Estatutos alma (versión 2.4 Pudahuel, Chile)

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  • 1. ESTATUTOS2012

2. ESTATUTOS SOCIALES NDICEPREMBULO ................................................................................................................................................ 4 CONSIDERANDO PRIMERO 4 CONSIDERANDO SEGUNDO 4 CONSIDERANDO TERCERO 4TTULO I ....................................................................................................................................................... 6 DEL NOMBRE, DEL DOMICILIO, REGLAMENTACIN, DEL OBJETO DE LA ASOCIACIN Y SU DURACIN 6Artculo 1.- Nombre6Artculo 2.- Domicilio y carcter internacional6Artculo 3.- Reglamentacin6Artculo 4.- Objeto de la ALMA 6Artculo 5.- Acciones y directrices para la consecucin del objeto 6Artculo 6.- Cooperacin con otras entidades 7Artculo 7.- Duracin del ALMA 8TTULO II ...................................................................................................................................................... 9 DE LOS ASOCIADOS A LA ALMA, SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES9 Prrafo 1. De los socios9Artculo 8.- De la calidad de socio9Artculo 9.- Clasificacin de los Socios 9Artculo 10.- Socios Fundadores9Artculo 11.- Socios Activos 9Artculo 12.- Socios Honorarios9Artculo 13.- Representacin de los Socios 9 Prrafo 2. De los derechos de los Socios10Artculo 14.- Cuadro Social10Artculo 15.- Derechos de los socios 10 Prrafo 3. De los deberes de los Socios 10Artculo 16.- Deberes de los socios10 Prrafo 4. Incorporacin de los Socios10Artculo 17.- Incorporacin10 Prrafo 5. Prdida de la calidad de Socio 10Artculo 18.- Renuncia 10Artculo 19.- Incumplimiento de la normativa 11Artculo 20.- Expulsin de un socio11TTULO III ................................................................................................................................................... 12 DEL PATRIMONIO DEL ALMA12Artculo 21.- Formacin del patrimonio 12Artculo 22.- Ingresos 12Artculo 23.- Destino del patrimonio al momento de la extincin12Artculo 24.- Irresponsabilidad individual de los socios 12 -2- 3. ESTATUTOS SOCIALESTTULO IV ................................................................................................................................................... 13 DE LOS RGANOS DE ADMINISTRACIN Y SUS FACULTADES13 Artculo 25.-rganos de Administracin13 Prrafo 1. De la Reunin General13 Artculo 26.-Definicin 13 Artculo 27.-Atribuciones 13 Prrafo 2. Del Directorio 13 Artculo 28.-Definicin y Funciones 13 Artculo 29.-Conformacin del Directorio14 Artculo 30.-Funcionamiento del Directorio14 Artculo 31.-Qurums de funcionamiento. 14 Prrafo 3. De la Presidencia14 Artculo 32.-Definicin 14 Artculo 33.-Funciones14 Prrafo 4. De la Secretara Ejecutiva 15 Artculo 34.-Definicin 15 Artculo 35.-Del Secretario Ejecutivo.15 Artculo 36.-Funciones15TTULO V .................................................................................................................................................... 16 DE LOS RGANOS ASESORES Y DE APOYO A LA GESTIN16 Prrafo 1. De la Secretaria Tcnica Permanente16 Artculo 37.-Definicin 16 Artculo 38.-Funciones16 Prrafo 2. De las Unidades Tcnicas 16 Artculo 39.-Definicin 16 Artculo 40.-Funciones. 16TTULO VI ................................................................................................................................................... 17 OTRAS DISPOSICIONES17 Artculo 41.-Apego irrestricto a los objetivos de la Asociacin 17 Artculo 42.-Rotacin de los cargos 17 Artculo 43.-Principio de la no discriminacin arbitraria 17 Artculo 44.-Idioma Oficial 17 Artculo 45.-Trmino del perodo como autoridad 17TTULO VII .................................................................................................................................................. 