AUDITOR GENERAL PRESIDENTE · Don Sergio Napoleón Leavy Su despacho La Auditoría General de la...
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AAUUDDIITTOORR GGEENNEERRAALL PPRREESSIIDDEENNTTEE
C.P.N. OSCAR ALDO SALVATIERRA
AAUUDDIITTOORREESS GGEENNEERRAALLEESS
C.P.N. GUSTAVO DE CECCO
C.P.N. RAMÓN JOSÉ MURATORE
LIC. ABDO OMAR ESPER
DR. MARCOS A. SEGURA ALZOGARAY
ÁÁRREEAA DDEE CCOONNTTRROOLL IIIIII
C.P.N. RAMÓN JOSÉ MURATORE
SANTIAGO DEL ESTERO 158 - SALTA
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ÍÍNNDDIICCEE Página II..-- OOBBJJEETTOO DDEE LLAA AAUUDDIITTOORRÍÍAA 33 I.1.- ENTE AUDITADO 3
I.2.- OBJETIVOS 3
I.3.- PERÍODO AUDITADO 3
IIII..-- AALLCCAANNCCEE DDEELL TTRRAABBAAJJOO DDEE AAUUDDIITTOORRÍÍAA 3 II.1.- PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA 4
II.2.- MARCO NORMATIVO 5
IIIIII..-- AACCLLAARRAACCIIOONNEESS PPRREEVVIIAASS 6 III.1.- EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO 6
III.2.- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE 7
III.3.- LIMITACIONES AL ALCANCE 7
IIVV..-- CCOOMMEENNTTAARRIIOOSS YY OOBBSSEERRVVAACCIIOONNEESS 77
IV.1.- ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 7
IV.1.1.- CONTROL INTERNO 8
IV.2.- ORGANIZACIÓN FINANCIERA 9
IV.2.1.-TESORERÍA Y RECEPTORÍA 9
IV.3.- ORGANIZACIÓN PRESUPUESTARIA 11
IV.3.1.-ANÁLISIS DE LAS PARTIDAS DE RECURSOS DE OTRAS JURISDICCIONES 13
IV.4.- GESTIÓN DE BIENES DE USO 16
IV.4.1.- INMUEBLES 16
IV.4.2.- COMPRAS Y PATRIMONIO 18
IV.5.- ESTADO DE SITUACIÓN DE TESORERÍA 18
VV..-- RREECCOOMMEENNDDAACCIIOONNEESS 1199
VVII..-- OOPPIINNIIÓÓNN 2211
VVIIII..-- FFEECCHHAA DDEE FFIINNAALLIIZZAACCIIÓÓNN DDEE LLAASS TTAARREEAASS DDEE CCAAMMPPOO 2222
VVIIIIII..-- LLUUGGAARR YY FFEECCHHAA DDEE EEMMIISSIIÓÓNN 2222
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Señor Intendente Municipio de Tartagal Don Sergio Napoleón Leavy Su despacho
La Auditoría General de la Provincia (A.G.P.S.), en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo Nº 169 de la Constitución Provincial y el artículo Nº 30 de la Ley Nº
7.103, procedió a efectuar una auditoría en el Departamento Ejecutivo del Municipio de
Tartagal, prevista en el Programa de Acción Anual de Auditoría y Control, según Res. AGPS Nº
61/13- Proyecto Nº III-05/13; sobre la base de la información suministrada y en el marco de la
legislación vigente.
El presente tiene el carácter de Informe de Auditoría Definitivo. El Apartado IV
contiene los comentarios, observaciones y recomendaciones, que surgieron del examen de la
información obtenida.
I. OBJETO DE LA AUDITORÍA Se trata de una Auditoría Financiera y de Legalidad.
Ente auditado: Municipalidad de Tartagal - Departamento Ejecutivo Municipal.
Objetivos: Evaluar:
1.- La Ejecución Presupuestaria de Recursos.
2.- El funcionamiento del Sistema de Gestión de Bienes de Uso.
3.- El Estado de Situación de Tesorería.
Período auditado: Ejercicio Financiero 2.011.
II. ALCANCE DEL TRABAJO DE AUDITORÍA
El examen fue realizado conforme a lo establecido por las Normas Generales y
Particulares de Auditoría Externa para el Sector Público de la Auditoría General de la Provincia
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de Salta, aprobadas por Resolución AGPS Nº 61/01, aplicándose procedimientos de auditoría
con la extensión, que se ha considerado necesaria en cada circunstancia.
II.1. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA
Para la obtención y análisis de las evidencias que, respaldan las conclusiones se aplicaron las
siguientes técnicas y/o procedimientos de auditoría:
• Pedido de Informes y de documentación a través de solicitudes formuladas mediante:
- Nota AGPS. Nº 00299/13, al señor Intendente Municipal, con respuesta mediante envío
parcial de documentación.
• Pedidos de Informes y documentación a través de solicitudes formuladas en oportunidad de la
realización de las tareas de campo.
• Relevamiento, recopilación, análisis y evaluación de la normativa aplicable en el período bajo
examen.
• Relevamiento de documentación relacionada con el objeto de auditoría:
Resoluciones emitidas por el DEM durante el año 2.011.
Copia de los Mayores de las cuentas: Ejercicio Financiero 2.011.
Copia de Extractos bancarios de las Cuenta Corriente; Banco Macro SA y Banco Nación
Sucursal Salta correspondientes al Ejercicio Financiero 2.011.
Inventario de Bienes Municipales actualizado al 31/12/2011.
• Relevamiento, observación y evaluación del Sistema de Control Interno de la Municipalidad,
por medio de visitas, entrevistas, cuestionarios y realización de pruebas de cumplimiento.
• Relevamiento del circuito administrativo y controles implementados relativos a los Recursos
de Otras Jurisdicciones.
• Obtención de confirmaciones escritas por parte de los responsables del ente de las
explicaciones e informaciones suministradas.
