fecha de ingreso al patrimonio: fecha de ingreso al patrimonio.

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    d. Valuacin actualizada: valuacin de uso y costumbre de cada bien segn su tipo. Dependiendo del bien ser la obrante en el registro respectivo, la otorgada por el seguro o la valuacin de mercado. e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

    15. Otros bienes muebles no registrables: equipos, instrumental, joyas, objetos de arte, etc., por valor mayor a $20.000.- a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Detalle: debern consignarse los bienes muebles no registrables cuyo valor individual sea superior a $20.000.- c. Fecha de ingreso al patrimonio: fecha de adquisicin. d. Valuacin actualizada: valuacin de uso y costumbre de cada bien segn su tipo. Dependiendo del bien ser la estimada por el seguro o la valuacin de mercado. e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. b). Detalles de los bienes situados en el exterior:

    1. Bienes inmuebles. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: deber consignarse si el bien es casa, cochera, country/quintas, departamento, local, terreno, etc. c. Destino: alquiler, casa habitacin, inversin, recreo o veraneo, otros. d. Porcentaje la de propiedad: se expresan los porcentajes de los obligados a declarar. No se declaran los porcentajes de los bienes de terceros no obligados. e. Ingreso al patrimonio: fecha de ingreso al patrimonio del obligado, adquisicin o finalizacin de la construccin. En el monto deber consignarse la valuacin en la escritura, si tuviera. f. ltima valuacin fiscal: se consigna la del pas en el que est situado el bien al 31 de diciembre del ao anterior al de la declaracin. Si existiera convenio internacional al respecto, lo que resulte de su aplicacin. g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 2. Derechos reales. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: deber consignarse si se es titular de algn derecho real como anticresis, hipoteca, prenda, uso, usufructo, o que segn la denominacin correspondiente y naturaleza sea equiparable al concepto de derecho real e nuestra legislacin. c. Fecha de adquisicin: consignar mes y ao de constitucin del derecho real. d. ltima valuacin: indicar el importe del derecho real segn lo normado por la legislacin.

  • e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

    3. Automotores, naves y aeronaves. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: deber expresarse si es automvil, nave o aeronave. c. Descripcin, marca, modelo, ao y otros datos segn el tipo del bien a describir. d. Porcentaje sobre la propiedad: se expresan los porcentajes de los obligados a declarar. No se declaran los porcentajes de los bienes de terceros no obligados. Se deber consignar el valor porcentual que posee el obligado sobre el bien conforme la inscripcin registral (se obtiene del ttulo de propiedad). e. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin o ingreso al patrimonio. f. ltima valuacin: se deber consignar el valor del bien que se declara conforme la valuacin fiscal o equivalente del pas donde se encuentre el bien, la del seguro, o la de valor de mercado. g. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 4. Crditos, obligaciones negociables, debentures, etc. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del bien y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: deber consignar si es un crdito, una obligacin negociable, un debenture, etc. c. Fecha de ingreso al patrimonio: se expresa la fecha de adquisicin o ingreso al patrimonio. d. Monto: deber consignarse el monto del saldo en el caso de los crditos y el valor de las obligaciones negociables y debentures, todos en la unidad monetaria extranjera correspondiente. e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 5. Depsitos en dinero en el exterior. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo de cuenta: se deber consignar el tipo de cuenta segn el sistema bancario del pas en que estn radicados los fondos. c. Monto: se deber consignar el monto que integra el patrimonio del declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os. Si existe un cotitular del dinero depositado -no obligado a declarar- corresponde aclarar la suma que corresponde al titular que declara. A los efectos de la sumatoria en el formulario simplificado, corresponde tomar en cuenta slo las sumas de dinero que son propiedad del declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os. Los montos se expresan en la unidad monetaria del pas en que se radican los fondos. d. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