18 DE LOS ESTATUTOS Y DEL REGLAMENTO INTERNO18 Prrafo 1. De la aprobacin de los primeros Estatutos y sus reformas posteriores. 18 Artculo 46.-Discusin y aprobacin de estos Estatutos18 Artculo 47.-Reformas posteriores 18 Prrafo 2. Del Reglamento Interno, su aprobacin y posteriores modificaciones.18 Artculo 48.-Definicin 18 Artculo 49.-mbito de aplicacin 18 Artculo 50.-Discusin y aprobacin 18 Artculo 51.-Reformas posteriores 18 Artculo 52.-Salvaguarda19-3- 4. ESTATUTOS SOCIALESPrembuloEn consideracin al contenido de la declaracin de la Carta de Pudahuel1 firmada el 6 de junio de2008 en la sede de la CEPAL en Santiago de Chile, la cual acuerda en proponer como eje central eldesarrollo y evolucin de la actividad aeroportuaria contempornea, respecto de su crecienteinfluencia en los procesos econmicos, sociales y ambientales, en tanto su gravitacin territorialsobre los entornos urbanos; lo anterior requiere nuevas formas de gestin y planificacinespecialmente de las administraciones locales y gobiernos metropolitanos, con la finalidad dedisear una visin integral respecto de la gestin de los inevitables procesos de crecimiento yexpansin territoriales de los aeropuertos, en beneficio de la integracin y desarrollo de losprincipales ncleos urbanos en nuestras ciudades.Por otra parte, el gestor aeroportuario moderno, se caracteriza por la creciente innovacin entecnologas que van desde las normas de seguridad de la aeronavegacin, hasta las nuevasmodalidades de facilitacin en las plataformas aeroportuarias, generando procesos de atraccinen actividades complementarias no aeronuticas, especialmente las de servicios y logsticas.En este contexto, la bsqueda por una instancia de difusin e intercambio de experiencias conrelacin a las distintas realidades que enfrentan las diferentes ciudades de la ReginLatinoamericana y con el objetivo de catalizar sinergias positivas que minimicen los tradicionalesimpactos negativos de los aeropuertos, promoviendo, formas asociativas, redes y plataformas enbeneficio de promocionar la investigacin, el desarrollo, integracin e innovacin, en base aexperiencias y buenas prcticas exitosas.Considerando Primero: Que la actividad aeroportuaria contempornea se hatransformado en una actividad en s misma, lo que manifiesta en la emergente clusterizacin delas actividades no aeronuticas complementarias al tradicional terminal aeroportuario, en cuyocontexto surge la necesidad de una planificacin integrada con altos estndares de sustentabilidadurbana en beneficio de una planificacin territorial inteligente.Considerando Segundo: Que en una realidad globalizada, el rol de los gobiernos localesadquieren importancia con motivo de incidir en el curso de acciones que estn orientadas a laintegracin regional, la revitalizacin del desarrollo local, la innovacin, una mayor equidadterritorial y cohesin social.Considerando Tercero: Que frente a esta realidad, se requieren respuestas comunes yplanificadas por parte de los gobiernos locales de Amrica Latina, donde las experiencias deasociatividad sean respuestas creativas, que recurran al uso eficiente y oportuno de plataformasde accin conjunta en base a objetivos comunes, a cuyo efecto se estima adecuado, la creacin de1Seminario Internacional de Comunas Aeroportuarias de Amrica Latina, desarrollado el 6 de junio del 2008 en la ciudad deSantiago de Chile, con la participacin de Alcaldes y representantes de diversas municipios de Chile y la Prefeitura deGuarulhos, Brasil; representaciones diplomticas; apoyo tcnico de la CEPAL; el IEU-T Universidad Catlica; el CENMA dela Universidad de Chile y Servicios Pblicos (MOP-DGAC).-4- 5. ESTATUTOS SOCIALESuna institucionalidad especfica y propia, que por ste acto, los socios fundadores, acuerdandenominar "Asociacin Latinoamericana de Municipios Aeroportuarios" o "A.L.M.A." y que regirpor los siguientes estatutos: -5- 6. ESTATUTOS SOCIALESTTULO IDEL NOMBRE, DEL DOMICILIO, REGLAMENTACIN, DEL OBJETO DE LA ASOCIACIN Y SU DURACINArtculo 1.