• Cotejo de registros e informes producidos por el Municipio, para el Ejercicio 2011 con la
documentación respaldatoria: Ejecución Presupuestaria de Recursos del Ejercicio 2011, con
Extractos Bancarios y Mayores de las cuentas de Bancos.
• Comprobación global de razonabilidad del Presupuesto Anual y de la Ejecución
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Presupuestaria Ejercicio 2011 de la Municipalidad.
• Comprobación de cálculos aritméticos.
• Confirmación por Terceros.
• Verificación del Sistema de Archivo y Resguardo de la documentación respaldatoria.
II.2. MARCO NORMATIVO De Carácter General:
• Constitución de la Provincia de Salta.
• Ley Nacional Nº 23.548: Coparticipación Federal de Impuestos
• Ley Provincial Nº 7.103 - Sistema de Control no Jurisdiccional.
• Ley Provincial Nº 6.555 – Carta Municipal de la Municipalidad de Tartagal.
• Ley Provincial Nº 1.349 - Orgánica de Municipalidades.
• Ley Provincial Nº 5.348 - Procedimientos Administrativos de la Provincia.
• Ley Provincial Nº 6.838 - Sistema de Contrataciones de la Provincia
• Ley Provincial Nº 5.082 - Coparticipación a Municipios y modificatorias.
• Ley Provincial Nº 6.438 - Regalías Petrolíferas y Gasíferas.
• Decreto Ley Nº 705/57 (t.o. Dto. Nº 6.912/72) - Ley de Contabilidad
• Decreto Ley Nº 9/75 (t.o. Dto. Nº 2.039/05) - Código Fiscal de la Provincia.
• Decreto Reglamentario Nº 1.448/96 – Sistema de Contrataciones
• Resolución AFIP Nº 830/00 - Retención del Impuesto a las Ganancias.
• Decreto de N y U Nº 206/09 - Fondo Federal Solidario.
• Resolución M.H. y O.P. Nº681/09 - Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Secretaría
de Obras Públicas de la Provincia.
De Carácter Particular:
• Ordenanza Nº 1.571/10 - Presupuesto Financiero de Recursos año 2011.
• Resolución Municipal aprobatoria del Organigrama y Manual de Funciones.
• Documentación contable y resoluciones del Municipio vinculada con los puntos que
se analizan.
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III. ACLARACIONES PREVIAS
El informe de Auditoría Provisorio, de fecha 20/08/2013, fue notificado al Municipio de Tartagal
el 13/11/2013, mediante Cédula de Notificación Nº 34/13.
El Municipio de Tartagal, mediante Nota de fecha 28/11/2013, solicitó una prorroga de 10 (diez)
días, para presentar lo solicitado en Cédula de Notificación Nº 34/13, sobre el Informe de
Auditoria Provisorio.
Mediante Nota Nº 19, de fecha 29/11/2013, La Auditoría General de la Provincia de Salta
concede la Prórroga solicitada por el plazo de 10 (diez) días hábiles a partir de la recepción de la
misma, lo que ocurrió el día 05/12/2013.
Mediante Nota de fecha 13/12/2013, el Municipio de Tartagal, solicitó una nueva prórroga de 5
(cinco) días para presentar lo solicitado en Cédula de Notificación Nº 34/13, sobre el Informe de
Auditoria Provisorio.
La Auditoría General de la Provincia de Salta, mediante Nota Nº 21, de fecha 16/12/2013,
concede la Prórroga solicitada por el plazo perentorio de 5 (cinco) días hábiles a partir de la
recepción de la misma.
III.1.- EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
El Manual de Misiones y Funciones fue aprobado y se encuentra formalmente instrumentado.
Para su relevamiento y evaluación, con el objetivo de asegurar razonablemente la eficacia y
eficiencia de las operaciones, la fiabilidad de la información financiera producida por el
Municipio y el cumplimiento de las normas aplicables, se procedió a entrevistar a los
funcionarios y agentes de los distintos sectores, confeccionando en forma conjunta distintos
cuestionarios que sintetizan, los aspectos sobresalientes del sistema de control imperante en el
ente auditado. Los funcionarios y sectores relevados fueron:
• Secretaria de Gobierno
• Secretaria de Hacienda: Contable y Tesorería
• Asesoría Legal
• Departamento de Rentas
• Departamento Patrimonio
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Con el desarrollo de las entrevistas se efectuaron pruebas de cumplimiento a fin de comprobar el
relevamiento realizado con la documentación pertinente.
Las debilidades en el funcionamiento del Control Interno detectadas, se enuncian en el Apartado
IV.- Comentarios y Observaciones del presente.
III.2. CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la evaluación del grado de cumplimiento de la legislación aplicable en relación al objetivo
de la auditoría realizada, se ha considerado como parámetro la aplicación de las disposiciones
legales vigentes, normas y procedimientos, que tienen influencia significativa sobre las
operaciones y/o los informes producidos por el ente auditado. En tal sentido, el examen de los
actos administrativos ha permitido verificar los incumplimientos normativos, que se mencionan
en el Apartado IV.- Comentarios y Observaciones del presente informe.
III.3. LIMITACIONES AL ALCANCE
El Municipio aportó un Estado de Tesorería, sin estar firmado por funcionario responsable, y con
la aclaración que se realizo en forma manual, por carencias en el sistema informático de gestión
municipal que, no posee la información para tales fines, solo brinda el estado al inicio y al final
del ejercicio 2.011, omisión, que no ha podido ser salvada con la aplicación de procedimientos
alternativos que permita la consecución del objetivo de auditoría propuesto.
IV. COMENTARIOS Y OBSERVACIONES.
En relación al cumplimiento de la normativa vinculada a la organización administrativa,
presupuestaria y financiera del municipio, se formulan los siguientes comentarios y
observaciones:
IV.1.- ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
IV.1.1.- Control Interno
El relevamiento del Sistema de Control Interno se efectuó con el objeto de analizar el
grado de fiabilidad de la información producida por el Municipio y de cumplimiento de las leyes
y normas aplicables.
