EXPLOTACIÓN, TRANSPORTE Y EMBARQUE DE CARBÓN EN LOS ...

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RESOLUCIÓN DEFENSORIAL No. 54 EXPLOTACIÓN, TRANSPORTE Y EMBARQUE DE CARBÓN EN LOS DEPARTAMENTOS DE CESAR Y MAGDALENA Bogotá DC, Julio 25 de 2008 VISTOS 1. Que el carbón es un recurso natural de gran impacto en el desarrollo regional de la Costa Caribe y del país; 2. Que los departamentos de la Guajira y del Cesar cuentan con grandes yacimientos de este mineral, por lo general de muy buena calidad, lo cual ha atraído a los inversionistas extranjeros del sector; 3. Que en torno a esta actividad se generó una cadena de desarrollo de infraestructura y de otros sectores en la Costa Atlántica, fuente importante en la producción de empleos e ingresos; 4. Que esta actividad minera ha estado catalogada como muy contaminante en las regiones donde se establece debido al carácter del mineral, pues si la producción carbonífera, la manipulación y trituración, el transporte, almacenamiento y posterior embarque no cuentan con una tecnología moderna y apropiada y los manejos más limpios, son procesos que producen un sinnúmero de consecuencias negativas en los ecosistemas; 5. Que estos impactos se han presentado en los municipios del Cesar y del Magdalena y tienen que ver con la manipulación del mineral en la mina, el transporte y el embarque; 6. Que las comunidades afectadas han presentado acciones jurídicas para defender sus derechos, amenazados o vulnerados por las consecuencias que trae la manipulación del carbón; 7. Que las autoridades ambientales y el Gobierno nacional vienen reorganizando el sector carbonífero en estos departamentos con el objeto de minimizar los impactos ambientales; 8. Que las regalías que produce la explotación y el embarque de carbón en estos departamentos no han servido para mejorar la calidad de vida de sus habitantes y no hay claridad en la forma como se han invertido gran parte de ellas.

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RESOLUCIÓN DEFENSORIAL No. 54

EXPLOTACIÓN, TRANSPORTE Y EMBARQUE DE CARBÓN EN LOS DEPARTAMENTOS DE CESAR Y MAGDALENA

Bogotá DC, Julio 25 de 2008

VISTOS 1. Que el carbón es un recurso natural de gran impacto en el desarrollo regional de la Costa Caribe y del país; 2. Que los departamentos de la Guajira y del Cesar cuentan con grandes yacimientos de este mineral, por lo general de muy buena calidad, lo cual ha atraído a los inversionistas extranjeros del sector; 3. Que en torno a esta actividad se generó una cadena de desarrollo de infraestructura y de otros sectores en la Costa Atlántica, fuente importante en la producción de empleos e ingresos; 4. Que esta actividad minera ha estado catalogada como muy contaminante en las regiones donde se establece debido al carácter del mineral, pues si la producción carbonífera, la manipulación y trituración, el transporte, almacenamiento y posterior embarque no cuentan con una tecnología moderna y apropiada y los manejos más limpios, son procesos que producen un sinnúmero de consecuencias negativas en los ecosistemas; 5. Que estos impactos se han presentado en los municipios del Cesar y del Magdalena y tienen que ver con la manipulación del mineral en la mina, el transporte y el embarque; 6. Que las comunidades afectadas han presentado acciones jurídicas para defender sus derechos, amenazados o vulnerados por las consecuencias que trae la manipulación del carbón; 7. Que las autoridades ambientales y el Gobierno nacional vienen reorganizando el sector carbonífero en estos departamentos con el objeto de minimizar los impactos ambientales; 8. Que las regalías que produce la explotación y el embarque de carbón en estos departamentos no han servido para mejorar la calidad de vida de sus habitantes y no hay claridad en la forma como se han invertido gran parte de ellas.

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CONSIDERANDO:

Primero. LA COMPETENCIA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO 1. Es competencia de la Defensoría del Pueblo velar por el ejercicio y vigencia de los derechos humanos, de conformidad con el artículo 282 de la Constitución Política. 2. Le corresponde al Defensor del Pueblo hacer las recomendaciones y las observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violación a los derechos humanos, de acuerdo con el artículo 9, ordinal tercero, de la Ley 24 de 1992. 3. Es prerrogativa del Defensor del Pueblo apremiar a la comunidad en general para que se abstenga de desconocer los derechos colectivos y del ambiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9, ordinal quinto, de la Ley 24 de 1992. 4. Le compete al Defensor del Pueblo rendir informes periódicos sobre el resultado de sus investigaciones y denunciar públicamente el desconocimiento de los derechos humanos, según lo prescrito en el artículo 9, ordinal vigésimo segundo, de la Ley 24 de 1992. 5. Es atribución de la Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente, de la Regional del Magdalena y de la Seccional Cesar realizar investigaciones y estudios para evaluar la situación de los derechos en relación con la materia de su especialidad y sugerir al Defensor del Pueblo la formulación de observaciones, recomendaciones o denuncias de carácter general, de conformidad con la Resolución N° 396 de 2003, por medio de la cual se adopta el Instructivo para el Sistema de Atención Integral. 6. Las regionales y las oficinas seccionales de la Defensoría del Pueblo, en el ámbito de su jurisdicción, son competentes para la atención y trámite de las quejas relacionadas con derechos humanos, de acuerdo con lo dispuesto en la citada resolución. Segundo. LA SITUACIÓN GENERAL 1. El sector minero del carbón está en plena expansión en el país, principalmente en la Costa Atlántica. 2. Las actividades de explotación, transporte y embarque de carbón son consideradas como de alto impacto ambiental lo que se ha evidenciado en los departamentos del Cesar y del Magdalena. 3. No obstante los ingentes esfuerzos que en estos dos departamentos las empresas carboneras y las autoridades ambientales y de otros sectores del Gobierno nacional vienen realizando para implantar los cambios tecnológicos y hacer menos contaminante la actividad, las labores relacionadas con el carbón mantienen un saldo ambiental pendiente. 4. A pesar de esta situación, las autoridades ambientales siguen abriendo procesos de investigación a las empresas por incumplir u omitir acciones necesarias para el correcto manejo ambiental. 5. Se han presentado situaciones coyunturales en estos departamentos que

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tienen que ver con el sector del carbón: i.) las protestas de las comunidades de la Jagua de Ibirico, por las precarias condiciones de la prestación de los servicios básicos, y ii.) la inconformidad y protesta del sector hotelero de la ciudad de Santa Marta, por la operación del puerto de Prodeco. 6. Las considerables regalías provenientes de la explotación del carbón entregadas a algunos entes territoriales no han sido utilizados de manera correcta en las diferentes administraciones y, por lo tanto, no han han alcanzado a cubrir las necesidades de los habitantes de estos municipios. Tercero. LA ACCIÓN DEFENSORIAL 1. A mediados del año 2007, luego de la recepción de quejas de algunos habitantes vecinos de los puertos carboníferos en Santa Marta, en las que se informó de los impactos derivados de las operaciones que allí se realizan, la Defensoría del Pueblo practicó una visita y un recorrido para evaluar la situación. 2. En el año 1998, la Defensoría del Pueblo interpuso dos acciones de tutela para defender los derechos a la salud y al ambiente sano de algunas personas afectadas por la contaminación ambiental causada por la actividad portuaria de dos empresas de carbón. 3. A raíz de la protesta que realizaron los habitantes de la Jagua de Ibirico en febrero del 2007 y de la situación presentada en la ciudad de Santa Marta entre el sector del carbón y el gremio hotelero, la Defensoría inició un proceso de recopilación de información para hacer la investigación. 4. A comienzos del año 2008, la Defensoría del Pueblo hizo una visita a los departamentos del Cesar y del Magdalena para evaluar los impactos derivados de la explotación, transporte y embarque de carbón. 5. La Defensoría del Pueblo requrió varias veces a las empresas y a las autoridades competentes para obtener información sobre las acciones que giran en torno a la actividad. Cuarto. LOS HECHOS Y LAS PRUEBAS A. Antecedentes El carbón se origina por descomposición de vegetales terrestres, hojas, maderas, cortezas y esporas, que se acumulan en zonas pantanosas, lagunares o marinas de poca profundidad. Por acción de bacterias anaerobias comienza una lenta transformación que, con el tiempo, produce un progresivo enriquecimiento en carbono. Otra teoría prefiere considerar que el carbón se forma por emanaciones continuas de gas metano desde las profundidades de la tierra. Existen diferentes tipos de carbón mineral, en función del grado de carbonificación que haya experimentado la materia vegetal que lo originó. Estos van desde la turba, que es el menos evolucionado y en el que la materia vegetal muestra poca alteración, hasta la antracita, que es el carbón mineral con una mayor evolución. El rango de un carbón mineral se determina según criterios tales como su contenido en materia volátil, carbono fijo, humedad, poder calorífico, etc. A mayor contenido en carbono fijo, mayor el poder calorífico, mientras que disminuyen su humedad natural y la cantidad de materia volátil. La clasificación más general de los carbones es: antracita, bituminoso bajo en volátiles, bituminoso medio en volátiles, bituminoso alto en volátiles, sub-bituminoso, lignito y turba. La hulla es un carbón

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mineral de tipo bituminoso medio y alto en volátiles. Carbón en el mundo El carbón es el combustible fósil más abundante. Se estimó que a fines del año 2000 existián más de un billón de toneladas en reservas totales accesibles de forma económica, las cuales se encuentran esparcidas geográficamente en más de 100 países en todos los continentes y que, al ritmo de extracción de 1998, serán suficientes para los próximos 250 años. La importancia del carbón se evidenció en los años 70 cuando hubo serios trastornos en la economía mundial como consecuencia del rápido aumento en los precios y una reducción del 5% en el suministro de petróleo. En 1994, se presentó una crisis en la producción del carbón: en la Unión Europea, bajó un 17,4% y en Rusia un 6,2%, y se produjo un dinamismo en la industria carbonífera de Estados Unidos, China, India, Colombia y Australia. En 1996, los principales productores de carbón fueron: República Popular China, Estados Unidos, India, Suráfrica, Australia, Rusia, Polonia, Kazakhstan, Ucrania, Alemania, Reino Unido e Indonesia. Australia y Colombia exportan la mayor parte de su producción; China, Estados Unidos e India, grandes productores, importan carbón por razones de calidad y de logística. Más de la mitad de la producción de carbón es utilizada para la generación eléctrica. La extracción, transporte y manipulación del carbón ha sido una actividad con altos impactos ambientales y sociales; sin embargo, se han desarrollado formas de manejo que los hacen menores. En este sentido y a manera de ejemplo, “las estadísiticas de la Oficina del Trabajo de los Estados Unidos, muestran más accidentes en actividades como aserraderos, construcción, agricultura y fabricación de muebles, que en la explotación de carbón”. En Canadá, “la explotación de carbón a cielo abierto es una de las industrias grandes más seguras, aún más segura que el comercio al detal. Por otro lado, se continúan haciendo avances significativos para mejorar la utilización eficiente del carbón, de tal manera que pueda obtenerse más energía útil de cada tonelada de carbón”. La producción mundial de carbón en los últimos años ha sido:

Carbón

bituminoso y antracita

Carbón sub-bituminoso y lignito

2006* 5.370 Mt 914 Mt

2005 4.934 Mt 906 Mt

2004 4.631 Mt 893 Mt

2003 4.231 Mt 893 Mt

2002 3.910 Mt 882 Mt

2001 3.801 Mt 897 Mt

Fuente: World Coal Institute - * Estimaciones

Los 10 mayores productores de carbón bituminoso y antracita en el año 2006

fueron:

País Producción*

China 2.482 Mt

Estados Unidos

990 Mt

India 427 Mt

Australia 309 Mt

Suráfrica 244 Mt

Rusia 233 Mt

Indonesia 169 Mt

Polonia 95 Mt

Kazakhstan 92 Mt

Colombia 64 Mt

Fuente: World Coal Institute - * Estimaciones

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Carbón en Colombia En el país se ha extraido carbón de manera artesanal desde hace muchos años, principalmente en los departamentos de la zona central, Valle del Cauca, Norte de Santander y Antioquia. En 1837 se empleó por primera vez el carbón como combustible, lo cual permitió que antes de 1840 se establecieran varias empresas industriales en Bogotá. Con la entrada en funcionamiento de la Siderúrgica de Paz de Río en 1954 y las termoeléctricas de Paipa, en 1956, en el Departamento de Boyacá, y de Yumbo, en 1958, en el Departamento del Valle, se reactivó la explotación de este mineral. Por otra parte, en 1976 entraron en operación dos nuevas unidades de generación carboeléctrica: Termozipa y Termopaipa. “En 1974, cuando se adelantó uno de los primeros censos de minas de carbón, fueron identificadas 626 explotaciones, distribuidas en nueve departamentos (Antioquia, Boyacá, Cundinamarca, Caldas, Cauca, Norte de Santander, Santander, Tolima y Valle). Los trabajos, en su gran mayoría, seguían desarrollándose de manera rudimentaria por el sistema subterráneo”1. Sin embargo, la crisis energética de los setenta despertó el interés por los sustitutos del petróleo. En Colombia, en 1976, ello tuvo expresión en una empresa filial de la Exxon, dedicada a explorar, explotar y exportar los carbones de El Cerrejón Zona Norte, en La Guajira. En la década del ochenta, la minería del carbón a cielo abierto se concretó en los departamentos de La Guajira, Cesar y Córdoba. Durante 1996, las exportaciones de carbón representaron cerca del 8% del total exportado por el país, superadas sólo por las de petróleo (26%) y las de café (15%). Con la explotación del carbón, se produjo entre 1987 y 1993 una disminución de la población con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) en La Guajira.

