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    Piratas de Extremadura

    ESTATUTOS

    CAPTULO PRIMERO. DENOMINACIN, FINES,DOMICILIO.

    Artculo 1. Denominacin.

    Al amparo de los artculos 6 de la Constitucin Espaola y 1 de la Ley Orgnica 6/2002, de 27 dejunio, de Partidos Polticos, se constituye el partido poltico denominado "Piratas de Extremadura",cuyas siglas son "PIRATA.EXT" y siendo el smbolo del partido un mstil de navo con la velamayor desplegada e hinchada por un viento en popa, de tal modo que mstil y vela presenten la

    forma de la letra P inscrita dentro de una circunferencia.

    En estos estatutos se har referencia a esta denominacin cuando se hable del "partido".

    Artculo 2. mbito y Fines.

    Piratas de Extremadura es un partido poltico cuyo mbito territorial de actuacin est delimitado ala Comunidad Autnoma de Extremadura. El partido est constituido para contribuirdemocrticamente a la determinacin de la poltica y a la formacin de la voluntad poltica de losciudadanos, as como promover su participacin en las instituciones representativas de carcter

    poltico mediante la presentacin y apoyo de candidatos en las correspondientes elecciones, conarreglo a los siguientes fines especficos:

    Democracia directa.

    Defenderemos y promoveremos la democracia directa como mecanismo en el que cadauna de las personas pueden exponer en igualdad de poder sus puntos, iniciativas ypropuestas. Se hace nfasis en la decisin y cumplimiento comn de acuerdos, siendoentonces una forma de democracia en la que los miembros del sistema participandirectamente en el proceso de la toma de decisiones polticas, cada miembrorepresentndose a s mismo en igualdad de derechos y obligaciones.

    Derechos humanos y no violencia.

    Primera ley pirata: Un representante pirata votar siempre a favor de laDeclaracin Universal de los Derechos Humanos.

    Los derechos humanos son una referencia moral inexcusable que representa un pilar fundamentaldel movimiento Pirata. Igualmente han de reconocerse los nuevos movimientos que amplan dichosderechos, como la carta de Derechos Humanos Emergentes, donde se tratan nuevos aspectosadaptados al mundo globalizado. La razn es bien sencilla, ya que desde que el 10 de diciembre de

    1948 cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas proclam la Declaracin Universal de

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    Derechos Humanos, se han producido cambios polticos, sociales, ideolgicos, culturales,econmicos,tecnolgicos y cientficos que han incidido de manera profunda en el saber de losderechos humanos, en los mecanismos para su garanta y en la fuerza e impacto de las voces ymovimientos que desde la sociedad civil global demandan su respeto.

    Adems de los viejos y fundamentales principios en los que se sustent la originaria carta de

    derechos humanos ( La libertad, la igualdad y la fraternidad ), es preciso un nuevo paradigma,donde queden escrupulosamente reflejados todos los mecanismos que hacen posible la convivenciapacfica, la dignidad y la solidaridad.

    La Carta de Derechos Humanos Emergentes pretende por tanto dotar a los derechos ya existentes deun contenido adaptado a las nuevas necesidades humanas, como por caso son el derecho a laseguridad vital, que engloba el derecho al agua potable y al suministro energtico, a un renta bsica,al trabajo...el derecho a la salud, a la asistencia bsica y a los frmacos, el derecho a la educacin, elsaber y el conocimiento, el derecho a la muerte digna, el derecho a habitar el planeta y el medioambiente, el derecho a la democracia plural, a la identidad cultural...y toda una nueva batera quepuede ser ampliamente consultada.

    Es nuestro objetivo que la lucha contra la delincuencia y el terrorismo sea compatiblecon los derechos y libertades reconocidos en la Declaracin Universal de DerechosHumanos de 1948, con especial nfasis en los referentes a la presuncin de inocencia, laprivacidad y la libertad de expresin; del mismo modo, lucharemos para que losciudadanos tengan esos derechos y libertades tanto dentro como fuera de Internet.

