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¿Es la unjformidad semántica una condición de corrección formal de una teoría del modo oracional? JORGE RODRÍGUEZ MARQUEZE (Universidad de Oviedo) 1. Introducción Una cuestión interesante que surge a la hora de intentar construir una teoría del modo oracional’ es la de determinar las condiciones o requisi- tos que dicha teoría debe satisfacer. Se pueden distinguir dos clases dife- rentes de tales condiciones. Tomando prestada la terminología de Tarski. cabe referirse a dichas clases de condiciones con los nombres, respectiva- mente, de: a) Condiciones de adecuación material: esto es. restricciones impuestas a la teoría en razón de las características específicas del fenó- meno objeto de estudio (en nuestro caso, el modo oracional): b) Condi- ciones de corrección formal: esto es. condiciones que se derivan del mar- co metodológico y teórico propio de la disciplina desde la que se aborda el estudio (en nuestro caso, la Semántica veritativo-condicional). En el presente articulo me ocupará exclusivamente de las condiciones de correción formal de una teoría del modo oracional, o más exactamen- te, de una sola de tales condiciones: la condición de uniformidad semán- tica (condición de unifonnidad en la asignación de condiciones y valores semánticos a las oraciones del lenguaje). Supondrá. además, por razones de conveniencia, que el marco teórico en el que se inscribe el intento de construcción de una teoría del modo oracional es el de la Semántica veritativo-condicional de corte (preferente pero no necesariamente) da- vídsoniano. Muy esquemáticamente. flor Semántica veritativo-condicional entiendo aquí. y en palabras de W. Lycan. cualquier formato semántico que asocie, según ciertos principios básicos. oraciones de un lenguaje natural con fórmulas de un sistema lógico cuya in- 1. Por modo oracional entenderé aquí lo que en gramática tradicional se clasifica bajo la rúbrica de <‘tipos (sintácticos) de oración»: oración declarativa, imperativa, in- terrogativa. etc. Si se me pide una caracterización más formal del concepto. lo más que puedo ofrecer es la descripción, tentativa y provisional, que de dicha noción he dado en otro lugar: El modo sintáctico es aquel rasgo gramaticalmente definido de las oraciones cuya función semántica es aislar o identificar su potencial ilocucionario. Cf. Rodríguez Marqueze. J.. 1989 y 1990. Revista de FilosofÍa. 3.’ época. vol. iv (1991), núm. 6. págs. 285-310. Editorial Complutense. Madrid

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¿Es la unjformidad semánticauna condicióndecorrecciónformal de una teoría del

modo oracional?

JORGE RODRÍGUEZ MARQUEZE(Universidadde Oviedo)

1. Introducción

Una cuestióninteresantequesurgea la hora de intentarconstruirunateoría del modooracional’ es la de determinarlas condicioneso requisi-tos quedicha teoría debesatisfacer.Se puedendistinguir dosclasesdife-rentesde tales condiciones.Tomandoprestadala terminologíade Tarski.cabereferirsea dichasclasesde condicionescon los nombres,respectiva-mente,de: a) Condicionesde adecuaciónmaterial: estoes. restriccionesimpuestasa la teoría en razónde las característicasespecíficasdel fenó-menoobjeto de estudio (en nuestrocaso,el modo oracional): b) Condi-cionesde correcciónformal: estoes. condicionesque se derivandel mar-co metodológicoy teórico propio de la disciplinadesdela que se abordael estudio(en nuestrocaso,la Semánticaveritativo-condicional).

En el presentearticulo me ocuparáexclusivamentede las condicionesde correciónformal de unateoría del modo oracional,o másexactamen-te, de unasola de tales condiciones:la condicióndeuniformidad semán-tica (condición de unifonnidaden la asignaciónde condicionesy valoressemánticosa las oracionesdel lenguaje).Supondrá.además,por razonesde conveniencia,que el marcoteórico en el que se inscribe el intento deconstrucción de una teoría del modo oracional es el de la Semánticaveritativo-condicionalde corte (preferentepero no necesariamente)da-vídsoniano.Muy esquemáticamente.flor Semánticaveritativo-condicionalentiendoaquí. y en palabrasde W. Lycan.

cualquier formato semánticoque asocie, segúnciertos principios básicos.oracionesde un lenguajenatural con fórmulasdeun sistemalógico cuyain-

1. Por modooracionalentenderéaquí lo que engramáticatradicional se clasificabajola rúbrica de <‘tipos (sintácticos)de oración»:oración declarativa,imperativa,in-terrogativa.etc. Si se me pide una caracterizaciónmás formal del concepto.lo másquepuedoofreceres la descripción,tentativay provisional, quede dicha noción hedadoen otro lugar: El modo sintácticoesaquel rasgogramaticalmentedefinido de lasoracionescuya función semánticaes aislar o identificar su potencial ilocucionario.Cf. RodríguezMarqueze.J.. 1989 y 1990.

Revista de FilosofÍa. 3.’ época.vol. iv (1991), núm. 6. págs.285-310. Editorial Complutense.Madrid

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terpretaciónsemánticavengadadapor medio de una definición de verdadexplícita.(1984,p. 17)2

Se han señaladoen la literatura>diversosrasgospropios de una Se-mántica veritativo-condicionalque constríñen la forma a adoptarporunateoría del modooracional.Segúnya he indicadomásarriba, yo sólovoy a examinaraquí uno de talesrasgoso condiciones:la llamadacondi-ción de uniformidadsemántica.

II. Uniformidad semántica y uniform¡dad semiótica

La condiciónde uniformidadsemánticapuededescribirseasí: la asig-naciónde condicionesy valoressemánticosa las oraciones(o. en general.a las expresiones)del lenguajeobjeto (inglés. castellano,etc.) ha de líe-varsea cabode forma uniforme. Este es.por ejemplo,el modo en queC.McGinn formula la condición<.Queda,naturalmente,por aclararquéseentiendepor «asignaciónde forma uniforme».Perodejaremosestacues-tión paramástarde.M. Plattsofreceunaversiónligeramentediferentedeestamismacondición de uniformidad,condiciónqueél prefieredenomi-nar «condiciónde monismosemántico».Su versión es la siguiente:

las reglasquedeterminanel significadode una palabrau oracióndel len-guaje debenser todas de un mismo tipo general. (1979. p. 50. FI subrayadoes mío).

Cuandose quiere explicar o detallaren quéconsisterealmenteestacondición,es prácticacomúnreferirsea la idea de M. Dummett.segúnlacual es necesarioidentificar un conceptoclave en la teoría del significa-do. Tanto McGinn como Plattsprocedende estamanera5.La condiciónde uniformidadsería,por tanto,simplementeun modoalternativode for-mular ¡a tesisde Dummettde que «ha dehaberalgún conceptoclave enla teoría del significado. algunanoción que figure en la explicación decualquieroración»~.

2. Esta formulaciónposeeel grado suficientede generalidad(o, si se prefiere,deneutralidad)comopara abarcar,no sólo el programasemánticotrazadopor David-son, sino también proyectossemánticosalternativos,talescomo los de. por ejemplo,R. Montagueo M. Cresswell.En otraspalabras,estaformulaciónconvienetanto a lasemánticaextensionalde Davidson como a la llamadasemánticade los mundospo-sibles.ya queen ella no se especificaquétipo de sistemalógico ha de asociarseconlasoracionesdel lenguajenatural.En particular,quedaen ella abierta la cuestióndesí eí sistemalógico a adoptares extensionalo intensional.

3. Cf. por ejemplo.Hausser.1983: Platts, 1979: McGiníi, 1977;y Davidson.1984(b).4. Cf 1977. Pp. 301-302.5. Cli McGinn, 1977. p. 310. n. 5 y Platts. 1979, Pp. 50-Sl.6. Platts. 1979. p. 50.

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No obstante,hemosde procedercon cuidadoal asimilar la condiciónde uniformidad semánticacon la idea de Dummett. porqueel uso queesteautorhacede la expresión«conceptoclave de la teoríadel significa-do» admiteal menosdos lecturasdiferentes,dependiendode cómo se in-terpreten las palabras«teoría del significado» dentro de dicha e:xpre-ston7. «Teoríadel significado»se puedeentenderen un sentidoamplio ogenerale identificarsecon lo quepodríamosllamar la Semiótica. Pero.alternativamente,«teoría del significado»puedeinterpretarsetambiénenun sentidomásestrechoo restringidoe identificarsecon la Semántica.Estasdos formasposiblesde entender«teoríadel significado»dan lugara dos nocionesdiferentes de «conceptoclave». Ambas estánpresentes—me parece—en el texto de Dummett, aunqueél nuncadistingaentreellas ni reconozcaqueexistadichadiferencia8.Sólo sise interpretala ex-presión en su sentidorestingidoes lícito asimilar, como pretendenMc-Ginn y Platts, la noción dummettianade concepto clave de la teoría delsignificadocon la condiciónde uniformidadsemántica.