1 Carbones Carinco Ltda. Aspectos históricos de la industria del carbón en Colombia.

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El mapa muestra las zonas carboníferas detectadas actualmente en el país.

Fuente: Ministerio de Minas y Energía. 2008. Como se observa, Colombia viene incrementando año tras año la producción de carbón, sobre todo con destino a las exportaciones. Se ha alcazado el doble de producción en los últimos seis años, gracias principalmente a las explotaciones en el departamento del Cesar.

Elaboró: Ministerio de Minas y Energía. Así mismo, como se ve en el gráfico, el valor de las exportaciones de carbón ha aumentado su participación dentro del total de exportaciones del país, hasta casi llegar a la cuarta parte de las mismas. El Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 denominado “Estado Comunitario: Desarrollo para Todos”, enfoca el tema del desarrollo como una consecuencia del crecimiento económico en el que la productividad minera juega un papel importante. Aclara que se promoverá un aumento en la productividad de las explotaciones mineras mediante el fomento de la asociación de mineros en distritos, y se facilitará el acceso de los mineros tradicionales a fuentes de financiación. Se promoverá también la asignación de áreas mineras a operadores estratégicos y se ajustará el Código de Minas para facilitar lo anterior. El Plan busca una mayor participación en el negocio minero de los segmentos que tienen más potencialidades para dinamizar su crecimiento. Esto va de acuerdo con el “Plan Nacional para el Desarrollo Minero, Visión al 2019”, que persigue la expansión del sector en el mediano y largo plazo, mediante el incremento en los flujos de inversión.

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Carbón en los departamentos del Cesar y Magdalena Explotación Las explotaciones de carbón en el departamento del Cesar se realizan en jurisdicción de los municipios de La Jagua de Ibirico, El Paso, Becerril, Chiriguaná y Tamalameque (ver foto). Es actualmente el primer departamento productor en el país con 33.186.567 toneladas durante el año 2007.

Fotografía satelital de las minas de carbón en la Jagua de Ibirico, El Paso y Becerril. Fuente: Imagen de Google earth.

En las tablas siguientes se aprecian los diferentes proyectos mineros, las empresas que realizan la actividad y la producción de cada una de ellas.

Como se observa, la principal empresa productora de carbón en este departamento

es la Drummond Ltd, que produce cerca del 70% del total departamental y ha alcanzado el 33% del total nacional. Prodeco y Carbones de la Jagua vienen incrementando sus producciones. Carbones de los Andes, Carboandes, casi que ha desaparecido. El 99% de la producción de carbón en el Cesar se exporta. De acuerdo con las estadísticas reportadas por el Banco de la República, durante el año 2006 las exportaciones de carbón del país ascendieron a USD$2.913 millones, que representan del 11,9% de total nacional. Los principales departamentos productores son La Guajira y el Cesar.

PRODUCCIÓN DE CARBÓN EN EL DEPARTAMENTO DEL CESARToneladas

2004 2005 2006 2007 2008 TotalDRUMMOND LTD - AREA LA LOMA 20.454.159 21.463.755 21.619.959 22.898.182 5.979.285 92.415.340CARBONES SORORIA LTDA 32.919 32.919CARBOANDES S.A. 394.302 684.646 1.315.613 325.608 2.720.169CARBONES DEL TESORO S.A. 1.209.728 462.184 1.671.912CARBONES DE LA JAGUA 2.386.610 1.836.181 1.942.384 2.625.172 370.898 9.161.245CONSORCIO MINERO UNIDO S.A. 1.070.900 1.349.289 1.478.068 551.687 4.449.944C.I. PRODECO S.A. 612.258 1.502.201 2.878.837 3.725.148 1.151.812 9.870.256COMPAÑÍA CARBONES DEL CESAR S.A. 723.661 1.460.897 1.461.582 412.215 4.058.355NORCARBON S.A. - AREA LA DIVISA 77.230 149.770 422.890 389.460 107.284 1.146.634EMCARBON S.A. 1.027.965 1.027.965TOTAL CESAR 25.028.378 27.709.503 31.118.648 33.186.567 9.511.643 126.554.739Fuente: Iinstituto Colombiano de Geología y Minería - INGEOMINAS

Proyectos de carbón en el Cesar

Proyecto Empresa

La Loma Drummond LTD P.M.A. MAVDTLa Francia Carbones del Cesar P.M.A. MAVDTEl Hatillo Emcarbon Licencia Ambiental MAVDTCalenturitas Prodeco P.M.A. MAVDTSororia Drummond LTD P.M.A. CorpocesarLa Divisa Norcarbon P.M.A. CorpocesarYerbabuena CMU P.M.A. CorpocesarSinclinal de La Jagua CDJ P.M.A. MAVDTSan Isidro, La Victoria, El Tesoro Carbones del Tesoro P.M.A. CorpocesarCerro Largo Carbones del Caribe P.M.A. CorpocesarEstación de cargue Aguas Frías Carbones del Tesoro Licencia Ambiental CorpocesarFuente: MAVDT

Instrumento de manejo ambiental

Competencia ambiental

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Cuando entre a operar la Mina el Descanso, de propiedad de la empresa Drummond, junto a la actual mina en La Loma, la cual ya tiene concedida licencia ambiental, la producción de carbón de esta empresa, y por lo tanto del departamento, se ampliará hasta alcanzar cerca de los 45 millones de toneladas por año. Es de anotar que también están en proceso de licenciamiento ante el MAVDT los proyectos El Descanso, Rincón Hondo y Similoa, que aumentarán la cifra mencionada. Las reservas probadas de El Descanso, que tiene un área de 20 mil hectáreas, exceden los 1.750 millones de toneladas. Están en un proceso de integración los proyectos mineros CDJ, CMU y CET de la empresa Prodeco (antiguo nombre), ahora de propiedad de la firma Glencore. Esto incluye unificación del Plan Minero y del Plan de Manejo Ambiental y permite la ampliación del frente minero del proyecto Calenturitas, de Prodeco. También se está ampliando el frente de explotación de la mina La Francia, de Carbones del Cesar. Respecto del componente laboral, según el MAVDT, La Loma ha sido un importante generador de empleo en la región, si se tiene en cuenta que en marzo de 2007 el total de personal que laboraba en las diferentes actividades del proyecto era de seis mil 47 trabajadores. Según Drummond, los empleos directos son cerca de 3.600, los contratistas 2.700 e indirectos cerca de 15.000 más. De estos, el 50% son del mismo departamento del Cesar, 10 % del Atlántico, 9% de la Guajira y 8% del Magdalena. Cuando entren a producir los nuevos proyectos de la Drummond, se calcula que se alcanzarán 6.200 empleos directos, 5.000 contratistas y cerca de 25.000 indirectos. Prodeco ocupa 500 empleos, entre directos e indirectos. Regalías La actividad extractiva del carbón crea en estos departamentos y municipios una gran fuente de regalías, que corresponde al 10% en explotaciones mayores a tres millones de toneladas anuales y al 5% en explotaciones menores a la cifra anterior, medidas sobre el valor de la producción en boca o borde de mina. Así mismo, se genera el valor de las compensaciones pactadas en cada uno de los contratos2. De acuerdo con las normas vigente, las regalías derivadas de la explotación de carbón se distribuyen así: a) Explotaciones mayores de tres (3) millones de toneladas anuales: los departamentos productores, 42.0%; los municipios o distritos productores, 32.0%; los municipios o distritos portuarios, 10.0%, y el Fondo Nacional de Regalías, 16.0%; b) Explotaciones menores de tres (3) millones de toneladas anuales: los departamentos productores, 45.0%; los municipios o distritos productores, 45.0%, y los municipios o distritos portuarios, 10.0%. Las compensaciones monetarias estipuladas en los contratos se distribuyen así: los departamentos productores, 12.0%; los municipios o distritos productores, 12.0%; los municipios o distritos portuarios, 10.0%; la Empresa Industrial y Comercial del Estado, Ecocarbón o quien haga sus veces, 50.0%; la Corporación Autónoma Regional, 10.0%, y el Fondo de Fomento del Carbón, 6.0%. Así mismo, se aplican unos escalonamientos con el fin de evitar la acumulación de regalías en un solo ente territorial3.

2 Las compensaciones son una contraprestación económica adicional a la recibida a título de regalía, pactada con las compañías dedicadas a la explotación de los recursos naturales no renovables. Se genera por el transporte, el impacto ambiental, social y cultural que causa el proceso de explotación de recursos naturales no renovables. 3 En los departamentos se aplica el siguiente escalonamiento: Ton. métricas Participación sobre acumuladas por año su porcentaje de los departamentos.

Por las primeras 18 millones .................... 100.0% Más de 18 y hasta 25.5 millones ................... 75.0% Más de 21.5 y hasta 25 millones ................... 50.0%

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La destinación de las regalías debe ser del 90% a inversión en proyectos de desarrollo municipal contenidos en el Plan de Desarrollo, principalmente para saneamiento ambiental y para la construcción y ampliación de la estructura de los servicios de salud, educación, electricidad, agua potable, alcantarillado y demás servicios públicos básicos esenciales, y el 10% para la interventoría y la puesta en operación de los proyectos que se ejecuten con estos recursos. Mientras no se alcancen las coberturas mínimas4 se debe asignar por lo menos el 75% por ciento del total de sus participaciones para estos propósitos. Los recursos del Fondo Nacional de Regalías (FNR) tienen como destino la promoción de la minería, la preservación del medio ambiente y la financiación de proyectos regionales de inversión definidos como prioritarios en los planes de desarrollo de las respectivas entidades territoriales5. Para el caso de los departamentos, los recursos de regalías y compensaciones monetarias distribuidos a aquellos que son productores, tienen la siguiente destinación: a) El 90% para inversión en proyectos prioritarios que estén contemplados en el plan general de desarrollo del departamento o en los planes de desarrollo de sus municipios6; b) El cinco por ciento (5%) para la interventoría técnica de los proyectos que se ejecuten con estos recursos, y c) El cinco por ciento (5%) para gastos de funcionamiento u operación7. Los recursos de regalías y compensaciones monetarias distribuidos a los municipios productores y a los municipios portuarios, tienen la siguiente destinación: a) El 90% para inversión en proyectos de desarrollo municipal contenidos en el plan de desarrollo, con prioridad para aquellos dirigidos al saneamiento ambiental y los destinados a la construcción y ampliación de la estructura de servicios de salud, educación, electricidad, agua potable, alcantarillado y demás servicios públicos básicos esenciales; b) El 5% para la interventoría técnica de los proyectos que se ejecuten con estos recursos, y c) El 5% para gastos de funcionamiento u operación8. Más de 25 millones ................................ 25.0% En los municipios se aplica el siguiente escalonamiento: Ton. métricas Participación sobre acumuladas por año su porcentaje de los municipios Por las primeras 15 millones .................... 100.0% Más de 15 y hasta 17 millones .................... 75.0% Más de 17 y hasta 19 millones .................... 50.0% Más de 19 millones ............................... 25.0% 4 Las coberturas mínimas son: • Salud de la población pobre: 100% • Educación básica: 90% • Agua potable y alcantarillado: 70% • Mortalidad infantil máxima: 1% 5 La norma dice que el “quince por ciento (15%) de sus recursos para financiar proyectos regionales de inversión en energización, que presenten las entidades territoriales y que estén definidos como prioritarios en los planes de desarrollo respectivo. De estos, el veinte por ciento (20%) se destinará a la financiación de proyectos regionales de inversión en infraestructura de distribución para la prestación del servicio público de gas combustible en los estratos 1 y 2”. Ley 141 de 1994. 6 Del 90% de la inversión en proyectos prioritarios, “no menos del cincuenta por ciento (50%) para los proyectos que estén contemplados en los planes de desarrollo de los municipios del mismo departamento, que no reciban regalías directas, de los cuales no podrán destinarse más del quince por ciento (15%) a un mismo municipio. En cualquier caso, tendrán prioridad aquellos proyectos que beneficien a dos o más municipios”. Ley 141 de 1994. 7 “Mientras las entidades departamentales no alcancen coberturas mínimas en indicadores de mortalidad infantil, cobertura básica de salud y educación, agua potable y alcantarillado la entidad departamental correspondiente deberá asignar no menos del sesenta por ciento (60%) del total de sus regalías para estos propósitos. En el presupuesto anual se separarán claramente los recursos provenientes de las regalías que se destinen a los sectores aquí señalados”. Ley 141 de 1994. 8 “Mientras las entidades municipales no alcancen coberturas mínimas en los sectores señalados, asignarán por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%) del total de sus participaciones para estos propósitos. En el presupuesto anual se separarán claramente los recursos provenientes de las regalías que se destinen para los anteriores fines”. Ley 141 de 1994.