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Como resultado del relevamiento efectuado, habiéndose constatado que el sistema de control
interno no se encuentra formalmente implementado e instrumentado, se detectaron debilidades
en sectores administrativos que originaron las siguientes observaciones:
Observación Nº 01:
El Municipio no posee un sistema de registración contable integral que incluya los subsistemas
presupuestario, financiero, patrimonial y de gestión, de manera que permita llevar la contabilidad
actualizada y en legal forma según lo requiere la normativa vigente -Ley de Contabilidad
Nº705/57.
Observación Nº 02:
El Secretario de Hacienda informó, y según consta en la entrevista realizada, que no se
confeccionan en tiempo y forma los Estados Demostrativos e integrantes de la Cuenta General
del Ejercicio, correspondiente al período 2011, los cuales de acuerdo a lo dispuesto por la Ley
Provincial Nº 7103 en su artículo 32 b, debieron estar disponible a partir del 30/06/12, entre
ellos, en particular los referidos al objeto de la presente auditoría.
IV.1.2.-Organigrama
El Organigrama y el Manual de Misiones y Funciones del Municipio, fueron aprobados por
Ordenanza Nº 1.502/09 y Resolución Nº 15.449/09 de fecha 10/12/09.
En el mismo, surgen como dependiendo de manera directa de Intendencia, a) Coordinación
General y b) Dirección de Prensa, Ceremonial y Protocolo.
Asimismo, se procedió a la creación de las siguientes Secretarías y Departamentos:
Gobierno y Acción Ciudadana – Hacienda – Desarrollo Humano – Servicios Públicos – Obras
Públicas – Planificación Producción y Medio Ambiente – Departamento Legal y Técnico,
Procuración.
Posteriormente, la estructura Orgánica del Municipio fue modificada por Ordenanza Nº 1.632/11
de fecha 24/11/09, con fundamento en que “modificar la estructura orgánica del Municipio
permitirá realizar acciones más directas tendientes a garantizar la participación Ciudadana en
la aplicación de programas y políticas de desarrollo económico, productivo, institucional y
social”, no surgiendo observaciones.
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IV.2.- ORGANIZACIÓN FINANCIERA
IV .2.1.-Tesorería y Receptoría
De la entrevista realizada el 11 de abril de 2013, la Tesorera del Municipio, informó a esta
auditoría que las funciones del departamento a su cargo son las siguientes:
• Recepción de la factura por parte de los proveedores.
• El pago de las Órdenes de Pago remitidas desde la Secretaría de Hacienda, que constan
de: cheque, Orden de Pago, Factura y Retenciones correspondientes.
• Pago quincenal de personal eventual (planilleros) y anticipos a personal Municipal.
• Recepción de la recaudación diaria de DGR Municipal (efectivo y cheques), para su
posterior depósito diario en el banco.
• Custodia de los valores en cheques diferidos y su seguimiento.
• Archivo de las Órdenes de Pago.
Se informa además, que se realizan compensaciones de impuestos y tasas siguiendo el
procedimiento que se detalla a continuación: se recibe de la Secretaría de Hacienda la
documentación pertinente para el pago, consistente en la Orden de Pago, la factura y la
liquidación de los impuestos y tasas adeudados por el proveedor, y se procede a la misma, pero
sin que exista Resolución emanada por el DEM.
Observación Nº 03:
La Tesorería del Municipio no elabora Parte Diario de Tesorería. Solamente confecciona un
detalle de cobranzas por día, y un listado de cheques pendientes de depósito, lo que contraría con
lo dispuesto en la Res. Nº 40/10 de la AGPS, que aprueba en sus Anexos I y II los
“Lineamientos Básicos Generales para la Solicitud de Información” y los “Análisis de los
Estados Demostrativos”.
Al respecto, la citada normativa dispone en el punto I.e) Tesorería: El Responsable a cargo de la
Tesorería Municipal deberá emitir por cada día hábil (haya movimiento en caja o no) un parte
de Tesorería utilizando un formulario, que cumpla con los siguientes requisitos: ORIGINAL:
para su posterior procesamiento contable; DUPLICADO: para archivo cronológico y
correlativo de Tesorería. Contenidos Mínimos: 1- Fecha. 2- Numeración: preimpresa y
consecutiva. 3- Saldo de Caja al inicio del día. 4- Detalle de Conceptos Ingresados indicando:
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4.a Cantidad de Recibos de las cobranzas efectuadas, clasificadas por concepto. 4.b Número de
Planilla Diaria de Recaudación por las cobranzas efectuadas y rendidas por la Receptoría.4 c.
Otros Ingresos.
5- Detalle de los Egresos indicando concepto y número de orden de pago. Otros Egresos 6-
Saldo de caja al final del día. 7- En caso de pagos en los cuales se practica retención por
cualquier concepto (impuesto a las Actividades Económicas, Impuesto a las Ganancias,
Retenciones sobre sueldos, etc.) deberá registrarse el egreso por su importe bruto y asentarse
simultáneamente como ingreso el importe de las retenciones practicadas aún pendientes de
depósito. 8- Movimiento Financiero. 9- Firma del Responsable (Tesorero o Empleado a cargo).
Observación Nº 04:
El Ente Auditado, no posee un Manual de Misiones y Funciones destinado al personal que,
presta servicios en el área, lo que afecta la eficacia del control interno, al no delimitar las
responsabilidades y tareas asignadas.
Observación Nº 05:
El Municipio no cuenta con un Manual de Procedimientos aprobado, en el que se describan las
rutinas administrativas para conocimiento de los agentes públicos y el eficiente desarrollo de la
gestión municipal.
Observación Nº 06:
No existe constancia documental en los distintos trámites llevados a cabo en el Municipio, con
respecto a la intervención y/o controles técnicos y administrativos, que aplican las Áreas de
Tesorería y Contable.
Observación Nº 07:
No se realizan arqueos sorpresivos ni otros controles en procura de asegurar razonablemente la
integridad de los fondos de la Tesorería, lo que representa una debilidad del sistema de control
interno, y que puede dar lugar a que se concreten distintas irregularidades, en perjuicio del ente
auditado.
