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Estudio Ambiental Estratégico i
Mayo 2018
PLAN PARCIAL DE REFORMA INTERIOR “PERI-1” DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN AGUSTÍN DE
GUADALIX (MADRID)
DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
PLAN PARCIAL DE REFORMA INTERIOR “PERI-1” DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN AGUSTÍN DE GUADALIX
(MADRID)
Equipo redactor:
Pablo Álvarez Guillen Ingeniero Agrónomo Luis Miguel Martín Enjuto Biólogo Reyes de Juan Grau Geógrafa Andrés López-Cotarelo García de Diego Ingeniero de Montes Luis Martín Hernández
Ingeniero de Telecomunicaciones Mayo. 2018
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 1
DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
INDICE
1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN 3
2. LOS OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN 6
3. ENCUADRE TERRITORIAL DEL PERI-1 9
4. DEFINICIÓN Y SELECCIÓN DE PRINCIPIOS DE SOSTENIBILIDAD Y
OBJETIVOS AMBIENTALES ESTRATÉGICOS 11
4.1. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA 12
4.2. PLANIFICACIÓN CONCURRENTE 21
4.3. OBJETIVOS AMBIENTALES ESTRATÉGICOS 33
5. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 35
5.1. CLIMA 35
5.2. CAMBIO CLIMÁTICO / CALIDAD DEL AIRE 41
5.3. MEDIO AMBIENTE SONORO 49
5.4. GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA 52
5.5. SUELO 58
5.6. HIDROLOGÍA 63
5.7. VEGETACIÓN 68
5.8. FAUNA 71
5.9. ESPACIOS PROTEGIDOS 73
5.10. PAISAJE 75
5.11. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SOCIOECONÓMICO 76
5.12. INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES 80
5.13. MOVILIDAD 81
5.14. RESIDUOS 84
5.15. RECURSOS CULTURALES 87
5.16. VALORACIÓN AMBIENTAL GLOBAL DEL ÁMBITO DE ESTUDIO 89
6. FORMULACIÓN Y SELECCIÓN DE ALTERNATIVAS 95
6.1. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS 95
6.2. DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA 100
7. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES 104
7.1. CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS 104
7.2. ATMÓSFERA 111
7.3. CALIDAD DEL SUELO 120
7.4. HIDROLOGÍA Y LA CALIDAD DE LAS AGUAS 122
7.5. VEGETACIÓN Y FAUNA 127
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7.6. ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS 130
7.7. MOVILIDAD 133
7.8. RESIDUOS 135
7.9. VALORACIÓN GLOBAL 136
8. MEDIDAS PREVENTIVAS Y/O CORRECTORAS 139
8.1. MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO 140
8.2. MEDIDAS DE ADAPTACIÓN 149
8.3. OTRAS MEDIDAS CORRECTORAS 151
9. SEGUIMIENTO AMBIENTAL DE LA PLANIFICACIÓN 158
10. AUTORÍA DE LOS TRABAJOS 162
ANEXOS
ANEXO I: ESTUDIO ACÚSTICO ANEXO II: CARACTERIZACIÓN INICIAL DE SUELOS (FASE I) ANEXO III: ESTUDIO HIDROLÓGICO ANEXO IV: ESTUDIO DE INFRAESTRUCTURAS DE SANEAMIENTO ANEXO V: AFECCIONES A LA RED NATURA ANEXO VI: ESTUDIO DE MOVILIDAD Y TRÁFICO ANEXO VII: ESTUDIO DE ARBOLADO
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Documento Ambiental Estratégico 3
1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
El municipio de San Agustín de Guadalix dispone para la ordenación urbana de su territorio
de unas Normas Subsidiarias (NNSS, a partir de ahora), aprobadas definitivamente por la
Comisión de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial de la Comunidad de Madrid en
sesión celebrada con fecha 3 de junio de 1999 y publicadas en el BOCM de 29 de septiembre
de 1999. Esta aprobación de NNSS aplazó diferentes aspectos y ámbitos para que
subsanasen determinadas deficiencias detectadas.
Por ello, una vez subsanados los distintos requerimientos por parte del Ayuntamiento se
aprobaron definitivamente, con fecha de 25 de mayo de 2000, las NNSS en todos aquellos
ámbitos que fueron objeto de aplazamiento el 3 de junio de 1999, a excepción del ámbito
correspondiente al Plan Parcial de Reforma Interior PERI-1, al apreciar que se debía esperar
a la resolución del conflicto de titularidad de parte de los terrenos que forman ese ámbito,
puesto que, en virtud de sendos informes de 5 de noviembre de 1998 y de 23 de noviembre
de 1999, de la entonces Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, se consideró
que el ámbito PERI-1 invadía el dominio público correspondiente al trazado de una vía
pecuaria.
Posteriormente, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid, de fecha
3 de mayo de 2012, declarada firme mediante la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal
Supremo, de 9 de diciembre de 2015, resolvió declarar que la finca registral número 1527 del
Registro de la Propiedad de San Agustín de Guadalix, constituye un bien de naturaleza
patrimonial cuya titularidad corresponde a la parte demandante, por lo cual el supuesto,
motivado en la consideración de que se invadía el dominio público de la vía pecuaria, del
aplazamiento de la aprobación definitiva de las NNSS en referencia al PERI-1 no ha sido
avalado por los tribunales.
De esta forma, la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del
Territorio publicó en el BOCM de 15 de noviembre de 2017 (BOCM Núm. 272) el Acuerdo de 7
de noviembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se levanta el aplazamiento
acordado el 25 de mayo de 2000 y se aprueba definitivamente la Revisión de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Agustín de Guadalix en el ámbito del PERI-1
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Documento Ambiental Estratégico 4
(UA número 35), al haberse resuelto en vía judicial la acción declarativa de dominio relativa a la
finca número 1527 de dicho término municipal.
La evaluación de planes y programas en la Comunidad de Madrid, que ya se contemplaba en
la Ley 2/2002, se ha visto modificada por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014,
de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en la que se remite a la aplicación
de la normativa básica estatal, en tanto que se apruebe una nueva legislación autonómica en
la materia, es decir, a la aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental (LEA).
Con este marco legal y considerando que el ámbito de estudio únicamente ocupa una
superficie de 49.800 m2, apenas un 0,13% del total de la superficie municipal que se sitúa en
unos 38,3 km2, es de aplicación lo contemplado en la Disposición Transitoria Primera de la
Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en la que se establece:
“Las modificaciones menores del planeamiento general y de desarrollo, los planes parciales
y especiales que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida
extensión… se someterán a evaluación estratégica simplificada, …. En estos supuestos,
la documentación que sea sometida a aprobación inicial tendrá la consideración de borrador
del plan y deberá cumplir los requisitos y trámites de dicho borrador. La Consejería con
competencias en materia de medio ambiente, teniendo en cuenta el resultado de las consultas
realizadas, …resolverá mediante la emisión del informe ambiental estratégico, que el
instrumento de planeamiento debe someterse a una evaluación ambiental estratégica
ordinaria …o bien, que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente…”
Asimismo, la citada Ley 4/2014 remite a la aplicación de la normativa básica estatal, en tanto
que se apruebe una nueva legislación autonómica en la materia, es decir, a la aplicación de
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En consecuencia, se debe
elaborar un Documento Ambiental Estratégico (DAE) cuyo contenido responda a lo
establecido en el artículo 29.1 de la LEA.
Dentro de este contexto normativo, el DAE que acompaña al Documento Urbanístico tiene
como finalidad servir de soporte para dar a conocer a las Administraciones públicas afectadas
y a las personas interesadas, tanto su potencialidad para la integración de las consideraciones
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Documento Ambiental Estratégico 5
medioambientales, con el objeto de promover el desarrollo sostenible, como sus posibles
repercusiones ambientales y la oportunidad de incorporar criterios de sostenibilidad.
Finalmente, también es objeto de este DAE dar satisfacción a la solicitud de información
complementaria formulada por el área de Análisis Ambiental de Planes y Programas de la
Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, de la
Comunidad de Madrid, en su escrito de fecha de 4 de mayo de 2018.
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2. LOS OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN
El alcance concreto de las determinaciones para el desarrollo del ámbito se define en las
Normas Urbanísticas de febrero del año 2000 mediante una ficha del Plan Especial de
Reforma Interior PERI-1, de manera resumida de la forma siguiente:
− DENOMINACIÓN NNSS 1987: UA-35
− TIPO DE SUELO: Urbano no consolidado.
− SISTEMA DE ACTUACIÓN: Sistema de Compensación.
− PLAZOS DE DESARROLLO: 4 años.
− DATOS CATASTRALES: Manzana 85.428 – Parcela 1 (incluida parcialmente).
− SUPERFICIE DE ORDENACIÓN: TOTAL: 49.800 m2 (Uso principal residencial:
30.600 m2, Espacios libres públicos - Zonas Verdes: 9.200 m2 y Viario 10.000 m2).
− APROVECHAMIENTOS: Nº máximo de viviendas: 200; Densidad: 40 viv/ha.;
Superficie máxima edificable: 39.840 m2; Aprovechamiento tipo: 0,8 m2c/m2s.;
Aprovechamiento patrimonializable: 90%.
− ORDENANZAS DE APLICACIÓN: A determinar por el PERI, la parcela mínima en
vivienda unifamiliar será de 250 m2, excepto en el caso que se trate de viviendas
protegibles que será de 175 m2.
− CONDICIONES PARTICULARES: Sujeta al perfeccionamiento del Convenio
firmado entre el Ayuntamiento y la propiedad. El número de viviendas resultantes
del mencionado convenio, que se podrán construir en las parcelas de cesión al
Ayuntamiento se destinarán a viviendas protegidas de promoción pública. Las
edificaciones cumplirán las condiciones de retranqueo marcadas por la Red
Natura 2000 (hoy ZEC del Rio Guadalix), respetándose un retranqueo de 100 ml
desde la orilla del rio en las vegas y de 50 ml en los escarpes, en este ámbito no
se podrán situar instalaciones, viarios o vallados.
De este modo, el PERI-1 se instrumenta sobre los objetivos generales siguientes:
• La configuración y organización espaciales de la vida individual y social de modo que
proporcione a ésta, en condiciones de desarrollo sostenible, el medio ambiente urbano
y rural más adecuado para su desenvolvimiento conforme al orden de derechos,
intereses, valores y bienes jurídicos reconocidos y protegidos por la legislación
vigente.
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• El aseguramiento, en el medio urbano, de la suficiencia y funcionalidad de los
espacios, equipamientos, infraestructuras y servicios públicos y sociales en relación
con las edificabilidades y los usos restantes; una densidad adecuada al bienestar
individual y colectivo; una distribución territorial razonable de los usos y actividades,
que permita un desarrollo armónico efectivo de las dimensiones de la vida humana
relativas a la residencia, el trabajo, la educación, la cultura, la sanidad, el bienestar
social, el ocio y el deporte y evite en todo caso las concentraciones que repercutan
negativamente en la funcionalidad de los espacios, equipamientos, infraestructuras y
servicios públicos y la fluida movilidad y comunicación.
• La preservación de las características de los espacios naturales protegidos cercanos
y del suelo excluido del proceso de urbanización.
La finalidad última que se pretende con la actuación es la de poner en marcha la ordenación
y desarrollo de un suelo residencial que cierra el desarrollo urbanístico del municipio de San
Agustín por el norte de su término municipal, en la actualidad vacante, a lo que habría que
añadir la obtención, para su integración en el patrimonio público, de terrenos a lo largo de la
ribera del Río Guadalix y del arroyo del Caño, de alto valor ambiental de cara a su protección.
Así mismo, y en base a las circunstancias concurrentes, el desarrollo que se propone busca
mejorar la ordenación pormenorizada contemplada en el planeamiento general vigente para
la zona, completando la trama urbana existente con incremento de los espacios públicos de
cesión, reordenando algunos de ellos para viabilizar la actuación y ajustando determinados
parámetros de las ordenanzas de edificación en base a los aspectos anteriores, utilizando
para ello las posibilidades que al respecto establece la legislación urbanística vigente.
Para ello, considerando tanto las características del entorno como del cumplimiento de las
determinaciones estructurantes del planeamiento general, podemos establecer el siguiente
sistema de objetivos específico a alcanzar mediante el desarrollo de este ámbito:
• Integración de la ordenación propuesta en la trama urbana residencial de la ciudad,
completando la misma con obtención de nuevos espacios públicos para viario y
servicios de infraestructuras.
• Búsqueda de fórmulas adecuadas para permitir la viabilidad de la actuación.
• Relleno de un vacío urbano que ha interrumpido el remate final norte del casco urbano.
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• Potenciación de los valores ambientales de las zonas norte y sur del ámbito,
integrando en el sistema de espacios libres públicos aquellos elementos más
significativos, como los suelos que acompañan al río Guadalix y al arroyo del Caño,
para preservar y conservar sus valores naturales.
• Incremento de la superficie de suelo urbanizado que permita ampliar y diversificar la
oferta de suelo residencial.
• Puesta en valor de terrenos que el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix debe
recibir en virtud del convenio firmado con la propiedad, inutilizables hasta la fecha.
• Regularización formal y mejora del actual acceso a la zona a través de la Avenida de
Madrid, mediante la inclusión de una rotonda sobre esta, que articula el viario interior
propuesto.
Una vez definidos los objetivos a cumplir, quedaría tan sólo señalar los principales criterios
que se han empleado para la consecución de aquéllos. Dichos criterios serían:
• Empleo de tipologías edificatorias acordes con el entorno.
• Diseño de una estructura viaria que se integre fácilmente con la del entorno.
• Dimensionamiento del viario para permitir una fácil circulación, integrando una
importante dotación de plazas de aparcamiento.
• Respeto absoluto al entorno del río Guadalix y arroyo del Caño, integrándolos en la
red de espacios libres públicos.
• Máximo respeto a la presencia de las vías pecuarias colindantes.
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3. ENCUADRE TERRITORIAL DEL PERI-1
El municipio de San Agustín de Guadalix, situado en al norte de la Comunidad de Madrid, en
el kilómetro 34 de la autovía de Burgos (A-1), limita al norte con el municipio de Pedrezuela,
al este con El Molar, al sureste con Algete y al sur y oeste con el término de Colmenar Viejo.
El municipio presenta una superficie aproximada de 38,3 km2, y está situado en la rampa de
la Sierra de Guadarrama y sus cuestas vertientes, desarrollándose el valle del rio Guadalix en
el extremo más oriental del término.
Situación del término municipal de San Agustín de Guadalix y del PERI-1 en el término municipal. Fte. Mapa topográfico 1.50.000 del IDE de la Comunidad de Madrid.
Localizado al noreste del casco urbano se ubica el PERI-1 con una superficie de 49.800 m2,
quedando limitado al oeste por la Avenida de Madrid, al sureste por la autovía A-1, al sur por
el cauce del arroyo del Caño y al norte por la margen derecha del valle del rio Guadalix.
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Situación del ámbito del PERI-1 en referencia al casco urbano de San Agustín de Guadalix. Fte. Mapa
topográfico 1.25.000 del IDE de la Comunidad de Madrid.
Fotografía aérea del PERI-1. Escala original: 1:5.000.
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4. DEFINICIÓN Y SELECCIÓN DE PRINCIPIOS DE SOSTENIBILIDAD Y OBJETIVOS
AMBIENTALES ESTRATÉGICOS
En este apartado se pretende establecer las bases que definirán el modelo del desarrollo
sostenible. Para esto, es necesario formular el uso eficiente y racional de los recursos
naturales, impidiendo la degradación del capital natural; así como desarrollar políticas activas
de lucha contra el cambio climático.
En este contexto, se plantea la identificación y selección de los objetivos ambientales y los
principios de sostenibilidad emanados de dos ámbitos diferentes:
➢ Documentos normativos: Además de contener determinaciones que afectan a la
regulación de una determinada materia, suelen incluir una exposición de motivos o un
preámbulo en el que se recogen
toda una serie de objetivos de
protección ambiental.
➢ Planificación concurrente: La
planificación propuesta entra en
concurrencia con una paleta de
Planes y Programas, que además,
establecen aspectos que deberán
de deberán de considerarse como referencia en la definición de objetivos y criterios
ambientales del proceso de evaluación ambiental.
En consecuencia, el desarrollo de este esquema metodológico permitirá identificar y definir
los objetivos ambientales y territoriales y los principios de sostenibilidad que constituirán un
marco de referencia para el desarrollo de la presente Plan.
OBJETIVOS AMBIENTALES
NORMATIVA
PLANIFICACIÓN CONCURRENTE
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4.1. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA
Una parte importante de la normativa referida tanto a la ordenación territorial como a los temas
medioambientales, además de incluir las determinaciones propias de la misma, suelen
formular en sus preámbulos o exposición de motivos toda una serie de principios, metas y
objetivos que sería deseable alcanzar.
Existe una amplia legislación comunitaria, estatal o autonómica que por su contenido puede
tener una incidencia relevante en relación a las diferentes variables ambientales que
intervienen en el proceso de esta evaluación ambiental estratégica, no obstante, para facilitar
la lectura de este documento, en este apartado se hace mención únicamente aquella
normativa cuya referencia se ha considerado más significativa.
Suelo, Ordenación del Territorio y Urbanismo
Normativa estatal
• Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Normativa autonómica
• Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
• Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de
cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas.
• Decreto 92/2008, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las
modificaciones puntuales no sustanciales de Planeamiento Urbanístico.
Medio ambiente
Normativa europea
• Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de
2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos
públicos y privados sobre el medio ambiente, actualizada por la Directiva 2014/52/UE
del 16 de abril.
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• Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001,
relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio
ambiente.
Normativa estatal
• Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
• Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la
información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio
ambiente.
Normativa autonómica
• Disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas
Fiscales y Administrativas.
Espacios protegidos
Normativa europea e internacional
• Directiva Europea 2009/147/CE de 30 de noviembre, relativa a la Conservación de Las
Aves Silvestres.
• Directiva 92/43/CEE, relativa a la Conservación de los Hábitat Naturales y de la Fauna
y Flora Silvestre.
• Convenio de Washington, relativo al Comercio Internacional de Especies Amenazadas
de Fauna y Flora (CITES).
Normativa estatal
• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
• Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies
Amenazadas.
• Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las Especies
objeto de Caza y Pesca y se establecen normas para su protección.
• Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen Medidas para
contribuir a garantizar la Biodiversidad mediante la Conservación de los Hábitats
Naturales y de la Flora y Fauna silvestre.
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Documento Ambiental Estratégico 14
• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28
de abril y por la Ley 21/2015 de 20 de Julio.
Normativa autonómica
• Ley 7/1990, de 28 de junio, de protección de Embalses y Zonas Húmedas de la
Comunidad de Madrid
• Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la Protección y Regulación de la Fauna y Flora
Silvestre.
• Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza.
• Decreto 50/1999, de 8 de abril, por el que se aprueba el Plan Forestal de la Comunidad
de Madrid.
• Decreto 18/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de la Flora y Fauna Silvestre y creación de la Categoría de
Árboles Singulares.
• Orden de la Consejería de Cooperación de 27 de mayo de 1992, por la que se
establecen las Normas Generales para el uso socio-recreativo de los Montes y
Terrenos Forestales administrados por la Comunidad de Madrid.
Patrimonio histórico y cultural
Normativa estatal
• Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
• Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.
• Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley 16/1985,
de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, modificado por el RD 162/2002 de 8
de febrero.
Normativa autonómica
• Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
• Ley 7/2000, de 19 de junio, de Rehabilitación de Espacios Urbanos Degradados y de
Inmuebles que deban ser objeto de Preservación.
• Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
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Aguas
Normativa europea
• Directiva 91/271/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, sobre el Tratamiento de las Aguas
residuales urbanas.
• Directiva 98/83/CE, del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la Calidad de
las Aguas destinadas al consumo humano.
• Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006,
relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño.
• Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de
2000, por la que se establece un Marco Comunitario de actuación en el ámbito de la
Política de Aguas, actualizado por Directiva 2014/101/UE de 30 de octubre.
Normativa estatal
• Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Aguas.
• Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del
Dominio Público Hidráulico, modificado por el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero y
por el Real Decreto 817/2015 de 11 de septiembre.
• Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Administración Pública del Agua y la Planificación Hidrológica.
• Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995, por el que se aprueba el
Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales.
• Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las Normas
aplicables al Tratamiento de las Aguas residuales urbanas.
• Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995,
de 28 de diciembre, por el que se establecen las Normas aplicables al Tratamiento de
las aguas residuales urbanas, modificado por el Real Decreto 2116/1998, de 2 de
octubre, Real Decreto 1290/2012 de 7 de septiembre y el Real Decreto 817/2015 de
11 de septiembre.
• Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios
sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
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• Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, aprueba el Reglamento de Planificación
Hidrológica, modificado por RD 1161/2010 de 17 de septiembre y Real Decreto
817/2015 de 11 de septiembre.
Normativa autonómica
• Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de
agua en la Comunidad de Madrid, modificado por la Ley 3/2008 de 19 de diciembre.
• Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre Gestión de las Infraestructuras de
Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad de Madrid.
• Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al sistema integral
de saneamiento.
• Decreto 40/1994, de 21 de abril, por el que se aprueban los documentos a los que
hace referencia la Ley 10/1993.
• Decreto 62/1994, de 16 de junio, por el que se establecen Normas complementarias
para la Caracterización de los vertidos líquidos industriales al sistema integral de
saneamiento.
Gestión de Residuos
Normativa europea
• Directiva 1999/31/CE del Consejo de 26 de abril de 1999 relativa al Vertido de
Residuos.
• Decisión 94/3/CE del 20 de diciembre sobre el Catálogo Europeo de Residuos (CER).
Normativa estatal
• Resolución de la Secretaría de Cambio Climático de 20 de enero de 2009 por la que
se aprueba el Plan Nacional Integrado de Residuos 2008-2015.
• Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión
de los residuos de construcción y demolición.
• Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades
potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración
de suelos contaminados.
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Documento Ambiental Estratégico 17
Normativa autonómica
• Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
• Decreto 9/1995, de 9 de febrero, por el que se aprueban las Líneas Básicas del
Sistema de Gestión e infraestructuras de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos
en la Comunidad de Madrid.
• Estrategia de residuos de la Comunidad de Madrid aprobada por acuerdo el 18 de
octubre de 2007.
• Decreto 83/1999, de 3 de junio, por el que se regulan las actividades de producción y
de gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos de la Comunidad de Madrid.
• Decreto 93/1999, de 10 de junio, sobre Gestión de pilas y acumuladores usados en la
Comunidad de Madrid.
• Decreto 326/1999, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen jurídico de los
suelos contaminados de la Comunidad de Madrid.
Contaminación aérea y calidad del aire
Normativa europea
• Directiva 2008/1/CE relativa a la prevención y el control integrados de la contaminación
• Directiva 2008/50/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008,
relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa.
Normativa estatal
• Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
• Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
• Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003,
de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido
ambiental.
• Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de
17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad
y emisiones acústicas.
• Real Decreto 2512/1978, de 14 de octubre, para la aplicación del artículo 11 de la Ley
38/1972, de 22 de diciembre.
• Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de
diciembre, de protección del ambiente atmosférico.
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Documento Ambiental Estratégico 18
Normativa autonómica
• Decreto 55/2012 de 15 de marzo sobre el régimen legal de protección contra la
contaminación acústica en la Comunidad de Madrid.
Edificación
Normativa estatal
• Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
• Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de
la Edificación.
Infraestructuras
Normativa estatal
• Ley 37/2015 de 29 de septiembre, de carreteras.
• Real Decreto 1812/1994, de 2 septiembre, aprueba el Reglamento General de
Carreteras.
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico.
• Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, que aprueba el Reglamento Electrónico de
Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias, actualizado por el Real
Decreto 1053/2014 de 12 de diciembre.
Normativa autonómica
• Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
• Decreto 29/1993, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
Carreteras de la Comunidad de Madrid.
• Orden de 3 de abril de 2002, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes, por la que se desarrolla el Decreto 29/1993, de 11 de marzo, Reglamento
de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid en materia de accesos a la red de
carreteras de la Comunidad de Madrid.
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Documento Ambiental Estratégico 19
Usos del Suelo
Normativa estatal
• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
• Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
• Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
• Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de
valoraciones de la Ley de Suelo.
Vías Pecuarias
Normativa estatal
• Ley 3/1995, de 23 de marzo, establece el régimen jurídico de las Vías Pecuarias.
Normativa autonómica
• Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
Telecomunicaciones
Normativa estatal
• Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones.
• Real Decreto-Ley 1/1998 de 27 de febrero sobre infraestructuras comunes en los
edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
• Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los
servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.
• Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla el Reglamento regulador
de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios
de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por el Real Decreto
346/2011, de 11 de marzo.
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Documento Ambiental Estratégico 20
Hidrocarburos
Normativa estatal
• Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
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Documento Ambiental Estratégico 21
4.2. PLANIFICACIÓN CONCURRENTE
El Plan planteada concurre con un conjunto de instrumentos de planificación territorial
desarrollados por las distintas administraciones públicas en el ámbito de sus competencias.
Por ello, en este apartado se pretende hacer una evaluación de la interacción que se puede
producir entre los objetivos y los probables efectos de las acciones de cada uno de los planes
o estrategias sectoriales con el propio planeamiento estratégico propuesto en toda el área de
la Comunidad de Madrid.
El análisis de la planificación concurrente se ha organizado en tres bloques diferentes en
función del tipo de interacción que se establece. Así, el primer bloque incluye las estrategias
de planificación y ordenación territorial de ámbito general; un segundo bloque recoge aquellos
elementos planificadores cuyo objetivo último es ordenar el territorio adyacente al del
planeamiento urbanístico propuesto; mientras que el tercer bloque, agrupa a aquellos otros
planes de orden superior que pueden condicionar el desarrollo del Plan Especial propuesto.
BLOQUE I. CONCURRENCIA CON LAS ESTRATEGIAS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL
DE ÁMBITO GENERAL
A. Sexto programa de acción de la Comunidad Europea
La Unión Europea es competente para actuar en todos los ámbitos de la política de
medio ambiente, como la contaminación del aire y el agua, la gestión de residuos y el
cambio climático (Artículos 11 y 191 a 193 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea). Desde 1973 la Comisión viene formulando programas de acción
plurianuales en materia de medio ambiente, integrados en estrategias horizontales,
que fijan el marco de las acciones futuras en todos los ámbitos de la política de medio
ambiente de la Unión.
En este ámbito, destaca el Sexto programa de acción de la Comunidad Europea en
materia de medio ambiente, denominado “Medio ambiente 2010: el futuro está en
nuestras manos” (COM (2001) 31), que establece las prioridades y objetivos de la
política de medio ambiente europea hasta 2010 y con posterioridad a dicha fecha. En
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Documento Ambiental Estratégico 22
este programa se prevé la adopción de siete estrategias temáticas que se concentran
en cuatro ámbitos principales, los cuales poseen los siguientes objetivos:
• Estabilizar las concentraciones atmosféricas de gases de efecto invernadero.
• Proteger y restaurar el funcionamiento de los sistemas naturales.
• Conseguir un nivel de calidad ambiental de forma tal que las concentraciones de
contaminantes de origen humano resulten inocuos para la salud.
• Utilización sostenible de los recursos naturales y gestión de residuos.
En este mismo orden de cosas, la Comunicación de la Comisión al Consejo y al
Parlamento Europeo sobre Estrategia temática para el medio ambiente urbano (2006),
promueve el planteamiento integral de la gestión medioambiental a nivel local, y del
transporte en particular.
B. Carta de Leizipig sobre Ciudades Europeas Sostenibles
Por otra parte, la “CARTA DE LEIPZIG sobre Ciudades Europeas Sostenibles” (2.007)
es un documento de los Estados miembros en el que se recomienda:
• Creación y consolidación de espacios públicos de alta calidad
• Modernización de las redes de infraestructuras y mejora de la eficiencia
Energética.
• Innovación proactiva y políticas educativas.
• Búsqueda de estrategias para la mejora del medio ambiente físico.