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En las siguientes tablas se observa el monto de las regalías y de las compensaciones que, como contraprestación por la explotación de carbón, han recibido los municipios del Cesar, el propio departamento, la Corporación y el FNR durante los últimos cuatro años.

Fuente: Unidad de Planeación Minero Energética – UPME Boletín Estadístico de Minas y Energía

Fuente: Unidad de Planeación Minero Energética – UPME Boletín Estadístico de Minas y Energía

De acuerdo con la información de Ingeominas, durante el mismo periodo, 2004 – 2008, los aportes por regalías y compensaciones al Fondo Nacional de Regalías ha alcanzado 70,8 mil millones de pesos. La empresa Drummond, como principal explotadora de carbón del departamento, ha sido la mayor generadora de regalías desde 1995, como se aprecia en la tabla.

Datos en miles de pesos. Fuente: Unidad de Planeación Minero Energética – UPME Boletín Estadístico de Minas y Energía

En la tabla siguiente se muestra el total de regalías y compensaciones recibido por cada entidad durante el periodo 2004 – 2008. Son cifras muy altas que representan importantes recursos económicos para mejorar las condiciones de los habitantes de estas zonas. La Jagua de Ibirico, Chiriguaná y la Gobernación del Cesar son los que más recursos perciben por este motivo.

Regalías de carbón generadas por empresa en el departamento del Cesar

C.M.U.

1995 2.197.534 131.392.350 581.486.770 428.227.5991996 8.879.200 316.262.145 550.405.662 464.049.0011997 11.766.222 442.479.028 751.073.874 890.551.6441998 11.177.503 559.177.264 422.898.455 1.107.240.1781999 9.910.394 471.479.061 446.606.093 1.016.043.5012000 10.760.778 639.359.766 292.913.278 1.930.806.7232001 25.244.775 1.344.083.974 588.885.757 3.472.464.5652002 29.859.823 1.457.546.297 1.510.704.729 2.902.274.9332003 33.460.132 2.074.267.056 2.943.007.173 4.332.688.3852004 57.960.535 2.445.449.330 861.065.124 5.007.418.7882005 91.932.685 8.494.822.772 5.677.595.348 3.102.191.024 7.299.886.397 2.563.158.9452006 96.264.924 15.506.333.130 5.768.115.616 5.173.646.156 7.638.426.214 5.179.531.9382007 104.519.337 3.862.924.519 3.862.924.549 5.823.463.291 10.062.635.961 7.564.051.116

Total 493.933.842 27.864.080.421 25.190.131.784 23.048.347.386 46.552.713.889 15.306.741.999

1 Carbones de Los Andes2 Carbones del Caribe

Drummond – La Loma US

Prodeco – Calenturitas

Carbones del Tesoro1

Carbones de La Jagua2

Carbones del Cesar – La Francia

2004 2005 2006 2007 2008 TotalCesar 170.595.343 129.552.869 1.484.874.411 2.041.802.546 1.877.779.882 5.704.605.051Becerril 3.834.337 27.293.977 45.789.177 76.917.491El Paso 799.627 5.691.994 9.549.059 16.040.680La Jagua de Ibirico 28.432.558 21.592.143 271.610.078 307.314.451 257.625.077 886.574.307Tamalameque 23.581.829 23.581.829Corpocesar 155.369.462 117.989.862 1.317.930.500 1.856.015.406 1.706.917.445 5.154.222.675Total 377.979.192 269.134.874 3.079.048.953 4.238.118.374 3.897.660.640 11.861.942.033

Distribución de las compensaciones del Carbón en el departamento del Cesar

2004 2005 2006 2007 2008 TotalCesar 28.075.426.695 83.127.349.075 100.377.954.799 128.260.222.444 15.116.205.078 354.957.158.091Becerril 1.114.426.576 1.683.915.307 719.254.326 3.517.596.209Chiriguaná 7.866.685.353 30.719.670.220 36.618.479.865 41.332.268.015 6.002.139.501 122.539.242.954El Paso 16.223.964 400.820.704 3.314.595.253 4.110.364.717 1.653.135.898 9.495.140.536La Jagua de Ibirico 13.820.649.385 36.773.249.830 52.120.672.463 64.048.227.966 9.633.781.260 176.396.580.904Tamalameque 31.181.231 53.308.253 4.193.595 88.683.079FNR – Escalonamiento 4.890.339.051 16.654.595.072 14.734.798.568 8.851.235.997 45.130.968.688Corpocesar 242.041.027 280.220.008 1.317.930.500 1.856.015.406 1.504.861.830 5.201.068.771Total 50.052.207.655 156.244.957.141 211.518.654.528 256.030.006.018 43.480.613.890 717.326.439.232

Distribución de las regalías del Carbón en el departamento del Cesar

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Fuente: Unidad de Planeación Minero Energética – UPME. Boletín Estadístico de Minas y Energía

Además de lo anterior, luego de una revisión del contrato con la Drummond, la nación recibió un monto cercano a los 40 millones de dólares por el reajuste de regalías correspondientes a la explotación de carbón en el contrato de la mina de La Loma, en el departamento del Cesar. El reajuste se obtuvo gracias a la suscripción de un otrosí al mencionado contrato, que hace referencia al cálculo de regalías pagadas desde noviembre del año 2000 hasta febrero de 2007, según explicó el Ministerio de Minas y Energía. Transporte La mayor parte de las empresas explotadoras de carbón en el departamento del Cesar han transportado el material en tractomulas que se desplazan por la carretera troncal de la Costa Caribe, desde las minas hasta los puertos en Santa Marta. De acuerdo con las cifras oficiales, cerca de 2.600 de estos vehículos llevan diariamente el carbón por esta vía. Sólo la empresa Drummond transporta el carbón por tren, aunque recientemente, luego de varios problemas, entró a operar el tren de Prodeco. En el tramo La Loma - Puerto Prodeco se realizan viajes con una frecuencia de 19 trenes por día, por sentido, de los cuales 14 pertenecen al operador Drummond y cinco al operador Prodeco. La flota de trenes de Drummond está compuesta por 36 locomotoras y 1.463 vagones de aluminio con acople rotatorio; cada tren consta de 120 góndolas. Hay 193 kilómetros de vía férrea entre la mina Pribbenow y Puerto Drummond Ltd. El volumen de carbón que transporta Drummond en tren ha alcanzado, hasta el momento, más de 22 millones de toneladas por año, lo que equivale a cerca de 61 mil toneladas por día y 4.300 toneladas en cada viaje de tren. El volúmen de carbón transportado en tractomulas, entre las minas en el departamento del Cesar y los puertos en Santa Marta y Ciénaga, alcanzó más de 10 millones de toneladas en el 2007, es decir, cerca de 27.500 toneladas por día. Con la entrada en operación del tren de Prodeco se disminuyó en 500 el número de tractomulas que circulan por esta vía. Embarque En el Distrito de Santa Marta y el municipio de Ciénaga se encuentran los puertos de Carbosan, Prodeco, Drummond y de la Sociedad Portuaria del Rio Cordoba, así: Puerto de Santa Marta – Puerto Zúñiga. Propietario: Prodeco. Localización: bahía de Santa Marta. Profundidad: en el sector de Puerto Zuñiga se encuentra la línea de 20 m a 4 km de la costa. Topografía: en este sector, las pendientes de los terrenos son muy suaves. Usos de la tierra: a menos de un km de Puerto Zúñiga está el aeropuerto de Santa Marta. Hacia el sur se han desarrollado proyectos turísticos y el área fue declarada zona turística mediante la resolución 344 de 1972 y el Acuerdo Municipal 002 de

Carbón en el Cesar 2004 – 2008Regalías Compensaciones Total

Cesar 354.957.158.091 5.704.605.051 360.661.763.142Becerril 3.517.596.209 76.917.491 3.594.513.700Chiriguaná 122.539.242.954 122.539.242.954El Paso 9.495.140.536 16.040.680 9.511.181.216La Jagua 176.396.580.904 886.574.307 177.283.155.211Tamalameque 88.683.079 23.581.829 112.264.908FNR 45.130.968.688 45.130.968.688Corpocesar 5.201.068.771 5.154.222.675 10.355.291.446Total 717.326.439.232 11.861.942.033 729.188.381.265

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1988. Observaciones: existen conflictos por uso de la tierra. La exportación asciende a 5.5 millones de toneladas al año. El carbón es llevado en tren y se carga a través de barcazas de 1.500 toneladas y grúas flotantes que operan a tres kilómetros de la playa.

Puerto de la ciudad de Santa Marta. Se observan las bahías de Santa Marta y Taganga, Punta Betín y el Puerto, en el cual hay un barco fondeado, cargando carbón (barco rojo). Sociedad Portuaria Regional de Santa Marta. Propietario: Carboandes. Localización: bahía de Santa Marta. Profundidad: la línea de 20 m se encuentra a menos de 500 m de la costa. Topografía: en este sector, el terreno es plano rodeado por colinas. Usos de la tierra: se trata de la zona portuaria de la bahía de Santa Marta. Hacia el sur se han desarrollado proyectos

turísticos. Observaciones : hay conflictos por uso de la tierra. Se embarcan 3.5 millones de toneladas al año. El cargue es directo. El carbón es llevado en camiones y acopiado en patios rodeados por mallas.

Puerto de Ciénaga. Propietario: Drummond Ltda. localización: Municipio de Ciénaga en el departamento del Magdalena. Profundidad: la de 20 m se encuentra a nueve km. de la costa, aproximadamente. Topografía: los terrenos son planos en su totalidad. Usos de la tierra: agricultura de sorgo y banano. Observaciones: compatibilidad de usos de la tierra, disponibilidad de ferrocarril, cercanía a las minas del Cesar. Se embarcan aproximadamente 22 millones de toneladas al año. El carbón es llevado en tren y se carga mediante barcazas de 3.000 toneladas y grúas flotantes que operan a seis kilómetros de la playa.