Antes de seguiradelante,expliquemos,brevemente,cuálesson estasdos lecturasy por quécreemosque ambasestánpresentesen el capítulodécimo, «Assertion».del libro citadode Dummett:

1) De acuerdocon la prímeralectura(interpretación«semiótica»),laidea de Dummettseríaque, de entretodos los aspectos quepuedendistin-guirse al estudiar el úsign~ficado lingúístico total»9 de (las proferencías de)las oraciones,existe uno que resulta fundamentalo crucial. Así, siL dis-tinguimos.por ejemplo, los aspectosde fuerza ilocucionaria,contenidosemántico,efectosperlocucionarios.intencionesdel hablante,etc., la tesisde Dummettseríaque.de entretodosestos«aspectos»del significadoes-tudiadospor —digamos—distintasramasde la Semiótica,existeunoquees lúndamentaly el restopuede~<derivarse».de una u otra manera,a par-tir dedicho rasgobásico.En el pasajequecitamosa continuación, Dum-mett parecereferirse.ciertamente,a esta «nociónsemiótica»de conceptoclave:

La asunciónimplícita quesubyacea la idea de quehay un cierto conceptoclaveen términosdel cual podemosefectuarunacaracterizacióngeneraldelsignificadode tina oraciónes la de quedebeexistir algún patrón uniformededcrivaciónde todos los demás rasgos del uso de una oración cualquiera unavezquees <lado su significadocaracterizadoen términos del conceptoclave. (p.361. El subrayadoes mio).

7. Cf Dumrnett. 1973. cap.X.Ñ. En la medidaen queDummett no esconscientede estaambigoedaden su uso

de «conceptoclavede la teoríadel significado»,puededecirsequeel autor confundeo mezcla ambossentidosde la expresión.

9. Utilizo «significado lingaistico total» en el mismo sentido,general y vago,enquelo usa lyon. Cf 1954, p. 3.

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La partequehe subrayadoen la cita anteríor,con sureferenciaexplí-cita a los demásrasgosdel uso de una oración,indicaclaramentequelanoción generalde significadoqueel conceptoclavecontribuyea caracte-rizar va másallá de los límites de la Semántica.Dummettse refierea losdiferentes«rasgos»quedeterminanel significadode las oracionescomorasgosdel uso de las mismas.La noción de significado que manejaes,pues,más amplía o más generalque la noción de contenidosemántico(significadocognitivo. contenidoproposicional).Se trata de una nociónde significadoa cuyadeterminacióncontribuyenelementostalescomolafuerza ilocucionaria,las intencionesdel hablante,etc. Pero.dadaesta in-terpretación,la nociónde conceptoclavetienepocoquever conla condi-ción de uniformidad quea nosostrosaquí nos interesa,porquees unano-ción que desbordalos dominios de la Semántica.La única noción deconceptoclave a la que Platts y McGinn puedenapelar legítimamente(esto es. la única relevante al intento de justificar la necesidadde unacondiciónde uniformidaden Semántica)ha de serun conceptointerno ala propia Semántica.

2) Por tanto, la lecturaque resultaaquírelevantesólo puedeserla se-gundade las distinguidasanteriormente:a saber,aquellaquerestringelaclasede «conceptos»de que es miembro el conceptoclave a la clasede(tipos de) condicionesy valoressemánticosO De acuerdoconestasegun-da interpretación,la idea seríaqueexiste(o debeexistir) un (tipo de) con-dicionesy valoressemánticosclave que resultasuficienteparaexplicarodeterminarel contenidosemántico(signifIcado literal) de toda oracióndel lenguaje.

Entendidode estaforma. el problemade encontrarun conceptoclaveconsisteen hallar un conceptoquejuegueun papelcentralen la determi-nación de las condiciones(y valores) semánticosde toda oración, seacual seael tipo sintácticoal quepertenecesEl textode Dummettquecita-mosacontinuaciónconstituye—me parece—un ejemploclaro en el quelas palabrasdel autor debeninterpretarseen estesegundosentido.Dum-mett señalaque la tesisde que«la teoría del significado poseeun ciertoconcepto clave ¡esj común a la mayoría de los filósofos que han escritosobre el significado».(p. 360). Y para ilustrar o sustentarsu afirmación,ofreceel ejemplo de la teoría de Frege.Dummettescribe:

Fregeconsiderabala noción de verdadcomo el conceptoclave de la teoríadel significado: captarel sentido de unaoración es captarsuscondicionesde verdad.(...) Se hanpostuladootroscandidatosparadesempeñarel papelde conceptoclave: pero ha sido comúnentre los filósofos suponerquehay

10. Cuandohablo de condicionesy valores semánticosme refiero a cosastalescomocondicionesde verdad y falsedad,condicionesde obedienciay desobediencia.condicionesde respuestasatisfactoriae insatisfactoria.etc.: y a los correspondientesvalores:verdad,falsedad,obediencia,desobediencia,etc.

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un cierto rasgode la oración quepuedeidentificarsecomo determinantedesu significado».(p. 360).

Aquí parececlaro que la teoría del significado de la que Dummettestá hablandono desbordalos límitesde la Semántica,puestoqueexiste.en el texto, unaecuaciónimplícita entreteoríadel significadoy teoríadelsentido,¿Porquédigo queexiste tal ecuaciónimplícita? Porquela razónpresentadapor Dummett paraexplicar por qué es la noción de verdadelconceptoclave de la teoría del significadode Fregepareceser la de quela noción de verdad (condicionesde verdad)es el concepto clave de lateoríadel sentido.Siendoestoasí, un modo muynatural de leerel pasajede Dummettconsisteen suponerqueel autorestáidentificando la teoríadel significado (de Frege)con la teoríadel sentido(deFrege)tt.

¡-le indicadoantesque las dosversionesde la noción de conceptocla-ve estánpresentesen el texto de Dummetty queel autorno distingueen-tre ambas.Muy probablemente.unade las razonespor las queestoes asíes que, en su propia teoría, existe,de hecho, una única noción que des-empeña,a la vez, el doble papelde serel conceptosemánticoclave y elconceptosemióticoclave: a saber,las condicionesde verdad. Así, segúnsu propia concepción, las condiciones de verdad pueden entendersecomo conceptoclave de la teoríadel significado en dos sentidosdiferen-tes: a) en tanto que opuestasa. digamos,condicionesde verificación.fuerza ilocucionaria.intencionesdel hablante,etc. b) En tanto queopues-tas a condicionesde obediencia,de respuestasatisfactoria,etc.

No obstante,en la concepciónde Dummettlas condicionesde verdadson, primariamente,el conceptoclave de la Semántica.Sólo en modo indi-rectosonlas condicionesde verdadel concéptoclavede la Semiótica:a sa-

II. Por supuesto,existe otra forma posible de interpretar las palabrasde Dum-mett: es cierto queel autor considerael hechode quelas condicionesde verdadsonel conceptoclavede la teoria fregeanadel sentidocomola razónpor la quela verdades el conceptoclavede la teoríadel significado.Peroestoes asi—arguiriael defensorde la nueva interpretación—,no porqueDummett identiFique la teoria (fregeana)delsignificadoconla teoría(fregeana)delsentido.sino porqueentiendequela noción desentidoes fundamentalen la teoria(fregeana)del significado. De este modo. puestoque el sentidoes el conceptoclavede la teoria (fregeana)del significado.y puestoquela verdades.a su vez.el conceptoclavede la teoriadel sentido,podemosconcluirquela verdades también,en forma derivada o indirecta, el conceptoclave de la teoria(fregeana)generaldel significado.

Nótese,sin embargo.queestainterpretación,si escorrecta,aportafuerzaadicionala nuestraafirmaciónde que Dummett utiliza dos nocionesdiferentesen su discusióndel conceptoclave. De un lado tenemosqueel sentidoes,en oposicióna, digamos,lafuerza ilocucionaria.las implicaturasconversacionales.etc., el conceptoclavede unateoría generaldel significado (Semiótica).De otro lado, ocurre que la verdad(o lascondicionesde verdad),corno cosaopuestaa otros posibles valores(o condiciones>semanticosde lasoraciones,es el conceptoclave del sentido.

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ber, en la medidaen queel contenidosemánticoes el conceptoclave dela Semiótica; esto es, en la medida en que la Semánticaes entendidacomo disciplinacentral dentro de la Semiótica.Si le es posiblea Dum-mett singularizarlas condicionesde verdadcomoel conceptoclave de lateoríadel significadoen ambos sentidos es debidoa la circunstancia,pura-mente contingente,de que las condicionesde verdadconstituyenel con-cepto clave del conceptoclave de la Semiótica.

Pero es importantedarsecuentade queesto es, simplemente,una ca-racterísticaparticular de la concepciónde Dummett, No es de ningúnmodonecesarioquehayaunaúnica nociónquedesempeñela doblefun-ción de serel conceptoclavede la Semánticay el conceptoclavede la Se-miótica. Hay. al menos,dos consideracionesque arrojan luz sobre estepunto:

1) Es perfectamenteposible imaginar una teoría del estilo de la deOnce—pongamospor caso—en la quea) se consideretambiéna la ver-dad (condicionesde verdad) como el conceptoclave de la Semántica,peroen la queb) el aspectosemánticodel significadono se juzguecomoel conceptoclave de la teoríageneral del significado (Semiótica).Segúnestaconcepción.la noción de intención (el significado que el hablantequiere comunicaren la proferenciade unaoración) seríala nocióncen-tral de la Semiótica.Tendríamos,pues.aquí.el casode unateoría quesu-poneo defiendelaexistenciade un conceptoclavetantoparala Semánti-ca como parala Semiótica.Pero ahorala noción particular a la que seasignauno y otro papel es distintaen cadacaso(a saber,respectivamen-te, condicionesde verdade intención del hablante).

