Demanda de Exoneración.
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Transcript of Demanda de Exoneración.
SECRETARIO :
EXPEDIENTE : 2006- - º JPL-CH
ESCRITO : 01
MATERIA : EXONERACIÓN DE ALIMENTOS.
SUMILLA :
INTERPONGO DEMANDA DE EXONERACION DE
ALIMENTOS.
SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TURNO DE CHICLAYO.
BANCES PECHE GENARO, identificado con CIP N°
30085396, con domicilio real en la Calle Las Letras Nro.129
PP.JJ Ricardo Palma - Chiclayo, Sub Oficial PNP., estado civil
casado, con domicilio procesal en la calle San José N° 1074
Chiclayo, a Ud., expongo lo siguiente:
1. DATOS DE LA DEMANDADA:
BANCES CASTRO PAOLA DE LOS MILAGROS (18 años), nacida el
13-12-1987, quien tienen domicilio real en la Av. TAHUANTINSUYO
N° 1802 – DISTRITO EL TAMBO – PROVINCIA DE HUANCAYO, lugar
donde se les notificará con la presente VIA EXHORTO, con copia de
la demanda y sus anexos a fin de que absuelvan dentro el término
de Ley.
2. PETITORIO. - Recurro ante su Despacho con la finalidad de
INTERPONER DEMANDA DE EXONERACIÓN DE ALIMENTOS
(Art. 483 del Código Civil), la misma que la dirijo contra mi hija:
PAOLA DE LOS MILAGROS (18 años), nacida el 13-12-1987, quien
tiene domicilio real en la Av. TAHUANTINSUYO N° 1802 – DISTRITO
EL TAMBO – PROVINCIA DE HUANCAYO, lugar donde se les notificará
con copias de la presente demanda y sus anexos VIA EXHORTO, a
fin de que absuelvan dentro el término de Ley, quien ha adquirido
la mayoría de edad, (máxime la partida certificada de
nacimiento), y a la fecha ha desaparecido el estado de
necesidad; además no esta imposibilitadas físicamente para poder
realizar actividades para su propia subsistencia, debiendo
DEJAR SIN EFECTO El ACUERDO - debiendo desafectar el descuento
del 14 % que se me viene realizando de mis únicos percibos
mensuales como miembro de la PNP y la presente acción deberá
dejar sin efecto dicho descuento, debiendo al término del proceso
consentida o ejecutoriada que sea deberá cursar Oficio a la DIRECO
PNP LIMA, demanda que lo fundamento en virtud a los fundamentos
de hecho y de derecho que expongo a continuación:
3. FUNDAMENTOS DE HECHO:
3.1. Que, según el Oficio N° 39-1996, del 26 de enero de 1996,
cursado a la DIRECO PNP LIMA se comunicó, que por intermedio
del Juzgado Civil de Lambayeque, hemos acordado sobre la
pensión alimenticia con la Sra. LUCILA RUTH CASTRO
VILLAFUERTE, madre de las demandadas, para que se me
descontara el 40 % de mis remuneraciones mensuales, dicho
acuerdo se arribó y a la fecha se está beneficiando mi hija:
BANCES CASTRO PAOLA DE LOS MILAGROS (18); es decir
que el porcentaje que le corresponde es de 14 % del 40 % que
había sido ordenado para las mis tres hijas quedando solo la
porción de la demandada.
3.2. Que, el suscrito es miembro subalterno de la Policía Nacional
del Perú, por lo que vengo a la fecha recibiendo ínfimos
ingresos económicos mensuales y, cubrir mi propia
subsistencia, el cual me veo en la imperiosa necesidad de
interponer la presente acción, toda vez que la demandada no
le ampara el derecho de seguir percibiendo por haber
alcanzado la mayoría de edad.
3.3. Que, la demandada no vienen cursando estudios Superiores
exitosos, siendo así que no le alcanza el derecho a venir
percibiendo el 14 % toda vez que me viene perjudicando
económicamente y teniendo que cubrir otros gastos que
demanda mi subsistencia y la de quienes de mi dependen,
hechos que imposibilitan venir apoyando económicamente a la
demandada, además que no existe necesidad que pueda
justificar tal beneficio.