Imágenes de Google donde se muestra el cargue

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de la empresa Drummond Puerto Río Córdoba, Ciénaga. Propietario: Caribe. Localización: municipio de Ciénaga en el departamento del Magdalena. Profundidad: la de 20 m se encuentra a nueve Km. de la costa, aproximadamente. Topografía: los terrenos son planos en su totalidad. Usos de la tierra: agricultura de sorgo y banano. Observaciones: compatibilidad de usos de la tierra, disponibilidad de ferrocarril, cercanía a las minas del Cesar. Se embarca aproximadamente un millón de toneladas al año. El carbón es llevado en camiones y se carga mediante barcazas de 1.500 toneladas y grúas flotantes que operan a ocho kilómetros de la playa. El puerto de Drummond tiene una capacidad actual para recibir y cargar 30 millones de toneladas anuales y un potencial de expansión para llegar hasta 60 millones. CI PRODECO SA solicitó al MAVDT la modificación del plan de manejo ambiental del proyecto, en el sentido de incrementar el volumen de exportación de carbón de ocho a 10 millones de toneladas al año. De 1995 a 2007, Drummond ha transferido más de 540 millones de dólares por concepto de regalías producto de la exportación del carbón. El 10 por ciento de esa suma corresponde al municipio de Ciénaga, el cual debería ser invertido en educación y mejoramiento de los servicios públicos. El monto sobrepasa los 100.000 millones de pesos. La ciudad de Santa Marta recibe regalías, participaciones, compensaciones y escalonamiento de carbón. Las empresas que generan estos recursos son CI Prodeco, Carbones del Caribe, Carbones del Cesar SA, Carbones de La Jagua, Consorcio Minero Unido SA, Carbones de los Andes SA, Carbones del Cerrejón, Norcarbon SA y Carbones del Tesoro. Entre el año 2003 y junio de 2008, la ciudad ha recibido más de 20 mil millones de pesos por estos conceptos, los cuales han sido utilizados en su totalidad para el pago de acreencias y el servicio de la deuda del crédito de saneamiento fiscal. La sola empresa Prodeco le genera a la ciudad regalías anuales por seis mil millones de pesos. Problemas No obstante que este sector representa una posibilidad para que el país sea generador de divisas durante un largo período, el carbón origina grandes problemas en el medio ambiente y la salud humana. Por tal motivo y para asegurar la posibilidad de crear divisas, el sector carbonífero de Colombia debe desarrollar e implementar nuevas tecnologías que permitan hacerlo ambientalmente más apto y más sano. Todas las etapas del manejo del carbón son suceptibles de causar daños e impactar el ambiente y la salud de la población, pero la mayoría de las veces se debe a la poca atención prestada por los operadores en cuanto a su deber de cumplir con las normas, los principios y las obligaciones ambientales. Esto ha llevado al sector, no sólo en la Costa Atlántica sino en todo el país, a tener una deuda ambiental, persistente en el tiempo, que no ha permitido un proceso de desarrollo compensado y sostenible en las diferentes regiones. Impactos negativos de la explotación del carbón. Hace unos años, este sector firmó con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial un convenio de concertación para alcanzar una producción más limpia, el cual busca prevenir y minimizar eficientemente los impactos y riesgos a

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los seres humanos y al medio ambiente, garantizando la protección ambiental, el crecimiento económico, el bienestar social y la competitividad empresarial, a partir de la introdución de la dimensión ambiental en los sectores productivos, como desafío a largo plazo. Minas de carbón en La Jagua de Ibirico

Mina de carbón Cerrolargo La forma como se ha hecho la explotación carbonífera en el departamento del Cesar (a cielo abierto) ha generado grandes transformaciones en el paisaje, principalmente en los municipios de La Jagua de Ibirico, Chiriguaná y El Paso, como se observa en las anteriores fotografías. En la Jagua, las empresas que explotaron el carbón no utilizaron procedimientos amigables con el medio natural: trabajaron en varios frentes sin mayores reparos técnicos, con mal manejo de estériles y sin recuperar las zonas abandonadas, de modo que siempre hubo altos riesgos. Allí funcionaron empresas relativamente pequeñas. Mina de Drummond, La Loma, Cesar

El manejo de la empresa Drummond en El Paso y La Jagua ha sido diferente, a pesar de la magnitud de la mina y la explotación y de su alto impacto paisajístico. Ello se debe a la implementación de tecnologías que le permiten hacer un mejor manejo ambiental. Sin embargo, persisten algunos problemas: en un informe de la Procuraduría se detectó que en los “predios aledaños a la actual explotación de La Loma se observan grandes montañas de estériles que no han sido dispuestas y que con el aire se dispersan en la atmósfera, de modo que llegan finalmente al ganado, a la vegetación, a las fuentes hídricas y hasta son inhaladas por los vecinos de la zona”.

Además de las consecuencias sobre el paisaje, las explotaciones carboníferas a cielo abierto en el Cesar han generado, de forma directa, entre otros, alteración de la dinámica hidráulica de la región, contaminación de las aguas, de los suelos y del aire y afectación de las especies de flora y fauna. Según el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), los problemas en las aguas subteráneas implicarán en el año 2010 una reducción significativa del recurso. Igualmente, la medición de partículas en el aire, en la zona minera, estará muy por encima de los estándares de las normas.

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El MAVDT y demás autoridades ambientales han definido guias, planes de manejo ambiental e instrumentos de producción más limpia para el sector, de manera que se reduzcan o minimicen los impactos que genera la actividad. Sin embargo, no ha sido fácil que las empresas adopten y cumplan con estos instrumentos y obligaciones, lo cual, de manera general, es la principal causa de que se presenten los problemas antes descritos. El Instituto Colombiano de Geología y Minería (Ingeominas) reporta que ha impuesto sanciones administrativas a algunos titulos mineros en el departamento. Por ejemplo, por condiciones de seguridad, en agosto del 2000 ordenó la suspensión de actividades en la mina de la Drummond. A otras empresas también se les ha ordenado la supensión de actividades o impuesto multas. Debido a la acumulación de la problemática ambiental en el departamento, además de la pasividad y falta de gestión de las autoridades locales, en febrero de 2007 el MAVDT asumió temporalmente la competencia de los planes de manejo ambiental, una licencia ambiental y los permisos y autorizaciones para el aprovechamiento de recursos naturales de los proyectos carboníferos que eran competencia de Corpocesar. Desde esa fecha, el ministerio citado ha iniciado 14 procesos de investigación y ha impuesto multas relacionadas con la infracción a las normas de protección ambiental o al manejo y aprovechamiento de recursos naturales renovables (ver siguiente tabla) por valor superior a 4.700 millones de pesos. Por otra parte, se instaló una mesa de trabajo para abordar temas ambientales, laborales, de vías, agropecuarios, sociales y de compensación forestal.

En este periodo, el ministerio declaró la zona como Área Fuente de Contaminación, inició el Programa de Reducción de Emisiones y ratificó e inició una gestión más agresiva del Convenio de Producción Limpia MAVDT – Empresas mineras. Por otra parte, la UPME contrató la evaluación ambiental estratégica de la minería del Cesar. Así mismo, las empresas implicadas desarrollan un plan de reforestación por compensación de 2.600 hectáreas en la serranía del Perijá. Con anterioridad a esta situación, dentro del seguimiento que venía haciendo la Corporación Autónoma del Cesar, se detectaron varios incumplimientos de las empresas carboneras. En el 2006, Drummond no manejaba bien las aguas residuales pues vertía en pozos sépticos y sin permiso alguno las provenientes de la planta turbogeneradora, el volúmen de carga de carbón en los vagones generaba riesgo de dispersión en el trayecto y no se habían colocado barreras vivas en las vías internas y externas. Por su parte, Carbones de La Jagua manejaba mal el material particulado de las vías así como los pits abandonados y el almacenamiento y distribución de combustibles, al tiempo que hacía vertimientos sin tratamiento y

Sanciones interpuestas por el MAVDT a las empresas de carbón en el Cesar

Empresa Monto Motivo FechaDrummond LTD 40.800.000 Incumplimiento PMA 30/06/06

1.694.812.860 Vía sin licencia 09/02/07149.262.500 Incumplimiento PMA 31/08/07216.850.000 Incumplimiento PMA 05/02/08173.480.000 Incumplimiento PMA 11/02/08138.450.000 Embarque mayor 01/07/07

Fenoco 1.329.463.980 Incumplimiento PMA 04/04/07CMU 754.117.560 Incumplimiento PMA 26/06/07Carbones de La Jagua 14.745.800 Incumplimiento PMA 26/09/07

4.511.982.700Fuente: MAVDT

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sin permiso y llevaba a cabo una intervención forestal ilegal. Carbones de los Andes tenía problemas con los canales perimetrales de los centros de acopio y la revegetalización de vías. El Consorcio Minero Unido (CMU) realizaba vertimientos directos en los cuerpos de agua, no tenía en cuenta el manejo adecuado de residuos sólidos y usaba aguas sin la correspondiente concesión. Finalmente, Norcarbón también usaba aguas sin la debida concesión, hacía vertimientos sin autorización, llevaba a cabo emisión atomosférica y un aprovechamiento forestal sin permisos y hacía una disposición final de residuos sólidos no autorzada. En ese mismo año (2006), la Procuraduría General de la Nación detectó que la captación de agua del caño El Uvito, en la estación de Aguas Frias (Chiriguaná), por parte de Prodeco, se hacía de manera ilegal por no contar con ningún permiso. Dentro de las denuncias que se hicieron en la protesta de los habitantes de la Jagua de Ibirico en febrero de 2007, se mencionó el incumplimiento del plan de manejo ambiental de las empresas mineras. Los jagüeros y habitantes de los municipios aledaños comentan con cierta nostalgia que el carbón desplazó todas las actividades agrícolas y pecuarias que se realizaban en la región: “Antes, la gente no vivía del carbón, la gente vivía del arroz, el algodón y la ganadería”. Esto implicó un cambio drástico en la forma de vida de las personas, que ya no producen sino que para satisfacer sus necesidades dependen del empleo, del mercado y del sueldo que puedan percibir. Otra situación traumática en la etapa de explotación es la necesidad de mover los grupos poblacionales asentados en las áreas implicadas para poder realizar la actividad extractiva. La Compañía de Carbones del Cesar SA (Coal Corp), titular de una concesión minera que cubre parte del área donde se encuentra asentada la población de El Hatillo, en El Paso, tiene la necesidad de reasentar la población para explotar la mina. Durante parte del presente año, esta empresa viene realizando los procesos de acercamiento con dicha comunidad con el objeto de lograr los acuerdos necesarios. Asi mismo, en el otorgamiento de la licencia de la mina de El Descanso Norte, el Gobierno estableció la obligación de reubicar a cuatro poblados con aproximadamente 2.500 personas. Impactos de la actividad de transporte El transporte de carbón, según el medio que se utilice, crea impactos sobre el medio ambiente y la población aledaña a las vías o líneas de conducción. De acuerdo con lo observado por la Defensoría del Pueblo, esta fase de la actividad carbonera en la Costa Atlántica es la que en el momento causa mayores consecuencias negativas. La mala disposición del producto dentro de los trailers o en los vagones así como la volatilidad de las partículas de carbón, sumado a las distancias que se deben recorrer entre la mina y los puertos y la velocidad de los vehículos, son causa suficiente de riesgo para que muchas partículas se dispersen en las vías y contaminen el suelo, las aguas y el aire. No obstante las medidas que las empresas deben tomar para manejar estos riesgos, la contaminación por carbón en los corredores viales, principalmente en el aire, afecta la calidad de vida y la salud de los pobladores. Las autoridades competentes (MAVDT, Minminas, Mintransportes) han desarrollado mecanismos que obligan a las empresas a implementar medidas para mitigar estos efectos. Por, ejemplo, la obligación de carpar los camiones, hacer el transporte del producto húmedo y compactado en los vagones, limpiar los carros y los vagones a la salida de la mina y de puerto, entre otras. Sin embargo, las autoridades ambientales han tenido que sancionar algunas empresas por no cumplir con estas normas.