• Fortalecimiento a nivel local de la economía y la política del mercado laboral
• Educación proactiva y políticas de formación para niños y jóvenes.
• Fomento de un transporte urbano eficiente y asequible.
C. Estrategia Española de Desarrollo Sostenible
Por su parte, la Estrategia Española de Desarrollo Sostenible (EEDS) hace suyos los
principios básicos de consenso mundial contemplados en la Declaración de Río de
Naciones Unidas, entre los que destaca el de garantizar la calidad de vida de las
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Documento Ambiental Estratégico 23
generaciones actuales y futuras, urbanas y rurales o el de comprometerse a un
desarrollo territorial coherente y equilibrado.
Dentro de este mismo contexto, el Sistema
de indicadores y condicionantes para
ciudades grandes y medianas (Agencia de
Ecología Urbana de Barcelona), expone un
conjunto de indicadores, clasificados en los
7 ámbitos, que entiende son de aplicación
tanto para la planificación de nuevos
desarrollos como para analizar el grado de
acomodación que los tejidos consolidados
tienen en relación al modelo de ciudad
compacta y compleja más sostenible.
Tras el análisis comparado de diversos sistemas urbanos, entiende que el modelo
urbano que mejor se ajusta al principio de eficiencia urbana y habitabilidad urbana es
la ciudad compacta en su morfología, compleja en su organización, eficiente
metabólicamente y cohesionada socialmente.
Asimismo, el equipo que elaboró el Libro Blanco de la Sostenibilidad en el
Planeamiento Urbanístico Español (Ministerio de Vivienda, 2.010) identificó una serie
de temas importantes que fueron planteados en forma de decálogo para su debate y
discusión de manera que permitan iniciar un proceso tendente a conseguir un
planeamiento urbanístico más sostenible.
D. Séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (VII PMA)
Más recientemente, en el año 2013, en el ámbito comunitario se adoptó el Séptimo
Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (VII PMA), hasta el año 2020,
titulado «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta». Partiendo de un
conjunto de iniciativas estratégicas recientes (la Hoja de ruta sobre la gestión eficiente
de los recursos, la Estrategia sobre biodiversidad para 2020 y la Hoja de ruta hacia
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Documento Ambiental Estratégico 24
una economía hipocarbónica competitiva en 2050), el programa identifica tres ámbitos
temáticos prioritarios:
• El primero, dirigido a proteger la naturaleza y fortalecer la resiliencia ecológica,
tiene que ver con el “capital natural” -suelo fértil, tierra y mares productivos, agua
dulce de buena calidad y aire limpio- y con la biodiversidad que lo hace posible.
• El segundo, que se refiere a las condiciones que ayudarán a transformar la UE
en una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos, muestra
una especial atención por la preocupación por transformar los residuos en
recursos, con más prevención, reutilización y reciclaje, y se insiste en abandonar
prácticas perjudiciales y antieconómicas, como los vertederos.
• El tercero, cubre los desafíos para reducir las amenazas para la salud y el
bienestar humanos asociadas a la contaminación, las sustancias químicas y el
impacto del cambio climático.
Entre otros objetivos del VII PMA se incluye el de garantizar que, para 2020, la mayoría
de las ciudades de la UE hayan puesto en práctica políticas de diseño y planificación
urbana sostenible, y que utilicen la financiación disponible en la UE para este
propósito.
También cabe señalar que todas las medidas, actuaciones y metas establecidas en el
VII PMA se propondrán y aplicarán de acuerdo con los principios de una normativa
inteligente y, cuando resulte apropiado, se someterán a una evaluación de impacto
completa.
E. ONU-Habitat
Por último, también cabe recordar que recientemente ONU-Habitat cumple su mandato
a través del Plan Estratégico 2014-2019, donde se destacan siete subprogramas:
• Legislación, suelo y gobernanza urbana,
• Planificación y diseño urbano,
• Economía urbana,
• Servicios urbanos básicos,
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Documento Ambiental Estratégico 25
• Vivienda y mejora de tugurios,
• Reducción de riesgos y rehabilitación, e
• Investigación y desarrollo de capacidades.
El plan actual ejecuta sus prioridades en las cuatro primeras dependencias temáticas,
dado que considera que “sin estructuras propicias ni directrices fuertes, la planificación
y diseño urbano apropiado siempre supondrán un obstáculo…. Y sin una buena
planificación y diseño, cualquier programa de vivienda y mejoramiento de
asentamiento precario será difícil, si no imposible, de aplicar”.
BLOQUE II. CONCURRENCIA CON LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y
URBANÍSTICA
F. Ordenación territorial
La Comunidad de Madrid, ha sido la segunda tras Cataluña en crear un marco legal
para la planificación de su territorio (Ley 10/1984, de Ordenación del Territorio),
justamente tan solo un año después de constituirse como Comunidad Autónoma
uniprovincial.
Con anterioridad a esta Ley cabe señalar la ya existencia de una planificación
subregional, que se limitaba al ámbito del área metropolitana, encomendada durante
dos décadas a un ente autónomo dependiente de la Administración Central
(COPLACO), pero la instauración del régimen autonómico precipitó su liquidación
institucional a favor de la Comunidad de Madrid.
Dentro del proceso seguido en la ordenación territorial de la región destacaremos por
su trascendencia el Plan Regional de Estrategia Territorial (PRET,1995), en la medida
que establecía una propuesta de modelo territorial donde se privilegiaba la
desconcentración de actividades en beneficio de determinadas centralidades a escala
regional, articuladas a su vez sobre dos grandes operaciones territoriales (Aeropuerto-
Corredor del Henares y Gran Sur Metropolitano), y se fortalecía la voluntad de
concentrar el crecimiento urbano en áreas bien definidas (municipio de Madrid,
Corredor del Henares y Sur Metropolitano).
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Documento Ambiental Estratégico 26
Posteriormente la tramitación del PRET continuó pero introduciéndose en el
documento cambios sustanciales. Desde la perspectiva territorial el cambio más
relevante fue la sustitución del modelo radioconcéntrico que tradicionalmente había
vertebrado el conjunto metropolitano madrileño, por otro organizado en malla reticular,
y la división del territorio regional (Sierra, Norte y Oeste, Centro, Sur y Este, Meseta).
Los instrumentos impulsores del cambio de modelo consistieron en cuatro estrategias
con gran impacto territorial: la Gran Base Logística, la Operación Vivienda, la Red
Ferroviaria Regional y el Mallado Verde Jerarquizado.
Sin embargo, en términos prácticos, cabe destacar que todas estas propuestas nunca
pasaron de lo que se denominó “Documento de Bases” o simplemente “Bases” que no
completaron a su desarrollo, es decir, no se sustanciaron en la aprobación legal del
PRET en calidad de plan territorial de la Comunidad de Madrid.
A pesar de lo anteriormente señalado, la planificación propuesta, en la medida que
pretende en crear un marco legal para la planificación de su territorio, presentaría una
confluencia con todas las programaciones que tienen un idéntico objetivo, aunque
referidas a un ámbito espacial más amplio, el regional.
G. Planes urbanísticos limítrofes
El ámbito espacial del Plan no limita con ninguno de los municipios aledaños al de San
Agustín de Guadalix, por lo cual esta no tiene influencia directa sobre los espacios
territoriales de los municipios del entorno.
H. Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid
Con el fin de dar cobertura a las necesidades específicas de vivienda de los
ciudadanos de Madrid, la Comunidad de Madrid creó, mediante Ley 6/1997, de 8 de
enero, de Protección Pública a la Vivienda, la “Vivienda con Protección Pública”.
El Reglamento de Vivienda con Protección Pública de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Decreto 11/2005, de 27 de enero, supuso un esfuerzo de refundición al
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Documento Ambiental Estratégico 27
establecer de forma clara y sistemática el régimen jurídico de la vivienda protegida en
la Comunidad de Madrid.
El Plan de Vivienda 2009-2012 de la Comunidad de Madrid regula el sistema de
promoción y acceso a la vivienda de protección pública, estableciendo los precios
máximos de venta y arrendamiento como principal ayuda a los beneficiarios de las
mismas. Asimismo, define el concepto de Vivienda con Protección Pública, la tiene
una superficie construida máxima de 150 metros cuadrados y cumpla las condiciones
de destino, uso, precio y calidad establecidas reglamentariamente; regula el acceso,
que será en propiedad, en arrendamiento o arrendamiento con opción de compra; y
establece el destino, que será el domicilio habitual y permanente de sus ocupantes
legales, sin que en ningún caso puedan dedicarse a segunda residencia o cualquier
otro uso.
Por otra parte, el Plan de Vivienda Joven es un conjunto de medidas de apoyo dirigidas
a los jóvenes con edad inferior a 35 años, a los que destina una iniciativa de la
Comunidad de Madrid, las viviendas con Protección Pública para arrendamiento con
opción de compra para jóvenes.
El Plan propuesto en la medida en que tiene como objetivo principal dar cobertura a
las necesidades específicas de vivienda de los ciudadanos, en condiciones de
sostenibilidad, es sinérgica con la planificación de carácter regional.
BLOQUE III. CONCURRENCIA CON PLANES DE ORDEN SUPERIOR
I. Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2015-
2021.
La planificación aprobada por el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, tiene como
objetivos generales conseguir el buen estado y la adecuada protección de las masas
de agua, la satisfacción de las demandas de agua y el equilibrio y armonización del
desarrollo regional y sectorial. Para la consecución de estos objetivos la planificación
hidrológica se regirá por criterios de sostenibilidad en el uso del agua mediante la
gestión integrada, la prevención del deterioro del estado de las aguas, la protección y
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Documento Ambiental Estratégico 28
mejora del medio acuático y de sus ecosistemas y la reducción de la contaminación,
además de pretender paliar los efectos de inundaciones y sequias.
A la vista de los objetivos definidos en la planificación hidrológica se puede concluir
que esta no presenta objetivos comunes con el Plan propuesto.
J. Plan especial de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía de la cuenca
hidrográfica del Tajo.
La sequía es un fenómeno extremo hidrológico que puede definirse como una
disminución coyuntural significativa de los recursos hídricos durante un período
suficientemente prolongado y afectando a áreas extensas. El objetivo primordial del
Plan Especial de Sequías es la detección temprana de estas situaciones de escasez
mediante el establecimiento de un sistema de indicadores que definan de manera
gradual, mediante unos valores umbrales previamente determinados, los escenarios
de prealerta, alerta y emergencia.
A tenor de las posibles medidas de la puesta en marcha del Plan de sequías, se puede
deducir que no presenta objetivos comunes con el Plan propuesto.
K. Planes de ordenación, gestión y regulación de usos de los espacios naturales
protegidos.
Existen en la Comunidad de Madrid numerosos espacios naturales protegidos
gestionados por la Consejería de Medio Ambiente y agrupados en diversas figuras de
protección que ocupan un 13% de la superficie total. La figura legal que ampara a cada
uno de los espacios varía según sus características y los valores que los hicieron
merecedores de especial tratamiento.
El ámbito de estudio no se localiza en ninguno de los Espacios Naturales Protegidos
existentes en el término municipal.
De este modo, aunque el desarrollo del Plan Parcial propuesto no presenta objetivos
referidos específicamente a la conservación de los ecosistemas, se puede entender
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 29
que con los objetivos de esta contribuyen a la conservación en la medida en que
promueven la consecución de un ambiente sonoro confortable.
L. Plan Energético de la Comunidad de Madrid 2004 – 2012.
Este Plan, a través del Centro de Ahorro y Eficiencia Energética de Madrid, órgano de
actuación que orienta las políticas de ahorro, eficiencia y diversificación energética y
de utilización de fuentes renovables de energía en la Comunidad de Madrid, define un
conjunto de estrategias energéticas que, de manera coordinada y eficaz han de
proporcionar una respuesta adecuada a las necesidades energéticas en el marco de
la sostenibilidad. Su objetivo es el de proponer a las autoridades, entidades, empresas,
consumidores y público en general iniciativas eficaces sobre:
• Conseguir un uso racional de la energía.
• Lograr la máxima utilización razonable de energías renovables.
• Facilitar información útil para el ahorro y eficiencia energética.
Tomando en consideración los objetivos definidos en la planificación energética se
observa que esta no presenta objetivos comunes con el Plan propuesto.
M. Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2013 –
2020 (Plan Azul +).
El Plan aprobado pretende dar continuidad a las planificaciones antecesoras (Plan de
Saneamiento Atmosférico de la Comunidad de Madrid 1999-2002 y la Estrategia de
Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2006-2012 Plan Azul)
dirigiendo los esfuerzos y recursos hacia aquellos sectores y contaminantes que, a la
vista de las evaluaciones periódicas de los niveles regionales de emisión e inmisión
de contaminantes, se consideran prioritarios para lograr una mejora de la calidad del
aire y una disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero. Los objetivos
para la mejora de la calidad del aire son los siguientes:
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Documento Ambiental Estratégico 30
• Proporcionar un marco de referencia para acometer actuaciones coordinadas a
corto, medio y largo plazo entre las diferentes administraciones de la Comunidad
de Madrid.
• Mejorar el conocimiento disponible sobre calidad del aire y adaptación al cambio
climático, estudiando la vulnerabilidad de los sectores y sistemas más sensibles.
• Reducir la contaminación por sectores, prestando más atención a aquellos que
tienen mayor contribución a las emisiones totales y suponen una mayor afección
sobre la calidad aire ambiente.
• Fomentar la utilización de combustibles limpios y mejores tecnologías,
especialmente en ámbito del transporte, la industria y el sector residencial.
• Promover el ahorro y la eficiencia energética, mediante la adopción de
tecnologías, procesos, hábitos menos intensivos en el uso de la energía final, así
como el empleo de combustibles bajos en carbono en el transporte y en el sector
residencial, comercial e institucional.
• Involucrar al sector empresarial en la problemática de calidad del aire y cambio
climático.
• Mantener medios y herramientas adecuados de evaluación y control de la calidad
del aire ponerlos a disposición de la mejora continua nivel de información al
público en relación calidad el aire en la Comunidad de Madrid.
Si bien el desarrollo del Plan propuesto no presenta objetivos referidos
específicamente a la mejora de la calidad del aire, algunas de las medidas promovidas
por esta, en la medida que contribuyen a la pacificación del tráfico del ámbito de
actuación, se puede entender que contribuye a la mejora de la calidad del aire y a la
lucha contra el cambio climático.
N. Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid 2006 – 2016.
La Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid, surge en respuesta a la
necesidad de establecer el marco general en el que ha de desarrollarse en los
próximos años la gestión de los residuos que se producen en la región. Los objetivos
prioritarios de esta Estrategia, a considerar en el desarrollo de los planes urbanísticos,
se orientan a conseguir:
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 31
• Altas tasas de reducción de la cantidad de residuos que se generan, mediante
la implantación de medidas que permitan minimizar la cantidad de residuos que
se producen y maximizar la reutilización.
• El incremento del reciclado (la valorización material) frente a la valorización
energética y frente a cualquier forma de eliminación de los residuos.
• Elevadas tasas de tratamiento “in situ” de los residuos, especialmente en el caso
de los peligrosos.
• Un marco normativo suficientemente eficaz para asegurar la efectiva
responsabilidad de los productores de residuos.
• La coordinación entre las actuaciones de las diversas Administraciones que se
desenvuelven en cada territorio con incidencia en la generación y tratamiento de
los residuos.
• Extender los conocimientos y experiencias sobre la materia, mediante
mecanismos de desarrollo de la información, el debate y la participación social.
De este modo, la Estrategia pone el acento tanto en la prevención de la generación de
los residuos como en el fomento de la reutilización y el reciclado. También, establece
que es preciso fomentar el aprovechamiento de los recursos contenidos en los
residuos, que de otra forma serían eliminados, ya que esto constituye una fuente de
riqueza, un beneficio económico a la vez que ambiental. Por último, pretende impulsar
la implantación de tecnologías de valorización que permitan reducir el consumo de
materias primas y la disminución de los efectos negativos de las opciones de
tratamiento existentes, fundamentalmente la ocupación del suelo por infraestructuras
de vertido y las emisiones contaminantes.
Por tanto, tomando en consideración los objetivos definidos en la estrategia de
residuos de la Comunidad de Madrid se observa que esta no presenta objetivos
comunes con el Plan Parcial propuesto.
O. Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 (PDR).
El 18 de noviembre de 2015 se aprobó por Decisión de la Comisión Europea el
Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, el cual marcará la nueva estrategia en
materia de desarrollo rural para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, por
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 32
lo que las prioridades se enmarcan en el fomento de la innovación y transferencia de
conocimientos, mejorar la viabilidad de las explotaciones agrarias, fomento del circuito
corto con mercados locales, restauración y mejora de ecosistemas relacionados con
el mundo rural, fomentar la eficacia de los recursos y una economía baja en carbono
y fomento del desarrollo económico en zonas rurales.
El Programa de Desarrollo Rural diagnostica, en referencia a los residuos, la dificultad
para los agricultores con pequeñas explotaciones para gestionar los mismos, además
de poner de manifiesto las dificultades para el impulso del aprovechamiento de la
biomasa, la falta de demanda de biomasa. Sin embargo, presenta como oportunidad
la gestión cooperativa de los residuos y la potenciación del sector de la biomasa para
la valorización de residuos destinada a la producción de energía. En este sentido, los
planteamientos de la planificación propuesta no solo no deberían entrar en conflicto
con los señalados en el PDR si no que de alguna manera se complementarían al
enfocarse ambos a mejorar la ordenación territorial.
P. Planificación sobre las condiciones de salud en la Comunidad de Madrid.
El “Mapa de la vulnerabilidad en salud (MVS)” facilita la representación espacial de
zonas donde concurren características compartidas por la población residente que
definen su situación de vulnerabilidad, así como los recursos y activos en salud
existentes. El MVS es una herramienta efectiva para el diagnóstico de la vulnerabilidad
que permite visualizar y comparar indicadores de salud en diferentes ámbitos
territoriales, por lo cual se ha de contemplar como un instrumento adecuado para
intervenir en la toma de decisiones del proceso de planificación de la intervención
comunitaria (establecimiento de criterios de protección sanitaria, identificación de
zonas especialmente sensibles, saturación por presencia de actividades
preexistentes, etc.)
Asimismo, el análisis de la mortalidad recogido en el “II Atlas de mortalidad y
desigualdades socioeconómicas en la Comunidad de Madrid, 2001-2007”, en cuanto
que supone una aproximación básica al conocimiento del estado de enfermedad de su
población, será igualmente una herramienta a utilizar en el proceso de planificación
que desarrolla este Plan.
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Documento Ambiental Estratégico 33
4.3. OBJETIVOS AMBIENTALES ESTRATÉGICOS
En las páginas que siguen, se expone la relación de objetivos y criterios ambientales y
territoriales considerados en la presente evaluación ambiental estratégica, ordenados por
aspectos ambientales con implicaciones en la planificación territorial y ordenación urbana. Se
ha intentado que la redacción de los objetivos ambientales sea lo más operativa posible al
tiempo que incorpore de manera integrada las consideraciones recogidas en sus distintos
objetivos de sostenibilidad.
Variable: Ordenación territorial estructurante.
Objetivo ambiental 1: Contribuir al desarrollo territorial coherente y equilibrado
asegurando la disponibilidad y calidad de los recursos naturales mediante su uso racional.
Variable: Habitacional.
Objetivo ambiental 2: Satisfacer las necesidades colectivas de residencia mediante la
organización territorial y la configuración y organización espacial en condiciones de
desarrollo sostenible.
Variable: Recursos naturales y biodiversidad.
Objetivo ambiental 3: Asegurar la protección y conservación tanto de la flora y fauna
facilitando espacios para su adecuado desarrollo.
Objetivo ambiental 4: Conservación de los espacios y paisajes con mayor valor natural
fomentando la conectividad entre ellos.
Variable: Recursos hídricos.
Objetivo ambiental 5: Conservar los recursos hídricos en cantidad y calidad, así como
fomentar la gestión eficiente del agua.
Variable: Recursos edáficos.
Objetivo ambiental 6: Proteger y conservar los recursos del suelo con mayor valor
edafológico.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 34
Variable: Calidad atmosférica.
Objetivo ambiental 7: Favorecer las estrategias que fomenten la protección de la
atmósfera y contribuyan a la lucha contra el cambio climático.
Variable: Patrimonio cultural.
Objetivo ambiental 8: Conservar y proteger los elementos del patrimonio cultural de mayor
valor.
Variable: Gestión de residuos.
Objetivo ambiental 9: Gestionar eficazmente la generación y eliminación de residuos.
Variable: Accesibilidad y movilidad sostenible.
Objetivo ambiental 10: Garantizar la libertad de movimiento de personas y bienes en unas
condiciones adecuadas de seguridad asegurando una movilidad ambiental y
económicamente sostenible.
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Documento Ambiental Estratégico 35
5. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
5.1. CLIMA
Para realizar la caracterización climática de la zona de estudio, se han tenido en consideración
los datos de la estación termopluviométrica más próxima al ámbito de estudio, la cual se sitúa
en el municipio de Talamanca del Jarama a una distancia aproximada de algo más de 10 km
al noreste de la zona de actuación. Esta estación, con clave 3117, se localiza en la latitud 40º
44’ y longitud 3º 30’ W a una altitud sobre el nivel del mar de 654 m y aporta datos durante el
periodo 1961 a 2003.
ESTACIÓN: Talamanca del Jarama. Altitud 654 m
TEMPERATURAS ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC ANUAL
Media Anual 4,9 6,6 9,5 11,6 15,6 20,6 24,3 24,1 19,9 14,1 8,7 5,6 13,8
Media de las máximas mensuales
16,3 19,2 23,9 26,3 30,8 35,7 38,5 38,2 34,3 27,4 21,2 17,1 39,1
Media de las mínimas mensuales
-5,9 -5,6 -4 -1,3 1,9 6,4 10,2 10 6 1,2 -3,5 -5,9 -8
PRECIPITACIONES ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC ANUAL
Precipitaciones medias mensuales
51,3 44,7 30,5 48,2 48,3 30,3 13 12,6 29,6 50,6 63,7 52 474,7
Precipitaciones máximas en 24 h
14,9 14,5 11,1 15,7 15,7 13,8 7,9 8,8 14,5 15,6 20,9 14 34,7
Fte. Elaboración propia a partir de los datos del SIGA (Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Las precipitaciones
El régimen pluviométrico en la zona de estudio se caracteriza por presentar un esquema de
precipitaciones medias mensuales en el que se produce un periodo seco de unos cuatro
meses, y donde los niveles de precipitaciones anuales son ligeramente superiores a los 450
mm.
La distribución de las precipitaciones en la zona de estudio se concentra en periodos de mayor
precipitación, que en la estación considerada es el invierno con 148 mm, seguido por el otoño
con 143,9 mm y la primavera con 126,9 mm. En el periodo de verano presenta un déficit
hídrico llegando a precipitaciones de 55,9 mm.
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Documento Ambiental Estratégico 36
Precipitaciones medias mensuales.
Finalmente si se compara las precipitaciones medias mensuales con las precipitaciones
máximas en 24 horas se observa que en los meses de estío las precipitaciones son más
torrenciales, de tal forma que en el mes de agosto puede llover en un día algo más del 69%
de toda la precipitación media en este mes.
Porcentaje de precipitaciones máximas en un día frente a la precipitación media mensual.
0
10
20
30
40
50
60
70
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC
Pre
cip
itac
ión
med
ia m
ensu
al (
mm
)
Meses
,000
10,000
20,000
30,000
40,000
50,000
60,000
70,000
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 37
Las temperaturas
En cuanto a las temperaturas se observa que presenta una marcada oscilación térmica en la
zona de estudio, es decir, la diferencia de temperaturas medias mensuales entre el mes más
frío y el más cálido se aproxima a los 20º C. Esta oscilación térmica confirma el patrón general
correspondiente a los climas mediterráneos continentalizados como el existente en todo el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
Las temperaturas máximas se registran fundamentalmente en los meses de verano, siendo
julio el mes más caluroso (24,3º C). A partir de julio y agosto se produce un descenso paulatino
de las temperaturas que disminuyen considerablemente durante el otoño, registrándose las
mínimas anuales en el mes de enero (4,9º C). Presentando una temperatura media anual de
13,8º C.
Temperaturas medias, máximas y mínimas mensuales.
Si se analiza el comportamiento respecto a las medias de las máximas parece igual de
homogéneo que el de las temperaturas medias (ver gráfica anterior). En este caso, vuelven a
ser los meses de julio y agosto con temperaturas de 38,5 y 38,2º C, respectivamente. Este
modelo con respecto a las temperaturas máximas se mantiene para valores de las mínimas,
apareciendo los registros más bajos en los meses de diciembre y enero con -5,9º C, en ambos
meses.
-10
-5
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC
Tem
per
atu
ras
(ºC
)
Temperatura Media Anual
Temperatura Media de las máximas mensuales
Temperatura Media de las mínimas mensuales
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Documento Ambiental Estratégico 38
Relación entre temperaturas y precipitaciones
La relación existente entre estas dos variables analizadas permite obtener el diagrama
ombrotérmico del área de estudio. En él se puede observar claramente una de las
características esenciales de los climas de tipo mediterráneo: el prolongado periodo de
sequía. Desde la segunda quincena de junio hasta finales de septiembre existe un déficit
hídrico bastante significativo en la zona, con un volumen de precipitaciones que apenas
supera los 55,9 mm en este periodo y unas temperaturas medias siempre por encima de los
20º C.
Diagrama ombroclimático.
Confortabilidad climática
La percepción que el hombre tiene del confort climático está en función de las temperaturas,
la humedad del ambiente y la intensidad del viento. En el caso de las temperaturas, las
sensaciones de calor o frío dependen de cada individuo. Sin embargo, se considera
generalmente válido un umbral de calefacción de 15º C, por debajo de los cuales se precisa
calentar el ambiente interior de las viviendas para mejorar la sensación térmica, y -de igual
modo- se considera que por encima de los 20º C se sitúa el umbral de refrigeración, que
requiere refrescar el ambiente para mantener el nivel de confort climático.
0
10
20
30
40
50
60
70
0
5
10
15
20
25
30
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC
Pre
cip
itac
ion
es (
mm
)
Tem
per
atu
ras
(ºC
)
Meses
Temperatura Media Anual Precipitaciones medias mensuales
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 39
En el caso de la evolución de las temperaturas medias mensuales en relación con los citados
umbrales térmicos, se observa como únicamente en un periodo de casi dos meses (desde
principios de mayo a mediados de junio, y durante la segunda mitad del mes de septiembre
hasta primeros de octubre) se mantiene una temperatura ambiental con niveles confortables,
mientras que durante más de siete meses (desde mediados de octubre hasta primeros de
mayo) los niveles térmicos se sitúan por debajo de los 15º C (lo que se hace necesario elevar
la temperatura ambiental de forma artificial para alcanzar los índices de confortabilidad), y
desde mediados del mes de junio hasta primeros del mes de septiembre, las temperaturas
medias se encuentran por encima del umbral de los 20º C, con el consiguiente gasto
energético de refrigeración para reducir éstas hasta niveles óptimos de confortabilidad.
Umbrales de calefacción y refrigeración.
Esta fuerte continentalidad que se refleja en los elevados contrastes térmicos, supone unos
niveles aproximados de unos 1.329 y 278 grados-día de calefacción y refrigeración anual
respectivamente, lo que significa un fuerte sesgo hacia temperaturas medias bajas con la
consiguiente necesidad de elevarlas artificialmente. Dentro de una estrategia urbana
sostenible, este elevado coste energético que significa alcanzar niveles óptimos de
confortabilidad, determina la necesidad de una planificación (usos, tipologías, orientaciones,
etc.) y usos constructivos lo más eficiente posible energéticamente.
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Documento Ambiental Estratégico 40
Grados día mensuales de calefacción y refrigeración.