Observación Nº 08:
No existen evidencias que el Ente Auditado cumpla con las disposiciones establecidas por el Art.
45 Inc. 14 de la Ley Nº 6555, (Carta Orgánica Municipal), es decir, dar a publicidad, por lo
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menos trimestralmente, del Estado de sus Ingresos y Egresos y una Memoria sobre la labor
desarrollada, dentro de los sesenta días de vencido el ejercicio.
Observación Nº 09:
No se realizan conciliaciones bancarias, afectando la completud, confiabilidad e integridad de la
información contenida en la contabilidad para el control y posterior ajuste.
Observación Nº 10:
De acuerdo a las declaraciones efectuadas por la responsable de Tesorería, las compensaciones
de Tasas o Impuestos que se concretan en el Área a su cargo, no cuentan con resolución alguna
por parte del DEM, por lo cual nos encontramos ante la inexistencia de un acto administrativo
que motive la decisión adoptada por la Administración, justificándola en las disposiciones
establecidas en el Código Tributario Municipal y Código Civil (Art. 818 siguientes y
concordantes).
IV.3.- ORGANIZACION PRESUPUESTARIA – EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE RECURSOS.
El Presupuesto del Ejercicio 2011 fue aprobado por Ordenanza Nº 1.571/2010 del día 16/12/10 y
promulgado mediante Resolución Nº 16.439/11 de fecha 05/01/11, emanada del DEM,
estimando para el ejercicio un Total de Recursos de $ 62.157.372,71 (pesos sesenta y dos
millones ciento cincuenta y siete mil trescientos setenta y dos con 71/100), y de Gastos por $
61.998.713,55 (pesos sesenta y un millones novecientos noventa y ocho mil setecientos trece con
55/100).
Posteriormente, mediante Resolución Nº 17.650/11 del DEM de fecha 15/11/11, se procedió a la
reasignación, incremento del crédito y creación de nuevas partidas.
Los Recursos se sub-ejecutaron, ya que se presupuestaron Recursos por $ 83.113.972,71 y se
recaudaron por $ 72.046.935,42.
Los desvíos más significativos que, se produjeron en la Ejecución de los Recursos sub–
ejecutados, se describen en el siguiente cuadro:
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SUB PARTIDA 2011
CUENTA Presupuesto Ejecución Diferencia % del Desvío
Recursos Tributarios Impuesto Inmobiliario Urbano $ 580.000,00 $ 422.315,48 $ 157.684,52 27,19%Tasas y Contribuciones Municipales Alumbrado, Barrido y Limpieza $ 1.100.265,00 $ 783.990,46 $ 316.274,54 28,75%Plan de Pago $ 1.297.408,87 $ 707.359,04 $ 590.049,83 45,48%Otros Ingresos Municipales Terminal de Ómnibus $ 300.000,00 $ 110.137,47 $ 189.862,53 63,29%Ingresos Mataderos $ 700.000,00 $ 431.808,00 $ 268.192,00 38,31%Ingresos Mercado $ 44.000,00 $ 25.225,77 $ 18.774,23 42,67%Intereses y recargos $ 170.000,00 $ 1,37 $ 169.998,63 100,00%Contribución por mejoras $ 25.000,00 $ 0,00 $ 25.000,00 100,00%Otros Ingresos Nacionales y Provinciales Fondo Federal Solidario Nacional $ 9.773.000,00 $ 4.212.610,50 $ 5.560.889,50 56,90%Refacción de Escuela $ 350.000,00 $ 170.720,00 $ 179.280,00 51,22%Reemplazo Redes Colectoras de Div. Calles $ 1.200.000,00 $ 382.289,62 $ 817.710,38 68,14%Impermiab. y refacc. EMETA II Yacuy $ 150.000,00 $ 0,00 $ 150.000,00 100,00%ATN $ 1.560.000,00 $ 0,00 $ 1.560.000,00 100,00%Segunda Etapa EMETA II $ 240.000,00 $ 0,00 $ 240.000,00 100,00%Refacciones varias Hospital JD Perón $ 516.459,00 $ 0,00 $ 516.459,00 100,00%Optimización distrib. de Agua pot vs Zonas $ 1.000.000,00 $ 0,00 $ 1.000.000,00 100,00%
Observación N° 11:
El Presupuesto del Ejercicio 2011, fue aprobado por Ordenanza N° 1.571/10, de fecha 16/12/10,
contrariando la disposición del Art. 29º inc. 5) de la Carta Orgánica Municipal, que establece:
“Sancionar hasta el treinta y uno de octubre de cada año, las Ordenanzas de aprobación de
Presupuesto y Plan de Obras presentadas por el Departamento Ejecutivo.”
Observación N° 12:
En la Ordenanza N° 1.571/10, emitida por el HCD con fecha 16/12/10, en la que se fija el
Presupuesto 2011, promulgada por el DEM mediante Resolución N° 16.439/11, de fecha
05/01/11, existe un diferencia de $ 81.000,00 (pesos ochenta y un mil con 00/100), entre el
monto fijado para el total de Recursos, en su Art 1°, y el monto de la suma de la partidas
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expuestas en la planilla anexa Nº I (cálculo de recursos – partida presupuestaria) y que son parte
integrante de la misma.
Observación N° 13:
a).- Se constató que en el Ejercicio 2011, se ejecutaron Partidas de Recursos, sin estar
presupuestadas y excediendo los montos incluidos por el Presupuesto, y si bien, el Ejecutivo
Municipal, por delegación del Concejo Deliberante, tenía la facultad “de incorporar, modificar e
incrementar los créditos de las partidas presupuestarias”, correspondía en forma previa a la
ejecución, que se emitieran los instrumentos administrativos al efecto, por lo que se incumplió
con lo dispuesto por el Art. 15º del Decreto Ley 705/57 Ley de Contabilidad de la Provincia, que
establece: “no podrán contraerse compromisos sin que exista crédito disponible”.
