Arbitraje Internacional - Dipr

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LEY 1563 DE 2012 LEY 1563 DE 2012 LEY 1563 DE 2012 LEY 1563 DE 2012 Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional Por: Por: Por: Por: SANDRA MAYA SOLARTE SANDRA MAYA SOLARTE SANDRA MAYA SOLARTE SANDRA MAYA SOLARTE PAULA PARRA MARTINEZ PAULA PARRA MARTINEZ PAULA PARRA MARTINEZ PAULA PARRA MARTINEZ BOLIVAR IMBACHI BENAVIDES BOLIVAR IMBACHI BENAVIDES BOLIVAR IMBACHI BENAVIDES BOLIVAR IMBACHI BENAVIDES JORGE QUINTANA JORGE QUINTANA JORGE QUINTANA JORGE QUINTANA MANUEL M. CORAL DELGADO MANUEL M. CORAL DELGADO MANUEL M. CORAL DELGADO MANUEL M. CORAL DELGADO MANUEL ZAMBRANO GOMEZ MANUEL ZAMBRANO GOMEZ MANUEL ZAMBRANO GOMEZ MANUEL ZAMBRANO GOMEZ Presentado a: Presentado a: Presentado a: Presentado a: Dr. ESTEBAN CAJIGAS Dr. ESTEBAN CAJIGAS Dr. ESTEBAN CAJIGAS Dr. ESTEBAN CAJIGAS INSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAG INSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAG INSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAG INSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAG FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS PROGRAMA DE DERECHO PROGRAMA DE DERECHO PROGRAMA DE DERECHO PROGRAMA DE DERECHO DECIMO SEMESTRE DECIMO SEMESTRE DECIMO SEMESTRE DECIMO SEMESTRE SAN JUAN DE PASTO, MAYO DE 2013 SAN JUAN DE PASTO, MAYO DE 2013 SAN JUAN DE PASTO, MAYO DE 2013 SAN JUAN DE PASTO, MAYO DE 2013

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Resumen ley arbitraje

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LEY 1563 DE 2012LEY 1563 DE 2012LEY 1563 DE 2012LEY 1563 DE 2012

Estatuto de Arbitraje Nacional e InternacionalEstatuto de Arbitraje Nacional e InternacionalEstatuto de Arbitraje Nacional e InternacionalEstatuto de Arbitraje Nacional e Internacional

Por:Por:Por:Por:

SANDRA MAYA SOLARTESANDRA MAYA SOLARTESANDRA MAYA SOLARTESANDRA MAYA SOLARTE PAULA PARRA MARTINEZPAULA PARRA MARTINEZPAULA PARRA MARTINEZPAULA PARRA MARTINEZ

BOLIVAR IMBACHI BENAVIDESBOLIVAR IMBACHI BENAVIDESBOLIVAR IMBACHI BENAVIDESBOLIVAR IMBACHI BENAVIDES JORGE QUINTANA JORGE QUINTANA JORGE QUINTANA JORGE QUINTANA

MANUEL M. CORAL DELGADOMANUEL M. CORAL DELGADOMANUEL M. CORAL DELGADOMANUEL M. CORAL DELGADO MANUEL ZAMBRANO GOMEZMANUEL ZAMBRANO GOMEZMANUEL ZAMBRANO GOMEZMANUEL ZAMBRANO GOMEZ

Presentado a:Presentado a:Presentado a:Presentado a: Dr. ESTEBAN CAJIGASDr. ESTEBAN CAJIGASDr. ESTEBAN CAJIGASDr. ESTEBAN CAJIGAS

INSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAGINSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAGINSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAGINSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAG FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS

PROGRAMA DE DERECHOPROGRAMA DE DERECHOPROGRAMA DE DERECHOPROGRAMA DE DERECHO DECIMO SEMESTREDECIMO SEMESTREDECIMO SEMESTREDECIMO SEMESTRE

SAN JUAN DE PASTO, MAYO DE 2013SAN JUAN DE PASTO, MAYO DE 2013SAN JUAN DE PASTO, MAYO DE 2013SAN JUAN DE PASTO, MAYO DE 2013

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ARBITRAJE INTERNACIONALARBITRAJE INTERNACIONALARBITRAJE INTERNACIONALARBITRAJE INTERNACIONAL

Cuando adquiere el Cuando adquiere el Cuando adquiere el Cuando adquiere el ArbitrajeArbitrajeArbitrajeArbitrajede de de de InternacionalInternacionalInternacionalInternacional????

En los siguientes casos:En los siguientes casos:En los siguientes casos:En los siguientes casos:

a) Las partes en un acuerdo de arbitraje tengan, al momento de la celebración de ese acuerdo, sus domicilios en Estados diferentes; o

b) El lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligalugar con el cual el objeto del litigio tenga una relación más estrecha, está situado fuera del Estado en el cual las partes tienen sus domicilios; o

c) La controversia sometida a decisión arbitral afecte los intereses del comercio internacional.

ARBITRAJE INTERNACIONALARBITRAJE INTERNACIONALARBITRAJE INTERNACIONALARBITRAJE INTERNACIONAL

ArbitrajeArbitrajeArbitrajeArbitraje el carácter el carácter el carácter el carácter

a) Las partes en un acuerdo de arbitraje tengan, al momento de la celebración de ese acuerdo, sus domicilios en

b) El lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones o el lugar con el cual el objeto del litigio tenga una relación más estrecha, está situado fuera del Estado en el cual las partes tienen sus domicilios; o

c) La controversia sometida a decisión arbitral afecte los intereses del comercio

Tribunal ATribunal ATribunal ATribunal Arbitralrbitralrbitralrbitral significa tanto un solo árbitro como una pluralidad de árbitros.

En la interpretación internacionalinterpretación internacionalinterpretación internacionalinterpretación internacionalademás de su carácter de internacional, existen otros factoresotros factoresotros factoresotros factorescuenta:

• La necesidad de promover la uniformidad de su aplicación

• La observancia de la buena fe.

Se entiende que se ha renunciado al derecho a objetarderecho a objetarderecho a objetarderecho a objetarcumplido alguna disposición o se ha pasado por alto algún reqacuerdo de arbitraje caso:

o Cuando La parte que arbitrajearbitrajearbitrajearbitraje y no exprese su objeción a tal incumplimiento tan pronto sea posible o, si se prevé un plazo para hacerlo, no lo haya hecho dentro de este.

significa tanto un solo árbitro como una pluralidad de árbitros.

interpretación internacionalinterpretación internacionalinterpretación internacionalinterpretación internacional, además de su carácter de internacional,

otros factoresotros factoresotros factoresotros factores se deben tener en

La necesidad de promover la uniformidad de su aplicación a observancia de la buena fe.

e entiende que se ha renunciado al derecho a objetarderecho a objetarderecho a objetarderecho a objetar cuando no se ha cumplido alguna disposición o se ha pasado por alto algún requisito del acuerdo de arbitraje en el siguiente

La parte que prosiga el prosiga el prosiga el prosiga el y no exprese su

objeción a tal incumplimiento tan pronto sea posible o, si se prevé un plazo para hacerlo, no lo haya hecho dentro de este.

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Quien es competente para conocer sobre anulación de anulación de anulación de anulación de laudos proferidos laudos proferidos laudos proferidos laudos proferidos por tribunales arbitrales con sede en por tribunales arbitrales con sede en por tribunales arbitrales con sede en por tribunales arbitrales con sede en ColombiaColombiaColombiaColombia en los que sea parte una entidad pública colombiana o quien ejerza funciones administrativas colombianas?