    Condenamos y rechazamos la violencia aplicada para promover reivindicacionespolticas al margen de los cauces democrticos, as como los atentados contra la vida ola integridad de las personas y la exclusin o persecucin de personas por razn de suideologa, religin o creencias, nacionalidad, raza, sexo u orientacin sexual.

    Transparencia.

    Defenderemos y promoveremos la transparencia como fundamento para obligar a laresponsabilidad de cualquier organizacin ante los individuos que la componen y evitarcualquier posibilidad de corrupcin.

    Economa cyberpunk.

    Construiremos un sistema econmico basado en los principios de la tica hacker, el

    derecho a la Renta Bsica Universal y la sostenibilidad. Los objetivos a conseguir sonun ndice de Desarrollo Humano y una Renta Bsica Universal tan altos como seaposible, teniendo como lmites el previsible agotamiento de algunos recursos naturalesy el respeto a los recursos de las generaciones futuras, y el sistema productivo estarbasado en la economa de enjambre.

    Todo recurso natural fue, en algn momento, un recurso libre al que cualquiera poda tener acceso.El actual concepto de propiedad privada no puede, en consecuencia, ir mas all de unaautorizacin que la sociedad otorga para la gestin de unos bienes cuya explotacin deben

    proporcionar beneficios a toda la sociedad y no solamente a una minora no es moralmente

    aceptable un sistema de gestin de recursos que no proporcione un nivel de vida mnimamente

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    digno a algunas personas mientras otras disfrutan de mas recursos de los que le son necesariospara vivir cmodamente.

    Se reconoce, por lo tanto, el derecho a un mnimo nivel de vida, Este derecho es conocido comoRenta Bsica Universal (RBU), corresponde a toda persona fsica por el mero hecho de existir,independientemente del nivel socioeconmico de la persona o de cualquier otra condicin.

    La Renta Bsica Universal no debe entenderse como una mera percepcin monetaria: es unacombinacin de servicios sociales (tales como sanidad o educacin, por ejemplo), garanta deacceso a la vivienda y la alimentacin y otras prestaciones, siendo la percepcin econmicasolamente una parte de dicho derecho. Se trata de conseguir un umbral mnimo de calidad de vidaevitando desigualdades sociales.

    El ndice de Desarrollo Humano (IDH) es un ndice calculado como la media geomtrica de otrostres: el ndice de esperanza de vida, el ndice de educacin y el ndice de ingresos.

    Segn el modelo de la economa de enjambre el sistema cyberpunk funciona porque sus

    componentes cooperan unos con otros en un entorno que constituye una red distribuida. Una reddistribuida es un sistema en el que todos los elementos estn interconectados unos con otros sinque exista ningn elemento que pueda ser considerado como centro del sistema. No existen

    jerarquas, por lo que cada elemento influye, con sus actuaciones, sobre los otros, pero al mismotiempo cada elemento es libre de tomar decisiones por s mismo y carece de capacidad paraimponer sus decisiones a otros elementos de la red.

    Los elementos de esta red no solo son empresas de todo tipo y tamao (principalmente autnomos ypymes, no siendo raras las cooperativas), sino tambin consumidores. En el sistema econmicocyberpunk, en realidad, es frecuente la figura del prosumidor: productor y consumidor al mismotiempo. Incluso los simples consumidores forman parte del sistema de gestin de cualquierempresa a travs de la retroalimentacin: la informacin que aportan a los gestores de la empresa

    puede ser muy til para introducir mejoras.

    La cooperacin no solo se produce a nivel de intercambio de informacin (con el consiguienteahorro en I+D y formacin, por ejemplo): gracias a estas redes se comparten recursosmateriales,energticos y espaciales (instalaciones, infraestructuras comunes, etc) con elconsiguiente ahorro de costes. La cooperacin puede llegar incluso al nivel de la financiacin deactividades de cualquier tipo.