- Nombre. Los suscriptores de la Carta de Pudahuel han acordado constituir unaentidad internacional que revestir la figura de Corporacin de derecho privado, sin fines de lucro,cuyo nombre ser ASOCIACIN LATINOAMERICANA DE MUNICIPIOS AEROPORTUARIOS, queser tambin conocida con la sigla ALMA.Artculo 2.- Domicilio y carcter internacional. El domicilio de la ALMA ser Santiago de Chile yquedar sometida a su legislacin y al Derecho Internacional. Su naturaleza internacional seexpresar a travs de Convenios Internacionales, su relacin con Organizaciones Internacionales,Organismos del sistema de las NN.UU., como la Comisin Econmica para Amrica Latina y elCaribe, la red Mercociudades y dems organizaciones de municipios y Gobiernos Locales.Artculo 3.- Reglamentacin. La ALMA se reglamentar por los presentes Estatutos y suReglamento Interno, todo ello conforme la legislacin Chilena y el Derecho Internacional.Artculo 4.- Objeto de la ALMA. La ALMA tendr como objeto:1.- Congregar ciudades que tengan, en actividad o en proceso de desarrollo en su territorio, unAerdromo o Aeropuerto y aquellas ciudades que estn dentro del mbito de influencia de losmismos;2.- Ser un instrumento de gestin que posibilite coordinar y articular a las ciudades sealadas enel numeral anterior;3.- Mediante acciones asociativas promover el intercambio de conocimientos y experienciasfrente a los emergentes procesos que se derivan de la actividad aeroportuaria contempornea;4.- Impulsar iniciativas de fomento y cooperacin en temas asociados al desarrollo local; e5.- Impulsar iniciativas de reconversin econmica, en las ciudades aeroportuarias asociadas, loanterior mediante el apoyo permanente de redes consultivas y plataformas modernas deintercambio.Artculo 5.- Acciones y directrices para la consecucin del objeto. Para alcanzar su objeto laALMA podr:1.- Fomentar una visin de integracin Regional de los municipios y gobiernos locales queposeen actividades aeroportuarias en sus territorios, con la finalidad de poder relevar yreconvertir las asimetras sociales, territoriales y ambientales que externalizan la mayora de lasinfraestructuras aeroportuarias;-6- 7. ESTATUTOS SOCIALES2.- Promover el intercambio de experiencias entre los entes asociados en todo aquello que seade inters;3.- Promover polticas, planes y programas, que apunten a generar mayores niveles decompetitividad e innovacin econmica en los territorios y sus aeropuertos;4.- Realizar estudios, seminarios, foros, debates e investigaciones acerca de cuestiones de intersen los temas aeroportuarios;5.- Promover estudios visando la mejora en las legislaciones;6.- Prestar asesoramiento y servicios, por medio de la elaboracin de proyectos tcnicos para laactuacin en las reas de inters;7.- Promover acciones comunes que estn relacionadas con el crecimiento y el desarrollo urbanointeligente, y la movilidad intermodal, enfatizando la eco-eficiencia en las infraestructurasaeroportuarias;8.- Promover estrategias de gobernabilidad y participacin ciudadana que fomenten eincrementen mejores estndares de sustentabilidad urbana;Artculo 6.- Cooperacin con otras entidades. La ALMA podr desarrollar iniciativas, planes yprogramas con otras entidades gubernamentales, municipales, personas jurdicas de derechopblico o privado, de carcter nacional o internacional, tales como:1.- Promover el intercambio de conocimientos e informacin de carcter tcnico-administrativoentre los municipios y otras instancias gubernamentales, as como con otras asociacionescongneres;2.- Elaborar una agenda de trabajo comn y coordinar acciones institucionales entre losmunicipios y gobiernos locales en torno a la actividad aeroportuaria contempornea;3.