3.4. Que, teniendo en cuenta su edad cronológica, también se
puede deducir que ha desaparecido en ella su estado de
necesidad, pues puede valerse por si misma, ya que no tiene
ningún impedimento físico ni mental para poder desenvolverse
en cualquier trabajo y ganarse el sustento diario para su
manutención y subsistencia; a lo que debe agregarse que no
ésta siguiendo ninguna profesión u oficio de forma satisfactoria
como para continuar obligado a mantenerla.
4. FUNDAMENTOS DE DERECHO:
CODIGO CIVIL:
Artículo VI T.P.- Que señala sobre el legítimo interés económico y
moral para obrar.
Artículo 486. –Que la obligación de prestar alimentos se extingue
procede cuando desaparece en el alimentista su estado de
necesidad; ha adquirido su mayoría de edad, existiendo solo la
excepción cuando subsiste el estado de necesidad por causas de
incapacidad física o mental debidamente comprobadas o el
alimentista está siguiendo una profesión u oficio exitosamente;
circunstancias excepcionales que no concurren en el caso de
autos.
CODIGO PROCESAL CIVIL:
Artículo 130.-Forma del escrito.
Artículo 131.-De la firma.
Artículo 424.- De los requisitos de la demanda.
Artículo 425.-De los anexos
Artículo. 547. Sobre la competencia.
5. VIA PROCIDEMANTAL.- Le corresponde la del PROCESO
SUMARISIMO UNICO, conforme al Art.546 Inc. 01 del Código
procesal Civil.
6. MONTO DEL PETITORIO .-Solicito se me EXONERE DE LA PENSIÓN
DE ALIMENTOS que vengo acudiendo a favor de la demandada:
PAOLA DE LOS MILAGROS (18), ascendente al 14 % de mis
percibos como miembro de la PNP, incluido bonificaciones y otros
que señala la sentencia.
7. MEDIOS PROBATORIOS:
1.- Copia de CIP.
2.- La declaración de parte que en forma personal deberá rendir la
demandada, PAOLA DE LOS MILAGROS BANCES CASTRO, de
acuerdo al pliego interrogatorio que adjunto, bajo apercibimiento
de tenerse por contestada en sentido afirmativo.
3.- La partida de nacimiento en original de la demandada PAOLA
DE LOS MILAGROS BANCES CASTRO,, con lo que acredito que
ha cumplido la mayoría de edad.
4.- Copias del acuerdo de la pensión de alimentos donde consta que
las demandadas, reciben el 40 % de mis únicos percibos.
5.- Copia Certificada del Of. 335-02- DIRECO PNP/ SEC. JUD. de fecha
22-04-2002.
6.- Copia Certificada del Informe N° 353-2002 DIRECO PNP/ SEC.
JUD., de fecha 12-04-2002.
7.- Copia Certificada de la Sentencia del Expediente N° 788-2000 de
fecha 31-08-2001 a Fs. Donde registra el descuento del 40 % de
mis percibos de los cuales la demandada vienen percibiendo el
14 %.
8.- Copia Certificada del Of. 327-2001- DIRECO PNP/ SEC. IH., de
fecha 27-01-2001.
9.- Copia Certificada del Informe N° 199-2001 DIRECO PNP/ DC-DA-
SAJ., de fecha 19-03-2001.
10.-Solicitud de auxilio judicial.
8. ANEXOS:
1.A.- Copia de mi CIP.
1.B.- La partida de nacimiento en original de la demandada
SHIRLEY PATRICIA BANCES CASTRO, con lo que acredito
que ha cumplido la mayoría de edad
1.C.- Copias del acuerdo de la pensión de alimentos donde consta
que las demandadas, reciben el 40 % de mis únicos
percibos.
1.D.- Copia Certificada del Of. 335-02- DIRECO PNP/ SEC. JUD. de
fecha 22-04-2002.
1.E.- Copia Certificada del Informe N° 353-2002 DIRECO PNP/ SEC.
JUD., de fecha 12-04-2002
1.F.- Copia Certificada de la Sentencia del Expediente N° 788-2000
de fecha 31-08-2001 a Fs. Donde registra el descuento del 40
% de mis percibos de los cuales la demandada viene
percibiendo el 14 %.
1.G.- Copia Certificada del Of. 327-2001- DIRECO PNP/ SEC. IH., de
fecha 27-01-2001.