,000 50,000 100,000 150,000 200,000 250,000 300,000 350,000
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Grados día mensuales de calefacción y refrigeraciónTotal anuales: Calefacción: 1,329,1 Refrigeración: 278,4
Grados día refrigeración Grados día calefacción
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Documento Ambiental Estratégico 41
5.2. CAMBIO CLIMÁTICO / CALIDAD DEL AIRE
Cambio climático
El clima está cambiando como consecuencia de las actividades humanas, singularmente por
las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a la utilización de combustibles
fósiles y a la deforestación. Frente a esta constatación las distintas administraciones y grupos
de trabajo a nivel nacional e internacional están realizando una serie de proyecciones
regionalizadas del cambio climático para el siglo XXI, con el objeto de ser utilizadas en el
marco del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC).
La obtención de proyecciones o escenarios regionales de cambio climático está sujeta a una
serie de fuentes de incertidumbre que afectan a todos los pasos del proceso de su generación,
entre ellas cabe destacar las asociadas al establecimiento de los escenarios alternativos de
posibles evoluciones en las emisiones de gases de efecto invernadero y aerosoles, las
asociadas a los modelos globales de circulación general, y las debidas a los propios métodos
de regionalización.
Estos escenarios de emisión de gases de efecto invernadero son denominadas como
Trayectorias de Concentración Representativas (RCP, por sus siglas en inglés), las cuales
comprenden diferentes escenarios en el que los esfuerzos de mitigación conducen a un nivel
de forzamiento muy bajo (RCP2,6), de estabilización (RCP4,5 y RCP 6,0) y con un nivel muy
alto de emisiones GEI (RCP8,5).
Trayectorias de Concentración
Representativas
Forzamiento Radiativo
Tendencia del Forzamiento Radiativo
Concentración de CO2 en 2100
RCP2,6 2,6 W/m2 Decreciente en 2100 421 ppm
RCP4,5 4,5 W/m2 Estable en 2100 538 ppm
RCP 6,0 6,0 W/m2 Creciente 670 ppm
RCP8,5 8,5 W/m2 Creciente 936 ppm
Con estas trayectorias de concentración representativas para el siglo XXI, la Agencia Estatal
de Meteorología ha desarrollado una serie de regionalización (AR5-IPCC) en la que ha
determinado el grado de cambio en las temperaturas máximas, mínimas y de precipitaciones
en la Comunidad de Madrid. Su comportamiento, referido al año 2040, que es el que se ha
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Documento Ambiental Estratégico 42
tomado como referencia por entender que el que la Modificación estaría plenamente
desarrollada, presentaría la siguiente caracterización:
➢ Cambios en las temperaturas máximas. Los incrementos de temperaturas máximas y de
la duración de olas de calor y del número de días cálidos varían dependiendo de los
escenarios analizados de la forma siguiente:
• En el modelo de estabilización de las emisiones (RCP4,5) las temperaturas máximas
subirían en 1,5ºC, lo que supondría
un incremento de la duración de las
olas de calor en unos 4 días, así
como el número de días cálidos
aumentarían aproximadamente en
un 10%.
• El modelo de un incremento ligero
de las emisiones ligero (RCP6,0)
presenta un aumento de
temperaturas similar al caso
anterior, es decir,
aproximadamente 1,5ºC. Las olas de calor presentarían un incremento de unos 6
días y el número de días cálidos anuales no variaría con respecto al modelo de
estabilización de emisiones de GEI, aumento en un 10%.
Cambio en días cálidos (%) en tres escenarios en la
Comunidad de Madrid. Fte. AEMET Cambio en la duración de las olas de calor (días) en tres
escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.
Cambio de las temperaturas máximas (ºC) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.
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Documento Ambiental Estratégico 43
• En el modelo de máximas emisiones de GEI (RCP8,5) las temperaturas máximas
llegarían a elevarse en 1,8ºC, mientras que las olas de calor se incrementarían en 6
días de forma similar al modelo de incremento ligero de emisiones de GEI y los días
cálidos al año aumentarían en un 12%.
➢ Cambios en las temperaturas mínimas. El descenso en el número de días con heladas,
así como, los incrementos en las noches cálidas son cuantificados en los modelos de
forma siguiente:
• En el modelo de estabilización
de las emisiones (RCP4,5) las
temperaturas mínimas
sufrirían un ascenso de unos
1,3ºC, lo que incidiría en el
descenso de los días con
heladas durante el año de
unos 11 días, mientras que el
porcentaje de noches cálidas
se incrementarían en un 12%.
• En el modelo de un incremento ligero de las emisiones ligero (RCP6,0) las
temperaturas mínimas ascenderían en 1,2ºC, lo que también produciría un descenso
en los días con heladas de 11 días al año y un incremento de un 11% en las noches
cálidas anuales, también algo inferior al modelo anterior.
Cambio en noches cálidos (%) en tres escenarios en la
Comunidad de Madrid. Fte. AEMET. Cambio en el número de días con heladas (días) en tres
escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.
Cambio de las temperaturas mínimas (ºC) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.
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Documento Ambiental Estratégico 44
• Finalmente en el modelo de máximas emisiones de GEI (RCP8,5) las temperaturas
mínimas llegarían a elevarse en 1,8ºC, mientras que los días con heladas
descenderían en 14 días y las noches cálidas aumentarían en un 15%.
➢ Cambios en las precipitaciones. La cuantificación del descenso de las precipitaciones
medias anuales, aumentando los periodos secos y disminuyendo en número de días
lluviosos, respondería al siguiente comportamiento:
• En el modelo de estabilización de las emisiones (RCP4,5) las precipitaciones
descenderían en aproximadamente un 8%, lo que supondría la estabilización de la
duración en los periodos secos
anuales que se dan en la
actualidad, pero con un
descenso de los días lluviosos
de unos 3 días al año.
• En el modelo de un incremento
ligero de las emisiones
(RCP6,0) las precipitaciones
medias anuales se
mantendrían de forma muy
similar a las actuales,
incrementándose en 3 días los periodos de sequía anuales y aumentando los días
lluviosos anuales en 3 días.
Cambio en el número de días con lluvia (días) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.
Cambio en la duración de periodos secos (días) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.
Cambio de precipitaciones anuales (%) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.
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Documento Ambiental Estratégico 45
• Finalmente, en el modelo de máximas emisiones de GEI (RCP8,5) las precipitaciones
llegan a descender en un 5%, las duraciones de los periodos de sequía serían
similares a los actuales y los días lluviosos anuales descenderían en 5 días.
Huella del carbono de las actividades en suelo urbano
La incidencia en el cambio climático se ha realizado mediante un análisis prospectivo de las
emisiones estimadas de CO2 procedentes de los diferentes sectores que llevan a cabo su
actividad en suelo urbano.
Para realizar dicho cálculo, se ha partido del consumo total de energía final realizado en la
Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta tanto la fuente energética que la produce (carbón,
derivados petróleo, energía eléctrica, energía térmica, gas natural y biocombustibles) como el
sector en la que se consume (doméstico, industrial, servicios y transporte). Posteriormente,
las diferentes fuentes de energía final consumida fueron tratadas con sus correspondientes
coeficientes de paso de producción de emisiones de dióxido de carbono.
Los resultados de la aplicación de diferentes metodologías utilizadas habitualmente para
realizar el cálculo de la huella de carbono, concluyen que las emisiones difusas de CO2
provienen mayoritariamente del consumo energético y del tráfico de vehículos,
aproximadamente en un 40% del primero y en un 50% del segundo, por lo que nos
centraremos en el estudio detallado de ambos.
El cálculo de las emisiones de CO2 estimadas, en la Comunidad de Madrid, procedentes del
consumo energético de los sectores doméstico industrial y servicios, para el año 2013, se
recoge en la siguiente tabla:
EMISIONES CO2 DERIVADAS DEL CONSUMO ENERGÉTICO
DEL SECTOR DOMÉSTICO (*)
CONSUMO ENERGÉTICO FACTOR EMISION
EMISIONES (kt CO2) Fuente ktep
Carbón 4 4,40 17,6
Derivados petróleo 353 3,09 1.090,8
Energía eléctrica 709 3,84 2.722,6
Energía térmica 74 2,23 165,0
Gas natural 1.219 2,34 2.852,5
Biocombustibles 0 0,00 0,0
TOTAL 6.848,5
(*) Fuentes: Balance Energético de la Comunidad de Madrid, factores de emisión del IDAE y elaboración propia.
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Documento Ambiental Estratégico 46
EMISIONES CO2 DERIVADAS DEL CONSUMO ENERGÉTICO DEL SECTOR INDUSTRIAL (*)
CONSUMO ENERGÉTICO FACTOR EMISION
EMISIONES (kt CO2) Fuente ktep
Carbón 1 4,40 4,4
Derivados petróleo 108 3,09 333,7
Energía eléctrica 288 3,84 1.105,9
Energía térmica 134 2,23 298,8
Gas natural 477 2,34 1.116,2
Biocombustibles 0 0,00 0,0
TOTAL 2.859,0
(*) Fuentes: Balance Energético de la Comunidad de Madrid, factores de emisión del IDAE y elaboración propia.
EMISIONES CO2 DERIVADAS DEL CONSUMO ENERGÉTICO DEL SECTOR SEVICIOS (*)
CONSUMO ENERGÉTICO FACTOR EMISION
EMISIONES (kt CO2) Fuente ktep
Carbón 0 4,40 0,0
Derivados petróleo 23 3,09 71,1
Energía eléctrica 1.080 3,84 4.147,2
Energía térmica 5 2,23 11,2
Gas natural 352 2,34 823,7
Biocombustibles 0 0,00 0,0
TOTAL 5.053,2
(*) Fuentes: Balance Energético de la Comunidad de Madrid, factores de emisión del IDAE y elaboración propia.
Asimismo, el cálculo de las emisiones de CO2 estimadas, en la Comunidad de Madrid,
procedentes del sector transportes, para el año 2013, se recoge en la siguiente tabla:
EMISIONES CO2 DERIVADAS DEL SECTOR TRANSPORTES (*)
CONSUMO ENERGÉTICO FACTOR EMISION
EMISIONES (kt CO2) Fuente ktep
Carbón 0 4,40 0,0
Derivados petróleo 5.011 3,09 15.484,0
Energía eléctrica 160 3,84 614,4
Energía térmica 0 2,23 0,0
Gas natural 52 2,34 121,7
Biocombustibles 0 0,00 0,0
TOTAL 16.220,1
(*) Fuentes: Balance Energético de la Comunidad de Madrid, factores de emisión del IDAE y elaboración propia.
Por consiguiente, las emisiones de CO2 en la Comunidad de Madrid procedentes del suelo
urbano se estiman en unas 31.000 kt CO2.
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Documento Ambiental Estratégico 47
Calidad del aire
La Comunidad de Madrid cuenta con Red de Control de la Calidad del Aire que en el término
de San Agustín de Guadalix no presenta ninguna estación de las que caracterizan la calidad
del aire de la aglomeración urbana del noroeste. Por lo que se ha tomado la estación de la
zona urbana del noroeste más cercana al ámbito de estudio, la cual corresponde al vecino
municipio de Colmenar Viejo a una distancia aproximada de algo más de 14 km al oeste de la
zona de actuación. Esta estación de tráfico se localiza en las coordenadas X: 434.586, Y:
4.501.816.
Los datos de las medias mensuales del año 2017 de los diferentes parámetros que mide la
estación son las siguientes:
Contaminantes atmosféricos
2017
Colmenar Viejo
Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic
PM10 (µg/m3) 19 30 13 15 14 19 20 22 16 22 19 18
NO2 (µg/m3) 40 29 25 20 18 17 17 1 21 35 43 37
NO (µg/m3) 20 11 7 5 4 4 4 3 5 14 24 20
NOx (µg/m3) - - - - - - - - - 64 80 68
O3 (µg/m3) 39 52 68 85 83 83 70 72 69 55 36 32
CO (mg/ m3) 0,4 0,4 0,4 0,3 0,3 0,4 0,2 0,3 0,4 0,5 0,5 0,7
Por otro lado, la Comunidad de Madrid realiza con una periodicidad mensual, trimestral y anual
una serie de informes de cada estación, y en todo su conjunto, donde se analiza los diferentes
límites establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la
calidad del aire, de tal forma que para el año 2017 la Estación considerada presenta las
siguientes características:
➢ Para PM10 establece como valor límite diario como el número superaciones de 50 µg/m3,
sin llegar a superar las 35 superaciones por año. Este límite de las partículas en
suspensión es cumplido en la estación de Colmenar Viejo, ya que tan sólo supera los 50
µg/m3 en 4 ocasiones durante el año 2017 (tres veces en febrero y una en diciembre) sin
descontar los episodios de intrusiones saharianas.
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Documento Ambiental Estratégico 48
Además, el Decreto establece para este parámetro el valor límite anual en una media de
40 µg/m3. Límite no superado en la estación cuya media anual es de 19 µg/m3 en el año
2017.
➢ Sobre los valores límites horario para el NO2, el cual se establece en el número de
superaciones de 200 µg/m3 por año, no debiendo superar más de 18 superaciones, no
hay ninguna superación del mismo en la estación considerada. Por otro lado, el valor
límite anual, establecido en 40 µg/m3, tampoco es superado por la estación de Colmenar
Viejo al ser su media anual de 27 µg/m3.
➢ Para el ozono se establece como valor objetivo para la protección de la salud humana en
120 µg/m3, el cual no debe de ser superada en más de 25 días por cada año civil de
promedio en un periodo de tres años. En el promedio entre 2015 y 2017 de la estación
de Colmenar Viejo no cumple este valor objetivo, pues superado en 37 días.
Por otro lado, también para el ozono se establece un umbral de información (180 µg/m3
como valor medio de 1 hora) y alerta para la población (240 µg/m3 como valor medio de
1 hora). De estos umbrales para el ozono, la estación de Colmenar Viejo no superado
ninguno.
Finalmente, para el ozono establece los valores límite de la AOT40 (acrónimo de
“Accumulated Ozone Exposure over a threshold of 40 Parts Per Billion”) en 18.000 µg/m3
h en un promedio de 5 años. Este valor límite es superado por la estación pues el
promedio de AOT40 es de 22.002 µg/m3 h.
En este sentido, podemos determinar que la calidad del aire del ámbito de estudio es buena,
aunque existen problemas puntuales en los valores objetivos para la protección de la salud
humana y en la AOT40 del ozono.
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Documento Ambiental Estratégico 49
5.3. MEDIO AMBIENTE SONORO
La situación acústica de partida está caracterizada por la situación del ámbito de estudio cuyo
límite más sureste lo constituye la autovía A-1 y la avenida de Madrid como límite más
occidental, la cual define los niveles acústicos existentes.
La autovía A-1 en las cercanías del ámbito de actuación tiene publicado un Mapa Estratégico
de Ruido por el Ministerio de Fomento como organismo competente, conforme al artículo 4.1
de la Ley 37/2003, del Ruido, al tratarse de una infraestructura viaria de competencia estatal.
Los planos en el ámbito de estudio son los siguientes:
Para la determinación de la situación acústica del ámbito de estudio se ha utilizado el Mapa
de Estratégico de Ruido de la Red de Carreteras del Estado (Segunda fase) del Ministerio de
Fomento, que la zona de estudio presenta los planos siguientes:
Situación del ámbito de actuación (en verde) en relación al Mapa Estratégico de Ruido de la autovía A-1 para los periodos de día (Ld), tarde (Le) y noche
(Ln).
Ld Le
Ln
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Documento Ambiental Estratégico 50
En estos mapas estratégicos de la infraestructura se observa que tanto en el periodo día,
tarde y noche, cuyos límites establecidos por la legislación vigente para la tipología de suelo
que presenta el ámbito de estudio es de 65 dB (A) de tal forma que tal forma que toda la zona
sureste supera este límite acústico. En el periodo noche estos límites se reducen a 55 dB (A),
de tal forma que según este mapa estratégico de ruido de la Autovía todo el ámbito superaría
este límite acústico.
Por otro lado, considerando los mapas de ruido y las servidumbres aeronáuticas acústicas del
aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid-Barajas el ámbito de estudio se sitúa fuera de las
servidumbres acústicas de esta infraestructura. (Ver Anexo I. Estudio Acústico).
Finalmente, en el Anexo I. Estudio Acústico se ha modelizado considerando todas las fuentes
acústicas del ámbito para realizar una evaluación de ruido ambiental en la actualidad con los
siguientes resultados:
Mapa de ruido del ámbito de actuación en periodo día.
Mapa de ruido del ámbito de actuación en periodo tarde.
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Documento Ambiental Estratégico 51
Mapa de ruido del ámbito de actuación en periodo noche.
En esta modelización detallada del ámbito se observa que el periodo día la isófona de más de
60 db (A) se sitúa a unos 100 m de la arista exterior de la Autovía A-1 coincidente con el límite
más sureste del ámbito, reduciéndose a 70 m en el periodo tarde. Finalmente, en el periodo
noche la isófona de más de 55 db (A) se localiza a unos 80 m.
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Documento Ambiental Estratégico 52
5.4. GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA
El término municipal de San Agustín de Guadalix se ubica en la zona de confluencia de los
dos grandes dominios geológico-estructurales de la Comunidad de Madrid: la Sierra y la
Depresión del Tajo, de tal forma que sus materiales pueden ser divididos en dos grupos:
➢ Depósitos Neógenos de origen continental, cuyo afloramiento se debe a los procesos
de denudación y que conforman el relleno Terciario de la Cuenca de Madrid. Estos
depósitos se localizan en las proximidades del ámbito de estudio.
➢ Depósitos Holocenos debidos a la sedimentación por formas de acumulación y por
aportes fluviales cuaternarios.
El primer grupo de materiales, Depósitos Neógenos de origen continental, se localizan al
este y oeste del ámbito de estudio apareciendo los siguientes materiales:
• Cantos y arenas: Estos materiales sedimentarios se organizan en cuerpos canalizados
de 0,5 a 1 m de potencia e interiormente ofrecen estratificación cruzada de surco. Se
localiza tanto al este como oeste de la zona de estudio.
• Bloques y cantos: estos sedimentos se organizan en cuerpos canalizados de 1 a 3 m
de espesor, donde los bloques y cantos se encuentran en contacto entre si, formando
una imbricación, mientras los huecos son están rellenos por gravas muy gruesas y
cantos pequeños. Esta unidad se encuentra más alejada del ámbito de estudio en su
área más occidental.
En el segundo grupo, Depósitos Holocenos, son los que se localizan en todo el ámbito de
estudio, presentando los siguientes materiales:
• Glacis: Son depósitos gravitacionales o de arroyada que articulan laderas de fondo de
valle. Los materiales que componen estos depósitos son arenas, cantos y limos con
abundante matriz. Estos materiales se localizan al este del ámbito de estudio
• Terrazas: Estos depósitos son consecuencia de la dinámica fluvial del río Guadalix que
discurre al norte y este del ámbito de estudio, formando dos niveles de terraza. Los
materiales están constituidos por gravas, arenas y limos de naturaleza
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 53
predominantemente ígnea y metamórfica. Estos son los materiales que se localizan
en todo el ámbito de estudio.
• Fondos de valle. Sedimentos ligados a los cursos fluviales como es el río Guadalix o
el arroyo del Caño. Están constituidos por gravas, arenas y limos de naturaleza
poligenética y granulometría muy heterogénea.
Mapa Geológico del Instituto Geológico y Minero de España. Hoja 509.
Con respecto al relieve la zona de estudio se encuentra muy relacionada con la red
hidrográfica en la zona de conexión entre la Sierra y la Depresión del Tajo, también
denominada como Plataforma.
La topografía de la zona se estructura en el valle del rio Guadalix donde aparecen cotas de
623 m en la zona más meridional y de unos 630 m en la septentrional. En ambos lados del
valle se desarrollan las terrazas fluviales con cotos que oscila entre los 630 a 640 m. Esta
área de terrazas es donde se ubica el ámbito de estudio con una topografía prácticamente
llana donde aparecen cotas de entre 636 a 639 m. Desde esta zona que constituye el valle
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Documento Ambiental Estratégico 54
aluvial del rio Guadalix y sus terrazas fluviales a ambos lados el terreno va ascendiendo sobre
los materiales detríticos terciarios de la zona de la Plataforma que presenta un paisaje
alomado.
Mapa hipsométrico de la zona de estudio. Fte. Centro Nacional de Información Geográfica.
Con respecto al porcentaje de pendientes se ha considerado a una clasificación atendiendo
las directrices del Ministerio del Ministerio de Agricultura para la caracterización de la
capacidad agrológica de los suelos de España y a la clasificación del servicio de suelos de
EEUU. De acuerdo con esta clasificación, el límite de los suelos laborables se fija en el 20%
mientras que pendientes superiores al 50%, que no admiten ningún sistema de explotación,
deberán de ser consideradas reservas naturales.
Tipo de zonas Pendiente (%) 1.- Zonas llanas < 3% 2.- Zonas con pendiente suave 3-10% 3.- Zonas con pendiente moderada 10-20% 4.- Zonas con pendiente fuerte 21-30% 5.- Zonas con pendiente muy fuerte 31-50% 6.- Zonas escarpadas >51%
Clasificación del territorio atendiendo a la pendiente. MAPA.
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Documento Ambiental Estratégico 55
Porcentaje de pendientes del PERI-1. Escala original 1:5.000. Fte. Elaboración propia sobre cartografía del
Centro Nacional de Información Geográfica (MDT05).
Con esta clasificación de porcentaje de pendientes observamos que las mayores pendientes
se sitúan tanto al oeste como al noreste del PERI-1, que corresponde a las áreas de vertientes
que van descendiendo cota hasta el valle del rio Guadalix. En la parcela en estudio la mayor
parte de la misma presenta un terreno llano, con pendientes suaves al norte, noreste y sur,
con áreas de pendientes moderadas al norte de la misma que constituye un pequeño escalón
topográfico que separa las terrazas de la llanura aluvial del rio Guadalix.
Las orientaciones de las pendientes existente dentro del PERI-1 se observa que la zona más
septentrional del ámbito se encuentran orientadas hacia el valle del rio Guadalix, mientras que
las más meridional se oriental hacia el arroyo del Caño.
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Documento Ambiental Estratégico 56
Orientaciones del terreno del PERI-1. Escala original 1:5.000. Fte. Elaboración propia sobre cartografía del
Centro Nacional de Información Geográfica (MDT05).
Finalmente, fisiográficamente en la zona de estudio aparecen dos unidades bien
diferenciadas, por un lado, las denominadas vertientes, que constituyen la forma de enlace
entre los valles y las superficies altas. Su génesis se debe a los diferentes y continuos
procesos de erosión, encajonamiento y escarpes reducidos, y está representada por los glacis
y las terrazas medias y altas de los cursos fluviales, que en la zona de estudio es el rio
Guadalix y, como se comentado con anterioridad, su ubicación se da entre los dos grandes
dominios geoestructurales de la Sierra y la Depresión. Por otro, la unidad fisiográfica de las
llanuras aluviales y terrazas, donde se ubica el ámbito en estudio, que son las zonas
comprende las llanuras de inundación y los fondos de valle, incluyéndose las terrazas de
campiña, es decir, las terrazas bajas de amplio desarrollo y morfología muy plana. Se instalan
sobre sustrato sedimentario de la cuenca terciaria y los materiales que las forman son, en
general, gravas, arenas, limos y arcillas. Cabe destacar la existencia de algunos elementos
de interés que aparecen en esta unidad como son los conos aluviales de gran tamaño y
planitud y los coluviones o depósitos de pie de talud.
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Documento Ambiental Estratégico 57
Unidades fisiográficas de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.
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Documento Ambiental Estratégico 58
5.5. SUELO
La riqueza y variedad que presentan en la Comunidad de Madrid los diferentes componentes
del medio natural quedan en la mayoría de las ocasiones camufladas tras los importantes
desarrollos urbanos. Sin embargo, la diversidad de suelos y vegetación existentes ha
supuesto un manejo intenso y diverso del territorio que ha dado origen a numerosos y
complejos tipos de paisajes. Dentro de la zona de estudio se puede encontrar las siguientes
asociaciones de suelos:
➢ Leptosoles. Corresponde a suelos limitados en profundidad por una roca dura continua o
por material muy calcáreo o por una capa continua cementada dentro de una profundidad
de 30 cm. Estos suelos se desarrollan fuera de ámbito de estudio al este del mismo.
Asociación de suelos según la clasificación FAO de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.
➢ Luvisoles. Se caracterizan por presentar un horizonte (B) con un claro enriquecimiento en
arcilla que en parte a iluvial, es decir, como consecuencia de un lavado, existe un arrastre
de arcilla procedente del horizonte superior y posterior acumulación en el horizonte B.
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Documento Ambiental Estratégico 59
Estos suelos presentan una clara vocación agrícola. Se localizan al oeste del ámbito de
estudio.
➢ Fluvisoles. Son suelos poco evolucionados edáficamente, ya que se desarrollan sobre
depósitos aluviales recientes sin tiempo para alcanzar una mayor diferenciación genética.
Estos suelos son los que se desarrollan tanto en el valle fluvial como en sus terrazas, que
es donde se localiza la zona de estudio.
En un análisis histórico de los usos del suelo que se han dado en los terrenos del PERI-1, se
ha determinado que desde el primer año analizado (1956) hasta los primeros años de la
década de los 70, el ámbito de estudio presenta un uso exclusivamente agropecuario con un
dominio de la cobertura vegetal constituida por un pastizal, con algún ejemplar arbóreo aislado
y muy disperso. Otros ejemplares arbóreos destacados se desarrollan en las márgenes de la
carretera que en la actualidad es la Avenida de Madrid, en el límite más occidental del PERI-
1. Fuera del ámbito de estudio los usos desarrollados son fundamentalmente agropecuarios
con cultivos herbáceos en secano y zonas de pastizales, donde la única infraestructura
destacable es la carretera N-I, la cual presenta una calzada con dos carriles de doble sentido.
También es destacable desde el año 1956 la presencia al suroeste del ámbito la presencia
del casco urbano de San Agustín de Guadalix.
Detalle de la fotografía aérea del año 1956. Detalle del mosaico de fotografías aéreas entre los años
1960-67.
En la década de los años 75 el ámbito de estudio sufre una importante transformación, con la
presencia de distintas naves destinadas a actividades económicas en donde se realizaban
piezas de automóviles, así como en la zona más septentrional del PERI-1 la construcción de
edificaciones destinadas al uso residencial con la presencia de una piscina. Fuera del ámbito
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Documento Ambiental Estratégico 60
cabe destacar el comienzo de desarrollo del Polígono Industrial Norte situado al norte y
noreste del ámbito.
A comienzos de la década de los años 90 los usos en los terrenos del PERI-1 se mantienen
como en la década de los 70. Observándose transformaciones de uso fuera del ámbito con
un mayor crecimiento del Polígono Industrial Norte, así como el desdoblamiento de la
carretera de Burgos (A-1) pasando a ser una infraestructura con dos plataformas de dos
carriles para cada sentido del tráfico. También se observa un importante crecimiento del casco
urbano de San Agustín de Guadalix.
Detalle de la fotografía aérea del año 1975. Detalle de la fotografía aérea del año 1991.
En los primeros años del siglo XXI se mantiene los usos en los terrenos del PERI-1, mientras
que el entorno más próximo se observa una consolidación de los crecimientos del casco
urbano, mientras que en el Polígono Industrial Norte ha densificado de forma moderada la
implantación de distintas empresas.
En el año 2006 los terrenos del PERI-1 se observa que se ha abandonado la actividad
económica que empezó en la década de los 70, manteniéndose los usos residenciales
unifamiliares de la zona más septentrional. Fuera del ámbito el crecimiento urbano del casco
urbano se intensifica con el comienzo de los desarrollos del SAU-4 Los Rubiales y el SAU-3
Las Eras. Por otro lado el Polígono Industrial Norte ha densificado sustancialmente la
densidad de empresas implantadas en sus terrenos
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Documento Ambiental Estratégico 61
Detalle de la fotografía aérea del año 2001. Detalle de la fotografía aérea del año 2006.
