DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN...

48
DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PERI-2 EN EL ÁMBITO DEL AEI-E.CONXO DE ARRIBA MODIFICACIÓN Nº1 SITUACIÓN AEI-E, PERI-2. Conxo de Arriba PROMOTOR Ríos Sánchez e hijos Promociones S.L. ARQUITECTA Mª Carmen Ríos Sánchez. Nº COLEGIADA 2960 LUGAR/FECHA Santiago de Compostela/Febrero-2015

Transcript of DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN...

DOCUMENTO AMBIENTAL

MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PERI-2 EN EL ÁMBITO DEL AEI-E.CONXO DE ARRIBA

MODIFICACIÓN Nº1

SITUACIÓN AEI-E, PERI-2. Conxo de Arriba

PROMOTOR Ríos Sánchez e hijos Promociones S.L.

ARQUITECTA Mª Carmen Ríos Sánchez.

Nº COLEGIADA 2960

LUGAR/FECHA Santiago de Compostela/Febrero-2015

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

1

ÍNDICE MEMORIA:

1. Datos del promotor

2. Motivación de la aplicación del procedimiento de impacto ambiental simplificada.

3. Alcance, contenido y objetivos de la modificación puntual del Plan Especial de Reforma Interior PERI-2. Conxo de Arriba, Santiago de Compostela.

4. Propuestas y alternativas formuladas

5. Identificación y evaluación de impactos.

6. Medidas protectoras, correctoras y compensatorias

7. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental

8. Reportaje fotográfico

9. Marco normativo

ÍNDICE PLANOS:

01. SITUACIÓN

02. ESTADO ACTUAL

03. ALTERNATIVA 0

04. ALTERNATIVA 1

05. ALTERNATIVA 2

06. ALZADOS

Santiago de Compostela 11-02-2015

Mª Carmen Ríos Sánchez

Arquitecta nº COAG 2.960

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

2

1. DATOS DEL PROMOTOR

Razón social: Ríos Sánchez e hijos Promociones S.L.

CIF: B 15 691 322

Domicilio: C/Montero Ríos nº10 4ºA - Santiago de Compostela (A Coruña)

Código Postal: 15.701

2. MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SIMPLIFICADA

Según la Ley 21/2013 del 9 de diciembre, las modificaciones menores de planes, como la

Modificación Puntual del Plan Especial de Reforma Interior PERI-2.Conxo de Arriba objeto

del presente documento, deben someterse al procedimiento simplificado de evaluación ambiental

estratégica.

3. ALCANCE, CONTENIDO Y OBJETIVOS DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2. Conxo de Arriba

El 30-05-2002 se aprueba definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior PERI-2. CONXO

DE ARRIBA. Este PERI tiene como objetivo la integración del núcleo rural origen de Conxo, en

Santiago de Compostela, en un entorno urbano que en el 2002 estaba en plena ejecución y que

en la actualidad se encuentra totalmente desarrollado, nos referimos al SUP-4 de Conxo, al SUP-6

de Sta. Marta y al SUNP-16 de Volta do Castro. (Ver plano 01)

El PERI-2 divide su territorio de actuación en los siguientes subámbitos:

• El núcleo de origen de Monte do Conxo.

• Los desarrollos lineales en proceso de colmatación.

• Las áreas vacantes y de nueva accesibilidad, consideradas como áreas de ejecución

integral (A.E.I.).

• La dotación escolar pública.

La modificación del PERI-2 que estamos planteando va a centrar su intervención en una de las

siete áreas de ejecución integral, el AEI-E.

En el artículo 22 de dicho PERI se establecen las siguientes condiciones de ordenación:

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

3

Superficie total 5.876 m²

Superficie neta de parcelas 5.342 m²

Edificabilidad 1 m²/m²

Cesiones Zonas libres 657 m²

Viario 3.702 m²

Relación catastral de parcelas afectadas

Polígono 61.633

Unidades 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 22, 23,

24, 25, 26, 27, 32, 33, 37, 38

La disposición de la edificación será la establecida en planos y alzados de ordenación.

No se autorizan vuelos

Se mantendrá la edificación catalogada existente en el ámbito, autorizándose las actuaciones

de ampliación previstas que armonizarán con la misma. En la regulación de su protección,

calificada de no integral, se mantendrá lo establecido en los art. 152 a 157 de la Normativa

Urbanística del Plan General

El ámbito objeto de este documento se trata de un entorno de origen rural que ha

quedado excluido del desarrollo urbano que experimentó la ciudad de Santiago de Compostela

en la primera década de este siglo.

El desarrollo del AEI-E nos permite unir dos piezas importantes del crecimiento

urbanístico de la ciudad como son el SUP-4.Conxo y el SUNP-16 de Volta do Castro que, pese

a su proximidad en este punto, viven totalmente al margen una de otra. La ordenación de éstos

nuevos ámbitos de la ciudad se plasma mayoritariamente en edificios plurifamiliares de bajo

más cuatro plantas de altura donde el uso principal es el residencial.

El objetivo es que el nuevo planeamiento propuesto potencie la interrelación no solo para

los residentes de este área sino que también atraiga como punto de encuentro a la población

próxima de estos barrios periféricos.

Se busca también fomentar la pluralidad de usos e integrar elementos singulares del

territorio para mejorar la calidad de vida de la población.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

5

GEOLOGÍA

El área de estudio se encuentra cartografiada geológicamente dentro de las hojas siguientes,

pertenecientes ambas al Plan Magma del I.G.M.E.:

• Hoja 1. La Coruña, escala 1:200.000

• Hoja 94: Santiago de Compostela, escala 1:50.000

Geológicamente, la Hoja de La Coruña se sitúa en la Zona Centro-Ibérica (Complejo de Órdenes)

establecida por LOTZE (1945), y posteriormente revisada por MATTE (1968a), al que denomina

Zona IV, Galicia Media-Tras os Montes. Más recientemente JULIVERT, FONTBOTE, RIBEIRO Y

CONDE (1972) adoptan la división y terminología de LOTZE al establecer la división de la

Península Ibérica.

En líneas generales, los materiales que conforman el sustrato rocoso de la Hoja definen una serie

metasedimentaria más o menos migmatizada, por un granito de dos micas y por algún

afloramiento de ortoneises granulares muy migmatizados.

En el momento de redacción de este documento no existe el estudio geotécnico de la zona. En

cualquier caso, su realización será imprescindible para la redacción de los correspondientes

proyectos de urbanización y edificación.

GEOMORFOLOGÍA

El territorio que ocupa el área de ejecución integral E presenta una topografía muy accidentada.

Existe una diferencia de unos 13 metros entre el punto más alto (situado al norte), y el más bajo

(situado al suroeste).

Forma parte de la configuración del territorio el desnivel producido por una cantera abandonada

situada al sur del área donde trabajamos.

Dicha topografía dificulta la movilidad, especialmente las conexiones transversales, por lo que

introducir nuevas condiciones de accesibilidad se convierte en un objetivo importante de la nueva

ordenación.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

7

USOS DEL SUELO

La mayor parte del suelo se destina a cultivos de huerta para el autoconsumo. Estas huertas están

vinculadas a edificaciones, a viviendas unifamiliares de escaso valor constructivo con planta baja

más planta piso.

Un caso singular es la edificación del número 70 de la calle Conxo de Arriba, considerado un

edificio de características singulares en régimen de protección no integral.

Junto con las viviendas unifamiliares encontramos otro tipo de edificaciones auxiliares destinadas

sobre todo a almacenaje y que son de escasa entidad.

La actividad comercial es nula y la cantera en la actualidad está totalmente abandonada y llena de

maleza, por lo que podemos decir que nos encontramos en un área únicamente residencial.

