El Rol de La Agencia Aduanera

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UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO FACULTAD CIENCIAS EMPRESARIALES CARRERA MARKETING Tema El rol de la Agencia Aduanera Nombre Soledispa Monserrate Curso 3ro “A” Quinto semestre Docente

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ROL DE LA AGENCIA

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UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO

FACULTAD CIENCIAS EMPRESARIALES

CARRERA MARKETING

Tema El rol de la Agencia Aduanera

Nombre

Soledispa Monserrate

Curso3ro “A”

Quinto semestre

Docente

Ing. Eduardo Menoscal

Quevedo- Los Ríos- Ecuador

2014 - 2015

EL ROL DE LA AGENCIA ADUANERA

AGENCIA ADUANERA

Persona jurídica en la que se integran Agentes de Aduanas

AGENTE ADUANERO

Es la persona autorizada por el Ministerio de Aduana para actuar ante los órganos

competentes del servicio aduanero en nombre y por cuenta de aquel que contrata

sus servicios, en el trámite de una operación, régimen o actividad aduanera.

Su condición es estratégica tanto en la operativa aduanera como en el comercio exterior.

IMPORTANCIA DEL AGENTE ADUANERO

La importancia de la condición del Agente de Aduana no sólo en la operativa aduanera,

sino también en las transacciones realizadas en el comercio internacional.

El comercio internacional consiste en el intercambio de bienes y servicios entre los

distintos países, en el caso de los bienes o mercancías su traslado implica necesariamente

el cruce de sus fronteras.

Este traslado requiere la participación de personas conocidas como agentes económicos

quienes celebran diversos contratos principales (compraventa, suministro, etc.) como

accesorios (financieros, de transporte, de seguro, etc.). Estos últimos conllevarán a la

finalidad esencial de los contratos principales, es decir, el intercambio de bienes y

servicios en el mercado.

La participación de los Agentes Económicos en su conjunto resulta necesaria para el

desenvolvimiento de las transacciones comerciales, pero solo alguno de ellos intervienen

realizando determinados servicios aduaneros destinados al traslado de la mercancía según

las siguientes fases: envasado, carga, estiba, transporte, desestiba, descarga,

almacenamiento y despacho.

De todas estas participaciones, la realizada por el Agente de Aduana comprenderá casi

todas las fases del traslado de la mercancía por ser justamente el representante del

interesado en la operación aduanera, es decir, cuenta con las facultades encomendadas

por el dueño, consignante o consignatario de la mercancía.

En efecto, los demás operadores de comercio exterior (agente coordinador de transporte,

operadores, etc.) coordinan con el Agente de Aduana el traslado de la mercancía y el

desarrollo de la transacción comercial de manera rápida y eficiente.

En otras palabras, la participación del Agente de Aduana comprende todas las fases del

traslado de la mercancía comercializada. Siendo así, resulta comprensible la importancia

de su labor en la logística de comercio exterior, entendida ésta como el conjunto de

actos que deberán ejecutarse para lograr el traslado de la mercancía de un lugar a otro,

procurando que su ejecución se realice generando menores tiempos costos y riesgos.

Es por eso que la facilitación del comercio exterior requerirá de un Agente de Aduana cuya

profesionalidad esté a la altura de los encargos, esto es, que cuente con una organización

técnica adecuada para disponer de recursos humanos dotados de conocimientos para

atender los servicios aduaneros que le corresponda, superando cualquier incidente

cotidiano.

En nuestros días, apreciamos un mayor número de Agencias de Aduana que han optado

por asociarse o formar parte de las denominadas Empresas Operadoras Multilogísticas,

pasando de ser intermediarios entre la Administración Aduanera y sus comitentes

exportadores o importadores. De ese modo, les ofrece a éstos últimos un conjunto de

actividades cada vez más integral e integrada de servicios que comprenden las fases del

comercio exterior.

En tal sentido, podemos observar que el rol comercial del agente de aduanas se

manifiesta por los siguientes aspectos:

• Existen contratos celebrados con los agentes económicos, especialmente con los

operadores de comercio exterior, que son de carácter accesorio porque sirven para

cumplir el contrato principal celebrado entre el importador (comprador, arrendatario o

beneficiario del suministro) y el exportador (vendedor, arrendador o suministrante).

• La actividad del Agente de Aduana en el Comercio Internacional tiene su origen en la

práctica comercial, es decir, en la costumbre comercial reconocida para efectos legales.

• Como contraprestación por su labor, el dueño o consignatario le abonará por concepto

de comisión un monto equivalente a un porcentaje del valor de la mercancía despachada,

es decir, el mismo concepto por el cual se paga a un comerciante, específicamente al

comisionista.

• Las actividades realizadas por el Agente de Aduana se asemejan sustancialmente con

aquellas realizadas en los contratos de intermediación: contratos de comisión mercantil,

de agencia y de representación. Sin embargo, nadie ha puesto en cuestionamiento la

naturaleza comercial de las actividades materia de dichos contratos.

• A diferencia de los demás intermediarios comerciales, el Agente de Aduana no participa

directamente en las negociaciones que van a dar origen a la transacción comercial;

aunque dicha inacción no enerva su condición comercial porque existen otros

intermediarios comerciales que tampoco lo hacen.

EL ROL DEL AGENTE ADUANERO.

En las operaciones comerciales el Agente de Aduana surge en calidad de representante

del dueño de la mercadería a importar o exportar frente a los demás operadores

(transportistas, agencias navieras, almacenes, etc.).