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Con la operación del tren de la empresa Prodeco, de acuerdo con la red de monitoreo, se ha podido constatar que a medida que disminuye el número de camiones baja también la concentración de partículas en el aire. Es notoria la incidencia sobre la calidad del aire en los distintos sitios donde hay parqueaderos de las tractomulas a lo largo de la vía entre La Jagua de Ibirico y Santa Marta. En estos puntos, lotes en tierra, con la entrada y salida constante de los vehículos, se levantan densas nubes de polvo que envuelven parte de la carretera y afectan no sólo a las personas que habitan allí, sino a quienes se deplazan por la vía. Al parecer, no hay controles para mitigar esta situación. Igualmente, una de las situaciones en el transporte de carbón que incide negativamente en el medio ambiente son los atentados al tren de la Drummond llevados a cabo desde el año 2001 por actores armados al márgen de la ley y que causan pérdidas cuantiosas. Desde ese año, se han registrado 29 de ellos, entre los cuales 13 en el año 2001 y 10 en el 20029, nueve sin ningún éxito. Los problemas sociales relacionados con esta actividad han degradado las condiciones de la región; han crecido la prostitución, el comercio informal y la accidentalidad, asociados casi exclusivamente al transporte por carretera. En varios sitios neurálgicos de la vía, por ejemplo en Bosconía y en cercanías del Puerto en Santa Marta, según la versión de autoridades locales y de miembros de la comunidad, ha aumentado la prostitución de niñas de colegio, que salen al paso de las tractomulas para ofrecer sus servicios. Al parecer, las autoridades aún no han identificado de manera clara el problema para tomar las medidas que permitan mitigarlo. Por otra parte, las tractomulas que transportan el carbón de varias empresas hasta Santa Marta provocaron 280 accidentes con 43 muertos en el 2007. Entre el 2006 y el 2007 hubo un incremento del 280% de los fallecimientos por accidentes10 como consecuencia de las 2.600 tractomulas que transitan por la zona. La entrada en operación del tren de Prodeco ayudará a contrarrestar esta situación en tanto sólo estarán circulando entre 700 o mil de las 2.600 que en estos momentos lo hacen. El Gobierno nacional, a través de las diferentes entidades competentes, ha propuesto e iniciado una serie de acciones que pretenden transformar y mejorar el transporte de carbón. Entre las más importantes se destaca la construcción de la segunda calzada desde la Ye de Ciénaga hasta Mamatoco y la de la doble calzada del tren desde La Loma. En el mismo sentido, el MAVDT autorizó la operación de la estación Aguas Frías para transporte en tren, el loop y ramal férreo de las minas Calenturitas, la Francia y El Hatillo (que en su momento reemplazará la estación Aguas Frías) al igual que los loop férreos en los puertos, con el fin de que esta actividad se lleve a cabo netamente por vía férrea. De hecho, el concesionario de esta vía la está cambiando de trocha angosta a trocha doble, lo cual permitirá el transporte de más de 50 millones de toneladas por año. El director del Instituto Nacional de Concesiones (Inco) mencionó en marzo del presente año “la puesta en funcionamiento del tren de doble calzada para el transporte del carbón desde el Cesar a puertos del Atlántico y lo más importante la salida de circulación de 500 tractomulas que disminuirá la accidentalidad en la Troncal de Oriente.” Añadió cómo “Se esta mejorando su capacidad de 22 a 45 millones de toneladas por año y en estos momentos se adelanta la construcción de la doble Línea en el tramo La Loma – Puerto Drummond para incrementar la capacidad a 65 millones de toneladas año”.

9 Drummond en comunicación a la Defensoría del Pueblo. Junio de 2008. 10 Director del Inco, Álvaro José Soto. Rueda de prensa, 2008.

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Por la polémica situación que se generó entre algunos hoteles y la entrada en operación del tren de Prodeco11, El MAVDT exigió a la empresa carbonera la construcción de dos puentes peatonales en el Hotel Decamerón y en Don Jaca y la regularizar de los pasos a nivel existentes, prohibió el transito de trenes entre las 23:00 y las 5:00 del día siguiente, mientras se disminuye el ruido, autorizó el cargue de vagones hasta el 80% hasta que haya medidas de manejo para evitar la caída de carbón así como exigió el estudio de ruido en sectores habitados, el monitoreo de la calidad del agua de la quebrada Don Jaca e instalar una red de calidad del aire. Impactos de la actividad de cargue y embarque En cada puerto se presentan situaciones ambientales que dependen de la forma y la tecnología empleada para la manipulación del carbón, del cumplimiento de las obligaciones ambientales impuestas y de las políticas de buen manejo que cada empresa implementa. Por ello mismo, los procesos que se realizan en los puertos, a medida que utilizan métodos más modernos, disminuyen los impactos negativos. En 1998, cuando la Defensoría del Pueblo realizó un estudio sobre la posible contaminación en los puertos de carbón de Ciénaga y Santa Marta, halló que en el de Santa Marta las deficiencias en el manejo del mineral ocasionaban contaminación atmosférica y se vertían aguas contaminadas a la bahía; también existía contaminación atmosférica en el muelle de Prodeco y se encontraron alteraciones de la zona de playa como también contaminación del aire y del mar en el momento del cargue de los buques. En el caso del puerto de Drummond, había manejos irregulares de las aguas residuales. Los impactos que esto podía tener sobre la salud de la población fue lo que dió origen a la acción de tutela interpuesta por la Defensoría del Pueblo. El fallo de la Corte Suprema de Justicia, confirmado por la Corte Constitucional12, amparó los derechos de las personas afectadas. Por otra parte, tanto los turistas como la comunidad han manifestado de manera reiterada que las playas están sucias con el carbón que el mar arrastra desde los puertos y del sitio de carga de los buques. En especial, tienen en cuenta que se han presentado hundimientos de barcazas cargadas de carbón ya sea por colisión o por condiciones climatológicas. Al respecto, el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de Andreis”, Invemar e Ingeominas realizaron tres estudios mineralógicos y granulométricos de las playas del área de influencia de los puertos, primero en octubre de 2003, luego en octubre de 2005 y finalmente en noviembre de 2005. En el 2003, no se encontró arena; en octubre de 2005, porcentajes muy bajos en carbón inferiores al 1% (del total de la arena) en algunas muestras y solo trazas en otras; y en noviembre de 2005, porcentajes de carbón muy bajos (inferiores al 1%). Las muestras de color oscuro obedecían a los altos contenidos en minerales ferromagnesianos. En el seguimiento que hace el MAVDT, por las razones expuestas, ha impuesto diferentes obligaciones a las empresas para evitar o mitigar daños ambientales. Por ejemplo, a Prodeco se le ordenó en 1998 la suspensión inmediata del cargue de

11 Los empresarios turísticos de El Rodadero y zonas aledañas, han protestado por los impactos que genera la actividad portuaria de carbón sobre el turismo de esta zona, protesta que explotó cuando se dió a conocer que operaría un mega tren hasta el puerto de Prodeco y que este pasaría por la entrada a varios de los hoteles de la zona. En la polémica entre estos sectores tuvo que intervenir el Gobierno nacional. Entre las varias acciones emprendidas, en enero de 2008, un fallo de tutela ordenó la suspensión de las obras para el paso de un mega tren carbonero por el corredor turístico de Santa Marta. 12 Sentencia T-046/99

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carbón mediante el sistema de barcazas, se le impusieron multas y se le llamó la atención. Hubo también sanciones y multas a Carboandes y luego, suspensión de actividades en el 2002 a Carbosan, por incumplimiento de las obligaciones y por hundimiento de una barcaza. Durante los últimos años, el MAVDT ha ordenado algunas medidas a las empresas debido a la violación a las licencias ambientales. Muestra de ello es la siguiente tabla.

De acuerdo con un concepto técnico del citado ministerio, fechado en el 200513, “Las actividades del puerto carbonífero operado por C.I. PRODECO – PRODUCTOS DE COLOMBIA S.A., ubicado en las zonas donde se desarrollan actividades turísticas y se presentan asentamientos poblacionales, a pesar de las medidas de manejo implementadas para su optimización, siguen ocasionando frecuentes molestias a los residentes y empresarios turísticos”. El MAVDT ha solicitado a las empresas Drummond, Carbosan, Prodeco y Sociedad Portuaria de Ciénaga, la implementación y el mejoramiento de las medidas necesarias para mitigar los efectos negativos de la operación del carbón en sus puertos. Entre estas, la implementación de sistemas de cargue directo al buque (Decreto 3083/07), que deben entrar a funcionar a partir del 12 de julio de 2010. Drummond y Prodeco presentaron un diagnóstico de la calidad del aire que señala que los contenidos de carbón en los filtros de monitoreo se encuentran en promedio por debajo del 30% en peso. Predomina el material particulado formado por granos finos de polvo de diversos orígenes y minerales comunes compuestos por arcillas y arenas finas, como cuarzos y feldespatos. Respecto de los fallos judiciales en el tema de estos puertos, la Sentencia No. T-229/93 de la Corte Constitucional14 no amparó la pretensión del derecho de las comunidades vecinas por la contaminación del ambiente originada en el puerto de Prodeco. En la sentencia N° SU - 442/97 de fecha septiembre 16 de 199715, la Corte Constitucional tutela los derechos a la vida, al ambiente sano y a la salud de los tutelantes y ordena al Ministerio del Medio Ambiente que elabore y adopte un proyecto

13 Concepto técnico No. 1802 del 19 de octubre de 2005. MAVDT. 14 Sentencia No. T-229/93, Corte Constitucional. Confirma los fallos que niegan las pretensiones. La Junta de Acción Comunal de la vereda "Don Jaca", y la Asociación Comercial de la Familia, ante el Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta interpone acción de tutela, contra el señor Alcalde Municipal de Santa Marta, el Personero del mismo municipio y el Director de la División de Saneamiento Ambiental de la Secretaría de Salud del Departamento del Magdalena por supuesta omisión en el cumplimiento de sus funciones al no ejercer actividad alguna para impedir que la Sociedad CI PRODECO SA continúe explotando el muelle carbonífero situado en los contornos del aeropuerto Simón Bolivar y del Distrito Histórico y Turístico de Santa Marta, el cual contamina el ambiente en detrimento del derecho que la Constitución le otorga a sus representados en el artículo 79. 15 La Corte Constitucional en sentencia No. SU - 442/97 de septiembre 16 de 1997 resuelve revocar las sentencias proferidas por el Tribunal Contencioso Administrativo de Santa Marta y por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y tutelar los derechos a la vida, al ambiente sano y a la salud de los tutelantes. Dispone, entre otras cosas, recomendar al Ministerio del Medio Ambiente que elabore y adopte un proyecto de control integral al manejo del carbón, desde su extracción en las minas hasta el cargue del mismo en los puertos.

Medidas interpuestas por el MAVDT a las empresas de carbón en el Cesar

Empresa Medida FechaDrummond LTD

01/10/06Sociedad Portuaria de Ciénaga

01/03/06

Fuente: MAVDT

Estudio impactos por operación puerto por manejo de mayor volúmen al autorizadoSuspensión actividades de almacenamiento y remanejo de carbón en zona de volcadoresImplementar sistema de humectación en zona de volcadores

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de control integral del manejo del carbón. En la sentencia T-046/99 (Defensoría del Pueblo) de enero 29 de 199916, la Corte tuteló el derecho a gozar de un ambiente sano y el derecho a la salud de los habitantes afectados por la manipulación de carbón en los puertos y ordenó a Corpamag trazar un cronograma y evaluar el cumplimiento del control de la contaminación en los puertos de carbón de Prodeco y Carboandes. Nuevos puertos y cargue directo Debido a la disputa con el sector turístico, el Gobierno nacional dispuso que a partir del 2013 Santa Marta dejará de ser un puerto carbonero y Prodeco, con los 6.000 millones de pesos al año en regalías, debe irse a Ciénaga, donde tiene su puerto la empresa Drummond. Además de la decisión de no renovar la licencia a Prodeco en Santa Marta, el Gobierno tomó otras medidas para contrarrestar la contaminación: desde el 2010 quedará prohibido el transporte en barcazas y el cargue del mineral a los buques debe hacerse de manera directa. Respecto de la exigencia de cargue directo, la empresa Drummond manifestó públicamente sus inquietudes, pero presentó al Gobierno nacional un proyecto para este tipo de cargue así como la ampliación de la capacidad del puerto. Se está a la espera de la respuesta. Otras empresas también remitieron al MAVDT estudios conceptuales para la expansión de los puertos existentes en Santa Marta y Ciénaga, tendientes a implementar el sistema de cargue directo. Puerto Nuevo, en Ciénaga, es una iniciativa gubernamental relativa a un terminal integrado de transporte de carbón entre los puertos de Drummond y Río Córdoba, con capacidad para embarcar inicialmente 30 millones de toneladas al año y luego 60 millones, mediante el cargue directo. El Inco solicitó términos de referencia al MAVDT para elaborar el Diagnóstico Ambiental de Alternativas y el Estudio de Impacto Ambiental de Puerto Papare. La idea del Gobierno es que la ciudad de Ciénaga soporte el peso de la exportación de carbón, pero que no tenga problemas ambientales. Al respecto, es necesario que las autoridades exijan o realicen un estudio muy serio sobre las consecuencias que puede traer el dragado del fondo marino para permitir el ingreso de barcos de alto tonelaje hasta el puerto. Las empresas que operan los puertos hacen reparos a la falta de claridad del Gobierno nacional en el tema portuario. Varias de ellas, recientemente han hecho cuantiosas inversiones con el objeto de adaptar los puertos a las exigencias para embarcar carbón, caso de la Sociedad Portuaria de Santa Marta y de Prodeco, pero argumentan que, con las nuevas reglas, sus puertos de carbón sólo operarán unos pocos años más. Respecto de la relación laboral, Drummond vincula de forma directa e indirecta a más de 15 mil personas, de las cuales, según administraciones municipales anteriores, sólo el 8% es de la región, y llaman a la gente de La Jagua apenas para trabajos de limpieza o recolección de carbón. Los trabajadores de la empresa mencionada realizaron un paro laboral en el mes de julio del presente año por no llegar a acuerdos respecto de las pretensiones que

16 En la sentencia T-046/99, la Corte Constitucional resuelve confirmar la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 2 de septiembre de 1.998, adicionándola en el sentido de que a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena (Corpamag) le corresponderá trazar un cronograma y evaluar autónomamente su cumplimiento, conforme a lo expuesto en la parte motiva, con el fin de que sea efectivo el control de la contaminación en dicha zona, para lo cual los gastos que se ocasionen estarán a cargo de CI PRODECO SA. (Tutela Defensoría).