La forma de las parcelas, predominantemente alargada, viene determinada por la actividad

principalmente rural que se desarrolló en el núcleo de Conxo.

Esto cambia si vamos hacia el sur donde se encuentra la cantera. La configuración de estas

parcelas no tiene esa vinculación con el territorio son el resultado de distintas reparcelaciones de

las que fueron objeto debido a la ejecución de otros planeamientos.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

9

C/Conxo de Arriba, nº 70

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

10

SERVICIOS URBANÍSTICOS

Dentro del área de ejecución integral E, el único espacio que presenta cierto grado de

implantación de instalaciones urbanas es aquel que está vinculado a la calle de Conxo de Arriba.

Aquí nos encontramos:

− Abastecimiento de agua

Dentro del área solo existe red de abastecimiento en la calle Conxo de Arriba.

− Red de saneamiento

Existe red de saneamiento separativa en la calle Conxo de Arriba, con canalización para

pluviales y otra distinta para fecales.

− Red de gas

La implantación de este servicio se ha realizado ya con sus respectivas acometidas

domiciliarias.

− Red de electricidad e iluminación pública

La red de energía eléctrica se distribuye, en estos momentos, a través del tendido aéreo,

apoyándose en las fachadas de las edificaciones o en postes que también sirven de

soporte a las luminarias públicas.

− Red de telecomunicaciones

Debemos establecer diferencias entre dos empresas:

→ Telefónica: Presta servicio a través de cableado adosado a las fachadas.

→ R Cable: Su red discurre subterránea bajo la calzada.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

11

HIDROLOGÍA

No existe en el territorio objeto de este documento la presencia de ninguna masa de agua en

superficie.

El área donde estamos trabajando se ubica dentro de la cuenca hidrográfica del río Tambre.

El principal río que discurre con cierta proximidad al territorio afectado por el PERI-2.Conxo de

Arriba, es el río Sar, afluente del río Ulla. Está situado en la zona sur exterior al proyecto a unos

500m de distancia en su punto más próximo. El estado en el que se encuentra el rio Sar, según el

informe “PLAN HIDROLÓGICO DE GALICIA-COSTA” del Organismo Autónomo Augas de Galicia,

en un estado ecológico malo.

ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

No existen en el ámbito de actuación espacios naturales protegidos.

FAUNA

Estamos analizando un suelo calificado como urbano fuertemente influenciado por la acción del

hombre. Por lo tanto entre la fauna que podemos destacar en este entorno está la rata gris (Rattus

novergicus) o las cucarachas (Blatta orientalis, Periplaneta americana). Destacamos también aves

como los gorriones (Passer domesticus) y los estorninos (Sturmus unicolor y Sturnus vulgaris).

FLORA

Tras la edificaciones que dan a la calle Conxo de Arriba las parcelas son aprovechadas para un

uso hortofrutícola de autoconsumo. Dentro de estas huertas encontramos árboles frutales y

ornamentales de escasa entidad.

Existen espacios abandonados como la cantera invadidos por zarzas y retamas que sobreviven

sin asistencia humana. Son especies pioneras que ocupan un territorio en el que el hombre no

desarrolla ninguna actividad.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

13

CLIMA

El área objeto de nuestro estudio se encuentra dentro de la influencia de un clima templado tipo

Cfa, según la clasificación de Köppen-Gigerr, sin estación seca y con verano caluroso. Este tipo de

clima se observa principalmente en el Noroeste de la Península, en una franja de altitud media que

rodea los Pirineos y el Sistema Ibérico.

Los valores climatológicos normales que corresponden a esta área se exponen en la siguiente

tabla. Son datos recogidos en la estación meteorológica de Santiago de Compostela-Aeropuerto y

facilitados por AEMET:

Valores climatológicos normales. Santiago de Compostela Aeropuerto

Periodo → 1971-2000 Altitud → 370 m Latitud → 42° 53' 16'' N

Longitud → 8° 24' 39'' O

Mes T TM Tm R H DR DN DT DF DH DD IEnero 7.4 11.1 3.7 259 84 16 1 1 6 5 5 102

Febrero 8.2 12.1 4.2 223 82 14 1 1 6 4 3 108

Marzo 9.5 14.2 4.8 145 77 13 0 1 5 2 5 154

Abril 10.6 15.4 5.8 141 77 14 0 2 4 1 4 170

Mayo 12.9 17.7 8.1 147 77 14 0 2 7 0 2 190

Junio 16.0 21.3 10.7 82 75 8 0 1 7 0 5 235

Julio 18.5 24.1 12.8 39 74 5 0 1 8 0 8 261

Agosto 18.6 24.3 12.9 57 74 5 0 1 10 0 7 246

Septiembre 17.0 22.3 11.7 127 76 9 0 1 9 0 5 180

Octubre 13.4 17.7 9.1 194 82 13 0 1 9 0 3 138

Noviembre 10.2 13.9 6.4 200 85 14 0 1 9 1 3 106

Diciembre 8.4 11.8 5.0 281 86 16 0 1 7 3 4 88

Año 12.6 17.2 7.9 1886 79 141 2 13 85 15 54 1998

Leyenda T Temperatura media mensual/anual (°C)

TM Media mensual/anual de las temperaturas máximas diarias (°C) Tm Media mensual/anual de las temperaturas mínimas diarias (°C) R Precipitación mensual/anual media (mm) H Humedad relativa media (%)

DR Número medio mensual/anual de días de precipitación superior o igual a 1 mm DN Número medio mensual/anual de días de nieve DT Número medio mensual/anual de días de tormenta DF Número medio mensual/anual de días de niebla DH Número medio mensual/anual de días de helada DD Número medio mensual/anual de días despejados

I Número medio mensual/anual de horas de sol

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

14

En cuanto a los vientos predominantes, en verano tienen dirección N y en invierno SE o SO. En

general, se trata de vientos de media y baja intensidad que pueden presentar rachas superiores a

60, 80 o 100km/h asociadas en la mayor parte de los casos a las orientaciones SO y S.

ATMÓSFERA

El siguiente gráfico nos informa sobre el ICA el día 14-10-2014 en Santiago de Compostela.

ICA: Índice de calidad del aire

El índice de calidad del aire consiste en un valor adimensional, calculado a partir de información

procedente de la legislación vigente relacionada con los distintos contaminantes atmosféricos (

SO2, NO2, PM10, O3, CO ) cuyo principal objetivo es facilitar a la población la comprensión de la

información relacionada con la contaminación del aire.

El valor del índice estará comprendido entre 0 y >150, de modo que cuanto mayor sea el índice,

peor será la calidad del aire.

VALOR DEL ÍNDICE CALIDAD DEL AIRE COLOR

≥0 y ˂75 Buena

≥75 y ˂100 Admisible

≥101 y ˂133 Mala

≥133 Muy mala

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

15

Por otra parte, la Consellería de Medioambiente, Territorio e Infraestructuras en su Informe

Resumen Calidad del Aire de Galicia nos facilita los datos obtenidos en la red de estaciones

distribuidas por la Comunidad Gallega. En la siguiente tabla se recogen los datos

correspondientes a la estación Santiago-Campus, que es la más cercana a nuestro área de

estudio, en el año 2014 (período 01/01/2014 a 31/08/2014).