Posteriormente, en forma extemporánea, mediante Resolución Nº 17.650/11 del DEM de fecha
15/11/11, se procedió a la reasignación, incremento y creación de partidas correspondientes a
recursos.
b).- No consta la efectiva participación del Concejo Deliberante, de manera previa a la sanción
de la resolución Nº 17650/11, que permitió la reasignación de partidas, con lo cual no se dio
cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 7 segundo párrafo de la Ordenanza 1571/10, mediante
la cual se sancionó el presupuesto, que dispone: “toda incorporación presupuestaria que se
realizare como consecuencia de excedentes en los distintos rubros de recursos y/o fuentes
financieras, deberá ser informado al Concejo Deliberante en la oportunidad prevista por el Art.
45 inc. 14 de la Carta Orgánica Municipal, a partir de la cual quedará ampliada la cuenta de
recursos respectivas. En el sentido señalado precedentemente todo aumento de recursos
importará autorización al Departamento Ejecutivo para asignar el aumento a partidas de gasto
prevista en el Art. 2º del Presente”…
3.1 Análisis de las partidas de Recursos de Otras Jurisdicciones:
Del cotejo de los Mayores de las cuentas de las partidas respectivas, y los valores expuestos en la
Ejecución Presupuestaria de Recursos suministrada por el Municipio, surgen las siguientes
diferencias:
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Cuenta Ejecución Mayor Diferencia
Regalías Petrolíferas 2.240.688,26 1.576.814,11 663.874,15
Regalías Gasíferas 2.892.577,43 3.706.451,58 -813.874,15
Fondo Federal Solidario Nacional 4.212.610,50 4.226.743,31 -14.132,81
Fondos IPV refacción 4.762.232,95 4.747.232,95 15.000,00
Campaña dengue - Aporte Gob. Nacional 597.446,64 357.446,64 240.000,00
Aporte Gobierno Provincial 4.068.800,00 4.248.800,00 -180.000,00
Construcción Aulas Esc. De Frontera 610.000,00 750.000,00 -140.000,00
Programa Puente Norte 191.199,00 139.149,00 52.050,00MDH - Programas Varios 5.395.625,70 5.087.387,70 308.238,00
Reemplazo Redes Colectoras de Diversas calles 382.289,62 682.289,62 -300.000,00
Aporte Provincia Compra Juegos Infantiles 54.000,00 27.000,00 27.000,00
Baños Escuela de Comercio 200.000,00 100.000,00 100.000,00TOTAL 25.607.470,10 25.649.314,91 -41.844,81
Observación Nº 14:
Del análisis comparativo y de las diferencias expuestas precedentemente, entre los Mayores de
las cuentas de Recursos Transferidos por terceros, y la exposición de las mismas en la Ejecución
Presupuestaria suministrada, se evidencia que el Ente Auditado, no posee un sistema de
registración contable integral e integrado, que permita exponer la información presupuestaria,
financiera y patrimonial correctamente.
Observación Nº 15:
Del análisis y comparación de la información suministrada por la Contaduría General y la
Tesorería General de la Provincia, correspondiente a montos transferidos al Municipio en el
Ejercicio 2011, y La Ejecución Presupuestaria, suministrada por el ente auditado y los mayores
generales de las cuentas, surgen las siguientes consideraciones:
• En la Ejecución Presupuestaria suministrada por el Municipio, no se exponen las
siguientes partidas de Recursos, con los correspondientes montos informados como
transferidos, según Contaduría General de la Provincia:
Plan Integral Asist. Munic. Foro. $ 18.723,56 Plan Integral Asist. Munic. CPCES. $ 66.765,46 Siemens IT Sol Serv. UTE $ 628.377,36
Del análisis realizado de los Ingresos de Otras Jurisdicciones, expuestos en los Mayores de las
15
cuentas suministrados, correspondientes al ejercicio financiero 2011, y del cotejo de las
transferencias realizadas por la Contaduría General, Tesorería General, Ministerio de Desarrollo
Humano, Ministerio de Salud Pública de la Provincia, IPV y DVS, y los extractos Bancarios de
las cuentas declaradas, del Bco. Macro y Bco. Nación, surgen las diferencias, que se detalla en el
siguiente cuadro:
Cuenta Mayor AGPS- Control Diferencia Fondo Federal Solidario Nacional 4.226.743,31 4.229.537,54 -2.794,23 Aporte Gobierno Provincial 4.248.800,00 4.047.790,00 201.010,00
Construcción Aulas Esc. De Frontera 750.000,00 550.000,00 200.000,00
Programa Puente Norte 139.149,00 240.699,00 -101.550,00
MDH - Programas Varios 5.087.387,70 5.460.439,43 -373.051,73 Baños Escuela de Comercio 100.000,00 200.000,00 -100.000,00 TOTAL 14.552.080,01 14.728.465,97 -176.385,96
Observación Nº 16:
Del cotejo de los valores expuestos en el Libro Mayor general y el valor informado por Tesorería
de la Provincia, respecto del Programa Puente Norte, se observa una diferencia por $ 101.550,00
(pesos ciento un mil quinientos cincuenta con 00/100), originada presuntamente en un error de
registración en el Libro Mayor general de la cuenta Aporte Gobierno Provincial.
Observación Nº 17:
No se encuentran expuestas en forma discriminada y detallada, en la Ejecución Presupuestaria
suministrada por el Municipio, las partidas de recursos provenientes de otras jurisdicciones,
correspondientes a Programas Sociales. Solo se expone una partida global denominada
Ministerio de Desarrollo Humano – Programas Varios, conforme los requerimientos del Decreto
Nº 4689/97 (Manual de Clasificador Presupuestario).
Observación Nº 18:
Del análisis de los extractos bancarios y los respectivos mayores de las cuentas, se observa que
se realizan transferencias de fondos entre las distintas cuentas corrientes, vulnerando normas de
resguardo de la especificidad de los fondos.