1.H.- Copia Certificada del Informe N° 199-2001 DIRECO PNP/ DC-
DA-SAJ., de fecha 19-03-2001
1.I.- La declaración de parte que en forma personal deberá rendir
la demandada, PAOLA DE LOS MILAGROS BANCES
CASTRO, de acuerdo al pliego interrogatorio que adjunto,
bajo apercibimiento de tenerse por contestada en sentido
afirmativo.
1.J. - Solicitud de auxilio Judicial.
POR LO EXPUESTO:
A Ud., Señor Juez, solicito ADMITIR a trámite la
presente DEMANDA y en su oportunidad declararla FUNDADA en
todos sus extremos.
Es Justicia.
Chiclayo, 19 de junio de 2006.
________________________BANCES PECHE GENARO
CIP N° 30085396.
SECRETARIO : Dr.
EXPEDIENTE : 2006- -JPL-CH.
ESCRITO : 01.
MATERIA : AUXILIO JUDICIAL.
SUMILLA : SOLICITO AUXILIO JUDICIAL.
SEÑOR JUEZ DE TURNO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO CHICLAYO.
BANCES PECHE GENARO, identificado con CIP N°
30085396, con domicilio real en la Calle Las Letras Nro.129
PP.JJ Ricardo Palma - Chiclayo, Sub Oficial PNP., estado civil
casado, con domicilio procesal en la calle San José N° 1074
Chiclayo, a Ud., expongo lo siguiente:
I. PETITORIO .-Que, acude ante su honorable despacho
con la finalidad de SOLICITARLE AUXILIO JUDICIAL a efecto de ser
EXONERADO DEL PAGO DE TASAS ARANCELARIAS POR
OFREECIMIENTO DE PRUEBAS, POR EXHORTOS A OTRO DISTRITO
JUDICIAL, CEDULAS DE NOTIFICACIÓN y otros que genere el
presente proceso, para INTERPONER DEMANDA DE
EXONERACIÓN DE ALIMENTOS (Art. 483 del Código Civil), la
misma que la dirijo contra mi hija: PAOLA DE LOS MILAGROS (18
años), nacida el 13-12-1987, quien tiene domicilio real en la Av.
TAHUANTINSUYO N° 1802 – DISTRITO EL TAMBO – PROVINCIA DE
HUANCAYO; en virtud a los fundamentos de hecho y de derecho que
expongo a continuación:
II.FUNDAMENTOS DE HECHO:
01.- Que, el auxilio judicial, es la institución procesal que busca
eximir de lo gastos del proceso (ser EXONERADO DEL PAGO DE
TASAS ARANCELARIAS POR OFREECIMIENTO DE PRUEBAS, POR
EXHORTOS A OTRO DISTRITO JUDICIAL, CEDULAS DE
NOTIFICACIÓN y otros que genere el presente proceso), por lo
que el suscrito lo hace paralelamente con la demanda; siendo así
que cada vez que se notifique a las demandadas se tiene que
adjuntar el arancel para librar exhorto, siendo la suma de S/.
68.00 nuevos soles más las cédulas de notificación, acto que se
repite hasta una posible apelación, lo que se debe tener en
cuenta al momento de aprobar la presente solicitud.
02.- Que, de acuerdo a lo normado en el artículo 179 del Código
Procesal Civil, se concederá auxilio judicial a la s personas
naturales que para cubrir o garantizar los gastos del proceso
pongan en peligro su propia subsistencia y de la de quienes de él
dependan.
03.- Asímismo presento el formato aprobado por el órgano de
gestión de gobierno y Gestión del Poder Judicial, constituyendo
una declaración Jurada, además adjunto medios probatorios que
demuestran mi precaria para cubrir los gastos que emanen del
presente proceso a interponer sobre demanda de PRORATEO DE
ALIMENTOS.
04.- Que, actualmente el suscrito es Sub Oficial de la Policía
Nacional del Perú, siendo mi único y exclusivo trabajo
percibiendo la suma de s/. 489.58 tal como lo corroborar con la
copia fedateada de mi planilla de pago mensual que anexo a la
presente.