    Adoptaremos la economa del bien comn como referente: dicha frmula, aplicada a

    una sociedad de libre mercado debe centrarse en la creacin de una slida estructurade empresariado familiar y PYMES (pequeas y medianas empresas) como fuenteprincipal de riqueza y comercio justo, avalada por el Estado y protegida como uno delos fundamentos irrenunciables de un capitalismo sostenible a largo plazo. Respecto alfuncionamiento y proliferacin de las grandes empresas cabe sealar que el libremercado, en ningn caso, conlleva una desregulacin incorporada, mxime si sepretende utilizar el concepto como excusa para un mejor y ms rpido crecimiento delas capacidades generales de consumo.

    La desregulacin solo beneficia al Gran Capital, que por aadidura acabara imponiendo suspropias normas de mercado en contraposicin a los intereses generales. Una desregulacinmasiva, tanto en lo referido a las normas de mercado como a los engranajes que controlan lacreacin y valoracin de la moneda nacional, puede traducirse como un acto de irresponsabilidad

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    Los lmites del libre mercado veran su lnea roja en la proliferacin privada de estructuraseconmicas complejas capaces de afectar a la estabilidad o poner en riesgo la soberana de lanacin. Hay que subrayar que el Estado debe, inexcusablemente, crear un panorama legislativo

    que contemple la supeditacin de la riqueza nacional, sea cual sea su titularidad, hacia el intersgeneral. Por lo tanto toda empresa o corporacin, que por su tamao o importancia estratgica,adquiera la capacidad de influir en las ms bsicas estructuras de la nacin, han de asumir que sufuncionamiento estar escrupulosamente regulado por el Estado, siempre direccionado hacia elinters general, o por el contrario someterse a la nacionalizacin.

    Los Piratas de Extremadura definimos las bases del ecologismo en la inexcusableobligacin de encontrar el equilibrio necesario entre el avance de nuestra tecnologaaplicada y la biosfera. Todo militante Pirata debe exigir y cuidar de que cualquieriniciativa tecnolgica aplicada est siempre acompaada de los adecuados protocolosde sostenibilidad y minimizacin de la huella ecolgica, siendo esta premisa

    inexcusable.El desarrollo humano, como una cadena de acontecimientos que van indisolublemente ligados alconocimiento y la tecnologa aplicada, jams debe justificar los intereses de Mercado.

    As mismo todo avance tecnolgico tiene que estar, sino limitado, adaptado al medio. Con ello sepretende que la humanidad preserve el entorno, anteponiendolo a cualquier particularidadcorporativa.

    El conocimiento de nosotros mismos, como el del medio natural, son objetivos en s. Pero nuncadeben justificar el impulso liberal de convertir la biosfera en un instrumento de consumo.

    La tecnologa y el conocimiento debern ser aplicados con coherencia entre ambos conceptos. Unacivilizacin no puede sustentarse en la explotacin ilimitada de los recursos poniendo con ello en

    peligro la propia civilizacin.

    El ser humano cae en la inmoralidad existencial cuando se vale de su superioridad intelectual paracontrolar los elementos en beneficio particular y sin tener en cuenta la globalidad, mxime cuandoesa superioridad apenas es un espejismo alimentado por la codicia y la arrogancia. Por ello elmedio debe prevalecer en tanto en cuanto no entendemos su verdadera esencia ni su fin ltimo.

    Internet para todos.

    Trabajaremos para que Internet sea un medio tan universal como lo es hoy da la radioo la televisin y para que cualquier persona, hogar, empresa y centro docente enExtremadura tenga la posibilidad de disponer de esta herramienta de universalizacinde la informacin y la cultura sin discriminacin por razn de cualquier condicinsocial, personal o de localizacin geogrfica.

    Pretendemos que la neutralidad en Internet sea un requisito de obligado cumplimientoy que todos los servicios de Internet existentes, as como los servicios de Internet que sedesarrollen en un futuro, sean accesibles y ofertables sin restricciones nidiscriminaciones entre unos servicios y otros.

    Internet es y debe ser una fuente de interconexin sinptica entre los individuos del

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    planeta tierra. Es imposible entender una sociedad globalizada en un marco de derechouniversal sin que la informacin pueda fluir de forma libre y sin restricciones. Lainternet puede y debe ser el "ente" que unifique las, hasta ahora, mentesindividualizadas, convirtiendo el saber y la experiencia humana en un todo. Razn porla cual es primordial que se entienda el conocimiento y el acceso al mismo como underecho fundamental.