Parámetro Dato analizado Nº V Ref Incumple

CO Superaciones de 10 mg/m³ Octohorario 0 0 no

CO Porcentaje de Datos diarios 92% 86% no

CO Media en mg/m³ 0,11 -- --

NO Media en ug/m³ 3,9 -- --

NO Porcentaje de Datos diarios 92% 86% no

NO2 Superaciones de 200 ug/m³ en una hora 0 18 no

NO2 Media en ug/m³ 9,1 40 no

NO2 Número de alertas de 400 ug/m³ 3 horas consecutivas 0 0 no

NO2 Porcentaje de Datos diarios 92% 86% no

NOX Porcentaje de Datos diarios 92% 86% no

NOX Media en ug/m³ 14 -- --

O3 Superaciones de 120 ug/m³ Octohorario 0 25 no

O3 Información Superación de 180 ug/m³ en una hora 0 1 no

O3 Alerta de Superación de 240 ug/m³ en una hora 0 1 no

O3 Porcentaje de Datos diarios 93% 86% no

O3 Media en ug/m³ 50 -- --

PM10 Superación de 50 ug/m³ en un día 0 35 no

PM10 Media en ug/m³ 22 40 no

PM10 Porcentaje de Datos diarios 90% 86% no

SO2 Superaciones de 350 ug/m³ en una hora 0 24 no

SO2 Superaciones de 125 ug/m³ en un dia 0 3 no

SO2 Nº de veces que se superó umbral alerta 500 ug/m³ por tres horas consecutivas 0 1 no

SO2 Porcentaje de Datos diarios 93% 86% no

SO2 Media en ug/m³ 2,2 -- --

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

16

RUIDO

Al no disponer aun de los mapas estratégicos de ruido que nos indicarían los índices de ruido de la

zona donde estamos realizando el estudio, tomamos como referencia los datos obtenidos en la

estación situada en el Campus Sur que conseguimos de la página web de Meteogalicia. La

elegimos porque esta estación está situada en un área donde el tráfico y los horarios de la

población son similares a lo que sería una zona residencial como la que analizamos.

A continuación se presenta una gráfica que recoge los niveles de ruido desde el 29-09-2014 al 13-

10-2014.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

17

4. PROPUESTAS Y ALTERNATIVAS FORMULADAS

• ALTERNATIVA CERO → Plano 03

El Plan Especial de Reforma Interior.PERI-2. Conxo de Arriba, del año 2002, planteaba, para el

desarrollo del Área de Ejecución integral E, colmatar y completar los desarrollos lineales de la calle

Conxo de Arriba, y distribuir el resto de la edificabilidad en dos bloques plurifamiliares en forma de

L.

El espacio libre se presenta en tres zonas (ZL-7; ZL-8; ZL-9) totalmente independientes entre ellas

y con una posición periférica.

Dicha área está delimitada por tres calles de doble sentido que se plantean como prolongaciones

del viario rodado de otros planeamientos.

• ALTERNATIVA UNO → Plano 04

Igual que en la alternativa cero, se distribuye la edificabilidad en dos bloques aislados pero

continuamos completando las alineaciones de edificaciones que configuran la calle Conxo de

Arriba, prolongándolas a lo largo de la calle 2.

En esta propuesta el espacio libre tiene una posición central, se busca separarlo del tráfico rodado

para revalorizarlo.

Además se reduce la sección de la calle 3, pasaría de tener un ancho de seis metros a tres

convirtiéndose en una calzada de sentido único. De esta manera conseguimos reducir la

contaminación acústica y ambiental creando un espacio más agradable y menos peligroso para el

peatón.

• ALTERNATIVA DOS → Plano 05

Desaparecen los dos bloques plurifamiliares totalmente independientes, toda la edificabilidad se

ordena de manera que complete y continúe con las alineaciones determinadas por las

edificaciones de la calle Conxo de Arriba.

Se elimina totalmente la calle 3, prolongación de la calle Feliciano Barrera Fernández,

recuperando todo ese territorio como espacio libre e incorporando un recorrido peatonal

preexistente a la nueva ordenación.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

18

Se introducen nuevas condiciones de accesibilidad a los espacios libres de manera que potencien

aún más el valor del espacio público.

Es la alternativa DOS la elegida para marcar las directrices de la planificación de este territorio.

De las tres propuestas es la que presenta una mayor atención por los recorridos peatonales

preexistentes, reduce de manera considerable el espacio ocupado por el tráfico rodado e integra la

vegetación preexistente al sur del área con este nuevo planeamiento.

Entre nuestros objetivos estaba el convertir este ámbito en un punto de conexión y esparcimiento

para la población que se trasladó a vivir a este fragmento de la ciudad de Santiago animada por

los distintos desarrollos urbanísticos como el SUP-4.Conxo y el SUNP-16. Volta do Castro

Para conseguirlo, sustituimos las tres zonas libres que plantea la actual ordenación del PERI-

2.Conxo de Arriba, totalmente independientes entre ellas y con una posición periférica, por nuevos

espacios libres vinculados a itinerarios peatonales que enlazan los distintos barrios de la zona.

Aparte de todo el espacio libre que recuperamos al sur del territorio en el que estamos trabajando

y el recorrido peatonal que respetamos, otro punto importante que nos ayudará a mejorar la

conexión entre los distintos ámbitos es la entrada a la zona libre 7 desde la calle Conxo de Arriba.

Es una prolongación de la calle Daniel García Ramos que nace en la plaza Nosa Sra. Da Mercé

de Conxo y beneficia la permeabilidad con el área del SUP-4.Conxo.

Por otra parte, la eliminación de una de las calles propuesta por el PERI-2. Conxo de Arriba busca

reducir la presencia del automóvil en este entorno. Es la calle 3, presente en la alternativa CERO,

la que provocaría un mayor daño a este espacio pues serviría como vía de escape al tráfico

rodado de la Avenida de Ferrol, una infraestructura de 4 carriles que no tiene nada que ver con la

escala y entidad del Área de Ejecución Integra E.

Esta decisión no supondría ninguna incomodidad para la movilidad del tráfico rodado propio de la

zona, es más, devaluaría a los ojos del conductor no residente considerar la circulación por este

entorno como alternativa a otras direcciones que permiten un acceso más directo a sus destinos.

Por otra parte, al mantener la calle 2, prolongación de la antigua calle Monte de Conxo, primamos

el tráfico residente y no el de paso.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

19

Con esta nueva distribución de la edificabilidad y espacios libres, y al reducir la presencia del

tráfico rodado, intentamos potenciar este espacio como un punto de encuentro y expansión para el

ciudadano y no como un área de paso.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

21

5. . IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

5.1 CÁLCULO DEL ÍNDICE DE IMPORTANCIA DEL IMPACTO

El Índice de Importancia del Impacto (I) se obtiene en función de la siguiente expresión:

I= In + 2A + 2S + M + 2P + 2R + 2Rc + Pr + C

Siendo: EFECTO A CONSIDERAR TIPO DEFINICIÓN VALOR

In INMEDIATEZ Directo Es aquel que tiene una incidencia inmediata en algún

aspecto ambiental. 3

Indirecto Aquel que supone incidencia inmediata respecto a la interdependencia, o, en general respecto a la relación de un sector ambiental con otro

1

A ACUMULACIÓN

Acumulativo

Aquel que al prolongarse en el tiempo la acción del agente inductor, incrementa progresivamente su gravedad, al carecerse de mecanismos de eliminación con efectividad temporal similar a la del incremento del agente causante del daño.

3

Simple Aquel que se manifieste sobre un solo componente ambiental, o en cuyo modelo de acción es individualizado, sin consecuencias en la inducción de nuevos efectos, ni en la de su acumulación, ni en la de su sinergia.

1

S SINERGIA Sinérgico Aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varios agentes supone una incidencia ambiental mayor que el efecto suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente.