En la última fotografía analizada (2016) se
observa que el abandono de las actividades
económicas dentro del PERI-1 se han
afianzado, de tal forma que todas las naves
existentes han sido desmontadas. Mientras
que fuera del ámbito se observa que
también se han consolidado tanto el
crecimiento urbano de San Agustín de
Guadalix como del Polígono Industrial.
Capacidad Agrológica de las Tierras de la Comunidad de Madrid en la zona de estudio. Fte. Comunidad de
Madrid.
Detalle de la fotografía aérea del año 2016.
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Documento Ambiental Estratégico 62
Finalmente, considerando la capacidad agrológica de las “tierras” que aparecen en la zona en
estudio, éstas quedan integradas dentro de la clase agrológica correspondiente a zonas
urbanas.
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Documento Ambiental Estratégico 63
5.6. HIDROLOGÍA
Hidrología Superficial
La zona de estudio se localiza se ubica en la cuenca del rio Guadalix, el cual es afluente del
rio Jarama. Este cauce discurre fuera del ámbito del PERI-1 desde el norte hasta el sureste,
cruzando la autovía A-1. Haciendo límite meridional con el ámbito de estudio discurre un
arroyo tributario del rio Guadalix denominado arroyo del Caño, que además recibe aguas de
un pequeño arroyo sin nombre en su margen derecha.
Considerando las cuencas de escorrentía prácticamente todo el ámbito del PERO-1 se
encuentra en la cuenca de escorrentía del rio Guadalix, y la zona más meridional del ámbito
se encuentra dentro de la cuenca de escorrentía del arroyo del Caño.
Principales cauces y cuencas de escorrentía de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid y CHT.
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Documento Ambiental Estratégico 64
Cauce del arroyo del Caño en las proximidades del
límite meridional del PERI-1.
Cauce del rio Guadalix en las proximidades del límite
septentrional del PERI-1.
Considerando las probabilidades de inundación del rio Guadalix en la zona de estudio en el
Anexo III Estudio Hidrológico y de infraestructuras de saneamiento se ha modelizado el rio
Guadalix y el arroyo del Caño a diferentes periodos de retorno (T10, T50, T100 y T500),
observándose que los terrenos que constituyen el PERI-1 no se ven afectados por la potencial
afección por inundación en el periodo de retorno excepcional (T500).
Zonas de inundación de la zona de estudio. Fte. Elaboración propia.
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Documento Ambiental Estratégico 65
Drenaje del arroyo del Caño sobre la Avenida de Madrid en las proximidades del límite suroeste del
PERI-1.
Drenaje del arroyo del Caño sobre la Autovía A-1 en las proximidades del límite sureste del PERI-1.
Drenaje del rio Guadalix sobre la Autovía A-1 en las proximidades del límite noreste del PERI-1.
Drenaje del rio Guadalix sobre la Avenida de Madrid en las proximidades del límite noroeste del PERI-1.
Hidrología Subterránea
El término municipal de San Agustín de Guadalix se localiza en el contacto entre dos
importantes unidades hidrogeológicas de la Comunidad de Madrid, la Unidad Hidrogeológica
UH-03.03 “Torrelaguna-Jadraque”, que engloba las calizas mesozoicas cretácicas del borde
del Guadarrama, y la Unidad Hidrogeológica UH 03.05 “Madrid-Talavera”. Estando localizados
los terrenos del PERI-1 en la periferia de la Unidad Hidrogeológica “Torrelaguna-Jadraque”
La U.H 03.03 “Torrelaguna-Jadraque” está constituida por calizas del Cretácico (rocas calizas
consolidadas, con poros y fisuras formadas por la acción disolvente de las aguas que dan
lugar a conductos de mayor o menor tamaño, cuevas o estructuras karstificadas) y tiene una
superficie aflorante igual a 140 km2.
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Documento Ambiental Estratégico 66
Se divide en dos subunidades, una perteneciente a la cuenca del Henares, a la que drena
unos 9 hm3/año y otra a la del Jarama-Manzanares a la que drena 4 hm3/año (zona donde se
asienta el PERI-1). La recarga se produce por infiltración del agua de lluvia y por la pérdida
de la escorrentía de algunos ríos procedentes de los paleozoicos, que infiltran sus agua al
entrar en la unidad permeable. La descarga se produce a favor de los ríos ganadores Sorbe,
Bornova, Cañamares, etc.
Zonas de inundación de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid y IGME.
Dentro de Madrid ocupan una extensión muy reducida. El afloramiento más extenso se
localiza en la zona de Torrelaguna (75 km2). Su espesor puede llegar a varios centenares de
metros. Se estima una recarga de 25 hm3/año provenientes fundamentalmente de la lluvia
directa. Existe otro afloramiento en la Fosa del Lozoya (25 km2) que se encuentra
presumiblemente bien alimentado y que puede tener interés para resolver problemas locales
y en época de estiaje.
La calidad del agua resulta aceptable para el abastecimiento urbano, si bien en la zona de
Torrelaguna pueden existir problemas de contaminación puntual por la presencia de
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Documento Ambiental Estratégico 67
materiales yesíferos. Presentan una alta vulnerabilidad a la contaminación. El peligro de
contaminación bacteriológica es importante dada su nula capacidad filtrante.
Con respecto a la permeabilidad, de acuerdo con el Sistema de Información de las Aguas
Subterráneas (SIAS) del Instituto Geológico y Minero de España, los materiales cuaternarios
que componen la zona de terraza donde se asienta el ámbito de estudio presentan una
permeabilidad media, mientras que los materiales aluviales del rio Guadalix y del arroyo del
Caño presentan permeabilidad considerados como muy altos.
En cuanto al inventario de los puntos de agua, en la zona de estudio se ha identificado un solo
punto de agua, recogido en la base de datos del IGME y situado a unos 16 m del límite
septentrional del emplazamiento. Los datos de este punto de agua son los siguientes:
Punto UTM X UTM Y Cota Prof. (m) Tipo Uso Año
1920-7-0003
448.534 4.504.328 649 23 Pozo Abastecimiento,
agricultura e industria
1972
Profundidad del agua
(m)
Nivel piezométrico (m.s.n.m.)
Tipo surgencia Caudal
(l/s) Método de perforación
Motobomba
18 631 No surgente 0,84 Excavación Motor
eléctrico
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Documento Ambiental Estratégico 68
5.7. VEGETACIÓN
En un contexto general, la vegetación potencial del ámbito espacial de la PERI-1 se
corresponde con la serie Guadarrámico-Ibérica (supra-meso) silicícola de la encina (Junipero
oxycedri-Querceto rotundifoliae sigmetum).
Se trata de la serie de vegetación de los encinares de carrascas más continental. Los bosques
climácicos que conformarían esta serie (cuyo árbol predominante sería Quercus ilex subsp.
ballota, y secundariamente Juniperus oxycedrus), presentan una primera etapa de regresión
de matorral denso dominado por Retama sphaerocarpa y Cytisus scoparius. A esta etapa, le
seguiría una de matorral degradado constituido por Cistus ladanifer, Lavandula pedunculata
y Rosmarinus officinalis, y posteriormente el estadio más degradado conformado por
gramíneas como Stipa gigantea y Poa bulbosa principalmente.
Unido a esta serie de vegetación potencial, y dada la ubicación próxima del PERI-1 al cauce
del rio Guadalix y del arroyo del Caño, a esta zona correspondería la Geoserie Riparia Silícola,
propia de arroyos silíceos mediterráneos del centro peninsular.
La vegetación actual del entorno al PERI-1 ha sufrido presiones antrópicas que han producido
la transformación de la vegetación climácica. De esta forma, la vegetación que aparece en los
terrenos del PERI-1 es de tipo herbácea con fuerte carácter nitrófilo y con especies ubiquistas
en la que aparecen en distintas áreas los cimientos de las antiguas naves. Los ejemplares
arbóreos existentes en la parcela son especies ornamentales donde predomina las arizónicas
(Cupressus arizonica), con algún ejemplar de álamo (Populus alba), especialmente en la zona
más meridional del ámbito, y un pequeño ejemplar de encina (Quercus ilex) – ver Anexo VII.
Estudio de arbolado-. Los ejemplares arbustivos son muy escasos apareciendo de forma muy
aislada algún ejemplar de retama (Retama spahenocarpa) y, en la zona más meridional del
ámbito, algunos ejemplares de matorrales espinosos del género Rubus.
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Documento Ambiental Estratégico 69
Ejemplares de arizónicas en el PERI-1. Ejemplares de álamos y de encina en el PERI-1.
Vegetación de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.
En las márgenes del rio Guadalix y del arroyo del Caño que se localizan tanto el norte y sur
del ámbito, pero fuera de sus límites, presenta una vegetación de galería donde aparecen
ejemplares de aliso (Alnus glutinosa), fresno (Fraxinus angustifolia), álamos negros (Populus
nigra), y sauces (Salix salvifolia y S. atrocinerea). Aunque cabe destacar que las márgenes
del río Guadalix presenta un área recreativa en la que aparecen distinto mobiliario destinado
al ocio de los vecinos.
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Documento Ambiental Estratégico 70
Bosque de galería del rio Guadalix y zona recreativa. Ejemplares de álamos y de encina en el PERI-1.
En la Avenida de Madrid que hace límite con el PERI-1 el arbolado urbano que hay en las
márgenes de esta vía urbana está compuesta por ejemplares de fresnos (Fraxinus
angustifolia).
Al oeste de la Avenida de Madrid aparecen también formaciones vegetales en etapas de
sustitución más degradadas con la formación de un retamar de la asociación Cytiso scoparii-
Retametum sphaerocarpae, donde las especies más destacadas es la retama (Retama
sphaenocarpa) y la escoba negra (Cytisus scoparius).
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Documento Ambiental Estratégico 71
5.8. FAUNA
Las comunidades faunísticas presentes en el ámbito del PERI-1 vienen determinadas por los
biotopos antropizados y comunidades vegetales arriba descritos y que, tal y como se ha
comentado, se encuentran en la actualidad reducidas, en los terrenos en estudio, a zonas de
erial-pastizal alternadas con algunos ejemplares arbóreos. En consecuencia, las
comunidades faunísticas se encuentran degradadas en virtud de la pérdida de los hábitats
propicios, la expansión urbanística acontecida en la zona durante los últimos años, y la
proximidad de la autovía A-1.
Ecosistemas de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.
Por tanto, las comunidades faunísticas del PERI-1 y su ámbito se caracterizan por la presencia
de especies, generalmente de carácter oportunista, adaptadas a ambientes rurales
antropizados, y ampliamente distribuidas en este tipo de ecosistemas periurbanos. De esta
manera, las especies con mayor grado de amenaza según el Catálogo Regional de Especies
Amenazadas tienen una baja probabilidad de campear por el ámbito de estudio, sin que
existan en el mismo especies singulares o que merezcan una especial protección.
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Documento Ambiental Estratégico 72
El erial-pastizal presentan unas condiciones de hábitat y refugio poco óptimas para albergar
fauna, más allá de: algunas aves como el gorrión (Passer domesticus), pinzón (Fringilla
coelebs), jilguero (Carduelis carduelis), verdecillo (Serinus serinus), estornino (Sturnus
vulgaris), mirlo (Turdus merula), urraca (Pica pica) o paloma doméstica (Columba domestica);
determinados micromamíferos de amplia distribución como el ratón común (Mus musculus) y
la rata común (Rattus norvegicus); y reptiles que pueden adaptarse a entornos urbanizados
como la lagartija ibérica (Podarcis hispanica).
El entorno del arroyo del Caño y del rio Guadalix que discurren al sur y norte, respectivamente,
del PERI-1 presentaría potencialmente un hábitat más propicio para alberga comunidades
faunísticas de mayor interés conservacionista (comunidades de anfibios, peces o aves propias
de sotos y riberas), sin embargo, la presencia humana tanto por la presencia de la vía de
comunicación (Avenida de Madrid y autovía A-1), la zona recreativa situada en las márgenes
del rio Guadalix y el Polígono Industrial situado en la margen izquierda de mismo, condiciona
negativamente la presencia de especies faunísticas dignas de reseñar.
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Documento Ambiental Estratégico 73
5.9. ESPACIOS PROTEGIDOS
La zona de estudio presenta únicamente en su entorno un área incluida dentro de la Red
Natura, cuya declaración y aprobación del Plan de Gestión se realizó por el Decreto 106/2014,
de 3 de septiembre, como ZEC de la Cuenca del Rio Guadalix. Este espacio se ubica en el
límite oriental del PERI-1, llegando a internarse unas decenas de metros en parte de los
terrenos en estudio.
Espacios Naturales, Red Natura 2000, Hábitats incluidos dentro de la Directiva Hábitat y Montes preservados de
la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.
Además de la constitución de la Red Natura 2000, la Directiva Hábitat incluye en su Anexo I
una serie de hábitats de interés comunitario, los cuales han sido cartografiados por el
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el Atlas de los Hábitats Naturales
y Seminaturales de España, además de otros no incluidos en esta Directiva pero que han sido
cartografiados por su interés. Estos hábitats tienen presencia fuera del ámbito del PERI-1,
especialmente en las márgenes del rio Guadalix siendo los siguientes:
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Documento Ambiental Estratégico 74
➢ Vegetación hidrofítica definida por la Directiva Hábitat como “Lagos eutróficos
naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition” (Código hábitat: 3150) que
corresponden a lacomunidad de lenteja de agua con el nombre fitosociológico de
Lemnetum gibbae. Presenta una naturalidad media y el porcentaje de cobertura del
hábitat en cuestión con respecto a la superficie del polígono que lo contiene es del
12%. Se localiza a una distancia de unos 100 m del límite más septentrional del ámbito
de estudio, aguas arriba del rio Guadalix.
➢ Juncales churreros definidos por la Directiva Hábitat como “Prados húmedos
mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschenion” (Código hábitat: 6420) que
corresponden a la comunidad con el nombre fitosociológico de Trifolio resupinati-
Holoschoenetum. Se localiza en dos áreas cercanas al ámbito de estudio; una se ubica
en paralelo al límite norte – este del límite del ámbito en las márgenes del rio Guadalix,
variando la distancia de 50 m a estar prácticamente lindando con el hábitat en la zona
de la autovía A-1; la otra zona donde se desarrolla el este hábitat es en las márgenes
del arroyo de las Vargas, a una distancia de unos 130 m al sureste del ámbito, estando
separado por la infraestructura viaria de alta capacidad que es la autovía A-1. Ambas
formaciones presentan una naturalidad baja y sus porcentajes de cobertura de ambos
hábitats en cuestión con respecto a la superficie del polígono que lo contiene es del
12%.
➢ Retamares definidos por la Directiva Hábitat como “Matorrales termomediterráneos y
pre-estépicos” (Código hábitat: 5330) que corresponden a la comunidad con el nombre
fitosociológico de Cytiso scoparii-Retametum sphaenorcarpae. Se localiza en dos
áreas; una a unos 300 m del límite noroeste del ámbito y la otra a unos 125 m al este
del ámbito en la margen contraria de la autovía A-1. La zona situada más al noroeste
presenta una naturalidad media y una cobertura del 38% del polígono que lo contiene,
mientras que la más oriental presenta una naturalidad baja y una cobertura similar a
la anterior.
Finalmente considerando la Ley 16/1995, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la
Comunidad de Madrid, no se localiza ningún monte de titularidad pública en su entorno más
cercano, pero a una distancia de 120 m al oeste del ámbito se localiza un monte preservado.
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Documento Ambiental Estratégico 75
5.10. PAISAJE
Paisajísticamente toda la zona de estudio se localiza en la Unidad de Paisaje denominada
Campiñas de San Agustín de Guadalix. Ésta es una Unidad en su conjunto es un relieve de
lomas destacadas separadas por valles amplios, que en la zona de estudio presenta un
modelado algo más suave que más al norte de la Unidad.
Unidades de paisaje de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.
La definición del paisaje agrario de esta unidad es el dominio de campos de labor con algunos
pagos de viñas, sobre una trama de fincas pequeñas de propiedad privada. Los eriales,
matorrales y rodales de chaparras cubren las lomas y sus vertientes en fincas de mayores
dimensiones de propiedad igualmente privada. Esta unidad paisajística presenta una calidad
visual media-baja y una fragilidad media.
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Documento Ambiental Estratégico 76
5.11. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SOCIOECONÓMICO
Evolución reciente de la población de San Agustín de Guadalix
La evolución de la población del municipio se ha producido con un crecimiento sostenido
desde finales de la década de los 90 con tasas de crecimiento positivo hasta el año 2013,
pasando de 4.603 a 12.955 habitantes, teniendo puntas de crecimiento durante la primera
década del siglo XXI. Posteriormente el crecimiento se ha relentizado con crecimientos y
decrecimientos de magnitud reducida, de tal forma que en el año 2016 la población total de
San Agustín de Guadalix es de 12.862 habitantes.
Con respecto a la estructura de población, representado posteriormente, se observa que casi
el 70% de la población se encuentra en la denominada edad activa con dominancia de las
edades comprendidas entre los 40 y los 49 años de edad, a continuación la población que
más efectivos poblacionales aporta es la infantil con un porcentaje ligeramente superior al
22% y, por último, la población más envejecida se sitúa por debajo del 10%.
La estructura poblacional por sexos responde al siguiente esquema:
-2,000
,000
2,000
4,000
6,000
8,000
10,000
12,000
14,000
16,000
18,000
0
2.000
4.000
6.000
8.000
10.000
12.000
14.000
Evolución de población y tasa de crecimiento
Total Tasa de crecimiento
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Documento Ambiental Estratégico 77
Actividad económica
La tasa de paro que se registra en este municipio es inferior al registrado en la Comunidad de
Madrid encontrándose una tasa de paro en 2016 en el 5,36%, frente al 7,09% de la Comunidad
de Madrid. La evolución del paro en este municipio se refleja en la siguiente gráfica:
15 10 5 0 5 10 15
0-45-9
10-1415-1920-2425-2930-3435-3940-4445-4950-5455-5960-6465-6970-7475-7980-8485-8990-9495-99>100
%
Añ
os
Mujeres Varones
R² = 0,4179
0
200
400
600
800
1000
1200
2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Evolución del paro en San Agustín de Guadalix
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Documento Ambiental Estratégico 78
En cuanto a la distribución de ocupados en cuanto a población afectada y sectores de
actividad refleja el siguiente comportamiento:
Noviembre de 2017 Total Parados
Variación
Mensual Anual
Absoluta Relativa Absoluta Relativa
Total 591 +3 0,51% -98 -14,22%
Hombres 236 +1 0,43% -41 -14,8%
Mujeres 355 +2 0,57% -57 -13,83%
< de 25 años 41 -4 -8,89% +2 5,13%
Hombres 29 +4 16% +8 38,1%
Mujeres 12 -8 -40% -6 -33,33%
Entre 25 y 44 años 233 +14 6,39% -47 -16,79%
Hombres 81 -18 -18,18%
Mujeres 152 +14 10,14% -29 -16,02
> de 45 años 317 -7 -2,15% -53 -14,32%
Hombres 126 -3 -2,33% -31 -19,75%
Mujeres 191 -4 -2,05% -22 -10,33%
Agricultura 6 +1 20% -1 -14,29%
Industria 41 +3 7,89% +1 2,5%
Construcción 21 -3 -12,5% -23 -52,27%
Servicios 497 -1 -0,2% -82 -14,16%
Sin empleo anterior 26 +3 13,04% +7 36,84%
Actividades del Sector Primario
En 2009 la superficie agraria útil del municipio de San Agustín de Guadalix era de 2.692 ha,
repartidas en 17,98% en tierras labradas, el 71,32% en pastos permanentes y el 10,7% en
resto de tierras. La zona de estudio inicialmente fue dedicada principalmente a zonas de pasto,
aunque en la década de los 70 se implantó unas naves destinadas a la actividad económica
de tipo agropecuario, para posteriormente ser abandonadas en los primeros años del siglo
XXI.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 79
Actividades del Sector Industrial
El municipio presenta 79,8 ha como suelo urbano de uso industrial en el año 2014, que en su
mayor parte se concentra en Polígonos Industriales de Norte y de Barranco Hondo, situados
al noreste y sureste del municipio respectivamente. Además el planeamiento urbanístico
municipal tiene clasificado como suelo urbanizable de uso industrial (año 2014) un total de
33,85 ha.
Para determinar la actividad económica de San Agustín de Guadalix se ha utilizado como
indicador la Unidad Productiva, la cual es considerada como la unidad básica en el espacio
generadora de actividad económica, coincidiendo en la mayoría de los casos con conceptos
análogos como el establecimiento o la unidad local. La Unidades Productivas en el año 2017
en el municipio son las siguientes: 17 del metal; 55 de la industria de la alimentación y textil;
66 destinadas a transporte y almacenamiento; 6 a la minería, electricidad y agua; 105 a la
construcción; y finalmente, 22 de otras industrias.
El Polígono Industrial más cercano a la zona de estudio es el denominado como Norte, el cual
se sitúa al norte del ámbito de estudio, separado por el cauce del rio Guadalix.
Actividades del Sector Servicios
El sector servicios es el que más actividad económica aporta al municipio, y
consiguientemente el que mayor número de unidades productivas, las cuales son las
siguientes: 336 de comercio y hostelería; 335 de información y servicios profesionales; 29 de
actividades financieras y seguros; 112 de administraciones públicas, educación y sanidad; y
386 de otras actividades de servicios.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 80
5.12. INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES
Abastecimiento de agua y saneamiento
La malla del polígono se conecta en varios puntos a las tuberías existentes que discurren por la
Avenida de Madrid y por la zona norte con la tubería de aducción al Polígono Industrial Norte.
De igual forma la red de saneamiento municipal existente discurre por la Avenida de Madrid.
Red eléctrica
Las infraestructuras eléctricas de la zona
pertenecen a la compañía IBERDROLA, el
ámbito se ve afectado por la presencia de una
línea eléctrica aérea de 20 KV, que entra en
el mismo desde el norte y discurre paralela a
la autovía A-1 a unos 25 metros de la arista
exterior de la explanación.
También existe una red que discurre por la
Avenida Alcalde Lorenzo Ginés Brandín.
Alumbrado público
La Avenida de Madrid, cuenta con alumbrado público en la acera colindante con el ámbito,
consistente en báculos de 9 m de altura con luminaria de vapor de sodio de 150W, colocados
cada 10 metros de distancia. El resto de los terrenos no dispone de alumbrado público.
Gas natural
La red de gas natural existente discurre por la Avenida de Madrid.
Línea eléctrica de media tensión en la zona de estudio.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 81
5.13. MOVILIDAD
En un análisis del tráfico característico en las inmediaciones del ámbito (ver Anexo I. Estudio
acústico) se ha considerado la Autovía A1 y la Avenida de Madrid.
Para la Autovía A-1 los datos de la estación de aforo E-92-0 establece para el año 2016 una
IMD (vehículos/día) de 61.874, de los cuales son ligeros 57.499 y 4.375 pesados (7,1% de los
vehículos). Aplicando la tendencia de crecimiento de tráfico de esta infraestructura para el
2018 el tráfico característico obtenido es el siguiente:
IMD [veh/día]
% PESADOS
[%]
VELOCIDAD DE CIRCULACIÓN [km/h] PERIODO
INTENSIDAD HORARIA PROMEDIO [veh/h]
LIGEROS PESADOS
70.289 9,45 120 100
DÍA 4.217
TARDE 2.601
NOCHE 984 Tráfico característico de la autovía A-1 en p.k.32,09 correspondiente a situación preoperacional (año 2018).
En el caso de la Avenida de Madrid, vial de titularidad municipal, no tiene estaciones de aforo,
por lo que su cálculo se ha realizado mediante el aforo de vehículos en día 11 de enero de
2018, con los cuales se ha caracterizado el tráfico de esta vía urbana con los siguientes
resultados:
IMD [veh/día]
% PESADOS
[%]
VELOCIDAD DE CIRCULACIÓN [km/h] PERIODO
INTENSIDAD HORARIA PROMEDIO [veh/h]
LIGEROS PESADOS
4.800 1,04 40 40
DÍA 288
TARDE 178
NOCHE 67 Tráfico característico de la avenida de Madrid en el entorno del ámbito de actuación correspondiente a situación
preoperacional (año 2018).
Con todos estos datos se ha podido generar un croquis del tráfico preoperacional del entorno
del ámbito del PERI-1 que resulta ser el siguiente:
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 82
Croquis del tráfico preoperacional.
Por otro lado, considerando la actual red de transportes públicos en la glorieta situada en la
Avenida de Madrid al sur del ámbito de estudio se localiza dos paradas de autobuses
interurbanos, que tienen los siguientes recorridos:
IMD=4.800veh/día
IMD=4.800
veh/día
IMD=35.145
veh/día
IMD=35.145
veh/día
IMD=4.800veh/día
IMD=4.800veh/día
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Documento Ambiental Estratégico 83
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Documento Ambiental Estratégico 84
5.14. RESIDUOS
La generación de residuos urbanos en el término municipal de San Agustín de Guadalix no
se disponen datos de los volúmenes gestionados, por lo que se ha realizado una estimación
mediante la aplicación de coeficientes de generación de residuos. Los datos empleados
proceden de Plan Regional de Residuos Urbanos (2.006 – 2.016) el cual estima que la tasa
de generación de residuos es de 1,82 kg / habitante / día para el año 2016, siendo la población
de San Agustín de Guadalix para el mismo año de 12.862 habitantes (datos del INE). Con
estos datos el municipio generó unas 8.544,23 toneladas en el año 2016.
La gestión de residuos en San Agustín de Guadalix ha ido evolucionando a lo largo del tiempo,
desde la simple recogida y almacenamiento en vertedero, a los actuales sistemas de recogida
selectiva, tratamientos de reciclado, compostaje y valorización energética, que reducen en
buena medida las necesidades de
confinamiento.
La recogida municipal de residuos sólidos
urbanos selectiva alcanza hasta el límite
del suelo urbanizado, de reciente
ejecución denominado “Monteoliva”.
El municipio de San Agustín de Guadalix
se encuentra dentro de la Mancomunidad
de Noroeste siendo los sistemas de recogida selectiva y gestión la siguiente:
- Fracción resto con contenedores de color verde con capacidades de entre 120 y 800
litros según necesidades. La recogida es frecuente variable (diaria o días alternos)
mediante vehículos bicompartimentados es transportado al depósito controlado de
Colmenar Viejo.
- Los restos de plástico y bicks son recogidos en contenedor amarillo y recogido
mediante vehículos bicompartimentados es transportado a la Planta de Clasificación
de Envases de Colmenar Viejo.
- Papel y cartón tiene dos sistemas de recogida. Por un lado, mediante contenedores
azules de 3.200 litros de capacidad o en contenedores soterrados. El material es
Contenedores de recogida de residuos situados en las proximidades del PER-1.
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Documento Ambiental Estratégico 85
recogido al menos una vez por semana mediante vehículo grúa compactador. Ambos
materiales son llevados a la Planta de Reciclaje de Papel y Cartón.
- Vidrio es depositado en contenedores verdes de 2.700 litros o soterrados. Mediante
vehículo grúa hasta la Planta de Reciclaje de Vidrio.
Además, San Agustín de Guadalix tiene un punto limpio situado en la calle C/ Hervider nº 1
en el Polígono Industrial Norte. En el cual se pueden depositar los siguientes residuos:
➢ Banales: Vidrio, papel-cartón, metales, plásticos, madera, ropa, aparatos electrónicos,
CDs y DVDs, tóner y cartuchos de impresora, bombillas de bajo consumo y terminales
de teléfonos móviles.
➢ Voluminosos: Electrodomésticos, enseres, muebles, colchones, somieres, puertas,
escombros o restos inertes de obra.
➢ Tóxicos y peligrosos: Aceites de cárter, aceites de cocina usado, baterías de
automóvil, pilas, medicamentos, radiografías, tubos fluorescentes, pinturas.
➢ Ropa y restos de jardinería.
Los residuos no admisibles por el punto limpio son los siguientes:
➢ Extintores sin perforar, basuras urbanas orgánicas, materiales radioactivos, explosivos
o inflamables. Residuos infecciosos, neumáticos, recipientes tóxicos, residuos sin
segregar, residuos sin identificar.