2) Es posibleconcebiruna teoría que,al igual que la de Dummett.entiendael aspectosemánticocomo el conceptoclave de la Semiótica.pero que,por contra,sostengaqueexisten,no uno sino variosconceptosclaves dentro del dominio de la Semántica.La teoría semánticadeR. Hausser.por ejemplo,se ajustariaal modeloque acabode mencionar’2.

En vistade lo dicho hastaaquí.he de concluir que la apelación,caren-te de cualificación, que hacenPlatts y McGinn a la noción dummettianade conceptoclavees. cuandomenos.confundente.Dadoquelo queinte-resaa Plattsy McGinn es la nociónde uniformidadsemántica, sóloles eslegítimo identificar o conectarla idea de uniformidadcon la idea dum-mettianade conceptoclave en el supuestodc queestaúltima hayasidoconvenientementedesambiguada,estoes, sólo en el supuestode queseainterpretadacomo conceptoclave de la Semántica.

12. Cf., por ejemplo. 1980.

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III. Sentido fuerte de la condición de uniformidad semántica

Una vezdesambiguada¡a noción de conceptoclave, eshorade volvera nuestraformulacióninicial de la condiciónde uniformidad. Comoyase indicó, tal formulación,tomadaaisladamente,no es demasiadoinfor-mativa.La expresiónqueapareceal final de la misma.«[asignación] deforma uniforme», necesita,evidentemente.ulterior clarificación. De he-cho, la expresiónen cuestiónadmitediferentesinterpretaciones.Y. segúnquéinterpretacióndecidamosadoptar,estaremosafirmandoversionesdi-ferentesde la condiciónde uniformidad.Básicamente,haydos versionesposiblesde esta condición,la fuertey la débil.

La versiónmásfuertees el resultadode entenderla relaciónde unifor-midadcomo identidad:a todaslas oracionesdel lenguaje(esdecir,a ora-cionesde cualquiermodo sintáctico)se les ha de asignarel mismo tipo decondicionessemánticas.Sólo se necesitaun único tipo de condicionesse-mánticasa la hora de llevar a caboun análisissemánticosatisfactoriodelas oracionesdel lenguajenatural. La formulación que hacePlatts de lacondición‘~ invita claramentea estainterpretaciónfuerte. TambiénDum-mettparecefavorecerestaversión,al menosen algunospasajesdel capí-tulo décimode su libro citado 4

Se suelenindicardos razonesen apoyode estaversión fuerte.Ademas.existeuna tercera«razón»quesólo raramentees formuladadeforma ex-plícita, peroqueciertamenteparecesubyacera o contribuir a explicar laactitud favorablequealgunosautoresprofesanhaciaestaversión fuertedela uniformidadsemántica.De estastresrazones—en mi opinión— sólo laprimeraes legítimao satisfactoria.Veámoslas:

La primera razón es,dicho de forma escuetay poco cuidadosa,queunateoría semánticaquepostulaun único tipo de condicionessemánti-cases. en principio, mássimple. económicay eleganteque una teoríaenla que se reconoceunamultiplicidad de tipos de condicionessemánticas.Se trata,por tanto, deunarazón de carácterpuramentepragmáticoo. si seprefiere,estético.Por poner un ejemplo, la explicaciónque proponeW.Lycan para entenderalgunade las razonesquesubyacenal tratamientoque haceO. Lewis de las oracionesno declarativasen «GeneralSenían-tics» debeinterpretarseprecisamenteen estalínea. Lycan escribe:

Tenemosun motivo poderosoparaasignarcondicionesde verdada lasora-cionesno declarativas,a saber.el deseode preservaruniversalmentela ideadequelas oracionesposeensussignificadosenvirtud de que susestructurassintácticasprofundasvienendefinidaspor unadefinición deverdadde estilotarskiano...(1984.p. 137).

13. Cf. supra. p. 2.14. Cf. 1973. p. 307.

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Desdeestepunto de vista, (la versiónfuerte de) la uniformidaddeberíaconsiderarse.no estrictamentecomo unacondición necesariade la teoríasemántica,sino, másbien, como un desideratumde suspracticantes.Enotraspalabras.no es quela Semánticadeba seruniforme en sentidofuer-te. pero por razonesde simplicidad,elegancia,etc., seriaciertamentede-seable que gozasede tal propiedad.De otro lado, sin embargo,siempreque sale a colaciónla cuestiónde la simplicidadteóricay pmblemasafi-nes,unono deberíaperderde vistael hecho—tantasvecesenfatizadoporQuine, por ejemplo—de que «la simplicidad (...) no es una idea clara ydesprovistade ambigúedad:y quees perfectamentesusceptiblede prestar-sea un doble o triple criterio» (1953. p. 17). Una cuestiónimportante.peroobviamentede muydifícil solución,seria,por tanto,ésta:¿redundala ob-servanciade la condiciónfuerte de uniformidaden unaganancia«neta»(esdecir, una vezque sehantenido en cuentatodoslos factoresy sopesa-do el comportamientode la teoríaen relación con lbs distintoscriteriosdesimplicidadaceptados)de simplicidadpor partede la teoría semántica?

La segundarazóntípicamenteaducidaen defensade la uniformidaden sentidofuerte es quesemejantecondiciónes necesariaparapreservarohacerjusticia a dos «verdadesevidentes»de la teoríasemántica:a) Elprincipio semánticobásicode Fregesegúnel cual el significado(sentido)de las palabrasha deexplicarseen términosde lacontribucióndelas mis-masal significado(sentido)de las oracionesen queaparecen15; y b) loqueMcGinn describecomo «la sólida intuición» de que«las palabras.ensu recurrenciaen oracionesde diferentestipos. desempeñansiemprelamisma función semántica»(1977,p. 30?). Esteargumentopuedeencon-trarse.por ejemplo,en Dummett,McGinn y Platts.Peroes esteúltimo au-tor quien presentauna versión más clara y explícita del mismo. Plattsescribe:

el argumentoen favor de la adopciónde la construcciónmonistaes éste:enausenciade un conceptoclaveseriaimposible la uniformidaddel significa-do de laspalabras.(...) Laspalabrasposeensignificadoen virtud de su con-tribuciónal significadode laoración:y estacontribuciónviene determinadapor a teoríade! significado.Supongamos,ahora,queun concepto«clave»seaplica.digamos.a lasoracionesindicativasy otro distinto a lasoracionesñu-perativas.Consideremosunapalabraquefigure en unaoración indicativayen unaimperativa.El significadode dichapalabravienedeterminadoporsucontribución a los significados de las dos oracionesconsideradas(aunque.obviamente,no sólo por el significadode esasdos únicasoraciones);peroentonces,sucontribución a! significadode cadaoracióndebeserdilerenteporque. ex hypothesi se trata de un tipo completamentediferente decontribución: una contribución cuyo carácterviene determinadopor con-ceptosclave totalmentedistintos en cadacaso. La primacía del significadodela oraciónsecombinaconla posibilidadevidentede proporcionarsignifi-

15. Cf. por ejemplo. Dummett. 1973.Pp. 194-95.

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cadosuniformesa las palabrasparaimplicar la tesisdel monismo,para im-plicar la tesisde quehay un Único conceptoclave (p. 5l\

Por tanto,lo queaquíse afirmaes quela aceptacióndel principio fre-geanoexpresadoen a), tomadoconjuntamentecon la suposiciónde queseaplicanconceptosclavesdiferentesa diferentestipos de oraciones(estoes. queoracionescon diferentesmodossintácticosrecibenclasesdiferen-tes de valoresy condicionessemánticos)equivalea negarnuestrasegunda«verdadevidente»,expresadaenb). queel significadode unapalabraper-maneceinvariablecon independenciade la oraciónen la queaparezca.

Parececlaro, sin embargo.queestaafirmaciónes equivocada.En ellase ignora o no se tieneen cuentael llamadoprincipio de composicionali-dad 6. La supuestadificultad señaladapor Plattsse desvanececon sóloprestardebida atencióna lo queel principio de composicionalidaddiceacercadel significado de las oraciones.De acuerdocon esteprincipio. elsignificadode unaoraciónno es simplementeuna «colección»de los sig-nificados de sus partes.La estmcturaque da unidad a esaspartesjuegatambién un papel esencial a la hora de determinarel significado de laoración.Peroentonces,pareceperfectamenteadmisible mantenerqueora-cionesde diferentesmodossintácticos poseanvaloresy condicionesse-mánticasdiferentes(esdecir,que seapliquenconceptosclave diferentesacadaunadeellas)sin queello nos obligue. en modo alguno, a suponer que laspanes constituyentes de las oraciones experimentan un cambio de significado.Sencillamente,oracionesde diferentesmodossintácticos poseenvaloresycondicionessemánticosdiferentesporque susestructurasson diferentes.

Podría replicarse,tal vez, que la apelacióna diferenciasdeestructuranoes (o no puedeser) suficiente,ya que hay muchoscambiosde estructuraoracional(formalógica) queno se traducenen diferenciasde (tipo de)va-loresy condicionessemánticos(por ejemplo,cambiosprovenientesde laintroducción de un cuantificadoro del operadorde negaciónen una ora-cion, etc.).Peroesta réplicaes,enrealidad,muy pocoafortunada.No cabeduda,naturalmente,de quees precisodeterminaro especificarqué rasgoso elementosde la estructurade unaoraciónson responsablesde o tienenquever conlas diferenciasde tipo de valory condicionessemánticos.Peroreconocidoesto, permanecetodavía el hecho básico de que. si entende-mos el significado de las oracionescomo el valor defunciones cuyos argu-inentossonlos significadosde sus partes.no parecehabernadaequivoca-do, extrañoo indebidoen la afirmación de quediferentesfuncionesconlos mismos argumentosdeterminanvaloresdiferentes.En resumen,y envista de todo lo dicho. concluyo que la segundarazónen favor de la uni-formidad en sentidofuertees insatisfactoria.