- Celebrar e impulsar convenios y servicios recprocos entre municipalidades y gobiernoslocales pertenecientes a la Asociacin y otro tipo de Instituciones pblicas y privadas para larealizacin de los objetivos de la Asociacin;4.- Fomentar la capacitacin y asistencia tcnica que permita potenciar el capital humano y lasexperiencias de gestin de los municipios y gobiernos locales.5.- Promover la cooperacin municipal en campo del conocimiento de las ciencias y la tecnologaen torno a la investigacin de la actividad aeroportuaria especializada;6.- Representar a los municipios y gobiernos locales que son parte de la Asociacin anteorganismos e instancias de cooperacin internacional, gobiernos nacionales y locales;7.- Facilitar las relaciones con otras asociaciones e instancias pblicas de carcter regional,nacional o local, con motivo de propiciar y fortalecer sinergias que contribuyan a construirciudades sustentables; -7- 8. ESTATUTOS SOCIALES8.- Impulsar estudios, planes y programas para la elaboracin de estrategias en el rea de lagestin vinculada con la provisin de servicios comerciales, equipamiento e infraestructuraasociada a la nueva actividad aeroportuaria;9.- Proponer las reas de gestin tcnica en los gobiernos locales, que generen losprocedimientos administrativos y estructuras internas que favorezcan la planificacin estratgicaen torno a la gestin aeroportuaria;10.- Coordinar los procesos de reconversin en el mbito econmico y/o productivo y creacin desistemas educativos locales modernos, asociados a la actividad aeroportuaria contempornea.11.- Coordinar proyectos, planes y programas relacionados con la gestin de servicios ambientalescomo el turismo y/o el patrimonio cultural-ambiental de la regin.12.- Dotarse de una infraestructura, equipamiento y bienes que permitan la operacin y gestinde los objetivos trazados por la Asociacin.Artculo 7.- Duracin del ALMA. La Asociacin Latinoamericana de Municipios Aeroportuariostendr una duracin indefinida.-8- 9. ESTATUTOS SOCIALES TTULO II DE LOS ASOCIADOS A LA ALMA, SUS DERECHOS Y OBLIGACIONESPrrafo 1. De los sociosArtculo 8.- De la calidad de socio. Podrn obtener la calidad de socios todos los Municipios,Comunas o similares que tengan, en actividad o en proceso de desarrollo dentro de su territorio,un Aerdromo o Aeropuerto y tambin aquellos que estn dentro del mbito de influencia de losmismos.Artculo 9.- Clasificacin de los Socios. Los socios del ALMA se clasificaran en socios fundadores,socios activos y socios honorarios.Artculo 10.- Socios Fundadores. Son aquellos Municipios que concurren a la suscripcin de lospresentes estatutos.Artculo 11.- Socios Activos. Son aquellos Municipios que formalmente expresen su voluntad deser incorporados como socios, mediante una solicitud formal presentada al Directorio de la ALMA.Dicha solicitud ser discutida en Reunin General y ser aprobada por mayora simple de lossocios.El procedimiento de incorporacin de los socios activos as como los requisitos que deben cumplirpara obtener la calidad de socio de la ALMA sern establecidos en el Reglamento Interno.Artculo 12.- Socios Honorarios. Son aquellas personas naturales a quienes, por su trayectoria enel ALMA o por sus destacados aportes a la Asociacin, la Reunin General, con el voto favorabledel 75% de los socios, les otorgue de dicha calidad.La forma en que se propondrn a los candidatos a socio honorario, los requisitos que estosdebern cumplir y los derechos que se les otorgarn sern regulados en el Reglamento Interno.Artculo 13.- Representacin de los Socios. Los Municipios asociados sern representados por elAlcalde, Intendente, Prefeito o su equivalente.Los asociados tambin podrn ser representados por un mandatario, con poderes suficientesdebidamente acreditados. El mandatario designado deber tener vnculo contractual con elMunicipio representado.