    La red neutral es aquella que permite comunicacin de punto a punto sin alterar su contenido.Todos los bits de informacin, independientemente de su origen, destino o cualquier otra posibleconsideracin tendrn igual tratamiento a la hora de ser transmitidos en una red neutral, de formaque no sean discriminados unos respecto a otros.

    Trabajaremos para que las administraciones pblicas hagan uso de software,documentacin y formatos estndares, libres y no privativos, no slo en aras de laneutralidad tecnolgica sino tambin con el fin de que las administraciones puedangarantizar la seguridad y privacidad de toda la informacin sensible de los ciudadanosque se encuentre a su disposicin.

    La ciudadana debe poder dirigirse a la Administracin Pblica por vas telemticas sin que le seaimpuesta, de facto o explcitamente, ningn tipo de tecnologa especfica.

    tica hacker

    La cultura es un bien comn, a cuyo acceso todos los ciudadanos tienen derecho; portanto no consideramos delictivo el libre intercambio sin nimo de lucro y participacincolectiva en el disfrute de bienes culturales sino que, adems, lo consideramos unaforma justa y eficaz de potenciar la distribucin de la cultura.

    Es nuestro objetivo la no existencia de patentes de software en el ordenamientojurdico, mientras que para el resto de reas del desarrollo tecnolgico planteamos unmodelo de patentes abierto al desarrollo y la innovacin, que compatibilice el fomentoy salvaguarda del esfuerzo innovador con el aprovechamiento del conocimiento previopara dinamizar la evolucin de la tecnologa en beneficio de la sociedad, evitando asmismo que deriven en monopolios privados a causa de las patentes.

    Llamamos conocimiento a la interpretacin que cada uno de nosotros hace de la realidad a partirde la informacin a la que tiene acceso. Dicha construccin es personal y, por lo tanto, carece desentido atribuir a una persona derechos econmicos sobre los conocimientos de otra persona.

    Llamamos cultura al conocimiento que es compartido entre los miembros de una comunidad. En laconstruccin de dicho conocimiento no participa una persona sola sino que, en realidad, suele ser

    el resultado de la interaccin entre los conocimientos de los actuales miembros de dichacomunidad, de personas externas a ella e incluso de personas que ya no existen. La cultura, por lotanto, es producto de una sociedad y no de un individuo en concreto, por lo que es la propiasociedad la beneficiaria de la cultura. Al ser imposible delimitar la participacin de cada individuoen la generacin de dicho conocimiento compartido tampoco debera delimitarse el acceso de cadaindividuo al disfrute del conocimiento. La cultura es, por tanto, un bien comn.

    Trabajaremos para que la legislacin espaola, tanto en materia de derechos de autorcomo en defensa, promocin y difusin de la cultura, compatibilice los derechos de losautores con los de los ciudadanos, y prescinda de terminologa sujeta a confusin talcomo propiedad intelectual, que carece de sentido en cuanto a la condicin inmaterialde esta supuesta propiedad y que, por su pretendida analoga con la propiedad

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    convencional, puede anteponer intereses econmicos al disfrute de la cultura por partede los ciudadanos en lugar de armonizar dichos intereses.

    Con arreglo a lo anterior, rechazamos las frmulas de remuneracin compensatoriapor copia privada, y rechazamos un modelo de gestin de derechos de autor donde losautores obligatoriamente deban ceder sus derechos bajo condiciones perjudiciales parasus intereses; en lugar de este tipo de frmulas planteamos la necesidad de que el autortenga el derecho a elegir entre la autogestin o trabajar con entidades de gestin dederechos de autor; y buscamos el dilogo entre los distintos colectivos implicados y laciudadana para encontrar soluciones que resulten satisfactorias para todos.

    Con el fin de lograr lo anterior de forma compatible con la integracin social y jurdica deEspaa en la Unin Europea, el partido promover la modificacin de las directivaseuropeas en materia de derechos de autor y defensa, promocin y difusin de la cultura.