16. Paraun tratamientosucinto y claro de la noción de composicionalidadse-mantica. cf. por ejemplo, Cresswell.M., 1985. Structured Meanings. The Semantics ofPropositional Attitudes. Cambridge.Mass.. MIT Press.

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IV. Una tercera razón en favor del sentido fuerte de la condición deuniformidad semántica

Existetodavíaunatercerarazónesgrimidaen apoyodela idea de quelo relaciónde uniformidad a que se refierela condiciónde uniformidadsemántica debeserentendidacomo identidad. Estarazónaparece,cuandomenossugerida,en algunospasajesdel capítulodécimodel libro citadode Dummett: y aunquemi interpretaciónde la misma sea,tal vez, másfuerte que la queel propio Dummettestaríadispuestoa aprobar,no obs-tante,es lo suficientementeinteresanteen sí misma como para merecerunadiscusióndetallada.

Estatercerarazónes la siguiente:si la relación de uniformidadno esentendidacomo identidad,no se puedetrazaro mantenerunadistinciónque, desdeFrege,pero especialmentedesdeAustin, se ha convertidoenlugarcomún de los estudiossobreSemiótica: a saber.la distinción entreel sentido de una oracióny la fuerza (ilocucionaria)de sus proferencias.Parececomo si Dummetpensaraquela afirmaciónA):

A) Existe unadistinciónentre sentidoy fuerza,implicara (en el sentidode implicación lógica: lo queen inglésse llama-ría «entailment»)la afirmaciónE):

B) La uniformidad en la asignaciónde valoresy condicionessemánti-cos debeentendersecomo identidad.

Parececomo si el autor pensaraque unateoría quedistingue entresentidoy fuerzadeberespetarla condiciónde uniformidadsemánticaen-tendidacomo identidad.O. por ponerlo todavía de otra forma, parececomo si Dummett pensaraqueB) es una condiciónnecesariade A). Así,el argumentoquesostieneestatercerarazón en favor de B) podría deta-llarse de la manerasiguiente:

1) E) es una condiciónnecesariade A).2) A) es una verdad evidentede la Semiótica (de la teoría general

del significado).3) Por tanto, si queremospreservarA) hemosde preservarE).

Yo voy a argílir aquí que,en contrade lo afirmadoen 3). la distinciónentresentidoy fuerzapuedemantenerseaunen el casode renunciara lanoción de uniformidadsemánticaentendidacomo identidad.Estoes, re-chazaréla primerapremisadel argumentoanterior,segúnla cual 8) esunacondiciónnecesariade A). Mi estrategiaserála siguiente:Primeramente.distinguiré dos formas en las que puedeentendersela distinción entresentido y fuerza (de aquí en adelante,«distinción SIF»), según que lafuerzase entiendacomo unanoción pragmáticao como unanoctonse-mántica.En el primer caso—arguyo— la tesis B) no es una condiciónnecesariade la tesisA). A) y B) carecende todaconexión mutuaquenosea,simplemente.la propia de dos afirmacionescompatibles de la Semió-

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tíca. De forma análoga,en el segundocaso.A) y B) resultanser, igual-mente (y esto en la circunstancia más favorable). dos afirmacionesmutuamentecompatiblesde la teoría del significado.He dicho «enla cir-cunstanciamás favorable» porqueA) y E) resultanahora compatiblessólo en el supuestode quesometamosla noción dummettianade sentidoauna pequeñamodificación.

Antesde presentarlos textosde Dummett queparecenapoyarla ideade que B) es una condición necesariade A). es precisodescribir, aunqueseade forma muy someray parcial, la teoríadel significadode Dummett,tal y como apareceen el capítulo «Assertion»de su libro citado. Es nece-sario. igualmentey al mismo tiempo, explicar al menos partede lo quepodríamosllamar el «vocabulariotécnico»queDummett usaen los pa-sajespresentadosmásabajo. Sólo entoncesse podráentendercómoy porqué lo que el autor dice allí constituyeunadefensade la tesisque yo medispongoa rechazar.

Dummettdistinguedos elementoso componentesbásicosen la signi-ficación lingúística total de una oración‘~: su sentido<contenidoproposi-cional o descriptivo)y su fuerza.Esta distinción sebasaen la concepciónfamiliar de que las diferenciasen los modos sintácticosde las oraciones(es decir, diferenciasentreoracionesdeclarativas,imperativase interro-gativas, por ejemplo) reflejan o se correspondencon diferenciasen lafuerzaasociadaa las oraciones,perono afectanal sentidodc las mismas.Así, oracionescomo (1). (2). (3):

1) Cerrarásla puerta(2) ¡Cierra la puerta!(3) ¿Cerrarásla puerta’?

difieren en cuantoa su fuerza(estoes.en cuantoa la fuerzaquecaracte-ríza a una proferenciaseday literal de cadauna de ellas) pero poseenidéntico sentido.Dicho brevemente,las diferenciasde modooracional nose traducenen diferenciasde sentido.La noción de sentidoutilizada porDummettes. por supuesto,la noción fregeanaclásica.Dummett. siguien-do a Frege.concibe el sentidode unaoración como «la dimensiónpro-piamentesemánticade su significacióntotal» ~. Una vez que fijamos elsentidode una oración,hemoscompletado.por así decir, la caracteriza-

17. Utilizo «significación linguisticatotal», en vez de «significado»,con el fin dehacerpatenteque.al introducirla fuerzacomo uno de los elementosquecontribuyena la determinacióndel significadode las oraciones,Dummett mezclaen su análisislos niveles pragmáticoy semántico.Dummett no distingueentrelo quenosotroslla-mamoslas nocionespragmáticay semánticade fuerza. En mi opinión, esta es la ra-zón (o por lo menos,es una razónmuy importante)por la queel análisis que haceDummett del signficadode las oracionesresulta,en último término, inadecuado.

18. Cf. McGinn. lOfl. p. 303.

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ciónsetndntica de la misma:hemosdeterminadosu estructurasemántica.Pero,mientrasFregesosteníaqueoracionesdediferentesmodossintácti-cos poseentipos de sentidodiferentes (así, oracionesdeclarativasexpre-sanpensamientos, oracionesimperativasexpresanmandatos, etc. 9), Dum-mett, en cambio,reducelos diferentestipos de sentidode Fregea un úni-co tipo; a saber,aqueltipo de sentidoque,en la concepciónde Frege.co-rrespondea las oracionesdeclarativas:pensamientos. El pensamientoex-presadopor unaoracióndeclarativapuedecaracterizarse—de nuevo,deacuerdocon Frege—en términosde condicionesde verdad.Así, las ora-cionescuyo sentidoSs un pensamiento«poseen»condicionesde verdadquepuedenquedarcumplidaso incumplidas.DadoqueDummettsostie-ne queel sentidode todaslas oraciones,seanéstasdeclarativaso no, esun pensamiento,resultaque,en la concepciónde Dummett,todas lasora-cionesposeen,como condicionessemánticas,condicionesde verdad: ytodas reciben,comovalor semántico,un valordeverdad.Y. puestoquelatareadel semánticoconsisteen determinarlascondicionessemánticasdetodaoracióndel lenguaje,pareceque. si Dummettestáen lo cierto, nues-tro semánticopodría dar por concluidosu trabajounavez queconsiguie-ra determinarlas condicionesde verdad(el sentido)de todaslas oracio-nes.Seadeclarativao no la oración,la labor del semánticose reducidaafijar suscondicionesde verdad:esdecir, a fijar las condicionesquedeter-minan su valor semántico20

Es. precisamente,porqueDummettmantieneestaposiciónpor lo queincluyo a Dummetten e] grupo de autoresqueadoptanla versión fuertede la condición de uniformidad semántica.(O. puesto en términos másdébiles,esporqueDummett mantieneestaposiciónpor lo que le incluyoen el grupo de autorescuya teoríaes consistentecon la versión fuerte dela condición de uniformidadsemántica,independientementede si el au-tor la suscribeo no).

19. Cf Frege. 1892, Pp. 38-39.20. Es cierto queDummettconsideraque las oracionesno declarativasestándota-

das de «condiciones»distintas de las condicionesde verdad.En particular,el autorcaracterizalas oracionesimperativasen términos de «condicionesde obediencia»yestima queestapropiedadespecialde las oracionesimperativasconstituyeunadife-renciacrucial de las mismascon respectoa las declarativas.Peroha de recalcarsequeOummettpareceentenderestascondicionesde obediencia,no como condicionesse-mánticas, sino como condicionespragmáticas, valga la expresión.Las oracionesimpe-rativastienencondicionesde obedienciaademás de, no en vez de. tenercondicionesde verdad.Poseenestasúltimas en la medidaen quehay una ciertafuerzaquepuedeasociarsecon ellas.. Condicionesde verdady de obedienciano son, para Dummett—repito—, condicionessemánticasalternativas.Las primerasson de naturalezase-mántica; las segundasde naturalezapragmática.Estaes la razónpor la quepuedencoexistir «dentro»de la mismaoración. En mi opinión, esta concepciónes equivoca-da,perodejo la cuestiónintacta.