� La competencia corresponderá a la Sala Plena de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

Quien es competente para reconocimiento y ejecución de laudos reconocimiento y ejecución de laudos reconocimiento y ejecución de laudos reconocimiento y ejecución de laudos proferidos por tribunales arbitrales con proferidos por tribunales arbitrales con proferidos por tribunales arbitrales con proferidos por tribunales arbitrales con sede por fuera de Colombiasede por fuera de Colombiasede por fuera de Colombiasede por fuera de Colombiasea parte una entidad pública colombiana o quien ejerza funciadministrativas colombianas?

� La Sala Plena de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

Quien es competente para conocer laudos proferidos laudos proferidos laudos proferidos laudos proferidos

por tribunales arbitrales con sede en por tribunales arbitrales con sede en por tribunales arbitrales con sede en por tribunales arbitrales con sede en en los que sea parte una

entidad pública colombiana o quien ejerza funciones administrativas

a competencia corresponderá a la Sala Plena de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

Quien es competente para el el el el reconocimiento y ejecución de laudos reconocimiento y ejecución de laudos reconocimiento y ejecución de laudos reconocimiento y ejecución de laudos proferidos por tribunales arbitrales con proferidos por tribunales arbitrales con proferidos por tribunales arbitrales con proferidos por tribunales arbitrales con sede por fuera de Colombiasede por fuera de Colombiasede por fuera de Colombiasede por fuera de Colombia en los que sea parte una entidad pública colombiana o quien ejerza funciones administrativas colombianas?

La Sala Plena de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

Como puede definirse el Como puede definirse el Como puede definirse el Como puede definirse el arbitraje?arbitraje?arbitraje?arbitraje?

El "acuerdo de arbitrajeacuerdo de arbitrajeacuerdo de arbitrajeacuerdo de arbitrajecual las partes deciden someter a arbitraje todas o algunas controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica, contractual o no.

El acuerdo de arbitraje puedos formas:

Cláusula compromisoria Acuerdo independiente.

El acuerdo de arbitraje deberá por escritopor escritopor escritopor escrito, lo cual se puede considerar que cumple como tal, en los siguientes casos:

a) Cuando quede constancia de su contenido en cualquiera forma, ya sea que el acuerdo de arbitraje o contrato se haya concertado verbalmente, o mediante la ejecución de ciertos actos o por cualquier otro medio.

b) Se entenderá cumplido con una comunicación electrónica si la información contenida en ella es accesible para su ulterior

c) Cuando esté contenido en un intercambio de escritos de demanda y contestación en los que la existencia de un acuerdo sea afirmada por una parte sin ser negada por la otra.

Como puede definirse el Como puede definirse el Como puede definirse el Como puede definirse el acuerdo de acuerdo de acuerdo de acuerdo de

acuerdo de arbitrajeacuerdo de arbitrajeacuerdo de arbitrajeacuerdo de arbitraje" es aquel por el cual las partes deciden someter a arbitraje todas o algunas controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica,

l acuerdo de arbitraje puede tomar

láusula compromisoria cuerdo independiente.

l acuerdo de arbitraje deberá constar constar constar constar , lo cual se puede considerar

que cumple como tal, en los siguientes

a) Cuando quede constancia de su contenido en cualquiera forma, ya sea

acuerdo de arbitraje o contrato se haya concertado verbalmente, o mediante la ejecución de ciertos actos o por cualquier otro medio.

b) Se entenderá cumplido con una comunicación electrónica si la información contenida en ella es accesible para su ulterior consulta.

c) Cuando esté contenido en un intercambio de escritos de demanda y contestación en los que la existencia de un acuerdo sea afirmada por una parte sin ser negada por la otra.

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d) La referencia hecha en un contrato a un documento que contenga uncláusula compromisoria constituye un acuerdo de arbitraje por escrito, siempre que dicha referencia implique que esa cláusula forma parte del contrato.

Puede la autoridad judicialautoridad judicialautoridad judicialautoridad judicialsometa un litigio sobre un asunto objeto de acuerdo de arbitrajlas partes al arbitrajearbitrajearbitrajearbitraje?

Puede hacerlo a solicitud de cualquiera de las partes, a más tardar, en la oportunidad para la contestación de la demanda.

EsEsEsEs necesario esperar la respuesta de la necesario esperar la respuesta de la necesario esperar la respuesta de la necesario esperar la respuesta de la autoridad judicial a efectos de iniciar la autoridad judicial a efectos de iniciar la autoridad judicial a efectos de iniciar la autoridad judicial a efectos de iniciar la actuación arbitral?actuación arbitral?actuación arbitral?actuación arbitral?

No, pues se podrá iniciar o proseguir la actuación arbitral y dictar un laudo aunque la cuestión esté pendiente ante la autoridad judicial.

¿Quién ¿Quién ¿Quién ¿Quién determina el número de determina el número de determina el número de determina el número de árbitros en un arbitraje internacional?árbitros en un arbitraje internacional?árbitros en un arbitraje internacional?árbitros en un arbitraje internacional?

El número de árbitros lo determinan las partes, que en todo caso será impar.

d) La referencia hecha en un contrato a un documento que contenga una cláusula compromisoria constituye un acuerdo de arbitraje por escrito, siempre que dicha referencia implique que esa cláusula forma parte del

autoridad judicialautoridad judicialautoridad judicialautoridad judicial a quien se someta un litigio sobre un asunto objeto de acuerdo de arbitraje remitir a

Puede hacerlo a solicitud de cualquiera más tardar, en la

oportunidad para la contestación de la

necesario esperar la respuesta de la necesario esperar la respuesta de la necesario esperar la respuesta de la necesario esperar la respuesta de la autoridad judicial a efectos de iniciar la autoridad judicial a efectos de iniciar la autoridad judicial a efectos de iniciar la autoridad judicial a efectos de iniciar la

No, pues se podrá iniciar o proseguir la actuación arbitral y dictar un laudo aunque la cuestión esté pendiente ante

determina el número de determina el número de determina el número de determina el número de árbitros en un arbitraje internacional?árbitros en un arbitraje internacional?árbitros en un arbitraje internacional?árbitros en un arbitraje internacional?

El número de árbitros lo determinan las partes, que en todo caso será impar.

¿¿¿¿Cuándo se puede recusar a un árbitro?Cuándo se puede recusar a un árbitro?Cuándo se puede recusar a un árbitro?Cuándo se puede recusar a un árbitro?

Cuando existan circunstancias que den lugar a dudas justificadas respecto desu imparcialidad o independencia, o sin no posee las calidades convenidas por las partes.

¿Qué debe hacer un árbitro cuando se ¿Qué debe hacer un árbitro cuando se ¿Qué debe hacer un árbitro cuando se ¿Qué debe hacer un árbitro cuando se vea en la imposibilidad de cumplir con vea en la imposibilidad de cumplir con vea en la imposibilidad de cumplir con vea en la imposibilidad de cumplir con el ejercicio de sus funciones?el ejercicio de sus funciones?el ejercicio de sus funciones?el ejercicio de sus funciones?

Cuando un árbitro se vea impedido para ejercer sus ejerza dentro de un plazo razonable por el motivo que sea, cesara en su cargo si renuncia, o si las partes acuerdan su remoción. De lo contrario si subsiste un desacuerdo respecto a algunos de esos motivos cualquiera de las partes podrá solicitar de la autoridad judicial que declare la cesación del encargo.

¿Cuál o cuáles son en últimas las ¿Cuál o cuáles son en últimas las ¿Cuál o cuáles son en últimas las ¿Cuál o cuáles son en últimas las facultades del tribunal arbitral?facultades del tribunal arbitral?facultades del tribunal arbitral?facultades del tribunal arbitral?