3

No sinérgico Cuando el efecto no potencia la acción de otros efectos 1

M MOMENTO A corto plazo Su incidencia puede manifestarse antes de un año. 3 A medio plazo Su incidencia puede manifestarse antes de cinco años. 2 A largo plazo Su incidencia puede manifestarse en periodos superiores

a cinco años. 1

P PERSISTENCIA Permanente

Supone una alteración indefinida en el tiempo de factores de acción predominante en la estructura o en la función de los sistemas de las relaciones ecológicas o ambientales presentes en el lugar.

3

Temporal Efecto que supone una alteración no permanente en el tiempo, con un plazo temporal de manifestación que puede estimarse o desestimarse.

1

R REVERSIBILIDAD Reversible

Aquel en el que la alteración que supones puede ser asimilada por el entorno de forma medible, a medio plazo, debido al funcionamiento de los procesos naturales de la sucesión ecológica, y de los mecanismos de autodepuración del medio.

3

Irreversible Aquel que supone la imposibilidad, o la dificultad extrema, de retomar la situación anterior a la acción que lo produce. 1

Rc RECUPERABILIDAD Recuperable

Aquel en el que la alteración que supone puede eliminarse, bien por la acción natural, bien por la acción humana, y , asimismo, aquel en el que la alteración que supone puede se reemplazable.

3

Irrecuperable Aquel en el que la alteración o pérdida que supone es imposible de reparar o restaurar, tanto por la acción natural como por la humana

1

Pr PERIOCIDAD

Periódico Aquel que se manifiesta con un modo de acción intermitente y continuo en todo el tiempo 3

Irregular

Aquel que se manifiesta de forma imprevisible en el tiempo y cuyas alteraciones es preciso evaluar en función de una probabilidad de ocurrencia, sobre todo en aquellas circunstancias no periódicas ni continuas, pero de gravedad excepcional.

1

C CONTINUIDAD Continuo Aquel que se manifiesta con una alteración constante en

el tiempo, acumulada o no. 3

Discontinuo Aquel que se manifiesta a través de alteraciones irregulares o intermitentes en su permanencia 1

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

22

El Índice de Importancia se estandariza entre los valores 0 y 1, a través de la siguiente ecuación:

Is = I – Imin / Imax - Imin

Siendo:

Is: Valor de la incidencia del impacto estandarizado entre 0 y 1.

I: Valor de la incidencia del impacto sin estandarización.

Imax: Máximo valor que puede tomara la indicencia del impacto (42).

Imin: Mínimo valor que puede tomar la incidencia del impacto (14).

5.2 CÁLCULO DEL ÍNDICE DE MAGNITUD DEL IMPACTO

El Índice de Importancia de Magnitud del Impacto (Im) se obtiene en función de la siguiente

expresión:

Im = 0,8E + 0,2D

Siendo: EFECTO A CONSIDERAR DEFINICIÓN TIPO VALOR

E EXTENSIÓN Es el alcance global sobre el componente ambiental Generalizado 10 Local 5 Muy local 2

D DURACIÓN Es el periodo de tiempo durante el cual las acciones del proyecto involucran cambios ambientales.

>10 años 10 5-10 años 5 1-5 años 2

El Índice de Magnitud se estandariza entre los valores 0 y 1 a través de la siguiente ecuación:

Ims = Im - Im min / Im max – Im min

Siendo:

Ims: Valor del índice de magnitud del impacto estandarizado entre 0 y 1.

Im: Valor del índice de magnitud del impacto sin estandarizar.

Im max: Máximo valor que puede tomar la magnitud del impacto (10)

Im min: Mínimo valor que puede tomar la magnitud del impacto (2).

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

23

5.3 VALORACIÓN DEL IMPACTO

El valor del impacto comprendido entre 0 y 1, será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:

Impacto = Is x Ims

Siendo:

Is: Valor de la incidencia del impacto estandarizado entre 0 y 1.

Ims: Valor del índice de magnitud del impacto estandarizado entre 0 y 1.

Los intervalos entre 0 y 1 para los impactos caracterizados serán los siguientes:

IMPACTO POSITIVO 0 - 1 IMPACTO NEGATIVO COMPATIBLE 0 – 0,1 IMPACTO NEGATIVO MODERADO 0,1 – 0,25 IMPACTO NEGATIVO SEVERO 0,25 – 0,50 IMPACTO NEGATIVO CRÍTICO > 0,50

Siendo:

• IMPACTO POSITIVO: Aquél que se considera beneficioso para el agente que lo recibe.

• IMPACTO NEGATIVO COMPATIBLE: Aquél cuya recuperación es inmediata tras el cese

de la actividad y no precisa prácticas protectoras o correctoras.

• IMPACTO NEGATIVO MODERADO: Aquél cuya recuperación no precisa de medidas

protectoras o correctoras intensivas, y en el que la consecución de las condiciones

ambientales iniciales requiere cierto tiempo.

• IMPACTO NEGATIVO SEVERO: Aquél en el que la recuperación de las condiciones

iniciales del medio exige la adecuación de medidas protectoras o correctoras y en el que

aún con esas medidas, aquella recuperación precisa de un período de tiempo dilatado.

• IMPACTO NEGATIVO CRÍTICO: Aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable.

Con él se produce una pérdida permanente de la calidad de las condiciones ambientales,

sin posible recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras o correctoras.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

24

5.4 ACCIONES GENERADORAS DE IMPACTO

o Fase de ejecución:

A. Desbroce de la vegetación

B. Desmontes

C. Creación de instalaciones provisionales de obra

D. Tráfico de maquinaria pesada

E. Generación de residuos

F. Demanda de mano de obra

G. Contratación de servicios (Agua, electricidad)

H. Pago de licencias municipales

I. Restauración vegetal

o Fase de funcionamiento

J. Ocupación permanente del suelo (labores de mantenimiento)

K. Gestión de residuos

L. Tráfico de vehículos

5.5 VARIABLES AMBIENTALES AFECTADAS

o Medio físico

I. Nivel sonoro

II. Erosión y contaminación de suelos

III. Calidad del agua

IV. Paisaje

o Medio biótico

V. Vegetación

VI. Fauna

o Medio socioeconómico

VII. Creación de empleo

VIII. Calidad de vida

IX. Patrimonio cultural

DOCUMENTO AMBIENTALMODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN Nº1

3.6.- MATRIZ DE CARACTERIZACIÓN DEL IMPACTO

Es esta tabla se determina el carácter positivo/negativo del impacto.

Esta matriz pone de manifiesto que la mayoría de los impactos negativos tienen lugar en la fasede ejecución, durante las obras. En la fase de funcionamiento existen también impactosnegativos pero no intervienten en funcionamiento general de los ecosistemas y además, existenmedidas protectoras, correctoras o compensatorias que pueden mitigar e incluso evitar el impacto.

3.7.- MATRIZ FINAL DE VALORACIÓN DE IMPACTOS

A continuación se realiza una valoración de los impactos recogidos anteriormente.Primero se elavora la matriz con el índice de importancia del impacto (I), con los atributos del mismo. La siguiente matriz muestra el índice de importancia estandarizado (Is). Por último,se expone la la matriz final de valoración de impactos en la que se indica el índice de importancia estandarizado (Is), el índice de magnitud estandarizado (Ims) y la valoración final del impacto.