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Por consiguiente,cuando digo —en términos muy abstractos—queDummettmantienela tesisE):

E) La uniformidad semánticaha de entendersecomo identidad;o la tesisE’):

E’) Existe un único tipo de condicionesy valoressemánticosnecesa-nos parala caracterizacióndel contenidosemánticode las oraciones:

mis palabrashande entenderseen el sentidode. por ejemplo,E):

E 3 Toda oración (del inglés) debeanalizarsecomo oración que«ex-presa»un pensamiento:

o de E,):

E,) Todaslas oraciones(del inglés) poseenun mismo tipo de condi-cionesy valoressemánticos;a saber,condicionesy valoresde verdad;

o. en fin, de E,):

E>) El sentidode todaslas oraciones(del inglés) ha de caracterizarseexclusivamenteen términos de condicionesdeverdad.

Consideroque B ). B 2) y E>) sonparticularizacioneso ejemplificacio-nes directas de E) y E’).

Tras estas aclaraciones,podemosprocederahora al examen de lostextosde Dummettque—en mi opinión— apoyanmi afirmaciónde queel autorjuzga la tesis E) como unacondiciónnecesariade la tesisA>. Elprimer texto es éste:

Si aceptamosla distinción entre sentidoy fuerza, entonceses verdadcon res-pectoa todos los actos lingtiisticos (...) que la convenciónque los gobiernaha de ser explicadapor referenciaa las nocionesde verdad y falsedadquese asociencon el pensamientoexpresado.De esto,en definitiva, se trataba:lascondicionesde obedienciay desobedienciade un mandatohabiande serdeterminadaspor las condicionesde verdady falsedaddel pensamientoqueconstituyerael sentidode la oración imperativa; y un tratamientosimilarvale para todoslos otros casos(p. 344. El subrayadoes mio>.

Dummetthablaen estepasajede actoslingillisticos. y no de oraciones(proferidas).En un primer momento,estopodria tomarsecomounaindi-cación de queel pasajeno versa,en absoluto,sobrecuestionestocantesala uniformidad semántica. La uniformidadsemánticano estaríaaquí encuestiónporquela discusiónsc centraen actoslingúisticos,no en oracio-nes en tanto queproferidas. Peroel hechode que Dummettaluda aquí aactoslingúisticosno debedespistamos.Una afirmaciónmuy similar a la

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que se haceaquí a propósitode los actoslingúísticospuedeencontrarseen un pasajeanteriorreferida,esta vez, a oraciones:

Podemosdesestimarcomo definitivamenteerrónea¡la ideade Fregede quelas diferenciasentreoracionesdeclarativas.imperativase interrogativassondiferenciasde sentidol. Estoes, podemosdesestimarlacomo erróneasiem-pre que la tomemosen conjuncióncon la distinciónde Fregeentresentidoy fuerzapara oracionesdeclarativas(p. 307).

Lo que Dummet presentaaquícomo «la idea de Frege»puedeenten-dersedirectamentecomo la negaciónde la tesisB), interpretadaen cual-quiera de susversiones,l3~). B2) o B3. que —segúnhemosconvenido—son las formasespecíficasen que Dummett afirma B). «La idea de Fre-ge».tal y como es descritaen el texto, constituye,en efecto,la negacióndela propuestade Dummett. B1), de que toda oración. seao no declarativa.expresaun pensamiento(en el sentdofregeanodel término) y queoracio-nes de distinto modo sintácticodifieren, por razón de dicha diferencia.sólo en la fuerza que puede asociarsecon ellas~. Con toda claridad.Dummettestádiciendoaquí que la aceptacióndela negaciónde B) es in-compatible con la aceptaciónde A). En otras palabras,que A) y (a nega-ción de ¡3) son afirmacionesmutuamenteinconsistentes,y ésta es la ra-zón por la queel enunciadoconstituidopor la conjunciónde A) y la ne-gaciónde B) es falso. Perosi existe tal inconsistencia,sólo puedeserdebi-do a queA) implica (lógicamente)¡3): estoes.¡3) es unaconsecuencialó-gica de A). Por tanto, y por ponerlo gráficamente,si renunciamosa ¡3)tambiénhemosde renunciara A).

Antes de emprendernuestracrítica a esta posición, resulta muy ms-tructivo constatarqueDummettva aúnmáslejosen la atribuciónde unaconexiónestrechaentreA) y ¡3): no se trataríasólo de queel autorconsi-dereque ¡3) es unacondiciónnecesariade A) (una consecuenciade A)),sino que, además,Dummett da a entender que la motivación teóricaprincipal para trazar la distinción S/F es. precisamente,la de apoyaryfortalecerla tesis de que el sentidode todaslas oracioneses un Ilensa-mienta Recuérdesela segundapartedel primer texto citadomásarriba:

De esto,en definitiva. se trataba:las condicionesde obedienciay desobe-dienciade un mandatohabiande ser determinadaspor las condicionesde

.yerdado falsedaddel pensamientoqueconstituyerael sentidode la oraciónimperativa; y un tratamientosimilar vale para todos los otros casos. (p.344)

Naturalmente,supongoque la oración,«De esto,en definitiva, se tra-taba»,ha de interpretarsecomoequivalentea «De esto,en definitiva, se

21. Cf 1973, p. 307.

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tratabaal establecer la distinción S/F». Además,asumo,obviamente,queeltérmino «esto»,en dichaoración, se refiere a la afirmación de que«laconvenciónquegobiernaa todoslos actoslingúlaticosha de serexplica-da por referenciaa las nocionesde verdady falsedadque se asocienconel pensamientoexpresado».

Hay todavía otro extremo que es aúnmás explícito a este respecto.Considéreseespecialmentela oraciónqueaparecesubrayada(el subraya-do es mío):

la asunciónimplícitaquesubyacea la ideade quehay un cierto conceptoclave en cuyostérminos podemosefectuaruna caracterizacióngeneraldelsignificadode unaoraciónesla de quedebeexistir algúnpatrónuniformedederivaciónde todos los demásrasgosdel uso de una oracióncualquiera.una vez que es dado su significadocaracterizadoen términosdel conceptoclave. La distinción entre sentido yfuerza se introdujo, precisamente. al sentir> detal esquema de derivación: en correspondenciacon cada tipo diferentedefuerzahabrá un patrón uniforme diferentede derivación del uso de unaoración a partir de su sentido,consideradoéstecomodeterminadopor suscondicionesde verdad.(p 361Y

Desdeestepuntode vista,portanto, la razónde serde la distinciónSIF no seriaotra quela de prestarapoyoa sustentarla idea de quelas con-dicionesdeverdadson la única noción semántica necesariaparael análi-sis del significado de las oraciones.

Hasta ahora.me he limitado a presentarla evidenciatextual en quebaso mi suposiciónde que Dummett mantienela tesisde que ¡3) es unacondiciónnecesariade A)2. Es tiempo ya de mostrarquela tesisen enes-

22. Hay. además,otro pasajeque se presta a una interpretaciónsegún la cualDummett no estaríasugiriendoque B) es condición necesariade A). sino que A) escondición necesariade E). Si esta interpretacióndel nuevo texto fuesecorrecta, laconsideraciónconjuntade dicho pasajey los dos presentadosanteriormente(cf su-pía> nosconduciríaatenerqueatribuir a Dummett la tesis,muy potente,de queA> escondición necesariay suficientede E). El texto es el siguiente:

Es difícil concebircómoseriaposibleprescindirde unatal distinciónentresentidoyfuerza en cualquierteoríadelsignificadoqueentiendaqueel significadovienecarac-tertzadoentérminosdeun cierto conceptoctave.bienseael conceptodeverdad,bienel de verificación, o bien algúnotro (p.36l y

Pero la evidenciaa favor de la interpretaciónde estetexto en la forma sugeridamas arriba no es demasiadoclara ni concluyente,ya que dependecrucialmentedequeaceptemosdossuposicionesquecarecende garantiasólida: a> la primerasupos’-ción esqueDumrnettestáaquí hablandode conceptoclaveen el segundode los sen-tidos que distinguimos anteriormente;a saber,en cuantoopuestoa otros posihtesconceptossemánticos,perono en cuantoopuestoa posiblesconceptos«extrasemánti-coso:It la segundasuposiciónes que Dummett estáusandola expresión«conceptoclave» en ci sentidode «concepto clave que lo es porque es el único concepto Semántico tU’cesario a la teoría». Sólo si suponemosque a) y b) son verdaderos,es posible leer el

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tión (seao no defendidapor Dummett) es falsa.Antesde nada,necesita-mos distinguir dos posiblesformas de interpretardicha tesis, segúnqueentendamosla noción de fuerzaen sentidopragmáticoo en sentidose-mántico 23 Estrictamente hablando,la fuerza(la fuerzailocucionaria)esuna noción puramente pragmática; es una propiedadde actos de habla.Pero existe un segundosentido,derivadoy secundado,en el quepuedeentendersela nociónde fuerza.En estesegundosentido,la fuerzaes unanoción semántica:es unapropiedadde oraciones.Cabríacaracterizaraestasegundanoción de fuerzacomoel contenido semántico del modo sin-táctico de las oraciones;estoes,como lo que es «indicado» por (al menosciertaclasede) los así llamamosindicadoresde fuerzailocucionariade laoración;o, quizá,comola informaciónacercade la fuerza (sentidoprag-mático) que es «transmitida»por o queviene «encapsulada»en la ora-ción. En resumen,se trata de lo que a menudose denominael potencialde fuerza ilocucionaria de una oración. De acuerdocon este segundosentido, la fuerzaes un elementode (el significado de) las oracionesquecontribuyecrucialmentea determinarlas condicionessemánticasy la es-tructurasemánticade las mismas.