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    6. Bienes muebles y semovientes. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Detalle: descripcin detallada del bien que integra el patrimonio. c. Fecha de ingreso al patrimonio: fecha en la que se incorpor al patrimonio. d. Valuacin actualizada: valor del bien registrado segn registro, valor fiscal, valor de mercado o seguro, lo que corresponda. e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 7. Ttulos y Acciones. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Descripcin: debe consignarse el nombre y tipo de la sociedad en la que se poseen ttulos y acciones. c. Fecha de ingreso al patrimonio: fecha en la que se incorpor al patrimonio. d. Valuacin actualizada: valor de los ttulos o acciones segn registro, valor fiscal o valor de mercado, lo que corresponda. e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 8. Participaciones societarias. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Descripcin: debe consignarse el nombre y tipo de la sociedad en la que se posee participacin. c. Fecha de ingreso al patrimonio: fecha en la que se incorpor al patrimonio. d. Valuacin actualizada: valor de la participacin social segn registro, valor fiscal o valor de mercado, lo que corresponda. e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc. 9. Otros bienes en el exterior. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular del crdito y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Descripcin: debe consignarse y describirse el bien relevante tributaria y/o patrimonialmente que se posee en el exterior que no encuadre en los tipos que anteceden (por ej. participacin en un club vacacional, tiempo compartido, que no encuadren en otro tipo de registro, etc.). c. Fecha de ingreso al patrimonio: fecha en la que se incorpor al patrimonio. d. Valuacin actualizada: valor segn registro, valor fiscal o valor de mercado, lo que corresponda. e. Origen de los fondos: deber consignarse si es por ingresos propios, herencia, legado, donacin, etc.

  • c). Detalle de las deudas

    1. Deudas con personas fsicas. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular de la deuda y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: deber consignarse si se trata de deudas hipotecarias, prendarias o comunes. c. Monto de la deuda a la fecha: se deber consignar el monto del saldo de la deuda a la fecha de declaracin. Si es actualizacin anual, al 31 de diciembre del ao anterior al de la declaracin, y si es alta o baja, a la fecha de la declaracin. Si la deuda fuese en moneda extranjera deber consignarse el importe en esa unidad monetaria y su equivalente en pesos.

    2. Otras deudas en el pas. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre del titular de la deuda y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: deber consignarse si se trata de deudas hipotecarias, prendarias o comunes con personas jurdicas u otras entidades (por ej.: consorcio de propietarios, sucesiones indivisas, etc.). c. Monto de la deuda a la fecha: se deber consignar el monto del saldo de la deuda a la fecha de declaracin. Si es actualizacin anual al 31 de diciembre del ao anterior al de la declaracin y si es alta o baja, a la fecha de la declaracin. Si la deuda fuese en moneda extranjera deber consignarse el importe en esa unidad monetaria y su equivalente en pesos.

    3. Deudas en el exterior. a. Titular: deber consignarse el nombre del titular de la deuda y la aclaracin del vnculo sin ms datos (declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: deber consignarse si se trata de deudas hipotecarias, prendarias o comunes con personas jurdicas u otras entidades (por ej.: consorcio de propietarios, sucesiones indivisas, etc.). c. Monto de la deuda a la fecha: se deber consignar el monto del saldo de la deuda a la fecha de declaracin. Si es actualizacin anual al 31 de diciembre del ao anterior al de la declaracin y si es alta o baja, a la fecha de la declaracin. La deuda en moneda extranjera deber consignarse en el importe en esa unidad monetaria y su equivalente en pesos. d) Detalle de los ingresos

    1. Ingresos derivados del cargo y otros a. Cargo: nombre del cargo ocupado por el obligado. b. Empleador: deber consignarse Ministerio Pblico Fiscal y/o la institucin en la que se ejerza docencia. c. Remuneracin mensual: debern consignarse los importes brutos y netos de los haberes percibidos. 2. Ingresos derivados de los sistemas previsionales: jubilacin, retiro, pensin. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre de quien reciba ingresos derivados de los sistemas provisionales, ya sea el declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo de beneficio: deber consignarse si es jubilacin, retiro, pensin, etc.. c. Caja de Previsin: denominacin de la Caja de Previsin correspondiente al beneficio.

