Defensa en Juicio Paul Bergman

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DEFENSA EN JUICIO PAUL BERGMAN CAPITULO I: ENFOQUE LITIGIOSO A. Introducción: A través del juicio los litigantes convierten en remedios concretos los derech legislaturas. Lo juicios a menudo determinan cierto grado de drama y formulan exigencias a n intuitivo (arte – habilidad intuitiva). La importancia atribuida a los aspectos teatrales y al instinto no caracteriza ran parte del !arte" de la defensa en juicio consiste en técnicas #ue pueden y utilizar estas nos suministrara una base solidad para formular decisiones intuitiv %l dramatismo surgir& de la evidencia misma. B. CARACTERISTICAS PERSONALES 'e presenta al litigante no solo como autor de un drama sino como su estrella una personalidad vigorosa #ue someta a los testigos luego humildad y contrici la simp&tica del juzgador. La competencia con relaci*n a la defensa en juicio no depende de # personalidad o sea capaz de representar varios papeles en el juicio. Los siguientes rasgos #ue se deben desarrollar concuerdan con una di personalidad . Con!"n#" $n %i &i%&o: La con+anza #ue se mani+este en la validez de sus reclamos puede inspirar a misma con+anza. ,uiz& un cierre defectuoso puede destruir esa con+anza r&pidamente (no cono recurso para mantenerla decir !no sé" pregunte al empleado del tribunal n incompetente aprender& algo. '. L"% di($r$nt$% $%)$ci"*id"d$%: $omo litigante es m&s probable #ue se especialice en lo #ue fue el tema de ara ser un defensor en juicio competente uno debe de saber cu&l es la !ind en un juicio. %l abogado se relacionara con personas comprometidas en distintas actividad +. S$ntido co&,n: La utilizaci*n del sentido com-n puede ampliar considerablemente nuestra ca sintetizar los hechos y relacionarlo con principios legales abstractos. Las explicaciones simples basadas en las experiencias cotidianas son las #u probabilidades de persuadir al juez ya #ue los jueces normalmente utilizar cotidiano basado en la experiencia. -. Int$ rid"d %s una caracter/stica esencial en todo abogado. %n el caso de los litigante tentaciones para desviarse. %l abogado tiene obligaciones éticas con el tribunal con el adve clientes y no debe comprometer sus normas personales en bene+cio de ning-n CAPITULO II ELEMENTOS DE LA NARRACION PERSUASI/A. A. LA NARRACION DE 0ISTORIAS EN EL JUICIO %l rol primario del abogado es el de narrador de historias Las historias son episodios interconectados relatados sobre todo en ord %l apoyo a la posici*n legal surge a través de las historias individuales secuencia y con+guran la narraci*n general Los relatos son el elemento b&sico del intercambio de informaci*n

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DEFENSA EN JUICIO PAUL BERGMANCAPITULO I: ENFOQUE LITIGIOSOA. Introduccin:A travs del juicio los litigantes convierten en remedios concretos los derechos abstractos de las legislaturas.Lo juicios a menudo determinan cierto grado de drama y formulan exigencias a nuestro criterio intuitivo (arte habilidad intuitiva).La importancia atribuida a los aspectos teatrales y al instinto no caracteriza con justicia al juicio.Gran parte del arte de la defensa en juicio consiste en tcnicas que pueden aprenderse. Conocer y utilizar estas nos suministrara una base solidad para formular decisiones intuitivas. El dramatismo surgir de la evidencia misma.B. CARACTERISTICAS PERSONALESSe presenta al litigante no solo como autor de un drama sino como su estrella: voz de orden en una personalidad vigorosa que someta a los testigos, luego humildad y contricin mientras solicita la simptica del juzgador.La competencia con relacin a la defensa en juicio no depende de que uno posea cierta personalidad o sea capaz de representar varios papeles en el juicio. Los siguientes rasgos que se deben desarrollar concuerdan con una diversidad de tipos de personalidad:1. Confianza en si mismo:La confianza que se manifieste en la validez de sus reclamos puede inspirar al juez a sentir la misma confianza.Quiz un cierre defectuoso puede destruir esa confianza rpidamente (no conocer algo). El recurso para mantenerla: decir no s, pregunte al empleado del tribunal: no se lo tachara de incompetente, aprender algo.

2. Las diferentes especialidades:Como litigante es ms probable que se especialice en lo que fue el tema de su ltimo casoPara ser un defensor en juicio competente uno debe de saber cul es la industria implicada en un juicio.El abogado se relacionara con personas comprometidas en distintas actividades.

3. Sentido comn:La utilizacin del sentido comn puede ampliar considerablemente nuestra capacidad para sintetizar los hechos y relacionarlo con principios legales abstractos.Las explicaciones simples basadas en las experiencias cotidianas son las que tienen ms probabilidades de persuadir al juez, ya que los jueces normalmente utilizar un razonamiento cotidiano basado en la experiencia.4. IntegridadEs una caracterstica esencial en todo abogado. En el caso de los litigantes existen ms tentaciones para desviarse.El abogado tiene obligaciones ticas con el tribunal, con el adversario y con los futuros clientes, y no debe comprometer sus normas personales en beneficio de ningn cliente.

CAPITULO II ELEMENTOS DE LA NARRACION PERSUASIVA.A. LA NARRACION DE HISTORIAS EN EL JUICIOEl rol primario del abogado es el de narrador de historiasLas historias son episodios interconectados relatados, sobre todo, en orden cronolgicoEl apoyo a la posicin legal surge a travs de las historias individuales que forman una secuencia y configuran la narracin generalLos relatos son el elemento bsico del intercambio de informacinLos juzgadores tienden a basarse en las historias cuando adoptan decisiones (comprende nlo que sucedi en el pasado por referencia a la narracin).Las posibilidades de xito en el juicio dependen de la fuerza persuasiva de la narracin general (claridad y credibilidad)

B. PROPOSICIONES FACTIVAS: LA CONFLUENCIA DE LOS RELATOS Y LAS TEORIAS JURIDICAS1. La distancia entre las narraciones y las conclusiones legalesSi bien la meta final en el juicio puede ser probar o refutar cierta teora jurdica, estas son abstracciones distanciadas de la evidencia.Las teoras jurdicas son grupos de elementos: no constituyen proposiciones demostrables ms bien conclusiones legales que el juzgador puede extraer de la evidencia.Las teoras jurdicas no definen una historia en particularLos testigos no pueden atestiguar en el lenguaje especfico de los elementos.Resultados: Distancia entre de una lado estn los relatos, desprovistos de conclusiones jurdicas, del otro las teoras y los elementos, desprovisto de contenido factico especifico. Las proposiciones fcticas son un modo de salvar la distancia.

2. La divisin de las teoras jurdicas en los elementos componentesProceso de conversin de las teoras legales en proposiciones concretas:Para formular proposiciones fcticas comience indicando los elementos de cada teora legal que uno intenta demostrar. (Los elementos son abstracciones no relacionados con la historia fctica original)

3. Reformular los elementos como proposiciones fcticasUna proposicin fctica es una afirmacin de hecho que satisface un elemento legal; es decir, un elemento reformulado en un lenguaje frente al cual el testigo si puede declarar.Los relatos de nuestros testigos determinan el contenido de las proposiciones fcticasLas proposiciones fcticas eliminan la distancia entre la historia y la teora legal.Las P.F nos dicen cuales son exactamente las conclusiones fcticas a las cuales debe llegar el juzgadorLas P.F. nos dicen cules son las pruebas que debemos aportar en el examen directo y las repreguntasLo que el juzgador ve y oye es evidencia, el resto es una elaboracin mental.Los demandantes deben demostrar cada elemento, los demandantes pueden formular proposiciones fcticas solo por referencia a los elementos que cuestionan.