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habían planteado, segunda vez que tal situación ocurría, ya que entre mayo y junio del año 2006 hubo por la misma causa 31 días de cese de actividades. En relación con la demanda contra la Drummond en julio de 2007 por su presunta complicidad en ataques a líderes de la región que implicaron el asesinato de tres sindicalistas a manos de grupos paramilitares en el Cesar, el Tribunal de Alabama absolvió de toda responsabilidad a la empresa carbonera. El fallo fue apelado y no ha sido resuelto. Por último, la misma empresa reportó el hallazgo de gas suficiente para abastecer la demanda del país durante los próximos ocho años. El yacimiento está situado en los mantos de carbón de la mina La Loma, en el departamento de Cesar. Hubo suscripción de contrato con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), actualmente en exploración para definir su viabilidad y luego proceder a la etapa de producción.

B. Afectación de los derechos de las comunidades Vulneración del derecho a gozar de un ambiente sano y del equilibrio ecológico. Las graves consecuencias ambientales que ha traído la actividad de extracción de carbón se manifiestan sobre todo en la calidad del aire de la región y del recurso hídrico de varios cuerpos de agua así como el cambio abrupto del paisaje. El MAVDT y las otras autoridades ambientales vienen en un proceso lento de exigir un mejor manejo de la actividad para minimizar los impactos. Algunas empresas, como Drummond, iniciaron hace tiempo grandes reconversiones tecnológicas que permiten hacer más amigable la explotación. Se espera que las nuevas empresas organicen mejor los frentes de exoplotación de carbón en el Cesar y manejen adecuadamente los impactos, sin afectar los recursos naturales. El transporte de carbón crea contaminación del aire por dispersión de partículas, las cuales se aprecian en algunos sectores de las vías por donde pasan los vehículos cargados. Estas partículas llegan por escorrentía a los cuerpos de agua. El impacto se considera de bajo efecto dadas las medidas que las autoridades han exigido a las empresas. El escape de partículas de carbón es más frecuente en las tractomulas que en el tren, no obstante haber sido afectado este último por atentados terroristas que causaron volcamientos y derrame de gran cantidad de mineral. La calidad del aire en las zonas de parqueo de los camiones que transportan carbón, que son numerosos a lo largo de la carretera que va de la Jagua de Ibirico a Santa Marta, está muy afectada por las partículas de polvo que se levantan con la operación de los vehículos e impacta significativamente a los grupos poblacionales expuestos. En el tema portuario, los impactos ambientales del manejo del carbón ha sido parte de la causa del malestar en otros sectores de la productividad del departamento, principalmente el sector turístico y hotelero. Los esfuerzos de las empresas y de las autoridades ambientales permiten disminuir a niveles bajos la contaminación pero, a pesar de ello, el carbón y el turismo de Santa Marta no encuentran forma de desarrollarse de forma paralela. En detrimento de los recursos que percibe la ciudad por el carbón, el Gobierno decidió que a partir del año 2013 Santa Marta no será puerto carbonero. En tal sentido, se propuso la construcción de un puerto para embarque de carbón en la ciudad de Ciénaga. Empresas como Drummond, que manifestaron no estar de acuerdo con la medida de cargue directo, proponen ampliar su puerto y adecuarlo a las nuevas exigencias. El Gobierno no ha manifestado si decide autorizar a esta empresa o concentrar toda la actividad en el puerto propuesto.

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La manipulación del carbón en los puertos ha causado contaminación del aire, de las playas y de la zona marina. Esto afecta a las comunidades vecinas y a los pescadores que hacen su faena en sectores cercanos a los sitios de operación del cargue de buques. Por descuido y mala operación, se han causado derrames de aceites y combustibles en el mar o en las playas. La situación ha dado origen a varias acciones judiciales por parte de los afectados contra las empresas y las autoridades. En cumplimiento de los fallos judiciales y de las exigencias de las autoridades ambientales, paulatinamente las empresas han realizado cambios en la tecnología y en el manejo de la actividad portuaria, como el caso de Prodeco y Carboandes, este último ahora Carbosan, quienes han disminuido los impactos de manera significativa. Se espera que con las medidas adoptadas por el Gobierno nacional, los problemas que ocasiona el embarque de carbón se disminuyan considerablemente y esta fase de la manipulación sea ejecutada de acuerdo con las nuevas tecnologías. Vulneración del derecho a la seguridad alimentaria. En el departamento del Cesar, la minería pasó de representar el 8% del PIB en 1990 al 34% en 2005, mientras que el sector agropecuario redujo su participación del 45% al 24% en el mismo período17. Esto significa que en los muncipios carboneros del departamento la actividad agrícola y pecuaria fue desplazada por la actividad minera, lo cual cambia la dinámica y las costumbres de la poblacion. Los sectores más pobres son los más afectados con este cambio, porque no tienen fácil acceso a los recursos económicos para adquirir los productos de supervivencia que antes podían producir. Además, la actividad minera despertó en la región expectativas de crecimiento económico y causó el incremento del costo de los artículos básicos de consumo. La explotación, transporte y embarque de carbón, que es fuente de mayores recursos económicos que los que crea la producción agropecuaria, ha dejado rezagada una gran parte de la población en estos departamentos, pues ahora tienen baja capacidad para adquirir los productos necesarios para su supervivencia. Vulneración del derecho a la salud y la salubridad pública. Las emisiones atmosféricas del polvillo que se desprende de la manipulación del carbón en las minas, en el transporte y en los puertos, ha afectado la salud de la población vecina a estos lugares. Lo cual, como ha sido dicho, obligó a las personas a utilizar mecanismo jurídicos para su protección. Los trabajadores denuncian que los índices de enfermedades profesionales y de accidentes laborales son altos, pero que se ocultan las cifras. En la población de Sevilla, en donde pasa el tren por la mitad del pueblo, 202 familias (96% de la población) están afectadas por enfermedades relacionadas con la contaminación del aire, sus casas están averiadas y el realce de la vía férrea genera inundaciones. La situación ha cambiado, principalmente en los puertos, donde se han tomado medidas contundentes para mitigar y controlar estas emisiones. Se espera que en las minas y en el transporte suceda lo mismo en corto tiempo, cuando entren a operar los nuevos sistemas de manejo. Un riesgo alto sobre la salud y la vida son los accidentes que causan las tractomulas que transportan el carbón desde el Cesar hasta los puertos en el Magdalena. Las

17 Fuente DANE en artículo de Internet.

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estadísticas de aumento del número de accidentes y de muertos por esta causa se han multiplicado en los últimos años. Se espera que con la operación del tren por parte de Prodeco y de las demás empresas que en la actualidad utilizan camiones, haya una dismunición de esta problemática. El transporte del carbón en tractomulas se convirtió en el procedimiento que más impactos está ocasionando dentro de la manipulación del mineral, no tanto desde el punto de vista ambiental, toda vez que la contaminación es mucho menor que la generada en las minas, sino desde el punto de vista social, debido a la forma como las comunidades a lo largo de la vía han cambiado sus valores para adaptarse a las necesidades de los transportadores. Este impacto, que aparentemente se invisibilizó ante las autoridades, tiene efectos muy negativos principalmente en la población joven. La prostitución de muchas niñas en edad escolar de los diferentes pueblos y caseríos por donde pasan los camiones se ha convertido en una forma de sobrevivir. El hecho de que los municipios tengan deficiencias en cuanto al saneamiento básico afecta la salud y la salubridad de los pobladores, máxime cuando han contado con los recursos suficientes para invertir en su mejoramiento. Los pobladores de Don Jaca se quejan precisamente de que han vivido al lado de Prodeco pero no disfrutan de salubridad esencial. Vulneración del derecho a la moralidad administrativa. Se puede decir que los municipios del Cesar y del Magdalena que tienen que ver de alguna manera con el carbón “tienen muchas necesidades aunque tienen mucha plata”. Es claro para la Defensoría del Pueblo que la poca gestión en estos entes territoriales no ha sido por falta de recursos económicos. Los municipios de Chiriguaná, El Paso y la Jagua de Ibirico tienen cobertura preescolar superior al promedio nacional; sin embargo, no alcanzan la cobertura mínima de ley (90%). En cobertura de primaria, además de estar por debajo del promedio nacional, están por debajo de otros municipios del departamento. La diferencia es mayor en cobertura en secundaria: tan sólo cerca del 40%18. En cuanto al tema de mortalidad infantil, los municipios beneficiarios de regalías no han mostrado avances significativos desde 1998. La tasa de mortalidad en menores de un año en la Jagua dobla la del país, en el 2001 fue de 40 a 20. El promedio de los estudiantes en las pruebas del Icfes está entre 2 y 5 puntos por debajo del nacional, según un estudio de Naciones Unidas. Respecto de la cobertura en acueducto, los municipios de El Paso y la Jagua de Ibirico mostraron una mayor cobertura que el resto de los municipios del Cesar, con un cubrimiento del 88 y 80%, respectivamente. Sin embargo, al igual que en el orden departamental, la calidad del agua suministrada no cumple con los requerimientos de calidad. Chiriguaná tiene menor cobertura pero el agua tampoco cumple con la calidad. De los 24 municipios del Cesar, 16 están incluidos en el plan departamental de agua y 8 están por fuera. Entre estos últimos se encuentran los municipios de Chiriguaná y La Jagua de Ibirico, que aprobaron la pignoración de los recursos para agua potable pero no aprobaron la integración a la empresa regional de operación, requisito fundamental para integrar el plan departamental de agua19. En cubrimiento de alcantarillado, El Paso posee cobertura menor que la reportada en el orden departamental, mientras que la Jagua de Ibirico presenta una cobertura mayor que la del departamento.

18 Cuadernos PNUD: Impacto de las regalías del carbón. Regalia01.p65 45 03/10/2005, 19:35. 19 Consejo Comunal No 2 5. La Jagua de Ibirico, Cesar. Marzo 10 de 2007.

