Contrato 01

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 CONSTRUCTURA Y CONSULTORA SEÑOR DE MURUHAUY S.A.C. Contrata N° 0015-2009/CyC-SR.MURUHUAY-SAC Conste por el presente documento, el Contrato de Servicios No Personales y por Avance Físico, que cele bran de una par te la EMPRESA CONSTRUCTORA Y CONSULTORA SEÑOR DE MURUHUAY S.A.C., con RUC No 20486867290, representado por el re present ante legal RUDID ROLANDO R AMIREZ RIVADENEYRA, Identificado con DNI N! "#$%#%$&, con domicili o legal en la  Av 'iguel (rau N! #)) * Santa +osa de Sacco, a quien en adelante se le denominara EL COTRATANTE, y de la otra parte el In. !"#$oo SALVATIERRA CA%ELLO A$&"'(o R)*$ , Identificado con DNI. N+ 22764-0, CIP N+ 6424, on RUC -022764-00, domiciliado en /'. H)1n) C)) N+ 66- 3 %)''o S)n C'5(#&)$, D5('(o 1 P'on) " H)n)"$) , a quien en adelante se denominara EL CONTRATADO, bao las siguientes condiciones- PRIMERO ANTECEDENTES LA EMPRESA CONSTRUCTORA Y CONSULTORA SEÑOR DE MURUHUAY S.A.C , tiene previsto la eecuci.n de la /bra E/ECUCION DE LA O%RA CONSTRUCCION DE SISTEMA DE A%ASTECIMIENT O DE A!UA POTA%LE DE RAYMONDI 3 ULCUMAYO: 0bicada en el Distrito de 0lcumayo, Provincia de 1unín, Departamento de 1unín y siendo necesario contratar lo s servicios No per so nales de un Ing eniero 2sp eci ali sta en sue los, para brind ar el ser vi cio como E5(o " S"$o5 de la obra E/ECUCION DE LA O%RA CONSTRUCCION DE SISTEMA DE A%A STECIMI ENTO DE A!UA POTA%LE DE RAYMONDI 3 ULCUMAYO: SE!UNDO %ASE LE!AL. Constituci.n Política del Per3 4ey del Sector Publico para el A5o Fiscal 6&&$ 4ey N! 6$"## 4ey (eneral del Sistema Nacional de Presupuesto 4ey N! 67""" 4ey de Procedimiento Administrativa (eneral 8## 9&"96&&#: Decreto Supremo N! &$)96&&"9PC' Decreto Supremo N!&$"96&&"9PC' C.digo Civil TERCERO O%/ETO Y PLAZO 2l presente contrato tiene por /;12</ la Contrat aci.n de un Ingeniero 2specialista en Suel os para desarrollar la ac ti vi dad de ESTUDIO DE SUELOS DE LA O%RA E/ECUCION DE LA O%RA CONSTRUCCION DE SISTEMA DE A%A STECIMI ENTO DE A!UA POT A %LE DE RA YMONDI 3 ULCUMA Y O:. 0bicado en el Distri to de 0lcumayo, Provincia de 1unín, Departamento de 1unín /blig=ndose a eecutar para EL CONTRATADO la referida actividad, de conformidad con las cl=usulas del presente contrato y las normas legales vigentes> así como- a: 4levar a cabo E$ "5(o " S"$o5 de la obr a de acue rdo a la normati vidad vigente ?2ecuci.n de obras p3blicas? y normas de la Contraloría (eneral de la +ep3blica b: 2ecutar el pro yecto de ac uerdo a las e speci ficaci ones t@c nicas es tablec idas en el mismo DEL PLAZO ENTRADA EN VI!ENCIA, E;PIRACION, DURACION DEL CONTRATO

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CONTRATO 01

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CONSTRUCTURA Y CONSULTORA SEOR DE MURUHAUY S.A.C.Contrata N 0015-2009/CyC-SR.MURUHUAY-SAC