La facultad principal del tribunal arbitral es el único competente para decidir su propia competencia, incluso sobrexcepciones u objeciones al arbitraje

Cuándo se puede recusar a un árbitro?Cuándo se puede recusar a un árbitro?Cuándo se puede recusar a un árbitro?Cuándo se puede recusar a un árbitro?

uando existan circunstancias que den lugar a dudas justificadas respecto de su imparcialidad o independencia, o sin no posee las calidades convenidas por

¿Qué debe hacer un árbitro cuando se ¿Qué debe hacer un árbitro cuando se ¿Qué debe hacer un árbitro cuando se ¿Qué debe hacer un árbitro cuando se vea en la imposibilidad de cumplir con vea en la imposibilidad de cumplir con vea en la imposibilidad de cumplir con vea en la imposibilidad de cumplir con el ejercicio de sus funciones?el ejercicio de sus funciones?el ejercicio de sus funciones?el ejercicio de sus funciones?

uando un árbitro se vea impedido para ejercer sus funciones o no las ejerza dentro de un plazo razonable por el motivo que sea, cesara en su cargo si renuncia, o si las partes acuerdan su remoción. De lo contrario si subsiste un desacuerdo respecto a algunos de esos motivos cualquiera de

solicitar de la autoridad judicial que declare la cesación del

¿Cuál o cuáles son en últimas las ¿Cuál o cuáles son en últimas las ¿Cuál o cuáles son en últimas las ¿Cuál o cuáles son en últimas las facultades del tribunal arbitral?facultades del tribunal arbitral?facultades del tribunal arbitral?facultades del tribunal arbitral?

a facultad principal del tribunal arbitral es el único competente para decidir su propia competencia, incluso sobre las

u objeciones al arbitraje

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relativos a la inexistencia, nulidad, anulabilidad, invalidez e ineficacia del acuerdo del arbitraje o por estar pactado el arbitraje para resolver la materia controvertida.

¿En qué momento se debe proponer ¿En qué momento se debe proponer ¿En qué momento se debe proponer ¿En qué momento se debe proponer las las las las excepciones u objeciones al excepciones u objeciones al excepciones u objeciones al excepciones u objeciones al arbitraje?arbitraje?arbitraje?arbitraje?

En el momento de presentar la contestación de la demanda.

¿Qué es una comunicación electrónica ¿Qué es una comunicación electrónica ¿Qué es una comunicación electrónica ¿Qué es una comunicación electrónica en el acuerdo de arbitraje?en el acuerdo de arbitraje?en el acuerdo de arbitraje?en el acuerdo de arbitraje?

Por comunicación electrónica se entenderá toda comunicación que las partes hagan por medio datos.

¿Qué es el acuerdo de arbitraje?¿Qué es el acuerdo de arbitraje?¿Qué es el acuerdo de arbitraje?¿Qué es el acuerdo de arbitraje?

Es aquel por el cual las partes se deciden someter a arbitraje, todas o algunas controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica contractual o no.

relativos a la inexistencia, nulidad, anulabilidad, invalidez e ineficacia del acuerdo del arbitraje o por estar pactado el arbitraje para resolver la

¿En qué momento se debe proponer ¿En qué momento se debe proponer ¿En qué momento se debe proponer ¿En qué momento se debe proponer excepciones u objeciones al excepciones u objeciones al excepciones u objeciones al excepciones u objeciones al

En el momento de presentar la contestación de la demanda.

¿Qué es una comunicación electrónica ¿Qué es una comunicación electrónica ¿Qué es una comunicación electrónica ¿Qué es una comunicación electrónica en el acuerdo de arbitraje?en el acuerdo de arbitraje?en el acuerdo de arbitraje?en el acuerdo de arbitraje?

or comunicación electrónica se entenderá toda comunicación que las partes hagan por medio de mensaje de

¿Qué es el acuerdo de arbitraje?¿Qué es el acuerdo de arbitraje?¿Qué es el acuerdo de arbitraje?¿Qué es el acuerdo de arbitraje?

s aquel por el cual las partes se deciden someter a arbitraje, todas o algunas controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación

o.

¿A falta de acuerdo en el ¿A falta de acuerdo en el ¿A falta de acuerdo en el ¿A falta de acuerdo en el nombramiento del tercer árbitro, que nombramiento del tercer árbitro, que nombramiento del tercer árbitro, que nombramiento del tercer árbitro, que procedimiento se debe seguir?procedimiento se debe seguir?procedimiento se debe seguir?procedimiento se debe seguir?

a- que la autoridad judicial procederá al nombramiento a instancia de cualquiera de las partes.

b- cada parte nombrara un árbitro o sea los dos primeros

c- el tercer árbitro lo nombran los dos árbitros.

d- en caso de desacuerdo de los dos árbitros para elegir el tercero será un juez el que decida el árbitro tercero.

Que ordena la medida cautelar Que ordena la medida cautelar Que ordena la medida cautelar Que ordena la medida cautelar decretada por eldecretada por eldecretada por eldecretada por el tribunal arbitraltribunal arbitraltribunal arbitraltribunal arbitral

a) Mantenga o restablezcaen espera de que se dirima la controversia; b) Adopte medidas para impedir algún daño presente o inminente, o el entorpecimiento del procedimiento arbitral, o que se abstenga de realizar actos que probablemente ocasionarían dicho daño o procedimiento arbitral; c) Proporcione algún medio para preservar bienes cuya conservación permita ejecutar el o los laudos; od) Preserve elementos de prueba que pudieran ser pertinentes y relevantes para resolver la controversia.

¿A falta de acuerdo en el ¿A falta de acuerdo en el ¿A falta de acuerdo en el ¿A falta de acuerdo en el nombramiento del tercer árbitro, que nombramiento del tercer árbitro, que nombramiento del tercer árbitro, que nombramiento del tercer árbitro, que procedimiento se debe seguir?procedimiento se debe seguir?procedimiento se debe seguir?procedimiento se debe seguir?

que la autoridad judicial procederá al nombramiento a instancia de cualquiera de las partes.

cada parte nombrara un árbitro o sea

tercer árbitro lo nombran los dos

en caso de desacuerdo de los dos árbitros para elegir el tercero será un juez el que decida el árbitro tercero.

Que ordena la medida cautelar Que ordena la medida cautelar Que ordena la medida cautelar Que ordena la medida cautelar tribunal arbitraltribunal arbitraltribunal arbitraltribunal arbitral????

a) Mantenga o restablezca el status quo en espera de que se dirima la

b) Adopte medidas para impedir algún daño presente o inminente, o el entorpecimiento del procedimiento arbitral, o que se abstenga de realizar actos que probablemente ocasionarían dicho daño o entorpecimiento al procedimiento arbitral;

c) Proporcione algún medio para preservar bienes cuya conservación permita ejecutar el o los laudos; o d) Preserve elementos de prueba que pudieran ser pertinentes y relevantes para resolver la controversia.

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Que deberá mostrar el solicitante al Que deberá mostrar el solicitante al Que deberá mostrar el solicitante al Que deberá mostrar el solicitante al tribunal tribunal tribunal tribunal para el decreto de medidas para el decreto de medidas para el decreto de medidas para el decreto de medidas cautelares de las que trata el art. 80cautelares de las que trata el art. 80cautelares de las que trata el art. 80cautelares de las que trata el art. 80 El solicitante de alguna medida cautelar prevista en el inciso segundo del artículo 80 deberá mostrar al tribunal arbitral la conducencia, pertinencia, razonabilidad y oportunidad de la medida cautelar.

Cuáles son las condiciones para el Cuáles son las condiciones para el Cuáles son las condiciones para el Cuáles son las condiciones para el decreto de una orden preliminardecreto de una orden preliminardecreto de una orden preliminardecreto de una orden preliminar

Las condiciones establecidas en el artículo 81 serán aplicables a toda orden preliminar, teniendo en las características y efectos de esta última.