05.-Que, actualmente tengo carga familiar a quienes acudo pensión
de alimentos en forma mensual como son: a mi esposa CASTRO
VILLAFUERTE LUCILA RUTH quien viene percibiendo hasta el 8
% de mis percibos mensuales, en la causa N° 788-2000-JPL-
TAMBO; para con mis seis hijos, cuyos nombres responden a:
(1) EVELYN DEL ROSARIO BANCES CASTRO (20 años), nacida
el 16-10-1985; (2) SHIRLEY PATRICIA BANCES CASTRO (23
años), nacida el 05-05-1983 y (3) PAOLA DE LOS MILAGROS
BANCES CASTRO (18 años), nacida el 13-12-1987, a quienes les
acudo con el 40 % de mis percibos mensuales según el Oficio N°
39-1996, del 26 de enero de 1996, cursado a la DIRECO PNP LIMA
se comunicó, que por intermedio del Juzgado Civil de
Lambayeque, hemos acordado sobre la pensión alimenticia con
la Sra. LUCILA RUTH CASTRO VILLAFUERTE, madre de las
demandadas, para que se me descontara el 40 % de mis
remuneraciones mensuales, además soy objeto de descuentos
SOBRE ALIMENTOS por planilla por parte de mi otro hijo: (4)
CRISTIAN AUGUSTO BANCES ROJAS, según Exp. N° 051-2001-JPL-
LAMBAYEQUE, (5) FIORELLA BANCES GUEVARA y (6) DIANA
MABEL BANCES GUEVARA quienes viven juntos con el suscrito
y mi conviviente que es su madre; asímismo además realizar
gastos de mi propia subsistencia y no estando en las
condiciones económicas suficientes para poder atender con el
pago de los aranceles judiciales y cédulas de notificación que
emanen del presente proceso, tal como lo demuestro con los
medios probatorios que escolto a la presente.
06.-PARA TENER UNA IDEA BÁSICA DE MIS INGRESOS Y
EGRESOS EN MI ECONOMÍA, DEBE TENERSE EN CUENTA LO
SIGUIENTE:
Es decir percibo un total de : > 1,406.94 +
Descuentos oficiales : > 114.61
Desct. Jud. que acudo a mi esposa (Exp. 788-2000-JPL-TAMBO) : > 236.2 (08%)
Desct. Jud. que acudo a mis hijos (Exp. N° 051-2001-JPL-LAMB.) : > 177.15 (15
%)
Descuentos Oficiales : > 127.57
Porcentaje personal y voluntario para mi esposa e hijos : >400.00 (33.8
%)
Porcentaje personal y voluntario que asigno a mis padres : > 150.00 (12.7
%)
Tengo un déficit para mi subsistencia 91.00
nuevos soles aproximadamente.
GASTOS MENSUALES:
Pasajes : 4.00 nuevos soles diarios (POR 15
DÍAS IDA Y VUELTA)
Pago de vivienda : 50.00 nuevos soles mensuales.
Pensión de alimentos : 5.00 nuevos soles diarios (por quince
días estando de servicio)
Pensión de alimentos : 6.00 nuevos soles diarios (por quince
días estando de franco en mi domicilio)
Útiles de aseo y Otros : 30.00.
TOTAL DE GASTOS PERSONALES MENSUAL: S/. 305.00 nuevos
soles aproximadamente de gastos prioritarios que realizo; como se
puede observar lo que percibo no me alcanza.
07.-Señora Juez, como puede apreciar en los acápites precedentes
debe maximizar mi pretensión de la que se deduce que pone
en riesgo mi propia subsistencia, siendo Ud., quien deberá
analizar lo preceptuado en nuestro Código adjetivo, siendo
insuficiente o diminuto para mi subsistencia existiendo un
déficit de S/. 91.00 NUEVOS SOLES aproximadamente,
teniendo en cuenta que como siempre en la sanidad de policía
no hay atención debida mucho menos medicamentos, por lo
que debo adquirir por mi propio peculio y si deseo realizar un
préstamo no puedo acceder por tener numerosos descuentos
judiciales.
08.-La presente solicitud también lo refuerzo con la declaración
Jurada Notarial de ingresos económicos, mi planilla de pago y el
formato de auxilio judicial, confirmando de esta manera mi
estado de necesidad.
09.-Que, vengo siendo asesorado por el Consultorio Jurídico Gratuito
del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque.
10.-Finalmente como lo demuestro en mi declaración Jurada de
ingresos económicos Notarial que adjunto, indicando las
condiciones económicas del suscrito es INSUFICIENTE; por lo
que es justo y procedente se me otorgue el AUXILIO JUDICAL
solicitado; máxime los gastos que el suscrito realizará en el
presente proceso civil, harán peligrar mi subsistencia y la de mi
familia.