25

VII VIII IX

AC

CIO

NE

S G

EN

ER

AD

OR

AS

DE

IMP

AC

TO

F. E

JEC

UC

IÓN

A S/I

ASPECTOS AMBIENTALES

MEDIO FÍSICO MEDIO BIÓTICO MEDIO SOCIOECONÓMICOI II III IV V VI

S/IC S/I S/I

- -S/I

S/IS/I -

B S/I S/I+ S/I- -S/I

S/I

- -

S/ID S/I S/I S/I

S/I S/I + S/I

S/IE S/I+- - -

+ S/I- -

S/IG S/I S/I S/I S/I S/I S/IF S/I S/I S/I S/I S/I S/I

S/IK

S/IH S/I S/I S/I S/I S/I S/I

S/IS/I S/I S/I

S/I

F. F

UN

C -

S/I + S/II + + S/I + + +

S/I+ S/I

L S/I S/I S/I

-

- -S/I

+

--

-

--

S/I S/I

+ +

+ S/I

+ S/I

S/I + + S/I S/I S/I

S/I S/I

IMPACTO POSITIVO +-IMPACTO NEGATIVO

SIN IMPACTO S/I

J S/I S/I

DOCUMENTO AMBIENTALMODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN Nº1

3 1 1 3 3 3 1 1 3 3 3 1 1 3 3 3 1 1 3 33 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 33 1 1 1 3 3 1 1 3 3 3 1 1 1 3 3 1 1 3 33 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 33 1 1 3 1 3 1 1 3 11 1 1 1 1 1 1 1

3 1 1 3 1 3 1 1 3 1 3 1 1 3 1 3 1 1 3 11 1 3 3 1 1 3 3 1 1 3 3 1 1 3 3

3 1 1 3 1 3 1 1 3 1 3 1 1 3 11 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

3 1 1 3 3 3 1 1 3 31 1 3 3 1 1 3 3

3 1 1 3 1 3 1 1 3 11 1 3 3 1 1 3 3

In A S M PR Rc Pr C

26

A

I II III IV V

AC

CIO

NE

S G

EN

ER

AD

OR

AS

DE

IMP

AC

TO

ASPECTOS AMBIENTALES

I

J

K

L

F. E

JEC

UC

IÓN

F. F

UN

C.

C

D

E

F

G

H

B

MEDIO FÍSICO MEDIO BIÓTICO MEDIO SOCIOECONÓMICO

22

VIII IX

34

22

34 34 34 34

VI VII

18

343434

18

22

22

18

18

26 26

22

18

MATRIZ CON EL ÍNDICE DE IMPORTANCIA DEL IMPACTO (I)

MATRIZ CON EL ÍNDICE DE IMPORTANCIA ESTANDARIZADO DEL IMPACTO (Is)

ASPECTOS AMBIENTALES

MEDIO FÍSICO MEDIO BIÓTICO MEDIO SOCIOECONÓMICO

I II III IV V VI VII VIII IX

I

22

AC

CIO

NE

S G

EN

ER

AD

OR

AS

DE

IMP

AC

TO

F. E

JEC

UC

IÓN

A 0,71 0,71 0,71 0,71

C 0,14 0,14

E 0,14 0,14

G

B 0,71 0,71 0,71 0,71

D 0,29 0,29 0,29 0,29

0,14

F

I

H

F. F

UN

C. J 0,43 0,43

L 0,29 0,29

Is

K

DOCUMENTO AMBIENTALMODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN Nº1

Is: ÍNDICE DE IMPORTANCIA ESTANDARIZADO

Ims: ÍNDICE DE MAGNITUD ESTANDARIZADO

Imp: VALOR DE IMPACTO

IMPACTO POSITIVO 0-1IMPACTO NEGATIVO COMPATIBLE 0-0,1IMPACTO NEGATIVO MODERADO 0,1-0,25IMPACTO NEGATIVO SEVERO 0,25-0,50IMPACTO NEGATIVO CRÍTICO >0,50

27

Is Ims Imp

TOTAL 0,078

VALORACIÓN DEL IMPACTO COMPATIBLE

MATRIZ FINAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTOS

L 0,3 0,2 0,1 0,3 0,2 0,1

J 0,4 0,2 0,1 0,4 0,2 0,1

I

0,1

F

0,1

G

E 0,1 0,2 0,03 0,1 0,2 0,03 0,1 0,2 0,03

0,3 0,2 0,1 0,3 0,2

B 0,7 0,2 0,1 0,7 0,2 0,1

VI VII VIII IX

AC

CIO

NE

S G

EN

ER

AD

OR

AS

DE

IMP

AC

TO

F. E

JEC

UC

IÓN

A 0,7 0,2 0,1 0,7

C 0,1 0,2 0,03 0,1

D 0,3 0,2 0,3 0,2 0,1

0,2 0,03

V

0,7 0,2 0,1

0,2 0,1 0,7

ASPECTOS AMBIENTALES

MEDIO FÍSICO MEDIO BIÓTICO MEDIO SOCIOECONÓMICO

I II III IV

F. F

UN

C.

K

0,2

H

0,1 0,7 0,2 0,1

0,7 0,2 0,1

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

28

De este análisis obtenemos las siguientes conclusiones:

• Los impactos derivados de la ejecución del planeamiento propuesto no suponen una

afección negativa a los sistemas naturales debido a la ausencia en el ámbito de zonas de

gran valor ecológico y por la inexistencia de fauna en peligro de extinción o de gran valor

ecológico. La actuación propuesta no implica ningún desequilibrio para el ecosistema en

conjunto ni para ninguno de ellos (vegetación, agua, fauna, suelo) por separado.

• Esta actuación tampoco produce un impacto significativo en el paisaje puesto que este ya

ha sido transformado con anterioridad por las distintas actuaciones urbanísticas y

económicas del entorno.

• Respecto a la cuestión patrimonial, solo cabe destacar, que esta modificación puntual del

PERI-2. Conxo de Arriba, respeta la clasificación de la vivienda nº 70 de la calle Conxo de

Arriba como edificio de características singulares en régimen de protección no integral.

Por lo que no existe ninguna afección negativa.

• En cuanto al ámbito socioeconómico, el desarrollo de esta nueva ordenación conlleva un

incremento en la calidad de vida de los ciudadanos. Por una parte, se dispone de mayor

espacio libre para disfrute de la población, facilita la accesibilidad y la interrelación con

otros desarrollos urbanísticos. Y por otra parte, potenciará la actividad económica en esta

área urbana de Santiago de Compostela.

Como conclusión, señalamos que esta propuesta es SOSTENIBLE desde el punto de vista

medioambiental al presentar un IMPACTO COMPATIBLE. Las posibles afecciones negativas

que se deriven de la ejecución del planeamiento propuesto se pueden solventar perfectamente

adoptando una serie de medidas protectoras, correctoras o compensatorias como las que se

expondrán en los siguientes apartados.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

29

6. MEDIDAS PROTECTORAS, CORRECTORAS Y COMPENSATORIAS

Son aquellas que pretenden eliminar, minimizar o compensar los efectos ambientales negativos que genera la ejecución del planeamiento o su funcionamiento.

Son medidas que se centran en la realización y el seguimiento de buenas prácticas a la hora de la ejecución de las obras, así como de la vigilancia del cumplimiento de la legislación ambiental.