    Piratas de Extremadura se compromete a cumplir las tres leyes piratas:

    Primera ley: un representante pirata votar siempre a favor de la Declaracin Universal delos Derechos Humanos.

    Segunda ley: un representante pirata votar siempre a favor del Ideario Pirata (recogido enlos estatutos del partido, en su artculo 2, sobre mbito y fines), siempre que no vaya encontra de la primera ley.

    Tercera ley: un representante pirata votar siempre lo que decida la Asamblea de afiliados,mediante democracia directa, siempre que no vaya en contra de la primera o segunda ley.

    En caso de que haya ms de un representante pirata estos votarn de forma proporcional al resultadoque se haya obtenido por democracia directa en la Asamblea de afiliados.

    Artculo 3. Domicilio.

    El domicilio social radica en la calle JOSE MARA ALCARAZ Y ALENDA, 17, local 6

    CP 06011 Badajoz.

    Este domicilio podr ser trasladado por acuerdo de la Junta Directiva, el cual se notificar conformea la legislacin vigente.

    CAPTULO SEGUNDO. AFILIADOS. DERECHOS Y

    DEBERES.Artculo 4. Afiliados.

    Podrn ser afiliados delpartido las personas fsicas, mayores de edad, inscrito en el censo electoralde Extremadura, y que no tengan limitada ni restringida su capacidad de obrar, de cualquiernacionalidad, mientras la normativa vigente lo permita.

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    Artculo 5. Admisin.

    La cualidad de miembro del partido se adquiere mediante confirmacin de la Junta de la solicituddel interesado. Dicha solicitud deber realizarse mediante formulario escrito, ya sea fsico otelemtico.

    Existir en el partido el Libro de Registro de Afiliados, en donde constarn los datos de altas ybajas definitivas.

    Artculo 6. Derechos de los afiliados.

    A participar en las actividades delpartido y en los rganos de gobierno y representacin, aejercer el derecho de voto, as como asistir a la Asamblea general, de acuerdo con losestatutos.

    A ser electores y elegibles para los cargos del mismo. A ser informados acerca de la composicin de los rganos directivos y de administracin o

    sobre las decisiones adoptadas por los rganos directivos, sobre las actividades realizadas ysobre la situacin econmica. A impugnar los acuerdos de los rganos del partido que estimen contrarios a la Ley o a los

    estatutos.

    Artculo 7. Obligaciones de los afiliados.

    Compartir las finalidades delpartido y colaborar para la consecucin de las mismas. Respetar lo dispuesto en los estatutos y en las leyes. Acatar y cumplir los acuerdos vlidamente adoptados por los rganos directivos delpartido. Abonar las cuotas y otras aportaciones que, con arreglo a los estatutos, puedan corresponder

    a cada uno. Informar al partido del cambio de su direccin (fsica o electrnica) para que el partido

    pueda enviarle mensajes. Cualesquiera otros deberes lcitos, de acuerdo con la naturaleza y fines delpartido.

    Artculo 8. Baja del afiliado.

    Cualquier afiliado del partido podr cesar en el mismo libremente mediante la oportunacomunicacin por escrito.

    Artculo 9. Rgimen disciplinario.

    El afiliado que incumpla con sus deberes o que con su conducta pblica o privada menoscabe oatente contra los principios delpartido, ser objeto del correspondiente expediente disciplinario delque se le dar audiencia, segn el siguiente procedimiento:

    La Junta Directiva comunicar por escrito la apertura del expediente incluyendo las causas delmismo y la fecha de la audiencia. En la audiencia (que podr realizarse por medios telemticos) seexpondrn las causas y se dar voz al expedientado para su defensa. Podrn aportarse testimonios

    y/o pruebas tanto para la defensa como para la acusacin, en el orden que los rganos disciplinarios

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    dispongan.

    La Junta Directiva resolver lo que proceda, por votacin con requisito de mayora simple. Todaresolucin disciplinaria de la Junta Directiva podr ser recurrida ante la asamblea general o ante laasamblea extraordinaria.

    Las infracciones podrn ser leves y graves.