Tiempo en que caduca una orden Tiempo en que caduca una orden Tiempo en que caduca una orden Tiempo en que caduca una orden preliminar y proceso que se puede preliminar y proceso que se puede preliminar y proceso que se puede preliminar y proceso que se puede ratificarla o modificarla. ratificarla o modificarla. ratificarla o modificarla. ratificarla o modificarla.

Toda orden preliminar caducará a los treinta (30) días contados a partir de la fecha en que el tribunal emitido. No obstante, el tribunal podrá decretar una medida cautelar por la que ratifique o modifique la orden preliminar, una vez que la parte contra la que se emitió la orden preliminar haya sido notificada y tenido la oportunidad de hacer valer sus derechos.

Que deberá mostrar el solicitante al Que deberá mostrar el solicitante al Que deberá mostrar el solicitante al Que deberá mostrar el solicitante al para el decreto de medidas para el decreto de medidas para el decreto de medidas para el decreto de medidas

cautelares de las que trata el art. 80cautelares de las que trata el art. 80cautelares de las que trata el art. 80cautelares de las que trata el art. 80? ? ? ?

l solicitante de alguna medida cautelar prevista en el inciso segundo del artículo 80 deberá mostrar al tribunal

conducencia, pertinencia, razonabilidad y oportunidad de la

Cuáles son las condiciones para el Cuáles son las condiciones para el Cuáles son las condiciones para el Cuáles son las condiciones para el decreto de una orden preliminardecreto de una orden preliminardecreto de una orden preliminardecreto de una orden preliminar????

Las condiciones establecidas en el artículo 81 serán aplicables a toda orden preliminar, teniendo en cuenta las características y efectos de esta

Tiempo en que caduca una orden Tiempo en que caduca una orden Tiempo en que caduca una orden Tiempo en que caduca una orden preliminar y proceso que se puede preliminar y proceso que se puede preliminar y proceso que se puede preliminar y proceso que se puede

Toda orden preliminar caducará a los treinta (30) días contados a partir de la

arbitral la haya emitido. No obstante, el tribunal podrá decretar una medida cautelar por la que ratifique o modifique la orden preliminar, una vez que la parte contra la que se emitió la orden preliminar haya sido notificada y tenido la

cer valer sus

Que facultades tiene el tribunal arbitral Que facultades tiene el tribunal arbitral Que facultades tiene el tribunal arbitral Que facultades tiene el tribunal arbitral con respecto a las medidas cautelares y con respecto a las medidas cautelares y con respecto a las medidas cautelares y con respecto a las medidas cautelares y órdenes preliminaresórdenes preliminaresórdenes preliminaresórdenes preliminares El tribunal arbitral podrá modificar, suspender o revocar toda medida cautelar u orden preliminar que haya decretado, ya sea a instancia de alguna de las partes o, en circunstancias excepcionales, por iniciativa propia, previa notificación de ello a las partes.

En arbitramento internacional existe En arbitramento internacional existe En arbitramento internacional existe En arbitramento internacional existe caucióncaucióncaucióncaución???? .... �El tribunal arbitral exigirá al peticionario de una orden que preste caución respecto de la orden, salvo que lo considere inapropiado o innecesario. El tribunal arbitral podrá exigir del solicitante de una medida cautelar que preste caución adecuada respecto de la medida.

En qué consiste el debEn qué consiste el debEn qué consiste el debEn qué consiste el debinformacióninformacióninformacióninformación???? El peticionario de una orden preliminar deberá revelar al tribunal arbitral toda circunstancia que pueda ser relevante para la decisión que el tribunal arbitral vaya a adoptar sobre si debe otorgar o mantener la orden, y seguirá estando obligado a hacerlo parte contra la que la orden haya sido pedida no haya tenido la oportunidad

Que facultades tiene el tribunal arbitral Que facultades tiene el tribunal arbitral Que facultades tiene el tribunal arbitral Que facultades tiene el tribunal arbitral con respecto a las medidas cautelares y con respecto a las medidas cautelares y con respecto a las medidas cautelares y con respecto a las medidas cautelares y órdenes preliminaresórdenes preliminaresórdenes preliminaresórdenes preliminares?

El tribunal arbitral podrá modificar, suspender o revocar toda medida cautelar u orden preliminar que haya

sea a instancia de alguna de las partes o, en circunstancias excepcionales, por iniciativa propia, previa notificación de ello a las partes.

En arbitramento internacional existe En arbitramento internacional existe En arbitramento internacional existe En arbitramento internacional existe

El tribunal arbitral exigirá al peticionario de una orden preliminar que preste caución respecto de la orden, salvo que lo considere inapropiado o innecesario.

El tribunal arbitral podrá exigir del solicitante de una medida cautelar que preste caución adecuada respecto de la

En qué consiste el debEn qué consiste el debEn qué consiste el debEn qué consiste el deber de er de er de er de

El peticionario de una orden preliminar deberá revelar al tribunal arbitral toda circunstancia que pueda ser relevante para la decisión que el tribunal arbitral vaya a adoptar sobre si debe otorgar o mantener la orden, y seguirá estando obligado a hacerlo en tanto que la parte contra la que la orden haya sido pedida no haya tenido la oportunidad

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de hacer valer sus derechos. A partir de dicho momento, será aplicable el inciso segundo del presente artículo.

Las partes deberán dar a conocer al tribunal arbitral sin tardanza todo cambio importante que se produzca en relación con las circunstancias que motivaron que la medida se solicitara o decretara. Quien asume las Quien asume las Quien asume las Quien asume las costascostascostascostasperjuiciosperjuiciosperjuiciosperjuicios en el proceso arbitral? en el proceso arbitral? en el proceso arbitral? en el proceso arbitral? El tribunal arbitral podrá cualquier momento al peticionario de una medida cautelar o de una orden preliminar a pagar las costas e indemnizar los daños y perjuicios que por su culpa hubiere sufrido cualquier otra parte.

CuálCuálCuálCuál es la es la es la es la característicacaracterísticacaracterísticacaracterística cautelcautelcautelcautelarararar decretada por tribunal arbitraldecretada por tribunal arbitraldecretada por tribunal arbitraldecretada por tribunal arbitral Toda medida cautelar decretada por un tribunal arbitral será vinculante sin necesidad de procedimiento alguno de reconocimiento y, salvo que el tribunal arbitral disponga otra cosa, su ejecución podrá ser solicitada ante la autoridad judicial, cualquiera qEstado en donde haya sido decretada. Que sucede con reQue sucede con reQue sucede con reQue sucede con ressssmedidas cautelares cuando medidas cautelares cuando medidas cautelares cuando medidas cautelares cuando actuación arbitral no fue debidamente actuación arbitral no fue debidamente actuación arbitral no fue debidamente actuación arbitral no fue debidamente notificada? notificada? notificada? notificada?

de hacer valer sus derechos. A partir de dicho momento, será aplicable el inciso segundo del presente artículo.

Las partes deberán dar a conocer al arbitral sin tardanza todo

cambio importante que se produzca en relación con las circunstancias que motivaron que la medida se solicitara o

costascostascostascostas,,,, daños y daños y daños y daños y en el proceso arbitral? en el proceso arbitral? en el proceso arbitral? en el proceso arbitral?

El tribunal arbitral podrá condenar en cualquier momento al peticionario de una medida cautelar o de una orden preliminar a pagar las costas e indemnizar los daños y perjuicios que por su culpa hubiere sufrido cualquier

de la de la de la de la medida medida medida medida decretada por tribunal arbitraldecretada por tribunal arbitraldecretada por tribunal arbitraldecretada por tribunal arbitral????