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    d. Haber mensual: debern consignarse los importes brutos y netos de los beneficios previsionales percibidos.

    3. Ingresos derivados de las relaciones contractuales y/o actividades independientes. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre de quien reciba ingresos derivados de las relaciones contractuales y/o actividades independientes, ya sea el declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os). b. Tipo de contratacin: debern consignarse si los ingresos son consecuencia de relaciones contractuales laborales, alquileres, arrendamientos, locaciones de servicios u obras, publicaciones cientficas, etc.. En el caso de las relaciones laborales, deber consignarse el empleador. En el supuesto de una actividad independiente (por ej. ejercicio del comercio, actividad profesional independiente, etc.), tambin deber consignarse aqu. c. Perodo que cubre: deber expresarse el perodo de contratacin, salvo que tenga una finalizacin indeterminada, en cuyo caso deber consignarse la fecha de inicio. En caso de tratarse de una actividad independiente, cabe proceder en igual modo. d. Monto mensual o anual: debern consignarse los importes percibidos mensual o anualmente como consecuencia de esas actividades.

    4. Otros ingresos. a. Titular del bien: deber consignarse el nombre de quien reciba otros ingresos que no sean clasificables en los apartados 1, 2 y 3, ya sea el declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipados/os). b. Tipo: Los ingresos aqu previstos son extraordinarios. Deber consignarse si se trata de una indemnizacin, herencia, donacin, adelanto de herencia, seguro de retiro, etc. c. Fecha de ingreso: se debe expresar la fecha en que ingres al patrimonio. d. Origen: Deber expresarse si es producto de un acuerdo extrajudicial, proviene de una decisin judicial, surge de una relacin contractual, etc. e. Monto: debern consignarse el importe percibido. e) Tarjetas de crdito, propias y extensiones, en el pas o en el extranjero. a. Titular: deber consignarse el nombre de quien sea titular de tarjeta de crdito, sea el declarante, cnyuge, conviviente e hijas/os menores no emancipadas/os). b. Tarjeta de crdito: se refiere slo la marca de la tarjeta (por ej. Visa, Mastercard, American Express, Tarjeta Naranja, Cabal, Nativa Nacin, Italcred, Supercard, etc.). c. Propia o extensin: indicar si la tarjeta es propia o extensin.

    f). Integracin en Asociaciones, Fundaciones o Entidades.

    a. Tipo: deber consignarse la integracin por parte de las personas obligadas de alguna asociacin, fundacin o entidad, siempre que no se vulneren el artculo 5, inciso d, del Reglamento Disciplinario para los Magistrados del Ministerio Pblico de la Nacin (aprobado por Resolucin PGN N 162/07) y el artculo 37, inciso j, del Rgimen Bsico de los Funcionarios y Empleados del Ministerio Pblico Fiscal (aprobado por Resolucin PGN N 128/10). Este campo tiene por objeto hacer saber la integracin de entidades que puede llegar a generar alguna incompatibilidad que afecte la imparcialidad en el desempeo por parte de los obligados. b. Denominacin: se consignar el nombre de la asociacin, fundacin o entidad. c. Carcter: se expresar el carcter en el que se integra la asociacin, fundacin o entidad.

  • II.B. Declaracin jurada patrimonial reservada.

    a). Detalle de los bienes situados en el pas: 1. Bienes inmuebles. a. Titular del bien: deber consignarse la misma informacin que se insert en el anexo pblico, en el orden all establecido. b. Tipo: dem anterior. c. Ubicacin: se consigna la calle, el nmero, piso, departamento, localidad, cdigo postal y provincia de cada uno de los bienes declarados. d. Catastro: ingresar el nmero de identificacin asignado por el registro de catastro de la localidad en la que se encuentra inscripto el inmueble. e. Part.: hay que mencionar el Partido en el que se encuentra el inmueble. f. Partida: debe ingresarse el nmero de partida asignado por la autoridad municipal o provincial al inmueble. g. D: hay que consignar el dgito verificador correspondiente. Se requiere este dato para los inmuebles situados en la provincia de Buenos Aires. Nota: se requieren los datos de partido/partida/dgito para las propiedades de la provincia de Buenos Aires, se encuentra agrupado en un campo de nueve posiciones compuesto por las primeres tres posiciones correspondientes al Partido, las seis posiciones restantes corresponden a la Partida -cinco- y al Dgito Verificador -una-.