Conste por el presente documento, el Contrato de Servicios No Personales y por Avance Fsico, que celebran de una parte la EMPRESA CONSTRUCTORA Y CONSULTORA SEOR DE MURUHUAY S.A.C., con RUC No 20486867290, representado por el representante legal RUDID ROLANDO RAMIREZ RIVADENEYRA, Identificado con DNI. N 41851580, con domicilio legal en la Av. Miguel Grau N 133 Santa Rosa de Sacco, a quien en adelante se le denominara EL COTRATANTE, y de la otra parte el Ing. Gelogo SALVATIERRA CABELLO Alberto Ral, Identificado con DNI. N 23276410, CIP N 64234, con RUC 10232764100, domiciliado en Jr. Huayna Capac N 661 Barrio San Cristbal, Distrito y Provincia de Huancavelica, a quien en adelante se denominara EL CONTRATADO, bajo las siguientes condiciones:

PRIMERO: ANTECEDENTES

LA EMPRESA CONSTRUCTORA Y CONSULTORA SEOR DE MURUHUAY S.A.C., tiene previsto la ejecucin de la Obra EJECUCION DE LA OBRA CONSTRUCCION DE SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE DE RAYMONDI ULCUMAYO Ubicada en el Distrito de Ulcumayo, Provincia de Junn, Departamento de Junn y siendo necesario contratar los servicios No personales de un Ingeniero Especialista en suelos, para brindar el servicio como Estudio de Suelos de la obra EJECUCION DE LA OBRA CONSTRUCCION DE SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE DE RAYMONDI ULCUMAYOSEGUNDO: BASE LEGAL.

Constitucin Poltica del Per.

Ley del Sector Publico para el Ao Fiscal 2008.

Ley N 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Ley N 27444 Ley de Procedimiento Administrativa General (11-04-2001).

Decreto Supremo N 083-2004-PCM.

Decreto Supremo N084-2004-PCM.

Cdigo Civil.

TERCERO: OBJETO Y PLAZO

El presente contrato tiene por OBJETO la Contratacin de un Ingeniero Especialista en Suelos para desarrollar la actividad de ESTUDIO DE SUELOS DE LA OBRA: EJECUCION DE LA OBRA CONSTRUCCION DE SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE DE RAYMONDI ULCUMAYO. Ubicado en el Distrito de Ulcumayo, Provincia de Junn, Departamento de Junn. Obligndose a ejecutar para EL CONTRATADO la referida actividad, de conformidad con las clusulas del presente contrato y las normas legales vigentes; as como:a) Llevar a cabo El estudio de Suelos de la obra de acuerdo a la normatividad vigente "Ejecucin de obras pblicas" y normas de la Contralora General de la Repblica.b) Ejecutar el proyecto de acuerdo a las especificaciones tcnicas establecidas en el mismo.

DEL PLAZO: ENTRADA EN VIGENCIA, EXPIRACION, DURACION DEL CONTRATO

El plazo de ejecucin de este contrato ser de 30 (Treinta) das calendarios, se cuenta a partir de la firma del contrato, hasta la culminacin de los trabajos de la misma. Y concluye a la entrega pre Liquidacin Tcnica y el informe tcnico final por parte de EL CONTRATADO, concluyendo definitivamente cuando EL CONTRATANTE de su conformidad de la Obra presentada por el CONTRATADO, a satisfaccin de EL CONTRATANTE.

CUARTO: FORMA Y MODALIDAD DE PAGO

EL CONTRATANTE abonara al CONTRATADO por los servicios materia del presente contrato, a SUMA ALZADA la cantidad de S/. 4,000.00 (Cuatro Mil con 00/100 Nuevos Soles) cuyo monto es fijo y no est sujeto a ningn reajuste. Adems comprende todos los gastos del servicio, tales como, honorarios profesionales, transportes, seguros, leyes sociales, imprevistas, y cualquier otro gasto necesario para la total y correcta ejecucin del servicio, as como los impuestos de Ley. Dicho pago se efectuara en armadas mensuales seguir el avance de la obra con la respectiva entrega de los informes (recibo por honorarios adjunto) de acuerdo a la valorizacin mensual y con la conformidad del Gerente de la Empresa.

QUINTO: TRANSFERENCIA DE CONTRATO

EL CONTRATADO no podr transferir parcial ni totalmente su contrato.

SEXTO: VINCULO LABORAL

El presente contrato no establece relacin laboral entre EL CONTRATANTE y EL CONTRATADO.