Toda medida cautelar decretada por un tribunal arbitral será vinculante sin

procedimiento alguno de reconocimiento y, salvo que el tribunal arbitral disponga otra cosa, su ejecución podrá ser solicitada ante la autoridad judicial, cualquiera que sea el Estado en donde haya sido decretada.

sssspecto de las pecto de las pecto de las pecto de las medidas cautelares cuando medidas cautelares cuando medidas cautelares cuando medidas cautelares cuando la la la la actuación arbitral no fue debidamente actuación arbitral no fue debidamente actuación arbitral no fue debidamente actuación arbitral no fue debidamente

Se deniega la ejecución de medidas cautelares decretadas por el tribunal arbitral Cuál es laCuál es laCuál es laCuál es la ley aplicable para la ley aplicable para la ley aplicable para la ley aplicable para la aplicación de medidas cautelares y en aplicación de medidas cautelares y en aplicación de medidas cautelares y en aplicación de medidas cautelares y en qué momento procesal se solicitan? qué momento procesal se solicitan? qué momento procesal se solicitan? qué momento procesal se solicitan? La autoridad judicial ejercerá dicha competencia de conformidad con su propia ley procesal y teniendo en cuenta los rasgos distintivos de un arbitraje internacional.con anterioridad a la iniciación del trámite arbitral o en el curso del mismo, e independientemente que el proceso se adelante en Colombia o en el exterior por cualquiera de las partes

En qué consiste el tratoEn qué consiste el tratoEn qué consiste el tratoEn qué consiste el tratolas partes de que trata el las partes de que trata el las partes de que trata el las partes de que trata el la ley 1563 de 2012? la ley 1563 de 2012? la ley 1563 de 2012? la ley 1563 de 2012? El tribunal arbitral tratará a las partes con igualdad y dará a cada una de ellas plena oportunidad de hacer valer sus derechos. Quien determina el procedimientoQuien determina el procedimientoQuien determina el procedimientoQuien determina el procedimientoarbitramento internacional? arbitramento internacional? arbitramento internacional? arbitramento internacional? Las partes, podrán convenir el procedimiento, directamente o por referencia a un reglamento arbitral. A falta de acuerdo, el tribunal arbitral podrá dirigir el arbitraje del modo que considere apropiado, con sujeción a lo dispuesto en la presente sección y sin

Se deniega la ejecución de medidas cautelares decretadas por el tribunal

ley aplicable para la ley aplicable para la ley aplicable para la ley aplicable para la aplicación de medidas cautelares y en aplicación de medidas cautelares y en aplicación de medidas cautelares y en aplicación de medidas cautelares y en qué momento procesal se solicitan? qué momento procesal se solicitan? qué momento procesal se solicitan? qué momento procesal se solicitan?

La autoridad judicial ejercerá dicha competencia de conformidad con su propia ley procesal y teniendo en cuenta los rasgos distintivos de un

nacional. � esto se hace on anterioridad a la iniciación del

trámite arbitral o en el curso del mismo, e independientemente que el proceso

te en Colombia o en el cualquiera de las partes.

En qué consiste el tratoEn qué consiste el tratoEn qué consiste el tratoEn qué consiste el trato equitativo de equitativo de equitativo de equitativo de las partes de que trata el las partes de que trata el las partes de que trata el las partes de que trata el artículo 91 de artículo 91 de artículo 91 de artículo 91 de la ley 1563 de 2012? la ley 1563 de 2012? la ley 1563 de 2012? la ley 1563 de 2012?

l tribunal arbitral tratará a las partes con igualdad y dará a cada una de ellas plena oportunidad de hacer valer sus

Quien determina el procedimientoQuien determina el procedimientoQuien determina el procedimientoQuien determina el procedimiento del del del del arbitramento internacional? arbitramento internacional? arbitramento internacional? arbitramento internacional?

Las partes, podrán convenir el procedimiento, directamente o por referencia a un reglamento arbitral.

A falta de acuerdo, el tribunal arbitral podrá dirigir el arbitraje del modo que considere apropiado, con sujeción a lo dispuesto en la presente sección y sin

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necesidad de acudir a las normas procesales de la sede del arbitraje. Esta facultad incluye la de admisibilidad, la pertinencia y el valor de las pruebas. Cuál es el criterio que se tiene para Cuál es el criterio que se tiene para Cuál es el criterio que se tiene para Cuál es el criterio que se tiene para establecer la sede del arbitrajeestablecer la sede del arbitrajeestablecer la sede del arbitrajeestablecer la sede del arbitraje

Las partes podrán determinar libremente la sede del arbitraje. A falta de acuerdo, el tribunal arbitral determinará, atendidas las circunstancias del caso, y las conveniencias de aquellas.

El tribunal arbitral, salvo acuerdo en contrario de las partes, podrá reunirse donde lo estime apropiado para practicar pruebas; asimismo, podrá deliberar donde lo estime conveniente, sin que nada de ello implique cambio de la sede del arbitraje. Cuando se entiende iniciada la Cuando se entiende iniciada la Cuando se entiende iniciada la Cuando se entiende iniciada la actuación arbitralactuación arbitralactuación arbitralactuación arbitral????

�Salvo que las partes hayan convenido otra cosa, la actuación arbitral se entenderá iniciada en la fecha en que el demandado reciba la solicitud de someter la controversia a arbitraje.

QQQQuien define el idioma en que ha de uien define el idioma en que ha de uien define el idioma en que ha de uien define el idioma en que ha de surtirse el arbitraje? surtirse el arbitraje? surtirse el arbitraje? surtirse el arbitraje?

necesidad de acudir a las normas procesales de la sede del arbitraje. Esta

determinar la admisibilidad, la pertinencia y el valor

Cuál es el criterio que se tiene para Cuál es el criterio que se tiene para Cuál es el criterio que se tiene para Cuál es el criterio que se tiene para establecer la sede del arbitrajeestablecer la sede del arbitrajeestablecer la sede del arbitrajeestablecer la sede del arbitraje? ? ? ?

Las partes podrán determinar libremente la sede del arbitraje. A falta de acuerdo, el tribunal arbitral la determinará, atendidas las circunstancias del caso, y las conveniencias de aquellas.

El tribunal arbitral, salvo acuerdo en contrario de las partes, podrá reunirse donde lo estime apropiado para practicar pruebas; asimismo, podrá

time conveniente, sin que nada de ello implique cambio

Cuando se entiende iniciada la Cuando se entiende iniciada la Cuando se entiende iniciada la Cuando se entiende iniciada la

Salvo que las partes hayan convenido otra cosa, la actuación arbitral se entenderá iniciada en la fecha en que el demandado reciba la solicitud de someter la controversia a arbitraje.

uien define el idioma en que ha de uien define el idioma en que ha de uien define el idioma en que ha de uien define el idioma en que ha de

Las partes podrán acordar libremente el idioma o los idiomas que hayan de utilizarse en las actuaciones arbitrales, en los escritos de las partes, en las audiencias y en cualquier laudo, decisión o comunicación que emita el tribunal arbitral. De lo contrario, el tribunal arbitral hará la determinación que corresponda.

El tribunal arbitral podrá ordenar que una prueba acompañada de su correspondiente traducción al idioma o los idiomas convenidos por las partes o determinados por él.

¿Qué debe contener la demanda? ¿Qué debe contener la demanda? ¿Qué debe contener la demanda? ¿Qué debe contener la demanda? Los hechos en que se funda, los puntos controvertidos y el objeto de ella. aportar los documentos que consideren pertinentes o hacer referencia a documentos u otras pruebas que pretendan hacer valer. Cuál es la formalidad previa al Cuál es la formalidad previa al Cuál es la formalidad previa al Cuál es la formalidad previa al desarrollo de audiencias?desarrollo de audiencias?desarrollo de audiencias?desarrollo de audiencias? El tribunal arbitral notificará a las partes con suficiente antelación la celebración de las audiencias y su objeto.