    2. Derechos reales. a. Titular del bien: deber consignarse la misma informacin que se insert en el anexo pblico, en el orden all establecido. b. Tipo: dem anterior. c. Nmero de escritura o prenda: corresponde ingresar el nmero de instrumento legal que demuestra la posesin del derecho en cuestin. 3. Automotores. a, b y c: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. d. N de Patente: se consignan las letras y nmeros que identifican el automotor.

    4. Naves, yates y similares. a, b y c: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. d. Nombre de la embarcacin: nombre con el que est registrada la embarcacin. e. Registro: se consigna si es registro REY (Registro Especial de Yates que depende del Registro Nacional de Buques de la Prefectura Naval Argentina), JUR (Registros jurisdiccionales del pas) u otro. f. N de matrcula: se consigna el nmero asignado por el registro respectivo. g. N de motor: si tuviese ms de uno cabe consignar los nmeros de cada uno.

    5. Aeronaves. a., b y c: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. d. N de Matrcula: se consignan las letras y nmeros que identifican la aeronave.

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    6. Patrimonio de empresas o explotacin unipersonal. a. y b.: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. c. CUIT: se debe ingresar la Clave nica de Identificacin Tributaria de la empresa o explotacin unipersonal. 7. Acciones/Fondos comunes de inversin/Obligaciones negociables con cotizacin. a., b, c y d: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. e. Cantidad: debe consignarse la cantidad de acciones o cuotapartes de fondos comunes de inversin a declarar. f. Cotizacin: se indica el valor de cotizacin al 31/12 o el ltimo valor de mercado de las acciones o cuotapartes de los fondos comunes de inversin, lo que corresponda. g. CUIT: se debe ingresar la Clave nica de Identificacin Tributaria de la sociedad emisora de las acciones o fondos comunes de inversin. 8. Acciones/Cuotas/Participaciones sociales sin cotizacin. a. y b.: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. c. Cantidad de acciones: en caso que la participacin sea por acciones, debe indicarse la cantidad. d. Cantidad de cuotas: en caso que la participacin sea por cuotapartes, debe consignarse la cantidad. e. CUIT: se debe ingresar la Clave nica de Identificacin Tributaria de la sociedad integrada. 9. Ttulos pblicos y privados sin cotizacin. a. y b.: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. c. CUIT: se debe ingresar la Clave nica de Identificacin Tributaria de la empresa emisora de los ttulos. 10. Ttulos pblicos y privados con cotizacin. a., b. y c.: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. d. Cotizacin: cabe indicar el valor unitario de los ttulos incorporados al patrimonio de acuerdo con el ltimo valor de cotizacin a la fecha que se consigne en la declaracin segn fuere actualizacin anual o baja/alta. e. CUIT: se debe ingresar la Clave nica de Identificacin Tributaria de la empresa emisora de los ttulos. 11. Crditos. a. Titular del bien: se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. Se requiere que se respete el orden establecido en aquel. b. Apellido y nombre/Razn social del deudor: se consigna el nombre y apellido o la razn social del deudor, segn corresponda por tratarse de una persona fsica o jurdica. c. Identificacin del bien grabado: se consignar en caso de una deuda hipotecaria o prendaria. d. Nmero de iscripcin de la prenda o hipoteca: dem anterior. e. CUIT: se debe ingresar la Clave nica de Identificacin Tributaria del deudor. Si fuese una persona fsica se debe consignar CUIL (Clave nica de Identificacin Laboral) o CDI (Clave de Identificacin).