C. ELABORACION DE RELATOS QUE CONFIRMAN LAS PROPOSCIONES FACTICASHay que relatar una historia que sea suficiente desde el punto de vista legal; es decir, deber afirmar por lo menos una proposicin fctica para cada elemento de una teora jurdica.Las historias legales, verosmiles y persuasivas incluyen los siguientes tipos de evidencia:1. Evidencia afirmativa:Consiste en los hechos que tienden a demostrar la exactitud de una proposicin fcticaPara satisfacer los principios legales, es tpico que cada proposicin fctica se concentre en un momento del tiempo en que sucedi algo que es significativo desde el punto de vista legal.La evidencia afirmativa no se limita a los momentos fundamentalmente decisiones en el tiempo. Para demostrar una P.F. es tpico que uno incluya evidencia afirmativa relacionada con hechos que sucedieron antes y despus de los hechos decisivos.2. Evidencia de refutacin:Tiende a debilitar la prueba afirmativa del adversario, aunque no es parte de nuestra narracin afirmativa. (Debilita la narracin afirmativa del acusado pero no es una prueba acusatoria afirmativa)Dos formas de evidencia de refutacin:De negacin: Pide al juzgador que descrea de la evidencia ofrecida por la contraparteFormula reconocer y explicar: consiste en reconocer y explicar cuando la contraparte ofrece una prueba circunstancial en apoyo a una proposicin fctica el juez debe extraer una inferencia para relacionar a la prueba circunstancial con una proposicin fctica Implica aceptar la exactitud de la prueba circunstancial del adversario, pero pidiendo al juzgador que extraiga una inferencia distinta a la que la contraparte solicita. (Aportar una evidencia de refutacin contra una evidencia circunstancial) 3. Evidencia de credibilidadAfecta la verosimilitud y el carcter ms o menos fidedigno de los relatos, aporta una base al juzgador para elegir entre historias contrarias. Importante pues el juez no cree automticamente lo que narramosPuede tener carcter afirmativo o de refutacin.4. Evidencia explicativaEs una forma de prueba afirmativa que indica a un juzgador por qu los hechos de una historia sucedieron como uno afirma que fue el caso.Tiende a apoyar las proposiciones fcticas al suministrar razones que explican porque los hechos sucedieron como uno afirma5. Evidencia emocionalEs una forma de evidencia afirmativa o de refutacin que apela tanto al corazn como a la mente del juzgador. (Los sentimientos pueden afectar las conclusiones fcticas que extraemos).En un nivel subconsciente los sentimientos pueden determinar para el juez cual es el relato ms verosmil.

D. LA NARRACION DE HISTORIAS VEROSIMILES EN EL JUICIOAspecto restante a los relatos persuasivos: la credibilidad.La narracin a menudo mezcla la prueba sustantiva con la prueba de la credibilidad, de modo que uno no puede distinguirlas fcilmente.Concebir la prueba acerca de la credibilidad al margen de la evidencia sustantiva tiene sus ventajas: incluir al relato una prueba que hubiera omitido en un pensamiento limitado a lo sustantivo.Factores que tpicamente influyen sobre la credibilidad: Credibilidad del testimonioConsecuencia con la experiencia comnConsecuencia internaConsecuencia con los hechos conocidosDetalle Credibilidad de los testigosConocimiento expertoMotivoComportamiento (incluso atraccin fsica o estilo personal)Jerarqua o status socio-econmico 1. Credibilidad del testimonio

a. Consecuencia con la experiencia comn: Es tpico que uno evalu las versiones de los hechos suministrados por los testigos comparndolas con sus propias experiencias. Uno tiende a considerar verosmiles las versiones que armonizan con esa experiencia y tiende a descreer las que se contradicen.A pesar de toda su ubicuidad, la experiencia puede llevar a la injusticia: aunque un juez tenga un sentido preciso de como las cosas suelen suceder, en una situacin especfica lo desusado puede ser la verdad.Cuando su relato choque con la experiencia; primero mediante el testimonio y luego mediante la argumentacin subraye porque en este caso especfico, los hechos sucedieron de distinto modo a lo que se esperara normalmenteIntente incorporar en la declaracin del testigo la prueba que demuestre al juzgador que lo que puede ser vlido en general no es exacto en el caso dado (evidencia explicativa).b. Consecuencia internaConsiste en evaluar internamente una historia.Tendemos a creer la historia que exhibe cierta armona y tiene lgica internaLas contradicciones internas perjudican la credibilidad de un relatoLas contradicciones internas a menudo se deslizan en los relatos de los testigos: se contradicen cuando intentan armonizar las opiniones con los detalles.Uno origina contradiccin interna aportando la prueba de una declaracin previa (enunciado previo) contradictoria.Uno puede tratar de rehabilitar la credibilidad del testigo ofreciendo cualquiera de las formas de testimonio de refutacin: negar que formulo la declaracin o puede ofrecer una explicacin.c. Consecuencia con los hechos establecidos:Para el juzgador es ms fcil resolver las diferencias fcticas si considera comprobados ciertos hechos.Los hechos comprobados pueden convertirse en piedras de toque que el juzgador utiliza para evaluar otras evidencias: creer en lo que coincide, descreer en lo que no.Asi, uno puede elevar el valor probatorio del relato al persuadir al juzgador que considere como hechos demostrado (hechos estipulados por las partes u observados judicialmente) la evidencia favorable y a que juzgue las narraciones competidoras de acuerdo a estos.d. DetalleHasta cierto punto el detalle tiende a convencer al juez que una historia es verosmil, eso es vlido sobre todo si los detalles son sobremanera importantes o vividos.Los detalles tienden a acentuar la credibilidad del testigo cuando ofrece una explicacin por haber recordado determinado detalle. (Observador sincero de memoria clara)Sin embargo, la experiencia ensea que nuestra capacidad para observar y recordar detalles es limitada, por tanto el exceso de detalle puede determinar la duda en el juzgador.

2. Credibilidad de los testigos:a. Conocimiento experto:El juzgador creer a los testigos que poseen un conocimiento especial del tema de su testimonio.Si es importante para el contenido del juicio, la experiencia y la formacin originales de cada persona puede aportar conocimiento experto a un juzgador: los testigos pueden suministrar conocimiento experto sin que se los califique como peritos.La proximidad de un testigo a los hechos puede aportar conocimiento experto.La prueba que en otras condiciones sera inadmisible porque implicara un juicio acerca del carcter, puede ser admisible para comprobar el conocimiento experto de un testigo.b. MotivoLa declaracin de un testigo puede estar teida por aspectos como el dinero, el amor, la amistad, los celos, el odio.Los abogados aportan evidencia de la motivacin para cuestionar la credibilidad, y evidencia de neutralidad para apoyar la credibilidad.Al mismo tiempo, uno puede inclinarse a atribuir excesiva importancia al motivo, o a la ausencia del mismo.Puede ser que en los juzgadores ignoren todas las motivaciones, salvo las que son especialmente intensa y determinan evidentes problemas testimoniales.c. ComportamientoEs la reunin de rasgos fsicos y elementos idiosincrticos que tienden a aumentar o disminuir la credibilidad.Uno puede tratar de influir sobre el comportamiento de sus propios testigos. Sugerencias tiles:1. Excursiones al rea: lleve a los testigos a la sala del tribunal, invtelos a ver parte del juicio y sugiera que formulen preguntas.2. Ensayo: Repase el interrogatorio directo y las repreguntas ajustadas al desarrollo previsto.3. Alegato: Las reacciones de un juzgador frente a los rasgos negativos del comportamiento puede ser rechazada si se llama la atencin del juez sobre el tema.4. Instrucciones en la sala del tribunal: Instrucciones en el mismo juicio de cmo comportarse al testigo.e. Status socio-econmico.Esta categora se refiere al prejuicio.Los juzgadores pueden creer en un testigo que tiene un status anlogo al suyo.