Las partes podrán acordar libremente el idioma o los idiomas que hayan de utilizarse en las actuaciones arbitrales,

los escritos de las partes, en las audiencias y en cualquier laudo, decisión o comunicación que emita el tribunal arbitral. De lo contrario, el tribunal arbitral hará la determinación

El tribunal arbitral podrá ordenar que una prueba documental vaya acompañada de su correspondiente traducción al idioma o los idiomas convenidos por las partes o determinados por él.

¿Qué debe contener la demanda? ¿Qué debe contener la demanda? ¿Qué debe contener la demanda? ¿Qué debe contener la demanda?

os hechos en que se funda, los puntos controvertidos y el objeto de ella. Debe

portar los documentos que consideren pertinentes o hacer referencia a documentos u otras pruebas que pretendan hacer valer.

Cuál es la formalidad previa al Cuál es la formalidad previa al Cuál es la formalidad previa al Cuál es la formalidad previa al desarrollo de audiencias?desarrollo de audiencias?desarrollo de audiencias?desarrollo de audiencias?

El tribunal arbitral notificará a las partes antelación la celebración

de las audiencias y su objeto.

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Cuál es la consecuencia de la rebeldía Cuál es la consecuencia de la rebeldía Cuál es la consecuencia de la rebeldía Cuál es la consecuencia de la rebeldía del demandante? Cuando no invoca del demandante? Cuando no invoca del demandante? Cuando no invoca del demandante? Cuando no invoca causa suficientecausa suficientecausa suficientecausa suficiente----

El tribunal arbitral da por tactuación.

Es obligación de los peritos asistir a las Es obligación de los peritos asistir a las Es obligación de los peritos asistir a las Es obligación de los peritos asistir a las audiencias una vez presentados sus audiencias una vez presentados sus audiencias una vez presentados sus audiencias una vez presentados sus dictámenes?dictámenes?dictámenes?dictámenes?

Sí, porque deben responder y sustentar al interrogatorio de las partes (art.99)

A qué se está refiriendo el tribunal de A qué se está refiriendo el tribunal de A qué se está refiriendo el tribunal de A qué se está refiriendo el tribunal de arbitramento cuando decide ex aequo arbitramento cuando decide ex aequo arbitramento cuando decide ex aequo arbitramento cuando decide ex aequo et bono ("de acuerdo con lo correcto y et bono ("de acuerdo con lo correcto y et bono ("de acuerdo con lo correcto y et bono ("de acuerdo con lo correcto y lo bueno"lo bueno"lo bueno"lo bueno"---- solsolsolsolución que consideren más ución que consideren más ución que consideren más ución que consideren más equitativa en el caso particular)?equitativa en el caso particular)?equitativa en el caso particular)?equitativa en el caso particular)?

Que está resolviendo en equidad

Es válida la decisión cuando decide ex Es válida la decisión cuando decide ex Es válida la decisión cuando decide ex Es válida la decisión cuando decide ex aequo et bono? (art.101)aequo et bono? (art.101)aequo et bono? (art.101)aequo et bono? (art.101)

Sí, si está autorizado por las partes

Quien adopta la decisión a falta de Quien adopta la decisión a falta de Quien adopta la decisión a falta de Quien adopta la decisión a falta de mayorías?mayorías?mayorías?mayorías?

El árbitro presidente (ART. 102)

En qué casos el tribunal arbitral puede En qué casos el tribunal arbitral puede En qué casos el tribunal arbitral puede En qué casos el tribunal arbitral puede terminar las actuaciones arbitrales?terminar las actuaciones arbitrales?terminar las actuaciones arbitrales?terminar las actuaciones arbitrales?

Por rebeldía de la parte demandante, transacción, conciliación o mediación que resuelva el litigio- (ART. 103)

Cuál es la consecuencia de la rebeldía Cuál es la consecuencia de la rebeldía Cuál es la consecuencia de la rebeldía Cuál es la consecuencia de la rebeldía del demandante? Cuando no invoca del demandante? Cuando no invoca del demandante? Cuando no invoca del demandante? Cuando no invoca

El tribunal arbitral da por terminada la

Es obligación de los peritos asistir a las Es obligación de los peritos asistir a las Es obligación de los peritos asistir a las Es obligación de los peritos asistir a las audiencias una vez presentados sus audiencias una vez presentados sus audiencias una vez presentados sus audiencias una vez presentados sus

Sí, porque deben responder y sustentar al interrogatorio de las partes (art.99)

A qué se está refiriendo el tribunal de A qué se está refiriendo el tribunal de A qué se está refiriendo el tribunal de A qué se está refiriendo el tribunal de arbitramento cuando decide ex aequo arbitramento cuando decide ex aequo arbitramento cuando decide ex aequo arbitramento cuando decide ex aequo et bono ("de acuerdo con lo correcto y et bono ("de acuerdo con lo correcto y et bono ("de acuerdo con lo correcto y et bono ("de acuerdo con lo correcto y

ución que consideren más ución que consideren más ución que consideren más ución que consideren más equitativa en el caso particular)?equitativa en el caso particular)?equitativa en el caso particular)?equitativa en el caso particular)?

ue está resolviendo en equidad

Es válida la decisión cuando decide ex Es válida la decisión cuando decide ex Es válida la decisión cuando decide ex Es válida la decisión cuando decide ex aequo et bono? (art.101)aequo et bono? (art.101)aequo et bono? (art.101)aequo et bono? (art.101)

Sí, si está autorizado por las partes

Quien adopta la decisión a falta de Quien adopta la decisión a falta de Quien adopta la decisión a falta de Quien adopta la decisión a falta de

residente (ART. 102)

En qué casos el tribunal arbitral puede En qué casos el tribunal arbitral puede En qué casos el tribunal arbitral puede En qué casos el tribunal arbitral puede terminar las actuaciones arbitrales?terminar las actuaciones arbitrales?terminar las actuaciones arbitrales?terminar las actuaciones arbitrales?

or rebeldía de la parte demandante, transacción, conciliación o mediación

(ART. 103)

La validez de un laudo depende las La validez de un laudo depende las La validez de un laudo depende las La validez de un laudo depende las firmas de lofirmas de lofirmas de lofirmas de los árbitros, en qué casos es s árbitros, en qué casos es s árbitros, en qué casos es s árbitros, en qué casos es válido un laudo con una sola firma?válido un laudo con una sola firma?válido un laudo con una sola firma?válido un laudo con una sola firma?

Cuando es un solo árbitro y cuando lo firma el presidente árbitro (Art. 104)

Es válida la notificación de laudo sin Es válida la notificación de laudo sin Es válida la notificación de laudo sin Es válida la notificación de laudo sin que le entreguen copia del mismo, pero que le entreguen copia del mismo, pero que le entreguen copia del mismo, pero que le entreguen copia del mismo, pero el mismo se encuentra en una páginael mismo se encuentra en una páginael mismo se encuentra en una páginael mismo se encuentra en una páginaweb del t.a. que lo emitió?web del t.a. que lo emitió?web del t.a. que lo emitió?web del t.a. que lo emitió?

NO, porque la norma dice debe entregar copia debidamente firmada (art.104)

Cuáles son las reglas para la Cuáles son las reglas para la Cuáles son las reglas para la Cuáles son las reglas para la terminación de las actuaciones terminación de las actuaciones terminación de las actuaciones terminación de las actuaciones arbitrales?arbitrales?arbitrales?arbitrales?

� Con el laudo arbitral definitivo, o laudo adicional

� Por retiro de la demanda, excepto si se opone el demandado o el árbitro muestre interés en el caso en la solución definitiva del litigio.