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Después de la movilización de los habitantes de la Jagua de Ibirico a comienzos del año 2007, ha salido a la luz pública la inmensa corrupción que aqueja al municipio. El Vicepresidente de la República, Francisco Santos, calificó a la Jagua como "el municipio más corrupto del país". Muestra de eso es que aunque el pueblo recibió unos 100 mil millones de pesos por regalías entre 1997 y 2003, no tiene agua potable. El actual Gobernador de Cesar dijo de la Jagua que “la comunidad no tiene agua, no tiene alcantarillado, no tiene buenos colegios ni buenas vías, la comunidad está inmersa en una cantidad de situaciones de indolencia que genera un inconformismo permanente”. La Contraloría General de la República, en desarrollo de la rendición de cuentas que realizó el 18 de abril de 2007 en el mencionado municipio, encontró inconsistencias en el dinero recibido, proyectos fuera del plan de desarrollo, una educación mediocre, un déficit económico y sobrefacturación en las compras. Por lo descrito, desde mediados del año 2006, el Gobierno congeló sus regalías, cifra que en ocho meses alcanzó cerca de 40.000 millones de pesos. La Jagua recibe tres de cada 10 pesos que llegan al Cesar por este concepto. La descongelación de las regalías se podrá hacer de conformidad con el plan de desempeño que presente el municipio, donde queden identificados claramente los usos que dará tanto a los recursos que serán descongelados como los que reciba en la vigencia actual. Se definieron cinco estrategias para la elaboración de este plan20. La actual administración municipal se queja, sin embargo, de que el descongelamiento de las regalías no ha sido ágil. En diciembre de 2007, los habitantes volvieron a manifestarse y denunciaron que el mejoramiento de las vías, la utilización de mano de obra de la región en la actividad minera y la compensación ambiental así como agua potable para la localidad aún son promesas incumplidas. Pero el problema no sólo es de La Jagua. En un informe de la Contraloría General de la República del año 2004 se encontró que del total de las regalías recibidas por la gobernación departamental durante el período 1998 – 2002 sólo una cuarta parte se destinó a los sectores básicos señalados por la legislación vigente, aún cuando los indicadores de coberturas mínimas requeridos no se habían alcanzado. El DNP señaló que el municipio de El Paso incumple con la destinación obligatoria para coberturas mínimas (vigencias de 2003 y 2004), con la interventoría técnica - operación y con la puesta en marcha de proyectos financiados con regalías21. En la tabla siguiente se hace un resúmen de como han sido invertidas las regalías directas en el departamento del Cesar y algunos de sus municipios. Gastos de las regalías directas años 2003 – 2004 -2005

Gastos 2003 % 2004 % 2005 %

Departamento Inversión neta 57,74 44,27 100.00

20 Conclusiones del Consejo Comunal No 2 5. La Jagua de Ibirico, Cesar. Marzo 10 de 2007. Se presentó el proyecto de Ley de Ahorro de Regalías con el que se pretende que, a título de los municipios, se realice un ahorro financiero para el apalancamiento de créditos para proyectos de desarrollo. La Directora de Regalías asistirá a las sesiones del Concejo Municipal, que serán abiertas a la comunidad, para que lo que se apruebe cuente con el apoyo comunitario y sea aprobado por el Departamento Nacional de Planeación El Departamento Nacional de Planeación (DNP) instalará una mesa de trabajo con la gobernación, los alcaldes y la comunidad para desarrollar el plan de largo plazo de inversión de regalías. 21 Resolución 1808, diciembre 26 de 2007, DNP.

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Otras inversiones 32,44 55,73

Interventoría

Funcionamiento 9,82

Becerril Desorden administrativo

Chiriguaná Inversión neta 57,69 28,54

Otras inversiones 42,31 71,46

El Paso Inversión neta 64,70

Otras inversiones 30,64 100

Interventoría 0,34

Funcionamiento 4,33

La Jagua de Ibirico

Inversión neta 34,56 43,32

Otras inversiones 58,97 54,15

Funcionamiento 6,46 2,53

Tamalameque No suministra información Fuente: DNP. Interventoría Administrativa y Financiera (IAF) de las inversiones y gastos financiados con recursos de regalías directas. El Fondo Nacional de Regalías ha financiado proyectos en el Cesar por valor de 14.700 millones de pesos entre los años 2003 – 2007. De ellos, cerca del 44% se ha destinado a la ampliación de la cobertura escolar en Valledupar y Aguachica. Corpocesar ha inverido más de 3.100 millones de pesos de recursos de las regalías en convenios con diferentes instancias para ejecutar proyectos de manejo ambiental (Ideam, MAVDT, municipios), pero no se tiene el reporte de las inversiones totales de estas. Vulneración del derecho de los usuarios de los servicios públicos y amenaza sobre los económicos, sociales y culturales. De lo expuesto en el capítulo anterior se desprende que las administraciones de varios municipios carboneros y del departamento han vulnerado el derecho a una prestación eficiente de los servicios públicos en salud, educación, acueducto, alcantarillado y saneamiento básico de sus habitantes. Quinto. NORMAS VINCULADAS CON EL OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN. Instrumentos Internacionales:

1. Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano. Estocolmo, 5 al 16 de junio de 1972.

Tiene como propósito impulsar en la comunidad internacional la preocupación por regular el medio ambiente a través del establecimiento de principios comunes a todos los pueblos del mundo que sirven como guía e inspiración para preservarlo y mejorarlo “en beneficio del hombre y su posteridad". Dispone que “los recursos naturales de la tierra y especialmente muestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una cuidadosa planificación u ordenación, según convenga”.

2. Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, reunida en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992. Su intención fue la de alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja

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la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial. La declaración parte de varios principios como que “los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible”; “todos tenemos derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza”; "con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la falta de una certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente" (Desarrollo sostenible).

3. Convenio sobre Diversidad Biológica.

Celebrado en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992, ratificado por Colombia e incorporado a la legislación nacional a través de la Ley 165 de 1994. Se pretende avanzar y promover la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos.

4. Declaración de Nairobi, del 18 de mayo de 1982.

Refuerza la preocupación mundial por el estado de los recursos naturales y la necesidad de avanzar en los procesos iniciados por los Estados Parte para recuperarlo y protegerlo. Reitera que es preferible prevenir los daños al medio ambiente que acometer después la engorrosa y cara labor de repararlos.

5. Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular África.

Efectuada en París el diecisiete (17) de junio 1994, aprobada por Colombia mediante la Ley 461 de 1998. Esta Convención establece, entre otras obligaciones, la conservación y utilización sostenible de la biodiversidad, de conformidad con las disposiciones de la Convención sobre la Diversidad Biológica.

6. Cumbre Mundial de Johannesburgo sobre Desarrollo Sostenible. Celebrada entre el 24 de agosto y el 4 de septiembre de 2002.

El agua fue uno de los cinco grandes temas que fueron tratados. Se formularon distintas propuestas y compromisos significativos sobre formas de movilizar los recursos financieros internacionales y nacionales para la infraestructura y los servicios de agua y saneamiento, la transferencia de tecnología y el fomento de las capacidades de las poblaciones locales, la mejora de la eficiencia en la utilización de los recursos hídricos y la adopción de mecanismos para equilibrar la conservación de los humedales con las necesidades domésticas del hombre, la industria y la agricultura.

7. Observación General Nº 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas.

Los tres elementos fundamentales del contenido del derecho de agua potable se refieren a su disponibilidad, acceso y calidad. Teniendo en cuenta que los servicios públicos domiciliarios constituyen uno de los medios para alcanzar la efectiva realización de este derecho, el Estado debe utilizar todos los instrumentos de intervención así como los mecanismos necesarios para ello. Marco constitucional Sentencias de la Corte Constitucional.

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C-567 de 1995. El Estado es el propietario de los recursos de regalías, las entidades territoriales tan sólo tienen un derecho a participar de los mismos en los términos que indique el legislador. Así mismo, las regalías son rentas del Estado y no de la nación. SU - 442/97 de septiembre 16 de 1997. Tutela los derechos a la vida, al ambiente sano y a la salud y ordena al Ministerio del Medio Ambiente que elabore y adopte un proyecto de control integral al manejo del carbón. T-046/99 de enero 29 de 1999 (Actor: Defensoría del Pueblo). Se tuteló el derecho a gozar de un ambiente sano y el derecho a la salud de los habitantes afectados por la manipulación de carbón en los puertos y ordenó a Corpamag trazar un cronograma y evaluar el cumplimiento del control de la contaminación en los puertos de carbón de Prodeco y Carboandes. C-722 de 1999. La Comisión Nacional de Regalías es la entidad encargada de administrar el Fondo Nacional de Regalías. En desarrollo de lo dispuesto por el artículo 52 del Decreto 195 de 2004, debe entenderse en la actualidad la referencia de la Comisión Nacional de Regalías al Departamento Nacional de Planeación. C-1160 de 2000. La Comisión Nacional de Regalías (actualmente el Departamento Nacional de Planeación) es la entidad competente para controlar y vigilar el uso correcto de los recursos de regalías, ordenando la suspensión y el levantamiento de los giros, aprobando proyectos y practicando visitas, entre otras funciones. C-427 de 2002. Las entidades territoriales no tienen derecho de propiedad sobre los recursos de regalías, ya que tan sólo se les reconoce un derecho de participación sobre los mismos. C-938 de 2003. La función de control y vigilancia desarrollada por la Comisión Nacional de Regalías (hoy el Departamento Nacional de Planeación) es sustancialmente diferente al control fiscal que realiza la Contraloría General de la República, pues las competencias de la Comisión es una de las formas de intervención del Estado en la economía. C-781 de 2007 Se permite realizar al Departamento Nacional de Planeación la suspensión de giros de regalías directas y de recursos del Fondo Nacional de Regalías, así como efectuar el cambio de ejecutor, siempre y cuando se garantice el debido proceso en dichas actuaciones. Marco legal Ley 23 de 1973. Su propósito es prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y buscar el mejoramiento, conservación y restauración de los recursos naturales renovables, para defender la salud y el bienestar de todos los habitantes del territorio nacional. Define responsabilidades por daño ambiental. Decreto 2811 de 1974 –Código de Recursos Naturales. El artículo 1º dice que la preservación y manejo de las aguas son de utilidad pública e interés social. El Código regula la utilización del recurso agua así como el uso y regulación de los suelos y de los residuos, basuras, desechos y desperdicios, entre

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otros aspectos. Ley 09 de 1979 –Código sanitario. Por medio de esta ley se dictan normas sanitarias sobre protección del ambiente y control sanitario de los usos, suministro y potabilización del agua; los residuos sólidos y líquidos y la disposición de excretas, entre otros temas. Ley 99 de 1993. Establece una serie de directrices sobre el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, entre ellos el agua, aire y suelos. Consagra el concepto de desarrollo sostenible, el principio de precaución y los trámites encaminados al otorgamiento de autorizaciones, permisos, concesiones y licencias ambientales para el uso de los citados recursos así como las sanciones y multas por el incumplimiento de las normas ambientales. De otro lado, regula los instrumentos financieros para la gestión ambiental, entre los cuales se encuentran las tasas retributivas y compensatorias por la utilización directa o indirecta de los recursos de agua y suelo. Ley 141 de 1994. - Crea el Fondo Nacional de Regalías. - Instaura la Comisión Nacional de Regalías. - Establece el derecho del Estado por la explotación de los recursos naturales no renovables. − Señala las reglas para la liquidación, distribución y uso de regalías. Decreto 948 de 1995, del Ministerio del Medio Ambiente. Reglamenta todo lo relacionado con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire. Ley 388 de 1.997. Propende, entre otros aspectos relacionados, por el establecimiento de los mecanismos que permitan al municipio, en ejercicio de su autonomía, promover el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, así como la ejecución de acciones urbanísticas eficientes. Ley 472 de 1998 – Acciones Populares y de Grupo. Regula lo referente a las acciones populares y las acciones de grupo, orientadas a garantizar la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos, entre ellos el goce de un ambiente sano, la salubridad pública, el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública, a la moralidad administrativa y el acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna. Ley 633 de 2000 (artículo 133). Autorizó por una sola vez a las entidades territoriales productoras y al Fondo Nacional de Regalías (FNR) a disponer de los recursos ahorrados en el FAEP para el pago de deuda pública. Ley 685 de agosto 15 de 2001. Por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones. Ley 756 de 2002. - Modifica la Ley 141 de 1994. - Define porcentajes variables para el pago de las regalías de hidrocarburos. - Establece el pago de una regalía adicional para los contratos revertidos a favor de la nación después de 1994. - Dispone una variación de la distribución de las regalías para los primeros 50.000 barriles de promedio diario de hidrocarburos.

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Ley 781 de 2002 (artículo 13). − Establece reglas de uso de los saldos de los recursos del FAEP no utilizados en el

pago de la deuda pública autorizada en el artículo 133 de la Ley 633 de 2000. Ley 858 de 2003. Señala la destinación y los ejecutores de los recursos del FNR asignados a la promoción de la minería. Ley 863 de 2003.

Dispone la destinación del 50% de los recursos del FNR y el 5% de las regalías directas para el FONPET.