-9- 10. ESTATUTOS SOCIALES Prrafo 2. De los derechos de los SociosArtculo 14.- Cuadro Social. Los socios Fundadores y los Socios Activos formarn el Cuadro Social.Actuando a travs de sus representantes legales o mandatarios podrn participar en las ReunionesGenerales y tendrn los derechos que se sealan en el artculo siguiente.Artculo 15.- Derechos de los socios. Los socios tendrn derecho a:1.- Participar de la Reunin General, de las reuniones especiales o de cualquiera otra a que laALMA cite a sus miembros.2.- Votar para la toma de decisiones que deban adoptarse en la Reunin General;3.- Postular, y en caso de resultar electo, ocupar cargos electivos de la ALMA;4.- Discutir y votar los asuntos sometidos a su apreciacin;5.- Proponer medidas que visen los objetivos y mejoras. Prrafo 3. De los deberes de los SociosArtculo 16.- Deberes de los socios. Son deberes de los socios:1.- Cooperar para su orden, prestigio y desarrollo de la ALMA;2.- Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y el Reglamento Interno;3.- Hacerse presente a las plenarias de la Reunin General y en las dems reuniones a que sehaya citado a sus miembros;4.- Contribuir financieramente, de acuerdo con los criterios estipulados por la Reunin General,condicin indispensable para el disfrute de los derechos previstos en el artculo anterior.Prrafo 4. Incorporacin de los SociosArtculo 17.- Incorporacin. Los municipios que no tengan la calidad de Socios Fundadores y quedeseen incorporarse a la ALMA debern solicitarlo formalmente al Directorio mediante lapresentacin de los Trminos de Ingreso ante dicho rgano.El Reglamento Interno regular el procedimiento y los requisitos que deber cumplir aquelMunicipio que desee incorporarse como socio a la ALMAPrrafo 5. Prdida de la calidad de SocioArtculo 18.- Renuncia. Se pierde la calidad de socio de la ALMA por renuncia a la Asociacin. Larenuncia se presentar ante el Directorio y producir sus efectos propios una vez que seaaceptada por este rgano. - 10 - 11. ESTATUTOS SOCIALESArtculo 19.- Incumplimiento de la normativa. Perder la calidad de socio todo aquel asociadoque:1.- No cumpla con lo preceptuado en este Estatuto;2.- No cumpla con lo sealado en el Reglamento Interno, o3.- Deteriore la imagen de la ALMA.Artculo 20.- Expulsin de un socio. Las causales sealadas en el artculo anterior dar lugar a laexpulsin del socio que haya incurrido en ellas. La expulsin de cualquier asociado serformalizado ante el Directorio.La expulsin acogida por el Directorio dar derecho al socio expulsado a interponer recurso deReclamacin, que ser conocido en la Reunin General.La reunin general conocer de los cargos que se le formulen al asociado y de los descargos deste ltimo, luego decidir la cuestin mediante votacin convocada especialmente a tal efecto demanera soberana.- 11 - 12. ESTATUTOS SOCIALESTTULO IIIDEL PATRIMONIO DEL ALMAArtculo 21.- Formacin del patrimonio. El Patrimonio del ALMA estar constituido por todos losbienes inscritos o registrados a su nombre.Artculo 22.- Ingresos. Son ingresos del ALMA, entre otros:1.- Contribuciones de los asociados;2.- Donaciones, contribuciones o legados de personas naturales o jurdicas del derecho pblico oprivado;3.- Auxilio o subvencin de entidades pblicas o privadas;4.- Rendimientos de capitales y operaciones de crdito;5.- Cualquier otro rendimiento revertido en favor de la ALMAArtculo 23.- Destino del patrimonio al momento de la extincin. Al momento de la extincin dela ALMA, el patrimonio ser donado a una entidad homloga, sin fines de lucro, con sede en unpas latinoamericano de conformidad a la que se acuerde en la Reunin GeneralArtculo 24.- Irresponsabilidad individual de los socios. Los socios del ALMA no respondern porlas obligaciones contradas por la asociacin, salvo que expresamente lo hubieran pactado. - 12 - 13. ESTATUTOS SOCIALES TTULO IVDE LOS RGANOS DE ADMINISTRACIN Y SUS FACULTADESArtculo 25.