CAPITULO IVREPREGUNTAS

2. cinco metas del interrogatorio mediante las repreguntas1 atacar la credibilidad personal del testigo2 atacar la credibilidad de partes de la historia del testigo3 obtener un testimonio que apoya nuestras proposiciones fcticas4 obtener un testimonio contradictorio del testigo respecto de otro testigo contrario.5 obtener un testimonio fundacional de la evidencia.3. el testimonio orientado hacia un blancoLos temas hacia los cuales uno apunta en la repregunta generalmente no constituyen en ellos mismo una historia y tampoco mantienen una relacin cronolgica. A qu responde la diferencia dramtica entre los formatos del interrogatorio directo y la repregunta? Interrogatorio directo: uno intenta demostrar la exactitud y la confiabilidad del testimonio. Una historia no permite desarrollar una versin coherente de los hechos. Repregunta: no nos interesa una historia sino fragmentos de evidencia que pueden ser tiles. 4. Tocar y CorrerHacer que el juzgador reconozca el significado del testimonio durante la repregunta. La conversin exitosa de unos pocos temas en blanco puede tener un efecto gestltico sobre un juzgador. Es decir uno puede originar en un juzgador la impresin general de que el testigo de la contraparte no fue especialmente perjudicial para nuestro caso. 5. Desechar la preguntaUna de la antiguas reglas de la repregunta es desechar esta en el caso de un testigo cuya declaracin no ha sido perjudicial. Uno puede desechar la repregunta cuando disputa no tiene carcter fctico y ms bien implica los estndares normativos de la comunidad. Uno puede desechar la repregunta incluso cuando el xito no depende de que el juzgador crea la versin de los hechos ofrecida por el cliente, ms que en la de un adversario. Quizs uno desee desechar la repregunta de un testigo que suministra nicamente evidencia afirmativa acerca de los daos. Es mejor no haber preguntado qu repreguntar y perder.

B. EL ORDEN DEL TESTIMONIOEl principio de la primaca sugiere que el modo en que uno comienza a repreguntar puede influir seriamente en el modo en que tanto el juzgador como el testigo reaccionan ante la repregunta. a.A menudo uno desea obtener nueva evidencia, la que el testigo probablemente puede suministrar y recusar la evidencia que el testigo aport en el interrogatorio directo. b.Comience la repregunta en el punto ms fuerte que usted posee. Puede ser por referencia a la decisin del juzgador, el que usted puede demostrar ms fcil y claramente, o el que permite la confrontacin inmediata.c.Comience la repregunta en cualquiera de los puntos finales del interrogatorio directo. Esta tcnica aprovecha tanto la primaca como la novedad, el tema final del examinador directo es el primero que uno aborda. d.Atngase a un formato cronolgico. Comience en el punto que apareci en el momento ms temprano y contine cronolgicamente a partir del mismo.e.Comience al azar, y utilice la tcnica que consiste en brincar, saltar y esquivar. Persigue intencionalmente los hechos en un orden no cronolgico con la esperanza de desorganizar los procesos del pensamiento de un testigo.

C. TECNICAS DE INTERROGACIN 1.Preguntas Sugestivas: Son la clave de la repregunta orientada hacia un blanco. Nos permiten limitar la respuesta de un testigo a la evidencia contenida en una pregunta. Las preguntas sugestivas permiten que uno controle el alcance de la declaracin de un testigo. -Tono de voz: en un tono en que indique al testigo que usted espera una respuesta breve y concisa.-Formule preguntas de un solo punto: cuando ms breve una pregunta sugestiva ms probable es que determine la respuesta que uno desea. Otro beneficio de las preguntas de un solo punto es que permiten que uno aumente el efecto al reunir una serie de respuestas favorables breves. Las preguntas sugestivas de un solo punto que evocan una serie de respuestas negativas acentan la intensidad de la repregunta.-Aprehender una faceta de la verdad: una pregunta sugestiva no convertir mgicamente la evidencia perjudicial en evidencia til. Pero si una pregunta sugestiva aprehende por lo menos una faceta de lo que un testigo cree verdadero, l puede confirmarlo a pesar de que no habra tomado la iniciativa de formular esa respuesta.

2.Preguntas AbiertasTambin puede suscitar la impresin de que uno est intimidando verbalmente al testigo. Ocasionalmente uno puede intercalar preguntas abiertas para disminuir el riesgo de que el juzgador perciba al abogado como un individuo injusto. Las preguntas abiertas pueden ser necesarias cuando uno pesca o formula preguntas cuyas respuestas no conoce. D. PANTEAMIENTO DE LAS PREGUNTASEl planteamiento de las repreguntas incluye dos aspectos: los temas sealados como blancos, y las preguntas que formularemos. 1.Planteamiento Temtico: Los temas que no utiliza como blancos en las repreguntas deben ser los mismos que uno subraya durante el alegato final. Ciertamente, uno puede pensar en las repreguntas como la oportunidad de presentar una parte del alegato final en la forma de preguntas sugestivas.

2.Planteamientos de las repreguntas-Modelo de seguridad de un proceso de representantes: La atencin del abogado se desplaza hacia la probabilidad de obtener el testimonio deseado. Aqu el consejo es que no se formule una pregunta si uno no sabe cmo responder el testigo. Cuando mayor es la probabilidad de que usted pueda refutar, ms segura ser la pregunta. -Preguntas muy seguras: la refutacin utilizando la declaracin previa del testigo y la refutacin mediante un testigo ms verosmil.-Preguntas de seguridad media: la refutacin con nuestra propia historia, la supuesta refutacin mediante un testigo que no puede ser llamado y la refutacin afirmando la inverosimilitud. -Preguntas mnimamente seguras: salir de pescaE. TCNICAS APLICADAS A LAS REPREGUNTAS1. Preguntas muy segurasa)Declaracin previa del testigo: una pregunta es muy segura si uno puede una respuesta desfavorable con una declaracin precedente del testigo. En el derecho comn una declaracin previa del testigo era admisible slo para recusar su testimonio ante el tribunal. 1.1. Utilizacin de la declaracin previa para recusar: La aceptabilidad puede depender de consideraciones como la posibilidad de que la evidencia sea o no colateral; la posibilidad de que una declaracin anterior se contradiga con el testimonio reflejado en la frase no recuerdo y la posibilidad de que uno haya aconsejado inicialmente al testigo acerca de las circunstancias que rodean la formulacin del enunciado previo. Para recusar el testimonio directo con una declaracin previa se atiene a una secuencia: 1.Ratificacin: pide al testigo que repita el testimonio que va a recusar2.Trabaje sobre el enunciado previo: cuando quiere destacar su credibilidad3.Obtenga la declaracin previa y siga adelante.

1.2Utilizacin de la Declaracin previa para aportar nueva evidenciaUno desea aporta nueva evidencia en las repreguntas sobre la base de la declaracin previa de un testigo. El procedimiento vlido consiste en cuestionar al testigo sin referencia a la declaracin previa, remitindose a ella slo si contradice el testimonio.El abogado puede aplicar el mismo esquema siempre que aporta nueva evidencia sobre la base de una declaracin previa del testigo.

1.3La importancia de las declaraciones previas precisas El interrogatorio basado en declaraciones previas es muy seguro slo en la medida en que el contenido del enunciado previo encaja exactamente con las preguntas que uno formula en las repreguntas.

b)Refutacin por un testigo ms verosmil En esta forma muy segura de la repregunta uno formula preguntas basadas en la informacin proveniente de una fuente extrnseca es decir una fuente distinta del testigo a quien uno est preguntando.