  • 12. Depsitos en dinero. a. y b. se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. c. CBU: se consigna la Clave Bancaria Uniforme de la cuenta en la que se encuentra depositado el dinero en efectivo. d. Banco/sucursal: se debe expresar la entidad bancaria y la sucursal en la que est radicada la cuenta. e. N de cuenta. 13. Dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera. a. y b. se ingresan los mismos datos que en el formulario pblico. c. en caso que sea moneda extranjera se deber consignar la cotizacin y su equivalente en moneda nacional. 14. Bienes muebles registrables. a. Titular del bien: debern consignarse los mismos datos que en el pblico. b. Tipo y c. Detalle: debern consignarse los bienes muebles registrables que no se declaran en otros tems (por ej.: armas). d. N de identificacin: se consignar el nmero obrante en el bien o el asignado por el registro, lo que corresponda. e. Registro: se deber indicar el registro en el que se encuentra inscripto el bien. 15. Otros bienes muebles no registrables: equipos, instrumental, joyas, objetos de arte, etc., por valor mayor a $20.000.- a. y b.: debern consignarse los mismos datos que en el pblico. c. Ubicacin: lugar en el que est situado el bien declarado. b). Detalles de los bienes situados en el exterior:

    1. Bienes inmuebles. a. y b.: debern consignarse los mismos datos que en el pblico. c., d., e. y f.: se deber consignar el pas, la calle y nmero, ciudad y provincia o estado en el que se ubica el inmueble. El orden responde a los datos requeridos por el aplicativo de la AFIP para completar la declaracin jurada de bienes personales, a la que debe asimilarse la presente. 2. Derechos reales. a. y b.: debern consignarse los mismos datos que en el pblico. c. Pas: pas en el que est registrado el derecho real. d.: Datos identificatorios: se debern ingresar los datos que segn el caso sirvan para identificar correctamente el derecho real de que se trate segn la legislacin del pas en el que estn registrados (registro, nomenclatura, partida, etc.).

    3. Automotores, naves y aeronaves. a. y b.: debern consignarse los mismos datos que en el pblico. c. Pas: pas en el que est registrado el automotor, nave o aeronave. d. consignar la marca y modelo que se declarara en la columna c del anexo pblico. e. N de matrcula: nmero o cdigo asignado por el registro respectivo del pas en que estn inscriptos los bienes. 4. Crditos, obligaciones negociables, debentures, etc. a. y b.: debern consignarse los mismos datos que en el pblico.

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    c. Pas: pas en el que estn registrados o se originan los crditos, obligaciones negociables, debentures, etc.. d. Apellido y Nombre o Denominacin: consignar el apellido y nombre o denominacin de la persona o de la empresa emisora de las obligaciones negociables, debentures, etc. Idem en relacin al deudor. e. N de identificacin si posee. 5. Depsitos en dinero en el exterior. a. y b.: debern consignarse los mismos datos que en el pblico. c. Pas: pas en el que est depositado el dinero. d. y e: debe consignarse el nmero de cuenta, banco y sucursal en que est depositado el dinero. f. y g: debe expresarse la cantidad nominal de moneda y la unidad monetaria. h. Cotizacin: se expresa el tipo de cambio oficial de la moneda al 31/12 o la fecha de la declaracin segn se trate de actualizacin anual o formulario de alta o baja. Son datos que aporta el aplicativo de la AFIP referido a la declaracin de bienes personales.