- rganos de Administracin. Son rganos de administracin de la ALMA:1.- Reunin General;2.- Directorio;3.- Presidencia;4.- Secretara Ejecutiva. Prrafo 1. De la Reunin GeneralArtculo 26.- Definicin. La Reunin General es la instancia mxima, deliberativa y soberana,constituida por los Prefeitos, Intendentes, Alcaldes o su equivalente, o por los representantes queexpresamente tengan derecho a voto, para decidir por la ALMA.La Reunin General ser presidida por el Presidente de la ALMA o por quien pueda sustituirlo, enla forma que establezca el Regimiento Interno.Solamente participarn con derecho a voz y voto los asociados que estn en da con lasobligaciones estatutarias.Artculo 27.- Atribuciones. A la Reunin General compete:1.- Deliberar acerca de los objetivos de la ALMA y asuntos de inters de los asociados;2.- Aprobar el Estatuto y sus respectivas alteraciones;3.- Fijar la contribucin de los asociados;4.- Elegir, por mayora simples de los votos de los representantes presentes al Presidente de laAsociacin, al Secretario Ejecutivo y a los miembros del Directorio que les correspondan para unmandato de dos aos;5.- Analizar el informe anual de las actividades de la Coordinacin, adems de los demostrativosfiscales y financieros del ejercicio fiscal;6.- Refrendar todos los contratos, onerosos o no;7.- Aprobar el calendario anual de actividades de ALMA;8.- Disolver la ALMA.Prrafo 2. Del DirectorioArtculo 28.- Definicin y Funciones. El Directorio es el rgano encargado de dirigir y administrarla ALMA con las ms amplias atribuciones, entendindose que tiene todas aquellas necesarias- 13 - 14. ESTATUTOS SOCIALESpara el cumplimiento de los objetivos y fines de la institucin. El detalle de las facultades con lasque actuar el Directorio se sealarn en el Reglamento Interno.Artculo 29.- Conformacin del Directorio. Integrar el Directorio el Presidente de la Asociacin,el Secretario Ejecutivo y tres socios elegidos mediante votacin por la Reunin General.Presidir el Directorio el Presidente de la Asociacin y en caso de empate su voto ser dirimente.Artculo 30.- Funcionamiento del Directorio. El funcionamiento del Directorio ser determinadoen el Reglamento Interno, y considerar a lo menos:1.- Sesiones Ordinarias en los lugares y fechas que este mismo rgano determine. Laperiodicidad de las sesiones ordinarias as como los detalles de su procedimiento se establecernen el Reglamento Interno;2.- Sesiones Extraordinarias cuando en Presidente decida convocarlas o cuando el 25% de losDirectores se lo solicite por escrito. En las sesiones extraordinarias slo se podrn tratar y adoptaracuerdos sobre las materias contenidas en la citacin, la que se har mediante correo certificadoenviado al domicilio que cada Director tenga registrado en la Asociacin con una antelacin de 15das a la fecha de la celebracin de la sesin. Los detalles del procedimiento sern establecidos enel Reglamento Interno.Artculo 31.- Qurums de funcionamiento. El directorio sesionar vlidamente con la asistenciade la mayora absoluta de sus miembros y los acuerdos sern adoptados por la mayora absolutade votos de los asistentes, salvo que estos Estatutos o el Reglamento Interno establezca qurumsespeciales.Prrafo 3. De la PresidenciaArtculo 32.- Definicin. Al Alcalde, Prefeito, Intendente, o su equivalente electo Presidentecorresponder gestionar la Entidad, durante el perodo de su gestin, inclusive transfiriendo parasu municipio las actividades administrativas que deba desarrollar en razn del funcionamiento dela Asociacin.Artculo 33.- Funciones. El Presidente tendr los deberes y atribuciones que se sealen en elReglamente Interno, en especial:1.- Ejercer las actividades inherentes a la gestin administrativa y financiera de la entidad;2.- Convocar, participar y presidir, con derecho a voz y voto, las sesiones de Directorio y laReunin General. Adems contar con voto dirimente en caso de producirse un empate.3.