SEPTIMO: DE LAS GARANTIAS

AL CONTRATADO se retendr el 10% del total como fondo de garanta, el cual ser devuelto a la entrega del pre Liquidacin tcnica de Obra. EL CONTRATANTE podr exigir la indemnizacin del perjuicio econmico y/o material causado por el Ingeniero Especialista en Suelos de la Obra, por el incumplimiento de las clusulas del presente contrato.OCTAVO: ENTREGA Y RECEPCION DEL SERVICIO

Se deja claramente establecido que EL CONTRATANTE est en la facultad de solicitarle al CONTRATADO, cualquier informe especifico relacionado con el servicio. En caso de cumplimiento parcial, tardo o defectuoso en el servicio efectuado, EL CONTRATANTE podr resolver el contrato, siguiendo el procedimiento establecido en el artculo 226 del Reglamento de la Ley.

NOVENO: COORDINACIONES

Todas las coordinaciones que realice CONTRATADO de Obra con EL CONTRATANTE se efectuaran a travs del Gerente de la Empresa. Estas coordinaciones estarn referidas a los trmites de informes, aprobacin de los pagos, adelantos, modificaciones contractuales y dems actos que se deriven del contrato.

DECIMO: RESPONSABILIDADES

EL CONTRATADO es responsable por la calidad ofrecida, las omisiones, los errores cometidos y por los vicios ocultos del servicio ofertado, por un plazo no menor de un ano, contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad (Art. 51 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado).

EL CONTRATADO no podr en ningn caso exonerarse de responsabilidad por los servicios realizados que hubieran sido encontrados defectuosos ni negarse a realizar la subsanacin correspondiente.

DECIMOPRIMERO: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

El incumplimiento de los trminos del contrato as como lo ofrecido por CONTRATADO en su propuesta, debido a casos fortuitos o de fuerza mayor, se adecuara a lo dispuesto por las Bases, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

DECIMOSEGUNDO: SANCIONES

EL CONTRATADO est sujeto a las sanciones establecidas en el Titulo VI del Reglamento "Sanciones" en caso incumpla las obligaciones sealadas en el presente contrato, o ejecute trabajos defectuosos.DECIMOTERCERO: PENALIDADES

De conformidad con lo establecido en el artculo 222 del Reglamento, las penalidades sern: Penalidad por mora en la ejecucin de la prestacin que sea por responsabilidad directa del Ingeniero Especialista en Suelos de la Obra. Esta se genera automticamente y sin necesidad de requerimiento por cada da de atraso injustificado en la presentacin de los informes a la Empresa en la ejecucin de la prestacin, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual., Esta penalidad ser deducida a partir del 2do pago., La penalidad se aplicara y calculara de acuerdo a la siguiente frmula:

Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato

F x plazo en das

Donde:

F = 0.40

En caso que llegase a cumplir el monto mximo de esta penalidad, EL CONTRATANTE podr resolver el Contrato por Incumplimiento.

DECIMOCUARTO: RESOLUCION DE CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO

Conforme a lo dispuesto por el Art. 41 inciso c) y el Art. 45 del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Las partes debern tener presente los siguientes lineamientos: La resolucin del contrato ser de mutuo acuerdo cuando las causas que lo originen no sean atribuibles a las partes por razones de caso fortuito y fuerza mayor, generando una Liquidacin que valorizara nicamente lo efectivamente ejecutado. Es tambin causal para la resolucin del contrato por la no permanencia en la obra por parte del Ingeniero Especialista en Suelos de la Obra (03 faltas consecutivas o acumulativas).

DECIMOQUINTO: SOLUCION DE CONTROVERSIAS ADMINISTRATES

Por la presente clausula, las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con, la ejecucin y/o interpretacin del presente contrato ser resuelta de manera definitiva mediante arbitraje de derecho que se sujetara a las disposiciones establecidas en el T.U.O de la Ley, su Reglamento Arts. 273 y siguientes y la Ley General de Arbitraje.

DECIMOSEXTO: VIGENCIA Y CULMINACION DEL CONTRATO

El presente contrato culminara con la conformidad de recepcin de la ltima prestacin pactada, de acuerdo al Artculo 43 del Texto nico Ordenado de la Ley (D.S. 083-2004-PCM).

En serial de conformidad se firma el presente contrato en tres originales del mismo tenor, en el La Provincia de Yauli La Oroya, a los 25 das del mes de Setiembre del 2009.

EL CONTRATANTE CONTRATADO