11.- Que, a la fecha no pudiendo contar con los medios económicos
suficientes para poder enfrentar los gastos que ocasione el
presente proceso como son las cédulas y el pago de las tasas
judiciales y otros que implique deterioro de mi economía.
IV.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Artículo 179 del Código Procesal Civil.-Que, establece que
se concederá auxilio Judicial a las personas naturales que para
cubrir y garantizar del proceso ponga en peligro su subsistencia
como el presente caso.
Artículo 295.- DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER
JUDICIAL DEBER DEL ESTADO.-SERVICIOS.-El Estado provee
gratuitamente la defensa a las personas de escasos recursos
económicos, así como los casos que las leyes procesales
determinen.
IIV.- MEDIOS PROBATORIOS:
01.- Copia de mi DNI.
02.- Declaración Jurada de mi único Ingreso económico (NOTARIAL).
03.- Copia del recibo de agua o luz de la vivienda alquilada.
04.- Copia del formato aprobado por el órgano de gestión de
gobierno y Gestión del Poder Judicial.
05.- Copia de la sentencia del proceso de alimentos (Exp. 714-93-
JC-CH) de fecha 12-01-1994.
06.- Copia del oficio dirigido a la DIRECO PNP LIMA del proceso de
alimentos (Exp. 714-93-JC-CH).
07.- Copia de la vista de la causa del proceso de alimentos (Exp.
714-93-JC-CH) donde señalan el 20 % de mis percibos
mensuales.
08.- Copia de la audiencia de conciliación proceso de alimentos
(Exp. 2004-24-PL-M).
09.- Copia de mi planilla de mis percibos mensuales.
10.- Copia de la Partida de nacimiento de mi menor hija CHAVEZ CENTURIÓN DIANNE ZUCETTY (08 años de edad).
11.- Copia de la Partida de nacimiento de mi menor hijo CHAVEZ CENTURIÓN WILKES WILLY.
12.- Copia de la Partida de nacimiento de mi menor hijo JAMES HAROLD CHAVEZ PINEDO.
13.- Copia de la Partida de matrimonio.
14.- Copia del DNI de mis padres (CHAVEZ PEREZ JOSE MARINO y
CORDOVA MARTÍNEZ EVA VIOLETA) quienes son de avanzada
edad.
15.- Certificado que suscribe el Director del Estudio Jurídico
Gratuito y Asistencia Social del Ilustre Colegio de Abogados de
Lambayeque, de fecha 14-06-2006.
16.- Acuerdo notarial con la Sra. CENTURIÓN BACA YOLANDA ELSI
de prestar alimentos y tenencia de menores de fecha 25/04-
2006.
V.- ANEXOS:
1. A.- Copia de mi DNI.
1. B.- Declaración Jurada de mi único Ingreso económico
(NOTARIAL).
1. C.- Copia del recibo de agua o luz de la vivienda alquilada.
1. D.- Copia del formato aprobado por el órgano de gestión de
gobierno y Gestión del Poder Judicial.
1. E.- Copia de la sentencia del proceso de alimentos (Exp. 714-93-
JC-CH), de fecha 12-01-1994.
1. F.- Copia del oficio dirigido a la DIRECO PNP LIMA del proceso de
alimentos (Exp. 714-93-JC-CH), de fecha 19-08-1994.
1. G.- Copia de la vista de la causa del proceso de alimentos (Exp.
714-93-JC-CH) donde señalan el 20 por ciento de mis percibos
mensuales, de fecha 08-03-1994.
1. H.- Copia de la audiencia de conciliación proceso de alimentos
(Exp. 2004-24-PL-M).
1. I.- Copia de mi planilla de mis percibos mensuales.
1. J.- Copia de la Partida de nacimiento de mi menor hija CHAVEZ CENTURIÓN DIANNE ZUCETTY (08 años de edad).
1. K.- Copia de la Partida de nacimiento de mi menor hijo CHAVEZ CENTURIÓN WILKES WILLY.
1. L. Copia de la Partida de nacimiento de mi menor hijo JAMES HAROLD CHAVEZ PINEDO.
1. M.- Copia de la Partida de matrimonio.
1. N.- Copia del DNI de mis padres (CHAVEZ PEREZ JOSE MARINO y
CORDOVA MARTÍNEZ EVA VIOLETA) quienes son de avanzada
edad.