2.Preguntas de Mediana Seguridad a)La refutacin a partir de nuestra propia historiaEn la medida en que nuestras fuentes extrnsecas de refutacin son recusables, tal vez uno no tenga certeza con respecto a la posibilidad de que un juzgador acepte su versin ms que la del adversario. Por lo tanto esta tcnica implica una seguridad mediana. Las preguntas acerca de su historia demuestran que uno no acepta la versin del testigo, y al mismo tiempo evita en general el riesgo de salir a la pesca. Las preguntas acerca de su historia hasta cierto punto pueden compensar la ventaja de la disposicin mental promovida por un demandante al presentar su testimonio antes que el acusado.Finalmente a veces las pregunta acerca de su historia puede ser el nico modo que dispone un acusado para presentar su historia d un juzgador. b)Supuesta refutacin por un testigo inalcanzableLa obtencin de evidencia en la repregunta puede obligarnos a convencer a un testigo de que uno realmente tiene las cartas en la mano. Los detalles pueden convencer al testigo que uno dispone de informacin concreta, por lo cual nada ganar sino se atiene rigurosamente a la verdad. Utilice la misma tcnica cuando la evidencia inutilizable es la declaracin previa al testigo. En esta situacin, uno formula preguntas que recuerdan al testigo las circunstancias que rodean la formulacin del enunciado previo. c)Refutacin por inverosimilitudLa refutacin por inverosimilitud se basa descreer de las historias que chocan con nuestras experiencias acerca del modo en que suelen suceder los hechos.

1.INVEROSIMILITUD EN PRESENCIA DEL INTERROGATORIO DIRECTOAl utilizar las preguntas sugestivas para yuxtaponer fragmentos de la evidencia que en el interrogatorio directo quiz estuvieron separados por hechos intercalados, las preguntas pueden sugerir inverosimilitud sin que uno aporte evidencia nueva.

2.UTILIZACIN DE LA EXPERIENCIA PARA DESARROLLAR LA INVEROSIMILITUDUno puede utilizar la experiencia tambin para obtener la evidencia nueva en la repregunta y aumentar el efecto de una inverosimilitud. La experiencia no dice cmo suelen desarrollarse los hechos. El aporte de informacin nueva en la repregunta puede aumentar el efecto de una inverosimilitud. Las preguntas originan nueva evidencia, basada en los pensamientos y el comportamiento probables de una persona asustada.

3.Preguntas mnimamente seguras- LA PESCAUno pesca cuando formula preguntas cuyas respuestas no puede refutar. Cuando uno no tiene una zona de indagacin en relacin con un hecho fundamental, es posible que se vea obligado a pescar. 1.Preste atencin a los temas que su adversario evita en el interrogatorio directo.2.Confi en su juicio para identificar temas en los cuales parece que el testigo contrario no demuestra seguridad. 3.Evite los ataques frontales al testimonio.El xito es ms probable si las preguntas se refieren a los detalles del contexto. La pesca puede acercarnos a los lmites ticos. Formular la pregunta implica contar con un apoyo fundacional. Y sobre todo cuando una pregunta tiene que ver con los rasgos del carcter, es tpico que uno pueda formularla si carece de una creencia de buena fe en el sentido de que la implicacin es vlida.a.Exploracin de los detalles: una tcnica de pesca consiste en explorar los detalles de los hechos declarados por un testigo. O bien un testigo no puede suministrar detalles suficientes, o el testigo pretende suministrar tantos detalles que la historia llega a ser irreal. La pesca buscando detalles tambin puede tener xito si un testigo aparentemente recuerda demasiado.

b.Saltar, brincar y correr: se refiere a los movimientos de ida y vuelta entre los hechos. Explorar intencionalmente los hechos en forma no secuencial puede confundir al testigo. La confusin puede afectar negativamente el comportamiento del testigo, y provocar conflictos en la declaracin.

c.Si lo que usted dice es cierto: uno tambin puede pescar mientras esquiva un ataque frontal a la declaracin, examinando el relato del testigo en concordancia con la experiencia cotidiana. Pregntese usted mismo: hay otros episodios que probablemente sucedieron? Si en las repreguntas un testigo no puede declarar en vista de estos hechos adicionales, el juzgador puede inferir que tal vez los hechos no sucedieron tal como lo describi el testigo.

F. PROBLEMAS PARA OBTENER LA DECLARACIN 1.El examen basado en la repreguntaLa repregunta tambin abarca un estilo de interrogatorio que es agresivo y en que el interrogador se muestra despectivo frente al testigo y a la versin de este. La repregunta excesivamente agresiva provocar las objeciones del adversario, diluyendo todava ms el posible efecto de la evidencia til. Aunque uno ntimamente sienta hostilidad, debe esforzarse por preguntar con una actitud serena y profesional.

2.Responder a las preguntas evasivasLos testigos a menudo responden evasivamente durante la repregunta, con el propsito de evitar una respuesta a la cual consideran perjudicial para sus intereses.Uno tiene derecho a insistir, es un estilo profesional solicitando respuestas razonables. a)Repetir la pregunta: en lugar de hacerlo uno mismo, se le pide al juez que ordena al secretario que repita la pregunta. b)y no l pregunt.yo le preguntc)Nos estamos cuestionando su comportamiento: los testigos tratan de justificar sus actos preguntando cmo se habra comportado usted en la misma situacin.d)Pida al juez que ordene al testigo que conteste: cuando el testigo se muestra evasivo en ms de una ocasin.e)no recuerdo: la presunta incapacidad del testigo cuando debe recordar informacin puede ser un inconveniente de muy difcil superacin. Uno puede sealar al juzgador que la respuesta del testigo es una falla total de la memoria sea considerada como una negacin. f) puede y podra: son dos clsicas de palabras ambiguas que quizs nos induzcan equivocadamente a creer que un testigo ha contestado afirmativamente.

3.Respuestas a las explicacionesPor mucho que uno formule la pregunta ms sugestiva que exista los testigos a veces tratan de explicar sus propias respuestas. Uno puede decirle al testigo: por favor limtese a responder la pregunta. El abogado no debe explicarle al testigo de cmo debe responder ni tampoco permitir que el abogado contrario lo haga.

G. LA PROTECCIN DE NUESTRO PROPIO TESTIGO DURANTE LA REPREGUNTA En general uno debe asumir la carga de proteger al testigo. 1.Preguntas Argumentativas (preguntas que sugieren la respuesta)Es la que en lugar de buscar evidencia trata de obligar al testigo a caracterizar su propia declaracin.

2.Preguntas Mltiples El abogado interrumpe al testigo en la mitad de la frase. Cuando se la repita el testigo puede confundirse y hacer que el testigo se vea esquivo.

3.Interrogatorio muy velozEs una variante de las preguntas mltiples. El testigo puede desconcentrarse y cometer errores por descuido. Uno puede aconsejar a los testigos, acerca de la conveniencia de detenerse en el momento previo a la formulacin de la respuesta. Uno puede oponerse con distintos argumentos: -Carcter argumentativo de la pregunta-Tcnica que consiste en azuzar al testigo -Impedirle que conteste la pregunta

4.Citar errneamente a un testigo Mencionar el testimonio precedente como introduccin a una pregunta es una tctica til. Proteja tanto el registro como al testigo oponindose a que la pregunta cite falsamente las palabras del testigo.

