Caso Gabcikovo Nagymaros, CIJ

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Lic. Francisco Javier Camarena Juárez Universidad del Valle de Atemajac (UNIVA León) Derecho Ambiental

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Lic. Francisco Javier Camarena JuárezUniversidad del Valle de Atemajac (UNIVA León)

Derecho Ambiental

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La Corte consideró que Hungría no tenía derecho a suspender y posteriormente abandonar las obras de la Presa (Río Danubio), 1989. En 1977, Hungría y Checoslovaquia celebraron un Tratado para la explotación de

recursos hídricos, energía, transporte, agricultura y otros sectores de la economía nacional. En 1993, inicio de la controversia ante la Corte Internacional de Justicia. En 1997, la Sentencia se resolvió por 14 votos contra uno. El Magistrado Weeramantry emite un voto particular, donde aborda: Principio de desarrollo sostenible. Principio de la evaluación permanente del impacto ambiental Aplicación de los principios del estoppel, a obligaciones de carácter “erga omnes”

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El 16 de septiembre de 1997, Hungría y Checoslovaquia celebraron un Tratado relativo a la construcción y funcionamiento del sistema de esclusas Gabcikovo-Nagymaros. Inversión destinada a la producción de energía hidroeléctrica, la mejora de la

navegación en el Río Danubio, así como la protección contra inundaciones de las zonas situadas en las riberas. El 13 de mayo de 1989 el Gobierno de Hungría decide suspender las obras en

Nagymaros. El Gobierno de Checoslovaquia (posteriormente Eslovaquia) propone la solución

alternativa “variante C”.

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Aplicabilidad de la Convención de Viene sobre el Derecho de los TratadosDerecho de los Tratados y Derecho de Responsabilidad de los EstadosEstado de necesidad que justificará la suspensión de los trabajos

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Celebración del Tratado

Suspensión

Construcción por ruta alternativa

Rescisión

Controversia ante el CIJ

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Se formaran 2 equipos (Hungría y Checoslovaquia)Cada parte planteara como resolver el problema de las

inundaciones en el Río DanubioHungría planteará problemas (ambientales) por la construcción de

la PresaChecoslovaquia planteará un desvío del Río Danubio como medida

alternativa

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Pacta sunt servandaBuena fe

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Celebración

Incumplimiento

Alternativa “C”

Controversia ante la CIJ

Ejecución Normal

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Inicio del proyecto

Omite consultas de impacto ambiental

Rescisión por: modificación fundamental de circunstancias, y

nuevas normas de derecho internacional ambiental

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Adopción de contramedidas proporcionales (Magistrado Vereshchetin) Retirada de Hungría y actividades en el territorio de Eslovaquia (Magistrado ad

hoc Shubiszewski)

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Principio de desarrollo sostenible

Evaluación permanente del impacto del proyecto mientras

siga en funcionamiento

Principios de estoppel

•Derecho al desarrollo y a la protección ambiental, son partes del derecho internacional

•La obligación no sólo implica el cumplimiento previo, sino las que corresponden al momento de la evaluación

•Obligaciones configuradas para controversias entre partes, no par obligaciones erga omnes.

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Repercusiones para México, en el derecho interno

Posibles escenarios, ecosistemas compartidos entre México y otros países:Mares (Golfo de México)Aire (Cuencas atmosféricas)

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Obligaciones de carácter erga omnes, en controversias inter pares

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