    Sern tipificadas como infracciones leves las siguientes:

    La difusin de informacin falsa a conciencia. La obstruccin de las dinmicas de dialogo y trabajo. El incumplimiento de las normas de etiqueta en el sitio web o cualquier otro medio de

    comunicacin electrnica delpartido.

    Sern tipificadas como infracciones graves las siguientes:

    La reiteracin de infracciones leves. La difusin de informacin que se considere confidencial. El registro o patente de material producido por el partido sin el consentimiento de sus

    rganos. La suplantacin de la identidad de otra persona por medios telemticos. Los sabotajes tcnicos contra los sistemas telemticos delpartido. La difusin de datos personales de otros afiliados sin su consentimiento. Cualquier otro acto que atente gravemente contra los fines o la imagen pblica del partido.

    Las sanciones que pueden ser impuestas son la amonestacin, la suspensin de militancia y la

    expulsin.

    CAPTULO TERCERO. RGANOS DEREPRESENTACIN, GOBIERNO Y ADMINISTRACIN.

    Artculo 10. rganos del partido.

    La estructura interna y el funcionamiento delpartido se basa en principios democrticos. LaAsamblea General es el principal rgano de decisin delpartido.

    Los rganos delpartido son los siguientes:

    La Asamblea General La Junta Directiva.

    Artculo 11. La Asamblea General.

    Las caractersticas de la Asamblea General sern las siguientes:

    La Asamblea General est constituida por el conjunto de sus miembros, que podrn actuar

    directamente o por medio de compromisarios. Su votacin podr realizarse presencialmente

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    o de forma telemtica, y dicha asamblea, rgano supremo del partido, tendr las siguientescompetencias:

    Modificacin de los presentes Estatutos. Aprobacin y/o modificacin de los Reglamentos delpartido. Eleccin de los miembros de la Junta Directiva. En virtud del principio democrtico de control de los rganos delpartido,

    revalidacin de los cargos de la Junta Directiva. Los cargos no revalidados sern eliminados y se convocar un nuevo proceso

    electoral interno en el marco de la Asamblea General para su sustitucin. Slo se podr realizar una mocin de censura para cada uno de los rganos

    delpartido una vez al ao, a lo largo de sus respectivos mandatos. Slo se podrn realizar mociones de censura para cada uno de los rganos del

    partido una vez cumplidas las duraciones mnimas de sus respectivosmandatos.

    Disolucin delpartido. Debatir y juzgar las cuentas delpartido.

    Eleccin de los miembros de las candidaturas electorales. Se podr convocar asamblea a peticin de dos miembros de la Junta, o acuerdo del 10% de

    los afiliados. La convocatoria de Asamblea General se comunicar a los afiliados y se publicar mediante

    la pgina web delpartido. A la primera asamblea del ao se le denominar "Asamblea General Extraordinaria", y en

    ella se debern presentar las cuentas del ao anterior. La elaboracin del Orden del Da de la Asamblea General ser responsabilidad del

    Secretario de Organizacin. Se incluirn los asuntos en el Orden del Da que hubieransolicitado bien:

    Al menos un miembro de la Junta Directiva. Al menos un 1% de la afiliacin.

    Los Estatutos se debern revisar cada dos aos en Asamblea General Extraordinaria,debindolos ratificar dos tercias partes de los asistentes a dicha asamblea. En ellos se podrnintroducir modificaciones siempre que se cuente con una mayora reforzada de dos terciaspartes de los asistentes a dos Asambleas Generales consecutivas. A dichas modificaciones seles deber dar la correspondiente publicidad previamente a la convocatoria de la AsambleaGeneral, para que los votantes por canal presencial y telemtico puedan votar en igualdad decondiciones.

    La deliberacin se realizar mediante foros de discusin por la va telemtica o medianteencuentros presenciales.

    Las asambleas que se celebren fsicamente (no telemticas), y en caso de que haya disputassobre el lugar para realizarlas, se celebrarn en Mrida.

    La Asamblea General tendr tambin la competencia de expulsin de miembros del partido,debiendo obtener dichas medidas el apoyo de dos terceras partes de los asistentes. Almiembro al que se le solicite la expulsin, se le deber avisar efectivamente.