Adicionalmente el municipio cuenta con seis minipuntos limpios para la recogida de pequeños
residuos como son CDs/DVDs, cartuchos de impresora, pilas, baterías de móviles, aparatos
eléctricos y electrónicos (incluidos teléfonos móviles) y bombillas de bajo consumo. Estos
minipuntos limpios se localizan en las siguientes calles:
• C/ Félix Rodríguez de la Fuente con C/Rafael Alberti. (Frente edificio de Telefónica).
• Plaza Juan Carlos I.
• Avda. de Madrid. (Frente al Consultorio Médico).
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Documento Ambiental Estratégico 86
• C/ Extremadura. (Frente al Colegio Público Virgen de Navalazarza).
• Avda. de Madrid (Entrada a la Urbanización La Vega Real).
• Plaza Dehesa de Moncalvillo (frente al Colegio Infanta Leonor).
El ayuntamiento de San Agustín de Guadalix también presta el servicio de recogida de
muebles y enseres, el cual se realiza mediante aviso previo, siendo depositados en los puntos
de contenedores habituales, para su recogida el miércoles en horario de mañana.
Finalmente la recogida de podas domésticas se deberá de depositar junto a los contenedores
conformando atillos que no superen los 25 kg de peso ni el metro de longitud. En el caso de
hojas o césped se depositaran en bolsas cerradas. En caso de que el volumen total de la poda
exceda el metro cúbico el usuario deberá de gestionarlo con sus propios medios.
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Documento Ambiental Estratégico 87
5.15. RECURSOS CULTURALES
Vías Pecuarias
Según la cartografía de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid la zona de estudio se localiza
sobre un área considerada como descansadero abrevadero de El Ardal, en la que confluye al
norte la Colada de la Huelgas del Rio Guadalix, que discurre en paralelo por la margen derecha
del mismo rio, y al sur la Colada del Arroyo del Caño, que discurre por la margen izquierda del
mismo arroyo.
Principales vías pecuarias de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.
Por esta circunstancia este ámbito ha sido aplazado desde el año 2000, ya que se consideraba
que los terrenos en estudio ocupaban el dominio público de la vía pecuaria, sin embargo, la
titularidad de los terrenos fue resuelta mediante la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal
Supremo, de 9 de diciembre de 2015, que confirma la sentencia del Juzgado de Primera
Instancia número 3 de Madrid, de fecha de 3 de mayo de 2012, por el cual se declara que el
terreno que constituye el PERI-1 constituye un bien de naturaleza patrimonial cuya titularidad
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 88
corresponde al actual propietario. De esta forma, la Consejería de Medio Ambiente,
Administración Local y Ordenación del Territorio publicó en el BOCM de 15 de noviembre de
2017 (BOCM Núm. 272) el Acuerdo de 7 de noviembre de 2017, del consejo de Gobierno, por
el que se levanta el aplazamiento acordado el 25 de mayo de 2000 y se aprueba definitivamente
la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Agustín de Guadalix
en el ámbito del PERI-1 (UA número 35), al haberse resuelto en vía judicial la acción declarativa
de dominio relativa a la finca número 1527 de dicho término municipal.
Patrimonio cultural
De los elementos patrimoniales existentes en San Agustín de Guadalix cercanos a la zona del
PERI-1 es, por un lado, el denominado yacimiento arqueológico Norte (CM/0129/002), que se
sitúa en la plataforma superior de un cortado en la margen izquierda del rio Guadalix, ocupando
una superficie aproximada de 80 x 50 m. Por otro lado, también al norte del PERI-1 se localiza
el puente sobre el rio Guadalix (CM/0129/029) que data del siglo XIX.
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Documento Ambiental Estratégico 89
5.16. VALORACIÓN AMBIENTAL GLOBAL DEL ÁMBITO DE ESTUDIO
Valoración ambiental
Una vez analizadas todas las variables componentes del medio físico, biológico y
socioeconómico, en este apartado se realiza una síntesis global con el objetivo de identificar los
componentes más valiosos del medio en el cual se realizaría la actuación.
La valoración de cada componente no ha sido homogénea. En general se ha asignado un valor
de ALTO, MEDIO o BAJO. En otras ocasiones la valoración se ha realizado en base a
terminologías específicas para cada recurso.
Los criterios de evaluación han sido adaptados también a cada elemento del medio. A modo de
síntesis se pueden destacar los siguientes criterios:
• Calidad (aguas, suelos, paisaje).
• Potencialidad (suelos, vegetación).
• Vulnerabilidad (suelos, vegetación).
• Capacidad de acogida (geotecnia, superficie edificable).
• Naturalidad (vegetación, hidrología superficial).
• Singularidad (fauna, geomorfología, paisaje).
• Dimensiones (acuíferos).
• Diversidad (fauna, vegetación, paisaje).
• Presencia de especies singulares (fauna, flora).
• Presencia de elementos singulares (patrimonio cultural).
• Catalogación de espacios (Espacios protegidos, patrimonio cultural, caracterización
arqueológica).
• Medidas legales de protección (flora, fauna, espacios, patrimonio cultural).
Gran parte de la valoración ha sido realizada cuando se ha ido analizando cada uno de los
elementos del medio de modo pormenorizado. Por ello en este apartado se hace una exposición
sintética de las principales conclusiones y cuestiones a destacar de cada uno de ellos.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 90
Geología y Geomorfología. Las características geomorfológicas del terreno no son singulares
dentro de la Comunidad de Madrid ni en sus formas ni en los elementos geomorfológicos. No
existe ningún punto de interés geológico en el área de estudio. El valor general se puede
considerar BAJO.
Edafología. Dentro del ámbito en estudio se encuentra la asociación de suelos correspondiente
a fluvisoles, cuya valoración se considera media. No obstante, al presentar durante décadas
actividad económica con la presencia de distintas naves (actualmente demolidas) ha alterado
la calidad de los suelos, de tal forma que la capacidad agrológica de las “tierras” que aparecen
en la zona en estudio son consideradas como zonas urbanas, por lo que su valoración total
es de BAJA.
Hidrología superficial. Como se ha comentado en apartados anteriores el ámbito se localiza en
las terrazas del rio Guadalix, que discurre fuera de éste desde el norte hasta el sureste del
mismo. Asimismo, al sur del PERI-1 fluye el arroyo del Caño en su desembocadura en el rio
Guadalix. Por la proximidad a estos cauces la valoración de la hidrología de la zona se considera
MEDIA.
Hidrología subterránea. Por la localización del ámbito sobre la Unidad Hidrogeológica UH-03.03
“Torrelaguna-Jadraque”, así como por la proximidad a los cauces anteriormente citados y al
acuífero cuaternario unido a los mismos, con una permeabilidad del suelo media, se estima
que la valoración de la hidrología subterránea es MEDIA.
Vegetación. La vegetación actual en la zona de estudio está muy ligada a los usos de suelo en
la misma. El área en general presenta una cobertura vegetal constituida por herbazales y
matorrales bajos muy degradados con algún ejemplar arbóreo disperso, su valoración ambiental
se considera BAJA, ya que se compone de vegetación propia de los estadios más degradados
de la serie de vegetación natural de la zona.
No obstante, la proximidad a los cauces fluviales (rio Guadalix y Arroyo del Caño) permite en
toda su perímetro más septentrional y meridional la presencia de comunidades vegetales que
constituyen el bosque de galería, por lo que en una parte de su territorio su valoración ambiental
es ALTA.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 91
Fauna. Los biotopos detectados dentro de los terrenos que constituye la zona de estudio tienen
un fuerte carácter antrópico, como consecuencia de los usos económicos que se dieron en años
anteriores, a lo que se ha unido la fuerte presencia humana debido a las vías de comunicación
existentes (autovía A-1 y Avenida de Madrid). Así las comunidades faunísticas que se
desarrollan en este ámbito tienen una fuerte adaptación a la presencia humana y de carácter
ubiquista, por lo que la valoración se considera como BAJA.
Sin embargo, en el entorno más próximo a la zona de estudio aparecen hábitats faunísticos de
importancia como son los sotos arbolados situados unidos a los cauces fluviales próximos. No
obstante, estos tramos fluviales se encuentran situados en un área muy antropizada
consecuencia tanto por el uso como zona de esparcimiento y ocio como por situarse entre
drenajes transversales o viaductos de las infraestructuras viarias (Avenida de Madrid y Autovía
A-1), de tal forma que las especies más sensibles a la presencia humana no desarrollan sus
funciones vitales en esta zona, por lo que la valoración de estos biotopos se considera MEDIO.
Paisaje. La unidad del paisaje donde se enclava la zona de estudio es la denominada Campiñas
de San Agustín de Guadalix, la cual, en general, presenta una calidad visual media-baja y una
fragilidad media. No obstante, las fuertes presiones de origen antrópico consecuencia de la
cercanía de las infraestructuras de comunicación (autovía A-1 y la Avenida de Madrid) hace
que la valoración paisajística se considere BAJA.
Espacios protegidos. La presencia de la Zona de Especial Conservación (ZEC) del rio Guadalix
hace que 2.024,68 m2 del PERI-1 se encuentren dentro de este espacio incluido dentro de la
Red Natura.
Patrimonio cultural y vías pecuarias. El valor arqueológico y patrimonial de la zona del ámbito
se le puede considerar BAJO, ya que en los terrenos del PERI-1 no se ubica ningún elemento.
Los más cercanos se localizan al norte donde se sitúa el puente sobre el rio Guadalix y el
yacimiento arqueológico de Norte.
Todo el ámbito se sitúa sobre un área declarada como abrevadero descansadero de El Ardal.
No obstante, según resolución de sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, de 9 de
diciembre de 2015, que confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de
Madrid, de fecha de 3 de mayo de 2012, por el cual se declara que el terreno que constituye el
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 92
PERI-1 constituye un bien de naturaleza patrimonial cuya titularidad corresponde al actual
propietario. Por todo ello, la valoración ambiental se considera BAJA.
Evolución de las características medioambientales teniendo en cuenta el cambio
climático
Como se ha comentado en apartados anteriores, el clima está cambiando como consecuencia
directa de la emisión de gases de efecto invernadero a nivel global, esto supondrá que las
características medioambientales del ámbito del Plan previsiblemente cambiarán a techo de
planeamiento (2040). Esta variación climática producirá también un cambio en las variables
ambientales de la zona de análisis, de tal forma, que de una manera intuitiva, los elementos
del medio que pueden verse más afectados serán los siguientes:
• Los caudales de los distintos cursos fluviales de la zona sufrirán un descenso como
consecuencia de la caída de las precipitaciones y del incremento en los periodos de
sequía previstos en todos los modelos.
• Ese producirá un descenso de las aguas subterráneas como consecuencia de una
menor recarga de los acuíferos por el menor volumen de precipitaciones.
• El aumento de temperaturas podría producir una alteración en las comunidades
vegetales y faunísticas de la zona.
En la zona del PERI se localiza en las proximidades del sistema hídrico superficial más
destacado del municipio (rio Guadalix), además de situarse en las terrazas fluviales en las
que se localiza el acuífero cuaternario unido al rio, por lo que la influencia del cambio
climático puede llegar a afectar a sus variables, aunque no serán de carácter significativo.
En el caso de la vegetación y de la fauna, tanto por la magnitud del ascenso de las
variables climáticas, como por las comunidades que hábitan la zona, las cuales presentan
un gradiente adaptativo a las temperaturas extremas que les permite su adecuado
desarrollo, previsiblemente tampoco será significativo.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 93
Problemática ambiental relevante
La zona donde se ubica el PERI-1 presenta un ambiente periurbano situado entre el límite
más septentrional del casco urbano de San Agustín de Guadalix y el Polígono Industrial Norte,
calificado como suelo urbano por el planeamiento urbanístico vigente. Dentro de este contexto
descriptivo en este apartado se señalarán los principales problemas ambientales existentes
en la situación actual del término municipal. Se han identificado los aspectos más relevantes,
estos son:
1) La colindancia de una infraestructura viaria de alta capacidad como es la autovía A-1,
supondrá la generación de diferentes problemas ambientales derivadas de la alteración
de la calidad acústica del ámbito.
2) Aunque no sea un problema ambiental sensu stricto, la colindancia de esta autovía si
supondrá un condicionamiento en el desarrollo del Plan Parcial, puesto que será de
aplicación en la zona afectada las determinaciones de la Ley de Carreteras
3) La presencia de una línea eléctrica de media tensión en los terrenos del ámbito a una
distancia de unos 25 m de la arista exterior de la autovía supone un problema ambiental
para el desarrollo del ámbito como consecuencia de la contaminación electromagnética.
4) La proximidad de los cauces del rio Guadalix, al norte, y del arroyo del Caño, al sur,
pueden presentar problemas de tipo ambiental, puesto que su proximidad al ámbito de
estudio hace que puedan resultar afectados en la calidad de sus aguas.
5) Asimismo, su situación determina un riesgo de avenidas que pueden afectar a los
terrenos objeto de la planificación.
6) Las comunidades vegetales y faunísticas más relevantes de entorno del ámbito se
localizan en las márgenes de los cauces del rio Guadalix y del arroyo del Caño. Sin
embargo, estos cursos fluviales se localizan situados entre los drenajes o viaductos de
las infraestructuras existentes (Avenida de Madrid y Autovía A-1) que producen un
fraccionamiento de estos corredores ecológicos y una fuerte presión por la presencia
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 94
humana, por lo que las especies que potencialmente podrían desarrollar sus funciones
vitales en este entorno se encuentran muy mermadas.
7) La importancia ambiental del cauce del rio Guadalix ha permitido ser incluido dentro de
la Red Natura como Zona de Especial Conservación. Los límites de este espacio
protegido ocupan un 4% de la superficie total del ámbito en estudio en la zona más
noreste del mismo, en las proximidades de la Autovía A-1.
8) Por último, y aunque se trate de un aspecto exterior al ámbito, hay que incidir en la
circunstancia, de que el mismo linda por el sur con una vía pecuaria (Colada del Arroyo
del Caño) y por el norte, con la vía pecuaria denominada “las Huelgas del Rio Guadalix”.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 95
6. FORMULACIÓN Y SELECCIÓN DE ALTERNATIVAS
6.1. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS
A partir de las directrices básicas y de los objetivos generales que definen la planificación
diseñada, de los condicionantes ambientales y del análisis de escenarios de futuro, será
posible establecer un análisis comparativo entre la alternativa de mantener los
aprovechamientos actuales del suelo y otras que definan, cuando y donde sea posible, el
desarrollo urbanístico que facilite la implantación de otras actividades.
Partimos de premisa conceptual de que las distintas propuestas necesariamente se referirán
a diferentes fórmulas de utilización de un espacio físico predeterminado en el que el
planeamiento urbanístico municipal califica el ámbito como suelo urbano de uso residencial,
por lo que las distintas hipótesis vienen predeterminadas por la ausencia de alternativas de
localización. No sería técnicamente viable, ni desde el punto de vista de la sostenibilidad, ni
tampoco económica y socialmente asumible formular alternativas de planificación urbanística
en una localización espacial como el PERI-1 diferente del emplazamiento que ocupa
actualmente.
Dentro de este contexto, las distintas propuestas necesariamente se referirán a diferentes
fórmulas de utilización de un espacio físico predeterminado. En consecuencia, a partir de las
directrices básicas y de los objetivos generales que definen la planificación propuesta y de los
condicionantes ambientales del territorio, se formularon diferentes posibles escenarios de
futuro cuya síntesis se materializó de forma conceptual a través de tres alternativas:
ESQUEMA DE PLANEAMIENTO
DESCRIPCIÓN AMBIENTAL
FORMULACIÓN DE
ALTERNATIVAS
ALTERNATIVA SELECCIONADA
OBJETIVOS AMBIENTALES
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 96
➢ “Alternativa Cero” o de mantenimiento de la situación actual. Esta hipótesis supondría
el supuesto de no dar cumplimiento del instrumento de planificación y ordenación urbana
vigente en San Agustín de Guadalix (NNSS) constituyendo un suelo urbano sin
desarrollar. Esta ausencia de desarrollo supondría, no sólo, no cumplir los objetivos
marcados por el planeamiento urbanístico vigente, sino que también al estar encuadrado
entre las áreas urbanizadas del casco urbano y el Polígono Industrial Norte al sur y norte
respectivamente, y delimitado por la vía urbana (Avenida de Madrid) y la autovía A-1, al
oeste y este respectivamente, supondrá la generación de distintos factores de
desarticulación de la estructura urbana.
➢ “Alternativa 1”. Esta ordenación pretende proponer todas las zonas verdes orientadas
en la zona más oriental y meridional del ámbito, de tal forma que sirvan como un área
de transición más suave entre los usos residenciales a los que está destinado el suelo
urbano con el área incluida dentro de la Red Natura. Su configuración espacial responde
a la distribución de superficies cuya representación gráfica de la “Alternativa 1” se
expone en la siguiente imagen:
Ordenación propuesta en la Alternativa 1 del PERI-1. Escala original 1:1.250.
“Alternativa 2”. Esta ordenación propuesta es similar a la anterior en superficies, pero
distribuye la parcela destinada a viviendas multifamiliares en régimen de protección algo más
al este del PERI-1, de tal forma que las zonas verdes circundan esta parcela de usos
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 97
habitacionales. Una representación gráfica de la “Alternativa 2” se expone en la siguiente
imagen:
Ordenación propuesta en la Alternativa 2 del PERI-1. Escala original 1:1.250.
Una vez descritos los escenarios derivados de cada una de las alternativas se pasará a su
valoración y comparación sobre la base de la aptitud previsible de cara a la consecución de
los objetivos territoriales de sostenibilidad y criterios ambientales. De esta evaluación se
seleccionará el escenario de futuro más coherente y que mejor integre dichos objetivos
ambientales y principios de sostenibilidad.
El análisis se realizará mediante una matriz en la que se muestran los escenarios frente a los
criterios ambientales de referencia, y se evaluará de manera cualitativa el grado de
cumplimiento de estos en cada alternativa. El escenario más idóneo desde el punto de vista
ambiental y de desarrollo sostenible será el que contenga un mayor número de objetivos y
principios en su planificación.
ALTERNATIVAS
OBJETIVOS AMBIENTALES
ALTERNATIVA
SELECCIONADA
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 98
La evaluación de los escenarios para la selección de aquel que resulte más favorable se
expone a continuación:
Variable ambiental
Objetivo ambiental estratégico ALT 0 ALT 1 ALT 2
Estructura territorial
Contribuir al desarrollo territorial coherente y equilibrado a largo plazo.
Habitacional Satisfacer las necesidades colectivas de residencia en condiciones de desarrollo sostenible.
Recursos naturales y
biodiversidad
Asegurar la protección y conservación tanto de la flora y fauna.
Conservación de los espacios y paisajes con mayor valor natural.
Recursos hídricos Conservar los recursos hídricos en cantidad y calidad y fomentar la gestión eficiente del agua
Recursos edafológicos
Proteger y conservar los recursos del suelo con mayor valor edafológico.
Calidad atmosférica
Favorecer la protección de la atmósfera y la lucha contra el cambio climático
Patrimonio cultural
Conservar y proteger los elementos del patrimonio cultural
Residuos Gestionar eficazmente la generación y eliminación de residuos.
Accesibilidad y movilidad
Garantizar el movimiento de personas y bienes en condiciones de seguridad
Cumple en mayor grado los objetivos ambientales.
No cumple con los objetivos ambientales.
Cumple en menor grado los objetivos ambientales.
Incertidumbre porque la
decisión resulta dudosa.
Analizando la aptitud que muestra cada una de las alternativas, respecto al cumplimiento de
los objetivos de referencia, se puso de manifiesto que A0 no facilita el desarrollo de la
normativa urbanística, no permite el desarrollo territorial coherente y equilibrado a medio y
largo plazo, y no las necesidades colectivas de residencia. Además, si bien en su imagen
actual presentaría una menor afección medioambiental en referencia a los usos hídricos,
energéticos y del elemento suelo, tendría una mayor incertidumbre en su desarrollo como
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 99
consecuencia de la desarticulación de sus terrenos por la presión urbana que puede
generarse por su ubicación, de tal manera que pueden aparecer usos alternativos no
deseados que den lugar a distintas situaciones de degradación que ocasionen afecciones
sobre la calidad de suelos, las aguas superficiales y subterráneas, paisaje, etc.. Por todo ello,
esta alternativa quedaría desestimada.
Las alternativas A1 y A2 presentan comportamientos muy similares en la mayor parte de las
variables ambientales como es la estructura territorial, habitacional, recursos hídricos y
edafológicos, calidad atmosférica, patrimonio cultural, generación de residuos y accesibilidad
y movilidad, ya que ambas están estructuradas en los mismos parámetros estructurantes
marcados por la planificación vigente, en donde el número de viviendas y las superficies
destinada a los distintos usos son idénticos.
Sin embargo, considerando las variables ambientales de recursos naturales, las ordenaciones
propuestas presentan comportamientos diferenciales entre ambas. De tal manera que el
escenario más idóneo desde el punto de vista ambiental y de desarrollo sostenible es la
Alternativa 1, ya que la disposición de las zonas verdes entre los espacios incluidos dentro
del ZEC del Rio Guadalix y los usos residenciales permitirá la creación de una superficie de
transición entre ambos usos, que permite un mejor mantenimiento de los procesos ecológicos
y de la estructura paisajística.
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Documento Ambiental Estratégico 100
6.2. DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA
Las características y determinaciones de la ordenación propuesta para el PERI-1 de una
forma sintética es la siguiente:
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Documento Ambiental Estratégico 101
La Ordenación pormenorizada del ámbito de actuación se muestra en la imagen siguiente:
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Documento Ambiental Estratégico 102
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Documento Ambiental Estratégico 103
El desarrollo del PERI-1 implica la aprobación definitiva del mismo por parte del Ayuntamiento
de San Agustín de Guadalix una vez se obtenga, en cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre de evaluación ambiental, el informe Ambiental Estratégico, de la Subdirección
General de Evaluación Ambiental Estratégica, perteneciente a la Dirección General del Medio
Ambiente.
El procedimiento de aprobación de los Planes Parciales y Especiales viene recogido en el
artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. El apartado
1 de dicho artículo recoge lo siguiente:
“1. El procedimiento de aprobación de los Planes Parciales y Especiales se ajustará a
las reglas dispuestas en el artículo 57 de la presente Ley [Procedimiento de aprobación
de los Planes Generales], con las especialidades que diferenciadamente se señalan en
este artículo”.
Una vez aprobado definitivamente el PERI-1 se puede iniciar el proceso de ejecución del
planeamiento de conformidad con lo prescrito en el apartado 1 del artículo 78. Ordenación
pormenorizada de la citada Ley 9/2001.
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Documento Ambiental Estratégico 104
7. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES
7.1. CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS
Para la valoración de los posibles efectos ambientales derivados de la ejecución de la
planificación propuesta, se realiza un análisis comparativo entre la probable evolución de los
elementos del medio en el caso de mantenerse las determinaciones previstas por el
planeamiento vigente y la evolución de los mismos en el caso de que se ejecute finalmente la
planificación en cuestión.
En la medida de lo posible se han identificado indicadores que recojan parámetros del sistema
de Indicadores ambientales de la Comunidad de Madrid y se ha dado un valor (o rango) de
referencia tomado bien de la normativa cuando existe alguna regulación, bien de estudios de
evaluación ambiental equivalentes. Se presentan a continuación, de manera sintética los
indicadores operativos considerados en la evaluación estratégica como indicadores de
evaluación.
Atmósfera y energía.
i. Calidad del aire. Incremento de la emisión de contaminantes en el municipio por el
desarrollo del Plan. Valor de referencia: Por contaminantes PM10, SO2, NO2, O3 y CO.
ii. Emisiones de gases de efecto invernadero per cápita en los nuevos desarrollos. Valor
máximo: 8.1 t GEI/habitante. (Fuente: valor de referencia de emisiones de CO2eq per
cápita permitidas por el protocolo de Kioto para España (AT-01 Emisiones de Gases
de Efecto Invernadero).
iii. Incremento de los niveles acústicos con respecto a los existentes antes del desarrollo
de la planificación. Recomendación: no deben superarse los niveles establecidos por
la legislación para el tipo de usos previsto.
iv. Compatibilidad de los usos propuestos con el confort sonoro exigible.
Recursos edáficos.
v. Superficie de suelo urbanizable por tipo de calidad agrológica. (Fuente: elaboración
propia, en línea de los principios establecidos en el libro verde de medio ambiente
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Documento Ambiental Estratégico 105
urbano). Recomendación conservar el 100% del desarrollo en los suelos de calidad
del municipio, en particular, se deben preservar para la actividad agraria las tierras de
clase agrológica de tipo 2 y la subclase agrológica de tipo 3e, según el mapa de
capacidad agrológica de las tierras de la Comunidad de Madrid.
vi. Presencia de suelos contaminados. Los valores de referencia serán los índices
estandarizados por la normativa sectorial.
Recurso hídrico.
vii. Superficie de dominio público hidráulico afectado. Exigencia 0 ha. Respeto del Dominio
Público Hidráulico, de no planificar usos consuntivos (que ocupen el espacio de forma
permanente) en el área de servidumbre (5 metros). (Fuente: elaboración propia a partir
del Reglamento del Dominio Público Hidráulico).
viii. Índice de permeabilidad. Recomendación: superior al 70% (% de la cuenca
impermeabilizada por el desarrollo de la modificación inferior al 30%). (Fuente:
adaptado de la Agencia de Ecología Urbana de Barcelona).
Recursos naturales y biodiversidad.
ix. Superficie de vegetación natural afectada por el proceso urbanizador. Porcentaje de
comunidades vegetales naturales con respecto a la superficie total afectada por la
planificación.
x. Presencia de especies protegidas según la legislación sectorial vigente en el ámbito
de estudio.
xi. Superficie de áreas naturales protegidas afectadas respecto de la superficie total
protegida por figura de protección. Recomendable 0%. En función del tipo de espacio
y de la existencia o no de normas de gestión, pueden existir exigencias o impedimentos
legales. (Fuente: elaboración propia a partir del Libro Verde de Medio Ambiente
Urbano).
Recurso habitacional. Morfología urbana e intensidad de uso del suelo.
xii. Superficie áreas verdes/habitante. Mínimo 10 m2 por habitante. Recomendables 20.
(Fuentes: Organización Mundial de la Salud y Agencia de Ecología Urbana de
Barcelona).
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Documento Ambiental Estratégico 106
xiii. Densidad edificatoria: nº viviendas por hectárea. Mínimo 45. Recomendables 60.
Máximo 70. (Fuente: Agencia de Ecología Urbana de Barcelona y Libro Verde del
Medio Ambiente Urbano).
Patrimonio.
xiv. % Superficie de vías pecuarias ocupadas/ Superficie de vías pecuarias total. Exigible
por ley 0%. (Fuente: elaboración propia a partir del artículo 43 de la Ley 8/1998, de
vías pecuarias de la Comunidad de Madrid).
xv. Superficie de suelo urbanizable por nivel de protección arqueológica. (Fuente:
elaboración propia, en línea de los principios establecidos en la Ley 10/1998, de 9 julio
1998, del Patrimonio Histórico). Recomendación 0% del desarrollo en terrenos con
algún tipo de protección.
Movilidad.
xvi. Incremento del tráfico en el municipio como consecuencia del Plan.
Residuos.
xvii. Volumen de residuos generados por la planificación en relación al volumen generado
por el municipio. Recomendación: Proporción asumible por los sistemas de gestión
existentes.