- Participar de los encuentros de entidades congneres de los pases latinoamericanos y delmundo, incluyendo delegacin;- 14 - 15. ESTATUTOS SOCIALES4.- Convocar y presidir reuniones preparatorias para las Reuniones Generales, en la forma queestablezca el Regimiento Interno;5.- Representar activa y pasivamente la ALMA, judicial o extrajudicialmente, asumiendocompromisos, firmar ttulos de cualquier especie y, adems, delegar poderes para hacerserepresentar junto a instituciones financieras y rganos de Administracin Pblica. Prrafo 4. De la Secretara EjecutivaArtculo 34.- Definicin. La Secretara Ejecutiva es un rgano de administracin de la ALMAdestinado a resguardar el funcionamiento propio de la Asociacin, de manera que los objetivos dela misma y las polticas, planes y programas que se diseen o implementen tengan la debidaejecucin. Asimismo, velar por el buen funcionamiento financiero y contable de la Asociacin.Artculo 35.- Del Secretario Ejecutivo. El cargo de Secretario Ejecutivo ser ocupado por elAlcalde, Prefeito, Intendente, o su equivalente que resulte electo para dicho funcin, por mayorasimple de votos, por parte de la Reunin General.El Reglamento Interno regular la forma en que sern propuestos los candidatos a ocupar el cargode Secretario Ejecutivo y la duracin en el cargo de aqul que resulte electo.Artculo 36.- Funciones. La Secretaria Ejecutiva estar revestida de todas las atribucionesnecesarias para el cumplimiento de su cargo las que sern detalladas en el Reglamento Interno dela ALMA y en especial contar con las siguientes:1.- Participar, con derecho a voz y voto, en el Directorio;2.- Elaborar el planeamiento bienal de la entidad;3.- Coordinar las actividades de la ALMA para la implementacin de su agenda de discusiones yproposiciones;4.- Agendar y preparar audiencias con autoridades para discusin de asuntos definidos por laEntidad.5.- Auxiliar el Presidente en las actividades de la ALMA;6.- Ejercer actividades inherentes a la consecucin de la gestin administrativa, financiera ycontable de la entidad;7.- Ejecutar el plan de trabajo adoptado por la Asociacin; - 15 - 16. ESTATUTOS SOCIALESTTULO V DE LOS RGANOS ASESORES Y DE APOYO A LA GESTIN Prrafo 1. De la Secretaria Tcnica PermanenteArtculo 37.- Definicin. La Secretara Tcnica Permanente es un rgano asesor de la SecretaraEjecutiva que apoyar y asesorar el trabajo tcnico y administrativo de la Secretara Ejecutiva;realizar el seguimiento de temas y debates relacionados con los objetivos de la ALMA.Artculo 38.- Funciones. Sern funciones de la Secretara Tcnica las que se establezcan en elReglamente Interno y en especial:1.- Desarrollar la memoria institucional de la Asociacin;2.- Apoyar y asesorar el trabajo tcnico y administrativo de la Secretara Ejecutiva;3.- Apoyar y asesorar el trabajo de las Unidades Tcnicas;4.- Realizar el seguimiento de los cumplimientos del objetivo de la Asociacin, procurandodeterminar los debates y decisiones de inters para todos los asociados. Prrafo 2. De las Unidades TcnicasArtculo 39.- Definicin. Las Unidades Tcnicas son los rganos tcnicos de la ALMA encargadosdel desarrollo de temas especficos relacionados con los objetivos y funciones de la Asociacin.Las Unidades Tcnicas se crearn por la Reunin General para todos aquellos temas que la mismaconsidere de relevancia para el funcionamiento de la Asociacin.La forma de funcionamiento de las Unidades Tcnicas estar regulada en el Reglamento Interno.Artculo 40.- Funciones. Las funciones de las Unidades Tcnicas sern establecidas en elReglamento Interno de la ALMA, en especial les compete:1.- Formular y proponer, dentro de su rea temtica, polticas comunes para ser implementadaspor los miembros de la Asociacin.2.- Promover la investigacin y la divulgacin de las experiencias desarrolladas en las distintasciudades del mundo;3.