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IV.4.- GESTIÓN DE BIENES DE USO
El Jefe de Patrimonio presentó a este Órgano de Control, los siguientes inventarios,
vigentes al 31/12/2011:
a. Inventario del Parque Automotor Municipal – Sección Vehículos.
b. Inventario de bienes muebles correspondiente a las distintas dependencias del
Municipio. El mismo consta de nueve columnas que describen: Código, Cantidad,
Detalle, Fecha de alta, Precio unitario, Total, Estado, Fecha de baja y Observaciones, no
conteniendo información relacionada con valuación.
c. Inventario de bienes inmuebles
IV.4.1 Inmuebles:
El 09 de Abril de 2013, esta auditoría procedió a efectuar una entrevista a la Dra. Rosa
Fabiola Díaz, Directora de Tierras Fiscales, desde el mes de Mayo de 2012, en la misma
manifestó, que “la totalidad de los Inmuebles Fiscales de propiedad Municipal están ocupados,
muchos de ellos desde larga data, como ser aquellos ubicados en Villa Saavedra o Guemes”.
Asimismo, puso de manifiesto una serie de acciones que se vienen llevando adelante desde la
Dirección a su cargo, a efectos de lograr la paulatina regularización registral de los inmuebles.
Se realizó un cotejo entre la información brindada por el Municipio en el inventario
provisto, con aquellos datos que surgen de la Página Web de la Dirección General de Inmuebles,
lo que permitió verificar la situación dominial y existencia de gravámenes, respecto de la
totalidad de los bienes inmuebles enumerados por el Ente Auditado. De estos procedimientos de
auditoría, cual surgen las siguientes observaciones:
Observación Nº 19:
Los Inmuebles identificados según el inventario presentado por el Municipio, con los Catastros
Nº 11483 - 1740 (Matadero Municipal) – 13631 (Estación Terminal de Ómnibus) – 10222
(Plazoleta Los Payos) – 21513 (Capilla Santa Rosa) – 17357 (Garita de Control) – 7828 (Plaza
de Villa Güemes), 15887, 15888, 15889, 15890 (CCI Bº Santa Rita), figuran registrados en la
Dirección General de Inmuebles, a nombre de particulares, o bien, de la Provincia de Salta, y no
a nombre del Ente Auditado, lo cual podría representar un obstáculo al momento de disponer
medidas de administración o disposición, y la posibilidad de inicio de acciones legales por parte
de los titulares de los bienes o herederos de los mismos.
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Observación Nº 20:
El Inmueble identificado con el catastro Nº 27763 (Mercado Municipal), presenta un embargo
por la suma de $ 91.000,00, incluyendo capital y accesorios de ley (embargante Sr. Rogelio
Rea), que no fuera informado por el Ente Auditado, lo cual pone en un riesgo el Patrimonio
Municipal, y denota una ineficaz gestión de los bienes e incumplimiento de las disposiciones
establecidas por la Sección III – Capítulo 1 (de la Hacienda Municipal) Art. 77 y siguientes.
Observación Nº 21:
Los inmuebles que a continuación se detallan, presentan como gravamen inscripto en la
Dirección General de Inmuebles, una promesa de venta a favor de terceros, las que fueron
inscriptas en los siguientes años: 1968 – 1969 y 1998, situación no informada por el Ente
Auditado, lo que denota una deficiente gestión de los bienes y un incumplimiento de las
disposiciones establecidas por la Sección III – Capítulo 1 (de la Hacienda Municipal) Art. 77 y
siguientes:
Inmuebles identificados con los catastros Nº 4513 – 4569 – 11267 – 11421 y 11522.
Observación Nº 22:
Los inmuebles identificados con los catastros Nº 51000 (Plaza República de Bolivia), 71004
(Plaza de Mayo), 71003 (Paseo Avda. Packham) y 71002 (Plazoleta Acceso Tartagal), no figuran
en la base de datos de la página Web de la Dirección General de Inmuebles.
Por su parte, los inmuebles en los cuales está situada la Garita de Control de Rentas - Plaza San
Isidro – Plaza Misión Cherentey Plazoleta Misión Tapietes, no cuentan con un número de
Catastro. Ambos hechos resultan demostrativos de la inexactitud de la información brindada por
el Ente Auditado, además de traducir una ineficaz gestión de los bienes Municipales e
incumplimiento de las disposiciones establecidas por la Carta Orgánica Municipal.-
Gestión de bienes muebles no registrables
Se efectuó un análisis de los distintos inventarios de bienes muebles provistos por el Municipio,
del cual surgen las siguientes observaciones:
Observación Nº 23:
Los inventarios de bienes presentados del Gabinete Socio psicológico, Dirección de Rentas e
Intendencia, incumplen los requerimientos establecidos por los Art. 59, 60 y concordantes de la
Ley de Contabilidad de Provincia sancionada mediante Dcto. Ley 705/57
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Observación Nº 24:
Los inventarios de bienes muebles presentados por las distintas Áreas del Municipio, no indican
quien es el funcionario responsable de los mismos, con lo cual no se da cumplimiento con lo
dispuesto en el Art. 48 inc 2) de la Ley de Contabilidad que indica: “Artículo 48.- Los registros
de cargos y descargos se llevarán como consecuencia de las contabilidades respectivas y
demostrarán: 2) Para los Bienes del Estado: Los bienes o especies en servicio, guarda o
custodia, manteniendo actualizados los datos de los funcionarios a cuyo cargo se encuentren”.
IV.4.2.- Compras y Patrimonio
Durante las tareas de campo, se realizó una entrevista al Encargado de Compras y
Patrimonio; el mismo informó que:
El inventario actualizado se presenta a la Secretaría de Hacienda, no se elaboran planillas
de altas y bajas de los bienes, no se confección fichas de mantenimiento ni se encuentra
reglamentado el uso para los vehículos y maquinarias.
Observación N° 25:
• El detalle no se encuentra actualizado, existiendo bienes sin incorporar.
• No se elaboran planillas de alta y bajas.