Por último, cada uno de los principales efectos ambientales se valorarán de acuerdo a los
criterios para determinar la posible significación de las repercusiones sobre el medio ambiente
recogidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como la Ley
2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. Estos criterios han sido los
siguientes:
SIGNO (SI ) MAGNITUD (M)
TEMPORALIDAD (T) ACUMULACIÓN (A)
SINERGIA (S) EXTENSIÓN (EX)
PONDERACIÓN (P) REVERSIBILIDAD (R)
RECUPERABILIDAD – MEDIDAS CORRECTORAS (MC) TIPO DE IMPACTO (TI)
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Documento Ambiental Estratégico 107
➢ SIGNO (SI). Este criterio se refiere al carácter, beneficioso o perjudicial, de la acción
generadora de impacto.
SI = 0 (sin impacto).
SI = +1,0 (impacto positivo o beneficioso).
SI = -1,0 (impacto negativo o perjudicial).
➢ MAGNITUD (M). Este valor se refiere al alcance o intensidad que una acción puede
tener sobre un factor del medio. Su escala de valoración es la siguiente:
M = 1,0 (afección baja).
M = 3,0 (afección media).
M = 5,0 (afección alta).
➢ TEMPORALIDAD (T). Hace referencia a la manifestación temporal del impacto. De
esta manera, se distinguen:
T = 0,5 (impacto ocasional, no periódico).
T = 1,0 (impacto frecuente, periódico o no).
T = 2,0 (impacto permanente).
➢ ACUMULACIÓN (A). Este valor se refiere al incremento progresivo de la gravedad de
un impacto.
A = 1,0 (no acumulativo).
A = 2,0 (sí acumulativo).
➢ SINERGIA (SN). Se refiere a la afección producida por la presencia simultánea de
varios impactos, cuyo efecto sinérgico es mayor que la suma de cada impacto
individual. Se entiende también como aquel impacto individual cuya presencia implica
el incremento no linear de otros impactos.
SN = 1,0 (no sinérgico).
SN = 2,0 (sí sinérgico).
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Documento Ambiental Estratégico 108
➢ EXTENSIÓN (E). Este valor es dependiente del alcance o área de influencia teórica
del impacto sobre los factores del medio considerados.
E = 1,0 (puntual).
E = 3,0 (medio o moderado).
E = 5,0 (extenso).
➢ PONDERACIÓN (P). Este es un criterio de valoración de la importancia relativa del
factor ambiental considerado, en su entorno territorial. Se refiere a la afección que se
produce sobre los sistemas ecológicos, cuando el elemento del medio considerado
recibe un impacto dado.
Este criterio o parámetro pretende efectuar una ponderación sobre la intensidad del
impacto que se produce sobre un factor ambiental. La calificación se incorpora tras la
fase de descripción y valoración del medio, que genera un valor fijo para cada elemento
del medio.
P = 1,0 (para factores prescindibles, o de importancia no especialmente
destacable, sin implicaciones relevantes en la dinámica local o regional).
P = 2,0 (para factores del medio calificados de alto valor, raros, singulares, con
elementos individuales o conjuntos amenazados, protegidos, etc.).
En el caso particular de este proyecto, se han considerado como factores del medio
ponderables: la calidad del aire, la calidad de las aguas, la superficie de Espacios
Naturales Protegidos (el Parque Regional y LIC), y todos los factores del medio
socioeconómico y cultural.
➢ REVERSIBILIDAD (R). Este valor se refiere a la posibilidad de retorno a la situación
inicial del factor afectado, una vez desaparezca la acción generadora del impacto.
R = 1,0 (sí reversible).
R = 2,0 (no reversible).
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Documento Ambiental Estratégico 109
➢ RECUPERABILIDAD-APLICABILIDAD DE MEDIDAS CORRECTORAS (MC). Este
criterio hace referencia a la posibilidad de regenerar, aminorar o corregir los efectos
de un impacto, mediante la aplicación de medidas correctoras. También considera la
intensidad o esfuerzo de dichas medidas correctoras.
MC = 0,25 (no necesita medidas correctoras o aplicación de medidas muy ligera).
MC = 0,5 (necesita medidas correctoras no intensivas).
MC = 0,75 (necesita medidas correctoras intensivas).
MC = 1,0 (no es recuperable).
La escala de valoración utilizada pretende aplicar un método basado en conceptos complejos
mediante un sistema sencillo de selección, facilitando la asignación de valores a cada acción
generadora de impacto. De esta manera se combinan criterios basados en la potencia de un
impacto (magnitud, temporalidad, acumulación) con aquellos que hacen referencia a las
relaciones entre factores ambientales (sinergia, ponderación) y con la potencialidad de
regeneración, natural o inducida de las condiciones originales. La fórmula utilizada para la
aplicación de estos criterios es la siguiente:
TI = SI [(M x T x A x SN) + (E x P)] x R x MC
Esta expresión varía entre 0 y ±100, y se han establecido las siguientes categorías o tipos de
impacto, utilizando parcialmente las denominaciones descritas en el Real Decreto de
Evaluación de Impacto Ambiental.
IMPACTOS POSITIVOS
RANGO IMPACTOS
NEGATIVOS
Reducido < 25 Compatibles
Moderado 25 y 50 Moderados
Notable 50 y 75 Severos
Alto > 75 Críticos
La expresión de tal valoración se ha concretado en la siguiente escala:
➢ IMPACTO COMPATIBLE: Aquel cuya recuperación es inmediata tras el cese de la
actividad y no precisa prácticas protectoras o correctoras.
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Documento Ambiental Estratégico 110
➢ IMPACTO MODERADO: Aquel cuya recuperación precisa prácticas protectoras o
correctoras y en el que la consecución de las condiciones ambientales iniciales
requiere algo de tiempo.
➢ IMPACTO SEVERO: Aquel en el que la recuperación de las condiciones del medio
exige la adecuación de medidas protectoras o correctoras, y en el que tras el
establecimiento de estas medidas, la recuperación precisa un cierto período de tiempo.
➢ IMPACTO CRÍTICO: Aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable. Con él se
produce una pérdida permanente de la calidad de las condiciones ambientales, sin
posible recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras o correctoras.
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Documento Ambiental Estratégico 111
7.2. ATMÓSFERA
Calidad del aire
La incidencia del Plan Especial sobre la contaminación atmosférica está relacionada con el
aumento de la circulación de tráfico en la zona como consecuencia de ser los usos
residenciales un foco de atracción de viajes. Además este establecimiento de usos
residenciales, comerciales y oficinas supondrá adicionalmente un incremento de emisiones
por fuentes fijas como consecuencia de sistema de calefacción y aire acondicionado que
dispongan las nuevas edificaciones.
La valoración de este efecto se realiza en base a los indicadores descritos en el apartado
anterior:
i. Calidad del aire. Incremento de la emisión de contaminantes en el municipio por el
desarrollo del Plan. Valor de referencia: Por contaminantes PM10, SO2, NO2, O3 y CO.
Por consiguiente, se considera que la afección a la calidad del aire por el incremento
de contaminantes atmosféricos como consecuencia del desarrollo del Plan Especial
es de signo negativo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0),
no sinérgico (1,0), de extensión media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible
(2,0) y con la posibilidad de aplicar medidas correctoras intensivas (0,75). La
valoración total de la afección es COMPATIBLE (-18,0). Por otro lado, no es previsible
que el presenta Plan Especial presente incrementos sustanciales de gases
contaminantes tanto en término absolutos ni a nivel de la estrategia municipal.
Cambio climático
Con respecto al cambio climático el Plan Especial incidirá incrementando la emisión de gases
de efecto invernadero, aunque como ya se ha comentado anteriormente, esta incidencia será
poco significativa en cualquiera de los escenarios analizados por la Agencia Estatal de
Meteorología.
Para la valoración del efecto se han considerado el siguiente indicador:
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Documento Ambiental Estratégico 112
ii. Emisiones de gases de efecto invernadero per cápita en los nuevos desarrollos. Valor
máximo: 8,1 t GEI/habitante. (Fuente: valor de referencia de emisiones de CO2eq per
cápita permitidas por el protocolo de Kioto para España (AT-01 Emisiones de Gases
de Efecto Invernadero).
La incidencia en el cambio climático de la planificación propuesta, “en particular una
evaluación adecuada de la huella de carbono asociada” a la misma, se ha realizado
en base a lo anteriormente expresado en el apartado 7.2 Cambio Climático / Calidad
del aire; en el cual se determinaba que las emisiones de CO2 en la Comunidad de
Madrid procedentes del suelo urbano eran estimadas en unas 31.000 kt CO2.
Teniendo en cuenta que el suelo urbano de la Comunidad de Madrid, en el año 2013,
totalizaba una superficie de 81.328 ha, esto supone que las emisiones de CO2
asociadas a la unidad de superficie se estimarían en 0,38 kt CO2/ha.
Dado que el ámbito de actuación de la planificación propuesta ocupa cerca de 5 ha,
su huella de carbono asociada de kt CO2, obtenida de manera prospectiva, seria de
unas 2 kt CO2, que en relación al total producido por el suelo urbano en el conjunto de
la Comunidad de Madrid resultaría una afección NO SIGNIFICATIVA.
No obstante, también cabe señalar que el efecto sobre el clima es la suma de muchas
pequeñas afecciones por lo que, en cualquier caso, siempre será necesario diseñar
medidas de mitigación del cambio climático así como de adaptación a sus efectos.
Contaminación acústica
Como se observa en el Estudio de Ruido (Anexo I) en las modelizaciones a techo de la
modificación se observa que en el periodo diurno, tarde y nocturno a pesar de haber alguna
variación está no es sustancial con respecto a los mapas de isófonas en la actualidad, lo que
implica que la alteración del medio ambiente acústico del ámbito es compatible.
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Documento Ambiental Estratégico 113
Mapa de isófonas en el ámbito en periodo diurno. Mapa de isófonas en el ámbito en periodo tarde.
Mapa de isófonas en el ámbito en periodo nocturno.
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Documento Ambiental Estratégico 114
Analizados los mapas de isófonas a techo de planeamiento en los periodos de día, tarde y
noche, se obtuvieron las siguientes conclusiones:
1. La parcelas M1 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial Libre
Multifamiliar) presenta niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad
acústica establecidos para el área acústica de tipo a. Por tanto, la parcela cumple los
objetivos de calidad acústica.
2. Las parcelas T1 y T2 (clasificadas urbanísticamente como de uso Terciario) presentan
niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad acústica establecidos para
el área acústica de tipo d. Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad
acústica.
3. Las parcelas PM1 y PM2 (clasificada urbanísticamente como Espacios de Protección
Ambiental ZEC Río Guadalix) carecen de objetivos de calidad acústica legislados. Por
tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica.
4. La parcela R1 (clasificada urbanísticamente como de uso Espacio Libre Protección de
Viario) y PM4 (clasificada urbanísticamente como de uso Espacio de Protección
Ambiental Zona de Transición Acústica) han sido calificadas como zona de transición.
Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica.
5. Las parcelas C1 y C2 (clasificadas urbanísticamente como Infraestructuras Centro de
Transformación) presentan en su límite perimetral niveles de ruido inferiores a los
objetivos de calidad acústica aplicables a las áreas acústicas colindantes con ellas.
Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica legislados.
6. Las parcelas M2 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial VPO
Multifamiliar), M3 (clasificadas urbanísticamente como de uso Residencial Libre
Multifamiliar), U1 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial Unifamiliar),
V1 (clasificada urbanísticamente como Zona Verde General) y L1 (clasificadas
urbanísticamente como Zona Verde Red Local) presentan en parte de su superficie
niveles de ruido superiores a los anteriormente objetivos de calidad acústica
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 115
establecidos para el área acústica de tipo a. Por tanto, estas parcelas requieren de la
adopción de medidas correctoras para ser viables desde el punto de vista acústico.
7. La parcela C3 (clasificada urbanísticamente como como Infraestructuras Centro de
Transformación) y las parcelas clasificadas urbanísticamente como Viario y
Aparcamientos presentan en su límite perimetral niveles de ruido superiores a los
objetivos de calidad acústica aplicables a las áreas acústicas colindantes con ellas.
Por tanto, estas parcelas requieren de la adopción de medidas correctoras para ser
viables desde el punto de vista acústico.
Para que los niveles sonoros no sobrepasen los objetivos de calidad acústica establecidos en
el R.D. 1367/2007 y salvaguardar el confort sonoro, se recomienda la instalación de una
pantalla acústica en el límite de la parcela con la autovía A-1. La pantalla tendrá será
fonoabsorbente por el lado de la vía pública y tendrá, al menos, un espesor de 40 cm y una
altura de 4,0 m. Con esta medida correctora, los mapas de isófonas en los distintos periodos
considerados presentan las siguientes conclusiones:
Mapa de ubicación de la pantalla fonoabsorbente. Mapa de isófonas en el ámbito en periodo diurno.
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Documento Ambiental Estratégico 116
Mapa de isófonas en el ámbito en periodo tarde. Mapa de isófonas en el ámbito en periodo noche.
1. La parcelas M1 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial Libre
Multifamiliar) presenta niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad
acústica establecidos para el área acústica de tipo a. Por tanto, la parcela cumple los
objetivos de calidad acústica.
2. Las parcelas T1 y T2 (clasificadas urbanísticamente como de uso Terciario) presentan
niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad acústica establecidos para
el área acústica de tipo d. Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad
acústica.
3. Las parcelas PM1 y PM2 (clasificada urbanísticamente como Espacios de Protección
Ambiental ZEC Río Guadalix) carecen de objetivos de calidad acústica legislados. Por
tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica. Se aprecia que los
niveles de ruido de estas parcelas disminuyen sensiblemente una vez adoptadas las
medidas correctoras propuestas en relación a los niveles de ruido existentes en la
situación actual.
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Documento Ambiental Estratégico 117
Por tanto, las medidas correctoras propuestas redundan en una mejora del medio
ambiente sonoro, en relación a la situación actual, en los terrenos de la ZEC
localizados dentro del ámbito de actuación.
4. Las parcelas R1 (clasificada urbanísticamente como de uso Espacio Libre Protección
de Viario) y PM4 (clasificada urbanísticamente como de uso Espacio de Protección
Ambiental Zona de Transición Acústica) han sido calificadas como zona de transición.
Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica.
5. Las parcelas C1 y C2 (clasificadas urbanísticamente como Infraestructuras Centro de
Transformación) presentan en su límite perimetral niveles de ruido inferiores a los
objetivos de calidad acústica aplicables a las áreas acústicas colindantes con ellas.
Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica legislados.
6. La parcela M2 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial VPO
Multifamiliar), M3 (clasificadas urbanísticamente como de uso Residencial Libre
Multifamiliar), U1 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial Unifamiliar),
V1 (clasificada urbanísticamente como Zona Verde General) y L1 (clasificadas
urbanísticamente como Zona Verde Red Local) presentan, una vez adoptadas
medidas correctoras, niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad
acústica establecidos para el área acústica de tipo a . Por tanto, estas parcelas son
viables desde el punto de vista acústico una vez adoptadas las medidas correctoras
propuestas.
7. La parcela C3 (clasificadas urbanísticamente como Infraestructuras Centro de
Transformación) y las parcelas clasificadas urbanísticamente como Viario y
Aparcamientos, una vez adoptadas medidas correctoras, presentan en su límite
perimetral niveles de ruido inferiores a los objetivos de calidad acústica aplicables a
las áreas acústicas colindantes con ellas. Por tanto, estas parcelas son viables desde
el punto de vista acústico una vez adoptadas las medidas correctoras propuestas
Para la valoración del efecto se han considerado los siguientes indicadores:
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Documento Ambiental Estratégico 118
iii. Incremento de los niveles acústicos en el ámbito de estudio con respecto a los
existentes antes del desarrollo urbanístico propuesto. Recomendación: no deben
superarse los niveles establecidos por la legislación para el tipo de usos previsto.
La situación acústica prevista sobre los terrenos del PERI-1 en el escenario
postoperacional presenta incumplimientos en algunas de las parcelas destinadas
urbanísticas a uso residencial, por lo que se propone como medida correctora una
pantalla fonoabsorbente para que todas las parcelas del PERI-1 cumplan con todos
ellos los objetivos de calidad determinados por el R.D. 1367/2007. Cabe destacar que
las zonas que están incluidas dentro del ZEC del Rio Guadalix mejorarán su medio
ambiente sonoro de forma apreciable. La afección se considera de signo negativo, de
magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), sinérgico (2,0), de
extensión baja (1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con la posibilidad
de aplicar medidas correctoras intensivas (0,75). La valoración total de la afección es
COMPATIBLE (-21,0).
iv. Compatibilidad de los usos propuestos con el confort sonoro exigible.
A techo del planeamiento los usos previstos son compatibles con las áreas de
sensibilidad acústicas mediante la incorporación de pantallas fonoabsorbentes en el
límite con la autovía A-1 por lo que la valoración se considera de signo negativo,
magnitud baja (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de
extensión baja (1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con la posibilidad
de aplicar medidas correctoras intensivas (0,75). La valoración total es COMPATIBLE
(-12,0).
Ambiente electromagnético
Por los terrenos objeto de la planificación discurre una línea de media tensión a unos 25 m en
paralelo al trazado de la autovía A-1 en su límite más oriental. Para el cumplimiento del artículo
2 del Decreto 131/1997 de la Comunidad de Madrid, por el que se fijan los requisitos que han
de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, se
establece: “las líneas eléctricas aéreas de alta y baja tensión preexistentes dentro del
perímetro de toda nueva actuación urbanística y en sus inmediaciones, se pasen a
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 119
subterráneas o se modifique su trazado, siempre que la modificación pueda hacerse a través
de un pasillo eléctrico existente o que se defina en ese momento por la Administración
competente”.
En consecuencia, la valoración del medio ambiente electromagnético a techo de planeamiento
con respecto a la situación actual se considera de signo positivo, magnitud baja (1,0),
permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión baja (1,0), de
ponderación alta (2,0) y no reversible (2,0). La valoración total es REDUCIDO (+8,0).
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Documento Ambiental Estratégico 120
7.3. CALIDAD DEL SUELO
Como se ha comentado en la caracterización de la situación del medio ambiente los terrenos
del Plan previsto presentaron en su zona más meridional un uso productivo (fabricación de
piezas de automóvil) que comenzó en la década de los 70 hasta que fue clausurado en los
primeros años del siglo XXI, por lo que la calidad edáfica y agrológica que pudieran tener
primigeniamente estos suelos han evolucionado a unos suelos con una fuerte antropización.
La valoración de efectos de la planificación urbanística propuesta se realiza en base a los
siguientes indicadores:
v. Superficie de suelo urbanizable por tipo de calidad agrológica. (Fuente: elaboración
propia, en línea de los principios establecidos en el Libro Verde de Medio Ambiente
Urbano). Recomendación conservar el 100% del desarrollo en los suelos de calidad
del municipio, en particular, se deben preservar para la actividad agraria las tierras de
clase agrológica de tipo 2 y la subclase agrológica de tipo 3e, según el mapa de
capacidad agrológica de las tierras de la Comunidad de Madrid.
La implantación de los desarrollos que se proponen no supondrá la pérdida de suelos
agrológicamente valiosos, ya que se corresponden con suelos antropizados en un
recinto urbano sin un valor edáfico específico. Por ello la valoración de este indicador
se considera negativo, de magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0),
no sinérgico (1,0), de extensión baja (1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible
(2,0) y sin posibilidad de medida correctoras (1,0). La valoración total es COMPATIBLE
(-8,0).
vi. Presencia de suelos contaminados. Los valores de referencia serán los índices
estandarizados por la normativa sectorial.
Como se ha observado en el análisis histórico (ver Anexo II. Caracterización inicial de
suelos. Fase I) se ha realizado actividades incluidas dentro de las “actividades
potencialmente contaminantes” del Anexo I del Real Decreto 9/2005, ya que en la zona
meridional del ámbito se desarrolló hasta los primeros años del siglo XXI la fabricación
de piezas para automóviles. Por otro lado, los usos residenciales y terciarios que se
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 121
prevén en el Plan no serán generadores de este tipo de sustancias con potencialidad
de afectar a las características ambientales del suelo y de las aguas subterráneas. Por
ello la valoración de esta afección se considera de signo negativo, de magnitud media
(3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión media
(3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con la posibilidad de aplicar
medidas correctoras intensivas (0,75). La valoración total de la afección es
COMPATIBLE (-18,0).
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Documento Ambiental Estratégico 122
7.4. HIDROLOGÍA Y LA CALIDAD DE LAS AGUAS
La presencia del rio Guadalix y del arroyo del Caño en las proximidades del ámbito supone
un riesgo de inundación en los distintos usos previstos en caso de avenidas, sin embargo,
considerando los distintos periodos de retorno, no se prevé que los usos residenciales o
terciarios puedan verse afectado por este fenómeno en el periodo de retorno excepcional
(T500) tal y como se ha modelizado en el Anexo III.
Zonas de inundación de la zona de estudio a techo de planeamiento. Fte. Elaboración propia.
Este impacto se considera negativo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), acumulativo
(2,0), no sinérgico (1,0), de extensión media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible
(2,0) y con posibilidad de medidas correctoras no intensivas (0,50). La valoración total es
COMPATIBLE (-18,0).
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 123
Los usos residenciales y terciarios
propuestos por el actual Plan Parcial
supondrán una demanda de abastecimiento
de agua potable calculadas en un caudal
medio de 4,17 l/sg, con caudales punta de
11,55 l/sg y un caudal medio diario de
360,11 m3/día.
La red de distribución propuesta discurrirá
por viarios conectando con la red existente
que discurre por la Avenida de Madrid.
El proyecto de red de distribución de agua
potable definitivo cumplirá las Normas para
el Abastecimiento de Agua del Canal de
Isabel II y se remitirá a la División de
Conformidad Técnica del Canal de Isabel II
para su aprobación.
Por lo que el impacto que supone la demanda de agua potable por el desarrollo previsto se
considera negativo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no
sinérgico (1,0), de extensión media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con
posibilidad de medidas correctoras no intensivas (0,50). La valoración total es COMPATIBLE
(-21,0).
La red de saneamiento proyectada es de carácter separativo (pluviales y residuales). Las
redes proyectadas serán las siguientes:
➢ Con respecto el desarrollo de la red de saneamiento de aguas residuales del ámbito
cumplirá las determinaciones del planeamiento urbanístico vigente, disposiciones
municipales y las normas técnicas que respecto al saneamiento tenga el organismo
gestor de la red. Las actuaciones necesarias en la red de saneamiento deberán ser
aprobadas por los servicios técnicos del Canal de Isabel II Gestión.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 124
Los ramales proyectados se conectan a la red de saneamiento existente en la Avenida
de Madrid al sur del ámbito, garantizando el funcionamiento por gravedad de los
mismos, evitando la necesidad de bombeos. Tal y como queda reflejado en el plano
de la red de saneamiento de aguas fecales.
Plano de sanemiento de aguas fecales proyectada por el Plan Parcial
Plano de sanemiento de aguas pluviales proyectada por el Plan Parcial
La red de saneamiento estará dimensionada según los cálculos realizados en el Anexo
IV, en los cuales el caudal medio diario será de 310,57m3/día, caudal medio de 3,59
l/sg y caudal punta de 8,78 l/sg.
El saneamiento municipal verterá las aguas residuales a depuradora de San Agustín
de Guadalix que se localiza en la zona más meridional de municipio en las márgenes
del rio Guadalix.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 125
➢ Con respecto con respecto a la red de aguas pluviales verterá directamente al rio
Guadalix, al otro lado de la Autovía A-1.
Considerando el sistema de saneamiento propuesto y el incremento de caudal que producirá
el régimen hidrológico-hidraúlico aguas abajo del ámbito, el impacto se considera negativo,
de magnitud media (3,0), permanente (2,0), acumulativo (2,0), no sinérgico (1,0), de extensión
media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas
correctoras no intensivas (0,50). La valoración total es COMPATIBLE (-18,0).
Por otro lado, la afección a la calidad de las aguas como consecuencia de las aguas
recepcionadas por el sistema de saneamiento propuesto será de signo negativo, magnitud
media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión baja
(1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas correctoras
no intensivas (0,75). La valoración total es COMPATIBLE (-12,0).
La valoración de tales afecciones se ha realizado en base a los siguientes indicadores:
vii. Superficie de dominio público hidráulico afectado. Exigencia 0 ha. Respeto del Dominio
Público Hidráulico, de no planificar usos consuntivos (que ocupen el espacio de forma
permanente) en el área de servidumbre (5 metros). (Fuente: elaboración propia a partir
del artículo 9 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico).
El planeamiento propuesto no presenta ninguna afección al DPH de ninguno de los
cauces que discurren en las proximidades del ámbito ni presenta ningún tipo de usos
consuntivos. Con respecto a los vertidos de las aguas residuales y pluviales presenta
una red separativa, con los adecuados sistemas de tratamiento previos a vertido a
cauce público. La afección se puede considerar de signo negativo, magnitud media
(3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión baja
(1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas
correctoras no intensivas (0,50). La valoración total es COMPATIBLE (-8,0).
viii. Índice de permeabilidad. Recomendación: superior al 70% (% de la cuenca
impermeabilizada por el desarrollo del Plan). (Fuente: adaptado de la Agencia de
Ecología Urbana de Barcelona).
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Documento Ambiental Estratégico 126
Por otro lado, la variación del índice de permeabilidad prácticamente no varía con
respecto al actual, dado que la superficie objeto de la planificación propuesta es muy
reducida con respecto al total de la cuenca a la que pertenece. No obstante se
considera que la afección es negativa, magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no
acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión baja (1,0), de ponderación alta (2,0),
no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas correctoras no intensivas (0,50). La
valoración total es COMPATIBLE (-4,0).
Por otro lado, la generación de aguas residuales puede alterar la calidad de las aguas
subterráneas por percolación, sin embargo la presencia de una red de saneamiento supone
que esta afección quede muy mitigada. Por ello, la afección a las aguas subterráneas se
considera negativa, de magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), sinérgico
(2,0), puntual (1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas
correctoras intensivas (0,75). La valoración total es COMPATIBLE (-6,0).
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Documento Ambiental Estratégico 127
7.5. VEGETACIÓN Y FAUNA
Como se comentó en la caracterización ambiental la vegetación existente en los terrenos en
estudio presentan una cobertura herbácea en las etapas de sustitución más degradadas en
la que aparecen de forma dispersa y en hilera de ejemplares arbóreos de tipo ornamental, con
pocos ejemplares arbustivos.
Con respecto a las comunidades faunísticas existentes en una zona urbana con vías de
comunicación de gran capacidad en su límite más oriental (autovía A-1) se encuentran
adaptadas a la actividad humana y con un fuerte carácter ubiquista, en el que las diferentes
especies carecen de cualquier valor desde el punto de vista de la conservación, ya que no
existe ninguna especie singular que presente algún tipo de protección especial. No obstante,
tanto al norte como al sur de los terrenos en estudio se localiza una comunidad vegetal unida
a los cauces de los cauces, por lo que en la ordenación pormenorizada del ámbito se ha
dispuesto de un espacio verde que sirva como un área tampón de los usos residenciales con
respecto a estas comunidades vegetales.
Por tanto, las afecciones que se esperan sobre la vegetación o la fauna como consecuencia
de la ejecución del Plan Especial propuesto serán de una magnitud poco significativa.
La valoración de estas afecciones a la vegetación y fauna se ha realizado en base a los
siguientes indicadores:
ix. Superficie de vegetación natural afectada por el proceso urbanizador. Porcentaje de
comunidades vegetales naturales con respecto a la superficie total afectada por la
planificación.
Como se ha comentado con anterioridad, el proceso de implantación de los nuevos
usos residenciales y terciarios se localiza sobre un entorno urbano. En este sentido,
la superficie de afección a comunidades vegetales naturales es poco extensa, ya que
en el interior del ámbito las especies vegetales existentes no tienen un valor ambiental
específico, al tratarse de especies arbóreas ornamentales. No obstante, la proximidad
de formaciones vegetales en los cauces situados al norte (rio Guadalix) y sur (arroyo
del Caño) que presentan un mayor valor ecológico, y considerando los espacios
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 128
verdes que separan los usos previstos de estas, se considera que la afección es
negativa, de magnitud alta (5,0), permanente (2,0), no acumulativo ni sinérgico (1,0,
respectivamente), extensión puntual (1,) la ponderación del elemento del medio es alto
(2,0), no reversible (2,0), no recuperable (1,0). La valoración de la afección a la
vegetación es COMPATIBLE (-24).
x. Presencia de especies protegidas tanto de flora y fauna según la legislación sectorial
vigente en el ámbito de estudio.