    6. Bienes muebles y semovientes. a. Deber consignarse los mismos datos que en el pblico. b. Tipo: expresar si los bienes son muebles comunes o semovientes. c. Pas: pas en el que estn situados los bienes. d. Se expresan los datos consignados en el b del anexo pblico. e. N de identificacin si posee. 7. Ttulos y Acciones. a. Debern consignarse los mismos datos que en el pblico. b. Tipo: expresar si los bienes son ttulos o acciones. c. Pas: pas en el que estn situados los bienes. d. Se expresan los datos consignados en el b del anexo pblico. e. N de identificacin si posee. 8. Participaciones societarias. a. Debern consignarse los mismos datos que en el pblico. b. Tipo: expresar el tipo de la sociedad y de participacin societarias. c. Pas: pas en el que estn radicadas las sociedades. d. Se expresan los datos consignados en el b del anexo pblico. e. N de identificacin si posee. 9. Otros bienes en el exterior. a. Debern consignarse los mismos datos que en el pblico. b. Tipo: expresar el tipo de bien que no se adecue a los requeridos en los apartados anteriores. c. Pas: pas en el que estn radicados los otros bienes. d. De expresan los datos consignados en el b del anexo pblico. e. N de identificacin si posee. c). Detalle de las deudas

    1. Deudas con personas fsicas. a y b: debern consignarse los mismos datos que en el pblico. c. Apellido y nombre del acreedor.

  • d. CUIT/CUIL/CDI del acreedor. e. Identificacin del bien grabado: en caso que la deuda sea hipotecaria o prendaria. f. N de inscripcin o identificacin si posee. 2. Otras deudas en el pas. a y b: Debern consignarse los mismos datos que en el pblico. c. Razn social o denominacin del acreedor. d. CUIT del acreedor. e. Identificacin del bien grabado: en caso que la deuda sea hipotecaria o prendaria. f. N de inscripcin o identificacin si posee. 3. Deudas en el exterior. a y b: Debern consignarse los mismos datos que en el pblico. c. Apellido y nombre o razn social o denominacin del acreedor. d. Pas. e. CUIT/CUIL/CDI u otro: identificacin tributaria del acreedor en el pas extranjero. f.. Identificacin del bien grabado: en caso que la deuda sea hipotecaria o prendaria. g. N de inscripcin o identificacin si posee. d) Tarjetas de crdito, propias y extensiones, en el pas o en el extranjero. a, b y c: Debern consignarse los mismos datos que en el formulario pblico. d. Entidad emisora/sucursal/pas. e. Nmero: consignar los 16 nmeros de cada tarjeta de crdito que se posea en el pas o en el extranjero. e) Integracin en Asociaciones, Fundaciones o Entidades. a y b: debern consignarse los mismos datos que en el formulario pblico. c. Domicilio de la asociacin, fundacin u otro tipo de entidad. d. CUIT de la asociacin, fundacin u otro tipo de entidad. e. Registro y nmero de inscripcin: identificacin del Registro en el que se encuentra inscripta la asociacin, fundacin u otro tipo de entidad y el nmero de inscripcin.

    III.B. Formulario simplificado

    a) Bienes situados en el pas: 1. Inmuebles: Se completa la sumatoria resultante entre los valores ms altos que den cada uno de los inmuebles en particular (igual AFIP), que surjan de las columnas (e) o (f) del cuadro 1 del formulario pblico atinente a este tem. 2. Derechos reales: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 2 correspondiente a este tem del formulario pblico. 3. Automotores: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (f) del cuadro 3 correspondiente a este tem del formulario pblico. 4. Naves: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (f) del cuadro 4 correspondiente a este tem del formulario pblico. 5. Aeronaves: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (f) del cuadro 5 correspondiente a este tem del formulario pblico. 6. Patrimonio de empresas o explotacin unipersonal: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 6 correspondiente a este tem del formulario pblico.