1. O.- Certificado que suscribe el Director del Estudio Jurídico
Gratuito y Asistencia Social del Ilustre Colegio de Abogados de
Lambayeque, de fecha 14-06-2006.
1. P.- Acuerdo notarial con la Sra. CENTURIÓN BACA YOLANDA
ELSI de prestar alimentos y tenencia de menores de fecha
25/04-2006.
POR LO EXPUESTO:
A Ud., Señor Juez, solicito ADMITIR a trámite la
presente SOLICITUD DE AUXILIO JUDICIAL y en su oportunidad
declararla FUNDADA en todos sus extremos.
Es Justicia.Chiclayo, 12 de junio de 2006.
_______________________________CHAVEZ CORDOVA EBERT WILLY.
DNI. N° 02810163.
06.-Señora Juez, como puede apreciar en los acápites precedentes
debe maximizar mi pretensión de la que se deduce que pone en
riesgo mi propia subsistencia, siendo Ud., quien deberá analizar lo
preceptuado en nuestro Código adjetivo.
07.-La presente solicitud también lo refuerzo con la declaración
Jurada Notarial de ingresos económicos, mi planilla de pago y
el formato de auxilio judicial, confirmando de esta manera mi
estado de necesidad.
08.-Que, debe tenerse en cuenta los requisitos legales exigibles
que ofrezco como medio probatorio los mismos que anexo al
presente.
09.-Que, vengo siendo asesorado por el Consultorio Jurídico
Gratuito de la Universidad Nacional “Pedro Ruiz Gallo”
Lambayeque.
10.-Finalmente, creo que es justo y procedente que se me otorgue
el Beneficio del AUXILIO JUDICAL solicitado; máxime los
gastos que demande el presente proceso civil, harán peligrar
mi subsistencia.
III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
CÓDIGO PROCESAL CIVIL:
Artículo 179.-Que, establece que se concederá auxilio Judicial a las
personas naturales que para cubrir y garantizar del proceso ponga
en peligro su subsistencia como el presente caso.
Artículo 180.-El auxilio judicial antes o durante el proceso,
mediante la presentación en la dependencia judicial
correspondiente, de una solicitud en formato.
Artículo 181.-Procedimiento.
Artículo 182.-Efectos del auxilio judicial.
DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL.-
Artículo 295.-El deber del estado/servicios.- El estado provee
gratuitamente la defensa de las personas de escasos recursos
económicos, así como los casos que las leyes procesales
determinan
Artículo 296.-Defensa gratuita a personas de escasos
recursos económicos Que, establece que la administración de
justicia común es gratuita, en todas las especialidades, instancias y
económicos y se accede a ella en la forma prevista a Ley. Es
gratuita con carácter general en materia constitucional, penal,
laboral, agraria y en las demás que la Ley señala.
IIIV.- MEDIOS PROBATORIOS:
01. Formato de solicitud de Auxilio Judicial.
02. Copia de mi CIP.
03. Recibo de agua y luz.
04. Copia simple de la partida de matrimonio.
05. Copia de mis planillas de pago del mes octubre de 2005.
06. Copia de la sentencia en causa N° 788-2000-JPL-TAMBO,
donde registra el descuento para acudirla a mi esposa en
forma mensual y permanente 8 % de mis únicos percibos
económicos.
07.- Documentales efectuados ante el Juzgado Civil Especializado
de Lambayeque, donde se dejó sentado sobre la pensión de
alimentos, logrando acudir hasta la fecha en forma mensual
con el 40 % de mis remuneracione s mensuales , a mis
hijas EVELYN DEL ROSARIO BANCES CASTRO (20 años);
SHIRLEY PATRICIA BANCES CASTRO (23 años) y PAOLA DE
LOS MILAGROS (18 años).
08.- Copia simple del Oficio Nº 335-02-DIRECO –PNP/SEC-JUD de
fecha 22-04-2002 y el informe Nº 353-2002-DIRECO-PNP/DP-
DA-SA. Donde se registra el descuento del 20 % por concepto
de alimentos interpuesto por mi señora madre PECHE CAJUSOL
SANTOS para mi menor hijo CRISTIAN AUGUSTO BANCES
ROJAS.