� Por acuerdo entre las partes� Cuando el T.A. encuentre que es

innecesario o imposible continuar con el litigio

� Cuando expire el término para aclarar, corregir o se profiera el laudo arbitral.(art. 105)

Cuál es el término que tiene el tribunal Cuál es el término que tiene el tribunal Cuál es el término que tiene el tribunal Cuál es el término que tiene el tribunal arbitral para corregir o aclarar el laudo?arbitral para corregir o aclarar el laudo?arbitral para corregir o aclarar el laudo?arbitral para corregir o aclarar el laudo?

La validez de un laudo depende las La validez de un laudo depende las La validez de un laudo depende las La validez de un laudo depende las s árbitros, en qué casos es s árbitros, en qué casos es s árbitros, en qué casos es s árbitros, en qué casos es

válido un laudo con una sola firma?válido un laudo con una sola firma?válido un laudo con una sola firma?válido un laudo con una sola firma?

uando es un solo árbitro y cuando lo firma el presidente árbitro (Art. 104)

Es válida la notificación de laudo sin Es válida la notificación de laudo sin Es válida la notificación de laudo sin Es válida la notificación de laudo sin que le entreguen copia del mismo, pero que le entreguen copia del mismo, pero que le entreguen copia del mismo, pero que le entreguen copia del mismo, pero el mismo se encuentra en una páginael mismo se encuentra en una páginael mismo se encuentra en una páginael mismo se encuentra en una página web del t.a. que lo emitió?web del t.a. que lo emitió?web del t.a. que lo emitió?web del t.a. que lo emitió?

NO, porque la norma dice debe entregar copia debidamente firmada

Cuáles son las reglas para la Cuáles son las reglas para la Cuáles son las reglas para la Cuáles son las reglas para la terminación de las actuaciones terminación de las actuaciones terminación de las actuaciones terminación de las actuaciones

Con el laudo arbitral definitivo, o laudo adicional Por retiro de la demanda, excepto si se opone el demandado o el árbitro muestre interés en el caso en la solución definitiva del litigio. Por acuerdo entre las partes Cuando el T.A. encuentre que es innecesario o imposible continuar con el litigio Cuando expire el término para

rar, corregir o se profiera el laudo arbitral.(art. 105)

Cuál es el término que tiene el tribunal Cuál es el término que tiene el tribunal Cuál es el término que tiene el tribunal Cuál es el término que tiene el tribunal arbitral para corregir o aclarar el laudo?arbitral para corregir o aclarar el laudo?arbitral para corregir o aclarar el laudo?arbitral para corregir o aclarar el laudo?

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Un mes contado a partir de la notificación del aludo, salvo acuerdo en contrario por las partes.

Cuál es término paCuál es término paCuál es término paCuál es término para adicionar un ra adicionar un ra adicionar un ra adicionar un laudo?laudo?laudo?laudo?

60 días salvo pacto en contrario por las partes (Art. 106)

Qué aspectos no debe tener en cuenta Qué aspectos no debe tener en cuenta Qué aspectos no debe tener en cuenta Qué aspectos no debe tener en cuenta en la resolución del recurso de en la resolución del recurso de en la resolución del recurso de en la resolución del recurso de anulación?anulación?anulación?anulación?

No se pronunciará sobre el fondo de la controversia ni calificará los criterios, valoraciones probatorias, motivaciones o interpretaciones expuestas por el tribunal arbitral.

Cuando el recurso de anulación se Cuando el recurso de anulación se Cuando el recurso de anulación se Cuando el recurso de anulación se rechaza de plano?rechaza de plano?rechaza de plano?rechaza de plano?

Cuando aparezca de manifiesto que su interposición fue extemporánea o no fue oportunamente sustentado, o que las causales alegadas no corresponden a las establecidas en la presente sección (Art.109)

¿En caso de no estar de acuerdo las En caso de no estar de acuerdo las En caso de no estar de acuerdo las En caso de no estar de acuerdo las partes con el laudo arbitral quien tiene partes con el laudo arbitral quien tiene partes con el laudo arbitral quien tiene partes con el laudo arbitral quien tiene la autoridad de anular el este laudo?la autoridad de anular el este laudo?la autoridad de anular el este laudo?la autoridad de anular el este laudo?

La autoridad judicial

¿¿¿¿Cuándo es a solicitud de parte que Cuándo es a solicitud de parte que Cuándo es a solicitud de parte que Cuándo es a solicitud de parte que circunstancias deben presentarse para circunstancias deben presentarse para circunstancias deben presentarse para circunstancias deben presentarse para pedir la anulación de laudo? pedir la anulación de laudo? pedir la anulación de laudo? pedir la anulación de laudo?

n mes contado a partir de la notificación del aludo, salvo acuerdo en

ra adicionar un ra adicionar un ra adicionar un ra adicionar un

60 días salvo pacto en contrario por las

Qué aspectos no debe tener en cuenta Qué aspectos no debe tener en cuenta Qué aspectos no debe tener en cuenta Qué aspectos no debe tener en cuenta en la resolución del recurso de en la resolución del recurso de en la resolución del recurso de en la resolución del recurso de

o se pronunciará sobre el fondo de la controversia ni calificará los criterios,

probatorias, motivaciones o interpretaciones expuestas por el

Cuando el recurso de anulación se Cuando el recurso de anulación se Cuando el recurso de anulación se Cuando el recurso de anulación se

uando aparezca de manifiesto que su interposición fue extemporánea o no fue oportunamente sustentado, o que

alegadas no corresponden a las establecidas en la presente sección

En caso de no estar de acuerdo las En caso de no estar de acuerdo las En caso de no estar de acuerdo las En caso de no estar de acuerdo las partes con el laudo arbitral quien tiene partes con el laudo arbitral quien tiene partes con el laudo arbitral quien tiene partes con el laudo arbitral quien tiene la autoridad de anular el este laudo?la autoridad de anular el este laudo?la autoridad de anular el este laudo?la autoridad de anular el este laudo?

Cuándo es a solicitud de parte que Cuándo es a solicitud de parte que Cuándo es a solicitud de parte que Cuándo es a solicitud de parte que circunstancias deben presentarse para circunstancias deben presentarse para circunstancias deben presentarse para circunstancias deben presentarse para pedir la anulación de laudo? pedir la anulación de laudo? pedir la anulación de laudo? pedir la anulación de laudo?

a) Que para el momento del acuerdo de arbitraje estaba afectada por alguna incapacidad; o que dicho acuerdo no es válido en virtud de la ley a que las partes lo han sometido, o si nada se hubiera indicado a este respecto, en virtud de la ley colombiana; o

b) Que no fue debidamente notificada de la designación de un árbitro o de la iniciación de la actuación arbitral o no pudo, por cualquiera otra razón, valer sus derechos; o

c) Que el laudo versa sobre una controversia no prevista en el acuerdo de arbitraje o contiene decisiones que exceden los términos del acuerdo de arbitraje. No obstante, si las disposiciones del laudo que se refieren a las cuestiones sometidas al arbitraje pueden separarse de las que no lo están, sólo se podrán anular estas últimas; o

d) Que la composición del tribunal arbitral o el procedimiento arbitral no se

ajustaron al acuerdo entre las partes, salvo que dicho acuerdo estuviconflicto con una disposición de esta

sección de la que las partes no pudieran apartarse o, a falta de dicho acuerdo,

que no se ajustaron a las normas contenidas en esta sección de la ley.