• El alta de un bien no se realiza de forma automática contenida en el punto anterior.
• No se confeccionan fichas de mantenimiento para los vehículos y maquinarias del
Municipio.
• No se encuentra reglamentado el uso de vehículos oficiales y maquinarias, el mismo
se hace a través de directivas del Sr. Intendente.
IV.5.- ESTADO DE SITUACIÓN DE TESORERIA
Conforme lo expresado en el párrafo de Limitaciones de este informe, el ente auditado no
presentó el Estado de Situación de Tesorería, de acuerdo a los lineamientos previstos en la Res.
A.G.P.S. Nº 40/10, sin perjuicio de ello, el Municipio mediante nota de fecha 30/05/13, la cual
no se encuentra firmada por funcionario responsable, adjunta un Estado de Tesorería al 31/12/11,
que consta solo de un detalle referido a determinados aspectos que a continuación se detallan y
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que esta auditoría procedió a analizar:
• Saldo en efectivo al 01/01/2011.
• Detalle de cheques pendientes de cobro.
• Saldo en efectivo al 31/12/2011.
• Valores a depositar
• Fondos destinados a abonar servicios prestados por Planilleros, pendientes de pago.
• Detalle de cheques pendientes de entrega a esta AGPS al 31/12/2011.
Además, se informa que los saldos expuestos en el Estado de Tesorería, se realizaron de manera
manual debido a carencias del sistema informático de gestión municipal, el cual no permite el
arrastre de saldos acumulados, ni otro tipo de información, para establecer de manera automática
la Situación de Tesorería en tiempo real, solo se puede brindar el estado al inicio y al final del
ejercicio.
Observación N° 26:
De lo precedentemente expuesto, se concluye que la información expuesta en el Estado de
Tesorería suministrado, carece de completud, confiabilidad e integridad afectando el control y la
buena administración en perjuicio del ente auditado.
V.- RECOMENDACIONES Sin perjuicio de los Comentarios y Observaciones contenidas en el presente informe, éste
Órgano de Control Externo, formula las siguientes Recomendaciones, a fin de proponer
acciones que permitirán alcanzar mejoras a la gestión analizada, a saber:
Recomendación Nº 1: (Corresponde a Observaciones Nº 1, 2, 12, 14, 16, 26)
El Municipio deberá:
a) Implementar un sistema contable integral, mediante el cual, todos los actos u operaciones se
encuentren respaldados por medio de documentos y se registren contablemente, de modo que,
permitan la elaboración de los Estados Demostrativos, de acuerdo a la legislación vigente.
b) Adoptar los recaudos necesarios que eviten errores u omisiones de registración en los
Mayores Generales.
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Recomendación Nº 2: (Corresponde a Observaciones Nº 3, 6, 7, 9,10)
El Ente Auditado deberá:
a) Llevar adelante las acciones tendientes a la implementación de un sistema de información de
Tesorería, integrado a la Contabilidad Presupuestaria y Gubernamental.
b) Elaborar Partes Diarios de Tesorería, e implementar medidas de seguridad en resguardo de los
bienes a cargo de la misma.
c) Desarrollar las actividades de control, necesarias para asegurar que la intervención y/o
controles técnicos administrativos se documenten en los distintos trámites llevados a cabo en el
Municipio.
Recomendación Nº 3: (Corresponde a Observaciones Nº 4, 5)
El Municipio deberá tomar las medidas conducentes a la confección, aprobación y real puesta en
práctica de los Manuales de Misiones y Funciones, y Manuales de Procedimiento; que describan
el funcionamiento, asigne tareas y responsabilidades de cada uno de los puestos de trabajo.
Recomendación Nº 4: (Corresponde a Observación Nº 8)
El Ente Auditado deberá desarrollar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las
disposiciones contenidas en el Art. 45 Inc. 14 de la Ley Nº 6555 (Carta Orgánica Municipal),
procediendo a tal efecto, a fijar los balances en el ingreso a la Sede Municipal, en lugar, que
resulte fácilmente visible para los Ciudadanos.
Recomendación Nº 5: (Corresponde a Observación Nº 11)
El Municipio deberá adoptar los recaudos necesarios, a fin de que el proyecto de Ordenanza de
Presupuesto sea remitido al Concejo Deliberante, y sancionado antes del treinta y uno de octubre
de cada año, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 29º inc. 5) de la Carta Orgánica Municipal.
Recomendación Nº 6: (Corresponde a Observación Nº 13)
a) En consonancia con el Art. 15 del Decreto Ley Nº 705/57 de Contabilidad de la Provincia, el
ente auditado debe emitir y aprobar el instrumento legal que incremente las partidas
presupuestarias una vez agotadas las aprobadas originalmente, antes de asumir nuevos
compromisos, para que de ese modo exista crédito disponible para su utilización.
b) Desarrollar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones del Art. 45 inc.
14 de la Carta Orgánica Municipal, informando al Concejo Deliberante en la oportunidad
prevista.
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Recomendación Nº 7: (Corresponde a Observación Nº 17)
El Municipio deberá instrumentar las acciones necesarias para que se puedan identificar las
partidas que reflejan las transferencias de fondos recibidos del Ministerio de Desarrollo Humano,
en el marco de la descentralización de los Planes Sociales, de manera que se pueda evaluar la
integridad y consistencia de las mismas.
Recomendación Nº 8: (Corresponde a Observaciones Nº 15 y 18)
El Ente Auditado deberá adoptar las acciones necesarias para evitar vulnerar las normas de
resguardo de la especificidad de los fondos, respetando su intangibilidad, respecto de las
transferencias de fondos en las distintas cuentas corrientes que posee el Municipio.
Recomendación Nº 9: (Corresponde a Observaciones Nº 19, 20, 21, 22)
El Municipio deberá profundizar las tareas de relevamiento y depuración de datos catastrales
iniciados por la Dirección de Tierras Fiscales, de modo tal, de evitar la subsistencia de
gravámenes que afecten a inmuebles de propiedad del Ente y realizar una depuración de los
títulos e inscripción de los bienes a nombre del Municipio, esto de acuerdo a las disposiciones
emanadas de los Art. 6 – 45 inc. 22, y Sección III Economía y Hacienda de la Carta Orgánica
Municipal.