Dependiendode que la noción de fuerza se entiendaen uno u otrosentido,podemosdistinguir dos lecturasde la distinción S/F: en el pri-mer caso,en el quela fuerzaes un conceptopragmático,la distinciónS/Fmarcala diferenciaentreel contenidosemánticode lasoracionesy la fuer-za ilocucionaria de los actosde habla; en el segundocaso,la distinciónS/F se refiere exclusivamentea diferenciasqueafectanal contenidose-mántico(estructurasemántica)de las oraciones.En laprimeralectura,ladistinción S/F trasciende,por asídecir,el dominiode la Semántica.En lasegundalectura, sin embargo,la distinción 5/E es puramenteinternaala Semántica.

Teniendoestoen cuenta,podemos.por fin, procedera evaluarel aser-to de que ¡3) es una condición necesariade A). Supongamos,primero.queentendemosla noción de fuerza en su sentidopragmáticoprimario.En este caso,parececlaroque la tesisA) de que existe(o hay quehacer)unadistinción entreel sentidode las oracionesy la fuerzade los actosdehablacarecede todaconexiónlógica o conceptualconla tesis 13) de quetodaoración, no importacuál sea su modosintáctico,poseeun mismotipode condicionesy valoressemánticos:a saber,condicionesy valoresde ver-

texto de Dummettcomo unaafirmaciónde queA) es condiciónnecesariade E): estoes.sólo entoncespodemosasumirque Duínmettestéaqul hablandode algo suficien-tementesimilar a la tesis E).

23. Mi ideade que la nociónde fuerzailocucionariatal y como aparecetradicio-nalmenteen la literatura—y, desdeluego, en Dumrnett— es ambiguaha sido tam-bién defendidapor F. Recanati(cf. 1987. sec.58). Remito a esaobraparaunacaracte-rización másexplícita de la ambigíledady de las dosnociones,semánticay pragmáti-ca. de fuerza.

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dad.8) es unatesisqueperteneceo quees internaala Semántica.Es unatesisquetienequever, exclusivamente,con lacuestiónde cómoentenderla estructurasemánticade las oraciones.Pero cualquieraque sea la res-puestaparticulara esteproblemasemántico,no cabedudade quetal res-puestano puedeafectara o incidir en la correccióno incorrecciónde ladistinciónentresentidoy fuerza (pragmática).Tal distinciónno puedere-sultar ni amenazadani favorecidapor ningunateoría particularacercade cómo analizarla estructurasemánticade las oraciones.En la medidaen queestemosdispuestosa reconocerqueen el fenómenode comunica-ción lingúística existen,entreotras, dos dimensiones:a) unadimensiónpragmática(el hechode que usarel lenguajees actuarde unacierta ma-neja o, si se quiere,es realizar actosde un cieno tipo); y b) unadimen-sión semántica(el hechode que las oracionesdel lenguajequese usanenel procesode comunicacióntienen un significado panicular) —en estamedida,digo, siempreresultaráútil, justificadoo apropiadodistinguiren-ire el sentidode las oracionesy la fuerzade los actosde habla.

Supongamosquerechazamos¡3): estoes.supongamosqueadoptamosuna leonasemánticaqueasignatipos diferentesde condicionesy valoressemánticosa oracionesde diferentesmodossintácticos.¿Porquéy dequémanerahabriade obligarnosestoa rechazarla distinciónentreel sentido(estructurasemántica)de las oracionesy la fuerzade los actosde habla?independientementede cómo analicemosla estructurasemánticade lasoraciones,quedatodavía el problemade explicar, por ejemplo,el hechode quelas proferenciasliteralesde dichasoracionesen diferentescontex-tos puedendar lugar a la realizaciónde actosilocucionariostotalmentediferentes:o puede. incluso,quela proferenciade unaoración no dé lu-gar a ningún acto ilocucionarioen absoluto,si la oración proferidaformaparte,como subordinada,de una oraciónmáscomplejao. lo que es másimportante,si el contextode proferenciaes «no serio» (representaciónteatral,chistes,etc.)2<.

Lo quetodoestocontribuyeamostrares.naturalmente,quela acepta-ción de la distinción S/F. en la presenteinterpretación,no puedeenten-dersecomo una condición suficientepara la aceptaciónde la tesis ¡3) deque las condicionesy valoressemánticosasignadosa todo tipo de ora-ción son condicionesy valoresde verdad.Y ello por la misma razón porla que una distinción entre, digamos.el sentidode las oracionesy losefectosperlocucionaniosde susproferenciasno puedecontarcomo unacondición suficientepara la aceptaciónde ¡3).

Dada la interpretaciónde la noción de fuerzaen sentidopragmático.A) y E) son, simplemente.dostesiscompatibles,pero no mutuamentere-lacionadasde ninguna otra manera.de la Semiótica(teoría generaldel

24. Parael interesanteproblemaplanteadoporproferenciasde oracionesencon-texbos «no serIos».ci, por ejemplo. Bach & Harnish, 1979; Recanati.1987; y David-son. 1984(a> y 1984(b).

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significado).A) no es unacondición suficientede B); o. lo quees igual. B)no es condiciónnecesariade A). Pero —se recordará—ésta erala prime-ra premisadel argumentoen favor de la aceptaciónde ¡3). Por tanto, lasupuestatercerarazónpor la que la uniformidadsemánticadebeenten-dersecomo identidad ha de ser rechazada.

Examinemos,ahora,el casoalternativoen el quela fuerzaes interpre-tadacomounanociónsemántica.Desdeestepuntode vista, la distinciónS/F ha de entendersecomo una distinción interna a la Semántica.Vere-mos que.dadaestainterpretacióndela distinción,si nosatenemosestrie-tanientea la noción dummettianade sentido,hemosdeconcluir, no sóloque ¡3) no es una condición necesaria de A). sino, además,que A) y B)son mutuamenteinconsistentes.Sólo trasmodificar ligeramentela ideadummettianade sentido,es posiblesuponerqueA) y 13) soncompatibles.Pero,de todos modos,no es posiblesostener,aun despuésde haberlleva-do a cabodicha modificación, que E) es una condición necesariade A).

Exploremos,en primer lugar, quées lo que sucedecuandoconserva-mos una noción de sentido estrictamentedummettiana.Empezarépordestacarunaconsecuencia,concernientea la nociónde fuerza,queresul-ta de entenderla distinciónS/F comoalgo internoa la Semántica.A con-tinuación. especificaréuno delos resultadosdeentenderel sentidoen tér-minos estrictamentedummettianos,Por último, mostrarécómo estasdosafirmacioneso «consecuencias»,si sontomadasen conjunto, hacenquela afirmación simultáneade A) y B) sea inconsistente.

Si la distinción S/F se interpretacomo algo interno a la Semántica,entoncesdicha distinción puedeentendersecomo un instrumentoteóricoquese introduceparaexplicar las diferenciasde significado(de condicio-nes semánticas)que las oracionesexhiben debido a susdiferenciasdemodo sintáctico. Esto es así porquelo que llamamosnoción semánticade fuerzaes.precisamente(y dejandoa un lado el problemade los llama-dos prefijos realizativosexplícitos), el contenidosemánticode los modossintácticosde la oración. En otraspalabras.la noción semánticade fuer-za no es otra cosaque la contribuciónque los modosde oraciónaportana la determinacióndel contenido semánticocompleto de las oraciones.Pero,entendidala fuerzadd estamanerasemántica,la nociónde sentidoha de limitarse a constituir,como máximo,aquellapartedel significadode unaoraciónqueno vieneespecificadapor su modo sintáctico25.Sien-

25. Nóteseque,entendidala distinción S/F en forma semántica,la posibilidad deinterpretarla noción de sentido de una manerafregeanaestricta quedadefinitiva-mente descartada.Si se recuerda,Fregeconcibe las diferencias(de significado>entreoracionesde diferentestipos como diferenciasde sentido(al menos tal es su posturaen Sinn und Bedeutungj.

Comprendemospor quéDummettacusade inconsistenciaa Frege:si la distinciónS/Fes interna a la semántica, entoncesno es posible mantenerque las diferenciasdetipo semánticode las oracionesson o se traducenen diferenciasde sentido.En caso

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do esto así, suponerque la distinción S/Fes interna a la Semánticaequi-vale a suponerque tanto el sentidocomo la fuerzacontribuyen a deter-minar las condicionessemánticasde unaoración.La parteinteresantedeeste resultadoes.por supuesto.la quese refiere a la fuerza,ya quela pro-piedadqueaquí se atribuyeal sentidoy a la fuerzaes unapropiedadquese le reconoceal sentido en todo caso, independientementede cómo seinterpretela distinción 5/E. Por tanto, puestoque la fuerzacontribuyeadeterminar las condiciones(y [os valores)semánticosde las oraciones.podemosestablecer,como consecuenciadirecta de ello, que:

1) Diferenciasde fuerza resultanen diferenciasde condicionesse-mánticas.