09. Declaración Jurada de ingresos económicos Notarial.
10.- Copia de documentales de medicamentos.
11.- Copia certificada de la partida de nacimiento de: BANCES
GUEVARA FIORELLA.
12.- Copia certificada de la partida de nacimiento de: BANCES
GUEVARA DIANA MABEL
13.- Copia certificada de la partida de nacimiento de CRISTIAN
AUGUSTO BANCES ROJAS.
14.- Copia del contrato de alquiler de vivienda.
15.- Constancia de atención en el Consultorio Jurídico gratuito de la
Universidad Nacional “PEDRO RUIZ GAALLO”
V. ANEXOS:
1. A.- Formato de solicitud de Auxilio Judicial.
1. B.- Copia de mi CIP.
1. C.- Recibo de agua y luz.
1. D.- Copia simple de la partida de matrimonio.
1. E.- Copia de mis planillas de pago de los meses agosto y
setiembre de 2005.
1. F.- Copia de la sentencia en causa N° 788-2000-JPL-TAMBO,
donde registra el descuento para acudirla a mi esposa en
forma mensual y permanente 8 % de mis únicos
percibos económicos.
1. G.- Documentales efectuados ante el Juzgado Civil Especializado
de Lambayeque, donde se dejó sentado sobre la pensión de
alimentos, logrando acudir hasta la fecha en forma mensual
con el 40 % de mis remuneracione s mensuales , a mis
hijas EVELYN DEL ROSARIO BANCES CASTRO (20 años);
SHIRLEY PATRICIA BANCES CASTRO (23 años) y PAOLA
DE LOS MILAGROS (18 años).
1. H.- Copia simple del Oficio Nº 335-02-DIRECO –PNP/SEC-JUD de
fecha 22-04-2002 y el informe Nº 353-2002-DIRECO-PNP/DP-
DA-SA. Donde se registra el descuento del 20 % por concepto
de alimentos interpuesto por mi señora madre PECHE
CAJUSOL SANTOS para mi menor hijo CRISTIAN AUGUSTO
BANCES ROJAS.
1. I.- Declaración Jurada de ingresos económicos Notarial.
1. J.- Copia certificada de la partida de nacimiento de: BANCES
GUEVARA FIORELLA.
1. K.- Copia certificada de la partida de nacimiento de: BANCES
GUEVARA DIANA MABEL.
1. L.- Copia certificada de la partida de nacimiento de CRISTIAN
AUGUSTO BANCES ROJAS.
1. M.- Copia del contrato de alquiler de vivienda.
1. L.- Copia de documentos de sanidad PNP y boletas de compra
de medicina.
1. N.- Constancia de atención en el Consultorio Jurídico gratuito de
la Universidad Nacional “PEDRO RUIZ GAALLO”
POR LO EXPUESTO:
A Ud., Señor Juez, solicito ADMITIR a trámite la presente
SOLICITUD DE AUXILIO JUDICIAL y en su oportunidad declararla
FUNDADA en todos sus extremos.
Es Justicia.
Lambayeque, 14 de diciembre del 2005.
______________________BANCES PECHE GENARO
PLIEGO INTERROGATORIO EL CUAL ABSOLVERA LA DEMANDA EVELYN DEL ROSARIO BANCES CASTRO EN EL PROCESO DE EXONERACIÓN DE ALIMENTOS INTERPUESTA POR BANCES PECHE GENARO EL DIA DE LA AUDIENCIA ÚNICA.
01.-PREGUNTADA DIGA:¿Qué edad tiene, a qué actividades se dedica, de
ser así diga si viene percibiendo pensión de alimentos, de su señor padre
BANCES PECHE GENARO viene acudiendo con pensión de alimentos, de ser
así; Indique la forma, desde cuando a cuánto asciende el monto? 0020
02.-PREGUNTADA DIGA: ¿Si es cierto que Ud., no viene realizando estudios
superiores?
03.- PREGUNTADA DIGA: ¿Si es cierto que Ud., no tiene impedimento físico
y psicológico?
04.- PREGUNTADA DIGA: ¿Si es cierto que Ud., acepta dejar sin efecto la
pensión de alimentos lo que se le solicita?
Chiclayo, 26 de enero de 2005.
_____________________BANCES PECHE GENARO
CIP N° 30085396.