6.1.- MEDIDAS EN FASE DE EJECUCIÓN o Desbroce de la vegetación:

Regar el terreno durante los períodos secos. Utilizar maquinaria ligera y en época adecuada para no afectar a la calidad del aire y evitar la erosión del terreno. Esta labor de desbroce se limitará a la zona afectada previa autorización administrativa, con el fin de disminuir la pérdida innecesaria y la alteración de formaciones vegetales. Se protegerá y mantendrá la cubierta vegetal de las zonas verdes existentes que se mantienen en la ordenación. Aplicación del Plan de Seguridad y Salud.

o Desmontes: Regar el terreno durante los períodos secos. Se ejecutarán las labores de cimentación y construcción inmediatamente después de la excavación. Se apartará la zona de tierra vegetal antes de realizar las labores de excavación. Esta tierra orgánica se mantendrá en condiciones óptimas para su posterior reutilización, evitando su compactación por pisoteo de operarios, vehículos o maquinaria y evitando asimismo la erosión del terreno. Aplicación del Plan de Seguridad y Salud.

o Creación de instalaciones provisionales de obra: Las instalaciones provisionales de obra se localizarán en zonas de bajo valor ecológico y de fácil acceso. Instalar correctamente los sanitarios conectándolos a la red general de evacuación y de distribución de agua. Eliminar fugas en las conducciones. Evitar gastos innecesarios de agua. Aplicación del Plan de Seguridad y Salud.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

30

o Tráfico de maquinaria pesada: Correcto mantenimiento de este tipo de maquinaria pesada Dicha maquinaria cumplirá con la normativa de emisiones que le resulte de aplicación debiendo disponer de la documentación acreditativa al respecto. Disminuir el paso de la maquinaria pesada controlando los horarios y limitar la velocidad a 20 km/h para evitar contaminación acústica. Señalización de la entrada, salida y estacionamiento de vehículos en la obra. Aplicación del Plan de Seguridad y Salud.

o Generación de residuos: Clasificación y almacenamiento separativo de los residuos en un área acondicionada para tal fin. Se localizarán en zonas de bajo valor ecológico y de fácil acceso. Esta superficie estará convenientemente impermeabilizada y señalizada y en ellas se dispondrán los colectores y cualquier otro medio necesario para evitar vertidos o fugas incontroladas. Vertido controlado de los residuos a vertedero autorizado o entregados a un gestor autorizado. Al finalizar las obras se eliminarán todos los restos de obra, evitando su incineración y se procederá a la restauración de las zonas afectadas. El mantenimiento de la maquinaria (cambio de aceite, engranaje, etc) se realizará en talleres inscritos en el Registro General de Productores y Gestores de Residuos de Galicia. Aplicación del Plan para la Gestión de los residuos de Obra. Aplicación del Plan de Seguridad y Salud.

6.2.- MEDIDAS EN FASE DE FUNCIONAMIENTO o Ocupación permanente del suelo

Informar y dar formación medioambiental a los trabajadores Limpieza y mantenimiento de los espacios públicos Correcto mantenimiento de las instalaciones urbanas

o Gestión de residuos: Existencia de contenedores separativos y recogida de residuos por parte de empresas acreditadas para su gestión integral.

o Tráfico de vehículos Limitar la velocidad del tráfico rodado.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

31

7. PROGRAMA DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL

Los objetivos que se persiguen con este programa son los siguientes:

o Comprobar y analizar si las medidas ambientales correctoras, protectoras y compensatorias previstas son viables y suficientes.

o Valorar la incidencia del proyecto sobre cada una de las componentes del medio que puedan verse afectadas.

o Control de la posible aparición de nuevos impactos, que no se han tenido en cuenta en el presente documento.

A continuación se detalla el programa de vigilancia ambiental sobre las medidas correctoras, protectoras y compensatorias durante las fases de ejecución y funcionamiento.

PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL SOBRE LAS MEDIDAS CORRECTORAS, PROTECTORAS Y COMPENSATORIAS DURANTE LA

FASE DE EJECUCIÓN MEDIDA RESPONSABLE INICIO DURACIÓN FRECUENCIA

Regar el terreno durante los períodos secos La empresa constructora

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Siempre que exista peligro de producir polvo

Utilizar maquinaria ligera y en época adecuada para no afectar a la calidad del aire y evitar la erosión del terreno. Esta labor de desbroce se limitará a la zona afectada previa autorización administrativa, con el fin de disminuir la pérdida innecesaria y la alteración de formaciones vegetales.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

En el momento de comienzo del desbroce

Durante la ejecución del desbroce

Diaria

Se protegerá y mantendrá la cubierta vegetal de las zonas verdes existentes que se mantienen en la ordenación.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

En el momento de comienzo del desbroce

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Aplicación del Plan de Seguridad y Salud

La empresa constructora y el Coordinador de Seguridad y Salud

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Se ejecutarán las labores de cimentación y construcción inmediatamente después de la excavación.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al finalizar el desmonte

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Se apartará la zona de tierra vegetal antes de realizar las labores de excavación. Esta tierra orgánica se mantendrá en condiciones óptimas para su posterior reutilización, evitando su compactación por pisoteo de operarios, vehículos o maquinaria y evitando asimismo la erosión del terreno.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Las instalaciones provisionales de obra se localizarán en zonas de bajo valor ecológico y de fácil acceso

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Instalar correctamente los sanitarios conectándolos a la red general de evacuación y de distribución de agua

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Eliminar fugas en las conducciones

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

32

Evitar gastos innecesarios de agua

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Correcto mantenimiento de la maquinaria pesada. Dicha maquinaria cumplirá con la normativa de emisiones que le resulte de aplicación debiendo disponer de la documentación acreditativa al respecto.

La empresa constructora

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Disminuir el paso de la maquinaria pesada, controlando los horarios y limitar la velocidad a 20 km/h para evitar contaminación acústica.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Señalización de la entrada, salida y estacionamiento de vehículos en la obra

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Clasificación y almacenamiento separativo de los residuos en un área acondicionada para tal fin. Se localizarán en zonas de bajo valor ecológico y de fácil acceso. Esta superficie estará convenientemente impermeabilizada y señalizada y en ellas se dispondrán los colectores y cualquier otro medio necesario para evitar vertidos o fugas incontroladas.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Vertido controlado de los residuos a vertedero autorizado o entregados a un gestor autorizado.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Semanal

Al finalizar las obras se eliminarán todos los restos de la obra, evitando su incineración y se procederá a la restauración de las zonas afectadas.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al finalizar las obras 1 semana Diaria

El mantenimiento de la maquinaria (cambio de aceite, engranaje, etc) se realizará en talleres inscritos en el Registro General de Productores y Gestores de Residuos de Galicia.

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

Aplicación del Plan para la Gestión de los residuos de Obra

La empresa constructora y la Dirección de Obra

Al iniciarse las obras

Durante la ejecución de la obras

Diaria

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

33

PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL SOBRE LAS MEDIDAS CORRECTORAS, PROTECTORAS Y COMPENSATORIAS DURANTE LA

FASE DE FUNCIONAMIENTO MEDIDA RESPONSABLE INICIO DURACIÓN FRECUENCIA

Formación a los trabajadores sobre medidas de seguridad y salud

Administración local y las empresas contratadas para los trabajos de mantenimiento

Al iniciarse la contratación

Durante la ejecución de los trabajos de mantenimiento

Diaria

Limpieza y mantenimiento de los espacios públicos

Administración local y las empresas contratadas para limpieza y mantenimiento

En el momento de recibir la obra por parte de la administración

Durante la vida útil de los espacios públicos

Diaria

Correcto mantenimiento de las infraestructuras urbanas

Administración local y las empresas suministradoras

En el momento de recibir la obra por parte de la administración

Durante la vida útil de las instalaciones

Diaria

Existencia de contenedores separativos y recogida de residuos por parte de empresas acreditadas para su gestión integral.

Administración local y las empresas contratadas para la recogida y gestión de residuos

En el momento de recibir la obra por parte de la administración

Durante la vida útil de los espacios públicos

Diaria

Limitar la velocidad del tráfico rodado. Administración local

En el momento de recibir la obra por parte de la administración

Durante la vida útil de los espacios públicos

Diaria

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

34

8. REPORTAJE FOTOGRÁFICO

01 02

03 04

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

35

05 06

07 08

09 10

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

36

11 12

13 14

15 16

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

37

9. MARCO NORMATIVO

Urbanismo y ordenación del territorio

• Marco europeo: o Carta europea de Ordenación del territorio, aprobada el 20 de Mayo de 1983 en Torremolinos. o Principios directores para el Desarrollo territorial sostenido del continente europeo, adoptados el

Hannover en 2000. o Declaración de Lisboa sobre “Redes para el desarrollo territorial sostenible del continente europeo:

Puentes a través de Europa”, adoptada en Lisboa el 27 de octubre del 2006. o Declaración de Liubliana sobre la Dimensión territorial del desarrollo sostenido, de 2003. o Dictamen sobre la Comunicación de la Comisión relativa a la cooperación para la ordenación del territorio

europeo-Europa 2000*(DOCE 02/04/1996) o Resolución sobre una política comunitaria de ordenación del territorio: Europa 2000(DOCE 02/11/1992).