CAPTULO V ALEGATO FINAL1. CONSIDERACIONES GENERALES1. LA MISTICA DEL ALEGATO FINALA juicio de muchos, se asemeja a un juego de basquetbol profesional: todo representa el preludio de los ltimos momentos, cuando se gana o pierde el encuentro o juicio.Sugiere que el influjo del alegato final puede ser mayor que el efecto del interrogatorio directo o las repreguntas

EL PRINCIPIO DE LA NOVEDADCompensado por otros factores

1. Juzgadores evalan la evidencia a medida que se desarrolla, generalmente piensan en el asunto antes de que uno empiece a hablar, y a menudo por lo menos ha llegado a una conclusin previsional1. Evitar la disonancia cognitiva, esta es un proceso conocido en virtud del cual evitamos la incomodidad psicolgica desechando mediante la racionalizacin la evidencia que contrara nuestras creencias.La disposicin mental y la disonancia cognitiva se combinan para atenuar el posible impacto del alegato final.1. OBJETIVOS DEL ALEGATO FINALPrincipal objetivo: Convencer al juzgador de que nuestras proposiciones fcticas son exactas. Una meta del alegato es final es formular razones en el sentido de que la exactitud de nuestras proposiciones fcticas concuerda con las consideraciones de la justicia.Nuestro argumento debe ser una continuacin de los mismos temas que uno intenta destacar en el curso de un juicio. Lo que uno plantea argumentar debe conformar la evidencia que obtiene, y no a la inversa. Uno depende esencialmente de la evidencia y no de la argumentacin, esta servir para crear una disposicin mental favorableSe compara a un juego de futbol, sin embargo como abogados tenemos dos ventajas: a) uno puede revelar explcitamente su plan de juego antes que se resuelvan las cuestiones y b) uno argumenta que su posicin legal concuerda con los conceptos de justicia y moral.La parte de un argumento referida a la promocin de la justicia debe estar vinculada con la evidencia1. LIMITE LA ARGUMENTACION AL REGISTROEsgrimir hechos ajenos al registro es impropio. Una formulacin errnea puede consistir en una afirmacin completamente desprovista de apoyo en la evidencia.A menudo esta consiste en extraer una inferencia infundada de la evidencia circunstancial.Si nuestro adversario cita errneamente el registro, nuestra respuesta puede depender de que uno tenga o no la oportunidad de replicar. Si uno no dispone de otra oportunidad para argumentar, objetar es el nico modo de corregir el registro, ms aun si se recuerda e verdadero contenido del registro.Si el abogado tiene otra oportunidad de argumentar, puede contemplar la posibilidad de desechar la objecin.Cuando se considera la posibilidad de que el argumento se encuentre fuera del registro recuerde que usted puede referirse a informacin extrada de la experiencia cotidiana.1. EXAGERACIONDentro de ciertos lmites, uno puede exagerar durante el alegato final. Se tolera la exageracin porque un exceso ocasional de celo es comprensible y porque la lnea divisoria entre las inferencias propias y las impropias a menudo no es muy clara. Ms aun, los juzgadores suelen tener experiencia suficiente para reconocer la exageracin y no permitir que los induzca a error.Un argumento no tiene por qu ser una formulacin lisa y diluida, el abogado puede mostrarse enftico, enrgico e incluso agresivo, segn convenga a su estilo personal y a la naturaleza de un caso. Pero es tpico el hecho de que uno debe apoyar los ataques con la evidencia para persuadir a un juzgador de que el caso que defiende consiste no solo n energa sino tambin en sustancia.1. FORMULACION DE OPINIONES PERSONALESNorma aparentemente estable: el abogado no debe aludir a sus creencias personales durante la argumentacin. Sin embargo, esta es inviable pues cualquier argumento es en cierto sentido la opinin del abogado acerca del valor esencial de la evidencia. Por consiguiente esto solo se permitir cuando este unido directamente a la evidencia.1. TECNICAS DE COMUNICACINLa capacidad persuasiva de un argumento es producto de lo que usted dice ms el modo en que lo dice. Una de estas tcnicas es hablar ms lentamente que lo que uno podra hacer e la conversacin cotidiana, de esta manera tal vez no se sienta intimidada cuando hace una pausa para ordenar sus pensamientos.En general uno no debe leer un argumento, de tanto en tanto puede remitirse a las notas. Esto puede demostrar a un juzgador que uno est realizando referencias exactas y cuidadosas a la evidencia.1. LAS COSAS QUE DEBEN DECIRSE DURANTE LA ARGUMENTACIONEl nmero de reglas que controlan el alegato final es ms reducido que el de otras fases del juicio, la argumentacin es esencialmente una cuestin de estilo personal.1. REPASO DE LA EVIDENCIAEs una repeticin de la misma sin argumentar explcitamente su credibilidad o su conexin con las proposiciones fcticas. Uno querr revisar la evidencia cuando una historia es a) compleja, b) prolongada en el tiempo, c) confusa o d) cuando determina un intenso efecto emocional y moral. Segn Lewellyn este repaso de la evidencia puede aportar al juzgador una intensa impresin de la justicia de la causa de nuestro cliente.Un modo es relatar la historia completa.El segundo mtodo consiste en repetir la prueba testigo por testigo. Este mtodo subraya los relatos de los testigos individuales en el bloque de una historia general del grupo. Este mtodo se puede utilizar cuando sus testigos gozan de credibilidad, o cuando la tecnologa tiene importancia secundaria.1. ANALICE LOS PRINCIPIOS LEGALES PERTINENTESTodo juicio est formado por dos conjuntos de principios legales. Un conjunto consiste en normas sustanciales, el otro est formado por reglas que orientan el proceso de dilucidacin de los hechos.Las tpicas reglas de procedimiento incluyen la carga de la prueba, los factores que gravitan sobre la credibilidad y la evaluacin de la evidencia circunstancial.En el alegato final uno posee la oportunidad decisiva de reformular los principios abstractos en la forma de proposiciones fcticas, y de proponer explicaciones, en trminos cotidianos de lo que significan las reglas.Concentrar la atencin de un juzgador en una cuestin legal discreta puede ser decisivo cuando uno quiere alejar al cliente de los aspectos emocionales de un caso.En el caso de la carga de la prueba se debe destacar el hecho de que esta debe superar la duda razonable.1. AGRUPAMIENTO DE LA EVIDENCIAExtrae de distintos relatos los rubros especficos de la prueba correspondientes a un principio, contrariamente a la narracin.. Es la nica oportunidad de organizar explcitamente la evidencia referida a proposiciones fcticas especficas.Cualquier informacin presentada a consideracin del juzgador puede ser presentada como blanco de agrupacin de la evidencia. Con respecto a un elemento individual, uno puede referirse al testimonio de una de las partes o un testigo cualquiera.La evidencia que ha llegado por el camino de la estipulacin son fuentes adicionales de argumentos.1. OBTENCION DE INFERENCIASLa caracterstica principal que distingue la argumentacin de la declaracin inaugural es nuestra capacidad para extraer inferencias durante la argumentacin.A menudo uno identifica las inferencias que desea que el juzgador extraiga como parte de un argumento basado en el agrupamiento de la evidencia. La formulacin de inferencias destaca explcitamente la importancia de la evidencia, y puede inducir al juzgador a extraer precisamente aquellas.La formulacin de inferencias tambin nos permite formular una teora del caso basada en distintos elementos de la evidencia, y los relaciona con una teora jurdica completa, y no solo con una proposicin fctica.1. DESARROLLO A PARTIR DEL PROCESO DE RAZONAMIENTOEn esencia, uno trata de imponer las conclusiones a un juzgador, sin embargo tambin puede identificar el proceso al que desea que se atenga el juzgador para llegar a esas conclusiones. Por consiguiente puede indicar al juzgador lo que debe decidir y como llegar a esa decisin.Puede atenerse al proceso mediante el cual un juzgador puede usar la experiencia cotidiana para evaluar la historia de un testigo.As tambin si esto no es plausible, puede ilustrar la inverosimilitud mediante una analoga. Las analogas conocidas a menudo determinan que un argumento sea ms persuasivo.1. REFUTACION AL ADVERSARIOEs tpico que un argumento eficaz nos lleve a enredarnos en dura lucha con la posicin del adversario. Por lo tanto un enfoque persuasivo es argumentar no solo que uno debe vencer, sino tambin que el adversario no debe imponerse.Uno puede refutar mediante: a) denegacin y b) aceptacin de la evidencia, pero extrayendo una inferencia distinta.Cuando el adversario arguye antes que nosotros, podemos refutar los argumentos que el adversario formula realmente. Pero cuando uno arguye primero, es posible que se vea obligado a presentar una argumentacin de dos facetas. Es decir uno debe formular primero el argumento que el adversario probablemente esgrimir y despus refutarlo. Las declaraciones de un adversario durante las conferencias previas al juicio, as como el nfasis del testimonio indican cuales son los argumentos que el adversario probablemente refutara.1. ARGUMENTOS EN RELACION CON LA CREDIBILIDAD1. Mentiroso, errneo o desconfiable?As como los juzgadores pueden absolver antes que hallar al acusado culpable de un delito excesivamente severo, tambin pueden creer en un testigo en lugar de aceptar nuestra argumentacin en el sentido de que el testigo es un mentiroso. Por lo tanto, a menos que uno tenga suprema confianza en que un juzgador considera mentiroso a un testigo, generalmente se beneficia con un argumento menos agresivo que destaca que el testigo est equivocado, o que el testimonio es indigno de confianza. Por ejemplo tener declaraciones contradictorias.1. Los factores emocionalesComo nos sucede a todos, en el caso del juzgador la confianza en un testigo a menudo est influida por los sentimientos y los estereotipos. Por ejemplo la apariencia personal de un testigo, su empleo, su situacin econmica, etc. Si uno cree que el juzgador tendr sentimientos positivos acerca de un testigo basado en los factores emocionales, tal vez prefiera abstenerse de hablar durante la discusin acerca de dichos sentimientos. Por otra parte, uno puede tratar de desencadenar esos sentimientos con un recordatorio implcito de los factores en que es probable que a su vez estn basados dichos factores.Por otra parte si uno cree que el juzgador tendr una reaccin negativa acerca de la credibilidad sobre la base de los factores emocionales, es posible que desee llamar explcitamente la atencin sobre dichos sentimientos, para contrarrestarlos.1. Medida en que una parte del testimonio infecta o inmuniza otras partesA veces la prueba de la credibilidad conduce naturalmente a un argumento en el sentido de que la declaracin global de un testigo es creble o increble. Por ejemplo, la neutralidad o el conocimiento experto de un testigo puede apoyar un argumento en el sentido de que todo lo que el testigo ha dicho es creible; en cambio la tendencia o el mediocre comportamiento de un testigo puede confirmar un argumento contrario.Pero en otras ocasiones la evidencia de la credibilidad puede afectar slo a un aspecto particular del testimonio. 1. EL RESULTADOEn general, indique a un juzgador cual es el resultado al que usted desea llegar. En esencia, un juicio es el reclamo de que otra persona, el juzgador, adopte medidas. Por lo tanto, en su forma tpica uno debe decir al juzgador que medidas desea que adopte.Evite formular explcitamente el resultado exacto que desea que el juzgador alcance. En primer lugar, puede temer la posibilidad de argir en favor de un resultado que no es tan bueno como el resultado que el juzgador est dispuesto a otorgar; segundo puede que el juzgador mire con malos ojos el resultado que deseamos y finalmente en lo ms profundo de nuestra psiquis puede acechar el sentimiento de que las apelaciones directas son peligrosas.Solo se debe aportar al juzgador cierta orientacin especfica con respecto al resultado que uno espera, en lugar de revelarlo dramticamente al final de una argumentacin.1. TECNICAS ARGUMENTALES1. ANALOGIASLas analogas pueden transformar lo extrao en lo conocido. Cuando un juzgador acepta que una situacin poco conocida es bastante semejante a otra conocida, a una situacin cotidiana, es probable que el propio juzgador evale del mismo modo ambas situaciones.Uno puede concebir analogas para las normas legales que influyen sobre la credibilidad.Uno puede modificar una generalizacin de acuerdo con la idea que pretende demostrar.Un puede trazar analogas correspondientes a situaciones fcticas con las cuales el juzgador quiz no est familiarizado.Las analogas son breves, mientras ms extensa la analoga, ms probable que tanto uno mismo como el juzgador se absorban de tal modo en ella que olviden la idea que inicialmente uno intento ilustrar.1. LAS GUIAS Es un breve esbozo con el cual uno puede iniciar una argumentacin. Tiende a conferir cierto sentido de coherencia y organizacin a una argumentacin. Ms an puede ayudar a superar el limitado alcance de la atencin a un juzgador.La gua puede ordenar las teoras jurdicas que uno utilizara.No se recomienda usar gua si e argumento ser breve.1. ORDEN DE LA ARGUMENTACIONSe sugiere ue nuestros argumentos ms slidos deben ocupar el primer lugar. Si dos razones sugieren que nuestro testigo es ms verosmil que el de la parte contraria, sostenga primero la razn mas solida.Durante la argumentacin uno puede esgrimir automticamente los defectos de la historia del adversario antes de aludir a las cualidades de nuestra propia argumentacin. Lbrese temprano de las cuestiones que no estn siendo controvertidas, para poder atacar con su posicin en los puntos controvertidos y crticos.1. ARGUMENTACION EXPLICITA VERSUS ARGUMENTACION IMPLICITAEl carcter maso menos explcito no es necesariamente la medida del xito de un argumento. Por una parte el argumento explicito no siempre es ms persuasivo que el implcito. Algunos estudios sugieren que la gente se aferra ms firmemente a las conclusiones cuando las obtiene mediante su propio razonamiento.El carcter explicito alarga los argumentos y los jueces a veces pueden mostrarse muy explcitos acerca de nuestra necesidad de finalizar la argumentacin.1. RESPONDA A LOS COMENTARIOS Y LAS PREGUNTAS DE LOS JUECESLos comentarios de un juez durante la discusin o las conferencias, asi como las preguntas que el formula a los testigos, generalmente son indicios acerca de las conclusiones provisionales del juez. El juez a menudo se sentir halagado cuando la argumentacin dl abogado se refiere especficamente al punto que el formulo antes.1. DEFINICION DE LAS CUESTIONESUn aspecto rutinario de la argumentacin es la revisin de las cuestiones que el juzgador debe resolver. En su forma tpica uno define las cuestiones de acuerdo con los principios legales.Nuestra formulacin de las cuestiones puede ser un esfuerzo persuasivo. Pero la formulacin de la cuestin sin atender al factor legal puede ayudar a concentrar la atencin del juzgador en consideraciones relacionadas con la justicia, y plasmar su actitud en relacin con el factor legal.Tambin podemos definir las cuestiones en trminos de la evidencia ms que de las cuestiones legales.