    Para la aprobacin de asuntos de organizacin interna la mayora requerida ser de dostercios durante dos Asambleas Generales, entre las cuales equidiste un periodo temporalmnimo de 3 meses naturales; para cualquier otra cuestin que se considere de inters lamayora requerida ser de dos tercios en una Asamblea General.

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    Artculo 12. Junta Directiva.

    La Junta Directiva es un rgano colegiado delpartido, de carcter ejecutivo y de gestin, encargadode impulsar y llevar a cabo los programas, acuerdos y directrices acordados en la AsambleaGeneral, as como de llevar a cabo la gestin administrativa del partido.

    Sern elegidos mediante voto libre y secreto de entre todos los miembros del partido que sepostulen para ello, la cantidad necesaria para cubrir los siguientes cargos:

    Un Secretario General de la Junta Directiva. Un Secretario Legal de la Junta Directiva. Un Tesorero. Un mximo de 6 de vocales que se acordarn en la Asamblea General en que se convoquen

    elecciones a Junta Directiva.

    La Asamblea General elegir de entre los miembros delpartido los elegidos para componer la Junta

    Directiva quienes deben ocupar cada uno de los cargos de la Junta Directiva.

    Los miembros de la Junta Directiva ostentan la representacin legal del partido.

    La duracin mnima del mandato de los miembros de la Junta Directiva es de cuatro meses, y lamxima ser de un ao.

    Ocupar un cargo en la Junta Directiva es incompatible con ocupar cualquier cargo en los rganosterritoriales delpartido. No obstante cualquier miembro de la Junta Directiva podr ocupar un cargoprovisional para la creacin de un rgano territorial siempre y cuando previa peticin a la JuntaDirectiva indicando las razones que fuerzan la creacin de dicho rgano territorial la Junta Directiva

    apruebe dicha propuesta.

    Un miembro de la Junta Directiva no puede ocupar dos cargos de la misma; si no hubiese miembrosde la misma suficientes para ocupar todos sus cargos por las razones que fuesen, estara forzada aconvocar la Asamblea General para la convocatoria de nuevas elecciones a la Junta Directiva.

    Podrn destituir cargos de la Junta Directiva:

    La mayora simple de todos los miembros de la Junta Directiva. La mayora simple de los asistentes a una Asamblea General.

    Podrn convocar referndum para el cese de un miembro de la Junta Directiva o de esta en todo suconjunto un 5% de la totalidad de los afiliados. Para que el cese se haga efectivo, se necesitar unamayora simple de la votacin por referndum.

    La Junta Directiva se reunir con una periodicidad mnima mensual.

    Los acuerdos de la Junta Directiva se tomarn por votacin libre. Todos sus miembros poseern unvoto y ser necesaria una mayora simple para la toma de decisiones.

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    CAPTULO CUARTO. RGIMEN ECONMICO YPATRIMONIAL.

    Artculo 13. Recursos econmicos.

    Procedentes de la financiacin privada

    Las cuotas y aportaciones de sus afiliados, adheridos y simpatizantes. Los productos de las actividades propias delpartido poltico y los rendimientos procedentes

    de la gestin de su propio patrimonio, los beneficios procedentes de sus actividadespromocionales, y los que puedan obtenerse de los servicios que puedan prestar en relacincon sus fines especficos.

    Las donaciones en dinero o en especie, que perciban en los trminos y condiciones previstosen la Ley 8/2007.

    Los fondos procedentes de los prestamos o crditos que concierten.

    Las herencias o legados que reciben.

    Artculo 14. Patrimonio.

    Elpartido podr adquirir, administrar y enajenar los bienes y derechos que resulten necesarios parael cumplimiento de sus fines. Los recursos econmicos del partido estn constituidos por:

    Las cuotas, y las aportaciones voluntarias, de sus afiliados. Los rendimientos de su propio patrimonio. Los crditos que concierten.

    Las herencias, legados o donaciones que reciban. Cualesquiera otros ingresos que reciban de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgnica

    8/2007, del 4 de julio, sobre financiacin de partidos polticos.