• Marco estatal:

o Real Decreto Legislativo 2/2008, del 20 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del suelo (BOE 26/06/2008).

o Real Decreto 2158/1978, del 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del suelo y ordenación urbana (BOE 15/09/1978).

o Real Decreto 3288/1978, del 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión urbanística Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del suelo y ordenación urbana (BOE 31/01/1979).

o Real Decreto 1492/2011, del 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo (BOE, 09/11/2011).

o Real Decreto 1093/1997, del 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística (BOE, 23/07/1997).

o Ley 51/2003, del 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con minusvalidez" (BOE 03/12/03).

o Real Decreto 505/2007 del 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con minusvalidez para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones (BOE, 11/05/2007).

o Orden VIV/561/2010, del 1 de febrero, por lla que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados (BOE, 11/03/2010).

o Real Decreto Legislativo 1/2004, del 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Catastro Inmobiliario (BOE, 08/03/2004).

o Real Decreto 417/2006, del 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, del 5 de marzo (BOE, 24/04/2006).

o Ley 16/12/1954, de Expropiación Forzosa (BOE, 17/12/1954). • Marco autonómico:

o Ley 9/2002, del 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, en su redacción actual derivada de las modificaciones introducidas por la Ley 15/2004, del 29 de diciembre (DOG 31/1212004), la Ley 6/2007, del 11 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio e del litoral de Galicia, la Ley 6/2008, del 19 de junio, de medidas urgentes en materia de vivienda y suelo (DOG 30/0612008), la Ley 2/2010, del 25 de marzo, de medidas urgentes, la Ley 8/2012, del 29 de junio, de vivienda de Galicia (DOG 24/07/2012) y Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia (DOG 27/12/2013).

o · Ley 10/1995, del 23 de noviembre, de Ordenación territorial de Galicia (DOG 0511211995). o · Decreto 19/2011, del 10 de febrero, por el que se aprueban definitivamente las Directrices de ordenación

del territorio (DOG 22/02/201 1). o Ley 8/1997, del 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de

Galicia (DOG 29/08/1997). o Decreto 35/2000, del 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la

Ley 8/1997 (DOG 29/0212000). o Real Decreto 505/2007 de 20 de abril por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y

no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

38

o Orden VIV/561/2010 del 1 de febrero por el que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

o Ley 10/1985 del 14 de agosto, de Concentración Parcelaria de Galicia (BOE, 16/11/1985). o Orden 14/5/1991, del 14 de mayo, Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento de A

Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra (DOG, 19/06/1991). o Ley 12/2001, dle 10 de septiembre, de modificación de la Ley de Concentración Parcelaria para Galicia

(BOE, 14/11/2001). o Ley 2/2006, del 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG, 11/08/2006). o Ley 6/2007, del 11 de mayo, de medidas urgentes en materia de Ordenación del Territorio y del Litoral de

Galicia. (DOG, 16/05/2007). o Decreto 29/2010, del 4 de marzo del 2010, por el que se aprueban las normas de habitabilidad de

viviendas de Galicia. o Decreto 20/2011, del 10 de febrero, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación del

Litoral de Galicia (DOG, 23/02/2011). o Ley 12/2011, del 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (DOG, 30/12/2011). o Decreto 74/2013, del 18 de abril, por el que se modifica el Decreto 35/2000, del 28 de enero, por el que se

aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia, para su adaptación a la Directiva 95/16/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 29 de junio, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a ascensores (DOG, 22/05/2013).

o Decreto 176/2013, do 21 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de seguimiento de las Directrices de ordenación del territorio de Galicia y de la sostenibilidad territorial. • Marco local:

o Orden del 1 de septiembre del 2008 sobre la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Santiago de Compostela (A Coruña).

o Plan Especial de Reforma Interior de Conxo de Arriba número 2 (PERI-2). BOP 22/08/2002

Evaluación, responsabilidad y acceso a la información ambiental

• Marco europeo o Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el

acceso a la justicia en asuntos ambientales, firmada el 25 de junio de 1998, ratificada el 29 de diciembre de 2004 (DOUE 17/05/2005).

o Directiva 2004/35/CE, del 21 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales (DOUE del 30/04/2004).

o Directiva 2003/35/CE, del 26 de maio, por la que se establecen las medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el ambiente y por la que se modifican, en lo que se refiere a la participación del público y el acceso a la justicia, a las Directivas 85/337/CEE y 96/61/CE del Consejo (DOCE 25/06/2003).

o Directiva 2003/04/CE, del 28 de enero, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al acceso al público de la información medioambiental y para la que se deroga la Directiva 90/313/CEE del Consejo (DOCE del 14/02/2003).

o Directiva 2001/42/CE, del 27 de junio, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el ambiente (DOCE 21/07/2001).

o Decisión 1411/2001/CE, del 27 de junio, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un marco comunitario de cooperación para el desenvolvimiento sostenible en el medio urbano (DOCE 13/07/2001). • Marco estatal:

o Ley 26/2007, del 23 de octubre, de Responsabilidad medioambiental (BOE 24/10/2007). o Ley 27/2006, del 18 de julio, por la que se regulan los Derechos de acceso a la información, de

participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (BOE 19/07/2006). o Ley 9/2006, del 28 de abril, sobre Evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el

medio ambiente (BOE 29/04/2006). o Real Decreto 2090/2008, del 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo parcial

de la Ley 26/2007 (BOE 23/12/2008). • Marco autonómico:

o Ley 21/2013, del 9 de diciembre, de evaluación ambiental. o Ley 9/2002, del 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, en su

redacción actual derivada de las modificaciones introducidas por la Ley 15/2004, del 29 de diciembre

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

39

(DOG 31/12/2004), la Ley 6/2007, del 11 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia , la Ley 6/2008, del 19 de junio, de medidas urgentes en materia de vivenda y suelo (DOG 30/06/2008) , la Ley 2/2010, del 25 de marzo, de medidas urgentes, la Ley 8/2012, del 29 de junio, de vivienda de Galicia (DOG 24/07/2012) y Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia (DOG 27/12/2013).

o Ley 10/1995, del 23 de noviembre, de Ordenación territorial de Galicia (DOG 05/12/1995). o Decreto 19/2011, del 10 de febrero , por lo que se aprueban definitivamente las Directrices de ordenación

del territorio (DOG 22/02/2011).

PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA Y EL PAISAJE

• Marco europeo o Convenio europeo del paisaje (número 176 del Consejo de Europa), hecho en Florencia el 20 de octubre

del 2000 e instrumento de ratificación del Estado español (BOE 5/2/2008). o Decisión 93/626/CEE, del 25 de octubre, del Consejo relativa a la celebración del Convenio sobre la

diversidad biológica (DOUE 13/12/1993). o Directiva 92/43/CEE, del 21 de mayo, del Consejo relativa a la conservación de los hábitats naturales y de

la fauna y flora silvestres (DOUE 22/07/1992). • Marco estatal:

o Ley 42/2007, del 13 de diciembre, del Patrimonio natural y de la biodiversidad (BOE 14/12/2007). o Real Decreto 1421/2006, del 1 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1997/1995, del 7 de

diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres (BOE 2112/2006).

o Real Decreto 1193/1998, del 12 de junio , por el que se modifica el Real Decreto 1997/1995, del 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres (BOE 25/06/1998).

o Real Decreto 1997/1995, del 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres (BOE 28/12/1995). • Marco autonómico:

o Ley 7/2008, del 7 de julio, de protección de la paisaje de Galicia (DOG 18/07/2008). o Ley 9/2001, del 21 de agosto, de conservación de la naturaleza (BOE 25/09/2001). o Decreto 67/2007, del 22 de mayo, por lo que se regula el catálogo gallego de árboles singulares (DOG

17/04/2007). o Decreto 72/2004, del 2 de abril, por lo que se declaran determinados espacios como zonas de especial

protección de los valores naturales (DOG 12/04/2004). o Decreto 82/1989, del 11 de mayo, por lo que se regula la figura del espacio natural en régimen de

protección general (DOG 01/06/1989)

RESIDUOS

• Marco europeo o Directiva 2008/98/CE, del 19 de noviembre, del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los residuos

(DOUE 22/11/2008). o Directiva 1999/31/CE, del 26 de abril, del Consejo relativa al vertido de residuos (DOUE 16/07/1999). o Directiva 1994/62/CE, del 20 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los envases y

sus residuos (DOCE 31/12/1994); modificada por la Directiva 2004/12/CE, del 11 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo (DOUE 18/02/2004) y por la Directiva 2005/20/CE, del 9 de marzo, del Parlamento Europeo y del Consejo (DOUE 1610312005)

o Reglamento (CE) 1013/2006, del 14 de junio, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al traslado de residuos (DOUE 12/07/2006); modificado por la Directiva 2009/31/CE del 23 de abril , del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al almacenamiento geológico del dióxido de carbono (DOUE 05/06/2009) • Marco estatal:

o Lei 22/2011, del 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE 29/07/2011). o Real Decreto 105/2008, del 1 de febrero, por lo que se regula la producción y gestión de los residuos de

construción y demolición (BOE 13/02/2008). o Real Decreto 952/1997, del 20 de junio, por llo que se modifica el Reglamento de la ejecución de la Ley

20/1986, del 14 de mayo (BOE 05/07/1997).

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

40

o Real Decreto 833/1988, del 20 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/1986, del 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos (BOE 30/07/1988). • Marco autonómico:

o Lei 10/2008, del 3 de noviembre, de residuos de Galicia (BOE 6/12/2008). o Decreto 59/2009, del 26 de febrero, porlo que se regula la trazabilidad de los residuos (DOG 24/03/2009). o Decreto 174/2005, del 9 de junio, po lo que se regula el régimen jurídico de la producción y gestión y el

Rexistro General de Productores y Gestores de Residuos de Galicia (DOG 29/06/2005).

ATMÓSFERA Y CAMBIO CLIMÁTICO • Marco europeo

o Reglamento (CE) 1005/2009, del 16 de setiembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las substancias que agotan la capa de ozono (DOUE 31/10/2009).

o Decisión 406/2009/CE, del 23 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el esfuerzo de los Estados miembros para reducir sus emisiones de gases efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020 (DOUE 05/06/2009).

o Directiva 2008/01/CE, del 15 de enero, del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la prevención y al control integrados de la contaminación (DOUE 29/01/2008).

o Directiva 2008/50/CE, del 21 de mayo, del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más Iimpia en Europa (DOUE 11/06/2008).

o Directiva 2004/107/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 15 de diciembre del 2005, relativa al arsénico, al cadmio, al mercurio, al níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente (DOUE 26/01/2005).

o Directiva 2002/3/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 12 de febrero del 2002, relativa al ozono en el aire ambiente (DOUE 09/03/2002).

o Directiva 2000/69/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, del 16 de noviembre del 2000, sobre los valores límite para los valores límites para el benceno y el monóxido de carbono en el aire ambiente (DOUE 13/12/2000).

o Directiva 1999/30/CE, del 22 de abril, del Consejo relativa a los valores límite de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas y plomo en el aire ambiente, (DOUE 29/06/1999); modificada por la Decisión de la Comisión 2001/744/CE, del 17 de octubre (DOUE 23/10/2001).

o Directiva 96/62/CE, del 27 de septiembre , del Consejo sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente (DOCE 21/11/1996); modificada por el Reglamento (CE) 1882/2003, del 29 de septiembre, del Parlamento Europeo y del Consejo (DOUE 31/10/2003). • Marco estatal:

o Ley 34/2007, del 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (BOE 16/11/2007). o Real Decreto 102/2011, del 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire (BOE 29/01/2011). o Real Decreto 9/2005, del 14 de enero, por lo que se establece la Relación de actividades potencialmente

contaminantes del suelo y los criterios y los estándares para la declaración de suelos contaminados (BOE 18/01/2005). • Marco autonómico:

o Ley 8/2002, del 18 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico de Galicia (BOE 21/01/2003). o Orden del 3 de noviembre del 2010 por la que se regula el otorgamiento de la autorización de gases de

efecto invernadero, la consideración como instalación de bajas emisiones y la solicitud de exclusión de instalaciones de pequeño tamaño para el periodo 2013-2020 (DOG 10/11/2010).

o Ley 1/1995, del 2 de enero, de protección ambiental de Galicia (DOG 10/02/1995)

CONTAMINACIÓN ACÚSTICA • Marco europeo:

o Directiva 2002/49/CE, del 25 de junio, del Parlamento Europeo y del Consejo sobre Evaluación y gestión del ruido ambiental (DOCE 18/07/2002). • Marco estatal:

o Ley 37/2003, del 17 de noviembre, del ruido (BOE 18/11/2003) o Real Decreto 1367/2007, del 19 de octubre, por la que se desarrolla la Ley 37/2003, del 17 de noviembre,

en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas (BOE 23/10/2007) . o Real Decreto 1513/2005, del 16 de diciembre , por el que se desarrolla la Ley 37/2003, en lo referente a la

evaluación y gestión del ruido ambiental (BOE 17/12/2005).

DOCUMENTO AMBIENTAL MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR PERI-2.Conxo de Arriba

MODIFICACIÓN 1

41

o Real Decreto 1038/2012, del 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1367/2007, del 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, del 17 de noviembre, del ruído, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas (BOE, 26/07/2012).

CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA

• Marco europeo: o Resolución del Parlamento Europeo sobre las Consideraciones sanitarias relacionadas con los

campos electromagnéticos del 2 de abril del 2009.

• Marco estatal: o Ley 32/2003, del 3 de noviembre, General de telecomunicaciones (BOE 04/11/2003). o Real Decreto 1066/2001, del 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece

las condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a las emisiones radioeléctricas (BOE 29/09/2001).

PATRIMONIO

• Marco estatal: o Lei 33/2003, del 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones públicas (BOE 04/11/2003). o Lei 16/1985, del 25 de junio, del Patrimonio histórico español (BOE 28/06/1985). o Real Decreto 111/1986, del 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985 (BOE 27/01/1986).

• Marco autonómico:

o Ley 8/1995, del 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia (BOE 1/12/1995). o Decreto 232/2008, del 2 de octubre, sobre el Inventario general del patrimonio cultural de Galicia (DOG

23/10/2008). o Decreto 199/1997, del 10 de julio, por el que se regula la actividad arqueológica en la Comunidad

Autónoma de Galicia. (DOG do 06/08/1997). o Ley 3/1996, del 10 de mayo, de Protección de los Caminos de Santiago (DOG nº 101 do 23/05/1996).