CAPTULO VI: DECLARACIN INAUGURAL1. Es una resea previa ms que un anlisis, es un panorama que uno propone para ayudar al Juez a entender el significado de la evidencia que llegara despus.1. Durante la declaracin inaugural, uno puede usar muchas tcnicas del alegato final. Por ejemplo:1. Combinar en una historia la evidencia que uno espera presentar por medio de los testigos.1. Resumir la historia de cada testigo individual.1. Agrupar la evidencia con teoras jurdicas o proposiciones fcticas.1. Durante la declaracin inaugural, uno puede referirse tambin a la evidencia que espera que el adversario presente.1. Asimismo, se puede mostrar auxiliares visuales que se ofrecer, usar analogas y explicar la decisin que se espera que el Juez formule.1. Cmo se convierte el alegato final en declaracin inicial?4. Eliminando las apelaciones argumentativas al proceso de razonamiento que uno desea que el Juzgador aplique.1. Si un testigo no declara acerca de cierto asunto, uno probablemente no podr mencionarlo durante la declaracin inaugural.DECLARACIN INAUGURAL DE LOS ACUSADOS:1. El abogado defensor puede realizar su declaracin inaugural en dos momentos:6. Inmediatamente despus de la que hace el demandante.6. O esperar antes del momento en que ella presenta su prueba principal.1. Ambos momentos son ventajosos.LAS DESVENTAJAS DE LOS DETALLES:1. Las consideraciones tcticas sugieren que es mejor dejar muchos detalles de manera que los propios testigos lo revelen.EVITE LA EXAGERACIN DURANTE LA DECLARACIN INAUGURAL:1. Remtase a la evidencia que usted est seguro de poder presentar, de lo contrario, induce al juzgador a dudar de la credibilidad de nuestro caso.1. Las promesas referidas a la evidencia que uno no puede cumplir corresponden a:10. TESTIGOS QUE UNO SE PROPONE CONVOCAR0. Conviene tratar con cuidado la inclusin de informacin acerca de la cual un testigo ya hablo.0. Vacile ante la posibilidad de remitirse a la evidencia aportada por testigos que no pueden ser convocados para declarar.10. EVIDENCIA QUE SE ESPERA OBTENER DE LOS TESTIGOS DEL ADVERSARIO1. Puede que el adversario no convoque a un testigo o bien obtiene un testimonio distinto al que esperaba, es posible que las promesas que uno realiz durante la declaracin inaugural nunca se realicen.10. NO ALUDA A LA EVIDENCIA DE DUDOSA ACEPTABILIDAD2. Implica el riesgo de exageracin.2. SOLUCIN: Una mocin in limine, uno puedo buscar un dictamen previo al juicio en el sentido de que la evidencia es admisible.2. Otra forma de exageracin implica la falta de enunciado, ms que el enunciado errneo.APERTURAS EN LOS CASOS FALLADOS POR EL JUEZ:1. Depende del tipo de juez:11. JUEZ DE CARCTER GENERAL:0. Es el que suele atender un caso desde el inicio hasta el final.0. Uno no debe renunciar a la ligera a la declaracin inaugural.0. La declaracin inaugural nos ofrece la oportunidad de fijar el tono del juicio. 11. JUEZ CON ESCASO CONOCIMIENTO:1. Uno debe tender menos a renunciar a la declaracin inaugural en estos casos.