- Promover eventos de discusin acerca del tema de su responsabilidad buscando obtenerrespuestas que sern defendidas y difundidas por4.- Preparar un banco de datos y proyectos con las informaciones acerca del tema coordinado.- 16 - 17. ESTATUTOS SOCIALESTTULO VI OTRAS DISPOSICIONESArtculo 41.- Apego irrestricto a los objetivos de la Asociacin. Queda prohibido involucrar laALMA en asuntos ajenos a sus objetivos estatutarios.Artculo 42.- Rotacin de los cargos. La Reunin General considerar la rotacin de los miembrosen las elecciones de su cuerpo directivo.Artculo 43.- Principio de la no discriminacin arbitraria. No habr ninguna distincin entreasociados, sea en virtud de naturaleza poltico-partidaria, aspectos religiosos o cualquier otraespecie de discriminacin arbitraria.Artculo 44.- Idioma Oficial. Quedan establecidos como idiomas oficiales de esta asociacin, elidioma espaol y portugus. De esta manera, documentos producidos en ms de un idiomadebern tener igual contenido y validez. No obstante, en caso de contradiccin u oscuridad entreiguales textos, prevalecer lo sealado en documento original.Artculo 45.- Trmino del perodo como autoridad. Si el mandato del Alcalde, Prefeito,Intendente, o su equivalente se termina en el municipio y/o intendencia, y este est en lacondicin de Presidente deber poner su cargo a disposicin del directorio, dentro de los cientoveinte das, la termino formal de su cargo local.- 17 - 18. ESTATUTOS SOCIALESTTULO VII DE LOS ESTATUTOS Y DEL REGLAMENTO INTERNO Prrafo 1. De la aprobacin de los primeros Estatutos y sus reformas posteriores.Artculo 46.- Discusin y aprobacin de estos Estatutos. La normativa contenida en estosestatutos ser presentada y discutida en Reunin General especialmente citada para estos efectos.Los estatutos originales sern aprobados por la mayora simple de los socios que concurran a laReunin General sealada en el inciso anterior.Artculo 47.- Reformas posteriores. Las reformas a este Estatuto sern discutidas en ReuninGeneral especialmente convocada para esta finalidad, con aprobacin del 75% de los asociadospresentes y que se encuentren con sus obligaciones estatutarias, permaneciendo inalteradas lascondiciones anteriores.Prrafo 2. Del Reglamento Interno, su aprobacin y posteriores modificaciones.Artculo 48.- Definicin. El Reglamento Interno es la normativa regular en detalle elfuncionamiento de la ALMA. Sus disposiciones debern tener la debida correspondencia con losEstatutos de la Asociacin y por el principio de la supremaca normativa cualquier disposicincontenida contraria a los mismos no ser vlida.Artculo 49.- mbito de aplicacin. El Reglamento Interno regular todo aquello que seanecesario para el funcionamiento y desarrollo del ALMA, en especial todas aquellas materiasespecialmente encomendadas en los Estatutos.Artculo 50.- Discusin y aprobacin. El primer Reglamento Interno ser discutido en ReuninGeneral especialmente citada para tal efecto y su aprobacin se producir por la mayora absolutade los socios asistentes que se encuentren al da con sus obligaciones estatutarias.Dentro de los ciento veinte das siguientes a la aprobacin de los estatutos, ser presentado a losSocios el Reglamento Interno.Artculo 51.- Reformas posteriores. Las reformas posteriores al Reglamento Interno serndiscutidas en Reunin General especialmente citada para tales efectos. Su aprobacin se producirpor la mayora absoluta de los socios asistentes que se encuentren al da con sus obligacionesestatutarias. - 18 - 19. ESTATUTOS SOCIALESArtculo 52.- Salvaguarda. En todo aquello no regulado en los Estatutos o en el ReglamentoInterno ser resueltos por el Presidente, quien presentar el caso a la Reunin Generalaprobndose la solucin por mayora simple de los socios asistentes que se encuentren con susobligaciones estatutarias al da. - 19 -