El Estado también interviene en el traslado de las mercancías controlando sus fronteras

para proteger sus intereses, sean éstos de orden social o económico, encargando este rol

a la Autoridad Aduanera (SENAE). Es así que en el ámbito aduanero, el Agente de Aduana

es considerado un Auxiliar de la Función Pública Aduanera a quien se le delegaron algunas

facultades para realizar los servicios aduaneros, las cuales en principio correspondían a la

propia Autoridad Aduanera. Debido a dicha delegación, el Agente contará con mayores

obligaciones y, consecuentemente, con mayores responsabilidades en comparación con

los demás operadores de comercio exterior.

La operatividad aduanera comprende a todas aquellas actividades realizadas por la

Administración Aduanera a fin de controlar el ingreso o salida de las personas, medios de

transporte y mercancías del territorio. Con la finalidad de controlar el ingreso o salida de

las mercancías, el Despacho Aduanero tiene diversos procedimientos para acogerse a un

determinado régimen, operación o destino aduanero, regulados por normas aduaneras

especiales de cumplimiento obligatorio.

En algunos países, la participación del Agente de Aduana en la operativa aduanera es

obligatoria y aunque en otros como el nuestro los consignatarios o dueños de la

mercancía pueden despacharla directamente. Sin embargo, esta labor les acarrearía

mayores costos económicos y un conocimiento especializado sobre operatividad

aduanera, condiciones que muchos de ellos no están en capacidad de cumplir, por lo cual

deberán recurrir al Agente de Aduana. Nuestra legislación aduanera lo comprende dentro

del grupo de despachadores de aduana, definiéndolo como una persona natural y jurídica

autorizada para prestar servicios a terceros, como gestor habitual en toda clase de

trámites aduaneros, en las condiciones y con los requisitos impuestos por la legislación

aduanera.

En términos generales, las actividades del Agente de Aduana consisten en describir las

características más importantes de la mercancía (tipo de mercadería, cantidad, calidad,

peso, valor) de acuerdo a la información proporcionada por su comitente, clasificarla en la

partida o subpartida arancelaria respectiva, efectuar la liquidación de tributos aduaneros.

Toda esta información será consignada en la Póliza o Declaración de su comitente ante la

Autoridad Aduanera, documento que en nuestro país se conoce como Declaración Unica

de Aduanas elaborado en formatos por el Agente de Aduana conforme a las instrucciones

emitidas por la Autoridad Aduanera. Adicionalmente, el despacho aduanero comprende

otros actos adicionales como el solicitar el reconocimiento previo de la mercancía y el

análisis de muestras.

Como puede observarse, la complejidad de estas labores requiere de un conocimiento

profesional y técnico especializado con el cual usualmente no cuentan quienes

comercializan por lo que éstos contratarán a un gestor o asesor en la materia, es decir, del

Agente de Aduana.

SENEA = El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, es una institución pública

responsable del control eficiente de las exportaciones e importaciones y su facilitación

promoviendo un comercio justo a favor de quienes cumplen con la normativa aduanera y

en beneficio de los productores locales.

COMO EXPORTAR?

Proceso de Exportación

Se inicia con la transmisión electrónica de una Declaración Aduanera de Exportación (DAE)

en el nuevo sistema ECUAPASS, la misma que podrá ser acompañado ante una factura o

proforma y documentación con la que se cuente previo al embarque, dicha declaración no

es una simple intención de embarque sino una declaración que crea un vínculo legal y

obligaciones a cumplir con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador por parte del

exportador o declarante.

Los datos que se consignarán en la DAE son:

Del exportador o declarante

Descripción de mercancía por ítem de factura

Datos del consignante

Destino de la carga

Cantidades

Peso; y demás datos relativos a la mercancía.

Los documentos digitales que acompañan a la DAE a través del ECUAPASS son:

Factura comercial original.

Autorizaciones previas (cuando el caso lo amerite).

Certificado de Origen electrónico (cuando el caso lo amerite)

Una vez aceptada la DAE, la mercancía ingresa a Zona Primaria del distrito en donde se

embarca, producto de lo cual el depósito temporal la registra y almacena previo a su

exportación.

Al exportar se le notificará el canal de aforo asignado, los mismos que pueden ser:

Canal de Aforo Documental

Canal de Aforo Físico Intrusivo

Canal de Aforo Automático

Para el caso del Canal de Aforo Automático, la autorización de salida, entiéndase con ello

la autorización para que se embarque, será automático al momento del ingreso de la

carga a los depósitos temporales o zonas primarias.

En el caso del Canal de Aforo Documental se designará al funcionario a cargo del trámite,

al momento del ingreso de la carga, luego de lo cual procederá a la revisión de los datos

electrónicos y documentación digitalizada; y procederá al cierre si no existieren

novedades. En lo cual cualquier observación será registrada mediante el esquema de

notificación electrónico previsto en el nuevo sistema. Una vez cerrada la Declaración

Aduanera de Exportación (DAE) cambiará su estado a salida autorizada y la carga podrá

ser embarcada.

En el caso del Canal de Aforo Físico Intrusivo se procede según lo descrito anteriormente

adicional al proceso la inspección física de la carga y su corroboración con la

documentación electrónica y digitalizada.

¿Quiénes pueden exportar?

Todas las personas naturales o jurídicas que cuenten con el Registro Único de

Contribuyentes (RUC) otorgado por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Registrarse en la

Página Web de la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE). Registrarse en alguna entidad

pública dependiendo de la naturaleza del producto.