Que para el momento del acuerdo de arbitraje estaba afectada por alguna incapacidad; o que dicho acuerdo no es válido en virtud de la ley a que las partes lo han sometido, o si nada se hubiera indicado a este respecto, en virtud de la ley colombiana; o

b) Que no fue debidamente notificada de la designación de un árbitro o de la iniciación de la actuación arbitral o no pudo, por cualquiera otra razón, hacer valer sus derechos; o

c) Que el laudo versa sobre una controversia no prevista en el acuerdo de arbitraje o contiene decisiones que exceden los términos del acuerdo de arbitraje. No obstante, si las disposiciones del laudo que se refieren

iones sometidas al arbitraje pueden separarse de las que no lo están, sólo se podrán anular estas

d) Que la composición del tribunal arbitral o el procedimiento arbitral no se

ajustaron al acuerdo entre las partes, salvo que dicho acuerdo estuviera en conflicto con una disposición de esta

sección de la que las partes no pudieran apartarse o, a falta de dicho acuerdo,

que no se ajustaron a las normas contenidas en esta sección de la ley.

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¿¿¿¿Cuándo es de conocimiento de oficio, Cuándo es de conocimiento de oficio, Cuándo es de conocimiento de oficio, Cuándo es de conocimiento de oficio, que circunstancias deque circunstancias deque circunstancias deque circunstancias debe presentarse be presentarse be presentarse be presentarse para pedir la anulación de laudo? Diga para pedir la anulación de laudo? Diga para pedir la anulación de laudo? Diga para pedir la anulación de laudo? Diga una de ellas.una de ellas.una de ellas.una de ellas.

a) Según la ley colombiana, el objeto de la controversia no es susceptible de arbitraje; o,

b) El laudo sea contrario al orden público internacional de Colombia.

(Efectos del recurso de aEfectos del recurso de aEfectos del recurso de aEfectos del recurso de asucede cuando prospere alguna de las sucede cuando prospere alguna de las sucede cuando prospere alguna de las sucede cuando prospere alguna de las causales señaladas como causales de causales señaladas como causales de causales señaladas como causales de causales señaladas como causales de anulación del laudo?anulación del laudo?anulación del laudo?anulación del laudo?

Las partes podrán acudir ante la autoridad judicial competente para que conozca del caso

(113.competencia funcional)113.competencia funcional)113.competencia funcional)113.competencia funcional)decisión adoptada por la decisión adoptada por la decisión adoptada por la decisión adoptada por la judicial competente en el trámite de judicial competente en el trámite de judicial competente en el trámite de judicial competente en el trámite de reconocimiento de los laudos que se reconocimiento de los laudos que se reconocimiento de los laudos que se reconocimiento de los laudos que se demande se tramitará en que instancia?demande se tramitará en que instancia?demande se tramitará en que instancia?demande se tramitará en que instancia?

Única instancia y contra ella no procederá recurso o acción alguna

Cuándo es de conocimiento de oficio, Cuándo es de conocimiento de oficio, Cuándo es de conocimiento de oficio, Cuándo es de conocimiento de oficio, be presentarse be presentarse be presentarse be presentarse

para pedir la anulación de laudo? Diga para pedir la anulación de laudo? Diga para pedir la anulación de laudo? Diga para pedir la anulación de laudo? Diga

a) Según la ley colombiana, el objeto de la controversia no es susceptible de

b) El laudo sea contrario al orden público internacional de Colombia.

Efectos del recurso de aEfectos del recurso de aEfectos del recurso de aEfectos del recurso de anulación)nulación)nulación)nulación)---- que que que que sucede cuando prospere alguna de las sucede cuando prospere alguna de las sucede cuando prospere alguna de las sucede cuando prospere alguna de las causales señaladas como causales de causales señaladas como causales de causales señaladas como causales de causales señaladas como causales de

partes podrán acudir ante la autoridad judicial competente para que

113.competencia funcional)113.competencia funcional)113.competencia funcional)113.competencia funcional)---- ¿la ¿la ¿la ¿la decisión adoptada por la decisión adoptada por la decisión adoptada por la decisión adoptada por la autoridad autoridad autoridad autoridad judicial competente en el trámite de judicial competente en el trámite de judicial competente en el trámite de judicial competente en el trámite de reconocimiento de los laudos que se reconocimiento de los laudos que se reconocimiento de los laudos que se reconocimiento de los laudos que se demande se tramitará en que instancia?demande se tramitará en que instancia?demande se tramitará en que instancia?demande se tramitará en que instancia?

instancia y contra ella no procederá recurso o acción alguna

(Art 115. Trámite del reconocimiento).¿ 115. Trámite del reconocimiento).¿ 115. Trámite del reconocimiento).¿ 115. Trámite del reconocimiento).¿ qué documentos deberá laqué documentos deberá laqué documentos deberá laqué documentos deberá lapida el reconocimiento de un laudo o pida el reconocimiento de un laudo o pida el reconocimiento de un laudo o pida el reconocimiento de un laudo o su ejecución presentar a la autoridad su ejecución presentar a la autoridad su ejecución presentar a la autoridad su ejecución presentar a la autoridad judicial competente para el trámite de judicial competente para el trámite de judicial competente para el trámite de judicial competente para el trámite de reconocimiento? reconocimiento? reconocimiento? reconocimiento?

La parte que invoque un laudo o pida su ejecución deberá presentar el laudo original o copia de él.

¿Qué pasos se¿Qué pasos se¿Qué pasos se¿Qué pasos se debe tener en cuenta debe tener en cuenta debe tener en cuenta debe tener en cuenta para el reconocimiento y ejecución de para el reconocimiento y ejecución de para el reconocimiento y ejecución de para el reconocimiento y ejecución de laudos dictados en otro país con otro laudos dictados en otro país con otro laudos dictados en otro país con otro laudos dictados en otro país con otro idioma?idioma?idioma?idioma?

Si el laudo no estuviere redactado en idioma español, la autoridad judicial competente podrá solicitar a la parte que presente una traducción del lauda este idioma.

¿En qué casos el recurso será ¿En qué casos el recurso será ¿En qué casos el recurso será ¿En qué casos el recurso será rechazado de plano por la autoridad rechazado de plano por la autoridad rechazado de plano por la autoridad rechazado de plano por la autoridad judicial?judicial?judicial?judicial?

El recurso será rechazado de plano cuando aparezca de manifiesto que su interposición fue extemporánea o no fue oportunamente sustentado, o que las causales alegadas no corresponden a las establecidas en la presente sección.

115. Trámite del reconocimiento).¿ 115. Trámite del reconocimiento).¿ 115. Trámite del reconocimiento).¿ 115. Trámite del reconocimiento).¿ qué documentos deberá laqué documentos deberá laqué documentos deberá laqué documentos deberá la parte que parte que parte que parte que pida el reconocimiento de un laudo o pida el reconocimiento de un laudo o pida el reconocimiento de un laudo o pida el reconocimiento de un laudo o su ejecución presentar a la autoridad su ejecución presentar a la autoridad su ejecución presentar a la autoridad su ejecución presentar a la autoridad judicial competente para el trámite de judicial competente para el trámite de judicial competente para el trámite de judicial competente para el trámite de

La parte que invoque un laudo o pida su ejecución deberá presentar el laudo original o copia de él.

debe tener en cuenta debe tener en cuenta debe tener en cuenta debe tener en cuenta para el reconocimiento y ejecución de para el reconocimiento y ejecución de para el reconocimiento y ejecución de para el reconocimiento y ejecución de laudos dictados en otro país con otro laudos dictados en otro país con otro laudos dictados en otro país con otro laudos dictados en otro país con otro

Si el laudo no estuviere redactado en idioma español, la autoridad judicial competente podrá solicitar a la parte que presente una traducción del laudo

¿En qué casos el recurso será ¿En qué casos el recurso será ¿En qué casos el recurso será ¿En qué casos el recurso será rechazado de plano por la autoridad rechazado de plano por la autoridad rechazado de plano por la autoridad rechazado de plano por la autoridad

El recurso será rechazado de plano cuando aparezca de manifiesto que su interposición fue extemporánea o no fue oportunamente sustentado, o que

alegadas no corresponden a las establecidas en la presente