Al situarse el ámbito objeto Plan Especial en un área urbana desde hace décadas,
enmarcada entre dos vías de comunicación, hace prever que la existencia de especies
vegetales o faunísticas con algún grado de amenaza se considera improbable o nula.
No obstante, al estar próximo a un espacio natural al norte del ámbito la valoración se
considera que la afección es negativa, de magnitud alta (5,0), permanente (2,0), no
acumulativo ni sinérgico (1,0, respectivamente), extensión puntual (1,) la ponderación
del elemento del medio es alto (2,0), no reversible (2,0), no recuperable (1,0). La
valoración de la afección a la vegetación es COMPATIBLE (-24).
xi. Superficie de áreas naturales protegidas afectadas respecto de la superficie total
protegida por figura de protección. Recomendable 0%. En función del tipo de espacio
y de la existencia o no de normas de gestión, pueden existir exigencias o impedimentos
legales. (Fuente: elaboración propia a partir del Libro Verde de Medio Ambiente
Urbano).
Como se ha comentado anteriormente el PERI-1 se encuentra dentro del espacio
incluido dentro de la Red Natura como ZEC del rio Guadalix. Esta área concreta se
encuentra con un alto grado de antropización al localizar entre dos infraestructuras de
drenaje transversal de las vías de comunicación (avenida de Madrid, al norte, y
Autovía A-1, al sur), por lo que los valores ambientales por lo que ha sido protegido se
encuentran muy mermados (ver Anexo V. Afecciones a la red natura), A pesar de estas
consideraciones el planeamiento propuesto ha establecido como zonas verdes todas
las superficies colindantes con los terrenos incluidos dentro de la Zona de Especial
Conservación de tal forma que separa los usos residenciales previstos de este espacio
protegido, dando además posibilidad de establecimiento de especies faunísticas
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 129
típicas de estas formaciones vegetales. Con todas estas consideraciones el impacto
es negativo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo ni sinérgico
(1,0, respectivamente), extensión puntual (1,0), la ponderación del elemento del medio
es alto (2,0), no reversible (2,0), no recuperable (1,0). La valoración de la afección a
la vegetación es COMPATIBLE (-16).
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Documento Ambiental Estratégico 130
7.6. ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS
En general se puede afirmar que la actividad residencial y comercial en el interior de las
ciudades contribuye de forma notable a la atracción de la actividad social y económica en
torno a sí misma. Las actividades planteadas contribuirían, al estar combinadas con los usos
residenciales y terciarios, a dar un importante empuje a la “vida” de San Agustín de Guadalix,
dinamizándolo y favoreciendo su cohesión social y económica. Igualmente se incrementaría
la calidad de vida de los residentes al poderles ofrecer nuevos servicios comerciales y
dotacionales de proximidad que acortan las distancias.
Por otra parte, es muy probable que, al mismo tiempo, se frenara la crisis en la que el pequeño
comercio se ve sumergido, y que muchas veces se ve acompañado de un envejecimiento
poblacional y de un éxodo de población, al incrementarse la demanda de bienes y servicios
por parte de la nueva población residente.
En lo que se refiere a la posible incidencia sobre la estructura poblacional, se estima que el
incremento del parque de viviendas que se promueve, podría producir un cierto
rejuvenecimiento de la población de San Agustín de Guadalix, debido a que los nuevos
residentes serán de edades más jóvenes.
En cuanto a la influencia sobre el mercado de trabajo, parece poco discutible que el aumento
del número de residentes y la actividad económica llevaría asociado un incremento del
empleo. La cuantificación de este aumento depende de múltiples variables que no son
posibles determinar en este momento. No obstante, el incremento de la demanda de bienes,
consecuencia del aumento de la población residente, suele llevar asociada un buen nivel en
lo que a la generación de empleo se refiere.
En relación a los efectos positivos derivados de la ejecución e implantación de los nuevos
desarrollos cabe señalar que durante la fase de urbanización y edificación se crearán puestos
de trabajo, asociados al tiempo de ejecución de las obras de los futuros desarrollos. La
demanda de servicios durante la construcción de los desarrollos repercutirá de forma positiva
sobre la economía de las empresas suministradoras, y por consiguiente, sobre la
socioeconomía del área donde se encuentren asentadas. Por ello, la valoración de esta
afección es positiva, de magnitud baja (1,0), frecuente (1,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico
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Documento Ambiental Estratégico 131
(1,0), extensión media (3,0), elemento de ponderación alta (2,0) y reversible (1,0). La
valoración de la afección es REDUCIDA (+7).
Además, los nuevos desarrollos residenciales supondrán un importante beneficio al medio
social ya que se satisfarán las necesidades sociales actuales en relación a la demanda de
viviendas en el municipio.
Otro indicador empleado para valorar los efectos sobre la calidad de vida en el ámbito objeto
de transformación ha sido el siguiente:
xii. Superficie áreas verdes/habitante. Mínimo 10 m2 por habitante. Recomendables 20.
(Fuentes: Organización Mundial de la Salud y Agencia de Ecología Urbana de
Barcelona)
Considerando el censo de viviendas del año 2011 presenta una media de 2,85
miembros por hogar, por lo que la superficie de área verde del ámbito por residente
en el mismo presenta un índice de 22,05 m2/hab, mucho más elevado que el mínimo
recomendable por la fuente considerada. Por ello, consideramos que la afección es
de signo positivo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no
sinérgico (1,0), medio (3,0) elemento de ponderación alta (2,0) y no reversible (2,0).
La valoración de la afección es MODERADO (+36).
xiii. Densidad edificatoria: nº viviendas por hectárea. Mínimo 45. Recomendables 60.
Máximo 70. (Fuente: Agencia de Ecología Urbana de Barcelona y Libro Verde del
Medio Ambiente Urbano)
El Plan propuesto que se propone contempla en su globalidad una densidad de casi
45 viviendas por hectárea, situándose en el mínimo recomendado que la fuente del
indicador ha establecido. Por ello, consideramos que la afección es positiva, de
magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0),
extensión media (3,0), elemento de ponderación baja (1,0) y no reversible (2,0). La
valoración de la afección es REDUCIDO (+10).
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Documento Ambiental Estratégico 132
Para valorar las afecciones sobre el patrimonio cultural derivadas del planeamiento se ha
empleado los siguientes indicadores:
xiv. Porcentaje de superficie de vías pecuarias ocupadas/ Superficie de vías pecuarias
total. Exigible por ley 0%. (Fuente: elaboración propia a partir del artículo 43 de la Ley
8/1998, de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid).
Como se comentó en apartados anteriores, las vías pecuarias existentes en el ámbito
se encuentran fuera de ámbito siendo la Colada de la Huelgas del Rio Guadalix y la
Colada del Arroyo del Caño, situadas al norte y sur del mismo. Por otro lado, en la
cartografía de estos caminos históricos se puede observar que todo el ámbito se ubica
sobre el descansadero abrevadero de El Ardal, sin embargo, según sentencia judicial
se permite el desarrollo del presente Plan. Por todo ello, la valoración es negativa, de
magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no acumulativo ni sinérgico (1,0), puntual (1,0),
de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas correctoras
muy ligera (0,25). La valoración total es COMPATIBLE (-2,0).
xv. Superficie de suelo urbanizable por nivel de protección arqueológica. (Fuente:
elaboración propia, en línea de los principios establecidos en la Ley 10/1998, de 9 julio
1998, del Patrimonio Histórico).
Como se ha comentado en apartados anteriores, en el ámbito de estudio no se localiza
ninguno de los yacimientos arqueológicos o elementos patrimoniales incluidos dentro
del inventario municipal. El elemento patrimonial más cercano es el puente que
permite la Avenida de Madrid cruzar el rio Guadalix al norte del ámbito, no previéndose
actividad alguna en esta área para el desarrollo del Plan previsto, por lo que la afección
al patrimonio se puede considerar NO SIGNIFICATIVA.
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Documento Ambiental Estratégico 133
7.7. MOVILIDAD
El estudio del tráfico rodado tanto del viario interior del ámbito de actuación como en su
entorno exterior a techo de planeamiento ha sido realizado en el Anexo I Estudio Acústico. En
el mismo, se ha considerado la proyección del tráfico de paso por la red viaria del entorno del
ámbito de actuación (tráfico zonal), así como el tráfico generado por los nuevos desarrollos
previstos por el planeamiento. De tal forma que la suma de los dos constituye el tráfico
agregado, que la zona de estudio a techo de planeamiento será el siguiente:
Croquis del tráfico agregado.
IMD=5.018veh/día
IMD=5.448veh/día
IMD=5.221veh/día
IMD
=685
veh
/día
IMD=866veh/día
IMD=504 veh/día
IMD=490 veh/día
IMD=477 veh/día
IMD=471 veh/día
IMD=464 veh/día
IMD=429veh/día
IMD
=429
veh
/día
IMD=5.448 veh/día
IMD=39.051
veh/día
IMD=39.051
veh/día
IMD=5.448veh/día
IMD=5.448veh/día
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Documento Ambiental Estratégico 134
Considerando el indicador siguiente:
xvi. Incremento del tráfico en el municipio como consecuencia del Plan.
El incremento porcentual de la tasa de crecimiento del tráfico rodado en la zona
detectamos que el crecimiento será reducido y sin necesidad de reajustar de forma
significativa la red de transporte público existente en la zona, siendo valorado como de
signo negativo, magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no
sinérgico (1,0), de extensión media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0)
y necesita medidas correctoras no intensivas (0,5). La valoración total es
COMPATIBLE (-12,0).
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Documento Ambiental Estratégico 135
7.8. RESIDUOS
La implantación de la actividad residencial en el ámbito supondrá un aumento de la producción
de residuos sólidos urbanos, por lo que el Sistema de Gestión de Residuos municipal deberá
de incrementar las dotaciones de recogida y adaptar todo el sistema de gestión al nuevo
volumen generado por el desarrollo.
En este sentido, aunque los datos de los que dispone del planeamiento son de grandes
magnitudes, puede esperarse que el volumen de residuos generados en el año horizonte será
de en torno a 378,65 toneladas por año (considerando 2.85 hab/vivienda y una tasa de
generación de residuos de 1,82 kg / habitante / día. Por lo que el sistema de recogida municipal
y la planta de transferencia deben de adaptarse a la recogida de este nuevo volumen de
residuos.
Para valorar el efecto del Plan que se propone en relación con los residuos generados por los
nuevos desarrollos se ha empleado el siguiente indicador de evaluación:
xvii. Volumen de residuos generados por el Plan en relación al volumen generado por el
municipio. Recomendación: Proporción asumible por los sistemas e infraestructuras
de gestión existentes.
Teniendo en cuenta la relación existente entre el volumen de residuos generado por la
población total de la ciudad de San Agustín de Guadalix, y el que aportarían los
desarrollos urbanísticos propuestos, que supondría un incremento de entorno al 4%,
por lo que se entiende que el sistema de gestión de residuos de que dispone el
municipio es más que suficientemente capaz como para acoger los residuos
generados desde los desarrollos previstos. Por ello consideramos que la afección por
el incremento de residuos por el Plan propuesto es de signo negativo, de magnitud
media (3,0), permanente (2,0), acumulativo (2,0), sinérgico (2,0), extensión media (3,0)
elemento de ponderación alta (2,0), reversible (1,0) y con la posibilidad de medidas
correctoras intensivas (0,75). La valoración global es de COMPATIBLE (-22,5).
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Documento Ambiental Estratégico 136
7.9. VALORACIÓN GLOBAL
Una vez descritos individualmente los efectos ambientales por cada elemento del medio
considerado podemos determinar el grado de afección que pudiera producirse al medio
ambiente tanto en las acciones que alterarán la calidad del medio como de los recursos a
consumir para llevar a cabo el planeamiento previsto. En este sentido, la siguiente tabla refleja
el global de consumo de recursos:
RECURSO INDICADOR VALOR DE REFERENCIA INTENSIDAD D ELA
AFECCIÓN
ATMOSFERA
Incremento de gases contaminantes
Según legislación vigente COMPATIBLE
Emisiones de gases invernadero per cápita
8,1 t GEI/habitante NO SIGNIFICATIVO
MEDIO AMBIENTE SONORO
Incremento de niveles sonoros Según legislación vigente COMPATIBLE
Confort sonoro - COMPATIBLE
MEDIO AMBIENTE ELECTRO-MAGNÉTICO
Presencia de líneas eléctricas Según legislación vigente REDUCIDO
SUELOS
Variación en la calidad agrológica de los suelos
- COMPATIBLE
Presencia de contaminación Ausencia/presencia según decreto 9/2005
COMPATIBLE
HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
Afección de inundaciones de los usos residenciales o terciarios previstos por el Plan
Localización de los mimos en áreas de bajo riesgo de inundación
COMPATIBLE
Incremento en la demanda de agua potable como consecuencia de la implantación del Plan.
Comparativa entre usos previstos por Plan General y el Plan Parcial propuesto
COMPATIBLE
Incremento en los niveles de máxima avenida como consecuencia de la implantación del Plan.
Comparativa entre usos previstos por Plan General y el Plan Parcial propuesto
COMPATIBLE
Calidad de las aguas superficiales
Según legislación vigente de cada parámetro considerado
COMPATIBLE
Afección de Dominio Público Hidráulico
Ausencia/presencia de afección al DPH
COMPATIBLE
Índice de permeabilidad Más del 70 % de la cuenca impermeabilizada
COMPATIBLE
HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
Calidad de las aguas subterráneas
Según legislación vigente de cada parámetro considerado
COMPATIBLE
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Documento Ambiental Estratégico 137
RECURSO INDICADOR VALOR DE REFERENCIA INTENSIDAD D ELA
AFECCIÓN
VEGETACIÓN Y FAUNA
Superficie de vegetación natural afectada por el proceso urbanizador
- COMPATIBLE
VEGETACIÓN Y FAUNA
Especies protegidas Presencia/ausencia de especies protegidas
COMPATIBLE
ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
Superficie de áreas naturales protegidas afectadas
% de superficie con espacios naturales afectadas frente a superficie total
COMPATIBLE
SOCIOECONOMÍA
Demanda de empleos Nº de trabajos directos indirectos por la urbanización
REDUCIDO
Relación de superficie de zonas verdes por habitante.
Mínimo 10 m2 por habitante. Recomendables 20 m2.
MODERADO
Número de viviendas por hectárea
Mínimo 45. Recomendables 60. Máximo 70.
REDUCIDO
Porcentaje de afección vías pecuarias
0% COMPATIBLE
Superficie de suelo urbanizable por nivel de protección arqueológica
- COMPATIBLE
Incremento de tráfico - COMPATIBLE
Volumen de residuos % asumible por los sistemas de gestión
COMPATIBLE
Impactos negativos Impactos positivos Sin significación
En consecuencia, del análisis de las variables ambientales llevado a cabo en las páginas
precedentes, las cuales caracterizan el ámbito, se desprende que ninguna de ellas sufriría
afecciones significativas de carácter estratégico, en su función estructurante de la ordenación
urbana, y, en cualquier caso, estas serían compatibles con el cumplimiento de los objetivos
ambientales derivados del marco legislativo vigente y de la planificación concurrente.
De este modo hemos de concluir que, en los términos establecidos en este Documento
Ambiental Estratégico, el PERI-1 no tiene efectos significativos en el medio ambiente.
Finalmente, teniendo en cuenta las consideraciones anteriormente expuestas, a modo de
síntesis de la valoración global, se deben de resaltar las siguientes conclusiones:
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 138
• Puede que la particularidad más destacable del ámbito de actuación sea que se trata
de un área urbana con los suministros básicos situados en la Avenida de Madrid.
• Se considera que, en conjunto, el Plan Parcial del PERI-1 se orienta a la satisfacción
de las necesidades colectivas de carácter habitacional y social mediante la
configuración y organización espacial de las mismas en condiciones de desarrollo
sostenible, suponiendo un impulso para la estructuración local, perfectamente
compatible con la protección del medio ambiente en el entorno y el cumplimiento de
los principales objetivos ambientales establecidos por la legislación sectorial vigente.
• Abundando en lo arriba referido, cabría señalar que Plan Parcial tiene efectos
ambientales compatibles con la conservación de la calidad medioambiental de su
entorno y sus recursos naturales y, a la vez, supone una significativa contribución a la
satisfacción de las necesidades sociales dentro de una organización espacial en
condiciones de desarrollo sostenible.
• La propuesta del Plan Parcial del PERI-1 se redactó teniendo en cuenta la planificación
concurrente que le pudiera afectar.
Finalmente, se podría significar de nuevo que en actuaciones planificadas un ámbito sobre
espacios muy antropizados, con suelos urbanísticamente consolidados, y al mismo tiempo sin
programar actuaciones específicas con repercusiones ambientales relevantes, como la que
nos ocupa, no se producirían afecciones estratégicas significativas en el proceso de la
planificación de la ordenación y gestión territorial del espacio urbano desarrollado en un marco
de sostenibilidad.
No obstante, también conviene recordar que dadas las características generales de la zona
de actuación, particularmente de aquellas que soportan una mayor concentración de la
movilidad, el incremento del uso residencial y la implantación de nuevas actividades
residenciales pudiera dar lugar a situaciones puntuales que originen afecciones
medioambientales, especialmente sobre la calidad atmosférica, la concurrencia o la movilidad,
por lo que será necesario definir las medidas preventivas o correctoras que resulten
oportunas.
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 139
8. MEDIDAS PREVENTIVAS Y/O CORRECTORAS
El planeamiento urbanístico en esta fase de desarrollo en la que nos encontramos no define
en detalle las características constructivas de las actuaciones. No obstante, se ha considerado
apropiado establecer toda una serie de reflexiones, recomendaciones y determinaciones
ambientales con objeto de reducir o eliminar las previsibles afecciones negativas que se
pueden producir sobre el medio receptor como consecuencia de su desarrollo, si bien, su
grado de definición estará en consonancia con aquellas.
En este contexto, se detallan toda una serie de medidas prácticas aconsejables y
recomendaciones, en referencia a los distintos medios que puedan verse afectados por las
actuaciones previstas. Esta descripción recoge, a modo de síntesis, una convergencia con los
criterios de sostenibilidad social, ambiental y económico, tomando especialmente en
consideración el cambio climático. Respecto de este último, téngase en cuenta que aún siendo
una afección global requiere una respuesta local.
La mayor parte de las medidas preventivas y correctoras que actúan sobre las diferentes
variables ambientales, de alguna manera, tienen relación con la lucha contra el cambio
climático, si bien, lo hacen con diferente intensidad. Para realzar su importancia en esta
materia las hemos tipificado estudiando en primer lugar, de manera agrupada, aquellas que
tienen una influencia directa en la consecución de este objetivo, y a continuación abordar
aquellas otras que, si bien también contribuyen a esta lucha, su objetivo principal está dirigido
a la protección o corrección de la afección de otras variables ambientales.
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Documento Ambiental Estratégico 140
8.1. MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO
Si bien desde la perspectiva del cambio climático se han de considerar fundamentalmente las
emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), también es interesante incluir como aspectos
ambientales a estudiar los factores que determinan en mayor medida dichas emisiones, como
por ejemplo:
• Consumo de derivados del petróleo y otros combustibles fósiles.
• Eficiencia energética y consumo de energía eléctrica.
• Consumo y liberación de Gases de Efecto Invernadero.
La mitigación busca mejorar el balance entre emisiones de GEI e inmisiones de estos gases
a través de sumideros. Dado que dichas emisiones e inmisiones son en conjunto de carácter
continuo, en contraposición con gran parte de las acciones de adaptación, que buscan mejorar
la resiliencia frente a episodios puntuales, su gestión debe basarse en la aplicación de toda
una serie de consideraciones como las que a continuación se exponen.
Calidad del aire
Muchos gases responsables del cambio climático también son contaminantes atmosféricos
comunes que afectan a nuestra salud y al medio ambiente. De muchas maneras, la mejora
de la calidad del aire también puede impulsar los esfuerzos por mitigar el cambio climático y
viceversa, aunque no siempre. No obstante, en las evaluaciones realizadas desde 2007, el
Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático —el organismo
internacional creado para evaluar el cambio climático— prevé un descenso de la calidad el
aire en las ciudades en el futuro debido al cambio climático.
Dentro de este contexto, se recomienda que los procesos de planificación y diseño del
proyecto de construcción y urbanización y de la creación de nuevas instalaciones, tengan en
cuenta en sus análisis acciones del siguiente tipo:
Desarrollar medidas de planificación dirigidas a la disminución del tráfico rodado
mediante actuaciones que inciten al desplazamiento peatonal o ciclista y disuadan del
empleo del vehículo privado.
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Documento Ambiental Estratégico 141
Introducir diseños que permitan optimizar el aprovechamiento lumínico y energético
natural, fomenten el empleo de energías renovables y potencien la disminución del
consumo energético.
Recoger la obligación del empleo de purificadores en las salidas de chimeneas
industriales, instalaciones colectivas de calefacción y salidas de humos y vahos de
cocinas de colectividades, hoteles, restaurantes y cafeterías.
Someter a los procedimientos ambientales correspondientes los planes, proyectos y
actividades que así establezca la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental
de la Comunidad de Madrid, y a la legislación estatal en la materia, y así se hará
constar en las normas urbanísticas correspondientes.
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: CALIDAD DEL AIRE
La planificación urbanística debe tener en cuenta la aplicación de medidas para la disminución
del tráfico de automóviles, la optimización del aprovechamiento lumínico y energético natural,
el fomento del empleo de energías renovables y la disminución del consumo energético.
Por otra parte, los proyectos de actividades que así lo requieran recogerá el empleo preceptivo
de filtros purificadores de aire en las salidas de las chimeneas industriales, comerciales o
colectivas de calefacción, que permitan reducir las emisiones de contaminantes.
Condiciones climáticas de la edificación
El planteamiento y los criterios constructivos de las edificaciones son uno de los factores que
determinará las condiciones microclimáticas a las que se verán sometidos los nuevos usos
propuestos. Aun encontrándose dentro de una zona con un clima claramente definido, las
condiciones del entorno pueden influir de tal forma que las características ambientales
generadas a su alrededor sean sustancialmente diferentes, aconsejando un diseño
arquitectónico distinto.
Por esta razón, resulta necesario considerar los parámetros del clima general de la zona
(temperaturas, radiación solar, nivel pluviométrico), beneficiándose o protegiéndose de ellos
a través del diseño constructivo de las medidas de obra, para que los edificios puedan
aprovechar las ventajas climáticas de la zona.
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Documento Ambiental Estratégico 142
Además, se debe tener en cuenta que una buena planificación urbanística debería optimizar
la envolvente térmica para obtener la máxima calificación energética conforme a lo estipulado
en el Real Decreto 47/2007, del 19 de enero, regula el procedimiento básico para la
certificación energética de edificios de nueva construcción. Es este sentido, se sugiere la toma
en consideración de aspectos tales como:
Calibrar adecuadamente las necesidades de aislamiento de la fachada, de cubierta y
de la separación con zonas comunes, así como la carpintería exterior (doble o triple
acristalamiento, vidrios bajo emisivos y/o con control solar y/o filtros solares con
persianas, lamas o celosías, etc.).
Establecer una correcta elección de la fuente de luz y de los sistemas de iluminación
basados en tecnologías avanzadas; diseñar las instalaciones de climatización
incorporando equipos de alta eficiencia energética y disponiendo de sistemas de
control y regulación integrados; y finalmente, fomentar del empleo de las energías
renovables, fundamentalmente mediante la utilización de la energía solar activa de
baja temperatura para la producción de agua caliente sanitaria.
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: CONDICIONES MICROCLIMÁTICAS
La planificación urbanística asumirá los parámetros climáticos de la zona (asoleo, temperatura,
vientos dominantes), beneficiándose o protegiéndose de ellos a través del diseño,
fundamentalmente a través de los siguientes elementos:
• Priorizar los diseños que reduzcan las pérdidas energéticas de la superficie de piel
exterior.
• Establecer una correcta elección de la fuente de luz, los sistemas de iluminación y las
instalaciones en relación a su eficiencia energética.
• Fomentar del empleo de las energías renovables.
Contaminación lumínica
Las medidas dirigidas a evitar la contaminación lumínica están íntimamente ligadas a aquellas
otras medidas diseñadas para promover la eficiencia energética, por lo que también lo estarán
para mitigar los efectos del cambio climático.
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Documento Ambiental Estratégico 143
De este modo, con el objetivo de reducir los efectos de la luminosidad sobre la calidad de la
bóveda celeste y contribuir al ahorro energético, se sugiere que en el diseño de los elementos
de alumbrado utilizados se observen las recomendaciones establecidas en el “Modelo de
Ordenanza Municipal de alumbrado exterior para la protección del medio ambiente mediante
la mejora de la eficiencia energética”, por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la
Energía, y en la “Guía para la Redacción del Resplandor Luminoso Nocturno” del Comité
Español de Iluminación. Asimismo, se recomienda tener en cuenta las consideraciones de la
Comisión Europea contenidas en el Libro Verde: Iluminemos el futuro (COM -2011- 889 final).
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA
La planificación urbanística asumirá líneas de diseño e instalación de equipamiento que
disminuyan la contaminación lumínica para reducir los efectos sobre la calidad de la bóveda
celeste.
Accesibilidad y movilidad sostenible
Por sus dimensiones y características topográficas y climatológicas, el ámbito de actuación
puede concebirse como un espacio diseñado a la medida de las necesidades del peatón, lo
que significa que la mayor parte de los desplazamientos cotidianos se puedan realizar
andando, bien en su totalidad, bien como etapa de una cadena que culmina en la utilización
del transporte colectivo para el acceso metropolitano.
En la medida en que las distancias pueden en algún caso exceder el radio de la marcha a pie,
y también en la medida en que aparezcan hábitos de desplazamiento en bicicleta de carácter
municipal o comarcal, el ciclismo puede ir adquiriendo un papel significativo en el paisaje
urbano. Para ello habrá que garantizar en sus calles la comodidad y la seguridad suficiente
para todos los potenciales usuarios, incluyendo los más vulnerables como son los niños.
Desplazarse a pie o en bicicleta, de modo seguro y confortable, debe convertirse en un
derecho irrenunciable del nuevo planeamiento.
Para alcanzar esos dos criterios, la “peatonalidad” y la “ciclabilidad” del área, es imprescindible
que se verifique realmente el tercero, es decir, que no exista un tráfico de agitación local que
perturbe la calidad de vida y disuada la marcha a pie y en bicicleta. La utilización del automóvil
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Documento Ambiental Estratégico 144
para realizar trayectos cortos debe estar penalizada por el trazado y las velocidades
admisibles de circulación.
En este contexto de fomento de los modos de movilidad alternativa se establecen las
siguientes recomendaciones:
Jerarquizar la red general viaria de modo que dificulte el acceso superfluo de los
vehículos en el interior del entramado urbano a través de técnicas de diseño del
trazado y la sección viaria.
Diversificar la red peatonal con diversas tipologías de canales, en unas ocasiones
compartirán el espacio con los automóviles, con el transporte público o con las
bicicletas, en otras se segregarán del resto del tráfico. Además, en esa red se incluirán
los espacios estanciales, para el juego, el encuentro y la comunicación.
Potenciar el uso de la bicicleta habilitando espacios para su estacionamiento en los
destinos potenciales.
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: ACCESIBILIDAD
La planificación urbanística incorporará criterios de diseño que permitan garantizar en sus
calles la comodidad y la seguridad suficiente para todos los potenciales usuarios puedan
desplazarse a pie o en bicicleta, de modo seguro y confortable.