Si dirigimos. ahora,la atencióna la noción de sentidode Dummettencontramosque éstaimplica la tesissiguiente:

2) Diferencias en las condicionesde verdad de las oracionessonsiemprediferenciasen el sentidode las mismas.

Una formulación alternativa de 2) es 2’>:

2’) Diferenciasde fuerzano resultanen diferenciasde condicionesdeverdad.

Una vez especificadaslas tesis 1) y 2’). parececlaro que la aceptaciónde A), de que existe una distinción S/Fen la acepciónindicada(es decir.una distinción 5/E que es interna a la Semánticay que es entendidaenun sentidodummettianoestricto)debe conducirnosa aceptarqueoracio-nescon modosdiferentes(con diferentesindicadoresde fuerza) poseeno

contrario. ¿cuálseria el papel a desempeñarpor la fuerza?Lo que ocurre, natural-mente,y lo quenuestradiscusióncontribuyea mostrar,esqueFrege no tiene en men-te (o al menos,no tiene siempre en mente) la interpretaciónsemánticade la distin-ción S/F al haceruso cje ella en su teoría del significado.La teoría(leí sentidode Ere-ge es perfectamenteconsistentecon la otra interpretación,no interna a la sernao tíca.de la distincion SIL>. Y hay.dc hecho,ocasionesen las que ¡rege parececoncebirlanoción de fuerzacornoun aspectopuramentepragmáticodel significado. Pruebadeello es,por elemplo. La forma específicaenqueFregedecide argumentaren favor (te la¡ ntroduccjón de u n signo de aserciónen su teoría del significado (cf. por ejefl2.pl t),Dummert. 1973: y (ieach. 1965). No cabeduda de que el signo de aserciónde Freceestá conceptualmentemucho máscerca de lo que Hare llama ntus¡ico quede lo queHare llama trópico (cl. Hare. 1970).Por otro lado, no debemosignorareí hechode queFrege.como el propio Durnmettdespués.no tiene en cuentao pasapor alto la distin-ciño entrelos dossentidosdc fuerzaquehe presentadomásarriba<tuerza realy f¾er-¿a 1odicacla). Fregeequ¡ voca o confuncle cstos dossenlidos y el lo es: fuente, natural—mente,de inconsistencias.Dummett no yerra,pues,del todo eí blancocuandoseñalainconsistenciasen la nocion fregeana cte Fuerza.

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exhibendiferentestipos de condicionessemánticas.Hablandoestricta-mente,¡a aceptaciónconjuntade 1) y 2’) hacetal conclusióninevitable.Pero si oracionesde diferentesmodos sintácticosposeeno recibentiposdiferentesde condicionessemánticas,entonceshay que rechazarla afir-maciónde queexiste un único tipo de condicionessemánticaspara todaslas oracionesdel lenguaje.Ahorabien,estaúltima afirmaciónes, precisa-mente,la tesisB). Por tanto, pareceque la tesisA), de que existe una dis-tinción S/F, es inconsistentecon la tesisB).

Náteseque,dadala interpretaciónsemánticade la distinción S/F. lapropia teoríadel significadode Dummettconstituidaevidenciaen contradelaidea de que ¡3) es unacondiciónnecesariadeA). En efecto,las con-dicionesde obedienciay de respuestasatisfactoria,etc., propuestasporDummett tendrían, ahora, que ser consideradascomo condicionesse-mánticas.Lo que ocurre,naturalmente,es queDummettnegariael carác-ter semánticoa todas estascondicionesdistintas de las condicionesdeverdad:es decir. Dummett negaríaquetales condicionesconstituyanlascondicionessemánticas de oracionesno declarativas.Simplemente.si nome equivoco, el autor no aceptadaque la distinción 5/E seainterna a laSemántica.Pruebade ello es su tratamientode oracionesno declarativascomplejascomo, por ejemplo.(4):

(4) ¡Cierra la puertao come(te)el pastel!

Dummett arguyeque, dadauna proferenciade (4), cadauna de las ora-cionesque componena (4). aunqueson oracionesimperativas,no pue-denentenderse,en estecontextodeproferenciaparticular,comoposeedo-ras de fuerza imperativa (directiva): sino que han de interpretarsecomoprovistassólo de sentido.Parece,por tanto, como si las oracionesadqui-neseno exhibiesensu aspectode significadodenominadofuerza sólo endeterminadascircunstancias:a saber, en aquellasocasionesen que laoración es proferida en tanto que oracióncompletay no en tanto quepartede una oracióncompletamáscompleja=6~

Dejandoa un lado la discusiónde la concepciónde Dummett.hemosde examinarsi existe algunamanerade evitar los resultadostan negati-vosquehemosobtenidohastaahora.dadala interpretaciónsemánticadela distinción SIP. con respectoa la hipótesisde que¡3) es una condiciónnecesariade A). Tales resultadospueden «mejorarse».por así decir, simodificamos un poco la noción dummettianade sentido.No obstante,nisiquieraunavez realizadadichamodificación,es posibleafirmar que 13)es unacondiciónnecesariadeA). La modificaciónen cuestiónde la ideade Dummett consiste,simplemente,en suprimir las tesis2) y 2’). que he-mos presentadoantes.Ello equivalea rechazarla idea, a primera vistabastanterazonable,de queson sólo las diferenciasde sentidode las ora-

26. CL. por ejemplo. 1973. pp. 305 y 303.

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cioneslas que puedendar lugar a o traducirseen diferenciasen las con-dicionesde verdadde talesoraciones.El sentidoperderíaahora,pues,suanterior carácterde ser el único componentesemánticode las oracionesresponsablede las diferenciasen las condicionesde verdadde éstas.Alsuprimir 2) y 2’), quedainmediatamenteabierta la posibilidad de enten-der las diferenciasde fuerza(de modosintáctico)como responsablesdediferenciasde condicionesde verdad.Pero estosignifica que las tesisA) y¡3) no son, ahora, inconsistentes.Por tanto, si lográramosconstruir unateoríasemánticaen la quelas diferenciasde fuerzase«tradujesen»o fue-sen explicablesen términos de diferenciasen las condicionesde verdad.habríamosmostradoque de hecho,las tesisA) y 8) soncompatibles.Sinembargo.semejanteresultadodistaríatodavía mucho, naturalmente.delquenecesitaríamosobtenerparajustificar la afirmación de que¡3) esunacondición necesariadeA). Que A) y B) seancompatiblesno autoriza,ob-viamente,a suponerque ¡3) es condición necesariade A).

El primer ejemplo que se me ocurre como posible candidatoparailustrar la factibilidad de estetipo deteoríases el análisisde las oracionesno declarativasqueproponeO. Lewis en «GeneralSemanties».Pero,trassomerareflexión, uno se da cuentade que la concepciónde Lewis no esla quenecesitamos,puestoque no hay nadaen ella quesearemotamentesimilar a lo que aquí hemos llamado la «fuerza semántica».Es ciertoque.según el análisisde Lewis, las diferenciasen el modo sintácticodelas oracionesresultan exclusivamenteen diferenciasde condicionesdeverdad:y que.por ejemplo. (1) y (2):

(1) Cerrarásla pueda.(2) ¡Cierra la puerta!

no compartensuscondicionesde verdad(contrariamentea lo quesucedesegúnel análisis de Dummett).Pero —repito— Lewis no introduceen suanálisis ningún instrumentoquese asemeje,en modo alguno,a la distin-ción S/F.

Así pues, la teoríade Lewis no nos sirve. Hastadondeyo sé. la únicateoríaque ilustraría,bien quede forma ni siquieraexcesivamenteprecisa.la compatibilidadteoréticade A) y E) es la que Davidson bosquejaen«Moods andPerformances».Efectivamente,podemosestablecerunaco-rrespondenciasuficientementeestrechaentre el «indicadorde modo>,xde Davidsony la noción dummettianade fuerza (semántica).Igualmente.podemoshacercorresponderel «núcleodeclarativo»25 de Davidsoncon

27. «Mood setien>.enel original inglés. Parala traducciónde estetérmino técnicode Davidson sigo el procedimientoadoptadoporJ. Hierro S.-Pescadoren su articulo«Adecuacióny Significación”. Actas del IV Congreso de Lenguajes Naturales y LenguajesFormaleí Barcelona. 1989.

28. «Declarativecore>’, en el original inglés.CI? nota anterior.

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el sentidode Dummett.DadoqueDavidsonproponeinterpretarsemánti-camenteel indicadorde modocomo (la proferenciade) unaoración de-clarativa,cabeafirmar queel significado del indicador de modoes o vte•~ne determinadopor unasciertascondicionesde verdad.De estamanera.las proferenciasdeoracionesde todo tipo sintáctico,declarativaso no de-clarativas. quedananalizadasen términos de condicionesde verdad.Esto, sin embargo, no equivale —según Davidson— a afirmar que las(proferenciasde) oracionesno declarativasposeen condicionesde verdad:y tampocoequivalea afirmar que tales oracionesseano puedanserver-daderaso falsas. Por consiguiente—y dicho sea de paso— una conse-cuenciade la teoríabosquejadapor Davidsonesque las (proferenciasde)oraciones no declarativasno tienen condicionesni valoressemánticospropios.