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    7. Acciones, cuotas, participaciones sociales, etc.: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en las columnas (f) de los cuadros 7 y 8 correspondientes a estos tems, del formulario pblico. 8. Ttulos pblicos y privados: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en las columnas (f) de los cuadros 9 y 10 correspondientes a estos tems del formulario pblico. 9. Crditos: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 11 correspondiente a este tem del formulario pblico. 10. Depsitos en dinero: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 12 correspondiente a este tem del formulario pblico. Cabe recordar que aunque haya depsitos en otra moneda, se deber realizar el cambio a su equivalente en moneda local, a fin de consignar sumatoria total en pesos. 11. Dinero en efectivo: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 13 correspondiente a este tem, del formulario pblico. Cabe recordar que aunque se posea dinero en efectivo en otra moneda, se deber realizar el cambio a su equivalente en moneda local, a fin de consignar sumatoria total en pesos. 12. Bienes muebles registrados: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 14 correspondiente a este tem del formulario pblico. 13. Otros bienes: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 15 correspondiente a este tem del formulario pblico. 14. Bienes personales y bienes muebles del hogar: Se consigna el monto que en este tem la AFIP consigna en la respectiva declaracin de Bienes Personales, ya sea el declarado o mnimo presunto. Quien no declara dicho impuesto deber estimarlo por s siendo que no puede ser inferior al 5% del total de los bienes situados en el pas ms los inmuebles en el exterior, con excepcin de los bienes que podran llegar a estar exentos del impuesto referido. Se declaran a su valor de costo. 15. Total en el pas: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en ese mismo cuadro, de todos los tems anteriores. b) Bienes situados en el exterior: Recordar que deben ser consignados los montos en moneda nacional, a los efectos de luego poder realizar la sumatoria total de bienes. 1. Inmuebles: Se completa la sumatoria resultante entre los valores ms altos que den cada uno de los inmuebles en particular (igual AFIP), que surjan de las columnas (e) o (f) del cuadro 1 del formulario pblico atinente a este tem. 2. Derechos reales: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 2 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 3. Automotores, naves y aeronaves: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (f) del cuadro 3 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 4. Crditos, obligaciones negociables, debentures, etc.: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 4 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 5. Depsitos en dinero: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 5 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 6. Bienes muebles y semovientes: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 6 correspondiente a este tem, del formulario pblico.

  • 7. Ttulos, acciones y dems participaciones sociales: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en las columnas (d) de los cuadros 7 y 8 correspondientes a estos tems, del formulario pblico. 8. Otros bienes: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 9 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 9. Total en el exterior: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en ese mismo cuadro, de todos los tems anteriores. -TOTAL BIENES: Consignar la sumatoria de los totales de los bienes situados en el pas, con el de los bienes situados en el exterior. c) Deudas: Recordar que deben ser consignados los montos en moneda nacional, a los efectos de luego poder realizar la sumatoria total de bienes. 1. Deudas con personas fsicas: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 1 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 2. Otras deudas en el pas: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 2 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 3. Deudas en el exterior: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 3 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 4. Total deudas: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en ese mismo cuadro, de todos los tems anteriores. d) Ingresos: Recordar que deben ser consignados los montos en moneda nacional, a los efectos de luego poder realizar la sumatoria total de bienes. 1. Derivados del cargo y otros: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (c) del cuadro 1 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 2. Derivados de Sistemas Previsionales: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 2 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 3. Derivados de Rel. Cont. y/o Act. Ind.: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (d) del cuadro 3 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 4. Otros ingresos: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en la columna (e) del cuadro 4 correspondiente a este tem, del formulario pblico. 5. Total ingresos: Se consigna la sumatoria total de los importes consignados en ese mismo cuadro, de todos los tems anteriores. e) Integra asociaciones, fundaciones, entidades, etc.: Declarar s o no, tachando lo que no corresponda, segn se haya o no completado al menos una entidad en el cuadro respectivo dentro de la declaracin jurada patrimonial (formularios pblico y reservado). f) Cuadro final: 1. Ao: el correspondiente al ao de la declaracin jurada patrimonial no la del ao correspondiente al 31/12, sino la del corriente en que se declara la actualizacin, alta o baja-. 2. Alta/Anual /Baja: Seleccionar la que corresponde, tachando las otras dos opciones.

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    3. Lugar: Consignar ciudad desde donde se efecta la declaracin jurada. 4. Fecha: Fecha en que se rubricara la declaracin. 5: Firma: Rbrica del declarante. SECRETARIA TECNICA, DISCIPLINARIA y DE RECURSOS HUMANOS