CAPTULO VII: CABOS SUELTOS1. Describe los procedimientos que estn relacionados con la presentacin de la evidencia.0. Voir dire (investigacin previa) y la presentacin del testimonio experto, se regulan mediante normas del tribunal.0. Otros, por la costumbre y la prctica.

1. LOS PROCEDIMIENTOS REGLAMENTADOS POR LAS NORMAS DEL TRIBUNAL1. Se excluye a los testigos (es decir, se apartan) a fin de que no gocen del beneficio de escuchar a otros testigos antes de declarar. La excepcin son las partes, quienes no estn excluidas.1. Las estipulaciones son acuerdos que uno realiza con el abogado de la parte contraria, y que se refieren a cuestiones legales o de hecho. Se pacta fuera del tribunal. Las estipulaciones tpicas son:2. Las calificaciones de un experto: 0. Es decir, cuando un experto posee sobradas calificaciones, los abogados de las partes acuerdan acerca de las calificaciones de dicho experto, en lugar de permitir que el oponente organice el desfile de los honores frente al jurado, con el fin de evitar ms dilaciones dentro del juicio oral. 2. Exactitud de un hecho:1. Es decir se puede estipular que un hecho es verdadero, lo cual no puede ser despus recusado.2. Declaracin del testigo: 2. Se estipula en relacin a ciertos temas o la totalidad de la declaracin. Sirve:0. Como alternativa a la convocatoria de mltiples testigos, que en el fondo es la misma.0. Tambin cuando la ausencia temporal de un testigo, requiere que el juicio contine.2. Aceptabilidad de la evidencia:3. Se ahorra tiempo estipulando que la prueba material 4 puede ser recibida sin objecin.

OBJECIONES:1. Formular objeciones:3. Antes del juicio, en forma de mocin in limine.3. Se puede objetar solo de buena fe.3. Clases:2. SUSTANCIA DEL TESTIMONIO:0. No sea sometida a consideracin del juzgador. Son:0. Irrelevante.0. Conocimiento de odas.0. Falta de fundamento0. Evidencia impropia.0. Opinin impropia, conjetural.2. FORMA QUE SE LOS PRESENTA:1. Se debe presentar la informacin, pero no del modo que el oponente desea hacerlo. Son:0. Ambiguo.0. Complejo.0. Obliga a responder con una narracin.0. Sugestivo.0. Preguntado y contestado.0. Argumentativo.0. Cita errneamente a un testigo.1. Es necesario objetar despus de la pregunta y antes de que se la conteste.1. Se puede solicitar la objecin continua que preserva nuestra objecin para la apelacin.1. Un ofrecimiento de prueba es un enunciado de lo que dir un testigo si se le permite declarar. Es una respuesta a una objecin basada en la relevancia. Se refiere a la evidencia fundacional que uno espera obtener de un testigo futuro.OFRECIMIENTO DE PRUEBA:1. A veces uno puede obtener un dictamen favorable respondiendo a la objecin de un adversario con un ofrecimiento de prueba.1. Es un enunciado de lo que dir un testigo si se le permite declarar.1. Ejm: objecin basada en la relevancia.MOCIN IN LIMINE:6. Se apoya en una presentacin escruta de una norma previa al juicio acerca de la evidencia.6. Es ms tpico que intente excluir del juicio la posible evidencia.1. Los jurados a menudo sientes que las objeciones son esfuerzos para ocultar informacin.EXPERTO:1. Cuando un experto es tambin un testigo perceptivo (Ej: el mdico a cargo del tratamiento), el interrogatorio directo puede ser una cronologa que se asemeja a la de un testigo ordinario.1. Uno desea que el Juzgador comprenda las opiniones de un experto.1. El mejor experto se comunica en un lenguaje sencillo.1. Los expertos no perceptivos, aportan opiniones, respondiendo preguntas hipotticas.VOIR DIRE:1. Se refiere a las preguntas formuladas a los:12. POSIBLES JURADOS: Para examinar sus calificaciones y obtener jurados imparciales.12. POSIBLES TESTIGOS: Para examinar sus calificaciones para atestiguar.1. EL VOIR DIRE CUESTIONA LA ACEPTABILIDAD DE LA EVIDENCIA. PARA CUESTIONAR SU VALOR PROBATORIO, UNO DEBE ESPERAR LA REPREGUNTA.

INSTRUCCIONES AL JURADO:1. Estas informan a sus miembros acerca de los principios legales pertinentes, tanto sustantivas como de procedimiento.1. Indican el modo de abordar el proceso de decisin.COSTUMBRES Y PRACTICAS:1. Sentarse y permanecer del pie.1. Se aproxima al estrado cuando desee presentar una declaracin o formular objecin y no desea que lo escuche un testigo o jurado.1. El comportamiento adecuado en juicio se extiende ms all de las puertas del Tribunal.1. Los clientes pueden colaborar de distintos modos:19. Seguir la pista de las pruebas materiales.19. Informar al abogado acerca de las reacciones frente a los posibles jurados.19. Estas actividades no solo determinaran que un cliente se sienta comprometido con su caso, sino que tambin pueden impresionar a un juzgador llamando su atencin sobre el comportamiento del cliente.1. Recoger notas: 20. Puede fijar nuestra atencin en el juego y ayudar al abogado a concentrarse.20. Beneficia al momento de las repreguntas ya que se toma nota del interrogatorio directo que se hace a un testigo de la parte contraria.20. Nos mantendr atentos a los sutiles cambios de los relatos.

1. Prepare a los testigos para declarar:21. En el sistema norteamericano se permite la reunin con los testigos antes de declarar.21. Durante tales reuniones uno puede:1. Responder a las preguntas de un testigo.1. Preparar el testimonio.1. Aconsejar:2. El testigo no necesita preocuparse con la validez legal de las preguntas. Al abogado le corresponde formular objeciones.2. Asegreles que si olvidan algo, el abogado puede refrescarle su memoria.2. Aconseje a los testigos a decir la verdad, incluso si creen que la evidencia es perjudicial.2. Ya que al ocultar informacin que creen perjudicial, se vio perjudicada la credibilidad de un testigo.1. Maniobras de abogados.22. Cigarro mgico: Distraccin.22. Ripped van Winkle: Al momento de declarar el testigo de la otra parte, este se queda dormida con la esperanza de inducir al jurado que el testimonio carece de importancia.22. Anciano novicio: Despus de rematar el alegato final con un llamado de carcter emocional, el abogado ruega que los jurados no tengan en cuenta los errores que el cometi en perjuicio de su cliente.22. La bsqueda de papel: En medio de una repregunta, el abogado busca una nota de papel y el testigo supone que la pregunta se basa en algo que est escrito en dicho papel y consiente todos los hechos incluidos en la pregunta.22. Quin est primero: Cuando se pide reconocer al acusado, el abogado lo cambia de sitio.