En general.y para resumir,el rechazo de las tesis2) y 2’). presentadasanteriormente,permite suponerqueA) y 13) son compatibles.Peroello seconsiguea costade tenerqueadoptarunau otra de las siguienteshipóte-sís. a cual menosaceptabledesdeun puntode vista intuitivo: bien hemos

de suponerque las oracionesno declarativastienen,como condicionesyvaloressemánticos,condicionesy valoresde verdad:o bien hemosde su-ponerque las oracionesno declarativascarecen,en si mismas,de condi-cionesy valoressemánticos29.

Alcanzado este punto, nos encontramosya en posición de concluirque la aceptaciónde la tesisA). de queexiste una distinción entreel sen-tido y la fuerza,en cualquierade las dos interpretacionesdistinguidasenestaspáginas,no es una condición suficientepara aceptarla tesis13). dcque la uniformidad semánticaha de ser entendidacomo identidad. O.puesto de forma inversa,que ¡3) no es una condición necesariade A).Pero semejanteasedono es sino la negaciónde la premisa 1) del argu-mento que—se recordará’”— subyacíaa la supuestatercerarazón en fa-vor de interpretar la condición de uniformidad semánticaen sentidofuerte. Por lo tanto, hemosde concluir que tal tercerarazón es inválidao incorrecta.

29. Naturalmente,no hemostenido aquí en cuenta,como medioposible de evitarla inconsistenciade A) y B). la maniobraconsistenteen rechazarlo que más arribahemosllamado tesis 1). Francamente,soy incapazde imaginaruna forma coherentede defenderdicho rechazo.Si se aceptaque la distinciónS/Fes interna a la semánti-ca. ¿cómoes posiblequela fuerzano contribuyaa fijar las condicionessemánticasdelas oraciones?Podriamos.naturalmente,introducirun cambiomeramenle zerminológi-ca y reservarla etiqueta«diferenciasen las condicionessemánticas»parareferirnosexclusivamentea aquellasdiferenciasde significadoqueresultano provienende dife-renciasde sentido.Peroesto,evidentemente,no resolveríael problema.

30. Cf. supra.

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V. Sentido débil de la condición de uniformidad semántica

El resultadode la discusiónmantenidahastael momentomuestra.portanto, quela uniformidaden sentidofuerte ha de considerarse,en elmejor de los casos,como una meta deseable,pero no como una condi-ción necesariade la Semántica.¿Existealgún modode evitar estaconclu-Sión?¿Hayalgunaforma derestaurare! carácterde «condiciónnecesariade la Semánticaveritativo-condicional»a la noción de uniformidad?

La hay, con tal de que estemosdispuestosa rebajaro aguarun pocola condición de uniformidad; es decir, si estamosdispuestosa aceptaruna versión másdébil de la misma: una versión de acuerdocon la cualya no esprecisoentenderla uniformidadcomoidentidad.Muy esquemá-ticamente.la ideaconsistiríaen, primero,admitir diferentestipos devalo-res y condicionessemánticospara oracionesde modos sintácticosdife-rentesy. segundo,postular.al mismotiempo,un tipo generalde condicio-nes y valores semánticosque subsumao englobea todos los otros tipos«específicos»de condiciones y valores semánticos.La relación entreeltipo genéricoy los diversostipos específicosde condicionesy valoresse-mánticos podría entenderse.de forma más o menos metafórica, comounarelacióndegéneroa especie,o de determinablea determinado.Seríauna relaciónanálogaa la quese da. por ejemplo,entrela nociónde colory las nocionesde rojo. azul, amarillo, etc: ser rojo. azul o amarillo sonformasespecíficasde ser coloreado.Análogamente,las condicionesdeverdad/falsedad,obediencia/desobediencia,respuestasatisfactoria/msa-tisfactoria.etc.. no seriansino especiesde la condición semánticagenéri-ca de corrección/incorrección.Y del mismo modo,por tanto,serverdade-ra. obedecidao respondidasatisfactoriamenteserianformas especificasen que las (proferenciasde) oracionespuedenser correctast Es, precisa-mente,este rasgocomún a todoslos diferentestipos de condicionesy va-lores semánticos(a saber,la propiedadde serespeciesdel mismo géneroo determinacionesdel mismodeterminable)el queproporcionala desea•da uniformidad, Lascondicionessemánticasse asignande forma unifor-me a las oracionesde cualquiermodo sintácticoen la medidaen queto-das estascondiciones se encuentranrelacionadaspor la propiedadco-mún de serespeciesdel mismogénero.En cierto sentido,por tanto.po-dna incluso mantenerseque esta interpretaciónde la condición de uni-formidad permite seguir entendiendola uniformidad como identidad.puestoque.en definitiva, todaoración recibiríacomo condición semánti-ca. bajo esta interpretación.(uno u otro tipo de) condiciones de corrección,

Podemosencontraruna sugerenciade estetipo, asi como una referen-cia explícita a la noción generaldecorrección,en McGinn, por ejemplo.El autorescribe:

siguiendoa Dummett.podríamosinvocarun concepto¿e~orrecuió,ty tra-tardederivarteoremasdela fornía«o es correctasyssp». de maneraquelos

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predicadosverdady satisfacciónseconsiderasen,tal vez, comorestriccionesde estepredicadogeneralde oraciones(1977, p. 309Y’.

Otra posiblelínea a seguir,en el intento de encontrarversionesdébi-les de la condiciónde uniformidades. primero,reconocer,comoantes,ti-pos diferentesde condiciones(y valores) semánticospara oracionesdediferentesmodossintácticosy. segundo,tratara uno de esostipos de con-diciones(normalmente.por supuesto,a las condicionesde verdad)comoel tipo básicoo primado,de maneraque todos los demástipos,aunqueirreduciblesal básico,«dependen»de él o lo «presuponen».Estarelaciónde dependenciao presuposiciónes la que proporciona,en estecaso,launiformidad buscada.Naturalmente,esta propuestano es incompatiblecon la idea de establecerun tipo genéricode condicionessemánticas(condicionesde corrección)quesubsumana los tipos específicos.Lo quees importanteteneren cuentaes quelas diferentesversionesdela condi-ción de uniformidad(o. si se prefiere,las víasmáso menosindirectasdesatisfacerdicha condición) constituyendiferentes intentos de atraer lasoracionesno declarativashacia el dominio o alcanceteórico de la Se-mánticaveritativo-condicional.

Paraterminar,he de ocuparme.muy brevemente,de unacuestiónim-portante que quedósin contestaren el curso de nuestradiscusión ante-rior: ¿dequé modo estasversionesmás débilesde la condiciónde unifor-midad devuelvena la misma su supuestocarácterde «serunacondiciónnecesariade la Semántica»?¿Porquépuede.ahora, el requisito de uni-formidad considerarsecomo una condiciónnecesariade la Semántica?Una condición de uniformidad que sea lo suficientementedébil o laxacomo para permitir la asignaciónde diferentestipos de condicionesse-mánticasa oracionesde diferentesmodossintácticospuede,justamente.considerarsecomounacondiciónnecesariade la Semántica.Y ello por-que la condición,así entendida,equivalemeramentea un reconocimien-to formal u oficial de que toda teoría semánticaadecuadadebeasignarcondicionessemánticasa oracionesde diferentesmodossintácticos,como(1), (2) y (3), de tal maneraquesepreservela afinidad, intuitivamenteper-cibida, entrelos significadosde las mismas.Si todo lo que se entiendepor uniformidad es quedebeexistir tina u otra clasede relaciónde simi-Huid entrelas condicionessemánticasdeoracionescomo(1). (2) y (3). en-toncespodemosafirmar sin reservasque la uniformidad es una condi-ción necesariade la Semántica.

31. Prefierocitar aquí a McGinn. en vez de a su «inspiradororiginal». Dummets.porqueunalecturaatentadel texto de Dummettrevelaquesu tratamientode la cues-rión es.encierta manera,inadecuado,ya que adotececlaramentede la confusiónentrefuerza indicaday fuerza real a que ya noshemosreferidoen estaspáginas.Explicaren detallela forma en quedicha confusiónse manifiestaen el texto de Oumnwttnosllevaríademasiadotiempo y. además,nos desvíanaexcesivamentedel punto centralde estearticulo. Dejo, por tanto, la cuestiónintacta.

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Pero,naturalmente,vestidade estaguisa.la condiciónde uniformidadresulta perfectamentetrivial y de escasovalor informativo, puesnadasedice en ella acercade cómo ha de ser entendida,concretamente,la rela-ción de similitud en cuestión.Cualquierintento de alcanzarunamayorclaridad o concrecióna este respectonos situaríaya dentro del marcodeunaciertateoríapaniculardel modo sintáctico.Un tal intento, en defini-tiva, nosapartaríadel nivel muy generalde discusiónquehemosmante-nido en este artículo (noshemosreferido siemprea la uniformidad se-mánticacomoposiblecondiciónde adecuaciónformal detoda teoríase-mánticaveritativo-condicional,en general)y nos conduciríaa tenerqueocuparnosde los distintos modosparticularesen que dicha condiciónpuedesatisfacersecuandose trabaja realmentedentro de una determina-da teoría semántica.En otraspalabras,habríamosdescendidoun escalóndesdeel plano meta-meta-teóricoal plano mcta-teórico’2.

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32. En realidad, nos vimos obligadosa «descenderesteescalón»al examinarlasupuestatercera razónen favorde la versión fuertede la condición de uniformidadsemántica,No podíamosllevar a cabodichoexamensin hacerreferenciaexplícita ala particularversión durnmettianade la relaciónent¡2el significadode lasoracionesdeclarativasy el cíe las no declarativas.

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