Medio ambiente sonoro
En general, las medidas diseñadas para proporcionar el nivel de confort acústico necesario
para el desarrollo de las actividades propuestas guardan una estrecha relación con la
movilidad, y en consecuencia con el consumo de derivados del petróleo, es por ello que se
incluyen dentro del conjunto de medidas de mitigación del cambio climático a pesar de que
algunas de ellas no estén directamente formuladas con este objetivo. De este modo, en el
proceso de diseño y elaboración del proyecto de construcción y urbanización se recomienda
la adopción de las siguientes acciones:
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Documento Ambiental Estratégico 145
Las parcelas calificadas desde el punto de vista acústico como zona de transición no
tendrán carácter estancial. Se podrán ajardinar, pero no se instalará en ellas mobiliario
urbano ni ningún tipo de acondicionamiento que fomente o permita la estancia de
personas.
Se planificarán los usos del suelo para la reducción de contaminación acústica y se
configurará la orientación y distribución de los edificios para evitar exponer los usos
más sensibles a los mayores niveles de ruido ambiental.
Los edificios cumplirán los requisitos referentes al aislamiento acústico que se
establezcan en las legislaciones que les competa. Entre ellas, cabe citar a título
ilustrativo el Documento Básico “DB HR Protección frente al ruido” del Código Técnico
de la Edificación.
Colocación de capa de rodadura de pavimento drenante antideslizante en todo el viario
del sector. El empleo de este pavimento ha demostrado que (aparte de mejorar la
seguridad vial al mejorar la adherencia de los vehículos, reducir la distancia de frenado
y aumentar el control de los vehículos) supone una considerable reducción de los
niveles de ruido producidos por el rozamiento de las gomas neumáticas de las ruedas
con el pavimento. Asímismo, se realizarán las operaciones rutinarias de limpieza y
mantenimiento del firme con baldeos y cepillados mecanizados para evitar la
colmatación de los poros del firme drenante.
Se adoptarán las medidas necesarias de templado de tráfico en el viario interior para
asegurar que mantienen las velocidades de diseño y permiten una circulación fluida y
continua. Se recomiendan los dispositivos para moderar la velocidad, publicados por
la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.
Se recomienda la instalación de una pantalla fonoabsorbente en el límite del ámbito
con la autovía A-1 con el fin de mejorar el ambiente acuático del PERI-1
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Documento Ambiental Estratégico 146
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: MEDIO AMBIENTE SONORO
La planificación urbanística asumirá los parámetros de calidad acústica que permitan una
adecuada compatibilidad de usos a través de un diseño que tenga en cuenta factores tales
como:
• Identificación de las fuentes potenciales de ruido para su distanciamiento de los usos
más sensibles.
• Todos los documentos técnicos de obra recogerán la utilización de materiales en
parámetros exteriores e interiores, forjados, puertas y ventanas, que permitan un
aislamiento adecuado.
• De forma generalizada la capa de rodadura de los viales se realizará con pavimentos
de tipo drenante.
• Se recomienda la instalación de una pantalla acústica en el límite con la autovía A-1
Sumideros de carbono
Los sumideros de carbono terrestres cumplen un papel importante en la mitigación del cambio
climático dada su capacidad para fijar carbono atmosférico. Los sistemas agroforestales,
especialmente los bosques, almacenan carbono en la vegetación y el suelo, lo intercambian
con la atmósfera a través de la respiración de las plantas y de la actividad microbiana. En este
contexto, se contemplan las siguientes medidas:
Fuente: Red Española de Ciudades por el Clima
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Documento Ambiental Estratégico 147
El planeamiento urbanístico tendrá en cuenta el mantenimiento y preservación de los
árboles existentes dentro de cualquiera de los suelos urbanizables. En este caso, se
propone el empleo de los arboles existentes en las parcelas, mediante un estudio de
detalle que evalúe tanto sus posibilidades de conservación en las zonas verdes o
formando parte del arbolado del viario, como la viabilidad de su trasplante a otras
zonas no afectadas por el proceso urbanizador.
Para los casos en los que sea ineludible la eliminación de ejemplares arbóreos, se
estará a lo dispuesto en la Norma Granada (aprobada para su aplicación en el ámbito
de la Comunidad de Madrid por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7/11/91) para el
arbolado ornamental y se utilizará el mismo criterio de valoración para el resto de los
casos, asegurando, asimismo, la plantación en el mismo ámbito en que se produjo el
apeo o en su defecto dentro del propio término municipal.
En relación con el tipo de vegetación que integrarán las nuevas zonas verdes se ha
considerado que el que mejor responde a las necesidades, es el tipo de vegetación en
el que predomina de forma significativa el arbolado autóctono.
Los arbustos, setos, matas rastreras, trepadoras, plantas aromáticas, vivaces y flores
de temporada, también formarán parte de la vegetación de los espacios verdes aunque
en proporciones considerablemente menores que el arbolado. Sus funciones son
principalmente estéticas, aunque también cumplen funciones biológicas de interés.
El césped, gran consumidor de agua y de otros recursos no será utilizado como
elemento vegetal. Únicamente se podrá utilizar de forma restringida en pequeñas
superficies y como necesidad estética no reemplazable por otro tipo de vegetación. En
cualquier caso, se utilizarán variedades de bajas necesidades de agua y alta
resistencia a la aridez extrema.
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Documento Ambiental Estratégico 148
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: SUMIDEROS DE CARBONO
La planificación urbanística se proyectará de tal forma que asuma la protección de las zonas
de especial valor natural, así como, el trasplante o, en su caso, la reposición de los ejemplares
arbóreos afectados. En las nuevas zonas verdes se utilizarán preferentemente variedades
autóctonas o adaptadas a las bajas necesidades de agua y de alta resistencia a la aridez.
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Documento Ambiental Estratégico 149
8.2. MEDIDAS DE ADAPTACIÓN
Las medidas diseñadas específicamente para reducir la vulnerabilidad climática (como
estructuras de contención de inundaciones, aire acondicionado o aislamiento de edificios) y
las generales de salud y confort (como instalaciones de saneamiento, depuración o
suministro) incrementan la capacidad de adaptación. Sin embargo, las infraestructuras, y
especialmente si son inmuebles, pueden verse afectadas por los eventos climáticos extremos.
De este modo, las acciones de adaptación estarán dirigidas fundamentalmente en dos
direcciones:
1) El efecto “isla de calor urbana”, entendiendo como tal el que se da en superficies
asfaltadas y urbanizadas que dan lugar a temperaturas ambientales localmente
superiores a la de los alrededores (generalmente esta diferencia se encuentra entre 1
y 4ºC).
2) Riesgo de inundación por avenidas.
Efecto isla de calor
Para la disminución de este efecto “isla de calor” se recomienda la adopción de las siguientes
medidas:
Seguir criterios de volumen de las edificaciones favorables a una buena ventilación
natural urbana y de utilización de materiales de alto albedo (claros).
Minimizar la capacidad de aparcamiento en superficie para reducir la superficie
pavimentada y, por tanto, la concentración de calor.
Potenciar la vegetación y la cubierta vegetal del suelo en detrimento de las zonas
pavimentadas.
Realizar plantaciones lineales de arbolado de sombra en los viales proyectados que
disminuyan la superficie pavimentada y contribuyan a la creación de zonas de sombra
lineales para que se reduzca la acumulación y reflexión del calor en las zonas
pavimentadas.
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Documento Ambiental Estratégico 150
Diseñar separaciones internas en las áreas donde se proyecte aparcamientos
mediante la plantación lineal de elementos arbóreos de sombra, que de igual forma
producirían una mejora microclimática de la zona.
Estudiar la viabilidad de incorporar prácticas de recuperación del espacio afectado
potenciando la implantación de tejados verdes.
Diseñar las instalaciones adaptándolas a las demandas energéticas pico, aunque se
plantee una reducción paulatina de la demanda, para asegurar que se puede hacer
frente a las olas de calor.
Fomentar la generación local de energía mediante fuentes renovables puede permitir
una mayor eficiencia en el funcionamiento de las instalaciones especialmente en
relación a los picos de demanda sin sobrecargar las redes eléctricas existentes.
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: CONDICIONES MICROCLIMÁTICAS
El proceso urbanizador tendrá en cuenta la aplicación de técnicas constructivas que permitan
minorar el efecto “isla de calor”, debido a la sustitución de la vegetación existente por
superficies asfaltadas y urbanizadas, y debido a emisión de la energía consumida en un área
de características urbanas.
Riesgo de avenidas por inundaciones
En relación con las actuaciones para la clasificación de suelos para nuevos crecimientos, no
existen zonas afectadas por riesgos de inundación, incluso teniendo en cuenta los efectos que
previsiblemente se derivan del cambio climático, no obstante, se estará a la aplicación de los
condicionados generales de la legislación en vigor.
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Documento Ambiental Estratégico 151
8.3. OTRAS MEDIDAS CORRECTORAS
Medio Hídrico
En relación con la instalación de una red de drenaje sostenible y la creación de infraestructuras
verdes se recomienda tener en cuenta consideraciones del siguiente tipo:
Asegurar el drenaje, tanto longitudinal como transversal, de las vías urbanas que se
proyecten, intentando no modificar los flujos de escorrentía natural preexistentes.
Potenciar la utilización de pavimentos drenantes en las nuevas áreas urbanizadas.
Disponer de uno o varios depósitos de almacenamiento de agua de lluvia para su
reutilización o infiltración. El diseño de los elementos de laminación e infiltración se
puede integrar en el correspondiente jardín o espacio libre en que se sitúe.
Diseñar el espacio libre no edificado donde se instalen depósitos de almacenamiento,
infiltración o de laminación del agua de lluvia bajo rasante, de manera preferente con
pendiente hacia el o los depósitos para una mayor eficiencia de los mismos.
Garantizar la recogida de todos los efluentes residuales producidos por los futuros
desarrollos y su tratamiento depurativo adecuado para asegurar la preservación de la
calidad de las aguas.
Contemplar una red de alcantarillado con sistema separativo con colectores
diferenciados, unos de fecales y otros de pluviales, en seguimiento del Plan
Hidrológico de la Cuenca del Tajo (Real Decreto 1664/1998). Todas estas
canalizaciones deberán ser subterráneas y discurrir por debajo de las calzadas del
viario.
Estudiar la viabilidad de que las edificaciones dispongan de una red independiente
para utilizar aguas grises o agua regenerada de procedencia municipal en el llenado
de cisternas de inodoros, redes de fluxores y riego de zonas verdes particulares de
cada parcela.
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Documento Ambiental Estratégico 152
Implantar instalaciones dotadas de sistemas de ahorro de agua (grifería eficiente,
inodoros de doble descarga, etc.), con el objeto de disminuir el consumo de agua a
utilizar por los nuevos desarrollos.
Proyectar medidas para disminuir el consumo de agua en zonas verdes, tales como:
limitar la utilización de céspedes tapizantes con altos requerimientos hídricos,
implantar especies vegetales autóctonas y con bajos requerimientos hídricos para su
desarrollo, aplicar un grueso acolchado (tierra de albero, volcánica, ladrillo molido) al
suelo desnudo, etc.
Incluir un apartado específico sobre “Vertidos líquidos” (aguas residuales) que
contendrá la referencia a la preceptiva autorización de vertido a terreno o cauce público
que debe emitir la confederación Hidrográfica del Tajo y abono del canon
correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley, de
Aguas, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio y sus
reglamentos de desarrollo.
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: MEDIO HÍDRICO
La planificación urbanística tendrá en cuenta que la escasez de agua es un factor limitante de
primer orden. En este sentido, se pondrán en práctica medidas dirigidas tanto a la conservación
de los recursos existentes como a la minimización de su consumo:
• Asegurar el funcionamiento de las líneas de drenaje preexistentes.
• Proyectar un adecuado sistema de depuración de las aguas pluviales y residuales.
• Diseñar espacios verdes con especies de bajos requerimientos hídricos.
• Implantar sistemas de reutilización que permitan un uso racional del agua.
• Recoger la necesidad de que los proyectos básicos de construcción contengan
medidas para disminuir el consumo de agua con mecanismos adecuados.
Geomorfología y Relieve
Como se ha comentado en apartados anteriores en los que se han identificado y valorado los
impactos sobre el medio, el proceso de urbanización producirá una serie de movimientos y
acondicionamientos de tierras, que alterarán geomorfológicamente los terrenos; para mitigar
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Documento Ambiental Estratégico 153
los impactos derivados de los acondicionamientos de terrenos y movimientos de tierras se
sugiere adecuar el desarrollo urbanístico a la topografía existente, de tal forma que se evite la
realización de grandes movimientos de tierras, tanto en terraplenes como en desmontes,
procurando buscar el equilibrio dentro de la propia zona de actuación.
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: GEOMORFOLOGÍAS
Se procurará adecuar el desarrollo urbanístico adaptándose a la topografía existente de tal
forma que se evite la realización de grandes movimientos de tierra y se respete la estructura
paisajística existente.
Suelo
Los acondicionamientos de los terrenos supondrán la desaparición o alteración de los suelos
donde se desarrollen las diferentes actuaciones de urbanización. Para su conservación y uso
se recomienda las siguientes medidas preventivas y/o correctoras:
Procurar afectar a menor superficie de suelo que sea posible, en especial en aquellas
zonas en el que el suelo sirva de soporte a otros recursos naturales de interés.
Asegurar la conservación de la tierra vegetal en toda la superficie afectada y su
adecuado acopio para su utilización en posteriores tareas de recuperación ambiental
o de ajardinamiento.
Las actividades que se puedan implantar en el desarrollo urbanístico con potencialidad
de afectar a las características ambientales del suelo y de las aguas subterráneas, que
tengan que someterse al procedimiento de evaluación ambiental, según la normativa
ambiental que en su caso les afecte, deberán incluir un estudio de caracterización de
la calidad de los suelos de los ámbitos a desarrollar.
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Documento Ambiental Estratégico 154
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: SUELO
La planificación urbanística se proyectará de tal forma que afecte a la menor cantidad de suelos
posibles, especialmente en aquellas zonas en los que estos sirvan de soporte a otros recursos
naturales de interés.
Se asegurará la conservación de la tierra vegetal en toda la superficie afectada y su adecuado
acopio para su utilización en posteriores tareas de recuperación ambiental.
Vegetación y fauna
La preservación del hábitat de las especies animales guarda una estrecha relación con gran
parte de las medidas sobre la vegetación y los usos del suelo ya descritas. No obstante, la
para la reducción de las afecciones se recomienda que sean complementadas a través de la
aplicación de criterios tales como:
No intervención y/o restauración en las zonas de mayor valor de conservación
mediante el diseño de ajardinamientos y espacios libres que favorezcan la
disponibilidad de recursos y hábitats para la misma.
Diversificar el diseño de zonas verdes para que la fauna pueda utilizar estos territorios
como ámbitos de alimentación y refugio. En este sentido, es conveniente la instalación
de nidales para contribuir a la mejora de las condiciones de nidificación de estas u
otras especies, potenciando su riqueza y abundancia.
Fomentar el conocimiento de los ecosistemas que se desarrollan en espacios
naturales que se localizan en el entorno, a través de la localización de paneles
explicativos en diferentes emplazamientos que den información tanto de las especies
y características de las mismas que conforman las comunidades vegetales
circundantes, como de los usos tradicionales que se realizaban en antaño.
Incorporar a las nuevas zonas verdes el valor añadido educacional mediante la
plantación de diferentes ejemplares de árboles y arbustos agrupados en función de su
ciclo vegetativo, tipo o época de floración, etc. Las dotaciones de estos espacios
además de las propias del mobiliario urbano en las calles; bancos y papeleras,
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Documento Ambiental Estratégico 155
incluirían un panel informativo con datos de las especies plantadas, con el objetivo de
crear un espacio educativo de esparcimiento en contacto con la naturaleza que
complemente y fomente el disfrute estancial de los usos permitido.
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: VEGETACIÓN Y FAUNA
La planificación urbanística se proyectará de tal forma que asuma la protección de las zonas
de mayor valor natural y aplique criterios de conservación a través de los siguientes procesos:
• Diversidad en el diseño de las zonas verdes.
• Minimización del empleo de fitosanitarios.
• Minimización de la contaminación acústica, lumínica, de los suelos y de las aguas.
• No intervención y/o restauración de las zonas más valiosas.
• Desarrollo de la conciencia social incorporando a las nuevas zonas verdes el valor
añadido educacional.
Paisaje
Una gran parte de las medidas para la protección paisajística están relacionadas con el
tratamiento que se le da a la vegetación y en este sentido ya se ha considerado su influencia
en la mitigación del cambio climático. Sin embargo, además de la consideración de los
espacios verdes urbanos como un elemento indispensable para el equilibrio ambiental de la
ciudad, hay otro tipo de medidas de menos influencia sobre el clima pero que son asimismo
relevantes para minorar la afección paisajística, por lo que se recomienda tener en cuenta los
siguientes criterios de diseño:
Determinar la estructura paisajística del territorio adyacente, ya que condicionará no
sólo la forma y disposición espacial de las plantaciones, sino también el elenco de
especies apropiadas para su ejecución.
Diseñar la vegetación de las zonas lineales con arbolado y jardinería formada por
árboles de diferentes especies, setos y pequeños espacios ajardinados y entre las
dotaciones de estos espacios estarán las propias del mobiliario urbano en las calles;
bancos y papeleras. Además, se alternarán diferentes especies con el fin de mitigar
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Documento Ambiental Estratégico 156
posibles afecciones de plagas procurando en todo caso que sean resistentes y de fácil
conservación.
Disponer zonas verdes y jardines localizados en el interior de la trama urbana y
destinada al uso estancial formada por diferentes variedades y especies de árboles,
arbustos, setos, y plantas (aromáticas, tapizantes, trepadoras y ornamentales) y su
dotación deberá ser tal que los espacios sin vegetación no han de superar el 25 por
ciento de la superficie total.
Considerar en la planificación y el diseño de espacios verdes los aspectos que
condicionan el espacio destinado al arbolado adoptando criterios en función del ancho
de las vías, la separación mínima entre la línea de fachada y el arbolado, la separación
entre árboles según el tamaño de los mismos, el volumen subterráneo, el volumen
formado por sus copas, la orientación en relación con el movimiento del sol, etc.
Distribuir la vegetación arbustiva a plantar en los espacios verdes procurando romper
la uniformidad que puede representar unos espacios verdes formados principalmente
con arbolado, procurando mejorar los aspectos estéticos del espacio verdes
Utilizar de forma prioritaria de especies autóctonas o cultivadas desde antiguo en el
desarrollo de espacios verdes y un uso eficaz y sostenible del manejo de agua para
riego. En particular, aplicando criterios como elegir el sistema de riego adecuado
teniendo en cuenta el tipo de vegetación propuesto para los espacios verdes, regar
únicamente cuando sea necesario, procurar regar en los momentos de menor
evapotranspiración de las plantas, mantener cubierto el suelo con “acolchados”,
agrupar la vegetación según necesidades de riego, etc.
Por otra parte, para la protección del medio urbano se recomienda la adopción de las
siguientes medidas:
Observar criterios de diseño de los proyectos técnicos particulares de obra que tengan
en cuenta factores indicativos como:
✓ Estudio detallado de los acabados arquitectónicos.
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Documento Ambiental Estratégico 157
✓ Intervención de profesionales cualificados en la definición de la integración
paisajística y diseño de acabados de las instalaciones.
✓ Adecuada integración del color y de las estructuras en el paisaje.
✓ Ajardinamiento de los espacios libres de edificación.
Procurar adecuar el diseño del desarrollo urbanístico de tal forma que, en la medida
de lo posible, se evite la desvinculación con el mosaico paisajístico del entorno y la
discontinuidad con las estructuras básicas del mismo.
Utilizar, en términos generales, tonalidades naturales similares a las del terreno, con
colores de baja saturación y utilizando los contrastes con moderación, para facilitar la
integración cromática.
Proteger con carácter general las visualizaciones del desarrollo urbanístico, tanto del
entorno exterior desde el propio ámbito como desde éste hacia el exterior. Para ello,
se vigilarán las afecciones de la edificación susceptibles de ocultar o alterar las
características del panorama, así como la colocación de carteles, antenas parabólicas
o anuncios en todas aquellas zonas que se delimiten como visualizaciones singulares.
CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA
FACTOR MEDIOAMBIENTAL: PAISAJE
Además de la medida mencionada anteriormente de adaptar el desarrollo propuesto a la
topografía existente se deberá tener en cuenta toda una serie de parámetros de diseño que
permitan la mayor integración paisajística posible, tales como:
• Se observarán criterios armónicos de plantación que permitan determinar una
estructura paisajística integrada en el territorio.
• Protección de las visualizaciones del desarrollo urbanístico tanto del entorno exterior
desde el propio ámbito como desde este hacia el exterior.
• Diseño de tratamientos paisajísticamente integradores en estructuras, acabados
arquitectónicos, colores, vegetación, etc.
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Documento Ambiental Estratégico 158
9. SEGUIMIENTO AMBIENTAL DE LA PLANIFICACIÓN
El carácter de las actuaciones que integran la planificación recomienda el establecimiento de
un sistema de seguimiento que permita controlar los efectos sobre las variables de
sostenibilidad, así como, comprobar la incidencia real que la Modificación propuesta puede
tener sobre el cumplimiento de los objetivos y criterios ambientales establecidos en los
diferentes ámbitos institucionales.
En este sentido, el Programa de Seguimiento pretende establecer un mecanismo que asegure
no solo el adecuado cumplimiento de los objetivos y criterios ambientales, sino también la
aplicación y efectividad de las medidas preventivas y/o correctoras propuestas de acuerdo
con las siguientes finalidades específicas:
• Comprobar que las medidas correctoras propuestas en la documentación ambiental
generada han sido realizadas.
• Proporcionar información sobre la calidad y oportunidad de tales medidas y
condiciones.
• Proporcionar advertencias acerca de los valores alcanzados por los indicadores
ambientales previamente seleccionados, respecto de los niveles críticos establecidos.
• Detectar alteraciones no previstas en el Documento Ambiental, con la consiguiente
modificación de las medidas correctoras establecidas o la definición de nuevas
medidas.
• Cuantificar los impactos a efectos de registro y evaluación de su evolución temporal.
• Aplicar nuevas medidas correctoras en el caso de que las definidas fueran
insuficientes.
A este fin, se establecerá un sistema de indicadores ambientales de seguimiento, mesurables
siempre que sea posible, los cuales proporcionarán información de cada objetivo ambiental
de vigilancia, sintetizando y permitiendo controlar, en diferentes periodos de tiempo, el grado
de intensidad del impacto y la eficacia de las medidas preventivas o correctoras adoptadas.
El listado de indicadores que se recoge a continuación debe tomarse como base de consulta,
dado que su funcionalidad operativa dependerá de las particularidades “in situ” del parámetro
que pretendemos medir, de las circunstancias más o menos complejas que permitan su
Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)
Documento Ambiental Estratégico 159
medición de los propios medios con los que cuente el promotor para poder desarrollar los
métodos analíticos que alguno de ellos exigiría.
La vigilancia ambiental que acompaña al proceso de planificación, materializada
fundamentalmente en su normativa urbanística, pretende favorecer la sostenibilidad de la
misma aportando una serie de propuestas de carácter medioambiental, para cuyo seguimiento
del grado de cumplimiento se sugiere el empleo de indicadores de sostenibilidad como los
que a continuación se exponen:
VARIABLE MEDIOAMBIENTAL
INDICADOR
Calidad del aire y cambio
climático
Configuración espacial para asumir los parámetros climáticos
Fomento energías renovables
Presencia de filtros en chimeneas industriales
Medio ambiente sonoro Fomento del confort sonoro
Contaminación lumínica Fomento de la calidad de la bóveda celeste
Medio hídrico Tratamiento aguas residuales y pluviales
Fomento del ahorro del consumo
Vegetación Medidas de ajardinamiento
Fauna Biodiversidad de arbolado urbano
Paisaje Integración paisajística de edificaciones e infraestructuras
Medio socioeconómico Conservación de vías pecuarias
Conservación del patrimonio histórico
Gestión energética
Configuración espacial que favorezca la eficacia energética
Fomento del empleo de equipos de eficiencia energética
Fomento de energías renovables
Acceso al transporte público
Gestión de residuos Instalación de equipamientos de segregación de RSU
Sistema gestión ambiental Necesidad del Seguimiento y control medioambiental
La verificación consistirá en la comprobación documental de su inclusión en la documentación
urbanística (Presencia/ausencia).
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Documento Ambiental Estratégico 160
La vigilancia ambiental para el cumplimiento, control y seguimiento de las medidas protectoras
y correctoras previstas para aminorar los efectos ambientales, aplicables a la operación de
las actividades económicas, se llevará a cabo mediante el empleo de indicadores como los
que a continuación se proponen:
VARIABLE MEDIOAMBIENTAL
INDICADOR UNIDAD DE MEDIDA VALOR DE
REFERENCIA
Calidad del aire y cambio climático
Consumo energía eléctrica kWh --
Potencia instalada de energías renovables
Índice con base 100 al inicio del desarrollo
Aumento del índice
Medio ambiente sonoro
Emisiones debidas al tráfico Nº automóviles --
Confort sonoro acorde a los usos programados
Emisión sonora db(A) Normativa legal
Quejas de los usuarios Nº reclamaciones Presencia/Ausencia
Contaminación lumínica
Luminarias no apropiadas Nº luminarias Presencia/Ausencia
Medio hídrico
Consumo de agua de abastecimiento
m3/ año --
Calidad del efluente a la red de saneamiento municipal
Parámetros de calidad Normativa legal
Paisaje Presencia de infraestructuras que distorsionan la calidad paisajística
Nº antenas, carteles, etc. --
Medio socioeconómico Incremento del tráfico en vías de acceso
Nº vehículos Niveles de sobresaturación
Gestión energética
Energía consumo energía eléctrica
KW/año. --
Producción local de energías renovables: potencia de energía solar fotovoltaica instalada
KW instalados Aumento de los kW instalados
Gestión de residuos
Tasa de recuperación de embalajes
Tn de residuo segregados
-- Producción de RSU Tn de RSU/empresa
Sistema gestión ambiental
Implantación en las industrias de la norma ISO 14001 o del EMAS
Nº sistemas implantados
Tipo de informes y periodicidad
El Plan de Seguimiento incluye la elaboración de una serie de informes periódicos que
deberán remitirse a la administración ambiental correspondiente. Del examen de esta
documentación podrán derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, en función de
una mejor consecución de los objetivos del Documento Ambiental Estratégico.
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Documento Ambiental Estratégico 161
En principio, el Plan de Seguimiento Ambiental plantea los siguientes informes en los que se
indicarán un breve resumen de las operaciones desarrolladas para la vigilancia de cada
apartado contemplado anteriormente, así como la periodicidad de su emisión:
✓ Informes ordinarios
En los que se reflejará el desarrollo de las labores de vigilancia y seguimiento ambiental. Su
periodicidad será anual durante los tres primeros años de implantación de las distintas fases
de las actividades económicas.
✓ Informes extraordinarios
Estos documentos se emitirán cuando exista alguna afección no prevista o cualquier aspecto
que precise una actuación inmediata y que, por su importancia, merezca la emisión de un
informe especial. Estarán referidos a un único tema, no sustituyendo a ningún otro informe.
✓ Informes específicos
Serán aquellos informes exigidos de forma expresa por Informe Ambiental Estratégico,
referidos a alguna variable concreta y con una especificidad definida. Según los casos, podrán
coincidir con alguno de los anteriores tipos.
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Documento Ambiental Estratégico 162
10. AUTORÍA DE LOS TRABAJOS
El equipo técnico estuvo dirigido, en calidad de autor del Documento Ambiental Estratégico,
por el Ingeniero Agrónomo Pablo Álvarez Guillén, responsable de su contenido y de la
fiabilidad de la información facilitada.
Madrid, 18 de mayo de 2018
Fdo: Pablo Álvarez Guillén
Ingeniero Agrónomo
Colegiado nº 1.739 del Colegio de I. A. de Centro