Decreto 195 de 2004. Radica las funciones de control y vigilancia de la correcta ejecución de los recursos de regalías al Departamento Nacional de Planeación (DNP). Decreto 2245. Enero 7 de 2005. Reglamenta la distribución de los recursos de reasignación de regalías y compensaciones (escalonamiento) provenientes de la explotación de carbón. Decreto 1600 de 2006. Establece la distribución de los recursos de escalonamiento de hidrocarburos. Ley 1151 de 2007 (artículos 116 a 121). Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, “Estado Comunitario: Desarrollo para Todos”. Decreto 3083 de agosto 15 de 2007. Implementación de sistemas de cargue directo de carbón a los buques. Debe entrar a funcionar a partir del 12 de julio de 2010. Decreto 416 de 2007. - Reglamenta parcialmente las Leyes 141 de 1994, 756 y 781 de 2002. - Establece las causales para la suspensión preventiva y correctiva de giros de regalías. - Reforma el procedimiento administrativo preventivo y correctivo. − Establece las medidas preventivas y correctivas aplicables. Decreto 4192 de 2007. Reglamenta parcialmente las Leyes 141 de 1994, 756 y 781 de 2002. Sexto. CONCLUSIONES El carbón es una realidad y fuente de recursos para el país y para los departamentos del Magdalena y el Cesar. Se espera exportar por estos puertos más de 50 millones de toneladas por año en un futuro muy próximo. El carbón es un actividad con alto grado de consecuencias ambientales, que históricamente se han presentado debido al poco cuidado y a los malos manejos que hacían las empresas explotadoras. Hay una gran deuda ambiental con la Jagua de Ibirico, donde se ha extraido carbón por más de treinta años sin ningún tipo de compensación ambiental ni social. Los graves impactos ambientales que ha generado la actividad de extracción de carbón se manifiestan principalmente en la calidad del aire de la región, la calidad

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del recurso hídrico de varios cuerpos de agua y el cambio abrupto del paisaje. El MAVDT y las demás autoridades ambientales vienen en un proceso lento de exigir a las empresas un mejor manejo de la actividad y desarrollar los mecanismos que permitan minimizar las consecuencias. Las empresas se encuentran realizando reconversiones tecnológicas que les permitirán lograr un mejor manejo de sus procesos para minimizar los impactos y hacer más amigable la explotación de carbón. Las multinacionales del carbón que han llegado a la zona de La Jagua, han anunciado que operarán los frentes de explotación de carbón de forma adecuada para reducir la contaminación y no afectar el paisaje ni los recursos naturales de la región. Gran parte del problema de la contaminación por la explotación del carbón se ha debido a que las empresas no son cuidadosas y estrictas con el cumplimiento de las obligaciones ambientales que las autoridades imponen, lo cual es el resultado de la adopción o no de políticas institucionales de producción más amigable con el medio ambiente. Por las actuales evidencias, el transporte del carbón en tractomulas se convirtió en el procedimiento que más consecuencias está ocasionando dentro de la manipulación del carbón, no tanto desde el punto de vista ambiental, toda vez que la contaminación es mucho menor que la generada en las mimas, sino desde el punto de vista social, debido a la forma como las comunidades a lo largo de la vía han cambiado sus valores para adaptarse a las necesidades de los transportadores. Este impacto, invisibilizado ante las autoridades, tiene efectos muy negativos principalmente en las poblaciones jóvenes de estos departamentos. Las medidas adoptadas por el Gobierno nacional para que el transporte del carbón se realice utilizando el tren, permitirán progresivamente disminuir los impactos a medida que entre en operación este sistema. Las consecuenciass ambientales que trae el manejo del carbón en los puertos ha sido una de las causas de inconformidad en el sector turístico y hotelero en Santa Marta. El carbón y el turismo de Santa Marta no encontraron la manera de desarrollarse de forma paralela; por lo tanto, la ciudad de Santa Marta no será puerto carbonero a partir del año 2013. El Gobierno nacional propone unificar el embarque de carbón en la ciudad de Ciénaga y para ello plantea la construcción de un puerto con capacidad final de 60 millones de toneladas año. Desde el año 2010, el cargue de los buques carboneros se hará exclusivamente mediante el cargue directo, es decir, sin la utilización de barcazas, remolcadores y grúas en altamar. La empresa Drummond manifestó no estar de acuerdo con la medida de cargue directo, pero igualmente se acoge a la medida y propone ampliar su puerto y adecuarlo a las nuevas exigencias. Con las medidas adoptadas por el Gobierno nacional, los problemas que genera la explotación, transporte y embarque de carbón se disminuirán considerablemente, sin importar el aumento de los volúmenes de explotación.

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Se puede decir que los diferentes fallos judiciales que ordenan medidas para mitigar o evitar impactos y respetar los derechos de los habitantes afectados por la manipulación del carbón, se han venido cumpliendo, aunque de manera lenta, y sus repercusiones serán notorias más adelante. Los municipios del Cesar y del Magdalena que tienen que ver de alguna manera con el carbón “tienen muchas necesidades aunque tienen mucha plata”. El monto de las regalías directas y las compensaciones por carbón que han recibido el departamento y los municipios del Cesar en el periodo 2004 – 2008 alcanza los 728 mil millones de pesos. De estos, 359 mil millones corresponden al departamento, 176 mil millones a La Jagua de Ibirico y 122 mil millones a Chiriguaná, que son los más beneficiados. Los municipios de Chiriguaná, El Paso y La Jagua de Ibirico, de manera general, tienen coberturas en educación, salud y servicios públicos por debajo del promedio nacional e incluso menores que otros municipiso del departamento que no reciben regalías. No alcanzan los mínimos exigidos en las normas. La calidad del agua para consumo humano suministrada en estos municipios no cumple con los requerimientos de las normas sobre la materia. Por ello, es claro para la Defensoría del Pueblo que la poca gestión de la gobernación y de los municipios para avanzar en estos aspectos no ha tenido como causa la falta de recursos económicos. Como ha sido denunciado desde la Vicepresidencia de la República y otros entes de control, el problema se debe a la inmensa corrupción que aqueja a estos municipios, principalmente a La Jagua de Ibirico. La Contraloría General de la República, en desarrollo de la rendición de cuentas que realizó el 18 de abril de 2007 en el municipio de La Jagua de Ibirico, encontró inconsistencias en el dinero recibido, proyectos fuera del plan de desarrollo, una educación mediocre, un déficit económico y sobrefacturación en las compras. Igualmente, la Contraloría General de la República detectó deficiencias en la inversión de las regalías por parte de la gobernación departamental durante el período 1998 – 2002. El Departamento Nacional de Planeación (DNP) en un informe de seguimiento de las vigencias 2003 y 2004 encontró que el municipio de El Paso incumple con la destinación obligatoria a coberturas mínimas, con la interventoría técnica - operación y con la puesta en marcha de proyectos financiados con regalías. La situación llevó a los habitantes de La Jagua de Ibirico a protestar a comienzos del año 2007 contra las autoridades municipales. El Gobierno nacional intervino pero los habitantes volvieron a denunciar en diciembre de 2007 que las promesas no se habían cumplido. La empresa Drummond ha tenido inconvenientes en las relaciones laborales con sus trabajadores, toda vez que se han presentado en los últimos tres años dos huelgas, la última de ellas vigente en el momento. Además del incremento de la producción de carbón, Drummond reportó el hallazgo, en los mantos de carbón de la Mina de La Loma, de gas suficiente para abastecer la demanda del país durante por lo menos ocho años.

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RESUELVE: Primero. EXHORTAR a los ministerios de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Transportes y Minas y Energía para acelerar el proceso de reorganización del sector carbonero en el Cesar y Magdalena para hacer efectivos los derechos de los habitantes de las zonas de influencia que han sido afectados históricamente por los impactos del carbón. Segundo. DEMANDAR de las empresas que explotan el recurso, de los transportadores de carbón y de las empresas que operan los puertos, la implementación de políticas y estándares con altos niveles para el manejo y estricto cumplimiento de las normas ambientales del sector. Tercero. URGIR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar), a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena (Corpamag) y a las empresas que explotan carbón en el departamento del Cesar, que implementen y ejecuten los programas y procedimientos para la recuperación y manejo ambiental del área afectada por los impactos y la contaminación ambiental que ha dejado hasta ahora la extracción y transporte de carbón. Cuarto. RECOMENDAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena (Corpamag) y a la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar) que continúen haciendo seguimietno estricto al cumplimiento de las obligaciones ambientales impuestas en las licencias ambientales y en los planes de manejo ambiental de las diferentes empresas que manejan el carbón en estos departamentos. Quinto. EXHORTAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a las gobernaciones del Cesar y Magdalena, para que realicen los estudios necesarios y tomen las medidas pertinentes para prevenir y mitigar los impactos que genera sobre la población jóven de los municipios ubicados sobre la vía la actividad de transporte de carbón por carretera. Sexto. APREMIAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y a las alcaldías de Ciénaga y Santa Marta para que tomen las medidas preventivas pertinentes tendientes a que el incremento de la actividad de transporte y embarque de carbón no produzca consecuencias negativas en los habitantes del municipio. Séptimo. SOLICITAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a Corpamag y a las empresas Prodeco y Carboandes que cumplan con las obligaciones que están pendientes de los fallos de la Corte Constitucional en relación con las diferentes acciones jurídicas interpuestas por los impactos ocasionados por el mal manejo y contaminación del carbón (Sentencia No. T-229/93, Sentencia No. SU – 442/97 y Sentencia T-046/99). Octavo. DEMANDAR de la Oficina Anticorrupción de la Presidencia de la República hacer las investigaciones necesarias y adoptar las medidas que garanticen la transparencia en el manejo de las regalías del carbón en el departamento del Cesar. Noveno. EXHORTAR a la Contraloría General de la República y al Departamento Nacional de Planeación (DNP) a que hagan estricto seguimiento y acompañamiento a los entes territoriales que reciben regalías y compensaciones de carbón en los departamentos de Cesar y Magdalena, para garantizar un buen manejo y correcta inversión de estos recursos. Décimo. REQUERIR a los municipios de La Jagua de Ibirico, Chiriguaná, El Paso,

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Becerril y Ciénaga que diseñen un plan de choque con los recursos de regalías y compensaciones y amplien coberturas y mejoren la calidad en la prestación de los servicios de salud, educación, acueducto, alcantarillado y saneamiento básico hasta que se alcancen los mínimos establecidos en la ley. Undécimo. SOLICITAR a todas las entidades que aparecen en el acta del Consejo Comunitario N° 25 celebrado en La Jagua de Ibirico el 10 de marzo de 2007 (Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Banca de las Oportunidades, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Instituto Nacional de Vías, Instituto Nacional de Concesiones, Ministerio de Minas y Energía, Ministerio de la Protección Social), y que no han cumplido con lo allí comprometido, que realicen las tareas pendientes fijadas en el mencionado consejo. Duodécimo. RECOMENDAR al Ministerio de la Protección Social que haga una revisión de las relaciones laborales que cada una de las empresas del sector en estos departamentos mantiene con sus trabajadores. Décimo tercero. SOLICITAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a la Corporación Autónoma del Cesar y a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena que definan un mecanismo, que puede ser una auditoría externa, para realizar una evaluación de los resultados del monitoreo de la calidad del aire en las zonas de influencia de las minas, el transporte y los puertos carboníferos en los departamentos del Cesar y Magdalena. II. EN LO REFERENTE A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO Primero. ORDENAR a la Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales, a la Regional Magdalena y a la Seccional Cesar, en coordinación con la Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente, que estudien y adelanten las acciones administrativas y judiciales pertinentes para la defensa de los derechos de las comunidades afectadas por la acciones señaladas en la presente resolución. Segundo. ENCARGAR a la Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente, a la Defensoría del Pueblo Regional del Magdalena y a la Defensoría del Pueblo Seccional del Cesar el seguimiento de las recomendaciones efectuadas en la presente resolución. III. SOBRE LA DIFUSIÓN Y LA DIVULGACIÓN DE LA PRESENTE

RESOLUCIÓN Primero. OFICIAR a todas las autoridades y entidades públicas y privadas citadas en este informe para informarles acerca de su expedición así como la posibilidad de consultarlo en la pagina electrónica de la Defensoría del Pueblo: www.defensoría.org.co. Segundo. INCLUIR la presente resolución defensorial, así como los resultados de su cumplimiento, en el informe anual que habrá de presentar el Defensor del Pueblo al Congreso de la República, conforme a lo establecido en el ordinal 7º del artículo 9º de la Ley 24 de 1992.

Comuníquese,

VOLMAR PÉREZ ORTIZ Defensor del Pueblo