    El importe de las cuotas a satisfacer por todos los afiliados se fijar en Asamblea General conacuerdo que alcance mayora de dos tercios.

    Artculo 15. Procedimiento de rendicin de cuentas. Administracin,fiscalizacin y control.

    La administracin, fiscalizacin y control de su rgimen econmico y patrimonial se realizar conarreglo a las siguientes normas :

    La Junta delpartido elaborar y supervisar los presupuestos con carcter anual. Los presupuestos, para su aplicacin, debern ser ratificados por la Asamblea General.

    Artculo 16. Rgimen documental. Obligaciones contables.

    Elpartido llevar, adems del Libro de Afiliados, los Libros de Actas, de Contabilidad, deTesorera, y de Inventarios y Balances, cuyo contenido se fijar reglamentariamente y que permitanen todo momento conocer su situacin financiera.

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    La contabilidad se adecuar a los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados.

    CAPTULO QUINTO. DISOLUCIN DEL PARTIDO.

    Artculo 17. Disolucin.

    Elpartido se disolver o extinguir por decisin de dos Asambleas Generales, entre las cualesequidiste un periodo mnimo temporal de 3 meses naturales y un mximo de 6 meses naturales.

    Para esta resolucin, ser necesaria una participacin mnima de nueve dcimas partes de losmiembros delpartido, presentes o representados; y mayora cualificada de dos tercios del censo demiembros delpartido.

    El patrimonio resultante en el momento de la disolucin, una vez satisfechas las obligaciones

    financieras que existieren, se destinar a obras benficas.

    La Asamblea Nacional Extraordinaria en la que se decida la disolucin delpartido abrir en el senode la misma un debate para decidir qu obras benficas sern destinatarias y qu cuanta le serdestinada a cada una de ellas; esta resolucin deber ser aprobada por una mayora cualificada dedos tercios de los presentes o representados en la reunin. De no alcanzarse un acuerdo antes deconcluir la Asamblea General, se decidir mediante sorteo si se reparte el patrimonio resultante enel momento de la disolucin entre todas las obras benficas o se destina a una de ellas, y de ser esteltimo caso a cual de ellas se destinar.

    DISPOSICIONES ADICIONALES.Disposicin Adicional Primera. Estructura Territorial.

    El partido establece delegaciones del mismo, bajo la dependencia de los rganos rectores en losmbitos territoriales de la manera que se decida por Reglamento Interno. Dichas delegacionesrepresentan y actan en el mbito territorial correspondiente.

    Disposicin Adicional Segunda. Posibilidad de Federacin.

    Al partido se podrn federar y podr ser federado a otros partidos que sean afines a las ideasexpresadas en el artculo 2 de nuestros estatutos, siempre que se decida por decisin de dosAsambleas Generales, entre las cuales equidiste un periodo mnimo temporal de 2 meses naturales.Se establece la posibilidad de candidaturas mixtas.

    Disposicin Adicional Tercera. Posibilidad de Confederacin.

    Elpartido se podr confederar junto con otros partidos que sean afines a las ideas expresadas en elartculo 2 de nuestros estatutos, siempre que se decida por decisin de dos Asambleas Generales,

    entre las cuales equidiste un periodo mnimo temporal de 2 meses naturales. Se establece la

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    posibilidad de candidaturas mixtas.

    Disposicin Adicional Cuarta. Posibilidad de Coalicin.

    Se establece la posibilidad de coalicin con otros partidos polticos siempre que aquellos con los

    que se realice dicha coalicin, estn conformes con los fines del partido y se comprometan en losasuntos que concurran con el ideario delpartido a votar en coherencia con dichos fines. La decisindeber ser ratificada por mayora de dos tercios en una Asamblea General.

    Disposicin Adicional Quinta. Adhesin a otras entidades jurdicas de mbitoterritorial internacional.

    Se establece la posibilidad de adhesin a otras entidades jurdicas de mbito territorial internacional,siempre que estas entidades estn conformes con los fines delpartido. La decisin deber serratificada por mayora de dos tercios en dos Asambleas Generales, entre las cuales equidiste un

    periodo mnimo temporal de 3 meses naturales.

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