4. OFRECIMIENTO DE PRUEBA: Un ofrecimiento de prueba es un enunciado, de lo que dir un testigo si se le permite declarar. Formule un ofrecimiento de prueba cuando la respuesta de un juez a una objeccion depende de la evidencia que el juez todava no conoce. El ofrecimiento de la prueba se refiere a la evidencia fundacional que uno espera obtener de un testigo futuro.Por ejemplo: quiz uno desea obtener una declaracin acerca del contenido del documento, sujeto a la declaracin de un testigo ulterior que aporta un fundamento en el sentido de que el documento es el registro comercial. El juez puede aceptar el testimonio condicionalmente , con la salvedad de que podr ser anulado si uno no presente el testimonio que prometi en su ofrecimiento de prueba.D.- MOCIONES IN LIMINEEs una mocin apoyada en un presentacin escrita, de una norma previa al juicio acerca de la evidencia. Si se autoriza una mocin que excluye la evidencia, nuestro adversario ni siquiera puede aludir a la evidencia suprimida durante el juicio.E.- CONSIDERACIONES TACTICASLas consideraciones tcticas orientadas hacia la eliminacin de las objeciones se refieren principalmente a los juicios por jurados. Los jurados a menudo sienten que las objeciones son refuerzos para ocultar informacin. Por lo tanto la abundancia de objeciones puede sugerir a los jurados que uno teme lo que puede llegar a conocerse.Las objeciones tambin poseen un efecto contraproducente cuando, el adversario ofrece una evidencia que en otras condiciones hubiera omitido. (la evidencia fundacional puede demostrar no solo que la evidencia es admisible, sino acrecentar su credibilidad).No todas las consideraciones tcticas se oponen a la formulacin de objeciones. Uno puede objetar ciertos puntos no cruciales para confirmar las reglas bsicas que rigen el juicio.

4.- LOS TESTIGOS EXPERTOSConozca bien la sustancia del testimonio de un experto, de modo que pueda obtener el testimonio de un modo tal que el juzgador tenga probabilidad de entenderlo.A.- USTED PROPONE A UN EXPERTOLos expertos interpretan la informacin que esta mas alla de la experiencia usual de un juzgador.Cuando un epxerto es un testigo perceptivo (un medico a cargo del tratamiento), el interrogatorio directo puede ser una cronologa que se asemeja a la de un testigo ordinario.Los mejores testigos expertos son generalmente los que pueden comunicarse con los legos en un lenguaje sencillo, simple y vivido, y que pueden ilustrar conceptos poco familiares con ejemplos conocidosDespus de emplear a un experto, la familiaridad que uno tenga con el tema del experto y la cuidadosa preparacin del testimonio son patrones de medida que nos permitirn ejercer cierto control sobre el alcance y formato del testimonio.

B.- REPREGUNTAS DE LOS EXPERTOSQue el abogado presencie el testimonio del experto, la consulta que se formule a este ser la mejor fuente de alimento para la repregunta, la consulta puede permitirnos indagar sobre:1.- los lmites del saber de un rea de conocimiento experto (en un caso de mala prctica mdica, uno puede usar la repregunta para subrayar que no existe una prueba mdica que pueda asignar la alergia de un paciente a determinada medicacin)2.- Las pruebas que el experto puede haber realizado para fundamentar su opinin, pero que no fueron ejecutadas.3.- Si el experto es un tcnico de cierta categora, la falta de profundidad de la compresin del testigo.4.- si el experto es un testigo no perceptivo, el valor de la observacin real para alcanzar una opinin fidedigna.5.- El dinero que el experto recibi, al menos que el nuestro haya recibido mas.6.- Las contradicciones entre el testimonio de un experto y su informe.5.- VOIR DIRE (INVESTIGACION PREVIA)Son las preguntas formuladas a los posibles jurados, con el din de examinar sus calificaciones para participar en la formulacin del juicio y las que se formulan a los posibles testigos con el fin de examinar sus calificaciones para atestiguar.A.- VOIR DIRE DEL JURADONos permite promover cuestionamientos con causa y desafos perentorios. Los primeros sin lmite por lo que se refiere al nmero, son cuestiones basadas en respuestas que indican un a actitud realmente tendenciosa. Los cuestionamientos perentorios, limitados en su numero, representan rechazos de posibles jurados sobre la base de nuestras reacciones y nuestros sentimientos subjetivos frente a sus reacciones, sus antecedentes, el lenguaje corporal,etc.Es propsito ostensible del voir dire es obtener un panel de jurados imparciales.B.- INTERROGATORIO FUNDACIONAL DE LOS TESTIGOSUno puede pedir que se someta la testigo a la voir dire con el propsito de indagar acerca del fundamento de la declaracin del testigo. El voir dire cuestiona la aceptabilidad de la evidencia. Para cuestionar su valor probatorio uno debe esperar la repregunta. La alternativa al voir dire es indagar en las cuestiones fundacionales durante la repregunta, mocionando la eliminacin del testigo si uno demuestra que hay una falta de fundamentos.6.- INSTRUCCIONES AL JURADOLas instrucciones la jurado informan a sus miembros acerca de los principios legales pertinente como de procedimiento. Adems indican a los jurados el modo de abordar el proceso de decisin.7.- ORDENES DE COMPARECENCIAImplica ordenar a un testigo que se presente ante el tribunal. Si la orden impone al testigo tambin la presentacin de documentos, es una subpoena duces tocum.B.- CONSTUMBRES Y PRACTICAS1.- SENTARSE Y PERMANECER DE PIEPermanezca siempre de pie cuando se dirige directamente a un juzgador.2.- PRONTITUDSi por cualquier razn usted espera llegar tarde, llame inmediatamente al empleado e indique una hora realista de llegada. Pero siempre sea puntual.3.- LA APROXIMACION AL ESTADOPida aproximarse al estrado siempre que desee presentar una declaracin o formular una objecin y no desea que lo escuche un testigo o los jurados.4.- CONVERSACION TRIANGULARDirija todas las observaciones al juez. No hable directamente con el otro abogado. Atngase al esquema triangular, incluso si sus comentarios estn destinados a un testigo a al personal del tribunal.5.- OBSERVE LA ETIQUETA DE LA SALA DEL TRIBUNALNunca comente un caso en un sector pblico del edificio del tribunalCualquier contacto con los jurados en el corredor, incluso en la forma de la sonrisa o el saludo, puede constituir un intento de influir sobre el jurado.6.- RECUERDE A SU CLIENTESubministre a sus cliente de un papel y un lapicero y dgale que puede anotar los pensamientos que ha concebido y revise lo que este escribi antes de finalizar su testimonio o la argumentacin 7.- RECOGER NOTASLa recoleccin de notas no mantendr atentos a los sutiles cambios de los relatos que pueden tener un significado inferencial. Recoger notas pero no rivalizar con el cronista judicial intentando superar su trabajo.8.- PREPARE A LOS TESTIGOS PARA DECLARAREl propsito real es ayudar a los testigos a declarar plena y exactamente y de un modo que trasunte sinceridad, durante tales reuniones uno puede:1.- responder a las preguntas del testigo2.- preparar el testimonio3.- aconsejar:- recuerde a los testigos que no necesitan preocuparse con la validez legal de las preguntas.- recuerde a los testigos que no deben formular conjeturas, y que no se castiga el hecho de que el testigo olvide parte de la historia.- recuerde que los testigos, aprecian que se los apoye.- aconseje a los testigos que digan la verdad, incluso si creen que la evidencia es perjudicial9.- MANIOBRAS DE LOS ABOGADOS10.- UN DATO ACERCA DE LA NUTRICION