Recomendación Nº 10: (Corresponde a Observaciones Nº 23, 24, 25)
El Municipio deberá desarrollar las acciones necesarias para contar con un inventario detallado y
valuado de los bienes muebles e inmuebles del ente auditado, que describa las características de
los bienes, ubicación física, estado de conservación y responsable a cuyo cargo se encuentra su
custodia y guarda. Asimismo, deberá mantener actualizados los registros de altas y bajas de cada
elemento componente del inventario y archivos de la documentación vinculada a los mismos,
según lo establecido por el Art. 48 Inc. 2), Art. 59, 60 y concordantes de la Ley de Contabilidad
de la Provincia sancionada mediante Decreto Ley 705/57.
VI.- OPINION
De la Auditoria Financiera y de Legalidad efectuada en el Departamento Ejecutivo del
Municipio de Tartagal, referida al Ejercicio Financiero 2011 y de acuerdo:
- al Objeto de la presente auditoría,
- las Aclaraciones Previas enunciadas en el Punto III,
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- las Limitaciones al Alcance indicadas en el Punto III. Inc. 3.
- las Observaciones señaladas en el Punto IV.
se concluye lo siguiente:
• Con respecto al Estado de Ejecución Presupuestaria de Recursos del Ejercicio Financiero
2011, no se presenta de manera íntegra y razonable, ya que no se ha elaborado en base a
registros provistos por un Sistema Contable Integral e Integrado, que le otorgue un grado
aceptable de confiabilidad y no se expone de conformidad con lo requerido por la
legislación vigente.
• Con respecto al Estado de Situación de Tesorería, ésta auditoría se abstiene de emitir
opinión, ya que el ente auditado no ha provisto el citado informe.
• En cuanto al funcionamiento del Sistema de Gestión de Bienes de Uso del Municipio,
esta Auditoría opina que la misma es ineficiente e ineficaz, y no contribuye al uso y
resguardo apropiado de los Bienes propiedad del Municipio.
Por último, en relación al funcionamiento del Control Interno y teniendo en cuenta la
importancia de las Observaciones incluidas en el Apartado IV de este informe, queda
evidenciada la situación de debilidad en el mismo, que puede dar lugar a que se propicien o
concreten distintas irregularidades, en perjuicio del ente auditado.
VII.- FECHA EN QUE CONCLUYÓ EL EXAMEN
Las tareas de campo en la Municipalidad de Tartagal, se llevaron a cabo entre los días 08 y 12 de
abril de 2013.
VIII.- LUGAR Y FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME
Se emite el presente Informe de Auditoría Definitivo en la ciudad de Salta, a los 9 días del mes
de Enero del año dos mil catorce.
Cra. M. Segura – Dr. M. Grande – Cr. F. Rodriguez
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SALTA, 13 de Mayo de 2014 RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 34 AUDITORÍA GENERAL DE LA PROVINCIA VISTO lo tramitado en el Expediente Nº 242-3738/13, de la Auditoría General de la Provincia, Auditoría Financiera y de Legalidad en el Municipio de Tartagal, y CONSIDERANDO Que el artículo 169 de la Constitución Provincial pone a cargo de la Auditoría General de la Provincia el control externo posterior de la hacienda pública provincial y municipal, cualquiera fuera su modalidad de organización; Que en cumplimiento del mandato constitucional, lo concordantemente dispuesto por la Ley Nº 7.103 y de acuerdo a la normativa institucional vigente, se ha efectuado una Auditoría Financiera y de Legalidad en el Municipio de Tartagal - Ejercicio Financiero 2.011, que tuvo como objetivos: Evaluar: 1) La Ejecución Presupuestaria de Recursos; 2) El funcionamiento del Sistema de Gestión de Bienes de Uso y 3) El Estado de Situación de Tesorería;
Que por Resolución A.G.P.S. Nº 61/12 se aprueba el Programa de Acción Anual de Auditoría y Control de la Auditoría General de la Provincia – Año 2.013, correspondiendo la presente al Proyecto III-05/13 del mencionado Programa;
Que con fecha 09 de enero de 2.014 el Área de Control Nº III emitió Informe de Auditoría Definitivo, correspondiente a la Auditoría Financiera y de Legalidad en el Municipio de Tartagal - Ejercicio Financiero 2.011; Que el Informe de Auditoría Definitivo ha sido emitido de acuerdo al objeto estipulado, con los alcances y limitaciones que allí constan, habiéndose notificado oportunamente el Informe de Auditoría Provisorio al ente auditado; Que con fecha 24 de abril de 2.014 se remitieron las presentes actuaciones a consideración del Sr. Auditor General Presidente;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el instrumento de aprobación del Informe de Auditoría Definitivo, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 7.103 y por la Resolución Nº 10/11 de la A.G.P.S.;
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RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 34 Por ello,
EL AUDITOR GENERAL PRESIDENTE Y EL AUDITOR GENERAL DEL ÁREA DE
CONTROL Nº III DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
RESUELVEN: ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Informe de Auditoría Definitivo emitido por el Área de Control Nº III, correspondiente a la Auditoría Financiera y de Legalidad en el Municipio de Tartagal - Ejercicio Financiero 2.011, que tuvo como objetivos: Evaluar: Evaluar: 1) La Ejecución Presupuestaria de Recursos; 2) El funcionamiento del Sistema de Gestión de Bienes de Uso y 3) El Estado de Situación de Tesorería, obrante de fs. 138 a 159 del Expediente Nº 242-3738/13. ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR a través del Área respectiva, el Informe y la presente Resolución Conjunta, de conformidad con lo establecido por la Resolución A.G.P. Nº 10/11. ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, cumplido, archívese.
Cr. O. Salvatierra – Cr. R. Muratore